Contract
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES DEL PROCEDIMIENTO ABIERTO CON PUBLICIDAD QUE HABRÁ DE REGIR EL CONTRATO DE CONSULTORÍA Y ASISTENCIA PARA LA REDACCIÓN DEL PLAN DE ORDENACIÓN MUNICIPAL DE RETUERTA DEL BULLAQUE.
Objeto del contrato y sistema de selección.
1.- El contrato objeto del presente Xxxxxx es la redacción del Plan de Ordenación Municipal (P.O.M.) de Retuerta del Bullaque de acuerdo con la legislación vigente en el momento de presentación de los documentos en cada una de las fases.
2.- El expresado P.O.M. será elaborado ajustándose a lo exigido en el artículo 24 y 30 del Decreto legislativo 1/2004, de 28 de diciembre de 2004, de la Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística de Castilla- La Mancha (L.O.T.A.U.) y demás normas de aplicación en la materia.
3.- La defensa jurídica y procesal en vía jurisdiccional en relación, respectivamente, con las impugnaciones que se promuevan en vía administrativa y jurisdiccional contra cualesquiera de los actos administrativos municipales recaídos en el procedimiento aprobatorio del precitado instrumento de planeamiento urbanístico, y hasta la conclusión de su tramitación en sede municipal.
4.- El sistema de adjudicación del contrato será el de concurso abierto, en virtud de lo establecido en el Art. 208.3 del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
Tipo de Licitación.
1.- El tipo de licitación según contrato de consultoría y asistencia técnica es de es de 62.000 Euros, I.V.A. incluido. Los licitadores podrán cubrir el presupuesto base de la licitación o bien mejorarlo a la baja a favor de la Corporación, no siendo válida la proposición que contenga cifras comparativas respecto a la más ventajosa, ni la que supere al presupuesto de licitación.
2.- En la oferta económica de los licitadores se entenderán comprendidos tanto los beneficios como todos los gastos que el adjudicatario deba efectuar para el normal cumplimiento de las prestaciones contratadas, tales como los gastos generales, financieros, seguros, transporte y desplazamientos, honorarios del personal técnico y su cargo, de comprobación y estudio y toda clase de tributos y/o tasas.
3.- Cualquier posible modificación ulterior del contrato que implicase incremento del presupuesto de adjudicación inicial estará condicionada a la existencia de crédito y a su previa aprobación por el órgano de contratación.
4.- Atendiendo al plazo de ejecución previsto, no existirá revisión de precios.
5.- El precio del contrato se liquidará conforme al siguiente plan de etapas :
10% a la firma del contrato.
20% a la entrega del documento de información urbanística.
70% tras la aprobación definitiva del POM por el órgano competente para su aprobación , y tras el abono por la Consejería de Urbanismo y Vivienda de la JCCM de la ayuda económica establecida en el respectivo Convenio firmado con este Ayuntamiento para la redacción del POM.
6.- A todos los efectos, se entenderá que las ofertas presentadas por los licitadores incluyen el I.V.A. y demás tributos que les sean de aplicación de conformidad con lo establecido en el artículo 25 del Reglamento de dicho impuesto aprobado mediante Real Decreto 1624/1992 de 29 de diciembre.
GARANTÍA PROVISIONAL Y DEFINITIVA
1.- Los licitadores deberán constituir una garantía provisional del 2 por 100 del presupuesto establecido como base de la licitación en cualquiera de las formas establecidas en el artículo 36 y 37 del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas aprobado por RDLgtvo. 2/2000 ( TRLCAP).
2.- Conforme a los artículos 36 y 37 del TRLCAP, el que resulte adjudicatario habrá de constituir una garantía definitiva equivalente al 4 por ciento del importe de la adjudicación del contrato, en metálico o en alguna de las formas establecidas en los preceptos citados. Está deberá ser constituida en los 15 días siguientes de la fecha de notificación de adjudicación del contrato, y siempre con antelación a la firma del mismo.
IV. REALIZACIÓN DEL PLAN.
1.- La redacción del P.O.M tendrá el contenido y documentación y que señalan los artículos 24 y 30 del Texto Refundido de la L.O.T.A.U. aprobado por RD Lgtvo. 1/2004 (TRLOTAU) y demás normativa de aplicación para su tramitación reglamentaria. Además de lo expresado anteriormente contendrá lo que se diga en normas de aplicación subsidiaria y se realizará y presentará en el Registro General del Ayuntamiento ajustándose al plan de etapas que se adjunta en el presente pliego.
2.- La defensa jurídica y procesal del P.O.M comprenderá en todo caso:
La valoración en derecho de las sugerencias presentadas. Cualquiera que fuere el número de las mismas.
El informe jurídico de las alegaciones formalizadas, en relación con el documento sometido a información pública, cualquiera que fuere el número de las mismas.
La defensa jurídica de la Corporación frente a las impugnaciones en vía administrativa de cualesquiera de los actos administrativos municipales propios de la sustanciación del procedimiento aprobatorio del P.O.M., entre los regulados por la legislación autonómica de aplicación, recaidos en sede municipal y con independencia del número de impugnaciones formalizadas.
La defensa procesal de la Corporación, mediante Letrado, frente a las impugnaciones en vía jurisdiccional contencioso administrativa de cualesquiera de los actos administrativos municipales propios de la sustanciación del procedimiento probatorio del P.O.M., entre los regulados por la legislación autonómica de aplicación, recaídos en sede municipal y con independencia del número de impugnaciones formalizadas.
3.- El Ayuntamiento facilitará al adjudicatario del contrato la cartografía digitalizada del municipio, así como cualquier información relevante para la redacción del Plan que obre en poder del Ayuntamiento.
4.- El trabajo definitivo se presentará en quintuplicado ejemplar y en soporte informático siendo requisitos mínimos de presentación:
Tanto la documentación escrita como la gráfica se presentará en formato legible por MS WORD para Windows y digitalización en formato DXF.
Tanto la documentación gráfica como la escrita se presentará además en cinco ejemplares en hojas de tamaño DIN A-4 o DIN A-3, incluyendo material gráfico en color.
CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
Los criterios objetivos que servirán de base para la adjudicación del concurso serán los siguientes:
OFERTA TÉCNICA.- los criterios de valoración de la oferta técnica se valorarán sobre un máximo de 70 puntos, divididos en los siguientes criterios:
El Equipo humano profesional propuesto por el Licitador para la realización del trabajo............. de 0 a 15 puntos. Estará compuesto como mínimo por los siguientes profesionales relacionados con el Planeamiento Territorial en general:
1 Licenciado en Derecho especialista en derecho urbanístico y con formación de postgrado en la misma materia.
1 Técnico redactor del Plan especialista en urbanismo.
1 Geógrafo.
1 Delineante.
1 Sociólogo.
1 Biólogo o licenciado en ciencias ambientales.
Asimismo se valorarán los siguientes aspectos:
- Dedicación a la investigación y enseñanza del urbanismo.
La publicación o pertenencia en revistas especializadas.
Capacidad y coherencia internas del equipo. (Intensidad de la experiencia conjunta de trabajos como tal equipo, existencia de equipos o medios técnicos de apoyo).
Capacidad de gestión: intervención en procesos de participación pública.
Capacidad de dedicación al trabajo: con el fin de asegurar una mayor disposición del equipo humano profesional se deberán relatar los siguientes aspectos: trabajos actualmente en ejecución y dedicación total o parcial de los integrantes del equipo al desarrollo de los trabajos objeto del contrato.
Metodología (memoria y programa de trabajo) .......... de 0 a 30 puntos.
Se valorará como aspecto de especial importancia la metodología a utilizar en el desarrollo del trabajo en función de su adecuación a los objetivos que se pretenden conseguir con el planteamiento propuesto y a la política de actuación urbanística planteada para su consecución. Así como el mayor conocimiento del territorio objeto del estudio.
Sistema de Información a la Administración ......... de 0 a 5 puntos.
Medios materiales ............... de 0 a 5 puntos.
Documento preeliminar de información territorial respecto del municipio ....... de 0 a 15 puntos.
Se valorarán la identificación de las diversas variables territoriales que afectan al territorio objeto del estudio que serán como mínimo:
- Medio natural.
- Medio socioeconómico.
- Infraestructuras y equipamientos.
- Patrimonio histórico.
- Planeamiento urbanístico vigente
MEJORAS.- Estarán dirigidas a la optimización y mayor eficacia de los trabajos a realizar, hasta un máximo de 10 puntos.
OFERTA ECONÓMICA.- las proposiciones, hasta un máximo de 20 puntos se calcularán en base a la siguiente fórmula:
P= PBx OM/ON
Siendo P, los puntos asignados a cada oferta.
PB: Puntos base a asignar.
OM: Oferta menor
ON: Oferta del concurrente
RÉGIMEN DE SANCIONES
1.- El contratista está obligado a cumplir los plazos fijados para la redacción de la documentación técnica de referencia. La constitución en xxxx del contratista no precisará intimación previa por parte del Ayuntamiento para producir los efectos legales.
2.- si el contratista por causas imputables al mismo, hubiese incurridos en demora respecto del plazo final, el Ayuntamiento podrá optar indistintamente por la resolución del contrato con pérdida de la fianza o por la imposición de penalidades graduadas con arreglo a la escala establecida en el artículo 95 del TRLCAP.
3.- Cuando las penalidades por demora alcancen el veinte por ciento del importe del contrato, el órgano de contratación estará facultado para proceder a la resolución del mismo, previo expediente que garantice la audiencia del contratista, o acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalidades.
VII.- CAUSAS DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO.
Las previstas en los artículos 111 y 149 del TRLCAP.
VIII.- CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES SOCIALES Y LABORALES
El contratista se obliga a cumplir las normas vigentes en materia fiscal, laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo, quedando el Ayuntamiento exonerado de responsabilidad por posibles incumplimientos de esa naturaleza.
IX.- PROPOSICIONES Y DOCUMENTACIÓN COMPLEMENTARIA.
1.- Las proposiciones y documentación que se relaciona en la cláusula siguiente, se presentarán en un sobre cerrado que contendrá tres sobres cerrados A, B, y C con el contenido que se detalla en dicha cláusula, identificados en su exterior con indicación de la licitación a la que concurran y firmados por el licitador o la persona que lo represente con indicación del nombre, apellidos o razón social de la Empresa, teléfono, fax y dirección de la misma. En el interior de cada sobre se hará constar en hoja independiente su contenido enunciado numéricamente.
Una vez entregada o remitida la documentación no puede ser retirada, salvo que la retirada de la proposición sea justificada.
2.- Las proposiciones y documentación adjunta, se presentarán en el Registro del Ayuntamiento de Retuerta del Bullaque de lunes a viernes de 9 a 14 horas (exceptuando días festivos) dentro del plazo de 15 días naturales a partir del día siguiente de la inserción del anuncio de licitación en el Boletín Oficial de la Provincia de Ciudad Real. En el caso de que el último día de presentación sea sábado o festivo, el plazo de presentación se prorrogará hasta el primer día hábil siguiente.
El licitador podrá optar por enviar los sobres, señalados anteriormente, por correo dentro del plazo de admisión indicado en el anuncio, en cuyo caso el interesado deberá acreditar con el resguardo correspondiente, la fecha de imposición del envío en la Oficina de Correos y anunciar en el mismo día al Órgano de Contratación, por fax, télex o telegrama, la remisión de la proposición. Sin tales requisitos no será admitida la proposición en el caso de que se recibiera fuera del plazo fijado en el anuncio de licitación. Transcurridos, no obstante, diez días naturales desde la terminación del plazo de presentación sin haberse recibido la proposición, ésta no será admitida en ningún caso. El Registro de Licitaciones acreditará la recepción del referido fax, télex o telegrama, con indicación del día de su expedición y recepción.
3.- Sobre A se subtitulará “Documentación acreditativa de la personalidad y características del contratista”
Contendrá los siguientes documentos:
Fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad y N.I.F.
Las personas jurídicas deberán presentar escritura de constitución o modificación debidamente inscrita en el Registro Mercantil.
Declaración responsable de no estar incurso en las causas de prohibición para contratar con la Administración Pública previstas en el artículo 20 del TRLCAP, que comprenderá expresamente la circunstancia de hallarse al corriente en el pago de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social, en los términos previstos en la reglamentación vigente.
Documentación que acredite la solvencia económica del licitador por cualquiera de los medios dispuestos en el artículo 16 del TRLCAP.
Documento acreditativo de la constitución de la garantía provisional ( original o fotocopia autentificada ).
Ficha de terceros a efectos de facilitar las relaciones con la Secretaría-Intervención de este Ayuntamiento.
4.-El Sobre B se titulará “ Documentación acreditativa de la solvencia profesional” y contendrá todos aquellos documentos del licitador en la elaboración de documentos urbanísticos análogos así como toda aquella que pueda ser objeto de valoración. Por la mesa de contratación conforme a los criterios establecidos en el pliego.
Los licitadores acreditaran su solvencia técnica o profesional por los medios que a continuación se indican, debiendo aportar los siguientes documentos:
4.1 Solvencia del Redactor
titulación académica o profesional del Técnico REDACTOR.
Designación del REDACTOR, técnico competente responsable de la autoría de los documentos urbanísticos. En caso de existir varios técnicos participantes será el coordinador del trabajo objeto del contrato y el interlocutor del licitador ante la administración actuante, con disponibilidad total para cualquier cuestión relativa al mismo. Deberá aportarse:
certificado del colegio profesional correspondiente que acredite su colegiación
Certificados que acrediten la realización por el REDACTOR de tres documentos de planeamiento urbanístico general (planes generales de ordenación urbana, planes generales, normas subsidiarias de planeamiento, planes de ordenación municipal, u otros instrumentos equivalente conforme a las legislaciones urbanísticas autonómicas) o su adjudicación durante los últimos cinco años.
Dichos certificados, originales o copias compulsadas, deberán ser expedidos por colegios profesionales, administraciones públicas, entres públicos u organismos de ellas dependientes.
Los certificados expresarán claramente el instrumento urbanístico al que se refieren así como cualquier circunstancia que sirva para acreditar la solvencia técnica del redactor.
4.2. Solvencia del licitador.
Titulaciones académicas o profesional del personal de dirección de la empresa.
Relación suscrita por un responsable legal del licitador de los principales contratos de redacción de instrumentos urbanísticos de planeamiento general adjudicados al licitador en los últimos cinco años.
Certificados que acrediten la realización por el LICITADOR de tres documentos de planeamiento urbanístico general (planes generales de ordenación urbana, planes generales, normas subsidiarias de planeamiento, planes de ordenación municipal, u otros instrumentos equivalente conforme a las legislaciones urbanísticas autonómicas) o su adjudicación durante los últimos cinco años.
Dichos certificados o contratos de asistencia, originales o copias compulsadas, deberán ser expedidos por colegios profesionales, administraciones públicas, entres públicos u organismos de ellas dependientes.
Los certificados expresarán claramente el instrumento urbanístico al que se refieren así como cualquier circunstancia que sirva para acreditar la solvencia técnica del redactor.
5.-El Sobre C se titulará “Oferta económica” y se ajustará al siguiente modelo de proposición.
D/Xx ................ con D.N.I. núm......, domiciliado en calle ............nº,........, de ........., Código Postal..............., Provincia.............., País........... Teléfono ........... Fax..........., mayor de xxxx, en nombre propio o actuando en representación de la empresa................., cuyo Código de Identificación Fiscal es........., Provincia.........., País............, Teléfono..........., Fax............., enterado de los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares y Técnicas que han de regir la contratación de la redacción y defensa jurídica y procesal del Plan de Ordenación Municipal del Ayuntamiento de Retuerta del Bullaque ( Ciudad Real ) , y aceptando íntegramente el contenido de los mismos, se compromete (en nombre propio o de la empresa......) a realizarlo por:
El precio ofertado incluye en todo caso, todos los gastos e impuestos, incluido el IVA.
Lo que firman en
........... a ............. de .............de.........
FIRMA
X.- CONSTITUCIÓN DE LA MESA DE CONTRATACIÓN Y APERTURA DE LAS PROPOSICIONES
1.- Tendrá lugar en el salón de actos del Ayuntamiento de Retuerta del Bullaque el quinto día hábil siguiente al que termine el plazo señalado para la presentación de proposiciones, salvo que sea sábado o existiera impedimento justificado, en cuyo caso se celebrará el día hábil siguiente en que sea posible.
2.- La Mesa de contratación estará presidida por:
El Alcalde, o Concejal en quien delegue.
El Secretario-Interventor de la Corporación o funcionario que legalmente le sustituya.
Arquitecto municipal.
Dos Concejales pertenecientes éstos a cada uno de los Grupos Municipales.
El Presidente podrá designar a los técnicos externos que tenga por conveniente para informar a la Masa de contratación, si el volumen de proposiciones presentadas o cualesquiera otras circunstancias lo hicieran aconsejable.
3.- La Mesa de contratación calificará inicialmente los documentos presentados en tiempo y forma y tras ello procederá, en acto público, a la apertura de las ofertas admitidas y a elaborar propuestas de adjudicación del contrato al licitador que contenga mayor puntuación. Con carácter previo, la Mesa de contratación podrá solicitar cuantos informes considere oportunos y se relacionen con el objeto del contrato.
4.- El Expediente de contratación con los informes requeridos, en su caso, se elevará a la Alcaldía que efectuará, en su caso, la adjudicación del contrato en el plazo máximo de veinte días desde la fecha de terminación del plazo de presentación de ofertas.
Cuando no se adjudique el contrato de acuerdo con la propuesta formulada por la Mesa de contratación deberá motivarse la decisión.
5.- El contrato se formalizará en documentos administrativo, resultando de aplicación al mismo lo dispuesto en el artículo 54 del TRLCAP, en el artículo 113 del R.D.Legislativo 781/1986 de 18 xx xxxxx y normas concordantes.
6.- Las autoridades y personal del Ayuntamiento que intervenga en el procedimiento licitatorio deberán abstenerse y podrán ser recusados en los términos previstos en los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992, de 26 de Noviembre.
XI. ÓRGANO DE CONTRATACIÓN
El órgano competente para contratar es el Alcalde Presidente, de conformidad con lo establecido en el artículo 21.1 ñ) de la Ley 7/1985 de 2 xx xxxxx, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
El Mencionado órgano tiene facultada para adjudicar el correspondiente contrato administrativo y, en consecuencia, ostenta las prerrogativas de interpretarlo, resolver las dudas que ofrezca la ejecución del mismo, modificarlo y acordar su resolución, con sujeción a la normativa aplicable. Los acuerdos que a este respecto dicte serán ejecutivos, sin perjuicio del derecho del contratista a su impugnación ante la jurisdicción competente.
XII. NORMATIVA SUPLETORIA
En lo no previsto en las presentes cláusulas regirán las normas de la Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, Reguladora de las Bases de Régimen Local, en el Texto Refundido xx Xxx de Contratos de las Administraciones Públicas y su Reglamento y Normas Complementarias, de desarrollo y de aplicación subsidiaria.
XIII. PLAZO DE EJECUCIÓN.
1.- El plazo de ejecución del Plan de Ordenación Municipal estará en función de la tramitación jurídico administrativa del mismo. En todo caso, habrá de cumplirse el siguiente plan de etapas:
A los cuatro meses de la firma del contrato y entrega de la cartografía más la documentación requerida por el licitador deberá entregarse DOCUMENTO DE INFORMACIÓN URBANÍSTICA.
A los dos meses de la aprobación inicial de Plan se redactará el documento urbanístico del plan de Ordenación Municipal para su aprobación definitiva.
Retuerta del Bullaque a 21 xx xxxxx de 2005.
EL ALCALDE. EL SECRETARIO
Fdo: Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxx. Fdo: Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx.
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