SOCIEDAD ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE POPAYAN S.A. E.S.P PLIEGO DE CONDICIONES
SOCIEDAD ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE POPAYAN S.A. E.S.P
PLIEGO DE CONDICIONES
LICITACION PUBLICA No. 01 de 2017
CONSTRUCCION DEL COLECTOR MARGEN DERECHA RIO EJIDO – TRAMO I COMPRENDIDO ENTRE LA CARRERA 3 HASTA LA CARRERA 20.”
Popayán, Diciembre de 2017
CAPITULO I
INFORMACION GENERAL DEL PROCESO DE SELECCIÓN
1.1 OBJETO DEL CONTRATO.
Contratación de la “CONSTRUCCION DEL COLECTOR MARGEN DERECHA RIO EJIDO – TRAMO 1 COMPRENDIDO ENTRE LA CARRERA 3 HASTA LA CARRERA 20.” Tal como se
determinan en el Anexo Nº 1 “Datos de la Invitación”.
El objeto del contrato se ejecutará por el sistema de precios unitarios sin fórmula de reajuste de precios.
1.1.1 Identificación del objeto en el cuarto nivel del Clasificador de Bienes y Servicios
Los servicios a contratar se encuentran clasificados de la siguiente manera:
CÓDIGO UNSPSC | PRODUCTO |
72141120 | Servicio de construcción de líneas de alcantarillado |
1.1. ALCANCE DEL CONTRATO
1.1.1 LOCALIZACIÓN, DESCRIPCIÓN GENERAL Y ALCANCE FÍSICO DEL PROYECTO
Las obras de construcción del proyecto en mención se construirán en el Municipio y Popayán y en desarrollo del objeto contractual el contratista deberá ejecutar las siguientes actividades de obra:
ACTIVIDAD | UND | CANT | VALOR UNITARIO | VALOR TOTAL | |
CONSTRUCCION COLECTOR MARGEN DERECHA DEL RIO EJIDO TRAMO I COMPRENDIDO DEDE LA CARREA 3 HASTA LA XXXXXXX 00, XXXXXXX XXXXX | |||||
PRESUPUESTO OBRA CIVIL | |||||
ÍTEM | DESCRIPCIÓN | UNIDAD | CANT. | PRECIO UNITARIO | COSTO DIRECTO |
I | OBRA CIVIL | ||||
1,0 | PRELIMINARES | ||||
1,1 | Localización y replanteo | ML | 2.537,6 | - | |
SUBTOTAL | - | ||||
2 | REPOSICION VIAL | ||||
2,1 | RETIRO CARPETA DE RODADURA | ||||
2.1.1 | Corte de pavimento asfaltico con cortadora | ML | 4.659,6 | - |
2.1.2 | Corte de pavimento rígido con cortadora | ML | 453,6 | - | |
2.1.3 | Demolición de pavimento asfaltico | M3 | 364,0 | - | |
2.1.4 | Demolición de pavimento rígido | M3 | 61,2 | - | |
2,2 | REPOSICION DE CARPETA DE RODADURA | ||||
2.2.1 | Suministro, riego y compactación de sub-base mecánico | M3 | 1.312,9 | - | |
2.2.2 | Suministro, riego y compactación de base mecánico | M3 | 875,2 | - | |
2.2.3 | Imprimación | M3 | 3.690,5 | - | |
2.2.4 | Suministro, riego y compactación de mezcla asfáltica | M3 | 283,1 | - | |
2.2.5 | Concreto premezclado de 3.500 psi para vías | M3 | 70,9 | - | |
SUBTOTAL | - | ||||
3 | MOVIMIENTO DE TIERRAS | ||||
3,1 | EXCAVACIONES | ||||
3.1.1 | Excavación a maquina | M3 | 9.081,1 | - | |
3.1.2 | EXCAVACIÓN MATERIAL COMÚN | ||||
3.1.2.1 | Profundidad 0 - 2.5 m | M3 | 2.672,0 | - | |
3.1.2.2 | Profundidad 2.5 - 5.0 m | M3 | 416,7 | - | |
3.1.3 | EXCAVACIÓN MATERIAL CONGLOMERADO | ||||
3.1.3.1 | Profundidad 0 - 2.5 m | M3 | 1.233,2 | - | |
3.1.3.2 | Profundidad 2.5 - 5.0 m | M3 | 192,3 | - | |
3.1.4 | Excavación material en roca | M3 | 237,6 | - | |
3,2 | RELLENOS | ||||
3.2.1 | Suministro y colocación de material granular para cimiento de tuberías | M3 | 553,1 | - | |
3.2.2 | Suministro y colocación de material granular para filtro en grava 3/4" | M3 | 263,9 | - | |
3.2.3 | Relleno con material de excavación compactado con maquina | M3 | 2.071,7 | - | |
3.2.4 | Relleno tipo II con material xx xxxxxxxx limo - arcilloso | M3 | 11.300,5 | - | |
3,3 | RETIROS | ||||
3.3.1 | Retiro de material de excavación | M3 | 11.845,9 | - |
3,4 | DERRUMBES Y ENTIBADOS | ||||
3.4.1 | Extracción de derrumbes hasta 5.0 m de profundidad | M3 | 931,0 | - | |
3.4.2 | Suministro y colocación de entibado para apuntalar excavaciones | M3 | 1.060,0 | - | |
SUBTOTAL | - | ||||
4,0 | SUMINISTRO Y CONSTRUCCION DE CAMARAS DE INSPECCION EN CONCRETO, DIAM, INTERNO 1.20 M, ESCALONES EN 5/8", LOSA DE FONDO CON CAÑUELA, LOSA SUPERIOR Y TAPA DE ACCESO CON ARO METALICO: | ||||
4,1 | Construcción de cilindro para cámara de inspección en concreto (espesor xx xxxx 0.20 m), incluye peldaños. | ML | 106,3 | - | |
4,2 | Construcción de brocal en concreto de 4.000 psi diámetro de 1.60 m, incluye tapa | Unidad | 32,0 | - | |
4,30 | Construcción xx xxxx de fondo en concreto de 3.000 psi, incluye cañuela | Unidad | 32,0 | - | |
SUBTOTAL | - | ||||
5,0 | INSTALACIÓN DE TUBERÍA Y ACCESORIOS PVC ALCANTARILLADO HERMETICO | ||||
5,1 | Tubería diam =315 mm | ML | 298,3 | - | |
5,2 | Tubería diam =450 mm | ML | 215,9 | - | |
5,3 | Tubería diam =500 mm | ML | 417,2 | - | |
5,4 | Tubería diam = 24" | ML | 1.578,4 | - | |
SUBTOTAL | - | ||||
Costos Directos | - | ||||
Administración | 18% | - | |||
Imprevistos | 3% | - | |||
Utilidad | 9% | - | |||
VALOR OBRA CIVIL | - |
NOTA: Los trabajos se deberán iniciar en cuatro (4) frentes de trabajo y se deberán ejecutar simultáneamente durante todo el plazo de ejecución.
El anterior cuadro incluye un estimativo de las actividades, materiales e insumos, su transporte, el equipo y mano de obra requerido para ejecutar, por lo tanto en la construcción de la obra el contratista NO podrá argumentar que no se incluye alguno de los insumos en los ítems propuestos, así en el presupuesto no esté escrito.
1.2.2 ANALISIS DE RIESGOS
De conformidad con lo establecido en el artículo 4 de la Ley 1150 de 2007, durante la etapa de publicación de los pre-pliegos, los interesados se pronunciarán sobre la estimación, tipificación y asignación de riesgos realizada por la Entidad, con el fin de ser revisados y establecer su distribución definitiva en la audiencia programada para tal fin. La audiencia de distribución de riesgos se realizará en la fecha indicada en el cronograma de la presente licitación.
Para efectos de elaborar la tipificación, estimación y asignación de riesgos previsibles la entidad acudió al Manual elaborado por Colombia Compra Eficiente. El análisis de riesgos se encuentra en el ANEXO No. 8 del presente pliego de condiciones.
1.2.2.1 Publicidad de estudios y diseños
Los documentos técnicos (estudios previos, análisis del sector, diseños definitivos, etc.) se encuentran a disposición de los interesados en la Subgerencia Técnica de la Sociedad Acueducto y Alcantarillado de Popayán S.A ESP, para que puedan ser consultados, por lo tanto, ninguno de los proponentes podrá alegar desconocimiento de las condiciones de ejecución del proyecto.
Es deber de los proponentes informarse sobre las especificaciones de la obra y de la tipificación, estimación y asignación de riesgos previsibles.
1.3 ENTIDAD CONTRATANTE
La entidad contratante es la Sociedad Acueducto y Alcantarillado de Popayán S.A E.S.P Para efectos de correspondencia se debe tener en cuenta la siguiente información:
Sociedad Acueducto y Alcantarillado de Popayán S.A ESP, Xxxxx 0 Xx 0-00 Xxxxxxx (Xxxxx).
Tel: 0000 000000 Popayán.
Colombia Compra Eficiente: xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx
Correo electrónico de la entidad: xxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxx.xxxxx.xxx.xx
1.4 CRONOGRAMA DEL PROCESO DE SELECCIÓN
1.4 CRONOGRAMA DEL PROCESO DE SELECCIÓN
CONCEPTO | FECHA | LUGAR |
Publicación de: - Aviso en la página web y el SECOP (Decreto 019 de 2012). - Aviso de convocatoria pública - Documentos y estudios previos. - Proyecto pliego de condiciones, para recibo de observaciones, incluidas las referidas a la distribución de riesgos. | 13 de diciembre de 2017 | Portal Único de Contratación xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx y xxx.xxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx |
Respuesta a las observaciones al pre-pliego | 2 de enero de 2018 | Portal Único de Contratación xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx xxx.xxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx |
Resolución de apertura del proceso de Licitación Pública | 2 de enero de 2018 | Portal Único de Contratación xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx y Sociedad Acueducto y Alcantarillado de Popayán S.A ESP |
Publicación xx Xxxxxx de Condiciones definitivo | 2 de enero de 2018 | Sociedad Acueducto y Alcantarillado SUBGERENCIA TECNICA OPERATIVA y Portal Único de Contratación |
Audiencia Pública de Revisión de la Tipificación, Estimación y Asignación de Riesgos. Si se solicitan aclaraciones a los pliegos en la misma diligencia se realizará. | 4 de enero de 2018 9:00 am | Sociedad Acueducto y Alcantarillado de Popayán S.A ESP–(Sala de Juntas) |
Cierre del proceso licitatorio / apertura en acto público de las propuestas (Sobre No. 1). | 12 de enero de 2018 11:00 am | Sociedad Acueducto y Alcantarillado de Popayán S.A ESP – SUBGERENCIA TECNICA OPERATIVA (Sala de juntas) |
Verificación de cumplimiento de requisitos habilitantes (capacidad jurídica, condiciones de experiencia, capacidad financiera y organizacional). | 15 al 17 de Enero de 2018 | Comité Evaluador |
Publicación y traslado del informe de verificación de requisitos habilitantes. Sobre No.- 1. Cinco (5) días hábiles. Término para presentar observaciones al informe de verificación y para subsanar. | 18 al 24 de enero de 2018 | Sociedad Acueducto y Alcantarillado de Popayán S.A ESP – SUBGERENCIA TECNICA OPERATIVA y xxx.xxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx y Portal Único de Contratación xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx |
Publicación del documento de respuesta a las observaciones del informe de verificación de requisitos habilitantes. Publicación del listado de proponentes habilitados | 25 de enero de 2018 | Sociedad Acueducto y Alcantarillado de Popayán S.A ESP – SUBGERENCIA TECNICA OPERATIVA xxx.xxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx y Portal Único de Contratación xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx |
Inicio Audiencia Pública de adjudicación, en la misma se dará apertura sobre No. 2 y se determinará del parámetro para puntuar el factor económico. | 26 de enero de 2018 9:00 am | Sociedad Acueducto y Alcantarillado de Popayán S.A ESP – SUBGERENCIA TECNICA OPERATIVA (Sala de Juntas) |
Publicación y traslado del informe de evaluación (aplicación de los factores de selección). Término para presentar observaciones al informe de verificación. | 30 de enero al 5 de febrero de 2018 | Sociedad Acueducto y Alcantarillado de Popayán S.A ESP – SUBGERENCIA TECNICA OPERATIVA y xxx.xxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx yPortal Único de Contratación xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx |
Continuación audiencia de adjudicación. Notificación en estrados de la Adjudicación. | 7 de febrero de 2018 9:00 am | Sociedad Acueducto y Alcantarillado de Popayán S.A ESP – SUBGERENCIA TECNICA OPERATIVA– SECRETARIA DE INFRAESTRUCTURA (Sala de Juntas) |
Suscripción del Contrato | 12 de febrero de 2018 | Sociedad Acueducto y Alcantarillado de Popayán S.A ESP – SUBGERENCIA TECNICA OPERATIVA – OFICINA JURIDICA |
Cumplimiento requisitos de ejecución del Contrato. | 15 de febrero de 2018 | Sociedad Acueducto y Alcantarillado de Popayán S.A ESP – SUBGERENCIA TECNICA OPERATIVA– OFICINA JURÍDICA |
NOTA IMPORTANTE: Para todos los efectos relacionados con los trámites del presente proceso de Licitación Pública, el horario de atención al público y recepción de todo tipo de documentación, será en el horario establecido para la atención al público por la Sociedad Acueducto y Alcantarillado de Popayán S.A ESP de LUNES A VIERNES: DE 8:00 A.M. a 11:30 M y DE 2:00 P.M. a 5:30 P.M.
1.5 PLAZO DEL CONTRATO
El plazo para la ejecución del contrato será de CINCO (5) MESES contados a partir de la suscripción del acta de inicio, previo cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento y ejecución.
1.6 MONTO DEL PRESUPUESTO OFICIAL Y DISPONIBILIDAD DE RECURSOS
1.6.1 Monto del presupuesto oficial.
El presupuesto oficial de la presente contratación asciende a la suma de DOS MIL DOSCIENTOS TRES MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS
OCHENTA Y SEIS PESOS ($2.203.386.986.00) tal como consta en los certificados de disponibilidad presupuestal Nro. 172488, cuenta: 71103 Convenio emcaservicios 211-17 del 5 de diciembre de 2017, expedido por la Jefe de la Sección Presupuesto de la Sociedad, mencionado en el Anexo Nº 1 “Datos de la Invitación”.
NOTA: Para determinar el valor de las propuestas, se deberá tener en cuenta que el presente contrato no genera IVA de conformidad con el artículo 100 de la Ley 21 de 1992, el cual señala: “Los contratos de obra pública que celebren las personas naturales o jurídicas con entidades territoriales y/o entidades descentralizadas del orden Municipal o Departamental, estarán excluidos del IVA”.
El presupuesto, incluye todos los gastos y costos directos e indirectos inherentes al cumplimiento satisfactorio del objeto contractual, así como los imprevistos, de conformidad con los estudios previos que soportan la presente contratación.
1.6.2 Oferta con valor artificialmente bajo
Cuando el valor de la oferta, a juicio de la entidad, por la información que tenga a su alcance, resulte artificialmente bajo, se requerirá al oferente para que explique las razones que sustenten el valor por él ofertado; una vez sustentadas dichas razones ante el Comité Asesor, éste recomendará al Representante Legal que rechace o autorice la continuidad de la oferta en el proceso (artículo 2.2.1.1.2.2.2 Decreto 1082 de 2015).
1.6.3 Disponibilidad Presupuestal
LA sociedad Acueducto y alcantarillado de Popayán S.A ESP, cuenta con el Certificado de
Disponibilidad Presupuestal No del 172488, cuenta: 71103 Convenio Emcaservicios 211-17 expedido por la Jefe de la Sección Presupuesto de la Sociedad para respaldar las obligaciones derivadas del contrato a celebrar.
1.7 PLIEGO DE CONDICIONES
1.7.1 Consulta del proyecto xx xxxxxx de condiciones
El proyecto xx xxxxxx de condiciones, podrá consultarse en LA SOCIEDAD ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE POPAYAN S.A ESP, en el Portal Único de Contratación xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx y en la página xxx.xxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx en las fechas establecidas en el Cronograma del proceso de selección.
La publicación del proyecto xxx Xxxxxx de Condiciones, no genera obligación para la Entidad de dar apertura al proceso de selección respectivo.
1.7.2 Observaciones al proyecto xx xxxxxx de condiciones
Dentro del término xx XXXX (10) DÍAS HÁBILES de la publicación del proyecto xx xxxxxx de condiciones y de acuerdo con las fechas establecidas en el cronograma del presente proceso de selección, cualquier persona podrá formular observaciones, las cuales serán presentadas por escrito radicado ante LA SOCIEDAD ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE POPAYAN
S.A ESP, o a la dirección electrónica xxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxx-xxxxx.xxx.xx
1.7.3 Apertura y cierre del proceso de contratación
El proceso de selección se abrirá con la EXPEDICIÓN DEL ACTO ADMINISTRATIVO que ordena la apertura (Artículo 2.2.1.1.2.1.5 del Decreto 1082 de 2015), el cual se publicará en la página xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx y en la página xxx.xxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx
El cierre se efectuará en LA SOCIEDAD ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE POPAYAN
S.A ESP - SUBGERENCIA TECNICA OPERATIVA en la fecha y hora señalada en los pliegos para lo cual se levantará un acta donde conste el desarrollo de la diligencia y será firmada por todos los participantes.
1.7.4 Pliego de condiciones definitivo
1.7.4.1 Consulta pliego de condiciones definitivo
El pliego de condiciones definitivo, podrá ser consultado en el Portal Único de Contratación y/o en la página web xxx.xxxxxxxxxxxxxxxx.xxx,co ó físicamente en la entidad a partir de la publicación del acto de apertura del proceso de selección. En el pliego de condiciones definitivo, la Entidad podrá incluir los temas que considere relevantes para el proceso de selección, planteados en las observaciones del proyecto xx xxxxxx.
1.7.5. Modificaciones al pliego de condiciones
LA SOCIEDAD ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE POPAYAN S.A ESP, hará las
aclaraciones o modificaciones que considere necesarias. Toda aclaración o modificación se hará mediante Adendas numeradas consecutivamente, estos documentos formarán parte integral xxx xxxxxx de condiciones; las Adendas serán suscritas por el Representante Legal de la Entidad y publicadas en la página www.colombiacompra.gov.co.y xxx.xxxxxxxxxxxxxxxx.xxx,co
La expedición de Xxxxxxx, se sujetará a lo dispuesto en el artículo 89 de la ley 1474 de 2011. Es decir que no podrán expedirse ADENDAS dentro de los tres (3) días hábiles anteriores al cierre de la licitación y su publicación SOLO PODRÁ HACERSE EN DÍAS HÁBILES Y HORARIOS LABORALES. Lo anterior sin perjuicio de lo establecido en el inciso 2 del artículo 2.2.1.1.2.2.1 del Decreto 1082 de 2015.
1.8 Audiencia de distribución y asignación de riesgos y de aclaración de pliegos.
De conformidad con lo dispuesto por el numeral 3 del artículo 30 de la Ley 80 de 1993, modificado por el artículo 220 del Decreto 19 de 2012, en la oportunidad señalada en el cronograma del presente proceso, se realizará una audiencia de revisión de los riesgos previsibles con el objeto de establecer la tipificación, estimación y asignación definitiva, de lo cual se levantará la respectiva acta. En la misma audiencia se realizarán las aclaraciones a los pliegos que fueren solicitadas
CAPITULO II
REGIMEN JURÍDICO APLICABLE AL PROCESO DE SELECCION
2.1 NORMATIVIDAD APLICABLE
Las siguientes normas gobiernan el presente proceso de selección:
• La Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007 y sus decretos reglamentarios (en especial el Decreto 1082 de 2015), las normas comerciales y civiles vigentes que rijan las materias que aquellas o estos no regulen particularmente.
• La Ley 99 de 1993 (Ley Ambiental) y sus decretos reglamentarios.
• La Ley 734 de 2002. - Por la cual se expide el Código Disciplinario Único.
• La Ley 789 de 2002. - Por la cual se dictan normas para apoyar el empleo y ampliar la protección social y se modifican algunos artículos del Código Sustantivo del Trabajo.
• La Ley 828 de 2003. - Por la cual se expiden normas para el control de la evasión del Sistema de Seguridad Social.
• La Ley 850 de 2003. - Por la cual se reglamentan las veedurías ciudadanas.
• Ley 1474 de 2011.
• Decreto Ley 019 de 2012.
• Decreto 1082 de 2015
• Decreto 2246 de 2012
• Manual operativo del PDA
2.1.1 Documentos del Proceso de Selección
El proceso de selección se regirá adicionalmente por lo dispuesto en los estudios previos, el pliego de condiciones definitivo y sus Adendas, si las hubiere y las audiencias realizadas dentro del proceso de selección.
Para los efectos del contrato que llegare a firmarse, hace parte integral del mismo la propuesta seleccionada.
Con la presentación de la propuesta, se infiere que el proponente es conocedor de todos los documentos precontractuales, igualmente se entiende que ha consultado y conoce los diseños y especificaciones técnicas.
2.2 APLICACIÓN DE TRATADOS Y/O CONVENIOS DE LIBRE COMERCIO
De conformidad con el análisis realizado en los estudios previos, el presente proceso no se encuentra cobijado por tratados o convenios de libre comercio.
2.3 MODALIDAD DE SELECCIÓN Y SU JUSTIFICACION
Decreto 2246 de 2012 en su artículo 15 señala “ Los procesos de contratación que se adelanten con cargo a los recursos aportados por los participantes en el marco del PAP-PDA serán adelantados por el Gestor del PAP-PDA; no obstante el Comité Directivo determinará en qué eventos los municipios y/o distritos y el(los) prestador(es) de los servicios públicos domiciliarios de acueducto y/o alcantarillado y/o aseo que preste(n) en el municipio o grupo de municipios beneficiarios del proyecto, podrán adelantar el respectivo proceso de contratación, para lo cual se verificarán los requisitos establecidos en el manual operativo. Lo anterior observando lo previsto en las disposiciones del Estatuto de Contratación Estatal, el contrato xx xxxxxxx mercantil y las normas que resulten aplicables”.
La sociedad acueducto y alcantarillado S.A ES.P y la Empresa caucana de servicios públicos EMCASERVICIOS S.A E.S.P celebraron el convenio No 211-17 con el objeto de Aunar esfuerzos económicos, técnicos y administrativos para ejecutar el proyecto de inversión CONSTRUCCION DEL COLECTOR MARGEN DERECHA DEL RIO EJIDO TRAMO 1 COMPRENDIDO ENTRE LA CARRERA 3 HASTA LA CALLE 20.
La cláusula cuarta del referido convenio estipula entre las obligaciones del ACUEDUCTO “2. Adelantar los procesos de selección y contratación de las obras, observando lo previsto en las disposiciones del Estatuto de Contratación estatal, el Contrato xx xxxxxxx mercantil y las normas que resulten aplicables. Igualmente deberá acoger los lineamientos del programa AGUA TRANSPARENTE, del Ministerio de Vivienda y desarrollo territorial”
El contrato de obra está definido en el numeral 1º del artículo 32 de la Ley 80 de 1993, en los siguientes términos:
“Son contratos de obra los que celebren las entidades estatales para la construcción, mantenimiento, instalación y en general, para la realización de cualquier otro trabajo material sobre bienes inmuebles cualquiera que sea la modalidad de ejecución y pago.”
De otro lado, el numeral 1 del artículo 2 de la Ley 1150 de 2007 señala:
“Licitación pública. La escogencia del contratista se efectuará por regla general a través de licitación pública, con las excepciones que se señalan en los numerales 2, 3 y 4 del presente artículo.”
En la presente contratación se hará uso de la modalidad de selección de Licitación Pública, en atención a lo establecido en el decreto 2246 de 2012, a la naturaleza del objeto (Obra pública) y la cuantía, siguiendo la regla general, según la cual los contratistas del Estado serán seleccionados mediante Licitación Pública, toda vez que debido a la cuantía y naturaleza del contrato a celebrar no encaja en ninguna otra de las causales señaladas en el artículo 2º de la Ley 1150 de 2007.
CAPITULO III LA PROPUESTA
3.1 METODOLOGÍA EN LA PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA.
3.1.1. Idioma de la propuesta.
La propuesta, correspondencia y todos los documentos intercambiados entre los proponentes y LA SOCIEDAD ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE POPAYAN SA.A ESP, deberán estar
escritos en idioma castellano.
3.1.2. Presentación de la propuesta.
La propuesta se conformará por dos sobres que se presentarán cerrados, separados e identificados como se indica a continuación:
• EL SOBRE NÚMERO 1, contendrá la información y documentos que acrediten el cumplimiento de los requisitos habilitantes del proponente: capacidad jurídica, experiencia, capacidad financiera y organizacional.
• EL SOBRE NÚMERO 2, contendrá la propuesta económica (en físico debidamente firmada y en medio magnético en formato Excel) y todos los documentos referidos a los factores de selección de la propuesta. Para efectos de la presentación propuesta económica se deberá tener en cuenta el FORMULARIO No. 3.
Si hay diferencia entre la oferta económica escrita y lo consignado en el medio magnético, se tendrán como válidos los datos de la oferta escrita.
Todas las páginas de la propuesta que tengan modificaciones o enmiendas, deberán ser validadas con la FIRMA AUTORIZADA AL PIE DE LAS MISMAS de quien suscribe la carta de presentación, de lo contrario se tendrán por no escritas.
Todos los documentos exigidos, referidos a requisitos habilitantes, se incluirán en Sobre No. 1 de la propuesta. Para su revisión, operarán las reglas de subsanabilidad de que tratan los artículos 5 de la Ley 1150 de 2007.
Serán a cargo del proponente, todos los costos asociados a la preparación y presentación de su propuesta, por lo tanto y LA SOCIEDAD ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE POPAYAN SA. ESP en ningún caso será responsable de los mismos.
No se exigirán sellos, autenticaciones, documentos originales o autenticados, reconocimientos de firmas, ni cualquier otra clase de formalidades o exigencias rituales, salvo cuando en forma perentoria y expresa lo exijan leyes especiales. (inciso 1, numeral 15 del artículo 25 de la Ley 80 de 1993).
Las propuestas deberán ajustarse en todas sus partes a los anexos y a las condiciones estipuladas para cada documento en los presentes pliegos de condiciones. Cualquier explicación o información adicional, deberá hacerse en nota separada, debidamente firmada por la persona autorizada para presentar la propuesta dentro de la misma. Las propuestas deberán estar debidamente foliadas en orden consecutivo en su totalidad, es decir, en todas las páginas útiles o escritas, y con un índice (este no deberá foliarse) donde se relacione el contenido total de la propuesta. En el evento que se presenten documentos escritos por ambos lados de la hoja, deberá foliarse por lado y lado.
En caso de que las propuestas no se presenten debidamente numeradas, este riesgo será asumido por el proponente, quien no tendrá derecho a reclamo alguno posterior por pérdida de documentos que no se encuentren debidamente foliados.
La entidad dejará constancia en el acta de cierre, de las propuestas que no se entreguen en las condiciones indicadas en el inciso anterior, así como, si algunas de ellas hubiera sido abierta con anterioridad al cierre.
3.1.3. Moneda.
El valor de la propuesta deberá presentarse en PESOS COLOMBIANOS.
3.1.4. Firma de la propuesta.
Toda carta de presentación de la propuesta debe estar firmada por el PROPONENTE O
REPRESENTANTE LEGAL del proponente o por APODERADO constituido para tal efecto.
3.1.5. Documentos reservados.
Los proponentes deberán indicar en sus propuestas, cuáles de los documentos aportados son de carácter reservado e invocar la norma que ampara dicha reserva, para así dar cumplimiento a lo estipulado en el numeral 4 del artículo 24 de la Ley 80 de 1993. Si el proponente no hace pronunciamiento expreso amparado en la ley, se entenderá que toda la propuesta es pública.
3.1.6 Identificación y entrega de la propuesta
La propuesta deberá presentarse en forma escrita, de acuerdo con el orden y requisitos establecidos en el presente pliego de condiciones, en sobres separados y cerrados.
Cada sobre debe contener la siguiente información:
• Nombre o razón social del oferente remitente.
• Dirección y teléfono del remitente
• Dirigido a SOCIEDAD ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE POPAYAN S. A E. S. P
• Licitación Pública No. 01_ de 2017.
Objeto: “ ”.
• Indicar si es: “SOBRE NUMERO 1” o “SOBRE NUMERO 2”
NO SE ACEPTARÁN propuestas enviadas por fax, correo electrónico o cualquier otro medio diferente a su entrega física en las instalaciones de la entidad, en la urna dispuesta para tal fin, hasta la fecha y hora señaladas.
3.1.7 Información suministrada por los oferentes.
La Entidad, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 83 de la Constitución Política de Colombia, presume que toda la información que el proponente xxxxxxx a éste proceso de contratación, ES VERAZ Y CORRESPONDE A LA REALIDAD. No obstante, la Entidad podrá verificar la información suministrada por el proponente.
3.1.8. Recepción de las propuestas.
Las propuestas se recepcionan en la SUBGERENCIA TÉCNICA OPERATIVA DE LA
SOCIEDAD ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE POPAYAN SA. E.S. P, dejando
constancia escrita de la fecha y hora exacta en que fue presentada, indicando de manera xxxxx y precisa, el nombre o razón social del proponente.
3.1.9. Propuestas parciales.
No se aceptarán propuestas parciales.
3.1.10. Propuestas alternativas.
No se aceptarán propuestas alternativas.
3.1.11. Retiro de la propuesta.
Los proponentes podrán solicitar por escrito a la entidad, el retiro de su propuesta antes de la fecha y hora previstas para el cierre del plazo para presentar propuestas, la cual será devuelta sin abrir en el acto de apertura de las mismas al proponente o a la persona autorizada.
3.1.12. Validez de la Propuesta
Los proponentes deberán mantener su oferta sin modificación de ninguna índole por un término de cuatro meses contados a partir de la fecha de cierre de la Licitación Pública.
La validez de la oferta se entenderá prorrogada con la ampliación del término de la garantía de seriedad de la misma.
3.2. CAUSALES DE RECHAZO DE LA PROPUESTA
LA SOCIEDAD ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE POPAYAN SA.A ESP deberá rechazar
propuestas, en cualquiera de los siguientes casos:
1. Cuando el valor corregido de la propuesta, exceda el 100% del presupuesto oficial.
2. Cuando el proponente se halle incurso en alguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad para contratar, según lo dispuesto en la Ley 80 de 1993.
3. Cuando su presentación sea extemporánea, es decir, si se presenta después de la fecha y hora fijadas para el cierre, o sea entregada en oficina diferente a la indicada, a pesar de ser radicada dentro del plazo señalado para la entrega de la misma.
4. Cuando el plazo ofrecido para la ejecución del contrato, supere el establecido en el pliego de condiciones.
5. Cuando la propuesta se presente en forma subordinada al cumplimiento de cualquier condición.
6. Cuando el objeto social o actividad mercantil del proponente, no corresponda al objeto contractual requerido por la Administración, exigencia que aplica a cada uno de los integrantes de consorcios, uniones temporales, u otra forma de asociación.
7. Cuando existan varias propuestas presentadas por el mismo proponente bajo el mismo nombre, o con nombres diferentes para la misma licitación. Lo anterior, sin perjuicio de las acciones disciplinarias y penales.
8. Cuando no cumpla con los requisitos habilitantes señalados en el pliego de condiciones, lo anterior sin perjuicio de la posibilidad de subsanar dentro de la oportunidad concedida.
9. Si la propuesta es presentada en moneda diferente a la legal colombiana.
10. Cuando no aporte el Registro Único de Proponentes, o el mismo no se encuentre en firme al cierre.
11. Cuando se omita un precio unitario en la propuesta económica.
12. Cuando en la propuesta económica se altere la unidad o patrón de medida o la cantidad del respectivo ítem. Igualmente cuando se altere sustancialmente la descripción de un ítem del formato del presupuesto oficial.
13. Cuando se verifique falsedad en la documentación aportada por el proponente.
14. Cuando se alteren en la propuesta económica el porcentaje de administración, imprevistos o utilidad.
3.3. DOCUMENTOS DE LA PROPUESTA
a. Índice o tabla de contenido.
En aras de preservar los principios de celeridad y economía, el contratista deberá incluir tabla del contenido absoluto de la propuesta, especificando los números de página donde se encuentra la información y los documentos requeridos en el pliego de condiciones.
En el momento de la apertura, la entidad verificará que la propuesta contenga la tabla de contenido o el índice, y cada uno de los documentos debidamente foliados en forma consecutiva.
b. Carta de presentación de la propuesta. ANEXO No.- 1
Se elaborará a partir del modelo suministrado en el presente pliego de condiciones y deberá estar firmada por el proponente si éste es persona natural; por el representante legal si es persona jurídica o por el representante del consorcio o unión temporal.
Para el caso de personas naturales o jurídicas extranjeras, deberá estar firmada por la persona autorizada en Colombia para su representación. Si la propuesta no está firmada por la persona autorizada en Colombia para su representación será rechazada.
La persona natural o el representante legal que suscribe la propuesta, debe adjuntar copia de la certificación expedida por el COPNIA, documento que debe estar vigente.
Si el representante legal de una persona jurídica no acreditaren título de ingeniero civil, la propuesta deberá ser abonada o avalada por un Ingeniero Civil matriculado, quien deberá cumplir con los requisitos antes enunciados (Ley 842 de 2003).
c. Certificado de existencia y representación legal
Si el proponente es una persona jurídica, deberá comprobar su existencia y representación legal mediante certificado expedido por la Cámara de Comercio; cuando se trate de personas jurídicas extranjeras que no tengan establecida sucursal en Colombia, deberán comprobar su existencia y representación legal de conformidad con las normas de su país de origen. El certificado deberá contener la siguiente información:
• Fecha de expedición NO MAYOR A UN MES anterior a la fecha de cierre del plazo de presentación de propuestas de la presente Licitación Pública.
• El objeto social de la sociedad, deberá incluir las actividades principales objeto de la presente Licitación Pública.
• La duración de la sociedad, contada a partir de la fecha de celebración del contrato, NO SERÁ INFERIOR AL PLAZO ESTABLECIDO PARA EL CONTRATO Y UN (1) AÑO MÁS (artículo 6 de la Ley 80 de 1993).
Si el representante legal de la sociedad tiene restricciones para contraer obligaciones en nombre de la misma, deberá adjuntarse el documento de autorización expresa, expedido por el órgano competente con anterioridad a la presentación de la propuesta.
Para el caso de consorcios y uniones temporales, cada integrante deberá comprobar su
existencia y representación, mediante certificado expedido por la cámara de comercio respectiva (si es persona jurídica).
d. Documento mediante el cual se confiere representación
Cuando el proponente concurra por intermedio de apoderado, deberá allegar el documento correspondiente en el que consten expresamente los términos y el alcance de dicha representación. El poder no requiere de presentación personal.
e. Certificado de Reciprocidad, si el proponente es extranjero, conforme a lo establecido en el artículo 20 de la Ley 80 de 1993.
f. Registro único de proponentes (RUP) que se encuentre en firme al cierre del proceso, acorde con lo ordenado por la legislación vigente, el cual debe haber sido expedido dentro del mes anterior al cierre del proceso. En relación con la simple renovación no se verificará la firmeza pero si el cumplimiento de la obligación antes del cierre.
El proponente, sea persona natural o jurídica y cuando se trate de consorcio o unión temporal, cada uno de los integrantes, deberá presentar el respectivo RUP en el que conste su inscripción, la cual se debe encontrar en firme.
g. Formularios exigidos debidamente diligenciados conforme a los pliegos x.Xxxx de aportes al sistema de seguridad social y parafiscal
De acuerdo con el artículo 23 de la Ley 1150 de 2007, todos los proponentes (sean personas naturales, jurídicas o los integrantes de consorcios o uniones temporales) deberán acreditar el cumplimiento de sus obligaciones frente al Sistema General de Seguridad Social Integral en salud, pensiones, riesgos profesionales y aportes parafiscales a las Cajas de Compensación Familiar, SENA.
En el caso de personas jurídicas, se acreditará mediante certificación expedida por el revisor fiscal cuando éste exista por requerimiento xx xxx, o por el representante legal en los demás casos, en la que de manera expresa deberá constar que se encuentra x Xxx y Salvo por dichos conceptos, certificación que debe referirse a los últimos seis meses (art. 50 Ley 789 de 2002).
Cuando el proponente sea persona natural, deberá presentar los siguientes documentos:
• Si no está obligado a hacer aportes parafiscales (SENA, Y CAJA DE COMPENSACIÓN), una certificación juramentada suscrita por él, en la que conste QUE NO ESTÁ OBLIGADO AL PAGO DE PARAFISCALES por no tener personal dependiente.
• Si está obligado deberá aportar los respectivos recibos de pago del mes anterior al cierre del presente proceso de selección.
• Para acreditar el cumplimiento de pago de aportes al Sistema General de Seguridad Social Integral deberá allegar copia del recibo de pago correspondiente al mes anterior al cierre del presente proceso.
i. Garantía de seriedad de la propuesta
La propuesta deberá acompañarse de una garantía expedida por una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia que garantice la seriedad de la propuesta, la cual, deberá contener la siguiente información:
• Asegurado / Beneficiario: SOCIEDAD ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE POPAYAN S.A ESP.
• Valor asegurado: DIEZ POR CIENTO (10%) DEL PRESUPUESTO OFICIAL.
• Vigencia: CUATRO MESES, contados a partir de la fecha de cierre del plazo de la presente Licitación Pública.
• Tomador / Afianzado: si el proponente es una persona jurídica, la póliza o garantía deberá tomarse con el nombre o razón social que figura en el Certificado de Existencia y Representación Legal expedido por la cámara de Comercio respectiva y no sólo con su sigla, a no ser que en el referido documento se exprese que la sociedad podrá denominarse de esa manera. Cuando la propuesta se presente en consorcio o unión temporal, la póliza deberá tomarse a nombre de TODOS SUS INTEGRANTES y no a nombre del consorcio o unión temporal ni tampoco del respectivo representante legal (artículo 2.2.1.2.3.1.4 del Decreto 1082 de 2015).El ó los tomadores de la garantía, deberán suscribirla (en el caso de consorcio y uniones temporales, se debe suscribir por todos los integrantes).
La póliza de seriedad se hará efectiva cuando se den los supuestos establecidos en el artículo 2.2.1.2.3.1.6 del Decreto 1082 de 2015.
A la garantía se debe anexar el recibo o constancia de pago de la misma, no se admitirán como tal las constancias de no revocación o expiración por falta de pago.
j. Propuesta económica
En el SOBRE No. 2 el proponente deberá incluir la información correspondiente a los precios unitarios y valor total de la propuesta. Lo anterior, de conformidad con el formato que suministrará la Entidad contratante el cual debe estar firmado (no firma escaneada o copia).
El proponente debe manifestar en la carta de presentación de su propuesta que conoce, acepta y cumple todos y cada uno de los ítems, unidades y cantidades de obra y especificaciones técnicas relacionadas en el presupuesto oficial y contenidas en el pliego de condiciones y en tal sentido se obliga con la Entidad a dar cumplimiento estricto a los mismos, en caso de que se le adjudique el contrato.
El proponente deberá ajustar al peso los precios unitarios, bien sea por exceso o por defecto al peso, así: cuando la fracción decimal del peso, sea igual o superior a cinco (5), lo aproximará por exceso al número entero siguiente del peso y cuando la fracción decimal del peso, sea inferior a cinco (5), lo aproximará por defecto al número entero inferior del peso; el valor total de cada ítem y el valor total de la oferta, deberá presentarse sin decimales, en caso contrario la Entidad realizará el ajuste respectivo.
k. Otros documentos de índole jurídica
Los proponentes al presentar su propuesta deberán presentar los siguientes documentos (de la persona natural, jurídica y/o integrantes de la figura asociativa):
a) Certificación de antecedentes fiscales.
b) Copia cédula de ciudadanía del Proponente Persona Natural o del representante legal.
c) Copia libreta militar (varones menores de 50 años).
d) Certificado de antecedentes disciplinarios.
e) Certificado de antecedentes penales.
f) Certificado de antecedentes medidas restrictivas
3.4. RESPONSABILIDAD EN LA ELABORACIÓN DE LA PROPUESTA.
Los proponentes deberán elaborar por su cuenta y riesgo la propuesta, de acuerdo con lo solicitado en éste pliego de condiciones, la cual hará parte integral del contrato.
La presentación de la oferta, lleva implícitos el conocimiento y la aceptación por parte del proponente, de todas las condiciones conforme a las cuales se ejecutará el contrato, de tal manera que la propuesta presentada, deberá reflejar la totalidad de los costos en que se incurrirá para alcanzar la realización del objeto del contrato derivado de éste proceso de selección.
3.5. DOCUMENTOS OTORGADOS EN EL EXTERIOR
Los Proponentes deben entregar con su oferta los documentos otorgados en el exterior sin que sea necesaria su legalización. Para firmar el Contrato, el Proponente que resulte adjudicatario debe presentar los documentos otorgados en el extranjero, legalizados de acuerdo con lo previsto en el artículo 251 del Código General del Proceso.
CAPITULO IV
CONDICIONES GENERALES PARA PARTICIPAR
4.1. CALIDADES DE LOS PARTICIPANTES
4.1.1. Participantes
Podrán participar en éste proceso, todas las personas naturales que tengan el título de INGENIERO CIVIL (certificado por el COPNIA), las personas jurídicas nacionales o extranjeras que tengan en su objeto social actividades directamente relacionadas con el objeto del contrato, las cuales deberá estar legalmente constituidas y domiciliadas en Colombia y que su duración no sea inferior al término del contrato y un (1) año más (artículo 6 ley 80 de 1993).
También podrán participar en consorcio o en unión temporal, de conformidad con lo establecido en éste pliego.
4.1.2. Consorcios y uniones temporales
Podrán presentar propuesta bajo la figura asociativa de consorcio o unión temporal con un
máximo de DOS integrantes.
El consorcio o la unión temporal puede estar conformado por personas naturales o personas jurídicas, o la combinación de éstas, siempre y cuando cumplan de manera independiente las condiciones exigidas en el anterior numeral.
De presentarse en consorcio o unión temporal, CADA UNO DE SUS MIEMBROS deberá estar inscrito en el R.U.P.
Los proponentes haciendo uso de las cartas de información que obran en los ANEXOS Nos.- 2 y 3 indicarán si su participación es a título de consorcio o unión temporal y en este último caso, señalarán los términos y extensión de la participación en la propuesta y en su ejecución, los cuales no podrán ser modificados sin el consentimiento previo de la Entidad contratante. De igual manera en ese documento informarán a quien han designado como representante legal para todos los efectos.
La duración del consorcio o de la unión temporal, será igual al término de vigencia del contrato y hasta tanto se produzca la liquidación del mismo, sin perjuicio de las obligaciones asumidas por concepto de las garantías, caso en el cual subsistirá hasta el vencimiento de la misma.
4.2 REGLAS DE SUBSANABILIDAD.
De conformidad con el artículo 5 de la Ley 1150 de 2007, los proponentes podrán subsanar los REQUISITOS O DOCUMENTOS QUE VERIFIQUEN LAS CONDICIONES DEL PROPONENTE O SOPORTEN EL CONTENIDO DE LA OFERTA Y QUE NO CONSTITUYAN LOS FACTORES DE ESCOGENCIA ESTABLECIDOS POR LA ENTIDAD EN EL PRESENTE PLIEGO DE CONDICIONES.
Dichos requisitos y documentos, se podrán solicitar por la entidad hasta antes del inicio de la Audiencia de Adjudicación, sin embargo, si la entidad señala un defecto subsanable y éste no se subsana dentro del plazo concedido, precluirá la oportunidad para subsanar.
4.3 VERIFICACIÓN DE CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS HABILITANTES (CAPACIDAD JURÍDICA, EXPERIENCIA Y CAPACIDAD FINANCIERA)
4.3.1. Capacidad jurídica
Se verificará con los documentos establecidos en el presente pliego de condiciones, indispensables para determinar que la propuesta sea ADMISIBLE para pasar a la etapa de calificación.
4.3.2. Capacidad financiera.
Para la evaluación de la capacidad financiera del proponente, se tendrá en cuenta únicamente la información consignada en el Registro Único de Proponentes de la Cámara de Comercio (RUP) que se encuentre en firme a la fecha de CIERRE de la presente licitación.
Para los consorcios, uniones temporales u otra forma asociativa, cada uno de sus integrantes deberá aportar el Registro Único de Proponentes de la cámara de comercio respectiva (RUP)
que se encuentre EN FIRME a la fecha del CIERRE de la presente Licitación Pública.
LIQUIDEZ: El proponente deberá demostrar liquidez igual o superior a 3.
En el caso de consorcios y uniones temporales, de acuerdo a la siguiente fórmula: Fórmula de trabajo: L = ∑(AC) / ∑(PC)
∑ = Sumatoria
AC = Activo Corriente PC = Pasivo Corriente
NIVEL DE ENDEUDAMIENTO: Menor o igual al 60%. 0.60
RAZON DE COBERTURA DE INTERESES: Mayor o igual a 3.
Razón de cobertura de intereses = Utilidad Operacional / Gastos de Intereses
En el caso de consorcios y uniones temporales, de acuerdo a la siguiente fórmula: Fórmula de trabajo: RCI = ∑(UO) / ∑(GI)
∑ = Sumatoria
UO = Utilidad Operacional GI = Gastos de intereses
CAPITAL DE TRABAJO: No inferior al 50% del ( 100 %) valor total del presupuesto oficial.
Capital de Trabajo = Activo Corriente – Pasivo Corriente.
En el caso de consorcios y uniones temporales, de acuerdo a la siguiente fórmula: Fórmula de trabajo: CT = ∑(AC) - ∑(PC)
∑ = Sumatoria
AC = Activo Corriente PC = Pasivo Corriente
De no cumplir con los índices establecidos la propuesta será declarada NO HABIL FINANCIERAMENTE
En el caso de consorcios y uniones temporales, los indicadores financieros se calcularán en base a la sumatoria ponderará con base al porcentaje de participación.
4.3.2.1 Documentos para acreditar la capacidad financiera de los proponentes extranjeros no inscritos en el RUP
Los Proponentes extranjeros no inscritos en el RUP, deben presentar la información financiera que se relaciona a continuación, de conformidad con la legislación propia del país de origen, avalados con la firma de quien se encuentre en obligación de hacerlo de acuerdo con la normativa vigente del país de origen: i) Balance general y ii) Estado de resultados.
Los anteriores documentos también deben ser presentados utilizando el Plan Único de Cuentas para Colombia (PUC).
4.3.3. Experiencia del proponente
4.3.3.1 Experiencia General
El proponente deberá acreditar experiencia en la ejecución de contratos clasificados en la actividad 72141100 Servicio de construcción y revestimiento y pavimentación de infraestructura, del Clasificador de Bienes y Servicios, cuyos valores ejecutados expresados en salarios mínimos sea igual o superior a dos veces el presupuesto oficial de la presente contratación (expresado en salarios mínimos del año 2017).
Lo anterior se acreditará con la información que conste en el RUP de los proponentes, el cual se debe encontrar en firme.
En caso de consorcio o unión temporal se sumarán los SMLMV de los contratos ejecutados por los integrantes clasificados según lo exigido.
4.3.3.2 Experiencia Específica
El proponente deberá acreditar experiencia específica en la ejecución de máximo un contrato cuyo objeto haya sido la construcción y/o optimización y/o reposición y/o mejoramiento y/o ampliación de redes de alcantarillado sanitario y/o pluvial por un valor igual o superior al 100 % del presupuesto oficial y que en un ellos se hallan realizado los siguientes ítems:
ITEM | UND | CANTIDAD * |
Excavación en material común igual o superior a 13.8320 m3 | M3 | 13.832 |
Instalación de tubería para alcantarillado sanitario y/o pluvial de 5.018 ml diámetro igual o superior a 24” 300mm | ML | 5.018 |
Relleno con material xx xxxxxxxx igual o superior a 22.601 | M3 | 22.601 |
Demolición de pavimento asfalto o rígido igual o superior a 850.43 | M3 | 850.43 |
Construcción pozos de inspección de alcantarillado espesor muros 197.4 mts | ML | 197.4 |
Suministro e instalación de gravilla para cimentación de tubería | M3 | 1106 |
*Cantidades que corresponden al doble de las cantidades a ejecutar
Para tal efecto el proponente deberá allegar copia de las actas de liquidación o recibo final que contenga toda la información, en las cuales se pueda verificar la ejecución de los ítems, y se indique el número del contrato, el objeto del mismo, la cuantía ejecutada, el cumplimiento y la fecha de finalización o certificación suscrita por el contratante, las cuales deberán indicar como
mínimo el objeto del contrato, el valor del contrato, fecha de inicio, fecha de terminación, fecha de liquidación, componentes y cantidades ejecutadas y valor real ejecutado. Se podrán solicitar aclaraciones de la información registrada en el certificado, o la documentación según lo considere necesario el comité evaluador
En caso de Consorcio o Unión temporal se deberá acreditar la experiencia con máximo dos (2) contratos ejecutados y terminados
Cuando un proponente suministre información referida a su participación en un consorcio o unión temporal, la Empresa tendrá en cuenta el 100% de la experiencia del total del consocio o unión temporal, siempre y cuando su participación sea igual o superior al 40%, si es inferior a ésta será tomado de acuerdo al porcentaje de participación, en todo caso deberá aportarse copia del documento de constitución.
En caso que el proponente sea consorcio o unión temporal, cada integrante deberá diligenciar el Formulario No. 2 “Experiencia del Proponente” en forma individual. Cuando uno de los integrantes no diligencie el Formulario N° 2 “Experiencia del Proponente”, se entenderá que no ha efectuado aporte alguno para la experiencia que se pretende acreditar.
No se tendrá en cuenta la experiencia de obras subcontratadas.
La experiencia podrá ser continua o discontinua. El acta de liquidación o de recibo final deberá incluir los siguientes requisitos:
a) Nombre o razón social del contratante
b) Nombre o razón social del contratista
c) Objeto claramente definido
d) Fecha de iniciación del contrato
e) Fecha de terminación del contrato
f) Valor del contrato
g) Recibo a satisfacción de la obra
h) Cuando la experiencia que se pretenda certificar corresponda a un consorcio o unión temporal, el oferente deberá acreditar el porcentaje de participación de cada uno de sus integrantes y sólo se tendrá en cuenta su porcentaje de participación, si la participación es igual o mayor al 40% se tendrá en cuenta el 100% de la experiencia, si es menor se calculará conforme al porcentaje de participación.
Se entiende cumplido el requisito mínimo de la experiencia, con la presentación de las certificaciones que cumpla con los requerimientos solicitados en el presente numeral.
En los casos en que las actas incluyan valores en dólares, estos serán convertidos a pesos
colombianos a la tasa representativa xxx xxxxxxx vigente a la fecha de suscripción del contrato materia de la certificación, la cual debe estar especificada en la oferta.
De no cumplir con los requisitos establecidos la propuesta será declarada NO HABIL POR EXPERIENCIA ESPECÍFICA.
4.3.4 Capacidad Organizacional
Para la evaluación de la capacidad organizacional del proponente, se tendrá en cuenta únicamente la información consignada en el Registro Único de Proponentes de la Cámara de Comercio (RUP) que se encuentre en firme a la fecha de CIERRE de la presente licitación. o los estados financieros detallados auditados de acuerdo a la ley, éstos, en caso de ser necesario serán requeridos.
Para los consorcios, uniones temporales u otra forma asociativa, cada uno de sus integrantes deberá aportar el Registro Único de Proponentes de la cámara de comercio respectiva (RUP) que se encuentre EN FIRME a la fecha del CIERRE de la presente Licitación Pública.
RENTABILIDAD DEL ACTIVO: Mayor o igual a 0.06
Razón del activo = Utilidad Operacional / Activo total
En el caso de consorcios y uniones temporales, de acuerdo a la siguiente fórmula: Fórmula de trabajo: RA = ∑(UO) / ∑(AT)
∑ = Sumatoria
UO = Utilidad Operacional AT = Activo Total
Rentabilidad sobre Activos = Utilidad Operacional / Activo Total | Mayor o igual a 0,06 |
RENTABILIDAD DEL PATRIMONIO: Mayor o igual a 0.1
Indicador | Índice requerido |
Rentabilidad sobre el Patrimonio = Utilidad Operacional / Patrimonio | Mayor o igual a 0.1 |
Rentabilidad del patrimonio = Utilidad Operacional / Patrimonio
En el caso de consorcios y uniones temporales, de acuerdo a la siguiente fórmula: Fórmula de trabajo: RP = ∑(UO) / ∑(P)
∑ = Sumatoria
UO = Utilidad Operacional P = Patrimonio
Para que un proponente quede habilitado en el aspecto de capacidad organizacional, deberá cumplir con los índices requeridos, anteriormente, en caso contrario su propuesta no resultará Habilitada.
En caso de Uniones Temporales o Consorcios los indicadores financieros se calcularan con base en la sumatoria de acuerdo al porcentaje de participación de cada uno de los integrantes, y acorde con las cifras del RUP a 31 de diciembre de 2016.
Los indicadores se calculan para cada uno de los integrantes del Consorcio o unión Temporal, posteriormente se procede a la multiplicación de acuerdo al porcentaje de participación y por último se realiza la sumatoria.
Los Oferentes cuyos gastos de intereses sean cero (0), no podrán calcular el indicador de razón de cobertura de intereses. En este caso el Oferente cumple el indicador, salvo que su utilidad operacional sea negativa, caso en el cual no cumple con el indicador de razón de cobertura de intereses.
Cuando en desarrollo de la verificación financiera se requiera verificar información adicional del proponente, podrá solicitarse los documentos que se consideren necesarios para el esclarecimiento de la información, tales como Estados Financieros de años anteriores, anexos específicos o cualquier otro soporte. Así mismo se podrá requerir las aclaraciones que se consideren necesarias, sin que las aclaraciones o documentos que el proponente xxxxxxx puedan modificar, adicionar o complementar la propuesta.
Tratándose de estructuras plurales este requisito se puede cumplir con la sumatoria de la capacidad de organización operacional de cada uno de sus integrantes.
En caso de no cumplir con la Capacidad de Organización Operacional, la propuesta será considerada no Hábil.
4.3.5 Capacidad Residual de Contratación
En cumplimiento de lo dispuesto en el parágrafo 1 del artículo 221 del Decreto 019 de 2012 y el art. 2.2.1.1.1.6.4 del Decreto 1082 de 2015, el proponente deberá acreditar una capacidad residual igual o superior a la capacidad residual del proceso de contratación.
La capacidad residual del proceso de contratación será de la experiencia
Para efectos de calcular la capacidad residual del proponente se tendrán en cuenta los parámetros establecidos en el art. 2.2.1.1.1.6.4 del Decreto 1082 de 2015 y la metodología señalada por Colombia Compra Eficiente, según la siguiente fórmula:
Capacidad residual del proponente = XXx [(E + CT + CF)] − SCE
100
PARA EFECTOS DE CALCULAR LA CAPACIDAD RESIDUAL LOS PROPONENTES DEBERÁN ALLEGAR LO SIGUIENTE:
1. La lista de los contratos de obras civiles en ejecución suscritos con Entidades Estatales y con entidades privadas, así como el valor y plazo de tales contratos, incluyendo contratos de concesión y los contratos de obra suscritos con concesionarios.
2. La lista de los contratos de obras civiles en ejecución, suscritos por sociedades, consorcios o uniones temporales, en los cuales el proponente tenga participación, con Entidades Estatales y con entidades privadas, así como el valor y plazo de tales contratos, incluyendo los contratos de concesión y los contratos de obra suscritos con concesionarios.
3. Balance auditado del año inmediatamente anterior y estado de resultados auditado del año en que haya obtenido el mayor ingreso operacional en los últimos cinco (5) años. Los estados financieros deben estar suscritos por el interesado o su representante legal y el revisor fiscal si está obligado a tenerlo, o el auditor o contador si no está obligado a tener revisor fiscal. Si se trata de proponentes obligados a tener RUP, las Entidades Estatales solo deben solicitar como documento adicional el estado de resultados del año en que el proponente obtuvo el mayor ingreso operacional en los últimos cinco (5) años.
4. Para acreditar la capacidad técnica de conformidad con lo señalado en el art. 2.2.1.1.1.6.4 del Decreto 1082 de 2015 se deberá diligenciar el FORMULARIO No. 1, el cual se diligenciará bajo la gravedad de juramento con las implicaciones que ello acarrea.
5. Para los solos efectos de obtener la capacidad organizacional del proponente a tener en cuenta en la fórmula de capacidad residual, se aplicará lo señalado en el Manual expedido por Colombia Compra Eficiente.
6. Los distintos factores (experiencia, capacidad financiera, capacidad técnica y organizacional) se puntuarán de conformidad con los parámetros señalados en el art. 2.2.1.1.1.6.4 del Decreto 1082 de 2015 y la Guía expedida por Colombia Compra Eficiente.
7. Para efectos de calcular los Saldos Contratos en Ejecución (SCE) se tendrán en cuenta la Metodología señalada por Colombia Compra Eficiente. El cálculo del saldo de los contratos en ejecución debe hacerse linealmente calculando una ejecución diaria equivalente al valor del contrato dividido por el plazo del contrato expresado en días. Este resultado se multiplica por el número de días pendientes para cumplir el plazo del contrato y si el contrato es ejecutado por una estructura plural por la participación del proponente en el respectivo contratista. Si el número de días por ejecutar en un contrato es superior a 12 meses, es decir 360 días, el saldo del contrato en ejecución solo tendrá en cuenta la proporción lineal de 12 meses.
Saldo diario del contrato en ejecución (sdce) = Valor del contrato
Plazo total (días)
Saldo del contrato en ejecución (sce) = (sdce) x Plazo por ejecutar (días) x % de participación
Saldo Contratos en Ejecución (SCE) = Σ (sce) que tenga el proponente
8. El proponente cuya capacidad residual no supere la indicada para el proceso de contratación será rechazado.
NOTA: En caso de personas no obligadas a tener revisor fiscal, el contador público que audite el respectivo estado de resultados no puede ser el mismo que ordinariamente lleve la contabilidad del proponente o integrante de figura asociativa.
CAPÍTULO V
EVALUACIÓN Y CALIFICACIÓN DE LAS PROPUESTAS Y ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
5.1. CIERRE DEL PLAZO DE LA LICITACIÓN PÚBLICA
Las propuestas recibidas hasta la fecha y hora del cierre del plazo de la presente Licitación Pública serán abiertas en el acto público de cierre (sobre No. 1) debiéndose diligenciar un documento con la siguiente información: nombre del proponente, número de sobres y folios del sobre No. 1.
Los sobres No. 2, estarán bajo la custodia de LA SOCIEDAD ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE POPAYAN S.A ESP y serán abiertos en la Audiencia de Adjudicación establecida para tal fin en el cronograma del presente proceso, en dicha diligencia únicamente se abrirá el sobre 2 de los proponentes habilitados en todos los componentes.
En la audiencia de adjudicación se determinará el parámetro a tener en cuenta en relación con el factor económico (según la regla de precio de la propuesta), realizado lo anterior se suspenderá y se procederán a evaluar los demás factores de selección.
5.2. CALIFICACIÓN DE LAS PROPUESTAS.
LA SOCIEDAD ACUEDUCTO Y ALCANTARILALDO DE POPAYAN asignará el puntaje a las propuestas habilitadas de conformidad con los siguientes parámetros:
FACTOR DE SELECCIÓN | PUNTAJE | |
FACTOR ECONOMICO 500 PUNTOS | Precio total de la propuesta | 500 |
Equipo de trabajo | 400 | |
FACTOR TECNICO 400 PUNTOS | ||
INCENTIVO A LA INDUSTRIA NACIONAL 100 PUNTOS | 100 | |
TOTAL PUNTOS | 1000 |
PRECIO DE LA PROPUESTA (500 PUNTOS)
El valor total de las propuestas no podrá exceder el del presupuesto oficial establecido para este proceso de selección, de lo contrario, la propuesta será rechazada.
Ningún Ítem del presupuesto presentado podrá ser superior al precio unitario del presupuesto oficial, de lo contrario, la propuesta será rechazada.
Las cantidades de cada uno de los ítems presentados por la entidad no podrá ser variada, de lo contrario será como no presentado el ítem y la propuesta será rechazada.
Se efectuarán las correcciones aritméticas en toda la oferta económica (FORMULARIO 3), y en los precios unitarios, utilizando para cada operación la función REDONDEAR;0 del programa Excel.
Las propuestas que cumplan todo lo anterior se consideraran válidas en cuanto a la oferta económica.
Se aplicará el siguiente procedimiento a las propuestas válidas:
- Las propuestas validas cuyo valor corregido esté por fuera del rango comprendido entre el 97% y el 100% del presupuesto oficial serán descartadas del proceso de calificación.
Se aplicará la siguiente fórmula de evaluación entre las propuestas habilitadas:
Determinación del Método para la Ponderación de la Propuesta Económica
Se seleccionará el método de ponderación de la propuesta económica de acuerdo con el método que se describe a continuación:
NÚMERO | MÉTODO |
1 | MEDIA GEOMETRICA CON PRESUPUESTO OFICIAL |
Media Geométrica con Presupuesto Oficial
Para el cálculo de la media geométrica con presupuesto oficial se tendrá en cuenta el número de propuestas válidas y se incluirá el presupuesto oficial del proceso de acuerdo al siguiente cuadro:
NÚMERO DE PROPUESTAS (N) [NÚMERO] | NÚMERO DE VECES EN LAS QUE SE INCLUYE EL PRESUPUESTO OFICIAL (NV) [VECES] |
1 – 3 | 1 |
4 – 6 | 2 |
7 – 9 | 3 |
10 – 12 | 4 |
13 – 15 | 5 |
… | … |
Y así sucesivamente por cada tres propuestas válidas se incluirá una vez el presupuesto oficial del módulo.
Seguidamente se determinará la media geométrica con la inclusión del presupuesto oficial de acuerdo a lo establecido en el cuadro anterior mediante la siguiente fórmula:
__
G PO (nvn) PO PO POnv P1 P2 Pn
Donde,
GPO
= Media geométrica con presupuesto oficial.
nv = Número de veces que se incluye el presupuesto oficial (PO). n = Número de propuestas económicas válidas.
PO = Presupuesto oficial.
Pn = Valor de la propuesta económica corregida del proponente i.
Establecida la media geométrica se procederá a determinar el puntaje para cada proponente mediante el siguiente procedimiento:
Ponderación de las propuestas por el método de la Media Geométrica con Presupuesto Oficial.
Obtenida la media geométrica con presupuesto oficial se procederá a ponderar las propuestas de acuerdo con la siguiente fórmula:
GPO Vi
500 1
G
Para valores menores o iguales a GPO
Puntaje i
PO
G
V
PO i
500 1 2 G Para valores mayoresa GPO
Donde,
PO
GPO
= Media geométrica con presupuesto oficial.
Vi = Valor total corregido de cada una de las propuestas i. i = Número de propuesta.
En el caso de propuestas económicas con valores mayores a la media geométrica con presupuesto oficial se tomará el valor absoluto de la diferencia entre la media geométrica con presupuesto oficial y el valor de la propuesta, como se observa en la fórmula de ponderación.
Las propuestas que no estén definidas como válidas no se les tendrá en cuenta puntaje alguno, por concepto de factores técnicos y apoyo a la industria nacional.
Aproximación numérica para el puntaje por valor de la propuesta
En todos los casos anteriores se tendrá en cuenta hasta el séptimo (7°) decimal del valor obtenido como puntaje.
5.2.1.2 FACTORES TÉCNICOS EQUIPO DE TRABAJO: 400 PUNTOS
Durante la ejecución del contrato, el proponente deberá mantener el siguiente equipo de trabajo mínimo:
PROFESIONAL | DEDICACION | FORMACION ACADEMICA Y EXPERIENCIA GENERAL MINIMA | EXPERIENCIA ESPECIFICA MINIMA |
DIRECTOR DE OBRA | 50% durante todo el tiempo de ejecución del contrato. | Ingeniero Civil; con 15 años de experiencia profesional contados a partir de la fecha de expedición de la matricula profesional. | Experiencia como director de obra o contratista de dos (2) contratos, cuyo objeto incluya obras de sistemas de alcantarillado, cuyos valores individuales en salarios mínimos vigentes a la fecha de terminación (de los contratos de obra) mayor o igual al 100% del presupuesto oficial expresado en salarios mínimos vigentes del año 2017. |
INGENIERO RESIDENTE DE OBRA | 100% durante todo el tiempo de ejecución del contrato | Ingeniero Civil; con 8 años de experiencia profesional contados a partir de la fecha de expedición de la matricula profesional | Experiencia como residente de obra o contratista, de dos (2) contratos, cuyo objeto incluya obras de sistemas de alcantarillado, cuyos valores en salarios mínimos vigentes a la fecha de terminación (sumatoria total de los contratos de obra) superen el 1000% del presupuesto oficial expresado en salarios mínimos vigentes del año 2017. y que en uno de ellos se hubiere ejecutado construcción y/o reposición y/o ampliación y/o optimización de redes de alcantarillado en una longitud de 5.018, correspondiente al doble del total de la tubería a instalar . |
COORDINADOR | 50% durante | Profesional con | Experiencia en obra de un (1) |
XXXX | todo el tiempo de ejecución del contrato | especialización en Higiene y Seguridad industrial; con 1 año de experiencia | contrato cuyo objeto haya sido la construcción ,y/o mejoramiento y/o mantenimiento y/o rehabilitación de redes de alcantarillado |
COORDINADOR AMBIENTAL | 50% durante todo el tiempo de ejecución del contrato | Profesional en el área ambiental; con 2 años de experiencia. | Experiencia en obra de un (1) contrato cuyo objeto haya sido la construcción ,y/o mejoramiento y/o mantenimiento y/o rehabilitación de redes de alcantarillado |
PROFESIONAL EN ANTROPOLOGIA O ARQUEOLOGIA | 50% durante todo el tiempo de ejecución del contrato | Profesional en antropología o arqueología; con 2 años de experiencia. | Experiencia en obra de un (1) contrato cuyo objeto haya sido la construcción ,y/o mejoramiento y/o mantenimiento y/o rehabilitación de redes de alcantarillado |
El interesado deberá presentar los siguientes documentos que demuestren, tanto el perfil como la experiencia mínima exigida:
Director de obra:
Carta de intención firmada en la cual manifieste el interés inequívoco de participar en la ejecución del Proyecto, indicando el porcentaje de dedicación.
Copia del acta de grado o del diploma, la matrícula del COPNIA y la vigencia de la misma.
Certificaciones laborales y/o contractuales que acrediten la experiencia específica de participación en proyectos con indicación de contratante, objeto, cuantía, fecha de inicio y de finalización fecha de liquidación, componentes y cantidades ejecutadas y valor real ejecutado relacionados directamente como constructor o director de obra en obras de construcción y/o reposición y/o ampliación y/o optimización de redes de alcantarillado sanitario, combinado, y/o pluvial en donde acredite el 100% del presupuesto oficial en un contrato. Las certificaciones deberán ser expedidas por el contratante.
Para los títulos profesionales emitidos en el exterior, estos deberán estar convalidados por el Ministerio de Educación Nacional y/o la entidad en que en el momento hubiese sido la competente para homologar y/o convalidar títulos en el exterior.
Residente de obra:
Carta de intención firmada en la cual manifieste el interés inequívoco de participar en la ejecución del Proyecto, indicando el porcentaje de dedicación.
Copia del acta de grado o del diploma, la matrícula del COPNIA y la vigencia de la misma.
Certificaciones laborales y/o contractuales que acrediten la experiencia específica de participación en proyectos con indicación de contratante, objeto, cuantía, fecha de inicio y de finalización fecha de liquidación, componentes y cantidades ejecutadas y valor real ejecutado relacionados directamente como constructor o director de obra en obras de construcción y/o reposición y/o ampliación y/o optimización de redes de alcantarillado sanitario, combinado, y/o pluvial en donde acredite el 100% del presupuesto oficial en un contrato y que en uno de ellos se hubiere ejecutado construcción y/o reposición y/o ampliación y/o optimización de redes de alcantarillado en una longitud de 5.018, correspondiente al doble del total de la tubería a instalar. Las certificaciones deberán ser expedidas por el contratante.
Para los títulos profesionales emitidos en el exterior, estos deberán estar convalidados por el Ministerio de Educación Nacional y/o la entidad en que en el momento hubiese sido la competente para homologar y/o convalidar títulos en el exterior.
Se podrán solicitar aclaraciones de la información registrada en el certificado, contrato y acta de liquidación y/o parciales de obra según lo considere necesario el comité evaluador.
El proponente que oferte el anterior equipo mínimo en los términos exigidos obtendrá 400 PUNTOS, el que no lo oferte según lo exigido obtendrá 0 puntos en el todo factor de selección denominado equipo de trabajo. A los proponentes que acreditaron el equipo de trabajo mínimo se les asignará puntaje adicional de la siguiente manera:
MIEMBRO DEL EQUIPO A PRESENTAR | EXPERIENCIA ADICIONAL PUNTUABLE | PUNTAJE |
DIRECTOR DE OBRA | Experiencia como director de obra o contratista de obra de contratos cuyo objeto haya sido la construcción | 100 Puntos por cada contrato adicional a la mínima, hasta un máximo de 200 puntos. |
INGENIERO RESIDENTE | Experiencia como residente de obra o contratista de obra de un (1) contrato cuyo objeto haya sido la construcción y/o mejoramiento y/o mantenimiento y/o rehabilitación de redes de alcantarillado. | 50 Puntos por un contrato adicional a la mínima. Hasta un máximo de 50 puntos. |
COORDINADOR XXXX | Experiencia en obra de un (1) contrato cuyo objeto haya sido la construcción ,y/o mejoramiento y/o mantenimiento y/o rehabilitación de redes de alcantarillado | 50 Puntos por un contrato adicional a la mínima. Hasta un máximo de 50 puntos |
COORDINADOR AMBIENTAL | Experiencia en obra de un (1) contrato cuyo objeto haya sido la construcción ,y/o mejoramiento y/o mantenimiento y/o rehabilitación de redes de alcantarillado | 50 Puntos por un contrato adicional a la mínima. Hasta un máximo de 50 puntos |
PROFESIONAL | Experiencia en obra de un (1) contrato xxxx | 00 Puntos por un |
EN | objeto haya sido la construcción | ,y/o | contrato adicional a la |
ANTROPOLOGIA | mejoramiento y/o mantenimiento | y/o | mínima. Hasta un |
O | rehabilitación de redes de alcantarillado | máximo de 50 puntos | |
ARQUEOLOGIA | |||
PUNTAJE MÁXIMO POR PERFIL ADICIONAL | 400 |
Las certificaciones o constancias para acreditar la experiencia adicional se sujetan a las mismas exigencias del perfil mínimo.
Los miembros del equipo de trabajo no podrán ofrecer sus servicios a más de un proponente so pena de rechazo de las ofertas para las cuales fue ofrecido.
APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL (100 PUNTOS)
Esté criterio se aplica con el fin de garantizar el apoyo a la Industria Nacional prevista en el artículo 2 de la Ley 816 de 2003 y los artículos 2.2.1.2.4.1.3 y 2.2.1.2.4.2.1 del Decreto 1082 de 2015, con fundamento en la documentación aportada de acuerdo con los presentes pliegos de condiciones así:
- Servicios Nacionales (50 PUNTOS)
El proponente que proponga la utilización de servicios nacionales (art. 2.2.1.2.4.1.3 Decreto 1082 de 2015) se le asignará puntuación de la siguiente manera:
PORCENTAJE PERSONAL NACIONAL A UTILIZAR | PUNTAJE ASIGNADO |
100% | 50 PUNTOS |
50% | 25 PUNTOS |
0% | 0 PUNTOS |
Para efectos de lo anterior se deberá allegar en el SOBRE NO. 2 declaración inequívoca precisando el porcentaje de personal nacional a utilizar. El proponente que no realice manifestación alguna obtendrá 0 puntos por éste criterio.
- Bienes Nacionales (50 PUNTOS)
Cuando el proponente señale que el 100% de los materiales e insumos serán bienes de origen nacional (de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.2.1.2.4.1.3 del Decreto 1082 de 2015) obtendrá 50 PUNTOS.
Para efectos de lo anterior se deberá allegar en el SOBRE NO. 2 declaración inequívoca precisando que todos los bienes e insumos que utilizará en la obra serán de origen nacional. El proponente que no realice manifestación alguna obtendrá 0 puntos por éste criterio.
5.3. ADJUDICACION
Los puntajes obtenidos se ordenarán de mayor a menor y ese orden conformará el ORDEN DE ELEGIBILIDAD.
5.4. DESEMPATE.
En caso de empate en el puntaje total de dos o más ofertas, la Entidad Estatal escogerá el oferente que tenga el mayor puntaje en el primero de los factores de escogencia y calificación establecidos en los pliegos de condiciones del Proceso de Contratación. Si persiste el empate, escogerá al oferente que tenga el mayor puntaje en el segundo de los factores de escogencia y calificación establecidos en los pliegos de condiciones del Proceso de Contratación y así sucesivamente hasta agotar la totalidad de los factores de escogencia y calificación establecidos en los pliegos de condiciones (de conformidad con la numeración asignada).
Si después de aplicar las anteriores reglas persiste el empate, se procederá a aplicar las reglas sucesivas y excluyentes del artículo 2.2.1.1.2.2.9 del Decreto 1082 de 2015 en aras de lograr un desempate.
Si persistiere el empate se procederá a un sorteo por balotas, resultando seleccionado el que extraiga la balota de mayor valor.
5.5. DECLARATORIA DE DESIERTA
Durante el término previsto para la adjudicación del contrato, la SOCIEDAD ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE POPAYAN podrá declarar desierta la presente Licitación Pública, cuando existan motivos o causas que impidan la escogencia objetiva de la propuesta más favorable (Numeral 18 del artículo 25 de la Ley 80 de 1993).
5.6. DEVOLUCIÓN DE LA PÓLIZA DE SERIEDAD.
En caso de declaratoria de desierta o revocatoria del proceso de Licitación Pública, los proponentes podrán acercarse a la Entidad a reclamar el original de la garantía de seriedad, dentro de los 15 días siguientes a la fecha de expedición de la resolución por medio de la cual se declara desierta la Licitación Pública.
5.7 ASPECTOS A CONSIDERAR EN EL VALOR DE LA PROPUESTA
El valor de la propuesta deberá incluir todos los costos directos e indirectos para la completa y adecuada ejecución de la obra objeto de la presente Licitación Pública. Por ser relevantes, a continuación se relacionan algunos de los aspectos que el proponente debe tener en cuenta para determinar el precio de la oferta:
a) Aspectos ambientales: El contratista deberá acatar todas las disposiciones legales y reglamentarias en materia ambiental que apliquen para la ejecución de obras civiles y en especial las referidas al objeto a contratar.
b) Vías de acceso y otras obras provisionales: Durante su permanencia en la obra, serán de su cargo la construcción, mejoramiento y conservación de las obras provisionales o temporales que no forman parte integrante del proyecto (vías provisionales, vías de acceso a la obra, cerramientos, senderos peatonales, etc). A la terminación del contrato deberá retirar todas las obras provisionales a la terminación de los trabajos y dejar las zonas limpias y en orden.
c) Cumplir normas de salud ocupacional y seguridad industrial: Cumplir las normas de salud ocupacional, riesgos laborales y seguridad industrial en relación con sus trabajadores.
d) Materiales: El proponente establecerá las fuentes de materiales que, en caso de resultar favorecido, utilizará en la ejecución de la obra; por lo tanto, no se reconocerán costos adicionales por el cambio de dichas fuentes de materiales. El costo de todos los acarreos de materiales, tales como el cemento, hierro, concretos hidráulicos, etc., deberá incluirse dentro de los análisis de precios unitarios respectivos. Los materiales, suministros y demás elementos que hayan de utilizarse en la construcción de las obras, deberán ser de primera calidad en su género y adecuados al objeto a que se destinen y sujetos a las especificaciones técnicas de los proyectos. La entidad no aceptará ningún reclamo del constructor por costos, plazos, falta o escasez de materiales o elementos de construcción, o por cualquiera de los eventos contemplados en éste numeral.
e) Avance sobre materia prima: No habrá avances sobre materia prima.
f) Xxxxxx: El proponente favorecido, deberá suministrar y mantener al frente de la obra, el equipo necesario y suficiente, adecuado en capacidad, características y tecnología, para cumplir con los programas, plazos y especificaciones técnicas y ambientales de la obra; por lo tanto, los costos inherentes al equipo, serán considerados en el análisis de los precios unitarios de la propuesta.
g) Señalización en la zona de las obras: Son de cargo del proponente favorecido, todos los costos requeridos para colocar y mantener la señalización de obra, actividades que deberá cumplir de conformidad con lo establecido en las normas técnicas sobre la materia.
h) Impuestos, tasas y contribuciones: Al formular la oferta, el proponente acepta que estarán a su cargo todos los impuestos, tasas y contribuciones establecidos por las diferentes autoridades nacionales, departamentales o municipales.
Los descuentos y tributos sobre los contratos de obra que celebra la Empresa son los siguientes:
Retención en la fuente en renta: 2% sobre el valor del contrato
Retención por industria y comercio ( ICA ): 8 x 1000 sobre el valor del contrato Impuesto sobre contrato de obra pública: 5% sobre el valor del contrato Estampilla Pro cultura 0.5% sobre el valor del contrato
Estampilla pro adulto Mayor: 3% del valor del contrato
Estampilla Universidad del Cauca 0.5% sobre el valor del contrato
i) AIU: El proponente deberá incluir el A.I.U. que contemple los costos de administración en los que incurre la organización del constructor para poder desarrollar la obra, los imprevistos y la utilidad o beneficio económico que pretende percibir por la ejecución de la obra.
CAPITULO VI. CONDICIONES DEL CONTRATO
6.1. OBJETO DEL CONTRATO
EL CONTRATISTA SE COMPROMETE PARA CON la sociedad a la CONSTRUCCION DEL COLECTOR MARGEN DERECHA RIO EJIDO –TRAMO 1 COMPRENDIDO ENTRE LA CARRERA 3 HASTA LA CARRERA 20.”
Las cantidades estimadas de obra, son las que se detallan en EL PRESUPUESTO OFICIAL y están calculadas según las necesidades y diseños definitivos elaborados para la construcción de la obra objeto del presente proceso.
6.2. INFORMACIÓN PARA EL CONTROL DE LA EJECUCIÓN DE LA OBRA
La interventoría estará sometida a las disposiciones de la Ley 1474 de 2011, Estatuto Anticorrupción.
6.2.1. Información sobre el personal profesional.
El contratista se obliga a mantener al frente de las obras al personal profesional exigido en las reglas de factores de selección, cuyas hojas de vida deberá someter a la aprobación de la interventoría en forma previa a la iniciación de los trabajos. En caso de sustitución deberá obtener consentimiento previo de la interventoría, la cual debe verificar que el nuevo profesional o técnico igual o supere las condiciones del anterior.
Adicionalmente mantendrá como mínimo 2 maestros de obra o técnicos constructores con mínimo (5) años de experiencia en construcción contados a partir de la fecha de expedición de la matricula expedida por el COPNIA, con experiencia como maestro de obra o técnico constructor en un (1) contrato de construcción y/o reposición y/o ampliación y/o optimización de redes de alcantarillad .del 50% del presupuesto oficial.
El contratista deberá mantener adicionalmente al residente ofertado para efectos de asignación de puntaje otro de las mismas calidades.
6.2.1.1. Equipo mínimo
Durante el plazo de ejecución del contrato, el contratista se obliga a mantener el equipo (maquinarias, etc.) necesario para ejecutar las obras.
6.2.1.2 Otro personal del contratista
Además del personal solicitado en el presente pliego de condiciones, el contratista deberá emplear personal idóneo y calificado, de manera que la obra se realice en forma técnica y eficiente. Dicho personal, deberá ser fácilmente identificable por la Interventoría, cuando ésta requiera de alguna acción especial del personal a su mando, la cual será de su acatamiento.
El personal que participe en la ejecución de la obra, será contratado directamente por el Contratista, de acuerdo con las disposiciones legales vigentes en Colombia, la Entidad no
adquiere con él ninguna responsabilidad de carácter laboral, administrativa, ni de otra índole. LA SOCIEDAD ACUEDCUTO Y ALCANTARILLADO DE POPAYAN se reserva el derecho de exigir al Contratista y por escrito, el reemplazo de cualquier persona vinculada al proyecto, sin que éste adquiera el derecho de elevar reclamos por ésta causa. La Interventoría podrá solicitar, en cualquier momento la información sobre la nómina del personal asignado a la obra, y el Contratista atenderá esta solicitud con el detalle requerido y en el plazo que se le haya fijado. El desacato de cualquiera de estas disposiciones, constituye causal de incumplimiento del contrato.
6.2.2. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA Obligaciones en materia de ejecución.
1) Ejecutar el contrato de conformidad con lo previsto en el pliego de condiciones, en especial el diseño técnico, la propuesta y el contrato.
2) Llevar a cabo todas las labores necesarias para alcanzar el objeto de este proyecto relacionado con la construcción, ciñéndose a las normas técnicas vigentes y a rehacer a sus expensas cualquier obra que resulte mal ejecutada.
3) Poner en práctica los procedimientos adecuados de mantenimiento y protección del mismo contra cualquier daño o deterioro que pueda afectar su calidad, estabilidad y acabado, inclusive en aquellos que durante la obra permanezcan prestando un servicio público. Así mismo, deberá tener las debidas precauciones a fin de conservar en perfecto estado los inmuebles aledaños, las estructuras e instalaciones y redes de servicio superficiales o subterráneas existentes dentro del área de trabajo o adyacentes a ella, siendo de su exclusiva responsabilidad cualquier daño que pudiere ocasionar a tales inmuebles, estructuras e instalaciones.
4) Dar estricto cumplimiento al cronograma de obra.
5) El CONTRATISTA asumirá el pago de todos los impuestos, gravámenes, aportes y servicios de cualquier género que establezcan las leyes colombianas.
6) Dar cabal cumplimiento a los compromisos de anticorrupción, apoyando la acción del estado colombiano para fortalecer la transparencia y la responsabilidad de rendir cuentas. Dentro de este marco, el contratista se compromete a impartir instrucciones a todos sus empleados y agentes y a cualesquiera representantes suyos, exigiéndoles el cumplimiento en todo momento de las leyes de la República de Colombia y especialmente de aquellas que rigen la presente contratación, y les impondrá la obligación de no ofrecer o pagar sobornos o cualquier halago corrupto a los funcionarios y al personal de interventoría, durante el desarrollo de la obra.
Obligaciones en materia de elementos, equipos, materiales y personal:
Serán de cargo del CONTRATISTA:
1) La adquisición, transporte, importación, si fuere del caso, montaje, utilización, reparación, conservación y mantenimiento de todas las máquinas, equipos, herramientas, repuestos, materiales y demás elementos necesarios para la realización de las obras, cumpliendo las normas de seguridad y procedimientos establecidos en los pliegos de condiciones.
2) El material que se suministre deberá ser de óptima calidad, cumpliendo con las especificaciones técnicas que sobre la materia estén vigentes en Colombia. Solamente se pagarán los materiales que cumplan con las especificaciones técnicas descritas en el pliego. Para tal fin la interventoría llevará a cabo ensayos de laboratorio adicionales a los que debe presentar el contratista.
3) El CONTRATISTA deberá certificar y cumplir las especificaciones técnicas de los insumos, mediante los respectivos ensayos de laboratorio de los materiales utilizados o suministrados. Una vez iniciada la ejecución del contrato, el contratista deberá enviar periódicamente o cada vez que lo solicite el interventor y/o supervisor del contrato los ensayos de laboratorio de tal manera que se cumpla con las especificaciones técnicas exigidas en el Pliego de Condiciones.
4) Mantener al frente de los trabajos todos los recursos necesarios para el normal y completo desarrollo del objeto contractual y tener disponible y emplear en la ejecución de las obras el personal requerido para la cumplida ejecución del contrato, de conformidad con lo establecido en el Pliego de Condiciones. Si durante la ejecución del contrato se requiere el cambio de alguno de los profesionales, deberá reemplazarse por otro de iguales o de mayores calidades, previamente aprobado por el interventor.
5) Mantener en los lugares de trabajo todas las medidas de orden y seguridad industrial y salud ocupacional convenientes para evitar accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, tanto en relación con su personal como de terceros; además deberá tomar todas las precauciones del caso para garantizar la higiene de las instalaciones en los lugares de trabajo y áreas aferentes, si la importancia de éstos lo justifica, especialmente mediante el establecimiento de redes viales, suministro de agua potable y saneamiento.
6) EL CONTRATISTA asumirá las obligaciones y gastos que se generen por concepto de vigilancia, hasta la entrega final de las obras, construcción, dotación, mantenimiento y desmonte de campamentos y otras instalaciones provisionales que fueren necesarias para el manejo del tráfico y administrar la obra, hasta la entrega final de la misma.
Obligaciones en materia de obligaciones laborales, seguridad social y parafiscal
1) El CONTRATISTA asumirá el pago de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones de carácter laboral del personal que contrate para la ejecución de las obras, lo mismo que el pago de los impuestos, gravámenes, aportes parafiscales y servicios de cualquier género que establezcan las leyes colombianas.
6.2.3 REQUERIMIENTOS TÉCNICOS
En desarrollo del contrato se seguirán las Especificaciones Generales
Considerando que los trabajos que se adelanten como resultado del presente proceso de contratación consisten en la intervención de las actuales vías en uso, con la mayoría de actividades sobre la calzada, el contratista en ningún momento puede suspender el tráfico vehicular, y es su obligación proveer todas las medidas e implementar toda la señalización y medidas de control necesarias para garantizar la seguridad de los usuarios y deberá dar estricto cumplimiento a lo estipulado en el Manual de Dispositivos para la Regulación del Tránsito en
Xxxxxx x Xxxxxxxxxx x xxxxx xxxxx xx Xxxxxxxx xx 0000. Para lo anterior el proponente deberá allegar un PMT que hubiere sido aprobado para un proyecto similar al objeto del presente proceso licitatorio.
Plan de desvíos
El manejo del tránsito durante la construcción debe organizarse de tal manera que no afecte los trabajos. El flujo vehicular debe circular en la vía sin causar contratiempos que degeneren en conflictos sociales o quejas de las comunidades. Se debe implementar el plan de manejo de tránsito y la señalización necesaria respectiva en coordinación con la Interventoría, de ser necesario previa aprobación de la Secretaría de Tránsito del Municipio de Popayán. Los costos de la señalización están incluidos en la administración del proyecto y está considerado como un valor fijo.
Autocontrol:
El Constructor deberá contar con un laboratorio de campo, controlado por personal calificado e idóneo para tal labor, previamente aprobado por el Interventor, que le permita realizar todas las pruebas de diseño y control de calidad exigida por las especificaciones, las cuales tienen carácter preceptivo.
El Contratista desarrollará la obra a partir de una cuidadosa planeación de la misma aplicando buenas prácticas de Ingeniería para lograr obras en armonía con el entorno natural en el que se desarrollan.
Todos los elementos del laboratorio deberán encontrarse en perfectas condiciones de funcionamiento y aquellos que lo requieran, deberán tener al día su certificado de calibración.
Siempre que La interventoría ordene al Contratista realizar algunas pruebas que no estuvieren contempladas en las especificaciones, con el fin de verificar si algún trabajo ejecutado tiene defectos, y la prueba revelare que los tiene, el costo de ellas estará a cargo del Constructor.
Señalización en la zona de las obras y vallas de información
Son de cargo del contratista todos los costos requeridos para colocar y mantener la señalización de obra y las vallas informativas, la iluminación nocturna y demás dispositivos de seguridad.
El contratista, deberá instalar una valla informativa en el sitio de la obra de acuerdo al modelo suministrado por la entidad; el valor de la misma se debe contemplar en los costos indirectos de la obra. El modelo y dimensiones de la Valla, serán entregados por el supervisor del proyecto.
Para la ejecución del contrato se aplicarán como normativas las prescripciones de los Códigos y Recomendaciones las siguientes que apliquen para cada caso:
American Association of State Highway Officials AASHO
American Concrete Institute ACI
American Society for Testing and Materials ASTM
Instituto Colombiano de Normas Técnicas ICONTEC
Normas Técnicas Colombianas aplicables NTC
Normas Colombianas de Diseño y Construcción Sismo – Resistentes NSR - 10
Normas del Instituto Nacional de INVIAS INV vigente
Guía Ambiental para Proyectos de Infraestructura – Subsector Vial vigente INV vigente
Ley 99 de 1993 y Legislación ambiental vigente
Reglamentación de manejo ambiental y recursos hídricos
Legislación de tránsito vehicular y peatonal
Normatividad vigente a nivel nacional para la movilización de maquinaria y equipo pesado impuesta en éste tipo de obras por la entidad competente.
Plan de Ordenamiento Territorial Vigente.
Documentos técnicos de INVIAS
Manual de drenaje de Carreteras INVIAS
Reglamento técnico del sector de Agua Potable y Saneamiento Básico RAS 2000
Manual de Señalización Ministerio de Transporte 2015
Cartilla de Espacio Público Movilidad Futura
Notas Técnicas Instituto Colombiano de Productoras de Cemento ICPC Vigente Las demás normas técnicas que correspondan para la debida ejecución del Contrato
6.3. ANÁLISIS DE PRECIOS UNITARIOS
El contratista deberá diligenciar para cada uno de los ítems enunciados en el presupuesto, el análisis de precios unitarios (costos directos más indirectos), de conformidad con el formato que se presenta en el ANEXO No.5 del presente pliego de condiciones.
Los precios de ítems resultantes de los análisis de precios unitarios, no podrán ser diferentes a los consignados en el FORMULARIO No. 3, toda vez que estos últimos fueron los utilizados en la evaluación de las propuestas; si se presentare alguna discrepancia, el contratista deberá ajustar el precio unitario obtenido en el análisis al consignado en el ANEXO No.5.
6.4. PROGRAMA DE OBRA
Es la declaración, en forma gráfica (cronograma), del modo en que el contratista se compromete a ejecutar el proyecto, representada en cantidades de obra en función del plazo establecido en éste pliego de condiciones. Este programa, deberá elaborarse de acuerdo con los siguientes lineamientos.
Alcance
El programa deberá identificar todos los ítems (actividades) que componen la obra, mostrar su orden y secuencia y la interdependencia que exista entre ellos.
Adicionalmente, el programa deberá incluir el reconocimiento de aquellos procesos de adquisición, traslado, montaje o fabricación de materiales o equipos que sean críticos para el desarrollo de los trabajos, así como también el período de construcción de las obras provisionales, si hay lugar a ello.
Asimismo, para la preparación de su programa, el contratista deberá tener en cuenta las especificaciones técnicas establecidas para la obra, las condiciones climáticas y topográficas de la región, las condiciones de producción y adquisición de materiales y la obtención de los permisos o autorizaciones que se requieran.
Igualmente, deberá tener presente las acciones a realizar con la comunidad para adelantar proyectos de manejo ambiental previa, durante y posterior a la ejecución de las obras. En especial, deberá programar su secuencia de acuerdo a la interrelación que exista entre las diferentes actividades.
La obtención de los permisos, autorizaciones, licencias, servidumbres y concesiones por el uso y aprovechamiento de los recursos naturales, así como los sitios de disposición de sobrantes, estarán bajo la responsabilidad del contratista y son requisito indispensable para que en calidad de constructor pueda iniciar las obras. El tiempo que su obtención conlleve, deberá considerarse dentro de la programación.
Las demoras en la obtención de estos permisos, no serán causa válida para justificar atrasos o incumplimientos.
Método y Presentación
La programación de la obra, deberá elaborarse por medio del método Xxxxx, utilizando como herramienta el programa Microsoft Project u otro similar. La herramienta que se utilice, deberá proveer diagramas que muestren la secuencia lógica de ejecución de los ítems, incluyendo como mínimo la siguiente información:
• Nombre del ítem
• Cantidad a ejecutar
• Unidad de obra
• Duración estimada
• Inicio temprano
• Final temprano
• Inicio tardío
• Final tardío
• Holgura total
• Precedencias
Los diagramas, deberán establecer la ruta crítica de ejecución del proyecto. Para cada uno de los ítems del programa de obra, deberá indicarse lo siguiente:
• El volumen de obra a ejecutarse por mes
• Identificar el responsable dentro de la organización
• identificar el equipo y/o el recurso de mano de obra que controla el rendimiento y la duración de su ejecución.
Todo lo anterior, será aprobado por la Interventoría previamente a la iniciación de las obras y en caso de pactarse anticipo se tendrá en cuenta para efectos de elaborar el plan de inversión del mismo.
6.5 FIRMA Y PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO
Notificada la resolución por medio de la cual se adjudica el contrato, el proponente favorecido o su representante legal, deberá presentarse a suscribir el mismo dentro del término establecido en el cronograma del proceso.
6.6 GARANTÍA ÚNICA DE CUMPLIMIENTO
El contratista deberá constituir a su xxxxx y a favor de la entidad una garantía única, que cubra los siguientes amparos, por los valores, plazos y condiciones que a continuación se precisan:
1. Buen manejo y correcta inversión del anticipo, por una cuantía igual al (100%) del valor del anticipo pactado, con una vigencia igual a la del contrato y cuatro (4) meses más.
2. Cumplimiento, de las obligaciones derivadas del contrato, equivalente al veinte por ciento (20%) del mismo, cuya vigencia igual a la del contrato y cuatro (4) meses más.
3. Pago de salarios, prestaciones sociales, e indemnizaciones, del personal que emplee en la ejecución del contrato, por una cuantía equivalente al 5% del valor total del contrato y con una vigencia igual a la del contrato y tres (3) años más.
4. La estabilidad de las obras, por una cuantía equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del contrato y con una vigencia de cinco (5) años contados a partir del acta de entrega y recibo definitivo a satisfacción de las obras por LA SOCIEDAD ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE POPAYAN.
5. Responsabilidad civil extracontractual, por una suma equivalente al treinta por ciento (30%) del valor total del contrato, sin que en ningún caso sea inferior a 400 SMLMV, con una vigencia contada a partir de la fecha de perfeccionamiento del contrato, por el término de duración del mismo y cuatro meses más.
Si se prorroga o suspende el contrato, el contratista deberá ampliar la vigencia de las pólizas mencionadas anteriormente.
6.7 GASTOS DEL CONTRATISTA
Serán por cuenta del Contratista todos los costos y gastos directos e indirectos imputables a la correcta ejecución del objeto contractual. Corresponde al Contratista pagar todos los derechos, impuestos, tasas y contribuciones nacionales, departamentales y municipales que se llegaren a causar por el desarrollo y ejecución del contrato o con base en el mismo.
Para todos los efectos, se considerará que en el valor de la oferta se encuentran incluidas las sumas que deben ser pagadas por concepto de impuestos, así como el valor de las pólizas de garantía y demás gastos exigidos en el presente pliego de condiciones. Los costos de la propuesta se asumen por cuenta y riesgo del proponente.
6.8 ORDEN DE INICIACIÓN
Mediante comunicación escrita, la interventoría, informará al contratista la fecha a partir de la cual debe iniciar la ejecución de la obra. Para efectos de iniciar se suscribirá la respectiva acta de inicio para lo cual el contratista presentará el respectivo programa de obra según la regla No. 6.4, el cual deberá ser aprobado por la interventoría.
6.9. INFORMACIÓN DEL PROYECTO Y ESPECIFICACIONES
Después de la adjudicación y suscripción del contrato y previo a la iniciación de las obras, el contratista deberá obtener copia de la información que exista de los proyectos, diseños, etc., y en caso de que la hubiere, la revisará y tomará la que considere necesaria para la ejecución del mismo.
La información del proyecto, solo podrá ser utilizada por el contratista para los propósitos de éste contrato.
En caso de discrepancias entre las especificaciones, el contratista informará sobre ello al Interventor, quien decidirá conjuntamente con la entidad, sobre la prelación entre estos documentos.
6.10. DIRECCIÓN TÉCNICA DE LAS OBRAS Y PERSONAL DEL CONTRATISTA
El contratista se obliga a mantener durante toda la ejecución de las obras materia del contrato y hasta la entrega final y recibo de ellas, el personal necesario para el desarrollo de los trabajos
La sociedad, se reserva el derecho de exigir por escrito al contratista, el reemplazo de cualquier persona vinculada al proyecto. Esta exigencia, no dará derecho al contratista para elevar ningún reclamo contra la Entidad.
6.11 INTERVENTORÍA DE LAS OBRAS
La Interventoría integral de las obras se ejercerá por la persona contratada por EMCASERVICIOS quien ejercerá el control y vigilancia de la ejecución de las obras de conformidad con las normas generales de interventoría (Ley 1474 de 2011), el Manual de Contratación e Interventoría y las instrucciones que imparta la Entidad.
El INTERVENTOR, ejercerá un control integral sobre el proyecto, para lo cual podrá, en cualquier momento, exigir al contratista la información que considere necesaria, así como la adopción de medidas para mantener, durante el desarrollo y ejecución del contrato, las condiciones técnicas, económicas, financieras y ambientales existentes al momento de la celebración del contrato.
El interventor, no permitirá que el Contratista inicie las obras sin los respectivos permisos, autorizaciones y concesiones para el uso y aprovechamiento de los recursos naturales. Igualmente, velará porque se cumpla con lo establecido en la normatividad Ambiental.
Así mismo, el interventor está autorizado para ordenarle al contratista la corrección, en el menor tiempo posible, de los desajustes que pudieren presentarse, y determinar los mecanismos y procedimientos pertinentes para prever o solucionar rápida y eficazmente las diferencias que llegaren a surgir durante la ejecución del contrato.
El contratista, deberá acatar las órdenes que le imparta por escrito la interventoría; no obstante, si no estuviese de acuerdo con las mismas, así deberá manifestarlo por escrito al interventor, antes de proceder a ejecutarlas; en caso contrario, responderá solidariamente con el interventor, si del cumplimiento de dichas órdenes se derivaran perjuicios para la Entidad.
La interventoría se ejecutará de conformidad con lo establecido en la ley, las obligaciones señaladas en el respectivo contrato de interventoría y el Manual de Interventoría.
6.12 PREVENCIÓN DE ACCIDENTES, MEDIDAS DE SEGURIDAD Y PLANES DE CONTINGENCIA
El contratista en todo momento, tomará todas las precauciones necesarias tanto del personal empleado en la ejecución de la obra, como de terceros, y se acogerá a todas las normas que a éste respecto tengan las entidades oficiales y sus códigos de construcción.
Antes de comenzar los trabajos, el contratista debe realizar un plan de contingencia de manera que dentro de su organización, se establezcan claramente las correspondientes líneas de mando y los grupos o brigadas responsables, como mínimo para los siguientes casos de emergencias:
• Explosión o incendio en el campamento base, en los lugares de trabajo o en los lugares donde se almacena combustible.
• Derrames de combustibles o químicos.
• Terremotos, inundaciones y otras emergencias naturales
• Accidentes, intoxicaciones u otras emergencias médicas.
El contratista, será responsable de las indemnizaciones causadas por los accidentes que, como resultado de su negligencia o descuido, pueda sufrir su personal, el de la Interventoría, el de la Entidad, los visitantes autorizados así como terceras personas.
Durante el proceso constructivo, establecerá procedimientos que minimicen las posibilidades de riesgo asociadas con eventos de movimientos en masa, avalanchas, represamientos, accidentes en operación de maquinaria y materiales, entre otros.
El contratista deberá proteger todas las estructuras existentes, edificaciones rurales cuya demolición no esté prevista, contra todo daño o interrupción de servicios que pueda resultar de las operaciones de construcción; cualquier daño o interrupción de servicios, deberá ser reparado o restablecido por él a su xxxxx, sin que esto implique aumento del plazo de ejecución de la obra.
LA SOCIEDAD y el interventor, podrán exigir al contratista modificaciones en las obras provisionales construidas por éste, para que cumplan con todos los requisitos de seguridad, higiene, protección ambiental y adecuación a su objeto. Estas modificaciones, las hará el contratista sin costo alguno para la Entidad.
En desarrollo de los trabajos, no se permitirá por ninguna circunstancia depositar el material producto de las excavaciones en el lecho de corrientes superficiales o en general cuerpos de agua. Si esto sucede, el contratista a su xxxxx, deberá retirar el material y conformar el sitio a su
estado original.
Si el contratista no lo hiciere, la Entidad lo hará y descontará el costo de las actas de obra que se adeuden al contratista.
El contratista deberá observar con sumo cuidado la técnica constructiva para efectuar la intervención sobre cimientos y muros de predios colindantes, previa aprobación de la interventoría, para evitar cualquier daño a terceros. De igual manera debe evitar que sobre los lotes vecinos y sobre la vía colindante con la obra, se vayan a efectuar depósitos de materiales, escombros o deshechos de la obra.
Desde la fecha de la orden de iniciación del contrato, el contratista es el ÚNICO RESPONSABLE del manejo y seguridad del tránsito en el sector contratado, por lo tanto, a partir de esa fecha y hasta la entrega definitiva de las obras a la Entidad, el contratista está obligado a señalizar y mantener el tránsito en el sector donde se ejecute la obra contratada.
6.13 CANTIDADES DE OBRA
Las cantidades de obra por ejecutar, son las que se presentan en el Presupuesto Oficial de Obra, son aproximadas y están calculadas con base en el estudio del proyecto; por lo tanto, se podrán aumentar, disminuir o suprimir durante la ejecución de la obra, previa autorización de la Interventoría designada por la Entidad.
El contratista está OBLIGADO a ejecutar las mayores cantidades de obra que resulten, a los mismos precios de la propuesta, previa autorización de la Interventoría.
Si durante la ejecución del proyecto fuere necesario modificar las cantidades de obra establecidas en el presupuesto oficial de obra, el contratista estará en la OBLIGACIÓN de incluir los cambios a que haya lugar en el citado presupuesto, de acuerdo con la respectiva acta de modificación. Para los fines de pago, regirán las cantidades de obra realmente ejecutadas, pero éstas no podrán superar el valor determinado en el contrato.
6.13.1 Mayores Cantidades de Obra
Se entiende por mayores cantidades de obra, aquellas que excedan las cantidades inicialmente señaladas por cada ítem y que se necesiten para cumplir con el objeto pactado; pueden ejecutarse con las especificaciones originales del contrato, siempre que tengan precios unitarios pactados. Las mayores cantidades de obra, deben ser autorizadas previamente por el Interventor de la obra y ser antecedidas por el respectivo otrosí o adicional.
El contratista, está obligado a ejecutar las mayores cantidades de obra, para efectos de lo cual deberá suscribir previamente la respectiva adición con la entidad, previa aprobación y autorización de la interventoría.
6.13.2. Obras Adicionales y Adición al Contrato
Se entiende por obra adicional, la que no está incluida en las condiciones originales del contrato y por ésta misma razón, no puede ejecutarse con los precios del mismo. Las obras adicionales, deben ser las estrictamente necesarias para el cumplimiento efectivo del objeto
contractual
LA SOCIEDAD podrá ordenar obras adicionales, para lo cual celebrará el respectivo otrosí que NO PODRÁ SOBREPASAR DEL CINCUENTA (50%) POR CIENTO del valor del contrato, siempre que los trabajos ordenados, xxxxx parte inseparable de la obra contratada, o sean necesarias para ejecutar ésta obra o para protegerla, todo lo cual requerirá la aprobación del interventor.
Los precios que se aplicarán para el pago de la obra adicional, serán los que se convengan entre las partes, previa aprobación de la interventoría.
En cuanto a las adiciones del contrato, se regirán por lo dispuesto en el artículo 40 de la Ley 80 de 1993.
6.14 CALIDAD DE LA OBRA
El contratista es responsable de la realización de las PRUEBAS DE CAMPO Y ENSAYOS DE LABORATORIO que aseguren la calidad de la obra, incluidas aquellas requeridas para el manejo ambiental del proyecto y entregará a la Interventoría los resultados de los mismos, el día hábil siguiente a la fecha de su obtención, para que ésta verifique si se ajustan a los requerimientos de las especificaciones. LA VERIFICACIÓN DE LA INTERVENTORÍA, NO EXONERARÁ DE RESPONSABILIDAD AL CONTRATISTA POR LA CALIDAD DE LA MISMA.
Una vez terminadas las partes de la obra que deban quedar ocultas y antes de iniciar el trabajo subsiguiente, el contratista informará a la Interventoría para que ésta proceda a medir la obra construida. Si así no procediere el contratista, la Interventoría podrá ordenarle por escrito el descubrimiento de las partes ocultas de la obra, para que ésta pueda ejercer sus funciones de control.
El contratista efectuará éste trabajo y el de reacondicionamiento posterior, sin que ello le dé derecho al reconocimiento de costos adicionales, ni a extensiones al plazo de ejecución.
LA SOCIEDAD podrá rechazar la obra ejecutada por deficiencias en los materiales o elementos empleados, aunque las muestras y prototipos correspondientes hubieren sido verificados previamente, sin perjuicio de lo establecido en las especificaciones sobre la aceptación de suministro defectuoso.
TODA OBRA RECHAZADA POR DEFECTOS EN LOS MATERIALES, EN LOS ELEMENTOS EMPLEADOS, EN LA OBRA DE MANO O POR DEFICIENCIA DE LOS EQUIPOS, MAQUINARIAS Y HERRAMIENTAS DE CONSTRUCCIÓN O POR DEFECTOS EN ELLA MISMA, DEBERÁ SER DETENIDA, RECONSTRUIDA Y/O REPARADA POR CUENTA DEL CONTRATISTA.
Además, el contratista queda OBLIGADO a retirar del sitio respectivo, los materiales o elementos defectuosos. La Entidad, podrá retirar los materiales o los elementos y reemplazarlos por otros, repararlos o reconstruir la parte rechazada de la obra, todo a cargo del contratista. Los equipos, maquinaria y herramientas que el contratista suministre para la construcción, deberán ser adecuados y suficientes para las características y la magnitud del trabajo por
ejecutar. LA SOCIEDAD, directamente o por intermedio del supervisor, se reserva el derecho de rechazar y exigir el reemplazo o reparación por cuenta del contratista, de aquellos equipos, maquinarias y herramientas que a su juicio sean inadecuados o ineficientes, o que por sus características constituyen un peligro para el personal o un obstáculo para el buen desarrollo de las obras. Se exigirá siempre, el suministro y mantenimiento en buen estado de funcionamiento del equipo básico requerido para la construcción de las obras.
6.15 ACTAS DE MODIFICACIÓN DE CANTIDADES DE OBRA
Es el documento en el que se deja constancia de las modificaciones efectuadas por requerimientos del proyecto a las cantidades de obra previstas inicialmente. Estas actas, deberá suscribirlas el contratista y el interventor y para su validez requieren de la aprobación del funcionario competente de la Entidad. Las presentes actas son aquellas que no implican alteraciones del precio del contrato.
6.16 ACTAS DE OBRA
Es el documento en el que el contratista y el interventor dejarán sentadas las cantidades de obra realmente ejecutadas.
6.17 AJUSTE DE PRECIOS.
Los precios propuestos, NO SERÁN OBJETO de ningún tipo de ajuste.
6.18 FORMA DE PAGO y ANTICIPO
Los pagos se realizaran mediante actas parciales, para el trámite del pago El CONTRATISTA deberá presentar junto con las actas parciales, las cuentas de cobro ante la SOCIEDAD para la verificación y aprobación de las mismas por parte del supervisor y/o interventor, la SOCIEDAD dará tramite a los documentos de cobro ante EMCASERVICIOS, quien previa verificación enviara la cuenta y documentación al CONSORCIO FIA que será el único responsable de realizar los desembolsos.
En todo caso, el trámite de todas las cuentas se realizará conforme a lo estipulado en el parágrafo segundo de la cláusula segunda el convenio interadministrativo 211 de 2017 Celebrado entre LA SOCIEDAD ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE POPAYAN S.A E.S.P
Y EMCASERVICIOS, según los desembolsos programados con la FIDUCIA MERCANTIL FIA y de acuerdo a la forma de pago pactada en la minuta del contrato. (Anexo 7). LA SOCIEDAD pagará el contrato por medio de actas parciales que deben ser autorizadas y aprobadas por la interventoría.
ANTICIPO: Hasta el cincuenta por ciento (50%) del valor del contrato a título de anticipo, (Dependiendo de la manifestación de % de anticipo establecida en la propuesta), dinero que de conformidad, deberá ser girado por el consorcio FIA a la entidad a la fiducia o patrimonio autónomo que constituya el contratista de conformidad con el artículo 91 de la Ley 1474 de 2011 (cuyos términos y condiciones se encuentran en el ANEXO No. 10 del presente pliego).
El anticipo debe ser amortizado mediante las actas parciales de obra en el mismo porcentaje otorgado, actas que se elaborarán de acuerdo con las cantidades ejecutadas por el sistema de
precios unitarios, las cuales deberán ser autorizadas y aprobadas por la interventoría. El último pago, se efectuará con el Acta de Liquidación Final del contrato y no podrá ser por un valor menor xxx xxxx por ciento (10%) del valor del contrato y debe ir acompañada del informe final de Interventoría, donde se certifique el recibo a satisfacción de la construcción, de acuerdo a los términos de la propuesta económica presentada por el CONTRATISTA.
En forma previa a la autorización de cada pago y de la entrega del anticipo, el contratista deberá acreditar que se encuentra al día en el pago de aportes relativos al Sistema de Seguridad Social Integral, así como parafiscales (SENA, Cajas de Compensación Familiar, etc.), cuando corresponda.
Para el último pago, el Contratista deberá anexar la póliza de estabilidad de la obra.
EL CONTRATISTA podrá amortizar un porcentaje mayor al acordado. Si el contratista no opta por el anticipo, todo el precio del contrato se pagará por el sistema de actas parciales de obra debidamente aprobadas por la interventoría.
6.18.1 CRONOGRAMA DE PAGOS
Los pagos quedan sujetos a que se cumplan todos los supuestos para su exigibilidad.
6.19 MULTAS
En el contrato se pactarán las siguientes causales multas a cargo del CONTRATISTA:
• Por xxxx o incumplimiento injustificado de las obligaciones referentes a los requisitos exigidos en el pliego de condiciones para director de obra, el uno por mil (1‰) del valor total del contrato por cada día xx xxxx, sin superar el dos por ciento (2%) del valor total del mismo, lo cual no exonera al Contratista del cumplimiento de ésta obligación a satisfacción de la entidad.
• Por xxxx o incumplimiento injustificado de las obligaciones referentes a iniciar o no reanudar los trabajos, según el caso, en la fecha determinada, o por suspensión temporal de la misma sin causa justificada o por causas imputables al Contratista, el uno por mil (1‰) del valor total del contrato por cada día xx xxxx, sin superar el tres por ciento (3%) del valor total del mismo.
• Por xxxx o incumplimiento injustificado de las obligaciones referentes a disponer del Director de Obra, o por reemplazarlo sin previa autorización de la Interventoría, y por cada día xx xxxx en el cumplimiento de éste requisito, el uno por mil (1‰) del valor total del contrato, sin superar el dos por ciento (2%) del valor total del mismo, lo cual no exonera al Contratista del cumplimiento de esta obligación.
• Por xxxx o incumplimiento injustificado de las obligaciones referentes a suministrar oportunamente los recursos de personal y físicos necesarios para el adecuado desarrollo de los trabajos, y por cada día xx xxxx en el cumplimiento de éste requisito, el uno por mil (1‰) del valor total del contrato, sin superar el dos por ciento (2%) del valor total del mismo.
• Por cambios en los planos o especificaciones, sin previa autorización de la entidad, el dos por ciento (2%) del valor total del contrato, lo cual no exonera al Contratista de la obligación
de realizar la obra según lo estipulado en el contrato.
• Por xxxx o incumplimiento injustificado de las obligaciones referentes a presentar los informes dentro de los plazos establecidos para tal efecto, una multa diaria equivalente al cero punto cero uno por mil (0.01‰) del valor total de contrato, sin superar el uno por ciento (1%) del valor total del mismo.
• Por mal uso del anticipo, el uno por ciento (1%) del valor anticipado, sin perjuicio de las sanciones penales a las que haya lugar.
• Por xxxx o incumplimiento injustificado de las obligaciones referentes a constituir a tiempo la garantía única de cumplimiento en cualquiera de sus riesgos amparados, el uno por ciento (1%) del valor total del contrato, suma que será deducida de la primera acta de pago.
• Por xxxx o incumplimiento injustificado de las obligaciones referentes a prorrogar la garantía única de cumplimiento en cualquiera de sus riesgos amparados, cuando a ello hubiere lugar, el uno por ciento (1%) del valor del contrato en el momento de su aplicación, suma que será descontada del acta de pago final.
• Por xxxx o incumplimiento injustificado de las obligaciones referentes a presentar los documentos exigidos para la liquidación del contrato dentro del plazo establecido para el efecto según las disposiciones vigentes, el cero punto tres por ciento (0.3%) del valor total del contrato. En este caso, la entidad elaborará la liquidación de oficio.
• Por el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que afecte el contrato, el uno por mil (1‰) del valor total del contrato.
• Por xxxx o incumplimiento injustificado de las obligaciones referentes a la instalación de la señalización requerida, las normas de seguridad industrial y salud ocupacional, afiliaciones al Sistema de Seguridad Social en Salud, Pensiones y Riesgos Profesionales y el Plan de Calidad, y por cada día xx xxxx en el cumplimiento de estos requisitos, el cero punto uno por mil (0.1‰) del valor total del contrato, sin superar el cinco por ciento (5%) del valor total del mismo.
6.20 PROCEDIMIENTO PARA LA IMPOSICIÓN DE MULTAS
En el evento en que el contratista incurra en una o varias de las causales de multas a que hace relación el numeral anterior, se iniciará el procedimiento previsto en el artículo 86 de la ley 1474 de 2011.
Las multas tendrán un tope máximo del veinte por ciento (20%) del valor del contrato. El valor de las multas se descontará de las sumas que LA SOCIEDAD adeude al CONTRATISTA y si ello no fuere posible se tomará de la garantía única de cumplimiento otorgada por el CONTRATISTA, y si ello no fuere posible, se acudirá a la jurisdicción coactiva.
6.21 INDEMNIDAD
El Contratista se obliga a mantener indemne a LA SOCIEDAD es decir libre de cualquier daño o perjuicio originado en reclamaciones de terceros que se deriven de sus actuaciones o de las
de subcontratistas o dependientes.
6.22 CESIONES Y SUBCONTRATISTAS
El contratista no podrá ceder el contrato, sin previo consentimiento escrito de la Entidad, pudiendo ésta reservarse las razones que tenga para negar la aceptación de la cesión.
El contratista, sólo podrá subcontratar la ejecución de trabajos que requieran de personal y/o equipos especializados, requiriendo para ello la autorización previa y expresa de la Entidad, quien no adquirirá relación alguna con los subcontratistas. El empleo de tales subcontratistas, no relevará al constructor de las responsabilidades que asume por las labores de la construcción y por las demás obligaciones emanadas del contrato.
LA SOCIEDAD Podrá exigir al contratista la terminación del subcontrato en cualquier tiempo y el cumplimiento inmediato y directo de sus obligaciones. En el texto de las cesiones y de los subcontratos, se dejará constancia de que estos se entienden celebrados dentro y sin perjuicio de lo estipulado en éste Pliego de Condiciones y en el Contrato.
6.23 CADUCIDAD
Si se presenta alguno de los hechos constitutivos de incumplimiento de las obligaciones a cargo del Contratista, que afecte de manera grave y directa la ejecución del contrato, y evidencie que puede conducir a su paralización, la Entidad, por medio de acto administrativo debidamente motivado, lo dará por terminado y ordenará su liquidación en el estado en que se encuentre, de conformidad con el Artículo 18 de la Ley 80 de 1993 siguiendo el procedimiento establecido en el artículo 86 de la Ley 1474 de 2011.
6.24 SUSPENSIÓN TEMPORAL DEL CONTRATO
Por circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito, que serán evaluadas por la Entidad a la luz de lo ordenado por la Ley 80 de 1993, se podrá de común acuerdo entre las partes, suspender temporalmente la ejecución del Contrato, mediante la suscripción de un acta donde conste tal evento, sin que para efectos del plazo extintivo, se compute el tiempo de la suspensión. La suspensión estará sujeta a plazo o condición.
6.25 LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO DE OBRA
La liquidación del contrato de obra se hará de común acuerdo entre el contratista y EL SOCIEDAD dentro de los CUATRO (4) MESES siguientes a la fecha de terminación.
Para la liquidación, se exigirá al Contratista la ampliación de la vigencia de las garantías de estabilidad de los trabajos, el pago de los salarios, prestaciones e indemnizaciones, responsabilidad civil, para avalar las obligaciones que deba cumplir con posterioridad a la extinción del contrato.
6.26 CLAUSULA PENAL
En caso de declaratoria de caducidad o de incumplimiento (total o parcial, sea en la etapa de ejecución o de liquidación), LA SOCIEDAD exigirá al contratista a título de cláusula penal una
suma equivalente al veinte por ciento (20%) del valor del contrato, pena que se pacta por el mero retardo y sin perjuicio del cumplimiento de la obligación principal. El contratista renuncia expresamente a la tasación de la cláusula penal en caso de incumplimiento parcial, es decir que la misma se hará efectiva íntegramente.
EL CONTRATISTA renuncia expresamente a cualquier requerimiento judicial o extrajudicial para efectos de ser constituido en xxxx por el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones pactadas en el presente contrato.
6.27 MODIFICACIÓN, TERMINACIÓN E INTERPRETACIÓN UNILATERAL
En el contrato se pactarán las cláusulas excepcionales que se encuentran consignadas en los artículos 15, 16 y 17 de la Ley 80 de 1993.
6.28 LIMPIEZA GENERAL Y RESTAURACIÓN
A la terminación de la obra, el contratista removerá de los alrededores de ella las instalaciones, edificaciones, escombros, materiales sin uso y materiales similares que le pertenezcan o que se hayan usado bajo su dirección. En caso de que no lo haga así, el Interventor ordenará la limpieza por cuenta de la Entidad y cargará su costo al contratista.
El contratista, realizará las gestiones necesarias para que en caso tal, los materiales producto de esta limpieza puedan ser utilizados por miembros de la comunidad. Una vez realizada la limpieza, se restaurarán las áreas utilizadas, realizando como mínimo revegetalización, control de erosión y acabado de rellenos sanitarios, de tal forma que éstas zonas queden en similares o en mejores condiciones que las encontradas inicialmente.
6.29 VISITA PRELIMINAR - ENTREGA Y RECIBO DEFINITIVO DE LAS OBRAS
QUINCE (15) DÍAS antes del vencimiento del plazo del contrato, el interventor y el contratista realizarán una visita a la obra, a fin de determinar las correcciones a que haya lugar, las cuales deberá efectuar el contratista dentro del plazo previsto para la ejecución de la obra.
6.30 ESTABILIDAD DE LA OBRA Y PERIODO DE GARANTÍA
El contratista será responsable por la reparación de todos los defectos que puedan comprobarse con posterioridad a la liquidación del contrato o si la obra amenaza ruina en todo o en parte, por causas derivadas de fabricaciones, replanteos, localizaciones y montajes efectuados por él y del empleo de materiales, equipo de construcción y mano de obra deficientes utilizados en la construcción. El contratista se obliga a llevar a cabo a su xxxxx, todas las reparaciones y reemplazos que se ocasionen por estos conceptos. Esta responsabilidad y las obligaciones inherentes a ella, se considerarán vigentes por un período de garantía de cinco años (5) contados a partir de la fecha consignada en el Acta de Recibo definitivo de las obras.
El contratista procederá a reparar los defectos dentro de los términos que la Entidad le señale en la comunicación escrita que le enviará al respecto. Si las reparaciones no se efectúan dentro de los términos señalados, la Entidad podrá efectuarlas por cuenta del contratista y hacer efectiva la garantía de estabilidad estipulada en el contrato.
XXXXXXXX XXXX XXXXXX XXXXX
Revisó: Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx X. Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx
ANEXOS ANEXO N° 1.
CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA OFERTA
Popayán, (fecha)
Señores
ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE POPAYAN S.A E.S.P
Ciudad
REFERENCIA: Licitación Pública No.
Nosotros los suscritos: (nombre del proponente), de acuerdo con las bases del proceso de selección, formulamos la siguiente propuesta para la CONSTRUCCION DEL COLECTOR MARGEN DERECHA RIO EJIDO –TRAMO 1 COMPRENDIDO ENTRE LA
CARRERA 3 HASTA LA CARRERA 20.” y en caso que nos sea aceptada por EL ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE POPAYAN, nos comprometemos a firmar el contrato correspondiente.
Declaramos asimismo:
Que esta propuesta y el contrato que llegare a celebrarse sólo compromete a los firmantes de esta carta.
Que ninguna persona distinta a los firmantes, tiene interés comercial en ésta propuesta ni en el contrato probable que de ella se derive.
Que conocemos la información general y demás documentos de la presente LICITACIÓN PÚBLICA y que aceptamos los requisitos en ellos contenidos.
Que hemos visitado los sitios de los proyectos y tomado atenta nota de sus características y de las condiciones que puedan afectar su ejecución.
Que no nos hallamos incursos en causal alguna de inhabilidad e incompatibilidad señaladas en la Ley y que no nos encontramos en ninguno de los eventos de prohibiciones especiales para contratar.
Que si se nos adjudica el contrato, nos comprometemos a constituir las garantías requeridas y a suscribir éstas y aquél dentro de los términos señalados para ello.
Manifiesto el conocimiento y aceptación y cumplimiento de todos y cada uno de los ítems, unidad y cantidad de obra y especificaciones técnicas relacionados en el presupuesto oficial contenidos en el pliego de condiciones y en tal sentido me obligo con la entidad a dar
cumplimiento estricto a los mismos en caso de que se adjudique el contrato.
Manifiesto que la oferta económica adjunta fue elaborada teniendo en cuenta todos los gastos, costos, derechos, impuestos, tasas y demás contribuciones que se causen con ocasión de la presentación de la Oferta, suscripción y ejecución del contrato y que en consecuencia, de resultar adjudicatario no presentaré reclamos con ocasión del pago de tales gastos.
Que no somos infractores ambientales, lo anterior de conformidad con las normas vigentes que regula la materia.
Que no hemos ofrecido ni ofreceremos dádivas o reconocimientos a favor de funcionarios, contratistas o el interventor.
Que leí cuidadosamente los Pliegos de Condiciones de la invitación y elaboré mi propuesta ajustada a los mismos. Por tanto, conocí y tuve las oportunidades establecidas para solicitar aclaraciones, formular objeciones, efectuar preguntas y obtener respuestas a mis inquietudes.
Que conozco el tipo de gravámenes, la base de liquidación y el porcentaje de los impuestos y retenciones que como contratista deberé asumir en caso de que me sea adjudicado el contrato. Declaro así mismo, que el valor de estos impuestos y retenciones están incluidos en la propuesta económica que presento.
Igualmente declaro bajo la gravedad de juramento, que toda la información aportada y contenida en páginas correspondientes a los documentos y formularios jurídicos, financieros, técnicos y económicos, es veraz y susceptible de comprobación.
VALIDEZ DE LA PROPUESTA: Para todos los efectos, se entenderá que es por una
vigencia igual a la de la garantía de seriedad de la propuesta.
GARANTÍA DE SERIEDAD: BANCO O CIA DE SEGUROS:
VALOR ASEGURADO:
VIGENCIA: Desde ( _ ) Hasta ( ) (día,mes,año) (día,mes,año)
Atentamente,
Nombre del proponente Nombre del Representante Legal
C. C. No. de
Matrícula Profesional No. [anexar copia con certificado de vigencia] No. del RUT [Consorcio o unión Temporal o de la (s) firma (s)] [anexar copia (s)] Dirección de correo
Correo electrónico Telefax
Ciudad
(Firma del proponente o de su Representante Legal)
En caso de personas naturales esta carta debe estar firmada por el proponente; en caso de personas jurídicas, consorcios o uniones temporales deberá estar firmada por el representante debidamente facultado.
NOTA: Para llenar cuando el proponente o su Representante Legal no sea Ingeniero o
matriculado.
“De acuerdo con lo expresado en la Ley 842 de 2003 y debido a que el suscriptor de la presente propuesta no es Ingeniero matriculado, yo (nombres y apellidos) Ingeniero , con Matrícula Xxxxxxxxxxx Xx.
x X. X. Xx. xx _ , xxxxx la presente propuesta”.
(Firma de quien abona la propuesta)
ANEXO N° 2
MODELO DE CARTA INFORMACIÓN CONSTITUCIÓN CONSORCIO
Popayán, (fecha)
Señores
ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE POPAYAN S.A E.S.P
Ciudad
REFERENCIA: Licitación Pública No. CONSTRUCCION DEL COLECTOR
MARGEN DERECHA RIO EJIDO –TRAMO 1 COMPRENDIDO ENTRE LA CARRERA 3 HASTA LA CARRERA 20.”
Los suscritos, (nombre del Representante Legal) y (nombre del Representante Legal), debidamente autorizados para actuar en nombre y representación de
(nombre o razón social del integrante) y (nombre o razón social del integrante), respectivamente, informamos a la entidad los aspectos relevantes del CONSORCIO que hemos constituido a través de un documento privado, para participar en la LICITACION PUBLICA de la referencia cuyo objeto es , y por lo tanto, expresamos lo siguiente:
La duración de este Consorcio será igual al término de la ejecución del contrato, más el término de liquidación del mismo..
1. El Consorcio está integrado por:
NOMBRE PARTICIPACIÓN
(%) (1)
(1) El total de la columna, es decir la suma de los porcentajes de participación de los integrantes, debe ser igual al 100%.
2. El Consorcio se denomina CONSORCIO .
3. La responsabilidad de los integrantes del Consorcio es solidaria.
4. El representante del Consorcio es (indicar el nombre), identificado con C. C. No. de , quien está expresamente facultado para firmar, presentar la propuesta, y en caso de salir favorecidos con la adjudicación del contrato, firmarlo y tomar todas las determinaciones que fueren necesarias respecto de su ejecución y liquidación, con amplias y suficientes facultades.
5. La sede del Consorcio es:
Dirección de correo Dirección electrónica Teléfono Telefax
Ciudad
En constancia, se firma en , a los días del mes de de 20 .
(Nombre y firma del Representante Legal de cada uno de los integrantes)
(Nombre y firma del Representante Legal del Consorcio
ANEXO N° 3
MODELO DE CARTA DE INFORMACIÓN UNIÓN TEMPORAL
Popayán, (fecha)
Señores
ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE POPAYAN S.A E.S.P
REFERENCIA: Licitación Pública No.
Los suscritos, (nombre del Representante Legal) y (nombre del Representante Legal), debidamente autorizados para actuar en nombre y representación de
(nombre o razón social del integrante) y (nombre o razón social del integrante), respectivamente, informamos a la entidad los aspectos relevantes de la Unión Temporal consorcio que hemos constituido a través de un documento privado, para participar en la Licitación Pública de la referencia cuyo objeto es , y por lo tanto, expresamos lo siguiente:
1. La duración de la Unión Temporal será igual al término de ejecución del contrato, más el término de liquidación del mismo.
2. La Unión Temporal está integrada por:
NOMBRE TÉRMINOS Y EXTENSIÓN COMPROMISO DE PARTICIPACIÓN EN LA (%) (2) EJECUCIÓN DEL CONTRATO (1)
(1) Discriminar en función de los ítems establecidos en el presupuesto oficial, para cada uno de los integrantes.
(2) El total de la columna, es decir la suma de los porcentajes de compromiso de los integrantes, debe ser igual al 100%.
3. La Unión Temporal se denomina UNIÓN TEMPORAL .
4. La responsabilidad de los integrantes de la Unión Temporal es solidaria.
5. El representante de la Unión Temporal es (indicar el nombre), identificado con la cédula de ciudadanía No. , de , quien está expresamente facultado para firmar y presentar la propuesta y, en caso de salir favorecidos con la adjudicación del contrato, firmarlo y tomar todas las determinaciones que fueren necesarias respecto de su ejecución y liquidación, con amplias y suficientes facultades.
6. La sede de la Unión Temporal es:
Dirección de correo Dirección electrónica Teléfono Telefax
Ciudad
En constancia, se firma en , a los días del mes de de 201_.
(Nombre y firma del Representante Legal de cada uno de los integrantes)
(Nombre y firma del Representante Legal de la Unión Temporal)
ANEXO N° 4 CONTRATO DE OBRA PUBLICA No.
