CONTRATACION DIRECTA Nº 58/2017 - PROCEDIMIENTO ABREVIADO BASES DE LA CONTRATACION
Corresponde al expediente N° 22700 – 10786/2017
CONTRATACION DIRECTA Nº 58/2017 - PROCEDIMIENTO ABREVIADO BASES DE LA CONTRATACION
INDICE
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES PARA LA CONTRATACION DE BIENES Y SERVICIOS
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES PARA EL SERVICIO DE IMPERMEABILILZACION Y ADECUACIONES MENORES DEL CENTRO DE PROCESAMIENTO DE DATOS
1. Procedimiento de contratación alcanzado
2. Objeto
3. Monto estimado de la contratación y moneda de pago
4. Plazo mantenimiento de oferta
5. Adquisición de los pliegos de bases y condiciones - Constitución de domicilios
6. Consultas - Aclaraciones - Impugnaciones a los Pliegos de Bases y Condiciones
7. Ofertas – Lugar, fecha y hora límite para su presentación - Apertura
8. Ofertas - Documentación a integrar.
9. Oferentes – Condiciones específicas
10. Empate de ofertas.
11. Mejora de ofertas.
12. Modalidad de adjudicación.
13. Garantía de cumplimiento de contrato.
14. Perfeccionamiento del contrato.
15. Modificaciones al contrato.
16. Lugar de prestación del servicio.
17. Plazo de cumplimiento del contrato.
18. Facturas y pagos.
19. Seguros.
20. Del personal del prestador.
21. Exigencias sobre personal.
22. Obligaciones legales – Personal propio.
23. Materiales y mano de obra.
24. Visita a instalaciones.
25. Certificación de servicio.
26. Garantía de los trabajos.
27. Incumplimientos – Sanciones.
28. Convenio de confidencialidad.
29. Instancias competentes.
XXXXX X – DECLARACION JURADA DE NO UTILIZACION DE MANO DE OBRA INFANTIL
XXXXX XX – DECLARACION JURADA DE APTITUD PARA CONTRATAR ANEXO III – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS BÁSICAS
XXXXX XX – CERTIFICADO DE VISITA ANEXO V – PLANOS
ANEXO VI – PLANILLA DE COTIZACION
XXXXX XXX – PLANILLA DE COMPUTO Y PRESUPUESTO
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PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES PARA LA CONTRATACION DE BIENES Y SERVICIOS
Aplican al presente procedimiento el Pliego de Bases y Condiciones Generales para la Contratación de Bienes y Servicios aprobados por Resolución Nº 711/16 de Contaduría General de la Provincia.
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES PARA EL SERVICIO DE IMPERMEABILILZACION Y ADECUACIONES MENORES DEL CENTRO DE PROCESAMIENTO DE DATOS
ARTICULO 1°. PROCEDIMIENTO DE CONTRATACION ALCANZADO
Las presentes Condiciones Particulares rigen para el procedimiento encuadrado en el artículo 18, inciso 1° de la Ley N°13.981, regulado por el artículo 18, inciso 1°, apartado b) del Anexo I del Decreto Nº1.300/16, Contratación Directa N° 58/17 – Procedimiento Abreviado –, Expediente Nº 22700-10786/17.
ARTICULO 2º. OBJETO
La presente tiene por objeto el servicio de impermeabilización y adecuaciones menores en el Centro de Procesamiento de Datos, ubicado en xxxxx 000 y 16, de la localidad de Xxxxxx
X. Xxxxxx, Partido de La Plata, con destino a cubrir las necesidades operativas de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires, conforme las condiciones del presente Pliego de Bases y Condiciones.
ARTICULO 3º. MONTO ESTIMADO DE LA CONTRATACION Y MONEDA DE PAGO
El presupuesto oficial de la presente contratación asciende a la suma total de pesos novecientos cincuenta y seis mil ciento cincuenta y siete con dos centavos ($956.157,02). El pago se efectuará en moneda de curso legal.
ARTICULO 4°. PLAZO DE MANTENIMIENTO DE OFERTA
Los oferentes deben mantener y garantizar los términos de su oferta por el plazo de treinta
(30) días hábiles, contados a partir de la fecha del acto de apertura.
Si el oferente no manifestara en forma fehaciente su voluntad de no mantener su oferta con una antelación mínima xx xxxx (10) días anteriores al vencimiento del plazo, aquella se considerará prorrogada automáticamente por un lapso igual al inicial.
ARTICULO 5º. ADQUISICION DE LOS PLIEGOS DE BASES Y CONDICIONES - CONSTITUCIÓN DE DOMICILIOS
Los Pliegos de Bases y Condiciones se suministrarán de forma gratuita a cualquier interesado, encontrándose disponibles en los sitios web xxxx://xxx.xxx.xxx.xxx.xx/, xxxx://xxx.xxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxxxxx y xxxx://xxx.xxxx.xxx.xx/Xxxxxxxxx/xxxxxxxxxxx.xxx. Los interesados también podrán obtener un ejemplar de los mismos de forma gratuita en el Departamento Gestión de Adquisiciones y Contrataciones de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires, sito en xxxxx 00 x/ 0 x 0, 0x xxxx, xxxxxxxx “X”, xxxxxxx 000, xx xx xxxxxx xx Xx Xxxxx, días hábiles, en el horario de 8 a 16 horas, en esa oportunidad constituirán domicilio de comunicación.
En caso de obtener los Pliegos de Bases y Condiciones a través de los sitios web mencionados, deberán concurrir a la dependencia antes citada, en los días y horarios establecidos en el segundo párrafo a los efectos de constituir domicilio.
El duplicado, debidamente sellado por el Departamento Gestión de Adquisiciones y Contrataciones interviniente, será integrado conjuntamente con la propuesta como constancia de constitución de domicilio.
ARTICULO 6º. CONSULTAS - ACLARACIONES - IMPUGNACIONES A LOS PLIEGOS DE BASES Y CONDICIONES
Los interesados, previa constitución de domicilio conforme lo estipulado en el artículo precedente, podrán formular consultas aclaratorias por escrito ante el Departamento Gestión de Adquisiciones y Contrataciones, sito en xxxxx 00 x/ 0 x 0, 0x xxxx, xxxxxxxx “X”, xxxxxxx 000, xx xx xxxxxx xx Xx Xxxxx, en días hábiles, en el horario de 8 a 16 horas, hasta tres (3) días previos a la fecha establecida para la apertura de ofertas. A los efectos del cómputo del plazo no se tendrá en cuenta el día de la apertura de ofertas.
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El Comitente podrá elaborar aclaraciones o modificaciones al Pliego de Bases y Condiciones Particulares de oficio o como respuesta a consultas de los potenciales oferentes por medio de circulares que serán comunicadas al domicilio electrónico constituido por los interesados y publicadas en los sitios web xxxx://xxx.xxx.xxx.xxx.xx/, xxxx://xxx.xxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxxxxx y xxxx://xxx.xxxx.xxx.xx/Xxxxxxxxx/xxxxxxxxxxx.xxx . Las impugnaciones al Pliego de Bases y Condiciones Particulares serán recepcionadas por escrito en la dependencia citada en el primer párrafo, debiendo acreditar la constitución de la garantía de impugnación por el dos por ciento (2%) del presupuesto oficial indicado en el artículo 3º del presente Pliego de Bases y Condiciones de acuerdo a lo establecido en el artículo 19, apartado 1º, inciso d) del Anexo I del Decreto Nº 1300/16.
La garantía deberá constituirse mediante póliza de seguros de caución, emitida por las compañías autorizadas por la Superintendencia de Seguros de la Nación, extendidas a favor del organismo contratante y contendrán el sometimiento a la jurisdicción de los Tribunales en lo Contencioso Administrativo del Departamento Judicial de La Plata.
Los importes correspondientes a las garantías de impugnación serán reintegrados al impugnante si la misma fuera resuelta favorablemente.
ARTICULO 7°. OFERTAS – LUGAR, FECHA Y HORA LIMITE PARA SU PRESENTACION
- APERTURA
Las ofertas, confeccionadas en los términos descriptos en el artículo 8° de las Condiciones Generales, deberán presentarse en el Departamento Gestión de Adquisiciones y Contrataciones de la Gerencia de Adquisiciones y Contrataciones de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires, ubicado en la xxxxx 00 xxxxx 0 x 0, xxxxxxx xxxx, corredor A, oficina 230 de La Plata, fijándose el día 30 xx xxxxx de 2017 a las 11:00 horas como plazo límite para su recepción y apertura.
ARTICULO 8º. OFERTAS - DOCUMENTACION A INTEGRAR
Toda documentación deberá ser presentada en original o copia autenticada por Escribano Público, cuya intervención deberá estar legalizada cuando fuere de extraña jurisdicción,
según corresponda, por Consulado y/o Cancillería y/o Colegio de Escribanos de la Provincia de Buenos Aires.
Cuando fueren documentos o constancias emitidas por Contador Público Nacional, su firma debe estar legalizada por el Consejo Profesional respectivo. Aquella documentación que exija este Pliego de Bases y Condiciones y no constituya un documento público, revestirá carácter de Declaración Jurada.
El sobre o paquete deberá indicar organismo contratante y domicilio, número de expediente, tipo y número identificatorio del procedimiento de contratación y deberán contener la siguiente documentación, adicionalmente a lo establecido en el artículo 4º xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Generales:
1. Planilla de cotización con datos del oferente (Anexo VI – Planilla de Cotización xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Particulares), en la que se efectuará la oferta económica, la que deberá especificar el precio unitario, el total por renglón y el total general, expresándose este último también en letras. Se debe consignar el precio neto, es decir, con sus descuentos e incluyendo impuestos;
2. Constancia de visita obligatoria a las instalaciones – artículo 24 de estas Condiciones Particulares, de cada una de las dependencias a intervenir.
3. Constancia de Constitución del Domicilio de Comunicaciones (artículo 5° de las Condiciones Generales)
4. Constancia de inscripción en el Registro Provincial de Microempresas, cuando resulte beneficiario de la preferencia establecida en el artículo 22 de la Ley Nº 13.981;
5. Declaración jurada que indique que la firma no utiliza ni utilizará mano de obra infantil en ninguno de sus procesos, de conformidad con las normas legales vigentes (Anexo I - Declaración Jurada de no Utilización de Mano de Obra Infantil);
6. Copia de la matrícula habilitante, curriculum vitae con antecedentes y copia del contrato de representación técnica, del Representante Técnico y copia del título habilitante del Responsable de Seguridad e Higiene, propuestos de acuerdo a lo requerido en el artículo 20, apartado 2 de este Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
7. Copia de Formularios 931 de la AFIP, correspondiente a los últimos dos (2) meses, acreditando la dotación de personal exigida en el artículo 9° apartado 1 de este Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
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8. Antecedentes empresarios que acrediten la adecuación a los parámetros establecidos en el artículo 9° apartado 2 de este Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
10. Nómina del personal a afectar con sus datos de filiación, cargo y función que desempeñan dentro de la institución; en el caso de profesionales, fotocopia del título.
11. Certificado Fiscal para Contratar emitido por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) (artículo 4° xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Generales);
12. Declaración jurada de aptitud para contratar (Anexo II – Declaración Jurada de Aptitud Para Contratar) (artículo 9° xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Generales).
13. Declaración del número de cuenta corriente o caja de ahorro, en moneda nacional, operativa en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, de la cual fuera titular, indicando el número de sucursal;
14. Planilla de Cómputo y Presupuesto para cada renglón cotizado (Anexo VII).
Será causal de inadmisibilidad de la oferta la falta de presentación de lo establecido en el punto 1 del presente artículo.
ARTICULO 9°. OFERENTES - CONDICIONES ESPECÍFICAS
Adicionalmente a las condiciones requeridas para los Oferentes detalladas en el artículo 4° de las Condiciones Generales, deberán reunir los requisitos que se describen a continuación, teniendo en cuenta que la empresa Adjudicataria deberá contar con la capacidad para dar cumplimiento al servicio de remodelación integral objeto de la presente:
1. Dotación de personal: el oferente deberá acreditar una dotación mínima de treinta (30) empleados, acreditando mediante la presentación del Formulario 931 de la AFIP de los últimos dos (2) meses, con una afectación de al menos quince (15) personas para la presente contratación. Para el caso que dos o más empresas se presenten en UT, este requisito deberá ser cumplimentado de manera conjunta.
