CONTRATO DE COMPRAVENTA DE VIVIENDA
CONTRATO DE COMPRAVENTA DE VIVIENDA
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COMPARECEN
DE UNA PARTE:
XXX , y DOÑA , mayor de edad, cónyuges, casados en régimen de xxxxxxxxxxx, ambos domiciliados en Madrid, en
la calle , número , con NIF respectivamente y
, quienes a partir de este momento y en el presente documento serán designadas como parte VENDEDORA.
Y DE OTRA:
DON y DOÑA ,
mayores de edad, cónyuges, siendo su régimen económico del matrimonio el de gananciales, vecinos de , con domicilio en la calle , número y con NIF respectivamente y , quienes a partir de este momento y en el presente documento serán designadas como parte COMPRADORA.
Los comparecientes:
MANIFIESTAN
1º.- Que es intención de las partes intervinientes celebrar un contrato de COMPRAVENTA DE VIVIENDA, el cual se regirá por las cláusulas que más adelante se detallarán.
2º.- Que los VENDEDORES son los actuales propietarios, con carácter de ganancial, de la vivienda sita en la localidad de , en la calle
núm. , inscrita en el Registro de la Propiedad bajo las señas (incluir los datos registrales del inmueble); siendo su deseo proceder a la enajenación de la misma los COMPRADORES, quienes se encuentran interesados en su adquisición, para su sociedad conyugal de gananciales.
3º.- Las partes se reconocen mutua y recíprocamente capacidad legal para el otorgamiento del presente contrato, interviniendo cada uno de ellos en su propio nombre y derecho.
4º.- Este contrato se regirá por las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA.- Se fija como precio total de la compraventa, la cantidad de
EUROS (000.000 Euros); entregando en este acto por los COMPRADORES a los VENDEDORES el por 100 del precio total y en efectivo al VENDEDOR; comprometiéndose a entregar el restante por 100 al momento de la firma de la escritura pública de venta.
SEGUNDA.- En este acto, los VENDEDORES hacen entrega a los COMPRADORES de las llaves de la vivienda, entendiéndose operada la transmisión de la misma.
TERCERA.- Los COMPRADORES toman posesión del inmueble que adquieren y manifiestan conocer perfectamente el estado en que se encuentra, por lo que lo aceptan sin condiciones ni reservas de ninguna clase.
No obstante, la responsabilidad por vicios redhibitorios que pudieran aparecer en el futuro, como la responsabilidad que le cupiere por evicción, será imputable a la parte VENDEDORA, en virtud del art. 1475 del Código Civil.
CUARTA.- Los VENDEDORES transmiten el inmueble a los COMPRADORES libre de toda carga y gravamen.
QUINTA.- Dentro de los quince días siguientes contados a partir de la fecha, las partes se comprometen al otorgamiento de la correspondiente escritura pública de compraventa , para lo cual los COMPRADORES deberán notificar a los VENDEDORES día, hora, lugar y notaría en que tendrá efecto dicho otorgamiento y simultáneo pago de la cantidad pendiente de abono.
SEXTA.- Los VENDEDORES manifiestan que se encuentran al corriente de los gastos de comunidad, aportando a tales efectos y en prueba de lo indicado, certificación expedida por el Administrador de la comunidad.
SÉPTIMA.- Los COMPRADORES se comprometen a notificar de forma inmediata, al Administrador y Presidente de la Comunidad de Propietarios, la transmisión operada en la propiedad individual a fin de que se entiendan con ellos las sucesivas obligaciones y notificaciones que deba practicarle la comunidad en cuestión.
OCTAVA.- De conformidad con el artículo 14 del Real Decreto 235/2013, de 5 xx xxxxx, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios, el comprador reconoce que el vendedor le ha entregado copia de la etiqueta energética con la que debidamente cuenta el inmueble, y declara conocer la existencia de este certificado de eficiencia energética desde el momento de su promoción.
NOVENA.- Esta transmisión patrimonial se someterá a lo expresamente pactado por las partes en el presente contrato y, con carácter supletorio, por las disposiciones del Derecho Común.
DECIMA.- En el supuesto de conflicto, las partes, sin pactar fuero distinto, se someten expresamente al que corresponda con arreglo a las disposiciones procesales vigentes.
Para que así conste y se haga valer ante quien corresponda, las partes firman dos ejemplares idénticos, uno para cada interviniente, en lugar y fecha indicado en el encabezamiento del presente documento.