Entre los suscritos a saber , mayor de edad, identificado con la cédula de ciudadanía No. , obrando en Gerente y Representante legal de la Sociedad Acueducto y Alcantarillado de Popayán S.A E.SP, debidamente facultado para celebrar contratos, quien para los efectos del presente contrato se denominará LA SOCIEDAD por una parte y , identificado con la cédula de ciudadanía No. expedida en
, matricula profesional Nº , quien para los efectos del presente contrato se denominará el CONTRATISTA, hemos convenido celebrar el presente contrato de obra, previas las siguientes consideraciones: 1. Que EL SOCIEDAD adelantó la Licitación Pública No. de
, la cual tuvo por objeto contratar las siguientes obras: . 2. Que por medio de Resolución No. del se adjudicó el contrato a por ser la propuesta más favorable para la entidad de conformidad con el pliego de condiciones. Que expuestas las anteriores consideraciones, se celebra el presente contrato, el cual, se regirá por el Estatuto General de Contratación y las siguientes cláusulas: CLAUSULA PRIMERA.- OBJETO DEL CONTRATO: EL CONTRATISTA se obliga para con EL MUNICIPIO a realizar las obras de
, POR EL SISTEMA DE PRECIOS UNITARIOS SIN FORMULA DE REAJUSTE. CLAUSULA SEGUNDA. VALOR DEL CONTRATO: El valor estimado del
presente contrato asciende a la suma de CLAUSULA TERCERA. FORMA DE PAGO: El sistema de pago adoptado en el presente contrato es el de precios unitarios, renunciando expresamente el CONTRATISTA al reajuste de precios. Los pagos se realizaran mediante actas parciales, para el trámite del pago El CONTRATISTA deberá presentar junto con las actas parciales, las cuentas de cobro ante la SOCIEDAD para la verificación y aprobación de las mismas por parte de la interventoría. LA SOCIEDAD dará trámite a los documentos de cobro ante EMCASERVICIOS, quien previa verificación, enviara la cuenta y documentación al CONSORCIO FIA que será el único responsable de realizar los desembolsos. En todo caso, el trámite de todas las cuentas se realizará conforme a lo estipulado en el parágrafo segundo de la cláusula segunda el convenio interadministrativo 211 de 2017 Celebrado entre LA SOCIEDAD ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE POPAYAN
S.A E.S.P Y EMCASERVICIOS, según los desembolsos programados con la FIDUCIA MERCANTIL FIA ANTICIPO: Hasta el cincuenta por ciento (50%) del valor del contrato a título de anticipo, (Dependiendo de la manifestación de % de anticipo establecida en la propuesta), dinero que girara el consorcio FIA, a la entidad a la fiducia o patrimonio autónomo que constituya el contratista, (cuyos términos y condiciones se encuentran en el ANEXO No. 10 del presente pliego).El anticipo debe ser amortizado mediante las actas parciales de obra en el mismo porcentaje otorgado, actas que se elaborarán de acuerdo con las cantidades ejecutadas por el sistema de precios unitarios, las cuales deberán ser autorizadas y aprobadas por la interventoría. El último pago, se efectuará con el Acta de Liquidación Final del contrato y no podrá ser por un valor menor xxx xxxx por ciento (10%) del valor del contrato y debe ir acompañada del informe final de Interventoría, donde se certifique el recibo a satisfacción de la construcción, de acuerdo a los términos de la propuesta económica presentada por el CONTRATISTA. En virtud de lo dispuesto en el artículo 91 de la Ley 1474 de 2011 el contratista deberá constituir una fiducia o un patrimonio autónomo irrevocable para el manejo de los recursos que reciba a título de anticipo. El costo de la comisión fiduciaria será cubierto directamente por el contratista. El anticipo será amortizado por medio de cada una de las actas parciales o final en proporción al valor entregado a título de anticipo, sin perjuicio de lo anterior, el contratista podrá amortizar el anticipo en un porcentaje superior al exigido. Los rendimientos
del anticipo pertenecen al tesoro. PARAGRAFO PRIMERO: En forma previa a la autorización de cada pago, EL CONTRATISTA deberá acreditar que se encuentra al día en el pago de aportes relativos al Sistema de Seguridad Social Integral, así como parafiscales (SENA, , Cajas de Compensación Familiar, etc.), cuando corresponda. PARAGRAFO SEGUNDO: Para el último pago, el Contratista deberá anexar la póliza de estabilidad de la obra, debidamente otorgada de conformidad con las exigencias del presente contrato. PARAGRAFO TERCERO: PARAGRAFO CUARTO: En caso xx xxxx en el pago de cuentas de cobro y/o facturas radicadas por el CONTRATISTA, la entidad contratante pagará intereses moratorios a partir de los dos meses de radicada la respectiva cuenta y/o factura a una tasa equivalente al interés civil mensual (0,5%). Para que se estructure la xxxx es necesario que la cuenta se presente con todos los documentos y requisitos exigidos por la ley y el contrato. CLAUSULA CUARTA. PLAZO DE EJECUCION: El plazo de ejecución será de ( ) MESES, contados a partir de la fecha de firma del acta de inicio, previo cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento y ejecución del contrato. El acta de inicio se suscribirá entre el SUPERVISOR y el CONTRATISTA. CLAUSULA QUINTA. OBLIGACIONES DE LAS PARTES: 5.1 OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA: 5.1.1 OBLIGACIONES GENERALES: EL
CONTRATISTA se obliga para con LA SOCIEDAD a: 1) Cumplir con el objeto de este contrato de conformidad con lo requerido por la entidad y en el plazo estipulado. 2) Dar cabal cumplimiento a sus obligaciones frente al Sistema de Seguridad Social y parafiscales, de acuerdo a la normatividad vigente. 3) Constituir las pólizas exigidas por la entidad. 4) Las establecidas en el artículo 5 de la Ley 80 de 1993. 5.1.2 OBLIGACIONES ESPECIALES: EL CONTRATISTA se obliga de manera especial para con LA SOCIEDAD a: 5.2 OBLIGACIONES DE LA SOCIEDAD S.A. E.S.P.: 1) Pagar el precio acordado de conformidad con lo estipulado en el presente contrato y el pliego de condiciones. 2) Contratar la interventoría del presente contrato. CLAUSULA SEXTA. DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL: Los pagos que deban efectuarse en virtud del presente contrato, se cancelarán con cargo al certificado de disponibilidad presupuestal No. del 2017. CLAUSULA SÉPTIMA: ENTREGA DE LA OBRA: EL CONTRATISTA debe anexar para efectos de la liquidación final el acta de entrega de obras al municipio de conformidad con las indicaciones e instrucciones dadas por EL MUNICIPIO. Al acta de entrega EL CONTRATISTA debe anexar un manual de mantenimiento y conservación o recomendaciones especiales que sean necesarios para la conservación de las obras. CLAUSULA OCTAVA.- GARANTÍAS: EL CONTRATISTA se obliga a constituir a su xxxxx y a favor de LA SOCIEDAD , una garantía única otorgada por un banco o compañía de seguros legalmente establecida en Colombia, que ampare los siguientes riesgos con las cuantías y vigencias aquí establecidas. 1). CUMPLIMIENTO, de las obligaciones derivadas del contrato, equivalente al veinte por ciento (20%) del mismo, cuya vigencia será igual a la del contrato y cuatro (4) meses. 2). BUEN MANEJO Y CORRECTA INVERSIÓN DEL ANTICIPO, por una
cuantía igual al (100%) del valor del anticipo pactado, con una vigencia igual a la del contrato y cuatro (4) meses. 3) SALARIOS, PRESTACIONES SOCIALES, E INDEMNIZACIONES, del
personal que emplee en la ejecución del contrato, por una cuantía equivalente al 5% del valor total del contrato y con una vigencia igual a la del contrato y tres (3) años más. 4). ESTABILIDAD DE LAS OBRAS, por una cuantía equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del contrato y con una vigencia de cinco (5) años contados a partir del acta de entrega y recibo definitivo a satisfacción de las obras por la Sociedad. 5). RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL, por una suma equivalente a 400 SMLMV, con una vigencia igual a la de ejecución del contrato. Si se prorroga el plazo de ejecución de las obras o se suspende el mismo, el contratista deberá ampliar la vigencia de las garantías mencionadas anteriormente. PARÁGRAFO PRIMERO: Será de cargo del CONTRATISTA el pago oportuno de todas las primas y erogaciones de constitución y mantenimiento de las garantías. En caso xx xxxx en el
pago oportuno de tales gastos, LA SOCIEDAD podrá hacerlo y descontará su valor de la primera factura o facturas que debe pagar al CONTRATISTA. PARÁGRAFO SEGUNDO: EL CONTRATISTA deberá reponer las garantías, cuando el valor de las mismas se vea afectado por razón de siniestros o adiciones. CLAUSULA NOVENA: INDEMNIDAD. El CONTRATISTA se obliga a mantener indemne a LA SOCIEDAD, es decir libre de cualquier daño o perjuicio originado en reclamaciones de terceros que se deriven de sus actuaciones o de los subcontratistas o dependientes. CLAUSULA DECIMA. MULTAS: Contractualmente, se pactan las siguientes causales de multa: a) Por xxxx o incumplimiento injustificado de las obligaciones referentes a los requisitos exigidos en el pliego de condiciones para director de obra, el uno por mil (1‰) del valor total del contrato por cada día xx xxxx, sin superar el dos por ciento (2%) del valor total del mismo, lo cual no exonera al Contratista del cumplimiento de ésta obligación a satisfacción de la entidad. b) Por xxxx o incumplimiento injustificado de las obligaciones referentes a iniciar o no reanudar los trabajos, según el caso, en la fecha determinada o ante los requerimientos del supervisor, o por suspensión temporal de la misma sin causa justificada o por causas imputables al Contratista, el uno por mil (1‰) del valor total del contrato por cada día xx xxxx, sin superar el tres por ciento (3%) del valor total del mismo. c) Por xxxx o incumplimiento injustificado de las obligaciones referentes a disponer del Director de Obra, o por reemplazarlo sin previa autorización de la SUPERVISOR, por cada día xx xxxx en el cumplimiento de éste requisito, el uno por mil (1‰) del valor total del contrato, sin superar el dos por ciento (2%) del valor total del mismo. d) Por xxxx o incumplimiento injustificado de las obligaciones referentes a suministrar oportunamente los recursos de personal y físicos necesarios para el adecuado desarrollo de los trabajos, por cada día xx xxxx en el cumplimiento de éste requisito, el uno por mil (1‰) del valor total del contrato, sin superar el dos por ciento (2%) del valor total del mismo. e) Por cambios en los planos o especificaciones, sin previa autorización de la entidad, el dos por ciento (2%) del valor total del contrato, lo cual no exonera al Contratista de la obligación de realizar la obra según lo estipulado en el contrato. f) Por xxxx o incumplimiento injustificado de las obligaciones referentes a presentar los informes dentro de los plazos establecidos para tal efecto, una multa diaria equivalente al cero punto cero uno por mil (0.01‰) del valor total de contrato, sin superar el uno por ciento (1%) del valor total del mismo. g) Por xxxx o incumplimiento injustificado de las obligaciones referentes a constituir a tiempo la garantía única de cumplimiento en cualquiera de sus riesgos amparados, por cada día xx xxxx en el cumplimiento de éste requisito, el uno por mil (1‰) del valor total del contrato, sin superar el dos por ciento (2%) del valor total del mismo. h) Por xxxx o incumplimiento injustificado de las obligaciones referentes a prorrogar la garantía única de cumplimiento en cualquiera de sus riesgos amparados, cuando a ello hubiere lugar, por cada día xx xxxx en el cumplimiento de ésta obligación, el uno por mil (1‰) del valor total del contrato, sin superar el dos por ciento (2%) del valor total del mismo,. i) Por xxxx o incumplimiento injustificado de las obligaciones referentes a presentar los documentos exigidos para el pago de las actas parciales, por cada día xx xxxx en el cumplimiento de éste requisito, el uno por mil (1‰) del valor total del contrato, sin superar el dos por ciento (2%) del valor total del mismo. j) Por el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones pactadas en el contrato, en el pliego de condiciones o Manual Operativo, por cada día xx xxxx en el cumplimiento de éste requisito, el uno por mil (1‰) del valor total del contrato, sin superar el diez por ciento (10%) del valor total del mismo. k) Por xxxx o incumplimiento injustificado de las obligaciones referentes a la instalación de la señalización requerida, las normas de seguridad industrial y salud ocupacional, afiliaciones al Sistema de Seguridad Social en Salud, Pensiones y Riesgos Profesionales, pago de parafiscales y el Plan de Calidad, por cada día xx xxxx en el cumplimiento de estos requisitos, el cero punto uno por mil (0.1‰) del valor total del contrato, sin superar el cinco por ciento (5%) del valor total del mismo. l) Por xxxx o incumplimiento
injustificado de las obligaciones referentes a acatar las órdenes de la SUPERVISIÓN para que se corrijan defectos observados en la obra, o para que se tomen las medidas de seguridad necesarias para la prevención de accidentes, el cero punto cinco por mil (0.5‰) del valor total del contrato, por cada día xx xxxx en el cumplimiento de éste requisito, contado a partir de la fecha en que se haya dado la orden por escrito por parte del SUPERVISOR, sin superar el dos por ciento (2%) del valor total del mismo. m) Cuando se presente un atraso mayor del veinte por ciento (20%) en la ejecución del contrato, según el programa de trabajo e inversiones presentado por el contratista y aprobado por la SUPERVISIÓN, por cada día xx xxxx en el cumplimiento de éste requisito, el uno por mil (1‰) del valor total del contrato, sin superar el dos por ciento (2%) del valor total del mismo. En todos los anteriores casos la entidad elaborará la liquidación directamente y podrán ser descontadas directamente de las sumas adeudadas al CONTRATISTA. PARAGRAFO: Las multas por distintos conceptos tendrán como tope máximo el veinte por ciento (20%) del valor total del contrato. CLAUSULA DÉCIMA PRIMERA. PROCEDIMIENTO PARA LA IMPOSICIÓN DE MULTAS O CLÁUSULA PENAL
PECUNIARIA: Para la imposición de multas, declaratoria de caducidad o declaratoria de incumplimiento se seguirá el procedimiento establecido en el artículo 86 de la Ley 1474 de 2011. Subsidiariamente se aplicarán las disposiciones del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo o el Código General del Proceso según corresponda. CLAUSULA DÉCIMA SEGUNDA. CLAUSULA PENAL: En caso de declaratoria de caducidad o de incumplimiento (total o parcial, sea en la etapa de ejecución o de liquidación), LA SOCIEDAD exigirá al contratista a título de cláusula penal una suma equivalente al veinte por ciento (20%) del valor del contrato, pena que se pacta por el mero retardo y sin perjuicio del cumplimiento de la obligación principal. El contratista renuncia expresamente a la tasación de la cláusula penal en caso de incumplimiento parcial, es decir que la misma se hará efectiva íntegramente. PARAGRAFO: EL CONTRATISTA renuncia expresamente a cualquier requerimiento judicial o extrajudicial para efectos de ser constituido en xxxx por el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones pactadas en el presente contrato. CLAUSULA DÉCIMA TERCERA. INTERVENTORÍA: La interventoría será realizada por quien contrate LA EMPRESA CAUCANA DE SERVICIOS PUBLICOS EMCASERVICIOS
S.A E.S.P , el cual velará por el cumplimiento estricto del contrato y tendrá los deberes y facultades establecidos en los artículos 83 y 84 de la Ley 1474 de 2011. Lo anterior sin perjuicio de lo estipulado en el Manual de Contratación del EMCASERVICIOS S.A.E.SP. CLAUSULA DÉCIMA CUARTA: INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES: EL CONTRATISTA declara bajo la gravedad de juramento que no se encuentra incurso en ninguna de las inhabilidades e incompatibilidades consagradas en la constitución y la ley. CLAUSULA DÉCIMA QUINTA: APLICACIÓN NORMAS TECNICAS: EL CONTRATISTA se obliga expresamente a dar cumplimiento a las normas técnicas vigentes a la fecha sobre técnicas de construcción y calidad de los materiales. CLAUSULA DÉCIMA SEXTA: INTERPRETACIÓN, MODIFICACIÓN Y TERMINACIÓN UNILATERAL: En el presente contrato se pactan expresamente las cláusulas de interpretación, modificación y terminación unilateral de conformidad con lo dispuesto en los artículos 15, 16 y 17 de la Ley 80 de 1993. XXXXXXXX XXXXXX XXXXXXX: CADUCIDAD: Si se presentare alguno de los hechos constitutivos de incumplimiento de las obligaciones a cargo del CONTRATISTA, que afecte de manera grave y directa la ejecución del contrato y evidencie que puede conducir a su paralización, LA SOCIEDAD podrá declarar la caducidad administrativa de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 de la ley 80 de 1993 y adoptará las medidas de control e intervención necesarias que garanticen la ejecución del objeto contratado. Si se declara la caducidad no habrá lugar a indemnización a favor del CONTRATISTA, quien se hará acreedor a las sanciones e inhabilidades previstas en la Ley. CLAUSULA DÉCIMA OCTAVA. CESIÓN: EL CONTRATISTA no podrá ceder ni subcontratar
los derechos y obligaciones emanadas del presente contrato en persona natural o jurídica, nacional o extranjera, sin el consentimiento previo y expreso de LA SOCIEDAD, pudiendo ésta entidad reservarse las razones que tenga para no autorizar la cesión. De comprobarse la cesión sin autorización previa de LA SOCIEDAD, se declarará el incumplimiento del contrato y se hará efectiva la cláusula penal. CLAUSULA DECIMA NOVENA.- INEXISTENCIA DE RELACIONES LABORALES: El CONTRATISTA declara que se obliga a título de contratista independiente y en consecuencia LA SOCIEDAD, no adquiere con él ni con las personas que ocupe ningún vínculo de carácter laboral. CLAUSULA VIGÉSIMA. TERMINACION DEL CONTRATO. El presente contrato terminará normalmente por cumplimiento del objeto o vencimiento del plazo y terminará anormalmente por cualquiera de las siguientes casuales que se señalan a título enunciativo: por mutuo acuerdo, decisión judicial, terminación unilateral, declaratoria de caducidad, renuncia en caso de inhabilidad sobreviniente o por la permisión establecida en el artículo 16 de la ley 80 de 1993 y por terminación anticipada de conformidad con lo dispuesto en el inciso 2 del artículo 45 de la Ley 80 de 1993. CLAUSULA VIGÉSIMA PRIMERA. LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO: La liquidación del presente contrato se hará dentro de los CUATRO (4) MESES siguientes a la terminación del mismo. CLAUSULA VIGÉSIMA SEGUNDA. DOMICILIO CONTRACTUAL: Las partes convienen en señalar como domicilio contractual para todos los efectos la ciudad de Popayán. CLAUSULA VIGÉSIMA TERCERA. DOCUMENTOS DEL CONTRATO: Para todos los efectos legales, se entienden incorporados al presente contrato: a) El pliego de condiciones definitivo y sus adendas y aclaraciones. b) La propuesta presentada por el CONTRATISTA con sus documentos soportes. c) Los estudios previos y el proyecto viabilizado. d) Todos los documentos que se expidan durante la ejecución del contrato y que emanen de las partes otorgantes del presente documento. CLAUSULA VIGESIMA CUARTA: PERFECCIONAMIENTO Y EJECUCION: El presente contrato se perfecciona con la firma de las partes, para su ejecución se requiere del registro presupuestal y la aprobación de la garantía exigida.
ANEXO No. 5.
ANÁLISIS DE PRECIOS UNITARIOS
OBRA: | |||||
ÍTEM N°: | UNIDAD DE MEDIDA: | FECHA: | |||
ACTIVIDAD: | |||||
1. MATERIALES INCLUYE TRANSPORTE | |||||
DESCRIPCIÓN | CANTIDAD | UNIDAD | VALOR UNITARIO | VALOR TOTAL | |
SUBTOTAL | |||||
2. MANO DE OBRA | |||||
DESCRIPCIÓN | JORNAL | PRESTACIONES | JORNAL TOTAL | RENDIMIENTO | VALOR TOTAL |
SUBTOTAL | |||||
3. OTRA MANO DE OBRA | |||||
DESCRIPCIÓN | JORNAL | PRESTACIONES | JORNAL TOTAL | RENDIMIENTO | VALOR TOTAL |
SUBTOTAL | |||||
TOTAL COSTO |
ANEXO No. 6
PLANO GENERAL DE LOCALIZACIÓN DEL PROYECTO - SE ENTREGARAN EN LA ENTIDAD
ANEXO No.7.
PRESUPUESTO OFICIAL (SE ANEXA EN CUADRO PDF)
ANEXO No. 8 ANALISIS DE RIESGOS
(SE ANEXA EN DOCUEMNTO ADICIONAL)
ANEXO 9 COMPROMISO ANTICORRUPCIÓN
LICITACION PUBLICA No. de 2017
, identificado como aparece al pie de mi firma, en mi calidad de representante legal de [nombre del Proponente], manifiesto en mi nombre y en nombre de [nombre del Proponente] que:
1. Apoyamos la acción del Estado colombiano y de la Entidad Contratante para fortalecer la transparencia y la rendición de cuentas de la administración pública.
2. No estamos en causal de inhabilidad alguna para celebrar el contrato objeto del Proceso de Contratación .
3. Nos comprometemos a no ofrecer y no dar dádivas, sobornos o cualquier forma de halago, retribuciones o prebenda a servidores públicos o asesores de la Entidad Contratante, directamente o a través de sus empleados, contratistas o tercero.
4. Nos comprometemos a no efectuar acuerdos, o realizar actos o conductas que tengan por objeto o efecto la colusión en el Proceso de Contratación .
5. Nos comprometemos a revelar la información que sobre el Proceso de Contratación nos soliciten los organismos de control de la República de Colombia.
6. Nos comprometemos a comunicar a nuestros empleados y asesores el contenido del presente Compromiso Anticorrupción, explicar su importancia y las consecuencias de su incumplimiento por nuestra parte, y la de nuestros empleados o asesores.
7. Conocemos las consecuencias derivadas del incumplimiento del presente compromiso anticorrupción.
En constancia de lo anterior firmo este documento a los días de 2017.
Firma representante legal del Proponente Nombre:
Cargo:
Documento de Identidad:
Los representantes de los integrantes del Proponente plural deben suscribir el presente documento.
ANEXO No. 10
CONTRATO XX XXXXXXX MERCANTIL IRREVOCABLE PARA LA ADMINISTRACIÓN Y PAGO DE LOS RECURSOS RECIBIDOS A TÍTULO DE ANTICIPO
Entre los suscritos, , quien en adelante se denomina Fideicomitente por una parte; y por la otra, la Sociedad Fiduciaria Nit. , debidamente autorizada por la Superintendencia Financiera, que en adelante se denominará la Fiduciaria, hemos convenido en celebrar un CONTRATO XX XXXXXXX MERCANTIL, previas las siguientes consideraciones: A) Que el artículo 91 de la Ley 1474 de 2011 establece la obligación de constituir una fiducia mercantil para crear un Patrimonio Autónomo que permita el manejo y pago de los recursos entregados a título de Anticipo en los contratos de obra, concesión, salud o los que se realicen por licitación pública.
B) Que el artículo 2.2.1.1.2.4.1 del Decreto 1082 de 2015 prevé las condiciones mínimas que las Entidades Estatales deben establecer para la administración y pago del Anticipo por medio de un Contrato xx Xxxxxxx Mercantil. Por lo anterior, las partes celebran el presente Contrato xx Xxxxxxx Mercantil, el cual se rige por las siguientes cláusulas: CLÁUSULA PRIMERA: Objeto. Constituir una Fiducia Mercantil de carácter irrevocable para la administración de los recursos que constituyen el Anticipo. CLÁUSULA SEGUNDA: Finalidad del Contrato. La finalidad del Contrato xx Xxxxxxx Mercantil es: (a) la transferencia por parte del Fideicomitente a la Fiduciaria de los recursos recibidos por concepto de Anticipo, a título xx xxxxxxx mercantil. Estos recursos son girados directamente por parte de la Entidad Estatal a la Fiduciaria; (b) la administración de los recursos recibidos de acuerdo a los términos y condiciones establecidos en los Documentos del Proceso y en este Contrato; (d) la realización de los Pagos ordenados por el Fideicomitente con la aprobación del Interventor y/o Supervisor del Contrato Estatal, siempre y cuando tales pagos correspondan exclusivamente a los rubros previstos en el Plan de Utilización o de Inversión del Anticipo y (d) la transferencia a la Entidad Estatal por parte de la Fiduciaria de los recursos entregados por concepto de Anticipo así como sus remanentes cuando la Entidad Estatal le notifique el acto administrativo en que se declare la terminación unilateral o anticipada del Contrato Estatal, la caducidad administrativa o la nulidad del Contrato Estatal. CLÁUSULA TERCERA: Definiciones. Las expresiones utilizadas en el presente Contrato con mayúscula inicial deben ser entendidas con el significado que establece el Decreto 1082 de 2015 o el que se indica a continuación. Los términos definidos son utilizados en singular y en plural según lo requiera el contexto en el cual son utilizados. Los términos no definidos deben entenderse de acuerdo con su significado natural y obvio. Definiciones: Anticipo: Es la suma de dinero que la Entidad Estatal gira al Patrimonio Autónomo destinada a cubrir los costos determinados en el Plan de Utilización o de Inversión del Anticipo para la ejecución del objeto del Contrato Estatal Beneficiario. Son beneficiarios: (i) El Fideicomitente, en cuyo nombre se realizan pagos a terceros y giros a su favor de los excedentes que resulten a la terminación del presente contrato y, (ii) la Entidad Estatal en el evento en que la Fiduciaria deba transferirle los remanentes de los recursos del Patrimonio Autónomo, cuando la Entidad Estatal comunique a la Fiduciaria la ocurrencia de la declaratoria de terminación anticipada o unilateral, declaratoria de caducidad o nulidad del contrato. Contrato Estatal: Es el acuerdo de voluntades que obliga a la Entidad Estatal y al contratista y que es el resultado del Proceso de Contratación. Contrato xx Xxxxxxx Mercantil Es el presente acuerdo de voluntades entre el Fideicomitente y la Fiduciaria para la administración de los recursos que se reciben a título de Anticipo, por medio del cual se crea un
patrimonio autónomo en los términos previstos en la ley. Desembolsos: Son las sumas del Patrimonio Autónomo que se giran al Fideicomitente como reembolso, en el evento en que este último haya financiado la compra o suministro de bienes y servicios previstos en el Plan de Utilización o de Inversión del Anticipo , para lo cual el fideicomitente se obliga a adjuntar a la orden de Desembolso respectiva, los documentos correspondientes que determine la Fiduciaria para tal efecto, que acrediten el uso y destinación de los recursos y la autorización del Supervisor o Interventor del Contrato Estatal. Patrimonio Autónomo: Es el patrimonio que se crea mediante el presente Contrato xx Xxxxxxx Mercantil, cuyo administrador es la Fiduciaria y en el que se incluyen los recursos del Anticipo. Fideicomitente: Es la persona natural o jurídica, consorcio o unión temporal que suscribe el presente Contrato xx Xxxxxxx Mercantil. Si el Fideicomitente es un consorcio o unión temporal deben firmar como fideicomitentes quienes conforman el mismo. Fiduciaria. Es la sociedad de servicios financieros, constituida como sociedad anónima, sujeta a la inspección y vigilancia de la Superintendencia Financiera, que tiene por objeto realizar las acciones y actos definidos en el Contrato xx Xxxxxxx Mercantil. Interventor y/o Supervisor. Es la persona natural o jurídica a través de la cual la Entidad Estatal vigila la correcta ejecución del Contrato Estatal. Pagos: Es el cumplimiento de una obligación del Fideicomitente con sus proveedores por la compra o suministro de bienes y/o servicios previstos en el Plan de Utilización o de Inversión del Anticipo. Plan de Utilización o de Inversión del Anticipo. Es el documento que presenta el Fideicomitente como contratista, a consideración de la Entidad Estatal que discrimina: (a) los ítems en los cuales va a utilizar el Anticipo tales como la mano de obra, maquinaria, equipos, materiales e insumos, servicios financieros, entre otros y; (b) el valor que representa cada ítem. Este plan debe ser aprobado por el Interventor o Supervisor del Contrato Estatal. CLÁUSULA CUARTA: Partes del Contrato. Para este contrato son las Partes los siguientes: 1. El Fideicomitente:
2. La Fiduciaria: . CLÁUSULA QUINTA: Conformación del Patrimonio Autónomo. Conforman el patrimonio autónomo: A) La totalidad de los recursos presentes o futuros provenientes del Anticipo del Contrato Estatal que la Entidad Estatal gira por cuenta del Fideicomitente al Patrimonio Autónomo. B) Los recursos adicionales que el Fideicomitente reciba como Anticipo, cuando se modifique el Contrato Estatal o se firme un contrato adicional. C) Los demás recursos que aporte el Fideicomitente para atender el pago de la comisión fiduciaria y los gastos del Contrato xx Xxxxxxx. D) Los rendimientos que generen los recursos que constituyen el Anticipo. CLÁUSULA SEXTA: Excedentes: Se consideran recursos excedentes los recursos disponibles en el Patrimonio Autónomo cuando se haya cumplido la finalidad de su constitución y cuando la Fiduciaria verifique que todos los Pagos y Desembolsos previstos en el Plan de Utilización o de Inversión del Anticipo, se hayan realizado. Estos excedentes deben ser entregados al Fideicomitente cuando se liquide el Patrimonio Autónomo, evento en el cual, se considera dicha entrega como un abono que realiza la Entidad Estatal de los pagos pendientes al Fideicomitente con cargo al Contrato Estatal. Por lo anterior, el valor que corresponda a los excedentes debe ser informado por la Fiduciaria a la Entidad Estatal para que ésta registre el abono en la proporción correspondiente. CLÁUSULA SEPTIMA: Duración del Contrato. El presente Contrato xx Xxxxxxx Mercantil tiene la duración necesaria para el cumplimiento de su Finalidad, es decir, mientras existan recursos en el Patrimonio Autónomo correspondientes al Anticipo. CLÁUSULA OCTAVA: Obligaciones del Fideicomitente. Son obligaciones del Fideicomitente las siguientes: 1. Notificar a la Entidad Estatal la celebración del presente Contrato xx Xxxxxxx Mercantil y solicitar que los recursos sean consignados directamente en la cuenta que determine la Fiduciaria. El Fideicomitente no puede recibir suma alguna de dinero por concepto de Anticipo de la Entidad Estatal. 2. Entregar a la Fiduciaria el Plan de Utilización o de Inversión del Anticipo aprobado por el Supervisor y/o Interventor designado por la Entidad Estatal, así como copia del Contrato Estatal, los pliegos de
condiciones y cualquier otra documentación requerida por la Fiduciaria, e informar sobre cualquier modificación a los mismos. 3. Solicitar a la Fiduciaria los Pagos o Desembolsos de acuerdo lo establecido en el Plan de Utilización o de Inversión del Anticipo, para lo cual debe adjuntar la orden de Pagos o Desembolsos y los documentos que establezca la Fiduciaria. 4. Informar a la Fiduciaria quién es la persona que debe actuar como Interventor y/o Supervisor del Contrato Estatal y entregar los documentos que soporten dicha calidad. 5. Informar a la Fiduciaria cada vez que se dé el cambio del Interventor y/o Supervisor del Contrato Estatal y entregar los documentos que acrediten el cambio. 6. Informar a la Fiduciaria que se ha tramitado el desembolso del Anticipo por parte de la Entidad Estatal. 7. Enviar a la Fiduciaria las órdenes de Pagos o Desembolsos con la aprobación y certificación del Interventor y/o Supervisor del Contrato Estatal, de acuerdo a lo establecido en el Plan de Utilización o de Inversión del Anticipo. 8. Adjuntar un certificado con cada orden de Pago o Desembolso, en el que conste que está cumpliendo con las obligaciones de efectuar la liquidación, retención, presentación y pago de los impuestos, tasas y retenciones, cuando corresponda. 9. Informar por escrito a la Fiduciaria dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes, las modificaciones de los datos como su dirección, domicilio, teléfonos, fax, razón social, representación legal, y cualquier circunstancia que modifique la información reportada en el presente Contrato xx Xxxxxxx Mercantil, de acuerdo a lo dispuesto en la Circular Externa 007 de 1996 expedida por la Superintendencia Financiera y todas aquellas que la aclaren, modifiquen o adicionen. 10. Informar a la Fiduciaria las suspensiones y reinicios del Contrato Estatal. En tal evento, el Fideicomitente se abstendrá de solicitar Pagos o Desembolsos. 11. Entregar a la Fiduciaria el acta de inicio del Contrato Estatal cuando proceda, copia de la garantía de buen manejo y correcta inversión del Anticipo aprobada e informar de las prórrogas, modificaciones y terminación del Contrato Estatal. 12. Aportar los recursos adicionales al valor del Anticipo para el pago de la comisión fiduciaria, conforme al inciso segundo del artículo 91 de la Ley 1474 de 2011. CLÁUSULA NOVENA: Derechos del Fideicomitente. Son derechos del Fideicomitente los siguientes: 1. Solicitar la remoción de la Fiduciaria cuando haya causa justificada y nombrar a otra que la sustituya previa autorización de la Entidad Estatal. 2. Solicitar la rendición de cuentas de la gestión a la Fiduciaria en los términos previstos en este Contrato xx Xxxxxxx Mercantil, así como los informes requeridos por la Entidad Estatal en los términos establecidos en este Contrato. CLÁUSULA DECIMA: Obligaciones de la Fiduciaria. Las siguientes son las obligaciones de la Fiduciaria derivadas del presente Contrato xx Xxxxxxx Mercantil: 1. Invertir las sumas de dinero del Fideicomiso en los fondos de inversión colectivos administrados por la Fiduciaria que cumplan con las condiciones del artículo 49 del Decreto 1525 de 2008 o en cuentas de ahorro y/o corrientes, mientras se destinan al cumplimiento del objeto del presente Contrato xx Xxxxxxx. Los reglamentos de los respectivos fondos de inversión colectivos deben ser entregados por la Fiduciaria y puestos a disposición del Fideicomitente en la página
, razón por la cual el Fideicomitente declara conocerlos y aceptarlos. (Incluir calificación del administrador fiduciario). 2. Efectuar los Pagos o Desembolsos ordenados por el Fideicomitente aprobados por el Interventor y/o Supervisor del Contrato Estatal, exclusivamente con base en lo establecido en el Plan de Utilización o de Inversión del Anticipo. 3. Entregar a la Entidad Estatal los recursos entregados por concepto de Anticipo así como sus remanentes, cuando esta notifique a la Fiduciaria el acto administrativo debidamente ejecutoriado donde se declare la terminación unilateral o anticipada del Contrato Estatal, la caducidad administrativa, o la nulidad del Contrato Estatal. En este caso, el Fideicomitente Autoriza irrevocablemente a la Fiduciaria mediante la firma del presente Contrato xx Xxxxxxx Mercantil a entregar los recursos del Anticipo así como los remanentes que conforman el Patrimonio Autónomo a la Entidad Estatal. 4. No delegar en ninguna persona, ni en otra sociedad fiduciaria sus deberes y obligaciones. 5. Proteger y defender los bienes que le hayan sido entregados por concepto de
Anticipo contra cualquier acto de terceros o del Fideicomitente, así como las obligaciones previstas en el artículo 1234 del Código de Comercio Colombiano. 6. Pedir instrucciones al Superintendente Financiero cuando tenga fundadas dudas acerca de la naturaleza y alcance de sus obligaciones o deba apartarse de las autorizaciones contenidas en el acto constitutivo, cuando así lo exijan las circunstancias. En estos casos el Superintendente citará previamente a la Fiduciaria y al Fideicomitente. 7. Llevar la contabilidad separada de este negocio, de conformidad con las disposiciones legales que regulan la materia. 8. Rendir informes de su gestión al Fideicomitente y a la Entidad Estatal cada mes, el cual debe ser entregado al Fideicomitente y al Beneficiario dentro de los quince (15) días siguientes a la fecha del respectivo corte. 9. Informar mensualmente al Fideicomitente y a la Entidad Estatal sobre la situación financiera o estado de cuenta de los recursos del Patrimonio Autónomo, para lo cual dentro de los quince (15 ) primeros días de cada mes , debe presentar una relación detallada de los recursos del Patrimonio Autónomo que son administrados de acuerdo a la finalidad de este contrato, las inversiones realizadas, el saldo por capital y los rendimientos con corte al último día del ejercicio anterior, los giros, y/o traslados realizados. 10. Registrar contablemente los rendimientos financieros como parte del Patrimonio Autónomo. 11. Cumplir con las obligaciones derivadas del presente Contrato xx Xxxxxxx Mercantil. CLÁUSULA UNDECIMA: Responsabilidad de la Fiduciaria. La Fiduciaria es responsable por el cumplimiento de la finalidad establecida en la Cláusula segunda del presente Contrato xx Xxxxxxx Mercantil, además de efectuar los Pagos y/o Desembolsos con los recursos del Patrimonio Autónomo y no está obligada a responder por las obligaciones del Fideicomitente derivadas del Contrato Estatal, ni por el incumplimiento de los pagos que tenga como causa la xxxx en la entrega del Anticipo. En todo caso, la Fiduciaria es responsable frente a la Entidad Estatal por el cumplimiento de las obligaciones previstas a favor de la Entidad Estatal en su condición de Beneficiario del presente Contrato xx Xxxxxxx Mercantil, incluyendo las de administración y Pagos o Desembolsos de los recursos. CLÁUSULA DUODECIMA: Insuficiencia de recursos en el Patrimonio Autónomo. La Fiduciaria no responde por la insuficiencia de recursos en el Patrimonio Autónomo que no sean atribuibles a su conducta, ni por los perjuicios que por esta razón se puedan causar al Fideicomitente o terceras personas. CLÁUSULA DECIMA TERCERA: Obligación de constituir garantía de buen manejo y correcta inversión del anticipo. La suscripción del presente Contrato xx Xxxxxxx Mercantil no remplaza, suspende, modifica o deja sin efecto la obligación del Fideicomitente de constituir garantía que incluya el amparo de buen manejo y correcta inversión del Anticipo frente a la Entidad Estatal, conforme al Contrato Estatal y el artículo 2.2.1.2.3.1.10 del Decreto 1082 de 2015. Para constancia se firma a los
.
FIDUCIANTE FIDUCIARIO
ANEXO 11 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS APLICABLES
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS GENERALES
Las especificaciones técnicas aplicables, son las determinadas por la Empresa y se pueden consultar en la Subgerencia Técnica de la Empresa.
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE CONSTRUCCION
Las especificaciones técnicas de construcción aplicables, son las determinadas por la Empresa y pueden ser consultadas en la Subgerencia Técnica de la Empresa.
ANEXO 12
MODELO DE CERTIFICACION
CERTIFICADO DE PAGO APORTES SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL Y PARAFISCALES.
FECHA EN LA QUE SE PRESENTA LA PROPUESTA
Señores
EMPRESA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE POPAYAN S.A .E.S.P.
Popayán
Referencia: Licitación No
Respetados señores:
El suscrito Revisor Fiscal (cuando este exista de acuerdo con los requerimientos xx xxx) o el representante legal, hace saber que la (NOMBRE COMPLETO DEL PROPONENTE), ha cumplido y se encuentra al día con sus obligaciones provenientes del sistema de seguridad social integral y aportes parafiscales.
La anterior certificación se expide para efectos de dar cumplimiento a la normatividad vigente que regula la materia.
Atentamente,
Cédula
Matricula Profesional
ANEXO 13
MODELO DE CERTIFICACION PERSONAL DEL EQUIPO DE TRABAJO
FECHA EN LA QUE SE PRESENTA LA PROPUESTA
Señores
EMPRESA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE POPAYAN S.A .E.S.P.
Popayán
Referencia: Licitación Pública No.
Respetados señores:
El suscrito o el representante legal, me permito certificar que cuento con el personal exigido dentro de los pliegos de condiciones de la Invitación Publica No. 01 de 2016 y que cada uno de ellos cuenta con la experiencia mínima requerida e igualmente certifico que durante la ejecución de la obra se contará con el siguiente equipo de trabajo así: Un Director de Obra, Un Residente de Obra; Un Coordinador Ambiental, Un antropólogo y Un Coordinador Xxxx.
Nombre del profesional. O técnico | No. de identificación | Profesión o cargo. | Dedicación a la Obra | Dirección de residencia. | Número de teléfono celular. |
Atentamente,
FORMULARIOS FORMULARIO 1
CERTIFICACION DE LA CAPACIDAD TECNICA
Nombre del profesional | Profesión | N° de matrícula profesional | Número y año del Contrato laboral o de prestación de servicios profesionales | Vigencia del Contrato |
En constancia de lo anterior se firma a los .
El representante legal del proponente
Firma representante del auditor o revisor fiscal
FORMULARIO 2.
EXPERIENCIA ESPECÍFICA DEL PROPONENTE
Contratos relacionados con la actividad de | Participación del proponente en el contratista plural | Valor total de los contratos en ejecución (valor del contrato ponderado por la participación) |
En constancia de lo anterior firmo este documento a los
representante legal del Oferente |
Nombre: |
Cargo: |
Documento de Identidad: |
FORMULARIO 3.
PROPUESTA ECONÓMICA
CANT | V/UNITARIO | V/TOTAL | ||||
VALOR SUBTOTAL COSTO DIRECTO | ||||||
ADMINISTRACION (25%) | ||||||
UTILIDAD (5%) | ||||||
IMPREVISTOS (2%) | ||||||
VALOR TOTAL OBRA |
VALOR TOTAL
Atentamente,
Nombre del proponente Nombre del Representante Legal
(Firma del proponente o de su Representante Legal)
EXPERIENCIA DEL PROPONENTE
Licitación Publica No Proponente:
Integrante del consorcio o unión temporal:
No. | Entidad contratante | Objeto | PROPONENTE | % Partic. | Fecha inicio | Fecha terminación | VALOR | ||
I | C | UT | |||||||
Firma Proponente:
Notas:
1. I = Contratista individual, C = Consorcio, UT = Unión Temporal
2. Si el contrato se realizó de manera individual, el % de participación es del 100%
3. El valor deben ser el que figura en el acta de liquidación.
NOMBRE | DESCRIPCION |
CONTRATO No. OBJETO VALOR ( CON ADICIONES) FECHA DE INCIO FECHA DE TERMINACION (DESCRIBIR SUSPENSIONES, REINICIOS) ESTADO ACTUAL (LIQUIDADO EN EJECUCION, ETC) ENTIDAD CONTRATANTE NIT. CONTRATISTA CC. / NIT |
FIRMA DEL PROPONENTE
Nombre: (Persona natural, representante legal autorizado persona jurídica, todos los integrantes del Consorcio, unión temporal, apoderado legalmente constituido).
C.C. Nro. o Nit. Nro.
Dirección:
Teléfono: