Contrato para la prestación del Servicio de Acceso a Internet (el “Contrato”)
Contrato para la prestación del Servicio de Acceso a Internet (el “Contrato”)
El Contrato se celebra con fecha de entre SICSATEL S.R.L., CUIT 30716059401, licenciatario RESOL-2019-1085-APN-ENACOM#JGM, con domicilio
en Xxxxxxxxx Xxxxxxxxxx 000, web: xxx.xxxxx.xxx.xx; y DNI/CUIT con domicilio postal en calle y
dirección electrónica @ , número telefónico de contacto (el “Cliente”), a donde serán válidas todas las notificaciones que se realicen con motivo de la prestación del presente servicio/s .
I- Condiciones Generales aplicables a los Servicios de Acceso a Internet (el “Servicio”)
1. La condición de Cliente es personal e intransferible, no pudiendo cederse a terceras personas sin la previa notificación fehaciente y aceptación expresa de SICSATEL S.R.L. para que sea efectiva la cesión, el Cliente deberá estar al día con los pagos correspondientes a los Servicios. SICSATEL S.R.L. suministrará al Cliente una Clave Personal para la realización de gestiones vinculadas al servicio.
2. Los Servicios serán prestados de conformidad a lo establecido en la solicitud de servicios correspondiente (la “Solicitud de Servicios”), la cual forma parte integrante del contrato junto con las presentes Condiciones Generales y Particulares aplicables a cada Servicio.
3. SICSATEL S.R.L. podrá modificar cualquiera de las presentes condiciones generales, de los Servicios, comunicándolo con 60 (sesenta) días corridos de anticipación al Cliente mediante correo electrónico a la dirección informada oportunamente por aquel y/o la inclusión en la factura que se le envía al mismo, quien si no estuviera de acuerdo con dichas modificaciones podrá tener por resuelto el Contrato sin costo alguno y sin que ello implique indemnización alguna por parte de SICSATEL S.R.L. a favor del Cliente. SICSATEL S.R.L. no se responsabiliza por la veracidad y exactitud del correo electrónico brindado por el Cliente. El Cliente deberá garantizar y responder por la veracidad, exactitud, vigencia y autenticidad de la información brindada a SICSATEL S.R.L. respecto de su dirección de correo electrónico. Asimismo, las referidas modificaciones contractuales estarán publicadas en la web de SICSATEL S.R.L. El cliente tendrá un acceso al portal de clientes xxxxx://xxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx , para mantener siempre actualizados sus datos de contacto.
4. El Contrato entrará en vigor a partir de la fecha de instalación de los Servicios y por el plazo que se detalla en la respectiva Solicitud de Servicios. Vencido el plazo, el contrato se renovará en forma automática por períodos iguales y consecutivos salvo que cualquiera de las partes notifique fehacientemente su voluntad de terminar la contratación, con una antelación mínima de 30 (treinta) días. El Cliente tendrá un plazo de 5 (cinco) días desde la instalación de los equipos necesarios para la prestación de los Servicios (los “Equipos”) para realizar las pruebas pertinentes. Vencido ese plazo sin que el Cliente realice objeciones por escrito respecto del funcionamiento de los Servicios, se considerará que ha aceptado la instalación y comenzará a regir el plazo de vigencia pactado. Si el Cliente formulara objeciones fundadas, SICSATEL S.R.L. hará las adecuaciones que estime pertinentes
5. SICSATEL S.R.L. podrá cancelar los Servicios informando con treinta (30) días de antelación su voluntad al Cliente, sin que la cancelación genere derechos a reclamo alguno por parte de aquel.
6. Por su parte, el Cliente puede solicitar la baja de los Servicios en cualquier momento, de acuerdo a las siguientes condiciones:
a. Solicitud expresa de baja de los Servicios: el Cliente debe solicitar expresamente la baja de éstos vía email a xxxxxxxxxx@xxxxx.xxx.xx y desde el email registrado en su cuenta.
b. Devolución de equipamiento en comodato: el Cliente está obligado a devolver personalmente en las oficinas de SICSATEL SRL (ubicadas en Xxxxx xx xxx Xxxxxxxx 0000. Loc.14, Rio Gallegos (9400), Santa Xxxx, el equipamiento entregado en comodato (completo y funcionando), al momento o antes de solicitar la baja. Caso contrario SICSATEL S.R.L. procederá a la facturación a cargo del cliente del equipamiento correspondiente.
La baja de los Servicios solicitada por el Cliente se hará efectiva al finalizar el mes en que se reciba la petición. El mes en que la baja es solicitada deberá ser abonado íntegramente. SICSATEL S.R.L. se reserva la facultad de corroborar la calidad de titular de los Servicios, identidad y demás datos, de la persona solicitante de la baja.
7. Como contraprestación por los Servicios, el Cliente abonará a SICSATEL S.R.L. los cargos de conexión, abono mensual y demás conceptos que sean descriptos en la correspondiente Solicitud de Servicios. Los pagos deberán realizarse exclusivamente por el canal de pago establecido por SICSATEL S.R.L. y que debidamente sea informado al Cliente.
8. Los pagos mensuales deberán realizarse según el vencimiento indicado en la factura que se emitirá debidamente, el cual será entre los días 10 y 20 de cada mes calendario. El cierre del ciclo de facturación se especifica en el punto 2 de las condiciones particulares de cada servicio.
9. La xxxx será automática y devengará el interés que surge de aplicar la tasa activa para descuento de documentos comerciales que emite el Banco de la Nación Argentina.
10. Si el plazo xx xxxx en el pago de las sumas debidas por el Cliente se extendiera por más de 1 (un) día desde la fecha de vencimiento original de la factura, o si el Cliente incumpliese cualquier obligación asumida en virtud del Contrato, SICSATEL S.R.L. podrá suspender la prestación de los Servicios, hasta tanto se efectivice el pago de los importes adeudados con más los intereses compensatorios y/o rescindir el Contrato, pudiendo reclamar las sumas adeudadas con más una indemnización equivalente al valor de los abonos mensuales restantes hasta la finalización del período contratado. Previo a concretar la baja definitiva del servicio SICSATEL S.R.L. notificará al Cliente por medio fehaciente con al menos cinco (5) días hábiles de antelación. Si el Cliente acredita el pago de lo adeudado o, en caso de suspensión indebida del servicio, el Servicio se reactivará dentro de las veinticuatro
(48) horas.
11. Los cargos son netos para SICSATEL S.R.L. Consecuentemente, el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A) y todo otro cualquiera que lo sustituya en el futuro y/o cualquier impuesto, tasa, carga o contribución específicos que se pudieren imponer a SICSATEL S.R.L. por la prestación de los Servicios, será a cargo exclusivo del Cliente y adicionado a la factura correspondiente.
12. Cambio de Domicilio: la continuación de la prestación de los Servicios en el nuevo domicilio será con cargo a la cuenta del cliente y está sujeta a disponibilidad técnica. En todos los casos, el Cliente debe solicitar fehacientemente el cambio de domicilio, y ante la falta de disponibilidad técnica y si así lo desea, la baja de los Servicios.
13. Obligaciones del Cliente:
a) Cumplir con todas las leyes, reglas y regulaciones que le sean aplicables para la utilización de los Servicios.
b) Si para la prestación de los Servicios, fuera necesaria la habilitación por parte del Cliente de espacios y/o necesarios los permisos correspondientes para la instalación de los Equipos y tendido de plantel, el Cliente se compromete a gestionar y obtener los mismos. Si no lo hiciere dentro del plazo de instalación, se considerará finalizada la prestación por causas imputables al Cliente.
c) Utilizar los Servicios contratados exclusivamente para su propia actividad.
d) Efectuar los pagos acordados como contraprestación por los Servicios.
e) Mantener el equipamiento informático de su propiedad que resulte imprescindible para la utilización de los Servicios, dentro de los cuales se incluyen los servers, routers, placas de red, switch y demás elementos de la red, entre otros.
f) Permitir el ingreso del personal de SICSATEL S.R.L. debidamente identificado, como así también de los terceros designados por SICSATEL S.R.L. al lugar donde estén instalados los Equipos con el propósito de realizar las tareas de inspección y mantenimiento de los mismos. El acceso aludido será permitido durante las 24 (veinticuatro) horas del día, sin preaviso en caso de urgencia notoria requiriéndose la identificación del personal respectivo, ante el personal de seguridad del Cliente como único requisito.
g) El Cliente asume el carácter de comodatario de los equipos entregados en comodato por parte de SICSATEL SRL, de conformidad con lo previsto en el artículo 1533 y conc. del Código Civil y Comercial de la Nación.
h) El Cliente no podrá revender los Servicios y responderá por cualquier reclamo originado ante un incumplimiento a la presente obligación.
i) En caso de corresponder, utilizar exclusivamente dispositivos terminales homologados.
