PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DEL SUMINISTRO MEDIANTE RENTING DE SEIS EQUIPOS MULTIFUNCIÓN POR PROCEDIMIENTO ABIERTO
PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DEL SUMINISTRO MEDIANTE RENTING DE SEIS EQUIPOS MULTIFUNCIÓN POR PROCEDIMIENTO ABIERTO
1. OBJETO DEL CONTRATO
Constituye el objeto de este contrato el suministro de seis equipos de impresión multifunción, de las características que más adelante se describen, en la modalidad de arrendamiento no financiero o “renting”, de conformidad con documentación técnica que figura en el expediente, que tendrá carácter contractual.
Ubicación del suministro:
Ubicación | Xxxxxxxxxxx |
Xxxxxxxxxx | Xxx Xxxxxx Xxxxx, 0 |
Xxxxxxx Xxxxxxx | Xxx Xxxxxx Plaza, 1 |
Sac | San Xxxxxxxxxx, 10 |
Errota Kultur Etxea | Laubideta, 22 |
Udal Mediateka | Zeletabe, 8 |
Juzgado | Ferialeku, S/N |
El contrato consistirá en:
Suministrar seis equipos de impresión multifunción antes mencionados.
Proporcionar y gestionar la reposición de consumibles.
Suministrar y gestionar la recogida certificada de los consumibles usados.
Proporcionar un servicio de mantenimiento de los equipos multifunción.
Proporcionar una garantía de los equipos a instalar durante la duración del contrato.
Proporcionar herramientas y aplicativos de control del Servicio.
Gestionar la totalidad de los equipos instalados.
Suministrar un Software de gestión de impresión Centralizada.
NO SE ADMINTIRÁ NINGUNA OFERTA QUE NO INCLUYA LA TOTALIDAD DEL OBJETO DEL CONTRATO
2. PLAZO DE DURACION DEL CONTRATO
El plazo de duración del presente contrato será de 60 MESES, contados a partir del día siguiente a la formalización de la recepción, la cual tendrá lugar una vez suministrados todos los equipos y verificado el correcto funcionamiento de los mismos. La instalación llevará consigo la formación a usuarios de los equipos y software asociado a cada equipo, así como la formación específica al personal técnico para tareas de supervisión, parametrización y personalización en la implantación.
3. PRESUPUESTO DE LICITACION Y VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO.
El presupuesto de licitación y el valor estimado del contrato será de 24.000 € para los 60 meses, más el Iva correspondiente. En dicho importe están incluida hasta 15.000 copias mensuales (incluyendo copias en color y/o en blanco y negro), sin coste para el Ayuntamiento (el papel es a cargo del Ayuntamiento).
Para las copias que excedan de lo anteriormente mencionado, el licitador deberá ofertar un precio por hoja tanto para las hojas impresas en B/N como en color, lo cual se indicará en la proposición económica (Anexo II) a incluir en el Sobre C.
A los precios que se presenten se les añadirá el IVA correspondiente diferenciando ambas cantidades.
4. NORMAS REGULADORAS
La naturaleza del presente contrato es la de un contrato de suministro, según dispone el artículo 9 del RDL 3/2011.
El presente contrato se califica como contrato administrativo, al contener prestaciones referentes al contrato administrativo de suministro. Se regirá por tanto en cuanto a su preparación, adjudicación, efectos y extinción según dispone el artículo 19.2 del RDL 3/2011 por:
- Las cláusulas contenidas en el presente Pliego de cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas.
- Por el Real Decreto Legislativo 3/2011 por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
- Por el RD 1098/2001 de 12 de octubre por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
- Real Decreto 817/2009 de 8 xx xxxx por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007 de 30 de octubre de Contratos del Sector Público.
- Supletoriamente por las restantes normas de Derecho Administrativo kque regulan la contratación y resulten de aplicación y en su defecto por las de Derecho Privado.
5. FINANCIACION
Existe consignación presupuestaria suficiente para responder de las obligaciones del Ayuntamiento en este contrato. Asimismo, el órgano competente en materia presupuestaria reservará los créditos oportunos en los presupuestos de los ejercicios futuros que resulten afectados.
6. FORMA DE PAGO
La 1/60ava parte del precio del contrato se abonará una vez recibida de conformidad la prestación, el adjudicatario emitirá la correspondiente factura mensual por medio de factura electrónica a través de nuestro portal electrónico xxx.xxxxxxx.xxx. Las facturas serán abonadas en el plazo de
30 días, según el artículo 216.4 del RDL 3/2011, una vez aprobadas por el órgano municipal competente.
7. REVISION DE PRECIOS
En el presente contrato NO procederá la revisión de precios.
8. GARANTIAS Y MANTENIMIENTO
8.1 Garantía provisional
No se exige
8.2 Garantía definitiva
El adjudicatario del contrato está obligado a constituir una garantía definitiva por la cuantía, equivalente al 5% del importe de adjudicación, excluido el IVA, para, por un lado, garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas y por otro lado, para responder del mantenimiento de los elementos suministrados e instalados durante los 60 MESES de duración del contrato, para lo cual será retenida durante dicho periodo.
El plazo para la constitución de la citada garantía será de diez de días hábiles contados a partir del siguiente al de la notificación del requerimiento efectuado por el Ayuntamiento y podrá constituirse en cualquiera de los medios establecidos en el artículo 96 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. La acreditación de su constitución podrá realizarse por medios electrónicos, informáticos o telemáticos.
La devolución de la garantía, tanto total como parcial en su caso, se realizará de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 102 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, una vez vencido el plazo de garantía y cumplidas por el adjudicatario todas sus obligaciones contractuales.
8.3 Mantenimiento:
El mantenimiento se hará de acuerdo con lo señalado en el pliego técnico y con la prsente cláusula. Durante el período de garantía de 60 meses la empresa adjudicataria estará obligada a realizar las revisiones preventivas, reparaciones, sustituciones de piezas y suplencias de equipos en caso de avería.
En todo caso deberán realizarse revisiones preventivas trimestralmente, y dar cuenta de ello al Ayuntamiento.
8.4 Averias:
En caso de avería el técnico de la empresa deberá personarse dentro del plazo de 4 horas contados desde la recepción del aviso conforme a lo indicado en el pliego técnico. Si la reparación conllevase la inactividad del equipo por un plazo superior a tres días hábiles, deberá suplirse por otra.
8.5 Incumplimientos:
La demora en la entrega, instalación, revisiones preventivas, reparación o suplencia del equipo por parte de la empresa adjudicataria, no requerirá la previa intimidación expresa por parte del Ayuntamiento, y salvo que el Ayuntamiento lo entienda como causa justificada, se penalizará conforme al art. 212-4 del TRLCSP.
La reiteración en los incumplimientos podrá dar lugar a su inclusión en la relación de las causas de resolución del contrato.
9. EJECUCION DEL CONTRATO
Los bienes deberán ser entregados en el tiempo y lugar fijados en la Cláusula nº 13 del presente Pliego, de conformidad con las prescripciones técnicas.
La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista y éste no tendrá derecho a indemnizaciones por causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados en los bienes antes de su entrega al Ayuntamiento, salvo que éste hubiese incurrido en xxxx al recibirlos.
El contrato se ejecutará con sujeción a las cláusulas contenidas en el presente pliego y, en su caso, a las especificaciones técnicas unidas al expediente, bajo la dirección, inspección y control de la Administración, quien ejercerá estas facultades tanto por escrito como verbalmente.
Cuando por actos u omisiones imputables al contratista o a personas de él dependientes se comprometa la buena marcha del contrato, la Administración podrá exigir la adopción de las medidas que estime necesarias para conseguir o restablecer el buen orden en la ejecución del mismo.
El plazo para efectuar la entrega de los bienes objeto del contrato y su puesta en funcionamiento de acuerdo con la Cláusula 13 será de 15 días hábiles a partir de la formalización del contrato.
10. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones legales vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de seguridad e higiene en el trabajo, quedando el Ayuntamiento exonerado de responsabilidad por este incumplimiento.
El adjudicatario asignará los recursos tanto humanos como tecnológicos para garantizar una gestión xx xxxxx remota, con el objetivo de aumentar la velocidad, la calidad y la fiabilidad de la gestión de la toda la infraestructura tecnológica, así como la supervisión de alertas y la gestión de pedidos de consumibles desde una ubicación externa.
La gestión remota deberá realizar como mínimo las siguientes tareas:
Contactar con el servicio técnico de campo para abrir una incidencia, y hacer seguimiento de las mismas.
Resolución de problemas de baja complejidad.
Detección automática de necesidad de consumibles y tóner y envío de los mismos.
Servicio de Help Desk, mediante teléfono o correo electrónico al responsable de informática.
Monitorización proactiva de atascos, xxxxxxx, falta de papel, falta de tóner, y otras anomalías.
Actualizaciones El adjudicatario se encargará de garantizar el desempeño óptimo de la
gestión remota de la flota a través de un supervisor, quién coordinará y establecerá los contenidos de tareas y tiempos para el correcto despliegue del servicio contratado.
El contratista cumplirá el acuerdo de los niveles de servicio (SLA) establecido en la Cláusula 8 xxx Xxxxxx Técnico o aquel que haya presentado en su oferta si éste último mejora el anterior.
El contratista deberá facilitar un aplicativo que permita al Ayuntamiento de La Anteiglesia de Abadiño gestionar de manera remota e independiente las incidencias acaecidas.
El contratista presentará en el acto de la recepción, la documentación de la instalación de los diferentes equipos, que incluirá un listado donde se especificará:
Nombre del equipo
Ubicación
Marca y modelo
IP del equipo
información sobre el Hardware
Versión del Driver instalado.
Cualquier información relevante para la gestión del equipo
Diagrama gráfico de la instalación en formato PPTX.
11. RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA POR LOS DAÑOS CAUSADOS A TERCEROS DURANTE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO.
El contratista será responsable de los daños y perjuicios que se causen como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 214 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
12. MODIFICACIONES DEL CONTRATO
La Administración podrá modificar el contrato por razones de interés público cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en el art. 107 del TRLCSP y siempre que con ello no se alteren las condiciones esenciales de la licitación y adjudicación.
Las posibles modificaciones referidas anteriormente serán obligatorias para el contratista.
13. RECEPCION DEL SUMINISTRO
El suministro debe comprender la puesta en marcha de los equipos, el mantenimiento, la instalación de drivers en el servidor de impresión y contemplar la correcta distribución en los ordenadores de la red, la reposición y actualización tecnológica de los equipos necesarios para el correcto funcionamiento administrativo y asistencial del Ayuntamiento de La Anteiglesia de Abadiño en todas sus dependencias.
Todos los fungibles (excepto papel) necesarios para el correcto funcionamiento de los equipos deberá incluirse.
El licitador será el responsable de la instalación de los equipos acreditando su presencia y solvencia de servicio técnico, para ello aportará personal, suficientemente capacitado, especializado y formado para la prestación del servicio, tanto en la parte de los equipos multifuncionales como en la instalación del software de gestión remota de los mismos, y asignará un supervisor suficientemente capacitado, el cual asumirá las funciones de dirección y control del personal y de la instalación para asegurar la prestación del servicio, así como el correcto cumplimiento del contrato.
El Ayuntamiento, en la medida de lo posible, se asegurará de que el personal disponga de un lugar adecuado para realizar su función, así como el acceso a las dependencias del Ayuntamiento en las que deban prestar el servicio.
Las fases de la instalación se realizaran en el siguiente orden: 1ª Instalación de Equipos Multifuncionales.
2ª Instalación y Configuración del Software de Gestión Remota.
Instalación de equipos
La puesta en marcha deberá incluir:
Instalación física de los nuevos equipos, e instalación de drivers en el servidor de impresión así como en los ordenadores de la red, según las indicaciones del servicio de informática de este Ayuntamiento
Formación a usuarios para cubrir como mínimo los siguientes aspectos:
o Familiarización con el equipo: (uso del panel de control, bandejas de entrada y salida, etc.) Mantenimiento básico de usuario: como la carga de papel, tóner, desatascos y limpieza del cristal de exposición.
o Conocimiento de las funcionalidades del equipo: impresión en B/N y color, impresión confidencial, copiado, escaneo y envío de documentos al correo electrónico o carpeta remota. Impresión en diferido y envío de Fax desde los PC.
o El ofertante deberá dejar en cada equipo de tipo multifunción un breve manual con las informaciones citadas en el párrafo anterior. Los manuales de utilización detallados se entregarán al Ayuntamiento de Abadiño en formato PDF y en idioma español para que los ponga a disposición de todas las áreas del Ayuntamiento a través de las vías de comunicación oportunas.
Instalación de equipamiento complementario para garantizar el correcto funcionamiento del servicio.
Instalación, configuración e implantación de la solución informática para la gestión de los equipos.
14. CUMPLIMIENTO DE LOS PLAZOS Y OBJETO. PENALIDADES
El/la contratista está obligad@ a cumplir el contrato dentro del plazo total fijado para la realización del mismo.
Si el/la contratista, por causas imputables al/a la mism@, hubiera incurrido en demora respecto al cumplimiento del plazo total, la Administración podrá optar indistintamente por la resolución del contrato o por la imposición de las penalidades establecidas en el art. 212.4 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
15. CAUSAS DE RESOLUCION DEL CONTRATO
La resolución del contrato se acordará por el órgano de contratación, de oficio o a instancia del contratista tendrá lugar en los supuestos previstos en los artículos 223 y 299 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
16. PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACION
Corresponden al Ayuntamiento las prerrogativas de interpretar el contrato, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta, dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos establecidos en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, así como en el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
17. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACION
La adjudicación del presente contrato se llevará a cabo por procedimiento abierto a tenor de lo establecido en el artículo 157, donde todo empresario interesado en el contrato podrá presentar una proposición.
La adjudicación del presente contrato será a favor de la oferta más ventajosa, atendiendo a los criterios establecidos en el pliego, según lo estipulado en los artículos150 del Real Decreto Legislativo 3/2011 por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de contratos del Sector Público, sin perjuicio del derecho de la administración a declararlo desierto.
En el presente Pliego de Cláusulas Administrativas se establecen los criterios que han de servir de base para la adjudicación del presente procedimiento. Los mismos se indicarán por orden decreciente en función de la importancia y el grado de ponderación otorgada en el pliego.
La tramitación del expediente de contratación será ordinaria.
18. CAPACIDAD Y SOLVENCIA PARA CONTRATAR
18.1- Podrán tomar parte en este procedimiento de contratación las personas naturales o jurídicas que se hallen en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional y no estén incursas en ninguna de las prohibiciones
para contratar establecidas en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
Asimismo, podrán hacerlo por sí o representadas por persona autorizada, mediante poder bastante otorgado al efecto. Cuando en representación de una persona jurídica concurra algún miembro de la misma, deberá justificar documentalmente que está facultado para ello. Tanto en uno como en otro caso, al representante le afectan las causas de incapacidad para contratar citadas.
Los empresarios deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación objeto del presente contrato.
18.2- Documentación administrativa (a presentar en caso de licitador propuesto como adjudicatario).
1. Los que acrediten la personalidad jurídica del empresario. Si la empresa fuese persona jurídica, la personalidad se acreditará mediante la presentación de la escritura de constitución o modificación, debidamente inscrita, en su caso, en el Registro Mercantil. Para los empresarios individuales será obligatoria la presentación de la fotocopia legitimada del Documento Nacional de Identidad o del que, en su caso, le sustituya reglamentariamente.
2. Documentos que acrediten, en su caso, la representación. Los que comparezcan en nombre de otro presentarán poder bastante al efecto, y fotocopia legitimada de su Documento Nacional de Identidad o del que, en su caso, le sustituya reglamentariamente. Si la empresa fuera persona jurídica el poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil, excepto si se trata de un poder para acto concreto.
3. Cuando dos o más empresarios acudan a la licitación constituyendo una unión temporal, cada uno de ellos deberá acreditar su personalidad y capacidad. A efectos de determinación de su solvencia, se acumularán las características acreditadas para cada uno de
los integrantes de la unión.
4. Solvencia económica y técnica del contratista:
Los medios de acreditación de la solvencia serán los señalados en los artículos 75 y 78 del RDL 3/2011; en concreto por uno o varios de los medios siguientes:
Con respecto a la solvencia económica:
Declaraciones apropiadas de entidades financieras.
Con respecto a la solvencia técnica o profesional:
Relación de los principales suministros, de características similares al objeto del presente contrato, efectuados durante los tres últimos años, indicando su importe, fechas y destinatario público o privado de los mismos. Los suministros efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o cuando el destinatario sea un comprador privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario.
5- Las personas jurídicas deberán tener comprendida esta prestación dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales, les sean propios. Ello se acreditará mediante escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate, según disponen los artículos 57 y 72 del RDL 3/2011.
6- Acreditación de estar dado de alta en el I.A.E., en el epígrafe que corresponda al objeto del contrato, mediante la presentación del alta, si se refiere al ejercicio corriente, o del último
recibo del I.A.E, en los demás casos, acompañada en ambos supuestos de una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del referido impuesto. Anexo IV
7- Una declaración responsable de no estar incursa la empresa en prohibición de contratar, conforme al artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. Anexo III
8- Hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
9- Especialidades en la documentación que han de presentar en su caso los empresarios extranjeros. Las empresas extranjeras deberán acompañar la declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
Cuando se trate de empresarios de Estados miembros de la Comunidad Europea deberán acreditar su inscripción en un registro profesional cuando este requisito sea exigido por la legislación del Estado respectivo; en caso contrario será suficiente que acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional, conforme a lo dispuesto en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Publico. Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con certificación expedida por la Embajada de España en el Estado correspondiente.
Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea deberán justificar que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración, en forma substancialmente análoga.
18.3- Caso de que los licitadores presenten certificación expedida por el Registro de contratistas de la Comunidad Autónoma del País Xxxxx o de la Diputación Xxxxx de Bizkaia o del Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado o mediante un certificado comunitario de clasificación conforme a lo establecido en el artículo 84 de la RDL 3/2011 no habrán de presentar ningún otro documento excepto los referentes, en su caso, al apartado 5, 6, 7 y 8. En este caso, deberá acompañarse a la referida certificación una declaración responsable del licitador en la que manifieste que las circunstancias reflejadas en el correspondiente certificado no han experimentado variación.
19. PROPOSICIONES, DOCUMENTOS Y PLAZO DE PRESENTACIÓN
Cada empresa licitadora no podrá presentar más que una proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por ella suscritas.
Las proposiciones se presentarán en soporte papel, serán secretas y su presentación presume la aceptación incondicionada por el/la empresari@ del contenido de la totalidad de lo previsto en los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares y xxx Xxxxxx de Condiciones Técnicas.
Las proposiciones se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Abadiño en el plazo de 15 días naturales a contar desde el día siguiente en que aparezca en el Boletín Oficial de Bizkaia el anuncio de la convocatoria respectiva.
Si el último día fuera sábado o inhábil, dicho plazo quedará prorrogado al primer día hábil siguiente.
No se admitirá la presentación de proposiciones por teléfono, telefax, medios electrónicos o telemáticos.
En caso de presentarse por correo, el empresario deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la documentación mediante telex, fax o telegrama en el mismo día. Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la documentación si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha y hora de terminación del plazo señalado en el anuncio. Transcurridos,
no obstante, diez días naturales siguientes a la fecha indicada sin haberse recibido la documentación, ésta no será admitida en ningún caso.
Los licitadores habrán de presentar TRES SOBRES CERRADOS:
En el exterior de ellos figurará el título "Oferta para tomar parte en el procedimiento para la adjudicación del contrato suministro mediante renting de seis equipos multifunción”, el nombre y el número de D.N.I. o C.I.F. del licitador y la firma, el tipo de sobre en cuestión (A, B o C) y en el interior irán necesariamente los siguientes documentos:
Sobre A: DECLARACIÓN RESPONSABLE (de acuerdo con el Anexo I) La aportación de la documentación administrativa establecida la Cláusula 18.2 se sustituirá por la presentación de esta declaración responsable, indicando que el licitador cumple las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración y en concreto con las detalladas en este pliego y de que dispone de toda la documentación que así lo acredita, comprometiéndose a aportarla en cualquier momento que así lo solicite el órgano de contratación y en todo caso, en el supuesto de que la propuesta de adjudicación recaiga a su favor, los aportará con carácter previo a la adjudicación.
Se advierte que el momento decisivo para apreciar la concurrencia de los requisitos exigidos legalmente y en este pliego para contratar será el de finalización del plazo de presentación de las proposiciones.
SOBRE B: DOCUMENTACIÓN RELATIVA A ASPECTOS OBJETO DE VALORACIÓN SUBJETIVA.
Este sobre tendrá dos contenidos: uno referido a la obligación de suministrar los equipos que cumplan las características mínimas (apartado 3.2 xxx xxxxxx técnico), y otro referido a los aspectos valorables mediante criterios subjetivos.
o Primer contenido: Relación de los equipos a suministrar en los cuales se incluirá el modelo y características de los equipos, los cuales de forma obligatoria se deben ajustar
a los tipos de equipos descritos en el apartado 3.2 xxx Xxxxxx Técnico, y si algún equipo no se ajusta, la oferta quedará excluida .
Una vez comprobado que la oferta se ajusta al objeto del contrato, se procederá a analizar y valorar los siguientes aspectos.
o Segundo contenido: en la forma y formato que el licitador estime ( memoria, etc) expondrá los siguientes contenidos que serán tenidos en cuenta en los criterios de valoración:
procedimiento de instalación y configuración de los equipos.
descripción del procedimiento a seguir en la resolución de incidencias.
plan de mantenimiento disponiendo de un servicio de asistencia técnica oficial, propio o ajeno, de la marca suministrada y personal para ello.
cualquier metodología que redunde en una mejora de la asistencia técnica y servicio postventa.
SOBRE C: DOCUMENTACIÓN RELATIVA A ASPECTOS OBJETO DE VALORACIÓN OBJETIVA.
Propuesta: según el modelo de proposición que figura en el Anexo II.
El licitador deberá indicar en documento redactado al efecto firmado por él, según modelo que figura en el Anexo II, que se compromete a realizar el objeto del contrato respetando en todo caso el tipo de licitación en unos términos concretos.
20. APERTURA PROPOSICIONES
La Mesa de Contratación, legalmente constituida al efecto, procederá a la apertura del sobre A,
calificará previamente los documentos presentados en tiempo y forma y si observare defectos materiales o de forma, podrá conceder, si lo estima conveniente, un plazo no superior a tres días hábiles para que el/la licitador/a subsane el error. La mesa en acto público a la que serán convocados los licitadores por e-mail dará cuenta del sobre A y procederá a la apertura del sobre
B. El contenido del sobre B se trasladará a la parte técnica de la Mesa de Contratación para que elabore el informe pertinente. Nuevamente en acto público a la que serán convocados los licitadores por e-mail se dará cuenta del informe elaborado y se procederá a la apertura del sobre C y en su caso, se propondrá la adjudicación.
21. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
La adjudicación del presente contrato se realizará atendiendo a la oferta económica más ventajosa, lo que comporta que la referida adjudicación deberá recaer en el licitador que presente la mejor oferta según los siguientes criterios de adjudicación, Puntuación total máxima obtenible de 100 puntos:
21.1 CRITERIOS NO CUANTIFICABLES POR FÓRMULAS (hasta 40 puntos):
1.- Características del software de gestión y control de impresiones (se valorará hasta un máximo 5 puntos).
Se valorará la adopción de mecanismos de validación a los equipos multifunción diferentes de usuario/clave. Se valorara especialmente la utilización de tarjetas de proximidad
2.- Procedimiento de instalación y configuración de los equipos (se valorará hasta un máximo de 5 puntos).
Se valorará que el personal que realice la instalación de la herramienta de control remoto así como la instalación de drivers de los equipos multifunción, este en posesión de la certificación técnica que acredite la solvencia del personal. Esta certificación técnica se corresponderá con certificados oficiales de Microsoft y el certificado emitido por la empresa propietaria del software de gestión remota.
3.- Cualquier metodología que redunde en una mejora de la asistencia técnica y servicio postventa (se valorará hasta un máximo de 5 puntos)
Se valorará la consistencia de un plan integral de mejora en la asistencia técnica en la que se especifique de forma fehaciente:
o Acciones que el licitador considere oportunas, y no estén incluidas en el Pliego de Condiciones Técnicas, en el mantenimiento y que redunden en una mejora del servicio preventivo de los equipos multifunción.
o Acciones en la actualización de parches y mejoras que el licitador considere oportunas y no estén incluidas en el Pliego de Condiciones Técnicas sobre la instalación de parches y/o actualizaciones que afecten al uso del Software de Gestión remota.
4.- Descripción del procedimiento a seguir en la resolución de incidencias (se valorará hasta un máximo de 10 puntos)
Se valorará el nivel de información que la empresa licitadora suministre en tiempo real de la/s incidencia/s abierta/s, entre las que se incluyen
o información de apertura de incidencia
o acciones desarrolladas hasta el momento de la consulta
o estado de ejecución de la misma
o asignación a técnico de campo
o estimación de resolución de incidencia
o estimación de asistencia al centro del técnico de campo.
5.- Plan de mantenimiento disponiendo de un servicio de asistencia técnica oficial propio o ajeno de la marca suministrada y personal para ello (se valorará hasta un máximo de 15 puntos)
Se valorará la explicación de forma pormenorizada las labores preventivas que se realizaran en las maquinas, especialmente:
o Acciones preventiva trimestrales
o Previsión preventiva de cambios de componentes mecánicos antes de posibles fallos, especificando para ello la vida útil de todos elementos reflejados.
o Previsión preventiva de cambios de componentes fungibles (tambores, fusores, …) antes de la finalización de su vida útil, especificando para ello la vida útil de todos elementos reflejados.
21.2 CRITERIOS CUANTIFICABLES POR FÓRMULAS (hasta 60 puntos).
Total 60 puntos, desglosados del siguiente modo:
1) 50 puntos a la oferta más baja para los 60 meses
El resto proporcionalmente, tal y como se establece en el sistema de puntuación
2) 5 puntos a la oferta más baja por página en blanco y negro para los posibles excesos sobre la impresión mínima establecida. Se rechazará toda oferta que exceda la cuantía de
0.0053€/página.
3) 5 puntos a la oferta más baja por página en color para los posibles excesos sobre la impresión mínima establecida. Se rechazará toda oferta que exceda la cuantía de 0.0533€/página.
