CONTRATO DE COMPRA VENTA Nº 1052 - CE- 2008 SEMAG/FAP PROCESO CACE-Nº 013-2008-SEMAG/FAP
XXXXXXXX XX XXXXXX XXXXX Xx 0000 - XX- 0000 SEMAG/FAP
PROCESO CACE-Nº 013-2008-SEMAG/FAP
“ADQUISICIÓN DE PARACAIDAS PERSONALES C4Y PARA FLOTA MI 25”
CONSTE POR EL PRESENTE DOCUMENTO, EL CONTRATO DE COMPRAVENTA DE LA ADQUISICION DE PARACAIDAS PERSONALES C4Y PARA FLOTA MI 25, QUE CELEBRAN DE UNA PARTE LA FUERZA AEREA DEL PERU – SERVICIO DE MATERIAL XX XXXXXX, CON RUC 20144364059, CON DOMICILIO LEGAL EN LA BASE AÉREA LAS PALMAS XX. XXX XXXXXX X/X XXXXXXXX XX XXXXX, XXXXXXXXX X XXXXXXXXXXXX XX XXXX, DEBIDAMENTE REPRESENTADO POR EL COMANDANTE DE MATERIAL, MAYOR GENERAL FAP XXXXX XXXXXXX XXXXXXXXXX XXXXXXXX, IDENTIFICADO CON DNI N° 00000000, Y NSA O9299973-A, AUTORIZADO A FIRMAR CONTRATOS MEDIANTE RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 591-2008-DE/FAP DEL 13-06-08, NOMBRADO COMANDANTE DE MATERIAL, MEDIANTE RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 002-2008 DE/FAP DEL 11-01-08, A QUIEN EN ADELANTE SE LE DENOMINARA “LA FAP”; Y DE LA OTRA PARTE LA EMPRESA FIRMA TECHNICZNO-HANDLOWA-ANKOL, CON DOMICILIO EN 39 - 300 MIELEC, XX. XXXXXXXX 00 XXXXXXX: 39 – 331 CHORZELOW 244 POLONIA, SEGÚN ESTATUTO DE CONSTITUCIÓN DE LA EMPRESA O DOCUMENTO EQUIVALENTE, CUYA COPIA FORMA PARTE INTEGRANTE E INSEPARABLE DE ESTE DOCUMENTO, DEBIDAMENTE REPRESENTADO POR XXXXXXX XXXXXX, IDENTIFICADO CON PASAPORTE Nº XX 0000000, A QUIEN EN ADELANTE SE LE DENOMINARÁ “EL CONTRATISTA”, EXPRESAMENTE FACULTADO MEDIANTE PODER DE REPRESENTACION CONTENIENDO LAS FACTULTADES EXPRESAS DE SUSCRIBIR CONTRATOS, DEBIDAMENTE REGISTRADO EN EL CONSULADO PERUANO EN POLONIA Y CERTIFICADO POR EL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES EN LIMA-PERU COMO ANEXO 01,SUSCRITO EN LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES SIGUIENTES:
CLAUSULA PRIMERA: DEFINICION DE TERMINOS
1.1 A MENOS QUE EN EL TEXTO DEL PRESENTE DOCUMENTO SE ESTIPULE DE OTRA MANERA, LAS PALABRAS Y EXPRESIONES GENÉRICAS QUE SE SEÑALA A CONTINUACIÓN TENDRÁN LOS SIGUIENTES SIGNIFICADOS Y EN CUALQUIER CASO DE INTERPRETACIONES, LOS TÍTULOS Y COMPLEMENTARIOS DEBERÁN SER IGNORADOS:
LA FAP
SIGNIFICA LA FUERZA AEREA DEL PERU – SERVICIO DE MATERIAL XX XXXXXX.
EL CONTRATISTA
SIGNIFICA LA FIRMA TECHNICZNO-HANDLOWA-ANKOL, RESPONSABLE DE LA TOTALIDAD DEL SUMINISTRO.
SUMINISTRO
SIGNIFICA LA TOTALIDAD DE BIENES A SER ADQUIRIDOS Y DEBERAN PROPORCIONADOS POR “EL CONTRATISTA”, DE ACUERDO AL ANEXO (2).
ACTA DE CONFORMIDAD DE RECEPCION DE MATERIAL
SIGNIFICA EL DOCUMENTO A SER SUSCRITO POR LA “LA FAP”, DESPUÉS DE EFECTUADA LA VERIFICACIÓN DEL SUMINISTRO MATERIA DEL PRESENTE CONTRATO, ACORDE A LO SOLICITADO, OFERTADO Y ADJUDICADO.
1.1.5 EL CONTRATO
SIGNIFICA EL PRESENTE DOCUMENTO SUSCRITO POR LOS REPRESENTANTES AUTORIZADOS DE “LA FAP” Y “EL CONTRATISTA”, EL MISMO QUE CONTIENE LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES CONTRACTUALES, DE LOS QUE FORMAN PARTE INTEGRANTE E INSEPARABLE LOS ANEXOS Y CUALQUIER OTRO DOCUMENTO QUE PASE A FORMAR PARTE DEL MISMO POR EXPRESA VOLUNTAD DE LAS PARTES CONTRATANTES MANIFESTADAS POR ESCRITO; EL MISMO QUE CUENTA CON LOS SIGUIENTES ANEXOS:
1.1.5.1 COPIA DEL CERTIFICADO DE INCORPORACION DE LA EMPRESA, AUTENTICADO POR EL MINISTERIO DE XX.XX., PODER DE REPRESENTACION DEBIDAMENTE REGISTRADO EN EL CONSULADO PERUANO EN POLONIA Y CERTIFICADO POR EL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES EN LIMA-PERU, QUE LO FACULTE EXPRESAMENTE A LA CAPACIDAD DE SUSCRIBIR CONTRATOS DE COMERCIALIZACION INTERNACIONAL DE MATERIAL AERONAUTICO.
1.1.5.2 EN EL CASO DE INCOHERENCIAS O DE CONTRADICCIONES ENTRE EL PRESENTE CONTRATO Y SUS ANEXOS, EL PRESENTE DOCUMENTO ORIENTARÁ EL SENTIDO DE LOS ANEXOS
ASESORES
SIGNIFICA LA PERSONA NATURAL O JURÍDICA QUE “LA FAP” O “LA CONTRATISTA” CONTRATE, DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN EL PÁRRAFO 13.3 DEL PRESENTE CONTRATO.
CLAUSULA SEGUNDA: OBJETO DE SUMINISTRO
2.1 “EL CONTRATISTA” SE OBLIGA A ENTREGAR LOS BIENES CONSIGNADOS EN EL ANEXO (2). “LA FAP” ADQUIERE Y SE OBLIGA A RECIBIR EL SUMINISTRO EN BASE A LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES ESTABLECIDAS EN EL PRESENTE CONTRATO.
CLAUSULA TERCERA: PRECIO DEL SUMINISTRO
3.1 EL PRECIO DEL SUMINISTRO QUE “LA FAP” PAGARÁ A “EL CONTRATISTA”, ASCIENDE A LA SUMA DE TREINTA Y UN MIL QUINIENTOS CON 00/100 DÓLARES AMERICANOS (US $ 31,500.00) QUE INCLUYE SIN EXCEPCIÓN LA TOTALIDAD DE LOS CONCEPTOS QUE LA INTEGRAN, HASTA SU ENTREGA EN LOS TÉRMINOS COMERCIALES DDU SEMAG, PERU (INCOTERMS 2000).
3.2 ESTE PRECIO ES FIRME, NO ESTA SUJETO A MODIFICACIÓN, REVISIÓN NI REAJUSTE; Y COMPRENDE TODOS LOS TRIBUTOS, SEGUROS Y TRANSPORTE EXTERNOS, INSPECCIONES, PRUEBAS Y CUALQUIER OTRO CONCEPTO QUE PUEDA INCIDIR SOBRE EL COSTO DEL SUMINISTRO.
CLAUSULA CUARTA: FORMA DE PAGO
4.1 EL PAGO TOTAL DEL SUMINISTRO SERÁ EFECTUADO POR “LA FAP” A “EL CONTRATISTA” MEDIANTE TRANSFERENCIA BANCARIA A LA RECEPCION DE LA ORDEN DE COMPRA Y SUSCRIPCION DEL ACTA DE CONFORMIDAD DE LOS BIENES, POR PARTE DE “LA FAP”.
LAS CONDICIONES DE PAGO PARA EL PRESENTE CONTRATO SON LAS SIGUIENTES:
SE EFECTUARÁ MEDIANTE TRANSFERENCIA BANCARIA, LUEGO DE LA CONFORMIDAD DE LA SUSCRIPCION DEL ACTA DE CONFORMIDAD DE RECEPCION MATERIAL, A FAVOR DE “EL CONTRATISTA”, DESCRITA EN EL NUMERAL 4.1, NO ADMITIÉNDOSE BAJO NINGÚN CASO LA CESIÓN DE DERECHOS. LOS GASTOS BANCARIOS DE LA TRANSFERENCIA BANCARIA SERÁN ASUMIDOS POR LA FAP. EL PAGO SE EFECTUARÁ Y SE TRAMITARÁ CONTRA LA PRESENTACIÓN A LA FAP DE LOS SIGUIENTES DOCUMENTOS POR PARTE DEL CONTRATISTA:
4.1.1.1 FACTURA ORIGINAL Y TRES COPIAS EMITIDAS A LA ORDEN DE: FUERZA AEREA DEL PERU -SERVICIO DE MATERIAL XX XXXXXX.
COPIA CARBONADA DEL AWB O BL, CONSIGNADA A LA FUERZA AEREA DEL PERU-SERVICIO DE MATERIAL XX XXXXXX.
LA CONFORMIDAD DE LA SUSCRIPCION DEL ACTA DE CONFORMIDAD DE RECEPCION MATERIAL, A FAVOR DE “EL CONTRATISTA”, CITADA EN EL NUMERAL 4.1
LA TRANSFERENCIA BANCARIA SE REALIZARÁ A TRAVÉS EL BANCO DE LA NACIÓN, LIMA-PERÚ. EL BANCO DEL BENEFICIARIO DONDE SE TRANSFERIRÁ LOS FONDOS PARA EL PAGO SERÁ:
BANCO : POWSZECHNA KASA
OSZCZEDNOSCI BANK POLSKI SA
DIRECCIÓN : POLONIA, 39 – 300 MIELEC, XX
XXXXXXXXXXXXX 00
XXX : 1020 4913
BENEFICIARIO : FIRMATECHNICZNOHANDLOWAANKOL
CUENTA Nº : PL 95 1020 4913 0000 9102 0012
9551
EMBARQUE Y PAGO PARCIAL ESTARAN AUTORIZADOS, SIN EMBARGO EN ESTE CASO “EL CONTRATISTA”, ASUMIRA LOS GASTOS BANCARIOS DEL SEGUNDO Y POSTERIORES, ESTOS EMBARQUES PARCIALES NO EXIMEN EL CUMPLIMIENTO NI EXTIENDEN EL PLAZO DE ENTREGA, ASUMIDO CONTRACTUALMENTE EN EL PRESENTE CONTRATO.
CLAUSULA QUINTA.- ENTREGA DEL SUMINISTRO
5.1 PLAZO DE ENTREGA
“EL CONTRATISTA” SE COMPROMETE A ENTREGAR LA TOTALIDAD DEL SUMINISTRO; EN LOS PLAZOS SEÑALADOS EN EL ANEXO (02) PARA CADA ITEM, COMPUTABLE A PARTIR DE LA SUSCRIPCIÓN DEL PRESENTE CONTRATO, RECEPCION DEL CERTIFICADO DE ULTIMO DESTINO, OBTENCIÓN DE LA LICENCIA DE EXPORTACIÓN .
5.2 CONDICIONES DE ENTREGA
5.2.1 “EL CONTRATISTA” ENTREGARÁ EL SUMINISTRO A “LA FAP” EN CONDICIÓN NUEVO DE FÁBRICA (NF), DDU SEMAG, PERU (INCOTERMS 2000).
5.2.2 SI EL SUMINISTRO CONTIENE ADICIONALMENTE BIENES EN MAYOR CANTIDAD A LOS REQUERIDOS O DE DIFERENTES CARACTERÍSTICAS QUE NO HAYAN SIDO CONTEMPLADOS EN EL PRESENTE CONTRATO, ESTOS SERÁN REEXPORTADOS AL LUGAR DE ORIGEN Y LOS GASTOS DERIVADOS DE ESTOS, SERÁN ASUMIDOS POR “EL CONTRATISTA”.
5.2.3 LOS GASTOS POR DESADUANAJE, SERÁN ASUMIDOS ÍNTEGRAMENTE POR “LA FAP”.
5.2.5 “EL CONTRATISTA” DEBERÁ CONSIGNAR EL SUMINISTRO A LA SIGUIENTE DIRECCIÓN QUE SE DETALLA, INCLUYENDO LOS COMPROBANTES DE PAGO:
MINISTERIO DE DEFENSA
FUERZA AEREA DEL PERU
SERVICIO DE MATERIAL XX XXXXXX
CACE-Nº 013-2008-SEMAG/FAP
XX. XXXXX XXXXXX X/X
XXXXXXXX XX XXXXX
XXXXXXXXX X XXXXXXXXXXXX XX XXXX
TEL. : (000) 000-0000
FAX : (000) 000-0000
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
EL SUMINISTRO SERÁ ENTREGADO DE ACUERDO A LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DETALLADAS EN EL ANEXO (2) DEL PRESENTE CONTRATO Y ACORDE CON LA OFERTA TÉCNICA DEL “CONTRATISTA”, LA MISMA QUE NO PODRÁN SER VARIADAS DURANTE EL DESARROLLO DEL PRESENTE CONTRATO, SALVO ACUERDO EXPRESO, MATERIALIZADO DE SER EL CASO EN UNA ADDENDA DE LAS PARTES, POR SITUACIONES EXCEPCIONALES NO PREVISTAS E INSALVABLES QUE AFECTEN POSTERIORMENTE AL CONTRATO O CUANDO ÉSTAS CONSTITUYAN UNA MEJORA TECNOLÓGICA RESPECTO A LO INICIALMENTE ESTABLECIDO EN EL CONTRATO.
CLAUSULA SEXTA.‑ ACTA DE RECEPCIÓN DE MATERIAL
6.1 EL ACTA DE CONFORMIDAD DE RECEPCION DEL MATERIAL SERÁ SUSCRITA EN UN PLAZO NO MAYOR XX XXXX (10) DÍAS POSTERIORES AL ARRIBO DEL SUMINISTRO EN LIMA-PERU.
CLÁUSULA SEPTIMA.- GARANTÍA TÉCNICA
7.1 LA GARANTÍA TÉCNICA OFRECIDA POR LA CONTRATISTA POR EL MATERIAL DETALLADO EN EL ANEXO (2) ES DE 12 MESES Y EMPEZARÁ A CONTABILIZARSE A PARTIR DE LA SUSCRIPCIÓN DEL ACTA DE RECEPCION DE MATERIAL.
7.2 “EL CONTRATISTA” ES QUIEN ASUMIRÁ TODOS LOS GASTOS PARA LA REEXPORTACIÓN DEL SUMINISTRO INCLUYENDO EL FLETE Y EL SEGURO CONTRA TODO RIESGO PARA LA IDA Y RETORNO. LA REFERIDA GARANTÍA CUBRIRÁ TAMBIÉN LOS COMPONENTES FABRICADOS POR TERCEROS, SI FUESE EL CASO.
CLÁUSULA OCTAVA.- CASO FORTUITO O CAUSAL DE FUERZA MAYOR
8.1 LAS MORAS O FALTAS DEL “CONTRATISTA” EN EL CUMPLIMIENTO DEL PRESENTE CONTRATO DEBIDO A LA CAUSAL DE FUERZA MAYOR O CASO FORTUITO NO CONSTITUYEN INCUMPLIMIENTO DE ESTE CONTRATO, DEBIDAMENTE COMPROBADAS.
8.2 SE CONSIDERA CAUSAL DE FUERZA MAYOR A AQUELLAS CIRCUNSTANCIAS TALES COMO GUERRAS, DESORDENES POLÍTICOS O SOCIALES, INSURRECCIÓN CIVIL, HOSTILIDADES, ACTOS DE TERRORISMO, CONFLICTOS LABORALES, EMBARGOS, HUELGAS, PAROS ACCIDENTES, INCENDIOS, TERREMOTOS, INUNDACIONES, TORNADOS, TIFONES, DERRUMBES DE TIERRA, EPIDEMIAS MAYORES ESCASEZ DE COMBUSTIBLE U OTROS QUE NO SEAN IMPUTABLES A “EL CONTRATISTA”.
8.3 SE CONSIDERARÁ COMO CASO DE FUERZA MAYOR TAMBIÉN LAS DEMORAS, RECHAZO O LA CANCELACIÓN POR LAS AUTORIDADES COMPETENTES DEL OTORGAMIENTO DE LA LICENCIA DE EXPORTACIÓN, NECESARIA PARA LA EXPORTACIÓN DE LOS BIENES OBJETO DEL CONTRATO.
8.4 DENTRO DE LOS CINCO (05) DÍAS CONTADOS A PARTIR DEL MOMENTO EN QUE “EL CONTRATISTA” SE ENTERE DE UN EVENTO O EVENTOS QUE SON CAUSAL DE FUERZA MAYOR O CASO FORTUITO, ÉSTA DEBERÁ SER COMUNICADA A “LA FAP”, REMITIENDO LA DOCUMENTACIÓN QUE SUSTENTE DICHA EVENTUALIDAD. SI DENTRO DE UN PLAZO DE TERINTA (30) DÍAS “LA FAP” NO FORMULARA OBSERVACIÓN, “EL CONTRATISTA” PODRÁ CONSIDERAR QUE EL EVENTO DE FUERZA MAYOR HA SIDO ACEPTADO; UNA VEZ ACEPTADO EXPRESAMENTE EL HECHO DE FUERZA MAYOR, “LA FAP” Y “EL CONTRATISTA” PROCEDERÁN HA REAJUSTAR EL CRONOGRAMA DEL PLAZO DE ENTREGA DEL SUMINISTRO.
8.5 SI LA CAUSAL DE FUERZA MAYOR O CASO FORTUITO SE MANTUVIESE POR MÁS DE SESENTA (60) DÍAS “LA FAP” Y “EL CONTRATISTA” PODRÁN ELEGIR DE MUTUO ACUERDO, ENTRE CONTINUAR CON LA EJECUCIÓN DE LA OBLIGACIÓN O DAR POR REVOCADO EL CONTRATO O DE DEMANDAR SU RESOLUCIÓN EN AMBOS CASOS TOTAL O PARCIALMENTE, SEGÚN CORRESPONDA.
CLÁUSULA NOVENA.- NOTIFICACIONES Y CORRESPONDENCIA
CUALQUIER AVISO O COMUNICACIÓN RELACIONADOS CON ESTE CONTRATO SE CONSIDERARÁ DEBIDAMENTE ENTREGADO POR UNA DE LAS PARTES SI SE DILIGENCIA O SE ENVÍA A LA OTRA PARTE POR CORREO CERTIFICADO, CORREO ELECTRÓNICO O POR FACSÍMIL AL DOMICILIO QUE A CONTINUACIÓN SE INDICA O A OTRO QUE LAS PARTES ACUERDEN MUTUAMENTE POR ESCRITO.
PARA LA FAP
MINISTERIO DE DEFENSA
FUERZA AÉREA DEL PERÚ – SERVICIO DE MATERIAL XX XXXXXX
BASE AÉREA LAS PALMAS
XX. XXXXX XXXXXX X/X
XXXXXXXX XX XXXXX
XXXXXXXXX X XXXXXXXXXXXX XX XXXX
TELEF.: (000) 000-0000
FAX: (000) 000-0000
PARA EL CONTRATISTA
FIRMA TECHNICZNO – HANDLOWA ANKOL”
REPRESENTANTE: XXXXXXX XXXXXX
DIRECCION: 39 – 331 CHORZELOW 244
TEL. : + 00 00 0000 000
+ 00 00 000 0 000
FAX : + 00 00 0000 000
E-MAIL: xxxxx@xxxxx.xxx.xx
CLÁUSULA DÉCIMA.- PENALIDADES
VENCIDO EL PLAZO PARA LA ENTREGA DE LOS MATERIALES Y “EL CONTRATISTA” INCUMPLIESE CON LAS OBLIGACIONES ASUMIDAS CONTRACTUALMENTE O LAS CUMPLIESE PARCIALMENTE, PAGARÁ UNA PENALIDAD DE 0.5% DEL MONTO CORRESPONDIENDO AL VALOR DE LOS BIENES ENTREGADOS QUE NO CUMPLEN CON LAS OBLIGACIONES ASUMIDAS O MATERIAL PENDIENTE DE ENTREGA POR CADA DÍA DE ATRASO A FAVOR DE “LA FAP”, HASTA POR UN MONTO MÁXIMO EQUIVALENTE AL DIEZ POR CIENTO (10%) DEL PRESENTE CONTRATO.
CLAUSULA DECIMA PRIMERA.- GARANTIA DE FIEL CUMPLIMIENTO
11.1 EN CASO DE EFECTUARSE ATENCIONES PARCIALES DEL MATERIAL ADJUDICADO POR PARTE DE “LA CONTRATISTA”, “LA FAP” EFECTUARA LA RETENCION DEL MONTO DEL 10% DEL MATERIAL ATENDIDO, EL CUAL SERA DEVUELTO A “LA CONTRATISTA”, A LA LIQUIDACION FINAL ACORDE A LO PREVISTO EN EL NUMERAL 10.1 DE CORRESPONDER.
CLÁUSULA DÉCIMO SEGUNDA.- RESOLUCION DEL CONTRATO
12.1 “LA FAP” PODRÁ RESOLVER EL CONTRATO EN LOS CASOS EN QUE “EL CONTRATISTA’:
INCUMPLA INJUSTIFICADAMENTE SUS OBLIGACIONES CONTRACTUALES, LEGALES O REGLAMENTARIAS A SU CARGO, PESE A HABER SIDO REQUERIDO FORMALMENTE PARA ELLO.
HAYA LLEGADO A ACUMULAR EL MONTO MÁXIMO DE LA PENALIDAD POR XXXX CITADA EN EL PARRAFO 10.1 DEL PRESENTE CONTRATO.
PARALICE O REDUZCA INJUSTIFICADAMENTE LA ATENCIÓN DE LA PRESTACIÓN, PESE A HABER SIDO REQUERIDO PARA CORREGIR TAL SITUACIÓN.
EN CASO QUE “EL CONTRATISTA” FALTASE A SUS OBLIGACIONES, “LA FAP DEBERÁ REQUERIRLA MEDIANTE, CORREO CERTIFICADO, CORREO ELECTRÓNICO O POR FACSÍMIL; CUYO PLAZO MÁXIMO SERÁ DE QUINCE (15) DÍAS; VENCIDO EL PLAZO SE PROCEDERÁ A RESOLVER EL CONTRATO COMUNICANDO TAL DECISIÓN A LA CONTRATISTA MEDIANTE CORREO CERTIFICADO, CORREO ELECTRÓNICO O POR FACSÍMIL; SI DENTRO DE LOS QUINCE (15) DÍAS SIGUIENTES LA CONTRATISTA NO HA SOLICITADO UNA CONCILIACIÓN O ARBITRAJE, SE ENTENDERÁ QUE LA RESOLUCIÓN DEL CONTRATO HA QUEDADO CONSENTIDA.
CLÁUSULA DÉCIMO TERCERA.- SOLUCION DE CONTROVERSIAS Y JURISDICCIÓN ARBITRAL
13.1 LAS PARTES DECLARAN QUE ANTE CUALQUIER DIVERGENCIA QUE SURJA ENTRE ELLAS RELATIVA A LA EJECUCIÓN DE ESTE CONTRATO, SE ESFORZARÁN CORDIAL Y AMIGABLEMENTE PARA SUPERAR LA DISCREPANCIA Y EN CASO DE NO LLEGASE A UNA CONCILIACIÓN, TODAS LAS DESAVENENCIAS O CONTROVERSIAS QUE PUDIERAN DERIVARSE, INCLUIDAS LAS QUE SE REFIERAN A SU NULIDAD O INVALIDEZ, SERÁN RESUELTAS MEDIANTE ARBITRAJE DE DERECHO, EL CUAL DEBERA INSTAURARSE EN LIMA-PERU.
ASIMISMO, LAS PARTES SE SOMETEN A LA CONVENCIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE LOS CONTRATOS DE COMPRA - VENTA INTERNACIONAL DE BIENES, ADOPTADA EN VIENA EL 11 XX XXXXX DE 1980; EN CUANTO A LAS ESPECIFICACIONES CONTRACTUALES QUE PUDIEREN CORRESPONDER.
13.2 “EL CONTRATISTA” RENUNCIA AL USO O INVOCACIÓN DE LA VÍA DIPLOMÁTICA.
13.3 ASESORIA DE TERCEROS
“LA FAP” Y “EL CONTRATISTA” TENDRAN DERECHO DE RECIBIR ASESORIA, A SU PROPIO COSTO EN RELACIÓN CON CUALQUIER ASPECTO DEL CONTRATO, DE PERSONAS NATURALES Y/O JURIDICAS AJENAS A SU ORGANIZACION
CLAUSULA DECIMO CUARTA.- FECHA EFECTIVA
14.1 EL CONTRATO SE HARÁ EFECTIVO Y ENTRARÁ EN VIGENCIA, EN CUANTO A LOS PLAZOS DE ATENCION ADJUDICADOS, SÓLO CUANDO SE HAYA CONCRETADO LO SIGUIENTE:
14.1.1 QUE EL CONTRATO HAYA SIDO SUSCRITO POR LOS REPRESENTANTES DEBIDAMENTE AUTORIZADOS DE AMBAS PARTES CONTRATANTES.
14.1.2 QUE “LA FAP” HAYA OTORGADO LA ORDEN DE COMPRA A “EL CONTRATISTA”.
14.1.3 QUE, “LA FAP” HAYA ENTREGADO EL CERTIFICADO DE ULTIMO DESTINO VISADO EN EL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES EN LIMA-PERU.
14.1.4 QUE “EL CONTRATISTA” HAYA OBTENIDO LA CORRESPONDIENTE LICENCIA DE EXPORTACIÓN.
CLAUSULA DECIMO QUINTA.- LICENCIA DE EXPORTACION
15.1 LICENCIA DE EXPORTACION
PARA EFECTOS DE LA IMPORTACIÓN DEL SUMINISTRO, “EL CONTRATISTA” SE ENCUENTRA OBLIGADA A GESTIONAR DILIGENTEMENTE UNA AUTORIZACIÓN DE EXPORTACIÓN EMITIDA POR EL GOBIERNO DEL PAÍS EXPORTADOR, PRESENTADA COMO PARTE DE SU OFERTA TÉCNICA. EXCEPCIONALMENTE, EN CASO QUE LA REFERIDA AUTORIZACIÓN GUBERNAMENTAL SEA DENEGADA POR RAZONES VINCULADAS A TERCEROS O ACCIONES NO IMPUTABLES A LAS PARTES, EL PRESENTE CONTRATO PERDERÁ TOTAL VALIDEZ Y SERA RESUELTO.
EN CASO DE PRESENTARSE LA EVENTUALIDAD INDICADA EN EL PÁRRAFO ANTERIOR, NO SERÁN APLICABLES LAS PENALIDADES CONTRACTUALES ESTABLECIDAS EN LA CLÁUSULA DÉCIMA .
CONCLUSION
EN FE DE LO ANTERIOR SE SUSCRIBE EL PRESENTE CONTRATO EN CUATRO EJEMPLARES EN ESPAÑOL E INGLES DE IGUAL TENOR A LOS 15 DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL OCHO, EN LA CIUDAD DE LIMA-PERU-.
POR LA FAP POR EL CONTRATISTA
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COMANDANTE DE MATERIAL REPRESENTANTE LEGAL
MAYOR GENERAL XXX XXXXXXX XXXXXX
XXXXX XXXXXXXXXX XXXXXXXX PASAPORTE Nº XX0000000
DNI Nº 00000000
ANEXO 01
DOCUMENTOS LEGALES
CERTIFICADO DE INCORPORACIÓN DE LA EMPRESA ANKOL, DEBIDAMENTE REFRENDADO POR LAS AUTORIDADES COMPETENTES DEL ESTADO XX XXXXXXX, VISADO POR EL CÓNSUL DEL PERÚ EN USA Y AUTENTICADO POR EL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES EN LIMA, PERU, CUYOS DOCUMENTOS FORMAN PARTE INTEGRANTE E INSEPARABLE DEL PRESENTE CONTRATO Y COPIA DEL DOCUMENTO DE IDENTIDAD DEL REPRESENTANTE DE “EL CONTRATISTA”.
ANEXO 02
DETALLE DEL SUMINISTRO
ADQUISICIÓN DE PARACAIDAS PERSONALES C4Y PARA FLOTA MI 25
CANT. |
U/M |
DESCRIPCIÓN |
PRECIO UNITARIO |
PRECIO TOTAL |
05 |
EA. |
PARACAIDAS PERSONALES C4Y PARA FLOTA MI 25 |
$ 6,300.00 |
$ 31,500.00 |
PRECIO TOTAL DDU SEMAG, PERU |
$ 31,500.00 |
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PLAZO DE ENTREGA: 60 DIAS DESPUES DE LA FIRMA DE CONTRATO, LA RECEPCION DEL CERTIFICADO DE ULTIMO DESTINO Y LA OBTENCION DE LA LICENCIA DE EXPORTACION. |
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PAGO: 100% MEDIANTE TRANSFERENCIA BANCARIA A LA RECEPCION DE LA ORDEN DE COMPRA Y SUSCRIPCION DEL ACTA DE CONFORMIDAD POR PARTE DE LA FAP. GARANTIA: 12 MESES CONTRA DEFECTOS DE FABRICACION |
_____________________________ _______________________________
COMANDANTE DE MATERIAL REPRESENTANTE LEGAL
MAYOR GENERAL XXX XXXXXXX XXXXXX
XXXXX XXXXXXXXXX XXXXXXXX PASAPORTE Nº XX0000000
DNI Nº 00000000