La responsabilidad de SICSATEL S.R.L. en cualquiera de los casos de incumplimientos imputables a ella estará limitada al importe mensual del abono correspondiente a los Servicios. El Cliente exonera a SICSATEL S.R.L. de todo reclamo judicial y/o extrajudicial motivado por la interrupción o corte de los Servicios prestados derivada de una interrupción, programada o no, de energía o algún otro servicio o medio que intervenga para el funcionamiento de los mismos y que fuere ajeno a SICSATEL S.R.L. Asimismo, SICSATEL S.R.L. no será responsable frente al Cliente por ningún daño y/o perjuicio producido por razones de caso fortuito o la fuerza mayor, tales como climatología, manipulación indebida del equipamiento dentro del domicilio del cliente, accidentes domesticos, accidentes en via publica que dañen el tendido, entre otros.
15. Los datos personales del cliente no serán utilizados por SICSATEL S.R.L. para fines distintos a los que fueron otorgados en virtud del Contrato. SICSATEL S.R.L. dará estricto cumplimiento a la ley Nº 25.326 de Protección de Datos Personales y a la ley Nº 26.951 de Creación del Registro Nacional “No Llame”.
16. Cada parte será la única responsable ante cualquier reclamo de sus dependientes, derivados del cumplimiento de sus obligaciones como empleador, entendiéndose que dicho personal se desempeña bajo la exclusiva dependencia laboral de su contratante. Cada parte se compromete a resarcir y mantener indemne a la otra parte por todo daño, costo u obligación que pudiera tener que soportar o debiera abonar en razón de cualquier reclamo, juicio o litigio que pudiera efectuar cualquier empleado de la otra parte. Las partes contratantes son independientes e individualmente responsables por las obligaciones que contrajeren para el desarrollo del Contrato, por consiguiente, no hay constitución de sociedad o empresa entre las mismas.
17. Cada cláusula del Contrato es válida en sí misma y no invalidará el resto. La cláusula inválida o incompleta podrá ser sustituida por otra equivalente y válida por acuerdo de las partes.
18. Si alguna de las partes no requiriera el cumplimiento de una obligación o no ejerciera cualquier derecho que le corresponde bajo el Contrato, ello no le impedirá la exigibilidad futura de tal derecho u obligación ni podrá ser interpretado como una renuncia a ese derecho o a exigir el cumplimiento de esa obligación ni como una dispensa a cualquier violación futura.
19. Ninguna modificación, renuncia o dispensa en virtud del presente será válida a menos que sea efectuada por escrito y firmada por ambas partes.
20. Seguros: En cumplimiento de lo dispuesto por el inciso g) del artículo 27 de la Resolución Nº 733-E/2017, en caso de corresponder, los seguros se especificarán en la Solicitud de Servicios respectiva.
21. Reclamos y Tiempo de Respuesta: el Cliente podrá efectuar los reclamos que tuviere con relación a la prestación de los Servicios comunicándose con el Centro de Atención al Cliente de Lunes a Viernes entre las 10:00 y las 18:00 hs. en las líneas telefónicas 2966273370 o 2966746380 o al email xxxxxxxxxx@xxxxx.xxx.xx
SICSATEL S.R.L. se compromete a dar respuesta al reclamo del Cliente, como máximo, dentro de los siguientes plazos:
a) En caso de reclamos por deficiencia e interrupción de los Servicios, en 3 (tres) días hábiles.
b) En caso de reclamos por facturación, en 5 (cinco) días hábiles.
c) Otros reclamos, en 10 (diez) días hábiles.
22. Todas las notificaciones y/o comunicaciones por parte de SICSATEL S.R.L. al Cliente serán eficaces a todos los efectos cuando se realicen de alguna de las siguientes formas:
a) envío por correo postal al domicilio indicado por el Cliente en la correspondiente Solicitud de Servicios;
b) envío por correo electrónico a cualquiera de los buzones del Cliente indicados en la Solicitud de Servicios correspondiente;
c) comunicación por medio de una llamada telefónica al número de teléfono indicado por el Cliente en la respectiva Solicitud de Servicios.
