CONTRATO DE SERVICIOS OCASIONALES
Contratos de Personal “SGDP” GADPRGDP-2016 Nro. 001
GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO PARROQUIAL RURAL XXXXXXX XXXX XX XXXXXX
CONTRATO DE SERVICIOS OCASIONALES
COMPARECIENTES:
Comparecen a la celebración del presente Contrato de Servicios Ocasionales, el Gobierno Autónomo Descentralizado Parroquial Rural Xxxxxxx Xxxx xx Xxxxxx legalmente represen- tado por el Xx. XXXXX XXXXXXXX XXXXXXXXX, en su calidad de PRESIDENTE DEL GO- BIERNO PARROQUIAL en ejercicio de la Delegación conferida mediante Certificación del CNE el 15 xx Xxxx del 2014 y para efectos de este contrato se le denominará GAD PR XXXXXXX XXXX XX XXXXXX, y por otra parte, la señorita XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXX XXXXXXX, con cédula de ciudadanía No.000000000-5 a quien se le denominará en ade- lante y para los efectos derivados de este contrato como la “CONTRATADA”.
Las partes acuerdan libre y voluntariamente en celebrar el Contrato de Servicios Ocasiona- les, al tenor de las siguientes cláusulas:
PRIMERA.- ANTECEDENTES:
1. El Art. 58 de la Ley Orgánica del Servicio Público, publicada en el Segundo Suplemento del Registro Oficial No. 294, de 06 de octubre de 2010; contempla la contratación de personal bajo la modalidad de servicios ocasionales.
2. Con fecha 28 de Diciembre del 2015, el Xx. Xxxxx Xxxxxxxxx Presidente del GAD PARROQUIAL valida la hoja de vida de la postulante para que ocupe el cargo de Asistente de Administración.
3. Con memorando, de fecha 04 de Enero del 2016, el Xx. Xxxxx Xxxxxxxxx AUTORIZA a la Srta. Xxxxx Xxxxxx Secretaria/Tesorera del Gobierno Parroquial proceda con el inicio del proceso de contratación de la ASISTENTE ADMINISTRATIVA.
4. La señorita Secretaria/Tesorera, en cumplimiento de lo establecido en el Artículo 58 de la Ley Orgánica del Servicio Público, en concordancia con los Artículos 143 al
145 y 51 del Reglamento General a la citada Ley; Mediante disposición del Señor Presidente del Gobierno Parroquial emite dictamen favorable para la elaboración del contrato bajo la modalidad de servicios ocasionales a favor de la señorita XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXX XXXXXXX, con el cargo de ASISTENTE DE ADMINISTRACION, con una remuneración de USD. 366,00 a partir del 04 de Enero de 2016.
5. Mediante Memorando de fecha 04 de Enero del 2016, El Xx. Xxxxx Xxxxxxxxx solicita a la Srta. Xxxxx Xxxxxx certifique la disponibilidad de fondos para la contratcion de una ASISTENTE DE ADMINISTRACION.
6. Mediante Certificación Presupuestaria N°1 Resolución N°1 certifico que SI existe se cargara a la partida presupuestaria N° 7101050. para contratar los servicios de una Asistente de Administración para el Gobierno Parroquial de Xxxxxxx Xxxx xx Xxxxxx.
SEGUNDA.- OBJETO:
Sobre la base de los antecedentes expuestos, el Gobierno Autónomo Descentralizado Pa- rroquial Rural Xxxxxxx Xxxx xx Xxxxxx requiere realizar el contrato bajo la modalidad de servicios ocasionales de la señorita XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXX XXXXXXX para que preste sus servicios en el GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO PARROQUIAL RU- RAL XXXXXXX XXXX XX XXXXXX, en calidad de ASISTENTE DE ADMINISTRACION, quien
cumplirá las actividades correspondientes asignadas al puesto, debiendo sujetarse ade- más, a los horarios que establezca la Institución.
TERCERA.- RESPONSABILIDADES, OBLIGACIONES Y DERECHOS
El Contratado/a se compromete a prestar sus servicios con eficiencia y responsabilidad, y a entregar los productos de acuerdo a sus funciones establecidas contractualmente, con sujeción estricta a las disposiciones legales reglamentarias, administrativas y órdenes impartidas por su jefe inmediato que rigen y están vigentes en el Gobierno Parroquial de Xxxxxxx Xxxx xx Xxxxxx.
Fundamentalmente se compromete a desempeñar las siguientes funciones:
Xxxxxxx y enviar documentación solicitada por su jefe inmediato.
Actualizar permanente la Pagina Web información de la institución de acuerdo a las normas establecidas por la ley de transparencia y Acceso a la información Pública.
Cumplir con las disposiciones de la LOTAIP.
Realizar las publicaciones de Infimas cuantias y reportar de manera Trimestral al SERCOP.
Brindar apoyo a cada una de las comisiones de la Junta Parroquial.
Informar oportunamente al señor Presidente y Jefe inmediato sobre cualquier novedad presentada diariamente.
Contribuir al manejo administrativo del Gobierno parroquial.
Cumplir las disposiciones de la Srta. Secretaria Tesorera, como Jefe inmediato en todas las actividades correspondientes a su desempeño.
Atender al Xxxxxx con calidad y calidez.
Llevar la agenda del señor Presidente.
Receptar y dar trámite correspondiente a los oficios recibidos y disposiciones emitidas por el Gobierno Parroquial.
El contratado podrá subrogar o encargarse de un puesto de aquellos comprendidos den- tro de la escala del nivel jerárquico superior o de la escala nacional de remuneraciones mensuales unificadas de los servidores públicos, para lo cual deberá cumplir con los re- quisitos y perfiles para el puesto a subrogar o encargarse.
CUARTA.- REMUNERACIÓN Y FORMA DE PAGO:
El Gobierno Autónomo Descentralizado Parroquial Rural Xxxxxxx Xxxx xx Xxxxxx pagará a la señorita XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXX XXXXXXX, de acuerdo con las disposiciones le- gales vigentes, la cantidad de USD 366,00 (TRECIENTOS SESENTA Y SEIS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA), que corresponden a la remuneración mensual unificada del grupo ocupacional de SPA 1; la misma que será fijada conforme a los valores y requisi- tos determinados para los puestos en los grados establecidos en la Escala de Remunera- ciones Mensuales Unificadas emitida por el Ministerio del Trabajo. Tendrá relación de dependencia y derecho a todos los beneficios económicos contemplados para el personal.
Los egresos se realizarán con cargo a las partidas presupuestarias N° 7101050 Remuneraciones Unificadas Personal a Contrato; Décimo Tercer Sueldo, N° 7102030; Décimo Cuarto Sueldo N° 7102040; Aportes Patronales N° 7106010.
QUINTA.- INGRESOS COMPLEMENTARIOS:
Si por necesidad de servicios institucionales debidamente justificada se requiera que el CONTRATADO labore en horas posteriores a la jornada de trabajo o en días de descanso obligatorio, el Gobierno Autónomo Descentralizado Parroquial Rural Xxxxxxx Xxxx xx Xx- neda No reconocerá horas suplementarias o extraordinarias, se compensara con días de descanso, debido a que no existe partida presupuestaria para ese egreso.
SEXTA.- DE LOS INCREMENTOS A LA REMUNERACIÓN MENSUAL UNIFICADA:
En cuanto a los incrementos a la Remuneración Mensual Unificada se estará a las modifi- caciones a los grados que integran la Escala de Remuneraciones Mensuales Unificadas y los niveles estructurales de puestos que serán emitidos mediante Resolución xxx Xxxxxxx- rio del Trabajo o por disposición de su jefe inmediato o disposición de la máxima autori- dad.
SEPTIMA.- SUJECIÓN:
La contratación de servicios ocasionales se sujeta a lo dispuesto en el artículo 58 de la Ley Orgánica del Servicio Público y su Reglamento General.
OCTAVA.- EXCEPCIONES:
El/la SERVIDOR(A) no ingresará a la carrera del servicio público mientras dure su contrato de servicios ocasionales, modalidad de contratación que no le otorga estabilidad ni per- manencia en el Gobierno Autónomo Descentralizado Parroquial Rural Xxxxxxx Xxxx xx Xxxxxx. No se le concederá licencia sin remuneración y comisión de servicios con remune- ración para efectuar estudios regulares de postgrado determinadas en los artículos 28 letra b); y 30 inciso final de la Ley Orgánica del Servicio Público. Tampoco podrá prestar sus servicios en otra institución del sector público mediante comisiones de servicio con o sin remuneración conforme lo establecen los artículos 30 y 31 de la mencionada Ley.
NOVENA.- VIGENCIA Y DURACIÓN:
El presente contrato rige a partir del 04 de Enero del 2016 hasta el 04 de Enero del 2018, y terminará al vencimiento del plazo convenido, sin necesidad de notificación; y por lo tanto, sin que medie aviso previo.
DÉCIMA.- TERMINACIÓN DEL CONTRATO:
Este contrato terminará por las causales previstas en la LOSEP, su Reglamento General, y demás normas aplicables al Servicio Público.
El contrato podrá concluir por las siguientes causas:
a).- Por cumplimiento del plazo, terminará automáticamente en la fecha de vencimiento, sin que sea necesario ninguna notificación o solemnidad previa;
b).- Por mutuo acuerdo entre las partes;
c).- Por renuncia voluntaria legalmente presentada;
d).- Por incapacidad absoluta y permanente de la o el contratado para prestar servicios; e).- Por pérdida de los derechos de ciudadanía declarada judicialmente en providencia ejecutoriada;
f).- Por terminación unilateral del contrato por parte de la autoridad nominadora, sin que fuere necesario otro requisito previo;
g).- Por obtener una calificación regular o insuficiente establecida mediante el proceso de la evaluación del desempeño;
h).- Por destitución; y, i).- Por muerte.
En el caso de que se dé por terminado este contrato de servicios ocasionales, en cualquier día de un mes, se cancelará la remuneración hasta el día efectivamente trabajado.
DECIMOPRIMERO.- TERMINACIÓN ANTICIPADA Y UNILATERAL DEL CONTRATO.-
De conformidad con el Art. 58 de la Ley Orgánica de Servicio Público y dado la naturaleza del presente contrato el cual no genera ni representa estabilidad laboral, como tampoco vinculación a la carrera de servicio público mientras dure, podrá darse por terminado en cualquier momento de forma anticipada y unilateral por parte de la autoridad nominadora sin que fuere necesario ningún requisito previo para el efecto.
DECIMA SEGUNDA.- SEGURO SOCIAL:
Conforme con lo que dispone la Ley de Seguro Social Obligatorio, el Gobierno Autónomo Descentralizado Parroquial Rural Xxxxxxx Xxxx xx Xxxxxx afiliará a el/la CONTRATADO(A) a la sección correspondiente.
DECIMA TERCERA.- DECLARACIÓN:
El/la CONTRATADO (A), declara que no se encuentra incurso/a en inhabilidad ni prohibi- ción establecida por la Ley para suscribir este contrato, declara expresamente que no presta servicios en ninguna otra Institución del Estado, a ningún título y que no ha sido compensado/a, ni indemnizado/a por renuncia voluntaria o supresión de puestos en el Sector Público, declara además que no tiene ningún parentesco con la Máxima Autoridad o su Delegado.
DÉCIMA CUARTA.- CONFIDENCIALIDAD:
El/la CONTRATADO (A) se obliga a mantener la más estricta confidencialidad relacionada a las actividades y funciones que desempeña en la prestación de sus servicios para esta INSTITUCIÓN, así mismo, se obliga a no utilizar directa o indirectamente, difundir o revelar información que perjudique a la INSTITUCIÓN. El contravenir esta disposición dará lugar a la terminación de la relación laboral, previo al derecho a la defensa conforme a la ley, sin perjuicio de las acciones civiles o penales que le asiste a la INSTITUCIÓN, por lo que deberá mantener la confidencialidad aún después de terminada la relación laboral.
DÉCIMA QUINTA.- JURISDICCION Y COMPETENCIA:
En caso de controversias con motivo de la interpretación, validez o ejecución del presente contrato, las partes se someten a los jueces competentes de la ciudad en donde el Contratado presta sus servicios de conformidad a las disposiciones del contrato.