PROYECTO PLIEGO DE CONDICIONES LICITACIÓN PÚBLICA
PROYECTO PLIEGO DE CONDICIONES LICITACIÓN PÚBLICA
LP-MEN-01-2016
OBJETO: PRESTAR EL SERVICIO INTEGRAL EN COMUNICACIÓN PARA LA PRODUCCIÓN Y DIVULGACIÓN DE CAMPAÑAS DE COMUNICACIÓN Y MOVILIZACIÓN NECESARIAS PARA EL DESARROLLO DE LAS ESTRATEGIAS DE COMUNICACIÓN ORIENTADAS A LA DIVULGACIÓN DE LA “POLÍTICA EDUCATIVA DE CALIDAD COHERENTE CON LA AGENDA SOCIAL QUE BUSCA UN PAÍS EN PAZ, EQUITATIVO Y EDUCADO (2014-2018)”, Y EL FORTALECIMIENTO A LA GESTIÓN SECTORIAL Y DE LA CULTURA INSTITUCIONAL.
PRESUPUESTO OFICIAL: CUATRO MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y NUEVE MILLONES TRESCIENTOS VEINTICINCO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y TRES PESOS M/CTE.
($4.479.325.993) IVA incluido.
“De conformidad con lo establecido en el artículo 2.2.1.1.2.1.3 del Decreto 1082 de 2015, todos los documentos que hagan parte del presente proceso de selección serán publicados en el SECOP página Web dirección xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, Entidad: Ministerio de Educación Nacional, por lo que será responsabilidad de los participantes conocer de estos a través de este mecanismo interactivo.”
xx-xxx-00-0000@xxxxxxxxxxxx.xxx.xx
Bogotá D. C., febrero de 2016
RECOMENDACIONES IMPORTANTES PARA LOS PROPONENTES
Este documento constituye un borrador xxx xxxxxx de condiciones y su publicación en xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx no compromete al Ministerio de Educación Nacional a mantener el contenido de los mismos ni a dar apertura al proceso.
Se recomienda a los aspirantes que deseen participar en este proceso, leer detenidamente el presente pliego, cumplir con las exigencias previstas y tener en cuenta las circunstancias que tengan incidencia de cualquier manera en la oferta, en el cumplimiento del contrato y/o en los costos derivados de éstos.
Para la elaboración de la propuesta, deberá seguir el orden señalado en el presente documento, con el objeto de obtener claridad y ofrecimientos de la misma índole, lo cual permitirá una selección sin contratiempos y en un plano de absoluta igualdad.
Antes de entregar la propuesta verifique que se haya incluido la totalidad de los documentos exigidos.
Revise la garantía de seriedad de la propuesta, en especial el nombre del tomador, objeto asegurado, la vigencia y el valor asegurado, de acuerdo a lo exigido en el presente pliego de condiciones.
Corresponde al proponente enterarse en forma suficiente de las condiciones particulares de ejecución, resolver previamente las inquietudes que le suscite este pliego de condiciones, según el caso. Por los principios de lealtad procesal y buena fe, deberá advertir al Ministerio de Educación Nacional de los errores o inconsistencias que advierta en este documento.
Cuando la propuesta contenga información o documentos que tengan el carácter de reserva, de acuerdo con la Ley Colombiana, el proponente deberá hacer manifestación expresa de tal circunstancia en la carta de presentación de la oferta soportándolo legalmente. En caso de no hacerlo se entenderá que toda la información allí contenida es pública.
La presentación de la propuesta, por parte del oferente, constituye evidencia de que se estudiaron completamente las especificaciones técnicas, formatos y demás documentos; que recibió las aclaraciones necesarias sobre las inquietudes o dudas previamente consultadas y que ha aceptado que este Pliego de Condiciones es completo, compatible y adecuado y que ha tenido en cuenta todo lo anterior para definir las obligaciones que se adquieren en virtud del contrato que se celebrará.
Los proponentes por la sola presentación de su propuesta, autorizan a la Entidad a verificar toda la información que en ella suministren.
I. INTRODUCCIÓN
El Ministerio de Educación Nacional pone a disposición de los interesados el borrador xxx Xxxxxx de Condiciones para la selección del contratista encargado de ejecutar el contrato de prestación de servicios dentro del proyecto “Fortalecimiento a la Gestión Sectorial y de la Cultura Institucional”
El objeto del Contrato es “La prestación el servicio integral en comunicación para la producción y divulgación de campañas de comunicación y movilización necesarias para el desarrollo de las estrategias de comunicación orientadas a la divulgación de la “política educativa de calidad coherente con la agenda social que busca un país en paz, equitativo y educado (2014-2018)”, y el fortalecimiento a la gestión sectorial y de la cultura institucional.”
Los estudios y documentos previos que incluyen el análisis del sector, el proyecto xx Xxxxxx de Condiciones y el Pliego de Condiciones definitivo, así como cualquiera de sus anexos están o estarán a disposición del público en cada una de sus etapas, en el Sistema Electrónico de Contratación Pública –SECOP– xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxx-xxxxxxxxxxx-xx- contratacion-publica.
La selección del contratista se realiza a través de licitación pública, teniendo en cuenta el objeto contractual y su cuantía.
II. ASPECTOS GENERALES
A. INVITACIÓN A LAS VEEDURÍAS CIUDADANAS
En cumplimiento de lo dispuesto en el inciso 3 del artículo 66 de la Ley 80 de 1993 y DEL LITERAL C) DEL ARTÍCULO 15 DE LA LEY 850 DE 2003, El Ministerio de Educación nacional invita a todas las personas y organizaciones interesadas en hacer control social al presente Proceso de Contratación, en cualquiera de sus fases o etapas, a que presenten las recomendaciones que consideren convenientes, intervengan en las audiencias y a que consulten los Documentos del Proceso en el SECOP.
B. COSTOS DERIVADOS DE PARTICIPAR EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN
Los costos y gastos en que los interesados incurran con ocasión del análisis de los Documentos del Proceso, la presentación de observaciones, la preparación y presentación de las Ofertas, la presentación de observaciones a las mismas, la asistencia a audiencias públicas y cualquier otro costo o gasto relacionado con la participación en el Proceso de Contratación estará a cargo exclusivo de los interesados y Proponentes.
C. COMUNICACIONES
Las comunicaciones en el marco del Proceso de Contratación deben hacerse por escrito, por medio físico o electrónico, a cualquiera de las siguientes direcciones:
Calle 43 N° 57-14 Centro Administrativo Nacional – CAN Bogotá D.C. Subdirección de Contratación, de lunes a viernes entre 8:00 A.M., y 5:00 P.M Unidad de Atención Al ciudadano.
Correo Electrónico: xx-xxx-00-0000@xxxxxxxxxxxx.xxx.xx
La comunicación debe contener: (a) el número del presente Proceso de Contratación LP-MEN 01 DE 2016; (b) los datos del remitente que incluyen nombre, dirección física, dirección electrónica y teléfono; (c) identificación de los anexos presentados con la comunicación.
Las reglas aplicables a la presentación de las Ofertas están en la sección VIII A del presente documento.
Las comunicaciones y solicitudes enviadas al Ministerio de Educación Nacional por canales distintos a los mencionados solo serán tenidas en cuenta para los propósitos del Proceso de Contratación cuando sean radicadas a través del canal que corresponda. El Ministerio de Educación Nacional debe responder las comunicaciones recibidas por escrito enviado a la dirección física o electrónica señalada en la comunicación que responde.
D. IDIOMA
La propuesta se presentará en idioma castellano, que será también el idioma para el contrato, para la totalidad de la documentación referida en este pliego de condiciones y para la correspondencia pertinente.
Los documentos otorgados en el exterior, que no estén en idioma Castellano, deberán presentarse acompañados de la traducción oficial a dicho idioma.
E. LEGALIZACIÓN DE DOCUMENTOS OTORGADOS EN EL EXTERIOR
Los documentos otorgados en el exterior deberán presentarse legalizados o apostillados en la forma prevista en las normas vigentes sobre la materia, en especial en los artículos 74 inciso 3ro y 251 del Código General del Proceso, artículo 480 del Código de Comercio, y en la Resolución 7144 de 2014, proferida por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia.
Consularización: Según lo previsto por el Artículo 480 del Código de Comercio, los documentos otorgados en el exterior se autenticarán por los funcionarios competentes para ello en el respectivo país, y la firma de tales funcionarios lo será a su vez por el cónsul colombiano o, a falta de éste, por el de una nación amiga, sin perjuicio de lo establecido en convenios internacionales sobre el régimen de los poderes.
Tratándose de sociedades, expresa además el citado artículo del Código de Comercio que “al autenticar los documentos a que se refiere este artículo, los cónsules harán constar que existe la sociedad y ejerce su objeto conforme a las leyes del respectivo país (C. P. C. Artículo 65)”. Surtido el trámite señalado en el presente numeral, estos documentos deben ser presentados ante el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia para la correspondiente legalización de la firma del cónsul y demás trámites pertinentes.
Apostilla: Cuando se trate de documentos de naturaleza pública otorgados en el exterior, de conformidad con lo previsto en la Ley 455 de 1998, no se requerirá del trámite de consularización señalado, siempre que provengan de uno de los países signatarios de la Convención de La Haya del 5 de octubre de 1961, sobre abolición del requisito de legalización para documentos públicos extranjeros, aprobada por la Ley 455 de 1998. En este caso solo será exigible la apostille, trámite que consiste en el certificado mediante el cual se avala la autenticidad de la firma y el título a que ha actuado la persona firmante del documento y que se surte ante la autoridad competente en el país de origen.
Los documentos otorgados en el exterior que no estén en idioma Español proveniente de países signatarios de la convención de La Haya, deberán ser presentados acompañados de una traducción a este idioma, la cual deberá ser oficial en los términos del artículo 251 del Código General del Proceso, cumpliendo el trámite del Apostille.
Los documentos otorgados en el exterior que no estén en idioma Español y que provengan de países NO signatarios de la Convención de La Haya deberán presentarse acompañado de una traducción oficial a este idioma, en los términos del artículo 251 del Código General del Proceso
F. CONVERSIÓN DE MONEDAS
Los Proponentes deben presentar sus estados financieros en la moneda legal del país en el cual fueron emitidos y adicionalmente en pesos colombianos.
Si está expresado originalmente en una moneda diferente a dólares de los Estados Unidos de Norte América, debe convertirse a ésta moneda utilizando para ello el valor correspondiente con el siguiente procedimiento de conversión: se debe convertir la moneda a dólar norteamericano y posteriormente convertirlo a pesos colombianos con Tasa de cambio representativa xxx xxxxxxx, de fecha de cierre del año fiscal inmediatamente anterior.
NOTA: para la presentación de la información financiera se debe utilizar el Plan Único de Cuentas para Colombia (PUC).
Una vez que se tengan las cifras en dólares de los Estados Unidos de América o si la información se presenta originalmente en dicha moneda, para la conversión a pesos colombianos se debe tener en cuenta la tasa representativa xxx xxxxxxx certificada por la Superintendencia Financiera de Colombia para la fecha xx xxxxx de los estados financieros.
G. INFORMACIÓN RESERVADA
Si dentro del Sobre Uno (1) de la propuesta se incluye información que conforme a la ley colombiana tiene el carácter de información reservada, dicha circunstancia deberá ser indicada con
absoluta claridad y precisión, identificando el documento o información que tiene el carácter de reservado y la disposición legal que la ampara como tal. En caso que sean secretos industriales, deberá indicar con claridad, qué documentos están sujetos a este secreto industrial. Sin perjuicio de lo anterior y para efectos de la evaluación de las propuestas, la entidad se reserva el derecho de dar a conocer la mencionada información a sus funcionarios, empleados, contratistas, agentes o asesores, que designe para el efecto.
En todo caso, la entidad, sus funcionarios, empleados, contratistas, agentes y asesores están obligados a mantener la confidencialidad de la información que por disposición legal tenga dicha calidad y que haya sido debidamente identificada por el proponente. De no identificarse dicha información o no citarse las normas que amparan ese derecho, la entidad no tendrá la obligación de guardar reserva respecto de la misma.
III. DEFINICIONES
Las expresiones utilizadas en el presente documento con mayúscula inicial deben ser entendidas con el significado que a continuación se indica. Los términos definidos son utilizados en singular y en plural de acuerdo como lo requiera el contexto en el cual son utilizados. Otros términos utilizados con mayúscula inicial deben ser entendidas de acuerdo con la definición contenida en el Decreto 1082 de 2015. Los términos no definidos a continuación deben entenderse de acuerdo con su significado natural y obvio.
ADJUDICACIÓN | Es la decisión final del Ministerio de Educación Nacional, expedida por medio de un acto administrativo, que determina el adjudicatario del presente Proceso de Contratación. |
CONTRATISTA | Es el Proponente que resulte adjudicatario y suscriba el Contrato objeto del presente Proceso de Contratación. |
CONTRATO | Es el negocio jurídico que se suscribirá entre El Ministerio de Educación Nacional y el adjudicatario, por medio del cual se imponen a las partes obligaciones recíprocas y se conceden derechos correlativos que instrumentan la relación contractual que se busca establecer a través del presente Proceso de Contratación. |
OFERTA | Es la propuesta presentada a el Ministerio de Educación Nacional por los interesados en ser el contratista del Proceso de Contratación objeto del presente Pliego de Condiciones. |
PLIEGO DE CONDICIONES | Es el conjunto de normas que rigen el proceso de selección y el futuro Contrato, en los que se señalan las condiciones objetivas, plazos y procedimientos dentro de los cuales los Proponentes deben formular su Oferta para participar en el Proceso de Contratación del contratista y tener la posibilidad de obtener la calidad de adjudicatario del presente Proceso de Contratación. |
PRIMER ORDEN DE ELEGIBILIDAD | Es la posición que ocupa el Proponente que, una vez habilitado, obtiene el puntaje más alto luego de efectuarse la evaluación prevista en el presente Pliego de Condiciones. |
PROPONENTE | Es la persona natural o jurídica o el grupo de personas jurídicas y/o naturales, nacionales o extranjeras, asociadas entre sí mediante las figuras de consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura que presenta una Oferta para participar en el Proceso de Contratación. |
TRM | Tasa de cambio representativa xxx xxxxxxx spot de dólares de los Estados Unidos de América certificada por la Superintendencia Financiera de Colombia para una fecha determinada publicada en la página web |
IV. PRESTACIÓN DE SERVICIO A CONTRATAR
A. DESCRIPCIÓN
De conformidad con las funciones asignadas por la Constitución, la Ley, el Decreto 5012 de 2009 y el Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018 “Todos por un Nuevo País” , el Ministerio de Educación Nacional se ha propuesto desarrollar estrategias que contribuyan al mejoramiento del acceso, calidad y equidad de la educación, en todos sus niveles y modalidades.
Para tal fin, dentro de su plan de acción 2016, estableció las siguientes estrategias y objetivos:
1. Posicionar la educación de calidad como tema estratégico en la agenda pública.
2. Divulgar información institucional y sectorial haciéndola llegar al público objetivo del sector educativo y, a través de los medios masivos de comunicación, a la comunidad en general.
3. Asesorar, orientar y acompañar desde la comunicación las acciones de movilización emprendidas por las áreas misionales del Ministerio y la articulación intersectorial.
De acuerdo con las funciones establecidas en el Decreto 5012 de 2009, el Ministerio debe formular una política de comunicación para divulgar o comunicar la información generada en cumplimiento de los objetivos institucionales.
En 2016, una de las estrategias del Ministerio es llevar el mensaje de la política “política educativa de calidad coherente con la agenda social que busca un país en Paz, Equitativo y Educado (2014- 2018)”, cuyo xxxxx fundamental es el mejoramiento de la calidad de la educación preescolar, básica y media y de la educación superior.
Bajo esta perspectiva, se lidera la gestión de la comunicación desde un enfoque estratégico, con el principio de “unidad de criterios y diversidad xx xxxxxxx de producción”, articulando esfuerzos, gestionando recursos y evaluando los procesos y resultados de los mensajes.
La divulgación institucional es un elemento más de la comunicación pública que sirve a los poderes públicos para intercambiar y compartir información de utilidad para la ciudadanía en general.
Es a través del mecanismo de la divulgación que se promueve la difusión de las distintas líneas de políticas, proyectos, programas y logros obtenidos, constituyéndose así en un instrumento útil para dar a conocer el desarrollo de la educación colombiana.
Lo anterior, se realiza mediante la planificación, organización y ejecución de estrategias de comunicaciones, conceptos creativos, diseños gráficos, producción de piezas de comunicación y campañas publicitarias necesarias para divulgar y promocionar los proyectos de comunicación, tanto de medios masivos o convencionales (ATL) y medios alternativos de comunicación, aunados a la Política “Colombia, la más educada” y a los objetivos del Ministerio de Educación Nacional, que buscan difundir, promover, visibilizar y posicionar en el territorio nacional los diferentes proyectos y programas.
A través de piezas de comunicación audio visual, impresas y digitales el Ministerio de Educación Nacional convoca a padres de familia para que matriculen a sus hijos en las diferentes instituciones del país, proceso gratuito que busca que ningún niño se quede sin educación.
Por lo anterior y teniendo en cuenta que el Ministerio de Educación Nacional no cuenta con la capacidad de personal, infraestructura y conocimiento, para realizar estrategias de comunicaciones, conceptos creativos, diseños gráficos, producción de piezas de comunicación y campañas publicitarias necesarias para divulgar y promocionar los proyectos de comunicación, tanto de medios masivos o convencionales (ATL) y medios alternativos, sin importar el target o grupo objetivo al cual se desee llegar con el mensaje, de esta forma EL MINISTERIO unificará el
uso del manual de imagen de la entidad y con conceptos creativos en las campañas de comunicación.
NORMATIVIDAD APLICABLE
El presente proceso se rige por lo dispuesto en la Constitución Política de Colombia, la Ley 80 de 1993, Ley 1150 del 2007, sus decretos reglamentarios y demás normas concordantes.
RÉGIMEN JURÍDICO
Son aplicables los principios de la Constitución Política, el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública - Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007, la Ley 1474 de 2011 y sus decretos reglamentarios, y en lo no regulado particularmente, las normas civiles y comerciales, y las reglas previstas en este pliego de condiciones, y en las adendas que se expidan durante el desarrollo del proceso de selección.
MODALIDAD
TIPO DE CONTRATO: Prestación de Servicios.
MODALIDAD DE SELECCIÓN: MODALIDAD DE SELECCIÓN: El numeral 1 del artículo 2 de la Ley 1150 de 20071, señala: "Licitación pública. La escogencia del contratista se efectuará por regla general a través de licitación pública, con las excepciones que se señalan en los numerales 2, 3 y 4 del presente artículo (…)"
Teniendo en cuenta que dentro de las obligaciones hay componentes de soporte, diseño de piezas gráfica y elaboración de material pedagógico (teoría del acto complejo) y dada la cuantía estimada para el desarrollo del mismo, la selección del contratista se realizará mediante un proceso de licitación pública por ser la regla general, la cual se regirá por lo dispuesto en la Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007, el Decreto 1082 de 2015 y las demás normas que las modifiquen sustituyan y adicionen.
El pliego de condiciones elaborado por el Ministerio de Educación Nacional para el proceso de selección contendrá además de los requisitos exigidos en la Ley 80 de 1993, los definidos en el artículo 2.2.1.1.2.1.3 del Decreto 1082 de 2015, así como aquellos establecidos en las demás normas vigentes que regulan la materia.
En materia de publicidad del proceso de selección se cumplirá de lo dispuesto en los artículos 2.2.1.1.1.7.1 y el 2.2.1.1.2.1.2 Decreto 1082 de 2015, referente a la publicidad del proceso en el Sistema Electrónico para la Contratación Estatal – SECOP y a la obligatoriedad de convocatoria pública en los procesos de licitación.
Así mismo, se dará cumplimiento a lo establecido en el artículo 88 de la Ley 1474 de 2011, estableciendo como criterios de selección la ponderación de los elementos de calidad y precio soportados en puntajes o fórmulas señaladas en el pliego de condiciones.
OBLIGACIONES ESPECÍFICAS:
1. Documentarse y conocer acerca de los proyectos de la política educativa de EL MINISTERIO y todas sus iniciativas.
2. Documentarse sobre la estrategia de comunicación del MINISTERIO.
1 Por medio de la cual se introducen medidas para la eficiencia y la transparencia en la Ley 80 de 1993 y se dictan otras disposiciones generales sobre la contratación de la Administración Pública.
3. Ejecutar las estrategias de comunicación masiva que sean necesarias teniendo en cuenta los lineamientos del Comité de Comunicaciones del MINISTERIO. Las estrategias deberán tener como mínimo. a) objetivos y mapa estratégico a partir de audiencias, públicos potenciales, objetivos, mensajes clave y comportamiento deseado b) Propuesta de planes de comunicación de las iniciativas a implementar para cada una de las audiencias. c) Propuesta de plan de medios, que defina los escenarios, conveniencia y oportunidad del momento a través de los cuales se deben implementar los diferentes mensajes.
4. Implementar las estrategias de comunicación masivas para ser desarrolladas, y ejecutadas hasta el 31 de diciembre del 2016 y que contenga como mínimo: a) la producción de las piezas, materiales, elementos promocionales y, en general, los diferentes productos necesarios para la implementación de la estrategia de comunicaciones. b) Realizar la adecuación de los productos comunicacionales existentes actualmente. c) Coordinar, ejecutar y acompañar las actividades contempladas en los diferentes planes que hacen parte de la estrategia de comunicación masiva. d) Asesorar, acompañar y ejecutar tácticas específicas. e) Documentar la experiencia.
5. Presentar los planes de actividades específicas a desarrollar que comprende la estrategia de comunicación definida, incluyendo cronograma y presupuesto para cada uno de ellos.
6. Implementar y realizar el seguimiento y medición de la estrategia de comunicación masiva y sus diversos planes asociados.
7. Prestar a la Oficina de Comunicaciones planes de medios contrastados con los estudios EGM – TGI – IBOPE – ECAR.
8. Prestar apoyo permanente y tener total disposición para informar y orientar a EL MINISTERIO sobre cualquier aspecto de las actividades a realizar.
9. Mantener al equipo de trabajo propuesto durante la vigencia del contrato.
10. Ajustar los aspectos que componen la estrategia de comunicaciones que no sean aceptados por EL MINISTERIO.
11. Entregar al finalizar el contrato un documento con información de toda la ejecución de la estrategia del presente contrato.
12. Asumir dentro de los costos del FEE los valores correspondientes a: video cassetes, cassettes, CDs, DVDs, Memorias USBs, Discos Duros, Másters en otros formatos, etc., cualquiera sea la cantidad con el fin entregar las piezas de comunicación al Ministerio.
13. Cotizar siempre y en cada actividad solicitada con mínimo tres (3) proveedores legalmente constituidos la producción externa para aprobación del Ministerio de Educación.
14. Garantizar y supervisar la calidad del trabajo final o de la producción externa de piezas, materiales como e-card, botones, banners animados e inanimados, backgrounds, generación de código QR, wall papers y, en general, los diferentes productos solicitados por la Oficina Asesora de Comunicaciones.
15. Presentar color keys para impresos (teniendo en cuenta aspectos que puedan variar los colores, como la plastificación) para la aprobación de EL MINISTERIO y, si es requerido por la Supervisión del Contrato, pruebas de impresión; y para materiales audiovisual y de multimedia, deberá presentar versiones preliminares para la aprobación de EL MINISTERIO . Si la propuesta no es aceptada por EL MINISTERIO, EL CONTRATISTA correrá con los costos y/o la gestión para la repetición del trabajo, hasta su entrega previo recibo a satisfacción por parte de la Supervisión.
16. Responder por la redacción de los textos de todas las piezas, materiales, elementos promocionales, etc., tanto gramática como ortográficamente; en el caso en que se presenten errores por estos conceptos, EL MINISTERIO no pagará los costos incurridos por el trabajo (arte, producción, publicación, impresión, etc.).
17. Efectuar las negociaciones del plan de medios de manera conjunta con EL MINISTERIO.
18. Trasladar todos los descuentos que concedan los medios de comunicación a EL MINISTERIO.
19. Controlar que la pauta correspondiente al plan de medios sea emitida en los diferentes medios, en los horarios, días y espacios ordenados; y entregar los soportes de las publicaciones y/o pauta de la siguiente manera: (a) pauta radial: una certificación radial del medio; (b) publicación en prensa y revistas: tres ejemplares por cada publicación; pauta en televisión: certificación de pauta IBOPE; pauta en exteriores: certificación del medio y fotos.
20. Realizar en las campañas de comunicación en las que sea necesaria y coordinación de la Oficina Asesora de Comunicaciones de EL MINISTERIO actividades de promoción masivas que impacten directamente al público objetivo (BTL).
21. Asistir a las reuniones de seguimiento que se programen con el objeto de efectuar un seguimiento a la ejecución del Contrato, atender solicitudes, resolver inconvenientes y realizar las propuestas necesarias para la buena ejecución del mismo.
22. Garantizar los atributos de orden patrimonial, derivados de los derechos de autor de obras, informes, artículos, guiones o documentos elaborados por EL CONTRATISTA en cumplimiento del contrato, serán de propiedad exclusiva de EL MINISTERIO, correspondiéndole la titularidad sobre los derechos de explotación económica. En relación con tales documentos, obras o creaciones El MINISTERIO actúa como tercero de Buena Fe. Lo anterior de acuerdo con lo previsto en la Ley 23 de 1982 y normas complementarias.
23. Poner a disposición de EL MINISTERIO la infraestructura física, tecnológica, organizacional y su capacidad de gestión para la correcta ejecución de las actividades que permitan desarrollar adecuadamente el objeto del contrato.
24. Presentar a EL MINISTERIO a la terminación del contrato, un Informe final sobre la ejecución física y financiera que incluya recomendaciones sobre las mejores prácticas a realizar en los procesos de los cuales tuvo conocimiento en la ejecución contractual.
25. Suministrar y mantener durante la ejecución del contrato y hasta la liquidación del mismo el personal ofrecido en la propuesta técnica. En caso de requerirse el cambio de alguno de los integrantes del equipo de trabajo por fuerza mayor o caso fortuito, el contratista deberá presentar a EL MINISTERIO la hoja de vida de otro profesional que tenga por lo menos los mismos años de experiencia relacionada y nivel de formación académica que el del profesional sujeto de cambio.
26. Suscribir las actas de: iniciación, seguimiento, de evento, recibo a satisfacción, terminación, liquidación y cualquier otra acta que resulte con ocasión y ejecución del contrato.
OBLIGACIONES GENERALES
1. Asumir la responsabilidad civil que genere la demanda o las demandas interpuestas por terceros derivada de su actividad.
2. Participar y apoyar a EL MINISTERIO en todas las reuniones a las que éste lo convoque relacionadas con la ejecución del contrato.
3. Disponer de los medios necesarios para el mantenimiento, cuidado y custodia de la documentación e información objeto del presente contrato.
4. Entregar a EL MINISTERIO, toda la información y los documentos recopilados en desarrollo de la ejecución del presente contrato debidamente escaneados y al finalizar el plazo del mismo. Lo anterior, de conformidad con las normas y disposiciones vigentes en EL MINISTERIO.
5. Colaborar con EL MINISTERIO en el suministro y respuesta a los requerimientos efectuados por los organismos de control, en relación con la ejecución, desarrollo o implementación del presente contrato.
6. Mantener la confidencialidad de la información y documentación de la cual tenga conocimiento en el desarrollo del objeto contractual.
7. Utilizar la imagen de EL MINISTERIO de acuerdo con los lineamientos establecidos por éste. Salvo autorización expresa y escrita de las partes, ningún funcionario podrá utilizar el nombre, emblema o sello oficial de la otra parte para fines publicitarios o de cualquier otra índole.
8. Realizar los aportes al SGSS (salud, pensión y riesgos laborales y laborales) y parafiscales (SENA, ICBF y Cajas de Compensación Familiar), de acuerdo con la normatividad vigente y aportando los soportes de pago en forma mensual y respecto del personal a su cargo.
B. CLASIFICACIÓN UNSPSC
Para efectos de identificar el contrato y de conformidad con el numeral 1 del artículo 2.2.1.1.2.1.3 del Decreto 1082 de 2015, La descripción técnica, detallada y completa del bien o servicio objeto del contrato, podrá estar clasificado en el RUP en mínimos DOS códigos siendo obligatorio el código 82101800 los siguientes códigos UNSPSC.
En el caso de los proponentes plurales, cada uno de los proponentes deberán contar con el requisito indicado anteriormente.
CÓDIGO | NOMBRE |
82101800 | Servicios de agencia de publicidad |
CÓDIGO | NOMBRE |
80141500 | Investigación de mercados |
CÓDIGO | NOMBRE |
82101600 | Publicidad difundida |
CÓDIGO | NOMBRE |
82101900 | Colocación y cumplimiento de medios. |
CÓDIGO | NOMBRE |
80160000 | Servicios audiovisuales |
CÓDIGO | NOMBRE |
82130000 | Servicios de producción de vídeos |
CÓDIGO | NOMBRE |
82100000 | Servicios de producción publicitaria |
C. VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO
El presupuesto oficial del presente proceso asciende a la CUATRO MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y NUEVE MILLONES TRESCIENTOS VEINTICINCO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y TRES PESOS M/CTE. ($4.479.325.993) IVA incluido.
METODOLOGÍA:
PORCENTAJE DE INTERMEDIACIÓN
El MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL determino un 3.9% de intermediación resultado de previo análisis de datos históricos de contratos iguales y/o similares efectuados por la entidad, a continuación se relaciona el listado de los contratos.
VALOR HISTORICO PORCENTAJE SERVICIO DE INTERMEDIACION - AGENCIA DE MEDIOS | |
CONTRATO | % DE INTERMEDIACIÓN |
895 del 2015 | 3,8% |
2014 (627 de 2013) | 3,9% |
627 de 2013 | 3,9% |
778 de 2012 | 3,9% |
611 de 2011 | 3,9% |
FEE PERSONAL
El MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL determino el valor del FEE Personal tomando como base los precios históricos del contrato N° 895 de 2015 al cual se le efectuó el respectivo ajuste a partir de proyección de precios tomando como tasa el IPC con el que cerró el 2015 el cual fue de 6.7% (Fuente Banco De La República)
CUADRO RESUMEN
FEE PERSONAL | ||||
DESCRIPCION | CANTIDAD | VR UNITARIO | PLAZO DE EJECUCION | VR TOTAL |
Director de cuenta | 1 | $5.291.253 | 8,5 MESES | $ 44.975.650,50 |
Ejecutivo exclusivo para el Ministerio de Educación Nacional | 1 | $4.734.279 | 8,5 MESES | $ 40.241.371,50 |
TOTAL FEE PERSONAL | $85.217.022 |
BOLSA DE DISTRIBUCION DE SERVICIOS:
Los valores asignados a los servicios que se distribuirán en la bolsa de servicios fueron determinados del porcentaje de ejecución del contrato N° 895 de 2015 y las necesidades que cubrió la Oficina Asesora de Comunicaciones frente a estrategias de comunicación dirigidas a la producción y divulgación de campañas de comunicación y movilización necesarias para el desarrollo de los proyectos y programas de la política “Educación de Calidad el Camino para la Prosperidad” del Ministerio de Educación Nacional.
BOLSA DE SERVICIOS | |
Producción de piezas de comunicación | $ 2.324.328.796 |
Divulgación de piezas de comunicación en medios masivos de comunicación | $ 2.069.780.175 |
TOTAL | $4.479.325.993 |
NOTA: los valores de producción y de divulgación en medios pueden reajustarse según las necesidades y lineamientos del Comité de Comunicaciones del Ministerio.
CDP | RUBRO PRESUPUESTAL | VALOR |
30616 | C-310-700-181-0-253-2530001 ESTRATEGIAS DE COMUNICACIÓN. | 2.800.000.000 |
34916 | C-310-700-182-0-180-1800001 ASISTENCIA TECNICA | 374.003.063 |
34916 | C-310-700-182-0-180-1800002 DIRECTIVOS Y EJECUTIVOS CALIFICADOS | 97.542.437 |
34916 | C-310-700-182-0-180-1800003 IMPLEMENTACION POLITICAS | 528.454.500 |
19916 | C-630-710-2-0-113-1130001 ESTRATEGIA DE DIVULGACION, PROMOCION Y POSICIONAMIENTO DE PAE | 200.000.000 |
47216 | C-310-705-140-0-210-2100001 IES O DOCENTES BENEFICIADOS CON ESTRATEGIAS DE FOMENTO DE LA CALIDAD DE LA EDUCACION | 123.000.000 |
49416 | C-310-700-134-0-165-1650001 FORMACION A DOCENTES DEL AREA XX XXXXXX | 106.325.993 |
56816 | C-310-710-12-0-121-1210001 SISTEMA DE INFORMACION PARA EL MONITOREO Y LA PREVENCION DE LA DESERCION ESCOLAR. | 250.000.000 |
D. FORMA DE PAGO
El valor destinado a esta contratación se cancelará de la siguiente forma:
1. Para los servicios de agencia se cancelará un valor mensual a precio global (a todo costo) y ofertado por el contratista por concepto de FEE IVA incluido, como consecuencia de la ejecución de todos los servicios del oferente.
Este valor debe incluir toda la supervisión de producción de piezas de comunicación, la supervisión y la remuneración de la labor de la agencia de medios asociada, o de las labores de análisis, estrategia, plan de medios, seguimiento de pauta que realice la agencia de comunicaciones directamente, sobre demanda del Ministerio. Previo informe de ejecución de actividades y certificación de cumplimiento por parte del interventor.
NOTA: Para el trámite de las facturas se debe presentar un informe de ejecución de actividades, y copia en medio magnético de las piezas o planes de medios ejecutados, dichos informe y soportes deben llegar el visto bueno de la Oficina Asesora de Comunicaciones y certificación de cumplimiento por parte del interventor, así como del certificado xx xxx y salvo por concepto de parafiscales.
BOLSA DE SERVICIOS: LOS SIGUIENTES SERVICIOS SE CANCELARAN TENIENDO EN CUENTA LAS ACCIONES EJECUTADAS.
PRODUCCIÓN DE PIEZAS DE COMUNICACIÓN
1. Se realizará un pago mensual por valor de las acciones ejecutadas previa presentación de factura por concepto de: ordenar los estudios de competencia, consumo y uso de medios según perfiles y demás herramientas disponibles en el mercado, producción de piezas publicitarias, de conformidad con el anexo técnico y demás piezas de comunicación
ordenadas por el Ministerio. El Ministerio cancelará el porcentaje de intermediación aceptado en la propuesta económica.
NOTA: Para el trámite de las facturas se debe presentar un informe de ejecución de actividades, y copia en medio magnético de las piezas o planes de medios ejecutados, dichos informe y soportes deben llegar el visto bueno de la Oficina Asesora de Comunicaciones y certificación de cumplimiento por parte del interventor, así como del certificado xx xxx y salvo por concepto de parafiscales
SERVICIOS DE AGENCIA DE MEDIOS
2. Se realizarán pagos por valor de las acciones ejecutadas previa presentación de las facturas en la cual se reconocerá el porcentaje de intermediación de la agencia de medios por concepto de: compra de espacios en medios masivos de comunicación (televisión, radio, prensa, revistas, internet y medias no tradiciones) para la pauta de las campañas institucionales, de conformidad con el anexo técnico.
Para el trámite de las facturas se debe presentar un informe de ejecución de actividades, y copia en medio magnético de las piezas o planes de medios ejecutados, dichos informe y soportes deben llegar el visto bueno de la Oficina Asesora de Comunicaciones y certificación de cumplimiento por parte del supervisor, así como del certificado xx xxx y salvo por concepto de parafiscales.
NOTA ACLARATORIA: el valor del contrato será por la totalidad del valor del presupuesto es decir por CUATRO MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y NUEVE MILLONES TRESCIENTOS VEINTICINCO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y TRES PESOS M/CTE. ($4.479.325.993) IVA
incluido., constituido de la siguiente manera:
FIJOS: $ 85.217.022
Servicio del oferente (FEE Personal)
BOLSA DE SERVICIOS $ 4.394.108.971
Producción de piezas de comunicación
Divulgación de piezas de comunicación en medios masivos de comunicación
NOTA IMPORTANTE: En el evento en que los cargos fijos disminuyan con el valor de la propuesta este valor será reasignado a la BOLSA DE SERVICIOS.
E. PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO
El plazo de ejecución del contrato será desde la firma del acta de inicio hasta el 31 de diciembre de 2016.
F. LUGAR DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO La ejecución de ejecución: Territorio Nacional Domicilio Contractual: Bogotá D.C
V. CONVOCATORIA LIMITADA A MIPYMES
De acuerdo con lo previsto por los artículos 2.2.1.2.4.2.2 y 2.2.1.2.4.2.3. del Decreto 1082 de 2015, y teniendo en cuenta que el presente Proceso de Contratación es superior a ciento veinticinco mil dólares de los Estados unidos de América (USD125.000.oo), liquidados con la tasa
de cambio que para el efecto determina el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, la presente convocatoria no se limita a Mipymes.
VI. REQUISITOS HABILITANTES
Se considerarán como requisitos habilitantes los señalados en el artículo 5to de la Ley 1150 de 2007, modificado por el artículo 88 de la Ley 1474 de 2011, así:
NOTA: La información objeto de verificación en el RUP deberá estar vigente al momento de la presentación de la oferta y en firme máximo hasta el día de la adjudicación para que ésta sea considerada en la verificación preliminar como habilitada o no habilitada.
N° | FACTORES DE VERIFICACIÓN | |
1 | Capacidad Jurídica | Cumple/No cumple |
2 | Capacidad Financiera | Cumple/No cumple |
3 | Capacidad Técnica | Cumple/No cumple |
I. CAPACIDAD JURÍDICA
El análisis de los documentos solicitados no da derecho a asignación de puntaje, pero conducirá a determinar si el proponente CUMPLE o NO CUMPLE con las condiciones para participar, lo cual HABILITA o RECHAZA las propuestas para su evaluación técnica y económica. Se estudiarán y analizarán los requisitos esenciales de orden legal, verificando su estricto cumplimiento, para el efecto se verificarán los siguientes documentos:
El proponente deberá adjuntar los siguientes documentos de carácter jurídico, cuya presentación constituye un factor de verificación de cumplimiento de la propuesta, mas no otorgará calificación alguna.
1. Carta de Presentación de la Propuesta
El Proponente aportará una carta de presentación de la propuesta debidamente firmada (No se aceptarán sellos o firmas escaneadas), en la cual se destaque la identificación clara del sujeto jurídico que hace la oferta; el ofrecimiento incondicional de celebrar el contrato propuesto; y la manifestación y el compromiso de acoger y respetar las reglas del proceso de selección. Esta deberá estar suscrita por el interesado que será la persona natural o el representante legal para personas jurídicas, del consorcio o unión temporal, o por el apoderado debidamente constituido, evento en el cual se debe anexar el original del poder donde se especifique que se otorga para presentar la carta de presentación y la oferta.
Para facilitar este trámite el pliego de condiciones dispondrá del anexo para tal fin. El contenido de dicho documento podrá ser variado a criterio de los proponentes, siempre y cuando conserve sus elementos esenciales. El proponente NO podrá señalar condiciones diferentes a las establecidas en el pliego de condiciones.
2. Garantía de Seriedad de la Oferta:
El Proponente deberá garantizar el cumplimiento de la oferta que presente en curso del proceso de selección y la suscripción del respectivo contrato, en caso de que este le sea adjudicado, mediante la constitución de una garantía de seriedad de la oferta, a favor del Ministerio de Educación Nacional NIT 899999001-7, por un valor equivalente al 10% del presupuesto Oficial del proceso, con una vigencia mínima de TRES (3) MESES contados a partir de la fecha de cierre del proceso de contratación.
La garantía no podrá tener cláusulas excluyentes adicionales a las timbradas en ella.
El oferente, por el acto de ofertar, acepta que el Ministerio de Educación Nacional solicite ampliar el término de vigencia de la garantía, en la medida en que ello sea necesario. Los costos que se causen por la expedición o prorrogas de la garantía estarán a cargo del oferente.
Salvo fuerza mayor o caso fortuito debidamente comprobado, la garantía de seriedad de la oferta, se hará efectiva a favor del Ministerio de Educación Nacional de conformidad con el artículo 2.2.1.2.3.1.6 del Decreto 1082 de 2015.
Artículo 2.2.1.2.3.1.6. Garantía de los riesgos derivados del incumplimiento de la oferta. La garantía de seriedad de la oferta debe cubrir la sanción derivada del incumplimiento de la oferta, en los siguientes eventos:
1. La no ampliación de la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta cuando el plazo para la Adjudicación o la suscripción del contrato es prorrogado, siempre que tal prórroga sea inferior a tres (3) meses.
2. El retiro de la oferta después de vencido el término fijado para la presentación de las ofertas.
3. La no suscripción del contrato sin justa causa por parte del adjudicatario.
4. La falta de otorgamiento por parte del proponente seleccionado de la garantía de cumplimiento del contrato
Cuando la oferta sea presentada por un consorcio o unión temporal, la garantía de seriedad de la oferta deberá ser otorgada por todos sus integrantes.
3. Certificado de Existencia y Representación Legal y/o Documento Legal Idóneo
El proponente (Persona Jurídica) deberá presentar el certificado de existencia y representación legal, expedido por la Cámara de Comercio del domicilio principal o por la autoridad competente que certifique de acuerdo con la naturaleza del proponente; con fecha de expedición no superior a treinta (30) días calendario anterior a la fecha fijada para el cierre del proceso, donde conste que de acuerdo con su objeto social se contempla la realización de las actividades objeto del contrato, y que cuenta con la capacidad jurídica para celebrar y ejecutar contratos.
Además deberá indicar la duración de la sociedad, la cual no podrá ser inferior a la vigencia del contrato y tres (3) años más.
En caso de consorcio o unión temporal (personas jurídicas), cada uno de los integrantes deberá presentar este certificado con los requerimientos establecidos anteriormente.
Si se trata de un proponente persona natural singular y los miembros del proponente Plural (personas naturales), deberán anexar copia de la cedula de ciudadanía o Certificado de Matricula Mercantil del establecimiento de comercio según el caso.
En caso de personas naturales que no estén obligadas a inscribirse en el registro mercantil, como es el caso de las profesiones liberales, no deberán acreditar tal requisito.
Si la oferta se presenta a nombre de una Sucursal, se deberá anexar los Certificados, tanto de la Sucursal como de la Casa Principal.
Si el proponente es persona jurídica que legalmente no está obligada a registrarse en la Cámara de Comercio, deberá allegar el documento legal idóneo que acredite su existencia y representación o reconocimiento de personería jurídica, con fecha de expedición no mayor a (30) días calendario anterior al cierre del proceso contractual.
En caso de personas extranjeras no inscritas en el registro mercantil o en el registro único de proponentes por no tener domicilio o sucursal en el país, deberán aportar los documentos que acrediten la existencia y representación legal de la sociedad extranjera en el país de origen. Así
mismo, su decisión de establecer negocios en Colombia deberá cumplir con los requisitos señalados en el artículo 472 del Código de Comercio.
Cuando el proponente fuere una persona jurídica sin ánimo de lucro domiciliada en Bogotá, D.C., el proponente deberá presentar el Certificado de inspección, vigilancia y control con vigencia no mayor a 30 días calendario, expedido por la Subdirección Distrital de Inspección, Vigilancia y Control de Personas Jurídicas, sin ánimo de lucro - Superpersonas Jurídicas y/o la Entidad que ejerza el control y vigilancia, en el cual conste que la sociedad puede ejercer su objeto social, cumple con los requisitos exigidos y no tiene sanciones o limites a su ejercicio social. Así mismo, su objeto social debe corresponder al objeto del presente proceso de selección o actividades afines.
4. Acta de Junta de Socios o Junta Directiva
En caso de existir limitaciones en las facultades del representante legal señaladas en los estatutos, El Proponente deberá anexar copia del Acta de Junta de Socios o Junta Directiva, según el caso, donde se le autorice para comprometer a la sociedad en la contratación y suscribir los documentos que se requieran en su desarrollo y para constituir el consorcio o la unión temporal, si a ello hubiere lugar.
5. Poder cuando la propuesta se presente por intermedio de un apoderado
Cuando el oferente actúe a través de un representante o apoderado deberá acreditar, mediante documento legalmente expedido, que su representante o apoderado está expresamente facultado para presentar la oferta y firmar el contrato respectivo.
6. Apoderado para oferentes extranjeros
Los oferentes extranjeros sin sucursal o domicilio en Colombia deberán presentar sus propuestas a través de apoderado facultado para tal fin, con arreglo a las disposiciones legales que rigen la materia.
La persona natural o jurídica de origen extranjero, que no sea residente en Colombia, podrá presentar propuesta, previo cumplimiento de los requisitos generales establecidos para tal fin, aplicables a los oferentes nacionales con las excepciones del caso y especialmente cumpliendo los siguientes requisitos:
i. Cuando se trate de personas naturales extranjeras sin domicilio en el país o de personas jurídicas privadas extranjeras que no tengan establecida sucursal en Colombia, deberán acreditar la constitución de un apoderado (Poder Especial), domiciliado y residente en Colombia, debidamente facultado para presentar la propuesta y celebrar el contrato, así como para representarla administrativa, judicial o extrajudicialmente.
ii. Deberá adjuntar el certificado de existencia y representación legal o el documento equivalente del país en que se haya constituido legalmente. Si el mismo se encuentra en idioma distinto al castellano, debe presentarse en su lengua original junto con la traducción al castellano. En el evento en que el oferente extranjero ostente limitación en su capacidad de contratación o de oferta, deberá adjuntar el documento mediante el cual se remueva dicha limitación. En lo no previsto aquí expresamente, se aplicará el régimen dispuesto para los nacionales colombianos y que le sea aplicable a los extranjeros.
iii. En cumplimiento de lo ordenado por el Parágrafo 2° del artículo 6 de la Ley 1150 de 2007, modificado por el artículo 221 del Decreto – Ley 019 de 2012, el oferente extranjero, persona natural sin domicilio en Colombia o persona jurídica extranjera que no tenga establecida sucursal en el país, NO se encuentra obligado a inscribirse ni calificarse en el RUP.
iv. El oferente extranjero deberá relacionar y certificar la experiencia exigida en este proceso. En el evento en que dicha experiencia se haya obtenido en país distinto a Colombia, para efectos de certificarla deberá adjuntar la certificación respectiva que deberá cumplir con los requisitos establecidos en este documento. Adicionalmente, si la certificación se encuentra en idioma distinto al castellano, deberá adjuntarse además del documento en idioma extranjero, la traducción correspondiente.
En el evento de resultar favorecido con la adjudicación un proponente extranjero sin domicilio ni sucursal en Colombia, para efectos de poder ejecutar el contrato deberá previamente constituir una sucursal en Colombia en los términos del Código de Comercio, de acuerdo con lo señalado en los artículos 471 y 474 del citado Código.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 874 del Código de Comercio, en concordancia con el Artículo 28 de la Ley 9 de 1991, el artículo 3 del Decreto 1735 de 193 y la Resolución No. 8 de 2000, modificada por la Resolución 6 de 2006, emanada del Banco de la República, el valor en pesos colombianos del contrato o contratos celebrados en moneda distinta será el de la fecha de su suscripción o firma, de acuerdo con la tasa de cambio oficial que indique el Banco de la República.
7. Documento de Conformación del Consorcio o Unión Temporal, si es la condición del oferente o Promesa de Sociedad Futura
a. Los proponentes que se presenten bajo una de estas modalidades deberán presentar el documento que acredite la conformación del Consorcio o Unión Temporal con el lleno de los requisitos exigidos por el parágrafo 1º del artículo 7º de la Ley 80 de 1993.
En el documento de constitución deberá constar la siguiente información:
a. Los proponentes indicarán si su participación es a título de Consorcio o Unión Temporal.
b. En caso de unión temporal deberán señalar los términos y porcentaje de su participación en la propuesta y en la ejecución del contrato, los cuales no podrán ser modificados sin el consentimiento previo de EL MINISTERIO.
c. Designar la persona que para todos los efectos representará el Consorcio o a la Unión Temporal y señalarán las reglas básicas que regulen las relaciones entre ellos y su responsabilidad.
d. Indicar el término de duración del Consorcio o Unión temporal, el cual no podrá ser inferior al plazo de ejecución del contrato y tres (3) años más.
NOTA 1: Para la presentación de los documentos que se enuncian como requisitos habilitantes jurídicos, cada uno de los integrantes del Consorcio o de la Unión Temporal deberá acompañarlos y/o acreditarlos en forma individual, sin perjuicio del documento de constitución del Consorcio o Unión Temporal.
En los casos en que se conformen sociedades bajo cualquiera de las modalidades previstas en la ley con el único objeto de presentar una propuesta, celebrar y ejecutar un contrato estatal, la responsabilidad y sus efectos se regirá por las disposiciones previstas en la ley para los consorcios, por lo tanto, en caso de uniones temporales es obligatorio señalar los términos y porcentaje de participación de cada integrante en la propuesta y en la ejecución del contrato, so pena de ser tomada como consorcio.
b. Promesa de Sociedad Futura: Cuando se trate de personas que participen bajo la modalidad de Promesa de Sociedad Futura deben presentar al MINISTERIO uno de los originales de una promesa escrita de contrato de sociedad con el lleno de los requisitos establecidos en el artículo 119 del Código de Comercio, en la cual debe consignarse, entre otros, lo siguiente:
a) La promesa irrevocable de constituir e inscribir ante el registro mercantil, con arreglo a la ley colombiana, una sociedad colombiana dentro de los siete (07) días hábiles posteriores a la fecha de notificación del acto de Adjudicación;
b) Que se trata de una sociedad constituida con el único objeto de celebrar, ejecutar y liquidar el Contrato;
c) Las estipulaciones mínimas legales del contrato de sociedad que se promete constituir;
d) Que la responsabilidad y sus efectos respecto de los firmantes de la promesa y de los socios o accionistas, una vez se constituya, se rige por las disposiciones previstas para los consorcios, tal como lo dispone el parágrafo tercero del artículo 7 de la Ley 80 de 1993; además manifestaran expresamente cada uno de los promitentes de que responderá solidariamente con los demás promitentes y con la sociedad (i) por los perjuicios sufridos por el Ministerio derivados del incumplimiento de la obligación de suscribir el contrato de sociedad prometido en los mismos términos consignados en el contrato de promesa presentado y (ii) por las obligaciones que se deriven de las Propuestas y del Contrato;
e) La inclusión en los estatutos de una cláusula del contrato de sociedad que se promete celebrar según la cual los accionistas no podrán ceder su participación accionaria en la sociedad prometida sino únicamente mediante autorización previa y expresa del MINISTERIO en los términos del Contrato;
f) Una duración de la sociedad igual o superior al plazo de ejecución y Tres (3) años más contados a partir de su constitución;
g) Que el único condicionamiento que existe para la constitución de la sociedad prometida es la Adjudicación;
h) La participación que cada uno de los promitentes tendrá en el capital suscrito de la sociedad prometida y el monto del mismo; y
i) La declaración de que ninguno de los promitentes se encuentra inhabilitado o tiene incompatibilidades para contratar con el MINISTERIO.
Los integrantes asociados bajo la modalidad de Promesa de Sociedad Futura deben suscribir la escritura pública de constitución de la sociedad prometida y tenerla debidamente inscrita ante el registro mercantil, en los mismos términos y condiciones pactados en la promesa, dentro de los siete (07) días hábiles siguientes a la notificación del acto de Adjudicación. Vencido este plazo sin que se hubiera otorgado y registrado la escritura, se considerará que no existe interés para suscribir el Contrato y se hará efectiva la Garantía de Seriedad.
9. CERTIFICACIÓN SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES PARAFISCALES Y DE SEGURIDAD SOCIAL
De conformidad con lo establecido en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002 , Ley 1150 de 2007 y Ley 1562 de 2012, a la fecha del cierre del proceso de selección, el oferente deberá aportar certificación del cumplimiento de sus obligaciones y pago de aportes de sus empleados a los sistemas de salud, riesgos laborales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje, o CREE, cuando a ello haya lugar, mediante certificación expedida por el revisor fiscal, cuando éste exista de acuerdo con los requerimientos xx xxx, o en su defecto por el representante legal, la cual en todo caso, acreditará el cumplimiento de la obligación como mínimo en los seis (6) meses anteriores a la presentación de la oferta, con el fin de dar cumplimiento al artículo 23 de la Ley 1150 de 2007.
Si se trata de un consorcio o unión temporal, se deberá allegar la certificación de cumplimiento antes mencionada para cada uno de los miembros.
Las personas naturales únicamente deberán presentar copia de las planillas de pago unificadas de los últimos seis meses de los aportes los sistemas de seguridad social y aportes parafiscales.
Para el caso en que el Oferente tenga un acuerdo de pago vigente, deberá certificar que se encuentra al día con los pagos acordados en el mismo, al mes anterior al cierre.
Nota: Junto con la certificación deberá anexarse copia del documento de identificación del revisor fiscal o contador junto con copia de la tarjeta profesional su vigencia y antecedentes disciplinarios, este certificado deberá tener una vigencia no superior a 3 meses.
10. Registro Único Tributario
Con el fin de conocer el régimen Tributario a que pertenece el proponente, deberá presentarse con la propuesta, fotocopia del Registro Único Tributario, expedido por la Dirección General de Impuestos Nacionales, donde aparezca claramente el NIT del proponente. En caso de Consorcios o Uniones Temporales, cada uno de los integrantes deberá aportar este documento.
Las personas jurídicas extranjeras sin sucursal en Colombia y las personas naturales sin domicilio en Colombia, no deben presentar el Registro Único Tributario (RUT), toda vez que en él se deben inscribir toda persona natural o jurídica que deba cumplir obligaciones administradas por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de Colombia. Sin perjuicio de lo anterior, en caso que el adjudicatario sea una persona jurídica extranjera sin sucursal en Colombia o una persona natural sin domicilio en Colombia, ésta deberá inscribirse en el Registro Único Tributario (RUT).
11. AUSENCIA DE INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES.
El MEN consultará en la página web de la Procuraduría General de la Nación, los antecedentes disciplinarios del proponente, y en la página web de la Contraloría General de la República el Boletín de Responsables Fiscales, así como los antecedentes penales en la página web de la Policía Nacional.
II. CAPACIDAD FINANCIERA Y ORGANIZACIONAL (CUMPLE/NO CUMPLE)
De acuerdo con el artículo 2.2.1.1.1.6.2 del Decreto 1082 de 2015, para verificar la capacidad financiera del oferente se requiere la siguiente información:
CERTIFICADO DE CLASIFICACIÓN DE LA CÁMARA DE COMERCIO (REGISTRO ÚNICO DE PROPONENTES - RUP)
La capacidad financiera del proponente será determinada con base en los indicadores financieros requeridos por el Ministerio de Educación Nacional, calculados según los datos financieros del año inmediatamente anterior en el Registro Único de Proponentes, es decir, estados financieros con corte a 31 de diciembre de 2015 registrados en el RUP. Pero para los proponentes que aún no tienen actualizado el RUP con la información financiera de 2015, se verificara la información financiera con corte a 31 de diciembre de 2014 reportados en el RUP, esto en virtud de lo señalado en el artículo 2.2.1.1.1.5.1. Del Decreto 1082 de 2015.
NOTA 1: En caso de consorcios o uniones temporales, se deberá anexar a la propuesta el Registro Único de Proponentes de cada uno de los miembros del consorcio o de la unión temporal.
NOTA 2: El Ministerio de Educación Nacional se reserva el derecho a solicitar al proponente la documentación financiera que no se encuentre en el RUP y que sea requerida para acreditar la capacidad del oferente.
.
NOTA 3: En caso de empresas cuya fecha de constitución sea posterior al 31 de diciembre de 2015, los estados financieros que se verificarán serán los del balance de apertura reportados en el Certificado de Clasificación de la Cámara de Comercio RUP.
DOCUMENTOS FINANCIEROS PROPONENTE EXTRANJERO SIN DOMICILIO O SUCURSAL EN COLOMBIA.
Los oferentes extranjeros deberán presentar sus estados financieros, teniendo en cuenta los siguientes aspectos:
a) Las personas naturales o jurídicas extranjeras que no tengan domicilio o sucursal en Colombia, deberán presentar sus estados financieros del último período fiscal aplicado en su país, firmados por el representante legal o Apoderado del Oferente en Colombia y contador público colombiano, consularizados y visados por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia, acompañados de traducción oficial al castellano, expresados a la moneda colombiana.
b) Moneda – Los oferentes deben presentar sus estados financieros en la moneda legal del país en el cual fueron emitidos y adicionalmente en pesos colombianos. El proponente y la Entidad Estatal para efectos de acreditar y verificar los requisitos habilitantes tendrán en cuenta la tasa representativa xxx xxxxxxx de la fecha de cierre de año fiscal del país de origen. Para el efecto, el proponente y la Entidad Estatal tendrán en cuenta las tasas de cambio certificadas por la Superintendencia Financiera.
c) La clasificación de cuentas, así como la conversión de los Estados Financieros a la moneda funcional colombiana deben ser avaladas en documento independiente debidamente suscrito por un Contador Público Colombiano y el Representante Legal o Apoderado del Oferente en Colombia. los estados financieros de los cuales se tome la información deberán estar preparados de conformidad con los estándares internacionales de reporte financiero –IFRS, y deberán encontrarse DEBIDAMENTE CERTIFICADOS Y DICTAMINADOS. También podrán, a opción de la empresa extranjera, tomar la información de los estados financieros preparados bajo los principios de contabilidad generalmente aceptados en Colombia – COLGAAP.
d) El contador público colombiano que avala la clasificación de cuentas y la conversión de los Estados Financieros a la moneda funcional colombiana debe allegar copia de la tarjeta profesional y de la certificación de vigencia de inscripción y de antecedentes disciplinarios expedida por la Junta Central de Contadores, certificación que debe encontrarse vigente a la fecha de presentación de la oferta (3 meses).
e) En el evento en que cualquiera de estos requerimientos no sea aplicable en el país del domicilio de la empresa extranjera, el Representante Legal de esta última, así como el apoderado en Colombia, deberán hacerlo constar bajo la gravedad de juramento y certificar a través del competente oficial del Estado ó de una Auditoría Externa del país del proponente que el (los) requerimiento (s) efectuado (s) no es (son) aplicable (s).
INDICADORES FINANCIEROS PROPONENTE NACIONAL Y EXTRANJERO
De acuerdo con el artículo 2.2.1.1.1.6.2 del Decreto 1082 de 2015, para la verificación de los requisitos habilitantes los cuales se denominarán como CUMPLE- NO CUMPLE; los Índices financieros que se verificarán en el presente proceso de selección son:
NOTA: Tales indicadores se requirieron con base al respectivo análisis del sector, el cual se tomó como referente para la determinación de los siguientes requerimientos, y así garantizar pluralidad de oferentes.
