ADVERTENCIA:
ADVERTENCIA:
El presente Contrato de Locación de Servicios Profesionales, no debe tomarse como de aplicación en todas Prestaciones, es solamente a título referencial y debe adecuarse a cada caso en particular.-
Se sugiere que, previo a la celebración, se consulte a un profesional
CONTRATO DE LOCACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES
En la ciudad xx Xxxxxxx a los …. días del mes de ………….. de 20…, entre el Sr. ……………………., argentino, estado civil: ………….…, Ingeniero/ Licenciado en Higiene y Seguridad Laboral, D.N.I. Nº: ………………, con domicilio en calle ……………. xx Xxxxxxx, en adelante el LOCADOR, por una parte y la Empresa …………….., representada por el Sr. ………………., argentino, D.N.I. Nº: ………………., con domicilio en …………………….. xx Xxxxxxx, en adelante el LOCATARIO, por la otra, se celebra el presente convenio de Locación de Servicios Profesionales, el que se regirá por las disposiciones del Código Civil, Ley 19.587 sobre Higiene y Seguridad Laboral, sus decretos reglamentarios, y por las siguientes cláusulas:
Primera: OBJETO: El locador se obliga a favor del Locatario a prestar servicios propios de su profesión y de su incumbencia en materia de Higiene y Seguridad Laboral, de acuerdo a las normas y reglamentaciones vigentes.
Segunda: LUGAR: El Locador desarrollará su actividad, en la Obra ubicada en calle ………………………., de la ciudad de ……………..
Tercera: PLAZO: El presente contrato tendrá una vigencia acordada entre las partes y estará relacionada con el tiempo que demanden las actividades productivas en la obra mencionada en el presente Contrato.
Cuarta: HONORARIOS: El Locatario abonará al locador por sus servicios, la suma que se pacte entre las partes, previo al inicio de prestación de cada uno de los servicios, solicitados por el Locatario. Todo esto, se encuentra detallado en la Cotización que se adjunta y forma parte del presente Contrato.
Quinta: GASTOS: Todos los gastos que demande el desarrollo y cumplimiento de la actividad profesional del Locador, serán por exclusiva cuenta y cargo del Locatario.
Sexta: FACTURACIÓN: El Locador deberá presentar al Locatario factura de honorarios por los servicios prestados el último día de cada mes y en forma mensual y consecutiva, debiendo ser abonados por El Locatario el día 10 del mes posterior al de la correspondiente prestación de servicios.
Séptima: OBLIGACIONES: del Locador: a) Informar al Locatario y/o al Responsable de la empresa contratante de los servicios de Higiene y Seguridad, sobre todo lo relacionado con la prestación de sus servicios, recomendaciones a seguir para el cumplimiento de la normativa legal vigente en materia de Higiene y Seguridad Laboral, etc.; b) Notificar sobre todas aquellas Condiciones de Trabajo y/o Utilización de equipos que impliquen riesgos para el personal supervisado a cargo de la empresa contratante de los servicios; c) Presentar al Locatario los Informes de cada Visita efectuada a los sectores operativos y relacionado con el desarrollo de su actividad profesional, valuación de riesgos, estado de instalaciones, equipos, cumplimiento por el personal a cargo de las empresas sub-contratistas, con respecto a las órdenes impartidas por el Locador en el marco de sus obligaciones, etc.-
Octava: RESPONSABILIDADES: El Profesional es contratado para actuar en el sector de Trabajo designado por el Locatario, en su calidad de Asesor Externo en Higiene y Seguridad Laboral, no participando en: Proyectos, Cálculos Estructurales, Instalaciones, adquisiciones de Máquinas, Herramientas y Equipos, Control de Calidad, etc., teniendo únicamente funciones Consultivas y No Ejecutivas, siendo estas últimas, incumbencia del Encargado del Sector de Trabajo. El locador, no se obliga a un deber de vigilancia ni seguimiento del cumplimiento de sus recomendaciones, cumple con sus obligaciones de acuerdo con sus incumbencias y las reglas del arte, no asume ni tiene responsabilidad alguna por la falta o incorrecta aplicación del Locatario de las recomendaciones o sugerencias efectuadas, siendo los efectos y consecuencias entre las partes y ante terceros, a cargo exclusivo del Locatario.-
Novena: RESOLUCION: Cualquiera de las partes podrá dejar sin efecto el presente contrato sin invocación de justa causa, debiendo comunicar en forma fehaciente a la otra con una antelación de treinta (30) días de la fecha en que decidiere resolver, no teniendo ninguna de las partes nada que reclamarse mutuamente. Siendo obligación del Locatario, abonar al Locador, los Honorarios que correspondan hasta el día de su desvinculación.
Décima: AUSENCIA DEL LOCADOR: Ante ausencia o enfermedad del Locador, la cual le impidiere la normal prestación de su servicio, por un período mayor a cinco (5) días, éste, deberá presentar un reemplazante hasta su reincorporación definitiva. El ingreso del reemplazante quedara sujeto a la aprobación expresa del Locatario, respetándose los honorarios fijados y cargo adicional para el Locatario.
Decimoprimera: DEDICACION: El locador no tendrá exclusividad laboral con la Locataria y podrá desarrollar su actividad profesional con todos aquellos clientes que requieran de sus servicios, siempre y cuando el Locador cumpla con las tareas profesionales acordadas en el presente contrato y no afecte la prestación del servicio al que por éste contrato se obliga.-
Decimosegunda: SERVICIOS ADICIONALES: Toda vez que se requiera efectuar mediciones ambientales, estudios analíticos, utilizar equipamiento especial para dar cumplimiento a los requerimientos legales, el costo de los mismos, será cotizado y facturado como un adicional de la prestación básica del presente contrato.
Decimotercera: COMPETENCIA: A los efectos del presente contrato las partes se someten a la Jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la Ciudad xx Xxxxxxx con renuncia a cualquier otro fuero o Jurisdicción y constituyendo domicilio a los efectos del presente: El Locador en calle …………, y el Locatario en calle ......................., ambos de la ciudad xx Xxxxxxx.-
En prueba de conformidad, en el lugar y fecha indicados, se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un sólo efecto que las partes reciben en este acto.