CONTRATO DE GARANTÍA
ANEXO I
Préstamo No. 5430/OC-AR Resolución DE-123/21
CONTRATO DE GARANTÍA
entre la REPÚBLICA ARGENTINA
y el
BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO
Préstamo a la Provincia de Buenos Aires Programa de Fortalecimiento e Integración
de Redes de Salud en la Provincia de Buenos Aires - PROFIR II
Segunda Operación Individual bajo la Línea de Crédito Condicional para Proyectos de Inversión (CCLIP) para el Programa de Fortalecimiento e Integración de Redes de Salud en la Provincia de Buenos Aires
de de 20
LEG/SGOCSC/EZSHARE-1044359933-19210
IF-2022-52507605-APN-SSRFID#SAE
CONTRATO DE GARANTIA
CONTRATO celebrado el día
de
de 20
entre la REPÚBLICA
ARGENTINA, en adelante denominada el “Garante”, y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO, en adelante denominado el “Banco”.
ANTECEDENTE
De conformidad con el Contrato xx Xxxxxxxx No. 5430/OC-AR, en adelante denominado el "Contrato xx Xxxxxxxx", celebrado en esta misma fecha y lugar, entre el Banco y la Provincia de Buenos Aires de la República Argentina, en adelante denominado el "Prestatario", el Banco convino en otorgar un financiamiento al Prestatario hasta por una suma de trescientos millones de dólares de los Estados Unidos de América (US$300.000.000), con cargo a los recursos del capital ordinario del Banco, siempre que el Garante afiance solidariamente las obligaciones financieras del Prestatario estipuladas en dicho Contrato.
EN VIRTUD DEL ANTECEDENTE EXPUESTO, las partes contratantes acuerdan lo siguiente:
1. El Garante se constituye en fiador solidario de todas las obligaciones financieras, tales como pago del principal, intereses, comisión de inspección y vigilancia, comisión de crédito y cualquier otra carga financiera, contraídas por el Prestatario en el referido Contrato xx Xxxxxxxx, que el Garante declara conocer en todas sus partes. Dichas obligaciones financieras no incluyen compromiso del Garante de contribuir con recursos adicionales para la ejecución del Programa.
2. El Garante se compromete, en el ámbito de su competencia, a no tomar ninguna medida y a no permitir que se tomen providencias que dificulten o impidan la ejecución del Programa u obstaculice el cumplimiento de cualquier obligación del Prestatario establecida en el Contrato xx Xxxxxxxx.
3. El Garante se compromete, en caso de que otorgare algún gravamen sobre sus bienes x xxxxxx fiscales como garantía de una deuda externa, a constituir al mismo tiempo un gravamen que garantice al Banco en un pie de igualdad y proporcionalmente, el cumplimiento de las obligaciones contraídas en este Contrato. La anterior disposición no se aplicará, sin embargo: (i) a los gravámenes sobre bienes comprados para asegurar el pago del saldo insoluto del precio; y (ii) a los gravámenes pactados en operaciones bancarias para garantizar el pago de obligaciones cuyos vencimientos no excedan de un (1) año.
Para los efectos de este contrato, la expresión "bienes x xxxxxx fiscales" significa toda clase de bienes x xxxxxx que pertenezcan al Garante o a cualesquiera de sus dependencias que no sean entidades autónomas con patrimonio propio.
4. El Garante se compromete a:
(a) Cooperar, en el ámbito de su competencia, en el cumplimiento de los objetivos xxx Xxxxxxxx.
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(b) Informar, a la mayor brevedad posible, al Banco sobre cualquier hecho que dificulte o pudiere dificultar el logro de los fines xxx Xxxxxxxx o el cumplimiento de las obligaciones del Prestatario.
(c) Proporcionar al Banco las informaciones que éste razonablemente le solicite respecto de la situación del Prestatario.
(d) Facilitar a los representantes del Banco el ejercicio de sus funciones relacionadas con el Contrato xx Xxxxxxxx y la ejecución del Programa.
(e) Informar, a la mayor brevedad posible, al Banco en caso de que en cumplimiento de sus obligaciones de fiador solidario estuviere realizando los pagos correspondientes al servicio xxx Xxxxxxxx.
5. El Garante se compromete a que tanto el capital como los intereses y demás cargos xxx Xxxxxxxx se pagarán sin deducción ni restricción alguna, libres de todo impuesto, tasa, derecho o recargo que resulten o pudieren resultar de las leyes de la República Argentina y que tanto este Contrato como el Contrato xx Xxxxxxxx estarán exentos de todo impuesto, tasa o derecho aplicable a la celebración, inscripción y ejecución de los contratos.
6. La responsabilidad del Garante sólo se extinguirá cuando el Prestatario cumpla íntegramente con todas las obligaciones de pago asumidas en el Contrato xx Xxxxxxxx. Por ello en caso de que el Prestatario incumpla dichas obligaciones, las obligaciones del Garante no estarán sujetas a ninguna notificación o interpelación, formalidad procesal, demanda o acción previa contra el Prestatario o contra el propio Xxxxxxx, por parte del Banco. Asimismo, el Garante renuncia expresamente a cualesquiera derechos, beneficios de orden o de excusión, facultades, favores o recursos que le asistan o le puedan asistir, y seguirá estando obligado incluso en el supuesto en que el Banco: (a) no ejercite los derechos, facultades o recursos que le asistan contra el Prestatario; (b) tolere o acuerde con el Prestatario un incumplimiento o retraso en el cumplimiento de sus obligaciones; (c) otorgue prórrogas de plazos o realice cualesquiera otras concesiones al Prestatario incluso con anuencia del Garante; o (d) altere, suplemente, o revoque, total o parcialmente, cualesquiera disposiciones del Contrato xx Xxxxxxxx, incluso mediando conformidad por parte del Garante. No obstante, sin perjuicio de lo establecido en esta Cláusula, el Banco comunicará al Garante cualquier incumplimiento de las obligaciones del Prestatario.
7. El retardo en el ejercicio de los derechos del Banco acordados en este Contrato, o su omisión, no podrán ser interpretados como una renuncia a tales derechos, ni como una aceptación de las circunstancias que lo habrían facultado para ejercitarlos.
8. Toda controversia que surja entre las partes con motivo de la interpretación o aplicación de este Contrato y que no se solucione por acuerdo entre ellas deberá someterse al fallo del Tribunal de Arbitraje en la forma que se establece en el Capítulo XII de las Normas Generales del Contrato xx Xxxxxxxx. Para los efectos del arbitraje, toda referencia al Prestatario en dicho Capítulo se entenderá aplicable al Garante. Si la controversia afectare tanto al Prestatario como al Garante, ambos deberán actuar conjuntamente designando un mismo árbitro.
- 3 -
9. Todo aviso, solicitud o comunicación entre las partes de conformidad con el presente Contrato, deberá efectuarse sin excepción alguna por escrito y se considerará como dado, hecho o enviado por una de las partes a la otra cuando se entregue por cualquier medio usual de comunicación a las siguientes direcciones:
Al Garante:
Dirección postal:
Secretaría de Asuntos Estratégicos de Presidencia de la Nación Subsecretaría de Relaciones Financieras Internacionales para el Desarrollo Balcarce 50
Ciudad Autónoma de Buenos Aires C1064AAB
Argentina
Correo electrónico: xxx@xxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxx@xxxxxxxxxxx.xxx.xx Teléfono: (00-00) 0000-0000
Al Banco:
Dirección postal:
Banco Interamericano de Desarrollo 0000 Xxx Xxxx Xxxxxx X.X. Washington, D.C. 20577
EE.UU.
Facsímil: + 0 (000) 000-0000
EN FE DE LO CUAL, el Garante y el Banco, actuando cada uno por medio de su representante debidamente autorizado, firman este Contrato en tres (3) ejemplares de igual tenor, en , el día mencionado en la frase inicial de este Contrato.
REPÚBLICA ARGENTINA
BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO
[Nombre y título del Representante] [Nombre y título del Representante]
República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional Las Malvinas son argentinas
Hoja Adicional de Firmas Anexo
Número: IF-2022-52507605-APN-SSRFID#SAE
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Jueves 26 xx Xxxx de 2022
Referencia: ANEXO I - Modelo de Contrato de Garantía - Contrato xx Xxxxxxxx BID 5430/OC-AR Programa de Fortalecimiento e Integración de Redes de Salud en la Provincia de Buenos Aires - PROFIR II
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Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx Subsecretario
Subsecretaría de Relaciones Financieras Internacionales para el Desarrollo Secretaría de Asuntos Estratégicos
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Date: 2022.05.26 12:43:03 -03:00