A estos efectos el Cliente manifiesta que todos los datos facilitados por él son ciertos y correctos y se compromete a comunicar a SICSATEL S.R.L. todos los cambios relativos a su domicilio, datos de cobro y todo tipo de información necesaria para la gestión y mantenimiento de la relación contractual entre SICSATEL S.R.L. y el Cliente.
23. SICSATEL S.R.L. se obliga a cumplir con los indicadores de calidad de los Servicios previstos por la normativa respectiva y en caso de incumplimiento comprobado por la Autoridad de Aplicación, el Cliente tendrá derecho a una compensación cuya procedencia, determinación y modalidad de cancelación será establecido por la misma.
24. El Contrato se rige por la legislación vigente en la República Argentina y debe ser interpretado de acuerdo a ella. Se acompaña copia del Reglamento de Clientes de los Servicios de TIC aprobado por Resolución 733- E/2017, el cual también se encontrará disponible en el sitio web de SICSATEL S.R.L.
25. Las partes se someten a todos los efectos judiciales y extrajudiciales a la Jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la ciudad de Río Gallegos, renunciando a todo otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponder, constituyendo domicilios en los mencionados en la Solicitud del Servicio suscripta.
26. Cesión del contrato: El cliente podrá ceder el contrato previa comunicación fehaciente al prestador y aceptación de éste. El prestador podrá exigir al cedente la cancelación, hasta el día de la cesión, de los montos impagos. Hasta tanto ello suceda, se mantendrán vigentes los términos contractuales entre cedente y prestador.
La cesión se podrá instrumentar por: a) La presentación efectuada por el cesionario de un instrumento del que surja en forma inequívoca la voluntad del cliente de ceder el contrato, con certificación de la firma de éste por autoridad bancaria, judicial, policial o notarial; o b) La concurrencia personal del cedente y del cesionario a las oficinas comerciales del prestador, a efectos de suscribir la cesión contractual. En ambos casos, sólo se perfeccionará la cesión del contrato con la aceptación expresa o tácita del prestador.
II- Condiciones Particulares Aplicables al Servicio de Acceso a Internet (el “Servicio de Internet”)
1. Las características del Servicio de Internet son las consignadas en la Solicitud de Servicios.
2. El cierre del ciclo de facturación opera el último día de cada mes calendario.
3. La instalación de servicios incompatibles con el Servicio de Internet, dará lugar a que SICSATEL S.R.L. no pueda brindar el mismo y en consecuencia SICSATEL S.R.L. procederá a la no habilitación.
4. El Cliente asume y entiende que algunos elementos de hardware o de software pueden ocasionar dificultades en el normal funcionamiento e incluso interrumpir el acceso al Servicio de Internet, siendo ello responsabilidad del Cliente, sin responsabilidad alguna de SICSATEL S.R.L.
5. El Cliente es responsable de la información que transmita por la red, deslindando de toda responsabilidad a SICSATEL S.R.L. El Cliente se obliga a hacer uso del Servicio de Internet conforme a la ley, el Contrato, las presentes condiciones particulares, la moral, el orden público y las buenas costumbres generalmente aceptadas. No difundirá contenidos que dañen de cualquier forma a personas y/o cosas y/o que puedan inutilizar, sobrecargar o deteriorar los Servicios de Internet y/o los equipos informáticos de terceros.
6. El Cliente se obliga a efectuar un uso debido del Servicio de Internet, absteniéndose de realizar Spamming (envío indiscriminado de mensajes de correo electrónico con fines de publicidad a gente que no lo solicita) y/o cualquier otra acción que puedan dañar a personas, sistemas o equipos y/o constituya un delito de conformidad con la legislación aplicable.
7. SICSATEL S.R.L. responderá por falta de disponibilidad del Servicio de Internet exclusivamente en el caso en que la prestación del mismo hasta el punto terminal de la red se interrumpa por más de setenta y dos (72) horas, de forma continua o intermitente, en un mismo mes calendario. En tal caso acreditará al Cliente en el próximo período a facturar el equivalente a la parte proporcional del abono mensual del Servicio de Internet interrumpido correspondiente al tiempo efectivo de la interrupción que exceda las setenta y dos (72) horas.
8. SICSATEL S.R.L. se compromete a cumplir la Ley Nº 25.690 y en tal sentido ofrecerá al Cliente, adicionalmente al Servicio de Internet, el software de protección cuyas características operativas e instrucciones para uso del mismo serán entregadas al cliente al momento de realizar la correspondiente solicitud.
Contrato de comodato de equipos
El Contrato se celebra con fecha de entre SICSATEL S.R.L., CUIT 30716059401, licenciatario RESOL-2019-1085-APN-ENACOM#JGM, con domicilio en Xxxxxxxxx Xxxxxxxxxx 000, web: xxx.xxxxx.xxx.xx; y DNI/CUIT con domicilio postal en calle y dirección electrónica @ , número telefónico de contacto (el “Cliente”), a donde serán válidas todas las notificaciones que se realicen con motivo de la prestación del presente servicio/s .
PRIMERA: OBJETO
1.1- El CLIENTE ha solicitado a SICSATEL S.R.L la provisión del servicio de acceso a Internet según “el contrato”.
EL CLIENTE requiere equipamiento y bienes muebles de propiedad (en adelante “LOS BIENES”) de SICSATEL S.R.L descriptos en el ANEXO 1 del presente, que SICSATEL S.R.L ha aceptado, sujeto a las siguientes consideraciones y obligaciones de EL CLIENTE que se detallan en el presente
1.2. SICSATEL S.R.L cede el uso de LOS BIENES, a favor del CLIENTE a título de comodato o cesión de uso. Por su parte EL CLIENTE se obliga a usar LOS BIENES únicamente para los fines pactados en el Contrato de Servicios y a devolverlos a SICSATEL S.R.L al momento de la resolución por cualquier causa del presente Contrato, bajo los términos del a Cláusula Cuarta.
SEGUNDA: CONDICIONES DE ENTREGA Y CONSERVACION DE LOS BIENES
2.1. SICSATEL S.R.L es propietaria de LOS BIENES, cuya entrega se hace efectiva a través de la suscripción del Anexo 1 del presente, el cual es debidamente suscripto por EL CLIENTE y SICSATEL S.R.L a través de sus representantes debidamente designados a estos.
2.2. EL CLIENTE se obliga a proveer a los BIENES de todas las condiciones técnicas y ambientales requeridas para un adecuado funcionamiento.
2.3. EL CLIENTE es el único responsable por los BIENES y se encuentra obligado a custodiar y conservarlos con la mayor diligencia y cuidado, comprometiéndose a responder por su pérdida, deterioro o destrucción y asumiendo el costo de su reposición o reparación a valor xx xxxxxxx.
2.4 Durante el tiempo que los BIENES se encuentren en posesión de EL CLIENTE, éste no podrá disponer, trasladar, vender, enajenar, arrendar, ceder en uso, gravar, ni realizar o permitir que se realice acto alguno que pueda afectar el derecho de propiedad de SICSATEL S.R.L, su disponibilidad, o las cualidades técnicas de los BIENES.
2.5. SICSATEL S.R.L no se responsabiliza por la imposibilidad de EL CLIENTE de utilizar los servicios de telecomunicaciones contratados a SICSATEL S.R.L a través del Contrato de Servicios, desde el momento en que los BIENES sufran cualquier desperfecto ocasionado por negligencia, uso indebido, sustracción, accidente o cualquier otra acción no atribuible a SICSATEL S.R.L.
TERCERA: DEVOLUCION DE LOS BIENES
3.1. a la fecha de conclusión del Contrato, por cualquiera de sus causas, el CLIENTE deberá poner a disposición de SICSATEL S.R.L. LOS BIENES dentro de los cinco (5) días corridos. El CLIENTE autoriza desde ya el acceso al personal de SICSATEL S.R.L para que pueda recoger y retirar LOS BIENES. Si transcurridos los 5 días calendario de la fecha de resolución del contrato, el CLIENTE no cumple con la devolución de LOS BIENES, SICSATEL S.R.L queda facultada a emitir un comprobante de pago por el valor xx xxxxxxx de los BIENES, más una penalidad acumulada por el transcurso del tiempo que se establece en la suma de dólares estadounidenses dos (USD 2), por cada día de demora. El CLIENTE queda obligado al pago del valor correspondiente al comprobante emitido dentro de las 48 horas siguientes de presentado en su domicilio.
3.2. EL CLIENTE se obliga a devolver LOS BIENES a SICSATEL S.R.L en buen estado de conservación y funcionamiento, sin mayor desgaste que el producido por el uso ordinario y diligente. Asimismo, EL CLIENTE declara, garantiza y se obliga a permitir en cualquier momento el acceso del personal de SICSATEL S.R.L en sus instalaciones con el fin de que inspecciones el estado de LOS BIENES.
CUARTA: PLAZO DEL CONTRATO
4.1. Las partes acuerdan que el plazo de duración del Contrato será el mismo al previsto en el Contrato de Servicios, por lo que, a la finalización o resolución del mismo, quedará resuelto de pleno derecho y en forma automática, quedando EL CLIENTE obligado a devolver LOS BIENES a SICSATEL S.R.L
QUINTA: XXXX AUTOMATICA
5.1. Ante el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones de EL CLIENTE, éste se constituirá automáticamente en xxxx, sin necesidad de interpelación, intimación y/o notificación alguna por parte de SICSATEL S.R.L.
SEXTA: JURISDICCIÓN
6.1. Las partes acuerdan que toda controversia en relación a los términos y/o ejecución del presente Contrato será sometida única y exclusivamente en los Tribunales Ordinarios de la Provincia de Santa Xxxx.
EN PRUEBA DE CONFORMIDAD se firman dos (2) ejemplares un mismo tenor y a un solo efecto, en la Localidad de Río Gallegos, a los días del mes de de .
…………………………………………………………… ACLARACION:
DNI:
ANEXO 1
CONTRATO DE COMODATO DE EQUIPOS Y CERTIFICADO DE ENTREGA
A. CARACTERISTICAS DE EL CONTRATO DE SERVICIO ASOCIADO A LOS EQUIPOS Y BIENES MUEBLES OBJETO DEL CONTRATO DE COMODATO.
Fecha de Suscripción:
Nro. De Contrato:
Tipo de Servicio o Servicios Contratados: SERVICIO DE ACCESO A INTERNET POR FIBRA OPTICA – TECNOLOGIA FTTH SIN COBERTURA WIFI
Seguro del MODEM:
El seguro obligatorio cubre únicamente el equipo MODEM en comodato. Cubre daños parciales o totales y asegura la restitución de inmediato, pero NO CUBRE la pérdida del MODEM, por lo que, en caso de extravío o robo de este, el CLIENTE será responsable de abonarlo a SICSATEL SRL.
El seguro NO CUBRE ningún daño del equipo ROUTER ya que el cliente lo adquiere en propiedad, en la cuota 12, y por tanto es responsable del cuidado de este. En caso de daño total o parcial, el cliente deberá continuar pagando hasta la cuota 12 del equipo detallado en el presente ANEXO 1, con independencia de que adquiera un nuevo equipo de ruteo.
B. BIENES MUEBLES Y EQUIPOS DEL CONTRATO DE COMODATO
MODEM | NUMERO DE SERIE | MARCA |
LD420-10R + FUENTE DE ALIMENTACION 12V/1.5X | XXXXXXXX | |
LD421-21WV + FUENTE DE ALIMENTACION 12V/1.5X | XXXXXXXX | |
423-41W/AC + FUENTE DE ALIMENTACION 12V/1.5X | XXXXXXXX |
ROUTER | NUMERO DE SERIE | MARCA |
RT-N300 B1 + FUENTE | ASUS | |
RT AC 1200 + FUENTE | ASUS | |
NEBULA 301 PLUS + FUENTE | NEXXT | |
NYK AC 1200 + FUENTE | NEXXT | |
NEBULA 1200 PLUS AC + FUENTE | NEXXT | |
TL-WR840N + FUENTE | TP-LINK | |
TL-WR850N + FUENTE | TP-LINK | |
MW 305 R + FUENTE | MERCUSYS | |
MW 302 R + FUENTE | MERCUSYS | |
MW325R + FUENTE | MERCUSYS | |
OTRO |
C. CERTIFICADO DE ENTREGA
Con la firma del presente ANEXO 1, EL CLIENTE deja expresa constancia que ha recibido LOS EQUIPOS que se consignan en el presente, en perfecto estado de conservación, operatividad y funcionamiento.
………………………………….
ACLARACION: DNI: