BASES DE LA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL NUMERO ASA-LPNS-005-08 (CLAVE COMPRANET 09085036-005-08), RELATIVA A LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE LIMPIEZA EN LAS INSTALACIONES DEL AEROPUERTO INTERNACIONAL QUETZALCOATL DE NUEVO LAREDO, TAMPS.
BASES DE LA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL NUMERO ASA-LPNS-005-08 (CLAVE COMPRANET 09085036-005-08), RELATIVA A LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE LIMPIEZA EN LAS INSTALACIONES DEL AEROPUERTO INTERNACIONAL QUETZALCOATL DE NUEVO LAREDO, TAMPS.
En cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público (en adelante la Ley), su Reglamento (en adelante el Reglamento) y demás disposiciones legales aplicables, Aeropuertos y Servicios Auxiliares (en adelante ASA), a través de la Administración del Aeropuerto Internacional Quetzalcóatl de Nuevo Laredo, Tamps., convoca a las personas interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional para la CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE LIMPIEZA A LAS INSTALACIONES DEL AEROPUERTO, la cual se regirá bajo las siguientes:
X X X X X
0. DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO A CONTRATAR.
La descripción completa del servicio se encuentra especificada en el “Anexo 1” denominado “Especificaciones Generales para la Prestación del Servicio de Limpieza”.
2. VENTA Y COSTO DE LAS BASES.
El lugar donde se podrán adquirir las bases y el costo de las mismas, serán los indicados en la convocatoria que precede a las presentes bases.
3. CONDICIONES DE ENTREGA, DE PAGO Y OTRAS CONSIDERACIONES.
3.1 Entrega de los servicios.
Los servicios serán prestados en las instalaciones que ocupa el Aeropuerto Internacional Quetzalcóatl de Nuevo Laredo, Tamps. ubicado en Xxxxxxxxx x Xxxxxxx Xxxxxx Xx. 0, X.X. 00000, en la Cd. de Nuevo Laredo, Tamaulipas., conforme a las especificaciones señaladas en el “Anexo 1”; lo cual será a partir del 01 de enero al 31 de diciembre de 2009.
3.2 Condiciones de pago.
El pago del servicio se efectuará por mes vencido, dentro de los 20 días naturales siguientes a la presentación de la factura respectiva, una vez recibido satisfactoriamente el servicio contratado.
3.3 Impuestos y derechos.
Las contribuciones que se deriven del contrato serán a cargo del licitante ganador. ASA solamente cubrirá el importe correspondiente al Impuesto al Valor Agregado, el que se trasladará en los términos de la ley en la materia.
3.4 Anticipos.
No se otorgaran anticipos.
3.5 Presupuesto mínimo y máximo a ejercer.
Conforme a los artículos 31, fracción XV y 47, de la Ley, el contrato derivado de la presente licitación tendrá el carácter de abierto, con un presupuesto mínimo a ejercer de $ 294,624.55 M.N. y un presupuesto máximo a ejercer de $ 736,561.38 M.N.
3.6 Prórrogas.
Estas procederán de acuerdo a lo establecido en el artículo 63 del Reglamento.
3.7 Moneda.
La proposición económica y el pago de los bienes se harán en moneda nacional (pesos mexicanos).
3.8 Idioma.
Las proposiciones técnica y económica y en general toda la documentación a exhibir por los interesados será presentada en idioma español.
3.9 Personas inhabilitadas.
No podrán participar las personas físicas x xxxxxxx inhabilitadas por resolución de la Secretaría de la Función Pública, en los términos de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público o de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
3.10 Verificación de las especificaciones y aceptación de los bienes.
ASA verificará que las especificaciones del servicio se han cumplido cuando este se preste de conformidad con lo establecido en el “Anexo 1” de las presentes bases, siempre que los mismos se ejecuten en los términos establecidos por el contrato, lo que se llevará a cabo desde el inicio de la vigencia del contrato hasta su conclusión, por tratarse de obligaciones de tracto sucesivo.
Asimismo la aceptación de los servicios estará condicionada a la ejecución de los mismos, a partir de que la plantilla de personal contratada inicie las labores de limpieza.
Por lo anterior el proveedor estará de acuerdo en que hasta en tanto ello no se cumpla, los servicios no se tendrán por recibidos o aceptados.
3.11 Suspensión del servicio.
Cuando en la prestación del servicio se presente caso fortuito o de fuerza mayor, ASA, bajo su responsabilidad podrá suspender la prestación del servicio, en cuyo caso únicamente se pagarán aquellos que hubiesen sido efectivamente prestados.
La forma de llevar a cabo el pago de los gastos no recuperables al proveedor, durante el tiempo que dure esta suspensión y sólo cuando la suspensión obedezca a causas imputables a ASA, se realizará de conformidad con lo establecido en el contrato que se anexa a las presentes bases.
3.12 Aplicación de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su Reglamento.
En todo lo no previsto por las presentes bases y sus anexos, los licitantes se sujetarán a lo establecido en la Ley, su Reglamento y demás normatividad aplicable en la materia.
4. DOCUMENTACIÓN LEGAL, TÉCNICA Y FISCAL PARA PARTICIPAR EN LA LICITACIÓN.
La documentación señalada en los siguientes puntos deberá presentarse por escrito, en idioma español, en papel preferentemente membretado del participante, con el nombre y firma del representante legal en todas sus hojas, sin tachaduras ni enmendaduras; presentándola, cuando así se establezca, mediante los formatos propuestos por ASA.
4.1 Documentación legal.
4.1.1 Con el objeto de acreditar su existencia y personalidad jurídica, los licitantes, deberán presentar escrito en el que su firmante manifieste, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada en la presente licitación, mismo que contendrá los datos siguientes:
Para el caso de personas xxxxxxx:
a) Registro Federal de Contribuyentes.
b) Nombre y domicilio del licitante.
c) Nombre y domicilio del apoderado o representante del licitante.
d) Descripción del objeto social de la empresa.
e) Los datos de las escrituras públicas con las que se acredita la existencia de las personas xxxxxxx y de haberlas, sus reformas y modificaciones, así como nombre de los socios que aparezcan en estas.
f) Datos de las escrituras públicas en las que le fueron otorgadas facultades suficientes al representante del licitante para suscribir las propuestas.
Para el caso de personas físicas:
a) Registro Federal de Contribuyentes.
b) Nombre y domicilio del licitante.
NOTA: En su defecto se podrá utilizar el formato incluido en el “Anexo 7” de las presentes bases.
4.1.2. Copia fotostática así como original o copia certificada de una identificación oficial mexicana del licitante, según los ejemplos enlistados:
Credencial de elector
Pasaporte vigente
Cédula profesional
Cartilla del servicio militar nacional
Será causa de descalificación el no presentar el original de la identificación oficial.
NOTA: Una vez que se haya cotejado la identificación original o copia certificada, les será devuelta inmediatamente a los participantes.
4.1.3. Declaración escrita, bajo protesta de decir verdad, de no encontrarse en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 31, fracción XXIV, 50 y 60 penúltimo párrafo de la Ley.
4.1.4. Manifestación bajo protesta de decir verdad, de que por su conducto no participan en el presente procedimiento, personas físicas x xxxxxxx que se encuentren inhabilitadas en los términos del artículo 31, fracción XXIV, primer párrafo, con el propósito de evadir los efectos de la inhabilitación, tomando en consideración, entre otros, los supuestos siguientes:
A) Personas xxxxxxx en cuyo capital social participen personas físicas x xxxxxxx que se encuentren inhabilitadas en términos del primer párrafo de esta fracción;
B) Personas xxxxxxx que en su capital social participen personas xxxxxxx en cuyo capital social, a su vez, participen personas físicas x xxxxxxx que se encuentren inhabilitadas en términos del primer párrafo de esta fracción, y
C) Personas físicas que participen en el capital social de personas xxxxxxx que se encuentren inhabilitadas.
La participación social deberá tomarse en cuenta al momento de la infracción que hubiere motivado la inhabilitación.
La falsedad en la manifestación a que se refiere esta fracción será sancionada en los términos xx Xxx.
En caso de omisión en la entrega del escrito a que se refiere este inciso, o si de la información y documentación con que cuente la Secretaría de la Función Pública se desprende que personas físicas x xxxxxxx pretenden evadir los efectos de la inhabilitación, Aeropuertos y Servicios Auxiliares se abstendrá de firmar los contratos correspondientes.
Para ello deberán utilizar el formato incluido en el “Anexo 3” de las presentes bases.
4.1.5. Declaración de integridad, en la que el licitante manifieste que por sí mismo o a través de interpósita persona, se abstendrá de adoptar conductas, para que los servidores públicos de Aeropuertos y Servicios Auxiliares, induzcan o alteren las evaluaciones de las propuestas, el resultado del procedimiento, u otros aspectos que otorguen condiciones más ventajosas con relación a los demás participantes.
Para ello deberán utilizar el formato incluido en el “Anexo 4” de las presentes bases.
4.1.6. Copia del recibo de pago de las bases, en caso de no presentar este documento no se admitirá su participación.
4.2 Documentación técnica.
4.2.1. Currículum Vitae del licitante, que incluya la relación de clientes principales, con señalamiento de su domicilio, teléfono y período de contratación, con el objeto de que los participantes acrediten experiencia y especialidad. XXX tendrá el derecho de consultar referencias con cualquier empresa en las que el licitante hubiere prestado sus servicios.
4.2.2. Carta compromiso del licitante, indicando que cuenta con los elementos humanos, financieros, técnicos y materiales indispensables para proporcionar el servicio.
4.2.3. Original o copia certificada y copia simple del Registro Patronal expedido por el Instituto Mexicano del Seguro Social, así como original y copia del pago de las cuotas obrero-
patronales del periodo inmediato anterior a la fecha del presente procedimiento de licitación (De no contar con dichos documentos, manifestar por escrito la razón).
4.2.4. Escrito indicando que cuenta con las licencias, autorizaciones o permisos que conforme a otras disposiciones sean necesarios para la prestación del servicio.
4.2.5. Escrito del licitante, anotando que en caso de resultar ganador queda obligado, durante la vigencia del contrato objeto de estas bases, a cumplir con la inscripción y pago de cuotas al Instituto Mexicano del Seguro Social, y que para verificar el cumplimiento de ello, deberá entregar a ASA, en forma bimestral, las constancias de cumplimiento.
4.2.6. Los licitantes que deseen que su propuesta reciba el beneficio de preferencia de acuerdo a lo establecido por el artículo 14, segundo párrafo de la Ley, deberán presentar una manifestación, en papel preferentemente membretado, en la que indiquen ser persona con discapacidad, tratándose de personas físicas o que cuenta con personal con discapacidad en una proporción del cinco por ciento cuando menos de la totalidad de su planta de empleados, cuya antigüedad no sea inferior a seis meses, en el caso de personas xxxxxxx; adjuntando a la referida manifestación copia del aviso de alta del régimen obligatorio del Instituto Mexicano del Seguro Social, pudiendo utilizar para ello el “Anexo 5” incluido en estas bases.
NOTA: La presentación de este documento es opcional.
La documentación legal y técnica se presentará por parte de los licitantes en el acto de presentación y apertura de proposiciones técnicas y económicas, la cual podrá entregarse a elección del licitante, dentro o fuera del sobre que la contenga.
La calificación de la documentación legal y técnica será dada en términos estrictos de "Cumple" o "No cumple", lo cual se valorará para admitir o desechar las propuestas de los licitantes.
4.3 Documentación fiscal.
En el caso de que la contratación motivo de la presente licitación exceda de $300,000.00 sin incluir el IVA y para dar cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 32-D, primero, segundo, tercero y cuarto párrafos del Código Fiscal de la Federación; Aeropuertos y Servicios Auxiliares exigirá del contribuyente con quien vaya a celebrar el contrato, le presente documento actualizado expedido por el Servicio de Administración Tributaria de la Secretaria de Hacienda y Crédito Público, en el que se emita opinión sobre el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.
Para tal efecto el licitante a quien se le haya adjudicado el contrato, deberá solicitar la opinión a que se refiere el párrafo anterior, conforme a lo establecido en la Regla I.2.1.16. de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2008 y deberá entregar a ASA, previo a la formalización del contrato, el “acuse de recepción” con el que compruebe que realizó la solicitud de opinión prevista en la regla I.2.1.16 de la Resolución Miscelánea Fiscal para el 2008, o aquella que en el futuro la sustituya.
El licitante ganador deberá realizar la consulta de opinión ante el Servicio de Administración Tributaria, preferentemente dentro de los tres días hábiles posteriores a la fecha en que tenga conocimiento del fallo de adjudicación. En dicha solicitud deberán incluir el siguiente correo electrónico xxxxxxx@xxx.xxx.xx para que el Servicio de Administración Tributaria envíe el “acuse de respuesta” que emitirá en atención a la solicitud de opinión.
Las personas físicas x xxxxxxx residentes en el extranjero que resulten adjudicadas y que no estén obligadas a presentar la solicitud de inscripción en el RFC o declaraciones periódicas en México, así como los contribuyentes que no estén obligados a presentar total o parcialmente la declaración anual del Impuesto Sobre la Renta, deberán realizar su solicitud de opinión al Servicio de Administración Tributaria ante la Administración Local de Servicios al Contribuyente que corresponda al domicilio de la convocante.
Tratándose de propuestas conjuntas las personas deberán presentar el “acuse de recepción”, por cada una de las obligadas en dicha propuesta.
La formalización del contrato deberá llevarse a cabo en el plazo previsto en las bases de la contratación y en ningún caso quedará supeditada a la emisión de la opinión del Servicio de Administración Tributaria.
En el supuesto de que el Servicio de Administración Tributaria de la Secretaria de Hacienda y Crédito Público, emita respuesta en sentido negativo o desfavorable para la persona física o moral con quien ya se formalizó el contrato, dicha persona y ASA deberán cumplirlo hasta su terminación, por lo tanto la presunta omisión en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales no será motivo para retener pagos debidamente devengados por el proveedor ni para terminar anticipadamente o rescindir administrativamente el contrato.
Si ASA, previo a la formalización del contrato o pedido, recibe del Servicio de Administración Tributaria el “acuse de respuesta” de la solicitud en el que se emita una opinión en sentido negativo sobre las obligaciones fiscales de la persona física o moral que resultó adjudicada, deberá de abstenerse de formalizar y procederá a remitir a la Secretaría de la Función Pública la documentación de los hechos presumiblemente constitutivos de infracción por la falta de formalización del contrato o pedido, por causas imputables al adjudicado. Asimismo se deberá proceder de conformidad con el artículo 46, segundo párrafo de la Ley.
5. ELABORACIÓN DE LAS PROPUESTAS TÉCNICA Y ECONÓMICA.
5.1. La integración y elaboración de las proposiciones técnicas y económicas se hará cumpliendo todos y cada uno de los siguientes lineamientos:
1. Las proposiciones se entregarán en un sobre cerrado que contendrá la propuesta técnica y económica, debidamente identificado con los datos del licitante, protegido con cinta adhesiva transparente y con la firma autógrafa del licitante o de su apoderado.
2. Las propuestas deberán ser firmadas autógrafamente por persona facultada para ello en la última hoja del documento que las contenga, por lo que no podrán desecharse cuando las demás hojas que las integran y sus anexos carezcan de firma y además deberán presentarse, en papel membretado (preferentemente), sin tachaduras ni enmendaduras y en idioma español.
3. Recibidas las proposiciones en la fecha, hora y lugar establecidos, éstas no podrán ser retiradas o dejarse sin efecto, por lo que deberán considerarse vigentes dentro del procedimiento de licitación hasta su conclusión.
4. Los licitantes sólo podrán presentar una proposición técnica y económica en la presente licitación.
5. En caso de que se detecten errores de cálculo en las propuestas sólo procederá su rectificación, por parte de la administración del aeropuerto, cuando ésta no implique modificación de precios unitarios. En caso de discrepancia entre las cantidades escritas con letra y con número, prevalecerá la cantidad con letra, por lo que de presentarse errores en
las cantidades o volúmenes solicitados, éstos podrán corregirse. Las correcciones se harán constar en el dictamen a que se refiere el artículo 36 Bis de la Ley. Si el licitante no acepta la corrección de la propuesta, se desechará la misma.
6. Los licitantes interesados en presentar propuestas conjuntas, deberán sujetarse a lo establecido en el artículo 34 de la Ley y 31 de su Reglamento.
5.2 Propuesta económica.
1. Únicamente se aceptará una proposición económica dentro del sobre. No realizar lo anterior será motivo de descalificación.
2. La propuesta económica deberá presentarse conforme al “Anexo 2”, el cual forma parte de las presentes bases.
3. Los licitantes deberán cotizar partidas completas y precios netos, fijos, unitarios y totales en pesos mexicanos, sin considerar el I.V.A., con una vigencia desde la presentación de la proposición y hasta la entrega del servicio.
5.3 Propuesta técnica.
1. Únicamente se aceptará una proposición técnica dentro del sobre. No realizar lo anterior será motivo de descalificación
2. En la oferta técnica por ningún motivo deberá anotarse el costo del servicio, ya que será causa de descalificación.
3. La propuesta técnica deberá contener la siguiente información:
Descripción completa del servicio a prestar conforme a lo establecido en el “Anexo 1” de las presentes bases.
6. ACTOS PÚBLICOS DE LA LICITACIÓN.
6.1 Visita a instalaciones.
La visita a instalaciones se realizará el 25 de Noviembre de 2008, a las 10:00 horas, teniendo como punto de reunión la sala de juntas de la administración del Aeropuerto Internacional Quetzalcóatl de Nuevo Laredo, Tamps., sita en xxxxxxxxx x xxxxxxx xxxxxx xx. 0, xx Xxxxx Xxxxxx, Tamps.
La visita a instalaciones será optativa.
Los licitantes que asistan a la visita deberán identificarse y mostrar copia del pago de las bases, lo cual será requisito indispensable para participar en dicho evento.
De esta junta se deberá levantar el acta respectiva, la cual deberá ser firmada por los que en ella intervinieron, entregándose copia a los licitantes.
6.2 Entrega xx xxxxxx de preguntas y junta de aclaraciones.
6.2.1 Pliego de preguntas
Los participantes interesados deberán remitir sus preguntas por escrito a las oficinas que ocupa la administración del aeropuerto, o enviarlas por correo electrónico a la dirección
xxxxxxx@xxx.xxx.xx dentro de los dos días hábiles de anticipación a la fecha y hora señaladas para la celebración del evento, siendo obligación de las empresas participantes cerciorarse de que las referidas preguntas fueron recibidas en el lugar y plazo señalado, llamando para tal efecto al teléfono 018677181332 ext. 4211 con el C. Xxxxx Xxxx Xxxxx.
Dichas preguntas serán calificadas y contestadas de conformidad con su contenido, en la inteligencia de que en la junta de aclaraciones sólo se podrán articular preguntas complementarias de una previamente formulada por escrito.
6.2.2 Junta de aclaraciones.
1. Tendrá lugar una sola junta de aclaraciones con los participantes. La asistencia a la junta es optativa para los licitantes.
2. La persona que asista a la junta de aclaraciones deberá presentar original y entregar copia de una identificación oficial (credencial del Registro Federal de Electores, Cédula Profesional o Pasaporte). Previo cotejo de la identificación, esta le será devuelta al licitante.
3. La junta de aclaraciones a las bases de licitación tendrá verificativo el 25 de Noviembre de 2008, a las 11:00 horas, en la sala de juntas que ocupa la administración del aeropuerto; transcurrido dicho término no se permitirá el acceso a ningún participante.
4. Concluido el término para el registro de los participantes, se realizará la junta de aclaraciones, en la cual se atenderán las preguntas formuladas dentro del plazo establecido en las presentes bases, así como las preguntas complementarias derivadas de una pregunta previamente formulada. ASA resolverá las dudas y planteamientos en forma clara y precisa.
5. Los cuestionamientos formulados por los interesados y las respuestas de ASA derivadas de la junta de aclaraciones, constarán en el acta que al efecto se levante en la junta, la que contendrá la firma de los asistentes y de la cual se entregará una copia a los participantes. La falta de firma de alguno de los asistentes no restará validez o efectos al acta.
6. El acta se pondrá al finalizar el acto, para efectos de su notificación, a disposición de los licitantes que no hayan asistido, fijándose copia de la misma o del aviso del lugar donde será proporcionada, en un lugar visible al que tenga acceso el público en el domicilio del aeropuerto, por un término no menor de cinco días hábiles; siendo de la exclusiva responsabilidad de los licitantes acudir a enterarse de su contenido y obtener copia de la misma. El titular de la citada área dejará constancia en el expediente de la licitación, de la fecha, hora y lugar en que se haya fijado el acta o el aviso de referencia. Este procedimiento sustituirá a la notificación personal.
7. Es responsabilidad del concursante revisar los requisitos solicitados en las presentes bases, así como las precisiones que se hagan en la junta de aclaraciones, por lo que su propuesta deberá considerar toda la información generada.
NOTA: Solamente podrán solicitar aclaraciones las personas que hayan adquirido las bases objeto de la presente licitación, lo cual se acreditará con copia del comprobante de pago de las mismas que presenten en dicho evento; en caso contrario se les permitirá su asistencia, sin poder formular preguntas.
6.3 Presentación y apertura de proposiciones.
1. El acto de presentación y apertura de proposiciones tendrá verificativo el 02 de Diciembre de 2008, a las 10:00 horas, en la sala de juntas de la administración del Aeropuerto de
Internacional Quetzalcóatl de Nuevo Laredo, Tamps. Transcurrido dicho tiempo no se permitirá el acceso a ningún participante ni observador.
2. El registro de asistentes podrá ser efectuado dentro de la hora anterior a la prevista para la celebración del acto de presentación y apertura de proposiciones. Para llevar a cabo lo anterior los licitantes deberán identificarse con identificación oficial y mostrar copia del pago de las bases, lo cual será requisito indispensable para participar en dicho evento.
3. Todos los licitantes presentes, deberán entregar en sobre cerrado sus proposiciones a quien presida el acto. Concluido lo anterior iniciará la apertura de las proposiciones.
4. El servidor público que presida el acto será el único facultado para aceptar o desechar las propuestas y en general, para tomar todas las decisiones durante la realización del acto, en los términos de la Ley y el Reglamento. Se desecharán las proposiciones que hubieran omitido alguno de los requisitos exigidos.
5. No será motivo de descalificación la falta de identificación o de acreditamiento de la representación de la persona que solamente entregue las propuestas, pero sólo podrá participar durante el desarrollo del acto con el carácter de oyente.
6. La revisión de la documentación se efectuará en forma cuantitativa, sin entrar al análisis detallado de su contenido y se dará lectura al precio unitario de cada una de las partidas que integran las propuestas, así como al importe total de cada propuesta los cuales se incluirán en el acta respectiva. Se analizarán posteriormente los aspectos técnicos y económicos de manera cualitativa, durante el proceso de evaluación de las mismas.
7. Por lo menos un licitante, si asistiere alguno y el servidor público de ASA facultado para presidir el acto o el servidor público que éste designe, rubricarán cada una de las hojas que formen parte de las propuestas, las que para estos efectos constarán documentalmente.
8. ASA levantará acta que servirá como constancia de la celebración del acto de presentación y apertura de las proposiciones, en la que hará constar las propuestas aceptadas para su posterior evaluación y el importe de cada una de ellas, así como las que hubieren sido desechadas y las causas que lo motivaron. El acta será firmada por los asistentes y se pondrá a su disposición o se les entregará copia de la misma; la falta de firma de algún licitante no invalidará su contenido y efectos, poniéndose a partir de esa fecha a disposición de los que no hayan asistido, para efectos de su notificación.
9. El acta se pondrá al finalizar el acto, para efectos de su notificación, a disposición de los licitantes que no hayan asistido, fijándose copia de la misma o del aviso del lugar donde será proporcionada, en un lugar visible al que tenga acceso el público en el domicilio del aeropuerto, por un término no menor de cinco días hábiles; siendo de la exclusiva responsabilidad de los licitantes acudir a enterarse de su contenido y obtener copia de la misma. El titular de la citada área dejará constancia en el expediente de la licitación, de la fecha, hora y lugar en que se haya fijado el acta o el aviso de referencia. Este procedimiento sustituirá a la notificación personal.
10. En dicha acta se señalará lugar, fecha y hora en que se dará a conocer el fallo de la licitación, el cual podrá anticiparse o diferirse.
6.4 Comunicación del fallo.
1. Al acto de fallo podrán asistir los licitantes que hubieren participado en el acto de presentación y apertura de proposiciones.
2. Se levantará el acta respectiva la que firmarán los asistentes, a quienes se entregará copia de la misma. En dicha acta, además, se indicarán las proposiciones que no fueron evaluadas en razón de que sus precios no resultaron los más bajos.
3. En el acta se indicará a los licitantes la información acerca de las razones por las cuales su propuesta no resultó ganadora.
4. ASA emitirá un dictamen que servirá como base para el fallo, en el que se hará constar una reseña cronológica de los actos del procedimiento, el análisis de las proposiciones y las razones para admitirlas o desecharlas. En dicho dictamen, además, se indicarán las proposiciones que no fueron evaluadas en razón de que sus precios no resultaron los más bajos.
5. El acta de fallo se pondrá al finalizar el acto, para efectos de su notificación, a disposición de los licitantes que no hayan asistido, fijándose copia de la misma o del aviso del lugar donde será proporcionada, en un lugar visible al que tenga acceso el público en el domicilio del aeropuerto, por un término no menor de cinco días hábiles; siendo de la exclusiva responsabilidad de los licitantes acudir a enterarse de su contenido y obtener copia de la misma. El titular de la citada área dejará constancia en el expediente de la licitación, de la fecha, hora y lugar en que se haya fijado el acta o el aviso de referencia. Este procedimiento sustituirá a la notificación personal.
6.5 Firma del contrato.
1. El contrato será firmado dentro de los 20 días naturales siguientes a la fecha de notificación del fallo de la licitación, en las oficinas que ocupa la administración del Aeropuerto Internacional Quetzalcóatl de Nuevo Laredo, Tamps. La fecha, el lugar y la hora para la firma del instrumento legal se establecerán en el acta de fallo.
2. Previo a la firma del contrato, el licitante ganador deberá presentar original o copia certificada para su cotejo de los documentos con los que acredite su existencia legal y las facultades de su representante para suscribir el contrato.
3. Asimismo deberá presentar la documentación señalada en el punto 4.3 de las presentes bases de licitación pública nacional.
4. El licitante ganador que no firme el contrato por causas imputables al mismo será sancionado en términos del artículo 60 de la Ley.
7. CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS.
7.1 Aeropuertos y Servicios Auxiliares hará la evaluación de las proposiciones conforme a lo siguiente:
1. Para llevar a cabo la evaluación de las proposiciones se verificará que las mismas cumplan con los requisitos solicitados en las presentes bases.
2. No serán objeto de evaluación, las condiciones establecidas que tengan como propósito facilitar la presentación de las proposiciones y agilizar la conducción de los actos de la licitación; así como cualquier otro requisito cuyo incumplimiento, por sí mismo, no afecte la solvencia de las propuestas.
3. Sin contravenir lo estipulado en las bases y sin que ello implique el otorgamiento de ventajas potenciales o efectivas para los licitantes, ASA, a través de la administración del
aeropuerto, podrá solicitar por escrito las aclaraciones que estime pertinentes cuando sea necesario para la evaluación de las proposiciones.
4. Las condiciones contenidas en las presentes bases así como en las proposiciones presentadas por los licitantes, no podrán ser negociadas.
5. En ningún caso podrán suplirse las deficiencias sustanciales de las propuestas presentadas.
6. Si derivado de la evaluación de las proposiciones se obtuviera un empate en el precio de dos o más proposiciones, la adjudicación se efectuará en favor del licitante que acredite que cuenta con personal discapacitado, conforme a lo indicado en el artículo 14 de la Ley, o en su defecto, se efectuará a favor del licitante que resulte ganador del sorteo manual por insaculación que celebre la convocante en el propio acto de fallo, el cual consistirá en la participación de un boleto por cada proposición que resulte empatada y depositados en una urna, de la que se extraerá en primer lugar el boleto del licitante ganador y posteriormente los demás boletos empatados, con lo que se determinarán los subsecuentes lugares que ocuparán tales proposiciones.
7.2 Evaluación de la propuesta técnica.
La evaluación de las propuesta técnica se realizará comparando entre si y en forma equivalente todas las condiciones ofrecidas por los licitantes y los resultados se asentarán en el dictamen correspondiente.
7.3 Evaluación de la propuesta económica.
La base para evaluar la oferta económica será el precio unitario.
La evaluación de la propuestas económicas, se realizará comparando entre si y en forma equivalente los precios y condiciones ofrecidas por los concursantes y los resultados se asentarán en el dictamen correspondiente.
Los precios ofertados en la propuesta económica no serán sujetos a ningún ajuste y cualquier error en los mismos será de la estricta responsabilidad del participante. En caso de encontrarse errores numéricos en las operaciones aritméticas o en los precios, se reconocerá como correcto el precio identificado como precio unitario (sin considerar el Impuesto al Valor Agregado).
Aeropuertos y Servicios Auxiliares podrá declinar las propuestas cuyo costo sea desproporcionado con respecto a los vigentes en el mercado.
ASA podrá evaluar al menos las dos propuestas cuyo precio resulte ser más bajo.
8. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO.
La adjudicación del contrato para la adquisición del servicio objeto de la presente licitación, será en favor del licitante cuya propuesta resulta solvente porque reúne las condiciones legales, técnicas, fiscales y económicas requeridas, no se encuentra en alguno de los supuestos establecidos como causas de descalificación y garantice satisfactoriamente el cumplimiento de sus obligaciones.
El servicio objeto de la presente licitación será adjudicado a un solo proveedor, cuyos precios sean los más convenientes para el Organismo.
Si resultare que dos o más proposiciones son solventes porque satisfacen la totalidad de los requerimientos solicitados por el aeropuerto, el contrato se adjudicará a quien presente la proposición cuyo precio sea el más bajo, incluyendo, en su caso, el porcentaje previsto por el artículo 14 de la Ley.
9. GARANTÍAS.
El licitante ganador deberá presentar fianza a favor de ASA, en moneda nacional, por un importe equivalente al diez por ciento del monto máximo del contrato (sin considerar el I.V.A.) del servicio que le hubiere sido adjudicado.
La fianza será expedida por una institución mexicana legalmente autorizada para este efecto, según los términos establecidos en el contrato que se adjunta a las presentes bases y deberá ser presentada a más tardar dentro de los 10 días naturales siguientes a la firma de dicho instrumento.
La fianza se hará efectiva cuando se satisfagan cualquiera de los supuestos establecidos en el contrato que se suscriba.
De conformidad con lo establecido en las Políticas, Bases y Lineamientos en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de Aeropuertos y Servicios Auxiliares, vigentes al momento de la presente licitación, el licitante a quien se le haya adjudicado el contrato, podrá, a juicio de ASA, sustituir la garantía de cumplimiento por cualquiera de las modalidades establecidas en dicho ordenamiento.
10. SEGUROS.
Para cubrir los daños o perjuicios que por inobservancia o negligencia de su parte o de sus trabajadores, se llegaran a causar a las instalaciones de ASA, a sus trabajadores o a terceros, el licitante ganador, entregará, previo a la firma del contrato y por la vigencia del servicio que se le adjudique, póliza de seguro de responsabilidad civil que ampare los daños que se puedan causar, por un monto del 50% del monto del contrato que se suscriba.
11. CAUSAS DE DESCALIFICACIÓN.
Además de las causas de descalificación señaladas en el cuerpo de las presentes bases, se describen aquellas por las cuales se podrá descalificar a los concursantes que incurran en una o varias de las siguientes situaciones:
1. El incumplir alguno de los requisitos establecidos en las bases de licitación que afecte la solvencia de la propuesta.
2. Cuando algún licitante ha acordado con otro u otros elevar el precio del servicio, o cualquier otro acuerdo que tenga como fin obtener ventaja sobre los demás licitantes.
3. Cuando algún concursante proporcione información falsa para participar en el presente procedimiento.
4. Cuando algún concursante durante el desarrollo del concurso y antes de la emisión del fallo, sea objeto de embargo, huelga estallada, concurso mercantil o liquidación.
5. Cuando no se presente por parte de los licitantes la documentación legal y técnica a que se refiere el punto número 4 de las presentes bases.
6. Cuando las propuestas presentadas no reúnan los requisitos establecidos en las bases de la licitación, no sean satisfactorias o sus precios no se consideren aceptables.
7. Cuando las propuestas presentadas no reúnan los requisitos señalados en estas bases y que se determina relevante, de acuerdo a la evaluación que haga la administración del aeropuerto.
8. Cuando la administración del aeropuerto determine, con base en los resultados del respectivo dictamen y evaluación de las propuestas, que la propuesta no es acorde a lo requerido y por ende no cumple con las necesidades de Aeropuertos y Servicios Auxiliares.
12. CESIÓN DE DERECHOS.
Aeropuertos Y Servicios Auxiliares, a través de la administración del aeropuerto podrá ceder los derechos del correspondiente contrato al Gobierno Federal o a quien éste último designe.
El proveedor no podrá ceder los derechos y obligaciones del contrato, con excepción de los derechos de cobro, en cuyo caso se deberá contar con el consentimiento de Aeropuertos y Servicios Auxiliares, de acuerdo a lo estipulado en el contrato.
13. SISTEMA DE GESTIÓN INTEGRAL.
Si en la terminal aérea se encuentra implementado o este por implementarse el Sistema de Gestión Integral, basado en las normas ISO 9001:2000, 14001:2004 y OHSAS 18001:2007, el licitante ganador deberá cumplir con las indicaciones que le solicite la administración del aeropuerto.
Para efectos de lo anterior, el licitante deberá llenar los formatos que establezca la terminal aérea y a su vez se obliga a que sus trabajadores asistan a los cursos que imparta ASA por si o a través de terceros y que desarrollen sus funciones cumpliendo con las disposiciones que en materia de salud y seguridad ocupacional establezcan las autoridades y ASA, considerando la identificación de peligros y evaluación de riesgos relacionados con sus actividades.
Asimismo el licitante ganador, deberá desarrollar sus labores con estricto cumplimiento a la normatividad en materia ambiental, de acuerdo a la identificación de aspectos ambientales.
14. PROTECCIÓN AL MEDIO AMBIENTE.
El licitante ganador se obliga a dar cumplimiento a todas las disposiciones que en materia ambiental expidan las autoridades en sus ámbitos federal, estatal y municipal, cuando sean aplicables a la prestación del servicio.
Asimismo el licitante se obliga a implementar las medidas de prevención y mitigación de los impactos ambientales y llevar a cabo la separación de los residuos que pudieran generarse durante la prestación de los servicios, de acuerdo a la normatividad vigente, por lo que deberá tomar en cuenta lo anterior al hacer los análisis de costos, ya que Aeropuertos y Servicios Auxiliares no hará reconsideraciones en los precios unitarios por el pago de multas o sanciones, ni tomará en cuenta el tiempo que la empresa sea suspendida por el incumplimiento de la normatividad.
Durante la vigencia del contrato y hasta su conclusión, la administración del aeropuerto podrá realizar las visitas de inspección que sean necesarias para corroborar el cumplimiento de las obligaciones que en materia ambiental se establezcan a cargo del licitante ganador. El prestador del servicio otorgará todas las facilidades para que el personal designado, o los
representantes de la autoridad ambiental realicen dicha inspección y cuenten con la información que sea requerida durante el desempeño de sus funciones.
Si como resultado de las visitas a que se refiere el párrafo anterior, se detectara que el prestador del servicio ha incurrido en incumplimiento de la normatividad, el costo de las acciones u obras necesarias para remediar dicho incumplimiento le será descontado directamente de la siguiente factura pendiente de cobro.
Una vez comprobado el cumplimiento de las disposiciones ambientales y el manejo y disposición de los residuos, Aeropuertos y Servicios Auxiliares a través de la administración del aeropuerto realizará las gestiones necesarias para liberar la fianza del prestador del servicio.
15. RESCISIÓN.
Aeropuertos y Servicios Auxiliares, podrá en cualquier momento rescindir administrativamente el contrato que en su caso celebre con el prestador del servicio, ya sea por incumplimiento de las obligaciones del prestador o por la falta de presentación oportuna de las fianzas, así como sus endosos o pólizas conjuntas, solidarias e inseparables de aquellas.
Las causales por las cuales se podrá rescindir el contrato se establecen en el modelo de contrato que se adjunta a las presentes bases, el cual forma parte inseparable de las mismas.
Para que opere la rescisión administrativa, XXX y la persona a quien se le adjudique el contrato se sujetarán al procedimiento establecido en la Ley, el Reglamento y el contrato que se suscriba.
16. DEDUCCIONES Y PENA CONVENCIONAL.
16.1 Deducciones por incumplimiento del servicio.
Aeropuertos y Servicios Auxiliares, a través de la administración del aeropuerto, aplicará al proveedor deducciones al pago de los servicios con motivo del incumplimiento parcial o deficiente de los mismos, según las causales establecidas en el contrato que se suscriba, dicho modelo de contrato se adjunta a las presentes bases.
El aeropuerto procederá a la rescisión del contrato, una vez que la acumulación de las deducciones sea igual al importe de la garantía otorgada para el cumplimiento del contrato.
16.2 Pena convencional.
En caso de que el proveedor preste los servicios con atraso a la fecha programada para la entrega de los mismos, según lo estipulado por el contrato, ASA le aplicará una pena convencional por cada día natural de retraso, equivalente al diez por ciento del monto de los servicios que no fueron prestados oportunamente, en la inteligencia de que ASA procederá a la rescisión del contrato, una vez que la acumulación de la pena sea igual al importe de la garantía otorgada, conforme a lo estipulado en el Artículo 64 del Reglamento.
El monto de la pena convencional correspondiente, se deducirá del importe de las facturas que se encuentren pendientes de pago.
El pago de los bienes y servicios quedará condicionado, proporcionalmente, al pago que el proveedor deba efectuar por concepto xx xxxxx convencionales por atraso, en el entendido
de que si el contrato es rescindido, no procederá el cobro de dichas penas ni la contabilización de las mismas al hacer efectiva la garantía de cumplimiento.
17. ANEXOS.
Son parte integrante de las presentes bases los siguientes anexos:
1.- Especificaciones generales para la prestación del servicio de limpieza.
2.- Proposición económica.
3.- Manifestación bajo protesta de decir verdad, de por su conducto no participan en el presente procedimiento, personas físicas x xxxxxxx que se encuentren inhabilitadas en los términos del artículo 31, fracción XXIV, primer párrafo, con el propósito de evadir los efectos de la inhabilitación.
4.- Declaración de integridad.
5.- Formato manifestando ser personas físicas con discapacidad o personas xxxxxxx que cuentan con personal con discapacidad.
6.- Relación de la documentación que se entregará en el acto de presentación y apertura de proposiciones.
7.- Formato para Acreditar Personalidad (Anexo al Acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 xx Xxxxx de 1997).
8.- Modelo de contrato.
9.- Nota informativa para participantes de países miembros de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos y firmantes de la Convención para Combatir el Cohecho de Servidores Públicos Extranjeros en Transacciones Comerciales Internacionales.
ANEXOS
ANEXO 1
ESPECIFICACIONES GENERALES PARA EL SERVICIO DE LIMPIEZA
LAS ESPECIFICACIONES QUE A CONTINUACIÓN SE EMITEN SON DE OBSERVANCIA OBLIGATORIA PARA LA EMPRESA A QUIEN SE LE ADJUDIQUE EL CONTRATO, MOTIVO DEL PRESENTE PROCEDIMIENTO.
Actividades que deberán realizar los operarios generales de limpieza.
Limpieza ordinaria. La limpieza debe llevarse a cabo diariamente en pisos (barrido, mechudeado, mopeado, deschiclado y aspirado si así lo requiere el Aeropuerto), muros, cancelaría (sacudido, limpiado, desmanchado), mobiliario de oficinas, equipos, talleres y laboratorios, (sacudido y limpieza), todos los desechos recolectados deberán ser depositados en los contenedores correspondientes.
Limpieza xx xxxxxxx interiores. Aquí se contempla el lavado y desmanchado xx xxxxxxx interiores en todas las instalaciones, incluyendo ventilas, así como los vidrios exteriores. Esta actividad se realizará diariamente de manera programada. El operario deberá secar la cancelaría que resulte mojada por el proceso de limpieza.
Limpieza xx xxxxxxx exteriores. Consiste en el lavado y desmanchado xx xxxxxxx exteriores en todas las instalaciones, así como la limpieza de los parasoles o domos. Esta actividad se realizará de manera programada una vez al mes. El operario deberá secar la cancelaría que resulte mojada por el proceso de limpieza.
Limpieza profunda. La limpieza profunda debe realizarse en los pisos, muros, cancelaría, mobiliario, equipos de oficina y de talleres, salas de espera y en especial donde los usuarios del aeropuerto tengan contacto.
Limpieza de sanitarios. Se Llevará a cabo la limpieza ordinaria y profunda de los sanitarios, incluyendo: plafones, muros, pisos, mobiliario, vidrios, lámparas, etc.
Todos los desechos recolectados deberán ser depositados en los contenedores ubicados en el Aeropuerto.
Actividades que deberán realizar las brigadas xx xxxxxx.
La brigada xx xxxxxx realizará el lavado profundo, encerado, abrillantado, pulido, restauración y desbastado necesarios, dependiendo del tipo de piso que presente el Aeropuerto.
Esta actividad deberá realizarse de manera programada, cuando el piso lo requiera.
Es responsabilidad de la empresa el adecuado uso de los materiales así como la calidad de la mano de obra y los procedimientos aplicados a cualquier tipo de piso, ya que cualquier daño a los mismos será imputable a la empresa, teniendo que repararlos y/o sustituirlos a la brevedad posible; de lo contrario se le hará la sanción correspondiente.
Aspectos generales.
En todas las actividades, es responsabilidad de la empresa proporcionar a su personal el equipo de seguridad e higiene para dicha actividad y verificar su uso constante y adecuado.
Todos los materiales de limpieza y equipo necesarios para el desarrollo de estas actividades serán suministrados por la empresa.
Todo el personal de la empresa deberá portar dentro de las instalaciones del Aeropuerto su uniforme y el gafete de identificación de la empresa, así como el expedido por el Aeropuerto, el costo de éste último correrá a cargo de la prestadora.
La empresa estará obligada a presentar las hojas de seguridad de todos los productos químicos que maneje, a partir del primer día del inicio de la vigencia del contrato y se asegurará que todos los productos cuenten con la etiqueta del fabricante en cada uno de sus depósitos.
Descripción de las áreas
Áreas:
El Aeropuerto Internacional Quetzalcoatl de Nuevo Laredo, Tamaulipas, cuenta con:
No. |
Instalación |
M² |
Descripción del área |
Edificio Terminal |
|||
|
Administración |
400 |
Xxxx xx xxxxxx, muros de concreto liso, Cancelería de aluminio y vidrio claro de 6 mm. |
|
Oficinas |
25 |
Xxxx xx xxxxxx, muros de concreto liso, lambrines xx xxxxxx, cancelería de aluminio y vidrio claro de 6 mm. |
|
Ambulatorio |
800 |
Xxxx xx xxxxxx, muros de concreto liso, lambrines xx xxxxxx, cancelería de aluminio y vidrio claro de 6 mm a mediana y doble altura. |
|
Salas de ultima espera |
300 |
Xxxx xx xxxxxx, muros de concreto liso, lambrines xx xxxxxx, cancelería de aluminio y vidrio filtrasol de 6 mm. |
|
Salas de reclamo de equipaje |
200 |
Xxxx xx xxxxxx, muros de concreto liso, lambrines xx xxxxxx, cancelería de aluminio y vidrio claro de 6 mm. |
|
Baños |
80 |
Piso y xxxxx xx xxxxxx, Cancelería de aluminio |
|
Otros |
900 |
Azotea y terrazas |
Nota: el C.R.E.I. no se contempla ya que los bomberos harán la limpieza correspondiente. |
|||
Combustibles |
|||
|
Oficinas |
15 |
Vitropiso, cristaleria |
|
Baños |
12 |
Vitropiso, cristaleria |
|
Área pavimentada |
400 |
Concreto rayado |
Vialidades y acceso perimetral |
|||
|
Vialidad (estacionamiento) |
10000 |
Pavimento asfáltico |
|
Banquetas |
900 |
Concreto xxxxxxxxx |
|
Áreas jardinadas |
2000 |
Xxxxx xx xxxxx constante y poda de árboles |
Plataforma |
|||
|
Área pavimentada |
20000 |
Concreto asfáltico |
|
Área jardinada |
10000 |
Corta xx xxxxx y poda de árboles |
Otros edificios |
|||
|
Cuarto de máquinas |
200 |
Piso concreto pulido, cristalería |
|
Almacén general |
90 |
Piso concreto pulido, cristalería |
|
Almacén de residuos |
90 |
Piso concreto pulido |
|
Planta de tratamiento |
90 |
Piso concreto pulido, cristalería |
|
Taller de mantenimiento |
n/a |
|
Otros aspectos que se considerarán para la prestación del servicio:
A) Servicios a proporcionar por la prestadora.
B) Especificaciones.
C) Personal requerido.
D) Relación de equipo.
E) Relación de material.
F) Uniformes.
Servicios a proporcionar por la prestadora.
No. |
SERVICIO |
REQUERIMIENTO |
FRECUENCIA |
MATERIAL Y/O EQUIPO |
EXTERIORES |
||||
1 |
VIALIDADES, ESTACIONAMIENTOS Y CALLE DE ACCESO A LA TERMINAL AÉREA |
BARRIDO |
DIARIO |
CON ESCOBA XX XXXX |
2 |
BANQUETAS |
BARRIDO |
DIARIO |
CON ESCOBA DE MIJO |
3 |
AZOTEAS (coladeras y bajadas de aguas pluviales) |
BARRIDO Y LIMPIEZA |
SEMANAL (en época de lluvias diariamente) |
CON ESCOBA DE PLÁSTICO, ADEMÁS DE GUANTES PARA LA LIMPIEZA DE COLADERAS |
4 |
ANDADORES |
BARRIDO |
DIARIO |
CON ESCOBA DE MIJO |
LAVADO |
MENSUAL |
CON ESCOBA DE PLÁSTICO, AGUA Y JABÓN |
||
5 |
ÁREAS RECREATIVAS |
BARRIDO |
DIARIO |
CON ESCOBA DE MIJO |
6 |
REJILLAS Y REGISTROS |
RETIRO DE BASURA, TIERRA Y LODO ACUMULADO |
MENSUAL (en época de lluvias semanalmente) |
CON ESCOBA DE PLÁSTICO, ADEMÁS DE GUANTES |
INTERIORES |
||||
7 |
ALFOMBRAS |
ASPIRADO Y DESMANCHADO /LIMPIEZA PROFUNDA
|
MIÉRCOLES Y SÁBADO |
ASPIRADORA |
LIMPIEZA GENERAL A DETALLE /LIMPIEZA PROFUNDA |
TRIMESTRAL, DE ACUERDO A PROGRAMA |
MAQUINA LAVA ALFOMBRAS, SHAMPOO Y LIQUIDO PARA DESMANCHAR |
||
8 |
PISOS DE LOSETA VINÍLICA, MÁRMOL, GRANITO, PARQUET Y OTROS |
TRAPEADO MOJADO |
DIARIO |
MECHUDO Y LIQUIDO MULTIUSOS PARA PISOS |
MOPEADO |
DIARIO |
MOP TRATADO CON LIQUIDO MAGNETIZADOR |
|
|
LAVADO, PULIDO, ENCERADO Y BRILLADO/LIMPIEZA PROFUNDA |
ACTIVIDAD MENSUAL |
PULIDORA, DISCOS, CERA, SELLADOR, CRISTALIZADOR, ETC. |
|
9 |
CIRCULACIONES DE PASILLOS Y ESCALERAS |
TRAPEADO MOJADO |
DIARIO |
MECHUDO Y LIQUIDO MULTIUSOS PARA PISOS |
|
MOPEADO |
DIARIO |
MOP TRATADO CON LIQUIDO MAGNETIZADOR |
|||
10 |
MUEBLES DE TELA, PIEL Y VINIL |
ASPIRAR, LIMPIAR O CEPILLAR/LIMPIEZA PROFUNDA |
LUNES, MIÉRCOLES Y VIERNES |
ASPIRADORA, CEPILLO DE PLANCHA, FRANELA |
|
11 |
ESCRITORIOS, RESTIRADORES, MUEBLES Y ENSERES |
LIMPIEZA (por encima y por debajo) Y LUSTRADO |
RUTINA DIARIA |
FRANELA, PLEDGE BLEM, ACEITE PARA MUEBLES XX XXXXXX |
|
LAVADO GENERAL /LIMPIEZA PROFUNDA |
MENSUAL |
FRANELA, AGUA, LIQUIDO MULTIUSOS, PLEDGE BLEM, ACEITE PARA MUEBLES XX XXXXXX, ETC. |
|||
12 |
CESTOS Y CENICEROS |
LIMPIEZA (DESALOJO DE BASURA) |
DIARIO, (TANTAS VECES COMO SE REQUIERA AL DIA) |
|
|
LAVADO GENERAL PROFUNDO /LIMPIEZA PROFUNDA |
SEMANAL |
AGUA Y JABÓN, CEPILLO DE PLÁSTICO |
|||
13 |
MUROS, PUERTAS, REPISONES Y CANCELES |
LIMPIEZA GENERAL A DETALLE/LIMPIEZA PROFUNDA |
MARTES Y JUEVES |
FRANELA HÚMEDA |
|
LAVADO GENERAL PROFUNDO/LIMPIEZA PROFUNDA |
MENSUAL |
FRANELA, AGUA, JABÓN, CUBETA, CEPILLO |
|||
14 |
CORTINAS DE TELA |
ASPIRADO Y SACUDIDO/LIMPIEZA PROFUNDA |
MENSUAL |
ASPIRADORA Y PLUMERO |
|
15 |
PERSIANAS |
LIMPIAR/LIMPIEZA PROFUNDA |
QUINCENAL |
FRANELA HÚMEDA |
|
LAVAR/LIMPIEZA PROFUNDA |
MENSUAL |
FRANELA MOJADA, AGUA Y JABÓN |
|||
16 |
XXXXXXX XX XXXXXX DE ACCESO A LAS ÁREAS |
LIMPIAR |
PERMANENTE |
FRANELA HÚMEDA |
|
17 |
VIDRIOS INTERIORES |
LIMPIAR |
SEMANAL |
FRANELA HÚMEDA |
|
LAVAR Y DESMANCHAR |
QUINCENAL |
AGUA Y JABÓN, CEPILLO PARA VIDRIOS, MASTER |
|||
18 |
VIDRIOS EXTERIORES |
LAVAR Y DESMANCHAR |
QUINCENAL |
AGUA Y JABÓN, CEPILLO PARA VIDRIOS, MASTER, ESCALERA TELESCÓPICA |
|
19 |
SANITARIOS DE USO COMÚN
|
LIMPIEZA GENERAL A DETALLE TARJAS, TAZAS, LAVABOS, MINGITORIOS, ESPEJOS, PISOS Y CESTOS DE BASURA/LIMPIEZA PROFUNDA |
RUTINA DIARIA, LOS SERVICIOS SERÁN CADA 30 MINUTOS, REGISTRANDO CADA UNO DE ELLOS EN LAS HOJAS DISPUESTAS PARA TAL EFECTO. |
AGUA, JABÓN, CLORO, GUANTES, FIBRA DURA |
|
|
SUMINISTRO DE PAPEL HIGIÉNICO, TOALLAS, JABÓN PARA MANOS Y DESODORIZANTE LÍQUIDO. |
DIARIO Y QUE EN NINGÚN MOMENTO FALTE ALGUNO DE ESTOS ARTÍCULOS |
|
19 |
SANITARIOS DE USO COMÚN
|
DESINFECCIÓN, QUITAR SARRO, PULIR, LAVAR CESTOS, MUROS, CANCELES, LÁMPARAS, COLOCAR PASTILLAS DESODORANTES. /LIMPIEZA PROFUNDA |
SEMANAL |
GERMICIDA, QUITA SARRO, FIBRA DURA Y CEPILLOS, PULIDORA. |
|
20 |
SANITARIOS PRIVADOS |
LIMPIEZA GENERAL A DETALLE TARJAS, TAZAS, LAVABOS, MINGITORIOS, ESPEJOS, PISOS Y CESTOS DE BASURA |
DIARIO |
AGUA, JABÓN, CLORO, |
|
SUMINISTRO DE PAPEL HIGIÉNICO, TOALLAS, JABÓN PARA MANOS Y DESODORIZANTE LÍQUIDO. |
DIARIO Y QUE EN NINGÚN MOMENTO FALTE ALGUNO DE ESTOS ARTÍCULOS |
|
|||
DESINFECCIÓN, QUITAR SARRO, PULIR, ASPIRAR, LAVAR CESTOS, MUROS, CANCELES, LÁMPARAS. |
SEMANAL |
GERMICIDA, QUITA SARRO, FIBRAS Y CEPILLOS, PULIDORA, ASPIRADORA. |
|||
21 |
ENFRIADORES DE AGUA |
LAVADO DE MUEBLE Y RECIPIENTE EXTERIOR/LIMPIEZA PROFUNDA |
SEMANAL |
AGUA Y JABÓN CON UN CHORRITO DE CLORO |
|
DESINFECTAR Y LAVAR EN GENERAL CON PRODUCTOS QUE NO AFECTEN LA SALUD/LIMPIEZA PROFUNDA |
QUINCENAL |
AGUA Y YODO |
|||
22 |
VENTILADORES Y EXTRACTORES DE AIRE |
LIMPIEZA/LIMPIEZA PROFUNDA |
SEMANAL |
FRANELA HÚMEDA Y PLUMERO |
|
LIMPIEZA GENERAL A DETALLE/LIMPIEZA PROFUNDA |
BIMESTRAL |
ASPIRADORA, CEPILLO DE PLANCHA, FRANELA |
|||
23 |
TELÉFONOS Y CORDONES |
LIMPIEZA GENERAL A DETALLE/LIMPIEZA PROFUNDA |
SEMANAL |
FRANELA HÚMEDA Y DESINFECTANTE |
|
24 |
CUADROS*, LÁMPARAS DE PIE Y PERCHEROS |
SACUDIR Y LIMPIAR CON FRANELA HÚMEDA/LIMPIEZA PROFUNDA |
MARTES Y JUEVES |
|
|
25 |
PLACAS METÁLICAS Y LETRAS |
PULIDO Y ABRILLANTADO/LIMPIEZA PROFUNDA |
QUINCENAL |
ESTOPA, FRANELA Y LIMPIA METALES |
|
26 |
MUROS CON RECUBRIMIENTO XX XXXXXX |
LIMPIEZA Y LUSTRADO/LIMPIEZA PROFUNDA |
QUINCENAL |
PLUMERO, FRANELA, ACEITE PARA MUEBLES XX XXXXXX |
|
27 |
BARANDALES Y PASAMANOS |
LIMPIEZA |
DIARIO |
XXXXXXX XXXXXX |
|
28 |
BOTELLONES DE AGUA |
DISTRIBUCIÓN DE BOTELLONES A TODAS LAS ÁREAS, PREVIAMENTE SE DEBEN LAVAR LOS CUELLOS DE LOS MISMOS |
DIARIO (TANTAS VECES COMO SE REQUIERA AL DIA) |
GUANTES, FRANELA, JABÓN |
|
29 |
CAFETERAS, TAZAS Y VASOS |
LAVADO Y SECADO |
DIARIO (TANTAS VECES COMO SE REQUIERA AL DIA) |
JABÓN, FIBRA SUAVE, FRANELA (EN NINGÚN CASO SE DEBE EMPLEAR PARA SECAR LA TOALLA PARA MANOS) |
30 |
TRANSPORTE Y MOVIMIENTO DE MUEBLES, CAJAS, CARPETAS, ETC. |
APOYO PARA REACOMODO Y/O TRASLADO |
CUANDO SE REQUIERA |
FAJA, DIABLO |
31 |
CONCENTRACIÓN DE MATERIALES Y DESECHOS |
RECOLECCIÓN |
BIMESTRAL O CUANDO SE REQUIERA |
FAJA, DIABLO, GUANTES |
32 |
SERVICIOS ESPECIALES |
AUXILIO EN CASO DE INUNDACIONES, SISMOS, RECOLECCIÓN XX XXXXXX VOLCÁNICA |
CUANDO SE REQUIERA |
CUBETAS, ESCOBAS, FAJAS, CARROS COLECTORES, ETC |
33 |
ACRÍLICOS DE LAS LÁMPARAS DE TECHO |
DESMONTAR Y LAVAR |
MENSUAL |
AGUA Y JABÓN, FRANELA, ESCALERA DE TIJERA |
* Los cuadros se limpiarán de manera superficial de tal forma que no se afecten las pinturas.
Otras especificaciones.
Recolección de basura: Se efectuarán recolecciones de basura durante el transcurso del día, cuantas veces se requiera, a fin de mantener las áreas limpias.
Almacén:. La limpieza se efectuara diariamente en oficinas, el barrido de las naves y tapancos dos veces por semana, la limpieza de anaqueles se llevará acabo quincenalmente.
Taller y subestación: La limpieza se efectuará dos veces por semana o antes si se requiere.
Uniformes: Los uniformes deberán constar de PANTALÓN, CAMISA O CAMISOLA Y ZAPATOS XX XXXX CON SUELA ANTIDERRAPANTE, además deben ser presentables y cómodos, cuidando la absoluta pulcritud, las características de dichos uniformes deberán contar con la aprobación de “ASA”, a efecto de que sean distintivos y de fácil identificación. Dichos uniformes deberán ser entregados al inicio del Servicio a la Administración del Aeropuerto para ser repartidos conjuntamente con “LA PRESTADORA”.
El personal deberá portar en la parte superior izquierda un gafete de identificación que será proporcionado por “LA PRESTADORA”, de lo contrario ninguna persona de las que conforman el personal de “LA PRESTADORA” tendrá acceso a las instalaciones del Aeropuerto.
La Administración del Aeropuerto proporcionará a los operarios un gafete de identificación, el costo de éste correrá a cargo de la prestadora y deberán portarlo durante su jornada de trabajo, así como durante su permanencia en las instalaciones del Aeropuerto.
El control de asistencia del personal de “LA PRESTADORA” se establecerá a través de listas de asistencias, cuyo formato será elaborado por la administración del Aeropuerto. Dichas listas deberán ser firmadas por cada elemento que preste el servicio durante el día.
XXX se reserva el derecho de supervisar y vigilar que el personal de “LA PRESTADORA” esté debidamente afiliado al Seguro Social y que se hayan cumplido con cada una de las obligaciones contractuales.
ASA en cualquier momento podrá solicitar al Invitado Ganador la nómina de sus trabajadores, así como sus altas ante IMSS, para verificar que los sueldos pagados por cada categoría correspondan a los manifestados en la propuesta económica.
Basura: Toda la basura que se genere en el Aeropuerto, será recogida diariamente y se depositará en contenedores para ser recogida cada tercer día por “LA PRESTADORA” y se retirará de las instalaciones de “ASA”, utilizando para ello el equipo y vehículos adecuados para ser depositada en los lugares autorizados. Se recomienda a la empresa lleve a cabo por su cuenta un proceso de selección de deshechos; asimismo la prestadora deberá tramitar el permiso correspondiente ante la autoridad municipal para el traslado y disposición de la basura, así como apegarse a la normatividad aplicable en materia de residuos sólidos no peligrosos.
Equipo reflejante y señalamientos: El personal que intervenga en la limpieza de vialidades, estacionamientos y plataforma deberá portar chalecos reflejantes y usar señalamientos.
Material de limpieza: El material de limpieza que se detalla más adelante, en este mismo Anexo, lo recibirá “ASA” mensualmente con sus respectivas hojas de seguridad y se proporcionará a la “LA PRESTADORA” según las necesidades, hasta dos veces por semana, para lo cual dicho material quedará bajo el resguardo de “ASA”. Cualquier uso indebido o sustracción de los materiales por los trabajadores de “LA PRESTADORA”, se sancionará conforme a lo estipulado en el contrato.
Capacitación: El personal de la prestadora en su horario de trabajo, estará obligado a asistir a los cursos de capacitación así como a las pláticas impartidas por personal de ASA que se encuentren relacionadas con la prestación del servicio de limpieza.
C) Personal requerido por categoría y turno.
|
|
|
MATUTINO* |
VESPERTINO.* |
No. |
ÁREA |
CATEGORÍA |
De 07:00 A 15:00 hrs. |
De 12:30 A 20:30 hrs. |
1 |
Edificio terminal y oficinas administrativas. |
Supervisor |
1 |
1 |
2 |
Estacionamiento, banquetas y áreas jardinadas Vialidades y acceso principal |
Xxxxxxxx |
1 |
1 |
3 |
Vialidades y acceso principal |
Xxxxxxxx |
1 |
|
4 |
Instalaciones de Combustibles |
Xxxxxxxx |
1 |
|
5 |
Área de plataforma y jardinería |
Xxxxxxxx |
|
1 |
6 |
Almacén y edificio de plantas de emergencia |
Xxxxxxxx |
1 |
|
T O T A L |
|
5 |
3 |
NOTAS IMPORTANTES
1) A las 07:00 y 12:30 hrs. en punto, respectivamente, todo el personal deberá encontrarse laborando en el área que tiene asignada, no habrá tolerancia para el registro de entrada en cada turno.
2) El personal dispondrá de 30 minutos para comer, de 11:00 a 11:30 el turno matutino y de 16:30 a 17:00 hrs. el vespertino.
3) La distribución del personal podrá modificarse de común acuerdo entre “LA PRESTADORA" Y “ASA”, atendiendo las sugerencias para mejorar el servicio.
4) “LA PRESTADORA" esta obligada a otorgar el servicio los 365 días del año.
D) Relación de equipo que deberá proporcionar la prestadora para el servicio.
El equipo que proporcionará la prestadora, deberá permanecer en el aeropuerto hasta que el contrato concluya su vigencia, para lo cual la prestadora se compromete a reparar o sustituir el equipo que se haya averiado, a fin de no entorpecer la prestación del servicio.
Para la entrega del equipo, el responsable de administrar el contrato, deberá levantar un acta en la que quede constancia del equipo que haya entregadora la prestadora.
Asimismo el administrador del contrato, deberá revisar al menos con una periodicidad de quince días, que el equipo se encuentra en buen estado.
No. |
DESCRIPCIÓN |
UNIDAD |
CANTIDAD |
CARACTERÍSTICAS |
1 |
Pulidora con accesorios completos |
Pieza |
1 |
Industrial de disco de 19” con motor de 1.5 hp. para pulido de pisos. |
2 |
Pulidora con accesorios completos |
Pieza |
1 |
De disco de 16” para pulido de escalones |
3 |
Aspiradoras |
Pieza |
1 |
Tipo industrial con motor de 1.5 hp con sistema para succión de agua |
4 |
Carro colector |
Pieza |
1 |
Para recolección de basura |
5 |
Contenedores |
Pieza |
1 |
Para almacenaje y traslado de basura, pintado, con capacidad de 4 metros cúbicos. |
6 |
Escaleras |
Pieza |
|
4 de 2.00 mts. Tijera |
|
1 |
4 de 3.00 mts. Tijera |
||
|
|
1 de 5.00 mts. X/ xxxxxxxxx |
||
0 |
* Despachadores de jabón liquido |
Pieza |
14 |
Jabonera fabricada con plástico rígido, para cartucho de 500 ml. |
8 |
* Despachadores de toallas desechables para manos |
Pieza |
14 |
De plástico rígido con chapa de seguridad para toalla de 200 metros aproximadamente. |
9 |
* Despachadores de papel higiénico jumbo |
Pieza |
20 |
De plástico rígido con chapa de seguridad, para jumbo de 600 metros aproximadamente. |
10 |
* Despachador de toallas ínter dobladas |
Pieza |
2 |
De plástico rígido. |
11 |
Escalera telescópica, para la limpieza xx xxxxxxx exteriores de altura. |
Pieza |
1 |
De aluminio, que alcance una altura de 12 metros. |
12 |
Tanque para pulidora |
Pieza |
|
Capacidad del tanque 4 GAL (15 lts.) Succión de agua 68” |
13 |
Chalecos fosforescentes para vialidad |
Pieza |
4 |
Protección para el personal de vialidad |
14 |
Extensión de 15 mts. con doble contacto |
Pieza |
2 |
Para realizar funciones de aspirado en diversas áreas |
15 |
Señalamientos para limitar espacios |
Pieza |
3 |
Fabricado con una mezcla de polietileno de alto impacto |
16 |
Extractoras de alfombra |
Pieza |
|
Con bomba de aspersión variable, motor de 1 a 2 H.P., con cepillo tipo diamante helicoidal o en "v" intercambiable para mantenimiento preventivo y profundo, incluyendo accesorios para rincones y esquinas (inyección, cepillado, enjuague y recuperación en un sólo paso). |
17 |
Secador de alfombra |
Pieza |
|
Mínimo de 1/3 a 1/2 H.P. |
18 |
Señalamientos |
Pieza |
5 |
De hule o plástico de colores fluorescentes de forma cónica de 40 cms. de altura. |
19 |
Equipos lava vidrios (extensores) |
Pieza |
1 |
De aluminio de 3 metros de longitud. |
20 |
Maquina de limpieza Xxxxxxx Puzzi 300 o similar. |
Pieza |
|
Caudal de pulverizado I/min. 2.0, presión de pulverizado M Bares 2.0, capacidad de los depósitos de agua limpia litros 45, capacidad de los depósitos de agua sucia litros 18, máxima potencia absorbida turbina w 1100, bomba w 2 x 40, peso Kg. 31.0 |
21 |
Podadora |
Pieza |
1 |
Marca TRUPPER DE 4HP |
22 |
Podadora |
Pieza |
1 |
XXXXX XXXXXX DE 6HP. |
23 |
Demarizadoras |
Pieza |
2 |
Marca STIHL S200. |
Notas:
Sólo se debe de relacionar y enunciar el material necesario que se utilizará para que el servicio de limpieza se haga de manera eficiente en cada uno de los aeropuertos.
La descripción de los equipos que no contengan marca, se entenderá que son de buena calidad y estarán sujetos a la sanción de aeropuerto.
E) Relación mensual de material que proporcionará la prestadora a la persona encargada de la administración y vigilancia del contrato.
La forma para la entrega del material se hará de la siguiente manera:
1) El prestador deberá entregar para el primer mes del servicio, a partir de que se encuentre vigente el contrato, todos los máximos establecidos en la presente relación.
2) Para los meses siguientes, el prestador deberá surtir los materiales dentro de los tres primeros días de cada mes.
3) El encargado de la administración y vigilancia del contrato, conforme al control de existencias que lleve de los materiales, solicitará al prestador hasta con cinco días de anticipación, los insumos que requiera mensualmente, debiendo solicitarlos entre del rango de mínimos y máximos establecidos para cada material.
No. |
DESCRIPCIÓN |
UNIDAD |
CANTIDAD/MENSUAL |
CARACTERÍSTICAS Y/O MARCA |
||
Mínimo |
Máximo |
No se requiere |
|
|||
1 |
Aceite trata MOP |
Litro |
3 |
5 |
|
MEPRASA o similar. |
2 |
Ácido muriático |
Litro |
3 |
5 |
|
PRODELI o similar. |
3 |
Aerosol pledge blem |
Pieza |
6 |
10 |
|
De 333 gr. |
4 |
Arena mármol |
Kilos |
15 |
25 |
|
Tamaño mediano |
5 |
Aromatizante |
Litros |
24 |
40 |
|
TIPSS, LINE o similar. |
6 |
Atomizador |
Pieza |
3 |
5 |
|
De plástico rígido y resistente con capacidad de 500 ml. |
7 |
Base para MOP de 90 CMS. |
Pieza |
2 |
3 |
|
Tipo americano |
8 |
Bolsa transparente para basura |
Pieza |
120 |
200 |
|
|
9 |
Bombas para W.C. |
Pieza |
2 |
3 |
|
Tamaño mediano y de consistencia dura |
10 |
Bote de plástico para Basura |
Pieza |
10 |
15 |
|
Los botes se entregarán al inicio del contrato, serán de un mismo color y modelo. Adecuados para colocarse en sanitarios. |
11 |
Xxxxxx recogedor |
Piezas |
|
|
X |
Reforzados y x/xxxx |
00 |
Xxxxxxx para cristal 125 (cerdas) |
Pieza |
1 |
2 |
|
|
13 |
Cepillo para lavar |
Pieza |
1 |
2 |
|
Con mango largo, xx xxxxx artificial, para xxxxxx xx xxxxxxx. |
14 |
Cepillo usos varios no.113 (forma 8) |
Pieza |
1 |
2 |
|
|
15 |
Cera para pisos |
Kg |
|
|
X |
Xxxxxx o similar. |
16 |
Cloro |
Litros |
24 |
40 |
|
TPPS LINE o similar. |
17 |
Conos desechables c/250 |
Paquete |
5 |
10 |
|
Marca Venus /similar |
18 |
Cristalizador para mármol |
Galón |
|
|
X |
Esta cantidad se cotiza anualmente |
|
19 |
Cubeta capacidad 18 litros |
Pieza |
1 |
3 |
|
Plástico rígido, de buena calidad |
|
20 |
Cuña |
Pieza |
|
|
X |
Grande con orilla de plástico |
|
21 |
Tapete para mingitorio |
Pieza |
15 |
25 |
|
Para eliminar grasa industrial, vegetal y animal. (XXXXX LINE o similar) |
|
22 |
Desodorante en pastilla |
Pieza |
60 |
100 |
|
Pastilla aromatizante media luna, xxxxx XXXXX, 80 grs. O similar. |
|
23 |
Disco 16” Canela |
Pieza |
1 |
2 |
X |
3M o similar. |
|
24 |
Disco blanco de 19” |
Pieza |
|
|
X |
3M o similar. |
|
25 |
Disco canela 19” |
Pieza |
1 |
2 |
X |
3M o similar. |
|
26 |
Disco gris de 19” |
Pieza |
|
|
|
3M o similar. |
|
27 |
Disco negro 19” |
Pieza |
|
|
X |
3M o similar. |
|
28 |
Disco verde |
Pieza |
|
|
X |
3M o similar. |
|
29 |
Escoba de mijo |
Pieza |
6 |
10 |
|
De 7 hilos |
|
30 |
Escoba de plástico |
Pieza |
|
|
X |
INFIMIDEAL o similar. |
|
31 |
Escoba xx xxxx |
Pieza |
|
|
X |
Debe incluir todo lo necesario para su armado (cabos y mazo de henequén) |
|
32 |
Estopa |
Kilo |
1 |
2 |
|
Blanca |
|
33 |
Fibra verde de 10 milímetros |
Pieza |
6 |
10 |
|
Para uso duro, limpiar sarro, cochambre, etc. |
|
34 |
Fibra verde de 3 milímetros |
Pieza |
|
|
x |
Para uso normal |
|
35 |
Franela blanca |
Metro |
9 |
15 |
|
De buena calidad, para la limpieza de muebles de baño y garrafones de agua |
|
36 |
Franela gris |
Metro |
|
|
X |
De buena calidad, para la limpieza de escritorios |
|
37 |
Guantes |
Par |
6 |
10 |
|
De látex, resistentes (VITEX o similar) |
|
38 |
Jabón en polvo moteado |
Xxxx |
00 |
00 |
|
Xxxx o similar. |
|
39 |
Jabón liquido para manos 500 ml. |
Cartucho |
15 |
25 |
|
Crisoba o similar |
|
40 |
Jabón para tocador 25 gr. |
Pieza |
18 |
30 |
|
Xxxx Xxxxx o similar |
|
41 |
Jerga gruesa |
Metro |
5 |
10 |
|
De buena calidad |
|
42 |
Limpiador de metales |
Bote |
0 |
1 |
|
Brasso o similar. |
|
43 |
Liquido germicida |
Litro |
|
|
X |
Para desinfección de sanitarios Harpic o similar |
|
44 |
Liquido p/ muebles xx xxxxxx |
Litro |
0 |
1 |
|
3 EN 1 o similar. |
|
45 |
Liquido para desmanchar alfombras |
Litro |
|
|
X |
Marca Comercial |
|
46 |
Limpiador xx xxxxxxxxx |
Cubeta |
24 |
40 |
|
XXXXX LINE o similar. |
|
47 |
Master para vidrios |
Piezas |
2 |
4 |
|
Marca IDEAL, (económico) o similar. |
|
48 |
Mechudo para agua |
Pieza |
5 |
10 |
|
De pabilo de 400 gramos. |
|
49 |
Limpiador Multi Usos |
Cubeta |
20 |
40 |
|
Liquido semiviscoso, que limpie cualquier superficie lavable XXXXX LINE o similar. |
|
50 |
Papel higiénico tridimensional hoja doble |
Rollo |
6 |
10 |
|
Pétalo o similar |
|
51 |
Papel higiénico jumbo hoja doble 510 mt. X 10 cm. |
Rollo |
120 |
200 |
|
Crisoba o similar (KIMLARK) |
|
52 |
Piedra pómex grande |
Kilo |
|
|
X |
|
|
53 |
Plumero |
Pieza |
0 |
1 |
|
Con xxxx xx xxxxxxx de 2 metros de longitud |
|
54 |
Polvo limpiador con amonia |
Pieza |
|
|
x |
Ajax o similar Bote con 380 grs. |
|
55 |
Recogedor con bastón std. |
Pieza |
3 |
5 |
|
Reforzado |
|
56 |
Removedor xx xxxx |
Litros |
|
|
X |
Xxxxxx o similar. |
|
57 |
Repuesto para MOP de 90 CMS. |
Pieza |
3 |
5 |
|
Tipo americano |
|
58 |
Sarricida puro |
Litro |
|
|
X |
MEPRASA o similar. |
|
59 |
Shampoo para alfombras |
Cubeta |
|
|
X |
XXXXX LINE o similar. |
60 |
Toallas para manos para xxxxxxxxxxx 000 mt. X 20.7 cm. |
Rollo |
120 |
200 |
|
Crisoba o similar (XXXXX) |
61 |
Toallas p/manos ínter dobladas |
Paquete |
15 |
25 |
|
Crisoba o similar (SANITAS) |
62 |
Yodo |
Litro |
|
|
X |
Para desinfección de servidores de agua (LABOQUIM o similar) |
63 |
Bolsas negras t/jumbo basura |
xxx |
00 |
000 |
|
Para recoja de basura |
64 |
Destapacaño |
pza |
1 |
3 |
|
Para destapar baños |
65 |
Machetes |
pza |
1 |
3 |
|
Para la limpieza de los jardines y maleza |
66 |
Tijeras para jardinería |
Pza |
1 |
3 |
|
Para podar los arboles |
67 |
Agua purificada |
litros |
|
|
X |
Para las diferentes areas del aeropuerto. |
68 |
Garrafones de agua purificada |
XXX |
00 |
000 |
|
|
00 |
Xxxxxxxx para podadoras. |
Litro |
30 |
50 |
|
Para las podadoras |
70 |
Aceite. |
Litro |
1 |
2 |
|
Para las podadoras |
71 |
Cubrebocas |
Pza |
15 |
25 |
|
Para trabajos en planta de tratamiento |
Notas:
1) Los materiales se entregarán mensualmente y no se aceptarán entregas parciales de ninguno de los conceptos.
2) Los productos y materiales solicitados deben ser de marcas comerciales o que cumplan con las características señaladas.
F) Relación de uniformes que proporcionará la prestadora.
No. |
DESCRIPCIÓN |
UNIDAD |
CANTIDAD |
CARACTERÍSTICAS |
1 |
Uniformes |
Juego |
14 |
Camisola y pantalones en algodón, cazado de seguridad en color negro. |
2 |
Uniformes para supervisión |
Juego |
2 |
Camisola y pantalones en algodón, cazado de seguridad en color negro. |
3 |
Mangas de hule o impermeables |
Pieza |
4 |
Equipo para lluvia |
4 |
Botas de hule |
Pieza |
4 |
Tipo jardinero |
Nota: Estos implementos se entregarán al inicio del contrato al supervisor de “ASA” para su resguardo, quien los proporcionará a los empleados de "LA PRESTADORA" con la finalidad de que sean utilizados por el personal y el supervisor, mismos que deberán ser cambiados cada seis meses o por rotación de personal.
TABLA DE IDENTIFICACIÓN DE RIESGOS PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE LIMPIEZA.
PUESTO DE TRABAJO |
RIESGO |
REGIÓN ANATÓMICA |
EQUIPO DE PROTECCIÓN PERSONAL Y MATERIAL |
Conservación y Limpieza |
|
|
Otros: Ropa de poliéster Guantes y mascarilla desechable |
|
|
Otros: Ropa de poliéster |
|
|
|
Botas impermeables |
|
|
|
Guantes aislantes |
Con base en la tabla que se presenta y cuando existan posibles riesgos para los trabajadores de limpieza, el prestador del servicio y el jefe de mantenimiento del aeropuerto se asegurarán de que se ocupe el equipo señalado.
ANEXO 2
NOMBRE DEL LICITANTE:__________________________________________________________________
VIGENCIA DE LA OFERTA:_________________________________________________________________
EMPRESA:_______________________________________________________________________________
A) RELACIÓN DEL PERSONAL QUE SE EMPLEARÁ EN EL SERVICIO DE LIMPIEZA
|
|
SALARIO |
No. |
|
CATEGORÍA |
TURNO |
REAL/MENSUAL |
DE |
IMPORTE |
|
|
POR PERSONA |
PERSONAS |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
SUMA TOTAL DEL MES SIN IVA |
|
B) RELACIÓN DEL EQUIPO QUE SE EMPLEARÁ PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO
DESCRIPCIÓN DEL EQUIPO |
COSTO POR UNIDAD |
No. DE UNIDADES |
IMPORTE |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
-
SUMA TOTAL DEL MES SIN I.V.A.
C) RELACIÓN MENSUAL DE MATERIAL QUE SE EMPLEARÁ PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE LIMPIEZA
MATERIAL |
UNIDAD |
PRECIO |
CANTIDAD |
IMPORTE |
|
|
|
|
|
|
|
|
TOTAL (SIN I.V.A.) |
|
EL MATERIAL SE DEBERÁ COTIZAR DE ACUERDO A LA CANTIDAD MÁXIMA ESTABLECIDA EN LA LISTA DE MATERIALES DEL ANEXO UNO, A PRECIO XX XXXXXXX SEGÚN LA ZONA EN DONDE SE LLEVE A CABO LA LICITACIÓN, ESTA INFORMACIÓN ESTARÁ SUJETA A COMPROBACIÓN POR PARTE DE ASA.
D) RESUMEN DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA
NUM. XX XXXXXXX |
DESCRIPCIÓN |
COSTO MENSUAL UNITARIO (ANTES DE I.V.A.) |
COSTO UNITARIO POR VIGENCIA DEL CONTRATO (ANTES DE I.V.A.) |
A)
B)
C)
|
RELACIÓN DEL PERSONAL QUE SE EMPLEARÁ EN EL SERVICIO DE LIMPIEZA
RELACIÓN DEL EQUIPO QUE SE EMPLEARÁ PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO
RELACIÓN MENSUAL DE MATERIAL QUE SE EMPLEARÁ PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE LIMPIEZA |
|
|
|
|
T O T A L: |
|
TOTAL OFERTADO (SIN CONSIDERAR IVA) NÚMERO Y LETRA: $ ______________________________________________________________________00/100 M.N.)
______________________________________________________________________
NOMBRE Y FIRMA DEL LICITANTE O SU REPRESENTANTE LEGAL ACREDITADO.
ANEXO 3
___________ a __ de ___________________ de 20__
(Lugar)
AEROPUERTOS Y SERVICIOS AUXILIARES
P R E S E N T E
El que suscribe: __________________________________________________________________
(Nombre, cargo y razón social.)
Declara bajo protesta de decir verdad:
Que por mi conducto, no participan en los procedimientos de contratación establecidos en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, personas físicas x xxxxxxx que se encuentren inhabilitadas por resolución de la Secretaría de la Función Pública, asimismo no participan personas físicas x xxxxxxx que se encuentren inhabilitadas en los términos del artículo 31, fracción XXIV de la Ley en cita, con el propósito de evadir los efectos de la inhabilitación, tomando en consideración, entre otros, los supuestos siguientes:
Personas xxxxxxx en cuyo capital social participen personas físicas x xxxxxxx que se encuentren inhabilitadas en los términos del primer párrafo de la fracción en comento.
Personas xxxxxxx que en su capital social participen personas xxxxxxx en cuyo capital social, a su vez, participen personas físicas x xxxxxxx que se encuentren inhabilitadas en términos del primer párrafo de la fracción en comento, y
Personas físicas que participen en el capital social de personas xxxxxxx que se encuentren inhabilitadas.
La participación social deberá tomarse en cuenta al momento de la infracción que hubiere motivado la inhabilitación.
La falsedad en la manifestación a que se refiere este inciso será sancionada en los términos xx Xxx.
Que en caso de omisión en la entrega del escrito a que se refiere este inciso, o si de la información y documentación con que cuente la Secretaría de la Función Pública se desprende que personas físicas x xxxxxxx pretenden evadir los efectos de la inhabilitación, Aeropuertos y Servicios Auxiliares se abstendrá de firmar los contratos correspondientes.
Que la empresa que represento, sus accionistas y funcionarios no se encuentran en los supuestos contenidos en los artículos 50 y 60, fracciones IV, V y penúltimo párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
____________________________
A T E N T A M E N T E
APODERADO LEGAL
ANEXO 4
___________ a __ de ___________________ de 20__
(Lugar)
AEROPUERTOS Y SERVICIOS AUXILIARES
P R E S E N T E
El que suscribe __________________________________________________________________
(Nombre, cargo y razón social)
Sobre el particular manifiesto que por mi mismo o a través de interpósita persona, me abstendré de adoptar conductas para que los servidores públicos de Aeropuertos y Servicios Auxiliares induzcan o alteren las evaluaciones de las propuestas, el resultado del procedimiento, u otros aspectos que otorguen condiciones más ventajosas con relación a los demás participantes.
________________________
A T E N T A M E N T E
APODERADO LEGAL
ANEXO 5
___________ a __ de ___________________ de 20__
(Lugar)
AEROPUERTOS Y SERVICIOS AUXILIARES
P R E S E N T E
Texto para personas físicas:
Me refiero a la licitación pública nacional número ___________________ relativa a __________________
____________________________________________.
Sobre el particular manifiesto, bajo protesta de decir verdad, que soy persona con discapacidad y participo en esta licitación como persona física con actividad empresarial.
Texto para personas xxxxxxx:
Me refiero a la licitación pública nacional número ___________________ relativa a __________________
____________________________________________.
Sobre el particular manifiesto, bajo protesta de decir verdad, que soy una persona moral y que cuento con personal con discapacidad en una proporción del cinco por ciento cuando menos de la totalidad de mi planta de empleados, cuya antigüedad no es inferior a seis meses, adjuntando para ello copia del acta del régimen obligatorio expedida por el Instituto Mexicano del Seguro Social.
_________________________
A T E N T A M E N T E
APODERADO LEGAL
Nota:
1. El licitante deberá utilizar la opción que le corresponda, según se trate de persona física o moral.
ANEXO 6
BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No. 09085036-005-08
|
REQUISITOS LEGALES: |
|
SI |
NO |
1. |
Formato o escrito para acreditar personalidad jurídica (Anexo 7). |
Punto 4.1.1. |
|
|
2. |
Original o copia certificada y copia fotostática de una identificación oficial mexicana. |
Punto 4.1.2. |
|
|
3. |
Declaración, bajo protesta de decir verdad, de no encontrarse en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 31, fracción XXIV, 50 y 60, penúltimo párrafo de la Ley (Anexo 3). |
Punto 4.1.3. |
|
|
4. |
Manifestación bajo protesta de decir verdad, de que por su conducto no participan en el presente procedimiento, personas físicas x xxxxxxx que se encuentren inhabilitadas. |
Punto 4.1.4. |
|
|
5. |
Declaración de integridad (Anexo 4). |
Punto 4.1.5. |
|
|
6. |
Copia del recibo de pago de las bases |
Punto 4.1.6. |
|
|
|
REQUISITOS TÉCNICOS |
|
|
|
7. |
Currículum vitae del licitante |
Punto 4.2.1. |
|
|
8. |
Carta compromiso indicando que cuenta con los elementos humanos, financieros, técnicos y materiales indispensables para proporcionar el servicio. |
Punto 4.2.2. |
|
|
9. |
Original o copia certificada y copia simple del Registro Patronal expedido por el Instituto Mexicano del Seguro Social, así como original y copia del pago de las cuotas obrero-patronales del periodo inmediato anterior a la fecha del presente procedimiento de licitación. |
Punto 4.2.3. |
|
|
10. |
Escrito indicando que cuenta con las licencias, autorizaciones o permisos que conforme a otras disposiciones sean necesarios para la prestación del servicio. |
Punto 4.2.4. |
|
|
11. |
Escrito anotando que en caso de resultar ganador queda obligado, durante la vigencia del contrato objeto de estas bases, a cumplir con la inscripción y pago de cuotas al Instituto Mexicano del Seguro Social y que para verificar el cumplimiento de ello, deberá entregar a la convocante, en forma bimestral, las constancias de cumplimiento. |
Punto 4.2.5. |
|
|
12. |
Los licitantes que deseen que su propuesta reciba el beneficio de preferencia, cuando así proceda hacerlo, deberán presentar una manifestación, en la que indiquen ser persona con discapacidad, tratándose de personas físicas o que cuenta con personal con discapacidad en tratándose de personas xxxxxxx (Anexo 5). |
Punto 4.2.6. |
|
|
|
PROPOSICIONES TÉCNICA Y ECONÓMICA: |
|
|
|
13. |
Propuesta técnica. |
Punto 5.2. numeral 2 |
|
|
14. |
Propuesta económica (Anexo 2). |
Punto 5.3. numeral 3 |
|
|
______________________________________________________________________________________________
Recibí (Nombre y cargo)
______________________________________
Firma
Nota: El presente formato podrá ser reproducido por cada participante, debiendo respetar su contenido en el orden indicado, para que quede como constancia de la documentación presentada.
ANEXO 7
FORMATO PARA ACREDITAR PERSONALIDAD
(Trascrito conforme al Acuerdo publicado por la Secretaría de la Función Pública
en el Diario Oficial de la Federación el 11 xx xxxxx de 1997).
(nombre) , manifiesto bajo protesta de decir verdad, que los datos aquí asentados, son ciertos y han sido debidamente verificados, así como que cuento con facultades suficientes para suscribir la propuesta en la presente licitación, a nombre y representación de: ________________(persona física o moral)______________________.
Número de licitación:
Registro Federal de Contribuyentes:
Domicilio.- Calle y número:
Colonia: Delegación o Municipio:
Código Postal: Entidad Federativa:
Teléfonos: Fax:
Correo electrónico:
No. de la escritura pública en la que consta su acta constitutiva: Fecha:
Nombre, número y xxxxx xxx Xxxxxxx Público ante el cual se dio fe de la misma:
Relación de accionistas.- Apellida paterno: Apellido materno: Nombre(s):
Descripción del objeto social:
Reformas al acta constitutiva:
|
Nombre del apoderado o representante:
Datos del documento mediante el cual acredita su personalidad y facultades.-
Escritura pública número: Fecha:
Nombre, número y xxxxx xxx Xxxxxxx Público ante el cual se otorgó:
|
(Lugar y fecha)
Protesto lo necesario
(firma)
Nota: El presente formato podrá ser reproducido por cada participante en el modo que estime conveniente, debiendo respetar su contenido, preferentemente en el orden indicado.
ANEXO 8
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE LIMPIEZA PARA EL AEROPUERTO DE _____________, QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, AEROPUERTOS Y SERVICIOS AUXILIARES, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA “ASA”, REPRESENTADO POR EL ____________________________, EN SU CARÁCTER DE ADMINISTRADOR DEL AEROPUERTO DE ________________ Y POR LA OTRA _______________________, REPRESENTADO POR EL _____________________, EN SU CARÁCTER DE ______________, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE DENOMINARÁ “LA PRESTADORA”, AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS.
D E C L A R A C I O N E S
I.- “ASA” DECLARA QUE:
I.1. Es un Organismo Descentralizado de la Administración Pública Federal con personalidad jurídica y patrimonio propios, en los términos del Decreto Presidencial publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 22 xx xxxxxx de 2002, por el que se abroga al que creó a Aeropuertos y Servicios Auxiliares, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 12 xx xxxxx de 1965.
I.2. Comparece en este acto por conducto del C.________________________, en su carácter de Administrador del Aeropuerto de _____________________, al cual le fue conferido Poder, mediante Escritura Pública número _________, Volumen ______ de fecha____ de__________ de ______, otorgada ante la fe del Licenciado _________________, titular de la Notaría Pública número ____de la Ciudad de México Distrito Federal.
I.3. La adjudicación del presente contrato se realizó mediante el procedimiento de _________________ con fundamento en los artículos 26, fracción __ y __ de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
I.4. Para cubrir las erogaciones que se derivan del presente contrato, se cuenta con saldo disponible en la partida 3505, según consta en el oficio número 312.A.-000990 de fecha 07 de octubre de 2008, emitido por la Dirección General de Programación y Presupuesto “B” de la Subsecretaría de Egresos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
I.5. Designa como responsable de administrar y vigilar el cumplimiento del presente contrato, al C. ____________, como Administrador del Aeropuerto de __________________.
II. “LA PRESTADORA” DECLARA QUE:
II.1. Acredita la existencia de la sociedad con el testimonio de la escritura pública número ____, Volumen _____ de fecha ____ de _________ de _____, pasada ante la fe del Licenciado _______________, Notario Público número ______, de la Ciudad de _________________ e inscrita en el Registro Público de la Propiedad, Sección Comercio, con Folio Mercantil número ______ de fecha ____ de ______ de ______.
NOTA: Si se trata de persona física, acredita su personalidad con credencial de elector, pasaporte, etc.
II.2. Su representante legal el Sr.___________ acredita su representación y facultades para firmar en su nombre el presente contrato en los términos del poder otorgado mediante escritura pública No. ______ pasada ante la Xx xxx Xxxxxxx Público No. ____Lic. __________ de la Ciudad de _____, con fecha ____ de ___ de _____las cuales no le han sido revocadas ni limitadas en forma alguna.
NOTA: Sólo si se trata de persona moral
II.3 La Secretaría de Hacienda y Crédito Público le otorgó el No______________ como Registro Federal de Contribuyentes.
II.4 Que ha presentado a “ASA”, previo a la formalización del presente contrato, el documento actualizado a que alude la Regla I.2.1.16. de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2008, publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 27 xx xxxx de 2008, toda vez que el presente instrumento es por un importe superior a los $300,000.00 (Tres cientos mil pesos 00/100 M.N.), manifestando bajo protesta de decir verdad, que su representada se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales que en la citada Xxxxx se señalan y que sabe y conoce el alcance de contravenir dicho precepto fiscal.
II.5 Cuenta con personal debidamente capacitado y con el adiestramiento técnico necesario para prestar de modo eficaz los servicios materia de este Contrato; el propio personal queda sujeto al régimen interior de la empresa, lo cual le permite actuar dentro de su ámbito y en colaboración con las autoridades de “ASA”.
ll.6 Que ha inspeccionado y conoce debidamente las necesidades objeto de este Contrato, a fin de considerar los factores que intervienen en la prestación del servicio, así como las especificaciones para el mismo.
II.7 Conoce el contenido y los requisitos que establece la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su Reglamento, así como el contenido del ANEXO ÚNICO: “Especificaciones Generales para la Prestación del Servicio de Limpieza”, el cual que se agrega a este contrato debidamente firmado por las partes para que pase a formar parte del mismo.
II.8 Bajo protesta de decir verdad que por su conducto no participan personas inhabilitadas por la Secretaria de la Función Pública, así como que no se encuentran en ninguno de los supuestos del artículo 50 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
II.9 Es mexicana y conviene, para el caso de cambiar de nacionalidad, seguirse considerando como mexicana por cuanto a este contrato se refiere y consecuentemente, no invocar la protección de ningún gobierno extranjero, bajo pena de perder en favor de la Nación Mexicana todo derecho emanado de este contrato.
II.10 Es una __________ (señalar si es una micro, pequeña o mediana empresa) de acuerdo con la estratificación por número de trabajadores, establecida en el artículo 3, fracción III de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana empresa.
En virtud de lo antes manifestado las partes celebran este contrato al tenor de las siguientes:
X X X X X X X X X
PRIMERA: OBJETO
“ASA” encomienda a “LA PRESTADORA” y ésta se obliga a realizar para el primero los servicios de limpieza general y especifica en las instalaciones que ocupa el Aeropuerto de __________, en los términos que señala el anexo único de este contrato.
Las especificaciones, horarios y demás condiciones técnicas de los servicios materia de este contrato, se consignan en el documento que debidamente firmado por las partes, se agrega para formar parte integrante del mismo: Anexo Único “Especificaciones Generales para la Prestación del Servicio de Limpieza”.
“LA PRESTADORA” se obliga a prestar los servicios objeto del presente contrato, utilizando para ello el equipo y materiales descritos conforme a los términos de referencia establecidos en el Anexo Único, para lo que deberá presentar muestras de todos y cada uno de los materiales y equipos a utilizar durante la prestación del servicio materia de este contrato para el visto bueno del Administrador del Aeropuerto.
Asimismo para cumplir con los requisitos establecidos en las normas de Calidad ISO 9001:2000; Protección al Medio Ambiente ISO 14001:2004 y Seguridad y Salud Ocupacional OHSAS 18001:2007 que forman parte del Sistema de Gestión Integral implantado por Aeropuertos y Servicios Auxiliares o que llegue a implementarse en este aeropuerto, “LA PRESTADORA” se obliga a acatar las disposiciones que al efecto establezca “ASA” a través de la Administración del Aeropuerto.
SEGUNDA: OBLIGACIONES DE “LA PRESTADORA”
“LA PRESTADORA” se obliga a que los materiales y equipos que se utilicen en los trabajos de los servicios de limpieza, tengan el visto bueno del Administrador del Aeropuerto de __________, para lo cual “LA PRESTADORA” deberá presentar muestras de todos y cada uno de los materiales y equipos a utilizar durante la prestación del servicio materia de este contrato. Asimismo, que la prestación de dichos servicios cumplan con las marcas y especificaciones detalladas en el Anexo Único de este contrato.
“LA PRESTADORA” mantendrá cada día una plantilla de ___ elementos, mismos que serán distribuidos en ___ turnos, con horarios de ________, de acuerdo a las necesidades operativas y administrativas de “ASA”, conforme se detalla en el Anexo Único de este contrato.
“LA PRESTADORA” se obliga a sujetarse a los horarios y fechas que “ASA” establezca en lo futuro para la prestación del servicio, como consecuencia de las necesidades operativas que se presenten en el aeropuerto.
Para el adecuado control y supervisión del personal adscrito al servicio de limpieza, “LA PRESTADORA” se obliga a:
Xxxxxxxse a las disposiciones contenidas en el Anexo Único que forma parte integrante de este contrato.
Uniformar al personal de conformidad con lo establecido en el Anexo Único, una vez que dichos modelos y colores sean autorizados por “ASA”, de acuerdo con las zonas y especie de servicio que preste. Asimismo, debe exigir a sus trabajadores, limpieza y buena presencia personal. “ASA” podrá solicitar a “LA PRESTADORA” la remoción del personal que no se considere idóneo para el servicio contratado.
Para el control adecuado del personal adscrito al servicio de limpieza, “LA PRESTADORA” acepta y se obliga a entregar de manera anticipada al inicio de los trabajos, la plantilla del personal contratada, conteniendo el nombre del trabajador, turno al que se adscribe y zona de asignación; y mensualmente notificará por escrito las altas, bajas y cambios de su personal, siempre bajo la estricta supervisión de “ASA”.
El control de asistencia diaria del personal de limpieza, se establecerá a través de listas de asistencias correspondientes al servicio prestado, cuyo formato será elaborado por la Administración del Aeropuerto.
El elemento, diario e invariablemente deberá registrar su nombre y firmar su entrada con una tolerancia de 15 minutos, en (especificar el lugar y la persona que cuente con los controles de asistencia)__ todo elemento que cheque después de los 15 minutos de tolerancia, será tipificado como faltante y no se le permitirá brindar sus servicios, aplicándose en consecuencia la sanción contenida en el punto _____ de la cláusula _____ del presente contrato. Asimismo, al finalizar su jornada el elemento deberá invariablemente registrar su nombre y firmar su salida en la respectiva lista de asistencia.
Capacitar a sus empleados para que brinde un óptimo trato al público, previniéndolos para que no acepten, por ningún motivo, propinas por los servicios que prestan.
Suministrar mensualmente los materiales de limpieza e higiene, conforme a lo descrito en el Anexo Único.
Expedir un gafete de identificación a cada miembro del personal que se destine al servicio de limpieza y obligar a que lo porten en lugar visible, a fin de facilitar su identificación, también tendrán que portar las Tarjetas de Identificación Aeroportuaria de “ASA”, las cuales serán expedidas con cargo a “LA PRESTADORA”.
“LA PRESTADORA” se obliga a que sus supervisores, provistos de uniforme y gafete, vigilen y dirijan a su personal para el debido cumplimiento de lo pactado en este contrato. Respecto a dichos supervisores se observarán las siguientes reglas:
El supervisor realizará sus funciones conforme al Anexo Único, pudiendo modificarse su distribución de acuerdo a las necesidades del servicio.
Cada supervisor tendrá a su cargo el número de personas necesarias para cada zona de trabajo.
El supervisor de “LA PRESTADORA” rendirá un informe diario al iniciarse y concluirse el turno, el cual deberá contener la firma del supervisor del servicio de “ASA”.
TERCERA: MONTO DEL CONTRATO, FORMA Y LUGAR DE PAGO
“ASA” pagará a “LA PRESTADORA” por la prestación de los servicios materia de este contrato, la suma de $__________ (__________ Pesos __/100 m.n.), la cual será cubierto en 12 exhibiciones por la cantidad de $__________ (___________Pesos __/100 M.N.) sin que tenga que ejercerse en su totalidad. El impuesto al Valor Agregado se trasladará en los términos de la Ley de la materia.
Las partes convienen que los servicios objeto del presente contrato se paguen por mes vencido. Las facturas deberán cumplir con los requisitos fiscales y serán presentadas por “LA PRESTADORA” al Administrador del Aeropuerto de __________, para su revisión y aprobación, para lo cual contará con 3 días hábiles a partir de su recepción.
Las facturas deberán pagarse por parte de “ASA” en un plazo no mayor de 20 días naturales contados a partir de la fecha en que haya sido autorizada por el Administrador del Aeropuerto de __________, sin rebasar el plazo establecido en el artículo 51 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
El pago de los servicios quedará condicionado, proporcionalmente, al pago que “LA PRESTADORA” deba efectuar por concepto xx xxxxx convencionales por atraso, en el entendido de que en el supuesto de que sea rescindido el contrato, no procederá el cobro de dichas penas ni la contabilización de las mismas al hacer efectiva la garantía de cumplimiento.
En caso de incumplimiento en los pagos a que se refiere la presente cláusula “ASA” a solicitud de “LA PRESTADORA”, deberá pagar gastos financieros conforme a la tasa que será igual a la establecida por la Ley de Ingresos de la Federación, en los casos de prórroga para el pago de Créditos Fiscales. Dichos gastos se calcularán sobre las cantidades no pagadas y se computarán por días naturales desde que se venció el plazo pactado, hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición de “LA PRESTADORA”.
Tratándose de pagos en exceso que haya recibido “LA PRESTADORA”, ésta deberá reintegrar las cantidades pagadas en exceso, más los intereses correspondientes, conforme a lo señalado en el párrafo anterior. Los intereses se calcularan sobre las cantidades pagadas en exceso en cada caso y se computarán por días naturales desde la fecha del pago hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición de “ASA”, conforme a lo establecido en el tercer párrafo del artículo 51 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
En caso de que las facturas entregadas para su pago presenten errores o deficiencias, “ASA” dentro de los tres días hábiles siguientes al de su recepción, indicará por escrito a “LA PRESTADORA” las deficiencias que deberá corregir. El período que transcurre a partir de la entrega del citado escrito y hasta que “LA PRESTADORA” presente las correcciones, no se computará para efectos del artículo 51 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
El importe citado compensa en su totalidad a “LA PRESTADORA” por el suministro de materiales, equipos, sueldos, honorarios, organización, dirección técnica propia, administración, y prestaciones sociales y laborales a su personal, obligaciones que “LA PRESTADORA” adquiera y todos los demás gastos que se originen como consecuencia de este contrato; así como, su utilidad, por lo que “LA PRESTADORA” no podrá exigir cantidad alguna por ningún otro concepto.
“LA PRESTADORA” estará obligada a proporcionar en el momento en que “ASA” así lo estime conveniente, copia de los documentos que permitan verificar que efectivamente el sueldo total mensual por elemento que establecen en la propuesta económica ganadora, es el que en realidad se paga al personal de limpieza que proporciona el servicio.
Las partes acuerdan que el lugar en que “ASA” cubrirá los pagos derivados de este contrato, será en __________, sita en __________.
CUARTA: VIGENCIA DEL CONTRATO
El presente contrato tendrá una vigencia del _______ de _________ de 200_ al _____ de ________ de 200_
QUINTA: REPRESENTANTES DE LAS PARTES
“LA PRESTADORA” se obliga a designar antes del inicio de los servicios, un representante permanente manifestando que quedará como su Supervisor.
Asimismo, “ASA” tendrá la facultad de supervisar al personal que asigne “LA PRESTADORA” para el cumplimiento del contrato, y ésta se obliga a sustituir a los elementos que a juicio de “ASA” no sean idóneos para tales efectos.
Por su parte “ASA” designará como su representante para la supervisión a la persona que considere conveniente.
SEXTA: FIANZA DE CUMPLIMIENTO
Para garantizar el exacto y fiel cumplimiento de las obligaciones que asume en este contrato, “LA PRESTADORA” se compromete a entregar a favor de “ASA.” una póliza de fianza, expedida por Institución legalmente autorizada, por el equivalente al 10% (DIEZ POR CIENTO) del monto total del contrato, dentro de los 10 (DIEZ) días naturales siguientes, contados a partir de la fecha de firma de este instrumento legal, la cual deberá contener las siguientes declaraciones expresas:
Que se expide de conformidad con lo establecido en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su Reglamento.
Que se otorga en los términos de este contrato.
Que la fianza continuará vigente sin necesidad de aviso previo a la Afianzadora, en el caso que se otorgue prórroga al deudor para el cumplimiento del contrato, aun cuando ésta haya sido solicitada y/o autorizada extemporáneamente y durante la substanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan y hasta que se dicte resolución definitiva por autoridad competente, salvo que las partes se otorguen el finiquito.
Que para cancelar la fianza será necesaria la conformidad expresa y por escrito de “ASA”, quien la producirá sólo cuando “LA PRESTADORA” haya cumplido con todas sus obligaciones derivadas del contrato.
Que la Institución Afianzadora acepta expresamente someterse a los procedimientos de ejecución previstos en los artículos 93, 94 y 118 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas para la efectividad de las fianzas, aun para el caso de que procediera el cobro de intereses, con motivo del pago extemporáneo del importe de la fianza, y desde luego, otorga el consentimiento a que hace referencia el artículo 119 de dicha Ley.
Una vez transcurrido dicho plazo sin que “LA PRESTADORA” haya entregado la póliza de fianza, “ASA” podrá rescindir este contrato de pleno derecho, sin responsabilidad y sin necesidad de declaración judicial.
SÉPTIMA: POLIZA DE SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL
Para cubrir los daños o perjuicios que por la inobservancia o negligencia de su parte o de sus trabajadores llegaran a causar a las instalaciones de “ASA” o a terceros, “LA PRESTADORA” entregará previo a la firma de este Contrato la Póliza de Seguro de Responsabilidad Civil que ampara los daños causados a terceros en sus personas y/o en su propiedades, No.________ expedida por________________ por un monto de $_______________.
Si “LA PRESTADORA” no presenta la Póliza de Seguro de Responsabilidad Civil a plena satisfacción de “ASA”, está podrá determinar la rescisión del Contrato.
OCTAVA: VERIFICACIÓN DE ESPECIFICACIONES Y ACEPTACIÓN DE LOS SERVICIOS
“ASA” verificará el cumplimiento de las especificaciones materia de los servicios, para la aceptación de los mismos, de acuerdo a los siguientes términos y conforme a lo establecido en el Anexo Único del presente contrato:
Si el servicio se presta en los días y horarios indicados.
Si los materiales y equipos se entregan de acuerdo con lo establecido en el anexo único.
Si el servicio se presta exclusivamente a las instalaciones de “ASA”
Si el personal presenta completo su uniforme.
Si la prestación del servicio no se ve afectada por causas imputables a “EL PRESTADOR”.
NOVENA: CONTRATO INTUITU PERSONAE
En virtud de ser el presente un contrato Intuito Personae, “LA PRESTADORA” no podrá ceder o traspasar en ningún caso, ya sea en todo o en parte, los derechos y las obligaciones derivadas del mismo para la realización de los servicios a otras personas físicas x xxxxxxx, excepto los derechos de cobro que se deriven a su favor de las facturas o contra-recibos que se generen en los términos del presente contrato, debiendo cumplir para ello con los términos y condiciones que se establecen en la siguiente cláusula o de conformidad con las Disposiciones Generales para Operar Cadenas Productivas.
DECIMA: CESION DE DERECHOS DE COBRO
“LA PRESTADORA” podrá ceder o gravar sus derechos de cobro, debiendo cumplir para ello con las siguientes condiciones:
I Aviso previo, expreso y por escrito a “ASA”, en el que manifieste su intención de ceder o gravar todos o parte de sus derechos de cobro. El aviso que aquí se menciona deberá darse cuando menos con 30 días naturales de anticipación, especificando claramente los derechos que serán materia del futuro gravamen o cesión. En este aviso “LA PRESTADORA” deberá declarar, bajo protesta de decir verdad, que no ha celebrado con anterioridad otra cesión de derechos o acto jurídico que se traduzca en cesión a favor de terceros de dichos derechos de cobro.
De existir una cesión o gravamen anterior, lo deberá expresar así y aportar los datos y documentos que permitan su plena identificación.
I Conformidad previa, expresa y por escrito de “ASA”, respecto del aviso del punto anterior.
III Notificación, preferentemente a través xx Xxxxxxxx x Xxxxxxx Público de la constitución del gravamen o de cesión de derechos celebrada, en la que se indique claramente el número, fecha y objeto del contrato fuente, las facturas, y en su caso, contra-recibos materia del gravamen o de la cesión, así como el importe total de la cesión, y la fecha de cada una de ellos, con el desglose correspondiente, y cualquiera otro dato o documento indispensable que se requiera a juicio de “ASA”, para que quede plenamente identificado el crédito cedido o gravado.
IV En caso de que no se opte por la notificación a través xx Xxxxxxxx x Xxxxxxx Público, ésta deberá hacerse en forma indubitable con el acuse de recibo correspondiente por parte de “ASA”, a fin de que quede constancia inobjetable de que se cumplió con el requisito que establece la Ley, sin perjuicio de que se satisfagan los demás requisitos señalados en el párrafo anterior. El aviso se dará simultáneamente a la Administración del Aeropuerto, a la Gerencia de Operaciones y Servicios y a la Dirección de Asuntos Jurídicos.
V La notificación, o en su caso, el aviso de la cesión o de la constitución de un gravamen sobre los derechos de cobro, deberá ser hecha a “ASA”, dentro de los 30 días naturales siguientes a la celebración del contrato entre cedente y cesionario, o acreedor o deudor pignoraticio, o entre las partes que celebren el contrato o acto jurídico cuyo objeto sea ceder o gravar a favor de una de ellas el cobro de las facturas y contra-recibos materia del contrato.
VI “ASA” tendrá facultad para rescindir de pleno derecho y sin necesidad de declaración judicial el contrato, cuando una vez notificada la cesión de derechos de crédito que comprenda, éstos sean cobrados por el cedente, deudor pignoraticio, fideicomitente o cualquier persona distinta del nuevo titular del derecho; cuando después de ser cobradas las facturas o contra-recibos, unas u otros se hagan figurar por “LA PRESTADORA” en un contrato de cesión de crédito o de constitución de garantía prendaría, de fideicomiso en garantía o cualquier otro acto jurídico que tenga como consecuencia conferir los derechos de “LA PRESTADORA” a los créditos generados conforme a este contrato o preferencia sobre dicho crédito.
VII Queda expresamente convenido, y así lo admite “LA PRESTADORA”, que “ASA”, no asume ninguna responsabilidad frente a terceros por el incumplimiento del contrato, convenio o acto jurídico a través del cual “LA PRESTADORA” sea sustituida en los créditos que surgieron a su favor conforme a lo estipulado en el presente instrumento.
VIII “LA PRESTADORA” conviene que en caso de rescisión de este contrato, los créditos a favor de terceros tendrán la siguiente prelación u orden de preferencia en su pago.
Créditos a favor de los trabajadores de “LA PRESTADORA”.
Créditos fiscales en los términos del Código Fiscal de la Federación.
Otros créditos a favor de terceros, distintos a los referidos en los incisos anteriores.
DÉCIMA
PRIMERA: RELACIONES LABORALES
“LA PRESTADORA” como empresario y patrón del personal que ocupe con motivo de los servicios materia de este contrato, será el único responsable de las obligaciones legales y demás ordenamientos en materia de trabajo y de seguridad social. “LA PRESTADORA” conviene por lo mismo, en responder de todas las reclamaciones que sus trabajadores presentaren en su contra o en contra de “ASA”, en relación con los servicios materia de este contrato.
En el evento de que los trabajadores de “LA PRESTADORA” lleguen a entablar demanda laboral en contra de “ASA”, “LA PRESTADORA” se obliga a rembolsar los gastos por conceptos de pasajes, viáticos y demás gastos en que incurran los abogados que designe “ASA”, para la atención de los juicios respectivos.
Para tales efectos, “LA PRESTADORA” autoriza a “ASA” para que el importe de dichos gastos, se le deduzcan de las facturas que se encuentren pendientes de pago, o en su caso, que se haga efectiva la garantía estipulada en la cláusula sexta, en la proporción que corresponda, por el incumplimiento de la obligación a que se refiere el párrafo anterior.
Durante la vigencia del presente contrato, “LA PRESTADORA”, se obliga a cumplir con la inscripción y pago de las cuotas obrero patronales al Instituto Mexicano del Seguro Social, y para tales efectos, “ASA” podrá verificar en cualquier momento el cumplimiento de esta obligación, para lo cual, “LA PRESTADORA”, deberá entregar a “ASA”, en forma bimestral, las constancias del cumplimiento de esta obligación.
El incumplimiento por parte de “LA PRESTADORA” de lo establecido en el párrafo que antecede, será causa de rescisión del presente contrato.
DÉCIMA
SEGUNDA: DEDUCCIONES POR INCUMPLIMIENTO DEL SERVICIO
“ASA” aplicará a “LA PRESTADORA” deducciones al pago de los servicios con motivo del incumplimiento parcial o deficiente de los mismos, en los siguientes casos y por los importes que se mencionan:
La falta de asistencia de los elementos de la plantilla contratada, será motivo de la aplicación de un descuento consistente en la cantidad que resulte de dividir el costo mensual del servicio entre el número de operarios y esta última entre 30 días, multiplicados por el número de inasistencias.
Por cada elemento que no tenga completo su uniforme, se aplicará un descuento equivalente a un día xx xxxxxxx mínimo vigente en el Distrito Federal al momento de presentarse el incumplimiento.
Si “ASA” detecta que durante la entrega de los materiales alguno o varios de ellos no cumplen con las características, especificaciones o cantidades establecidas en el Anexo Único de este contrato, se darán por no recibidos y se aplicará una sanción por cada material que no cumpla, igual al 1.5 por ciento del costo mensual del contrato.
Si el prestador no repone los materiales señalados en el punto anterior, al día siguiente a aquel en que se haya detectado el incumplimiento, se aplicará un descuento por el 3% sobre el monto mensual del servicio, por cada día de retraso en que no se reponga el material, hasta que este haya sido entregado en su totalidad.
Si “ASA” detecta que el personal de la prestadora hace uso inadecuado de los materiales, extrayéndolos del organismo, vendiéndolos o desperdiciándolos, se le aplicará una sanción del 3% sobre el monto mensual del contrato, por cada material del que se haya hecho mal uso.
En caso de que falte alguno de los equipos especificados en el Anexo Único de este contrato, “ASA” aplicará a “LA PRESTADORA” una sanción del 5% del costo mensual del contrato por cada día que no se encuentre cualquiera de los equipos enlistados en dicho Anexo.
En caso de que algún equipo, de los mencionados en el punto anterior, se encuentre en mal estado y la prestadora no lo repare o sustituya, “ASA” aplicará una sanción del 5% del costo mensual del contrato, por cada día que se encuentre en mal estado cualquiera de los equipos mencionados en el Anexo Único.
En caso de que el servicio no se preste conforme a las especificaciones establecidas en el Anexo Único o en términos del contrato, “ASA” podrá contratar a un tercero para que corrija los defectos en la prestación del servicio con cargo a la prestadora, la que se obliga a cubrir el importe del mismo y los gastos que se generen por estos conceptos, los cuales serán descontados de su pago correspondiente.
“LA PRESTADORA” no podrá suspender o posponer el retiro de basura del Aeropuerto; por cada día de atraso en el cumplimiento de dicha obligación, “ASA” aplicará una sanción de 5 por ciento del costo mensual del contrato.
Si “LA PRESTADORA” proporciona el servicio de limpieza a otras entidades, dependencias o autoridades adscritas al aeropuerto.
Los descuentos que se detallan en los párrafos que anteceden se aplicarán sobre la factura que se encuentre pendiente de pago.
Para poder aplicar las deducciones a que hace referencia la presente cláusula, el costo mensual del servicio se determinará tomando en cuenta el monto máximo del contrato, de acuerdo a la CLÁUSULA TERCERA de este instrumento.
El prestador será notificado por escrito, de las faltas en que haya incurrido, a más tardar dentro de los tres días hábiles siguientes a aquel en que se haya detectado el incumplimiento. En dicho escrito se señalará la falta cometida por el proveedor así como la sanción aplicable.
Cuando el importe de las deducciones sea igual al monto de la garantía otorgada conforme a la CLÁUSULA SEXTA, “ASA” podrá rescindir administrativamente el presente contrato.
DÉCIMA
TERCERA: PENA CONVENCIONAL POR RETRASO EN LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS
Las partes convienen en que por el atraso en la prestación de los servicios por causas imputables a “LA PRESTADORA”, “ASA” le aplicará una pena convencional por cada día natural de retraso, equivalente al 10% del monto de los servicios que no fueron prestados oportunamente, en la inteligencia de que “ASA” procederá a la rescisión del contrato, una vez que la acumulación de la pena sea igual al importe de la garantía otorgada en la CLÁUSULA SEXTA.
El monto de la pena convencional, se deducirá del importe de las facturas pendientes de pago.
DÉCIMA
CUARTA: SUSPENSIÓN DEL CONTRATO
Cuando en la prestación del servicio materia de este contrato se presente un caso fortuito o de fuerza mayor, “ASA” podrá suspender la prestación del servicio, en cuyo caso únicamente pagará aquellos que hubiesen sido efectivamente prestados y se reintegrarán los anticipos no amortizados que en su caso se hubieren otorgado a “LA PRESTADORA”.
Para tal efecto, “ASA” emitirá un comunicado a “LA PRESTADORA”, en el que se expresen los motivos y justificaciones de la suspensión temporal.
Cuando la suspensión obedezca a causas imputables a “ASA”, éste pagará a “LA PRESTADORA” los gastos no recuperables en que hubiere incurrido durante el tiempo que dure esta suspensión, siempre que estos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con la prestación de los servicios, los cuales se pagarán de la siguiente forma:
“LA PRESTADORA” deberá presentar por escrito a “ASA” la solicitud de pago de los gastos no recuperables, señalando los conceptos de pago y adjuntando los documentos con los que acredite dichos gastos.
Una vez que dicha solicitud sea recibida, será analizada por “ASA”, quien determinará la procedencia de pago de los mismos en un plazo no mayor de 5 días hábiles.
Concluido el plazo señalado con anterioridad, “ASA” comunicará la procedencia o no del pago a “LA PRESTADORA”, quien deberá presentar su factura correspondiente para que “ASA” en un plazo no mayor de 20 días naturales, proceda a efectuar el pago respectivo.
“LA PRESTADORA” podrá suspender la prestación de los servicios contratados cuando se imposibilite su prestación por caso fortuito o fuerza mayor, es decir, por circunstancias imprevisibles o inevitables que no hayan sido propiciadas por “LA PRESTADORA” y que impidan la prestación de los servicios.
Si “LA PRESTADORA” opta por la terminación anticipada del contrato, deberá presentar su solicitud escrita a “ASA”, quien resolverá dentro de los 10 días naturales siguientes a la recepción de la misma. En caso de negativa, será necesario que “LA PRESTADORA” obtenga de la autoridad judicial la declaratoria correspondiente.
En cualquiera de los casos previstos en esta cláusula, se suscribirá el convenio correspondiente, en el que se deberá establecer el plazo de suspensión, a cuyo término podrá iniciarse la terminación anticipada del contrato.
DÉCIMA
QUINTA: TERMINACIÓN ANTICIPADA DEL CONTRATO
“ASA” podrá dar por terminado anticipadamente el presente contrato, cuando concurran razones de interés general, o bien, cuando por causas justificadas se extinga la necesidad de requerir los servicios materia de este contrato y se demuestre que de continuar con el cumplimiento de las obligaciones pactadas, se ocasionaría algún daño o perjuicio a “ASA” Asimismo, se dará por terminado anticipadamente este contrato, cuando se determine la nulidad total o parcial de los actos que le dieron origen, con motivo de la resolución de una inconformidad emitida por la Secretaría de la Función Pública.
En estos supuestos, “ASA” rembolsará a “LA PRESTADORA”, los gastos no recuperables en que haya incurrido, siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con este contrato.
Asimismo, las partes están de acuerdo en que terminarán anticipadamente los efectos de este contrato, sin responsabilidad para “ASA”, en el evento de que la propia entidad, por disposición de la autoridad competente, deje de administrar las instalaciones en las que se proporciona el servicio materia de este instrumento
La terminación anticipada del contrato, se sustentará mediante un dictamen en donde se precisen las razones o las causas justificadas que den origen a la misma.
DÉCIMA
SEXTA: RESCISION DEL CONTRATO
“ASA” podrá en cualquier momento rescindir administrativamente el presente contrato cuando “LA PRESTADORA” incurra en incumplimiento de sus obligaciones y, al efecto, establecen que dicha rescisión operará de pleno derecho y sin necesidad de declaración judicial, bastando para ello que se cumpla con el procedimiento que se establece en los párrafos siguientes. En caso de que sea “LA PRESTADORA” quien decida rescindirlo, será necesario que acuda ante la autoridad judicial federal y obtenga la declaración correspondiente.
En caso de que “ASA” determine rescindir el contrato, comunicará por escrito a “LA PRESTADORA” el incumplimiento en que ésta haya incurrido para que en un término de 5 días hábiles, exponga lo que a su derecho convenga y aporte, en su caso, las pruebas pertinentes.
Si transcurrido este término “LA PRESTADORA” no manifiesta argumento alguno en su defensa, o tomando en cuenta los argumentos y pruebas ofrecidos por ésta, “ASA” determinará de manera fundada y motivada si resulta procedente o no rescindir el contrato y comunicará por escrito a “LA PRESTADORA” dicha determinación, dentro de los 15 días hábiles siguientes a aquél en que se haya agotado el plazo señalado en el párrafo anterior.
A continuación se consignan en forma enunciativa pero no limitativa, las causas por las cuales “ASA” podrá rescindir este contrato:
1. Si “LA PRESTADORA” no inicia los servicios en la fecha establecida en la cláusula cuarta.
2. Si “LA PRESTADORA” no ejecuta los trabajos de conformidad con lo establecido en el presente contrato y su Anexo.
3. Si “LA PRESTADORA” sin motivo justificado deja de acatar las indicaciones impartidas por “ASA”.
4. Si “LA PRESTADORA” no repone a su xxxxx los servicios mal ejecutados.
5. Si “LA PRESTADORA” cede a terceras personas los derechos y obligaciones derivados del presente contrato en forma total o parcial, con excepción de los derechos de cobro.
6. Si la acumulación de las penas convencionales llega a ser igual al importe de la garantía otorgada para garantizar el cumplimiento del contrato
7. Si la acumulación de las deducciones llega a ser igual importe de la garantía otorgada para garantizar el cumplimiento del contrato.
8. Si “LA PRESTADORA” no otorga las pólizas de fianza y de seguro establecidas en las CLÁUSULAS SEXTA y SÉPTIMA, en la forma y plazos establecidos.
9. y en general por cualquier incumplimiento de las obligaciones establecidas en el contrato a cargo de “LA PRESTADORA”
En caso de rescisión del contrato por causas imputables a “LA PRESTADORA”, ésta conviene en que “ASA” haga efectiva la garantía de cumplimiento.
Concluido el procedimiento de rescisión del contrato, “ASA”, dentro de los 30 días naturales siguientes a la fecha en que se notifique la rescisión, formulará el finiquito correspondiente, a efecto de hacer constar los pagos que deba efectuar por concepto de los servicios prestados hasta el momento de la rescisión y demás circunstancias del caso.
Si previamente a la determinación de “ASA” de dar por rescindido el contrato, “LA PRESTADORA” prestare los servicios, el procedimiento iniciado quedará sin efecto, previa aceptación y verificación de “ASA” de que continúe vigente la necesidad de los mismos, aplicando, en su caso, las penas convencionales correspondientes.
“ASA” podrá determinar no dar por rescindido el contrato, cuando durante el procedimiento advierta que la rescisión del contrato pudiera ocasionar algún daño o afectación a las funciones que tiene encomendadas. En este supuesto, “ASA” elaborará un dictamen en el cual justifique que los impactos económicos o de operación que se ocasionarían con la rescisión del contrato resultarían más inconvenientes.
Al no dar por rescindido el contrato, “ASA” establecerá con “LA PRESTADORA” otro plazo o la forma, en que ésta subsanará el incumplimiento que hubiere motivado el inició del procedimiento.
Para tal efecto, se suscribirá el convenio modificatorio correspondiente de conformidad con las condiciones previstas por los dos últimos párrafos del artículo 52 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
DECIMA
SEPTIMA: INFORMACIÓN
Con motivo de las auditorias, visitas o inspecciones que practiquen la Secretaría de la Función Pública, así como el Órgano Interno de Control en Aeropuertos y Servicios Auxiliares, “LA PRESTADORA” se obliga a proporcionar la información y/o documentación que en su momento se le requiera relacionada con el presente contrato.
DECIMA
OCTAVA: IMPACTO AMBIENTAL Y PROTECCIÓN AL MEDIO AMBIENTE
“LA PRESTADORA” se obliga a dar cumplimiento a las disposiciones que en materia de protección ambiental y prevención de la contaminación señale la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LEGEEPA) y demás ordenamientos que en materia ambiental se apliquen a la prestación del servicio, así como a cumplir con las normas ambientales que en materia estatal o municipal determinen las autoridades. Asimismo se obliga a llevar a cabo la separación de los residuos que pudieran generarse durante la prestación del servicio, de acuerdo con la normatividad vigente.
“LA PRESTADORA” se obliga a asumir los costos que se generen por el incumplimiento de las normas antes citadas y en caso de que la autoridad llegue a sancionar a la empresa, “LA PRESTADORA” asumirá todos los gastos que pueda causar a “ASA”.
Durante la vigencia del contrato y hasta su conclusión, “ASA” podrá realizar las visitas que sean necesarias para corroborar el cumplimiento de lo dispuesto en los párrafos anteriores, permitiendo “LA PRESTADORA” el acceso de “ASA” a sus instalaciones, así como a la autoridad cuando esta en el ejercicio de sus funciones lo requiera o estime necesario.
Una vez comprobado el cumplimiento de las disposiciones ambientales y el manejo y disposición de los residuos, ASA realizará las gestiones necesarias para liberar la fianza del prestador del servicio.
DECIMA
NOVENA: SALUD Y SEGURIDAD OCUPACIONAL
“LA PRESTADORA” se obliga a proporcionar a sus empleados todos los instrumentos necesarios y demás aditamentos, para que estos desarrollen sus actividades de manera segura, evitando con ello cualquier riesgo a su salud o integridad y la de terceros.
VIGÉSIMA: DOMICILIO SEÑALADO POR LAS PARTES
Las partes señalan como domicilio para los efectos de este contrato, el siguiente:
-
“ASA”
“LA PRESTADORA”
Poner el del aeropuerto.
_____________________
Asimismo, el prestador se obliga a notificar cualquier cambio de domicilio que realice dentro de los 5 días natural4es contados a partir de que se realice este cambio.
VIGÉSIMA
PRIMERA: LEGISLACION APLICABLE
Las partes se obligan a sujetarse estrictamente para la prestación de los servicios objeto de este contrato, a todas y cada una de las cláusulas que lo integran, así como a los términos, lineamientos, procedimientos y requisitos que establecen la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, su Reglamento, y demás disposiciones aplicables, las que se tienen por reproducidas formando parte integrante de este contrato.
En lo no previsto por los citados ordenamientos, serán aplicables supletoriamente el Código Civil Federal, el Código Federal de Procedimientos Civiles y la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.
VIGESIMA
SEGUNDA: ENCABEZADOS Y DEFINICIONES
Los encabezados y definiciones contenidas en este documento, se han utilizado por conveniencia, brevedad y para fácil identificación de cláusulas y términos y en ningún momento se entenderá que dichos encabezados y definiciones limitan o alteran el acuerdo de las partes contenido en el clausulado.
VIGESIMA
TERCERA: JURISDICCIÓN Y TRIBUNALES COMPETENTES
Para la interpretación y cumplimiento del presente contrato, así como para aquello que no este expresamente estipulado en el mismo, las partes aceptan someterse a la jurisdicción de los Tribunales Federales de la Ciudad de México, Distrito Federal, por lo que “LA PRESTADORA” renuncia a cualquier otro fuero que pudiera corresponderle por cualquier motivo.
El presente Contrato se firma en cuatro ejemplares en la Ciudad de __________, __________, el día __ de _____ de 200__.
POR “ASA” |
POR “LA PRESTADORA” |
|
|
(NOMBRE) ADMINISTRADOR DEL AEROPUERTO DE __________ |
(NOMBRE REPRESENTANTE LEGAL) (NOMBRE EMPRESA) |
LAS FIRMAS QUE APARECEN EN LA PRESENTE HOJA CORRESPONDEN AL CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE LIMPIEZA No. __________, CELEBRADO ENTRE AEROPUERTOS Y SERVICIOS AUXILIARES Y __________, S.A. DE C. V., EN EL CUAL “ASA” ENCOMIENDA A “LA PRESTADORA”, Y ÉSTA SE OBLIGA A REALIZAR LOS SERVICIOS DE LIMPIEZA GENERAL Y ESPECÍFICA EN LAS INSTALACIONES DEL AEROPUERTO DE _____________
ANEXO 9
Anexo al oficio circular No. SACN/300/148/2003
NOTA INFORMATIVA PARA PARTICIPANTES DE PAÍSES MIEMBROS DE LA ORGANIZACIÓN PARA LA COOPERACIÓN Y EL DESARROLLO ECONÓMICO (OCDE)
El compromiso de México en el combate a la corrupción ha trascendido nuestras fronteras y el ámbito de acción del gobierno federal. En el plano internacional y como miembro de la OCDE y firmante de la Convención para combatir el cohecho de servidores públicos extranjeros en transacciones comerciales internacionales, hemos adquirido responsabilidades que involucran a los sectores público y privado.
Esta Convención busca establecer medidas para prevenir y penalizar a las personas y a las empresas que prometan o den gratificaciones a funcionarios públicos extranjeros que participan en transacciones comerciales internacionales. Su objetivo es eliminar la competencia desleal y crear igualdad de oportunidades para las empresas que compiten por las contrataciones gubernamentales.
La OCDE ha establecido mecanismos muy claros para que los países firmantes de la Convención cumplan las recomendaciones emitidas por ésta y en el caso de México, iniciará en noviembre de 2003 una segunda fase de evaluación –la primera ya fue aprobada- en donde un grupo de expertos verificará, entre otros:
La compatibilidad de nuestro marco jurídico con las disposiciones de la Convención.
El conocimiento que tengan los sectores público y privado de las recomendaciones de la Convención.
El resultado de esta evaluación impactará el grado de inversión otorgado a México por las agencias calificadoras y la atracción de inversión extranjera.
Las responsabilidades del sector público se centran en:
Profundizar las reformas legales que inició en 1999.
Difundir las recomendaciones de la Convención y las obligaciones de cada uno de los actores comprometidos en su cumplimiento.
Presentar casos de cohecho en proceso y concluidos (incluyendo aquellos relacionados con lavado de dinero y extradición).
Las responsabilidades del sector privado contemplan:
Las empresas: adoptar esquemas preventivos como el establecimiento de códigos de conducta, de mejores prácticas corporativas (controles internos, monitoreo, información financiera pública, auditorías externas) y de mecanismos que prevengan el ofrecimiento y otorgamiento de recursos o bienes a servidores públicos, para obtener beneficios particulares o para la empresa.
Los contadores públicos: realizar auditorías; no encubrir actividades ilícitas (doble contabilidad y transacciones indebidas, como asientos contables falsificados, informes financieros fraudulentos, transferencias sin autorización, acceso a los activos sin consentimiento de la gerencia) utilizar registros contables precisos; informar a los directivos sobre conductas ilegales.
Los abogados: promover el cumplimiento y revisión de la Convención (imprimir el carácter vinculatorio entre ésta y la legislación nacional); impulsar los esquemas preventivos que deben adoptar las empresas.
Las sanciones impuestas a las personas físicas x xxxxxxx (privados) y a los servidores públicos que incumplan las recomendaciones de la Convención , implican entre otras, privación de la libertad, extradición, decomiso y/o embargo de dinero o bienes.
Asimismo, es importante conocer que el pago realizado a los servidores públicos extranjeros es perseguido y castigado independientemente de que el funcionario sea acusado o no. Las investigaciones pueden iniciarse por denuncia, pero también por otros medios, como la revisión de la situación patrimonial de los servidores públicos o la identificación de transacciones ilícitas, en el caso de las empresas.
El culpable puede ser perseguido en cualquier país firmante de la Convención, independientemente del lugar donde el acto de cohecho haya sido cometido.
En la medida que estos lineamientos sean conocidos por las empresas y los servidores públicos del país, estaremos contribuyendo a construir estructuras preventivas que impidan el incumplimiento de las recomendaciones de la Convención y por tanto la comisión de actos de corrupción.
Por otra parte, es de señalar que el Código Penal Federal sanciona el cohecho en los siguientes términos:
“Artículo 222
Cometen el delito de cohecho:
I. El servidor público que por sí, o por interpósita persona solicite o reciba indebidamente para sí o para otro, dinero o cualquiera otra dádiva, o acepte una promesa, para hacer o dejar de hacer algo justo o injusto relacionado con sus funciones, y
II. El que de manera espontánea dé u ofrezca dinero o cualquier otra dádiva a alguna de las personas que se mencionan en la fracción anterior, para que cualquier servidor público haga u omita un acto justo o injusto relacionado con sus funciones.
Al que cometa el delito de cohecho se le impondrán las siguientes sanciones:
Cuando la cantidad o el valor de la dádiva o promesa no exceda del equivalente de quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito, o no sea valuable, se impondrán de tres meses a dos años de prisión, multa de treinta a trescientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito y destitución e inhabilitación de tres meses a dos años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos.
Cuando la cantidad o el valor de la dádiva, promesa o prestación exceda de quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito, se impondrán de dos años a catorce años de prisión, multa de trescientas a quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito y destitución e inhabilitación de dos a catorce años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos.
En ningún caso se devolverá a los responsables del delito de cohecho, el dinero o dádivas entregadas, las mismas se aplicarán en beneficio del Estado.
Capítulo XI
Cohecho a servidores públicos extranjeros
Artículo 222 bis
Se impondrán las penas previstas en el artículo anterior al que con el propósito de obtener o retener para sí o para otra persona ventajas indebidas en el desarrollo o conducción de transacciones comerciales internacionales, dinero o cualquiera otra dádiva, ya sea en bienes o servicios:
I. A un servidor público extranjero para que gestione o se abstenga de gestionar la tramitación o resolución de asuntos relacionados con las funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión;
II. A un servidor público extranjero para llevar a cabo la tramitación o resolución de cualquier asunto que se encuentre fuera del ámbito de las funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión, o
III. A cualquier persona para que acuda ante un servidor público extranjero y le requiera o le proponga llevar a cabo la tramitación o resolución de cualquier asunto relacionado con las funciones inherentes al empleo, cargo o comisión de este último.
Para los efectos de este artículo se entiende por servidor público extranjero, toda persona que ostente u ocupe un cargo público considerado así por la ley respectiva, en los órganos legislativo, ejecutivo o judicial de un estado extranjero, incluyendo las agencias o empresas autónomas, independientes o de participación estatal, en cualquier orden o nivel de gobierno, así como cualquier organismo u organización pública internacionales.
Cuando alguno de los delitos comprendidos en este artículo se cometa en los supuestos a que se refiere el artículo 11 de este Código, el juez impondrá a la persona moral hasta quinientos días multa y podrá decretar su suspensión o disolución, tomando en consideración el grado de conocimiento de los órganos de administración respecto del cohecho en la transacción internacional y el daño causado o el beneficio obtenido por la persona moral.”
51