2. Antigüedad empresaria: mínima ininterrumpida de seis (6) años, acreditando al menos tres (3) años en la realización de trabajos similares.
ARTICULO 10. EMPATE DE OFERTAS
En caso de paridad de ofertas, se solicitará a los respectivos proponentes que, por escrito y dentro del término de tres (3) días, formulen una mejora de precios.
El silencio del oferente se entiende como mantenimiento de la propuesta sin modificación.
Si el importe de los renglones igualados no exceden de 5 UC, se procederá directamente a adjudicar por sorteo público de las ofertas empatadas – artículo 20, apartado 3º del Anexo I del Decreto Nº1300/16.
ARTICULO 11. MEJORA DE OFERTA
Cuando la Autoridad Administrativa estime que el precio de la mejor oferta presentada resulte excesivo con relación al monto estimado de la contratación, podrá solicitar una mejora en el precio de la oferta, a los fines de conseguir la más conveniente a los intereses de la Provincia. Ante la negativa del oferente de mejorar el precio, dicha Autoridad en su caso, aconsejará proseguir con la adjudicación o declarar la inconveniencia de todas las propuestas, exponiendo los fundamentos en su dictamen.
ARTICULO 12. MODALIDAD DE ADJUDICACION
La adjudicación será efectuada por renglón y conforme lo dispuesto por el artículo 21 del Decreto Nº1300/16 y los artículos 22 y 23 xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Generales.
ARTICULO 13. GARANTIA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO
Los oferentes deberán constituir una garantía de cumplimiento de contrato, la que no podrá ser inferior al diez (10%) del valor total adjudicado, la misma deberá presentarse en el Departamento Órdenes de Compra y Facturación, sito en xxxxx 00 x/ 0 x 0, 0x xxxx, corredor “X”, xxxxxxx 000, xx xx xxxxxx xx Xx Xxxxx, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la notificación del acto de adjudicación, ello de acuerdo a lo establecido en el artículo 19, apartado 1°, inciso b) del Anexo I del Decreto Nº1.300/16.
La garantía deberá constituirse mediante póliza de seguros de caución, emitida por las compañías autorizadas por la Superintendencia de Seguros de la Nación, extendidas a favor del organismo contratante.
Dicha póliza deberá mantener plena vigencia durante todo el plazo del Contrato y determinando que la Provincia de Buenos Aires, en la persona de la Agencia de
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Recaudación, será el asegurado secundario (coasegurado) y contendrán la cláusula de liso, llano y principal pagador y el sometimiento a la jurisdicción de los Tribunales en lo Contencioso Administrativo del Departamento Judicial de La Plata.
ARTICULO 14. PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO
El contrato se perfecciona con la notificación de la orden de compra al adjudicatario o del instrumento que la sustituya, ello de acuerdo con los lineamientos vertidos en el artículo 23 de la Ley N° 13.981 y Decreto Reglamentario N° 1300/16.
ARTICULO 15. MODIFICACIONES AL CONTRATO
Conforme lo establecido en el artículo 26 xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Generales, la decisión de aumentar o disminuir en hasta un veinte por ciento (20%) será notificada antes de la finalización del plazo de ejecución contractual.
ARTICULO 16. LUGAR DE PRESTACION DEL SERVICIO
La prestación del servicio se efectuará en el edificio detallado en el Anexo III – Especificaciones Técnicas Básicas.
ARTICULO 17. PLAZO DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO
El plazo máximo de ejecución de los trabajos será de treinta (30) días corridos desde su inicio, el que tendrá lugar dentro de los siete (7) días corridos desde el perfeccionamiento del contrato–conforme artículo 24 xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Generales-.
Las tareas por parte del Adjudicatario, no podrán interrumpir por ningún concepto el normal desempeño de las tareas de oficina. Para ello se deberá coordinar los horarios de trabajo con la Supervisión.
Con la suscripción del certificado de recepción definitiva comenzarán a computarse los doce
(12) meses de garantía de los trabajos realizados conforme lo previsto en el artículo 26 de estas Condiciones Particulares.
.
ARTICULO 18. FACTURAS Y PAGO
La factura será presentada en original y deberá presentarse acompañada del remito respectivo, en el Departamento Órdenes de Compra y Facturación de la Gerencia de Adquisiciones y Contrataciones y cumplir con las exigencias previstas en la normativa fiscal, tanto Nacional como Provincial. El pago se efectuará conforme lo estipulado en el artículo 31 xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Generales.
ARTICULO 19. SEGUROS
1. Dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la notificación del acto de adjudicación y en forma previa al perfeccionamiento del contrato, el Adjudicatario deberá presentar la póliza de seguro y el recibo del pago total del premio que, a satisfacción del Comitente, cubra los riesgos de responsabilidad civil, amplio, contra cualquier daño, pérdida, lesión o muerte, a terceros y a bienes, derivados de negligencia, imprudencia o inobservancia de las reglas del buen arte, en las tareas a causa o como consecuencia del Contrato, por un monto mínimo de pesos tres millones ($3.000.000).
Dicha póliza deberá mantener plena vigencia durante todo el plazo del Contrato, sus ampliaciones y prórrogas y determinando que la Provincia de Buenos Aires, en la persona de la Agencia de Recaudación, será el asegurado secundario (coasegurado) y contendrán la cláusula de liso, llano y principal pagador y el sometimiento a la jurisdicción de los Tribunales en lo Contencioso Administrativos del Departamento Judicial de La Plata.
2. Dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la notificación del acto de adjudicación y en forma previa al perfeccionamiento del contrato, el Adjudicatario deberá presentar ante el Departamento Órdenes de Compra y Facturación de la Gerencia de Adquisiciones y Contrataciones la póliza de seguro y el recibo del pago total del premio que, a satisfacción del Comitente, cubra los riesgos del trabajo regidos por la Ley N° 24.557 y sus Decretos Reglamentarios Nº 170/96 y Nº 334/96 (Contrato de afiliación con la ART) y el seguro de vida obligatorio, en ambos casos, sobre la totalidad de la dotación del personal a su cargo afectado y, de corresponder, copia de la póliza de Seguro de Accidentes Personales, de sujetos contratados por el prestador, que no se encuentren bajo relación de dependencia.
3. Incendio: Destrucción parcial o total de edificios, instalaciones y equipamientos afectados al servicio hasta un monto igual al del total del presente contrato. La póliza deberá estar endosada a favor de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires.
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4. Los seguros exigidos en este Pliego o aquellos que resulten obligatorios, serán extendidos por todo el plazo de ejecución contractual y por las prórrogas y/o ampliaciones que se autoricen y hasta la recepción definitiva de los trabajos. Dichos seguros incluirán a la Provincia de Buenos Aires en la persona de la Agencia de Recaudación de la provincia como cotitular y/o beneficiaria según corresponda.
5. Las pólizas deberán ser emitidas a nombre de la Contratista con indicación del asegurado tal como se halle consignado en la Orden de Compra.
6. Todos los seguros deberán ser contratados en compañías aseguradoras con domicilio en la Provincia de Buenos Aires.
ARTICULO 20. DEL PERSONAL DEL PRESTADOR
El CONTRATISTA deberá afectar a las obras personal idóneo y capacitado para la realización de los trabajos encomendados. Los equipos estarán en condiciones óptimas de uso y éstos junto con las herramientas necesarias para la ejecución de los trabajos se integrarán en un pañol dotado del equipamiento necesario para el cumplimiento de las prestaciones comprometidas. En el curso de las obras, el CONTRATISTA se ajustará íntegramente a la documentación contractual y a las indicaciones de la inspección.
1. Entidades Ley Nº 20.337 y modificatorias. En el caso de entidades encuadradas en la Ley Nº 20.337 y modificatorias, el personal afectado a la prestación de los servicios objeto del presente llamado, deberá revestir el carácter de asociados.
2. Designación de Representante Técnico y Representante en Higiene y Seguridad: Entre el personal necesario para cumplir las tareas, el Adjudicatario deberá contemplar la designación de un Representante Técnico, quien deberá poseer título universitario habilitante de acuerdo a las disposiciones de las Leyes N°4.048 y N°5.140, para lo cual deberá estar inscripto en los registros que estipulan las Leyes mencionadas. El Representante Técnico se hará directa y solidariamente responsable con la empresa Adjudicataria de la correcta y normal ejecución de los trabajos y de sus resultados. El oferente deberá presentar del Representante Técnico propuesto la copia de la matrícula habilitante en el Xxxxxxx Xxxxxxxxxxx xx xx Xxxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx que corresponda, curriculum vitae con antecedentes y copia del contrato de representación técnica que lo
vincula. Queda entendido que la designación conlleva un conocimiento previo del mismo que habilita al oferente a prestar el servicio y lo califica para dicha tarea. Deberá contar con amplias facultades para decidir todo lo que haga al cumplimiento del servicio y tendrá la responsabilidad de recibir los requerimientos e instrucciones del Comitente, planificar la ejecución de los trabajos, ejercer la conducción del personal que la empresa adjudicataria designe para cumplir con el servicio y rubricar y presentar, por autorización escrita del Adjudicatario, toda documentación que correspondiese. Los honorarios del Representante Técnico estarán a cargo de la empresa contratista.
Asimismo deberá contar con un Representante en Seguridad e Higiene, quien deberá ser un profesional matriculado según las exigencias de la Ley N°19.587, Decreto N°351/79 y sus modificaciones y Decreto N°1338/96, cuya presencia será obligatoria en las siguientes circunstancias:
2.1. Previo al inicio de cada intervención, con el fin de verificar las condiciones de seguridad de la misma y certificar el cumplimiento de las cláusulas técnicas xxx xxxxxx, de la legislación vigente en materia de Seguridad y Medio Ambiente, y en especial de las Resoluciones SRT N° 51/97 y N°231/96.
2.2. En tareas que impliquen coordinación entre el personal de la Agencia y el Adjudicatario, en asuntos materia de su competencia.
2.3. Ante cualquier requerimiento de la Agencia, según las obligaciones inherentes a su propia responsabilidad.
La contratista no podrá aducir desconocimiento por los temas de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente que fueron objeto de análisis y aprobación para el desempeño en el contrato que se trata por el motivo de no estar presente su responsable designado.
3. Responsabilidades sobre el desempeño del personal propio: El Adjudicatario será responsable del desempeño de su personal, el que en ningún caso podrá pertenecer al Comitente, cualquiera fuere su categoría, cargo o función, como así también de los daños que dicho personal pudiera ocasionar por el incumplimiento de sus tareas o durante la prestación de las mismas.
4. Relevo de personal: El Adjudicatario deberá proceder al relevo del personal observado por el Comitente, cuando a su exclusivo juicio existieran razones para ello.
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ARTICULO 21. EXIGENCIAS SOBRE PERSONAL
El personal que afecte el Adjudicatario a sus tareas deberá cumplir las siguientes exigencias:
1. No ser agentes al servicio del Estado Nacional, Provincial y/o Municipal.
2. Contar con dieciocho (18) años de edad cumplidos al momento de la adjudicación de la contratación.
3. Contar con libreta sanitaria que estará obligado a presentar en toda ocasión que la repartición contratante se lo solicite.
4. Contar con uniforme completo, de uso obligatorio, identificatorio de la institución. El uniforme deberá ser provisto por la el Adjudicatario, responderá a un mismo color, tipo y modelo.
ARTICULO 22. OBLIGACIONES LEGALES - PERSONAL PROPIO
La contratista será responsable de cualquier accidente que ocurra a su personal y/o terceros, haciendo suyas las obligaciones que de ello deriven, de acuerdo a lo que establece la legislación citada en este Pliego.
El adjudicatario está obligado a asegurar antes de la iniciación de los trabajos, a todo su personal, tanto administrativo como obrero, en una Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART) de conformidad a lo dispuesto en este Pliego en materia de seguros, sin perjuicio de obligarse a mantener indemne al Comitente ante cualquier reclamo que este sugiera como consecuencia de hechos o actos relativos a la relación de empleo del Contratista con el personal afectado a los trabajos.
La Contratista deberá, de acuerdo a las resoluciones vigentes en la materia, confeccionar y coordinar el Programa Único de Higiene y Seguridad. El mismo deberá ser presentado ante su A.R.T. para la aprobación y al Comitente. El plazo para presentar la aprobación del mismo a la inspección de obra es de 2 (dos) días hábiles a partir de la fecha de notificación al adjudicatario del inicio de los trabajos.
1. Pagar en término sueldos y jornales y toda retribución que le corresponda, en término xx Xxx.
2. Contar con los seguros xx Xxx (ART, Seguro de Vida Obligatorio y Seguro de Responsabilidad Civil) los que deberán contener la cláusula de liso, llano y principal pagador.
3. Cumplir todas las obligaciones laborales y previsionales que la legislación vigente establezca o que se dicten en el futuro.
4. Cumplir las disposiciones de la Ley N°19.587 y sus Decretos reglamentarios, como así mismo toda otra normativa que la amplíe o reemplace, respecto de las normas de higiene y seguridad laboral.
5. Utilizar las normas técnicas, sanitarias, precautorias y de tutela del trabajador en cuanto a las condiciones ambientales, integridad psicofísica y prevención de los riesgos laborales.
6. Contar con la certificación de los exámenes preocupacionales correspondientes a cada uno de los empleados dependientes de la empresa que figuren en la nómina de servicios (artículo 5° inciso o) de la Ley Nº19.587 - Decretos Reglamentarios N° 351/79 y N° 1338/96).
7. El Comitente se reserva el derecho de verificar cuando lo considere oportuno, y a través de la Contaduría General de la Provincia y del Ministerio de Trabajo, el cumplimiento de las leyes laborales, previsionales y sociales, pudiendo requerir al Adjudicatario la documentación necesaria para tal fin.
ARTICULO 23. MATERIALES Y MANO DE OBRA
Todos los materiales, equipos y mano de obra necesarios para llevar a cabo las tareas descriptas en las presentes Bases de Contratación, serán provistos por el Adjudicatario, de acuerdo con lo establecido en el Anexo III - Especificaciones Técnicas Básicas.
ARTICULO 24. VISITA A INSTALACIONES
Será responsabilidad del Oferente la verificación de las instalaciones donde se procederá a realizar las tareas en forma previa a su cotización, la que podrá realizarse, de manera excluyente el día 26 xx xxxxx de 2017 a las 14 horas, en xxxxx 000 y 16, de la localidad de Xxxxxx X. Xxxxxx, partido de La Plata, no pudiendo alegar desconocimiento ni al momento de cotizar, ni en caso de resultar Adjudicatario, durante la ejecución del contrato, debiendo presentar con su Oferta el Certificado de visita de las instalaciones (Anexo IV) debidamente
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rubricado por las autoridades del Comitente de cada una de las dependencias a intervenir en oportunidad de efectuarse la misma.
La presentación del certificado de visita implica el conocimiento y conformidad respecto del estado de los lugares donde se realizarán las tareas y de su envergadura. Serán rechazadas todas las cuestiones que los Oferentes/Adjudicatarios promuevan alegando factores o circunstancias no previstas o desconocidas al formular su cotización.
ARTICULO 25. CERTIFICACIÓN DE SERVICIO
Notificada fehacientemente por el Adjudicatario la finalización de la intervención, la misma será aprobada por la Gerencia de Logística y Servicios Generales, quien extenderá en prueba de conformidad, en el plazo máximo de tres (3) días hábiles, un certificado de recepción definitiva.
ARTICULO 26. GARANTÍA DE LOS TRABAJOS
Una vez concluidas las tareas de refuncionalización, y suscripta la recepción definitiva de la misma, el Adjudicatario deberá por el término de doce (12) meses otorgar la garantía integral ante eventuales deficiencias y en cumplimiento de las reglas del buen arte para las tareas objeto del presente llamado, excepto para aquellas para las que se prevea un plazo superior en el Anexo III – Especificaciones Técnicas Básicas. Durante ese lapso será su responsabilidad efectuar los reemplazos, reparaciones y ajustes que fueran necesarios a su exclusivo cargo, incluyendo la provisión de repuestos que resulten necesarios.
ARTICULO 27. INCUMPLIMIENTOS - SANCIONES
Cuando el Adjudicatario cumpliere parcialmente o dejare de cumplir con el servicio contratado o el mismo no resultare satisfactorio a solo juicio del Comitente, hecho que deberá resultar acreditado mediante inspecciones y notificaciones fehacientes de los incumplimientos, con detalle de los mismos al Adjudicatario, éste será pasible de las sanciones previstas en el artículo 24 del Anexo I del Decreto N°1.300/16, conforme lo indicado en el artículo 36 xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Generales.
Sin perjuicio de lo indicado precedentemente, también será pasible de una sanción punitoria por incumplimiento en la implementación, en el tiempo y/o en la forma prevista en el Anexo III - Especificaciones Técnicas Básicas, según el siguiente detalle:
1. Por no iniciar el servicio en la fecha establecida se sancionará al prestador con el descuento del dos por ciento (2%) del total de la facturación correspondiente a la intervención demorada por cada día de atraso. Pasado el quinto día de incumplimiento sin haber justificado fehacientemente el mismo, el Comitente podrá a su criterio proceder a la rescisión del contrato.
2. Cuando se dejare de cumplir con cualquiera de las tareas inherentes al servicio, forma y plazo establecidos, se procederá de la siguiente manera:
2.1. Primer incumplimiento: se labrará un acta con la observación como Apercibimiento.
2.2. Segundo incumplimiento: se sancionará al prestador con el descuento del tres por ciento (3%) de la facturación.
2.3. Tercer incumplimiento: se sancionará al prestador con el descuento del cinco por ciento (5%) de la facturación, pudiendo adicionalmente el Comitente sancionar a la empresa con la rescisión del contrato.
3. En el caso de comprobarse el deterioro por parte de la empresa sobre los bienes, equipos e instalaciones pertenecientes a la repartición, el prestador deberá reintegrar la suma correspondiente al veinte por ciento (20%) del valor xx xxxxxxx del bien, equipo o instalación. En caso de rotura total o inutilización, reintegrará el cien por ciento (100%).
ARTICULO 28. CONVENIO DE CONFIDENCIALIDAD
El Adjudicatario y la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (LAS PARTES) se comprometen a preservar la confidencialidad de los datos y/o información propiedad de la otra parte que tome conocimiento por el cumplimiento de la presente Contratación, como así también se obligan al cumplimiento del deber de confidencialidad por parte de sus empleados o terceros subcontratados, cuando el Comitente hubiera autorizado la misma. LAS PARTES se obligan a no retener, copiar o de cualquier manera reproducir, en forma total o parcial, la información a la que tuviera acceso o que la otra PARTE le hubiera entregado. LAS PARTES también se obligan a que tercero contratado para cualquier servicio respete esta cláusula de confidencialidad. El Comitente podrá controlar a la otra
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PARTE permanentemente o en cualquier momento para prevenir la utilización impropia o no autorizada de la información. El deber de confidencialidad subsistirá aún después de finalizado el contrato.
La presentación de la oferta implica el conocimiento y aceptación, en todos sus términos y condiciones, del presente artículo.
ARTICULO 29. INSTANCIAS COMPETENTES
Las instancias administrativas o técnicas competentes del Organismo Contratante, con la intervención de Contaduría General de la Provincia y de los Órganos de Asesoramiento y Control cuando corresponda según la materia, serán quienes se expedirán respecto de la interpretación de las presentes Bases de la Contratación y demás documentación que, posteriormente, integre el contrato.
Serán también quienes intervendrán en todas las cuestiones que las Bases de la Contratación prevén, autorizan, reservan o imponen al Comitente.
En particular, la Gerencia de Logística y Servicios Generales será responsable de actuar como contraparte de la relación contractual y tendrá a su cargo la verificación del cumplimiento por parte del adjudicatario de las obligaciones que las Bases de la Contratación establecen.