PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS ADJUDICACIÓN DEL SERVICIO HONDARTZA BIZI
PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS ADJUDICACIÓN DEL SERVICIO HONDARTZA BIZI
PARA LA TEMPORADA COMPRENDIDA XXXXX 0 XX XXXXX XX 0 XX XXXXXXXXXX, POR PROCEDIMIENTO NEGOCIADO SIN PUBLICIDAD.
CLÁSUSULA PRIMERA. Objeto
El presente pliego de Condiciones Técnicas, tiene como objeto establecer las normas y procedimientos de carácter técnico que se han de cumplir para la prestación del programa “Hondartza Bizi” en el municipio de Zierbena.
El objeto del contrato abarca desde la realización del proceso selectivo del personal, hasta la realización de la contratación realizando entre otros, los siguientes servicios:
1 – Difusión y realización del proceso de selección para la contratación de 8 monitores/as a media jornada.
2 - Contratación del personal
3 – Coordinación y seguimiento del programa. 4 – Cumplimiento de la PRL y revisión médica. 5 – Vestuario laboral y EPI´s.
Asimismo constituyen objeto del contrato:
- El fomento y promoción de colectivos con dificultades para el acceso al mercado laboral o que se encuentren en situación de riesgo de exclusión social, aprobada por el Parlamento Xxxxx.
- La conservación del medioambiente según establece la Ley de Contratos del Sector Público y la Directiva Comunitaria 2004/18CE.
El contrato definido tiene la calificación de contrato administrativo de servicios, tal y como establece el artículo 10 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
CLÁUSULA SEGUNDA. Fines y Objetivos.
Será principio básico del contrato potenciar el desarrollo del municipio, favorecer la accesibilidad a personas con movilidad reducida, establecer servicios a los/as usuarios/as que acuden a la playa de La Arena, lograr potenciar el empleo local a través de la contratación temporal de 8 personas desempleadas y mejorar el entorno del municipio de Zierbena.
CLÁUSULA TERCERA. Contenido del contrato.
En el presente apartado se describen los contenidos de la oferta.
PROCESO DE SELECCION.
La empresa adjudicataria deberá realizar la difusión del proceso y realizar el proceso de selección del Programa Hondartza Bizi de acuerdo, entre otros, a los siguientes criterios:
- Desempleo
- Valorar aspectos sociales, necesidad económica, formación, experiencia laboral…
La empresa adjudicataria será la encargada de gestionar la difusión, las solicitudes, establecer las bases, los criterios de selección y el proceso de selección.
La difusión del Programa se realizará, además de los canales que utilice la empresa adjudicataria, a través de la Web municipal, carteles en los tablones de anuncios municipales y SMS.
La empresa adjudicataria podrá apoyarse en el Área de Empleo y Desarrollo Local del Ayuntamiento de Zierbena para aclarar aspectos relativos al proceso de selección.
CONTRATACION
La empresa adjudicataria será la encargada de realizar la contratación de las 8 personas gestionando:
- Las altas y bajas
- Contrato
- TC´s
- Periodo vacacional
- Calendario laboral…
PRL Y VIGILANCIA DE LA SALUD
La empresa adjudicataria será la encargada de cumplir la normativa en materia de PRL y de vigilancia de la salud.
VESTUARIO LABORAL
La empresa adjudicataria será la encargada de dotar de vestuario laboral a las personas contratadas así como de los equipos de protección individual adecuados.
(En el proyecto se deberá especificar la ropa laboral que se entregará a los/as trabajadores)
GESTIÓN DEL PROGRAMA
La gestión del programa se llevará a cabo conjuntamente entre la empresa contratante y el Área de Acción Social del Ayuntamiento de Zierbena.
Se realizarán partes de trabajo y una memoria final del programa que se remitirá al Área de Acción Social del Ayuntamiento de Zierbena.
Cualquier incidencia durante el programa se deberá gestionar con el Área de Acción Social o el Área de Empleo y Desarrollo Local del Ayuntamiento de Zierbena.
FUNCIONES A LLEVAR A CABO POR PARTE DE LAS PERSONAS A CONTRATAR COMO MONITORES/AS
Adecuación diaria de la plataforma y balizado.
Gestión del servicio Hondartza Bizi.
Atención en la plataforma Hondartza Bizi.
Préstamo de muletas.
Acompañamiento con la silla anfibia al baño en el mar.
Utilización de la oruga para los desplazamientos.
Preparación de actividades para las asociaciones y las personas que acuden al servicio (ejercicios, gimnasia...)
Contactar con asociaciones de tercera edad, residencias… para la divulgación del servicio.
Contacto con Bidaideak para gestionar los transportes y visitas de centros que ellos han acordado.
Realización del registro de usuarios atendidos diariamente
Memoria.
Coordinación con la Responsable del Programa.
CLÁUSULA CUARTA. Descripción del programa
- Contratación durante 2 meses y 6 días.
- Contratación de 8 monitores/as
- El servicio permanecerá cerrado los domingos
- Horario - Las personas contratadas trabajarán de lunes a sábado en horario de 10:00 a 19:00. 3 turnos (10:00 a 14:00 / 11:00 a 15:00 / 15:00 a 19:00).
- 20 horas semanales
- Los excesos de horas trabajadas no se retribuirán económicamente (se compensarán con horas de libranza).
- 6 días naturales de vacaciones.
- La empresa contratante entregará el primer día de trabajo el calendario laboral a los trabajadores/as y enviará copia al Ayuntamiento.
- Durante las 2 primeras semanas de contrato se deberán realizar los reconocimientos médicos y la formación en PRL.
CLÁUSULA QUINTA. Duración del contrato
- La duración del contrato objeto del presente pliego, será de 4 meses a contar desde el día siguiente al de la formalización del contrato.
- La duración de la contratación del personal será del 0 xx xxxxx xx 0 xx xxxxxxxxxx.
CLÁUSULA SEXTA. Personal
El adjudicatario dispondrá del personal necesario para la buena ejecución de las labores.
El personal de la empresa adjudicataria en ningún supuesto podrá considerarse en relación laboral, contractual, funcionarial o de naturaleza alguna respecto del Ayuntamiento o cualquiera de sus Sociedades Públicas.
La Empresa adjudicataria se compromete a tener debidamente dado de alta al personal en la Seguridad Social y cumplir todas las obligaciones legales y contractuales respecto del mismo, debiendo acreditarse el pago de las cotizaciones de seguros sociales ante el Ayuntamiento de Zierbena.
El Ayuntamiento de Zierbena, no tendrá relación laboral alguna con dicho personal ni con el que contrate el adjudicatario durante la vigencia del contrato hasta su fin. Este personal dependerá exclusivamente del adjudicatario que deberá cumplir, en su condición de patrono, con las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social, y de prevención de riesgos laborales, sin que en ningún caso resulte para el Ayuntamiento responsabilidad alguna de las obligaciones nacidas entre el
adjudicatario y sus empleados, aun cuando los despidos y medidas que adopten xxxx como consecuencia directa o indirecta del cumplimiento, incumplimiento, rescisión o interpretación del contrato.
Ante el supuesto incumplimiento de lo expresado en la presente cláusula, o suscripción de contratos indefinidos o irresolubles a la extinción de este contrato de servicio, serán de cuenta del adjudicatario las indemnizaciones a las que hubiera lugar por la extinción de los contratos laborales en vigor, respondiendo de este incumplimiento a través de la incautación de la garantía si esta fuera suficiente.
La entidad contratante se mantendrá al margen de las relaciones laborales que celebre el adjudicatario, no procediendo la sucesión empresarial en los contratos celebrados.
Todo el personal deberá estar perfectamente uniformado, con chalecos o prendas reflectantes y que cumplan los niveles de seguridad y salud exigidos en función de los riesgos laborales definidos, e identificado en orden a la seguridad de los servicios, proponiendo los licitadores el sistema de identificación más eficaz.
Los licitadores deberán indicar en sus ofertas los criterios de actuación para los aspectos relacionados con la formación del personal, seguridad e higiene en el trabajo y servicios médicos necesarios.
Durante la vigencia del contrato, el Adjudicatario, siempre que se vaya a producir una variación en la plantilla con la que se realiza el contrato, o siempre que se produzca una variación por necesidades del servicio, está obligado a comunicar tal circunstancia al Ayuntamiento de Zierbena.
CLÁUSULA SÉPTIMA. Condiciones de trabajo
Las tareas a realizar y prestación de servicio deberán consensuarse con el Área de Acción Social del Ayuntamiento de Zierbena. (Trabajadora Social).
El personal del servicio deberá ir debidamente uniformado.
El adjudicatario propondrá la política de personal a seguir y, en particular todos los aspectos relacionados con la formación del personal, seguridad e higiene en el trabajo y servicios médicos necesarios.
El adjudicatario se responsabilizará de la falta de aseo, decoro, uniformidad en el vestuario y de la descortesía o mal trato que el personal observe respecto a los/as usuarios/as.
Todo el personal será sometido a las correspondientes revisiones médicas, sometiéndose la empresa concesionaria a las normas dictadas por las autoridades laborales competentes en esta materia.
El adjudicatario deberá tener debidamente asegurado a todo el personal a su cargo, debiendo realizar los seguros de responsabilidad civil que cubran posibles daños a terceros en la prestación de trabajos contemplados, así como los que provoquen los elementos confiados a su conservación.
CLÁUSULA OCTAVA. Seguridad y Prevención de Riesgos Laborales.
El contratista será responsable del cumplimiento de las medidas de seguridad que sean de aplicación según el tipo de trabajo que se realice.
Deberá disponer de un seguro de responsabilidad civil que cubran los posibles daños que puedan producir a personas o bienes de otras personas, como consecuencia de los trabajos encomendados por el Ayuntamiento.
En todo momento el personal encargado de la prestación del Servicio se ceñirá a la legislación General de Seguridad y Salud en el Trabajo; Normas, Reglamento, Instrucciones Técnicas e Instrucciones Complementarias, etc.
CLÁUSULA NOVENA. Seguimiento y evaluación del Servicio
Los Servicios Técnicos Municipales inspeccionarán en todo momento la forma de presentación de los diferentes servicios, manteniendo canales de comunicación estable y fluida con la empresa adjudicataria, dando cuenta al Adjudicatario de las personas que han de tener relación directa con él.
Las facultades de los Técnicos designados para desempeñar el Servicio de Inspección, serán las siguientes:
a) Controlar que las labores se efectúen oportunamente y en la forma estipulada.
b) Controlar si se cumple, lo estipulado en este Pliego de Condiciones.
c) Vigilar que el vestuario y competencia del personal afecto a la plantilla del Adjudicatario reúne las condiciones apropiadas.
d) Independientemente de la inspección Municipal a que hacen referencia los apartados anteriores, el Adjudicatario mantendrá su propio Servicio de Inspección, de forma que se cumpla taxativamente la perfecta ejecución de los servicios contratados, manteniendo los niveles de calidad que se exigen en cada momento.
El Ayuntamiento de Zierbena tiene facultad para inspeccionar en todo momento los trabajos, que para dar cumplimiento a lo establecido en el presente Pliego, efectuará diariamente la empresa adjudicataria, quien por su parte, está obligada a dar toda clase de facilidades para las visitas de inspección, que aparte de la vigilancia normal sean realizadas por el personal correspondiente de la parte contratante.
Los servicios contratados estarán sometidos permanentemente a la inspección y vigilancia de la Administración Municipal, quien podrá realizar las revisiones de personal y material que estime oportunas y en cualquier momento y lugar.
El contratista deberá presentar, con la periodicidad que establezcan los servicios Técnicos, los partes diarios de los trabajos realizados y de cuantas circunstancias ocurran en el Servicio, así como recibir las instrucciones que estime oportuno la Administración Municipal, quedando obligado el contratista a exhibir cuantos documentos sean precisos para el cumplimiento de esta obligación y en especial los relativos a seguros sociales, accidentes de trabajo, pólizas de seguros…
El adjudicatario queda obligado también a preparar cuantos informes y estudios relacionados con los distintos servicios de esta contrata le sean ordenados por el Ayuntamiento de Zierbena.
CLÁUSULA DECIMA. Responsabilidad Económica del adjudicatario
Serán gastos de cuenta exclusiva del Contratista:
a) La realización de todos los trabajos necesarios para la ejecución de todos los servicios contratados.
b) El pago de los haberes y demás gastos de acuerdo, con la Normativa Oficial, de todo el personal necesario para la prestación de los servicios contratados, así como sus uniformes de trabajo reglamentarios.
c) Todos los impuestos inherentes a la prestación de los servicios y tramitación de los documentos que a ellos se refieran, incluso el I.V.A.
CLÁUSULA UNDÉCIMA. Criterios de Valoración
Los criterios de valoración que han de servir para la adjudicación serán los establecidos en el Pliego de Cláusulas Administrativas.
En Zierbena, a 2 xx xxxxx de 2014 El Alcalde
Fdo. Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx