DE: DHONAC FECHA: 05 DE AGOSTO DE 2019 PARA: CBN1 N°: Interno:
DE: DHONAC | FECHA: 00 XX XXXXXX XX 0000 |
XXXX: CBN1 | N°: Interno: |
En desarrollo de lo previsto en los numerales 7 y 12 del artículo 25 de la Ley 80 de 1993, el artículo 87 de la Ley 1474 de 2011, artículo 8 de la Ley 1150 de 2007 y el artículo 2.2.1.2.1.5.1 “Estudios previos para la contratación de mínima cuantía” del Decreto 1082 de 2015, el suscrito Director del Hospital Naval xx Xxxxxxxxx en calidad de gerente de área funcional como usuario final, presento los siguientes estudios y documentos previos en los cuales se analiza la conveniencia y la oportunidad de realizar la contratación de los bienes relacionados en el anexo “A” del presente documento y se plasma la información relativa al sector objeto del Proceso de Contratación desde la perspectiva legal, comercial, financiera, organizacional, técnica, y de análisis de Riesgo, en cumplimiento de lo estipulado en el artículo 2.2.1.1.1.6.1 “Deber de análisis de las Entidades Estatales” del Decreto 1082 del 26 xx xxxx de 2015.
1. DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD
El Hospital Naval xx Xxxxxxxxx tiene como misión institucional brindar servicios de salud al personal de usuarios de la Dirección General de Sanidad Militar, y para este fin cuenta con sillas tipo TANDEM de cuatro (04) puestos plásticas ubicadas en las salas de espera de urgencias, consultas externas, cirugías, unidad de cuidados intensivos, central de citas, pediatría, vacunación, laboratorio, patología, salud pública, rayos x, farmacia, extrahospitalario y sala espera U.C.I. Neonatal, los cuales actualmente se encuentran en un alto grado de deterioro general por su tiempo uso, generando un riego a la integridad física de los usuarios al momento de ser utilizado.
En desarrollo a la labor que presta el Hospital Naval xx Xxxxxxxxx se requiere renovar las sillas plásticas por sillas metálicas para las salas de espera acorde a las necesidades de los usuario, que brinden durabilidad, comodidad y confort durante la permanencia en los recintos, en vista que las actuales se encuentran descontinuadas y ya cumplieron con su ciclo de vida útil, generando un alto costo para el mantenimiento de las mismas.
Por lo anteriormente expuesto se hace necesario la adquisición xx xxxxxx tipo TANDEM metálicas de 4 puestos para el Hospital Naval xx Xxxxxxxxx que permita satisfacer la necesidad básica de los usuarios al momento de hacer uso de las diferentes salas de esperas.
Lo anterior debido a que se realizó la búsqueda en el sistema de Colombia Compra y no se obtuvo ningún resultado en relacionado al objeto y necesidad de la entidad.
Para llevar a cabo el presente proceso de contratación, fueron asignados recursos mediante la orden administrativa Xx. 000 XXX-XXX0-0000, por valor VEINTIOCHO MILLONES DE PESOS M/CTE (28.000.000,00), recursos que le permitirán satisfacer la necesidad en un 66%, que corresponde a los bienes objeto de la presente contratación relacionados en la siguiente tabla:
No. | BIEN/SERVICIO | CANTIDAD NECESARIA | CANTIDAD OBJETO DE ADQUISICIÓN ACORDE ESTUDIO PREVIO | DIFERENCIA (FALTANTE) | % SATISFACCIÓN NECESIDAD |
01 | SILLAS TANDEM | 60 | 44 | 16 | 66% |
Tabla 1. Descripción de la necesidad
2 MODALIDAD DE SELECCIÓN
En virtud del objeto a contratar y en atención a la cuantía del proceso de selección, la modalidad de contratación es de mínima cuantía de conformidad con lo establecido en el artículo 2° de la Ley 1150 de 2007, modificado por el artículo 94 de la Ley 1474 de 2011, y los artículos 2.2.1.2.1.5.2 del Decreto 1082 de 2015 y demás normas complementarias y concordantes, atendiendo que el presupuesto oficial para la presente contratación es de VEINTIOCHO MILLONES DE PESOS M/CTE ($28.000.000) incluido IVA y demás erogaciones que correspondan, no excede el 10% de la menor cuantía de la Armada Nacional.
3 DESCRIPCIÓN DEL OBJETO DE CONTRATAR:
3.1 OBJETO: ADQUISICIÓN XX XXXXXX TIPO TANDEM PARA EL HOSPITAL NAVAL XX XXXXXXXXX, acuerdo especificaciones técnicas descritas en el anexo “A” del presente documento.
2.1 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS: Las características técnicas de los bienes objeto de adquisición, las
garantías y condiciones de entrega corresponde a las señaladas en el anexo A del presente estudio.
De acuerdo a lo descrito en el Anexo “A” del presente documento. El oferente entiende y acepta que todas las especificaciones técnicas, son de obligatorio cumplimiento para el oferente y por tanto el incumplimiento de cualquiera de estas, será considerado como FACTOR EXCLUYENTE.
2.2 CLASIFICADOR DE BIENES Y SERVICIOS: De conformidad con la clasificación de bienes y servicios de acuerdo con el código estándar de productos y servicios de Naciones Unidas. Los bienes a contratar están codificada en el Clasificador de Bienes y Servicios UNSPSC como lo indican las tablas a continuación:
GRUPO | SEGMENTO | FAMILIA | CLASE | PRODUCTO |
E PRODUCTOS DE USO FINAL | 56-MUEBLES, MOBILARIO Y DECORACION | 11-MUEBLES COMERCIALES E INDUSTRIALES | 21- ASIENTOS | 03. SILLAS PARA VISITANTES |
Tabla 2. Clasificación de bienes
3.4 LUGAR DE ENTREGA O DE EJECUCIÓN: Los bienes contratados deberán ser entregados por parte del contratista en el lugar indicado a continuación, a través de un representante debidamente facultado, previa coordinación con el supervisor del contrato.
LUGAR DE ENTREGA | HORARIO |
Avenida San Xxxxxx, B. Bocagrande Cra. 2No°10- 02, Base Naval A.R.C. “Xxxxxxx”, Xxxxxxx general BN1. | De Lunes a Viernes 08:00 am – 12:00 am |
Tabla 3. Lugar de entrega
NOTA 1: Para la entrega en el Almacén General el Contratista deberá contar con los medios y personal disponibles, para transporte y descargue de los elementos del vehículo.
3.5 PLAZO DE ENTREGA O EJECUCIÓN: El plazo de ejecución del contrato, será hasta el 00 XX XXXXXXX XXX 0000, previo cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento y ejecución del contrato.
3.6 TIPO DE ADJUDICACIÓN: El Hospital Naval xx Xxxxxxxxx recomienda que el proceso a seguir en virtud del presente estudio previo se adjudique en forma TOTAL, al oferente que presente la oferta de menor valor siempre y cuando esta cumpla con los requisitos habilitantes y demás exigencias establecidas en la invitación publica respectiva. Es decir, cuya oferta sea hábil, jurídica, técnica y económicamente y por tanto sea la más favorable para la ARC y resulte coherente con la consulta de precios y condiciones xx xxxxxxx, si esta no cumple con estas condiciones se adjudicará a la segundo lugar y así sucesivamente.
No obstante lo anterior y teniendo en cuenta el porcentaje de satisfacción de la necesidad y en el evento en que el valor de la oferta sea inferior al presupuesto oficial, se solicita se adjudique hasta la totalidad del presupuesto, aumentando la cantidad de los bienes a adquirir.
3.7 FORMA DE EJECUCIÓN: El contratista entregara los bienes del presente contrato dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a solicitud del supervisor del contrato y se adjuntara recibido a entera satisfacción por parte del usuario y el supervisor, igualmente quien validara la calidad física y de funcionamiento del elemento a suministrar si dado el caso el bien presenta alguna novedad este la dirigirá al contratista para poder hacer la respectiva corrección.
3.8 CANTIDADES A RECIBIR: Los bienes mínimos a recibir se encuentran relacionados en el Anexo “A”, sin perjuicio que en atención al déficit presupuestal expuesto y la oferta sea inferior al presupuesto oficial, se solicite la adjudicación hasta la totalidad del presupuesto asignado.
3.9 TIPO DE CONTRATO A CELEBRAR: El contrato a celebrar es un contrato de COMPRAVENTA.
Se trata de un Contrato de Compraventa no definido específicamente en la ley 80 de 1993 en su artículo 32, pero autorizado por la misma disposición, cuando define el contrato estatal así: “…Son contratos estatales todos los actos jurídicos generadores de obligaciones que celebren las entidades a que se refiere el presente estatuto, previstos en el derecho privado o en disposiciones especiales, o derivados del ejercicio de la autonomía de la voluntad…”.
Razón por la cual le son aplicables las estipulaciones contenidas en el artículo 40 de la referida ley que expresa DEL CONTENIDO DEL CONTRATO ESTATAL. Las estipulaciones de los contratos serán las que de acuerdo con las normas civiles, comerciales y las previstas en esta ley, correspondan a su esencia y naturaleza.
Las entidades podrán celebrar los contratos y acuerdos que permitan la autonomía de la voluntad y requieran el cumplimiento de los fines estatales.
En los contratos que celebren las entidades estatales podrán incluirse las modalidades, condiciones y, en general, las clausulas o estipulaciones que las partes consideren necesarias y convenientes, siempre que no sean contrarias a la constitución, la ley, el orden público y a los principios y finalidades de esta ley y a los de la buena administración.
En tal sentido, el contrato de compraventa está definido por el artículo 905 del Código Civil, que reza [CONTRATO DE COMPRAVENTA DEFINICIÓN]. “La compraventa es un contrato en que una de las partes se obliga a trasmitir la propiedad de una cosa y la otra a pagarla en dinero. El dinero que el comprador da por la cosa vendida se llama precio. Cuando el precio consista parte en dinero y parte en otra cosa, se entenderá permuta si la cosa vale más que el dinero, y venta en el caso contrario. Para los efectos de este artículo se equipararán a dinero los títulos valores de contenido crediticio y los créditos comunes representativos de dinero”
3.10 INDICACIÓN DE SI LA CONTRATACIÓN RESPECTIVA ESTA COBIJADA POR UN ACUERDO INTERNACIONAL O UN TRATADO DE LIBRE COMERCIO.
De conformidad con lo indicado por Colombia Compra Eficiente en el manual para el manejo de los acuerdos comerciales en procesos de contratación M-MACPC-13 “Las entidades estatales no deben hacer análisis para los procesos de contratación adelantados por modalidades de selección de contratación directa y mínima cuantía.
3.11 OBLIGACIONES GENERALES DEL CONTRATISTA:
En general, son obligaciones del CONTRATISTA: 1) Hacer la entrega de los bienes objetos del futuro contrato, de conformidad con las especificaciones técnicas descritas requeridas 2) No acceder a peticiones o amenazas de quienes actúen por fuera de la Ley con el fin de obligarlos a hacer u omitir algún acto o hecho. Cuando se presenten tales peticiones o amenazas los contratistas deberán informar inmediatamente de su ocurrencia a la entidad contratante y a las demás autoridades competentes para que ellas adopten las medidas y correctivos que fueren necesarios. El incumplimiento de ésta obligación y la celebración de pactos o acuerdos prohibidos dará lugar a la caducidad del contrato Art. 5 numeral 5 Ley 80 de 1993. 3) Solucionar las controversias contractuales, que se presenten en la ejecución y desarrollo del contrato, de conformidad con lo previsto en la ley 80 de 1993.
4) Cumplir a cabalidad con el objeto del contrato, de acuerdo a los precios unitarios fijos contenidos en la propuesta económica y a la invitación en general. 5) Cumplir con las condiciones jurídicas, técnicas, económicas y comerciales presentadas en la propuesta. 6) Reportar por escrito al supervisor cualquier novedad o anomalías que detecte en la entrega de los bienes. Garantizar la oportuna, eficaz y eficiente prestación del objeto contratado y responder por su calidad, sin perjuicio de la respectiva garantía. 7) Dar estricto cumplimiento a los términos pactados y por ningún motivo suspender o abandonar el objeto contratado. Responder por los impuestos que cause la legalización del contrato. 8) Responder por la buena calidad de los bienes suministrados objeto del contrato. 9) En caso que exista insatisfacción por los bienes suministrados, realizará la corrección o cambio de los mismos dentro de los cinco (05) días hábiles, una vez efectuado el requerimiento por parte de la Entidad. 10) Garantizar la calidad de los bienes suministrados y cumplir con las normas técnicas establecidas. 11) Presentar acuerdo a lo previsto en el Artículo 50 de la Ley 789 de 2002, y la Ley 828 de 2003, documento en donde certifique que se encuentra al día en el pago de las obligaciones del sistema de seguridad social integral y aportes parafiscales. 12) El Contratista debe suministrar los bienes acuerdo con las especificaciones técnicas solicitadas, los cuales deben ser de excelente calidad. 13) Facturación. El contratista deberá entregar la factura Original en la Entidad, acuerdo los requisitos establecidos en Ley 223 de 1995. 14) Para el pago EL CONTRATISTA deberá anexar la constancia del pago de la Seguridad Social, con el fin de dar cumplimiento al artículo 23 de la Ley 1150 de 2007. En la presente también deberá allegar certificación firmada y escrita por parte del Representante Legal y Contador y/o Revisor Fiscal del pago de la Seguridad Social según corresponda acuerdo normatividad vigente y aportes Parafiscales según corresponda (Acuerdo a lo previsto en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002, la Ley 828 de 2003 y la Ley 1562 de 2012 - Sistemas de Salud, Riesgos Laborales, Pensiones y Aportes a las Cajas de Compensación Familiar) y anexar copia de la planilla de dichos aportes. 15) Demás obligaciones que se deriven de la naturaleza del contrato.
3.12 OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA: 1) Alcance: El oferente deberá estar en capacidad de suministrar los bienes de primera calidad en la Base Naval ARC “Bolívar” y dentro del plazo de ejecución estipulado. Debe prever el tiempo de llegada de los bienes a la Base Naval ARC “Bolívar”, teniendo en cuenta los factores de tiempo, clima, tránsito vial nacional y municipal. 2) Devolución y Reposición: La Armada Nacional – Base Naval ARC “Bolívar”, se reserva el derecho de rechazar directamente a través del supervisor, los bienes objeto del contrato, si estos no cumplen con las especificaciones establecidas en la invitación, evento en el cual, el oferente queda obligado a remplazarlos por otros que se ajusten exactamente a lo requerido y ofrecido. El oferente deberá cambiar, arreglar o corregir los bienes defectuosos o que no cumplan con las especificaciones técnicas requeridas. El oferente deberá manifestar que en caso que los elementos presenten defectos de fabricación, realizara la reposición de los mismos dentro de los cinco (5) días hábiles, una vez efectuado el requerimiento por parte de la Base Naval ARC “Bolívar”. 3) Verificación Técnica: El oferente deberá ajustarse a los requerimientos técnicos mínimos incluidos en el presente documento. El material utilizado en la fabricación de los bienes deberá
garantizar completamente su calidad. Los posibles oferentes deben cumplir con todos los estándares de calidad establecidos en la entrega de estos bienes. 4) Coordinación de la entrega: El oferente se compromete a asignar un empleado competente para coordinar la entrega y ejecutar los controles necesarios para lo cual informará los datos correspondientes al supervisor del contrato una vez este quede en firme. El oferente debe garantizar que los bienes al momento de la entrega deben estar debidamente embalados e identificados acuerdo relación de listado de bienes contratados. 5) Garantía en la entrega: El proponente ofrecerá como mínimo una garantía técnica de doce (12) meses, sin costo adicional para la Base Naval ARC Bolívar, a partir del recibo a satisfacción de los bienes, que garanticen posibles defectos de fabricación. Atender de manera inmediata las solicitudes de reposición que correspondan a la garantía técnica, o a los requerimientos que efectúe el supervisor del contrato. 6) El contratista responderá por la pérdida o cualquier tipo de daño causado a bienes contratados en el momento de ser transportados para su entrega en el almacén general BN1. 7) El Proponente deberá entregar al momento del perfeccionamiento del contrato los anexos técnicos de los elementos a contratar, con el fin de que el supervisor del contrato ejerza el control respectivo sobre la calidad de los bienes a entregar y constate que lo entregado coincide con los anexos técnicos. 8) CATALOGACION: El CONTRATISTA deberá proporcionar la información necesaria para denominar, clasificar, identificar y numerar los artículos de abastecimiento relacionados y/o incluidos en el objeto del contrato, dentro del plazo y en las condiciones señaladas por el Supervisor, quien acreditará el cumplimiento de la presente cláusula, mediante un certificado en que conste la entrega total de la información requerida. La presente certificación será necesaria para la liquidación del contrato. Entendiéndose no finalizada la entrega de los bienes objeto del contrato, en tanto no se cumplan las obligaciones de la cláusula de catalogación. 3.13 OBLIGACIONES DE LA BASE NAVAL ARC “BOLÍVAR”: En general son obligaciones del CONTRATANTE: 1. Recibir a satisfacción los bienes que sean ejecutados por el CONTRATISTA, cuando estos cumplan con las condiciones establecidas en el contrato. 2. Pagar al CONTRATISTA en la forma pactada y con sujeción a las disponibilidades presupuestales y de PAC previstas para el efecto. 3. Tramitar diligentemente las apropiaciones presupuestales que requiera para solventar las prestaciones patrimoniales que hayan surgido a su cargo como consecuencia de la suscripción del presente contrato. 4. Verificar que el CONTRATISTA se encuentre al día en el pago de aportes parafiscales relativos al Sistema de Seguridad Social Integral, así como Cajas de Compensación Familiar cuando corresponda. (Artículo 50 de la Ley 789 de 2002, Ley 828 de 2003 y artículo 23 de la Ley 1150 de 2007). 5. Aprobar la Garantía Única una vez presentada por el Contratista. 6. Suscribir el acta de Liquidación. 7. Exigir del Contratista la ejecución idónea y oportuna del objeto contratado. 8. El Comandante de la Base Naval ARC “Bolívar”, se reserva el derecho de efectuar las verificaciones que considere necesarias. 9. Exigir que la calidad de los bienes ofertados los cuales se deben ajustar a los requisitos mínimos previstos en las normas técnicas obligatorias, sin perjuicio de la facultad de exigir que tales bienes o servicios cumplan con las normas técnicas colombianas o, en su defecto, con normas internacionales elaboradas por organismos reconocidos a nivel mundial o con normas extranjeras aceptadas en los acuerdos internacionales suscritos por Colombia. 10. Sin perjuicio del llamamiento en garantía, repetirá contrato los servidores públicos, contrata el contratista o los terceros responsables, según el caso, por las indemnizaciones que deban pagar como consecuencia de la actividad contractual. 11. Adoptar las medidas necesarias para mantener durante el desarrollo y ejecución del contrato las condiciones técnicas, económicas y financieras ofertadas por el contratista. 12. Actuar de tal modo que por causas a ellas imputables, no sobrevenga una mayor onerosidad en el cumplimiento de las obligaciones a cargo del contratista. 13. Las demás obligaciones que se deriven de la naturaleza del contrato. |
4 ANÁLISIS QUE SOPORTA EL VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO: 4.1 ANÁLISIS DEL SECTOR ECONÓMICO: En cumplimiento del Decreto 1082 del 26 xx xxxx de 2015, Subsección 6 “Análisis del sector económico y de los oferentes por parte de las Entidades Estatales”, artículo 2.2.1.1.1.6.1 “Deber de análisis de las Entidades Estatales”, el Hospital Naval Cartagena, adelantó análisis necesario para conocer el sector relativo al objeto del proceso de contratación desde la perspectiva legal, comercial, financiera, organizacional, técnica, y de análisis de riesgo, lo cual se indica a lo largo del presente estudio, evidenciándose que las personas naturales y/o jurídicas que pueden ofrecer los bienes a adquirir en el presente proceso son: a) Variables utilizadas para calcular el presupuesto de la respectiva contratación: Para la realización del análisis económico que hace parte integral del presente estudio previo se indican las siguientes variables que se consideraron para calcular el presupuesto de la respectiva contratación determinado la siguiente ecuación contractual. Ecuación contractual = Costo unitario + Costo Transporte + Impuestos y gastos contractuales. Los precios unitario incluyen el costo real de los mismos, más los costos por transporte, materiales y demás implementos necesario para la ejecución del presente estudio, los gastos de perfeccionamiento y legalización del contrato; y para efectos de esta variables económicas se considera que el contratista ofertará bienes sin formula de ajuste de precios, teniendo en cuenta que las variaciones de precios son previsibles y esas variaciones que pueden ser o no eventuales las asumirá el contratista. |
ESTUDIO XX XXXXXXX
Para efectos de contar con la información xxx xxxxxxx respecto del valor de los bienes relacionados en el presente estudio, se realizó el análisis adjunto en ANEXO D, teniendo en cuenta procesos publicados en el SECOP II durante la vigencia 2018 y las cotizaciones efectuadas por los proveedores consultados.
4.1.1 ANALISIS DEL VALOR ACORDE ESTUDIO XX XXXXXXX: El Hospital Naval xx Xxxxxxxxx como unidad centralizadora realizó un análisis teniendo en cuenta las cotizaciones de las de las empresas SOLUZIONI S.A., MODULARES CHIMA y MORELSA CONSTRUCTORES LTDA entre otras y tomando como referencia el valor promedio de los precios obtenidos en las cotizaciones, el cual se encuentra descrito en el anexo “D” del presente estudio.
Como resultado del análisis se encontró que el comportamiento de los precios de las cotizaciones que ofertan las empresas SOLUZIONI S.A., MODULARES CHIMA y MORELSA CONSTRUCTORES LTDA, entre otras y nos representan un alza mínima en los precios, esto se debe a su condición de distribuidores intermediarios, si bien mantienen un equilibro en su comportamiento con relación a los precios xx xxxxxxx; esto genera un valor promedio acorde en cada artículo, consiguiendo un balance en precios acorde a las necesidades.
Teniendo en cuenta la información plasmada con antelación, se determinó el monto del contrato con base en los valores unitarios incluido IVA y demás erogaciones de los bienes objeto del contrato cotizados, (Anexo D), el cual en promedio arroja un valor máximo de referencia equivalente VEINTI SIETE MILLONES SETECIENTOS QUINCE MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y TRES PESOS 33/100 M/CTE (27.715.893,33) INCLUIDO IVA y
demás erogaciones y costos directos e indirectos.
Desde la perspectiva legal:se trata de una actividad lícita que puede ser susceptible de negociación y que para su prestación no se requiere de permisos, licencias u otras autorizaciones legales aparte de las regulaciones legales generales para el desarrollo de las actividades comerciales.
Desde la perspectiva comercial: Tratándose de un proceso de mínima cuantía dentro del cual se hará invitación pública para contratar, se pudo constatar que en función del número de competidores que participen en el mercado y del grado de diferenciación existente entre los servicios ofertados, estamos en presencia de un mercado de consumo que se caracteriza por que lo componen todas las personas que demandan los productos y servicios para la satisfacción de sus necesidades o de las unidades a las que pertenecen. Es decir, en ellos participan todos los consumidores finales de productos y servicios.
Desde la perspectiva técnica: Las especificaciones técnicas se determinaron teniendo en cuenta las necesidades del Hospital Naval xx Xxxxxxxxx, las cuales fueron estudiadas por el para establecer Especificaciones Técnicas claras que cumplan con todos los requisitos y normas técnicas de los bienes a adquirir y cumplir con la satisfacción de las necesidades para el cumplimiento de los procesos institucionales.
Desde el punto de vista de los riesgos: La estimación y asignación de riesgos que se determinan en el presente estudio previo, son el resultado de la experiencias que otras unidades de la Entidad ha tenido en procesos y contratos anteriores con igual objeto y a la vez, en las posibles eventualidades que acuerdo a la modalidad de selección, a la naturaleza del objeto a contratar y a la forma de ejecución del contrato, podrían tener lugar.
Con el fin de surtir el proceso de selección correspondiente, se observa que en el mercado existen proveedores que pueden brindar los bienes objeto del presente documento, con la posibilidad de ofertar los bienes requeridos dando cumplimiento a las normas contractuales vigentes.
Así mismo, se precisa que las empresas interesadas en participar en el presente proceso deben cumplir con las normas y principios ambientales, contenidos en la Constitución Política de Colombia y en las leyes que regulan la materia.
4.2 VALOR DEL CONTRATO
El presupuesto total asignado para este proceso de contratación es de VEINTIOCHO MILLONES DE PESOS M/CTE (28.000.000,00), INCLUIDO IVA Y DEMAS EROGACIONES.
4.3 FORMA DE PAGO: La Base Naval ARC “Bolívar”, se obliga con el contratista a pagar el valor del contrato en pesos colombianos en UN SOLO PAGO contra entrega, con recursos vigencia 2019, una vez recibidos los bienes a entera satisfacción por parte del Supervisor del contrato, presentación de la Factura Comercial debidamente firmada por el Contratista, el Supervisor y/o el Almacenista, Constancia de cumplimiento de las obligaciones del Contratista frente a los Sistemas de Seguridad Social Integral (sistemas de pensiones, de salud y de riesgos profesionales) y parafiscales. Entrada de los bienes en el programa SAP y Acta de recibo a satisfacción firmada por el Supervisor del contrato y el contratista, dentro de los noventa (90) días contados a partir de la radicación de los documentos en la División financiera del Departamento de Administración de la Base Naval ARC “Bolívar” y de acuerdo a la disponibilidad mensualizada de PAC asignado por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público a la Institución. PARÁGRAFO PRIMERO: Para los pagos deberá presentarse factura original por parte del contratista, dos (2) actas de recepción suscrita por el supervisor del contrato (originales) con la correspondiente
recepción de los bienes. PARÁGRAFO SEGUNDO: Cumplir con sus obligaciones frente al sistema de seguridad social integral (EPS, PENSIÓN Y ARL), parafiscales (SENA – ICBF – CAJA DE COMPENSACIÓN FAMILIAR), para el efecto el contratista debe presentar para el pago constancia que acredite el cumplimiento de estas obligaciones anexando copia actualizada de la planilla de dichos aportes. PARÁGRAFO TERCERO: Cuando de conformidad con lo establecido en el Decreto 862 de 2013, las personas jurídicas o naturales empleadoras que se encuentren exentas de realizar los aportes al SENA, EPS e ICBF, deberán presentar certificación actual firmada por el Representante Legal o Contador y/o Revisor Fiscal, donde se manifieste dicha situación, la cual se entenderá presentada bajo la gravedad de juramento. No obstante lo anterior, deberán aportar la planilla donde conste el pago a pensión, ARL y Cajas de Compensación Familiar, acuerdo Decreto 3029 de 2013. PARÁGRAGO CUARTO: La Base Naval ARC “Bolívar” deducirá del valor a cancelar al Contratista el 1% de contrato antes de IVA, por concepto de Estampilla Universidad xx Xxxxxxxxx (acuerdo Ley 1495 de 2011 y ordenanza 26 de 2012 de la Asamblea Departamental). PARÁGRAFO QUINTO: La Base Naval ARC “Bolívar” no se responsabilizará por la demora en el pago si esta fuere causada y/o provocada por el CONTRATISTA, por encontrarse incompleta la documentación que sirva de soporte para el trámite correspondiente por el CONTRATANTE. PARÁGRAFO SEXTO: Para el pago, el contratista deberá presentar factura o documento equivalente a factura comercial, de conformidad con el Artículo 617 de Estatuto Tributario, así: a) estar denominada expresamente como factura de venta (Régimen simplificado u Régimen común). b) apellidos y nombres del adquiriente de los bienes y/o servicios. C) llevar un número de que corresponda a un sistema de numeración consecutiva de facturas de venta. d) Fecha de su expedición. e) Descripción específica o genérica de los bienes. f) Valor total de la operación. g) el nombre del impresor de la factura. h) indicar la calidad de retenedor del impuesto sobre las ventas y el valor discriminado del mismo, cuando aplique. PARÁGRAFO SÉPTIMO: El contratista se compromete a cargar la factura original previa aceptación del supervisor del contrato en la plataforma SECOP II en ejecución del contrato en “id de pago”, so pena de incurrir en demora en respectivo pago por omisión de esta obligación en la plataforma. NOTA 1: De conformidad con lo establecido en el Manual de Bienes del Ministerio de Defensa Nacional, las facturas o cuentas de cobro, según aplique, deberán estar expedidas dentro del plazo de ejecución del contrato y encontrarse suscritas por el Almacenista si se trata de adquisición de bienes, o por el supervisor si se trata de la adquisición de servicios. NOTA 2: El término para el pago solo empezará a contarse desde la fecha en que se presente en debida forma y adjuntando la totalidad de los documentos exigidos para tal efecto.
4.4 DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL
Para atender el valor del contrato a celebrar se cuenta con el certificado de disponibilidad presupuestal No. 23219 del 05 xx Xxxxxx del 2019.
No. CDP | Código de Clasificación Presupuestal CCP | Rec | C/S | CONCEPTO | AFECTADO EN |
23219 | A-02-01-01-003 | 16 | SSF | ACTIVOS FIJOS NO CLASIFICADOS COMO MAQUINARIA Y EQUIPOS | 28.000.000,00 |
Tabla 4. Disponibilidad Presupuestal
4.5 TIPIFICACIÓN, ESTIMACIÓN Y ASIGNACIÓN DE RIESGOS PREVISIBLES: De acuerdo con lo establecido por el artículo 4º de la Ley 1150 de 2007 y el artículo 2.2.1.1.1.6.3. del Decreto 1082 de 2015, la Entidad Estatal debe evaluar el Riesgo que el Proceso de Contratación representa para el cumplimiento de sus metas y objetivos, con el propósito de mantener la igualdad o equivalencia entre derechos y obligaciones surgidos al momento de proponer o de contratar en concordancia con los artículos 27 y 28 Ley 80 de 1993, correspondientes a la “ecuación contractual” y “al equilibrio económico”,
En concordancia con lo anterior se estiman como riesgos involucrados en la contratación todas aquellas circunstancias que de presentarse durante el desarrollo y ejecución del contrato, tienen la potencialidad de alterar el equilibrio económico del mismo, razón por la cual, en el ANEXO “B” del presente estudio, se indican los riesgos previsibles, identificables y cuantificables en condiciones normales.
5. GARANTÍAS:
5.1 GARANTÍA ÚNICA: Una vez suscrito el contrato, el CONTRATISTA constituirá una garantía única que avalará el cumplimiento de las obligaciones surgidas del presente contrato, en los términos del Decreto 1082 de 2015, por medio del cual se expide el decreto único reglamentario del sector Administrativo de Planeación Nacional, Subsección 3 “Garantías”, la cual consistirá en pólizas expedidas por compañías de seguros legalmente autorizada para funcionar en Colombia; en garantías bancarias; o en cualquier otro mecanismo de cobertura del riesgo, autorizados por el reglamento de seguros a nivel nacional, emanadas por personas jurídicas legalmente establecidas en el país, a favor del MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL - ARMADA NACIONAL-
BASE NAVAL ARC BOLIVAR, NIT 800.141.645-7, la cual contendrá los siguientes amparos: CUMPLIMIENTO: Deberá garantizar el cumplimiento general del contrato, el pago de las multas y demás sanciones que se le impongan, por un valor equivalente al (10%) del precio total del contrato, vigente por el plazo de ejecución hasta la liquidación del mismo. CALIDAD Y CORRECTO FUNCIONAMIENTO DE LOS BIENES: Por un valor equivalente al veinte por ciento (20%) del valor del contrato y con una vigencia igual al plazo de ejecución del mismo y (12) doce meses más. GARANTÍA TÉCNICA MINIMA: El oferente deberá garantizar que en el evento de resultar adjudicatario, ofrecerá una garantía de los bienes y/o servicios brindados en las cantidades mínimas requeridas por la Armada Nacional, contra cualquier anomalía, incluidos todos sus componentes, insumos y accesorios conforme las especificaciones y características técnicas exigidas, por un lapso de doce (12) meses, lapso contado a partir de la expedición del acta de recibo a satisfacción de los mismos, por parte del supervisor del contrato. Si durante la vigencia del contrato resultare defectuosos y/o anómalo cualquiera de los elementos entregados, el contratista deberá asumir su costo, por cuenta y riesgo del mismo (incluyendo la totalidad de los gastos que el subsanar genere) a satisfacción de la armada nacional, dentro de un lapso máximo de cinco (05) días a partir de la indicación de lo ocurrido por parte del supervisor del contrato. En este caso corresponderá a la Armada Nacional notificar por escrito al contratista dentro de los cinco (05) días calendario, siguientes a la fecha en que suceda y/o se descubra la falla o el defecto e indicar el plazo dentro del cual se debe reponer el material. El contratista en consecuencia procederá a subsanar y/o remplazar lo peticionado, sin ningún costo para la Armada Nacional. Si la anomalía es resultado de mala operación o del uso indebido por parte de la Armada Nacional, debidamente comprobada, la subsanación será a cargo de la Armada Nacional. TOMADOR/AFIANZADO: La garantía deberá tomarse con el nombre de la persona natural o razón social de la persona jurídica que figura en el Certificado de Existencia y Representación Legal expedido por la Cámara de Comercio respectiva, y no solo con su sigla, a no ser que en el referido documento se exprese que la sociedad podrá denominarse de esa manera. Cuando la propuesta se presente en consorcio o Unión Temporal, la garantía deberá tomarse a nombre de sus integrantes, y no a nombre de los representantes legales del oferente plural. PARÁGRAFO PRIMERO: Las garantías deberán otorgarse de acuerdo a lo establecido en la sección 3 del Decreto 1082 de 2015, e indicarlo en la póliza de manera expresa. PARÁGRAFO SEGUNDO: La garantía única deberá ajustarse siempre que se produzca modificación en el plazo y/o valor del contrato o en el evento de que se presente la suspensión temporal del mismo. PARÁGRAFO TERCERO: Igualmente el CONTRATISTA se compromete a responder de los perjuicios que cause a la entidad contratante de los vicios ocultos en los servicios entregados en los términos de la legislación civil y comercial, de los artículos 4, 26, 52, 55 y 56 de la Ley 80 de 1993 y demás normas complementarias y de conformidad a lo estipulado en el Artículo 7º de la Ley 1150 de 2007, la garantía se mantendrá vigente durante la vida y liquidación del contrato y se ajustará a los limites, existencia y extensión de los riesgos amparados. PARÁGRAFO CUARTO: La póliza deberá indicar de manera expresa que ampara el pago de la caducidad del contrato, las multas y de la cláusula penal pecuniaria y demás sanciones. Si el CONTRATISTA se negare a constituir la garantía única, así como no otorgarla en los términos, cuantía y duración establecidos en este parágrafo, la BASE NAVAL ARC BOLIVAR podrá declarar la caducidad del contrato. PARAGRAFO QUINTO: El valor de esta garantía deberá reponerse cada vez que por razón de multas impuestas por LA BASE NAVAL ARC “BOLIVAR” su monto se agotare o disminuyere. PARAGRAFO SEXTO: LA BASE NAVAL ARC BOLIVAR se reserva la facultad de no aceptar Garantía Única de contratos cuando a su juicio el GARANTE carezca de capacidad económica para responder conforme al Código de Comercio o cuando en Estado de insolvencia, o tenga pleitos pendientes contra la entidad que afecte seriamente su patrimonio. PARÁGRAFO XXXXXXX: Se deberá indicar que la entidad aseguradora renuncia al beneficio de excusión y que las pólizas cuyo beneficiario es el Estado, no expiran por falta de pago de la prima o por revocatoria unilaterales. NOTA 1: Las garantías consistirán en pólizas expedidas por compañías de seguros legalmente autorizadas para funcionar en Colombia, en garantías bancarias y en general, en los demás mecanismos de cobertura del riesgo autorizados por el Decreto 1082 de 2015. NOTA 2: En caso de presentarse póliza de seguros deberá adjuntarse el anexo de condiciones generales correspondiente debidamente diligenciado en todos y cada uno de los espacios en blanco. |
6. PERFECCIONAMIENTO Y REQUISITOS DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO. El contrato se entenderá |
celebrado y perfeccionado desde el momento de la publicación de la carta de aceptación en el SECOP II. Para su ejecución, se requiere: 1) Si se han exigido garantías, estas sean constituidas y aprobadas por la Base Naval ARC “Bolívar”. 2) Expedición del Registro Presupuestal. 3) Que se haya certificado el pago de aportes a seguridad social integral y parafiscales. Solamente en el evento en el cual se hayan cumplido los anteriores requisitos podrá suscribirse el acta de inicio en el cual constará el día exacto a partir del cual comienza la ejecución del contrato.
7. INCUMPLIMIENTO DE REQUISITOS DE EJECUCIÓN. El incumplimiento de las obligaciones que corresponden al contratista referente a los requisitos de ejecución será causal de incumplimiento del contrato, el cual será declarado por medio de Acto Administrativo que se expedirá dentro de las reglas del debido proceso.
8 OTROS ASPECTOS:
8.1 MULTAS Y SANCIONES
8.1.1 EL MINISTERIO DE DEFENSA – ARMADA NACIONAL – BASE NAVAL ARC “BOLÍVAR”, podrá imponer al CONTRATISTA MULTAS cuyo valor se liquidará con base en el uno por ciento (1.0%) de los bienes o servicios dejados de entregar y/o prestar según corresponda, por cada día de retardo y hasta por quince (15) días, en caso de incumplimiento de las obligaciones derivadas del presente contrato. Cuando el incumplimiento se relacione con obligaciones del contratista ajenas a la entrega de bienes y/o servicios objeto del contrato o no pueda tasarse en bienes dejados de entregar o servicios dejados de prestar, se podrá imponer al CONTRATISTA multas cuyo valor se liquidará con base en el cero punto uno por ciento (0.1%) del valor total del contrato, por cada día de retardo en el cumplimiento de su (s) obligación (es) hasta por quince (15) días. Esta sanción se impondrá conforme al procedimiento establecido en el artículo 86 de la Ley 1474 del 12 de julio de 2011 y, se reportará a la Cámara de Comercio competente de conformidad con lo previsto en el artículo 22.1 de la Ley 80 de 1993. PARÁGRAFO. No habrá lugar a la aplicación de esta cláusula en el caso de presentarse fuerza mayor o caso fortuito, oportunamente informado por el contratista a la Entidad, debidamente acreditado y soportado.
8.1.2 PENAL PECUNIARIA. En caso de declaratoria de caducidad o de incumplimiento total de las obligaciones derivadas del presente contrato, EL CONTRATISTA pagará a la Base Naval ARC “Bolívar a título xx xxxx pecuniaria, una suma equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del contrato; en caso de incumplimiento parcial de las obligaciones derivadas del presente contrato, la pena estipulado se hará efectiva de manera proporcional teniendo en cuenta lo cumplido parcialmente por el contratista . La imposición de esta pena pecuniaria se considerará como pago parcial y no definitivo de los perjuicios que cause a Base Naval ARC “Bolívar. No obstante, La Base Naval ARC “Xxxxxxx se reserva el derecho de cobrar perjuicios adicionales por encima del monto de lo aquí pactado, siempre que los mismos se acrediten. Tanto el valor de las multas, como el de la Cláusula Penal Pecuniaria serán descontados de los saldos que tenga a favor del Contratista. El pago de la Cláusula Penal Pecuniaria estará amparado mediante póliza de Seguros en las condiciones establecidas en el contrato. Esta sanción se impondrá conforme al procedimiento establecido en el artículo 86 de la Ley 1474 del 12 de julio de 2011 y, se reportará a la Cámara de Comercio competente de conformidad con lo previsto en el artículo 22 de la Ley 80 de 1993. PARAGRAFO-APLICACIÓN DEL VALOR DE LAS SANCIONES PECUNIARIAS: El valor de las multas y de la Cláusula Penal Pecuniaria se tomará del saldo a favor del CONTRATISTA si lo hubiere, o de la Garantía constituida. Si esto último no fuere posible, se cobrará por la jurisdicción competente. NOTA: La parte resolutiva de los actos que declaren la caducidad, impongan multas, sanciones o declaren el incumplimiento, una vez ejecutoriados, se publicarán en el SECOP y se comunicarán a la cámara de comercio en que se encuentre inscrito el Contratista respectivo. También se comunicará a la Procuraduría General de la Nación de conformidad con el artículo 31 de la Ley 80 de 1993, modificado por el artículo 218 del Decreto 0019 del 10 de enero de 2012.
9. INDEMNIDAD.
Quien sea seleccionado como contratista, mantendrá indemne a la Entidad Estatal de cualquier daño o perjuicio originado en reclamaciones de terceros y que se deriven de sus actuaciones o de las de sus subcontratistas o dependientes.
10. DURACIÓN.
El término de duración fijado para este proceso es de 4 meses una vez vencido el plazo de ejecución, término en el que se realizaran trámites administrativos pendientes, una vez recibido los bienes.
10. LIQUIDACIÓN.
El contrato que se derive del presente proceso NO será objeto de liquidación de conformidad con el consagrado en el artículo 11 de la Ley 1150 de 2007, modificado por el articulo No. 217 del Decreto Ley 0019 de 2012.
11.SUPERVISOR:
Se recomienda que la vigilancia, supervisión y verificación técnica y administrativa del desarrollo y ejecución del contrato, por idoneidad y experiencia este a cargo de:
GRAD O | APELLIDOS Y NOMBRES | DEPENDENCI A | CEDULA | TELÉFONO | CORREO ELECTRÓNICO | ||
TN | XXXXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXXX | XXXXX | 88.033.39 8 | 321410654 8 | xxxxxx.xxxxxx@xxxxxx.xx x.xx | ||
Tabla 5. Información Supervisor 11.1 COMITÉ ESTRUCTURADOR TÉCNICO – ECONÓMICO Se recomienda que la estructuración, por idoneidad y experiencia este a cargo de: GRAD APELLIDOS Y NOMBRES DEPENDENCI CEDULA CELULAR CORREO ELECTRÓNICO O A S1 XXXXX XXXXXXXX XXXXXX XXXXX 8.508.743 3148539123 xxxxxx.xxxxx@xxxxxx.xxx. Tabla 6. Información Comité Estructurador Técnico-Económico 11.2 COMITÉ EVALUADOR TÉCNICO - ECONÓMICO: Se recomienda que la verificación y por ende evaluación por idoneidad y experiencia, ya que posee el suficiente conocimiento, esté a cargo de: GRADO APELLIDOS Y NOMBRES DEPENDENCIA CEDULA CELULAR CORREO ELECTRÓNICO S2 XXXXX XXXXX XXXXXXX XXXXX 73.209.383 31369211 Xxxxxxx.xxxxx@xxxxxx. X0 XXXXXXXX XXXXXXXX XXXXX 1.045.690. 30080297 Xxxxxx.xxxxxxxx@armada XXXXXX 754 65 .xxx.xx Tabla 7. Información Comité Evaluador Técnico-Económico |
ANEXOS.
ANEXO A. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MÍNIMAS EXCLUYENTES ANEXO B. MATRIZ DE RIESGOS
ANEXO C. PROPUESTA ECONOMICA
ANEXO D. ESTUDIO XX XXXXXXX Y SOPORTES ANEXO E. PLAN DE COMPRAS
ANEXO F. CERTIFICADO DE DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL
Atentamente,
ORIGINAL FIRMADO
Capitán de Navío IBO PLAZAS XXXXXX
Director Hospital Naval xx Xxxxxxxxx
CF Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxx Subdirector Operativo HONAC
S1 Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx
Estructurador Técnico– económico
ANEXO “A”
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MÍNIMAS EXCLUYENTES
El (los) suscrito (s), (persona natural), en calidad de representante legal de (se incluye cuando aplique y el nombre de la persona jurídica que representa), manifiesto bajo la gravedad de juramento que se entiende prestado con la presentación del presente anexo, que conozco en su totalidad las especificaciones técnicas de los bienes/servicios relacionados en el presente anexo, fichas técnicas y condiciones de ejecución del contrato que se llegare a suscribir, y hacen parte del proceso No. ADQUISICIÓN XX XXXXXX TIPO TANDEM PARA EL HOSPITAL NAVAL XX XXXXXXXXX.
ITEM | CÓDIGO UNSPSC | CÓDIGO DE CLASIFICACIÓN PRESUPUESTAL | DENOMINACION DEL BIEN | ESPECIFICACIÓN TÉCNICA | DISTRIBUCIÓN POR USUARIOS | UNIDAD DE MEDIDA | MARCA OFERTADA |
1 | 56112103 | A-02-01-01-003 | SILLAS TIPO TANDEM DE 4 PUESTOS. | Sillas tipo TANDEM de 4 puestos. Material en acero y cromo con recubrimiento de pintura electrostática en polvo color gris, calibre 16 (1.5mm). Cada asiento debe soportar 120 Kg de presión estática. Con brazos en material en acero y cromo con recubrimiento de pintura electrostática en polvo color gris, calibre 18 (1,2mm). Patas en acero y cromo con recubrimiento de pintura electrostática en polvo color gris, calibre 18 (1,2mm) y soportes o viga en material en acero y cromo con recubrimiento de pintura electrostática en polvo color negro o gris, calibre 14 (1,8mm). | 44 | UNIDAD |
Tabla 12. Especificaciones Técnicas
2. CONSIDERACIONES TÉCNICAS ADICIONALES
GARANTÍA TÉCNICA MINIMA: El oferente deberá garantizar que en el evento de resultar adjudicatario, ofrecerá una garantía de los bienes y/o servicios brindados en las cantidades mínimas requeridas por la Armada Nacional, contra cualquier anomalía, incluidos todos sus componentes, insumos y accesorios conforme las especificaciones y características técnicas exigidas, por un lapso de doce (12) meses, lapso contado a partir de la expedición del acta de recibo a satisfacción de los mismos, por parte del supervisor del contrato. Si durante la vigencia del contrato resultare defectuosos y/o anómalo cualquiera de los elementos entregados, el contratista deberá asumir su costo, por cuenta y riesgo del mismo (incluyendo la totalidad de los gastos que el subsanar genere) a satisfacción de la armada nacional, dentro de un lapso máximo de cinco (05) días a partir de la indicación de lo ocurrido por parte del supervisor del contrato. En este caso corresponderá a la Armada Nacional notificar por escrito al contratista dentro de los cinco (05) días calendario, siguientes a la fecha en que suceda y/o se descubra la falla o el defecto e indicar el plazo dentro del cual se debe reponer el material. El contratista en consecuencia procederá a subsanar y/o remplazar lo peticionado, sin ningún costo para la Armada Nacional. Si la anomalía es resultado de mala operación o del uso indebido por parte de la Armada Nacional, debidamente comprobada, la subsanación será a cargo de la Armada Nacional.
TÉRMINO PARA ATENDER EL RECLAMO DE GARANTÍA. En caso de reclamo de garantía, la Armada Nacional informará al contratista el defecto o falla que presenta el bien o las novedades del servicio prestado, efectuando la entrega del elemento (cuando aplique). el contratista o quien realice la reparación en su nombre previa autorización escrita, deberá expedir una constancia de recibo conforme con las reglas previstas para la prestación de servicios que suponen la entrega de un bien, e indicará los motivos de la reclamación.
Cuando el producto sea reparado en cumplimiento de una garantía legal o suplementaria, el contratista o quien realice la reparación en su nombre previa autorización por escrito, estará obligado a entregar a la Base Naval ARC “Bolívar” constancia de reparación indicando lo siguiente: descripción de la reparación efectuada, piezas reemplazadas o reparadas, fecha de entrega del bien objeto de reclamo, y fecha de devolución del producto. Si no se hubiere hecho salvedad alguna al momento de entrega del bien por parte de la ARMADA NACIONAL, se entenderá que la Base Naval ARC “Bolívar” lo entregó en buen estado, excepto por el motivo por el cual solicitó la garantía. El término de atención al reclamo de garantía, devolución del bien o ejecución del servicio reclamado no podrá superar 15 días hábiles a menos que por escrito el contratista informe los motivos que implican mayor tiempo señalando la justificación respectiva.
EXONERACIÓN DE RESPONSABILIDAD DE LA GARANTÍA. El contratista se exonerará de la responsabilidad que se deriva de la garantía, cuando demuestre que el defecto proviene de fuerza mayor o caso fortuito; el hecho de un tercero; el uso indebido del bien por parte del consumidor, y que el usuario no atendió las instrucciones de instalación, uso o mantenimiento indicadas en el manual del producto y en la garantía. El contenido del manual de instrucciones deberá estar acorde con la complejidad del producto. Esta causal no podrá ser alegada si no se ha suministrado manual de instrucciones de instalación, uso o mantenimiento en idioma castellano. En todo caso el contratista que alegue la causal de exoneración deberá demostrar el nexo causal entre ésta y el defecto del bien.
SUSPENSIÓN Y AMPLIACIÓN DEL PLAZO DE GARANTÍA. De conformidad con lo estipulado en el artículo 9 de la Ley 1480 de 2001, El término de la garantía se suspenderá mientras la ARMADA NACIONAL esté privada del uso del producto con ocasión de la efectividad de la garantía y en caso de producirse un cambio total del producto por otro, el término de garantía empezará a correr nuevamente en su totalidad desde el momento de reposición. Si se cambia una o varias piezas o partes del bien, estas tendrán garantía propia.
3. EXPERIENCIA DEL PROPONENTE
La experiencia podrá ser acreditada a través de Certificaciones de experiencia o copia de contratos totalmente ejecutado o adjuntando el acta de recibo a satisfacción o liquidación del contrato, suscritos con personas jurídicas de naturaleza pública o privada o personas naturales. Para el caso de contratos suscritos con personas naturales debe adjuntar adicional a la copia del contrato el acta de recepción o factura.
3.1 Certificaciones de experiencia
El proponente debe presentar entre los folios contentivos de su ofrecimiento, certificaciones de contratos celebrados y ejecutados con personas jurídicas de naturaleza pública o privada o personas naturales, relacionadas con el objeto del presente proceso, cuyo valor en conjunto equivalga mínimo al 100% del presupuesto oficial previsto para el mismo. Las certificaciones deben contener como mínimo:
Contratante y NIT.
Contratista y NIT.
Valor del contrato.
Número del contrato (cuando aplique).
Fecha de Terminación del contrato.
Objeto del contrato.
Teléfono de la entidad contratante y/o funcionario que certifica.
La entidad evaluará la información suministrada y de acuerdo con ella, determinará si resulta suficiente para acreditar la experiencia. Así mismo la entidad se reserva el derecho de verificar la información aportada por los oferentes y de rechazar las propuestas en las cuales se incluya información inconsistente o que no corresponda a la realidad, sin perjuicio de las eventuales acciones civiles y penales a que haya lugar.
No podrá acumularse a la vez, la experiencia de los socios y la de la persona jurídica cuando éstos se asocien entre sí para presentar propuesta bajo alguna de las modalidades previstas en el Artículo 7 de la Ley 80 de 1993.
3.2 Copia de contratos con acta de recibo a satisfacción o acta de liquidación
El Proponente podrá acreditar EXPERIENCIA a través de copia contratos relacionados con el objeto del presente proceso acompañados del acta de recibo a satisfacción o acta de liquidación, suscritos con personas jurídicas de naturaleza pública o privada o personas naturales suscritos acompañadas de la respectiva acta de recibo a satisfacción o factura comercial cuya sumatoria de valores sea por lo menos igual al presupuesto oficial del proceso.
No podrá acumularse a la vez, la experiencia de los socios y la de la persona jurídica cuando éstos se asocien entre sí para presentar propuesta bajo alguna de las modalidades previstas en el Artículo 7 de la Ley 80 de 1993.
Si el contrato cuya experiencia se pretende hacer valer ha sido suscrito con la Base Naval ARC “Bolívar”, bastará la indicación del número del contrato, objeto y fecha de suscripción.
(INCLUIR CONSIDERACIONES ADICIONALES)
En mi calidad de oferente entiendo y acepto que todas las especificaciones técnicas descritas en el presente anexo son de obligatorio cumplimiento y me comprometo a ejecutar el contrato en caso de resultar adjudicatario con lo establecido en la invitación, los documentos que lo integran y las normas que regulan la materia.
FIRMA OFERENTE NOMBRE OFERENTE DIRECCIÓN
CORREO ELECTRÓNICO TELEFONO
Atentamente,
ORIGINAL FIRMADO
Capitán de Navío IBO PLAZAS XXXXXX Director Hospital Naval xx Xxxxxxxxx
CF Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxx Subdirector Operativo HONAC
S1 Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Estructurador Técnico– económico
ANEXO “B” “MATRIZ DE RIESGOS”
Tabla 1 Matriz de riesgos
NUMÉRIC A | HISTÓRICA | IMPACTO | |||||||
INSIGNIFICANTE | MENOR | MODERADO | MAYOR | CATASTRÓFICO | |||||
1 | 2 | 3 | 4 | 5 | |||||
PROBABILIDAD | 1 EN 10.000- 100.000 | Puede ocurrir pero solo en circunstancias excepcionales | RARO | 1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 |
1 EN 1.000- 10.000 | Podría ocurrir pero dudoso | IMPROBABLE | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | |
1 EN 100- 1.000 | Podría ocurrir en cualquier momento futuro | POSIBLE | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | |
1 EN 10- 100 | Probablemente ocurrirá | PROBABLE | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | |
1 EN 10 | Se espera que ocurra en la mayoría de circunstancias | CASI CIERTO | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 |
Tabla 8. Matriz de Riesgos
El orden de prioridades fue establecido asignando un puntaje de acuerdo con la probabilidad de ocurrencia (raro; improbable; posible; probable; casi cierto) y de su impacto (insignificante; menor; moderado; mayor; catastrófico). Los riesgos fueron clasificados teniendo cuenta su calificación de acuerdo con Tabla 2.
Tabla 2 Prioridad de tratamiento y control del riesgo
N° | Factor de escogencia y calificación |
Riesgo > 7 | Riesgo Extremo: Se requiere un plan de acción detallado |
6 <= Riesgo <= 7 | Riesgo Alto: Se necesita una atención mayor de la administración |
Riesgo = 5 | Riesgo Medio: Especificar responsabilidad de la administración |
Riesgo < 5 | Riesgo Bajo: Administrar por procedimientos de rutina |
Tabla 9. Prioridad de tratamiento y control del riesgo
Tabla 3 Mapa de identificación de riesgos
No | Clase | Área | Etapa | Tipo | descripción (qué puede pasar y, si es posible, cómo puede pasar) | Consecuencia de la ocurrencia del evento | Probabilidad | Impacto | Calificación | Prioridad | A quien se le asigna? | Tratamiento/controles a ser implementados | Impacto después del tratamiento | Afecta la ejecución el contrato | Persona que implementa el tratamiento | Fecha inicio tratamiento | Fecha término tratamiento | Monitoreo y revisión | |||
probabilidad | impacto | Valoración del riesgo | Forma de realizar monitoreo | Periodicidad monitoreo / Cuando? | |||||||||||||||||
1 | General | Externo | Planeación | Social o político | dispersión de la normatividad | En materia de contratación estatal, existen numerosas normas, directrices, conceptos e interpretaciones sobre el procedimiento de contratación | 3 | 1 | 4 (Riesgo bajo) | d | Entidad | Hacer seguimiento de las normas de contratación y de sus modificaciones | 3 | 1 | 4 | NO | Asesor de Contratación | INICIO VIGENCA FISCAL | FINAL DE LA VIGENCIA FISCAL | Verificando el portal de CCE | Semanal |
2 | General | Interno | Planeación | Operacional | deficiente determinación de especificaciones técnicas mínimas y variación de las mismas durante la ejecución del contrato | Las especificaciones técnicas mínimas no permiten que se satisfaga la necesidad y requieran modificaciones que aumente el monto de los bienes o servicios | 2 | 2 | 4(Riesgo bajo) | d | Entidad | Se efectúa verificación del estudio previo presentado realizando observaciones cuando las especificaciones no ofrecen claridad | 2 | 2 | 4 | SI | Usuario /gerente de proyecto Asesor de contratación | Con la llegada del estudio previo | Cinco días hábiles siguientes a la recepción | Documento solicitando aclaración | Llegada estudio previo corregido |
3 | General | Interno | Planeación | Operacional | Cambio de lugar de ejecución del contrato y ejecución de actividades adicionales a las establecidas en el contrato | Modificación de las condiciones del contrato y aumento del costo estimado para la ejecución del mismo. | 2 | 2 | 4(Riesgo bajo) | d | Entidad | El usuario/gerente de proyecto, deberá efectuar una adecuada planeación del proceso o prever cuando se presenten cambios el restablecimiento de las prestaciones mutuas del mismo | 2 | 2 | 4 | SI | Gerente de Proyecto / usuario | Estructuración del estudio previo | Anterior a la fecha de presentación del estudio a la unidad delegataria | Revisión estudio previo | Llegada estudio previo |
4 | General | Externo | Selección | Económico | presentación de ofertas artificialmente bajas | El bien o servicio no cumple con las calidades y exigencias técnicas requeridas. -no se justifique adecuadamente El precio artificialmente bajo y durante la ejecución del contrato se solicite restablecimiento del equilibrio económico | 2 | 2 | 4(Riesgo bajo) | d | Proponente | Analizar estudio xx xxxxxxx que demuestre si los precios son artificialmente bajos y de ser así requerir al proponente para que explique y demuestre porque sostiene esos precios. En la ejecución se deberá hacer exigible la entrega del bien o servicio de conformidad con las condiciones técnicas requeridas. | 2 | 2 | 4 | SI | Comité evaluador respectivo | Termino de evaluación de propuestas | Termino de adjudicación | Revisión de evaluaciones y observaciones a las mismas | previo a la adjudicación |
5 | General | Interno | Contratación | Operacional | incumplimiento de los requisitos de ejecución del contrato que generan dilaciones en su inicio | Retraso en el inicio de la ejecución y cumplimiento del contrato, y por lo tanto no satisfacción oportuna de la necesidad. | 1 | 1 | 2(Riesgo bajo) | d | Entidad | Gestión oportuna para agilizar los trámites administrativos internos que permitan inicio oportuno de la ejecución del contrato e impidan variación de precios del producto ofertado | 1 | 1 | 2 | SI | Dependencia Presupuesto | Termino para el cumplimiento de requisitos de ejecución | Termino para el cumplimiento de requisitos de ejecución | Verificación cumplimiento requisitos de ejecución a cargo de la entidad | Una vez suscrito el contrato |
6 | General | Interno | Contratación | Operacional | reclamos de terceros sobre la selección del oferente que retrasen el perfeccionamiento del contrato | Retraso en el inicio de la ejecución y cumplimiento del contrato, y por lo tanto no satisfacción oportuna de la necesidad. | 2 | 2 | 4 (Riesgo bajo) | d | Entidad | Responder y aclarar en el menor tiempo posible las observaciones presentadas | 2 | 2 | 4 | NO | Jefe División precontractual | Termino de evaluación de las propuestas | Termino de evaluación de las propuestas | Revisión de respuestas de los comités | Previo a la adjudicación |
7 | General | Interno | Contratación | Social o político | Incremento anormal de los insumos propios del bien o servicio contratado | Desequilibrio económico del contrato por variación de precios de los bienes o servicios | 3 | 1 | 4 (Riesgo bajo) | d | Entidad | Desplegar un comportamiento que convenga a la realización y ejecución del contrato sin olvidar que el interés del otro contratante también debe cumplirse y cuya satisfacción depende en buena medida de la lealtad y corrección de la conducta propia. | 3 | 1 | 4 | NO | Gerente de proyecto / usuario Delegatario contractual | termino de la evaluación de oferta | termino de la adjudicación | Análisis de precios del sector a la fecha de ejecución y restablecimient o del equilibrio económico | indeterminado |
8 | General | Externo | Planeación | Social o político | Expedición de normas generales, abstractas e impersonales, con incidencia directa o indirecta en la relación negocial. | Actos generales de la administración “hecho del príncipe” | 3 | 1 | 4 (Riesgo bajo) | d | Entidad | Hacer seguimiento de las normas que afectan la ejecución del contrato en los términos pactados y en caso de afectación del punto de no perdida, efectuar los ajustes presupuestales respectivos. | 3 | 1 | 4 | NO | Delegatario contractual Asesor de contratación | termino de la evaluación de oferta | termino de la adjudicación | Seguimiento a los cambios en materia jurídica, presupuestal, tributaria y en general las que tengan incidencia en el contrato | semanal |
Tabla 10.Matriz de identificación de riesgos
ANEXO “C” “PROPUESTA ECONÓMICA”
El (los) suscrito (s), (persona natural), en calidad de representante legal de (se incluye cuando aplique y el nombre de la persona jurídica que representa), manifiesto bajo la gravedad de juramento que se entiende prestado con la presentación del presente anexo, que conozco en su totalidad las especificaciones técnicas, fichas técnicas, plazo de ejecución, ubicación del lugar de ejecución y condiciones de entrega del contrato que se llegare a suscribir, y hacen parte del proceso No. cuyo objeto es ADQUISICIÓN XX XXXXXX TIPO TANDEM PARA EL HOSPITAL NAVAL XX XXXXXXXXX, y por ende efectuado el análisis detallado de los gastos que genere la ejecución del objeto del presente proceso tales como adquisición de insumos, elementos, materiales, accesorios, entregas, recursos físicos y humanos, así como los montos que genere su desplazamiento/transporte, manutención, pasajes, viáticos, prestaciones laborales, sociales y riesgos laborales, dotación de vestido de labor y de protección acuerdo normas vigentes, y en general los necesarios para garantizar la funcionalidad de los bienes/servicios, serán de mi resorte exclusivo y por ende correrán a mi cargo en caso de resultar adjudicatario, me permito indicar que el valor ofertado incluido IVA (cuando aplique) y demás erogaciones por cada uno de los bienes/servicios que integran el anexo técnico es el siguiente:
RUBRO PRESUPUESTAL: Los bienes/servicios relacionados a continuación serán cancelados con cargo a la una cuenta presupuestal A-02-01-01-003 la cual hace referencia a MAQUINARIA Y EQUIPOS, por ende el valor total de los ítems no podrá superar el presupuesto asignado en el CDP por dicho concepto.
ITEM | CÓDIGO UNSPSC | CÓDIGO DE CLASIFICACIÓN PRESUPUESTAL | ESPECIFICACIÓN TÉCNICA | CANTIDADES TOTALES | UNIDAD DE MEDIDA | PRECIO UNITARIO INCLUIDO IVA Y DEMÁS EROGACIONES | PRECIO TOTAL INCLUIDO IVA |
FSUCA | |||||||
1 | 56112103 | A-02-01-01-003 | Sillas tipo TANDEM de 4 puestos. Material en acero y cromo con recubrimiento de pintura electrostática en polvo color gris, calibre 16 (1.5mm). Cada asiento debe soportar 120 Kg de presión estática. Con brazos en material en acero y cromo con recubrimiento de pintura electrostática en polvo color gris, calibre 18 (1,2mm). Patas en acero y cromo con recubrimiento de pintura electrostática en polvo color gris, calibre 18 (1,2mm) y soportes o viga en material en acero y cromo con recubrimiento de pintura electrostática en polvo color negro o gris, calibre 14 (1,8mm). | 44 | UNIDADES |
Tabla 11. Propuesta económica
ORIGINAL FIRMADO Capitán de Fragata XXXXXXX XXXXXX XXXXXXX XXXXX GERENTE DE PROYECTO | Capitán de Xxxxx XXX XXXXXX XXXXXX DIRECTOR HOSPITAL NAVAL XX XXXXXXXXX | S1 XXXXX XXXXXXXX XXXXXX X. ESTRUCTURADOR TÉCNICO– ECONÓMICO |
ANEXO D ESTUDIO XX XXXXXXX
En cumplimiento de lo establecido en las normas vigentes, se realizó el presente estudio xx xxxxxxx, teniendo en cuenta las cotizaciones efectuadas por los proveedores consultados, que permitieron determinar el valor del presupuesto oficial del presente proceso, así como el valor estimado de los bienes objeto de adquisición.
El valor cotizado. De los 5 proveedores a los cuáles se les realizó la invitación para participar en el proceso contractual y presentar sus respectivas cotizaciones, allegaron a la Entidad 03, los cuáles suministraron las cotizaciones relacionadas a continuación:
SOLUZIONI S.A | MODULARES XXXXX | XXXXXXX CONSTRUCTORES LTDA | PROMEDIO | ||||||||||||||
ITEM | DESCRIPCION | UND | CANT | VALOR UNITARIO SIN IVA | IVA 19% | VALOR UNITARIO CON IVA | VALOR TOTAL INCLUIDO IVA | VALOR UNITARIO SIN IVA | IVA 19% | VALOR UNITARIO CON IVA | VALOR TOTAL INCLUIDO IVA | VALOR UNITARIO SIN IVA | IVA 19% | VALOR UNITARIO CON IVA | VALOR TOTAL INCLUIDO IVA | VALOR PROMEDIO UNITARIO CON IVA | VALOR PROMEDIO TOTAL CON IVA |
1 | Sillas tipo TANDEM de 4 puestos. Material en acero y cromo con recubrimiento de pintura electrostática en polvo color gris, calibre 16 (1.5mm). Cada asiento debe soportar 120 Kg de presión estática. Con brazos en material en acero y cromo con recubrimiento de pintura electrostática en polvo color gris, calibre 18 (1,2mm). Patas en acero y cromo con recubrimiento de pintura electrostática en polvo color gris, calibre 18 (1,2mm) y soportes o viga en material en acero y cromo con recubrimiento de pintura electrostática en polvo color negro o gris, calibre 14 (1,8mm). | UNIDAD | 44 | $ 498.000,00 | $ 94.620,00 | $ 592.620,00 | $ 26.075.280,00 | $ 560.000,00 | $ 106.400,00 | $ 666.400,00 | $ 29.321.600,00 | $ 530.000,00 | $ 100.700,00 | $ 630.700,00 | $ 27.750.800,00 | $ 629.906,67 | $ 27.715.893,33 |
Tabla 12. Relación de cotizaciones.
Valor compra de las entidades públicas. Se analizaron diferentes Procesos de Contratación llevados a cabo durante la vigencia 2018 encontrando los siguientes contratos ejecutados por Entidades Estatales, con objeto similar o equivalente:
ÍTEM | BIEN/SERVICIO | SUPERINTENDENCIA DE NOTARIADO Y REGISTRO | ALCALDIA LOCAL XX XXXXXXX | VALOR TOTAL PROMEDIO INCLUIDO IVA | ||||
CONTRATISTA | CANTIDAD | VALOR TOTAL INCLUIDO IVA | CONTRATISTA | CANTIDAD | VALOR TOTAL INCLUIDO IVA | |||
1 | ADQUISICIÓN XX XXXXXX TIPO TANDEM | SOLUCIONES INTEGRALES DE OFICINA | 1 | $5.712.000 | INDUSTRIAS XXXXX SAS | 1 | $3.580.000 | $4.646.000 |
Tabla 13. Valor de adquisición entidades públicas
Promedio de adquisición del bien
ÍTEM | BIEN/SERVICIO | CANTIDAD | PROMEDIO COTIZACIONES | PROMEDIO COMPRA ENTIDADES PÚBLICAS | VALOR TOTAL PROMEDIO INCLUIDO IVA | |||||
VALOR TOTAL | VALOR TOTAL | VALOR TOTAL | VALOR TOTAL PROMEDIO | VALOR TOTAL | VALOR TOTAL | VALOR TOTAL PROMEDIO | ||||
1 | ADQUISICIÓN SILLAS TIPO TANDEM DE 4 PUESTOS. | 44 | $26.075.280 | $29.321.600 | $27.750.800 | $27.715.893 | $5.712.000 | $3.580.000 | $4.646.000 | $16.180.947 |
Tabla 14. Valor promedio de adquisición
NOTA: Para efectos de presentación de la oferta el valor promedio a tener en cuenta es VEINTISIETE MILLONES SETECIENTOS QUINCE MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y TRES PESOS 33/100 M/CTE (27.715.893,33) INCLUIDO IVA Y DEMAS EROGACIONES, que corresponde al valor promedio de las cotizaciones del estudio xx xxxxxxx.
ORIGINAL FIRMADO Capitán de Xxxxx XXX XXXXXX XXXXXX DIRECTOR HOSPITAL NAVAL XX XXXXXXXXX Capitán de Fragata XXXXXXX XXXXXX XXXXXXX XXXXX GERENTE DE PROYECTO | S1 XXXXX XXXXXXXX XXXXXX X. Xxxxxxxxxxxxx Técnico– económico |