PROYECTOS DE TRANSMISIÓN ELÉCTRICA ENCARGADOS POR EL
“Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres” “Año de la Unidad, la Paz y el Desarrollo”
CONCURSO POR INVITACIÓN Nro. 004-2023 CONTRATACIÓN DE UN CONSULTOR FINANCIERO PARA LOS
PROYECTOS DE TRANSMISIÓN ELÉCTRICA ENCARGADOS POR EL
MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINAS
CIRCULAR nro.2
ABSOLUCIÓN DE CONSULTAS
Consulta nro.1
V.B.
XXXX XXXXX
Xxxxxx Xxxxxxx XXX 20380799643
hard
Fecha: 26/07/2023 15:45:18
V.B.
XXXX XXXXXXX
Xxxxxx Xxxxxx FIR 40782007
hard Fecha: 26/07/2023
15:49:56
TDR
Numeral 5.1 Pág.20
Favor de confirmar que en la presentación de propuestas no se exigirá la presentación de profesionales colegiados, ni habilitados; permitiendo de esta manera la presentación de profesionales extranjeros.
Respuesta
No se confirma el entendimiento. El Jefe de Proyecto, ingeniero, administrador o economista propuesto por el CONSULTOR debe contar con colegiatura y habilitación en el Perú. El CONSULTOR deberá prever que en caso el ingeniero, administrador o economista extranjero propuesto no cuente con colegiatura en el Perú, los informes donde participe deberán ser refrendados indistintamente por un ingeniero, administrador o economista colegiado y habilitado en el Perú, quien deberá cumplir con el requisito de experiencia indicado en el literal b. del punto 9.2.1 de la sección de Requisitos Mínimos de los TDR. Ver Circular N° 1.
Consulta nro. 2
Firmado digitalmente por: XXXXXX XXXXXXX Xxxxxx
Victoria FAU 20380799643 hard
Fecha: 26/07/2023 15:55:11
TDR
Numeral 5.1
Pág. 20
Favor de confirmar que en caso el profesional propuesto para Jefe de Equipo sea extranjero y Licenciado en Economía los entregables podrán ser refrendados por un profesional peruano, colegiado en Ingeniería Económica y que cumple con la experiencia indicada en el literal b) punto 9.2.1.
Respuesta
Se confirma dicho entendimiento, precisándose que el refrendo debe ser realizado por un profesional colegiado y habilitado. Ver Circular N° 1.
“Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres” “Año de la Unidad, la Paz y el Desarrollo”
Consulta Nro. 3
TDR
Numeral 5.1
Pág. 20
Favor confirmar que en caso el profesional propuesto para Jefe de Equipo sea extranjero y Licenciado en Administración de Empresas no se exigirá la colegiatura para la firma de entregables ya que, según el marco legal peruano, los Administradores de Empresas no requieren colegiarse para ejercer en el sector privado.
Respuesta
V.B.
XXXX XXXXX
Xxxxxx Xxxxxxx XXX 20380799643
hard
Fecha: 26/07/2023 15:45:18
V.B.
XXXX XXXXXXX
Xxxxxx Xxxxxx FIR 40782007
hard Fecha: 26/07/2023
15:49:56
No se confirma el entendimiento. El Jefe de Proyecto, ingeniero, administrador o economista propuesto por el CONSULTOR debe contar con colegiatura y habilitación en el Perú. El CONSULTOR deberá prever que en caso el ingeniero, administrador o economista extranjero propuesto no cuente con colegiatura en el Perú, los informes donde participe deberán ser refrendados indistintamente por un ingeniero, administrador o economista colegiado y habilitado en el Perú, quien deberá cumplir con el requisito de experiencia indicado en el literal b. del punto 9.2.1 de la sección de Requisitos Mínimos de los TDR. Ver Circular N° 1.
Consulta nro. 4
TDR
Numeral 5.1
Pág. 20
Favor de confirmar que en caso el profesional propuesto para Jefe de Equipo sea extranjero y Licenciado en Administración de Empresas los entregables podrán ser refrendados por un profesional peruano, colegiado en Ingeniería Económica y que cumple con la experiencia indicada en el literal b) punto 9.2.1.
Respuesta
Firmado digitalmente por: XXXXXX XXXXXXX Xxxxxx
Victoria FAU 20380799643 hard
Fecha: 26/07/2023 15:55:11
No se confirma el entendimiento. El Jefe de Proyecto, ingeniero, administrador o economista propuesto por el CONSULTOR debe contar con colegiatura y habilitación en el Perú. El CONSULTOR deberá prever que en caso el ingeniero, administrador o economista extranjero propuesto no cuente con colegiatura en el Perú, los informes donde participe deberán ser refrendados indistintamente por un ingeniero, administrador o economista colegiado y habilitado en el Perú, quien deberá cumplir con el requisito de experiencia indicado en el literal b. del punto 9.2.1 de la sección de Requisitos Mínimos de los TDR. Ver Circular N° 1.
Consulta nro. 5
TDR
Numeral 5.1
Pág. 20
Favor confirmar que en caso el profesional propuesto para especialista financiero sea extranjero y Licenciado en Administración de Empresas no se exigirá la colegiatura para
“Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres” “Año de la Unidad, la Paz y el Desarrollo”
la firma de entregables ya que, según el marco legal peruano, los profesionales licenciados en administración de Empresas no requieren colegiarse para ejercer en el sector privado.
Respuesta
La exigencia de colegiatura y habilitación solo es requerida para el Jefe de Equipo. Ver Circular N° 01.
Consulta nro. 6
TDR
Numeral 5.1
Pág. 20
V.B.
XXXX XXXXX
Xxxxxx Xxxxxxx XXX 20380799643
hard
Fecha: 26/07/2023 15:45:18
V.B.
XXXX XXXXXXX
Xxxxxx Xxxxxx FIR 40782007
hard Fecha: 26/07/2023
15:49:56
Favor de confirmar que en caso el profesional propuesto para especialista financiero sea Licenciado en Matemáticas, no se exigirá la colegiatura para la firma de entregables ya que, según el marco legal peruano, los profesionales en matemáticas no requieren colegiarse para ejercer la profesión.
Respuesta
La exigencia de colegiatura y habilitación solo es requerida para el Jefe de Equipo. Ver Circular N° 01.
Consulta nro. 7
TDR
Numeral 9.1
Pág. 28
Firmado digitalmente por: XXXXXX XXXXXXX Xxxxxx
Victoria FAU 20380799643 hard
Fecha: 26/07/2023 15:55:11
Favor de confirmar que se considerará como trabajos independientes en el sector eléctrico la asesoría efectuada en diversos componentes de un mismo proyecto. Por ejemplo la asesoría técnica, financiera y legal brindada para la licitación del diseño, construcción, puesta en servicio y operación del Generador Fotovoltaico de un aeropuerto y de otro lado, la asesoría técnica especializada para llevar a cabo el estudio de cargas eléctricas del mismo aeropuerto.
Respuesta
El caso propuesto podrá ser considerado como trabajos independientes si los mismos han sido realizados cumpliendo los requisitos establecidos en los numerales 9.1.1. y
9.1.2. y si han sido desarrollados en fases o etapas distintas.
Consulta nro. 8
TDR
Numeral 9.1.2 Pág.28
“Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres” “Año de la Unidad, la Paz y el Desarrollo”
Favor de confirmar que se aceptará la experiencia en el servicio de asesoría técnica en la etapa de estructuración, para acreditar la experiencia en “estudios y trabajos relacionados al sector eléctrico, en asuntos económicos, regulatorios, cuantitativos, estructuración de proyectos y/o modelación financiera”.
Respuesta
No es correcto su entendimiento. Ello toda vez que si bien se trata de una experiencia en fase de estructuración la misma no versa sobre aspectos económicos, regulatorios, cuantitativos, y/o de modelación financiera. Se debe recordar que conforme al numeral
2 del TDR, el objetivo de la contratación es contar con una asesoría financiera especializada para los proyectos de transmisión eléctrica.
Consulta nro.9
V.B.
XXXX XXXXX
Xxxxxx Xxxxxxx XXX 20380799643
hard
Fecha: 26/07/2023 15:45:18
V.B.
XXXX XXXXXXX
Xxxxxx Xxxxxx FIR 40782007
hard Fecha: 26/07/2023
15:49:56
TDR
Numeral 9.1.2 Pág.28
En el rubro de requisitos mínimos del postor se señala que la experiencia podrá ser acreditada a través del Postor, o por una empresa vinculada (persona natural o jurídica) siempre y cuando la vinculación sea como filial, subsidiaria, sucursal o matriz.
Y en el siguiente párrafo se indica que se podrá invocar la participación en proyectos anteriores en los que se deberá haber participado directamente con un mínimo de 25% en la sociedad o consorcio constituído para la prestación de los servicios.
Favor confirmar que este último requisito (25% participación directa no será necesario para las experiencias de las empresas subsidiarias que se presenten. Ya que serán válidas las consultoría ejecutadas por empresas subsidiarias del postor, aún cuando el postor no haya participado directamente.
Respuesta
Firmado digitalmente por: XXXXXX XXXXXXX Xxxxxx
Victoria FAU 20380799643 hard
Fecha: 26/07/2023 15:55:11
El Postor deberá acreditar sus experiencias de forma directa o a través de sus empresas vinculadas en las condiciones exigidas en los TDR. En caso las experiencias hayan sido adquiridas en consorcios, su participación deberá ser como mínimo del 25% (ya sea del Postor o de sus empresas vinculadas).
Consulta nro.10
TDR
Numeral 9.2.1 Literal a) Pág.28
Favor confirmar que para el Jefe de Equipo se podrá proponer profesionales con Licenciatura en Economía y Maestría en Docencia Económica.
Respuesta
Se confirma dicho entendimiento.
“Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres” “Año de la Unidad, la Paz y el Desarrollo”
Consulta nro.11
TDR
Numeral 9.2.1 Literal b)
Pág. 29
Favor confirmar que para la experiencia del Jefe de equipo, “2 trabajos en los últimos 10 años”, se refiere a experiencia en 2 proyectos en los cuáles participó cuando fue trabajador de un solo empleador.
Respuesta
V.B.
XXXX XXXXX
Xxxxxx Xxxxxxx XXX 20380799643
hard
Fecha: 26/07/2023 15:45:18
V.B.
XXXX XXXXXXX
Xxxxxx Xxxxxx FIR 40782007
hard Fecha: 26/07/2023
15:49:56
Se refiere a experiencias adquiridas en los últimos 10 años, participando como Jefe de Equipo o consultor principal en consultorías, no se exige que hayan sido realizadas con un solo empleador.
Consulta nro.12
TDR
Numeral 9.2.1 Literal b)
Pág. 32
Favor confirmar que para el Jefe de Equipo será válida la experiencia del profesional como consultor principal o jefe de proyectos en cualquiera de las etapas de un proyecto APP de infraestructura pública: Etapa de formulación, estructuración o transacción de proyectos APP.
Respuesta
Se confirma dicho entendimiento.
Consulta nro.13
Firmado digitalmente por: XXXXXX XXXXXXX Xxxxxx
Victoria FAU 20380799643 hard
Fecha: 26/07/2023 15:55:11
TDR
Numeral 9.2.1 Literal c)
Pág. 29
Favor confirmar que para el Jefe de Equipo, la participación como Asesor Financiero en la evaluación económica para el Proceso de Concesión del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao, es válido como experiencia en estudios o trabajos relacionados al sector eléctrico.
Respuesta
La experiencia indicada no está relacionada con el sector de transmisión eléctrica y no podría ser válida en los términos planteados.
“Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres” “Año de la Unidad, la Paz y el Desarrollo”
Consulta nro.14
TDR
Numeral 9.2.1 Literal c)
Pág. 29
Favor confirmar que para el Jefe de Equipo, la experiencia como Consultor Financiero en el cálculo de la tasa de descuento del sector eléctrico y diseño de procesos y funciones para OSINER-GART, será válida para acredita la experiencia en estudios o trabajos relacionados al sector eléctrico.
Respuesta
V.B.
XXXX XXXXX
Xxxxxx Xxxxxxx XXX 20380799643
hard
Fecha: 26/07/2023 15:45:18
V.B.
XXXX XXXXXXX
Xxxxxx Xxxxxx FIR 40782007
hard Fecha: 26/07/2023
15:49:56
El Comité evaluará las experiencias presentadas en concordancia con lo que el Postor declare en los anexos de su propuesta, lo cual se realizará en la etapa establecida en las Bases.
Consulta nro.15
TDR
Numeral 9.2.1 Literal c)
Pág. 29
Favor confirmar que para el Jefe de Equipo, la experiencia como Consultor Financiero en la estimación del costo capital para el Sector Telecomunicaciones de Venezuela por CONATEL, será válida para acreditar experiencia en estudios o trabajos relacionados al sector eléctrico.
Respuesta
La experiencia indicada no está relacionada con el sector de transmisión eléctrica y no podría ser válida en los términos planteados.
Consulta nro.16
Firmado digitalmente por: XXXXXX XXXXXXX Xxxxxx
Victoria FAU 20380799643 hard
Fecha: 26/07/2023 15:55:11
TDR
Numeral 9.2.1 Literal c)
Pág. 29
Favor de confirmar que para el especialista financiero se podrá proponer profesionales Licenciados en Matemáticas con Maestría en Economía, con experiencia en la elaboración de modelos económico-financieros y análisis financiero en proyectos APP de infraestructura pública.
Respuesta
Para el Especialista Financiero no se ha establecido una profesión especifica en los términos de referencia del servicio, por lo que se admitirá cualquier profesión y siempre que cumpla con las condiciones establecidas en los TDR.
“Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres” “Año de la Unidad, la Paz y el Desarrollo”
Consulta nro.17
BASES
Anexo 6
Pág. 40
Favor de confirmar que, dentro de las 10 páginas del Plan de Trabajo, no se considerará el índice, ni la carátula.
Respuesta
Se confirma dicho entendimiento.
Consulta nro.18
V.B.
XXXX XXXXX
Xxxxxx Xxxxxxx XXX 20380799643
hard
Fecha: 26/07/2023 15:45:18
V.B.
XXXX XXXXXXX
Xxxxxx Xxxxxx FIR 40782007
hard Fecha: 26/07/2023
15:49:56
BASES
Anexo 9
Pág. 4
Favor de Confirmar que el Anexo N° 9 únicamente deberá estar firmado por el apoderado del Postor y no por el profesional.
En caso se exija que el Profesional también firme el documento, favor de confirmar que se permitirá la presentación de firma digital o escaneada del profesional, considerando que es posible que se presente a profesionales extranjeros y el envío de los documentos originales podría demorar.
Respuesta
Conforme lo establecido en el numeral 2.7.3 Presentación de Propuesta, literal a) de las Bases, cada documento que el postor presente en los sobres deberá encontrarse visado y firmado según corresponda. Por tanto, el Anexo N° 9 deberá ser firmado por el profesional respectivo y ser visado por el representante legal.
Consulta nro.19
Firmado digitalmente por: XXXXXX XXXXXXX Xxxxxx
Victoria FAU 20380799643 hard
Fecha: 26/07/2023 15:55:11
BASES
Anexo 10
Pág. 45
Favor de confirmar que se permitirá la presentación del Anexo 10 con la firma digital o escaneada del profesional, considerando que es posible que se presente a profesionales extranjeros y el envío de los documentos originales podría demorar.
Respuesta
Se confirma dicho entendimiento. En caso de resultar adjudicatario de la buena pro, se solicitará la presentación de los documentos con firma original para la suscripción del contrato.
“Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres” “Año de la Unidad, la Paz y el Desarrollo”
Consulta nro.20
BASES
Anexo 12 Pág.47
Favor de confirmar que la Propuesta Económica deberá presentarse en dólares, dado que el formato indica que se deberá expresarse en soles.
Respuesta
Se confirma que la propuesta económica deberá ser presentada en Dólares Americanos.
Ver Circular N° 01.
V.B.
XXXX XXXXX
Xxxxxx Xxxxxxx XXX 20380799643
hard
Fecha: 26/07/2023 15:45:18
V.B.
XXXX XXXXXXX
Xxxxxx Xxxxxx FIR 40782007
hard Fecha: 26/07/2023
15:49:56
Consulta nro.21
Punto 2.2 Tipo de proceso
Entendemos que el tope de las ofertas 500 UIT fijado por el tipo de proceso se aplica a cada uno de los paquetes (paquete 3 y paquete 4) de líneas de transmisión. Por favor confirmar nuestra interpretación.
Respuesta
El presente procedimiento de selección corresponde al tipo de proceso “Concurso por Invitación”, en razón que el importe total de la contratación no supera el tope de quinientas unidades impositivas tributarias (500 UIT).
Por lo expuesto no es correcto su entendimiento, debido que ambos grupos (Grupo 3 y Grupo 4 de proyectos de líneas de transmisión indicados en el numeral 1 de los TDR) forman parte de la presente contratación de manera integral.
Consulta nro.22
Firmado digitalmente por: XXXXXX XXXXXXX Xxxxxx
Victoria FAU 20380799643 hard
Fecha: 26/07/2023 15:55:11
Punto 2.2 Tipo de proceso
Según el primer párrafo, el tipo de concurso al cual hemos sido invitados, es la modalidad de concurso por la cual se contrata por un monto superior a diez (10) Unidades Impositivas Tributarias (UIT) hasta quinientas (500) Unidades Impositivas Tributarias (UIT). ¿Cómo se procede si la Propuesta Económica de un postor es superior a las 500 UITs?
Respuesta
El procedimiento se encuentra regulado en el artículo 26° del Reglamento de Contrataciones de Servicios de Consultoría de PROINVERSIÓN.
“Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres” “Año de la Unidad, la Paz y el Desarrollo”
Consulta nro.23
Anexo 1, punto 3 – Alcance del servicio
Por favor confirmar que la siguiente afirmación es correcta: Siempre un (1) solo Consultor Financiero, el ganador del concurso, asesorará a los Directores de Proinversion en los procesos de formulación y promoción de la inversión privada de todos los proyectos de los Grupos 3 y 4. Por favor confirmar nuestra interpretación.
Respuesta
Se confirma dicho entendimiento.
Consulta nro.24
Anexo 1, punto 3 – Alcance del servicio
V.B.
XXXX XXXXX
Xxxxxx Xxxxxxx XXX 20380799643
hard
Fecha: 26/07/2023 15:45:18
V.B.
XXXX XXXXXXX
Xxxxxx Xxxxxx FIR 40782007
hard Fecha: 26/07/2023
15:49:56
Entendemos que los procesos de los Grupos 3 y 4 se realizarán en simultáneo. Por favor confirmar nuestra interpretación.
Respuesta
Si bien las convocatorias de ambos Grupos podrán ser realizas en oportunidades distintas, el desarrollo de los procesos de promoción será simultáneo.
Consulta nro.25
Anexo 1, punto 9 -Requisitos mínimos
Según el subpunto 9.2.1, el Jefe de Proyecto debe ser un profesional de las especialidades de Economía, Ingeniería Económica, Administrador de Empresas o Finanzas, colegiado, con maestría en finanzas, economía o afines. ¿El jefe del Proyecto tiene que ser obligatoriamente colegiado, o con tener una maestría es suficiente para cumplir el requisito?
Firmado digitalmente por: XXXXXX XXXXXXX Xxxxxx
Victoria FAU 20380799643 hard
Fecha: 26/07/2023 15:55:11
Respuesta
El Jefe de Proyecto deberá contar con colegiatura, habilitación o con refrendo. Ver Circular N° 01.
Consulta nro.26
Anexo 1, punto 9 – Requisitos Mínimos:
Según el subpunto 9.2.2, los dos (2) Especialistas Financieros deben contar con experiencia en la elaboración de modelos económico-financiero y análisis económico- financiero en proyectos de APP de infraestructura pública (3 trabajos en los últimos 10 años). ¿Se podría tomar en consideración un periodo de 15 años, en lugar de 10 años, de modo que la experiencia calce con la exigida a la firma
Respuesta
“Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres” “Año de la Unidad, la Paz y el Desarrollo”
No se acepta sugerencia, ceñirse a lo dispuesto en las Bases.
Consulta nro.27
Anexo 1, punto 8 – Plazo de presentación de los entregables, oportunidad de pago de la retribución y mecanismos de control
Según el subpunto 8.4, el Consultor emitirá el comprobante de pago correspondiente luego de que los Directores del Proyecto den conformidad de cumplidas las condiciones de la fase en cuestión. Por ejemplo, el Consultor estará en derecho de emitir el comprobante de pago de la fase Formulación (30%) luego de que los Directores del Proyecto den conformidad de realizada la “Aprobación por el Comité PRO MINERIA Y ENERGIA del Informe de Evaluación para solicitar opiniones formales a MINEM y MEF”.
V.B.
XXXX XXXXX
Xxxxxx Xxxxxxx XXX 20380799643
hard
Fecha: 26/07/2023 15:45:18
V.B.
XXXX XXXXXXX
Xxxxxx Xxxxxx FIR 40782007
hard Fecha: 26/07/2023
15:49:56
Dicho esto, solicitamos que se agregue como condición sustitutoria un tiempo límite luego de haberse entregado los entregables (con comentarios y/o correcciones subsanadas, de ser el caso) correspondientes. De este modo, siguiendo el ejemplo anterior, en caso se hallan cumplido, por ejemplo 15 días hábiles de entregado el último entregable (Entregable N°4) de la fase Formulación, incluyendo comentarios y/o correcciones subsanadas, y aún no se haya realizado la Aprobación por el comité PRO MINERIA Y ENERGIA, el Consultor estará en derecho de emitir el comprobante y recibir el pago respectivo.
Respuesta
No se acepta sugerencia, ceñirse a lo dispuesto en las Bases.
Consulta nro.28
En el anexo N°1 de los términos de referencia, titulado “METODOLOGÍA DE EVALUACIÓN”, se especifica la necesidad de un jefe de proyecto y dos especialistas financieros. Nuestra consulta está dirigida a conocer si el jefe de proyecto puede asumir también el cargo de un especialista financiero.
Respuesta
Firmado digitalmente por: XXXXXX XXXXXXX Xxxxxx
Victoria FAU 20380799643 hard
Fecha: 26/07/2023 15:55:11
El jefe de proyectos no podrá asumir el cargo de especialista financiero. El Consultor deberá brindar el servicio con los miembros del equipo mínimo en los términos exigidos en los TDR.
Consulta nro.29
Para el mismo anexo, nuestra consulta está dirigida a conocer si al menos un especialista financiero puede realizar labores de forma remota durante el periodo de consultoría, o durante un periodo específico, si este estuviese fuera de la ciudad de Lima.
Respuesta
Si bien conforme al numeral 10 de los TDR podrán utilizarse medios tecnológicos para las reuniones no presenciales, es responsabilidad del Consultor asistir con los miembros
“Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres” “Año de la Unidad, la Paz y el Desarrollo”
del equipo mínimo a las reuniones presenciales a las que sea requerido por cualquiera de los Directores de Proyecto de PROINVERSIÓN cuando sea convocado expresamente y con la anticipación suficiente.
Consulta nro.30
Se consulta si el Anexo N°13, titulado “MODELO DE GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO”, forma parte o debe formar parte de uno de los sobres presentados, ya que este no se menciona como requisito mínimo en el Anexo N°6, titulado “CONTENIDO DE LOS SOBRES”.
Respuesta
El Anexo N° 13 no es parte de los sobres a ser presentados. Conforme al numeral 2.9 de las Bases, la presentación de la Garantía de Fiel Cumplimiento es un requisito para la firma del contrato de consultoría.
V.B.
XXXX XXXXX
Xxxxxx Xxxxxxx XXX 20380799643
hard
Fecha: 26/07/2023 15:45:18
V.B.
XXXX XXXXXXX
Xxxxxx Xxxxxx FIR 40782007
hard Fecha: 26/07/2023
15:49:56
Consulta nro.31
Respecto al Anexo N°7, titulado “DECLARACIÓN JURADA DE PRINCIPALES EXPERIENCIAS DEL POSTOR”, se posee un certificado que incluye nuestra asesoría en las etapas de Formulación y Estructuración. Nuestra consulta está dirigida a conocer si este certificado puede contar como dos experiencias.
Respuesta
El Comité evaluará las experiencias presentadas en concordancia con lo que el Postor declare en los anexos de su propuesta, lo cual se realizará en la etapa establecida en las Bases.
Consulta nro.32
Firmado digitalmente por: XXXXXX XXXXXXX Xxxxxx
Victoria FAU 20380799643 hard
Fecha: 26/07/2023 15:55:11
En general, respetuosamente solicitamos se revise la estructura de la asesoría solicitada a la luz de los concursos de consultores de transacción de proyectos de transmisión eléctrica. Consideramos importante la gestión de promoción del asesor de transacción que incluye, entre otros, mantener una interacción constante con potenciales interesados durante todo el proceso, tanto para obtener retroalimentación xxx xxxxxxx para una adecuada estructuración de los proyectos, como para facilitar una comunicación fluida con entidades gubernamentales. Por eso, la estructura de honorarios usual incluye un honorario fijo y un honorario de éxito, lo cual, adicionalmente ayuda a alinear los objetivos entre el consultor y Proinversión.
Respuesta
No se acepta sugerencia. Ceñirse a lo dispuesto en las Bases.
Consulta nro.33
Agradeceremos puedan poner a disposición de los interesados los formatos que deben ser llenados en archivo Word. Es decir, los formatos a ser incluidos en los Sobres N°1 y N°2.
Respuesta
“Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres” “Año de la Unidad, la Paz y el Desarrollo”
En atención a su solicitud, la versión Word de las Bases con los formatos serán puestos a disposición oportunamente en la página web del concurso.
Consulta nro.34
BASES
En el numeral 4.2 se indica que el puntaje de la Propuesta Económica se realizará sobre el importe neto de las propuestas. Asimismo, en el Anexo 12 se indica que el monto de impuesto a la renta debe ser consignado únicamente si el postor es una empresa no domiciliada con lo cual resultaría en un importe neto menor para empresas no domiciliadas y no para las empresas domiciliadas, a pesar de que estas últimas también están sujetas al pago de impuesto a la renta.
V.B.
XXXX XXXXX
Xxxxxx Xxxxxxx XXX 20380799643
hard
Fecha: 26/07/2023 15:45:18
V.B.
XXXX XXXXXXX
Xxxxxx Xxxxxx FIR 40782007
hard Fecha: 26/07/2023
15:49:56
Al respecto, para evitar un tratamiento profundamente discriminatorio en contra de empresas peruanas, la evaluación de propuestas económicas debería realizarse sobre el Honorario Fijo (y no sobre el Importe Neto). Alternativamente, tal como indicamos en la consulta # 20, si se mantiene la evaluación respecto de Importes Netos, las empresas domiciliadas también deberían incluir en sus propuestas económicas los montos previstos de impuesto a la renta.
De la manera como está indicada la evaluación de Propuestas Económicas y según la nota incluida en el Anexo 12, el mecanismo de puntuación otorga claramente una ventaja a los postores no domiciliados, se discrimina la participación de asesores peruanos en el proceso y es contrario a los objetivos señalados como criterios de evaluación que buscan, como textualmente se señala en el numeral 4, “asegurar una competencia en iguales condiciones entre los postores.” Nótese, además, que en caso de empresas no domiciliadas, la retención de impuesto a la renta en el Perú implica una reducción del impuesto que deben pagar en sus países de origen por los convenios xx xxxxx tributación.
Respuesta
Firmado digitalmente por: XXXXXX XXXXXXX Xxxxxx
Victoria FAU 20380799643 hard
Fecha: 26/07/2023 15:55:11
No se acepta sugerencia. Ceñirse a lo dispuesto en las Bases. Remitirse a lo dispuesto en el numeral 23.8 del artículo 23° del Reglamento de Contrataciones de Servicios de Consultoría de PROINVERSIÓN.
Consulta nro.35
Anexo 1, numeral 4.1, literal b)
En la fase de formulación en los proyectos de transmisión la modelación económica- financiera es preliminar4, pues los Informes de Evaluación en esta fase tienen como objetivo la incorporación de los Proyectos al proceso de promoción de inversión privada. Por ello, usualmente se toma la información de inversión de los anteproyectos y no suele incluir escenarios de financiamiento (sobre este último punto, por favor homogenizar con lo indicado en el numeral 6.1, Entregable 1, donde no se indica la necesidad de incluir escenarios de financiamiento). Esta modelación luego se complementa en las fases siguientes. De ser así, por favor revisar los alcances de la asesoría en este punto.
Respuesta
“Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres” “Año de la Unidad, la Paz y el Desarrollo”
Remitirse a la Circular N° 01.
Consulta nro.36
Anexo 1, numeral 4.2, literal a)
V.B.
XXXX XXXXX
Xxxxxx Xxxxxxx XXX 20380799643
hard
Fecha: 26/07/2023 15:45:18
V.B.
XXXX XXXXXXX
Xxxxxx Xxxxxx FIR 40782007
hard Fecha: 26/07/2023
15:49:56
Firmado digitalmente por: XXXXXX XXXXXXX Xxxxxx
Victoria FAU 20380799643 hard
Fecha: 26/07/2023 15:55:11
Se indica que Proinversión proporcionará la información técnica (inclusive la referida al presupuesto de obra y de Costos de Operación y Mantenimiento). Al respecto, adicional al presupuesto de obra o costo de EPC existen costos indirectos de inversión que incluyen: supervisión, gerenciamiento del Concesionario, seguros durante construcción, costo del estudio de impacto ambiental, etc.). Solicitamos por favor que se aclare si es que Proinversión también proporcionará los cronogramas previstos de ejecución de obras así como todos los costos indirectos de inversión (a excepción de los vinculados al financiamiento y las garantías del Proyecto).
Respuesta
Los costos directos así como los cronogramas previstos de ejecución de obras serán proporcionados por PROINVERSIÓN; en ese sentido el Consultor deberá proporcionar los demás componentes para determinar el monto de inversión, lo cual incluye los costos indirectos de inversión.
Consulta nro.37
Anexo 1, numeral 5.1
Solicitamos se revise la necesidad de colegiatura para la presentación de los Entregables, máxime teniendo en cuenta la naturaleza de los mismos. Al respecto, véase por ejemplo el Concurso N°002-2023 que actualmente está siendo desarrollado por Proinversión, donde únicamente se solicita colegiatura al Especialista Legal y no al Jefe de Equipo ni al Especialista Financiero5. En todo caso, si se va a mantener la obligación de colegiatura, solicitamos que esta pueda ser acreditada por alguno de los miembros del equipo y no necesariamente por el Jefe de Proyecto.
Respuesta
No se acepta sugerencia. Ver Circular N° 01.
Consulta nro.38
Anexo 1, numeral 6.1, Entregable 1, punto (ii)
Solicitamos por favor revisar lo señalado en el literal b) del numeral 4.1 para que sea consistente con lo señalado en este numeral 6.1, específicamente respecto a la evaluación de términos de financiamiento y escenarios de financiamiento.
Respuesta
Remitirse a la Circular N° 01.
“Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres” “Año de la Unidad, la Paz y el Desarrollo”
Consulta nro.39
Anexo 1, numeral 6.2, Entregable 5. En los puntos (iii), (iv) y (v) se indica que tales puntos serán desarrollados “en caso corresponda”. En tanto los proyectos de transmisión eléctrica no cuentan con contingencias, compromisos firmes y contingentes y no aplica los límites indicados en el artículo 30.3 de DL 1362, entendemos que bastaría con indicar que no corresponde el análisis sin tener que desarrollar un sustento detallado. Por favor confirmar si nuestro entendimiento es correcto.
Respuesta
Se confirma su entendimiento.
Consulta nro.40
Anexo 1, numeral 6.3, Entregable 8, punto (vii)
V.B.
XXXX XXXXX
Xxxxxx Xxxxxxx XXX 20380799643
hard
Fecha: 26/07/2023 15:45:18
V.B.
XXXX XXXXXXX
Xxxxxx Xxxxxx FIR 40782007
hard Fecha: 26/07/2023
15:49:56
Indica que el Consultor, en caso sea requerido por el Director de Proyecto, debe sustentar en un informe las cláusulas finales del régimen de bienes, inversiones obligatorias, explotación, cierre financiero, cofinanciamiento, fideicomiso, caducidad, mecanismos de liquidación, penalidades, entre otros, de corresponder. En la práctica en los proyectos de transmisión eléctrica se ha utilizado cláusulas probadas por lo que no se requeriría de sustento adicional. En los casos en los que se ha producido algunos ajustes o modificaciones, se estila un breve comentario explicativo en el Informe de Evaluación Integrado (el cual, según estos términos de referencia, sería elaborado por el Consultor). Por tanto, solicitamos se evalúe la necesidad de un informe.
Respuesta
El informe será obligatorio únicamente en caso sea requerido por el Director de Proyecto.
Consulta nro.41
Anexo 1, numeral 6.3, Entregable 8, punto (viii)
Firmado digitalmente por: XXXXXX XXXXXXX Xxxxxx
Victoria FAU 20380799643 hard
Fecha: 26/07/2023 15:55:11
Se indica: “Proponer el procedimiento para la determinación del importe a reconocer en caso de caducidad de la concesión.” Esta obligación puede entenderse de varias formas: (i) el mecanismo contractual mediante el cual se define cómo, por quién y cuándo se determina el monto de liquidación, ó (ii) el mecanismo que, en su momento, el perito (o quien determine el monto de liquidación) debe seguir para obtener dicho valor. Por favor aclarar cuál de estas dos interpretaciones corresponde a los alcances de la obligación del Consultor.
Respuesta
El Director de Proyecto en los casos que corresponda, requerirá la necesidad, determinando el alcance correspondiente.
Consulta nro.42
Anexo 1, numeral 6.3, Entregable 10, punto (i)
“Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres” “Año de la Unidad, la Paz y el Desarrollo”
Se indica que el Consultor deberá “presentar y sustentar los factores de Competencia, sus componentes y valores máximos u otro”. En tanto en los proyectos de transmisión eléctrica la variable de adjudicación siempre ha sido el monto de inversión y los costos de operación y mantenimiento, y estos valores serán proporcionados por Proinversión, solicitamos se aclare la responsabilidad del Consultor respecto de la recomendación de estos valores máximos.
Respuesta
Remitirse a la respuesta indicada en la Consulta N° 36.
Consulta nro.43
V.B.
XXXX XXXXX
Xxxxxx Xxxxxxx XXX 20380799643
hard
Fecha: 26/07/2023 15:45:18
V.B.
XXXX XXXXXXX
Xxxxxx Xxxxxx FIR 40782007
hard Fecha: 26/07/2023
15:49:56
Anexo 1, numeral 7.4. El plazo máximo adicional de seis meses indicado, ¿podrá ser ampliado previo acuerdo de las Partes? Adicionalmente, sugerimos que se indique: “…hasta la culminación de los mismos, o hasta una fecha límite final de 6 meses adicional, lo que ocurra primero".
Respuesta
Respecto a su primera consulta el contrato puede ser ampliado por acuerdo de partes previo cumplimiento del Reglamento de Contrataciones de Servicios de Consultoría de PROINVERSIÓN. En la relación a su segunda consulta el supuesto planteado será evaluado en la fase de ejecución contractual.
Consulta nro.44
Anexo 1, numeral 8.1
Se indica que la entrega de los informes será “realizado dentro del plazo considerado por los Directores de Proyecto en cada caso”. Al respecto, solicitamos se indique un plazo mínimo para la entrega de informes luego de que el Consultor haya recibido la información completa por parte de Proinversión. Sugerimos cinco (5) días hábiles, salvo para los Informes de Evaluación e Informes de Evaluación Integrado, en cuyo caso el plazo mínimo debiera ser xx xxxx (10) días hábiles.
Firmado digitalmente por: XXXXXX XXXXXXX Xxxxxx
Victoria FAU 20380799643 hard
Fecha: 26/07/2023 15:55:11
Respuesta
No se acepta sugerencia. El Director de Proyecto determinará el plazo según la naturaleza del encargo.
Consulta nro.45
Anexo 1, numeral 8.4
Entendemos que la condición para dar conformidad al hito Buena Pro (con el cual el Consultor recibe el 20% de la remuneración por grupo de proyectos, según lo señalado en el numeral 7.2) sería la suscripción del acta mediante la cual se indica la adjudicación de la Buena Pro. Por favor confirmar si nuestro entendimiento es correcto.
Respuesta
“Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres” “Año de la Unidad, la Paz y el Desarrollo”
Se confirma dicho entendimiento.
Consulta nro.46
Anexo 1, numeral 9.1
Dada la naturaleza y tamaño de los Proyectos de la asesoría, respetuosamente sugerimos se revise los siguientes puntos:
V.B.
XXXX XXXXX
Xxxxxx Xxxxxxx XXX 20380799643
hard
Fecha: 26/07/2023 15:45:18
V.B.
XXXX XXXXXXX
Xxxxxx Xxxxxx FIR 40782007
hard Fecha: 26/07/2023
15:49:56
Firmado digitalmente por: XXXXXX XXXXXXX Xxxxxx
Victoria FAU 20380799643 hard
Fecha: 26/07/2023 15:55:11
a. El monto y número de experiencias en estructuración de APPs. Dado el número de proyectos involucrados en esta asesoría (diez proyectos), consideramos que la experiencia solicitada debe ser mayor a tres, sobre todo si se considera un lapso de quince años e incluye proyectos no adjudicados (en vez de los 10 años y solo proyectos adjudicados, que se indicaba los TdR preliminares iniciales). Respetuosamente opinamos y sugerimos que para asegurar calidad y profundidad a una asesoría que incluye diez proyectos, es muy importante tener diversas experiencias relevantes, de tamaño al menos igual al del proyecto mayor incluido en la asesoría (ie US$54 millones), y no estar lejanas en el tiempo, pues las diversas experiencias válidas son determinantes para un desarrollo efectivo y exitoso de la asesoría. Adicionalmente, debe tomarse en consideración que el Consultor deber estar en capacidad de responder rápidamente y en simultáneo los requerimientos vinculados a diez proyectos, tanto en formulación, estructuración como en transacción.
b. Se indica que las experiencias pueden ser sobre proyectos adjudicados o no adjudicados. ¿Qué se entiende por “no adjudicados”? ¿Aquellos proyectos que están actualmente en marcha o proyectos que culminaron sin haber logrado una adjudicación? Respetuosamente sugerimos que, según la práctica usual para concursos de asesores realizados por Proinversión, se consideren únicamente los proyectos adjudicados. De esta manera, se reflejarían únicamente asesorías en las cuales se demostró una estructuración y promoción adecuadas.
c. Se indica que los trabajos pueden ser “sobre un mismo proyecto en distintas fases: formulación, estructuración, transacción”. ¿Esto quiere decir que un mismo proyecto puede ser presentado como tres experiencias distintas si es que dicho proyecto pasó por las tres fases indicadas? Si es así, respetuosamente consideramos que se estaría desnaturalizando el número de experiencias de los postores, pues un proyecto puede pasar por distintas fases (según la normativa propia de cada país), pero sigue siendo un mismo proyecto. Como ilustración, los diez proyectos de esta asesoría podrían significar treinta experiencias distintas para un eventual concurso futuro.
Respuesta
a. No se acepta sugerencias, ceñirse a lo dispuesto en las Bases.
b. En relación a sus dos primeras consultas cualquiera de los casos indicados puede ser considerado como proyectos no adjudicados. En relación a la propuesta formulada, no se acepta sugerencia, ceñirse a lo dispuesto en las Bases.
c. En relación a su consulta se confirma entendimiento. El postor podrá acreditar trabajos sobre un mismo proyecto en distintas fases o etapas.
“Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres” “Año de la Unidad, la Paz y el Desarrollo”
Consulta nro.47
Anexo 1, numerales 9.1.1 y 9.1.2
En estos numerales se indica la experiencia mínima exigible a los Consultores. Al respecto,
a. Entendemos que el Consultor debe contar con la experiencia mínima indicada tanto en el numeral 9.1.1 como en el numeral 9.1.2.
b. Asimismo, entendemos que un mismo proyecto puede ser presentado para cumplir las experiencias solicitadas en ambos numerales (en tanto se trate, p.ej. de una transacción de APP del sector eléctrico que incluye estructuración y modelación financiera, entre otros).
V.B.
XXXX XXXXX
Xxxxxx Xxxxxxx XXX 20380799643
hard
Fecha: 26/07/2023 15:45:18
V.B.
XXXX XXXXXXX
Xxxxxx Xxxxxx FIR 40782007
hard Fecha: 26/07/2023
15:49:56
Por favor confirmar si nuestro entendimiento es correcto.
Respuesta
Se confirma el entendimiento indicado en los literales a y b de su consulta.
Consulta nro.48
Anexo 1, numeral 9.2
Si se mantiene la exigencia de colegiatura para aquellos profesionales que suscriban los informes (ver consulta # 36), solicitamos que dicha colegiatura pueda ser cumplida por alguno de los miembros del equipo y no necesariamente por el Jefe de Proyecto.
Respuesta
Ver Circular N° 01.
Consulta nro.49
Anexo 1, numeral 11
Firmado digitalmente por: XXXXXX XXXXXXX Xxxxxx
Victoria FAU 20380799643 hard
Fecha: 26/07/2023 15:55:11
De manera análoga a las penalidades que se imponen al Consultor, solicitamos se incluya una penalidad a Proinversión en caso de demoras en los pagos (al respecto, véase por ejemplo lo indicado en las Bases del Concurso Público N° 002-2023 que actualmente está siendo desarrollado por Proinversión). Para ello, debería incluirse un plazo máximo de pago desde la aprobación de los Entregables respectivos.
Respuesta
No se acepta sugerencia. Ceñirse a lo dispuesto en las Bases.
Consulta nro.50
Respetuosamente solicitamos se evalúe la cantidad de proyectos requeridos para la obtención del máximo puntaje para el Postor y para los miembros del Equipo Mínimo, así como el otorgamiento de puntaje adicional en caso la experiencia sea específica al
“Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres” “Año de la Unidad, la Paz y el Desarrollo”
sector transmisión eléctrico7. Asimismo, solicitamos se considere la experiencia específica en el sector transmisión eléctrico mediante el otorgamiento de puntaje adicional en este tipo de asesorías.
Nótese que, según lo indicado en las Bases, en el extremo un postor podría obtener el puntaje total en experiencia con un solo proyecto adicional a la experiencia mínima, realizado en un sector distinto al sector eléctrico, hace diez o quince años, que haya incluido las etapas de formulación y estructuración sin que haya sido exitosos (ie sin haber sido adjudicado).
Respuesta
No se acepta sugerencia. Ceñirse a lo dispuesto en las Bases.
Consulta nro.51
V.B.
XXXX XXXXX
Xxxxxx Xxxxxxx XXX 20380799643
hard
Fecha: 26/07/2023 15:45:18
V.B.
XXXX XXXXXXX
Xxxxxx Xxxxxx FIR 40782007
hard Fecha: 26/07/2023
15:49:56
En el Anexo 12 se indica que el monto de impuesto a la renta debe ser consignado únicamente si el postor es una empresa no domiciliada. Al respecto, solicitamos que la evaluación de propuestas económicas se realice sobre el Honorario Fijo y no sobre el Xxxxxxx Xxxx (por favor ver nuestra consulta # 3). Alternativamente, si se mantiene la evaluación respecto de los Importes Netos, las empresas domiciliadas también deberían incluir en sus propuestas económicas los montos previstos de impuesto a la renta. De lo contrario, sería un tratamiento claramente discriminatorio en contra de las empresas domiciliadas.
Respuesta
No se acepta sugerencia. Ceñirse a lo dispuesto en las Bases. Remitirse a lo dispuesto en el numeral 23.8 del artículo 23° Reglamento de Contrataciones de Servicios de Consultoría de PROINVERSIÓN.
Consulta nro.52
Firmado digitalmente por: XXXXXX XXXXXXX Xxxxxx
Victoria FAU 20380799643 hard
Fecha: 26/07/2023 15:55:11
En el Anexo 12 se indica que el monto de las propuestas se encuentra en US$ (igual a lo indicado en el numeral 4.2 de las Bases y según los formularios de garantía de fiel cumplimiento del Contrato). Sin embargo, posteriormente en el texto se indica que las propuestas se expresarán en Soles. Por favor realizar la corrección correspondiente en el Anexo 12.
Respuesta
Ver Circular N° 01.
Consulta nro.53
Anexo 16
Sugerimos la consideración de los siguientes comentarios referidos al Contrato de Consultoría (Anexo 16):
a. Según el Anexo 6, en el Sobre 1 debe presentarse la versión final del Contrato de Servicios de Consultoría de Asesoría Financiera. Para el cumplimiento de dicho
“Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres” “Año de la Unidad, la Paz y el Desarrollo”
requisito, solicitamos que el modelo de Contrato tenga completadas el encabezado así como las cláusulas primeras (antecedentes), tercera (objeto), sétima (plazo), 11.4 (procedimientos de arbitraje), décimo tercera (límite de responsabilidad) y décimo cuarta (indemnidad).
b. (Cláusula Tercera) Sugerimos que se indique “… para los proyectos de transmisión eléctrica encargados por MINEM y detallados en los Términos de Referencia Definitivos (en adelante, PROYECTOS).”
c. (Cláusula 4.4) Para un eventual cambio de personal, el nuevo profesional debería cumplir como mínimo con las experiencias que otorguen el mismo puntaje del profesional que está siendo reemplazado; y no de manera general que tenga “la experiencia y calificaciones del profesional sustituido”.
V.B.
XXXX XXXXX
Xxxxxx Xxxxxxx XXX 20380799643
hard
Fecha: 26/07/2023 15:45:18
V.B.
XXXX XXXXXXX
Xxxxxx Xxxxxx FIR 40782007
hard Fecha: 26/07/2023
15:49:56
d. (Cláusula 6.1) Se señala que la Propuesta Económica es indicada en Soles. Según lo señalado en el numeral 4.2 de las Bases, los honorarios del concurso se encuentran en US$. Por favor realizar la corrección correspondiente.
e. (Cláusula vigésimo segunda) Se indica el proyecto “Reforzamiento de infraestructura, equipamiento y mantenimiento de colegios de Cusco”. Por favor hacer la corrección respectiva.
f. (Anexo B). Por favor confirmar en qué oportunidad ProInversión entregará el Cronograma de Xxxxxxxxxxx. Asimismo, precisar cómo conversará este Anexo B con el numeral 8.1 del Anexo 1, en el que se indica que la entrega de los informes será “realizado dentro del plazo considerado por los Directores de Proyecto en cada caso”.
Respuesta
Firmado digitalmente por: XXXXXX XXXXXXX Xxxxxx
Victoria FAU 20380799643 hard
Fecha: 26/07/2023 15:55:11
a. Estas cláusulas serán completadas a la firma del contrato de consultoría.
b. Remitirse a la definición prevista en el numeral 2.15 de la Cláusula Segunda.
c. De acuerdo a lo indicado en el numeral 4.4. de la Cláusula Cuarta del Anexo N° 16 el profesional de reemplazo tendrá como mínimo la experiencia y calificaciones del profesional sustituido.
d. Remitirse Circular N° 01.
e. Remitirse Circular N° 01.
f. Conforme a lo indicado en el numeral 8.1. de los TDR los Entregables serán presentados en los plazos indicados por el Director de Proyecto en cada caso.
Consulta nro.54
Respecto al postor, solicitamos extender el plazo de la experiencia en estructuración financiera en proyectos de APP de infraestructura o servicio públicos de 15 años a 25 años.
Respuesta
No se acepta sugerencia, ceñirse a lo dispuesto en las Bases.
Consulta nro.55
“Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres” “Año de la Unidad, la Paz y el Desarrollo”
Respecto al equipo mínimo, solicitamos limitarlo a solo 2 personas (jefe del equipo y un especialista financiero) y extender el plazo de la experiencia en la elaboración de modelos económico-financiero de 10 años a 25 años.
Respuesta
No se acepta sugerencia, ceñirse a lo dispuesto en las Bases.
San Xxxxxx, 26 de julio de 2023
V.B.
XXXX XXXXX
Xxxxxx Xxxxxxx XXX 20380799643
hard
Fecha: 26/07/2023 15:45:18
V.B.
XXXX XXXXXXX
Xxxxxx Xxxxxx FIR 40782007
hard Fecha: 26/07/2023
15:49:56
Firmado digitalmente por: XXXXXX XXXXXXX Xxxxxx
Victoria FAU 20380799643 hard
Fecha: 26/07/2023 15:55:11