REUNIDOS
CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA FUNDACIÓN MAPFRE GUANARTEME Y LA SOCIEDAD DE PROMOCIÓN ECONÓMICA DE GRAN CANARIA, S.A.U. PARA EL DESARROLLO DEL PROGRAMA: LANZA TU EMPRESA EN GRAN CANARIA
En Las Palmas de Gran Canaria, a la fecha de la firma electrónica.
REUNIDOS
De una parte, Xxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxx, con domicilio a estos efectos en la xxxxx Xxxx xx Xxxxxxx, xxxxxx 00, xx Xxx Xxxxxx xx Xxxx Xxxxxxx.
De otra parte, Xxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx, con domicilio a estos efectos en la Xxxxxxx xx xx Xxxxx xxxxxx 0, X.X. 35012 de Las Palmas de Gran Canaria
INTERVENCIÓN Y CAPACIDAD
Xxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxx, actúa en nombre y representación de la Fundación MAPFRE Guanarteme, en calidad de Directora, con domicilio a estos efectos en la xxxxx Xxxx xx Xxxxxxx, xxxxxx 00, X.X. 35001 de Las Palmas de Gran Canaria, inscrita en el Registro de Fundaciones de Canarias, con fecha 9 de febrero de 1998 y CIF: X‐00000000, facultada para este acto en virtud de escritura de poder otorgada el seis xx xxxxxx de 2008, ante el notario del colegio de las islas Canaria Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx, con el número 2788 de protocolo e inscrito en el Protectorado de Fundación es Canarias. Actúa ejecutando el acuerdo del Patronato de la citada fundación, de fecha 3 de diciembre de 2019.
Xxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx actúa en nombre y representación de la Sociedad de Promoción Económica de Gran Canaria, S.A., de carácter unipersonal, (en adelante SPEGC), provista de CIF X‐00000000 y domiciliada en esta Ciudad, en Xxxxxxx xx xx Xxxxx xxxxxx 0, en su calidad de Director‐Gerente de la citada entidad mercantil según los poderes otorgados por el Consejo de Administración de fecha 3 xx xxxxxx de 2015, elevados a público mediante escritura otorgada ante el Notario de Las Palmas de Gran Canaria Xxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxx el día 21 de diciembre de 2015 con el número 2.597 de orden de protocolo, e inscrita en el tomo 2020, folio 109, Hoja GC‐18308, inscripción 39 del Registro Mercantil de Las Palmas.
Las partes se reconocen recíprocamente la capacidad legal y poder suficiente para celebrar este acto, y en su virtud,
EXPONEN
1. La Fundación MAPFRE Guanarteme es una entidad privada sin ánimo de lucro y que goza de personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar, constituida al amparo de la Ley 2/1998, de 6 xx xxxxx, de Fundaciones Canarias, siendo su objetivo fundacional el desarrollo cultural y social de la Comunidad Canaria.
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Que conforme a los fines fundacionales del apartado anterior la FUNDACIÓN MAPFRE GUANARTEME ha incluido en su Plan de Actuación aprobado por su Patronato para el presente año, la realización de distintas acciones formativas de especialización y capacitación profesional con el objetivo de contribuir a generar empleabilidad de los jóvenes de la Comunidad Canaria.
2. La SPEGC es una entidad mercantil participada totalmente por el Cabildo de Gran Canaria, adscrita en la actualidad a la Consejería de Desarrollo Económico, Soberanía Energética, Clima y Conocimiento xxx Xxxxxxx Insular de Gran Canaria, cuyo objeto social, entre otros, se centra en promocionar y fomentar los mecanismos, así como realizar las actividades, que contribuyan al desarrollo y expansión de la isla de Gran Canaria y/o de sus empresas, pudiendo a tales efectos realizar toda clase de actividades.
Dentro de las líneas que desarrolla la SPEGC, se encuentra el desarrollo de acciones formativas especializadas dirigidas tanto al fomento del empleo como al emprendimiento en la isla de Gran Canaria y las acciones de emprendimiento con servicio de asesoramiento a emprendedores y a empresas.
Que es deseo de ambas partes establecer una estrecha colaboración al objeto de impulsar el cumplimiento de actividades coincidentes que tienen encomendadas, en la certeza de que tal colaboración, al permitir un mejor aprovechamiento de los recursos disponibles y una mayor eficacia en su gestión, permitirá obtener mejores resultados en los programas y acciones a emprender, que redundará en beneficio de las dos instituciones y, en definitiva, de la promoción y formación xxx xxxxxxx local a través de un programa formativo de excelencia, exclusivo y abierto.
ANTECEDENTES
Ante la imposibilidad de llevar a cabo la colaboración suscrita el pasado 2 de octubre de 2019 entre la Fundación MAPFRE Guanarteme, y Sociedad de Promoción Económica de Gran Canaria, S.A., de carácter unipersonal, donde las partes se comprometían promocionar, organizar y desarrollar el programa “Leaders Programme” (CNYLP) a desarrollar conjuntamente con la escuela de negocios LSE Custom Programmes, de forma independiente y/o en colaboración con otras entidades miembros del grupo London School of Economics, y otras entidades privadas canarias, debido a la alerta sanitaria declarada con motivo de la COVID 19.
Las partes manifiestan su voluntad de formalizar el presente convenio de colaboración que viene a sustituir al anteriormente mencionado de acuerdo a las siguientes:
ESTIPULACIONES
PRIMERA. ‐ Objeto. ‐ El presente Convenio de Colaboración tiene por objeto regular la colaboración entre la Fundación MAPFRE Guanarteme, y Sociedad de Promoción Económica de Gran Canaria, S.A., de carácter unipersonal, para la promoción, organización y desarrollo del programa “Lanza tu empresa en Gran Canaria” que será desarrollado dentro del Proyecto Talento Gran Canaria.
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En el Anexo II se recogen las propuestas de contenido de las acciones a desarrollar que podrán modificarse previo acuerdo de las partes una vez se analicen las solicitudes presentadas al programa.
Las partes de común acuerdo podrán modificar las acciones formativas anteriores en el caso de que no fuera posible su celebración. El citado acuerdo de modificación se recogerá por escrito y firmado por las partes.
SEGUNDA. ‐ Compromisos. ‐ Las partes asumen los siguientes compromisos: Programa: “LANZA TU EMPRESA EN GRAN CANARIA”
Las partes comparecientes serán las organizadoras del mencionado programa y acordarán la
forma de asumir las tareas y gastos asociados a esta actividad.
Fundación MAPFRE Guanarteme se compromete a financiar un premio que se otorgará al final del programa en los términos estipulados en la cláusula siguiente.
La SPEGC colaborará con la Fundación MAPFRE Guanarteme en la organización de la actividad y en la difusión y captación de los proyectos que formarán parte del programa, así como al desarrollo y ejecución del mismo.
TERCERA. ‐ Aportaciones. ‐ Las aportaciones a realizar por las partes serán las siguientes:
a) Fundación MAPFRE Guanarteme
La Fundación MAPFRE Guanarteme desembolsará en este programa un importe máximo de
CINCUENTA Y CINCO MIL EUROS (55.000 €) que se destinará a los siguientes conceptos:
• Quince mil euros (15.000 €) en concepto de un premio al ganador del programa entregado al equipo ganador
• Cuarenta mil euros (40.000 €) en concepto de gestión y gastos del programa que serán entregados a la SPEGC para cubrir los siguientes gastos:
o Formación
o Consultores especializados
o Viajes de los participantes en el día de la entrega de los premios.
El importe aportado por la Fundación MAPFRE Guanarteme lo será como cantidad máxima, de forma que cualquier gasto o impuesto, de cualquier naturaleza, a que este convenio pudiera dar lugar, lo será con cargo a dicha cantidad sin que la citada Fundación venga obligada a abonar ninguna otra cantidad en ningún concepto.
La aportación que efectúa la Fundación Mapfre GUANARTEME se entenderá como recursos procedentes de sus presupuestos y para el cumplimiento de los fines de ésta.
b) La SPEGC
Para el desarrollo de las acciones objeto del presente documento la SPEGC se compromete a prestar el apoyo organizativo para el desarrollo de la actividad.
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CUARTA. ‐ Información. ‐ Las partes se comprometen a informarse periódicamente sobre la ejecución de las acciones señaladas objeto del presente convenio.
A la finalización del programa, se dispondrá de una memoria, elaborada conjuntamente por las dos entidades que incluirá, entre otros aspectos el número de participantes, la justificación económica y destino de los fondos recibidos. La justificación documental se efectuará, con carácter general, mediante las facturas, recibís o cualquier otra documentación que las partes consideren suficiente, para acreditar los gastos asumidos en el desarrollo de las citadas acciones.
Para recibir los informes, Fundación MAPFRE Guanarteme designa a Xxxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx (xxxxxxx@xxxxxx.xxx) y la SPEGC designa a Xxx Xxxxxx Xxxx Xxxxxxxxxx (xxxxxxx@xxxxx.xxx) como personas destinatarias de toda la información relativa a la ejecución de las actuaciones.
El cumplimiento de las condiciones señaladas en el presente documento y el destino de los fondos desembolsados, podrán ser comprobados por las partes mediante un seguimiento periódico de las actividades y/o la realización de visitas en los lugares donde se realicen las mismas.
QUINTA. ‐ Duración y extinción. ‐ El presente documento entrará en vigor el día de su firma y finalizará el 30 xx xxxxx de 2021. No obstante, lo anterior, las partes de común acuerdo podrán prorrogar el mismo por plazo máximo de seis meses adicionales, formalizando el citado pacto por escrito.
El presente convenio podrá extinguirse por las siguientes causas:
• Cumplimiento del objeto.
• Cumplimiento del plazo de vigencia.
• Imposibilidad sobrevenida para su cumplimiento.
• Acuerdo de las partes firmantes.
• Incumplimiento de las obligaciones de una de las partes, comunicado de forma motivada por escrito con treinta días de antelación, con omisión de subsanación.
• Denuncia de una de las partes.
En cualquier supuesto de resolución anticipada, las partes se comprometen a finalizar las actividades en ejecución.
El presente documento que se constituye no supondrá para las partes obligaciones de ningún tipo, presentes o futuras, limitándose exclusivamente a las actuaciones prevista y a la cuantía fijada en las presentes cláusulas.
SEXTA. ‐ Difusión y publicidad. ‐ El presente convenio no es exclusivo ni excluyente, pudiendo las partes celebrar acuerdos semejantes con otras entidades.
Las partes podrán exponer en todos los elementos de publicidad y documentación institucional que consideren oportunos que son entidades colaboradoras que participan en el desarrollo de las actividades señaladas.
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Las partes velarán por que se haga constar la participación de las partes en los documentos de difusión de las acciones llevadas a cabo y en las memorias e informes relacionados con el objeto del presente convenio y solicitará autorización en su caso para que las partes hagan uso de la imagen de las acciones llevadas a cabo.
Todos los gastos derivados de cualquier actuación de difusión o de comunicación en relación con el proyecto serán dé cuenta de quien la encargue.
SÉPTIMA. ‐ Personal. ‐ El personal de cada entidad que participe en el desarrollo de las actividades amparadas en este convenio, en ningún caso tendrá ni generará ningún tipo de relación laboral con la otra entidad firmante del mismo.
OCTAVA. ‐ Responsabilidad y Representación. ‐ Con la firma del presente convenio las partes adquieren el compromiso de colaboración mutua para el desarrollo del programa recogido en el mismo.
Ambas partes, manifiestan expresamente, que la formalización de este convenio de colaboración no genera ningún vínculo de representación, dependencia o subordinación entre ellas, por lo que ninguna entidad podrá representar a la otra en el cumplimiento de las obligaciones legales o contractuales, ni en la xxxxxxxx de responsabilidad o compromisos.
Por tanto, la formalización del presente documento no implica la existencia de asociación o creación de ningún tipo de entidad conjunta de colaboración, de tal forma que ninguna de las partes podrá obligar y vincular a la otra en virtud de este documento y permanecerán independientes entre sí, sin que medie relación alguna de representación o agencia.
La relación entre las partes derivada del presente convenio y de los proyectos, programas y/u otras formas de colaboración que se acuerden a su amparo, es una relación entre entidades independientes. Las partes reconocen que el presente convenio no crea ningún tipo de relación laboral, societaria, de agencia o franquicia, de hecho, o de derecho, entre las partes, no pudiendo ninguna de las mismas actuar o presentarse ante terceros como si tal fuera el caso.
Nada de lo dispuesto en este documento podrá interpretarse como una obligación entre las partes de compartir las pérdidas o beneficios que puedan derivarse del desarrollo del mismo ni de las actividades de una de ellas, por lo que cada parte asumirá los costes, riesgos y obligaciones que puedan derivarse del desarrollo del presente documento para cada una de ellas, bajo ninguna circunstancia serán responsables las partes entre sí por daños indirectos o lucro cesante.
NOVENA. ‐ Protección de Datos de Carácter Personal. ‐ De acuerdo con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (en adelante, pudiendo denominarse “LOPDGDD”), si cualquiera de las entidades accede a datos de carácter personal contenidos en ficheros titularidad de la otra entidad, para prestarle un servicio en el marco de la ejecución del presente Convenio, adquiere la condición de encargado del tratamiento y se compromete a:
• no utilizar ni tratar datos de carácter personal con finalidad distinta a la ejecución del convenio, no comunicar los datos bajo ningún concepto a terceras personas, ni siquiera para
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su conservación, y, en especial, no reproducir, ni publicar, ni difundir ninguna información acerca de los datos.
• garantizar el cumplimiento de las medidas de seguridad establecidas, así como su correcta implementación.
• al término de la relación, por cualquier causa, los datos de carácter personal a los que hubiera tenido acceso cualesquiera de las entidades deben ser destruidos o devueltos a la entidad de origen, incluyendo cualquier soporte o documento.
• suscribir las cláusulas correspondientes a un encargo de tratamiento, conforme a lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 xx xxxxx de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de sus datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (en adelante, pudiendo denominarse “RGPD”), en la LOPDGDD y en el documento de “Directrices para la elaboración de contratos entre responsables y encargados del tratamiento” publicado por la Agencia Española de Protección de Datos.
El incumplimiento de estas obligaciones hace responder a cualquiera de las entidades de las infracciones que cometa como si ocupara la posición de responsable del tratamiento.
Cualquiera de las entidades responde frente a la otra del cumplimiento de estas obligaciones por las personas pertenecientes a su entidad que participen de cualquier modo en la ejecución del convenio.
Consentimiento y derecho de información de Fundación MAPFRE Guanarteme en cuanto a los datos de los comparecientes. ‐
El representante legal de la SPEGC (en adelante, el interesado) queda informado y consiente mediante la firma del presente documento el tratamiento de los datos personales facilitados en el mismo, así como todos aquéllos suministrados a Fundación MAPFRE Guanarteme a través de cualquier otro medio, incluidas, en su caso, las comunicaciones o las transferencias internacionales de los datos que pudieran realizarse, todo ello para las finalidades detalladas en la Información Adicional de Protección de Datos.
En caso de que los datos facilitados se refieran a terceras personas físicas distintas del interesado, éste garantiza haber recabado y contar con el consentimiento previo de los mismos para la comunicación de sus datos y haberles informado, con carácter previo a su inclusión en el presente documento, de las finalidades del tratamiento, comunicaciones y demás términos previstos en el mismo y en la Información Adicional de Protección de Datos.
El interesado garantiza la exactitud y veracidad de los datos personales facilitados, comprometiéndose a mantenerlos debidamente actualizados y a comunicar a Fundación MAPFRE Guanarteme cualquier variación que se produzca en los mismos.
INFORMACIÓN BÁSICA SOBRE PROTECCIÓN DE DATOS
Responsable: Fundación MAPFRE Guanarteme
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Finalidades: Gestión, desarrollo y cumplimiento del convenio, elaboración de perfiles para el adecuado desarrollo de dicho convenio y el envío de información sobre actividades, proyectos, eventos y/o cursos de Fundación MAPFRE Guanarteme.
Legitimación: Ejecución del convenio.
Destinatarios: Podrán comunicarse datos a terceros y/o realizarse transferencias de datos a terceros países en los términos señalados en la Información Adicional.
Derechos: Puede ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación, oposición y portabilidad, detallados en la Información Adicional de Protección de Datos.
Información Adicional: Puede consultar la Información Adicional de Protección de Datos en xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx/xxxxxxxxxx/xxxxxxxx‐de‐ privacidad/colaboradores.jsp
SPEGC Vd. puede marcar esta casilla en caso de oponerse al tratamiento y comunicación de los datos de carácter personal por Fundación MAPFRE Guanarteme para el envío de información sobre esta entidad.
En todo caso, el consentimiento para el tratamiento de sus datos con dicha finalidad tiene carácter revocable, pudiendo retirar en cualquier momento el consentimiento prestado o ejercitar cualquiera de los derechos mencionados en la forma indicada en la Información Adicional de Protección de Datos.
Consentimiento y derecho de información de la SPEGC en cuanto a los datos de los comparecientes. ‐
En cumplimiento de lo dispuesto en el RGPD, en la LOPDGDD, y en la normativa vigente en protección de datos de carácter personal, los comparecientes consienten al tratamiento de sus datos de carácter personal (incluyendo imágenes) derivados de la relación entre las partes objeto del presente Convenio, así como los de sus representantes, firmantes, empleados, y los facilitados de cualquier otra persona física relacionada con el mismo, consintiendo expresamente al contenido del derecho de información establecido en la presente cláusula. Sus datos de carácter personal pasarán a formar parte del sistema de tratamiento de datos de la SPEGC, informándole de lo siguiente:
o Responsable del tratamiento: SOCIEDAD DE PROMOCIÓN ECONÓMICA DE GRAN CANARIA,
S.A.U. (SPEGC), teléfono de contacto: (x00) 000.000.000, correo electrónico de contacto: xxxx@xxxxx.xxx.
o Finalidad del tratamiento: gestión, desarrollo, ejecución, cumplimiento y mantenimiento de relación con colaboradores y prestación de servicios y circunstancias de/para ello necesarias, incluyendo facturación, cobros, pagos, contabilidad, administración, fiscalidad, impuestos, satisfacer objeto contratos y acuerdos, envío de comunicaciones comerciales electrónicas, actividades de difusión acuerdos. Compruebe que sus datos son auténticos y veraces comunicándonos cualquier modificación a la mayor brevedad, disponiendo de nuestros sistemas de tratamiento actualizados y sin errores en todo momento. Sólo se le solicitarán datos obligatorios y necesarios para cumplir obligaciones legales y circunstancias necesarias y derivadas de su relación, no proporcionarlos podrá implicar no poder llevar a cabo su correcto desarrollo.
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o En caso de que nos facilite datos personales de terceros, se responsabiliza de haber informado y haber obtenido el consentimiento previo y expreso de los titulares de los datos para aportárnoslos con las finalidades dispuestas, notificándoles el contenido de la presente cláusula, sin perjuicio de que se pudiera producir el envío por nuestra parte de notificación al tercero informándole de que se han facilitado sus datos a esta entidad con la finalidad dispuesta, conforme a los datos de contacto facilitados por su parte, en aquellos supuestos legalmente establecidos.
o Base legal para el tratamiento: su relación jurídica como colaborador, su consentimiento, la ejecución del convenio y el cumplimiento de obligaciones legales, fiscales, de protección de datos de carácter personal y cualquier otra aplicable.
o Destinatarios de sus datos: el propio responsable del tratamiento y terceros a los que sea necesaria su comunicación en cumplimiento de obligación legal o ser necesaria o derivada de la existencia de su relación, como los siguientes (con finalidad de ejercicio de sus funciones públicas y objetos sociales, pudiendo ejercitar sus derechos ante los mismos): a) Administración tributaria; b) bancos, cajas de ahorro y cajas rurales; c) Administración pública con competencia en la materia; d) Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y Policía Judicial, en caso de ser requerido; e) Juzgados y Tribunales, en caso de ser requerido o ser necesario para inicio o tramitación de procedimientos; f) entidades aseguradoras; g) notarios y registros públicos; h) Terceros públicos o privados que gestionen programas que cofinancien las actuaciones incluidas. Sus datos se podrán poner en conocimiento de terceros con los que el responsable tenga un contrato de prestación de servicios (encargado de tratamiento) y sea necesario su acceso para prestar servicios necesarios y/o asociados con asesoramiento jurídico, protección de datos, servicios informáticos, gestión, tramitación, desarrollo y mantenimiento de relación y Convenio, repositorio y archivo o cualquier otro contratado. No existe intención de la SPEGC de realizar transferencia de sus datos a un tercer país u organización internacional; no obstante, lo anterior, la SPEGC usa los servicios de Google Ireland Inc., para la comunicación por correo electrónico, empresa igualmente ubicada en Estados Unidos, a lo que expresamente consiente.
o Plazo de conservación de sus datos: coincidirá con la duración de su relación con la SPEGC y el necesario para el cumplimiento de obligaciones legales o en caso de que se precisen para formulación, ejercicio o defensa de reclamaciones relacionadas con su relación o con el tratamiento de sus datos, conservándose en este caso hasta la finalización de plazos de prescripción.
o Derechos en protección de datos: se le informa de la existencia de sus derechos a solicitar a la SPEGC como responsable del tratamiento, el acceso a sus datos personales, llevar a cabo su rectificación o solicitar su supresión, derecho a solicitar la limitación de su tratamiento, a oponerse al mismo, así como el derecho a la portabilidad de datos y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas (incluida la elaboración de perfiles). Se le informa igualmente de su derecho a retirar su consentimiento otorgado en cualquier momento, sin que ello afecte a la licitud del tratamiento basado en el consentimiento previo a su retirada. Podrá ejercitar sus derechos solicitándolo por escrito dirigido a la SPEGC al domicilio mencionado en el presente contrato, o mediante correo electrónico a la dirección indicada, adjuntando copia de su D.N.I. o documento identificativo y de su representación, en su caso. Con objeto de conceder las máximas facilidades para formular sus peticiones, podrá solicitar los formularios de ejercicio de estos derechos que tiene a su disposición. Se le informa de su derecho a presentar una reclamación ante una autoridad de control (Agencia Española de Protección de Datos xxx.xxxx.xx). No se realizan decisiones automatizadas ni
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elaboración de perfiles con sus datos.
DÉCIMA. ‐ Sumisión a fueros. ‐ El presente documento se somete a la ley española, renunciando expresamente a su propio fuero si lo tuvieren, las partes se someten también expresamente, a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de Las Palmas de Gran Canaria para la resolución de cualquier cuestión, discrepancia o disputa que pudiera surgir en cuanto a la interpretación, aplicación, cumplimiento o ejecución de este convenio.
UNDÉCIMA. ‐ Colaboración entre las entidades firmantes. ‐ Las partes suscribientes del presente documento colaborarán en todo momento, de acuerdo con los principios de buena fe y eficacia, para asegurar la correcta ejecución de lo pactado.
Y para que así conste a los efectos oportunos, en prueba de conformidad, las partes firman el presente documento, por duplicado ejemplar y a un solo efecto, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.
Fundación MAPFRE Guanarteme Sociedad de Promoción Económica
p4.p2. 838030R XXXXXX XXXXXX (R:
Firmado digitalmente por 42838030R XXXXXX XXXXXX
de Gran Canaria, S.A.U. p.p.
Fdo.: Xxxxxx Xxxxxx G(ilR: G35134097)
DGire3ct5o1ra34097) Fecha: 2020.10.21
11:30:45 +01'00'
Fdo.: Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx
Director‐Gerente
Antes de firmar este documento, debe leer la información básica sobre protección de datos que se presenta en la cláusula llamada “PRIVACIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS”. Mediante la firma de este documento consiente el tratamiento de sus datos personales en los términos y condiciones incluidos en dicha cláusula
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Anexo I
CONFIDENCIALIDAD:
El contenido del presente convenio de colaboración, así como la información directa o indirectamente proporcionada por las partes con motivo del mismo, es confidencial (en adelante, “información confidencial”).
En consecuencia, ambas partes se comprometen a:
a) mantener la confidencialidad tanto del convenio como de la información confidencial.
b) no divulgar la Información confidencial (ni permitir que cualquier persona divulgue la información confidencial) a ninguna otra persona física o jurídica sin el consentimiento previo y por escrito de la otra parte. En los supuestos en que alguna de las partes venga obligada a su transmisión de conformidad con lo dispuesto en la legislación vigente, las partes se comprometen a informarse previamente de la identidad del solicitante y de la información requerida.
c) no utilizar la información confidencial (ni permitir a ninguna persona física o jurídica usar la información confidencial) para ningún otro fin que no sea el cumplimiento de sus obligaciones o el ejercicio de sus derechos derivados de este convenio.
d) Destruir o devolver a petición de alguna de las partes toda la Información, transferida cualquiera que fuera su soporte y, necesariamente, a la extinción del presente convenio por cualquier causa. No obstante, lo anterior, las partes podrán conservar, debidamente bloqueada, durante el plazo legalmente establecido, la documentación que constituya prueba y soporte de las actividades desarrolladas en cumplimiento del convenio, debiendo ser destruida una vez transcurrido dicho plazo.
Las partes podrán divulgar la información confidencial de la otra parte a cualquiera de sus empleados, subcontratistas, auditores y asesores profesionales o los de las empresas que formen parte su grupo empresarial, en la medida en que sea razonablemente necesaria para los fines del presente convenio, siempre que tomen las medidas que sean necesarias para que cada persona a la que se divulgue la información confidencial sea conocedora de y cumpla con las obligaciones de confidencialidad contenidas en esta cláusula.
La obligación de confidencialidad contenida en el presente documento no es aplicable a aquella información que:
i. sea o pase a ser de dominio público de otra forma que no sea la infracción de esta cláusula;
ii. llegue al conocimiento de una de las partes de forma no confidencial y provenga de una fuente (distinta de los socios, la sociedad o sus asesores) a la que no le esté prohibido, legal o contractualmente, proporcionar dicha información;
iii. esté en posesión de una de las partes o sus asesores con anterioridad a ser suministrada por los socios o la sociedad, siempre que quien transmita o revele la información no tenga prohibido revelarla a dicha parte; o que
iv. deba ser revelada por exigencia legal o resolución de un órgano administrativo, regulatorio o judicial.
Las partes reconocen que el deber de confidencialidad asumido constituye una condición esencial para la ejecución del presente convenio de colaboración, y que se mantendrá incluso una vez finalizado el mismo. En consecuencia, las partes serán responsables de los daños y perjuicios que se ocasionen recíprocamente con motivo del incumplimiento de lo establecido en la presente cláusula de confidencialidad; todo ello sin perjuicio de la responsabilidad contractual por incumplimiento del presente convenio.
LEÍDO Y CONFORME:
Las Palmas de Gran Canaria, a 16 de octubre de 2020.
42838030R Firmado
XXXXXX
digitalmente por
Fdo.: Xxxxxx Xxxxxx Xxx 42838030R
DMirecAtorRa TEL (R: XXXXXX XXXXXX
Fdo.: Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx Director‐Gerente
G3513409 7)
(R: G35134097) Fecha: 2020.10.21
11:31:16 +01'00'
ANEXO II INFORMACIÓN BÁSICA DEL PROGRAMA
DETALLE DEL PROGRAMA
1) Definición del programa
El programa “Lanza tu empresa en Gran Canaria” es un programa de atracción de atracción empresas dirigido a los miembros de la Red Talento Gran Canaria (xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx) , con el objetivo de apoyar a los profesionales que residen fuera de las islas en el impulso de ideas y proyectos empresariales con posibilidad de desarrollo en Gran Canaria.
Cada proyecto tendrá un itinerario de apoyo personalizado que contemplará los siguientes servicios e incentivos:
• Apoyo de tutores de la SPEGC para la orientación y diseño del itinerario personalizado.
• Asesoramiento personalizado de consultores especializados en áreas funcionales claves o críticas y adaptado a las necesidades de cada proyecto.
• Encuentros y contactos con directivos de empresas e inversores locales.
• Asesoramiento y búsqueda de financiación para los proyectos.
• Formación adhoc avanzada en áreas funcionales de los negocios, impartida por líderes o profesionales expertos.
• Acceso a talento local para el desarrollo del proyecto.
• Flexibilidad: adaptación a las necesidades de los participantes.
• Premio al mejor proyecto. Los participantes del programa tendrán acceso a un premio a la mejor iniciativa empresarial valorado en 15.000 euros cuyas condiciones se darán a conocer a lo largo del programa. El premio estará condicionado a que el proyecto se implante en Gran Canaria.
2) Participantes
El programa está pensado para profesionales que actualmente estén desarrollando su actividad profesional o empresarial fuera de las Islas y que quieran desarrollar una iniciativa empresarial en Gran Canaria.
El único requisito es formar parte antes del inicio del programa de la Red Talento Gran Canaria. Los interesados solo deberán presentar su candidatura, a través de un formulario web, en el que deberán describir, de una manera resumida, la idea o proyecto de negocio que pretenden desarrollar en Gran Canaria y el tipo de apoyo que estiman necesario.
El plazo para presentar las solicitudes será hasta el 2 de diciembre del 2020. Una vez finalizado el plazo, se mantendrá una entrevista personal con los equipos para conocer las necesidades individuales y definir el itinerario personalizado.
3) Duración del programa
La duración estimada del Programa será de cinco meses en los que se abordarán las sesiones de tutoría / consultoría y sesiones formativas específicas que se adaptarán a las necesidades de los participantes.
4) Plazos y cronograma
Los plazos y cronograma son los siguientes:
• Plazo para presentar candidaturas: Del 2 de noviembre de 2020 hasta el 2 de diciembre de 2020
• Inicio del programa: 15 de enero del 2021
• Finalización: 15 xx xxxx del 2021.
El programa finalizará con un evento final y otorgamiento de un premio ganador del programa.
42838030R XXXXXX XXXXXX (R: G35134097
)
Firmado digitalmente por 42838030R XXXXXX XXXXXX (R: G35134097) Fecha: 2020.10.21
11:31:37 +01'00'