ESCRITURA PÚBLICA NÚMERO --- (---). ADENDUM A ESCRITURA PÚBLICA NÚMERO
ESCRITURA PÚBLICA NÚMERO --- (---). ADENDUM A ESCRITURA PÚBLICA NÚMERO
(XX). CONTRATO DE ARRENDAMIENTO FINANCIERO
(LEASING).-En la ciudad de Managua, a las de la del de
del dos mil . Ante mí, , Abogada y Notaria Pública de la República de Nicaragua, , mayor de edad, con domicilio y residencia en la ciudad de Managua, portadora de cédula de identidad ciudadana número: , guión, , guión, (xxx-xxxxxx-xxxxx), debidamente autorizada para cartular por la Excelentísima Corte Suprema de Justicia durante un quinquenio que vence el de del año dos mil .- Comparecen los Señores: , mayor de edad, soltera, Contadora, del domicilio de San Xxxxxx, Carazo y de tránsito por esta ciudad, identificada con cédula nicaragüense número: --------
--guión, -------- guión, ------------“-------” (XXX-XXX-XXX), quien actúa en representación de la sociedad ACCIONA FINANCE SOCIEDAD ANONIMA. Acredita la existencia legal de su representada y su representación con los documentos siguientes: a) Testimonio de Escritura Publica número treinta y siete (37) Constitución de Sociedad Anónima, Aprobación de sus Estatutos y Elección de Junta Directiva de las tres de la tarde del xxxxx xx xxxxx del año dos mil quince, autorizada por la Notario Xxxx Xxxxxxx Xxxx Xxxxxxx inscrita debidamente bajo número de registro único: M, G, cero, cero, guión, dos, dos, guión, cero, cero, uno, cinco, seis, seis (MG00- 22-001566). b) Resolución del Consejo Directivo de la Comisión Nacional de Microfinanzas “CONAMI”, Resolución Número CD guión, CONAMI, guión, cero, cero, siete, guión, cero, dos, ABR, veinticinco, guión, dos, cero, uno, siete (No. CD-CONAMI-007-02ABR25-2017), publicada el veintinueve xx xxxx de dos mil diecisiete en la Gaceta número noventa y nueve (99).- c) Testimonio de Escritura Pública Numero Veinte (20).- Poder Especial de Representación, celebrado en la ciudad de Managua a las nueve de la mañana del día veintiséis xx xxxx del año dos mil dieciséis autorizado por el Notario XXXXXX XXXXXXXX XXXXXX XXXXXXX. La que integra y literalmente dice: “TESTIMONIO.- ESCRITURA PÚBLICA NÚMERO VEINTE (20).- PODER ESPECIAL DE REPRESENTACIÓN. - ----------------------- HASTA AQUÍ LA INSERCIÓN.
Yo la Notario doy fe de haber tenido a la vista los documentos antes relacionados, y doy fe de que se encuentra en debida y legal forma, y a su vez, que confiere a la compareciente las facultades suficientes para el otorgamiento de este acto. A quien en adelante se le denominará “LA ARRENDADORA” y la señora , mayor de edad, (estado civil), (profesión), de este domicilio y residencia, portadora de cédula de identidad número: , guión,
, guión, (xxx-xxxxxx-xxxxx); actuando en su propio nombre e interés, en adelante “LA ARRENDATARIA”. Hablan conjuntamente ambas comparecientes y establecen que han decidido suscribir ADENDUM AL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO FINANCIERO O LEASING, sujeto a las siguientes clausulas: Hablan ambas comparecientes en el carácter en que actúan y dicen: CLÁUSULA PRIMERA (ANTECEDENTES): Que mediante Escritura Pública
número (XXX), celebrado en la ciudad de Managua a las de la
del día de del dos mil autorizada por la suscrita Notario Público, ambas suscribieron contrato de Arrendamiento Financiero (Leasing) sobre un Vehículo: , marca: , Modelo: , Tipo: , color:
, año:
(XXX), Motor:
(XXXXXXX), Chasis:
(XXXXXXXXX), Combustible: , Cilindros:
(XX), Uso: , Servicio: , Placa:
(XXXXX) y Licencia de Circulación Número (XXXXXXXX) y que en base a negociaciones entre las partes y procurando la ejecución eficiente del Contrato acuerdan lo siguiente: CLÁUSULA SEGUNDA: (MODIFICACIONES): Se modifica el texto de las disposiciones expuestas a continuación, cuya redacción original se reemplaza por las siguientes Cláusulas: a) TERCERA (PRECIO): El precio total del arriendo antes señalado es de
DÓLARES CON CENTAVOS XX
XXXXX, moneda de los ESTADOS UNIDOS DE AMERICA (US$ xxxxx.xx) o su equivalente en córdobas según tasa oficial emitida por el Banco Central de Nicaragua. El precio señalado será satisfecho por la ARRENDATARIA mediante cuotas mensuales comprensivas del capital, intereses y demás gastos repercutibles cuyos importes, debidamente desglosados y vencimientos, se especifican en la cláusula cuarta y sexta del presente contrato. LA ARRENDATARIA pagó a la firma del contrato original de Leasing, un canon Extraordinario de
DÓLARES (US$ 00000.00) o su equivalente en córdobas. El Canon extraordinario bajo ninguna
circunstancia será objeto de devolución aún cuando el contrato se rescindiese antes de vencerse el plazo acá convenido, pues el mismo se entera para responder por: El daño causado por el incumplimiento de contrato. Sin perjuicio de lo dicho, si el contrato se rescinde por falta en el pago de un canon de arriendo, además de entregar o devolver el vehículo arrendado, LA ARRENDATARIA deberá pagar los cánones vencidos. El valor residual del bien objeto del presente contrato se fija en la cantidad de DÓLARES (US$ xxxxxx.xx) y se pagará junto con la última cuota. b) CUARTA (TASA DE INTERÉS CORRIENTE Y MORATORIA): LA ARRENDATARIA, reconoce a favor de LA ARRENDADORA una tasa de interés corriente del por ciento ( %) Anual sobre saldo de Principal desde la fecha del desembolso hasta la total cancelación y reconocerá un Interés Moratorio del
punto por ciento (XX.XX %) Anual, calculada sobre Saldo de Capital Vencido, desde su fecha de vencimiento hasta el efectivo pago. Tipo de Tasa: El presente contrato, estará sujeto a una Tasa Fija de Interés Corriente Anual. c) SEXTA (PERIODO DE VIGENCIA, PLAZO Y MONTO DE LAS CUOTAS): Las partes convienen expresamente que el derecho de LA ARRENDATARIA a la utilización del bien tendrá un plazo de ( )
meses, el que comenzó a contar a partir del
DE
DEL DOS MIL
venciéndose el
DE
DEL DOS MIL
, salvo cuando sea aplicada la cláusula de vencimiento anticipado, establecidas en el presente contrato. LA ARRENDATARIA se obliga a pagar a LA ARRENDADORA la
cantidad de DÓLARES CON
CENTAVOS XX XXXXX DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (US$ 00000.00) o su
equivalente en córdobas de conformidad a la tasa oficial de cambio emitida por Banco Central de
Nicaragua, en
cuotas de
DÓLARES CON
CENTAVOS DE DÓLARES (US $ 000.00) y una última cuota de
DÓLARES CON CENTAVOS XX XXXXX
(US$ 0000.00) o su equivalente en córdobas al tipo de cambio oficial emitido por el Banco Central de Nicaragua para el día xx xxx, las cuales están conformadas por: (Capital, Intereses, Mantenimiento de Valor, Comisiones, Gastos y cualquier otro rubro incluido en las cuotas). En lo que respecta a la cuota del seguro esta se definirá de acuerdo a las especificaciones de la póliza, condiciones particulares y especiales y que no se encuentra dentro de la cuota antes
mencionada. El valor que resulte será informado al Arrendatario porque en virtud del presente contrato es obligación del Arrendatario el pagar la misma. Las cuotas antes mencionadas se obligan a pagarlo en el plazo antes relacionado en (XX) CUOTAS, obligándose a pagar los días de cada mes, en el que inició a pagar la primera cuota el día
DE
DEL AÑO DOS MIL
y finalizará el día
DE DE DOS MIL , debiendo quedar totalmente cancelada la obligación en la fecha señalada como “ DE DOS MIL ”. Fecha de Pago: Las fechas de pago de las cuotas, serán las indicadas en el Cronograma o Plan de pago. En caso de que las Fechas de pago de intereses sean días inhábiles, días feriados, o domingos, los pagos se realizarán el día hábil inmediato posterior. EL ARRENDATARIA se obliga a pagar a la ARRENDADORA conforme al Calendario de Pago, el que recibe y firma contra Desembolso como ARRENDATARIA y que forma parte integral del presente contrato.- d) OCTAVA (TASA DE COSTO EFECTIVO ANUAL O TCEA): LA
ARRENDATARIA, reconoce a favor de LA ARRENDADORA que el costo total del crédito es de
por ciento (00%) efectivo anual, porcentaje que consolida en un solo valor la tasa de interés corriente, las comisiones, gastos y cargos conexos, incluidos los seguros. CLÁUSULA TERCERA: (ADICIONES AL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO FINANCIERO):
Que a través del presente instrumento público, se adiciona al contrato de Arrendamiento Financiero (Leasing) las siguientes cláusulas: a) (AUTORIZACIÓN): En este acto y por medio del presente documento, la señora
, autoriza expresamente a la empresa ACCIONA FINANCE, SOCIEDAD ANÓNIMA a que en ejercicio de su derecho como propietaria del bien, instale en el vehículo objeto del leasing ya descrito, un Sistema de Posicionamiento Global (GPS). Este sistema únicamente será utilizado para efectos de ubicación del vehículo, pero su información nunca podrá ser dada a terceras personas sin autorización expresa y escrita de LA ARRENDATARIA, excepto cuando sea solicitada por orden judicial. Una vez instalado el GPS, sin perjuicio de la información que se recabe, únicamente podrá ser usado por ACCIONA FINANCE S.A cuando: a) LA ARRENDATARIA incurra en xxxx. b) Cuando estando incurso en xxxx se resista a que el vehículo sea retenido. c) Cuando el vehículo sea robado o se involucre en la comisión de delitos. En las dos primeras circunstancias, la empresa podrá incidir en el sistema
de encendido para que el vehículo no funcione. El costo de su traslado corre por cuenta de LA ARRENDATARIA.- b) (DERECHO DE OPCIÓN DE COMPRA): Si por
cancelación anticipada o al término de la vigencia del presente contrato LA ARRENDATARIA cumple con las obligaciones de pago establecidas en el mismo; el bien descrito en la cláusula primera, pasará a ser propiedad de LA ARRENDATARIA y LA ARRENDADORA se compromete a proporcionar la compra y venta del Vehículo. CLÁUSULA CUARTA: (INALTERABILIDAD DE LAS CLÁUSULAS): Las partes convienen en mantener inalterables el resto de las cláusulas del contrato de arrendamiento financiero (leasing) relacionado en la cláusula primera de este contrato. CLÁUSULA QUINTA (VIGENCIA): El presente Adendum entrará en vigencia y efectividad inmediatamente después de firmado y para todos los efectos forma parte del contrato original relacionado. CLÁUSULA SEXTA (ACEPTACIÓN): LA ARRENDADORA Y ARRENDATARIA