INDICADOR | CRITERIO |
INDICE DE LIQUIDEZ | MAYOR O IGUAL A ≥ 1,2 VECES |
NIVEL DE ENDEUDAMIENTO | MENOR O IGUAL AL ≤70%. |
RAZON DE COBERTURA DE INTERES | MAYOR O IGUAL A ≥ 1 VEZ |
CAPACIDAD ORGANIZACIÓNAL |
RENTABILIDAD DEL PATRIMONIO | MAYOR O IGUAL A ≥ 0% |
RENTABILIDAD DEL ACTIVO | MAYOR O IGUAL A ≥ 0% |
⮚ IL = INDICE DE LIQUIDEZ
IL=
ACTIVO CORRIENTE PASIVO CORRIENTE
IL = Índice Liquidez AC = Activo corriente PC = Pasivo corriente
PROPONENTE SINGULAR - PERSONAS NATURALES Y JURÍDICAS
El índice de liquidez presentado debe ser mayor o igual a ≥ 1.2 veces. CONSORCIOS Y UNIONES TEMPORALES
El índice de liquidez será el resultado de dividir la sumatoria del activo corriente de cada uno de los integrantes, entre la sumatoria de los pasivos corrientes de cada uno de ellos y éste deberá ser mayor o igual ≥ 1.2 veces.
NOTA ACLARATORIA: en el caso que el proponente presente en su información financiera que la cuenta pasivos corrientes sea igual a cero (0), el proponente será habilitado puesto que no presenta ningún pasivo corriente.
⮚ NIVEL DE ENDEUDAMIENTO
PROPONENTE SINGULAR - PERSONAS NATURALES Y JURÍDICAS
Endeudamiento Total =
PASIVO TOTAL ACTIVO TOTAL
x 100 ≤ al 70%.
El endeudamiento deberá ser menor o igual ≤ al 70%. CONSORCIOS Y UNIONES TEMPORALES
Endeudamiento Total =
PASIVO TOTAL ACTIVO TOTAL
x 100 ≤ al 70%.
El nivel de endeudamiento será el resultado de dividir la sumatoria del pasivo total de cada uno de los integrantes, entre la sumatoria del activo total de cada uno de ellos, el cual deberá ser menor o igual ≤ al 70%.
⮚ RAZON DE COBERTURA DE INTERESES
PROPONENTE SINGULAR PERSONAS NATURALES Y JURÍDICAS
UTILIDADOPERACIONAL GASTOS DE INTERESES
Deberá ser ≥ 1 vez.
CONSORCIOS Y UNIONES TEMPORALES
La razón de cobertura de intereses para el caso de proponentes plurales será el resultado de la sumatoria de las utilidades operacionales de cada uno de los integrantes que conforman al proponente plural dividido la sumatoria de los gastos de intereses de cada uno de los integrantes que conforman al proponente plural y el resultado deberá ser mayor o igual a ≥ 1 vez.
NOTA ACLARATORIA: en el caso que el proponente presente este indicador (RAZÓN DE COBERTURA DE INTERESES) y sea cero (0) O INDETERMINADO, el proponente será habilitado puesto que no presenta ninguna obligación financiera.
⮚ CAPACIDAD ORGANIZACIONAL
Según el Decreto 1082 de 2015 articulo 2.2.1.1.1.5.3 numeral 4 “CAPACIDAD ORGANIZACIONAL
- Los siguientes indicadores miden el rendimiento de las inversiones y la eficiencia en el uso de activos del interesado”.
a) Rentabilidad del patrimonio: utilidad operacional dividida por el patrimonio.
b) Rentabilidad del activo: utilidad operacional dividida por el activo total.
PROPONENTE SINGULAR - PERSONAS NATURALES Y JURÍDICAS
RENTABILIDAD DEL PATRIMONIO = MAYOR O IGUAL A ≥ 0% UTILIDAD OPERACIONAL X 100
PATRIMONIO
RENTABILIDAD DEL ACTIVO = MAYOR O IGUAL A ≥ 0% CONSORCIOS Y UNIONES TEMPORALES
UTILIDAD OPERACIONAL X 100
ACTIVO TOTAL
La rentabilidad del patrimonio y la rentabilidad del activo será el resultado de dividir la sumatoria de las utilidades operacionales de cada uno de los integrantes, sobre la sumatoria del Patrimonio
de cada uno de los integrantes y sobre la sumatoria del activo total de cada uno de los integrantes, respectivamente.
NOTA: El no cumplimiento de este factor dará lugar a que la propuesta sea evaluada como NO HABILITADA.
III. CAPACIDAD TECNICA
La capacidad técnica del proponente será determinada con base en lo requerido en el pliego “DOCUMENTOS DE CONTENIDO TÉCNICO”, la verificación de la capacidad técnica no otorgará puntaje alguno, solamente determinará si la propuesta cumple o no con lo requerido, salvo los factores de escogencia el cual otorga una puntuación con lo referente a capacidades técnicas adicionales.
3.1 Clasificación UNSPSC
Para efectos de identificar el contrato y de conformidad con el numeral 1 del artículo 2.2.1.1.2.1.3 del Decreto 1082 de 2015, La descripción técnica, detallada y completa del bien o servicio objeto del contrato, podrá estar clasificado en el RUP en mínimos DOS códigos siendo obligatorio el código 82101800 los siguientes códigos UNSPSC
En el caso de los proponentes plurales, cada uno de los proponentes deberán contar con el requisito indicado anteriormente.
CÓDIGO | NOMBRE |
82101800 | Servicios de agencia de publicidad |
CÓDIGO | NOMBRE |
80141500 | Investigación de mercados |
CÓDIGO | NOMBRE |
82101600 | Publicidad difundida |
CÓDIGO | NOMBRE |
82101900 | Colocación y cumplimiento de medios. |
CÓDIGO | NOMBRE |
80160000 | Servicios audiovisuales |
CÓDIGO | NOMBRE |
82130000 | Servicios de producción de vídeos |
CÓDIGO | NOMBRE |
82100000 | Servicios de producción publicitaria |
En el evento que la propuesta se presente por un consorcio o unión temporal, cada uno de los miembros debe cumplir con la inscripción y clasificación, exigido por el MINISTERIO.
3.2 EXPERIENCIA DEL PROPONENTE
Para efectos de la acreditación de la experiencia el proponente singular persona natural o jurídica y cada uno de los integrantes del consorcio o unión temporal, deberán acreditar la experiencia requerida en el Registro Único de Proponentes así:
3.2.1 EXPERIENCIA ESPECÍFICA PROPONENTE SINGULAR (Persona Natural o Jurídica)
Dentro de los cuatro (4) años anteriores a la fecha de cierre del presente proceso de selección, los proponentes deberán acreditar haber suscrito, iniciado, ejecutado y terminado con entidades públicas o privadas, máximo cuatro (4) contratos relacionados con la prestación de servicios de agencia de comunicaciones, producción audiovisual o central de medios, en entidades públicas o privadas.
La sumatoria de los valores de los contratos presentados, deben totalizar un valor igual o superior al presupuesto oficial de este proceso convertido en salarios mínimos mensuales vigentes.
3.2.1.1 EXPERIENCIA ESPECÍFICA. Proponente Plural (Consorcios, Uniones Temporales o Promesas de Sociedad Futura)
Cada uno de los integrantes de los consorcios, uniones temporales o promesas de sociedad futura, deberá acreditar al menos un contrato, con las mismas condiciones expuestas para proponente singular (objeto, valor tiempo) y en conjunto deberán acreditar máximo la cantidad y presupuesto dispuesto para proponente singular.
NOTAS COMUNES A LA EXPERIENCIA:
1. En el evento de no contar con la totalidad de la información requerida en los numerales 3.2.1 y
3.2.1.1 en el Registro Único de Proponentes, el proponente deberá allegar la documentación soporte a efectos de acreditar la respectiva experiencia.
2. Para la verificación de este requisito, el proponente deberá indicar en la propuesta, cuál de los contratos certificados en el Registro Único de Proponentes (RUP) deben ser tenidos en cuenta por la entidad con el fin de ser habilitado.
3. El MEN se reserva el derecho verificar, cuando lo considere necesario, la información que suministren los proponentes sobre su experiencia.
4. Para efectos de la verificación de la experiencia, si el proponente relaciona más de cuatro (4) contratos, sólo se tendrán en cuenta los cuatro (4) primeros, de conformidad con el orden en que fueron incorporadas en el formato de experiencia del proponente.
5. Como soporte de la información suministrada por el proponente, se deberán presentar las certificaciones respectivas, que deberán contener como mínimo, la siguiente información:
- Nombre de la empresa Contratante
- Nombre del Contratista
- Si se trata de una estructura plural se debe señalar el nombre de quienes lo conforman, adicionalmente se debe indicar el porcentaje de participación de cada uno de sus miembros
- Número del contrato
- Objeto del contrato
- Fecha de inicio (día, mes y año) y fecha de terminación (día, mes y año)
- Fecha de expedición de la certificación (día, mes y año)
- Valor las adiciones, si las hubo
- Certificación de cumplimiento a satisfacción expedida por el funcionario competente
- Cargo y firma de quien expide la certificación
- Indicación de las actividades realizadas
6. En el evento que las certificaciones no contengan la información que permita su verificación, el proponente deberá anexar a la propuesta copia del contrato o de los documentos soportes que sean del caso, que permita tomar la información que falte en la certificación.
7. Cada contrato acreditado se analizará por separado; en caso de presentar certificaciones que incluyan contratos adicionales al principal, el valor adicional se sumará al valor del contrato u orden principal, quedando esta como una sola certificación.
8. En el evento en que el proponente acredite experiencia en contratos en los cuales haya participado bajo una estructura plural, para efectos de la evaluación de este factor, se tomará el valor equivalente al porcentaje de participación del proponente en dicha estructura de la cual acredite la experiencia. En este caso, el proponente debe en la certificación de experiencia indicar el porcentaje de participación.
9. No se aceptarán autocertificaciones. Las certificaciones sobre la experiencia del proponente deben ser suscritas por el representante legal o la persona autorizada para el efecto, de la empresa o entidad contratante.
3.3 Documentos y Credenciales Requeridas
Dentro de la propuesta el proponente deberá presentar lo siguiente:
1. Credenciales de la agencia que lo acrediten como agencia de comunicaciones, central de medios o productora de piezas de comunicación.
2. Certificado xx xxx y salvo de los siguientes estudios: EGM - IBOPE – ECAR – y/o TGI hasta el 30 de diciembre de 2015.
3. Certificaciones xx Xxx y Salvo con los Medios de Comunicación. El contratista deberá adjuntar en la propuesta, copia de certificados xx XXX y SALVO por concepto de pauta ordenada con RCN Televisión, RCN radio, Caracol Televisión, Caracol Radio, El Tiempo y El Espectador. Las certificaciones deben venir con fecha xx xxxxx 31 de diciembre de 2015
NOTA: Para consorcios, uniones temporales o promesa de sociedad futura, mínimo uno de los integrantes deberá aportar las credenciales requeridas en los numerales anteriores.
3.4 PERSONAL MÍNIMO REQUERIDO PARA LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO DEBE SER PRESENTADO DENTRO DE LOS PRIMEROS CINCO DÍAS SIGUIENTES A LA ADJUDICACIÓN.
PERSONAL CLAVE: deberá tener dedicación de tiempo completo durante la ejecución del contrato.
Se deben presentar las hojas de vida con los soportes correspondientes y copia de los títulos requeridos:
PERFIL | CONDICIONES ACADÉMICAS | EXPERIENCIA | |
ÁMBITO | TIEMPO MÍNIMO | ||
1 Director de cuenta | Título de pregrado | Experiencia en la dirección de cuentas nacionales o internacionales de consumo masivo o servicios en agencias de publicidad, comunicaciones o centrales de medios | 10 años |
Un (1) Ejecutivo exclusivo para el Ministerio de Educación Nacional | Título de pregrado | Experiencia profesional en el manejo de cuentas nacionales o internacionales de consumo masivo o servicios en agencias de publicidad, comunicaciones o centrales de medios | 5 años |
EQUIPO DE TRABAJO, PERSONAL MINIMO
De acuerdo a la naturaleza de las actividades a desarrollar en el contrato, el equipo profesional mínimo requerido se detalla a continuación:
• Un (1) Director de Cuenta:
El Director de Cuenta debe ser profesional en mercadeo o publicidad o comunicación social o administración de empresas o economía o contaduría, con experiencia profesional mínima de 10 años en dirección de cuentas nacionales o internacionales de consumo masivo o servicios en agencias de publicidad, comunicaciones o centrales de medios. Tendrá como funciones principales las siguientes:
- Ser el gerente y planear todas las actividades relacionadas con la cuenta.
- Desarrollar estrategias creativas y tácticas de comunicación.
- Coordinar todo el equipo de trabajo.
- Hacer seguimiento a los planes de medios.
- Realizar sugerencias a la construcción de los planes de medios
- Desarrollar propuestas estratégicas 360 grados de comunicación, como promociones, internet etc.
- Realizar seguimiento y análisis del desempeño de la marca y sus productos.
- Realizar seguimiento y presentación de análisis de las tendencias de la competencia y el mercado.
- Analizar los resultados de investigación de mercados.
- Manejar y supervisar que el presupuesto autorizado por Oficina Asesora de Comunicaciones del Ministerio, se cumpla.
• Un (1) Ejecutivo exclusivo para el Ministerio de Educación Nacional:
El Ejecutivo debe contar con título profesional y mínimo 5 años de experiencia en manejo de cuentas nacionales o internacionales de consumo masivo o servicios en agencias de publicidad, comunicaciones o centrales de medios. Tendrá las siguientes funciones principales:
- Supervisar la ejecución de las estrategias de comunicación y campañas publicitarias.
- Supervisar toda la producción de campañas.
- Manejar el tráfico interno.
- Tramitar los ajustes, tiempos y movimientos.
- Llevar a cabo el proceso de apertura de órdenes de trabajo (OT)
- Llevar a cabo el proceso de facturación.
- Coordinar los procesos administrativos, procesos creativos y de producción.
- Atender diariamente las solicitudes por parte de la Oficina Asesora de Comunicaciones del Ministerio
Lo anterior, sin perjuicio de que el contratista contrate y cuente con todo el personal que requiera la ejecución del contrato.
Se reconocerá la experiencia profesional a partir de la fecha del grado o desde la terminación de materias previa certificación expedida por una Institución de Educación Superior.
CRITERIOS DE EVALUACIÓN PARA SELECCIONAR AL CONTRATISTA PUNTUACIÓN MAXIMA (100 PUNTOS)
Por su parte, las propuestas presentadas se evaluarán sobre un puntaje máximo de cien (100) puntos. Los factores que se evaluarán para obtener puntaje son los siguientes:
FACTORES DE EVALUACIÓN TÉCNICA | ASPECTO | PUNTOS | TOTAL | |
A | Calidad: | Certificaciones de estudios a nombre propio: EGM – IBOPE – ECAR y/o TGI | 10 | 60 |
Certificaciones de opinión y satisfacción del servicio prestado | 20 | |||
Estudio de Medición de Impacto | 30 | |||
B | Precio: Propuesta Económica | 30 | ||
C | Apoyo a la industria nacional | 10 | ||
TOTAL | 100 PUNTOS |
A. FACTOR TÉCNICO DE CALIDAD
1. CERTIFICACIONES DE ESTUDIOS: IBOPE – ECAR, EGM y/o TGI (10 PUNTOS)
Para medir la audiencia la industria publicitaria se soporta en estudios sindicados:
• TGI: Target Group Index: Permite hacer análisis demográficos y psicográficos de targets, segmentaciones, y analizar hábitos de consumo de productos o medios.
• EGM: Estudio General de Medios, es un estudio poblacional para conocer el comportamiento en relación al consumo de medios.
• ECAR: Estudio Continuo de Audiencia de Radio, detalle de audiencia de radio con perfilación por variables demográficas, se realizan 4 mediciones al año,
• IBOPE: audiencia minuto a minuto de TV
Teniendo en cuenta, la importancia que tiene para el Ministerio poder llegar a su público objetivo, con cada una de sus estrategias de comunicaciones, requiere contar con estudios de audiencia en los medios de comunicación televisión, radio, publicidad exterior, así como con demográficos y psicográficos de targets, segmentaciones, y analizar hábitos de consumo de productos o medios.
Por lo anterior, requiere que la Agencia de Medios cuente con estos servicios durante toda la ejecución del contrato, para obtener los 10 puntos el proponente deberá certificar LOS ESTUDIOS EGM – IBOPE – ECAR y/o TGI. A NOMBRE PROPIO. En el caso de los consorcios o uniones temporales unos de los dos deberá acreditar la certificación a nombre propio.
2. CERTIFICACIONES DE OPINIÓN Y SATISFACCIÓN DEL SERVICIO PRESTADO (20 PUNTOS)
Se evalúan las certificaciones de opinión y satisfacción del servicio que presente el proponente en la realización de labores relacionadas con el objeto del presente proceso de selección, asignando 20 puntos.
Para tal fin el proponente deberá diligenciar presentar copia u original de la certificación de opinión y satisfacción del servicio prestado.
NOTA: Se reconocerá como certificación de satisfacción una carta, mediante el cual el cliente manifieste explícita y voluntariamente la opinión y satisfacción del servicio prestado por parte de la agencia de comunicaciones, productor audiovisual o central de medios en el desarrollo de contratos cuyo objeto sea similar al de la presente Licitación. (No se aceptan copias de contratos o certificaciones de cumplimiento o autocertificaciones).
Los 20 puntos se otorgarán de la siguiente manera:
Por cada certificación se otorgarán 5 puntos hasta completar un máximo de 20 puntos. Para la obtención de puntaje, al menos una de las certificaciones de opinión y satisfacción del servicio prestado debe corresponder a uno de los contratos aportados para el cumplimiento del requisito habilitante de experiencia específica de la firma. Las certificaciones restantes pueden corresponder a contratos de otros clientes de la agencia de comunicaciones, productor audiovisual o central de medios.
3. ESTUDIO DE MEDICIÓN DE IMPACTO (30 puntos):
El proponente deberá presentar una propuesta técnica que deberá incluir como mínimo: objetivos, universo, descripción metodológica, tipo de encuesta, duración, muestra, muestreo, cronograma de ejecución y estudio cuantitativo que deberá permitir medir el impacto de las campañas realizadas y coordinadas por la Oficina Asesora de Comunicaciones del Ministerio de Educación durante la vigencia del contrato. Para tal fin el proponente debe presentar un documento técnico que contenga la metodología, ficha técnica del estudio a realizar.
El contratista deberá, realizar el estudio, que deberá contar con mínimo 1000 encuestas presenciales dirigidas a padres de familia, maestros y estudiantes, la distribución será propuesta por el contratista y avalada por la Oficina de Comunicaciones del Ministerio de Educación, el estudio deberá realizarse en las 10 principales ciudades del país (suministradas por la Oficina de Comunicaciones) con un margen de error de máximo el 3%, los resultados deberán ser presentados por ciudad y a nivel país.
La ejecución del estudio se realizará, en coordinación con la Oficina de Comunicaciones del Ministerio de Educación.
NOTA: El valor del estudio no representará un costo adicional para el Ministerio de Educación.
B. PRECIO MAXIMO (30 puntos):
Se evalúa el cumplimiento de las condiciones de presentación de la propuesta económica y se verificará aritméticamente, con cuyo resultado se asignará el puntaje, si se mantiene dentro de los límites fijados en el presupuesto oficial. La verificación aritmética se hará sobre la OFERTA ECONÓMICA.
La OFERTA ECONÓMICA no se podrá adicionar, modificar u omitir los ítems o cantidades solicitados correspondientes a la descripción de los servicios y equipos. Dichas adiciones, modificaciones u omisiones darán lugar a que la propuesta sea inhabilitada.
Procederá la continuidad de la oferta en el proceso de selección, cuando el valor de la misma responde a circunstancias objetivas del proponente y su oferta, que no ponen en riesgo el proceso, ni el cumplimiento de las obligaciones contractuales en caso que se adjudique el contrato ha dicho proponente.
DISTRIBUCION DE LA ASIGNACION DE PUNTOS
1. Tarifa mensual del servicio del oferente a precio global FEE Personal (a todo costo). (15 puntos)
El valor para los servicios del oferente (FEE Personal) debe ser menor o igual al presupuesto oficial determinado por la entidad es decir ≤ $ 85.217.022 como FEE personal, incluido IVA.
2. Porcentaje de intermediación por la ordenación de medios de comunicación. (15 puntos)
El porcentaje de intermediación o administración para los servicios de central de medios para la ordenación pauta en medios de comunicación, tendrá un techo del 5% y un piso 2% por lo tanto la propuesta deberá estar en este rango, de lo contrario no será evaluada.
La asignación de la puntuación de los dos aspectos puntuables (FEE PERSONAL – PORCENTAJE DE INTERMEDIACIÓN) se realizará a través de media geométrica.
NOTA: Es de aclarar que el valor del contrato a celebrarse será por el total del presupuesto oficial, el cual incluirá la tarifa mensual del servicio del oferente (FEE Personal) a precio global y el costo de la prestación del servicio por el manejo de medios solicitado en la celebración del contrato.
EL VALOR DE LA MEDIA GEOMÉTRICA SE CALCULARÁ ASÍ:
PONDERACIÓN DE LAS PROPUESTAS POR EL MÉTODO DE MEDIA GEOMÉTRICA CON PRESUPUESTO OFICIAL.
EL VALOR DE LA MEDIA GEOMÉTRICA SE CALCULARÁ ASÍ:
MG = (X1 * X2 * X3 *XO…… Xn) ˆ (1/n)
Dónde:
MG = | Media geométrica. |
Xn = | Valor de la propuesta hábil |
XO = | Valor presupuesto oficial. |
n= | Número de propuestas válidas o hábiles + XO |
P.XXX | Xxxxxxx máximo a otorgar |
A la oferta cuyo valor sea menor a la media geométrica y que se encuentre más cerca a esta (media geométrica), se le asignará el mayor puntaje, es decir TREINTA (30) PUNTOS para la valoración de las demás ofertas se aplicarán las siguientes reglas de tres así:
PARA PROPUESTAS CON VALORES POR DEBAJO DE LA MEDIA GEOMÉTRICA:
P.MAX * ⎛ − ⎛ MG − Xn ⎞⎞
⎜1
⎝
⎜
⎝ MG * 0.5 ⎠⎠
⎟⎟
PARA PROPUESTAS CON VALORES POR ENCIMA DE LA MEDIA GEOMÉTRICA:
P.MAX * ⎛ − ⎛ Xn − MG ⎞⎞
⎜1
⎝
⎜
⎝ MG * 0.5 ⎠⎠
⎟⎟
DONDE:
MG = | Media geométrica. |
Xn = | Valor de la propuesta hábil. |
n= | Número de propuestas válidas o hábiles. |
P.XXX | Xxxxxxx máximo a otorgar |
NOTA ACLARATORIA: se aplicara el método (Tarifa mensual del servicio del oferente a precio global FEE Personal (a todo costo). (15 puntos) y de manera separada a (Porcentaje de intermediación por la ordenación de medios de comunicación. (15 puntos), posteriormente cuando se obtenga la puntuación de cada uno de los factores estos serán sumados y el resultado será la puntuación asignada recordando entonces que la puntuación máxima total de precio asignado será de 30 puntos.
El puntaje máximo que es posible obtener en la calificación de precio del ítem del oferente (FEE Personal) es máximo de quince (15 puntos) y por el porcentaje de intermediación otros quince (15 puntos) máximo, para un puntaje máximo total de treinta (30 puntos).
NOTA: En cumplimiento del artículo 2.2.1.1.2.2.4 el Decreto 1082 de 2015, en el evento que la entidad estime que el valor de una oferta resulta artificialmente bajo, se requerirá al proponente para que explique a la entidad las razones que sustenten el valor por él ofertado. Oídas las explicaciones, el MEN procederá al rechazo o a permitir la continuidad de la oferta presentada en el proceso, cuando el valor de la misma responda a circunstancias objetivas del proponente y su oferta, sin poner en riesgo el proceso, ni el cumplimiento de las obligaciones contractuales en caso que se adjudique el contrato a dicho proponente.
C. APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL.
Para la calificación de este aspecto se asignará un puntaje xxxxxx xx xxxx (10) puntos y se tendrá en cuenta lo establecido en el artículo 2.2.1.2.4.2.1 del Decreto 1082 de 2015.
Así las cosas de conformidad con el Decreto 1082 de 2015, son servicios nacionales los prestados por personas naturales colombianas o residentes en Colombia o por personas jurídicas constituidas de conformidad con la legislación colombiana, en ese sentido para el efecto del puntaje correspondiente se deberá allegar junto con la oferta un documento donde conste el origen de los servicios ofrecidos, y con base en ello se asignara el puntaje de la siguiente manera:
APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL | PUNTAJE MÁXIMO |
Servicios de Origen Nacional | 10 |
Servicios de Origen Nacional y Extranjero | 5 |
Servicios de Origen Extranjero | 3 |
De igual manera, conforme con lo establecido en el parágrafo del artículo 1 de la Ley 816 de 2003, modificado por el artículo 51 del Decreto Ley 019 de 2012, se otorgará tratamiento de servicio de origen nacional a aquellos servicios originarios de los países con los que Colombia ha negociado trato nacional en materia de compras estatales y de aquellos países en los cuales a las ofertas de bienes y servicios colombianos se les conceda el mismo tratamiento otorgado a sus bienes y servicios nacionales, concordante con lo indicado en el Decreto 1082 de 2015.
El proponente extranjero que solicite la aplicación del tratamiento establecido anteriormente, deberá acreditar con su oferta la existencia de la reciprocidad, acompañada para tal efecto de un informe de la respectiva misión diplomática colombiana en el Exterior (Parágrafo del Artículo 1° de la Ley 816 de 2003).
NOTA: Se verificará contra el Certificado xx Xxxxxx y Comercio para las sociedades, y cédula de ciudadanía para persona natural, igual requisito aplica para cada uno de los miembros del Consorcio o Unión Temporal.
NOTA GENERAL: Solo serán ponderables las ofertas habilitadas en los tres aspectos (Jurídico, Financiero y Técnico).
VII. OFERTA
A. PRESENTACIÓN
Los Proponentes deben presentar sus Ofertas por escrito, con los formatos contenidos en el presente pliego, en la fecha establecida en el Cronograma al que se refiere la sección XIV, y acompañadas de los documentos soportes, así como de la garantía de seriedad de la Oferta a la que se refiere la sección XII A del presente Pliego de Condiciones.
Las Ofertas estarán vigentes por el término de noventa (90) días calendario, contados desde la fecha de presentación de Ofertas establecida en el Cronograma.
Los documentos de la Oferta deben estar foliados de forma consecutiva y la numeración debe iniciar con el número uno (1).
Los Proponentes deben presentar la Oferta y los anexos en los formatos indicados (contenidos en los anexos, en formatos PDF que permita reconocimiento de texto y Excel) y en medio físico y magnético.
La presentación de la Oferta implica la aceptación por parte del Proponente de la distribución de Riesgos efectuada en el Pliego de Condiciones y sus Adendas.
En la hora siguiente al vencimiento del plazo para presentar Ofertas, El Ministerio de Educación Nacional las abrirá en el lugar indicado para la presentación física de las Ofertas y frente a los Proponentes que se encuentren presentes.
El día del vencimiento del término para presentar las Ofertas, el Ministerio de Educación Nacional publicará un informe con la lista de las Proponentes y la hora de presentación de las Ofertas en el formato respectivo.
La propuesta se presentará en sobre cerrado, en original y dos (2) copias, indicando si es original, primera o segunda copia. En cada sobre, se hará constar el nombre del proponente, su dirección comercial y se dirigirá en la siguiente forma:
MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Calle 43 N° 57-14 - CAN Edificio Ministerio de Educación Nacional piso 1°,
Subdirección de Contratación. UNIDAD DE ATENCIÓN AL CIUDADANO. VENTANILLA 9 y 10 LICITACIÓN PUBLICA– LP-MEN-01-16
ORIGINAL (PRIMERA O SEGUNDA COPIA)
NOMBRE DEL PROPONENTE: CIUDAD: DIRECCIÓN COMERCIAL: TELÉFONO: FAX:
Adicionalmente el proponente debe entregar una copia de la propuesta en medio magnético en formato PDF, esta copia deberá venir en un solo archivo.
Cuando exista alguna discrepancia entre el original de la propuesta y las copias, prevalecerá el texto original. Igualmente, en caso de que existan diferencias entre el texto impreso de la propuesta y el medio magnético de la misma se tomará en cuenta lo señalado en el texto impreso.
No se aceptará propuestas que por cualquier causa lleguen con posterioridad a la fecha y hora señalada en el presente proceso de selección para su entrega, así como aquellas propuestas que sean enviadas a través de fax, correo electrónico, Internet o cualquier otro medio telemático.
La carta de presentación de la propuesta (FORMATO N° 1) debe llevar la firma autógrafa del representante legal o del apoderado debidamente constituido o del representante del Consorcio o Unión Temporal, cuando de estos se trate.
El Ministerio ha dispuesto de la ventanilla 8 de la Unidad de Atención al Ciudadano, para la entrega y recibo de las propuestas. Es de exclusiva responsabilidad del proponente entregar las propuestas antes de la hora establecida en el cronograma, en dicho lugar.
B. ORDEN DE PRESENTACIÓN DE LOS DOCUMENTOS
Los documentos deben presentarse en el siguiente orden:
• Carta de presentación (VER FORMATO N° 1)
• Documento de constitución del consorcio o unión temporal
• Documentos jurídicos
• Documentos financieros
• Documentos de la propuesta técnica
• Documentos de la propuesta económica
• Formatos
C. REVISIÓN DE LOS REQUISITOS HABILITANTES
La Entidad revisará el cumplimiento de los requisitos habilitantes de que trata la sección VI del presente documento. Los Proponentes pueden subsanar la forma como acreditaron los requisitos habilitantes. No se podrá subsanar hechos ocurridos con posterioridad a la fecha del cierre del proceso
El Ministerio de Educación Nacional publicará el informe de cumplimiento de requisitos habilitantes de que trata la sección VI.
D. EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
Los Proponentes que hayan acreditado los requisitos habilitantes de que trata la sección VI serán evaluadas, de acuerdo con lo establecido en la sección VIII.
El Ministerio de Educación Nacional publicará el informe de evaluación de Ofertas en la oportunidad señalada en el Cronograma de que trata la sección XIV
E. DECLARATORIA DE DESIERTA
El Ministerio de Educación Nacional declarará desierto el presente proceso de selección cuando:
(a) no se presenten Ofertas; (b) ninguna de las Ofertas resulte admisible en los factores jurídicos, técnicos, financieros y de experiencia previstos en el Pliego de Condiciones; (c) existan causas o motivos que impidan la escogencia objetiva del Proponente; (d) el ordenador del gasto no acoja la recomendación del comité evaluador y opte por la declaratoria de desierta del proceso, caso en el cual deberá motivar su decisión; y (e) se presenten los demás casos contemplados en la ley.
F. RETIRO DE LA OFERTA
Los Proponentes que opten por entregar su Oferta antes de la fecha de cierre del proceso de selección, podrán retirarlas, siempre y cuando la solicitud, efectuada mediante escrito, sea recibida por el Ministerio de Educación Nacional antes de la fecha y hora de cierre del presente proceso.
Cuando se trate de retiro definitivo, la Oferta le será devuelta al Proponente sin abrir, previa expedición de un recibo firmado por el solicitante.
G. DEVOLUCIÓN DE LAS OFERTAS
Una vez finalizado el proceso de selección los Proponentes no favorecidos con la adjudicación del contrato, podrán acercarse a reclamar el original de la garantía de seriedad de la Oferta y los demás documentos, dentro de los 15 días hábiles siguientes a la fecha en que se expida el acto de adjudicación, previsto en el Cronograma; de lo contrario, el Ministerio de Educación Nacional procederá al archivo de la Oferta original y la destrucción de su copia.
H. RECHAZO
En adición a otras causas previstas por la ley, el Ministerio de Educación Nacional rechazará las Ofertas presentadas por los Proponentes que:
a) Cuando no se cumplan los requisitos habilitantes o cuando no se subsanen los mismos durante el término para subsanar establecido en la Ley.
b) Cuando el proponente o uno de los miembros del Consorcio o de la Unión temporal, se encuentre incurso en las causales de inhabilidad o incompatibilidad fijadas por la constitución o la ley.
c) La presentación de varias propuestas para un proceso por parte del mismo proponente por sí o por interpuesta persona, o la participación de una misma persona en más de una propuesta para un mismo proceso.
d) Cuando un proponente haga parte directa o indirectamente de dos o más consorcios o uniones temporales.
e) Cuando la propuesta sea presentada por personas jurídicamente incapaces para obligarse.
f) Cuando el Representante Legal de la sociedad individualmente considerada, o como parte de una propuesta conjunta, no se encuentre debidamente autorizado para presentar la propuesta de acuerdo con los estatutos sociales.
g) Cuando existan evidencias de que el proponente ha tratado de interferir o influenciar indebidamente en el análisis de las propuestas, o la decisión de adjudicación.
h) Cuando el Ministerio de Educación Nacional compruebe que la propuesta contiene información o documentos que no guardan correspondencia con lo solicitada, previa verificación de la información correspondiente.
i) Cuando la propuesta se presente en forma parcial o extemporánea, o se deje en un lugar distinto al indicado en este pliego.
j) Cuando no se aporte la garantía de seriedad de la oferta.
k) Cuando el proponente persona natural, jurídica y cada uno de los integrantes del consorcio o unión temporal, no cumpla con todos y cada uno de los indicadores financieros establecidos en el presente pliego de condiciones.
l) Exceder el Plazo Oficial para la ejecución del contrato.
m) Cuando la propuesta no cumpla con los requisitos técnicos mínimos, financieros o jurídicos habilitantes.
n) Cuando sobrepase el presupuesto de los servicios del FEE de personal y/o no este dentro del rango del porcentaje de intermediación determinado por la entidad (piso 2% y el techo 5%) para los servicios de agencias de medios fijados para el presente proceso.
o) Cuando el proponente no cumpla los requisitos de habilitación oportunamente, una vez el Ministerio de Educación Nacional, haya solicitado subsanarlos, o desatienda los aspectos sustanciales del requerimiento.
p) Si la Entidad comprueba el incumplimiento del oferente o de sus representantes o empleados por hechos constitutivos de corrupción durante el proceso de selección. Si esta comprobación se da con posterioridad a la adjudicación, EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL podrá dar por terminado de manera anticipada el contrato por causa imputable al contratista, haciendo aplicables todas las consecuencias previstas para esta situación.
q) Cuando no coincida la información diligenciada en los formatos con la información de los documentos soporte solicitados como aclaración por parte del Ministerio de Educación Nacional. El Ministerio de Educación Nacional, entiende que la información no coincide
cuando no exista correspondencia entre la información contenida en el documento soporte frente a la relacionada por el proponente en los respectivos formatos.
r) Cuando el proponente o alguno de los integrantes del consorcio o unión temporal se encuentre reportado en el boletín de responsables fiscales que expide la Contraloría General de la República.
s) Cuando en la propuesta se encuentre información o documentos que contengan datos tergiversados o alterados tendientes a inducir a error a la Administración.
t) Las demás establecidas en la normatividad vigente y previstas en este pliego de condiciones.
I. CONFLICTO DE INTERESES
No podrán presentar propuesta las personas que hayan intervenido en la elaboración de los estudios económicos, estudios previos y proyectos de condiciones dentro del presente proceso, de forma directa, de terceros o de sociedades en las cuales tenga participación.
Evidenciado lo anterior, la entidad procederá a rechazar la propuesta presentada.
J. CRITERIOS DE DESEMPATE
En caso de presentarse empate entre dos o más proponentes se procederá a determinar el orden de elegibilidad teniendo en cuenta los siguientes factores de desempate conforme lo establecido en el artículo 2.2.1.1.2.2.9 del Decreto Reglamentario 1082 de 2015, así:
Artículo 2.2.1.1.2.2.9. Factores de desempate. En caso de empate en el puntaje total de dos o más ofertas, la Entidad Estatal escogerá el oferente que tenga el mayor puntaje en el primero de los factores de escogencia y calificación establecidos en los pliegos de condiciones del Proceso de Contratación. Si persiste el empate, escogerá al oferente que tenga el mayor puntaje en el segundo de los factores de escogencia y calificación establecidos en los pliegos de condiciones del Proceso de Contratación y así sucesivamente hasta agotar la totalidad de los factores de escogencia y calificación establecidos en los pliegos de condiciones.
Si persiste el empate, la Entidad Estatal debe utilizar las siguientes reglas de forma sucesiva y excluyente para seleccionar el oferente favorecido, respetando los compromisos adquiridos por Acuerdos Comerciales:
1. Preferir la oferta de bienes o servicios nacionales frente a la oferta de bienes o servicios extranjeros.
2. Preferir las ofertas presentada por una Mipyme nacional.
3. Preferir la oferta presentada por un consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura siempre que: (a) esté conformado por al menos una Mipyme nacional que tenga una participación de por lo menos el veinticinco por ciento (25%); (b) la Mipyme aporte mínimo el veinticinco por ciento (25%) de la experiencia acreditada en la oferta; y (c) ni la Mipyme, ni sus accionistas, socios o representantes legales sean empleados, socios o accionistas de los miembros del consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura.
4. Preferir la propuesta presentada por el oferente que acredite en las condiciones establecidas en la ley que por lo menos el diez por ciento (10%) de su nómina está en condición de discapacidad a la que se refiere la Ley 361 de 1997. Si la oferta es presentada por un consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura, el integrante del oferente que acredite que el diez por ciento (10%) de su nómina está en condición de discapacidad en los términos del presente numeral, debe tener una participación de por lo menos el veinticinco por ciento (25%) en el consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura y aportar mínimo el veinticinco por ciento (25%) de la experiencia acreditada en la oferta.
5. Utilizar un método aleatorio para seleccionar el oferente, método que deberá haber sido previsto en los pliegos de condiciones del Proceso de Contratación.
En caso de que el empate continúe, se utilizará el siguiente procedimiento de desempate:
EL MINISTERIO, con el fin de garantizar los principios de selección objetiva y transparencia, procederá a realizar el respectivo desempate por sorteo mediante el sistema de balotas, a través de acto público, por medio del siguiente procedimiento:
1er. Sorteo:
▪ En una tula se depositarán los números del 1 en adelante, tantos como el número de oferentes empatados. Con este sorteo se definirá el orden con el que los proponentes procederán a escoger la balota para definir el orden en que sacarán la balota en el 2º sorteo.
▪ El proponente que saque el número 1 será el primero en escoger la balota en el 2º sorteo y así sucesivamente.
2º Sorteo:
▪ Se depositarán en la tula las balotas en igual cantidad que oferentes empatados, más una de color blanco.
El participante que saque la balota de color blanco será el adjudicatario.