** Se considera exceso aquellas copias o impresiones que se realicen una vez superadas las
15.000 copias mensuales.
El resto proporcionalmente, tal y como se establece a continuación El sistema de puntuación será el siguiente:
Puntuación = (Oferta más baja presentada o precio más bajo por página presentado / Oferta a valorar) x Número de puntos.
A estos efectos se considera copia o página = la impresión por una cara del papel
Porcentaje para presumir las bajas como temerarias.
Dado que el precio ofertado es uno de los criterios objetivos que han de servir de base para la adjudicación, se considerará, en principio, como desproporcionada o temeraria la baja de toda proposición cuyo porcentaje exceda en 10 unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas.
22. ADJUDICACION
El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, realice las siguientes actuaciones:
a) Presentar la documentación original o copia compulsada de la requerida en la Cláusula 18.
b) Presentar la documentación justificativa de haber constituido la garantía definitiva.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
El órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación.
La adjudicación deberá ser motivada, se notificará a los candidatos o licitadores y, simultáneamente, se publicará en el perfil de contratante.
23. FORMALIZACION DEL CONTRATO
Al amparo de lo previsto en el art. 155.2 del TRLCSP, en caso de renuncia a la celebración del contrato o desistimiento de este procedimiento, la compensación de los gastos que la licitación haya ocasionado a los licitadores será fijada por esta Administración previa audiencia y justificación de aquéllos.
El contrato se formalizará en documento administrativo, una vez abonados por el adjudicatario los gastos de publicidad oficial en el Boletin, dentro del plazo máximo de quince días hábiles, a contar desde el siguiente al de la notificación de la adjudicación, constituyendo dicho documento título suficiente para acceder a cualquier registro público. No obstante, el contratista podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo de su cargo los correspondientes gastos.
En el caso de falta de formalización del contrato por causas imputables al contratista, la Administración podrá acordar la resolución del mismo, previa audiencia del interesado, con indemnización de daños y perjuicios.
Si las causas de la no formalización fueren imputables a la administración se indemnizará al contratista de los daños y perjuicios que la demora le pudiera ocasionar.
24. NATURALEZA Y REGIMEN JURIDICO DEL CONTRATO
El contrato que en base a este pliego se realice tendrá carácter administrativo, rigiéndose por el presente pliego y el resto de la documentación técnica que lo acompaña. En todo lo no previsto en él se estará a lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público; en el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 00 xx xxxxxxx, xx Xxxxxxxxx xxx Xxxxxx Xxxxxxx; en el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, en lo que xx xx xxxxxx xx XXXxx 0/0000; y en las demás normas que, en su caso, sean de aplicación a la contratación de las Administraciones Públicas.
En caso de contradicción entre el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y el resto de la documentación técnica unida al expediente, prevalecerá lo dispuesto en este Pliego.
25. PROTECCION DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL
En el caso de que la presente contratación implique el acceso a datos de carácter personal, el contratista deberá cumplir las obligaciones derivadas de la Disposición Adicional Vigésima Sexta del TRLCSP, en relación con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y su normativa de desarrollo.
26. JURISDICCION COMPETENTE
Las cuestiones controvertidas que se puedan derivarse del presente contrato serán resueltas por el órgano de contratación, cuyos acuerdos pondrán fin a la vía administrativa y podrán ser impugnados directamente ante la jurisdicción contencioso administrativa, sin perjuicio de que, en su caso, proceda la interposición del recurso especial en materia de contratación regulado por los artículos 40 a 49 del TRLCSP, o cualquiera de los regulados en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
En.............................., a.............de..............................de 20........
ANEXO I: MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE
D………………………………………, con domicilio a efectos de notificaciones en
……………………., c/ …………………., nº……., con DNI nº ………………, en representación de la Entidad………………………………….., con CIF nº ,
a efectos de su participación en la licitación del Ayuntamiento de Abadiño del contrato de suministro mediante renting de seis equipos multifunción.
DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD
PRIMERO. Que se dispone a participar en la contratación del Suministro mediante renting de seis equipos multifunción.
SEGUNDO. Que cumple con todos los requisitos previos exigidos en el apartado primero del artículo 146 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público para ser adjudicatario del contrato y en concreto declara:
Que actúa en representación de la empresa , la cual
posee personalidad jurídica suficiente.
Que está debidamente clasificada la empresa o, en su caso, que cuenta con los requisitos de solvencia económica, financiera y técnica o profesional exigidas en la presente licitación
Que no está incurso en una prohibición para contratar de las recogidas en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y se halla al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
Que esta dado de alta en el epígrafe correspondiente del Impuesto de Actividades Económicas o, en su caso, declaración de estar exento del mismo.
Que los equipos a suministrar son originales, sin uso y sin componentes reconstruidos.
Que asegura que no habrá riesgo de obsolescencia tecnológica durante el período de vigencia del contrato y que para garantizar la calidad del contrato, no se hará valer de ningún equipo o elemento declarado EOL (End of Life) o descatalogado.
Que se somete a la Jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitador.
Que la dirección de correo electrónico en que efectuar notificaciones así como la dirección, número de teléfono y de fax, y la persona a la que se dirigirán las comunicaciones y requerimientos es ……………………………………………..
TERCERO. Que se compromete a acreditar la posesión y validez de los documentos a que se hace referencia en el apartado segundo de esta declaración, en caso de que sea propuesto como adjudicatario del contrato o en cualquier momento en que sea requerido para ello.
Y para que conste firmo la presente declaración.
En ………….., a ….. de de 20…
ANEXO II: OFERTA ECONÓMICA
La oferta económica se presentará conforme al siguiente modelo:
“D. ………………………………………, con domicilio a efectos de notificaciones en
………………………………………, c/…………………………………, nº….., con DNI nº
………………………………….., en representación de la Entidad
………………………….., con CIF nº…………….., enterado del expediente para la contratación del suministro mediante renting de seis equipos multifunción por Procedimiento Abierto, oferta económicamente más ventajosa, anunciado el BOP de fecha ……… y en el perfil de contratante, hago constar que conozco los Pliegos de Prescripciones Técnicas y de Cláusulas Administrativas Particulares, que sirven de base al contrato y lo acepto íntegramente, comprometiéndose a llevar a cabo el objeto del contrato con estricta sujeción a lo establecido en los mismos, por el precio de:
……………..€ por los 60 meses del contrato, más ……€ correspondientes al ….% de IVA, debiéndose entender en el precio todos los conceptos incluyendo los impuestos, gastos, tasas y arbitrios de cualquier esfera fiscal, al igual que el beneficio industrial del contratista.
Por copia en blanco y negro, para los excesos: …..€/copia + ……. € correspondiente al
…..% de IVA.
Por copia en color, para los excesos: …..€/copia + ……. € correspondiente al …..% de IVA.
El escaneado de documentos no devengará ningún coste para el Ayuntamiento.
** Se considera exceso aquellas copias o impresiones que se realicen una vez superadas las 15.000 copias mensuales.
En la oferta de las copias, se tendrán en cuenta hasta cuatro decimales, la cuota mensual solo tendrá dos decimáles, desechándose el resto, y sin redondear cifras.
No se tendrán por correctas ni válidas aquellas ofertas económicas que contengan cifras comparativas, expresiones ambiguas, aquellas que se presenten con enmiendas o raspaduras, así
como aquellas que puedan inducir a duda racional sobre su contenido ni aquellas en que la cantidad expresada en letra y número sea diferente.
En ………………………., a ….. de………..
Firma del licitador, Fdo ”
XXXXX XXX: DECLARACION RESPONSABLE
D/Xx…………………………………………………, con domicilio | en |
………………………………..., provisto de D.N.I , | en |
nombre propio y/o en representación de | la |
empresa…………………………………………………, con domicilio | en |
……………………………………………………………. y C.I.F………………………..
DECLARA
Que ni él mismo ni la Sociedad mercantil a la que representa, ni las personas que integran los órganos de gobierno de la Sociedad, se hallan incursos en las causas de prohibición, incapacidad o incompatibilidad para contratar con la Administración, enumeradas en el artículo 60 del TRLCSP.
Asimismo, hace constar que dicha empresa se halla al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, está dada de alta en el IAE y posee suficiente solvencia financiera, técnica y profesional.
Y para que así conste, a efectos de la documentación a presentar para participar en el procedimiento negociado sin publicidad para la contratación de las obras correspondientes a:
……………………………………………………………………………………………………
……
En ……………………………………., a…………….de 20…….
Fdo.:
XXXXX XX: DECLARACION RESPONSABLE
D/Xx…………………………………………………, con domicilio | en |
………………………………..., provisto de D.N.I , | en |
nombre propio y/o en representación de | la |
empresa…………………………………………………, con domicilio | en |
……………………………………………………………. y C.I.F………………………..
DECLARA
No haberse dado de baja en la matrícula del Impuesto sobre Actividades Económicas.
En ……………………………………., a…………….de 20…….
Fdo.: