CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE AUTOMOTOR
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE AUTOMOTOR
En la ciudad de Montevideo el ……de …………………… de 2019 comparecen: Por una parte: FLEXICAR SRL,
persona jurídica inscripta en el Registro Único Tributario de la Dirección General Impositiva con el numero 21 805423
0018, constituyendo domicilio en la ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇, representada en este
acto por ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número ▇.▇▇▇.▇▇▇-▇ en su
carácter de socio administrador, en adelante llamado EL ARRENDADOR. Por otra parte oriental o/
nacionalidad que sea , mayor de edad, con cédula de identidad número constituyendo domicilio en la
calle …………..…… número …………de esta ciudad de Montevideo, con libreta de conducir expedida el día
…………..…… por …….….……. con vigencia hasta el ……………, / SA, persona jurídica inscripta en el
Registro Único Tributario de la Dirección General Impositiva con el numero constituyendo domicilio en
la calle …………..……de la ciudad de Montevideo, representada en este acto por titular de la cédula de
identidad número …………..……en su carácter de…………..……denominado en adelante EL ARRENDATARIO,
quienes convienen en celebrar el presente contrato de arrendamiento de vehículo automotor sin chofer sujeto a las
siguientes cláusulas:
Primera. El ARRENDADOR entrega en arriendo al arrendatario el siguiente vehiculo automotor: marca ,
modelo …………..…, tipo…………..… , color …………..…Matricula Padron Número de
chasis…………..… motor …………..…, con ................ kilómetros recorridos y con el tanque de combustible
…………..…con rueda auxiliar todo lo cual es recibido por EL ARRENDATARIO de conformidad.
Segunda. El vehículo se encuentra en perfecto estado de funcionamiento y con la carrocería, tapizado, neumáticos,
accesorios en buenas condiciones de uso. Se deja constancia que el arrendatario ha verificado el estado del vehículo y
los accesorios (llaves, gato, auxiliar) así como el correcto funcionamiento de sus frenos, dirección, luces y señalización
y detención, de todos lo mecanismos de seguridad y el buen estado de las cubiertas, declarando estar conforme con
ellos y hallarlos en perfectas condiciones de funcionamiento.
Tercera. El precio del arrendamiento se establece de la siguiente forma Dólares Estadounidenses mas
IVA por mes/día. Los pagos deberán realizarse del 1 al 10 de cada mes mediante trasferencia bancaria o deposito en la
caja de Ahorro en Dólares Estadounidenses ▇▇▇ ▇▇▇▇ sucursal 157 numero 0381680.
Cuarta. El plazo del arrendamiento se establece en días/meses contados a partir del dia ▇▇ ▇▇▇. EL
ARRENDATARIO retira el vehículo en el domicilio del arrendador el dia............. de de 2019 a las
................. horas debiéndose reintegrar el vehículo al ARRENDADOR el ............... de ............................ de a
las horas, vencido el cual podrá solicitarse el secuestro del mismo. La duración del arrendamiento surge del
plazo establecido en esta cláusula no pudiendo EL ARRENDATARIO alegar la tácita reconducción o renovación
automática de la locación por ningún motivo.
Quinta. EL ARRENDATARIO destinará el automóvil al transporte personal, en forma exclusiva, sin fines de lucro y
dentro de la capacidad normal del vehículo. Deberá manejarlo personalmente. Queda prohibido el uso del vehículo a
cualquier persona que no se encuentre expresamente autorizada en este contrato. Se autoriza expresame nte a
........................................... titular de la cedula de identidad numero ........................................a utilizar el vehículo
durante el termino y bajo las condiciones de este contrato.
EL ARRENDATARIO no podrá subarrendar o disponer del vehiculo objeto de este contrato, ni ceder el contrato en
alguna forma sin el consentimiento expreso manifestado por escrito por el ARRENDADOR. Tampoco podrá conducir el
vehículo fuera del territorio de la República de Oriental del Uruguay salvo autorización escrita del ARRENDADOR.