VIII. ACUERDOS COMERCIALES
De acuerdo con lo establecido en el numeral 8 del artículo 2.2.1.1.2.1 del Decreto 1082 de 2015, y en consonancia con lo indicado en el “Manual para el manejo de los Acuerdos Comerciales en Procesos de Contratación” se procedió a realizar el análisis de si el presente proceso de contratación se encuentra o no cobijado por un acuerdo comercial, de lo cual se estableció lo siguiente:
ACUERDO COMERCIAL | ENTIDAD ESTATAL INCLUIDA | PRESUPUESTO DEL PROCESO DE CONTRATACION SUPERIOR AL VALOR DEL ACUERDO COMERCIAL | EXCEPCIÓN APLICABLE AL PROCESO DE CONTRATACION | PROCESO DE CONTRATACIÓN CUBIERTO POR EL ACUERDO COMERCIAL |
Canadá | SI | NO | NO | NO |
Chile | SI | NO | NO | NO |
Estados Unidos | SI | NO | NO | NO |
El Xxxxxxxx | SI | NO | NO | NO |
Guatemala | SI | NO | NO | NO |
Honduras | SI | NO | NO | NO |
Liechtenstein | SI | NO | NO | NO |
Suiza | SI | NO | NO | NO |
México | SI | NO | NO | NO |
Unión Europea | SI | NO | NO | NO |
De lo anterior se establece que el Ministerio de Educación Nacional como entidad estatal del Nivel Nacional se encuentra cubierta por los acuerdos comerciales, sin embargo se analizaron las siguientes variables con lo cual se establece que al presente proceso de contratación le es aplicable acuerdo comercial con El Xxxxxxxx, Guatemala, Honduras y México, por las siguientes consideraciones: 1. Que el monto de la contratación se encuentra por encima del valor a partir del cual es aplicable el acuerdo comercial, 2. Que no se encuentra en el manual de Colombia Compra Eficiente excepción específica frente a la contratación que se pretende adelantar.
IX. ORDEN DE ELEGIBILIDAD Y ADJUDICACIÓN
El Contrato se adjudicará en audiencia pública, según el orden de elegibilidad establecido en el informe de evaluación. El ordenador del gasto, por medio de acto administrativo motivado, adjudicará el proceso al Proponente ubicado en el primer puesto del orden de elegibilidad que cumpla con todos los requisitos exigidos en el presente pliego de condiciones o procederá a la declaratoria de desierta del proceso o de una zona, si a ello hubiere lugar.
La audiencia pública se celebrará en la fecha y hora establecida en el Cronograma de que trata la sección XIV. De las circunstancias ocurridas en su desarrollo se dejará constancia en acta.
En el evento que el ordenador del gasto no acoja la recomendación del comité evaluador, deberá justificarlo en el acto administrativo de adjudicación o declaratoria de desierta.
X. RIESGOS
De acuerdo con la metodología de Colombia Compra Eficiente, se anexa la matriz de riesgos (ANEXO), la cual hace parte integral del presente pliego.
La matriz se encuentra también publicada en los estudios y documentos previos y desde el proyecto xx Xxxxxx de Condiciones.
De acuerdo con el cronograma y en la fecha y hora fijada, se llevará a cabo la audiencia a la que se refieren el artículo 30 de la ley 80 de 1993, artículo 4 de la Ley 1150 de 2007, el artículo 220 del
Decreto Ley 019 de 2012, y el artículo 2.2.1.2.1.1.2 del Decreto 1082 de 2015. Como consecuencia de las observaciones realizadas por los interesados, El Ministerio de Educación Nacional se pronunciará sobre la pertinencia o no de las mismas y establecerá la estimación, tipificación y asignación definitiva de los Riesgos involucrados en el Proceso de Contratación.
Vencido el plazo para discutir y revisar los Riesgos identificados, si se presenta alguna observación adicional, la misma solo será estudiada y tenida en cuenta, únicamente si diere lugar a modificar el Pliego de Condiciones mediante Adenda.
En esta misma audiencia los interesados podrán solicitar aclaraciones al pliego de condiciones.
XI. GARANTÍAS
A. GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA
Para garantizar la seriedad de la oferta, cada oferente debe constituir a favor del MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL, NIT 899.999.001-7 una garantía de seriedad de la oferta a FAVOR DE ENTIDADES OFICIALES por cualquiera de los métodos admitidos para este criterio de conformidad con las reglas establecidas por el Decreto 1082 de 2015; si esta es una póliza, deberá ser expedida por una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia. El valor de la garantía deberá ser por la suma equivalente al 10% del valor total del presupuesto oficial, con una vigencia mínima de noventa (90) días calendario contados a partir de la fecha del cierre del proceso de selección; en todo caso el amparo de la garantía de seriedad de la oferta deberá extenderse hasta la aprobación de la garantía única de cumplimiento que ampare la actividad contractual, para lo cual, el Ministerio de Educación Nacional, requerirá a los proponentes para que realicen la ampliación de los plazos de la vigencia, de ser el caso.
Cuando la oferta la presente un Consorcio o Unión Temporal, la garantía debe ser tomada a nombre del Consorcio o Unión Temporal y sus integrantes, en este caso, debe quedar claro en la garantía los integrantes del consorcio o unión temporal y su participación en el mismo.
Si la garantía no se constituye en los términos señalados, la entidad, dentro del término de evaluación de las ofertas, requerirá por escrito al oferente para que dentro del día siguiente, presente el documento aclarado; si el oferente no lo presenta oportunamente y en la forma debida, la Entidad se abstendrá de evaluar la oferta y será causal de rechazo.
Nota: El objeto de la garantía deberá indicar: “Garantizar la seriedad de la oferta presentada dentro de la Licitación Pública LP-MEN-01-2016, cuyo objeto es: “PRESTAR EL SERVICIO INTEGRAL EN COMUNICACIÓN PARA LA PRODUCCIÓN Y DIVULGACIÓN DE CAMPAÑAS DE COMUNICACIÓN Y MOVILIZACIÓN NECESARIAS PARA EL DESARROLLO DE LAS ESTRATEGIAS DE COMUNICACIÓN ORIENTADAS A LA DIVULGACIÓN DE LA “POLÍTICA EDUCATIVA DE CALIDAD COHERENTE CON LA AGENDA SOCIAL QUE BUSCA UN PAÍS EN PAZ, EQUITATIVO Y EDUCADO (2014-2018)”, Y EL FORTALECIMIENTO A LA GESTIÓN SECTORIAL Y DE LA CULTURA INSTITUCIONAL.”.
Si el oferente favorecido con la adjudicación no suscribe el correspondiente contrato, el Ministerio, se reserva la facultad, de exigir al oferente clasificado en segundo (2°) lugar, la prórroga de la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta, hasta la expedición de los contratos, y así sucesivamente a los demás oferentes; siempre y cuando, su oferta sea favorable para el Ministerio. Las deficiencias en los elementos de la garantía serán subsanables dentro del término fijado por el Ministerio de Educación Nacional, en requerimiento previo a la adjudicación.
La no presentación de la garantía de seriedad de la oferta en forma simultánea con la oferta será causal de rechazo.
B. GARANTIA DE CUMPLIMIENTO.
En atención a las obligaciones y cuantía del contrato, el contratista deberá constituir a favor del Ministerio de Educación Nacional, dentro de los tres (3) días siguientes al perfeccionamiento del contrato, Garantía Única de Cumplimiento, en una compañía de seguros o en una entidad bancaria debidamente reconocida por la Superintendencia Financiera, que ampare los siguientes riesgos, de conformidad con lo establecido en el Decreto 1082 de 2015 así:
AMPARO | SUFICIENCIA | VIGENCIA |
CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO | Por una cuantía equivalente al 20% del valor del contrato. | Con una vigencia igual al plazo de ejecución y seis (6) meses más, contados a partir del perfeccionamiento hasta la liquidación del mismo. |
PAGO DE SALARIOS Y PRESTACIONES SOCIALES LEGALES E INDEMNIZACIONES LABORALES | Por una cuantía equivalente a 15% del valor del contrato. | Con una vigencia igual al plazo de ejecución y tres (3) años más, contados a partir del perfeccionamiento. |
CALIDAD DEL SERVICIO | Por una cuantía equivalente al treinta por ciento (30%) del valor del contrato. | Con vigencia de seis (6) meses contados a partir de la terminación del contrato. |
La vigencia de la garantía deberá ser por todo el plazo de ejecución del contrato.
RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL. Por una cuantía equivalente al 5% del valor del contrato, con vigencia por todo el plazo de ejecución.
En adición a la cobertura básica de predios, labores y operaciones, los amparos adicionales de:
• Cobertura expresa de los perjuicios por daño emergente y lucro cesante.
• Cobertura expresa de perjuicios extrapatrimoniales.
• Xxxxxxxxx expresa de la responsabilidad surgida por actos de contratistas y subcontratistas, salvo en el evento en que el subcontratista tenga su propio seguro de responsabilidad extracontractual, con los mismos amparos aquí requeridos.
• Cobertura expresa xx xxxxxx patronal.
• Cobertura expresa de vehículos propios y no propios.
En caso de pactarse deducibles, el tope máximo será xxx xxxx por ciento (10%) del valor de cada pérdida sin que en ningún caso puedan ser superiores a dos mil salarios mínimos legales mensuales vigentes (2.000 SMLMV). Las franquicias, coaseguros obligatorios y demás formas de estipulación que conlleven xxxxxxxx de parte de la pérdida por la entidad asegurada no serán admisibles.
El monto de la garantía se deberá restablecer por parte del contratista con ocasión de las reclamaciones efectuadas por EL MINISTERIO. Dentro de los términos estipulados en este Contrato la garantía no podrá ser cancelada sin la autorización de EL MINISTERIO.
El Contratista debe mantener vigente la garantía única y ajustarla siempre que se produzca alguna modificación en el plazo y/o valor del contrato o en el evento en que se produzca la suspensión temporal del mismo. Igualmente el contratista deberá notificar a la compañía aseguradora de cualquier modificación del contrato, así esta no conlleve cambio del plazo o el valor del mismo y deberá allegar el certificado de notificación de la modificación a la entidad como constancia de realización de la misma.
La garantía única de cumplimiento expedida a favor de EL MINISTERIO no podrá expirar por falta de pago de la prima ni puede ser revocada unilateralmente.
XII. INTERVENTORÍA Y/O SUPERVISIÓN
La Supervisión del presente contrato la efectuará JEFE OFICINA ASESORA DE COMUNICACIONES o quien haga sus veces, a quien le corresponde vigilar y velar por el cabal cumplimiento de las obligaciones de las partes, de conformidad con lo estipulado en el Contrato, en la Ley, y en el Manual de Contratación de EL MINISTERIO, y hacer los requerimientos del caso y en especial:
Velar por el cumplimiento de las obligaciones de las partes.
Verificar el cumplimiento del contrato en cuanto a plazo, lugar, cantidad, calidad, planes, proyectos y acciones.
Efectuar los requerimientos que sea del caso a EL CONTRATISTA cuando las exigencias de cumplimiento así lo requieran.
Informar al líder o líderes de la contratación sobre los cambios que se presenten durante la ejecución del contrato y velar porque se suscriban por las partes las correspondientes modificaciones, adiciones o prorrogas que se requieran.
Suscribir el acta de inicio.
Certificar sobre el cumplimiento de las obligaciones cumplidas y verificar los informes presentados por EL CONTRATISTA.
Elaborar los informes parciales y los certificados de cumplimiento para el pago del valor del contrato de acuerdo con lo establecido en la cláusula de forma de pago.
Elaborar el informe final de supervisión, con el fin de dar trámite a la liquidación del contrato, si a ello hubiere lugar.
Las demás funciones inherentes a la supervisión.
Parágrafo: En caso de ausencia parcial o total del supervisor, el ordenador de gasto designará uno nuevo, previa solicitud radicada ante la Subdirección de Contratación, para lo cual no se requerirá de modificación contractual y el oficio con la nueva designación se comunicará a las partes.
XIII. CRONOGRAMA
El siguiente es el Cronograma del Proceso de Contratación.
ACTIVIDAD | FECHA | LUGAR |
Publicación Aviso de Convocatoria (artículo 224 del Decreto Ley 019 de 2012) | 10 de febrero de 2016 | Página electrónica xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx y aviso de |
Publicación aviso convocatoria pública (artículo 2.2.1.1.2.1 del Decreto 1082 de 2015) | 10 de febrero de 2016 | Página electrónica xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx y aviso de convocatoria en xxx.xxxxxxxxxxxx.xxx.xx |
Publicación estudios y documentos previos | 10 de febrero de 2016 | |
Publicación proyecto xx Xxxxxx de Condiciones | 10 de febrero de 2016 | |
Plazo para presentar observaciones al proyecto xx Xxxxxx de Condiciones | Del 11 de al 24 de febrero de 2016 | En físico en la instalaciones del Ministerio de Educación Nacional, o al correo electrónico del proceso lp-men-01- 0000@xxxxxxxxxxxx.xxx.xx |
Respuesta a observaciones y sugerencias al proyecto xx Xxxxxx de Condiciones | 01 xx xxxxx de 2016 | |
Expedición acto administrativo de apertura del proceso de selección | 02 xx xxxxx de 2016 | |
Publicación pliego de condiciones definitivo | 02 xx xxxxx de 2016 | |
Audiencia de asignación de Riesgos y aclaración de pliegos | 03 xx xxxxx de 2016 a las 9:00 am | Ministerio de Educación Nacional Salas primer piso Xxxxx 00 Xx. 57 - 14 |
Presentación de observaciones al Pliego de Condiciones | Del 02 al 08 xx xxxxx de 2016 | En físico en la instalaciones del Ministerio de Educación Nacional, o al correo electrónico del proceso lp-men-01- |
Respuesta observaciones al Pliego de condiciones | 11 xx xxxxx de 2016 | |
Expedición de Adendas | 14 xx xxxxx de 2016 | |
Presentación de Ofertas | 18 xx xxxxx de 2016 hasta las 10:00 am | Ministerio de Educación Nacional Ventanilla 8. Unidad de Atención al Ciudadano |
Publicación del informe de evaluación de las Ofertas | 30 xx xxxxx de 2016 | |
Presentación de observaciones al informe de evaluación de las Ofertas | Del 31 xx xxxxx y 1 y 4 xx xxxxx de 2015 | En físico en la instalaciones del Ministerio de Educación Nacional, o al correo electrónico del proceso lp-men-01- |
Publicación respuesta a observaciones al informe de evaluación de las Ofertas | 8 xx xxxxx de 2016 | |
Audiencia de Adjudicación | 11 xx xxxxx de 2016 a las 10:00 am | Ministerio de Educación Nacional Salas primer piso Xxxxx 00 Xx. 00 - 00 |
Publicación acto administrativo de adjudicación o declaratoria de desierto | 12 xx xxxxx de 2016 | |
Firma del Contrato | Dentro de los 2 días siguientes al recibo de la documentación para la suscripción. | Ministerio de Educación Nacional Calle 43 N° 57 – 14 Subdirección de Contratación 1er piso |
Entrega de garantías | Dentro de los 2 días siguientes a la suscripción del contrato | Ministerio de Educación Nacional Unidad de Atención al Ciudadano |
Aprobación de garantías | Dentro de los 2 días siguientes a la entrega de las garantías | Ministerio de Educación Nacional Calle 43 N° 57 – 14 Subdirección de Contratación 1er piso |
FORMATO N° 1
FORMATO DE PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
Lugar y fecha
Señores
Ministerio de Educación Nacional
Referencia: Licitación Pública LP-MEN-01 DE 2016
Estimados señores:
[Nombre del representante legal o de la persona natural Proponente], identificado como aparece al pie de mi firma, [obrando en mi propio nombre o en mi calidad de representante legal de] [nombre del Proponente], presento Oferta para el Proceso de Contratación de la referencia y hago las siguientes manifestaciones:
1. Que conozco y acepto los Documentos del Proceso, tuve la oportunidad de solicitar aclaraciones y modificaciones a los mismos, y recibí del Ministerio de Educación Nacional respuesta oportuna a cada una de las solicitudes.
2. Que estoy autorizado para suscribir y presentar la Oferta en nombre del Proponente y estoy autorizado para suscribir el contrato si el Proponente resulta adjudicatario del Proceso de Contratación de la referencia.
3. Que la Oferta que presento cumple con la totalidad de los requisitos y especificaciones técnicas xxx Xxxxxx de Condiciones y sus anexos de la licitación de la referencia.
4. Que la oferta económica y la oferta técnica están adjuntas a la presente comunicación y han sido elaboradas de acuerdo con los Documentos del Proceso y hacen parte integral de la Oferta.
5. Que los documentos que presento con la Oferta son ciertos y han sido expedidos por personas autorizadas para el efecto.
6. Que con la presentación de la propuesta estoy aceptando los riesgos establecidos en el proceso de la referencia
7. Que la oferta económica adjunta fue elaborada teniendo en cuenta todos los gastos, costos, derechos, impuestos, tasas y demás contribuciones que se causen con ocasión de la presentación de la Oferta, suscripción y ejecución del contrato y que en consecuencia, de resultar adjudicatario no presentaré reclamos con ocasión del pago de tales gastos.
8. Que en caso de resultar adjudicatario, suscribiré el contrato en la fecha prevista para el efecto en el Cronograma contenido en los Documentos del Proceso.
9. Que en caso de resultar adjudicatario, me obligo a presentar la garantía de cumplimiento prevista en los Documentos del Proceso en la fecha prevista para el efecto en el Cronograma allí contenido
10. Que en caso de resultar adjudicatario me comprometo a que a la terminación de la vigencia del Contrato, el servicio contratado cumplirá con la totalidad del alcance y los requerimientos y especificaciones técnicas de que trata el Anexo 1 xxx Xxxxxx de Condiciones.
11. Que manifiesto que el Proponente está x xxx y salvo con sus obligaciones laborales frente al sistema de seguridad social integral y demás aportes relacionados con las obligaciones laborales.
12. Adjunto la garantía de seriedad de la Oferta la cual cumple con lo establecido en los Documentos del Proceso.
13. Recibiré notificaciones en la siguiente dirección en
Persona de contacto | [Nombre] | ||
Dirección | [Dirección de la compañía] | ||
Teléfono | [Teléfono de la compañía] | Celular | |
[Dirección de correo electrónico de la compañía] |
Firma del Representante legal Nombre.
FORMATO N° 2
DOCUMENTO DE UNIÓN TEMPORAL O CONSORCIO
Lugar y fecha
Señores
MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Ciudad
Referencia: LICITACIÓN PÚBLICA LP-MEN-01 DE 2016
Apreciados Señores:
Los representantes , y , debidamente autorizados para
actuar en nombre de , y , nos permitimos manifestar por este documento
que hemos convenido asociarnos en UNIÓN TEMPORAL denominada: , para participar en la licitación LP-MEN-01 DE 2016, para el proyecto denominado y por lo tanto manifestamos lo siguiente:
1.- La duración de esta UNIÓN TEMPORAL será igual al plazo del contrato y tres (3) años más.
2.- La UNIÓN TEMPORAL está integrada por las siguientes personas que desarrollarán las actividades con los porcentajes de participación que a continuación se indican:
NOMBRE | ACTIVIDAD | % DE PARTICIPACIÓN |
3 – La responsabilidad de los integrantes de la UNIÓN TEMPORAL será solidaria.
4.- El representante de la UNIÓN TEMPORAL es , identificado con cédula de ciudadanía No de , quien está expresamente facultado para firmar, presentar la propuesta y en caso de salir favorecidos con la adjudicación, para firmar el contrato y tomar todas las determinaciones que fueren necesarias al respecto, con amplias y suficientes facultades. En su ausencia, se designa como representante suplente a , identificado con cédula de ciudadanía No de .
5.- Para todos los efectos el presente documento será considerado el único constitutivo del proponente asociativo.
En constancia se firma en a los días del mes de de 2016
NOMBRE Y FIRMA NOMBRE Y FIRMA
C.C. N° C.C. N°
NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE DE LA UNIÓN TEMPORAL
C.C. N°
NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE DE LA UNIÓN TEMPORAL
C.C. N°
Lugar y fecha
Señores
MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Ciudad
Referencia: LICITACIÓN PÚBLICA LP-MEN-01 DE 2016
Apreciados Señores:
Los representantes y , debidamente autorizados para actuar en nombre de y , nos permitimos manifestar por este documento que hemos convenido asociarnos en CONSORCIO denominado: , para participar en la licitación LP-MEN-01 DE 2016, para el proyecto denominado y por lo tanto manifestamos lo siguiente:
1.- La duración de este consorcio será igual al plazo del contrato y tres (3) años más. 2.- El consorcio está integrado así:
NOMBRE | PORCENTAJE DE PARTICIPACIÓN |
3.- La responsabilidad de los integrantes del consorcio es solidaria, ilimitada y mancomunada.
4.- El representante del consorcio es , identificado con cédula de ciudadanía No de , quien está expresamente facultado para firmar, presentar la propuesta, y en caso de salir favorecidos con la adjudicación, para firmar el contrato y tomar todas las determinaciones que fueren necesarias al respecto, con amplias y suficientes facultades. En su ausencia, se designa como representante suplente a , identificado con cédula de ciudadanía No de .
5.- Para todos los efectos el presente documento será considerado el único constitutivo del proponente asociativo.
En constancia se firma en a los días del mes de de 2016
NOMBRE Y FIRMA NOMBRE Y FIRMA
C.C. N° C.C. N°
NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE DEL CONSORCIO
C.C. N°
NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE DEL CONSORCIO
C.C. N°
FORMATO PAZ Y SALVO PARAFISCALES
Yo , en calidad de Revisor Fiscal o Representante Legal de la sociedad , con NIT , (o en nombre propio) identificado con cédula de
ciudadanía No de acuerdo con la Ley 789 de 2002 manifiesto bajo
juramento que la sociedad se encuentra al día en el cumplimiento del pago de sus obligaciones legales con los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a la caja de compensación familiar, ICBF y SENA, cuando a ello hubiere lugar, en relación con sus empleados por un periodo no inferior a seis (6) meses anteriores a la presentación de esta certificación.
Firma:
Tarjeta Profesional N°
En calidad de: Revisor Fiscal o (Representante Legal) Fecha
NOTA: En caso de que la firma esté obligada por ley a tener revisor fiscal, la certificación deberá ser firmada por la persona que se desempeñe como tal en la empresa.
EXPERIENCIA DEL PROPONENTE.
INFORMACIÓN SOBRE LA EXPERIENCIA ESPECÍFICA DEL PROPONENTE
PROPONENTE: PERSONA QUE ACREDITA LA EXPERIENCIA:
N° | ENTIDAD CONTRA TANTE | N° CONTRA TO | FECHA DE INICIACIÓN (1) | FECHA DE TERMINA CIÓN (1) | DURACI ÓN EN MESES | OBJETO | VALOR | VALOR (SMLMV) REPORTA DO EN EL RUP | CODIGO UNSPSC: | CONSE CUTIVO | % PARTICIPACIÓN |
NOTA 1: Para acreditar la experiencia específica el Proponente deberá cumplir con los siguientes requisitos y demás contenidos en el pliego de condiciones:
• El valor a acreditar debe ser expresado sin decimales, es decir, ajustado a la unidad.
• Los contratos con los que se pretenda acreditar la experiencia, deberá ser igual o superior al cien por ciento (100%) del presupuesto oficial estimado en expresado en SMMLV, a la fecha de su terminación.
El valor actualizado del contrato ejecutado se calculará en Salarios Mínimos Mensuales Legales Vigentes (SMMLV) para el año en que se firmó el contrato, de acuerdo con tabla anexa.
PERIODO | MONTO MENSUAL |
Enero 1 de 2009 a Dic. 31 de 2009 | $ 496.900,oo |
Enero 1 de 2010 a Dic. 31 de 2010 | $ 515.000,oo |
Enero 1 de 2011 a Dic. 31 de 2011 | $ 535.600,oo |
Enero 1 de 2012 a Dic. 31 de 2012 | $ 566.700,oo |
Enero 1 de 2013 a Dic. 31 de 2013 | $589.500,oo |
Enero 1 de 2014 a Dic. 31 de 2014 | $616.000.oo |
Enero 1 de 2015 a Dic. 31 de 2014 | $644.350.oo |
Enero 1 de 2016 en adelante | $689.454.oo |
El número de salarios mínimos legales mensuales vigentes, debe ser igual al número de SMLMV del presente proceso de contratación.
Firma representante legal o apoderado
(1) Indicar día, mes y año.
HOJA DE VIDA PARA EL EQUIPO DE TRABAJO
ESTE FORMATO DEBE SER UTILIZADO POR EL ADJUDICATARIO AL MOMENTO DE PRESENTAR EL PERSONAL MINIMO REQUERIDO PARA LA EJECUCION DEL CONTRATO
NOMBRES Y APELLIDOS: | ||||||
CARGO PROPUESTO: | ||||||
TIPO Y N° DOCUMENTO D IDENTIDAD: | ||||||
DIRECCIÓN: | ||||||
TELÉFONO: | ||||||
ESTUDIOS REALIZADOS | ||||||
UNIVERSITARIOS | ESPECIALIZACIÓN | OTROS | ||||
TÍTULO OBTENIDO | ||||||
INSTITUCIÓN | ||||||
FECHA DE GRADO | ||||||
No. TARJETA PROFESIONAL ( Si se requiere) | ||||||
EXPERIENCIA GENERAL | ||||||
ENTIDAD CONTRATANTE | FUNCIONES | CARGO DESEMPEÑA DO | FECHA INICIO ( DÍA-MES- AÑO) | FECHA TERMINACIÓN ( DÍA-MES- AÑO) | EXPERIEN CIA EN MESES | |
TIEMPO DE EXPERIENCIA CERTIFICADA EN AÑOS | ||||||
EXPERIENCIA ESPECIFICA | ||||||
ENTIDAD CONTRATANTE | FUNCIONES | CARGO DESEMPEÑ ADO | FECHA INICIO ( DÍA-MES- AÑO) | FECHA TERMINACIÓN ( DÍA-MES- AÑO) | EXPERIEN CIA EN MESES | |
TIEMPO DE EXPERIENCIA CERTIFICADA EN AÑOS | ||||||
YO, identificado con x.x. xxxxxx ser presentado por la empresa como en su propuesta, y participar dentro de la Licitación LP 01 de 2016 que tiene como objeto En caso de ser adjudicatario me comprometo a formar parte del equipo de trabajo durante el plazo que dure el contrato. Para constancia se firma a los días del mes de de 2016. | ||||||
FIRMA PROFESIONAL | FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL | |||||
NOTA: Se anexan los siguientes documentos: | ||||||
* Fotocopia del diploma o acta de grado | ||||||
* Fotocopia de la tarjeta profesional con fecha de expedición o certificación donde conste la fecha de la expedición. | ||||||
: Fotocopia de la convalidación del título ( para títulos otorgados en el exterior) | ||||||
* Fotocopia del documento de identificación | ||||||
* Certificaciones laborales que acrediten la experiencia requerida y demás documentos solicitados según el pliego de condiciones y sus anexos. |
PROPUESTA ECONÓMICA
(SE ANEXA TAMBIEN DOCUMENTO EXCEL) REF: LICITACION PUBLICA N° LP-MEN-01-2016
Yo, obrando en nombre (propio) o (en representación de), de conformidad con lo establecido en el pliego de condiciones, por medio del presente escrito, presento oferta económica, así:
(En pesos colombianos)
DESCRIPCION | CANTIDAD (1) | VR UNITARIO INCLUIDO IVA (2) | N° MESES (3) | VR TOTAL INCLUIDO IVA (1*2*3) |
Director de cuenta | 1 | $ - | 8,5 MESES | $ - |
Ejecutivo exclusivo para el Ministerio de Educación Nacional | 1 | $ - | 8,5 MESES | $ - |
TOTAL FEE PERSONAL | $ - | |||
Central de medios (INTERMEDIACION) | N/A | N/A | N/A | 0,0% |
Atentamente,
REPRESENTANTE LEGAL O APODERADO
Nombre: Identificación Razón social NIT o CC:
NOTA N° 1: Las ofertas se presentarán en pesos colombianos.
NOTA N° 2: El valor ofertado para (FEE PERSONAL), debe presentarse en números enteros y este debera ser menor o igual al determinado por la entidad so pena de rechazo. No se aceptan centavos, en caso de presentarse la oferta con centavos, la administración lo aproximará por defecto o por exceso, según corresponda.
NOTA N° 3: El valor de los servicios de agencia de medios, deberá presentarse con máximo un decimal.
NOTA N° 4: la propuesta debera ser presentada por 8,5 meses de plazo de ejecucion, si en el proceso precontractual disminuye este plazo la entidad ajustara al plazo real de ejecucion al adjudicatario.
NOTA N° 5: Serán de exclusiva responsabilidad del proponente los errores u omisiones en que incurra al indicar el valor de su propuesta, debiendo asumir los mayores costos y/o pérdidas que se deriven de dichos errores u omisiones, sin que por esta razón haya lugar a alegar ruptura del equilibrio contractual.
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS EL ANEXO TECNICO SE ENCUENTRA ADJUNTO
ANEXO N° 2. RIESGOS
LA MATRIZ DE RIESGOS SE ENCUENTRA ADJUNTO AL PRESENTRE PROYECTO DE PLIEGOS
MINUTA
CONTRATANTE | MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL |
CONTRATISTA | |
OBJETO | PRESTAR EL SERVICIO INTEGRAL EN COMUNICACIÓN PARA LA PRODUCCIÓN Y DIVULGACIÓN DE CAMPAÑAS DE COMUNICACIÓN Y MOVILIZACIÓN NECESARIAS PARA EL DESARROLLO DE LAS ESTRATEGIAS DE COMUNICACIÓN ORIENTADAS A LA DIVULGACIÓN DE LA “POLÍTICA EDUCATIVA DE CALIDAD COHERENTE CON LA AGENDA SOCIAL QUE BUSCA UN PAÍS EN PAZ, EQUITATIVO Y EDUCADO (2014- 2018)”, Y EL FORTALECIMIENTO A LA GESTIÓN SECTORIAL Y DE LA CULTURA INSTITUCIONAL. |
VALOR | $ _ |
Entre los suscritos quién actúa en nombre y representación del MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL, en su calidad de nombrado mediante Decreto Número
, debidamente posesionado, facultado para contratar y quien en adelante, para los efectos del presente documento, se denominará EL MINISTERIO, por una parte y por la otra XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX quien en adelante se denominará EL CONTRATISTA hemos acordado celebrar el presente contrato de prestación de servicios, previas las siguientes consideraciones:
CONSIDERACIONES | De conformidad con las funciones asignadas por la Constitución, la Ley, el Decreto 5012 de 2009 y el Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018 “Todos por un Nuevo País” , el Ministerio de Educación Nacional se ha propuesto desarrollar estrategias que contribuyan al mejoramiento del acceso, calidad y equidad de la educación, en todos sus niveles y modalidades. Para tal fin, dentro de su plan de acción 2016, estableció las siguientes estrategias y objetivos: 1. Posicionar la educación de calidad como tema estratégico en la agenda pública. 2. Divulgar información institucional y sectorial haciéndola llegar al público objetivo del sector educativo y, a través de los medios masivos de comunicación, a la comunidad en general. 3. Asesorar, orientar y acompañar desde la comunicación las acciones de movilización emprendidas por las áreas misionales del Ministerio y la articulación intersectorial. De acuerdo con las funciones establecidas en el Decreto 5012 de 2009, el Ministerio debe formular una política de comunicación para divulgar o comunicar la información generada en cumplimiento de los objetivos institucionales. En 2016, una de las estrategias del Ministerio es llevar el mensaje de la política “política educativa de calidad coherente con la agenda social que busca un país en Paz, Equitativo y Educado (2014- 2018)”, cuyo xxxxx fundamental es el mejoramiento de la calidad de la educación preescolar, básica y media y de la educación superior. Bajo esta perspectiva, se lidera la gestión de la comunicación desde un enfoque estratégico, con el principio de “unidad de criterios y diversidad xx xxxxxxx de producción”, articulando esfuerzos, gestionando recursos y evaluando los procesos y resultados de los mensajes. La divulgación institucional es un elemento más de la comunicación pública que sirve a los poderes públicos para intercambiar y compartir información de utilidad para la ciudadanía en general. Es a través del mecanismo de la divulgación que se promueve la difusión de las distintas líneas de políticas, proyectos, programas y logros obtenidos, constituyéndose así en un instrumento útil para dar a conocer el desarrollo de la educación colombiana. Lo anterior, se realiza mediante la planificación, organización y ejecución de estrategias de comunicaciones, conceptos creativos, diseños gráficos, producción de piezas de comunicación y campañas publicitarias necesarias para divulgar y promocionar los proyectos de comunicación, tanto de medios masivos o convencionales (ATL) y medios alternativos de comunicación, aunados a la Política “Colombia, la más educada” y a los objetivos del Ministerio de Educación Nacional, que buscan difundir, promover, visibilizar y posicionar en el territorio nacional los diferentes proyectos y programas. A través de piezas de comunicación audio visual, impresas y digitales el Ministerio de Educación Nacional convoca a padres de familia para que matriculen a sus hijos en las diferentes instituciones del país, proceso gratuito que busca que ningún niño se quede sin educación. Por lo anterior y teniendo en cuenta que el Ministerio de Educación Nacional no cuenta con la capacidad de personal, infraestructura y conocimiento, para realizar estrategias de comunicaciones, conceptos creativos, diseños gráficos, producción de piezas de comunicación y campañas publicitarias necesarias para divulgar y promocionar los proyectos de comunicación, tanto de medios masivos o convencionales (ATL) y medios alternativos, sin importar el target o grupo objetivo al cual se desee llegar con el mensaje, de esta forma EL MINISTERIO unificará el uso del manual de imagen de la entidad y con conceptos creativos en las campañas de comunicación. |
CLÁUSULA PRIMERA. OBJETO: | PRESTACIÓN DEL SERVICIO INTEGRAL EN COMUNICACIÓN PARA LA PRODUCCIÓN Y DIVULGACIÓN DE CAMPAÑAS DE COMUNICACIÓN Y MOVILIZACIÓN NECESARIAS PARA EL |
DESARROLLO DE LOS PROYECTOS Y PROGRAMAS DE LA “POLÍTICA EDUCATIVA DE CALIDAD COHERENTE CON LA AGENDA SOCIAL QUE BUSCA UN PAÍS EN PAZ, EQUITATIVO Y EDUCADO (2014-2018)”, Y QUE BUSCAN EL MEJORAMIENTO DE LA CALIDAD DE LA EDUCACIÓN PREESCOLAR, BÁSICA Y MEDIA Y, DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR | |
CLÁUSULA SEGUNDA. OBLIGACIONES: | El Contratista cumplirá con las siguientes obligaciones de conformidad con el anexo técnico ESPECÍFICAS: 1. Documentarse y conocer acerca de los proyectos de la política educativa de EL MINISTERIO y todas sus iniciativas. 2. Documentarse sobre la estrategia de comunicación del MINISTERIO. 3. Ejecutar las estrategias de comunicación masiva que sean necesarias teniendo en cuenta los lineamientos del Comité de Comunicaciones del MINISTERIO. Las estrategias deberán tener como mínimo. a) objetivos y mapa estratégico a partir de audiencias, públicos potenciales, objetivos, mensajes clave y comportamiento deseado b) Propuesta de planes de comunicación de las iniciativas a implementar para cada una de las audiencias. c) Propuesta de plan de medios, que defina los escenarios, conveniencia y oportunidad del momento a través de los cuales se deben implementar los diferentes mensajes. 4. Implementar las estrategias de comunicación masivas para ser desarrolladas, y ejecutadas hasta el 31 de diciembre del 2016 y que contenga como mínimo: a) la producción de las piezas, materiales, elementos promocionales y, en general, los diferentes productos necesarios para la implementación de la estrategia de comunicaciones. b) Realizar la adecuación de los productos comunicacionales existentes actualmente. c) Coordinar, ejecutar y acompañar las actividades contempladas en los diferentes planes que hacen parte de la estrategia de comunicación masiva. d) Asesorar, acompañar y ejecutar tácticas específicas. e) Documentar la experiencia. 5. Presentar los planes de actividades específicas a desarrollar que comprende la estrategia de comunicación definida, incluyendo cronograma y presupuesto para cada uno de ellos. 6. Implementar y realizar el seguimiento y medición de la estrategia de comunicación masiva y sus diversos planes asociados. 7. Prestar a la Oficina de Comunicaciones planes de medios contrastados con los estudios EGM – TGI – IBOPE – ECAR. 8. Prestar apoyo permanente y tener total disposición para informar y orientar a EL MINISTERIO sobre cualquier aspecto de las actividades a realizar. 9. Mantener al equipo de trabajo propuesto durante la vigencia del contrato. 10. Ajustar los aspectos que componen la estrategia de comunicaciones que no sean aceptados por EL MINISTERIO. 11. Entregar al finalizar el contrato un documento con información de toda la ejecución de la estrategia del presente contrato. 12. Asumir dentro de los costos del FEE los valores correspondientes a: video cassetes, cassettes, CDs, DVDs, Memorias USBs, Discos Duros, Másters en otros formatos, etc., cualquiera sea la cantidad con el fin entregar las piezas de comunicación al Ministerio. 13. Cotizar siempre y en cada actividad solicitada con mínimo tres (3) proveedores legalmente constituidos la producción externa para aprobación del Ministerio de Educación. 14. Garantizar y supervisar la calidad del trabajo final o de la producción externa de piezas, materiales como e-card, botones, banners animados e inanimados, backgrounds, generación de código QR, wall papers y, en general, los diferentes productos solicitados por la Oficina Asesora de Comunicaciones. 15. Presentar color keys para impresos (teniendo en cuenta aspectos que puedan variar los colores, como la plastificación) para la aprobación de EL MINISTERIO y, si es requerido por la Supervisión del Contrato, pruebas de impresión; y para materiales audiovisual y de multimedia, deberá presentar versiones preliminares para la aprobación de EL MINISTERIO. Si la propuesta no es aceptada por EL MINISTERIO, EL CONTRATISTA correrá con los costos y/o la gestión para la repetición del trabajo, hasta su entrega previo recibo a satisfacción por parte de la Supervisión. |
16. Responder por la redacción de los textos de todas las piezas, materiales, elementos promocionales, etc., tanto gramática como ortográficamente; en el caso en que se presenten errores por estos conceptos, EL MINISTERIO no pagará los costos incurridos por el trabajo (arte, producción, publicación, impresión, etc.). 17. Efectuar las negociaciones del plan de medios de manera conjunta con EL MINISTERIO. 18. Trasladar todos los descuentos que concedan los medios de comunicación a EL MINISTERIO. 19. Controlar que la pauta correspondiente al plan de medios sea emitida en los diferentes medios, en los horarios, días y espacios ordenados; y entregar los soportes de las publicaciones y/o pauta de la siguiente manera: (a) pauta radial: una certificación radial del medio; (b) publicación en prensa y revistas: tres ejemplares por cada publicación; pauta en televisión: certificación de pauta IBOPE; pauta en exteriores: certificación del medio y fotos. 20. Realizar en las campañas de comunicación en las que sea necesaria y coordinación de la Oficina Asesora de Comunicaciones de EL MINISTERIO actividades de promoción masivas que impacten directamente al público objetivo (BTL). 21. Asistir a las reuniones de seguimiento que se programen con el objeto de efectuar un seguimiento a la ejecución del Contrato, atender solicitudes, resolver inconvenientes y realizar las propuestas necesarias para la buena ejecución del mismo. 22. Garantizar los atributos de orden patrimonial, derivados de los derechos de autor de obras, informes, artículos, guiones o documentos elaborados por EL CONTRATISTA en cumplimiento del contrato, serán de propiedad exclusiva de EL MINISTERIO, correspondiéndole la titularidad sobre los derechos de explotación económica. En relación con tales documentos, obras o creaciones El MINISTERIO actúa como tercero de Buena Fe. Lo anterior de acuerdo con lo previsto en la Ley 23 de 1982 y normas complementarias. 23. Poner a disposición de EL MINISTERIO la infraestructura física, tecnológica, organizacional y su capacidad de gestión para la correcta ejecución de las actividades que permitan desarrollar adecuadamente el objeto del contrato. 24. Presentar a EL MINISTERIO a la terminación del contrato, un Informe final sobre la ejecución física y financiera que incluya recomendaciones sobre las mejores prácticas a realizar en los procesos de los cuales tuvo conocimiento en la ejecución contractual. 25. Suministrar y mantener durante la ejecución del contrato y hasta la liquidación del mismo el personal ofrecido en la propuesta técnica. En caso de requerirse el cambio de alguno de los integrantes del equipo de trabajo por fuerza mayor o caso fortuito, el contratista deberá presentar a EL MINISTERIO la hoja de vida de otro profesional que tenga por lo menos los mismos años de experiencia relacionada y nivel de formación académica que el del profesional sujeto de cambio. 26. Suscribir las actas de: iniciación, seguimiento, de evento, recibo a satisfacción, terminación, liquidación y cualquier otra acta que resulte con ocasión y ejecución del contrato. GENERALES: 1. Asumir la responsabilidad de todas las actividades relativas a la ejecución de las obligaciones establecidas en este contrato. 2. Participar y apoyar al Ministerio de Educación Nacional, en todas las reuniones a las que éste lo convoque y tengan relación con la ejecución del contrato. 3. Disponer de los medios necesarios para el mantenimiento, cuidado y custodia de a documentación e información objeto del presente contrato. 4. Entregar al Ministerio de Educación Nacional, toda la información y los documentos recopilados en desarrollo de la ejecución del presente contrato debidamente escaneados y al finalizar el plazo del mismo. Lo anterior, de conformidad con las normas y disposiciones vigentes en el Ministerio de Educación Nacional. 5. Colaborar con el Ministerio de Educación Nacional en el suministro y respuesta a los requerimientos efectuados por los organismos de control, en relación con la ejecución, desarrollo o implementación del presente contrato. |
6. Mantener la confidencialidad de la información y documentación de la cual tenga conocimiento en el desarrollo del objeto contractual. 7. Utilizar la imagen del Ministerio de Educación Nacional de acuerdo con los lineamientos establecidos por éste. Salvo autorización expresa y escrita de las partes, ningún funcionario podrá utilizar el nombre, emblema o sello oficial de la otra parte para fines publicitarios o de cualquier otra índole. 8. Realizar los aportes al SGSS (salud, pensión y riesgos laborales y laborales) y parafiscales (SENA, ICBF y Cajas de Compensación Familiar), de acuerdo con la normatividad vigente y aportando los soportes de pago en forma mensual y respecto del personal a su cargo. | |
CLÁUSULA TERCERA. OBLIGACIONES DEL MINISTERIO: | 1. Xxxxxxx la información y directrices al Contratista, en relación con las acciones a ejecutar y proveer la información a su alcance que se requiera para la ejecución del contrato. 2. Designar al supervisor del contrato. 3. Realizar a través del supervisor del contrato los requerimientos necesarios para el cumplimiento de las obligaciones pactadas. 4. Efectuar los pagos de acuerdo a lo establecido en el Ministerio de Educación Nacional. 5. Las demas para el cabal cumplimiento del objeto contractual. |
CLÁUSULA CUARTA. AUTONOMÍA ADMINISTRATIVA Y AUSENCIA DE RELACIÓN LABORAL: | Si para la ejecución del objeto del contrato fuera necesario celebrar algún tipo de vinculación laboral de personal por parte de la CONTRATISTA, no se entenderá vinculado laboralmente al MINISTERIO. EL CONTRATISTA obrará con plena autonomía administrativa y no existirá entre el personal contratado por el CONTRATISTA y el Ministerio de Educación Nacional relación laboral alguna. |
CLÁUSULA QUINTA. PLAZO: | Plazo para la ejecución del contrato: contados a partir de la firma del acta de inicio, Será desde la suscripción del acta de inicio, hasta el 31 de diciembre de 2016. |
CLÁUSULA SEXTA. VALOR: | Para todos los efectos, el valor del presente contrato asciende a la suma de XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX ($XXXXXXXXoo) Incluido IVA. |
CLÁUSULA SEPTIMA. DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL: | El valor del contrato se cancelará con cargo a los CDP , Unidad Ejecutora 220101 Ministerio de Educación Nacional MEN G. GENERAL, Posición Catalogo de Gasto XXXXX Situación CSF por valor de oo, expedido por el coordinador de presupuesto del Ministerio de Educación Nacional, de los cuales se destinará la suma $ oo y las vigencias futuras XXXXXXXXXX |
CLÁUSULA OCTAVA. FORMA DE PAGO.- | El valor destinado a esta contratación se cancelará de la siguiente forma: FEE PERSONAL El MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL determino el valor del FEE Personal tomando como base los precios históricos del contrato N° 895 de 2015 al cual se le efectuó el respectivo ajuste a partir de proyección de precios tomando como tasa el IPC con el que cerró el 2015 el cual fue de 6.7% (Fuente Banco De La República) CUADRO RESUMEN BOLSA DISTRIBUCION DE SERVICIOS: Los valores asignados a los servicios que se distribuirán en la bolsa de servicios fueron determinados del porcentaje de ejecución del contrato N° 895 de 2015 y las necesidades que cubrió la Oficina Asesora de Comunicaciones frente a estrategias de comunicación dirigidas a la producción y divulgación de campañas de comunicación y movilización necesarias para el desarrollo de los proyectos y programas de la política “Educación de Calidad el Camino para la Prosperidad” del Ministerio de Educación Nacional. NOTA: los valores de producción y de divulgación en medios pueden reajustarse según las |
FEE PERSONAL | ||||
DESCRIPCION | CANTIDAD | VR UNITARIO | PLAZO DE EJECUCION | VR TOTAL |
Director de cuenta | 1 | $5.291.253 | 8,5 MESES | $ 44.975.650,50 |
Ejecutivo exclusivo para el Ministerio de Educación Nacional | 1 | $4.734.279 | 8,5 MESES | $ 40.241.371,50 |
TOTAL FEE PERSONAL | $85.217.022 |
BOLSA DE SERVICIOS | |
Producción de piezas de comunicación | $ 2.324.328.796,00 |
Divulgación de piezas de comunicación en medios masivos de comunicación | $ 2.069.780.175,00 |
necesidades y lineamientos del Comité de Comunicaciones del Ministerio. SE ANEXA ANÁLISIS DEL VALOR DEL PRESUPUESTO EN ARCHIVO EXCEL DETALLADO. | |
CLÁUSULA NOVENA. SUPERVISIÓN: | |
En atención a las obligaciones y cuantía del contrato, el contratista deberá constituir a favor del Ministerio de Educación Nacional, dentro de los tres (3) días siguientes al perfeccionamiento del contrato, Garantía Única de Cumplimiento, en una compañía de seguros o en una entidad bancaria debidamente reconocida por la Superintendencia Financiera, que ampare los siguientes riesgos, de conformidad con lo establecido en el Decreto 1082 de 2015 así: | |
AMPARO SUFICIENCIA VIGENCIA | |
Con una vigencia igual al plazo CUMPLIMIENTO DEL Por una cuantía de ejecución y seis (6) meses CONTRATO equivalente al 20% del más, contados a partir del valor del contrato. perfeccionamiento hasta la liquidación del mismo. | |
PAGO DE SALARIOS Y Con una vigencia igual al plazo PRESTACIONES SOCIALES Por una cuantía de ejecución y tres (3) años más, LEGALES E equivalente a 15% del contados a partir del INDEMNIZACIONES valor del contrato. perfeccionamiento. LABORALES | |
Por una cuantía Con vigencia de seis (6) meses CALIDAD DEL SERVICIO equivalente al treinta por contados a partir de la ciento (30%) del valor terminación del contrato. del contrato. | |
La vigencia de la garantía deberá ser por todo el plazo de ejecución del contrato. | |
RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL. Por una cuantía equivalente al 5% del valor del contrato, con vigencia por todo el plazo de ejecución. | |
En adición a la cobertura básica de predios, labores y operaciones, los amparos adicionales de: | |
CLAÚSULA DECIMA. GARANTÍAS. | • Cobertura expresa de los perjuicios por daño emergente y lucro cesante. • Cobertura expresa de perjuicios extrapatrimoniales. • Xxxxxxxxx expresa de la responsabilidad surgida por actos de contratistas y subcontratistas, salvo en el evento en que el subcontratista tenga su propio seguro de responsabilidad extracontractual, con los mismos amparos aquí requeridos. • Cobertura expresa xx xxxxxx patronal. • Cobertura expresa de vehículos propios y no propios. |
En caso de pactarse deducibles, el tope máximo será xxx xxxx por ciento (10%) del valor de cada pérdida sin que en ningún caso puedan ser superiores a dos mil salarios mínimos legales mensuales vigentes (2.000 SMLMV). Las franquicias, coaseguros obligatorios y demás formas de estipulación que conlleven xxxxxxxx de parte de la pérdida por la entidad asegurada no serán admisibles. | |
El monto de la garantía se deberá restablecer por parte del contratista con ocasión de las reclamaciones efectuadas por EL MINISTERIO. Dentro de los términos estipulados en este Contrato la garantía no podrá ser cancelada sin la autorización de EL MINISTERIO. | |
El Contratista debe mantener vigente la garantía única y ajustarla siempre que se produzca alguna modificación en el plazo y/o valor del contrato o en el evento en que se produzca la suspensión temporal del mismo. Igualmente el contratista deberá notificar a la compañía aseguradora de cualquier modificación del contrato, así esta no conlleve cambio del plazo o el valor del mismo y deberá allegar el certificado de notificación de la modificación a la entidad como constancia de realización de la misma. | |
La garantía única de cumplimiento expedida a favor de EL MINISTERIO no podrá expirar por falta de pago de la prima ni puede ser revocada unilateralmente. | |
CLÁUSULA DECIMA PRIMERA. DE LA CESIÓN DEL CONTRATO: | El contrato no podrá ser cedido a ningún título por el CONTRATISTA sin la autorización expresa y escrita de EL MINISTERIO. |
CLÁUSULA DÉCIMA | De conformidad con los artículos 14, numeral 2, 15,16 y 17 de la ley 80 de 1993, el presente contrato |
SEGUNDA. INTERPRETACIÓN, MODIFICACIÓN Y TERMINACIÓN UNILATERALES POR PARTE DEL MINISTERIO Y SOMETIMIENTO A LAS LEYES NACIONALES: | se rige por los principios de interpretación, modificación y terminación unilaterales y de sometimiento a las leyes nacionales de que traten las precitadas normas. |
CLÁUSULA DÉCIMA TERCERA. INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES: | Para los efectos de los artículos 8° y 9° de la Ley 80 de 1993 y de la ley 1474 de 2011, EL CONTRATISTA teniendo conocimiento de las inhabilidades e incompatibilidades para contratar de que tratan las disposiciones legales citadas y de las responsabilidades legales de que tratan los artículos 26, numeral 7°, 44 y 52 de la misma norma, declaran por el presente documento, bajo la gravedad de juramento no encontrarse incursos en ninguna de tales inhabilidades e incompatibilidades, el que se entiende surtido con la suscripción del presente contrato. |
CLÁUSULA DÉCIMA CUARTA.CONTROL A LA EVASIÓN DE LOS RECURSOS PARAFISCALES: | EL CONTRATISTA manifiesta bajo la gravedad del juramento que cumplirá con sus obligaciones a los sistemas de seguridad social en salud, riesgos profesionales y pensiones, así como los parafiscales, a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje, cuando a ello haya lugar y en caso de incumplimiento, será responsable de las consecuencias y sanciones xx xxx. |
CLÁUSULA DÉCIMA QUINTA.INDEMNIDAD DEL MINISTERIO: | EL CONTRATISTA mantendrá indemne a EL MINISTERIO contra todo reclamo, demanda, acción legal, y costos que puedan causarse o surgir por daños o lesiones a personas o propiedades de terceros, que se ocasionen durante la ejecución del objeto de este contrato. En caso de que se instaure demanda o acción legal alguna, o se formule reclamo contra EL MINISTERIO, por asuntos, que según el contrato sean de responsabilidad de EL CONTRATISTA, EL MINISTERIO, se lo comunicará lo más pronto posible para que por su cuenta adopte oportunamente las medidas pertinentes previstas por la ley para mantener indemne al MINISTERIO y adelante los trámites para llegar a un arreglo del conflicto. Si en cualquiera de los eventos previstos en esta cláusula, a EL CONTRATISTA no asume debida y oportunamente la defensa de los intereses de EL MINISTERIO, éste podrá hacerlo directamente, previa notificación escrita a EL CONTRATISTA y ésta última pagará todos los gastos en que EL MINISTERIO incurra por tal motivo. |
CLÁUSULA DÉCIMA SEXTA CONFIDENCIALIDAD: | Las partes se obligan a guardar estricta confidencialidad sobre toda la información confidencial debidamente identificada como tal por la parte originadora y conocida en virtud del desarrollo y ejecución del presente Contrato, así como la información que la parte receptora debe entender y saber que es confidencial por su naturaleza y sensibilidad para la parte dueña de dicha información. Esta obligación de confidencialidad, se aplicará para todos los casos, salvo que la información confidencial sea requerida por autoridad competente, caso en el cual, deberán dar aviso de tal hecho a la parte originadora, dentro de los dos (2) días siguientes a la fecha en que le sea notificada la orden, o sea conocida la solicitud. Igualmente, el deber de confidencialidad se tendrá como levantado cuando dicha información sea poseída por la otra parte con anterioridad a este Contrato, por un medio legal o cuando sea públicamente accesible por un medio legal o cuando sea hecha pública por su dueño o poseedor legal. Asimismo, las partes se comprometen a exigir a todo tercero que por medio de cualquiera de las partes tenga acceso a esta Información, la misma reserva a que se refiere esta cláusula y tomarán las medidas de control y precauciones necesarias para asegurar el cumplimiento de la misma. Parágrafo.- La presente cláusula de confidencialidad se mantendrá vigente mientras la información catalogada como tal conserve el carácter de confidencialidad, o bien durante 2 años, luego de que dicha información fuera compartida con las otras partes; cualquiera de los dos que ocurra de último. En todo caso, estará sujeta a la reglamentación sobre información confidencial de los artículos 260 a 266 de la Decisión 486 de la Comisión del Acuerdo xx Xxxxxxxxx. |
CLÁUSULA DÉCIMA SEPTIMA. MULTAS: | En caso xx xxxx o incumplimiento parcial de las obligaciones para la ejecución del contrato a cargo de EL CONTRATISTA se impondrán multas sucesivas por un valor equivalente al 0.5% del valor del contrato, por cada hasta por la suma equivalente el 15% del valor del contrato. Para la aplicación de las multas una vez establecido por el Interventor el incumplimiento a las obligaciones del contrato solicitará al contratista las explicaciones y documentos que permitan evaluar su responsabilidad dentro de un término que corresponda con las características de la obligación incumplida. Una vez evaluada la respuesta de EL CONTRATISTA el supervisor procederá a dar traslado a EL MINISTERIO de la documentación consolidada sobre el asunto acompañada de su concepto EL MINISTERIO analizará la situación y tomará una determinación sobre la acción a seguir la cual comunicará al supervisor Las anteriores multas no limitan o anulan las sanciones por incumplimiento descritas en el contrato, las indemnizaciones legales a que haya lugar y la ejecución de las pólizas de cumplimiento establecidas La aplicación de las multas se hará mediante acto administrativo debidamente motivado expedido por EL MINISTERIO en la cual se expresaran las causas que dieron lugar a ellas. El pago de dichas multas no exonerará al contratista de las demás responsabilidades u obligaciones que emanen del contrato incluyendo lo que no cubran las pólizas de seguros expedidas como consecuencia del perfeccionamiento del contrato. |
En el evento que EL CONTRATISTA no constituya las pólizas o no pague los derechos de publicación en XXX o entregue la totalidad de los documentos requeridos para la suscripción el cata de inicio, dentro del término señalado en el presente contrato o en los pliegos de condiciones de la Selección Abreviada de Menor Cuantía SA-MEN-21-13, se le impondrá multas sucesivas hasta el 0,5% diario hasta que dé cumplimiento a la obligación. | |
CLÁUSULA DÉCIMA OCTAVA. PENAL PECUNIARIA: | En caso de incumplimiento de las obligaciones contraídas por EL CONTRATISTA que impidan la terminación del contrato o conduzcan a la declaratoria de caducidad del contrato EL CONTRATISTA pagará a EL MINISTERIO una suma equivalente al veinte (20%) del valor del Contrato como sanción penal Pecuniaria valor que se hará efectivo sin perjuicio de la imposición de multas y declaratoria de caducidad del contrato La sanción penal pecuniaria se impondrá mediante resolución motivada el valor de la cláusula penal pecuniaria y de las multas se tomará o descontará de la garantía de cumplimiento y si esto no fuere posible se cobrará por jurisdicción coactiva. |
CLÁUSULA DECIMA NOVENA. CADUCIDAD: | En caso de que se presente algún hecho constitutivo de incumplimiento por parte DEL CONTRATISTA que afecte de manera grave y directa la ejecución del contrato. El Ministerio de Educación Nacional, mediante acto administrativo debidamente motivado, dará por terminado el presente contrato, sin perjuicio de las acciones penales y civiles a que hubiere lugar. |
CLÁUSULA VIGESIMA - SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS CONTRACTUALES: | Las partes en aras de solucionar en forma ágil, rápida y directa las diferencias y discrepancias surgidas de la ejecución del presente contrato, acudirán a los mecanismos de solución previstos en la Ley, tales como la conciliación, amigable composición y transacción. |
CLÁUSULA VIGÉCIMA PRIMERA. LIQUIDACIÓN: | El presente contrato se liquidará de conformidad con lo dispuesto en el artículo 60 de la Ley 80 de 1993 en concordancia con el artículo 11 de la Ley 1150 de 2007, dentro de los seis (6) meses siguientes a la terminación de su plazo. La liquidación se fundamentará en el informe final de gestión y certificado de cumplimiento del objeto del presente contrato suscritas por el interventor. |
CLÁUSULA VIGÉSIMA SEGUNDA. LUGAR DE DESARROLLO DEL CONTRATO: | El contrato se ejecutará en el Ministerio de Educación Nacional para su sede central, las oficinas donde se encuentra el C.N.A (Consejo Nacional de Acreditación), y el equipo del proyecto de modernización de secretarías de educación en la ciudad de Bogotá D.C |
CLÁUSULA VIGÉSIMA TERCERA.- NOTIFICACIONES | Para el Ministerio de Educación Nacional.- Calle 43-57-14 Para el CONTRATISTA.- |
CLÁUSULA VIGÉSIMA CUARTA. PERFECCIONAMIENTO Y EJECUCION.- | Este contrato requiere para su perfeccionamiento de las firmas de las partes. Para su ejecución del correspondiente registro presupuestal, de la aprobación de la garantía única por parte de EL MINISTERIO y de la verificación del cumplimiento de las obligaciones parafiscales por parte de EL CONTRATISTA, incluidos sus obligaciones de seguridad social. |
CLÁUSULA VIGÉSIMA QUINTA. LEGALIZACION: | Como requisito de legalización se requiere por parte del CONTRATISTA, y dentro de los 5 días siguientes al cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento y ejecución, publicación en el Diario Único de Contratación, obligación que se entiende cumplida con la presentación del recibo de pago por dicho concepto. |
En constancia se suscribe a los