PLIEGO PARTICULAR DE CONDICIONES QUE REGIRÁ EN EL LLAMADO A LICITACIÓN PÚBLICA PARA LA CONTRATACIÓN DE UNA SOLUCIÓN TECNOLÓGICA INTEGRAL PARA LA GESTIÓN DEL CASINO PARQUE HOTEL DE LA INTENDENCIA DE MONTEVIDEO
Licitación Pública Nº 288921/1
PLIEGO PARTICULAR DE CONDICIONES QUE REGIRÁ EN EL LLAMADO A LICITACIÓN PÚBLICA PARA LA CONTRATACIÓN DE UNA SOLUCIÓN TECNOLÓGICA INTEGRAL PARA LA GESTIÓN DEL CASINO PARQUE HOTEL DE LA INTENDENCIA DE MONTEVIDEO
NORMATIVA.
a) En todo lo no previsto por el presente Xxxxxx, rige lo dispuesto por el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para los Contratos de Suministros y Servicios no Personales.
b) Tocaf
c) Forman parte de este pliego el ANEXO I especificaciones técnicas, y los planos de eléctrica realizados por la empresa adjudicataria de la obra.
Art. 1° - OBJETO.
El objeto de la presente licitación es la contratación de una solución tecnológica integral (en modalidad de arrendamiento de servicio) para la gestión del Casino Parque Hotel en su nuevo local, que incluya:
-infraestructura de servidores (producción, testeos, respaldos)
-infraestructura de red y seguridad (cableado y equipamiento)
-estaciones de trabajo e impresoras
-software de base
-software de gestión
-soporte y mantenimiento en régimen de 24x7
El sistema informático de gestión deberá cumplir como mínimo con:
-transmisión de datos de los slots hacia los servidores en tiempo real
-gestión de los slots en tiempo real (máquinas y pozos acumulativos)
-operativa xx xxxxx (central de venta y conversión)
-XXXX
-herramienta de fidelización comercial
-integración de los valores de Juegos Tradicionales al Sistema
-gestión de ficheros
Se requerirá que el sistema informático soporte el actual parque de slots y mesas de juego tradicionales, sumado a las incorporaciones o cambios que en el futuro se puedan realizar, de acuerdo a las dimensiones definidas por la Administración para el Casino Parque Hotel con 450 slots y 11 mesas de paño.
Se aclara que las referencias en este pliego de condiciones, a “juegos tradicionales” es para aquellos casos en que la oferta incluya un módulo específico de gestión de juegos xx xxxx.
Art. 2º - CARACTERÍSTICAS MÍNIMAS Y DETALLES BÁSICOS SOBRE LA SOLUCIÓN TECNOLÓGICA INTEGRAL, EL SERVICIO DE GESTIÓN INFORMÁTICO DE CASINOS, Y CONEXIÓN XX XXXXX Y SLOTS.
2.1. Características Generales.
La solución tecnológica propuesta deberá contar con las siguientes características generales:
2.1.1. Suministro e instalación por parte del Adjudicatario, de todo el equipamiento y materiales necesarios para la instalación y puesta en funcionamiento del sistema. Esto es, cableado y conexiones, equipos de comunicaciones, equipos de seguridad, hardware y software para la gestión, licencias de uso de software de base y de aplicación, y todo otro elemento que se considere necesario.
2.1.2 El Adjudicatario deberá coordinar en todo momento con los técnicos que la Gerencia de Casinos designe, la instalación y la puesta en producción de la solución propuesta. A estos efectos deberá designar un representante técnico de la empresa, que será el nexo entre la IdeM y la empresa adjudicataria.
2.1.3. El Adjudicatario deberá garantizar el correcto funcionamiento del sistema, durante todo el período de la contratación, proporcionando un soporte técnico en régimen de 24x7 (24hs los 365 días del año), según el detalle establecido en el art. 4º del presente pliego.
2.1.4. Todo material y costos de cualquier insumo (toner, rollos de tickets personalizados a requerimiento de Casino Parque Hotel, etc.), mantenimiento y reparación de toda parte integrante del hardware del sistema, así como su actualización y/o recambio serán por cuenta y cargo del Adjudicatario.
2.1.5. A fin de garantizar la mayor integración del nuevo sistema con el actual parque de slots del Casino Parque Hotel, los oferentes deberán proporcionar (junto con su oferta), una evaluación previa de la cantidad de slots existentes compatibles con el sistema y, en caso de ser necesario, un detalle de las modificaciones que se deberán hacer en aquellas que no lo sean.
2.1.6. El sistema ofertado deberá operar utilizando los protocolos de comunicación SAS, versión 6.0 como mínimo.
2.1.7. El sistema debe incluir un módulo de Fidelización (club de usuarios). Esto es, la identificación de clientes a fin de promover beneficios ó estímulos para la administración de la gestión comercial del Casino. Se aceptará identificación magnética ó cualquier otra modalidad.
2.1.8. El sistema de gestión debe permitir la operativa y la diferenciación por equipos, salas, y sectores que la Administración resuelva, a efectos de establecer políticas tendientes al aprovechamiento de los equipos instalados y la mejora de la gestión del Casino.
2.2. Características del cableado de datos y conexiones eléctricas.
2.2.1. El sistema deberá trabajar internamente sobre una red ethernet, la que deberá poder integrarse a la red de la IdeM, de forma de posibilitar el acceso a los sistemas de gestión desde los terminales designados a tales efectos, independientemente de los que provea el adjudicatario en su solución. En tal sentido, deberán incluirse los elementos de seguridad necesarios para conectarse al firewall de la IdeM, instalado a tales efectos.
2.2.2. El Adjudicatario deberá proveer, instalar y dejar en funcionamiento todos los dispositivos que conforman la red de todo el sistema de juego (slots, mesas, PCs de administración, cajas, etc.). El equipamiento se instalará sobre el cableado cat. 6 existente desde el Datacenter hasta las distintas islas en la sala de juego, según la distribución del plano adjunto Nº 1.
2.2.3. El adjudicatario deberá proveer los switches y demás elementos necesarios para la interconexión de su solución. En particular los switches deberán cumplir con las especificaciones adjuntadas en el Anexo I del presente pliego.
2.2.4. En caso de ser necesario, el Adjudicatario deberá hacerse cargo de los patchcords que conecten cada slots y mesas de juego a los puestos de red.
2.2.5. El Adjudicatario deberá conectar eléctricamente todos los slots y demás equipos que conformen la sala de juegos. Para ello dispondrá de dos cableados ya existentes (UPS y UTE/generador) desde el Datacenter hasta las distintas islas en la sala de juego, según la distribución del plano adjunto Nº 2.
2.2.6. Para el caso que la solución ofertada requiera acceso remoto a través de Internet, el costo asociado a la contratación y mantenimiento del enlace durante todo el período del contrato y los elementos de seguridad correspondientes (firewall), estarán a cargo del Adjudicatario.
2.3. Infraestructura de servidores.
El hardware propuesto debe incluir el(los) servidor(es) de Base de Datos y de la(s) aplicación(es) y su configuración deberá garantizar y proporcionar alta disponibilidad, incluyendo además un ambiente específico para testeos.
2.3.1. Para ello, deberá dimensionarse de manera de:
2.3.1.1. Soportar el tamaño de la base de datos.
2.3.1.2. Soportar el volumen de transacciones de datos (especificar límites y concurrencia).
2.3.1.3. Admitir el crecimiento de la base de datos considerando el volumen de la información y los planes de depuración del sistema. La IdeM exigirá mantener la historia de todos los eventos en línea durante la duración del
contrato (3 años como mínimo). En caso de prórroga del contrato, el Adjudicatario implementará la solución de forma de no perder la información histórica generada.
2.3.2. Toda la infraestructura de servidores, deberá estar correctamente instalada en un rack de piso de medidas estándar, dedicado a tales efectos.
2.3.3. La solución de infraestructura montada (servidores, servicios, equipos de comunicación, etc.) deberá poder ser monitoreada en tiempo real (a través de protocolos estándar SNMP) tanto desde el propio Casino, así como desde el Centro de Control de Operaciones de la IdeM. Se valorará que dicho monitoreo esté implementado sobre la herramienta Nagios.
2.4. Respaldos.
2.4.1. El Sistema deberá permitir la realización de respaldos (por parte de la IdeM), con una frecuencia mínima diaria, sin que esto implique bajar la/s aplicación/es, de forma tal que el funcionamiento en línea no se suspenda nunca. El Adjudicatario deberá proveer el equipamiento adicional (hardware y software) a instalarse en el Datacenter de la IdeM para tales efectos. Dicho equipamiento deberá cumplir con los lineamientos y políticas de la IdeM sobre el tema.
2.4.2. Se deberá incluir además el equipamiento necesario que posibilite contar con un respaldo local en el Datacenter del Casino.
2.4.3. El sistema deberá permitir configurar toda política de backup para los archivos de información que la IdeM considere claves.
2.4.4. Al finalizar el período de contrato, el adjudicatario deberá entregar (en algún formato digital acordado con la IdeM) todos los históricos de las BDs y demás información requerida para su interpretación desde la adjudicación a la fecha del cese del contrato.
2.5. Recuperación.
2.5.1. Se deberán especificar y entregar los procedimientos de recuperación ante los diferentes tipos xx xxxxxx y/o excepciones, tarea que será realizada por el Adjudicatario en coordinación con los técnicos de la IdeM.
2.5.2 Los técnicos de la IdeM en coordinación con el Adjudicatario, podrán solicitar ejecutar (a modo de simulacro y verificación), alguno de los procedimientos descritos en el punto anterior en el ambiente de testeo instalado a tales efectos.
2.6. Terminales para la operación del sistema.
2.6.1. El Adjudicatario proporcionará los terminales (PCs e impresoras) que se consideren necesarios en una evaluación conjunta con la IdeM, para la correcta
operación del sistema. A priori, se estiman 10 PCs y 5 impresoras a distribuirse entre los diferentes sectores (cajas, ficheros, auditoria, gerencia, etc.).
2.6.2. Para el caso que el software de gestión no sea compatible sobre plataforma linux Ubuntu (10.04 y/o 12.04), se deberán incluir las licencias de Windows correspondientes. De forma similar para el caso que la solución requiera/genere planillas de cálculo, en caso de no soportar OpenOffice ó LibreOffice, se deberán incluir las licencias de Microsoft Office correspondientes. De forma similar las impresoras deberán incluir los drivers para el sistema operativo a usar.
2.6.3. El equipamiento citado en el punto anterior deberá ser de las mismas características, marcas y modelos, de forma de dar homogeneidad a los mismos.
2.6.4. Independientemente de las terminales proporcionadas por el Adjudicatario, todo el software de gestión deberá poder instalarse en otros equipos que la IdeM designe a tales efectos, sin que esto genere costos adicionales de licenciamiento (en caso de ser requerido).
2.7. Software.
El software de gestión deberá cumplir con las siguientes características mínimas:
2.7.1. La(s) aplicación(es) debe(n) estar completamente en idioma español.
2.7.2. El sistema debe admitir la configuración de perfiles de usuario, que involucre un sistema de permisos y restricciones para los distintos operadores.
2.7.3. Registro de auditoria de todas las transacciones en la base de datos. Como información de auditoria, deberán registrarse (como mínimo):
-usuario
-fecha y hora
-estación de trabajo claramente identificada desde donde se realizó la transacción
-motivo
-tipo de transacción (insert, delete, update)
-datos involucrados
2.7.4. Como complemento del punto anterior, el sistema deberá contar con algún reporte (o consulta sobre la BD) que muestre el histórico de eventos por slot.
2.7.5. Los slots deberán estar identificados de forma única e inequívoca por alguna combinación (o todos) entre los siguientes criterios: número de identificación propio de cada slot, número de serie, dirección IP, dirección MAC. Para esto, la aplicación deberá contemplar una ficha (registro) para cada slot que contendrá toda información histórica (ubicación presente y pasada, tanto
dentro como fuera xx xxxx, y cualquier otro dato que se considere relevante a su debido tiempo).
2.7.6. Para el caso que aplique, el Adjudicatario deberá explicar en su oferta como se comporta un slot y el sistema de gestión en caso de intercambiar su módulo de comunicación hacia la red a otro slot, y como se registra dicho cambio en caso de rotura o falla. Explicar además que sucede con el histórico de ambos slots.
2.7.7. El sistema deberá admitir (con los criterios de seguridad establecidos) la corrección de contadores de datos.
2.7.8. Deberá contar con un registro de todos los eventos que se producen en cualquier momento en tiempo real (apertura/cierre de puertas, errores, etc.). Aparte de incluir una pantalla gráfica que muestre el estado en línea de cada slot, es deseable que además se puedan configurar los eventos para que activen un sistema de alarma (visual, sonora) para que el operador dedique atención inmediata al asunto.
2.7.9. Deberá prestar especial atención a eventos críticos, por ej. en caso que el sistema detecte la falta de comunicación permanente con un slot, automáticamente deberá enviarse a la estación de monitoreo xx xxxx la alerta correspondiente para que se proceda a inspeccionar un slot hasta que se vuelva a la situación normal.
2.7.10. Para la evaluación de la aplicación se tomará en cuenta el entorno del sistema, esto es, que sea lo más amigable e intuitivo posible. Debe entenderse como una característica fundamental de todo el producto, la facilidad con la que cualquier usuario con un mínimo de información sobre el sistema, puede acceder a los datos y operar según los criterios de seguridad establecidos.
2.7.11. La aplicación debe trabajar con una diversidad de filtros que ayuden a la emisión de informes para una mejor gestión del Casino. Estos filtros pueden ser, por ejemplo: rango de fecha, tipos de juego, sector xx xxxx, equipos, horarios, etc.
2.7.12. Independientemente del punto anterior, y en caso de ser necesario, el sistema deberá contemplar e integrar, la programación de eventuales reportes que solicite la IdeM, o en su defecto la entrega de scripts y/o consultas personalizadas sobre la BDs.
2.7.13. El sistema deberá incluir un reporte que grafique el nivel de ocupación y de juego de todos los slots (por hora y por día).
2.8.Funcionalidades y reportes mínimos que debe incluir el sistema de gestión de la solución ofertada.
2.8.1. Posibilidad de modificación de todo capital fijo por parte de un usuario con privilegios suficientes.
2.8.2. Reporte de cierre de la sesión de Casino diferenciando mesas de juegos tradicionales y slots.
2.8.2.1. En el caso de las mesas de juegos tradicionales, deberá presentar los resultados desglosados por mesa de juego, tipo de juego, ganancia total, ganancia acumulada, propina por mesa, total y total a la fecha así como los saldos corrientes de fichero.
2.8.2.2. En el caso de los slots presentará los resultados desglosados por:
-Venta (separando tickets, fichas y total de billetes)
-Conversión (Premios por sistema, tokens y en caso de existir mostrará los premios manuales)
-Reposiciones
-Ganancia del día y acumulada. Mostrará el total de ingresos en los slots (incluye rejuego)
2.8.2.3. En conjunto presentará:
-Ganancia total del Casino del día y acumulado
-Total de propina con sus descuentos legales
-Movimientos con trasiego
-Fichero para la recomposición de los capitales
2.8.3. Inventarios de todas las cajas en tiempo real.
2.8.4. Informe claro de ajustes, modificaciones y comentarios a los datos dentro del sistema, tanto en cajas como lo relacionado con los slots, a saber, las correcciones de los contadores. Este informe debe presentar el detalle de la modificación realizada así como el comentario del funcionario que estará correctamente identificado, sumado a la fecha y hora de la incidencia.
2.8.5. Identificación de las fichas de juegos tradicionales por valor y un detalle ó número de inventario.
2.8.6. Reporte de contadores modificados (igual que punto anterior).
2.8.7. Reporte de control recuento de billetes vs. contador de billetes.
2.8.8. Reporte de control de tokens.
2.8.9. Premios sistema vs. premios pagados.
2.8.10. Listado de premios manuales.
2.8.11. Ganancia sistema vs. ganancia en caja.
2.8.12. Informe de las incidencias que sean configuradas para un estudio posterior (apertura de puertas de slots, perdida de conexión, reseteo, etc.).
2.8.13. Detalle de porcentaje de devolución de los slots , denominación y valor de crédito.
2.9) Sistema xx xxxxx.
El sistema xx xxxxx deberá cumplir con las siguientes funcionalidades consideradas básicas, las que podrán ser eliminatorias a juicio de la IdeM.
2.9.1. Deberá realizar un registro de la apertura y cierre de cada caja, identificando al cajero, fecha y hora como mínimo.
2.9.2 Registrará la venta de fichas al público (tokens y fichas para mesas).
2.9.3 Deberá contar con un registro de los procedimientos de retiro/reposición de fichas. Esta operativa debe emitir un reporte que respalde la operación realizada.
2.9.4 Todo pago manual de premios que se realice, será registrado con los datos del slot al que pertenece, el funcionario que realiza el pago, etc. El cajero deberá recibir la autorización del pago del premio por medio del sistema automático indicando el equipo que lo produjo; la identificación de la jugada y el premio merecido, hora, etc. Será permitida la identificación del jugador ganador (para fidelización) y de los datos que identifican el slot y el premio (fecha, hora, slot, premio, jugador).
2.9.5 Realizará todo registro de las distintas transacciones relacionadas con la operativa entre las distintas cajas y cambio de cajeros.
2.9.6 El sistema deberá contar con la posibilidad de emitir diversos informes tales como:
-balance diario de caja
-arqueo de billetes
-stock de fichas
-control de recaudación
-cierre de caja
2.9.7 El sistema xx xxxxx deberá estar interconectado directamente con el sistema de gestión del Casino, trabajando simultáneamente con el software anteriormente descrito.
Art. 3º - DEPÓSITO DE GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA
Antes de la fecha prevista para la apertura de propuestas, cada oferente podrá garantizar el mantenimiento de su oferta mediante depósito en efectivo en pe- sos uruguayos, o en valores públicos, fianza o aval bancario, o póliza xx xxxx - ro de fianza, por un valor de pesos uruguayos CUATROCIENTOS MIL ($400.000). Si se quiere hacer efectiva la garantía mediante cheque, dicho che - que deberá estar certificado por la entidad bancaria correspondiente.
En caso de optar por presentar esta garantía, la misma se depositará en Tesorería de la Intendencia de Montevideo, necesariamente antes del acto de apertura de ofertas.
Se recomienda a aquellos interesados en participar de esta licitación y que quieran garantizar el mantenimiento de su oferta, pasar por la Unidad de Atención a Proveedores del Servicio de Compras, con anticipación a la fecha prevista para la apertura de esta Licitación.
Art. 4º - FORMALIDADES DE LA PROPUESTA y DOCUMENTOS A PRESENTAR CON LA OFERTA.
I. Las ofertas serán redactadas en idioma español, en forma clara y precisa, estarán firmadas por el oferente o su representante y foliadas en el margen inferior.
El texto deberá ser impreso a través de cualquier medio idóneo, NO en forma manuscrita, y se agregará a la oferta una copia simple en papel, y otra copia digital, con excepción del material gráfico que la empresa suministre, el cual podrá ser presentado en una sola vía.
Las ofertas podrán presentarse personalmente en el Servicio de Compras, o enviarse por correo (no electrónico) contra recibo, o por FAX al 00000000, no siendo aceptadas si llegaren con posterioridad a la hora dispuesta para el comienzo del acto de apertura. Las ofertas que se presenten antes del acto de apertura, deberán dejarse en el buzón en el día correspondiente a la apertura.
Las ofertas y los sobres deberán venir correctamente identificados con nombre del oferente, número proveedor y/o número de R.U.T., tipo y número de licitación, fecha y hora de apertura.
II. Pago xx Xxxxxx: De comprobarse que no fue abonado el precio de los recaudos, la oferta será rechazada sin derecho a reclamación alguna.
III. Los oferentes podrán presentar en el acto de apertura, conjuntamente con su oferta, la documentación exigida en el numeral V) del presente artículo.
IV. En el acto de apertura de propuestas los licitantes deberán presentar: Junto con la propuesta indicando la solución tecnológica y el precio, cada firma oferente deberá indicar:
. Nombres de los titulares que la componen en caso de ser sociedades personales, o de sus representantes autorizados en caso de ser Sociedades Anónimas.
. Domicilio legal, teléfono, fax, correo electrónico.
. Constancia de que conoce y se obliga a cumplir con este Pliego Particular de Condiciones y demás recaudos así como someterse expresamente a las Leyes y Tribunales del País.
Además presentarán:
1. Acreditación de experiencia previa del oferente en emprendimientos de soluciones tecnológicas similares. Deberá incluir clientes de referencia, nombres de contactos y teléfonos.
2. Currículum del personal afectado en la etapa de instalación e implantación.
3. Currículum del personal afectado en la etapa de mantenimiento y soporte técnico.
4. Plan de ejecución y cronograma detallado de cumplimiento de actividades para la implantación de la solución propuesta, el cual deberá ser aprobado por Casino Parque Hotel.
5. Detalle del equipamiento instalado para el soporte del sistema de gestión, claramente identificado dentro de los racks correspondientes.
6. Descripción clara de la arquitectura del hardware y la plataforma del software de gestión sobre la que trabaja el sistema y del funcionamiento de la alta disponibilidad.
7. Detalle de todo el software de base, incluyendo fabricantes, versiones y licenciamiento (si aplica) del sistema operativo y base de datos.
8. Documentación de los diferentes perfiles de usuarios que existan en el sistema.
9. Documentación de los procesos batch que se ejecutan en el sistema, incluyendo el calendario de ejecución, y los usuarios responsables de ejecutarlos y validarlos.
10. Documentación de todos los reportes de consultas al sistema y especificación de su uso.
11. Documentación completa de los manuales de usuario de la totalidad de los módulos del sistema en idioma español.
12. En caso que no se incluya en los manuales, se debe entregar documento que contenga el listado de los problemas detectados más frecuentes y sus soluciones respectivas.
13. Documentación completa de la descripción del sistema, detallando:
13.1. Funcionamiento del sistema, que deberá estar al día con la versión del sistema que esté en producción.
13.2. Diagrama del modelo de datos, especificando estructuras de información, relaciones entre las mismas y semántica de los atributos que las componen.
13.3. Documento de los métodos que se aplican para validar los datos ingresados, así como también los métodos con los cuales se verifican los datos ingresados.
13.4. Documento que especifique los controles de validación existentes.
13.5. Documento que especifique claramente como se controla el acceso al sistema.
14. Documentación completa que especifique como se generan e interpretan los logs del sistema.
15. Calculo de espacio requerido para el almacenamiento de toda la solución, y de ser posible una estimación de crecimiento mensual.
16. Temario y cronograma de capacitación de los distintos módulos que componen el sistema de gestión, y de la infraestructura y su conectividad.
17. Cronograma y políticas de respaldos y recuperación.
18. Procedimientos y cronogramas de testeos del sistema.
19. Evaluación de slots existentes compatibles con el sistema.
La IdeM se reserva el derecho de desestimar las ofertas que no entreguen los documentos solicitados en este artículo.
V. Documentación a presentar por el adjudicatario:
BSE: El oferente que resulte adjudicatario, al momento del depósito de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato deberá presentar, de no haberlo hecho conjuntamente con la oferta, la Constancia de Seguro contra Riesgos de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales dispuesta por el artículo 61 de la ley 16.074, expedida por el Banco de Seguros del Estado, vigente.
Notarial: El oferente que resulte adjudicatario, en caso de ser una persona jurídica o un consorcio, deberá presentar, de no haberlo hecho conjuntamente con la oferta, un certificado notarial que acredite que el firmante de la oferta tiene facultades suficientes para representar a la empresa en esta clase de actos. El Escribano certificará además, respecto a la persona jurídica o el consorcio, la existencia, vigencia, el cumplimiento de lo dispuesto por la ley 17.904 art. 13 y ley 18.930 en caso de corresponder, y quiénes son los directores o administradores, a los efectos de lo previsto en el artículo 3º de la ley 18.244 (deudores alimentarios).
Si se trata de una persona jurídica extranjera deberá presentar la documentación que acredite la personería jurídica y vigencia, debidamente legalizada y traducida en su caso, y acreditar domicilio en Montevideo. Asimismo, podrán hacerlo por sí o representados por personas autorizadas, mediante poder correspondiente.
Art. 5º - DETALLE SOBRE LAS CARACTERÍSTICAS DEL SOPORTE TÉCNICO.
5.1. Deberá cubrir todo el plazo del contrato para todos los componentes del sistema (hardware y software) en régimen de 24x7, de forma tal de minimizar el impacto de las interrupciones del sistema.
5.2. El Adjudicatario será responsable además del mantenimiento de la red de datos. En tal sentido, en caso de requerir re-cablear puestos existentes o agregar puestos nuevos, también serán a cargo del Adjudicatario, quien deberá seguir las especificaciones del presente pliego y los lineamientos que sugiera la Div. Tecnología de la Información, de forma de mantener una red estable y segura.
5.3. El personal técnico designado por el Adjudicatario deberá ser idóneo y adjuntar a su currículum experiencia documentada en otras instalaciones similares.
5.4. El personal designado por Casino Parque Hotel, dispondrá de los teléfonos y contactos específicos según la problemática y/o área. Para el caso que el Adjudicatario no cuente con un único medio de recepción de reclamos, deberá entregar (especificando claramente) teléfonos, contactos, y horarios de las diferentes guardias.
5.5. El Adjudicatario deberá cumplir como mínimo con los siguientes niveles de atención:
Primer Nivel
Se aceptarán soluciones telefónicas y/o remotas que brinde el soporte técnico calificado que el Adjudicatario indique. Con respecto a las conexiones remotas, quedan supeditadas al aval del área de Seguridad Informática de la IdeM.
Segundo Nivel
Frente a la consulta de primer nivel no resuelta pero no catalogada como grave, se definirá en conjunto (Parque Hotel - Adjudicatario) el plazo que entiendan razonable para que un técnico calificado de la empresa deba presentarse en la sala.
Tercer nivel
Frente a la existencia de un problema grave que exija algún cambio a nivel de alguna aplicación ó problemas de hardware y/o conectividad de los slots y/o mesas de juego tradicionales, se aplicará lo establecido en el siguiente punto.
5.6. El Adjudicatario deberá establecer un procedimiento explícito para detectar la(s) falla(s), y dispondrá de:
un plazo máximo de 2 horas para elaborar, informar, y enviar un diagnóstico (a quien Casino Parque Hotel determine) y,
un plazo máximo de 48 horas para su resolución de acuerdo con la gravedad del impacto provocado, según el siguiente detalle:
• Si la falla solamente afecta un número menor o igual al 1% de los slots, la solución deberá instrumentarse en un plazo máximo de 48 horas.
• Si el número es mayor al 1% y menor o igual al 10%, entonces el plazo máximo admitido es de 36hs.
• Entre el 10% y el 50% el plazo máximo admitido es de 24hs.
• Si es más del 50% el plazo máximo es de 12 hs.
5.7. En caso de incumplimiento de los plazos señalados, el Adjudicatario será pasible de multas proporcionales al impacto ocasionado, según los siguientes criterios:
a) Falla prolongada. Si el incumplimiento ocurre en un caso puntual de los mencionados, la multa se calculará de este modo: El porcentaje de la cantidad de horas demás por sobre el plazo establecido, multiplicado por el límite menor del tramo en cuestión (1%; 10% o 50%) por el total del Contrato será el máximo de la multa. La IdeM podrá disminuir este monto en la medida que entienda menor la gravedad del impacto o la justificación de la falla.
b) Reiteración xx xxxxxx. Si no hay incumplimientos del tipo mencionado (que superen los plazos definidos en el punto anterior), pero la reiteración de
interrupciones en un período de un mes cualquiera desde la puesta en marcha y hasta la finalización del Contrato sumando las horas en cada tramo superan los límites señalados (por ejemplo hay 3 interrupciones que afectan en cada oportunidad entre el 1% y el 10% de los slots y ninguna de las 3 supera las 24 horas, pero los plazos sumados son de más de 24 horas) entonces se aplicará una multa que se calculará del mismo modo que en el caso a) para el conjunto. Ese valor se multiplicará por la cantidad de veces que se supere el límite en cada mes.
c) Interrupción frecuente ó falla prolongada. Estos tipos de situaciones, además de la multa correspondiente, podrán dar lugar a la rescisión del Contrato.
Art. 6º - OTRAS OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO.
6.1. Deberá proporcionar previo a la puesta en funcionamiento del sistema:
6.1.1. Soporte informático calificado disponible a requerimiento de la Administración en cualquier momento, para cualquiera de los componentes del sistema (hardware y software).
6.1.2. Asistencia calificada para todas las acciones que Casino Parque Hotel realice sobre el sistema.
6.1.3. Formación, capacitación y entrenamiento sobre los distintos componentes de la solución tecnológica propuesta, a requerimiento de la Administración, en función de los roles (ej: cajero, jefe xx xxxxx, auditoria, administración, etc.), y sobre la infraestructura para aproximadamente 30 funcionarios.
6.2. Será responsable de la correctitud de los cálculos realizados mediante el sistema para lo cual deberá especificar qué testeos o procedimientos realizará, y con qué periodicidad, para asegurar dicha correctitud.
6.3. Deberá comunicar en tiempo y forma (previamente a la puesta en producción) todo cambio de versión de software o hardware. En caso de ser requerido, deberá coordinarlo con los técnicos de la IdeM.
6.4. En caso de ser requerido, la IdeM designará una empresa auditora, para que elabore un análisis e informe que valide la seguridad y el correcto funcionamiento de todo el sistema. El costo de dicha auditoria será a cargo del Adjudicatario.
Art. 7°- VISITA OBLIGATORIA A LAS INSTALACIONES.
7.1. Oportunamente se publicará en la página de Compras de la IdeM y en la página de Compras Estatales, el día y hora en que se realizará una visita técnica de carácter obligatorio al lugar donde se realizará la instalación, con el fin de dar a conocer y evacuar dudas respecto a los cableados eléctricos, de datos y de telefonía, entre otros. Las consultas y respuestas que surjan serán
recogidas por el técnico de la IdeM, quien deberá enviarlas por escrito al Servicio de Compras para su publicación en la WEB.
A los proveedores que hayan comprado el pliego, se les notificará la fecha de la visita.
7.2. Dicha visita es de carácter obligatorio, y la comprobación de no asistencia a la misma por parte de un oferente podrá dar lugar al rechazo de su propuesta.
7.3. El proponente se compromete a respetar el carácter confidencial de cualquier documento, datos u otra información relacionada con el proceso de contratación que hubiese sido suministrada directa o indirectamente por la IdeM, y a no dar a conocer dicha información, sin el previo consentimiento expreso y escrito de la IdeM.
Art. 8º- DATOS.
Los oferentes detallarán claramente en sus propuestas todas las características técnicas de lo ofrecido incluyendo todo que juzguen de interés para un mejor estudio de las ofertas.
Se sobrentenderá que todos los datos de esta manera suministrados tendrán el carácter de compromiso, vale decir, que en el momento de la recepción, la Intendencia de Montevideo exigirá una absoluta identidad entre lo establecido en la propuesta, demás elementos de estudio acompañados y el servicio prestado.
Art. 9º- PLAZO DE CONTRATACIÓN
El plazo del contrato podrá ser de 24 ó 36 meses, lo que la Intendencia considere más conveniente, una vez que se tenga la información de acuerdo a lo previsto en el artículo 11 del presente pliego; y podrá prorrogarse por iniciativa de la I.M. y con acuerdo de partes, por el mismo plazo. En caso de no existir acuerdo por parte de la empresa adjudicataria en la aprobación de la prórroga, estará obligada a continuar con el servicio adjudicado por un período máximo de tres (3) meses a partir del vencimiento del plazo contractual.
El plazo del contrato se cuenta a partir de la puesta en marcha del sistema para la gestión del Casino con el 100% de las máquinas administradas.
Art. 10º - CRONOGRAMA, ENTREGAS, PLAZO.
10.1 La propuesta indicará en un cronograma las principales actividades (menos de 10 podrán ser suficientes) y plazos de cada meta del proyecto hasta la instalación y puesta en marcha.
10.2 El plazo máximo establecido para la puesta en marcha del 80% de las máquinas administradas, es de 30 días contados a partir del inicio de la instalación del sistema.
10.3 El plazo máximo establecido para la puesta en marcha del 100 % de las máquinas es de 40 días contados desde el inicio de la instalación del sistema.
Art. 11°- PRECIO.
El precio se formulará en pesos uruguayos o en dólares estadounidenses.
Se cotizará el precio del servicio por mes, y por máquina, con los impuestos desglosados, considerando la opción de una contratación de 24 meses y la opción de una contratación de 36 meses.
El servicio abarcará un número importante de máquinas xx xxxx (Slots), que a efectos de la cotización se considerará de un mínimo de 200 y un máximo de hasta 400 slots.
Si el precio fuera diferente en función de la cantidad de máquinas, deberá quedar claramente consignado en la oferta para cada tramo.
DESCUENTO PRONTO PAGO: La empresa deberá establecer el descuento pronto pago para el caso de cobrar dentro de los primeros diez (10) días calendario y entre los once (11) y los veinte (20) días calendario de presentada cada factura en Contaduría General, lo que será evaluado en cada pago por el departamento de Recursos Financieros.
Cuando los oferentes no hagan referencia al descuento pronto pago en su oferta, se entenderá que el precio se mantiene sin descuentos sin importar la fecha de cobro.
Art. 12°- EVALUACIÓN Y COMPARACIÓN DE OFERTAS.
Antes de proceder a la evaluación detallada, Casino Parque Hotel determinará si cada oferta se ajusta sustancialmente a los documentos de la licitación. Para los fines de esta cláusula, se considera que una oferta se ajusta sustancialmente a los documentos de la licitación cuando satisfaga las condiciones esenciales estipuladas en dichos documentos, coticen en la forma que se ha solicitado, y suministren la información requerida.
Será rechazada la oferta que no se ajuste sustancialmente a los documentos de la licitación, no admitiéndose correcciones posteriores que modifiquen la misma.
Siempre que se trate de errores u omisiones de naturaleza subsanable, se podrá corregir el error o solicitar que, en un plazo breve, el oferente suministre la información faltante.
Durante la etapa de estudio de ofertas, Casino Parque Hotel podrá exigir al oferente una demostración y/o visita a una instalación existente, de un sistema en funcionamiento con iguales características al ofertado, a efectos de verificar la total integración del mismo.
12.1. En el estudio de las ofertas se tendrán en cuenta, además del cumplimiento de las condiciones esenciales, los siguientes factores, los cuales tendrán una incidencia distinta en el resultado final de la evaluación (máximo de 100 puntos).
· Antecedentes 10%. Se exige un mínimo de 3 años de antigüedad en esta actividad; presencia en Plaza; en la región (Mercosur). Experiencia de haber realizado este tipo de proyecto en más de una oportunidad. Presentar no más de 3 casos que estén funcionando con este sistema, identificando a los
responsables de la empresa que los contrató para recabar opinión y describir lo actuado.
La presentación del listado de antecedentes, se documentará de acuerdo al siguiente formato:
Nombre del contratante | Año en que se prestó el servicio | Monto del contrato | Cantidad de personal asignado al contrato | Plazo de Contratación | Persona de contacto | Teléfono | Breve descripción |
En caso de no presentar el listado con los datos solicitados, o de constatarse datos erróneos o falsos, se podrá desestimar la oferta, independientemente de otras acciones que puedan realizar la Administración.
La Administración podrá no tener en cuenta las ofertas de aquellos oferentes que tengan antecedentes de incumplimientos con esta Administración en los últimos 5 años.
· Solución tecnológica – 40%. Cumple lo especificado en el pliego 30%; ofrece mayores facilidades y controles que las establecidas 35%; Especialmente destacada 40%.
· Respaldo técnico – 20%. Compromiso institucional asumido (cumple todo lo solicitado); currículum del personal afectado al proyecto y al respaldo posterior. Se exige título o formación equivalente y experiencia suficiente (2 años en la actividad).
· Precio por slot – 30%. A efectos comparativos se tomará como base la implantación del sistema en 400 slots, aunque Casino Parque Hotel se reserva el derecho de contratar el servicio para una cantidad entre 250 y 350.
El puntaje se calcula de este modo: 30 puntos obtiene el de menor precio; los restantes en forma proporcional (lineal) a estos valores.
Mínimo de aceptabilidad.
Mínimo en cada aspecto excepto precio: 50% del puntaje máximo parcial. Mínimo de puntaje total: 70%
12.2. Los oferentes reconocen la potestad de la Administración de decidir la adjudicación en base a los factores que anteceden, además de los que surgen de otras cláusulas del presente pliego, y acatarán exclusivamente el juicio de ésta.
Para efectos de la evaluación y comparación de ofertas, la IdeM convertirá los precios cotizados en dólares estadounidenses, a una sola moneda, el peso uruguayo, utilizando para ello la tasa de cambio tipo interbancario vendedor del cierre de la mesa de cambios del Banco Central del Uruguay operada al día anterior al de la apertura de ofertas.
Art. 13º - MEJORA DE OFERTAS Y NEGOCIACIONES
La IdeM podrá, al amparo de lo establecido en el artículo 66 del TOCAF, recurrir a los institutos de mejoramiento de ofertas y/o entablar negociaciones con la finalidad de conseguir mejores condiciones técnicas, de calidad y/o precio.
Art. 14º - AJUSTE DE PRECIOS.
Los precios cotizados por el oferente en dólares estadounidenses permanecerán fijos durante la ejecución del Contrato y no estarán sujetos a variaciones de ninguna índole. Los precios cotizados en pesos uruguayos se reajustarán por la variación xxx xxxxx estadounidense tipo de cambio Interbancario vendedor del cierre de la mesa de cambios del Banco Central del Uruguay operado al día anterior al de la apertura de la oferta, y el día anterior a la fecha que corresponde el reajuste. Dicha actualización de precios será semestral y se ajustarán al 1ero. de enero y 1ero. de julio de cada año.
Las ofertas que presenten otro tipo de ajuste se considerará que no se ajustan a los documentos de la Licitación y por lo tanto serán rechazadas.
Art. 15º - COMUNICACIÓN
El proponente deberá incluir en su oferta medios de comunicación efectivos y permanentes (contacto telefónico y/u otros medios). En caso de haber alguna modificación en el medio de comunicación será responsabilidad del Adjudicatario notificar la misma al Servicio solicitante.
Art. 16º- MANTENIMIENTO DE OFERTA.
Las ofertas serán mantenidas por un plazo mínimo de 90 (noventa) días hábiles.
Art. 17° - NOTIFICACIÓN.
La notificación del acto de adjudicación se operará según el caso, de la siguiente forma:
a) Con la recepción de la Orden de Compra en el domicilio del adjudicatario.
b) Con la recepción de la Resolución de adjudicación y/o la Orden de Compra,en la Sección Atención a Proveedores del Servicio de Compras. En caso que corresponda notificar por la Unidad Atención a Proveedores, el adjudicatario deberá concurrir al Servicio de Compras, dentro de los tres días contados a partir de la fecha en que reciba la citación o fax que se le remitirá. Si así no lo hiciera, la IdeM podrá, sin perjuicio de la anulación de la adjudicación, aplicar las sanciones que correspondan, así como iniciar las acciones por incumplimiento y/o daños y perjuicios que estime pertinentes.
En caso que el adjudicatario no pueda o no quiera aceptar la adjudicación, se rescindiese el contrato o se revocase la resolución de adjudicación, la IdeM podrá adjudicar el contrato entre los oferentes que hubieren calificado favorablemente, siguiendo el orden de prelación.
El adjudicatario deberá presentarse en el Casino Parque Hotel, dentro de los tres (3) días siguientes a la fecha de la notificación de la resolución de adjudicación, allí se le indicará la fecha en que deberá iniciar la instalación del sistema integral para la gestión del Casino.
Art. 18º - GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO.
En caso de adjudicaciones por importes superiores al previsto por el articulo 55 del TOCAF, se deberá presentar garantía de fiel cumplimiento del contrato.
El Adjudicatario ya notificado, dispondrá de un plazo de cinco días hábiles para realizar el referido depósito. El mismo ascenderá al 5% (cinco por ciento) del monto total adjudicado, pudiendo efectuarse en cualquiera de las formas establecidas en el art. 18 xxx Xxxxxx Único. Si el depósito se realiza mediante cheque, el mismo deberá estar certificado por la entidad bancaria correspondiente.
La garantía deberá estar vigente durante todo el plazo del servicio y hasta la extinción definitiva de todas y cada una de las obligaciones emergentes del Contrato. Si se estableciere un plazo, deberá preverse la renovación automática del mismo por periodos sucesivos, salvo manifestación en contrario de la Administración mediante la entrega del documento al Adjudicatario.
Cuando se constate el cese de actividades o la suspensión de la habilitación o autorización para funcionar otorgada por el Banco Central de las empresas de intermediación financiera y/o aseguradoras que fueron otorgantes de la garantía, el Adjudicatario deberá sustituir la misma, en un plazo perentorio de treinta (30) días calendarios, quedando suspendidos todos los derechos que pudieran corresponderle hasta tanto ello suceda. Su incumplimiento podrá dar lugar sanciones por incumplimiento.
La garantía no podrá ser devuelta hasta que ambas partes otorguen en documento apropiado que nada más tienen que reclamarse con relación a esta licitación.
Art. 19°- FORMA DE PAGO.
Los pagos se realizarán por facturación mensual. La empresa contratada realizará dentro de los primeros diez (10) días de cada mes las solicitudes de pago por los servicios cumplidos durante el mes anterior, debiendo presentar la factura previamente conformada por la Gerencia del Parque Hotel, en la Contaduría General de la IdeM.
El pago de cada factura se realizará dentro de los treinta (30) días calendario, contados a partir de su presentación en la Contaduría General.
La IdeM podrá realizar el pago con cheques de pago diferido, acordándose en su momento con el adjudicatario, las condiciones de los mismos.
En caso que el pago se realice pasados los treinta (30) días calendario, contados desde la presentación de la factura en la Contaduría General, se aplicará el 50% de la tasa media de interés trimestral para empresas, para operaciones con plazos menores de un año, publicada por el Banco Central del Uruguay (Art. 15, ley 14.095-Circular 1695) vigente en el mes de vencimiento de los antes referidos treinta días y solamente por los días que superen dicho plazo.
La factura por el ajuste de precios, si correspondiera, se presentará por separado de la factura principal correspondiente y se abonará también dentro del plazo antes establecido.
No se pagarán intereses para pagos en dólares estadounidenses.
La IdeM exigirá a toda persona física o jurídica que con ella haya contratado,
en el momento de hacer efectivo los haberes que se le adeuden, la exhibición del Certificado Único Municipal o Certificado de Proveedor al día expedido a su nombre y en el que conste que dicho proveedor no tiene deudas tributarias con la IdeM.
Dicho certificado será expedido por el Servicio Gestión de Contribuyentes, Piso 1½ del Edificio Sede (artículo 24 Decreto 27.803 de la Junta Departamental).
Art. 20°- CESIÓN DE CONTRATO.
El contratista no podrá ceder su Contrato en todo o en parte sin el consentimiento expreso, por escrito, de la Intendencia de Montevideo, de acuerdo a lo esta en el artículo 75 del Tocaf.
Art. 21º - SUSPENSIÓN DE LOS PAGOS.
Cuando la Administración constatara que el servicio prestado no cumple con las condiciones que se tuvieron en cuenta para la adjudicación podrá suspender el pago hasta la regularización del mismo.
Art. 22º – MULTAS.
Además de las sanciones establecidas anteriormente, en caso que la empresa adjudicataria no cumpla con los plazos establecidos, o con la prestación del servicio y el buen funcionamiento del mismo, se le aplicará una multa equivalente a 10 UR (diez unidades reajustables) por cada día de atraso y por máquina que quede fuera de control por omisión del Adjudicatario.
Si el sistema quedare fuera de funcionamiento durante 10 días corridos, la IdeM podrá rescindir el Contrato por incumplimiento del Adjudicatario, con la consiguiente pérdida de la garantía de fiel cumplimiento de contrato.
Art. 23º - SANCIONES.
La falta de cumplimiento de cualesquiera de las obligaciones contraídas por los proponentes o adjudicatarios, habilitará a la I de M a proceder a la anulación de la adjudicación o rescisión del contrato en su caso, sin perjuicio de las sanciones genéricas que podrá aplicar, en razón de los daños causados o los antecedentes del proveedor, y que podrán ser desde un apercibimiento hasta la eliminación del Registro de Proveedores.
Art. 24º - RESCISIÓN DEL CONTRATO.
La IdeM podrá rescindir el Contrato antes de su finalización en caso de incumplimiento total o ante incumplimientos parciales en el servicio, siempre que a juicio de la Administración se considere justificado, con pérdida del depósito de Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato.
Para ello la I de M cursará aviso a la empresa, en un plazo no mayor a 30 días contados desde que se configuró el incumplimiento (de no concurrir en tiempo y forma a un llamado o de no mantener los equipos en buen funcionamiento), en cuyo caso se pagará al contratista los servicios prestados, sin derecho a ningún tipo de indemnización.
Art. 25º – CONSULTAS y SOLICITUD DE PRÓRROGA.
Solo los adquirentes xxx xxxxxx podrán realizar consultas o solicitar aclaraciones sobre el texto de este pliego, hasta cinco (5) días hábiles antes
del plazo fijado para la apertura de las ofertas, no considerándose las realizadas con posterioridad al plazo señalado.
Las consultas se harán por escrito y se podrán presentar personalmente en el Servicio de Compras, Sector Santiago de Chile del Edificio Sede, con acceso sobre la Avenida 18 de Julio, en el horario de 10:15 a 15:30 horas, o por e-mail a xxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxx@xxx.xxx.xx o vía FAX al 00000000.
Tales preguntas y sus correspondientes respuestas tendrán carácter vinculante y por ende, pasarán a formar parte de las bases de este llamado.
La Intendencia de Montevideo responderá las solicitudes que reciba y enviará copia escrita de sus respuestas a todos los interesados que hayan comprado el pliego, incluyendo la pregunta sin identificar su origen.
Las consultas y respuestas podrán ser visualizadas además, en la página web de la IdeM (xxx.xxxxxxxxxx.xxx.xx entrar en Servicios on line – Cartelera de Compras y buscar el número de la licitación) y en la página web de Compras Estatales xxx.xxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx.
En el mismo plazo y de la misma forma indicada para las consultas, los interesados, podrán solicitar prórroga de fecha de apertura de ofertas.
Art. 26º - INFORMACIÓN CONFIDENCIAL.
La I de M y el Adjudicatario se comprometen a respetar el carácter confidencial de cualquier documento, datos u otra información relacionada con el Contrato que hubiesen sido suministrados directa o indirectamente por una de las partes a la otra, y a no dar a conocer dicha información, sin el previo consentimiento escrito de la otra parte. Todo ello sin perjuicio de que la información citada hubiese sido provista antes, durante o una vez completada la ejecución del Contrato. No obstante lo anterior, el Proveedor podrá suministrar a sus técnicos tales documentos, datos y cualquier otra información que reciba del Comprador para que dichos técnicos puedan cumplir con sus obligaciones en virtud del Contrato. En este caso, el Adjudicatario obtendrá de sus técnicos un compromiso de confidencialidad, similar al suyo.
El Adjudicatario no utilizará dichos documentos, datos o cualquier otra información recibida de la I de M, para ningún otro propósito que no sea el trabajo y servicios requeridos para la ejecución del Contrato.
Art. 27º - RECEPCIÓN Y APERTURA DE PROPUESTAS.
La recepción y apertura de propuestas se realizará en el local del Servicio de Compras, ubicado en el Sector Santiago de Chile del Edificio Sede de la IdeM, con acceso sobre la Avenida 18 de Julio, en la fecha y hora establecidos en la publicación del presente llamado en el Sitio Web de Compras Estatales.
ANEXO I -
Especificaciones técnicas - switches
OPCION 1:
Interfaces:
• 24 bocas Ethernet 10/100/1000 con ajuste automático de velocidad y dúplex según:
IEEE 802.3x full dúplex on 10BASE-T, 100BASE-TX
IEEE 802.3 10BASE-T
IEEE 802.3u 100BASE-T/TX 1000BASE-T y 1000BASE-TX
• Mínimo 2 módulos UTP (1000BASE-T y 1000BASE-TX)/SFP, que soporte SFPs de tipo:
100BASE-BX, 100BASE-FX y 100BASE-LX
1000BASE-BX, 1000BASE-SX y 1000BASE-LX/LH
1000BASE-ZX
1000BASE-CWDM SFP (1470,1490,1510,1530,1550,1570,1590,
1610 nm)
Performance:
• Capacidad de Switching: Al menos 56 Gbps
• Capacidad de Forwarding: Al menos 40 Mpps (millones de tramas por segundo)
• Memoria Flash: 128 MB o más
• Memoria DRAM: 512 MB o más
OPCION 2:
Interfaces:
• 48 bocas Ethernet 10/100/1000 con ajuste automático de velocidad y dúplex según:
IEEE 802.3x full dúplex on 10BASE-T, 100BASE-TX
IEEE 802.3 10BASE-T
IEEE 802.3u 100BASE-T/TX 1000BASE-T y 1000BASE-TX
• Mínimo 2 módulos UTP (1000BASE-T y 1000BASE-TX)/SFP, que soporte SFPs de tipo:
1610 nm)
100BASE-BX, 100BASE-FX y 100BASE-LX
1000BASE-BX, 1000BASE-SX y 1000BASE-LX/LH
1000BASE-ZX
1000BASE-CWDM SFP (1470,1490,1510,1530,1550,1570,1590,
Performance:
• Capacidad de Switching: Al menos 100 Gbps
• Capacidad de Forwarding: Al menos 77 Mpps (millones de tramas por segundo)
• Memoria Flash: 128 MB o más
• Memoria DRAM: 512 MB o más
Características Técnicas:
• Cross-over automático (MDIX)
• Máximo de direcciones MAC soportadas: Al menos 8000 MAC addres- ses.
• VLANs: IEEE 802.1q con soporte al menos para 64 VLANs simultáneas con 4094 VLAN IDS y tagging (IEEE 802.1q trunking).
• Internet Group Management Protocol (IGMP) Snooping v1 y v2.
• ACLs basadas en capa 2 (VLAN ID, MAC address, DSCP, etc.), en capa 3 (direcciones IP origen y/o destino), y en capa 4 (información de puer- tos TCP/UDP) o combinaciones de todas ellas.
• Clasificación de QoS basado en ACL de capa 2, 3 y 4.
• Soporte al menos 3 colas para tráfico por puerto.
• RMON I Y II standards.
• Deberá poder ejecutar diagnóstico de cableado en todos los puertos.
• Soporte IEEE 802.3af XxX y/o 802.3at PoE+ en todos los puertos Ether- net simultáneamente. Todos los puertos deben poder operar al menos en modo 15.4 W simultáneamente. Deben haber LEDs indicadores xx XxX para cada puerto.
Características de Seguridad y Prevención xx Xxxxxx:
• Limitación activa del trafico Storm Control (unicast, multicast y broad- cast).
• Protección de BPDU con desconexión preventiva y notificación en puer- tos del switch.
• Protección de establecimiento de Spanning Tree Root con desconexión preventiva y notificación en puertos del switch.
• Port security para limitar acceso por cantidad de direcciones MAC en un puerto.
• Soporte para distintos mecanismos de autenticación incluyendo pero no limitándose a 802.1x (consultando servidor AAA) y MAC Authentication Bypass.
Estándares, Certificaciones y RFCs Soportados:
• IEEE 802.1D - Spanning Tree Protocol
• IEEE 802.1p - CoS Prioritization
• IEEE 802.1Q - VLAN Tagging
• IEEE 802.1s - Múltiple Spanning Tree Protocol
• IEEE 802.1w - Rapid Spanning Tree Protocol
• IEEE 802.1x - Control de acceso a la red
• IEEE 802.3ad - Link Aggregation Control Protocol (LACP)
• IEEE 802.3x full duplex on 10BASE-T, 100BASE-TX, and 1000BASE-T ports
• IEEE 802.3u 100BASE-TX
• IEEE 802.3ab 1000BASE-T
• IEEE 802.3z 1000BASE-X
• RMON I and II standards
• SNMP v2c and v3
• RFC 783 - TFTP
• RFC 959 - FTP
• RFC 1256 - Internet Control Message Protocol (ICMP) Router Discovery
• RFC 1305 - Network Timing Protocol (NTP)
• RFC 1757 - RMON
• RFC 1981 - Maximum Transmission Unit (MTU) Path Discovery IPv6
• RFC 2131 - DHCP Dynamic Host Configuration Protocol - - Client
• RFC 2138 - RADIUS
• RFC 2373 - IPv6 Aggregatable Address
• RFC 2460 - IPv6
• RFC 2461 - IPv6 Neighbor Discovery
• RFC 2463 - ICMP IPv6
• RFC 2474 - Differentiated Services (DiffServ) Precedence
• RFC 3376 - IGMP v3
Operación y Administración:
• Administrable vía SSHv2 (claves RSA de 1024 bits) y Web (HTTP y/o HTTPS) opcional.
• Poder actualizar firmware vía Web y/o vía FTP/TFTP.
• Debe poderse cargar y descargar configuración en formato de texto.
• Soporte Radius para acceso administrativo.
• Puerto consola (Serial o USB) para administración local.
• SNMP v2c o superior. Soporte envío de traps SNMP.
• Debe implementar al menos las siguientes MIB:
ENTITY-MIB ETHER-LIKE-MIB IF-MIB
• Port Mirroring
• Soporte Remote Switch Port Analyzer (RSPAN)
• Soporte RMON
Requerimientos ambientales:
• Temperatura de Operación: 0 a 40ºC
• Temperatura de Almacenamiento:-25 a 70ºC
• Humedad ambiente de Operación: 10 a 80%
• Certificados FCC Parte 15 Clase A y UL 60950 vigente.
Otros Requerimientos:
• Garantía del Fabricante, al menos 3 años.
• Alimentación: 240 VAC, 50 Hz. No se aceptan fuentes ni transformado- res externos.
• Cable y toma Schuko (puede ser provisto por un tercero).
• Rackeable 19" de 1U o 2U.
• LEDs indicadores: Energía, actividad de puertos, alarmas, etc.