Sexta. EL ARRENDATARIO firma un vale en blanco a favor de FLEXICAR SRL en calidad de obligado principal, en
adelante “el vale”, cuyo capital, tasa de interés moratorio y fecha de vencimiento se encuentran en blanco. El vale no
devengara intereses compensatorios. Se acuerda expresamente que el incumplimiento de cualquier obligación por la
parte arrendataria hará caducar los plazos de las demás obligaciones asumidas con el arrendador aún las que se
encontraran en plazo, haciendo exigible todo lo adeudado por cualquier concepto relacionado con el presente contrato
al arrendador. En caso de rescisión de este contrato y/o ante la falta de pago de cualquier importe adeudado al
arrendador por cualquier concepto derivado del presente contrato y/o en caso de cualquier otro incumplimiento de este
contrato y/o ante el incumplimiento de cualquier obligación de cualquier naturaleza del arrendatario al arrendador y sin
perjuicio de otras acciones que pudieren corresponder, el arrendatario autoriza a FLEXICAR SRL a llenar los blancos
del Vale, pudiendo efectuar el cobro (judicial o extrajudicial) del Vale completando los blancos de la siguiente forma: A)
CAPITAL: El capital del Vale será el importe total adeudado por el Titular a FLEXICAR SRL por todo concepto derivado
del presente contrato (con excepción de los intereses). En el caso de que exista deuda en pesos y dólares USA, el
arrendador podrá establecer el monto adeudado en pesos o en dólares USA, pudiendo a tales efectos hacer las
conversiones correspondientes al tipo de cambio comprador o vendedor, según corresponda y según pizarras del
BROU del día en que se proceda a completar el Vale. B) FECHA DE VENCIMIENTO: La fecha de vencimiento del Vale
será aquella en que se produzca el incumplimiento, o aquella en que se rescinda este contrato o se configure cualquier
causal de caducidad, o cualquier fecha posterior en que el ARRENDADOR llene los blancos del Vale. C) TASA DE
INTERÉS MORATORIO: La tasa de intereses moratorios se fijara en_ _. En forma previa al llenado del Vale de
acuerdo con las instrucciones contenidas en esta cláusula, el FLEXICAR SRL informará al arrendatario, por cualquiera
de los medios de comunicación acordados en el presente, la liquidación del crédito con detalle del monto total
adeudado y los rubros que lo integran de acuerdo con lo previsto en la normativa vigente y que se procederá a
completar el Vale conforme a las instrucciones aquí contenidas. Asimismo, el Vale podrá ser completado por el
arrendador a partir del incumplimiento del Usuario y dispondrá de un plazo de seis meses para completar las
menciones, contados a partir de que se produjo el incumplimiento, ello salvo que la normativa vigente autorice un plazo
mayor
Séptima. La garantía del fiel cumplimiento del contrato se le reintegrará al ARRENDATARIO al devolver la unidad en
iguales condiciones que al ser retirada, excepto cuando se compruebe lo siguiente:
a. Se constaten multas y/o infracciones de tránsito.
b. Que no entregue el vehículo el día y hora especificados.
c. Cuando el vehículo arrendado haya sufrido algún daño y/o accidente.
d. Que la unidad haya sido cedida a una persona no autorizada por FLEXICAR SRL
e. Cuando se constate el uso del vehículo arrendado para la realización de actividades ilícitas.
f. Por el incumplimiento de cualquier otra obligación emergente de este contrato.
Octava. El arrendatario asume la responsabilidad en forma personal y se compromete al pago inmediato de la factura
correspondiente a todos los gastos, deducibles pactados en el contrato de seguro, indemnizaciones, etc., más el lucro
cesante ocasionado en el y/o con el vehículo, aún cuando retire el auto en nombre de una empresa u otra persona. El
arrendatario autoriza a cobrar de la tarjeta de crédito o vale utilizado en garantía las mencionadas facturas asi como
multas generadas durante el período de contrato, incluso cuando las mismas sean comunicadas a al ARRENDADOR
con posterioridad a la fecha de devolución del vehículo.
Novena. El arrendatario así como los conductores habilitados por este ultimo asume por este contrato las obligaciones
que como tal le corresponden (arts. 1811 y ss. del Código Civil), siendo el o los guardianes materiales del vehiculo
arrendado a partir de la entrega del mismo por el arrendador.
En virtud de ello responderán civil y penalmente por todos los desperfectos o daños sufridos por el vehiculo objeto de
este contrato y por los daños que pudieran derivarse del uso del vehículo, ya sea los que pueda experimentar éste o
que puedan ocasionarse a personas o bienes de terceros.
Décima FLEXICAR SRL. se reserva el derecho de no entregar o de retirar el vehículo sin notificación previa cuando a
su juicio el arrendatario o conductor autorizado por este contrato no ofrezca las garantías suficientes ▇▇ ▇▇▇▇▇ nte
conducción y buen trato del mismo, así como cuando existan sospechas de que lo está dedicando a actividades
ilegales pudiendo FLEXICAR SRL dar intervención a las autoridades a los efectos de localizar el coche y proceder a su
secuestro.
Undécima. Vencido el plazo del arrendamiento o locación, EL ARRENDATARIO debe devolver el vehículo arrendado
en forma inmediata en el mismo estado en que lo recibió y en el domicilio del ARRENDADOR,en caso contrario el
arrendatario deberá indemnizar al arrendador por los daños y perjuicios causados con la garantía del contrato. El plazo
en exceso durante el cual EL ARRENDATARIO retuviese el vehículo arrendado será considerado como una mera
tolerancia del ARRENDADOR, quien podrá recuperarlo en cualquier momento y en la forma que estime más
conveniente a sus intereses, pudiendo dar intervención a las autoridades a los efectos de localizar el coche y proceder
a su secuestro sin que EL ARRENDATARIO pueda oponer excepción alguna. El plazo en exceso del término
convenido será abonado por EL ARRENDATARIO de conformidad con las tarifas en vigencias para el alquiler de los
vehículos del ARRENDADOR.
Duodécima. El vehículo se encuentra asegurado por lo que en caso de accidente, hurto o incendio el arrendatario se
obliga a adoptar todas las medidas necesarias para que el ARRENDADOR pueda ejercer ante su compañía de seguros
todos los derechos que le confiere la póliza contratada debiendo cumplir con las siguientes obligaciones:
a. Comunicar el siniestro a FLEXICAR SRL en forma inmediata y fehaciente.
b. Denunciar el hecho ante la autoridad competente, parte policial del siniestro y parte de denuncia a la compañía de seguros y hacer inmediata entrega de estos últimos a los representantes de FLEXICAR SRL,
en un plazo máximo de 48 horas a contar desde el siniestro.
c. Cumplir con las exigencias que en tal caso le imponga la autoridad competente.
d. Recabar y proporcionar a FLEXICAR SRL la información detallada del lugar del hecho, la relativa a involucrados en el siniestro, el nombre, teléfono y domicilio de testigos del suceso.
e. No incurrir en alguna conducta que pudiera aparejar la pérdida de los beneficios de la póliza o reconocer la responsabilidad sin autorización de la compañía aseguradora. Si como consecuencia de su acción u omisión
FLEXICAR SRL no pudiera hacer uso de sus derechos como asegurado, deberá el arrendatario abonar todos
los daños y perjuicios que ellos deriven.
Décima tercera.
El arrendatario ha leído y acepta la cobertura de riesgo por daños causados al vehículo o a terceros en virtud de
colisión, hurto, según las disposiciones que a continuación se detallan.
El arrendatario se obliga a abonar:
a) los daños causados sobre el vehículo, sea o no responsable de los mismos ya sea por daño propio, daño a terceros, hurto o incendio, caída ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇, caída de árboles, y/o cualquier inclemencia climáticas tomando
en cuenta la tasación de la arrendadora sin perjuicio del lucro cesante, depreciación si correspondiere, daños
y perjuicios y la multa prevista en ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇.
b) El monto deducible teniendo en cuenta que en caso de vuelco sin intervención ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ el valor del deducible será de USD 4000,no siendo este cubierto por el seguro total.
c) cualquier daño propio o de terceros asi como por hurto que supere la cobertura de la póliza contratada
d) Por cualquier daño propio o de terceros cuando el mismo por el motivo que fuere no sea cubierto por la póliza contratada.
En cualquiera de estas hipótesis el arrendatario es el único y absoluto responsable por el total de los daños causados
sobre el vehículo arrendado y/o terceros, autorizando desde ya a FLEXICAR SRL a utilizar la garantía para su cobro.
Décima cuarta. EL ARRENDATARIO no podrá dedicar el automóvil arrendado a: a) Usos distintos a los estipulados en
este contrato, ni al transporte de pasajeros u otro tipo de servicio público. b) Al transporte de cargas o bultos peligrosos,
materiales corrosivos, explosivos. c) A labores peligrosas o ilícitas. d) A operaciones de remolque de cualquier clase. e)
A conducirlos fuera del pais o permitir que sea manejado por cualquier persona ajena a la relación contractual, ni aún
en forma ocasional. f) A participar con él en carreras automovilísticas, pruebas de velocidad, regularidad, etc., o en
certámenes de cualquier otro tipo.
Le está totalmente prohibido al ARRENDATARIO y/o personas autorizadas por este conducir el automóvil arrendado
en las siguientes condiciones: a) En estado de ebriedad, cuando esté bajo los efectos de calmantes,
tranquilizantes,estupefacientes,narcóticos o cualquier otro agente que pudiera afectar la capacidad de conduccion. b)
Sin licencia para conducir válida, expedida por las autoridades competentes y aceptada por las autoridades uruguayas.
c) En la violación de los reglamentos de tránsito respectivos. d) trasportando un mayor numero de personas que las
legalmente permitidas para el coche conforme las constancias indicadas en la libreta de propiedad del vehículo que es
entregada al arrendatario.
Décima quinta. Se pacta una multa de U$S 10.000 (diez mil dólares Estadounidenses) para el caso de incumplimiento
de lo establecido en las cláusulas 5,14,16, 17 y 21 de este contrato, sin perjuicio de las otras responsabilidades
emergentes de este contrato (lucro cesante, deducible pactado en el seguro, indemnización, etc).
Décima sexta Toda reparación del vehículo arrendado deberá ser autorizada expresamente por FLEXICAR SRL. El
arrendatario no podrá substituir piezas del vehiculo.
Décima séptima. En caso que el arrendatario o los conductores autorizados quedaran impedidos de manejar el
vehículo, deberá dar aviso a en forma inmediata a FLEXICAR SRL
Décima octava. Queda establecido que el ARRENDADOR no se responsabilizará por la pérdida y/o extravío de
cualquier objeto, de cualquier naturaleza, ubicados o dejados en el automóvil arrendado.
Décima novena. El lado superior izquierdo del parabrisas indicara el próximo service y cambio de aceite del vehículo
arrendado. El arrendatario deberá concurrir a la ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇ a los
efectos que el cambio de aceite y el service sean realizados Cualquier daño que sufriera el vehículo a causa del
incumplimiento de esta obligación deberá ser resarcido por el arrendatario.
Vigésima. El arrendatario se obliga a cuidar del vehiculo arrendado y a devolverlo en las mismas condiciones en que lo
recibe. Serán de su cargo todos los desperfectos o daños que puedan ser imputados al mal uso del vehículo, sea o no
el arrendatario responsable de los mismos. Se obliga a utilizar las sillas de seguridad reglamentarias toda vez que
transporte menores de 12 años en el vehículo arrendado. Será de cargo del titular del contrato el importe íntegro de la
llave más cualquier gasto ocasionado a causa de su pérdida, rotura o sustracción.
Vigésima primera. En cualquier caso que el vehículo resulte detenido por las autoridades nacionales como
consecuencia de cualquier actividad ilícita el arrendatario,este ultimo deberá abonar el alquiler por todos los días que el
vehículo resulte detenido y abonará también los gastos administrativos y/o las costas y costos judiciales que
ocasionare la liberación del vehículo arrendado. En caso de decomiso o cuando la detención exceda el plazo de un
año, el arrendatario se obliga a pagar a la arrendadora el precio de plaza del vehículo y esta a transferir su propiedad.
En cualquiera de estas circunstancias se procederá a la ejecución de la garantía otorgada por el cumplimiento del
contrato.
Vigésima segunda: Los conductores autorizados así como los representantes del arrendatario aceptan y firman el
presente contrato constituyéndose en fiadores solidarios del arrendatario por todas y cada una de las obligaciones
establecidas en este contrato
Vigésima tercera: Estipulaciones. Las partes acuerdan: I) la ▇▇▇▇ de pleno derecho por el incumplimiento de
cualquiera de las obligaciones pactadas; II) Constituimos como domicilio especial para todas las notificaciones
judiciales o extrajudiciales, el que luce al pie en la comparecencia. III) la validez del telegrama colacionado o acta
notarial como medio hábil de comunicación IV) Para todas las controversias a pueda dar lugar la aplicación de este
contrato se someterán al fuero de los Juzgados del Departamento de Montevideo, República Oriental del Uruguay y a
la legislación Uruguaya. V) la obligación de comunicar de inmediato por escrito, cualquier cambio de domicilio siempre
dentro de la República Oriental del Uruguay.
Vigésimo cuarta: Aplicación Ley 18.331. Serán de aplicación, en lo pertinente, las disposiciones de la Ley N° 18.331
de fecha 11 ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ de 2008 (Protección de Datos Personales y Habeas Data), sus modificativas, reglamentaciones
y concordantes. EL arrendatario consiente expresamente desde ya a que FLEXICAR SRL utilice sus datos personales
(que conoce en virtud de la presente relación jurídica) a efectos de ofrecerle otros productos y servicios.
Adicionalmente, los Usuarios consienten expresamente que el FLEXICAR SRL pueda dar a conocer sus datos u otra
información a terceros en casos en que el suministro de información sea necesario para el desarrollo o cumplimiento de
la relación contractual entre las partes, como ser a modo de ejemplo y sin que ello implique limitación de clase alguna,
a efectos de prestar el servicio en forma más eficiente, en caso de siniestro o por razones de seguridad de éstos.
En señal de conformidad se suscriben dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en el lugar y fecha
arriba indicados.
