MODELO DE PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES
MODELO XX XXXXXX DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES
PARA EL SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE EQUIPOS DE CALOR EN DE BIOMASA PARA LA CENTRAL DE PRODUCCIÓN DE ENERGÍA TÉRMICA DE LA RED DE CALOR UVA
CONTRATO SUJETO A REGULAZIÓN ARMONIZADA PROCEDIMIENTO: ABIERTO SIN VARIANTES
Nº EXPEDIENTE: COEF/2016/02
Cuadro resumen de las características del contrato
1.- OBJETO DEL CONTRATO
Ejecución del suministro e instalación de un equipo de calor en de biomasa para la central de producción de energía térmica de la red de calor UVa
Códigos CPV:
42161000-5 Calderas de agua caliente 45331110-0 Trabajos de instalación xx xxxxxxxx
2.- PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN Y VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO
700.000 € IVA no incluido para el suministro.
40.000 € IVA no incluido para la instalación
Total presupuesto base de licitación: 740.000 € IVA no incluido
Valor estimado del contrato: 740.000 €
3.- CLASIFICACIÓN DEL CONTRATISTA
No procede
4.- PLAZO
20 semanas para el suministro de equipos y 5 semanas para la instalación
5.- VARIANTES
No se admiten variantes
6.- GARANTÍA PROVISIONAL
No se exige
7.- GARANTÍA DEFINITIVA
10 % Importe de Adjudicación SIN IVA
8.- GASTOS DE PUBLICIDAD
Por cuenta del adjudicatario.
9.- PENALIDADES POR DEMORA
0.2 %/día hasta un 10 % del importe del contrato
10.- RETENCIONES
No procede
11.- FINANCIADO POR FONDOS EUROPEOS
SÍ
X
NO
ÍNDICE
I.- DISPOSICIONES GENERALES
1. - OBJETO DEL CONTRATO
2. - JUSTIFICACION
3. - PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN Y VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO
4. - PLAZO DE EJECUCIÓN
II. – BASES DE LA LICITACIÓN Y ADJUDICACIÓN
5. - PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN
6. - CAPACIDAD Y SOLVENCIA DEL EMPRESARIO
7. - PRESENTACIÓN DE OFERTAS
8. - GARANTIA PROVISIONAL
9. - CONTENIDO DE LAS OFERTAS
10. - CALIFICACIÓN Y ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
11. - GARANTIA DEFINITIVA
12. - SEGURO TODO RIESGO CONSTRUCCIÓN Y MONTAJE
III. – FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
13. - DOCUMENTO DE FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
14. - PLAN DE SEGURIDAD Y SALUD y PLAN DE TRABAJO
IV. – DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PARTES
15. - OBLIGACIONES, PENALIDADES Y GASTOS EXIGIBLES AL CONTRATISTA
16. - ABONOS AL CONTRATISTA
17. - IMPUESTOS
V. – EJECUCIÓN DEL CONTRATO
18. - REVISIÓN DE PRECIOS
19. - FACULTAD DE CONTROL DEL SUMINSTRO
20. - RECEPCIÓN DEL SUMINISTRO E INICIO DE LA INSTALACIÓN
21. - DIRECCIÓN DE LA INSTALACIÓN
22. - PROGRAMA DE TRABAJO
23. - SEÑALIZACIÓN DE LAS OBRAS DE INSTALACIÓN
24. - SUBCONTRATACIÓN
25. - CESIÓN DEL CONTRATO
VI - MODIFICACIONES DEL CONTRATO
26. - MODIFICACIONES DEL CONTRATO
VII - CONCLUSIÓN DEL CONTRATO
27. - RECEPCIÓN DE LA INSTALACIÓN
28. - PLAZO DE GARANTÍA TOTAL DEL EQUIPO DE CALOR SUMINISTRADO
29. - DEVOLUCIÓN DE LA GARANTÍA DEFINITIVA
VIII - EXTINCIÓN DEL CONTRATO
30. - EXTINCIÓN DEL CONTRATO
IX - RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO
31. - REGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO
32. – CONFIDENCIALIDAD DE LA OFERTA ANEXOS
CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS
I. - DISPOSICIONES GENERALES
1. - OBJETO DEL CONTRATO
El objeto de la presente licitación comprende el suministro e instalación de un equipo de calor de biomasa para la central de producción de energía térmica de la red de calor UVa, conforme se especifica en la memoria de actuaciones xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas Particulares.
Códigos CPV:
42161000-5 Calderas de agua caliente 45331110-0 Trabajos de instalación xx xxxxxxxx
El ámbito geográfico de actuación comprende al municipio xx Xxxxxxxxxx.
El contrato, los planos, el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares, el presente Pliego de Cláusulas Administrativas, los precios, la memoria y presupuesto y la oferta técnica y económica revestirán carácter contractual, por lo que serán obligatorios y exigibles al ADJUDICATARIO del Contrato.
El orden de prelación de los documentos en caso de contradicción será:
El Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.
El Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares con sus anexos y planos.
El Contrato.
Oferta Técnica y Económica.
El contrato definido tiene la calificación de contrato mixto ya que incluye prestaciones relativas a un contrato de suministro (la adquisición de un equipo de calor) y a uno de obra (la instalación de un equipo de calor). Tal y como dispone el artículo 3.2, párrafo primero, de la Directiva 2014/24/UE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, sobre contratación pública y por la que se deroga la Directiva 2004/18/CE, los contratos que tengan por objeto dos o más tipos de contratación (obras, servicios o suministros) se adjudicarán conforme a las disposiciones aplicables al tipo de contratación que caracterice el objeto principal del contrato en cuestión. Por su parte el artículo 12 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre (en adelante TRLCSP), se atenderá, en todo caso, para la determinación de las normas que deban observarse en su adjudicación a la prestación que tenga más importancia desde el punto de vista económico.
En el presente caso constituye el objeto principal del contrato, no solo por su importancia económica, la prestación relativa al suministro del equipo de calor, justificándose esta circunstancia en el expediente de contratación.
2. – JUSTIFICACIÓN
2.1. – Justificación de su necesidad e idoneidad
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 22 del TRLCSP, la celebración del presente contrato proyectado, se justifica por la necesidad de llevar a cabo la ampliación de la capacidad térmica de la central del District Heating de la Universidad xx Xxxxxxxxxx para abastecer las necesidades de calor de diversos edificios públicos del entorno de la red. Todo ello con el fin de
mejorar el ahorro energético previstas en el presente Pliego, y esto dado que la eficiencia energética es un aspecto crucial no sólo para mejorar la competitividad de cualquier organización, dado que la optimización del consumo energético permite una reducción significativa de costes y un aumento del tiempo de vida útil de los equipos, sino que además, y como consecuencia de un consumo menor de energía, se reducen las emisiones de CO2 con lo que esto se traduce en una contribución a la mejora del calentamiento global y, en definitiva, a una contribución al bienestar social.
La Sociedad Pública de Infraestructuras y Medio Ambiente de Castilla y León, S.A. (en adelante la SOCIEDAD) asume, entre otras actuaciones que constituyen su objeto social, “la realización de todo tipo de trabajos, explotaciones, obras, estudios, informes, proyectos, dirección de obras, consultorías, asistencias técnicas y servicios relacionados con la promoción, protección, conservación, regeneración o mejora del medio ambiente, en los ámbitos del medio natural, de la calidad ambiental y de las infraestructuras hidráulicas y ambientales…” y así, en su desarrollo, lleva a cabo el suministro e instalación de sistemas de calefacción con biomasa para mejora del ahorro energético.
2.2. – Justificación de la elección del procedimiento
El contrato objeto de la presente licitación tiene carácter privado y está sujeto a regulación armonizada, de conformidad con lo establecido en los artículos 12, 13, 15 y 20 del TRLCSP y en la Directiva 2014/24/UE.
La forma de adjudicación de este contrato de suministro será el procedimiento abierto, regulado en los artículos 138 a 161 del TRLCSP, con las particularidades previstas del artículo 190 del TRLCSP al tratarse de un contrato sujeto a regulación armonizada.
3. - PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN Y VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO
El presupuesto base está compuesto por:
700.000 € IVA no incluido para el suministro.
40.000 € IVA no incluido para la instalación.
Total presupuesto base de licitación: 740.000 € IVA no incluido
En este importe están incluidos, los Gastos Generales, el Beneficio Industrial, el Control de Calidad, Seguridad y Salud, tasas, impuestos y licencias necesarias, así como los que vienen recogidos en la cláusula 15 de este Pliego y cualesquiera otros que surjan con ocasión de la ejecución de este contrato.
La oferta económica presentada no podrá ser nunca superior a los correspondientes presupuestos base de licitación, con exclusión del IVA, por lo que será excluida en caso de producirse.
Dicho importe podrá estar cofinanciado por la Unión Europea a través de Fondos europeos mediante el BEC (Banco Consejo Europa) y de la línea de financiación BEI “XXXXXXXX CLIMATE CHANGE”, según lo dispuesto en el apartado 11 del cuadro resumen.
El valor estimado del contrato está compuesto por:
700.000 € IVA no incluido para el suministro.
40.000 € IVA no incluido para la instalación.
Valor estimado total del contrato: 740.000 €
4. - PLAZO DE EJECUCIÓN
4.1. – Los plazos máximos de ejecución de las distintas prestaciones del contrato serán los siguientes:
20 semanas para la entrega de equipos.
5 semanas para la instalación.
El periodo de suministro comenzará a contarse desde el día siguiente a la formalización del contrato, debiendo presentarse a la semana del inicio del mismo un Certificado Expedido por el fabricante de la caldera que constate el inicio de fabricación de los equipos.
El periodo de instalación comenzará a contarse desde el día siguiente a la recepción de conformidad del suministro y su correspondiente Acta de Inicio de la Instalación.
4.2. - En todo caso el plazo de inicio de la ejecución del contrato no podrá ser superior al plazo de mantenimiento de la oferta por el licitador desde la fecha de adjudicación, es decir 2 meses, quedando resuelto el contrato en caso contrario, salvo que el retraso se debiera a causas ajenas a LA SOCIEDAD, y al CONTRATISTA.
4.3. - El comienzo efectivo de la instalación no podrá producirse hasta tanto LA SOCIEDAD haya aprobado el Plan de Seguridad y Salud y el Plan de Trabajo correspondiente a los trabajos de instalación y el CONTRATISTA haya cumplido su obligación de comunicar a la autoridad laboral correspondiente el inicio de la instalación.
4.4. - Si vigente el contrato, surgieran incidencias que determinen la necesidad de ampliar los plazos establecidos para la instalación, la pertinente prórroga del plazo deberá ser resuelta de modo expreso por LA SOCIEDAD, previa tramitación del correspondiente procedimiento. Si las incidencias fueran imputables al contratista, LA SOCIEDAD podrá imponer penalidades según lo dispuesto en la cláusula 15.1.
II. –BASES DE LA LICITACIÓN Y ADJUDICACIÓN
5. – PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN
La adjudicación se realizará por la totalidad de las prestaciones objeto de este pliego en base a los siguientes criterios:
Subcriterio | Puntuación | Ponderación | |
Criterios Evaluables de Forma Directa 80 Puntos | Oferta económica Global | De 0 a 72 puntos | Se valorará según la siguiente fórmula: 72*B P= Bmax Donde: - P. Puntuación - B: Baja de oferta a valorar, en % - Bmax: Baja Máxima no incursa en temeridad, en %. |
Aumento del plazo de garantía del equipo de calor suministrado. | De 0 a 8 puntos | Se valorará el incremento del plazo de garantía sobre el plazo mínimo establecido en el Pliego. Cuatro puntos por cada año adicional. |
En la cláusula 9, en el apartado relativo al contenido del SOBRE nº 3, se explica la forma de valoración de estos criterios.
En relación a la oferta económica, la suma de bases imponibles correspondientes a las dos prestaciones (suministro e instalación) será la que genere el porcentaje que se considerará como B.
Criterio | Subcriterio | Puntuación | Ponderación |
Criterios Evaluables de Forma Subjetiva 20 Puntos | Reducción del plazo de entrega del suministro | De 0 a 10 puntos | Se valorará la reducción del plazo de entrega del suministro sobre el plazo máximo establecido en el Pliego. Dos puntos y medio por cada semana de reducción. |
Plan de trabajo y organización de la instalación | De 0 a 10 puntos | Se valorará la planificación del proceso de instalación y su grado de adecuación, la organización del montaje y la reducción de interferencias. |
En la cláusula 9, en el apartado relativo al contenido del SOBRE nº2, se explica la forma de valoración de estos criterios.
Régimen de apreciación de ofertas con valores anormales o desproporcionados.
Las ofertas (suma de las bases imponible correspondientes al suministro e instalación) cuya baja supere en más de 5 puntos porcentuales la baja media, se considerará que no pueden ser cumplidas como consecuencia de incluir valores anormales o desproporcionados. A las proposiciones que puedan ser consideradas anormales o desproporcionadas se les requerirá la justificación de su oferta en los términos previstos en el TRLCSP; igualmente se pedirá asesoramiento técnico al Área correspondiente. Si vistas las justificaciones e informes técnicos la mesa de contratación considera que no pueden ser cumplidas las proposiciones por incluir valores anormales o desproporcionados propondrá su rechazo y no las tendrá en cuenta para valorar los criterios evaluables de forma directa.
A los efectos de aplicar el régimen de apreciación de ofertas con valores anormales o desproporcionados se tendrá en cuenta lo siguiente:
- Para la consideración de la baja media no se tendrán en cuenta las ofertas con bajas inferiores al 5% del presupuesto de licitación.
- En el caso de empresas del mismo grupo, en el sentido del artículo 42.1 del Código de Comercio, se tomará únicamente la oferta más baja, y ello con independencia de que presenten su proposición en solitario o conjuntamente con otra empresa o empresas ajenas al Grupo y con las cuales concurran en unión temporal.
6. – CAPACIDAD Y SOLVENCIA DEL EMPRESARIO
Podrán concurrir a la adjudicación del contrato las personas físicas o jurídicas que desarrollen una actividad que tenga una relación directa con el objeto del contrato, dispongan de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato, tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica en los términos y formas a continuación.
En el supuesto de que concurra a la licitación alguna empresa que haya asesorado a la SOCIEDAD o haya participado de algún otro modo en la preparación del procedimiento de contratación, se estará a lo dispuesto en el artículo 41 de la Directiva 2014/24/UE. En idénticos términos se procederá cuando el asesoramiento o participación haya sido prestado por una empresa vinculada a un licitador.
6.1. Personalidad jurídica, capacidad de obrar y representación.
a) Acreditación de la personalidad jurídica y capacidad de obrar del empresario.
La personalidad jurídica y la capacidad de obrar de los empresarios se acreditarán a través de los siguientes documentos:
1. En el caso de empresarios que fueren personas jurídicas estos extremos se acreditarán mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate.
2. En el caso de empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea estos extremos se acreditarán por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.
3. Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa.
4. Los empresarios españoles que sean personas físicas deberán presentar el Documento Nacional de Identidad o el que, en su caso, le sustituya reglamentariamente.
b) Acreditación de la representación del empresario.
Cuando el licitador actúe mediante representante, éste deberá aportar documento fehaciente acreditativo de la existencia de la representación y del ámbito de sus facultades para licitar.
Si el licitador fuera persona jurídica, deberán presentarse los documentos que acrediten la identidad y representación que ostenta la persona que firma la proposición, como muestra de que se encuentra facultada para representar a la licitadora, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda.
6.2 Solvencia
- Acreditación de la Solvencia Técnica
Relación de los principales suministros efectuados durante los cinco últimos años, que sean de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, atendiendo a tal efecto a los dos primeros dígitos del código CPV relativo al suministro (42), indicando su importe, fechas y destinatario público o privado de los mismos. Los suministros efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o cuando el destinatario sea un comprador privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario.
Se establece como requisito mínimo que se hayan suministrado al menos cinco equipos de potencia 5 MW en los últimos tres años.
- Acreditación de la Solvencia Económica y Financiera
Para la acreditación de la solvencia económica y financiera se deberá demostrar que el volumen anual de negocios del licitador o candidato, referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos es igual o superior al presupuesto base de licitación.
La justificación de esta circunstancia se acreditará mediante la presentación de las cuentas anuales aprobadas y depositadas en el registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. En el caso de empresarios individuales la acreditación del volumen de negocios se acreditará mediante los libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el registro Mercantil.
A los efectos de la presente licitación, para el volumen anual de negocios se tendrá en cuenta el importe neto de la cifra de negocios que figura en la cuenta de pérdidas y ganancias de los modelos reglamentarios de las cuentas anuales establecidas en la legislación mercantil.
Para acreditar la solvencia necesaria, la persona empresaria podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que, para la ejecución del contrato, dispone efectivamente de esos medios, debiendo a tal fin aportar certificado o compromiso emitido por el órgano de dirección de la empresa que preste la citada solvencia, acreditativo de tal circunstancia. En estos supuestos se estará a lo dispuesto en el artículo 63 de la Directiva 2014/24/UE. En particular la SOCIEDAD comprobará si las entidades a cuya capacidad se tiene la intención de recurrir cumplen los criterios de solvencia pertinentes y si concurre algún supuesto de prohibición de contratar.
7. - PRESENTACIÓN DE OFERTAS
Las ofertas se presentarán en el Registro de LA SOCIEDAD, sito en la Xxxxxx Xxxx 000. 00000 Xxxxxxxxxx, de 9 a 14 horas de lunes a viernes, antes de la fecha y hora límite de presentación indicada en el anuncio de licitación. Las ofertas se presentarán en mano o por correo.
Cuando la documentación se envíe por correo, el empresario deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante fax al número 000 000 000 en el mismo día. En todo caso las ofertas por correo deberán recibirse en el plazo máximo de 10 días posteriores a la fecha de presentación.
Se considerará medio válido de comunicación entre el poder adjudicador y los ofertantes, además del fax o correo certificado, el correo por medios electrónicos. A tal efecto, los ofertantes incluirán una dirección de correo electrónico válida y con acuse de recibo.
Previa a la presentación de la oferta, los OFERTANTES podrán examinar este Pliego, el de Prescripciones Técnicas Particulares y cualquier documentación complementaria a través del perfil de contratante del órgano de contratación (xxx.xxxxxxx.xx), pudiendo obtener cuantas aclaraciones fueran precisas mediante consulta telefónica en el número 983 362 888 o presencialmente en la dirección que se establece en el párrafo primero.
Para dar cumplimiento a la previsión contenida en el artículo 158.2 del TRLCSP las solicitudes de información adicional deberán ser presentadas con una antelación de 10 días respecto a la fecha límite fijada para la recepción de ofertas.
8. - GARANTIA PROVISIONAL
No se exige garantía provisional.
9. - CONTENIDO DE LAS OFERTAS
9.1. - La presentación de ofertas presume la aceptación incondicional de estas cláusulas sin salvedad alguna y la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con LA SOCIEDAD.
9.2. - Las ofertas deberán presentarse dentro de un único sobre cerrado, identificado con el nombre de la empresa, dirección postal, teléfono, fax y dirección de correo electrónico, que contendrá a su vez tres sobres cerrados (1, 2 y 3) con el contenido que se indica a continuación, así como escrito en el que conste el nombre de la empresa, licitación a la que se presenta y relación de documentación aportada. En todos los sobres se indicará de forma legible el número de expediente, el objeto del contrato, el nombre completo de la empresa, sociedad o particular que formule la oferta y su dirección. También se indicará de forma legible el número y título del sobre.
9.3. - Los sobres deberán ir firmados por el representante legal.
9.4. - LA SOCIEDAD excluirá las ofertas que contengan salvedades a la aceptación de algún punto de este Pliego.
9.5. - Los OFERTANTES no podrán suscribir ninguna oferta en unión temporal con otros si lo ha hecho a título individual, ni tampoco podrá figurar en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas.
A continuación, se expone el contenido de los tres sobres a presentar:
SOBRE NÚMERO 1:
TITULO: “DOCUMENTACIÓN GENERAL”
En este sobre se deberá incluir la siguiente documentación:
1. Los licitadores presentarán el Documento Europeo Único de Contratación (DEUC) al que se refiere el Anexo II, en sustitución de los certificados expedidos por las autoridades públicas o por terceros que confirmen que cumple las condiciones exigidas en el artículo 59 de la Directiva 2014/24/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014 sobre contratación pública. Para la correcta cumplimentación de este documento deberán tenerse en cuenta las indicaciones contenidas en el Anexo II bis.
Si el licitador optare por no aportar el DEUC deberá incorporar la documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones previstas en el artículo 59.1 de la Directiva 2014/24/UE y la información necesaria para la licitación del este contrato. Así, deberá aportarse la siguiente documentación:
a) La acreditativa de la capacidad de obrar y, en su caso, de la representación alegada, en los términos previstos en la cláusula 6.1.
b) La acreditativa del cumplimiento de los requisitos de solvencia exigidos, en los términos previstos en la cláusula 6.2.
c) Una declaración responsable de que no incurre en ninguna de las prohibiciones de contratar previstas en la normativa aplicable en materia de contratos del sector público. Esta declaración deberá ajustarse al modelo que figura en el Anexo VI.
d) En caso de que existan varios lotes en la licitación deberá presentarse una declaración indicando los lotes a los que licita.
e) En hoja independiente, bajo el título de NOTIFICACIONES, y a efectos de las notificaciones que LA SOCIEDAD deba practicar, se hará constar el nombre y apellidos o razón social del empresario o empresa licitadora, NIF, su dirección completa, número de teléfono, número de Fax y dirección de correo electrónico.
2. Una declaración responsable del licitador, según el modelo del Anexo V, relativa a la situación jurídica de la empresa de sujeción o no sujeción a la obligación prevista en el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, de contar con un 2 por 100 de trabajadores con discapacidad y, en su caso, sobre su cumplimiento o sobre la adopción de las medidas alternativas correspondientes.
Tratándose de empresas que se encuentren en la situación prevista en el apartado 2 de la disposición adicional cuarta del TRLCSP, es decir, que cuenten con un número de trabajadores con discapacidad superior al 2 por 100, deberán aportar una declaración responsable de las circunstancias concurrentes, salvo que resulte de la declaración prevista en el párrafo anterior, que, en su caso, deberán acreditarse en el momento oportuno.
3. Para las empresas extranjeras, en los casos en que el contrato vaya a ejecutarse en España, una declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
4. Declaración responsable de la empresa licitadora relativa al grupo empresarial al que pertenece, en los términos establecidos en el artículo 42 del Código de Comercio, y ajustándose al modelo previsto en el Anexo VII.
5. Cuando dos o más empresas presenten oferta conjunta de licitación, cada una presentará la documentación indicada en los apartados anteriores y aportarán el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal, en caso de resultar adjudicatarios, indicando los nombres y circunstancias de las personas físicas o jurídicas que la suscriban y la participación de cada uno de ellos. Solo en el caso de que se efectúe a su favor la adjudicación será necesaria la formalización de la unión en escritura pública.
La inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado o en el Registro de Licitadores de la Administración de la Comunidad xx Xxxxxxxx y León, acreditará frente al órgano de contratación, a tenor de lo en él reflejado y salvo prueba en contrario, las condiciones de aptitud del empresario en cuanto a su personalidad y capacidad de obrar, representación, habilitación profesional o empresarial, solvencia económica y financiera, y clasificación, así como la concurrencia o no concurrencia de las prohibiciones de contratar que xxxxx xxxxxxx en el mismo. Así, los licitadores estarán dispensados de presentar los documentos que hayan inscrito o depositado en estos Registros, siempre que no se hayan producido modificaciones o alteraciones que afecten a los datos inscritos y aporten, en sustitución de dicha documentación, la correspondiente certificación expedida por el Registro.
Cuando la acreditación de la personalidad jurídica y representación del empresario, así como la clasificación o solvencia de la empresa, se realice mediante la certificación de un Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas, o mediante un certificado comunitario de clasificación, deberá acompañarse a la misma una declaración responsable del licitador en la que manifieste que las circunstancias reflejadas en el correspondiente certificado no han experimentado variación. Esta manifestación deberá reiterarse, en caso de resultar adjudicatario, en el documento en que se formalice el contrato.
En todo caso el órgano de contratación, en orden a garantizar el buen fin del procedimiento, podrá recabar, en cualquier momento anterior a la adopción de la propuesta de adjudicación, que los licitadores aporten documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones establecidas para ser adjudicatario del contrato.
Los licitadores podrán ser excluidos del procedimiento de contratación cuando incurran en declaraciones falsas de carácter grave al cumplimentar el DEUC o, en general, al facilitar la información exigida para verificar su capacidad y solvencia, todo ello sin perjuicio de cualesquiera otras consecuencias previstas en la normativa aplicable en esta materia.
El momento decisivo para apreciar la concurrencia de los requisitos de capacidad y solvencia exigidos para contratar con LA SOCIEDAD será el de finalización del plazo de presentación de las proposiciones.
SOBRE NÚMERO 2:
TITULO: “DOCUMENTACIÓN RELATIVA A LOS CRITERIOS EVALUABLES DE FORMA SUBJETIVA”
CONTENIDO:
La documentación técnica se entregará exclusivamente en formato electrónico, en un único archivo pdf firmado electrónicamente.
I.- Reducción del plazo de entrega del suministro (10 puntos). Se valorará la reducción del plazo de entrega del suministro sobre el plazo máximo establecido en el Pliego (20 semanas). Dos puntos y medio por cada semana de reducción.
II.- Plan de trabajo y organización de la instalación (10 puntos). Se valorará la planificación del proceso de instalación de la caldera y resto de accesorios, su grado de adecuación a la realidad de la misma, la organización del montaje, así como la reducción de interferencias con el normal funcionamiento de la central térmica.
En la documentación técnica a presentar se debe incorporar toda la documentación indicada en el apartado 6 xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas Particulares, así como cualquier otra información técnica necesaria para justificar el cumplimiento de todos los requisitos técnicos establecidos en dicho pliego.
El total del contenido del sobre 2 ascenderá a un máximo de 40 páginas A4 y 10 láminas A3 para el plan de obra y planos. Las 40 páginas se entenderán en el sentido más estricto. No se admitirá la documentación complementaria.
SOBRE NÚMERO 3:
TITULO: “DOCUMENTACIÓN RELATIVA A LOS CRITERIOS EVALUABLES DE FORMA DIRECTA”
CONTENIDO
En este sobre se presentará el modelo que figura como Xxxxx X, debidamente cumplimentado, en el que se concretarán los siguientes aspectos.
I.- Proposición económica
Si alguna proposición no guardase concordancia con la documentación examinada y admitida, excediese del presupuesto base de licitación, variara sustancialmente el modelo establecido, o comportase error manifiesto en el importe de la proposición, o existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable, será desechada por la mesa, en resolución motivada. Por el contrario, el cambio u omisión de algunas palabras del modelo, con tal de que lo uno o la otra no alteren su sentido, no será causa bastante para el rechazo de la proposición.
La evaluación de la proposición económica se realizará sobre la cifra resultante de la SUMA DE LA BASE IMPONIBLE de los distintos conceptos ofertados, los cuales revestirán carácter contractual.
La oferta económica deberá estar redactada en castellano y deberá estar firmada por el empresario o persona facultada para ello.
La presentación de las proposiciones presupone la aceptación incondicional, por parte del empresario, del contenido xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas y Prescripciones Técnicas sin salvedad alguna.
Como principio básico de este Pliego, el concursante garantiza que el precio que ofrece es vinculante y cubre todo lo necesario para ejecutar el objeto del presente contrato, según un concepto análogo al de obra a tanto alzado. Es decir, que cualquier error u omisión de la oferta, se subsanará por el contratista en el momento en que se detecte, sin coste adicional para LA SOCIEDAD ni pérdida de calidad del suministro, instalación y mantenimiento.
Si una vez firmada el Acta de Inicio de la Instalación, se identifican en el Proyecto de instalación errores, cálculos mal realizados o previsiones insuficientes de cualquier tipo, no serán objeto de abono los excesos de unidades de obra que puedan presentarse al manifestarse tales errores durante la ejecución de la instalación, sin perjuicio de la modificación del contrato cuando concurran las circunstancias del artículo 107 del TRLCSP.
II.- Aumento del plazo de garantía total sobre el equipo de calor suministrado. Se debe indicar el incremento de garantía ofertado respecto del periodo mínimo exigido de dos años (cláusula 28 xxx Xxxxxx). El aumento de garantía puede encontrase entre 0 puntos (garantía total ofertada de 2 años) y 8 puntos (garantía total ofertada de 4 años). Cuatro puntos por cada año adicional de garantía.
10. – CALIFICACIÓN Y ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
10.1 - Finalizado el plazo de presentación de proposiciones, se constituirá la mesa de contratación, que procederá a la calificación de la documentación general presentada en tiempo y forma por los licitadores en el sobre nº 1.
10.2. - Si la mesa observase defectos materiales en la documentación presentada, lo comunicará a los interesados, verbalmente y por escrito, vía FAX, concediendo un plazo no superior a siete
(7) días naturales para que el licitador los corrija o subsane ante la propia mesa de contratación. Si la documentación contuviese defectos sustanciales no subsanables, o bien no se subsanaran las deficiencias advertidas dentro del plazo concedido, se rechazará la proposición.
Si se observaran discrepancias entre lo expuesto en la declaración del Anexo II y la situación real de la empresa, ésta será deudora de la indemnización en concepto de los daños y perjuicios ocasionados, que se valora en el 2% del presupuesto base de licitación excluido el IVA. Todo ello sin perjuicio de las acciones que por falsedad documental se pudieran deducir.
Igualmente esta circunstancia comporta una causa de prohibición para contratar previa tramitación del correspondiente procedimiento.
10.3. - La mesa de contratación, en acto público celebrado en el lugar, día y hora señalados en el anuncio de licitación, procederá a la apertura de los sobres nº 2 (documentación relativa a los criterios evaluables de forma subjetiva), que serán remitidos al Departamento Técnico de la SOCIEDAD.
10.4. - Tras el análisis, estudio y valoración de las ofertas técnicas admitidas, el Departamento Técnico de la SOCIEDAD elaborará un informe, debidamente motivado, en el que se expresará la puntuación obtenida por los licitadores en aplicación de los criterios evaluables de forma subjetiva previstos en este pliego. Este informe se elevará a la mesa de contratación con anterioridad al acto de apertura del sobre nº3. La mesa de contratación, en el día y hora señalados en el anuncio, procederá en acto público a dar a conocer el resultado de la valoración de la documentación presentada por los licitadores en los sobres nº 2. A continuación se realizará la apertura de los sobres nº 3.
10.5. - En sesión convocada a tal efecto, la mesa de contratación, a la vista de las proposiciones económicas y demás circunstancias que hayan de tenerse en cuenta en la adjudicación, y en atención a los informes técnicos y asesoramientos correspondientes que estime oportuno solicitar, formulará la propuesta de adjudicación que incluirá, en todo caso, la ponderación de los criterios que se establecen en este Pliego, o bien propondrá que se declare desierto el concurso, sin que por ello tengan derecho los OFERTANTES a reclamación alguna.
El tratamiento de las Ofertas con valores anormales o desproporcionados se realizará según lo establecido en los apartados 3 y 4 del artículo 152 del TRLCSP y bajo los parámetros expuestos en la cláusula 5 del presente pliego. Si bien, este procedimiento será previo al cálculo de la puntuación del criterio “Oferta Económica Global” y por tanto el valor del denominador “Bmax” será el de la oferta con la Baja Máxima de entre todas las aceptadas, es decir, que no haya sido rechazada por aplicación del procedimiento establecido u otro motivo previsto en la Ley o este Pliego.
En el caso de que dos o más de las proposiciones presentadas, admisibles conforme a los criterios establecidos en el presente Xxxxxx, obtuvieran idéntica puntuación, resultando las más ventajosas económicamente, será de aplicación lo dispuesto en el Apartado 2º de la Disposición Adicional Cuarta del TRLCSP, debiendo aportarse la documentación acreditativa del porcentaje de trabajadores discapacitados declarado.
Si ninguno de los licitadores, con idéntica puntuación, tuvieran en su plantilla trabajadores con discapacidad o bien tuvieran idéntico porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad, resultará adjudicataria aquélla que obtenga una mayor puntuación en el criterio de adjudicación que tenga mayor peso en la ponderación de los mismos; y el caso de que continuara el empate, por el orden de importancia que se le haya atribuido a cada criterio. De persistir el empate se estará a lo dispuesto en el artículo 87.2 del Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, decidiéndose la adjudicación mediante sorteo.
10.6. - Una vez clasificadas las ofertas la SOCIEDAD requerirá al licitador con la mejor oferta para que en el plazo de 10 días hábiles, presente la siguiente documentación:
I. Salvo que ya la hubiera presentado en el sobre nº 1, la acreditativa de la personalidad jurídica y capacidad de obrar, de la representación alegada, en su caso, y del cumplimiento de los requisitos de solvencia exigidos, en los términos previstos en las cláusulas 6.1 y 6.2.
Tal y como se advierte en la regulación del contenido del sobre nº 1, cuando la acreditación de la personalidad jurídica y representación del empresario, así como la clasificación o solvencia de la empresa, se realice mediante la certificación de un Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas, o mediante un certificado comunitario de clasificación, deberá acompañarse a la misma una declaración responsable del licitador en la que manifieste que las circunstancias reflejadas en el correspondiente certificado no han experimentado variación. Esta manifestación deberá reiterarse, en caso de resultar adjudicatario, en el documento en que se formalice el contrato.
II. Certificaciones acreditativas de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
III. Alta en la matrícula del Impuesto de Actividades Económicas, cuyo epígrafe deberá corresponderse con el objeto del contrato referida al ejercicio corriente, o el último recibo del Impuesto sobre Actividades Económicas, completado con una declaración
responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado Impuesto. Cuando el empresario no pueda aportar dicho recibo por estar incluido en alguno de los supuestos previstos en el artículo 82 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx, deberá presentar una declaración responsable de exención del impuesto, sin que dicha declaración sirva como acreditación del alta en la matrícula del impuesto.
IV. En caso de haber declarado alguna de las circunstancias establecidas en el apartado segundo de la Disposición Adicional cuarta del TRLCSP, deberán aportar acreditación fehaciente de tener en su plantilla un número de trabajadores con discapacidad superior al 2%, así como del porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad de su plantilla.
V. Resguardo acreditativo de haber constituido la garantía definitiva conforme a lo estipulado en la cláusula siguiente.
Si el licitador estuviera comprendido por dos o más empresas por haberse presentado conjuntamente a la licitación con el compromiso de constituir una UTE en caso de resultar adjudicatarios, cada una de las empresas deberá aportar la documentación señalada en los anteriores apartados I a IV.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
10.7. - Dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la recepción de la documentación señalada en el apartado anterior, el órgano de contratación acordará, en resolución motivada, la adjudicación del contrato. Dictada la resolución pertinente, se procederá a su notificación a los candidatos o licitadores y a su publicación en el perfil de contratante del órgano de contratación.
11. - GARANTIA DEFINITIVA
Según el artículo 104 del TRLCSP la garantía definitiva se establece en el 10% del importe de adjudicación, IVA excluido, en atención a las características y circunstancias del contrato, y que se entregarán de la siguiente manera; con carácter previo a la adjudicación del contrato y en el plazo máximo de 10 días hábiles previstos en la cláusula anterior, el propuesto como adjudicatario entregará a LA SOCIEDAD, una garantía definitiva por un importe del 10% del importe de adjudicación excluido el IVA mediante aval bancario otorgado por Banco o Sociedad de Garantía, según modelo en el Anexo III, o mediante cualquiera de las formas que permite el artículo 96 del TRLCSP.
El régimen de devolución y cancelación de esta garantía es el previsto en el artículo 102 del TRLCSP.
12.- SEGURO TODO RIESGO CONSTRUCCIÓN Y MONTAJE
El contratista subscribirá, en el plazo de 10 días hábiles desde que se le requiera, una póliza “Todo riesgo construcción y montaje” conforme anexo IV, que cubrirá desde el inicio de los trabajos hasta el fin del plazo de garantía ofertado para la instalación.
III. – FORMALIZACION DEL CONTRATO
13. – DOCUMENTO DE FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
13.1. - Según lo dispuesto en el artículo 156.3 del TRLCSP, la formalización no se llevará a cabo antes de que transcurran 15 días hábiles desde que se remita la notificación de la adjudicación por tener cabida el recurso especial regulado en el artículo 40.1 del TRLCSP.
El órgano de contratación requerirá al adjudicatario para que formalice el contrato en plazo no superior a cinco días hábiles a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento, una vez transcurrido el plazo de 15 días previsto en el párrafo anterior.
13.2. - El contrato podrá elevarse a escritura pública cuando lo solicite el CONTRATISTA, siendo a su xxxxx los gastos derivados de su otorgamiento. Igualmente serán a cuenta del ADJUDICATARIO los gastos y tributos de la formalización del contrato, así como cualesquier impuesto, tasas o arbitrios de índole estatal, autonómica o municipal, que pudieran gravar el contrato, y demás gastos que resulten de aplicación según las disposiciones vigentes.
13.3. - La falta de formalización del contrato por causas imputables al contratista producirá la invalidez de la adjudicación, y el pago por parte del adjudicatario de la indemnización en concepto de los daños y perjuicios ocasionados, que se valora en el 2% del presupuesto base de licitación excluido el IVA. Ante esta situación se procederá a requerir la documentación prevista para la adjudicación del contrato al licitador con la siguiente mejor puntuación.
Esta circunstancia comporta una causa de prohibición para contratar previa tramitación del correspondiente procedimiento.
13.4. - El plazo total de ejecución del contrato será el reflejado en la cláusula 4, o el propuesto por la Empresa adjudicataria, de ser inferior y haber sido aceptado por LA SOCIEDAD.
13.5. - En caso de que el adjudicatario sea una U.T.E., deberá aportar la escritura de constitución, el NIF, así como el DNI del firmante y la documentación acreditativa de la representación alegada.
14. - PLAN DE SEGURIDAD Y SALUD y PLAN DE TRABAJO
Tras la formalización del contrato y en un plazo de 10 días hábiles, el ADJUDICATARIO presentará en el Registro General de LA SOCIEDAD el Plan de Trabajo y Plan de Seguridad y Salud referido a la ejecución de la instalación dentro del contrato adjudicado.
IV. – DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PARTES
15. – OBLIGACIONES, PENALIDADES Y GASTOS EXIGIBLES AL CONTRATISTA.
15.1. - El CONTRATISTA queda obligado al cumplimiento del plazo de ejecución del contrato de suministro e instalación del equipo de calor. Caso de sobrepasarse el plazo establecido por causas imputables al Contratista, se impondrá una penalidad equivalente al 2 por mil del importe del contrato por cada día de demora a partir del octavo día de demora respecto al plazo final o parcial. El órgano de contratación podrá resolver el contrato si la demora individual o acumulada supera los 30 (treinta) días.
El límite máximo de penalidades acumuladas será el equivalente al 10 % (diez por ciento) del importe total del contrato.
El importe de las penalidades por demora se hará efectivo mediante deducción de los mismos en las facturas. En todo caso, la garantía responderá de la efectividad de aquellas.
Si el retraso fuera por motivos no imputables al CONTRATISTA, LA SOCIEDAD podrá optar por conceder una prórroga.
En todo caso la constitución en xxxx del CONTRATISTA no requerirá interpelación o intimación previa por parte de LA SOCIEDAD.
15.2. - Serán de cuenta del CONTRATISTA el abono de los anuncios que se deriven de publicación de la licitación, incluidos los que se hagan en medios de comunicación, hasta un máximo de 2.000 €, que deberán ser ingresados antes de expedir la primera certificación.
15.3. – El CONTRATISTA está obligado a gestionar cuantas autorizaciones administrativas o de otro tipo sean necesarias para la ejecución completa de las instalaciones y su puesta en funcionamiento debiendo de abonar a su xxxxx todos los gastos que supongan dichas autorizaciones o permisos, figurando como titular de la autorización el sujeto que determine LA SOCIEDAD. Si la normativa aplicable exigiera algún documento o proyecto técnico para tramitar la autorización que corresponda será de cuenta del CONTRATISTA su elaboración sin que pueda repercutir los gastos a LA SOCIEDAD.
15.4. - Serán de cuenta del CONTRATISTA todos los gastos que se deriven cuando, a petición del CONTRATISTA, el contrato se formalice en escritura pública notarial.
15.5. - Si LA SOCIEDAD, como titular de las instalaciones, resultase responsable subsidiario de las obligaciones incumplidas por el CONTRATISTA o sustituto del contribuyente, al objeto de la ejecución del contrato y previo cumplimiento de la legislación vigente, podrá compensar las cantidades abonadas, de las que correspondan al CONTRATISTA por el contrato ejecutado.
15.6. - El CONTRATISTA está obligado al cumplimiento de la normativa vigente en materia de Seguridad Social, de Prevención de Riesgos Laborales y de Seguridad y Salud, respecto a las que son objeto del contrato, en los términos previstos en la cláusula 21.
15.7. - El CONTRATISTA viene obligado a guardar sigilo respecto a los datos o antecedentes que no siendo públicos o notorios estén relacionados con el objeto del contrato de los que tenga conocimiento con ocasión del mismo, salvo que el órgano de contratación, atendiendo a la naturaleza y circunstancias del contrato, no lo estime aconsejable.
15.8. - Será de cuenta del CONTRATISTA, sin que ello implique coste adicional alguno al presupuesto del contrato, la colocación a pie de instalación y en lugar visible, de un cartel indicador de la misma ajustada al modelo aprobado por LA SOCIEDAD.
15.9. - El CONTRATISTA está obligado a cumplir, en relación con las obras de instalación objeto de contratación, todas las obligaciones en materia de seguridad y salud en los términos previstos en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, así como en los estudios de seguridad y salud que se incorporen al proyecto técnico de la instalación objeto de contratación y en el Plan de seguridad y salud en el trabajo elaborado por el CONTRATISTA y aprobado por LA SOCIEDAD.
15.10. - El contrato quedará condicionado a la obtención de todas las licencias y permisos necesarios y en particular los de carácter medioambiental, y urbanístico para la adecuación de los terrenos necesarios para la ubicación de las instalaciones, entendiendo la adecuación al uso
descrito por el momento en el que EL ADJUDICATARIO estuviera en disposición legal de proceder al inicio de la ejecución de la instalación. Si no se obtuvieran los permisos, autorizaciones y licencias necesarias para ello, LA SOCIEDAD podrá resolver el contrato, en cuyo caso EL CONTRATISTA no tendrá derecho al abono de indemnización alguna.
15.11. - En concreto y en relación con las materias de seguridad y salud en el trabajo y de prevención de riesgos laborales, el adjudicatario está obligado a comunicar la apertura del Centro de Trabajo -en el impreso normalizado al efecto- al Jefe de la Oficina Territorial de Trabajo de la provincia en donde se ejecute la instalación.
15.12. - Durante la ejecución, la Dirección de los Trabajos de Instalación informará al CONTRATISTA de las parcelas que pueda ocupar o transitar para realizar los trabajos. Si el CONTRATISTA ocupase o transitase por alguna distinta a las señaladas por la Dirección de los Trabajos de Instalación, el CONTRATISTA será el único responsable de cualquier reclamación, desperfecto o reposición que surgiese.
15.13. - De acuerdo con lo dispuesto en la disposición adicional tercera de la Ley 3/2015, de 4 xx xxxxx, de Transparencia y Participación Ciudadana de Castilla y León, el adjudicatario deberá proporcionar toda la información que le sea requerida relacionada con este contrato.
16. - ABONOS AL CONTRATISTA
16.1. - El importe del suministro se abonará al contratista mediante el siguiente calendario de pagos:
30% a la firma del contrato.
70% a la entrega de conformidad de los equipos.
16.2. - El importe de la instalación se abonará al contratista mediante el siguiente calendario de pagos:
80% a la firma del acta de recepción de la instalación.
20% al mes de la firma del acta de recepción de la instalación.
16.3. - Durante la vigencia del contrato y para efectuar el cobro del precio, el CONTRATISTA estará obligado a acreditar estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y la Seguridad Social. A tales efectos deberá aportar la certificación o certificaciones oportunas, con anterioridad al cumplimiento del plazo de validez de la última certificación presentada (6 meses a contar desde la fecha de su expedición).
16.5. - La SOCIEDAD pagará en el plazo máximo de 60 días desde la fecha de recepción de la factura. El medio de pago será Transferencia, Confirming, cheque o cualquier otro medio válido de pago. La SOCIEDAD podrá deducir o compensar de las facturas pendientes del CONTRATISTA aquellos cargos, gastos impuestos, o trabajos realizados por terceros correspondientes a la obra, previa comunicación y justificación al CONTRATISTA.
17. - IMPUESTOS
Tanto en las ofertas que formulen los OFERTANTES como en los presupuestos de adjudicación se entenderán comprendidos, a todos los efectos, los tributos de cualquier índole que graven los diversos conceptos, sin que, por tanto, puedan ser estos repercutidos como partida independiente.
V - EJECUCIÓN DEL CONTRATO
18. - REVISIÓN DE PRECIOS
El presente contrato no está sujeto a revisión de precios.
19. - FACULTAD DE CONTROL DEL SUMINISTRO
La SOCIEDAD tendrá la facultad de inspeccionar y de ser informada del proceso de fabricación o elaboración del producto que haya de ser entregado como consecuencia del contrato, pudiendo ordenar o realizar por sí misma análisis, ensayos y pruebas de los materiales que se vayan a emplear, establecer sistemas de control de calidad y dictar cuantas disposiciones estime oportunas para el estricto cumplimiento de lo convenido.
20. - RECEPCIÓN DEL SUMINISTRO E INICIO DE LA INSTALACIÓN.
El contratista está obligado a entregar equipo de calor dentro del plazo estipulado en este Pliego y de conformidad con las prescripciones técnicas y cláusulas que rigen el contrato.
El contratista no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados en los bienes antes de su entrega a la SOCIEDAD, salvo que ésta hubiere incurrido en xxxx al recibirlos.
La SOCIEDAD determinará, mediante un informe elaborado al respecto, si el suministro realizado por el contratista se ajusta a las prescripciones establecidas para su ejecución y cumplimiento. Si el bien entregado no se halla en estado de ser recibido se hará constar así en el acta de recepción del suministro y se darán las instrucciones precisas al contratista para que subsane los defectos observados o proceda a un nuevo suministro de conformidad con lo pactado. De no producirse esta subsanación se resolverá el contrato por causas imputables al contratista.
Los gastos de entrega y transporte de los bienes objeto del suministro serán de cuenta del contratista.
En el plazo máximo de 20 días desde la recepción de los equipos suministrados se realizará la comprobación del inicio de la instalación mediante la firma del Acta de Inicio de la Instalación. Este plazo podrá reducirse cuando existan razones de urgencia apreciadas por LA SOCIEDAD.
21. - DIRECCIÓN DE LA INSTALACIÓN
LA SOCIEDAD, a través de la Dirección de los Trabajos de Instalación, efectuará la inspección, control y vigilancia de la Instalación, así como la aplicación de las medidas de seguridad y salud que correspondan según el estudio elaborado y el Plan presentado por el CONTRATISTA y aprobado por LA SOCIEDAD.
22. - PROGRAMA DE TRABAJO
El CONTRATISTA deberá cumplir lo establecido en la cláusula 4 de este Pliego.
23. - SEÑALIZACIÓN DE LAS OBRAS DE INSTALACIÓN
El CONTRATISTA está obligado a instalar y mantener, a su xxxxx, la señalización precisa que la legislación vigente exige sobre señalizaciones y acceso de obras, siendo responsable de todas las consecuencias derivadas a la omisión de esta señalización y de forma muy especial la señalización exigida en la Ley de Tráfico y Seguridad Vial.
24. - SUBCONTRATACIÓN
24.1. - Se permite al adjudicatario concertar con terceros la ejecución parcial del contrato hasta un máximo del 60 por 100 del importe de adjudicación.
24.2. - Para que la subcontratación tenga efectos frente a LA SOCIEDAD, el CONTRATISTA deberá notificar por escrito a LA SOCIEDAD, el subcontrato a celebrar, con indicación de las partes a realizar por el SUBCONTRATISTA., la identidad, y la justificación de la aptitud de este para ejecutar la subcontratación por referencia a los elementos técnicos y humanos de que dispone y a su experiencia. En el caso de que el subcontratista tuviera la clasificación adecuada para realizar la parte del contrato objeto de la subcontratación, la acreditación de esta circunstancia eximirá al contratista de la necesidad de justificar la aptitud de aquel.
24.3. - Los SUBCONTRATISTAS quedarán obligados sólo ante el CONTRATISTA principal que asumirá por tanto la total responsabilidad de la ejecución del contrato frente a LA SOCIEDAD.
24.4. - La infracción de alguna de las condiciones previstas en la presente cláusula para la subcontratación, será causa de resolución del contrato.
24.5. - El contratista debe obtener, llevar en orden, al día y conservar el Libro de Subcontratación habilitado por la autoridad laboral correspondiente, con arreglo a las disposiciones contenidas en la Ley 32/2006, de 18 de octubre, y en el Real Decreto 1109/2007, de 24 xx xxxxxx, debiendo el contratista comunicar cada subcontratación anotada en el Libro de Subcontratación al coordinador de seguridad y salud.
24.6. – En ningún caso podrá concertarse por el contratista la ejecución parcial del contrato con personas inhabilitadas para contratar, de acuerdo con el ordenamiento jurídico, o comprendidas en alguno de los supuestos del artículo 60 del TRLCSP.
24.7. - El contratista deberá informar a los representantes de los trabajadores de la subcontratación, de acuerdo con la legislación laboral.
25. – CESIÓN DEL CONTRATO
Los derechos y obligaciones dimanantes del contrato podrán ser cedidos por el adjudicatario a un tercero siempre que las cualidades técnicas o personales del cedente no hayan sido razón determinante de la adjudicación del contrato, y de la cesión no resulte una restricción efectiva de la competencia en el mercado. No podrá autorizarse la cesión a un tercero cuando ésta suponga una alteración sustancial de las características del contratista si éstas constituyen un elemento esencial del contrato.
Para que los adjudicatarios puedan ceder sus derechos y obligaciones a terceros deberán cumplirse los requisitos establecidos en el artículo 226 del TRLCSP.
V - MODIFICACIONES DEL CONTRATO
26. - MODIFICACIONES DEL CONTRATO
El CONTRATISTA no podrá introducir o ejecutar modificaciones en el contrato, sin la debida aprobación técnica por parte de LA SOCIEDAD de la modificación y del presupuesto resultante. En caso de discrepancias entre los términos de la oferta realizada por el ADJUDICATARIO y el Pliego de Prescripciones Técnicas, prevalecerá lo establecido en este.
En cuanto a las discrepancias de carácter técnico que puedan surgir entre las partes durante la ejecución del contrato y no queden resueltas de acuerdo al párrafo anterior, y mientras el contrato no se haya extinguido, se someterán al juicio exclusivo y dirimente de la persona designada a tal efecto por LA SOCIEDAD.
En aplicación de lo preceptuado en el artículo 20.2 del TRLCSP la modificación de los contratos privados se regirá por lo previsto en los artículos 105, 107 y 108 del TRLCSP.
VII - CONCLUSIÓN DEL CONTRATO
27. - RECEPCIÓN DE LA INSTALACIÓN
A la terminación de la instalación de los equipos, y previa comunicación por parte del CONTRATISTA se procederá a la firma de la correspondiente Acta de Recepción de la Instalación, que será firmada por el contratista y LA SOCIEDAD.
Si la instalación no se encontrara en estado de ser recibida, o se hubiera producido un suministro de equipos con distintas características a las indicadas en la documentación aportada en la oferta en base a los ensayos realizados por un laboratorio acreditado durante su instalación, se señalarán los defectos observados fijando un plazo para su subsanación. Si transcurrido ese plazo el CONTRATISTA, no hubiese procedido a la subsanación de los defectos encontrados, LA SOCIEDAD podrá conceder un nuevo plazo improrrogable o declarar resuelto el contrato, solicitando la correspondiente indemnización.
28. - PLAZO DE GARANTÍA TOTAL DEL EQUIPO DE CALOR SUMINISTRADO
El plazo de garantía del equipo de calor suministrado e instalado será de dos años, o el ofertado por el contratista, a partir de la recepción de la instalación. Durante dicho plazo el CONTRATISTA cuidará en todo caso de la conservación y policía de la instalación con arreglo a lo previsto en este Pliego y a las instrucciones que diere el Director de los Trabajos de la Instalación. Si descuidase la conservación y diere lugar a que peligre la instalación se ejecutarán por la SOCIEDAD y a xxxxx del CONTRATISTA los trabajos necesarios para evitar el daño.
Además, si la SOCIEDAD estimase, durante el plazo de garantía, que los bienes suministrados no son aptos para el fin pretendido, como consecuencia de los vicios o defectos observados en ellos e imputables al contratista y exista la presunción de que la reposición o reparación de dichos bienes no serán bastantes para lograr aquel fin, podrá, antes de expirar dicho plazo, rechazar los bienes dejándolos de cuenta del contratista y quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho.
29. - DEVOLUCIÓN DE LA GARANTÍA DEFINITIVA
La devolución y cancelación de la garantía definitiva se producirá a la finalización del plazo de garantía ofertado por el CONTRATISTA, si no resultan responsabilidades que hubieran de ejercitarse.
VII - EXTINCIÓN DEL CONTRATO
30. - EXTINCIÓN DEL CONTRATO
30.1. - El contrato se extinguirá por su conclusión o cumplimiento, o bien por su resolución.
Serán causas de resolución del contrato las siguientes:
a) El incumplimiento de las cláusulas contenidas en el contrato.
b) El incumplimiento de cualquier obligación que por ley o por disposiciones administrativas corresponda al CONTRATISTA y que afecte a la correcta ejecución de este contrato.
c) La cesión del contrato sin la autorización previa por escrito de LA SOCIEDAD.
d) El mutuo acuerdo de las partes.
e) La muerte del CONTRATISTA individual, salvo que los herederos ofrezcan llevar a cabo el contrato bajo las condiciones estipuladas en el mismo. No obstante, LA SOCIEDAD podrá aceptar o rechazar el ofrecimiento, sin que en este último caso tengan los herederos derecho a indemnización alguna por el resto del contrato dejado pendiente de ejecución.
f) La extinción de la personalidad jurídica del CONTRATISTA, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 85 del TRLCSP.
g) Las causas adicionales de resolución del contrato indicadas en este Pliego.
h) Reducir los medios mínimos por debajo de los exigibles según se indica en el punto II-5 apartados b) y c) xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas Particulares, sin que sean repuestos en un plazo inferior a 1 mes desde que se le comunique por la SOCIEDAD al contratista.
i) El incumplimiento de los términos ofertados por el Contratista para la ejecución de este contrato.
30.2. - La resolución del contrato se acordará por el órgano de contratación, de oficio o a instancia del contratista. Deberá darse previa audiencia al contratista, cuando la propuesta sea de oficio, y al avalista o asegurador, cuando se proponga la incautación de la garantía. La notificación tendrá efecto ejecutivo y permitirá a LA SOCIEDAD concertar la ejecución con otra empresa cualquiera que fuesen los derechos o acciones que invoque el CONTRATISTA.
Decidida la resolución del contrato se levantará acta en presencia del CONTRATISTA, reflejándose en ella el estado del contrato y la liquidación que proceda. De no asistir el CONTRATISTA, el acta se levantará en presencia xx Xxxxxxx Público que dará traslado de la misma al CONTRATISTA, asumiendo éste los gastos ocasionados por esta situación.
30.3. - Resolución del contrato por causas imputables al adjudicatario
En el caso de resolución del contrato por causas imputables al CONTRATISTA, este no tendrá derecho a percibir ninguna compensación o indemnización y le será incautada la fianza definitiva,
sin perjuicio de los daños y perjuicios que pueda solicitar LA SOCIEDAD derivados de la responsabilidad del CONTRATISTA.
30.4. - Resolución del contrato por causas no imputables al adjudicatario
Además de las causas de resolución del contrato indicadas, LA SOCIEDAD se reserva el derecho de resolver el presente contrato en cualquier momento por causas justificadas no imputables al CONTRATISTA. Dicha resolución será sin penalizaciones y con las compensaciones por parte de LA SOCIEDAD por los daños y perjuicios que el CONTRATISTA pudiera efectivamente haber sufrido.
VIII - RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO
31. - REGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO
31.1.- Normas Generales.
El contrato que se regula por el presente Pliego es de naturaleza privada, está sujeto a regulación armonizada y se regirá, además de por lo previsto en él, por la Directiva 2014/24/UE del Parlamento Europeo y del Consejo de 26 de febrero de 2014,sobre contratación pública, en la medida en que sea de aplicación por su efecto directo, y por los preceptos que le resulten aplicables del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, del Real decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, y por el resto de disposiciones de desarrollo que resulten de aplicación; supletoriamente se aplicarán las normas de derecho privado.
En cuanto a sus efectos y extinción se regirá por el derecho privado, sin perjuicio de la aplicación de las disposiciones normativas previstas en el párrafo anterior en relación a la subcontratación, modificación del contrato y resolución del contrato.
El presente Pliego de Cláusulas Particulares, el Pliego de Prescripciones Técnicas y demás documentos anexos, así como la oferta presentada por el licitador revestirán carácter contractual. Los contratos se ajustarán al contenido de los pliegos citados y de la oferta presentada por el licitador, siendo sus cláusulas parte integrante de los mismos.
En caso de discordancia entre cualquier documento contractual y el presente Pliego de Cláusulas Particulares prevalecerá este último, salvo que en el documento contractual se establezca otra jerarquía.
31.2.- Recurso especial en materia de contratación y cuestión de nulidad.
Contra los actos señalados en el apartado 2 del artículo 40 del TRLCSP podrá interponerse el recurso especial en materia de contratación regulado en los artículos 40 y siguientes. También podrá interponerse este recurso contra los actos adoptados en materia de modificaciones contractuales, subcontratación y resolución de los contratos en la medida en que se cuestione el cumplimiento de las exigencias que, con efecto directo, establece el derecho de la Unión Europea.
En los supuestos previstos en el artículo 37 del TRLCSP, podrá plantearse la interposición de la cuestión de nulidad contractual.
El órgano competente para el conocimiento y resolución del recurso especial en materia de contratación y de la cuestión de nulidad es el Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales xx Xxxxxxxx y León.
La tramitación de la cuestión de nulidad y del recurso especial en materia de contratación se regirá por lo dispuesto en el TRLCSP y en el Real Decreto 814/2015, de 11 de septiembre, por
el que se aprueba el Reglamento de los procedimientos especiales de revisión de decisiones en materia contractual y de organización del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales.
El orden jurisdiccional civil es el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes en relación con los efectos, cumplimiento y extinción del mismo. En estos supuestos las partes se someten a la competencia de los Juzgados y Tribunales de la ciudad xx Xxxxxxxxxx.
32. – CONFIDENCIALIDAD DE LA OFERTA
Sin perjuicio de las obligaciones en materia de publicidad e información a los candidatos y licitadores, la SOCIEDAD no divulgará información facilitada por los operadores económicos que estos hayan designado como confidencial. Por su parte, los operadores económicos, contratistas y cuantas personas y empresas colaboren con ellos vendrán obligados a guardar confidencialidad sobre cuanta información contractual, o de otro tipo, hayan podido conocer en su relación con la SOCIEDAD, salvo que éste autorice expresamente su difusión.
ANEXO I: CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN EVALUABLES DE FORMA DIRECTA
D ........................................................................................., mayor de edad, con domicilio en
................................, C/ ............................................ nº......., con D.N.I , actuando
en su propio nombre y derecho o en representación de D
................................................................................................................. o de la Sociedad/Empresa .............................................................................. en su calidad de
................................................
EXPONE:
Que enterado de las condiciones y requisitos, que acepta, y que se exigen para la adjudicación del contrato de suministro e instalación que se especifica mediante PROCEDIMIENTO ABIERTO, a cuyo cumplimiento se compromete en su totalidad, con estricta sujeción al pliego de prescripciones técnicas y cláusulas administrativas particulares, presenta la siguiente
I.- OFERTA ECONÓMICA:
Empresa oferente:
Denominación del objeto del contrato:
PROPOSICIÓN ECONÓMICA: (Se desglosarán los importes de la Base Imponible y del IVA, señalando el tipo del mismo)
Realización del suministro:
BASE IMPONIBLE (Máximo el tipo 700.000 €)
I.V.A. al 21 %: …………….
TOTAL: (Expresar el importe en cifra)
Realización de la instalación
BASE IMPONIBLE (Máximo el tipo 40.000 €)
I.V.A. al 21 %: …………….
TOTAL: (Expresar el importe en cifra)
II.- AUMENTO DEL PLAZO DE GARANTÍA TOTAL DE LA INSTALACIÓN. ……. Años (A
mayores de los dos exigidos)
Que, a todos los efectos debe entenderse que, dentro de la presente oferta, está comprendido, no sólo el precio de la contrata, sino también todos los tributos que graven los diferentes conceptos.
Lugar, fecha, firma y sello.
ANEXO II
FORMULARIO NORMALIZADO DEL DOCUMENTO EUROPEO ÚNICO DE CONTRATACIÓN (DEUC)
Parte I: Información sobre el procedimiento de contratación y el poder adjudicador o la entidad adjudicadora
INFORMACIÓN SOBRE EL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN
Identidad del contratante (3) | Respuesta |
Nombre: | SOCIEDAD PÚBLICA DE INFRAESTRUCTURAS Y MEDIO AMBIENTE DE CASTILLA Y LEÓN S.A. |
¿De qué contratación se trata? | Respuesta |
Título o breve descripción de la contratación (4)) | SUMINISTRO DE EQUIPO DE CALOR |
Número de referencia del expediente asignado por el poder adjudicador o la entidad adjudicadora (en su caso) (5): | COEF/2016/02 |
La restante información en todas las demás secciones del DEUC habrá de ser consignada por el operador económico.
(1) Los servicios de la Comisión pondrán gratuitamente el servicio DEUC electrónico a disposición de los poderes adjudicadores, las entidades adjudicadoras, los operadores económicos, los proveedores de servicios electrónicos y otras partes interesadas.
(2) En el caso de los poderes adjudicadores: bien un anuncio de información previa utilizado como medio de convocatoria de licitación, bien un anuncio de contrato.
En el caso de las entidades adjudicadoras: un anuncio periódico indicativo que se utilice como medio de convocatoria de licitación, un
anuncio de contrato o un anuncio sobre la existencia de un sistema de clasificación.
(3) Deberá reproducirse la información que figure en la sección I, punto I.1, del anuncio pertinente. En caso de contratación conjunta, sírvase indicar los nombres de todos los contratantes.
(4) Véanse los puntos ll 1.1 y ll 1.3 del anuncio pertinente.
(5) Véase el punto ll 1.1 del anuncio pertinente.
Parte II: Información sobre el operador económico
A: INFORMACIÓN SOBRE EL OPERADOR ECONÓMICO
Identificación | Respuesta |
Nombre | [ ] |
Número de IVA, en su caso: Si no se dispone de un número de IVA, indíquese, en su caso, cuando se exija, otro número de identificación nacional. | [ ] [ ] |
Dirección postal: | [………..] |
Persona o personas de contacto (6) Teléfono: Correo electrónico: Dirección internet (dirección de la página web) (en su caso): | [………..] [………..] [………..] [………..] |
Información general | Respuesta |
¿Es el operador económico una microempresa, una pequeña o una mediana empresa (7)? | [ ] Si [ ] No |
Únicamente en caso de contratación reservada (8): el operador económico ¿es un taller protegido o una empresa social (9) o prevé que el contrato se ejecute en el marco de programas de empleo protegido? Si la respuesta es afirmativa, ¿Cuál es el correspondiente porcentaje de trabajadores discapacitados o desfavorecidos? En caso necesario, especifíquese a qué categoría o categorías pertenecen los trabajadores discapacitados o desfavorecidos de que se trate. | [ ] Si [ ] No […………] [………….] |
En su caso, ¿figura el operador económico inscrito en una lista oficial de operadores económicos autorizados o tiene un certificado equivalente (por ejemplo, en el marco de un sistema nacional de (pre)clasificación)? | [ ] Si [ ] No [ ] No procede |
En caso afirmativo: Sírvase responder a las restantes preguntas de esta sección, a la sección B y, cuando proceda, a la sección C de la presente parte, cumplimente, cuando proceda, la parte V, y, en cualquier caso, cumplimente y firme la parte VI. a) Indíquense el nombre de la lista o certificado y el número de inscripción o certificación pertinente. b) Si el certificado de inscripción o la certificación están disponibles en formato electrónico, sírvase indicar: | a) [ ] b) (dirección de la página web, autoridad u organismo expedidor, referencia exacta de la documentación): […………] [……….] [……….] [……….] |
(6) Repítase la información relativa a las personas de contacto tantas veces como sea necesario.
(7) Véase la Recomendación de la Comisión de 6 xx xxxx de 2003 sobre la definición de microempresas, pequeñas y medianas empresas (DO L 124 de 20.5.2003, p. 36) Este dato se solicita exclusivamente con fines estadísticos.
Microempresas: empresa que cuenta con menos de 10 empleados y cuyo volumen de negocios anual o balance total anual no excede de 2 millones EUR.
Pequeña empresa: empresa que cuenta con menos de 50 empleados y cuyo volumen de negocios anual o balance total anual no excede de 10 millones EUR.
Mediana empresa: empresa que no es ni una microempresa ni una pequeña empresa, que cuenta con menos de 250 empleados y cuyo volumen de negocios anual no excede de 50 millones EUR o cuyo balance total anual no excede de 43 millones EUR.
(8) Véase el anuncio de contrato, punto lll.1.5.
(9) Es decir, cuyo objetivo principal sea la integración social y profesional de personas discapacitadas o desfavorecidas.
c) Indíquense las referencias en las que se basa la inscripción o certificación y, en su caso, la clasificación obtenida en la lista oficial (10): d) ¿Abarca la inscripción o certificación todos los criterios de selección exigidos? En caso negativo: Sírvase consignar, además, la información que falte en la parte IV, secciones A, B, C o D, según proceda. ÚNICAMENTE, cuando así lo exijan el anuncio pertinente o los pliegos de la contratación: e) Podrá el operador económico presentar un certificado con respecto al pago de las cotizaciones a la seguridad social y los impuestos o facilitar información que permita al poder adjudicador o la entidad adjudicadora obtenerlo directamente a través de una base de datos nacional de cualquier Estado miembro que pueda consultarse gratuitamente? Si la documentación pertinente está disponible en formato electrónico, sírvase indicar: | c) [ ] d) [ ] Si [ ] No e) [ ] Si [ ] No (dirección de la página web, autoridad u organismo expedidor, referencia exacta de la documentación): […………] [……….] [……….] [……….] |
Forma de participación | Respuesta |
¿Está participando el operador económico en el procedimiento de contratación junto con otros (11)? | [ ] Si [ ] No |
En caso afirmativo, asegúrese de que los demás interesados presentan un formulario DEUC separado | |
En caso afirmativo: a) Indíquese la función del operador económico dentro del grupo (responsable principal, responsable de cometidos específicos, etc.): b) Identifíquese a los demás operadores económicos que participan en el procedimiento de contratación conjuntamente: c) En su caso, nombre del grupo participante: | a) [ ] b) [ ] c) [ ] |
Lotes | Respuesta |
En su caso, indicación del lote o lotes respecto a los cuales el operador económico desee presentar una oferta: | [ ] |
B. INFORMACIÓN SOBRE LOS REPRESENTANTES DEL OPERADOR ECONÓMICO
En su caso, indíquense el nombre y la dirección de la persona o personas habilitadas para representar al operador económico a efectos del presente procedimiento de contratación.
Representación, en su caso | Respuesta |
Nombre y apellidos: junto con la fecha y lugar de nacimiento, si procede: | [………..] [………..] |
Cargo/Capacidad en la que actúa: | [………..] |
Dirección postal: | [………..] |
Teléfono: | [………..] |
Correo electrónico: | [………..] |
En caso necesario, facilítese información detallada sobre la representación (sus formas, alcance, finalidad…) | [………..] |
(10) Las referencias y la clasificación, en su caso, figuran en la certificación.
(11) En particular, en el seno de un grupo, consorcio, empresa en participación o similares.
C. INFORMACIÓN SOBRE EL RECURSO A LA CAPACIDAD DE OTRAS ENTIDADES
Recurso | Respuesta |
¿Se basa el operador económico en la capacidad de otras entidades para satisfacer los criterios de selección contemplados en la parte IV y los criterios y normas (en su caso) contemplados en la parte V, más abajo? | [ ] Si [ ] No |
En caso afirmativo, facilítese un formulario DEUC separado por cada una de las entidades consideradas que recoja la información exigida en las secciones A y B de esta parte y en la parte III, debidamente cumplimentado y firmado por dichas entidades.
Se incluirán también aquí el personal técnico o los organismos técnicos que no estén integrados directamente en la empresa del operador económico, especialmente los responsables del control de la calidad y, cuando se trate de contratos públicos de obras, el personal técnico o los organismos técnicos de los que disponga el operador económico para la ejecución de la obra.
Siempre que resulte pertinente en lo que respecta a la capacidad o capacidades específicas en que se base el operador económico, se consignará la información exigida en las partes IV y V por cada una de las entidades de que se trate (12)
D. INFORMACIÓN RELATIVA A LOS SUBCONTRATISTAS EN CUYA CAPACIDAD NO SE BASA EL OPERADOR ECONÓMICO
(Esta sección se cumplimentará únicamente si el poder adjudicador o la entidad adjudicadora exigen expresamente tal información)
Subcontratación | Respuesta |
¿Tiene el operador económico la intención de subcontratar alguna parte del contrato a terceros? | [ ] Si [ ] No En caso afirmativo y en la medida en que se conozca este dato, enumérense los subcontratistas previstos: [….] |
Si el poder adjudicador o la entidad adjudicadora solicitan expresamente tal información, además de la contemplada en la presente sección, facilítese la información requerida en las secciones A y B de esta parte y en la parte III por cada uno de los subcontratistas, o cada una de las categorías de subcontratistas, en cuestión
(12) Por ejemplo, cuando se trate de organismos técnicos encargados del control de la calidad: parte IV, sección C, punto 3.
Parte III: Motivos de exclusión
A: MOTIVOS REFERIDOS A CONDENAS PENALES
El artículo 57, apartado 1, de la Directiva 2014/24/UE establece los siguientes motivos de exclusión:
1. Participación en una organización delictiva (13);
2. Corrupción (14)
3. Fraude (15)
4. Delitos de terrorismo o delitos ligados a las actividades terroristas (16)
5. Blanqueo de capitales o financiación del terrorismo (17);
6. Trabajo infantil y otras formas de trata de seres humanos (18)
Motivos referidos a condenas penales con arreglo a las disposiciones nacionales de aplicación de los motivos enunciados en el artículo 57, apartado 1, de la Directiva | Respuesta |
¿Ha sido el propio operador económico, o cualquier persona que sea miembro de su órgano de administración, de dirección o de supervisión o que tenga poderes de representación, decisión o control en él, objeto, por alguno de los motivos enumerados más arriba, de una condena en sentencia firme que se haya dictado, como máximo, en los cinco años anteriores o en la que se haya establecido directamente un período de exclusión que siga siendo aplicable? | [ ] Si [ ] No Si la documentación pertinente está disponible en formato electrónico, sírvase indicar: (dirección de la página web, autoridad u organismo expedidor, referencia exacta de la documentación): [………..][………..][………..][………..] |
En caso afirmativo, indíquese (20) a) Fecha de la condena, especificando de cuál de los puntos 1 a 6 se trata y las razones de la misma: b) Identificación de la persona condenada []: c) En la medida en que se establezca directamente en la condena: | a) Fecha: , punto (s): [ ], razón o razones: [ ] b) [ ] c) Duración del período de exclusión [ ] y puntos de que se trate [ ]; Si la documentación pertinente está disponible en formato electrónico, sírvase indicar: en la página web, autoridad u organismo expedidor, referencia exacta de la documentación): [………..][………..][………..] (21) |
En caso de condena, ¿ha adoptado el operador económico medidas para demostrar su credibilidad pese a la existencia de un motivo pertinente de exclusión (»autocorrección») | [ ] Si [ ] No |
En caso afirmativo, descríbanse las medidas adoptadas (23) | [………..] |
(13) Xxx y como se define en el artículo 2 de la Decisión marco 2008/841/JAI del Consejo, de 24 de octubre de 2008, relativa a la lucha contra la delincuencia organizada (DO L 300 de 11.11.2008, p. 42)
(14) Xxx como se define en el artículo 3 del Convenio relativo a la lucha contra los actos de corrupción en los que estén implicados funcionarios de las Comunidades Europeas o de los Estados miembros de la Unión Europea (DO C 195 de 25.6.1997, p. 1) y en el artículo 2, apartado 1, de la Decisión marco 2003/568/JAI del Consejo, de 22 de julio de 2003, relativa a la lucha contra la corrupción en el xxxxxx xxxxxxx (XX X 000 de 31.7.2003, p. 54). Este motivo de exclusión abarca también la corrupción tal como se defina en la legislación nacional del poder adjudicador (entidad adjudicadora) o del operador económico.
(15) En el sentido del artículo 1 del Convenio relativo a la protección de los intereses financieros de las Comunidades Europeas (DO C 316 de 27.11.1995, p.48)
(16) Xxx como se definen en la Decisión marco del Consejo, de 13 xx xxxxx de 2002, sobre la lucha contra el terrorismo (DO L 164 de 22.6.2002,
p. 3). Este motivo de exclusión engloba también la inducción o complicidad para cometer un delito o la tentativa de cometerlo, tal como se contempla en el artículo 4 de la citada Decisión marco.
(17) Xxx como se definen en el artículo 1 de la Directiva 2005/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de octubre de 2005, relativa a la prevención de la utilización del sistema financiero para el blanqueo de capitales y para la financiación del terrorismo (DO L 309 de 25.11.2005, p.15)
(18) Xxx como se definen en el artículo 2 de la Directiva 2011/36/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 xx xxxxx de 2011, relativa a la prevención y lucha contra la trata de seres humanos y a la protección de las víctimas y por la que se sustituye la Decisión marco 2002/629/JAI del Consejo (DO L 101 de 15.4.2011, p.1)
(19) Repítase tantas veces como sea necesario.
(20) Repítase tantas veces como sea necesario.
(21) Repítase tantas veces como sea necesario.
(22) De conformidad con las disposiciones nacionales de aplicación del artículo 57, apartado 6, de la Directiva 2014/24/UE.
(23) La explicación deberá demostrar la idoneidad de las medidas adoptadas teniendo en cuenta el carácter de los delitos cometidos (puntual, reiterado, sistemático, etc.)
B: MOTIVOS REFERIDOS AL PAGO DE IMPUESTOS O DE COTIZACIONES A LA SEGURIDAD SOCIAL
Pago de impuestos o de cotizaciones a la seguridad social | Respuesta | ||
¿Ha cumplido el operador económico todas sus obligaciones relativas al pago de impuestos o de cotizaciones a la seguridad social, tanto en el país en el que está establecido como en el Estado miembro del poder adjudicador o la entidad adjudicadora, si no coincide con su país de establecimiento? | [ ] Si [ ] No | ||
En caso negativo, indíquese: | Impuestos | Cotizaciones Sociales | |
a) País o Estado miembro de que se trate b) ¿A cuánto asciende el importe en cuestión? | a) [………] b) [………] | a) [………] b) [………] | |
c) ¿De qué manera ha quedado establecido ese | |||
incumplimiento? | c1) [ ] Si [ ] No | c1) [ ] Si [ ] No | |
1) A través de una resolución administrativa o judicial: - ¿Es esta resolución firme y vinculante? - Indíquese la fecha de la condena o resolución. | - [ ] Si [ ] No - [……….] - [………..] | - [ ] Si [ ] No - [……….] - [………..] | |
- En caso de condena, y siempre que se establezca | |||
directamente en ella, duración del período de | |||
exclusión. | c2) [ ] | c2) [ ] | |
2) Por otros medios. Especifíquese. | d) [ ] Si [ ] No | d) [ ] Si [ ] No | |
En caso afirmativo, | En caso | afirmativo, | |
d) ¿Ha cumplido el operador económico sus obligaciones | especifíquese: | especifíquese: | |
mediante pago o acuerdo vinculante con vistas al pago de los impuestos o las cotizaciones a la seguridad | [………] | [………] | |
social que adeude, incluidos, en su caso, los intereses | |||
devengados o las multas impuestas? | |||
Si la documentación pertinente relativa al pago de impuestos o de cotizaciones sociales está disponible en formato electrónico, sírvase indicar. | (dirección de la página web, autoridad u organismo expedidor, referencia exacta de la documentación): (24) [………..…] [………..…] [………..…] |
C: MOTIVOS REFERIDOS A LA INSOLVENCIA, LOS CONFLICTOS DE INTERESES O LA FALTA PROFESIONAL (26)
Conviene tener en cuenta que, a los efectos de la presente contratación, algunos de los siguientes motivos de exclusión pueden haberse definido con mayor precisión en la legislación nacional, en el anuncio pertinente o en los pliegos de la contratación. Así, la legislación nacional puede, por ejemplo, establecer que el concepto de «falta profesional grave» abarca varias formas diferentes de conducta.
Información relativa a toda posible insolvencia, conflicto de intereses o falta profesional | Respuesta |
Según su xxxx saber y entender, ¿ha incumplido el operador económico sus obligaciones en los ámbitos de la legislación laboral, social y medioambiental (26)? | [ ] Xx [ ] No |
En caso afirmativo, ¿ha adoptado el operador económico medidas para demostrar su credibilidad pese a la existencia de ese motivo de exclusión («autocorrección»)? [ ] Si [ ] No Si lo ha hecho, descríbanse las medidas adoptadas: [ ] |
(24) Repítase tantas veces como sea necesario.
(25) Véase el artículo 57, apartado 4 de la Directiva 2014/24/UE.
(26) Xxx como se contemplan a efectos de la presente contratación en la legislación nacional, en el anuncio pertinente o los pliegos de la contratación o en el artículo 18, apartado 2, de la Directiva 2014/24/UE.
¿Se encuentra el operador económico en alguna de las siguientes | [ ] Si [ ] No |
situaciones? | |
a) En quiebra | |
b) Sometido a un procedimiento de insolvencia o liquidación | |
c) Ha celebrado un convenio con sus acreedores | |
d) En cualquier situación análoga resultante de un procedimiento | |
de la misma naturaleza vigente en las disposiciones legales y | |
reglamentarias nacionales. | |
e) Sus activos están siendo administrados por un liquidador o por | |
un tribunal | |
f) Sus actividades empresariales han sido suspendidas. | |
En caso afirmativo: | |
- Especifíquese: | - [……….] |
- Indíquense los motivos por los cuales el operador es, no | - [……….] |
obstante, capaz de ejecutar el contrato, teniendo en cuenta las | |
disposiciones y medidas nacionales aplicables en lo referente | |
a la continuación de la actividad en tales circunstancias (28) | |
Si la documentación pertinente está disponible en formato | (dirección de la página web, autoridad u organismo expedidor, |
electrónico, sírvase indicar: | referencia exacta de la documentación): |
[……….][……….][……….] | |
¿Se ha declarado al operador económico culpable de una falta profesional grave (29)? En caso afirmativo, especifíquese: | [ ] Si [ ] No [……….] |
En caso afirmativo, ¿ha adoptado el operador económico medidas autocorrectoras? [ ] Si [ ] No Si lo ha hecho, descríbanse las medidas adoptadas: [………] | |
¿Ha celebrado el operador económico acuerdos con otros operadores económicos destinados a falsear la competencia? En caso afirmativo, especifíquese: | [ ] Si [ ] No [……….] |
En caso afirmativo, ¿ha adoptado el operador económico medidas autocorrectoras? [ ] Si [ ] No Si lo ha hecho, descríbanse las medidas adoptadas: [………] | |
¿Tiene el operador económico conocimiento de algún conflicto de intereses debido a su participación en el procedimiento de contratación? En caso afirmativo, especifíquense: | [ ] Si [ ] No [……….] |
¿Ha asesorado el operador económico o alguna empresa relacionada con él al poder adjudicador o la entidad adjudicadora o ha intervenido de otra manera en la preparación del procedimiento de contratación? En caso afirmativo, especifíquense: | [ ] Si [ ] No [……….] |
(27) Véase la legislación nacional, el anuncio pertinente o los pliegos de la contratación.
(28) No será necesario facilitar esta información si la exclusión de los operadores económicos en uno de los supuestos contemplados en las letras a) a f) tiene carácter obligatorio en virtud de la legislación nacional aplicable, sin ninguna excepción posible aun en el caso de que el operador económico esté en condiciones de ejecutar el contrato.
(29) En su caso, véanse las definiciones en la legislación nacional, el anuncio pertinente o los pliegos de la contratación.
(30) Según lo señalado en la legislación nacional, el anuncio pertinente o los pliegos de la contratación.
¿Ha experimentado el operador económico la rescisión anticipada de un contrato público anterior, un contrato anterior con una entidad adjudicadora o un contrato de concesión anterior o la imposición de daños y perjuicios u otras sanciones comparables en relación con ese contrato anterior? En caso afirmativo, especifíquese: | [ ] Si [ ] No [………..] |
En caso afirmativo, ¿ha adoptado el operador económico medidas autocorrectoras? [ ] Si [ ] No Si lo ha hecho, descríbanse las medidas adoptadas: [………] | |
¿Puede el operador económico confirmar que: a) no ha sido declarado culpable de falsedad grave al proporcionar la información exigida para verificar la inexistencia de motivos de exclusión o el cumplimiento de los criterios de selección. b) no ha ocultado tal información. c) ha podido presentar sin demora los documentos justificativos exigidos por el poder adjudicador o la entidad adjudicadora. d) no ha intentado influir indebidamente en el proceso de toma de decisiones del poder adjudicador o la entidad adjudicadora, obtener información confidencial que pueda conferirle ventajas indebidas en el procedimiento de contratación, o proporcionar por negligencia información engañosa que pueda tener una influencia importante en las decisiones relativas a la exclusión, selección o adjudicación? | [ ] Si [ ] No |
D: OTROS MOTIVOS DE EXCLUSIÓN QUE PUEDEN ESTAR PREVISTOS EN LA LEGISLACIÓN NACIONAL DEL ESTADO MIEMBRO DEL PODER ADJUDICADOR O DE LA ENTIDAD ADJUDICADORA
Motivos de exclusión puramente nacionales | Respuesta |
¿Son aplicables los motivos de exclusión puramente nacionales que se especifican en el anuncio pertinente o los pliegos de la contratación? Si la documentación exigida en el anuncio pertinente o los pliegos de la contratación está disponible en formato electrónico, sírvase indicar. | [ ] Si [ ] No (dirección de la página web, autoridad u organismo expedidor, referencia exacta de la documentación): [……….][……….][……….] (31) |
En el caso de que sea aplicable cualquiera de los motivos de exclusión puramente nacionales, ¿ha adoptado el operador económico medidas autocorrectoras? Si lo ha hecho, descríbanse las medidas adoptadas: | [ ] Si [ ] No [………] |
(31) Repítase tantas veces como sea necesario.
Parte IV: Criterios de selección
En relación con los criterios de selección (sección a o secciones A a D de la presente parte), el operador económico declara que:
A: INDICACIÓN GLOBAL RELATIVA A TODOS LOS CRITERIOS DE SELECCIÓN
El operador económico solo debe cumplimentar esta casilla si el poder adjudicador o la entidad adjudicadora han indicado en el anuncio pertinente o en los pliegos de la contratación a que se refiera el anuncio que el operador económico puede limitarse a cumplimentar la sección a de la parte IV omitiendo cualquier otra sección de la parte IV.
Cumplimiento de todos los criterios de selección | Respuesta |
Cumple los criterios de selección requeridos | [ ] Si [ ] No |
A: IDONEIDAD
El operador económico solo debe facilitar información cuando el poder adjudicador o la entidad adjudicadora exijan el cumplimiento de los criterios de selección en cuestión en el anuncio pertinente o en los pliegos de la contratación a que se refiera el anuncio.
Idoneidad | Respuesta |
1) Figura inscrito en un registro profesional o mercantil en su Estado miembro de establecimiento (32): Si la documentación pertinente está disponible en formato electrónico, sírvase indicar: | [……….] (dirección de la página web, autoridad u organismo expedidor, referencia exacta de la documentación): […………][……….][……….] |
2) Cuando se trate de contratos de servicios: ¿Es preciso disponer de una autorización específica o estar afiliado a una determinada organización para poder prestar el servicio de que se trate en el país de establecimiento del operador económico? Si la documentación pertinente está disponible en formato electrónico, sírvase indicar: | [ ] Si [ ] No En caso afirmativo, especifíquese qué autorización o afiliación e indíquese si el operador económico cumple este requisito: […] [ ] Sí [ ]No (dirección de la página web, autoridad u organismo expedidor, referencia exacta de la documentación): […………][……….][……….] |
B: SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA
El operador económico solo debe facilitar información cuando el poder adjudicador o la entidad adjudicadora exijan el cumplimiento de los criterios de selección en cuestión en el anuncio pertinente o en los pliegos de la contratación a que se refiera el anuncio. | |
Solvencia económica y financiera | Respuesta |
1 a) Su volumen de negocios anual («general») durante el número de ejercicios exigido en el anuncio pertinente o los pliegos de la contratación es el siguiente: Y/o 1 b) Su volumen de negocios anual medio durante el número de ejercicios exigido en el anuncio pertinente o los pliegos de la contratación es el siguiente (33): Si la documentación pertinente está disponible en formato electrónico, sírvase indicar: | ejercicio: [……] volumen de negocios: [……] […] moneda ejercicio: [……] volumen de negocios: [……] […] moneda ejercicio: [……] volumen de negocios: [……] […] moneda (número de ejercicios, volumen de negocios medio): [……], […..] […] moneda (dirección de la página web, autoridad u organismo expedidor, referencia exacta de la documentación): [……….] [……….] [………] |
(32) Tal como se contempla en el anexo XI de la Directiva 2014/24/UE; los operadores económicos de determinados Estados miembros pueden tener que cumplir otros requisitos establecidos en dicho anexo
(33) Solo si el anuncio pertinente o los pliegos de la contratación lo permiten.
2a) Su volumen de negocios anual («especifico») durante el número de ejercicios exigido en el ámbito de la actividad cubierto por el contrato y que se especifica en el anuncio pertinente o los pliegos de la contratación es el siguiente: Y/o 2 b) Su volumen de negocios anual medio en el ámbito y durante el número de ejercicios exigidos en el anuncio pertinente o los pliegos de la contratación es el siguiente (34): Si la documentación pertinente está disponible en formato electrónico, sírvase indicar: | ejercicio: [……] volumen de negocios: [……] […] moneda ejercicio: [……] volumen de negocios: [……] […] moneda ejercicio: [……] volumen de negocios: [……] […] moneda (número de ejercicios, volumen de negocios medio) […….], […….], […] moneda (dirección de la página web, autoridad u organismo expedidor, referencia exacta de la documentación): [……….] [……….] [………] |
3) Si no se dispone de la información sobre el volumen de negocios (general o específico) en relación con todo el período considerado, indíquese al fecha de creación de la empresa o de inicio de las actividades del operador económico: | […………] |
4) En relación con las ratios financieras (35) que se especifican en el anuncio pertinente o los pliegos de la contratación, el operador económico declara que el valor real de la (s) requerida (s) es el siguiente: Si la documentación pertinente está disponible en formato electrónico, sírvase indicar: | (indicación de la ratio requerida –ratio entre x e y (36)- y del valor): […….], [……] (37) (dirección de la página web, autoridad u organismo expedidor, referencia exacta de la documentación): [……….] [……….] [………] |
5) El importe asegurado en el seguro de indemnización por riesgos profesionales del operador económico es el siguiente: Si esta información está disponible en formato electrónico, sírvase indicar: | [……], [….] moneda (dirección de la página web, autoridad u organismo expedidor, referencia exacta de la documentación): [……….] [……….] [………] |
6) En relación con los demás requisitos económicos o financieros que, en su caso, se especifiquen en el anuncio pertinente o los pliegos de la contratación, el operador económico declara que: Si la correspondiente documentación que, en su caso, se especifique en el anuncio pertinente o los pliegos de la contratación está disponible en formato electrónico, sírvase indicar: | [……….] (dirección de la página web, autoridad u organismo expedidor, referencia exacta de la documentación): [……….] [……….] [………] |
C: CAPACIDAD TÉCNICA Y PROFESIONAL
El operador económico solo debe facilitar información cuando el poder adjudicador o la entidad adjudicadora exijan el complimiento de los criterios de selección en cuestión en el anuncio pertinente o en los pliegos de la contratación a que se refiera el anuncio
Capacidad técnica y profesional | Respuesta |
1 a) Únicamente cuando se trate de contratos públicos de obras: Durante el período de referencia, el operador económico ha ejecutado las siguientes obras del tipo especificado: Si la documentación pertinente relativa a la ejecución y conclusión satisfactorias de las obras más importantes está disponible en formato electrónico, sírvase indicar: | Número de años (este período se especifica en el anuncio pertinente o los pliegos de la contratación): [………] Obras: […….] (dirección de la página web, autoridad u organismo expedidor, referencia exacta de la documentación): [……….] [……….] [………] |
(34) Solo si el anuncio pertinente o los pliegos de la contratación lo permiten.
(35) Por ejemplo, la ratio entre el activo y el pasivo.
(36) Por ejemplo, la ratio entre el activo y el pasivo
(37) Repítase tantas veces como sea necesario.
(38) Los poderes adjudicadores podrán exigir hasta cinco años y admitir experiencia que date de más de cinco años
1 b) Únicamente cuando se trate de contratos públicos de suministros o contratos públicos de servicios: Durante el período de referencia (39), el operador económico ha realizado las siguientes principales entregas del tipo especificado o prestado los siguientes principales servicios del tipo especificado: Al elaborar la lista, indíquense los importes, las fechas y los destinatarios, públicos o privados (40): | Número de años (este período se especifica en el anuncio pertinente o los pliegos de la contratación): [………………..] |
2) Puede recurrir al personal técnico o los organismos técnicos (41) siguientes, especialmente los responsables del control de la calidad En el caso de los contratos públicos de obras, el operador económico podrá recurrir al personal técnico o los organismos técnicos siguientes para ejecutar la obra: | [………………..] [………………..] |
3) Emplea las siguientes instalaciones técnicas y medidas para garantizar la calidad y dispone de los siguientes medios de estudio e investigación: | [………………..] |
4) Podrá aplicar los siguientes sistemas de gestión de la cadena de suministro y seguimiento durante la ejecución del contrato: | [………………..] |
5) Cuando los productos o servicios que se vayan a suministrar sean complejos o, excepcionalmente, en el caso de productos o servicios que sean necesarios para un fin particular: ¿Autorizará el operador económico que se verifiquen (42) su capacidad de producción o su capacidad técnica y, en su caso, los medios de estudio e investigación de que dispone, así como las medidas de control de la calidad que aplicará? | [ ] SI [ ] NO |
6) Quienes a continuación se indican poseen los siguientes títulos de estudios y profesionales: a) el propio proveedor de servicios o contratista y/o (dependiendo de los requisitos fijados en el anuncio pertinente o los pliegos de la contratación) b) su personal directivo: | a) [ ] b) [ ] |
7) El operador económico podrá aplicar las siguientes medidas de gestión medioambiental al ejecutar el contrato: | [………………..] |
8) La plantilla media anual del operador económico y el número de directivos durante los tres últimos años fueron los siguientes: | Año, plantilla media anual: [……], [……] [……], [……] [……], [……] Año, número de directivos: [……], [……] [……], [……] [……], [……] |
9) El operador económico dispondrá de la maquinaria, el material y el equipo técnico siguientes para ejecutar el contrato: | [………………..] |
10) El operador económico tiene eventualmente el propósito de subcontratar (43) la siguiente parte (es decir, porcentaje) del contrato: | [………………..] |
Descripción | Importes | Fechas | Destinatarios |
(39) Los poderes adjudicadores podrán exigir hasta los tres años y admitir experiencia que date de más de tres años.
(40) En otras palabras, deben enumerarse todos los destinatarios y la lista debe incluir los clientes tanto públicos como privados de los suministros o los servicios de que se trate.
(41) Cuando se trate de personal técnico u organismos técnicos que no estén integrados directamente en la empresa del operador económico pero en cuya capacidad se base este, tal como se indica en la parte II, sección C, deberán cumplimentarse formularios DEUC separados.
(42) La verificación será efectuada por el poder adjudicador o, en su nombre, cuando este así lo autorice, por un organismo oficial competente del país en el que esté establecido el proveedor de suministros o de servicios.
(43) Téngase en cuenta que, si el operador económico ha decidido subcontratar una parte del contrato y cuenta con la capacidad del subcontratista para llevar a cabo esa parte, deberá cumplimentar un DEUC separado en relación con dicho subcontratista (véase la parte II, sección C, más arriba).
11) Cuando se trate de contratos públicos de suministro: El operador económico facilitará las muestras, descripciones o fotografías requeridas de los productos que se deban suministrar, sin necesidad de adjuntar certificados de autenticidad. Cuando proceda, el operador económico declara asimismo que facilitará los certificados de autenticidad requeridos. Si la documentación pertinente está disponible en formato electrónico, sírvase indicar: | [ ] SI [ ] NO [ ] SI [ ] NO (dirección de la página web, autoridad u organismo expedidor, referencia exacta de la documentación): [………………..] [………………..] [………………..] |
12) Cuando se trate de contratos públicos de suministros: ¿Puede el operador económico presentar los oportunos certificados expedidos por institutos o servicios oficiales encargados del control de calidad, de competencia reconocida, que acrediten la conformidad de los productos perfectamente detallada mediante referencias a las especificaciones o normas técnicas, conforme a lo previsto en el anuncio pertinente o los pliegos de la contratación? Si la respuesta es negativa, sírvase explicar por qué e indicar qué otros medios de prueba pueden aportarse. Si la documentación pertinente está disponible en formato electrónico, sírvase indicar: | [ ] SI [ ] NO [………………..] (dirección de la página web, autoridad u organismo expedidor, referencia exacta de la documentación): [………………..] [………………..] [………………..] |
D: SISTEMAS DE ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD Y NORMAS DE GESTIÓN MEDIOAMBIENTAL
El operador económico solo debe facilitar información cuando el poder adjudicador o la entidad adjudicadora exijan la aplicación de sistemas de aseguramiento de la calidad o normas de gestión medioambiental en el anuncio pertinente o en los pliegos de la contratación a que se refiera el anuncio.
Sistemas de aseguramiento de la calidad y normas de gestión medioambiental | Respuesta |
¿Podrá el operador económico presentar certificados expedidos por organismos independientes que acrediten que cumple las normas de aseguramiento de la calidad requeridas, en particular en materia de accesibilidad para personas con discapacidad? Si la respuesta es negativa, sírvase explicar por qué y especificar de qué otros medios de prueba sobre el sistema de aseguramiento de la calidad se dispone. Si la documentación pertinente está disponible en formato electrónico, sírvase indicar: | [ ] SI [ ] NO [………………..] [………………..] (dirección de la página web, autoridad u organismo expedidor, referencia exacta de la documentación): [………………..] [………………..] [………………..] |
¿Podrá el operador económico presentar certificados expedidos por organismos independientes que acrediten que aplica los sistemas o normas de gestión medioambiental requeridos? Si la respuesta es negativa, sírvase explicar por qué y especificar de qué otros medios de prueba sobre los | [ ] SI [ ] NO [………………..] [………………..] |
sistemas o normas de gestión medioambiental se dispone. Si la documentación pertinente está disponible en formato electrónico, sírvase indicar: | (dirección de la página web, autoridad u organismo expedidor, referencia exacta de la documentación): [………………..] [………………..] [………………..] |
Parte VI: Declaraciones finales
El/los abajo firmante(s) declara(n) formalmente que la información comunica da en las partes II – V es exacta y veraz y ha sido facilitada con pleno conocimiento de las consecuencias de una falsa declaración de carácter grave.
El/los abajo firmante(s) declara(n) formalmente que podrá(n) aportar los certificados y otros tipos de pruebas documentales contemplados sin tardanza, cuando se le(s) soliciten, salvo en caso de que:
a) el poder adjudicador o la entidad adjudicadora tengan la posibilidad de obtener los documentos justificativos de que se trate directamente, accediendo a una base de datos nacional de cualquier Estado miembro que pueda consultarse de forma gratuita (47), o
b) a partir del 18 de octubre de 2018 a más tardar (48), el poder adjudicador o la entidad adjudicadora ya posean los documentos en cuestión.
El/los abajo firmante(s) formalmente consiente(n) en que [indíquese el poder adjudicador o la entidad adjudicadora según figure en la parte I, sección A] tenga acceso a los documentos justificativos de la información que se ha facilitado en [indique(n)se la parte/sección/punto (s) pertinente (s)] del presente Documento Europeo de Contratación, a efectos de [indíquese el procedimiento de contratación: (descripción breve, referencia de publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea, número de referencia)].
Fecha, lugar y, cuando se exija(n) o sea(n) necesaria(s), firma(s): [ ]
(44) Indíquese claramente a qué elemento se refiere la respuesta.
(45) Repítase tantas veces como sea necesario.
(46) Repítase tantas veces como sea necesario.
(47) Siempre y cuando el operador económico haya facilitado la información necesaria (dirección de la página web, autoridad u organismo expedidor, referencia exacta de la documentación) que permita al poder adjudicador o la entidad adjudicadora hacerlo. Si fuera preciso, deberá otorgarse el oportuno consentimiento para acceder a dicha base de datos.
(48) Dependiendo de la aplicación a nivel nacional del artículo 59, apartado 5, párrafo segundo, de la Directiva 2014/24/UE.
ANEXO II bis
INSTRUCCIONES PARA LA CUMPLIMENTACIÓN DEL DOCUMENTO EUROPEO ÚNICO DE CONTRATACIÓN
Artículo 59 Directiva 2014/24/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, sobre contratación pública (DOUE de 28 xx xxxxx) y Reglamento de Ejecución (UE) 2016/7 de la Comisión, de 5 de enero de 2016 (DOUE de 6 de enero)
En el caso de contratos sujetos a regulación armonizada los licitadores podrán presentar el Documento Europeo Único de Contratación en sustitución de los certificados expedidos por las autoridades públicas o por terceros que confirmen que cumple las condiciones exigidas en el artículo 59 de la Directiva 2014/24/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014 sobre contratación pública.
El Documento Europeo Único de Contratación se obtiene y se podrá cumplimentar en una versión electrónica del DEUC, utilizando el siguiente enlace WEB del servicio en línea DEUC:
xxxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxxx/xxxxx-xxxxxxxxx/xxxx/xxxxxx?xxxxxxx#
Para licitar en este expediente de contratación, el licitador deberá completar los siguientes apartados establecidos en el anexo II del Reglamento (UE) n. º 2016/7, que recoge el formulario del DEUC:
Parte II. Información sobre el operador económico (empresa interesada) Parte III. Criterios de exclusión
Parte IV. Criterios de selección Parte VI. Declaraciones finales.
A los efectos de cumplimentar el DEUC el contratista puede tener en cuenta las instrucciones contenidas en el Anexo I del Reglamento de Ejecución (UE) 2016/7 de la Comisión, de 5 de enero de 2016, y las recomendaciones de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa del Estado recogidas en la “Resolución de 6 xx xxxxx de 2016, de la Dirección General del Patrimonio del Estado, por la que se publica la Recomendación de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa sobre la utilización del Documento Europeo Único de Contratación previsto en la nueva Directiva de contratación pública”. (BOE de 8 xx xxxxx).
En particular deberá tenerse en cuenta lo siguiente:
- En el caso de empresas inscritas en listas oficiales de operadores económicos autorizados (dentro del Estado español y a los efectos de esta licitación, el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado y el Registro de Licitadores de la Administración de la Comunidad xx Xxxxxxxx y León) solo deberán facilitar en cada Parte del DEUC aquellos datos e informaciones que, en su caso concreto, no estén inscritos en estas listas oficiales o no estén debidamente actualizados. En estos supuestos es necesario que las empresas incluyan en el DEUC la información necesaria para que el órgano de contratación pueda realizar el acceso correspondiente (dirección de internet, todos los datos de identificación y, en su caso, la necesaria declaración de consentimiento) o bien aporten los oportunos certificados.
- Los licitadores que participen por su cuenta, sin recurrir a las capacidades de otras entidades para cumplir los criterios de selección deberán cumplimentar un solo DEUC.
- Los licitadores que participen por su cuenta pero recurran a la capacidad de una o varias otras entidades deberán adjuntar, además de su DEUC y de forma separada, otro DEUC en el que figure la información prevista en la Parte II Sección C por cada operador económico participante.
- En el supuesto de que concurran a la licitación uniones temporales de empresarios (UTEs), cada empresa integrante de la futura unión deberá presentar un formulario normalizado del DEUC cumplimentado de acuerdo con lo indicado en la Parte II Sección C del mismo.
- A los efectos de lo establecido en la Sección D de la Parte III tiene la consideración de motivo de exclusión puramente nacional el previsto en el artículo 60.1.f) del TRLCSP, consistente en estar afectado por una prohibición de contratar impuesta en virtud de sanción administrativa firme, con arreglo a lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- En relación a la Parte IV (criterios de selección) los licitadores solo deberán cumplimentar la Sección a) –indicación global relativa a todos los criterios de selección--, omitiendo las demás secciones de esta Parte.
- En la presente licitación no deberá facilitarse la información prevista en las Partes II y III, relativa a los subcontratistas a cuya capacidad el licitador no precise recurrir, y en la Parte V.
ANEXO III: MODELO DE AVAL
La entidad (razón social de la entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca)
, N.I.F. con domicilio (a efectos de notificaciones
y requerimientos) en en la calle/ plaza/avenida
y en su nombre (nombre y apellidos de los Apoderados)
con poderes suficientes para obligarle en este acto,
AVALA
A: (nombre y apellidos o razón social del avalado) N.I.F. ,en virtud de lo dispuesto en el Documento de Bases, en concepto de garantía definitiva para responder de las obligaciones derivadas xxx Xxxxxx cuyo objeto es el contrato de
ante la Sociedad Publica de Infraestructuras y Medio Ambiente de Castilla y León, S.A. por importe de: (en letra) euros(en cifra)
.
Este aval se otorga solidariamente respecto al obligado principal, con renuncia expresa al beneficio de excusión y división con compromiso de pago al primer requerimiento de la Sociedad Publica de Infraestructuras y Medio Ambiente de Castilla y León, S.A.
El presente aval estará en vigor hasta que la Sociedad Pública de Infraestructuras y Medio Ambiente de Castilla y León, S.A. autorice su cancelación o devolución.
(lugar y fecha)
_ (razón social de la entidad)
_ (firma de los Apoderados)
ANEXO IV: POLIZA DE SEGURO “TODO RIESGO CONSTRUCCIÓN”
PÓLIZA DE SEGURO “TODO RIESGO CONSTRUCCIÓN”
El contratista adjudicatario, o en su defecto LA SOCIEDAD. a su xxxxx, deberá suscribir una póliza “Todo riesgo construcción” que cubra adecuadamente los riesgos de la obra, en la que figurarán como asegurados el propio contratista, los subcontratistas que participen en la obra, LA SOCIEDAD. y el Director Facultativo que deberá contener al menos las siguientes coberturas y características:
1. COBERTURA DE DAÑOS
1.1. Garantías cubiertas y límites de indemnización
1. Se garantizan todos los daños que no estén expresamente excluidos y que sobrevengan de forma súbita e imprevista a los bienes asegurados, a condición de que el hecho tenga lugar en el emplazamiento de la obra asegurada. (Incendio, Rayo, Explosión, etc...)
2. Los trabajos de obra civil e instalaciones (costes de materiales y mano de obra) incluyendo los materiales acopiados a pie de obra, para su uso en la misma, aunque no hayan sido colocados en el momento del siniestro.
CAPITAL ASEGURADO: Valor de Adjudicación de la obra (IVA no incluido).
3. Los Equipos de Construcción: OPCIONAL
4. Maquinaria de construcción: OPCIONAL
5. Gastos de desescombro
CAPITAL ASEGURADO: 250.000 euros.
6. Gastos de Extinción: Coste de las medidas adoptadas para reducir o extinguir el siniestro. CAPITAL ASEGURADO: 50.000 euros por siniestro.
7. Robo y Expoliación: No se podrá exigir vigilancia permanente, ya que resulta imposible por las características de la obra.
8. Huelga, Motín, Conmoción Civil o Terrorismo.
CAPITAL ASEGURADO: Valor de Adjudicación de la obra (IVA no incluido).
9. Riesgos de la Naturaleza
CAPITAL ASEGURADO: Valor de Adjudicación de la obra (IVA no incluido).
10. Período de mantenimiento amplio: 12 meses.
11. Otros accidentes imprevistos.
1.2. Franquicias máximas aceptables:
- General: 8.000 euros.
- Fuerzas de la Naturaleza: 12.000 euros.
- Robo y Expoliación: 20% por siniestro con mínimo de 3.000 euros.
2. COBERTURA DE RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL
2.1. Garantías cubiertas
Responsabilidad Civil de General o de Explotación.
Incluyendo los daños consecuenciales producidos por errores de diseño imputables al proyectista o a la Dirección Facultativa.
Responsabilidad Civil Patronal.
Responsabilidad Civil Cruzada.
Responsabilidad Civil Postrabajos.
Protección Jurídica
Xxxxxx judiciales y demás costes para la defensa de los asegurados.
Constitución de fianzas para cobertura de la responsabilidad civil.
Período de cobertura: durante la construcción y el período de garantía (1 año desde la recepción).
2.2. Riesgos excluidos de la póliza
a) Se aceptarán las exclusiones normales por derrumbes y azolves, salvo que sean consecuencia de un siniestro indemnizable, o se realicen para aminorarlo.
b) Se acepta la exclusión de daños causados por errores de diseño pero solamente en lo que afecten a las unidades dañadas, pero no los daños consecuenciales.
c) Efectos personales de empleados.
2.3. Límites de indemnización
Responsabilidad Civil General o de Explotación 600.000 euros.
Responsabilidad Civil Patronal 600.000 euros.
Sublímite por víctima 120.000 euros.
Responsabilidad Civil Cruzada INCLUIDA
Responsabilidad Civil Postrabajos INCLUIDA
2.4. Franquicias máximas aceptables
- General: 3.000 euros.
- Colindantes, Conducciones Preexistentes y Postrabajos: 3.000 euros.
XXXXX X: MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE DEL CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA SOBRE INTEGRACION LABORAL DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD
D ........................................................................................., mayor de edad, con domicilio en
................................, C/ ............................................ nº......., con D.N.I , actuando
en su propio nombre y derecho o en representación de D
................................................................................................................. o de la Sociedad/Empresa .............................................................................. en su calidad de
................................................
DECLARA RESPONSABLEMENTE:
Que a los efectos de lo dispuesto en el artículo 42 del Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y su inclusión social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, y en la disposición adicional cuarta, apartado 1, del TRLCSP, el número total de trabajadores en la empresa es de , por lo que:
(Márquese con una x lo que corresponda)
La empresa no está sujeta a la obligación de contar con un 2 por 100 de trabajadores con discapacidad, por tener empleados a menos de 50 trabajadores.
La empresa está sujeta a la obligación de contar, al menos, con un 2 por 100 de trabajadores con discapacidad, por tener empleados a 50 o más trabajadores, siendo el número particular de trabajadores con discapacidad en la empresa de .
La empresa está sujeta a la obligación de contar, al menos, con un 2 por 100 de trabajadores con discapacidad, por tener empleados a 50 o más trabajadores, no obstante está exenta de esta obligación, cumpliendo con la de adoptar las medidas alternativas procedentes de conformidad con los establecido en el Real Decreto 364/2005, de 8 xx xxxxx, por el que se regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva a favor de los trabajadores con discapacidad. En este supuesto y de conformidad con lo establecido en el apartado 1 de la disposición adicional cuarta del TRLCSP deberá presentarse como documentación adjunta a esta declaración lo siguiente:
Copia de la declaración de excepcionalidad y
Declaración del licitador con las concretas medidas a tal efecto aplicadas.
Y para que conste, firmo la presente declaración en ………
(Lugar, fecha y firma)
ANEXO VI: MODELO DE DECLARACIÓN SOBRE LA NO CONCURRENCIA DE PROHIBICIONES PARA CONTRATAR (en defecto de DEUC)
D ........................................................................................., mayor de edad, con domicilio en
................................, C/ ............................................ nº......., con D.N.I , actuando
en su propio nombre y derecho o en representación de D
................................................................................................................. o de la Sociedad/Empresa .............................................................................. en su calidad de
................................................
DECLARA RESPONSABLEMENTE:
1º.- Que no se halla incurso en ninguna de las causas de prohibición para contratar con el Sector Público que figuran en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
2º.- Que se encuentra de alta y al corriente de pago del Impuesto sobre Actividades Económicas en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato, así como al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con el Estado y con la Comunidad Autónoma xx Xxxxxxxx y León, y al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social.
3º.- Que ni el firmante ni, en su caso, los administradores de la persona jurídica que representa se encuentran incursos en ninguno de los supuestos de la Ley 6/1989, de 6 octubre, de incompatibilidades de los miembros de la Junta xx Xxxxxxxx y León y de otros cargos de la Administración de la Comunidad de Autónoma ni en ningún otro supuesto de incompatibilidad a los efectos de este contrato.
Y para que conste, firmo la presente declaración en ………
(Lugar, fecha y firma)
ANEXO VII: MODELO DE DECLARACIÓN SOBRE PERTENENCIA A GRUPO DE EMPRESAS
D ........................................................................................., mayor de edad, con domicilio en
................................, C/ ............................................ nº......., con D.N.I , actuando
en su propio nombre y derecho o en representación de D
................................................................................................................. o de la Sociedad/Empresa .............................................................................. en su calidad de
................................................
DECLARA RESPONSABLEMENTE:
Que en relación con los supuestos previstos en el artículo 42 del Código de Comercio (poner una x donde corresponda):
La licitadora no pertenece a ningún grupo de empresas y por tanto no se encuentra en ninguno de los supuestos del mencionado artículo.
A la presente licitación no concurre ninguna otra empresa vinculada a la declarante.
A la presente licitación sí concurren otras empresas vinculadas a la declarante, que son las siguientes:
…………………………………………………….
…………………………………………………….
…………………………………………………….