Contract
PLIEGO DE CONDICIONES QUE VA A REGIR LA CONTRATACIÓN, ADJUDICACIÓN Y EJECUCIÓN MEDIANTE CONCURSO PÚBLICO PARA EL ARRENDAMIENTO POR PARTE DE ESTA ADMINISTRACIÓN DE UNA VIVIENDA COMPLETAMENTE AMUEBLADA EN CIUDAD REAL, CON DESTINO A PISO TUTELADO DEPENDIENTE DEL COMPLEJO RESIDENCIAL “XXXXXXXX”. EXPTE. DE PATRIMONIO 117/2014.
I. OBJETO DEL CONTRATO, NECESIDADES A SATISFACER, RÉGIMEN JURÍDICO Y ACCESO A LA INFORMACIÓN DE ESTA LICITACIÓN.
1.1.- El objeto: el arrendamiento de una vivienda completamente amueblada en Ciudad Real capital, cuyas características mínimas son las que se establecen en el ANEXO I a este pliego.
1.2.- Necesidades a satisfacer:
La vivienda se destinará a piso tutelado para personas con discapacidad intelectual, dependiente del Complejo Residencial “Xxxxxxxx”.
No obstante lo anterior, el inmueble arrendado podrá ser utilizado por cualquier órgano y/o unidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, u otro organismo, entidad o empresa pública integrante del sector público de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para la finalidad arriba indicada o para cualquier otra que sea compatible con el uso predominante del inmueble.
1.3.- Régimen jurídico:
El contrato de arrendamiento de inmuebles es un negocio jurídico de carácter privado (art.
4.1. (p del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público).
La preparación y adjudicación de la presente contratación se regirá por la legislación de aplicación general y básica prevista en la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas y su Reglamento de Desarrollo, aprobado por Real Decreto 1.373/2009, de 28 xx xxxxxx, por la Ley 6/1985, de 13 de noviembre, de Patrimonio de Castilla-La Mancha y su Reglamento de desarrollo, aprobado por Decreto 104/1986, de 23 de septiembre. En defecto de las normas anteriores, regirá con carácter supletorio la normativa de derecho público y, subsidiariamente, las normas de derecho privado.
Los efectos y extinción del contrato se regirán por la normativa que resulte directamente aplicable de la legislación de aplicación general y básica prevista en la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas y su Reglamento de Desarrollo, aprobado por Real Decreto 1.373/2009, de 28 xx xxxxxx, y por las normas de derecho privado, en particular lo regulado en la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos y supletoriamente en el Código Civil.
Así mismo, se aplicarán los principios contenidos en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, con la sola finalidad de resolver las dudas y lagunas que pueda presentar esta licitación, de conformidad con lo dispuesto en el art. 4.2 de dicha norma, y sin perjuicio de aquellos preceptos en los que se produce una remisión expresa en el presente pliego.
1.4.- Acceso a la información.
Los interesados en esta licitación pueden obtener toda la información necesaria dirigiéndose a la Unidad de Patrimonio de la Secretaría General de la Consejería de Hacienda de Castilla-La Mancha, en la X/ Xxxx, 00, 00000, xx Xxxxxx, Tfnos: 000.00.00.00, 000.00.00.00 000.00.00.00 y 000.00.00.00, a través de correo electrónico xxxxxxxxxx@xxxx.xx y página Web xxx.xxxxxxxxxxxxxxxx.xx
II. DURACIÓN DEL CONTRATO.
2.1.- Plazo de duración del contrato. Será desde el 1 xx xxxx o fecha de formalización del contrato si esta es posterior, hasta el 31 de diciembre de 2018.
No obstante, la parte arrendataria podrá resolver el contrato en cualquier momento, una vez finalizado el segundo año de vigencia del contrato, notificándolo fehacientemente a la parte arrendadora con tres meses de preaviso y sin derecho a indemnización a favor de esta última.
Si la resolución por la arrendataria se produce dentro de los dos primeros años desde la entrada en vigor del contrato, se deberá indemnizar al arrendador con una cantidad equivalente a una mensualidad xx xxxxx en vigor por cada año del contrato que reste por cumplir dentro de ese periodo de dos años. Los periodos de tiempo inferiores al año, darán lugar a la parte proporcional de la indemnización.
2.2.- Prórrogas. El contrato podrá prorrogarse por periodos anuales.
La parte arrendadora se podrá oponer a la prórroga comunicándolo a la Administración con el plazo mínimo de 3 meses de antelación respecto de cada uno de los periodos de vencimiento. La misma facultad tendrá la parte arrendataria, si bien el plazo de preaviso será de un mes.
Si dentro de los plazos de preaviso anteriores ninguna de las partes hubiera manifestado su voluntad de resolver el contrato, este se entenderá prorrogado por otro año más, y así sucesivamente, con el límite de 5 años.
III. PRESUPUESTO DEL ARRENDAMIENTO Y REVISIÓN DE PRECIOS.
3.1.- Presupuesto base de licitación. Asciende la renta mensual a SEISCIENTOS TREINTA Y DOS EUROS CON DIEZ CENTIMOS DE EURO, IVA EXCLUIDO (632,10 €/mes – IVA EXCLUIDO).
RENTA MENSUAL | IVA (21 %) | TOTAL MENSUAL (IVA INCL) | TOTAL ANUAL (IVA INCL) | TOTAL DURACIÓN DEL CONTRATO (IVA INCL) |
632,10 € | 132,74 € | 764,84 € | 9.178,08 € | 33.652,96 € |
3.2.- Crédito presupuestario. Para atender las obligaciones económicas que se deriven para la Administración por el cumplimiento del contrato se ha procedido a la oportuna retención del crédito, que será imputado a la aplicación presupuestaria 27.04.CR40. G313C/20200 de los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castila-La Mancha, con el siguiente desglose plurianual:
EJERCICIO | PRESUPUESTO | |
2.015 | 6.118,72 | € |
2.016 | 9.178,08 | € |
2.017 | 9.178,08 | € |
2.018 | 9.178,08 | |
TOTAL | 33.652,96 | € |
3.3.- Carácter limitativo del presupuesto. El presupuesto base de la licitación no podrá ser rebasado por las ofertas que se presenten, entendiéndose a todos los efectos que en éstas están comprendidos todos los gastos que el adjudicatario deba realizar para el cumplimiento del contrato, incluyendo tanto los tributos en vigor como los que se establezcan o modifiquen durante la vigencia del contrato.
3.4.- Revisión de la renta.
Durante la vigencia del contrato la renta no será objeto de ningún tipo de revisión ni actualización, puesto que en el art. 4.6 de la Ley 2/2015, de 30 xx xxxxx, de desindexación de la economía española, el régimen de revisión periódica de la renta está configurado como un procedimiento excepcional.
IV. GARANTÍAS O FIANZAS PARA PARTICIPAR EN ESTA LICITACIÓN.
Para participar en la presente licitación, no será necesario que los licitadores presenten garantía o fianza alguna.
V.- CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN.
5.1- El presente contrato se adjudicará mediante concurso público, conforme a los siguientes criterios y por la ponderación que se atribuye cuyo máximo son 100 puntos:
CRITERIOS | VALORACIÓN | PUNTOS |
CRITERIOS ECONOMICOS | De 0 a 45,00 puntos | |
1.- OFERTA ECONOMICA.- | OFERTA ECONÓMICA/PRECIO: La oferta económica se valorará conforme al criterio de precio más barato, en los términos indicados en este pliego*. | De 0 a 45,00 puntos. |
CRITERIOS TECNICOS | De 0 a 55,00 puntos | |
2.- UBICACIÓN /EMPLAZAMIENTO. Requisito mínimo: El inmueble se situará dentro del perímetro definido por la denominada Ronda (circunvalación conformada por Ronda de la Xxxx, Xxxxx del Parque, Ronda de Ciruela y Xxxxx xx Xxxxxx) en Ciudad Real. | Se valorará: La idónea ubicación, como, entre otros, la proximidad a parques, locales comerciales y de ocio básicos y a parada del bus de servicios especiales. | De 0 a 14,00 puntos. |
3.-DIMENSIONES Y DISTRI- BUCION: Requisitos mínimos: Superficie: 110 m2 útiles. Deberá contar con: 4 dormitorios. Cocina. Salón. 2 baños completos. | Se valorará: Que las habitaciones cuenten con ventanas a viales públicos y terrazas exteriores. Que exista lavadero en terraza/patio. Que tenga más habitaciones y/o superficie de las mínimas exigidas. | De 0 a 10,00 puntos. |
4.-AMUEBLAMIENTO Y ELEC - TRODOMESTICOS. Requisitos mínimos: 4 dormitorios: 2 con dos camas y 2 con una cama, con sus correspondientes armarios y mesa de estudio. Cocina con vitrocerámica, horno, frigorífico, micro- ondas, lavadora, secadora, lavavajillas y mesa para 6 personas. Salón: Librería, Televisión color de 40” mínimo, sofá con sillones, mesa y sillas para 6 personas. 2 baños completamente amueblados. | Se valorará: El estado y calidad del mobiliario/electrodomésticos. Que esté dotado con enseres, menaje y /o mobiliario no especificado en los requisitos mínimos. | De 0 a 8 puntos. |
5.- ACCESIBILIDAD, ESTADO DE CONSERVACION Y OTROS. Requisitos mínimos: Que cuente con ascensor. | Se valorará : La adecuación a las normas de accesibilidad vigentes. El estado de conservación Que disponga de toma de agua de bomberos en planta (columna seca). | De 0 a 8,00 puntos |
6.- ADECUACION AL USO PREVISTO: CLIMATIZACION. Requisitos mínimos: Calefacción central o individual eléctrica o de gas. | Se valorará: La dotación de aire acondicionado. Calefacción con termostato individual. | De 0 a 6,00 puntos. |
7.- ANTIGÜEDAD DE LA EDIFICACIÓN | Se valorará : La menor antigüedad de la edificación o última gran reforma. | De 0 a 6,00 puntos |
8.- PLAZO DE ENTREGA DEL INMUEBLE. | Se valorará: La reducción del plazo de entrega respecto del exigido, que será de 15 desde firma del contrato | De 0 a …3 puntos |
TOTAL | 100, 00 PUNTOS |
* Para valorar el criterio precio, se tendrá en cuenta:
En primer lugar se calculará el porcentaje de baja de todas las ofertas respecto del precio de licitación, aplicando la siguiente fórmula:
% Baja= 100 x Precio de licitación- oferta económica empresa
Precio de licitación.
La máxima puntuación (45 puntos) se otorgará a la oferta que tenga el porcentaje de baja más alta y la mínima (0 puntos) a la oferta que coincida con el precio de licitación. Al resto de ofertas se les otorgará la puntuación de forma proporcional
Las ofertas se considerarán su importe mensual IVA EXCLUIDO.
VI. ORGANO COMPETENTE, PUBLICIDAD DE LA LICITACIÓN, DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO, Y VISITA DE LOS INMUEBLES OBJETO DE OFERTA.
6.1.- Órgano competente.
Con carácter previo a la licitación, el expediente deberá ser autorizado por el titular de la Consejería de Hacienda. La misma autorización deberá ser recabada para modificar el contrato.
La instrucción y adjudicación del contrato será llevada a cabo por la Secretaría General de la Consejería de Hacienda.
En cuanto a la formalización del contrato, la misma corresponderá a la Secretaría General de la Consejería de Hacienda o funcionario en quien delegue.
6.2.- Régimen de publicidad. La presente licitación se anunciará en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.
Adicionalmente la licitación podrá anunciarse en la página Web de la Consejería de Hacienda (xxx.xxxxxxxxxxxxxxxx.xx), si así se estimara adecuado para su mejor difusión.
6.3.- En cualquier momento del procedimiento anterior a la formalización del contrato la Administración podrá desistir del procedimiento si sobrevinieran razones que hicieran desaparecer las necesidades que se pretenden satisfacer con este contrato.
El desistimiento por parte de la Administración por este motivo no otorgará derecho alguno a los licitadores o adjudicatario.
6.4.- Una vez finalizado el plazo para presentar oferta, los interesados en esta licitación que hayan presentado oferta deberá permitir la visita y reconocimiento de los inmuebles a los técnicos de la Administración.
VII. LICITADORES INTERESADOS Y PRESENTACION DE OFERTAS.
Para poder participar en este concurso para la adjudicación del arrendamiento será requisito necesario presentar oferta en sobre cerrado, en la forma y modo previstos en este Pliego.
Podrán tomar parte en el concurso todas aquellas personas y sujetos que tengan capacidad de contratar de acuerdo con las normas contenidas en el Código Civil, en particular para el contrato de arrendamiento de bienes inmuebles.
No podrán tomar parte en este procedimiento las personas que hayan solicitado o estén declaradas en concurso, hayan sido declaradas insolventes en cualquier procedimiento, estén sujetas a intervención judicial o hayan sido inhabilitadas conforme a la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, así como las que incurriesen en los supuestos previstos en la normativa sobre incompatibilidades y en alguna de las prohibiciones para contratar establecidas en el art. 60 del Texto Refundido xx Xxx de Contratos del Sector Público aprobado por Real Decreto-Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
El licitador no podrá presentar más que una sola proposición u oferta, cualquiera que sea el número de dependencias donde ésta pueda ser presentada. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en unión o agrupación con otras personas, si lo ha hecho individualmente, o figurar en más de una unión o agrupación. La contravención de este principio dará lugar automáticamente a la desestimación de todas las ofertas por él presentadas.
La presentación de proposiciones presupone por parte del licitador la aceptación incondicionada de la totalidad de las cláusulas y condiciones de este Pliego, sin salvedad o reserva alguna.
Las proposiciones se formularán en lengua castellana. En el caso de presentarse alguna documentación en otro idioma o lengua sin la traducción correspondiente, la Administración se reserva la facultad de no considerar dicha documentación.
VIII. FORMA DE PRESENTACIÓN DE OFERTAS POR LOS LICITADORES (DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR LOS LICITADORES).
8.1. Documentación.- Los licitadores presentarán tres sobres cerrados y firmados por él mismo o persona que lo represente, y contendrán:
El primero (nº 1) la documentación administrativa;
El segundo (nº 2), la correspondiente a los criterios técnicos.
Y el tercero (nº 3), que contendrá la oferta económica.
En el anverso de cada uno de los sobres se indicará:
Identificación del sobre (Ejemplo: Sobre nº 2: Criterios técnicos).
Nombre del licitador, razón social y denominación de la Entidad concursante, con su NIF.
Teléfono, fax de contacto y/o, dirección de correo electrónico.
Nombre y apellidos del firmante de la proposición y carácter con que lo hace.
Firma.
8.2. Documentación a incorporar en el sobre 1: Documentación administrativa:
a) La capacidad de obrar:
- Las personas jurídicas: acreditarán la capacidad de obrar mediante la escritura de constitución (y de modificación, en su caso) inscrita en el Registro Mercantil cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación se realizará mediante la escritura o documento de constitución, de modificación, estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate.
También se aportará el NIF y la escritura de apoderamiento del firmante, debidamente inscrita en el registro mercantil. Si se trata de un poder para acto concreto no es necesaria la inscripción en el Registro Mercantil, de acuerdo con el art. 94.1.5 del Reglamento del Registro Mercantil.
- Las personas físicas: acompañarán el Documento Nacional de Identidad o pasaporte. En el caso de comparecer en nombre del ofertante, se aportará poder bastante al efecto.
b) Se deberá presentar declaración responsable de cumplimiento de todas las condiciones para participar en este concurso y de no estar incurso el licitador en las prohibiciones para contratar recogidas en el artículo 60 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, que comprenderá expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
Esta declaración podrá hacerse en el modelo que se adjunta como ANEXO II.
No obstante, los licitadores habrán de tener en cuenta que, en el caso de que sean propuestos adjudicatarios se les exigirá la documentación acreditativa de hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social, concediéndose al efecto un plazo de 5 días hábiles, a contar a partir de la notificación de la propuesta de adjudicación; si bien esta acreditación puede hacerse en el momento de la presentación de la oferta incluyéndose la documentación requerida dentro de la documentación administrativa (sobre 1), siempre y cuando se encuentren vigentes en el momento de la adjudicación. También esta acreditación se podrá hacer del modo siguiente:
1.) Alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) o, en su caso, último recibo de la anualidad correspondiente, en el epígrafe objeto del presente contrato, acompañado de una declaración responsable de no haberse dado de baja en el citado impuesto. También se podrá presentar declaración responsable de no sujeción o exención, en los casos en que proceda.
2.) Certificación positiva de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria justificativa de estar al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias. Esta Certificación puede ser sustituida por una autorización al órgano de contratación para que la recabe directamente, en modelo que se adjunta como ANEXO III.
3.) Certificación positiva de la Tesorería General de la Seguridad Social. Esta Certificación puede ser sustituida por una autorización al órgano de contratación para que la recabe directamente, en modelo que se adjunta como ANEXO III.
4.) Certificación positiva del órgano competente de la Administración Tributaria de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, justificativa de estar al corriente de sus obligaciones tributarias. Esta Certificación puede ser sustituida, en el caso de resultar adjudicatario, por una autorización al órgano de contratación para que la recabe directamente, en el modelo 046 del portal tributario de la página Web de la Consejería de Hacienda xxx.xxxx.xx/xxxxxxxx, previo pago de la tasa prevista en la Ley 9/2012, de 29 de noviembre, de Tasas y Precios Públicos de Castilla-La Mancha y otras medidas tributarias.
c) Certificación del licitador u órgano de dirección o representante autorizado por la empresa, en la que se especifique que en los órganos de administración y gobierno de la misma, no figura persona alguna a las que se refiere la Ley regional 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha. Esta declaración podrá hacerse en el modelo que se adjunta como ANEXO II.
d) Identificación del inmueble ofertado y documento acreditativo de la titularidad o facultad para disponer sobre el mismo para darlo en arrendamiento, además de la referencia catastral o, en su caso, último recibo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI).
e) D.N.I. o pasaporte del firmante de la oferta.
f) Las personas y empresas extranjeras aportarán una declaración expresa de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
g) Certificado de eficiencia energética de la vivienda expedido por técnico competente. Se entenderá cumplido este requisito con la presentación de la solicitud de inscripción del mismo, en el Registro Autonómico de Certificados de Eficiencia Energética de Edificios de Castilla-La Mancha dependiente de la Consejería de Fomento. En este momento la acreditación de este requisito es potestativa, si bien lo licitadores deberán tener en cuenta que una vez tenga lugar la adjudicación del contrato de arrendamiento se exigirá ya con carácter obligatorio en el plazo fijado en la cláusula 10.5).
h) Una relación de todos los documentos incluidos en este sobre.
El licitador deberá presentar los anteriores documentos en original o mediante copias compulsadas o que tengan carácter de auténticas conforme a la legislación vigente.
8.3. Documentación a incorporar al sobre nº 2: Criterios técnicos.
Este sobre contendrá la documentación acreditativa que deba aportar el licitador para la valoración de los criterios técnicos n º 2, 3, 4, 5, 6,7, y 8 (todos salvo la oferta económica).
Para definir esta parte de la oferta se deberá aportar una declaración responsable a modo de memoria explicativa de los parámetros o criterios técnicos objeto de valoración arriba referenciados, que deberá ir debidamente fechada y firmada.
Para completar la declaración, el licitador podrá presentar:
a) Planos o croquis de distribución del inmueble objeto del arrendamiento.
b) Fotografías definitorias del inmueble.
c) Cualquier otra documentación o información que se estime conveniente.
En ningún caso podrá incluirse dentro de la documentación indicación alguna que haga directa o indirectamente referencia a la proposición económica ofertada por el licitador.
Este sobre se presentará cerrado e identificado exteriormente en los términos previstos en la cláusula 8.1. de este pliego.
8.4. Documentación a incorporar en el sobre nº 3: Proposición económica.
El sobre nº 3 contendrá:
La proposición económica, que deberá ser confeccionada con sujeción al modelo que se acompaña al presente Xxxxxx como Xxxxx XX.
Este sobre se presentará cerrado e identificado exteriormente en los términos previstos en la cláusula 8.1 de este pliego.
8.5. Lugar de presentación de la oferta:
La oferta podrá ser presentada de forma directa o a través del servicio de correos, en los siguientes términos:
a) Presentación directa: La oferta únicamente podrá ser entregada directamente en el Registro General de la Consejería de Hacienda en Toledo, calle Real, nº 14, Xxxxxxxx xx Xxxxxx, 00000, xx Xxxxxx.
b) Presentación por correo: Deberán dirigirse a la siguiente dirección: Servicio de Patrimonio de Consejería de Hacienda en Toledo, xxxxx Xxxx, Xxxxxxxx xx Xxxxxx, 00000, xx Xxxxxx.
Cuando las proposiciones se envíen por correo, el licitador deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de correos y anunciar a la Administración la remisión de la oferta mediante télex, fax o telegrama en el mismo día. Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la proposición si es recibida por la Administración con posterioridad a la fecha de terminación del plazo. Transcurridos, no obstante, 10 días naturales siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la proposición, ésta no será admitida en ningún caso. Las direcciones en las que debe anunciarse la remisión de la oferta por correo son las siguientes:
Fax: 000 00 00 00
Telegrama: Servicio de Patrimonio de la Consejería de Hacienda en Toledo, calle Real, nº 14 - Xxxxxxxx Xx Xxxxxx, 00000 xx Xxxxxx.
Una vez presentada una proposición y finalizado el plazo de presentación, ésta solo podrá ser retirada por causas justificadas apreciadas por la Secretaría General de la Consejería de Hacienda.
8.6. Plazo de presentación de ofertas:
El plazo para la presentación de ofertas será como mínimo de 20 días, en los términos que establezca el anuncio de licitación publicado en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.
Terminado dicho plazo, la Oficina de Registro expedirá certificación relacionada de las proposiciones recibidas, o, en su caso, de la ausencia de licitadores, que será remitida al Secretario de la Mesa de este concurso.
IX. COMPOSICIÓN DE LA MESA.
La Mesa estará integrada por:
Presidente: El Coordinador Regional de Patrimonio. En caso de ausencia, vacante o enfermedad será sustituido por el vocal de la Unidad de Patrimonio.
Vocales:
o Un representante de la Unidad de Patrimonio de la Secretaría General de la Consejería de Hacienda.
o Un representante de la Intervención General de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
o Un representante de los Servicios Jurídicos.
o Un representante de la Consejería de Sanidad y Asuntos Sociales o del Organismo proponente.
Secretario: Un funcionario de la Unidad de Patrimonio, con voz y sin voto.
X.- ADJUDICACION DEL CONTRATO.
10.1.- Calificación de la documentación administrativa: La Mesa de contratación calificará previamente los documentos, presentados en tiempo y forma, contenidos en los sobres Nº 1, para comprobar que se ajustan a lo exigido en este pliego. Si se observasen defectos u omisiones subsanables, la Mesa lo comunicará a los interesados, concediéndoles un plazo no superior a tres días hábiles para su corrección o subsanación ante la propia Mesa.
10.2.- Valoración de los criterios técnicos:
Concluido, en su caso, el plazo concedido para la corrección o subsanación de la documentación incluida en los sobres Nº 1, la Mesa de contratación se reunirá con el objeto de adoptar el oportuno acuerdo sobre la propuesta de admisión o rechazo de los licitadores, y las causas de éste, y proceder a la apertura de los sobres Nº 2 de los licitadores admitidos para la valoración de la documentación contenida en ellos de conformidad con los criterios técnicos de esta adjudicación.
Para realizar esta valoración la Mesa podrá requerir a los licitadores la visita al inmueble y la presentación de documentación complementaria o aclaratoria de la aportada (siempre que no suponga alteración alguna de la oferta), que deberán presentar en un plazo no superior a cinco días, así como solicitar cuantos informes técnicos se estimen pertinentes. De la valoración realizada se dejará constancia documental en el acta.
10.3.- Valoración de la proposición económica: Realizada la valoración de los criterios de valoración técnicos, la Mesa se reunirá en el día y hora señalado en el anuncio para la apertura de los sobres Nº 3 (oferta económica).
10.4.- La Mesa de contratación clasificará las proposiciones por orden decreciente, atendiendo a las puntuaciones obtenidas y las elevará, junto con el acta y la propuesta al órgano de contratación.
10.5.- Requerimiento al licitador con la mejor valoración, oferta más ventajosa:
Posteriormente, el órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la mejor oferta, para que dentro del plazo de cinco días hábiles a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente:
La documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autorice al órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello, en los términos establecidos en este pliego, así como también la referida al I.A.E. en los términos señalados en la cláusula 8.2 b).1 (salvo que esta documentación se hubiere presentado en el sobre A y se mantuviere vigente).
Certificado de eficiencia energética de la vivienda expedido por técnico competente. Se entenderá cumplido este requisito con la presentación de la solicitud de inscripción del mismo, en el Registro Autonómico de Certificados de Eficiencia Energética de Edificios de Castilla-La Mancha dependiente de la Consejería de Fomento.
Los justificantes de pago del anuncio de licitación en el DOCM, que serán en todo caso de cuenta de la adjudicataria, con un importe máximo de 400 euros, incluido IVA.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
10.6.- Adjudicación: El órgano de contratación acordará, en resolución motivada, la adjudicación del contrato en el plazo máximo de dos meses desde la apertura de las proposiciones.
La adjudicación deberá ser motivada, se notificará a los candidatos o licitadores y se publicará en Diario Oficial de Castilla-La Mancha.
XI.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.
11.1.- El contrato se formalizará en documento administrativo en el plazo máximo de 10 días, computados desde el siguiente al de la notificación de la adjudicación del contrato.
No obstante lo anterior, se podrá formalizar en escritura pública cuando lo solicite el arrendador, siendo a su xxxxx los gastos derivados de su otorgamiento.
11.2.- Formando parte integrante del contrato se unirán un ejemplar de este pliego, que serán firmados por el arrendador.
Se entenderá igualmente que forman parte del contrato las condiciones y compromisos asumidos por el adjudicatario en su oferta, en relación con la ejecución del contrato, y que hayan sido tenidos en cuenta para la adjudicación.
11.3- De conformidad con lo establecido en el art. 36 de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de arrendamientos urbanos, se dispensa a la Administración, en su calidad de arrendataria, de la obligación de constituir la fianza señalada en el citado precepto.
11.4.- Asimismo, dada la naturaleza y características del presente contrato, se exime también al adjudicatario-arrendador de la obligación de prestar garantía definitiva, sin perjuicio de las responsabilidades que con arreglo a derecho se le pudieran exigir el arrendatario.
11.5. La formalización del contrato será requisito necesario para que pueda iniciarse la ejecución del arriendo.
11.6. Si por causas imputables al adjudicatario no pudiera formalizarse el contrato, la Administración podrá acordar la resolución del mismo, con derecho a una indemnización igual al 2% del precio de adjudicación.
11.7. Si por causas no justificadas la no formalización fuera imputable a la Administración, se indemnizará al adjudicatario de los daños y perjuicios que ello le pudiera ocasionar, sin perjuicio de que el citado adjudicatario pueda solicitar la resolución del contrato, con derecho a una indemnización del 2% del precio de adjudicación.
XII.- EJECUCION DEL CONTRATO: ENTREGA DEL INMUEBLE, PAGO DE LA RENTA Y DEMÁS OBLIGACIONES DE LAS PARTES.
12.1.- Entrega del inmueble: Una vez firmado el contrato el arrendador entregará a la arrendataria las llaves del inmueble, antes del plazo de 15 días. La renta se devengará desde el momento de la entrega del inmueble.
12.2.- El pago de la renta:
El pago de la renta se efectuará por períodos mensuales vencidos, previa conformidad de la factura por el órgano destinatario del bien.
El plazo de pago será de 30 días, a contar desde el día siguiente a la recepción de la factura.
12.3.- La renta podrá no podrá ser actualizada de conformidad con lo previsto en cláusula
3.4 de este pliego.
12.4.- Los gastos generales para el adecuado sostenimiento del inmueble, sus servicios, tributos, cargas y responsabilidades que no sean susceptibles de individualización y que correspondan a la vivienda o sus accesorios serán a cargo del arrendador.
Quedan exceptuados los gastos por servicios que se individualicen mediante aparatos contadores, que serán de cuenta del arrendatario.
12.5.- El pago del Impuesto de Bienes Inmuebles y los de comunidad si los hubiere, serán de cuenta del arrendador.
La tasa xx xxxx, de basuras, etc, y todas aquellas derivadas del uso del inmueble, serán de cuenta del arrendatario.
12.6.- Actuaciones de conservación del inmueble: El arrendador está obligado a realizar, sin derecho a elevar por ello la renta, todas las reparaciones que sean necesarias para conservar la vivienda en las condiciones de habitabilidad para servir al uso convenido.
12.7.- La arrendataria queda autorizada para efectuar en el inmueble objeto de arrendamiento las obras y reformas que estime conveniente para adaptarlo a sus necesidades, siempre que sean a su xxxxx, y no afecten a la seguridad del inmueble. Sin perjuicio de lo anterior, se estará a lo dispuesto en los artículos 21, 22 23 y 26 de la vigente Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos.
A la terminación del contrato, quedarán a beneficio de la propiedad todas aquellas obras que puedan considerarse como inmovilizado de la vivienda, pudiendo retirar la arrendataria aquellas mejoras que sean susceptibles de aprovechamiento independiente, así como las instalaciones desmontables y elementos móviles que haya incorporado al edificio, entre otros.
La arrendataria no estará obligada a la terminación del contrato a reponer el inmueble al estado en que se encontraba en el momento inicial del contrato respecto de las obras y reformas que haya ejecutado durante su vigencia, sin embargo si estará obligada a entregar limpio y adecentado el mismo.
12.8. Obras de mejora.- El arrendatario estará obligado a soportar la realización por el arrendador de obras de mejora que no perturben el uso objeto del arriendo, y cuya ejecución no pueda razonablemente diferirse hasta la conclusión del arrendamiento, y sin que por esta causa pueda elevar la renta.
12.9.- En función del uso, la parte arrendataria tiene derecho a instalar en el inmueble aquellas medidas de prevención que sean necesarias, de conformidad con las disposiciones vigentes en materia de prevención de riesgos laborales.
12.10.- Al contrato se unirá como anexo el inventario con la relación de bienes muebles, electrodomésticos y menaje.
XIII.- EXTINCIÓN DEL CONTRATO.
13.1.-Extinción del contrato expiración del plazo:
El contrato se extinguirá por el transcurso de los plazos previstos en la cláusula II de este pliego, previa denuncia formulada conforme se indica en la mencionada cláusula.
13.2. Otras causas de extinción.
a) La no formalización del contrato en el plazo establecido, con los efectos que ya se han indicado en este pliego.
b) La imposibilidad de desarrollar la actividad para cuya finalidad se contrató el inmueble, con motivo del incumplimiento por parte del arrendador de las medidas comprometidas en su oferta.
c) El incumplimiento de las condiciones esenciales previstas en este pliego.
d) Y las previstas en la Legislación aplicable.
XIV.- OCTAVA: FICHEROS AUTOMATIZADOS
De acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, el arrendador queda informado y acepta la incorporación de sus datos al fichero automatizado existente en la Secretaria General de la Consejería de Hacienda de la Administración de la Junta de Comunidades xx Xxxxxxxx-La Mancha, que se conservarán en la misma con carácter confidencial, sin perjuicio de las remisiones de obligado cumplimiento a las administraciones públicas que estipula la ley. La finalidad del fichero es realizar la formalización de este contrato, su facturación y seguimiento posterior.
El interesado podrá ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición ante la Secretaría General de la Consejería de Hacienda, como responsable del citado fichero, con dirección en la Calle Real nº 14, CP: 45000 Xxxxxx.
XV.- JURISDICCIÓN COMPETENTE
Este contrato tiene carácter privado, de tal forma que:
Todas las cuestiones que afecten a la preparación y adjudicación del contrato serán resueltas por el órgano administrativo competente, cuyas decisiones serán recurribles, previo agotamiento de la vía administrativa, ante la jurisdicción contencioso-administrativo, conforme a lo dispuesto en la Ley reguladora de dicha jurisdicción.
Las cuestiones relativas a la ejecución y extinción del contrato se dilucidarán ante la jurisdicción civil. En estos casos, será requisito necesario la presentación de la correspondiente reclamación previa a la vía civil, según lo establecido en los artículos 120 y siguientes de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
A estos efectos, las partes se someten expresamente a la competencia y jurisdicción de los Juzgados y Tribunales que tengan su sede en la capital de provincia.
DILIGENCIA: Se extiende para hacer constar que el presente Xxxxxx ha sido informado favorablemente, en fecha 17/04/2015, por el Servicio de Régimen Jurídico, y aprobado por Resolución del Consejero de Hacienda de fecha 9/06/2015.
Toledo, a 10 xx xxxxx de 2015
EL COORDINADOR REGIONAL DE PATRIMONIO
Fdo. Xxxxxxxxx Xxxxx Xxxxx.
ANEXO I
CARACTERÍSTICAS DE LA VIVIENDA A ARRENDAR
1. OBJETO DEL CONTRATO.
Se pretende el arrendamiento de una vivienda totalmente amueblada que se situará en una ubicación céntrica en Ciudad Real capital, dentro de Rondas, es decir dentro de la circunvalación conformada por Ronda de la Xxxx, Xxxxx del Parque, Ronda de Ciruela y Xxxxx xx Xxxxxx (entre las cuatro Rondas conforman el cinturón en el que se encuadra la capital), para ser destinada a piso tutelado para personas con discapacidad intelectual, dependiente del complejo residencial “Xxxxxxxx”.
2. CARACTERISTICAS MINIMAS DE LA VIVIENDA DEMANDADA.
Superficie: al menos 110 m2 útiles.
Habitaciones: 4 dormitorios. Cocina.
Salón.
2 baños completos.
Contará con una correcta instalación de alumbrado, tomas de energía y calefacción central o individual eléctrica o de gas.
La vivienda deberá encontrarse lista para el uso convenido.
Dispondrá de enseres dignos y se encontrará completamente amueblada y con al menos, el siguiente amueblamiento y electrodomésticos:
1. Cuatro dormitorios: 2 con dos camas y 2 con una cama, con sus correspondientes armarios y mesa de estudio.
2. Cocina con vitrocerámica, horno, frigorífico, micro - ondas, lavadora, secadora, lavavajillas y mesa para 6 personas.
3. Salón: Librería, Televisión color de 40” mínimo, sofá con sillones, mesa y sillas para 6 personas.
4. Dos baños completamente amueblados.
Contará con acometidas de agua potable y saneamiento suficientes.
Estará dotada de ascensor.
Así mismo la vivienda dispondrá de la calificación urbanística adecuada para el uso requerido según el planeamiento municipal.
3. VALOR ESTIMADO DEL ARRENDAMIENTO.
Se estima un coste mensual (IVA incluido) de SETECIENTOS SESENTA Y CUATRO EUROS CON OCHENTA Y CUATRO CENTIMOS DE EURO (764,84 €), es decir, 9.178,08
€ anuales, por un duración máxima de 44 meses, hacen un total (IVA INCLUIDO) de TREINTA Y TRES MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y DOS CON NOVENTA Y SEIS EUROS (33.652,96 €).
4. DURACIÓN DEL CONTRATO.
El contrato inicial tiene un plazo que va desde el 1 xx xxxx de 2015 o fecha de formalización si fuera posterior, hasta el 31 de diciembre de 2018, prorrogables, año a año, hasta un máximo de otros cinco años más.
ANEXO II
MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE DE NO ESTAR INCURSO EN PROHIBICIONES O INCOMPATIBILIDADES PARA CONTRATAR
D. , con DNI
, en nombre propio o como representante legal de la Empresa/Entidad , DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD:
Que cumple con todas las condiciones previstas en el pliego de condiciones para participar en este concurso.
Que no concurre en la misma ninguna de las circunstancias recogidas como prohibiciones para contratar con la Administración en el artículo 60 del Texto Refundido xx Xxx de Contratos del Sector Público aprobado por Real Decreto-Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
Que se halla al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda local, estatal y autonómica, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, y con la Seguridad Social a tenor de lo previsto en el artículo 14 del Real Decreto señalado, o, en su caso, que no tiene obligación de presentar las declaraciones o documentos a que se refieren los citados artículos.
Que en los órganos de Administración o gobierno de la misma, no figura persona alguna que se halla incursa en alguno de los supuestos previstos en la Ley 11/2003, de 25-09-2003, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla La Mancha (D.O.C.M. nº 143 de 6 de octubre de 2003).
Que la misma no ha solicitado o está declarada en concurso, ni ha sido declarada insolvente en ningún procedimiento, ni está sujeta a intervención judicial o ha sido inhabilitada conforme a la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal.
Y para que conste a los efectos oportunos firmo la presente en a
...................... de ……………..
ANEXO III
AUTORIZACIÓN DEL INTERESADO PARA QUE LA JUNTA DE COMUNIDADES XX XXXXXXXX LA MANCHA PUEDA RECABAR DATOS A LA AGENCIA TRIBUTARIA, A LA TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y A LA PROPIA JCCM DE ESTAR AL CORRIENTE EN EL CUMPLIMIENTO DE SUS OBLIGACIONES SOCIALES Y TRIBUTARIAS.
(CONTRATACIÓN CON LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS)
La persona abajo firmante autoriza a la Consejería de Hacienda de la JCCM (Unidad de Patrimonio) a solicitar de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, a la Tesorería General de la Seguridad Social y a la D.G. de Tributos y Ordenación del Juego de la JCCM los datos relativos al
CUMPLIMIENTO DE SUS OBLIGACIONES SOCIALES Y TRIBUTARIAS PARA COMPROBAR EL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS ESTABLECIDOS EN LA LEY DE PATRIMONIO DE C-LM EN RELACIÓN CON LA LEY DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO Y DEMÁS NORMATIVA DE DESARROLLO, EN EL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN: EXPEDIENTE Nº 117/2014.
La presente autorización se otorga exclusivamente para el procedimiento mencionado anteriormente y en aplicación de lo dispuesto en el art. 95 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria (BOE 18/12/2003) y la normativa concordante de Seguridad Social, por la que se permite, previa autorización del interesado, la cesión de los datos tributarios y de obligaciones sociales que precisen las AAPP para el desarrollo de sus funciones.
Respecto del cumplimiento de obligaciones tributarias con la Junta de Comunidades xx Xxxxxxxx-La Mancha, en el caso de resultar adjudicatario, la acreditación se podrá sustituir por una autorización al órgano de contratación para que la recabe directamente, en el modelo 046 del portal tributario de la página Web de la Consejería de Hacienda xxx.xxxx.xx/xxxxxxxx previo pago de la tasa prevista en la Ley 9/2012, de 29 de noviembre, de Tasas y Precios Públicos de Castilla-La Mancha y otras medidas tributarias.
A- DATOS DEL LICITADOR
APELLIDOS Y NOMBRE/ RAZÓN SOCIAL:
NIF
FIRMA (Sólo en caso de persona física)
B- DATOS DEL AUTORIZADOR (SOLO EN EL CASO DE QUE SEA UNA PERSONA JURÍDICA O UNA ENTIDAD DEL ARTÍCULO 35.4 DE LA LEY GENERAL TRIBUTARIA)
APELLIDOS Y NOMBRE
NIF ACTÚA EN CALIDAD DE FIRMA
NOMBRE
En …………………………a ………….de …………………………….de 20……….
ANEXO IV
MODELO DE OFERTA ECONÓMICA
Don................................................con DNI n.º…………..……natural de………….
...........................provincia de ..........................., mayor de edad y con domicilio en
................................C/……………...................... teléfono ................ actuando en
nombre ….......................…....(propio o de la empresa o entidad a que represente)………....................................., MANIFIESTA que, enterado del procedimiento tramitado por la JCCM para la contratación de un arrendamiento (Expte. de Patrimonio ..............), conforme el Pliego de Condiciones y con todos los requisitos y condiciones que rigen esta contratación, y en nombre propio o por virtud de la representación que ostento me comprometo ofrecer el inmueble de mi titularidad (o del que puedo disponer a estos efectos) situado en
...............................................................................................................................
............................................................., por una renta mensual de:
RENTA MENSUAL SIN IVA | IVA 21% | RENTA MENSUAL * IVA INCLUIDO |
* En caso de discordancia entre la renta mensual sin IVA y la renta mensual con IVA, se considerará la renta mensual sin IVA.