Contract
Convocatoria para la contratación de los Servicios de Aseguramiento Integral de los Bienes Patrimoniales de Estudios Churubusco Azteca, S.A., para el Ejercicio Fiscal 2015.
LICITACIÓN PÚBLICA
DE CARÁCTER NACIONAL ELECTRÓNICA NO. LA-011L8P001-N36-2015
NO. INTERNO DE CONTROL LPN-001-2015 C O N V O C A T O R I A
Los Estudios Churubusco Azteca, S.A., a quien en lo sucesivo se le denominará “ECHASA”, en cumplimiento a las disposiciones que establecen el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y el Título Segundo “De los Procedimientos de Contratación”, Capítulo Primero “Generalidades”, Capítulo Segundo “De la Licitación Pública” y los artículos 25, 26 fracción I, 26 bis fracción II, 27 y 28 fracción I de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, en lo sucesivo “LAASSP”; y los correlativos de su Reglamento en lo sucesivo “RLAASSP”; y demás disposiciones relativas vigentes aplicables en la materia, “ECHASA”, a través de la Gerencia de Recursos Materiales, Servicios Generales y Obra Pública dependiente de la Dirección de Administración y Finanzas, ubicada en Xxxxx Xxxxxxx Xx 0, Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxx, X.X. 00000, Xxxxxxxxxx Xxxxxxxx, Xxxxxx, X.X., con teléfono 55.49.30.60, convoca a los interesados que no se encuentren en alguno de los supuestos que se establecen en los Artículos 50 y 60 de la “LAASSP”, a participar en la Licitación Pública de Carácter Nacional Electrónica No. LA-011L8P001- N36-2015 y No. Interno de Control LPN-001-2015, para la contratación de los Servicios de Aseguramiento Integral de los Bienes Patrimoniales de Estudios Churubusco Azteca, S.A. para el ejercicio fiscal 2015, bajo los siguientes:
REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN:
Í n d i c e
NUMERAL | DESCRIPCIÓN | PÁGINA | |
Glosario de Términos | ............................................... | 6 | |
1. | Datos Generales o de Identificación de la Licitación | ............................................... | 8 |
1.1 | Datos de la Convocante | ............................................... | 8 |
1.2 | Medio que utilizará la Licitación y Carácter de la misma | 8 | |
............................................... | |||
1.3 | Número de convocatoria | ............................................... | 8 |
1.4 | Ejercicio fiscal | ............................................... | 8 |
1.5 | Idioma en el que se presentarán las proposiciones | .............................................. | 9 |
1.6 | Disponibilidad presupuestaria | ............................................... | 9 |
1.7 | Procedimiento financiado con créditos externos | ............................................... | 9 |
2. | Objeto y Alcance de la Licitación | ............................................... | 9 |
2.1 | Descripción de los servicios | ............................................... | 9 |
2.2 | Partida que integra la Licitación | ............................................... | 9 |
2.3 | Precio máximo de referencia | ............................................... | 9 |
2.4 | Normas Oficiales | ............................................... | 9 |
2.5 | Método de pruebas | ............................................... | 10 |
2.6 | Tipo de contrato | ............................................... | 10 |
2.7 | Modalidad de contratación | ............................................... | 10 |
2.8 | Forma de adjudicación | ............................................... | 10 |
2.9 | Modelo de contrato | ............................................... | 10 |
3. | Forma y términos que regirán los diversos eventos de este procedimiento | .............................................. | 10 |
3.1 | Reducción de plazos | .............................................. | 10 |
3.2 | Calendario de actos y lugar donde se desarrollarán los eventos | 10 | |
.............................................. | |||
3.3 | Recepción de proposiciones vía servicio postal o mensajería | .............................................. | 16 |
3.4 | Vigencia de las proposiciones | .............................................. | 16 |
3.5 | Proposiciones conjuntas | .............................................. | 16 |
3.6 | Propuesta única por licitante | .............................................. | 16 |
3.7 | Presentación de documentación | .............................................. | 17 |
3.8 | Registro y revisión preliminar | .............................................. | 17 |
3.9 | Acreditación de existencia Legal | .............................................. | 17 |
3.10 | Parte o Partes de las proposiciones que se rubricarán en el acto de presentación y apertura de proposiciones | ||
.............................................. | 17 | ||
3.11 | Indicaciones relativas al fallo y firma del contrato | .............................................. | 17 |
3.12 | Garantías | .............................................. | 17 |
3.13 | Forma de pago | .............................................. | 17 |
3.14 | Penas convencionales y deducciones | .............................................. | 18 |
3.15 | Terminación Anticipada | .............................................. | 19 |
3.16 | Rescisión Administrativa del Contrato | .............................................. | 19 |
4. | Requisitos que los licitantes deben cumplir | .............................................. | 20 |
5. | Criterios para la evaluación de proposiciones | .............................................. | 22 |
5.1 | Criterios generales de evaluación. | .............................................. | 22 |
5.2 | Criterios de evaluación técnica | .............................................. | 23 |
5.3 | Criterios de evaluación de la documentación legal administrativa | .............................................. | 23 |
5.4 | Criterios de evaluación económica | .............................................. | 23 |
5.5 | Criterios de adjudicación | ............................................. | 24 |
6. | Documentos que deben presentar los licitantes. | .............................................. | 25 |
6.1 | Propuesta técnica | .............................................. | 25 |
6.2 | Propuesta económica | .............................................. | 26 |
6.3 | Documentación Legal Administrativa | .............................................. | 27 |
7. | Inconformidades | .............................................. | 28 |
8. | Casos en los que se declarará desierta, suspenderá o cancelará la Licitación | .............................................. | 29 |
9. | Transparencia | ............................................. | 30 |
10. | Formatos | ............................................. | 00 |
Xxxxx 0 | Anexo “Técnico” | .............................................. | 00 |
Xxxxx 0 | “Modelo de contrato” | .............................................. | 49 |
Formato A-1 | Propuesta técnica | .............................................. | 57 |
Formato A-2 | Propuesta económica | .............................................. | 58 |
Formato B | Nacionalidad del licitante | .............................................. | 59 |
Formato C | Manifestación de estratificación | .............................................. | 60 |
Formato D | Acreditación de personalidad jurídica | .............................................. | 62 |
Formato E | Correo electrónico del licitante | .............................................. | 63 |
Formato F | Escrito referente a los artículos 50 y 60 de la LAASSP | 64 | |
.............................................. | |||
Formato G | Declaración de integridad | .............................................. | 65 |
Formato H | Garantía contra vicios ocultos | .............................................. | 66 |
Formato I | Propiedad intelectual | .............................................. | 67 |
Formato J | Escrito de Confidencialidad | .............................................. | 68 |
Formato K | Información confidencial, reservada o comercial reservada | 69 | |
.............................................. | |||
Formato L | Encuesta de transparencia | .............................................. | 70 |
Formato O | Relación de documentos que deberán presentar los licitantes | 72 | |
.............................................. | |||
Escrito 1 | Nota informativa para participantes de países miembros de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico. (OCDE) | ||
75 | |||
.............................................. | |||
Escrito 2 | Resolución miscelánea fiscal para 2015 | .............................................. | 76 |
Escrito 3 | Solicitud de afiliación a cadenas productivas | .............................................. | 78 |
GLOSARIO DE TÉRMINOS
Adicionalmente a las definiciones señaladas en el artículo 2 de “La Ley” de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 2 de su Reglamento, para efectos de esta Convocatoria se entenderá por:
1. AMIS: Asociación Mexicana de Instituciones de Seguro.
2. Área solicitante y/o técnica: Es la que de acuerdo a sus necesidades solicite o requiera la adquisición o arrendamiento de bienes o la contratación de un servicio.
3. Caso fortuito: Aquel evento que no pudo ser previsto y no pudo ser evitado.
4. Contrato o Pedido: El acuerdo de voluntades para crear o transferir derechos y obligaciones, y a través del cual se formaliza la adquisición o arrendamiento de bienes muebles o la prestación de servicios.
5. CompraNet: Sistema electrónico de información pública gubernamental sobre adquisiciones, arrendamientos, servicios, obras públicas y servicios relacionados con las mismas.
6. Convocatoria: Documento que establece las bases en que se desarrolla el procedimiento y en las cuales se describen los requisitos de participación.
7. Deducciones: Son aquellas que se derivan del incumplimiento parcial o deficiente en que pudiera incurrir el proveedor respecto a las partidas o conceptos que integran el contrato.
8. GRMSGYOP: Gerencia de Recursos Materiales, Servicios Generales y Obra Pública.
9. Fuerza mayor: Acontecimiento inesperado y violento, ajeno a la voluntad humana y que por tanto no puede preverse ni evitar sus consecuencias.
10. IVA: Impuesto al Valor Agregado.
11. “ECHASA”: Estudios Churubusco Azteca, S.A.
12. LAASSP: Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
13. Licitante: La persona que participe en el procedimiento de Licitación Pública o bien de Invitación a Cuando Menos Tres Personas.
14. MIPYMES: Las micro, pequeñas y medianas empresas de nacionalidad mexicana a que hace referencia la Ley para el desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa.
15.
16. Observador: Persona que asista a cualquiera de los actos del procedimiento, bajo la condición de registrar su asistencia y abstenerse de intervenir en cualquier forma en los mismos.
17. OIC: Órgano Interno de Control en Estudios Churubusco Azteca, S.A.
18. Penas convencionales: Son aquellas que se derivan por atraso en el cumplimiento de las fechas pactadas para la entrega de los bienes, misma que no excederá del monto de la garantía del contrato, y será determinada en función de los bienes no entregados
oportunamente.
19. POBALINES: Políticas, Bases y Lineamientos en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de Estudios Churubusco Azteca, S.A.
20. Precio conveniente: Es aquel que se determina a partir de obtener el promedio de los precios preponderantes que resulten de las proposiciones aceptadas técnicamente en la Licitación, y a éste se le resta el 5%.
21. Precios fijos: Se entiende por precios fijos los que no están sujetos a ninguna variación y se mantienen así desde el momento de la presentación y apertura de las proposiciones hasta la entrega y facturación correspondiente de los bienes.
22. Precio no aceptable: Es aquél que derivado de la investigación xx xxxxxxx realizada, resulte superior en un diez por ciento al ofertado respecto del que se observa como mediana en dicha investigación o en su defecto, el promedio de las ofertas presentadas en esta Licitación.
23. Proveedor: La persona física o moral que celebre contratos o pedidos con “ECHASA” como resultado del presente procedimiento.
24. RLAASSP: Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
25. Sobre cerrado: Cualquier medio que contenga la proposición, cuyo contenido puede ser consultado hasta el inicio del Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones, en términos de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
1. DATOS GENERALES O DE IDENTIFICACIÓN DE LA LICITACIÓN
1.1 Datos de la Convocante
“ECHASA”, en cumplimiento a las disposiciones que establecen el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y el Título Segundo “De los Procedimientos de Contratación”, Capítulo Primero “Generalidades”, Capítulo Segundo “De la Licitación Pública” y los artículos 25, 26 fracción I, 26 bis fracción II, 27, 28 fracción I y 47 de la LAASSP; y los correlativos del RLAASSP; y demás disposiciones relativas vigentes aplicables en la materia, “ECHASA”, a través de la GRMSGyOP dependiente de la Dirección de Administración y Finanzas, ubicada en Xxxxx Xxxxxxx Xx 0, Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxx, X.X. 00000, Xxxxxxxxxx Xxxxxxxx, Xxxxxx, X.X., con teléfono 0000-0000.
Ninguna de las condiciones contenidas en la presente Convocatoria, así como en las proposiciones presentadas por los licitantes podrán ser negociadas.
1.2 Medio que utilizará la Licitación y carácter de la misma
Con fundamento en lo que establece el artículo 26 bis fracción II de la LAASSP, la presente Licitación será de Carácter Nacional Electrónica, por lo cual los licitantes podrán participar en forma electrónica, es decir que podrán presentar sus proposiciones a través de CompraNet por medios remotos de comunicación electrónica.
Participación por medios remotos de comunicación electrónica:
La participación por medios remotos de comunicación electrónica, se hará conforme al Acuerdo por el que se establecen las disposiciones que se deberán observar para la utilización del sistema electrónico de información pública gubernamental denominado CompraNet publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 28 xx xxxxx del año 2011.
Las proposiciones podrán ser enviadas a través de CompraNet disponible en xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx. Dicho sistema generará el sobre con las proposiciones mediante el uso de tecnologías que resguardan la confidencialidad de la información, de tal forma que sea inviolable.
Los licitantes que opten por el envío de proposiciones a través de medios remotos de comunicación electrónica, deberán concluir el envío de éstas y contar con el acuse de recibo electrónico que emita la Secretaría de la Función Pública a través de CompraNet.
Para efectos de transparencia podrán asistir a los actos los interesados a participar, las personas que asistan deberán firmar la lista de asistencia.
1.3 Número de convocatoria
A la presente Convocatoria el CompraNet asignó el número de identificación LA-011L8P001-N36- 2015 y “ECHASA” por su parte le asignó el número de control interno LPN-001-2015
1.4 Ejercicio fiscal
Esta contratación tendrá una vigencia a partir de las 12:00 horas del 30 xx Xxxxx de 2015 a las 12:00 horas del 31 de diciembre de 2015 y se pagará con recursos del ejercicio fiscal 2015. En cumplimiento al artículo 25 de la LAASSP.
1.5 Idioma en el que se presentarán las proposiciones
Las proposiciones invariablemente deberán presentarse en idioma español, así como todos y cada uno de los documentos (manuales, instructivos y/o folletos) que acompañen la propuesta y el Anexo Técnico de la presente Convocatoria, en caso de que no haya existencia en este idioma de los documentos, estos serán acompañados con su traducción simple al español.
1.6 Disponibilidad presupuestaria
“ECHASA” integró en su proyecto de presupuesto 2015, los recursos necesarios para la contratación de este servicio, conforme al artículo 25 de la LAASSP.
La Gerencia de Recursos Materiales, Servicios Generales y Obra Pública, en su calidad de área requirente de servicio, cubrirá las erogaciones que se deriven de la presente licitación, conforme al presupuesto aprobado para el ejercicio fiscal 2015.
1.7 Procedimiento financiado con créditos externos
No aplica
2. OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN
2.1. Descripción de los servicios.
“ECHASA” requiere realizar la Contratación del Servicio de Aseguramiento de Bienes Patrimoniales de Estudios Churubusco Azteca, S.A. para el ejercicio fiscal 2015, conforme a las características y especificaciones que se señalan en el Anexo Técnico el cual forma parte integrante de la presente Convocatoria.
2.2. Partida que integra la Licitación
El objeto del servicio que se solicita en la presente Licitación se integra de una partida única misma que se especifica en el Anexo Técnico de la presente Convocatoria.
2.3. Precio máximo de referencia
No aplica.
2.4. Normas Oficiales
Si bien es cierto que en la realización del servicio de la presente Licitación no le aplican Normas Oficiales Mexicanas, Normas Mexicanas, Normas Internacionales o Normas de referencia o especificaciones, conforme a la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, los licitantes deberán de presentar un escrito donde se comprometen al cumplimiento de aquellas normas que directa o indirectamente se relacionen con los servicios objeto de la presente Licitación.
2.5. Método de pruebas
No aplica.
2.6. Tipo de contrato
Con fundamento en el artículo 44 de la LAASSP, el contrato que se derive de la presente Licitación, será un contrato cerrado a precio fijo.
2.7. Modalidad de contratación
No aplica
2.8. Forma de adjudicación
La presente Licitación será adjudicada por partida completa, el cual deberá asegurar a “ECHASA” la prestación del 100% del servicio solicitado y las mejores condiciones en cuanto a calidad del servicio, precio, financiamiento, oportunidad, optimización, y que reúna las condiciones legales, técnicas y económicas requeridas por “ECHASA”, siendo obligatorio para los licitantes cotizar la totalidad del servicio requerido.
2.9. Modelo de contrato
Forma parte integrante de la presente Convocatoria como Anexo 2 “Modelo del contrato”.
3. FORMA Y TÉRMINOS QUE REGIRÁN LOS DIVERSOS EVENTOS DE ESTE PROCEDIMIENTO
3.1 Reducción de plazos
Conforme a lo señalado en el penúltimo párrafo del articulo 32 de “La Ley” y penúltimo párrafo del artículo 43 del Reglamento este procedimiento será con reducción de plazos para la entrega de proposiciones.
3.2 Calendario de actos y lugar donde se desarrollarán los eventos
Evento | Fecha y Hora |
Fecha de publicación en CompraNet | 16 / 04 / 15 |
Visita a las instalaciones | Conforme al punto 3.2.1 de la Convocatoria |
Junta de aclaraciones | 21 / 04 / 15, 10:00 horas |
Presentación y apertura de proposiciones | 28 / 04 / 15 a las 10:00 horas |
Fecha de fallo | 29 / 04 / 15, 17:00 horas |
Firma del instrumento jurídico | Dentro de los 15 días naturales posteriores a la notificación del fallo. |
De conformidad con el artículo 26 penúltimo párrafo de la LAASSP, a los actos de esta licitación pública Electrónica todos los actos se operarán a través de CompraNet, el evento formal de cada acto, se realizará en la Sala de Juntas de la Dirección de Administración y Finanzas, ubicada en Atletas No. 2, Colonia Country Club, C.P. 04220, Delegación Coyoacán, México, D.F., podrá asistir cualquier persona en calidad de observador que manifieste su interés de estar presente en dichos actos bajo la condición de registrar su asistencia y abstenerse de intervenir en cualquier forma en el desarrollo de los mismos.
Igualmente, podrán asistir representantes de las Cámaras, Colegios o Asociaciones Profesionales u otras Organizaciones no Gubernamentales.
De conformidad con la fracción II del artículo 26 Bis de la LAASSP, solo se permitirá la participación de los licitantes a través de CompraNet, se utilizarán medios de comunicación electrónica y las comunicaciones producirán los efectos que señala el artículo 27 de la LAASSP.
La o las juntas de aclaraciones, el acto de presentación y apertura de proposiciones y el acto de fallo, sólo se realizarán a través de CompraNet y sin la presencia de los licitantes en dichos actos.
3.2.1 Visita a las instalaciones
a) Visita a las instalaciones de la Convocante
No aplica.
b) Visita a las instalaciones de los licitantes
“ECHASA” durante cualquier fase del procedimiento de la Licitación podrá visitar las instalaciones de los licitantes para corroborar su existencia; así como realizar las investigaciones y/o compulsas que considere necesarias para verificar la veracidad de la información proporcionada.
3.2.2 Junta de aclaraciones
Con fundamento en el artículo 33 bis de la LAASSP, 45 fracción II y 46 fracción II del RLAASSP y con el objeto de atender las dudas y planteamientos de los interesados en participar en el presente procedimiento, “ECHASA” celebrará al menos una junta de aclaraciones, siendo optativa para los interesados la asistencia a este acto, considerándose que quienes no se presenten aceptan todos los acuerdos tomados en dicho acto, sin perjuicio para “ECHASA”.
En caso de determinarse que habrá, una o más juntas de aclaraciones, se hará constar en el acta respectiva especificando hora y fecha de su celebración.
Las personas que pretendan solicitar aclaraciones a los aspectos contenidos en esta Convocatoria, deberán enviar un escrito en el que expresen su interés en participar en la presente Licitación, por si o en representación de un tercero; y deberán manifestar el nombre, domicilio, Registro Federal de Contribuyentes, teléfonos del interesado y, en su caso, el del representante. Los licitantes que formulen solicitudes de aclaración, deberán enviarlas a través de CompraNet en archivo electrónico formato Word o PDF debidamente firmado de manera autógrafa por el representante legal y deberán ser enviadas a partir de la publicación de la Convocatoria y a más tardar 24 horas antes a la fecha y hora establecida para la Junta de Aclaraciones.
La Convocante abrirá la bóveda de CompraNet, 24 horas previas a la fecha de la celebración de la junta de aclaraciones para verificar si llegaron preguntas y el escrito en el que expresen su interés en participar en la Licitación, por si o en representación de un tercero.
El día de la celebración de la Junta de Aclaraciones se volverá a abrir la bóveda para verificar si llegaron preguntas posteriores a este lapso, las cuales no serán contestadas al no cumplir con el tiempo estipulado en el artículo 33 bis de la LAASSP y solamente se responderán las solicitudes de aclaración que hayan llegado por CompraNet, en el tiempo y forma establecidos con anterioridad.
De conformidad con lo establecido en el artículo 33 de la LAASSP, cualquier modificación a la Convocatoria de la Licitación, incluyendo las que resulten de la o las juntas de aclaraciones, formarán parte de la Convocatoria y deberán ser consideradas por los licitantes en la elaboración de su proposición.
Con el envío de las respuestas a que se refiere el párrafo anterior, “ECHASA” informará a los Licitantes atendiendo al número de solicitudes de aclaración contestadas, el plazo que éstos tendrán para formular las preguntas que consideren necesarias únicamente con relación con las respuestas remitidas. Dicho plazo no podrá ser inferior a seis ni superior a cuarenta y ocho horas. Una vez recibidas las preguntas, XXXXXX informará a los Licitantes el plazo máximo en el que enviará las respuestas correspondientes
3.2.3 Presentación y Apertura de Proposiciones
De conformidad con los artículos 34 de la LAASSP, 48 y 50 del RLAASSP, los licitantes deberán presentar a través de CompraNet las proposiciones que incluyan lo solicitado en el numeral 6 de esta Convocatoria, con fundamento en el artículo 47 del RLAASSP los interesados en participar en el mismo deberán registrarse.
La presentación y firma de proposiciones exclusivamente será a través de CompraNet, además de la firma autógrafa, los licitantes nacionales deberán utilizar la firma electrónica avanzada que emite el Servicio de Administración Tributaria para el cumplimiento de obligaciones fiscales, los cuales producirán los mismos efectos que las Leyes otorgan a los documentos correspondientes y tendrán el mismo valor probatorio en cumplimiento al artículo 27, último párrafo de la LAASSP.
Las proposiciones enviadas por medios remotos de comunicación electrónica deberán elaborarse conforme a lo señalado en esta Convocatoria en formatos Word, Excel, PDF, o, en su caso, utilizar archivos de imagen tipo JPG o GIF.
Preferentemente, identificarán cada una de las páginas que integran las proposiciones con los datos siguientes: clave del Registro Federal de Contribuyentes, número de Licitación y número de página, cuando ello técnicamente sea posible; dicha identificación deberá reflejarse, en la impresión que se realice de los documentos durante el acto de presentación y apertura de las proposiciones.
De conformidad con el artículo 50 del RLAASSP, las proposiciones presentadas deberán estar foliadas en todas y cada una de las hojas, se numerarán de manera individual la propuesta técnica y la propuesta económica, así como el resto de los documentos que entregue el licitante.
A la hora señalada para la celebración de este acto, se dará inicio al mismo y se desarrollará de la siguiente forma:
El servidor público de “ECHASA” facultado para presidir el acto, declarará su inicio y será la única persona facultada para tomar todas las decisiones durante su realización.
Se darán a conocer los nombres de los interesados en participar que se hayan registrado al inicio del mismo, incluyendo observadores y en su caso los testigos sociales asistentes al acto.
Una vez iniciado el acto, se realizará a la apertura de la bóveda de CompraNet a efecto de verificar las proposiciones recibidas y se procederá a la apertura de los sobres generados mediante el sistema, en el supuesto de que durante el acto de presentación y apertura de proposiciones, por causas ajenas a la voluntad de la Secretaría de la Función Pública o de la Convocante, no sea posible abrir los sobres que contengan las propuestas enviadas por CompraNet, el acto se reanudará a partir de que se restablezcan las condiciones que dieron origen a la interrupción.
Cuando el archivo electrónico en el que se contengan las proposiciones y/o demás información no pueda abrirse por tener algún virus informático o por cualquier otra causa ajena a la dependencia o entidad, se tendrán como no presentadas, de conformidad con lo previsto en el numeral 29 del Acuerdo por el que se establecen las disposiciones que se deberán observar para la utilización del Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental denominado CompraNet.
La apertura de los sobres recibidos por medios remotos de comunicación electrónica se efectuará de conformidad con lo señalado en los artículos 47 y 48 del RLAASSP y se hará constar la documentación presentada sin entrar al análisis de su contenido, el cual se efectuará posteriormente durante el proceso de evaluación de propuestas, por lo que en términos de la fracción III del mencionado artículo 48 del RLAASSP, no se podrá desechar ninguna propuesta durante este acto.
“ECHASA” levantará el acta correspondiente que servirá de constancia de la celebración del Acto de Apertura de Proposiciones y se hará constar el importe total de la partida única de cada una de las proposiciones presentadas, así mismo se señalará fecha y hora en que se dará a conocer el fallo de la Licitación. El acta será firmada por los asistentes, a los cuales se les entregará copia simple de la misma. La falta de firma de algún licitante no invalidará su contenido y efectos.
3.2.4 Comunicación del fallo.
La fecha del fallo se efectuará el día y hora señalados en el punto 3.2 del numeral 3. “Forma y términos que regirán los diversos actos de este procedimiento” de la presente Convocatoria, se llevará a cabo conforme lo siguiente:
Se dará a conocer el fallo de la Licitación a través de los medios de comunicación electrónica CompraNet, mediante el acta de notificación del fallo de la Licitación la cual contendrá la información referida en el artículo 37 de la LAASSP, en su caso, de los anexos correspondientes, dicha acta será firmada por los servidores públicos.
Al finalizar cada evento (Junta de Aclaraciones, Presentación y Apertura de Proposiciones y Notificación de Fallo) se pondrá una copia del acta correspondiente, para efectos de notificación y a disposición de los licitantes por un término no menor de cinco días hábiles posteriores a cada acto, en el pizarrón de avisos de la Gerencia de Recursos Materiales, Servicios Generales y Obra Pública, ubicada en el Edificio Hermanos Xxxxx, cita en Atletas No. 2, Colonia Country Club, Delegación Coyoacán, C.P. 04220, México D.F., siendo responsabilidad exclusiva de los licitantes acudir a enterarse de su contenido y en su caso obtener copia en la Gerencia de Recursos
Materiales, Servicios Generales y Obra Pública ubicada en el domicilio antes citado, durante el mismo plazo señalado anteriormente, de 09:00 a 14:00 horas en días hábiles.
Así mismo, las actas correspondientes se difundirán en CompraNet. Este procedimiento sustituye a la notificación personal.
Los licitantes que hubieren presentado proposiciones por medios remotos de comunicación electrónica, aceptarán que se tendrán por notificados de las actas que se levanten, cuando éstas se encuentren a su disposición a través del sistema CompraNet, en la dirección electrónica xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxx/xxxxx.xxxx, a más tardar el día hábil siguiente en que se celebre cada evento, sin menoscabo de que puedan acudir a recoger las actas en el domicilio de la Convocante.
3.2.5 Firma del instrumento jurídico
A fin de cumplir con lo dispuesto en los artículos 46 de LAASSP y 39 fracción III, inciso b) del RLAASSP, el contrato será firmado dentro de los 15 días naturales siguientes a la notificación del fallo, en la Gerencia de Recursos Materiales, Servicios Generales y Obra Pública, ubicada en Atletas No. 2, Colonia Country Club, Delegación Coyoacán, C.P. 04220, México D.F., previamente a la firma del instrumento jurídico, el licitante adjudicado deberá presentar en la Gerencia de Recursos Materiales, Servicios Generales y Obra Pública, en el domicilio antes citado, la documentación legal administrativa que se enlista a continuación en original para cotejo y 2 (Dos) copias:
PERSONA MORAL | PERSONA FÍSICA |
Cédula del Registro Federal de Contribuyentes. | Cédula del Registro Federal de Contribuyentes. |
Escritura pública en la que conste que fue constituida conforme a las Leyes Mexicanas y que tiene su domicilio en el Territorio Nacional con la constancia de inscripción en el Registro Público de Comercio y en su caso sus reformas o modificaciones que haya sufrido, que contenga el poder que se otorgue al representante legal, para la celebración de actos de administración o poder especial para suscribir pedidos o contratos o bien para llevar a cabo todos los trámites derivados de procedimientos o adjudicación en el Gobierno Federal o su equivalente | Clave Única de Registro de Población |
Acta de nacimiento o, en su caso, carta de naturalización respectiva, expedida por la autoridad competente, así como la documentación con la que acredite tener su domicilio legal en el Territorio Nacional. | |
Identificación oficial vigente con fotografía del Representante Legal (Cartilla del Servicio Militar Nacional, Pasaporte, Credencial para votar o Cédula Profesional) | Identificación oficial vigente con fotografía de la persona física. (Cartilla del Servicio Militar Nacional, Pasaporte, Credencial para votar o Cédula Profesional) |
Comprobante de Domicilio (actualizado) | Comprobante de Domicilio (actualizado) |
En cumplimiento al artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación y de conformidad con la regla
2.1.27. de la Resolución Miscelánea Fiscal para el año 2015 (publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 30 de diciembre de 2014), el licitante adjudicado deberá presentar en la Gerencia de Recursos Materiales, Servicios Generales y Obra Pública ubicada en Atletas No. 2, Colonia Country Club, Delegación Coyoacán, C.P. 04220, México D.F., dentro de los 2 días hábiles posteriores a la fecha de notificación del fallo el documento vigente expedido por el SAT, en el que se emita la opinión positiva del cumplimiento de obligaciones fiscales en términos de lo dispuesto por la regla 2.1.35 (Escrito 2).
El licitante adjudicado que no firme el contrato por causas imputables al mismo, será sancionado por la Secretaría de la Función Pública, en los términos de los artículos 59 y 60 de la “LAASSP” y 109 del “RLAASSP”.
Cuando el licitante que resultó adjudicado no se presente a firmar el contrato dentro del plazo anteriormente señalado, por causas imputables a él, “ECHASA” sin necesidad de un nuevo procedimiento, adjudicará el contrato al participante que haya obtenido el segundo lugar, siempre que la diferencia en precio con respecto a la proposición inicialmente adjudicada no sea superior a un margen del 10% de conformidad a lo establecido en el Artículo 46 de la LAASSP.
ECHASA”, para firmar el contrato con el proveedor que resulte adjudicado, proporcionará toda la documentación requerida en la Resolución por la que se expiden las Disposiciones de carácter general, a que se refiere el artículo 140 de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros, publicada el día 19 de julio de 2012, en el Diario Oficial de la Federación, la disposición cuarta de esta resolución obligatoria, establece que las Instituciones de Seguros, deberán tener integrado un expediente de identificación del cliente, previamente a la celebración de contratos de cualquier tipo, que contenga cuando menos para el sector público los siguientes datos:
Acta constitutiva de ECHASA
Comprobante de domicilio
Denominación o razón social: Estudios Churubusco Azteca, S.A.
Actividad u objeto social: Toda clase de servicios y ejecución de todo género de actos tendientes a desarrollar la industria cinematográfica
Registro Federal de Contribuyentes: ECA501108P74
Domicilio: Xxxxxxx Xx. 0, Xxx. Xxxxxxx Xxxx, XX 00000, Xxx. Xxxxxxxx, Xxxxxx, X.X.
Teléfonos: 55.49.30.60
Correo electrónico: xxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx y xxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.
Poder Notarial del representante legal de ECHASA
C. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxx, Director General de Estudios Churubusco Azteca, S.A.
Asimismo, se proporcionará copia certificada del testimonio de poder de quien firma, o bien constancia del nombramiento de la persona que con su firma pueda obligar a “ECHASA” y la identificación personal y comprobante de domicilio, para cotejo de la copia fotostática con sus originales y/o copias certificadas.
La disposición quinta de las citadas disposiciones, establece que las aseguradoras solo podrán suscribir contratos de cualquier tipo hasta que sus clientes hayan cumplido satisfactoriamente con los requisitos de identificación solicitados.
Es importante mencionar que estas disposiciones administrativas son de observancia general y obligatoria para todas las Instituciones Aseguradoras que operan en México.
Derivado de la circular única de seguros emitida por la S.H.C.P. de fecha 8 de noviembre de 2010 y su última modificación realizada el 6 de febrero de 2015, todos los contratos de adhesión y no- adhesión deberán incluir la siguiente cláusula:
“Durante la vigencia de la póliza, el contratante podrá solicitar por escrito a la Institución de Xxxxxxx que le informe el porcentaje de la prima que, por concepto de comisión o compensación directa, corresponda al intermediario o persona moral por su intervención en la
celebración de este contrato. La Institución proporcionará dicha información, por escrito o por medios electrónicos, en un plazo que no excederá xx xxxx días hábiles posteriores a la fecha de recepción de la solicitud.”
Por lo cual se incluirá la cláusula en la póliza y/o contrato de la o las partidas adjudicadas.
Conforme a lo establecido en el artículo 46 de la LAASSP, los derechos y obligaciones que se deriven del instrumento jurídico respectivo, no podrán ser transferidos por el licitante adjudicado en favor de cualquier otra persona, con excepción de los derechos de cobro, en cuyo caso se deberá contar con el consentimiento de “ECHASA”.
3.3 Recepción de proposiciones vía servicio postal o mensajería
Para el presente procedimiento NO se recibirán proposiciones enviadas a través de servicio postal o de mensajería.
3.4 Vigencia de las Proposiciones
Una vez recibidas las proposiciones en la fecha, hora y lugar establecidos, éstas no podrán retirarse o dejarse sin efecto, por lo que se considerarán vigentes dentro del procedimiento hasta su conclusión.
3.5 Proposiciones conjuntas
Dos o más personas podrán presentar conjuntamente proposiciones sin necesidad de constituir una sociedad, o una nueva sociedad en caso de personas xxxxxxx, siempre que para tales efectos, en la propuesta y en el contrato se establezcan con precisión las obligaciones de cada una de las partes, así como la manera en que se exigiría su cumplimiento. (Artículo 34, tercer párrafo de la LAASSP).
Además de considerar lo dispuesto en el artículo 44 del RLAASSP, los interesados deberán cumplir los siguientes aspectos:
1. Los licitantes deberán cumplir con todos los requisitos técnicos solicitados, ya sea separada o conjuntamente, su proposición deberá de precisar las obligaciones de cada uno de los consorciados frente a la convocante de tal manera que se cumpla al cien por ciento con todos los requisitos que se incluyen en esta Convocatoria y señalando la responsabilidad de cada una de ellas para la prestación del servicio.
2. Asimismo, los interesados que presenten en forma conjunta (grupo) proposiciones, deberán presentar de manera individual toda la documentación solicitada en el punto 6.3. del numeral 6 “Documentos que deben presentar los licitantes” de esta Convocatoria.
3. La propuesta deberá ser firmada por el representante común que para este acto haya sido designado por el grupo de personas autógrafamente. (Artículo 34, tercer párrafo de la LAASSP).
3.6 Propuesta única por licitante
Los licitantes solo podrán presentar una proposición por la partida completa para la presente Licitación.
3.7 Presentación de documentación
Los licitantes deberán presentar sus proposiciones vía electrónica, enviando por ese mismo medio la documentación que conforma las propuestas técnica, económica y documentación legal administrativa o cualquier otro documento que forme parte de su proposición.
3.8 Registro y revisión preliminar
No aplica.
3.9 Acreditación de existencia legal
Los licitantes deberán de acreditar su existencia legal y en su caso el de la personalidad jurídica de su representante legal, para cumplir con la información requerida, podrá elaborarse tomando como modelo el Formato D de la presente Convocatoria.
3.10 Parte o partes de las proposiciones que se rubricarán en el Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones
“ECHASA” designará al servidor público que rubricará los documentos que integran las proposiciones técnicas y económicas presentadas por los licitantes sin incluir la documentación legal y de carácter administrativo.
3.11 Indicaciones relativas al fallo y firma del contrato
La fecha del fallo y la firma del contrato se efectuarán conforme a lo señalado en punto 3.2 del numeral 3. “Forma y términos que regirán los diversos eventos de este procedimiento” de esta Convocatoria.
3.12 Garantías
3.12.1 Garantía de cumplimiento
De conformidad con los artículos 14 y 62 de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros, estas instituciones se encuentran impedidas para garantizar el cumplimiento de las obligaciones que contraigan con motivo de los contratos que celebren con los usuarios de los servicios de aseguramiento que prestan, por lo que no es posible exigir a dichas instituciones que otorguen la garantía de cumplimiento de contrato a que se refiere el artículo 48 fracción II de la Ley, ya que tal obligación implicaría para las referidas instituciones de seguros constituir una doble garantía, independientemente de que incurrirían en violación a las disposiciones que regulan su organización y funcionamiento.
3.13 Forma de pago
Los pagos correspondientes al servicio objeto de esta licitación, se realizarán en una sola exhibición previa prestación y aceptación de los servicios, dentro de los veinte días posteriores a la presentación de los comprobantes fiscales autorizados por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) en la Gerencia de Recursos Materiales, Servicios Generales y Obra Pública, sita en Atletas No. 2, Colonia Country Club, Delegación Coyoacán, C.P. 04220, México D.F., para tal efecto el proveedor deberá, sin excepción alguna, presentar la documentación consistente en:
• Comprobantes fiscales autorizados por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y/o recibo de cada póliza de seguro que emite el proveedor.
En caso de que la factura y/o recibo entregada por el proveedor para su pago, presente errores o deficiencias, “ECHASA”, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su recepción, indicará por escrito al proveedor las deficiencias que deberá corregir. El periodo que transcurra a partir de la entrega del citado escrito y hasta que el proveedor presente las correcciones, no se computará para efectos del artículo 51 de la LAASSP.
La Tesorería de la Federación realizará el pago de los servicios, a través de depósito bancario en la cuenta del licitante adjudicado hasta por un plazo de 20 días naturales siguientes de recibida la documentación requerida por la Gerencia de Recursos Materiales, Servicios Generales y Obra Pública, a su entera satisfacción, en el entendido que este quedará condicionado proporcionalmente, al pago que el proveedor deba efectuar en su caso, por concepto xx xxxxx convencionales por atraso.
“ECHASA”, no otorgará anticipos.
“ECHASA” cubrirá únicamente el Impuesto al Valor Agregado, por lo que otros impuestos y derechos estarán a cargo del licitante.
El pago de los servicios quedará condicionado, al pago que el Proveedor deba efectuar en su caso, por concepto xx xxxxx convencionales y/o deducciones.
El proveedor podrá, a su elección, adherirse al Programa xx Xxxxxxx Productivas del Gobierno Federal, cuya información se incorpora a la presente convocatoria como Escrito 3, conforme se establece en las Disposiciones Generales a las que deberán sujetarse las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal para su incorporación al Programa xx Xxxxxxx Productivas de Nacional Financiera, S.N.C., Institución de Banca de Desarrollo, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de febrero de 2007, con el propósito de obtener capacitación y asistencia técnica, así como el acceso a la liquidez mediante financiamiento oportuno con tasas de interés preferencial y garantías mínimas, sobre facturas en trámite de pago, para mayor información consultar la página: xxx.xxxxx.xxx/xxxxxxxx/?/xxxxxxxxxxxxxx&
No se aceptarán condiciones de pago diferentes a las establecidas anteriormente y no se otorgará anticipo alguno y las facturas que se presenten deberán cumplir con los requisitos que estipula el Código Fiscal de la Federación en sus artículos 29 y 29 A.
Tratándose de pagos en exceso que haya recibido el proveedor se estará a lo dispuesto en el tercer párrafo del artículo 51 de la LAASSP.
3.14 Penas convencionales y deducciones
3.14.1 Pena convencional.
“ECHASA” en términos de lo previsto por el artículo 53 de la LAASSP y 96 del RLAASSP, aplicará al proveedor adjudicado penas convencionales del 2% del total de la facturación antes de I.V.A., establecido en el contrato y será por cada día de atraso en que incurra en el incumplimiento de las obligaciones de los estándares del servicio establecidos en Apartado B del Anexo Técnico, aplicando una u otra penalización pero nunca las dos.
Una vez que sea notificada la penalización a través del oficio correspondiente, para el pago de la misma, el proveedor contará con un plazo que no excederá de cinco días hábiles contados a partir de la fecha de recepción de la notificación, cuyo pago se realizará a través de cheque de caja o certificado a favor de la Tesorería de la Federación (cerrado a pesos, el monto se ajustará para que las que contengan cantidades que incluyan de 1 hasta 50 centavos se ajusten a la unidad inmediata anterior y las que contengan de 51 a 99 centavos, se ajusten a la unidad inmediata superior), o bien, en efectivo en la Gerencia de Planeación, Programación y Presupuesto de “ECHASA” , quien emitirá el recibo correspondiente.
Además de las sanciones convenidas, se aplicarán las demás que procedan, de conformidad con lo estipulado en el artículo 53 de la “LAASSP”, los artículos 95 y 96 del “RLASSSP”, así como en las “POBALINES” vigentes en “ECHASA”.
3.14.2 Deducciones.
No aplica.
3.15 Terminación anticipada
“ECHASA” se reserva el derecho de terminar anticipadamente el contrato sin responsabilidad para ella, cuando concurran razones de interés general, cuando por causas justificadas se extinga la necesidad de los servicios originalmente contratados y se demuestre que de continuar con el cumplimiento de las obligaciones pactadas, se ocasionaría algún daño o perjuicio al Estado, o, cuando se determine la nulidad total o parcial de los actos del procedimiento, con motivo de la resolución de una inconformidad emitida por la Secretaría de la Función Pública, sin responsabilidad alguna para “ECHASA” y mediante dictamen, ésta sustentará tales razones o las causas justificadas que dieron origen a la misma, así como en su caso, en estos supuestos la convocante previa solicitud por escrito reembolsará Proveedor, los gastos no recuperables en que haya incurrido, siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el procedimiento.
3.16 Rescisión Administrativa del Contrato
Cuando el licitante adjudicado incumpla con las obligaciones pactadas en esta Convocatoria y en el Contrato, se procederá a la rescisión administrativa del mismo sin necesidad de Declaración Judicial previa, de conformidad a lo establecido en el Artículo 54 de la “LAASSP” y el apartado 4.3.5. del Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, si el Proveedor incurriera en cualquiera de los siguientes casos, de manera enunciativa:
a) Cuando el Proveedor adjudicado incumpla en forma, plazo y términos sus obligaciones en lo relativo a la prestación de los servicios pactados en este contrato.
b) Si se declara en concurso mercantil, o si hace cesión de los servicios en forma que afecte el contrato adjudicado.
c) En caso de que el Proveedor no proporcione a “ECHASA” los datos necesarios que le permita la inspección, vigilancia, supervisión comprobación de que el servicio, está siendo prestado de conformidad con lo establecido en el contrato, su Anexo Técnico, y en lo contenido en el Acta de Junta de Aclaraciones.
d) Si subcontrata el servicio materia de esta Licitación.
e) Por el incumplimiento total o parcial de las obligaciones a cargo del Proveedor previstas en el contrato adjudicado.
f) Cuando se incumplan o contravengan las disposiciones de la “LAASSP”, su Reglamento, y los lineamientos que rigen en la materia.
g) Cuando el licitante adjudicado incurra en responsabilidad por errores u omisiones en su actuación.
h) Cuando el Proveedor incurra en negligencia respecto al servicio pactado en el contrato adjudicado, sin justificación para “ECHASA”.
i) Por incumplimiento de los requisitos para formalizar el contrato.
j) Cuando se agote el monto límite de aplicación de las penas convencionales pactadas en el contrato adjudicado.
k) Si “ECHASA” o cualquier otra autoridad detecta que el Proveedor proporcionó información o documentación falsa, falsificada o alterada en el procedimiento de adjudicación del contrato o en la ejecución del mismo.
l) La falta de respuesta por parte del Proveedor en el supuesto de que “ECHASA” le formule una reclamación con motivo de la prestación del servicio.
m) En caso de que el Proveedor pretenda modificar los precios del servicio materia de la presente Licitación o durante la vigencia del contrato adjudicado, sin autorización de “ECHASA”.
4. REQUISITOS QUE LOS LICITANTES DEBEN CUMPLIR
Para efectos de lo anterior, los licitantes deberán considerar lo siguiente:
4.1 Entregar la documentación o información a que se refiere el punto 6 de esta Licitación, en la hora señalada en punto 3.2. del numeral 3, “Forma y términos que regirán los diversos eventos de este procedimiento” a través de CompraNet.
4.2 Deberán presentar sus propuestas debiendo sujetarse a los requisitos de la presente Convocatoria y sus Anexos.
4.3 La firma de las proposiciones técnicas y económicas será de forma autógrafa y por tratarse de un procedimiento electrónico se emplearán los medios de identificación electrónica que establezca la Secretaría de la Función Pública (Para la presentación y firma de proposiciones a través de CompraNet, los licitantes nacionales deberán utilizar la firma electrónica avanzada que emite el Servicio de Administración Tributaria para el cumplimiento de obligaciones fiscales).
4.4 Cada uno de los documentos que integren la proposición y aquéllos distintos a ésta, deberán estar foliados en todas y cada una de las hojas que las integren. Al efecto, se deberán numerar de manera individual las propuestas técnica y económica, así como el resto de los documentos que entregue el licitante.
En el caso de que alguna o algunas hojas de los documentos mencionados en el párrafo anterior carezcan de folio y se constate que la o las hojas no foliadas mantienen continuidad, “ECHASA” no podrá desechar la proposición. En el supuesto de que falte alguna hoja y la omisión pueda ser cubierta con información contenida en la propia proposición o con los documentos distintos a la misma, “ECHASA” tampoco podrá desechar la proposición.
4.5 La propuesta técnica podrá presentarse conforme al Formato A-1, de la presente Convocatoria o en formato libre donde se describirán de manera clara y precisa, las características técnicas mínimas de los servicios requeridos en el Anexo Técnico, sin indicar el costo.
4.6 La propuesta económica podrá presentarse conforme al Formato A-2 de la presente Convocatoria o en formato libre incluyendo todos los datos e información requerida en dicho formato.
4.7 El precio unitario será fijo a partir de la entrega de la proposición y durante la vigencia del contrato y no estará sujeto a disminución o incremento.
4.8 Las propuestas que no contengan los requisitos que se enlistan a continuación, mismos que se consideran indispensables para evaluar las proposiciones, los cuales afectarán su solvencia y serán desechadas:
a) Numeral 6 “Documentos que deben presentar los licitantes” punto 6.1. Propuesta técnica incisos a), b), c), d), e), f), g), h), i), j), k) l), y m).
b) Numeral 6 “Documentos que deben presentar los licitantes” punto 6.2. Propuesta Económica Formato A-2,
c) Numeral 6 “Documentos que deben presentar los licitantes” punto 6.3. Documentación Legal-Administrativa Incisos a), c), d), f), g), h), i), j), k), l) y m)
4.9 Causas de desechamiento de propuestas.
Serán causas de desechamiento de las proposiciones las siguientes:
a) La falta de cualquiera de los documentos y/o el incumplimiento de cualquiera de los requisitos que afecten la solvencia de la proposición o información establecida en esta Convocatoria, por ser considerados indispensables conforme lo establecido en la fracción IV del artículo 39 del RLAASSP.
b) La comprobación de que algún licitante ha acordado con uno u otros elevar el costo de los servicios o cualquier otro acuerdo que tenga como fin obtener ventaja sobre los demás licitantes.
c) En caso de omisión en la entrega de la información solicitada en los anexos de la presente Convocatoria o que varíe el significado de lo solicitado.
d) “ECHASA” podrá desechar la propuesta económica, cuando los precios ofertados resulten no convenientes o no aceptables de conformidad con lo establecido en los artículos 2, fracciones XI y XII de LAASSP y 51 del RLAASSP.
e) Si de las visitas efectuadas, investigaciones y/o compulsas realizadas, se comprueba que algún licitante presentó documentación falsa y/o proporcione información no verídica o se obtenga información respecto a incumplimientos o deficiencias en los servicios proporcionados por parte del licitante.
f) Será causa de desechamiento que la oferta económica, incluido el costo de las primas de seguros, consideren cualquier cargo por concepto de comisiones, intermediación de seguros o figura análoga a agentes o intermediarios conforme a lo establecido en el numeral 43 del Capítulo IV “ASEGURAMIENTO” del ACUERDO por el que se establecen las disposiciones en Materia de Recursos Materiales y Servicios Generales.
5. CRITERIOS PARA LA EVALUACIÓN DE PROPOSICIONES
Los criterios de evaluación que “ECHASA” tomará en consideración, son los siguientes:
5.1. Criterios generales de evaluación.
a) Con fundamento en el artículo 36 de “LAASSP, las proposiciones que se reciban en el acto de apertura de proposiciones, se evaluarán a través del criterio binario.
b) Con apego en lo establecido por los Artículos 36 y 36 bis de LAASSP, se efectuará la evaluación considerando exclusivamente los requisitos y condiciones establecidos en esta Convocatoria, así como en los requisitos descritos en el anexo técnico que forman parte integrante de la misma, a efecto de que se garantice satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones respectivas.
c) Se comprobará el cumplimiento de los requisitos legales administrativos, técnicos y económicos establecidos en la presente Convocatoria y sus anexos.
d) Se verificará la congruencia entre la propuesta técnica y el Anexo Técnico, así como la propuesta económica de cada licitante.
e) La Convocante podrá verificar la información y referencias proporcionadas por los licitantes; asimismo se reserva el derecho de solicitar referencias a los clientes presentados en el currículum de cada licitante.
f) Será requisito indispensable para la evaluación que los licitantes presenten la totalidad de los documentos cuya presentación es de carácter obligatorio, por lo que si le falta alguno de ellos, su propuesta será desechada.
g) Las condiciones que tengan como propósito facilitar la presentación de las proposiciones y agilizar la conducción de los actos de la licitación, así como cualquier otro requisito cuyo incumplimiento, por sí mismo, o deficiencia en su contenido no afecte la solvencia de las proposiciones, no serán objeto de evaluación, y se tendrán por no establecidas. La inobservancia por parte de los licitantes respecto a dichas condiciones o requisitos no será motivo para desechar sus proposiciones.
h) Entre los requisitos cuyo incumplimiento no afecta la solvencia de la proposición, se considerarán: el proponer un plazo de entrega menor al solicitado, en cuyo caso, de resultar adjudicado y de convenir a la convocante pudiera aceptarse; el omitir aspectos que puedan ser cubiertos con información contenida en la propia propuesta técnica o económica; el no observar los formatos establecidos, si se proporciona de manera clara la información requerida; y el no observar requisitos que carezcan de fundamento legal o cualquier otro que no tenga por objeto determinar objetivamente la solvencia de la proposición presentada. En ningún caso la convocante o los licitantes podrán suplir o corregir las deficiencias de las proposiciones presentadas.
5.2. Criterios de evaluación técnica
a) Se revisará y analizará la documentación solicitada en el numeral 6.1 “Propuesta técnica” de esta Convocatoria, en caso de que no se presenten los documentos conforme a lo solicitado o no sean los requeridos, la proposición será desechada.
b) La evaluación de las proposiciones técnicas será realizada por la Jefatura de Servicios Generales, quien verificará que las proposiciones presentadas, correspondan a las características y especificaciones de los servicios solicitados emitiendo la evaluación correspondiente.
c) De conformidad con lo establecido en el artículo 36 de LAASSP, la Convocante podrá evaluar las dos propuestas que hayan ofertado el precio más bajo sin que sea necesario evaluar las restantes, de no resultar éstas solventes, se evaluarán las que les sigan en precio, lo cual quedará asentado en la evaluación respectiva.
5.3. Criterios de evaluación de la documentación legal administrativa
a) Se revisará y analizará la documentación solicitada en el apartado 6.3 de esta Convocatoria, en caso de que no se presenten los documentos conforme a lo solicitado o no sean los requeridos, la proposición será desechada.
b) El análisis detallado de la documentación legal-administrativa será realizada por la Gerencia de Recursos Materiales, Servicios Generales y Obra Pública, emitiendo la evaluación correspondiente, quien verificará que la documentación presentada corresponda a la solicitada en el numeral 6.3 emitiendo la evaluación correspondiente.
5.4. Criterios de evaluación económica
a) Se verificará que las ofertas presentadas correspondan a las características y especificaciones del servicio solicitado, emitiendo la evaluación correspondiente, en caso de que no se presente conforme a lo solicitado o no sea lo requerido, la proposición será desechada.
b) De conformidad con lo establecido en el artículo 36 de “LAASSP”, la Convocante podrá evaluar las dos propuestas que hayan ofertado el precio más bajo sin que sea necesario evaluar las restantes, de no resultar éstas solventes, se evaluarán las que les sigan en precio, lo cual quedará asentado en la evaluación respectiva.
c) Se elaborarán tablas comparativas de las proposiciones presentadas por los licitantes.
Si al momento de realizar la verificación de los importes de las propuestas económicas, se detecta un error de cálculo en alguna proposición se procederá a llevar a cabo su rectificación, siempre y cuando la corrección no implique la modificación del precio unitario. En caso de discrepancia entre las cantidades escritas con letra y número prevalecerá la primera, por lo que de presentarse errores en los volúmenes solicitados, éstos podrán corregirse.
En los casos previstos en el párrafo anterior, “ECHASA” no desechara la propuesta económica y dejará constancia de la corrección efectuada conforme al párrafo indicado en la documentación soporte utilizada para emitir el fallo que se integrará al expediente de contratación respectivo, asentando los datos que para el efecto proporcione el o los servidores públicos responsables de la evaluación.
d) La evaluación de las proposiciones económicas será realizada por la Gerencia de Recursos Materiales, Servicios Generales y Obra Pública, quien verificará que las proposiciones presentadas correspondan a las características y especificaciones del servicio solicitado, emitiendo la evaluación correspondiente.
e) Se verificará que los precios de las proposiciones presentadas por los licitantes sean aceptables y/o convenientes de conformidad al artículo 51 del RLAASSP.
5.5. Criterios de adjudicación
Con fundamento en el artículo 36 Bis, fracción II de la LAASSP, una vez hecha la evaluación de las proposiciones, se adjudicará la partida y el contrato a la persona física o moral que de entre los licitantes que reúna los requisitos legales-administrativos, técnicos y económicos requeridos y establecidos en la licitación y oferte el precio MAS BAJO para la partida, siempre y cuando éste resulte conveniente o aceptable.
Si derivado de la evaluación de las proposiciones se obtuviera un empate entre dos o más licitantes, se aplicara el criterio de desempate de conformidad con lo previsto en el último párrafo del artículo 36 Bis de la LAASSP, se deberá adjudicar el contrato en primer término a las micros empresas, a continuación se considerará a las pequeñas empresas y en caso de no contarse con alguna de las anteriores, se adjudicará a la que tenga el carácter de mediana empresa.
De subsistir el empate entre licitantes de la misma estratificación de los sectores señalados en el párrafo anterior, o bien, de no haber empresas de este sector y el empate se diera entre licitantes que no tienen el carácter de MIPYMES, se realizará la adjudicación del contrato a favor del licitante que resulte ganador del sorteo por insaculación que realice “ECHASA”, el cual consistirá en depositar en una urna o recipiente transparente, las boletas con el nombre de cada licitante empatado, acto seguido se extraerá en primer lugar la boleta del licitante ganador y posteriormente las demás boletas de los licitantes que resultaron empatados, con lo cual se determinarán los subsecuentes lugares que ocuparán tales proposiciones.
Cuando con posterioridad a la adjudicación de un contrato se presenten circunstancias económicas de tipo general, como resultado de situaciones supervenientes ajenas a la responsabilidad de las partes, que provoquen directamente un aumento o reducción en los bienes aún no entregados o aún no pagados, y que por tal razón no pudieron haber sido objeto de consideración en la propuesta que sirvió de base para la adjudicación del contrato correspondiente, “ECHASA” reconocerá incrementos o requerirá reducciones, conforme a las
disposiciones que en su caso emita la Secretaría de la Función Pública.
6. DOCUMENTOS QUE DEBEN PRESENTAR LOS LICITANTES
6.1 Propuesta técnica.
Los licitantes deberán presentar en papel preferentemente membretado la siguiente documentación debidamente firmada por sí mismo o por persona facultada para ello:
a) Propuesta técnica.- Se describirán de manera clara y precisa, cumpliendo estrictamente con todas y cada una de las especificaciones establecidas en el Anexo Técnico, incluyendo los proyectos de póliza de sus contratos de adhesión, coberturas y condiciones especiales, con un escrito de presentación, en el que manifieste que la oferta se encuentra elaborada conforme a todos y cada uno de los requerimientos señalados en la presente convocatoria a la licitación pública, y de los que se deriven de la junta de aclaraciones al contenido de la presente convocatoria, la propuesta técnica deberá presentarse preferentemente en el Formato A-1 (Propuesta Técnica). Para que esta propuesta se considere en la evaluación será necesario que se encuentre firmada por el representante legal en la última hoja.
b) Curriculum de la empresa que acredite su experiencia cuando menos por un año en la prestación de servicios de seguro de riesgos sobre daños de las partidas en que participe en esta licitación, para lo cual deberán citar nombre, representante de seguros, domicilio y teléfonos de al menos 5 clientes que presenten de referencia, los cuales podrán ser verificados por “ECHASA”, en el entendido que cualquier información que no corresponda debidamente a lo manifestado se tendrá como información equivocada, errónea o falsa lo cual será motivo de descalificación.
c) Escrito original en que manifieste que en caso de resultar adjudicado, a que la vigencia y prestación del servicio será a partir de las 12:00 horas del día 30 xx xxxxx de 2015 a las 12:00 horas del día 31 de diciembre de 2015. Asimismo, que se compromete en caso de resultar adjudicado a proporcionar el servicio solicitado de conformidad a los lugares señalados en el Anexo Técnico.
d) Escrito original en que manifieste que en caso de resultar adjudicado se compromete a entregar una Carta Cobertura, previo al inicio de la vigencia, para cubrir los seguros de los bienes patrimoniales, indicados en esta convocatoria a partir de las 12:00 horas del día 30 xx xxxxx de 2015 a las 12:00 horas del día 31 de diciembre de 2015, debidamente firmada por el representante legal de la empresa, en tanto que se emitan las pólizas correspondientes de la(s) partida(s) adjudicada(s).
e) Copia certificada, de su autorización Vigente, expedida por la Secretaria de Hacienda y Crédito Público, para operar como compañía de seguros en los xxxxx requeridos en la presente licitación.
f) Acreditación de la calidad del servicio que ofrece presentando escrito en papel membretado, firmado por el representante legal en el que manifieste que se representada ha tenido en el promedio de los años anteriores (Índice de Cobertura de Reservas Técnicas a diciembre de 2012 + Índice de Cobertura de Reservas Técnicas a diciembre de 2013)/2 un resultado mayor a 1.3, acompañando al efecto el documento publicado en la página de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas que compruebe lo anterior.
g) Escrito original en que manifieste que se obliga y se compromete en caso de resultar ganador, a cumplir y respetar en forma cabal los servicios, sus características, sus coberturas con la calidad y oportunidad establecidos en los estándares de servicios, debidamente firmado por el representante legal del licitante.
h) De conformidad con el Acuerdo por el que se establecen diversas disposiciones en materia de recursos materiales y servicios generales publicados en el Diario Oficial de la Federación el 16 de Julio de 2010. Última reforma del 3 de Octubre de 2012, los licitantes deberán presentar escrito original detallando la cobertura geográfica con que cuenta la empresa licitante misma que deberá ser acorde con las necesidades de la Convocante.
i) Escrito original en que manifieste la infraestructura humana y tecnológica con que cuenta la empresa licitante, así como aquella que atenderá a “ECHASA”.
j) Escrito original en que manifieste la capacidad de atención al realizarse los eventos materia de indemnización, detallando el procedimiento de siniestros, el cual debe ser personalizado para “ECHASA”, incluyendo tiempos y documentación necesaria que como máximo podrá exigir la aseguradora para el pago de las indemnizaciones en los xxxxx y partidas requeridas en esta licitación, en que participe.
k) Escrito original en que manifieste que dará servicio en toda la República Mexicana, en los xxxxx de los seguros en que haya resultado adjudicado.
l) Escrito original en que manifieste que designará a cuando menos un ejecutivo para la atención de la cuenta (servicios objeto de esta licitación), con poder de decisión en los asuntos relacionados con el Programa de Aseguramiento, en cuanto a la suscripción, emisión, siniestros, altas y bajas y todo lo referente al servicio contratado, quien deberá presentarse en las oficinas de “ECHASA”.
m) Escrito original en que manifieste que en caso de resultar adjudicado, se compromete a emitir un informe trimestral de siniestralidad en todos los xxxxx en medio impreso y magnético; en caso de vehículos indicando expediente, marca, submarca, modelo, tipo, línea, serie completa, número de motor (en su caso) y número de placas; para contenidos, descripción del bien, marca, modelo (en su caso) número de serie (en su caso) y número de inventario.
6.2 Propuesta económica.
Los licitantes deberán presentar su Propuesta económica, conforme lo siguiente:
a) Propuesta económica debiendo detallar los precios unitarios, conforme al Formato A-2
Para que este documento se considere en la evaluación será necesario que cumpla con lo siguiente:
Impresos en papel, preferentemente membretado del licitante, sin tachaduras ni enmendaduras.
Se deberán señalar los precios unitarios con número a dos decimales.
El importe total de la propuesta se deberá de señalar con número y letra a dos
decimales.
Se deberá de desglosar el descuento que estén dispuestos a otorgar.
La moneda en que se cotizara será en moneda nacional (Pesos Mexicanos).
Deberán de ser claros y precisos.
Deberá ser firmada por la persona legalmente facultada para ello en la última hoja de la propuesta que las contenga; por lo que no afectará la solvencia de la propuesta cuando las demás hojas que la integran y sus anexos carezcan de firma, por lo que no podrá desecharse por esta causa.
Los precios cotizados por los servicios objeto de la presente Licitación serán fijos.
6.3 Documentación Legal-Administrativa.
Los licitantes deberán presentar en papel preferentemente membretado la siguiente documentación debidamente firmada por sí mismo o por persona facultada para ello:
a) Xxxx acreditar la personalidad jurídica, bastará con que los licitantes presenten un escrito en el que el firmante manifieste bajo protesta de decir verdad que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o a nombre de su representada. (Formato D).
b) Identificación oficial vigente, del representante legal del licitante que firme la proposición. (Solo se aceptará: Credencial para votar, Xxxxxxxxx, Cédula Profesional o los Formularios FM2 y FM3, estos dos últimos en caso de ser de nacionalidad extranjera)
c) Escrito en el que el licitante manifieste bajo protesta de decir verdad, que es de Nacionalidad Mexicana. (Formato B).
d) Escrito donde se comprometen al cumplimiento de aquellas normas que directa o indirectamente se relacionen con los servicios objeto de la presente Licitación.
e) Escrito en el que el licitante manifieste una dirección de correo electrónico, en caso contrario, deberá indicar en el escrito que no cuenta con el mismo. (Formato E).
f) Declaración escrita en papel membretado bajo protesta de decir verdad, de no encontrarse en los supuestos de los artículos 50 y 60 de la LAASSP. Para que este documento se considere en la evaluación será necesario que se encuentre firmado por el representante legal. (Formato F)
g) Presentar declaración de integridad en la que el licitante manifieste bajo protesta de decir verdad, en formato libre que por sí mismo o a través de interpósita persona, se abstendrá de adoptar conductas, para que los servidores públicos de la dependencia, induzcan o alteren las evaluaciones de las propuestas, el resultado del procedimiento u otros aspectos que otorguen condiciones más ventajosas con relación a los demás participantes, firmada por el licitante o su representante legal. (Formato G).
h) A fin de dar cumplimiento al artículo 34 de RLAASSP y artículo 3 fracción III para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, en su caso deberán presentar
escrito bajo protesta de decir verdad donde manifiesten la clasificación que guarda la empresa, si es micro, pequeña o mediana, conforme al acuerdo por el que se establece la estratificación de este tipo de empresas publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 xx xxxxx de 2009 (Formato C).
i) Escrito original en que manifieste que en términos de lo establecido en los artículos 18 y 19 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, indique cuales son los documentos que contienen información confidencial, reservada o comercial reservada, siempre que tengan el derecho de reservarse la información, de conformidad con las disposiciones aplicables, explicando los motivos de clasificación. (Formato K).
j) Escrito original en que manifieste que de resultar ganador, asumirá la responsabilidad total para el caso de que al prestar los servicios objeto de la presente Licitación infrinjan derechos de Propiedad Industrial o Intelectual de Terceros, en caso de presentarse cualquier reclamación o demanda por violaciones que se causen en materia de Patentes, Franquicias, Marcas o Derechos de Autor, con respecto al servicio, recursos, técnicas y en general cualquier elemento utilizado y se obligan a responder por ello, así como a rembolsar cualquier cantidad que por este motivo se hubiere tenido que erogar “ECHASA”. (Formato I).
k) Escrito original en que manifieste que en caso de resultar adjudicado se compromete a reconocer y acepta que bajo ninguna circunstancia podrá divulgar o dar a conocer a terceros de forma directa ó a través de interpósita persona la información ó documentación que le sea proporcionada por “ECHASA”, para realizar los envíos correspondientes, ya que es información confidencial y propiedad exclusiva del “ECHASA”. (Formato J)
Con fundamento en el artículo 14 fracción VI de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, se considera como información reservada, la que contenga las opiniones, recomendaciones o puntos de Vista que formen parte del proceso deliberativo de los servidores públicos del “ECHASA” durante el procedimiento de licitación, hasta en tanto no sea emitido el fallo respectivo. Los licitantes deberán guardar la más estricta confidencialidad respecto de la información y documentación que con motivo de la presente licitación se genere y en caso de resultar adjudicado, durante la prestación del servicio.
l) En su caso, se deberá presentar el convenio firmado por cada una de las personas que integren una proposición conjunta, indicando en el mismo las obligaciones específicas del contrato que corresponderá a cada una de ellas, así como la manera en que se exigirá su cumplimiento, de conformidad con los artículos 34 de la LAASSP y 44 del RLAASSP.
m) Escrito libre en el cual manifieste que conforme a lo señalado en el numeral 29 del ACUERDO por el que se establecen las disposiciones que se deberán observar para la utilización del Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental denominado CompraNet, la aceptación de dar por no presentada su proposición cuando el o los archivos electrónicos en que se contengan y/o demás información enviada a través de CompraNet, no pueda abrirse por tener algún virus informático o por cualquier causa ajena a la convocante.
7. INCONFORMIDADES
En términos de lo dispuesto por el Artículo 65 y 66 de LAASSP, y conforme a los artículos 62, 79 y 80 del Reglamento interior de la Secretaría de la Función Pública, publicado en Diario Oficial de la
Federación el 15 xx xxxxx de 2009, las personas podrán inconformarse por escrito contra los actos del procedimiento de la presente convocatoria a la licitación pública ante la Secretaría de la Función Pública en el domicilio ubicado en Xxxxxxx Xxxxxxxxxxx Xxx Xx. 0000, Xxx. Xxxxxxxxx Inn, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx C.P. 01020 México, D.F., la cual conocerá de las inconformidades que se promuevan contra dichos actos del procedimiento de esta licitación.
La inconformidad será presentada, a elección del licitante, por escrito o a través de medios remotos de comunicación electrónica mediante el sistema CompraNet a la dirección (xxxx://xxxxxxxxxxxxxxx.XxxxxxXxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxx/xxxxx.xxx), o en las oficinas del Órgano Interno de Control en “ECHASA, ubicado en Atletas No 2, Col. Country Club, Del. Coyoacán, CP 04220 México D.F., por los actos que contravengan las disposiciones que rigen las materias objeto de la LAASSP.
En las inconformidades que se presenten a través de CompraNet, deberán utilizarse medios de identificación electrónica en sustitución de la firma autógrafa.
8. CASOS EN LOS QUE SE DECLARARÁ DESIERTA, SUSPENDERÁ O CANCELARÁ LA LICITACIÓN.
8.1. La Licitación se declarará desierta en los siguientes casos:
a) Si no se recibe la propuesta de cuando menos un licitante en el acto de presentación y apertura de proposiciones.
b) Cuando la totalidad de las proposiciones presentadas no reúnan los requisitos solicitados.
c) Cuando las propuestas presentadas rebasen el presupuesto autorizado para la presente Licitación y la “ECHASA” no esté en condiciones de efectuar reducciones conforme al artículo 56 del RLAASSP.
8.2. Se podrá declarar desierta una partida por las siguientes causas:
a) Cuando no se reciban cuando menos una propuesta para esa partida.
b) Cuando ninguna de las posturas presentadas para la partida reúna los requisitos de esta Convocatoria.
c) Cuando el precio de los servicios ofertados no resulten aceptables o convenientes.
d) Las demás establecidas por el Artículo 38 de la LAASSP.
8.3. La Licitación se suspenderá en los siguientes casos:
a) Se podrá suspender la Licitación cuando la Secretaría de la Función Pública ó el OIC, así lo determinen con motivo de su intervención y de acuerdo a sus facultades. La suspensión deberá de estar debidamente fundada y motivada.
b) Una vez que desaparezcan las causas que motivaron la suspensión, se reanudará la misma, previo aviso a los licitantes.
8.4. Se procederá a la cancelación de la Licitación:
a) Por caso fortuito;
b) Por causa de fuerza mayor;
c) Cuando existan circunstancias, debidamente justificadas, que provoquen la extinción de la necesidad de los servicios requeridos y que de continuarse con el procedimiento de contratación se pudiera ocasionar un daño o perjuicio a “ECHASA”.
Las causas que motiven la cancelación de la Licitación o conceptos, se harán del conocimiento de los licitantes.
9. TRANSPARENCIA
El llenado de la encuesta de transparencia que aparece en el Formato L de la presente convocatoria es opcional, por lo que en el caso de no ser requisitado, no será motivo de descalificación, sin embargo es muy importante para “ECHASA” el llenado de dicha encuesta a fin de mejorar los procedimientos licitatorios y fomentar la transparencia.
10. FORMATOS
Anexo 1 Anexo Técnico Anexo 2 Modelo de contrato
Formato A-1). Propuesta Técnica Formato A-2). Propuesta económica Formato B). Nacionalidad del licitante
Formato C). Manifestación de estratificación Formato D). Acreditación de personalidad jurídica Formato E). Correo electrónico del licitante
Formato F).Escrito referente a los artículos 50 y 60 de la LAASSP Formato G). Declaración de integridad
Formato H). Garantía contra vicios ocultos Formato I). Propiedad intelectual
Formato J). Escrito de confidencialidad
Formato K). Información confidencial, reservada o comercial reservada Formato L). Encuesta de transparencia
Formato O). Relación de documentos que deberán presentar los licitantes
Escrito 1). Nota informativa para participantes de países miembros de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico. (OCDE).
Escrito 2). Resolución miscelánea fiscal para 2015 Escrito 3). Solicitud de afiliación a cadenas productivas
“PROGRAMA INTEGRAL DE ASEGURAMIENTO DE BIENES PATRIMONIALES DE LOS ESTUDIOS CHURUBUSCO AZTECA, S.A.”
1.- PÓLIZA MULTIPLE EMPRESARIAL*.
NOTA IMPORTANTE A OBSERVAR: * EL DEDUCIBLE Y COASEGURO PARA TERREMOTO Y ENDOSO HIDROMETEREOLÓGICO, DEBERÁ CONSIDERARSE DE ACUEDO A LO SEÑALADO POR LA AMIS
TIPO DE PÓLIZA: | TODO RIESGO, PRIMER RIESGO TODO BIEN A RIESGOS NOMBRADOS A VALOR DE REPOSICIÓN. MONEDA NACIONAL |
SECCIÓN X. XXXXX MATERIALES | |
EDIFICIOS: | LOS INMUEBLES UBICADOS EN ATLETAS No. 2, COLONIA COUNTRY CLUB, DELEGACIÓN COYOACÁN, C.P. 04220, MÉXICO, D.F, INCLUYENDO: MEJORAS, ADAPTACIONES, BIENES QUE POR SU PROPIA NATURALEZA DEBEN ESTAR A LA INTEMPERIE, BARDAS, VIALIDADES INTERNAS, BANQUETAS, ANTENAS, LUMINARIAS, ENTRE OTROS. (VER ANEXO I BIS). |
CONTENIDOS: | MOBILIARIO Y EQUIPO DE OFICINA. ELEVADORES DE PASAJEROS Y MONTACARGAS DEL EDIFICIO CIUDAD DEL CINE AIRE ACONDICIONADO DEL EDIFICIO CIUDAD DEL CINE SUBESTACION ELECTRICA DEL EDIFICIO CIUDAD DEL CINE MAQUINARIA. NEGATIVOS, MASTERS FÍLMICOS, DE VIDEO Y RADIOFÓNICOS. TALLERES, HERRAMIENTAS, EQUIPO, ACCESORIOS Y REFACCIONES EN GENERAL. PRODUCCIONES FÍLMICAS EN PROCESO Y TERMINADAS. MERCANCIAS EN BODEGAS Y ALMACENES. MANUSCRITOS Y PLANOS. BIENES EN SÓTANOS. BIENES A LA INTEMPERIE |
RIESGOS CUBIERTOS | TODO RIESGO SIN LIMITARSE A: INCENDIO Y/X XXXX EXTENSIÓN DE CUBIERTA TERREMOTO Y ERUPCIÓN VOLCÁNICA FENÓMENOS HIDROMETEOROLÓGICOS PÉRDIDAS CONSECUENCIALES: GASTOS EXTRAORDINARIOS. REMOCIÓN DE ESCOMBROS |
VALOR TOTAL DE LOS BIENES EDIFICIOS CONTENIDOS EQUIPO ELECTRÓNICO, AMPARANDO INCENDIO Y TERREMOTO, EN EXCESO DEL LÍMITE AMPARADO EN LA SECCIÓN VI | $220,000,000.00 $110’250,000.00 $68’250,000.00 |
LÍMITES A PRIMER RIESGO PARA | |
EDIFICIOS Y CONTENIDOS | $100’000,000.00 |
INCENDIO Y EXTENSIÓN DE CUBIERTA TERREMOTO | $100’000,000.00 $100’000,000.00 |
RIESGOS HIDROMETEOROLÓGICOS | $100’000,000.00 |
GASTOS EXTRAORDINARIOS, SEIS | |
MESES | $15’750,000.00 |
REMOCIÓN DE ESCOMBROS | AMPARADOS AL 10% DE LA SUMA ASEGURADA |
SECCIÓN II.- RESPONSABILIDAD CIVIL GENERAL | |
RIESGOS CUBIERTOS: | AMPARA LA RESPONSABILIDAD CIVIL EN QUE INCURRA EL “ASEGURADO”, SUS FUNCIONARIOS Y EMPLEADOS, POR DAÑOS A TERCEROS, POR CUALQUIER CAUSA DERIVADA DE LAS ACTIVIDADES DEL “ASEGURADO”, QUE DAÑEN A TERCEROS EN SUS PERSONAS O BIENES Y POR LO QUE DEBA DE |
RESPONDER CONFORME A LA LEGISLACIÓN APLICABLE EN MATERIA DE RESPONSABILIDAD CIVIL VIGENTE EN LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, POR HECHOS U OMISIONES NO DOLOSOS, QUE PROVOQUEN LA MUERTE O EL MENOSCABO EN LA SALUD DE DICHOS TERCEROS O EL DETERIORO O LA DESTRUCCIÓN DE BIENES PROPIEDAD DE LOS MISMOS. | ||||||
ACTIVIDAD DEL ASEGURADO | ESTUDIOS Y LABORATORIOS CINEMATOGRÁFICOS, PARA PRODUCIR Y EDITAR MATERIAL FÍLMICO, CON EL PROPÓSITO DE APOYAR EL DESARROLLO Y FOMENTO DEL CINE Y DE LA CULTURA AUDIOVISUAL. | |||||
COBERTURA BÁSICA | RESPONSABILIDAD LABORATORIO. | CIVIL | PARA | LA | INDUSTRIA | CINEMATOGRÁFICA, CON |
LIMITES MÁXIMOS RESPONSABILIDAD ACTIVIDADES E INMUEBLES ESTACIONAMIENTOS LIMITE MÁXIMO POR AUTOMÓVIL | DE | $31’500,000.00 $2’500,000.00 $750,000.00 |
COBERTURAS ADICIONALES
GASTOS DE DEFENSA, AMPARADOS BAJO EL MISMO LÍMITE.
ESTACIONAMIENTOS SIN ACOMODADORES, 355 CAJONES, INCLUYENDO LOS DAÑOS A VEHÍCULOS PROPIEDAD DE FUNCIONARIOS Y EMPLEADOS DEL “ASEGURADO”.
CRUZADA ENTRE OCUPANTES DEL MISMO INMUEBLE.
EQUIPO DE CONTRATISTAS. CARROS DE GOLF.
DAÑOS CAUSADOS POR EL PERSONAL BAJO CONTRATO POR HONORARIOS, EVENTUALES, DE SERVICIO SOCIAL, O DE PRESTADORES DE SERVICIOS BAJO CONTRATO.
SECCIÓN II.- ROBO CON VIOLENCIA Y ASALTO | |
BIENES CUBIERTOS: | CONTENIDOS EN GENERAL |
RIESGOS CUBIERTOS: | ROBO CON VIOLENCIA Y ASALTO. |
LÍMITE MÁXIMO DE RESPONSABILIDAD | $315,000.00 |
SECCIÓN IV.- DINERO Y VALORES | |
BIENES CUBIERTOS: | DINERO EN EFECTIVO, EN METÁLICO O BILLETES DE BANCO, VALORES Y OTROS DOCUMENTOS NEGOCIABLES Y NO NEGOCIABLES, COMO: VALES DE DESPENSA Y DE GASOLINA, PROPIEDAD DEL ASEGURADO, O QUE TENGA BAJO SU CUSTODIA O RESPONSABILIDAD. |
RIESGOS CUBIERTOS | DENTRO DEL LOCAL: * ROBO CON VIOLENCIA. * ASALTO. * DAÑOS MATERIALES FUERA DEL LOCAL: * ROBO CON VIOLENCIA O ASALTO. * INCAPACIDAD FÍSICA DEL PORTADOR. * ACCIDENTES DEL VEHÍCULO QUE TRANSPORTA A LAS PERSONAS RESPONSABLES DEL MANEJO DE LOS BIENES ASEGURADOS |
LÍMITES DE RESPONSABILIDAD DENTRO Y FUERA DEL LOCAL DENTRO DEL LOCAL VALES DE GASOLINA, 5 DÍAS AL MES | $50,000.00 $35,300.00 |
SECCIÓN V. ROTURA XX XXXXXXXXX Y ANUNCIOS | |
BIENES CUBIERTOS: | SE CUBRIRÁN LOS CRISTALES Y LUNAS CON ESPESOR IGUAL O MAYOR A 4MM EN LAS INSTALACIONES DEL ASEGURADO, CRISTALES DE MUEBLES, LUNAS FIJAS, ESPEJOS, INCLUYENDO COSTOS DE DESMONTAJE E INSTALACIÓN DE LOS MISMOS, ASÍ COMO LOS ANUNCIOS LUMINOSOS Y NO LUMINOSOS. |
RIESGOS CUBIERTOS: | ROTURA ACCIDENTAL, MONTAJE Y DESMONTAJE. |
LÍMITE MÁXIMO DE RESPONSABILIDAD | $5,000,000.00 |
SECCIÓN VI.- EQUIPO ELECTRÓNICO. | |
BIENES CUBIERTOS | TODOS LOS EQUIPOS ELECTRÓNICOS DE CUALQUIER TIPO O DESCRIPCIÓN, TALES COMO, PERO NO LIMITADOS A: EQUIPOS DE COMPUTO, TELECOMUNICACIONES, CINEMATOGRÁFICOS, FOTOGRÁFICOS, DE VIDEO, Y DE LABORATORIO, QUE SE ENCUENTREN OPERANDO, O EN REVISIÓN O MANTENIMIENTO DENTRO DE LOS LIMITES DE LA REPUBLICA MEXICANA. SE INCLUYEN EN LA COBERTURA BIENES PROPIEDAD DE TERCEROS O DE EMPLEADOS, CUANDO SE AUTORICE Y REGISTRE SU INGRESO A LAS INSTALACIONES. SE AMPARAN DENTRO DEL MISMO LÍMITE LOS PORTADORES EXTERNOS DE DATOS, TALES COMO: PROGRAMAS, SISTEMAS OPERATIVOS, SOFTWARE, ARCHIVOS DE DATOS, ETC., UTILIZADOS EN CUALQUIER SISTEMA DE CÓMPUTO O DE COMUNICACIÓN O DE CONTROL O MEDICIÓN O MONITOREO Y OPERACIÓN. EN EL CASO DE DAÑOS A LA INFORMACIÓN CONTENIDA EN LOS EQUIPOS AMPARADOS POR LA “PÓLIZA”, SE CUBRE EL COSTO REQUERIDO PARA RESTITUIR O REHABILITAR LA INFORMACIÓN. |
RIESGOS CUBIERTOS: | TODO RIESGO PARA EQUIPO ELECTRÓNICO |
COBERTURAS | TODO RIESGO, SIN LIMITARSE A. HUELGAS, MOTÍN Y ALBOROTOS POPULARES. TERREMOTO Y ERUPCIÓN VOLCÁNICA. EQUIPOS MÓVILES Y PORTÁTILES. FENÓMENOS HIDROMETEOROLÓGICOS HURACÁN Y GRANIZO. INUNDACIÓN Y DAÑOS POR AGUA. HURTO. |
LÍMITE A PRIMER RIESGO | $8’400,000.00 |
SECCIÓN VII.- ROTURA DE MAQUINARIA. | |
BIENES CUBIERTOS: | TODO TIPO DE MAQUINARIA TALES COMO Y SIN LIMITARSE A: SUBESTACIONES, TRANSFORMADORES, TABLEROS DE CONTROL Y MOTORES ELÉCTRICOS; MOTORES DE COMBUSTIÓN INTERNA; BOMBAS, COMPRESORES Y PLANTAS DE EMERGENCIA; EQUIPOS DE TALLERES Y MANTENIMIENTO, ASÍ COMO AQUELLOS EQUIPOS INSTALADOS EN UNIDADES MÓVILES. |
RIESGOS CUBIERTOS: | TODOS LOS RIESGOS QUE AMPARA LA COBERTURA DE ROTURA DE MAQUINARIA, QUE SE PRODUZCAN EN FORMA SÚBITA, ACCIDENTAL, O IMPREVISTA Y QUE DAÑEN A LOS BIENES ASEGURADOS BAJO ESTA SECCIÓN, INDEPENDIENTEMENTE DEL ORIGEN O CAUSA DEL SINIESTRO. |
LÍMITE A PRIMER RIESGO | $ 13,000,000.00 |
GASTOS EXTRAS | $ 682,500.00 |
SECCIÓN VIII.- CALDERAS Y APARATOS SUJETOS A PRESIÓN. | |
BIENES CUBIERTOS: | 2 CALDERAS |
RIESGOS CUBIERTOS: | TODO RIESGO, SIN LIMITARSE A CALDERAS Y RECIPIENTES SUJETOS A PRESIÓN CON FOGÓN. RECIPIENTES SUJETOS A PRESIÓN, SIN FOGÓN. COBERTURA AMPLIA. |
LÍMITE A PRIMER RIESGO: | $ 840,000.00 |
GASTOS EXTRAS | $ 63,000.00 |
SECCIÓN IX.- EQUIPO DE CONTRATISTAS. | |
BIENES CUBIERTOS: | 2 DE CARROS DE GOLF |
RIESGOS CUBIERTOS: | TODO RIESGO DE EQUIPO DE CONTRATISTAS |
VALOR TOTAL DELOS BIENES 2 CON VALOR DE | $ 194,357.00 |
LÍMITE A PRIMER RIESGO | $ 97,178.50 |
DEDUCIBLES
EN TODA Y CADA PÉRDIDA O DAÑO INDEMNIZABLE BAJO LOS TÉRMINOS DE LA “PÓLIZA”, SE DEDUCIRÁN DE LA PÉRDIDA, LOS MONTOS ESTIPULADOS A CONTINUACIÓN:
SECCIÓN I.- DAÑOS A LA PROPIEDAD, CONTENIDOS | |
INCENDIO Y/X XXXX Y EXPLOSIÓN | $10,000.00 M. N. |
EXTENSIÓN DE CUBIERTA | 1% (UNO POR CIENTO) DEL VALOR DE LA UBICACIÓN DAÑADA CON MÁXIMO DE 150 (CIENTO CINCUENTA) DSMVDF |
TERREMOTO Y ERUPCIÓN VOLCÁNICA FENÓMENOS HIDROMETEOROLÓGICOS | DEDUCIBLE Y COASEGURO DE ACUERDO A LA TARIFA AMIS Y A LA ZONA CORRESPONDIENTE. |
SECCIÓN II.- RESPONSABILIDAD CIVIL GENERAL | |
COBERTURA BÁSICA Y ADICIONALES, | SIN DEDUCIBLE |
CON EXCEPCIÓN DE: | |
ESTACIONAMIENTO | - DAÑOS MATERIALES 5% (CINCO POR CIENTO) |
- ROBO TOTAL 10% (DIEZ POR CIENTO) | |
- CRISTALES 20 % (VEINTE POR CIENTO) | |
LOS DEMÁS RIESGOS | |
SOBRE LA PÉRDIDA 10 % (DIEZ POR CIENTO) | |
SECCIÓN III.- ROBO DE CONTENIDOS | |
TODOS LOS RIESGOS | 10% (DIEZ POR CIENTO) DEL MONTO REAL DE LA PÉRDIDA CON MÍNIMO DE 100 DSMVDF |
SECCIÓN IV.- DINERO Y VALORES | ||
TODOS LOS RIESGOS | 10% (DIEZ POR CIENTO) DEL MONTO REAL DE LA PÉRDIDA CON MÍNIMO DE 100 DSMVDF POR EVENTO U OCURRENCIA | |
SECCIÓN V.- CRISTALES | ||
TODOS LOS RIESGOS | 5% (CINCO POR CIENTO) SOBRE LA PÉRDIDA, POR EVENTO U OCURRENCIA. | |
VI.- EQUIPO ELECTRÓNICO | ||
COBERTURA: HURACÁN Y GRANIZO, HUELGAS Y VANDALISMO | 1% (UNO POR CIENTO) DEL VALOR DE REPOSICIÓN DEL EQUIPO DAÑADO. | |
INUNDACIÓN Y DAÑOS POR AGUA | 1% (UNO POR CIENTO) DEL VALOR DE REPOSICIÓN DEL EQUIPO DAÑADO | |
TERREMOTO Y ERUPCIÓN VOLCÁNICA | DE ACUERDO A ZONA SÍSMICA, SOBRE EL VALOR DE REPOSICIÓN DEL EQUIPO DAÑADO. COASEGURO DE ACUERDO A ZONA SÍSMICA | |
BÁSICA Y DEMÁS RIESGOS, INCLUYENDO ROBO CON VIOLENCIA DENTRO DEL LOCAL | SE ESTABLECE UN DEDUCIBLE DEL 1% (UNO POR CIENTO) DEL VALOR DE REPOSICIÓN DEL EQUIPO DAÑADO CON MÍNIMO DE 100 (CIEN) DSMVDF POR EVENTO U OCURRENCIA | |
HURTO O ASALTO, FUERA DEL LOCAL | 25% (VEINTICINCO POR CIENTO) DEL VALOR DE REPOSICIÓN DEL EQUIPO CON MÍNIMO DE 100 (CIEN) DSMVDF. | |
DSMVDF.- XXXX XX XXXXXXX MÍNIMO VIGENTE EN EL DISTRITO FEDERAL | ||
VII.- ROTURA DE MAQUINARIA | ||
COBERTURA BÁSICA | 3 % DEL VALOR DEL REPOSICIÓN DEL EQUIPO DAÑADO | |
VIII.- CALDERAS | ||
DAÑOS MATERIALES | 10 % SOBRE LA PÉRDIDA | |
TERREMOTO, ERUPCIÓN VOLCÁNICA E HIDROMETEOROLÓGICOS | DEDUCIBLE Y COASEGURO DE ACUERDO A LA TARIFA AMIS, Y A LA ZONA CORRESPONDIENTE |
CONDICIONES ESPECIALES ADICIONALES PARA TODAS LAS SECCIONES DE LA (S) PÓLIZA (S)
NUEVAS ADQUISICIONES
El “ASEGURADO” podrá incorporar todas las nuevas adquisiciones que efectúe durante la vigencia de la “PÓLIZA”, quedando entendido y convenido que se otorgará cobertura sin costo, cuando su monto no exceda del 10 % del valor total de los bienes amparados, pero no limitados a tales como las señaladas en las secciones: I Edificios y Contenidos, VI Equipo Electrónico, VII Rotura de Maquinaria, de las pólizas que ampara el presente programa integral de seguros.
Póliza a Primer Riesgo, en la que el “ASEGURADO” está proporcionando a la “ASEGURADORA” el valor total de los bienes y los límites de responsabilidad a primer riesgo.
VALOR DE REPOSICIÓN
El valor de los bienes fue determinado a valor de reposición, el cual corresponde a la suma de dinero necesario en el momento del siniestro para costear la construcción, adquisición, instalación, reparación o reposición de los bienes, de igual clase, calidad, tamaño y capacidad que los bienes asegurados, sin considerar deducción alguna por depreciación física, pero hasta los límites establecidos para cada sección asegurada.
Cuando se dañen bienes propiedad de terceros, que formen parte del interés asegurado, la “ASEGURADORA” no será responsable de un monto mayor a la responsabilidad del “ASEGURADO”.
RENUNCIA DE INVENTARIOS
La “ASEGURADORA” no requerirá del “ASEGURADO”, con objeto de agilizar la indemnización el caso de siniestro, ningún inventario o avalúo de la propiedad dañada, si la reclamación total bajo la “PÓLIZA” no excede del límite máximo de responsabilidad a “primer riesgo”.
COMPENSACIÓN ENTRE INCISOS
En caso de siniestro que afecte bienes de la misma naturaleza, amparados contra los mismos riesgos en dos secciones distintas, se podrá compensar el límite de responsabilidad de ambas secciones.
ERRORES U OMISIONES
Cualquier error u omisión accidental por parte del “ASEGURADO” en la descripción de los bienes asegurados, o de sus ubicaciones, no perjudicará sus intereses, ya que es intención de la “PÓLIZA” dar protección completa en todo tiempo sin exceder de los límites establecidos en el mismo, y cuando corresponda, el endoso que se emita será con cobro de prima a prorrata.
GRAVÁMENES Y HONORARIOS PROFESIONALES
En caso de siniestro, la “ASEGURADORA” pagará de acuerdo al interés asegurado que demuestre el “ASEGURADO”, sin perjuicio de pagos que deban hacerse a terceros que acrediten tener algún interés asegurado conforme a la ley.
La cobertura de la “PÓLIZA” se extenderá a cubrir los honorarios de arquitectos, ingenieros, agrimensores, contadores públicos y otros profesionistas, así como la pérdida o daños a libros de contabilidad, dibujos, ficheros, archivos magnéticos y otros registros; sin embargo, en ningún caso excederá del costo de los libros o cualquier otro material virgen o en blanco, más el costo real del trabajo necesario para transcribir o copiar dichos registros, costos legales correspondientes a planos, especificaciones y servicios relacionados con la reposición o reconstrucción de los bienes asegurados bajo la “PÓLIZA”, siempre que el importe de la pérdida pagada no exceda de la suma asegurada del bien dañado.
Ningún gasto relacionado con la preparación de la reclamación del “ASEGURADO” quedará cubierto por la “PÓLIZA”. PERMISO
Toda vez que en caso de siniestro el “ASEGURADO” debe conservar las cosas en el estado en que se encuentren, podrá mediante esta cláusula, sin límite de tiempo y sin previo aviso a la “ASEGURADORA”, hacer en el local afectado adiciones, alteraciones y reparaciones, trabajar a cualquier hora, suspender labores, dejar vacío o desocupado cualquier local, llevar a efecto cualquier trabajo o tener en existencia y hacer uso de todos aquellos artículos, materiales, aprovisionamientos y aparatos que puedan necesitarse para la normal prosecución de su trabajo.
AUTORIZACIÓN PARA REPONER, RECONSTRUIR O REPARAR
En caso de siniestro que amerite indemnización bajo la “PÓLIZA” el “ASEGURADO” podrá previo aviso por escrito a la “ASEGURADORA” optar por la reposición de los bienes dañados o disponer de ellos para empezar su reparación o reconstrucción, ya sea en el mismo sitio en que se encontraban o en otro: Quedando entendido que la responsabilidad de la “ASEGURADORA” está limitada al valor de reparación, reconstrucción o reposición de los bienes afectados, con materiales de la misma calidad, clase, tamaño y características que tenían al momento y en el lugar en que ocurrió el siniestro, sin exceder del límite de responsabilidad contratado.
VENTA DE SALVAMENTOS
En caso De siniestro que amerite indemnización bajo los términos de la “PÓLIZA”, si la “ASEGURADORA” opta por hacerse cargo de cualquier mercancía que resulte como salvamento, no podrá disponer de ella bajo el nombre y marca registrada del “ASEGURADO” sin previa conformidad del mismo.
REINSTALACIÓN AUTOMÁTICA
Queda establecido y convenido que toda indemnización pagada al amparo de la “PÓLIZA” no reducirá el límite máximo de responsabilidad, y que dicho límite será reinstalado automáticamente y en forma inmediata, con cobro de prima adicional a prorrata y bajo las mismas condiciones del precio original con que fue contratada la póliza.
CINCUENTA METROS
Los bienes asegurados quedan igualmente amparados mientras se encuentren temporalmente sobre andenes, plataformas, carros de ferrocarril, camiones o cualquier otro lugar, dentro de los límites de los predios ocupados por el “ASEGURADO” o a una distancia máxima de 50 metros de los mismos.
TRADUCCIÓN
Para la interpretación legal de las condiciones de la “PÓLIZA”, en todo caso, prevalecerá el texto en español.
ENDOSO INFLACIONARIO
Los límites de responsabilidad contratados, serán aumentados en forma automática, de acuerdo al incremento porcentual mensual que señale el Índice Nacional de Precios al Consumidor, para el tipo de bienes que se amparan, hasta por el 10 % anual.
CONDICIONES GENERALES
I.- COMPETENCIA.
En caso de desacuerdo entre el “ASEGURADO” y la “ASEGURADORA” en la interpretación de los alcances en las coberturas y riesgos amparados por la “PÓLIZA” y/o acerca de la determinación del monto de cualquier pérdida o daño, las partes optarán de común acuerdo nombrar a un árbitro para dirimir la controversia, si no se pusieran de acuerdo en el nombramiento de un solo árbitro, se designará uno por cada parte antes de empezar su dictamen, los dos árbitros nombrarán un tercero, para caso de controversia.
Los gastos y costos que se originen con motivo del arbitraje, serán a cargo de la “ASEGURADORA” y del “ASEGURADO” por partes iguales, pero cada parte cubrirá los honorarios de su propio árbitro.
En caso de continuar en desacuerdo, se solicitará la intervención de la Comisión Nacional para la Defensa de Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF), para conciliar la desavenencia origen del conflicto, bajo el procedimiento de amigable composición, comprometiéndose ambas partes a acatar el fallo de esta autoridad.
En caso de haber agotado las instancias y continuar la controversia, las partes quedan en libertad de ejercer las acciones y oponer las excepciones correspondientes ante los tribunales competentes de la jurisdicción de la ciudad de México, Distrito Federal.
II.- FRAUDE O DOLO:
En virtud de que la “PÓLIZA” es un acuerdo de voluntades de total y absoluta buena fe, todas las manifestaciones se presumirán ciertas, salvo prueba en contrario. En el caso de error, omisión, o inexacta información por alguna de las partes contratantes, se hará la enmienda correspondiente de acuerdo con la información de la “PÓLIZA”, lo cual no dará pauta por parte de la “ASEGURADORA” para suspender, limitar o restringir en cualquier forma el servicio de la cobertura de que se trate, buscando así, una conciliación para subsanar de la mejor manera posible la información omitida o inexacta, sin menoscabo o lesión del patrimonio del “ASEGURADO”.
Cuando la “ASEGURADORA”, el “ASEGURADO”, los beneficiarios y/o los representantes de estos, con el fin de hacer incurrir en error a las otras partes, simulen, disimulen o declaren de manera inexacta hechos que pudieran excluir o restringir las responsabilidades de cualesquiera de las partes, se presumirán acciones fraudulentas o dolosas, que deberán dirimirse ante la autoridad judicial competente.
III.- LUGAR Y PAGO DE LA INDEMNIZACIÓN:
La “ASEGURADORA” hará el pago de la indemnización, en el domicilio que para tal fin señale el “ASEGURADO”, a través de la Dirección de Administración, en el curso de los treinta días naturales siguientes a la fecha en que hayan recibido los documentos e informaciones que le permitan conocer el fundamento de la reclamación presentada.
IV.- INTERÉS MORATORIO:
En caso de que la “ASEGURADORA”, no obstante haber recibido los documentos e informaciones que le hayan sido presentadas, no cumpla con la obligación de pagar la indemnización, capital, renta o reposición de los bienes, en los términos del artículo 71 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro, en vez del interés legal, quedará obligada a pagar al “ASEGURADO”, beneficiario o tercero dañado, un interés moratorio calculado conforme a lo dispuesto en el artículo 135 Bis, de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Xxxxxxx, durante el lapso xx xxxx. Dicho interés moratorio se computará a partir del día siguiente a aquel en que venza el plazo de treinta días señalado en la Ley Sobre el Contrato de Seguro.
Independientemente del pago del interés moratorio, la “ASEGURADORA” se hará acreedora a las penas convencionales convenidas en el contrato que, para la prestación del servicio celebren.
V.- MODIFICACIONES SOBRE LA PÓLIZA DE SEGURO
Si el contenido de la “PÓLIZA”, o sus modificaciones, no concuerdan con el anexo técnico de las bases de invitación y con la propuesta técnica presentada por la “ASEGURADORA”, el “ASEGURADO” podrá pedir la rectificación correspondiente.
VI.- PRESCRIPCIÓN:
Todas las acciones que se deriven de la “PÓLIZA”, prescribirán en dos años contados en los términos del artículo 81 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro, desde la fecha del acontecimiento que les dio origen, salvo los casos de excepción consignados en el artículo 82 de la misma Ley.
La prescripción se interrumpirá no solo por las causas ordinarias, sino también por el nombramiento xx xxxxxx o por la iniciación del procedimiento señalado por los artículos 84 de la Ley Sobre el Contrato de Xxxxxx.
VII- SUBROGACIÓN:
La “ASEGURADORA” una vez cubierta la indemnización, se subrogará hasta la cantidad pagada, en todos los derechos y acciones contra terceros que, por causa del daño sufrido correspondan al “ASEGURADO”.
Si el daño fue indemnizado solo en parte, el “ASEGURADO” y la “ASEGURADORA”, concurrirán a hacer valer sus derechos en la proporción correspondiente.
La “ASEGURADORA” no tendrá derecho a subrogarse o a requerir cesión de los derechos del “ASEGURADO” o derechos de recuperación, en contra del “ASEGURADO” o cualquiera de las dependencias, o entidades filiales, o contra sus funcionarios, directores, ejecutivos, empleados o miembros de sus familias.
VIII.- REQUISITOS XX XXX.
Se considerará que han sido incluidas en la “PÓLIZA”, todas las disposiciones requeridas por ley. Se proporcionará la documentación que marca el artículo 140 de la Ley de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros.
IX.- INCUMPLIMIENTO CON DISPOSICIONES LEGALES:
En el caso de que cualesquiera de estas Condiciones Generales no puedan aplicarse por el “ASEGURADO” bajo las leyes Mexicanas, o en cualquier otra jurisdicción en donde el “ASEGURADO” sufra una pérdida cubierta bajo la “PÓLIZA”, debido al incumplimiento de cualquier disposición legal de la misma, la “PÓLIZA” operará con el mismo efecto como si se hubiese cumplido con tales disposiciones.
X.- CLÁUSULA DE MONEDA:
El importe de las primas será pagado, de acuerdo a lo convenido para cada póliza, en moneda nacional, o en dólares de los Estados Unidos de Norte América, o en su equivalente en moneda nacional al tipo de cambio que proporcione la “ASEGURADORA”, el cual se mantendrá durante los tres días hábiles posteriores.
Los siniestros procedentes al amparo de la “PÓLIZA”, serán pagados en la misma moneda contratada, sin embargo, en razón del origen de los bienes cubiertos, pudiera ser necesario que el costo de la reparación o reposición de los daños deba ser pagado en monedas distintas, al “ASEGURADO” y/o proveedores y/o reparadores designados para reparar o reponer el bien dañado; cuando no se efectúen en moneda nacional, las cantidades serán convertidas al dólar de los Estados Unidos de Norteamérica, usando los conceptos generales siguientes:
XI.- EXCLUSIONES
I.- EXCLUSIONES PARA DAÑOS MATERIALES
Fermentación, vicio propio de los bienes cuando no haya sido causado por incendio, rayo y/o explosión.
Destrucción de bienes por autoridades.
Daños directos a máquinas por corriente eléctrica.
Títulos, pagarés, letras.
Por hostilidades, actividades u operaciones xx xxxxxx.
Por robo de bienes ocurridos durante el siniestro
II.- EXCLUSIONES PARA EXTENSIÓN DE CUBIERTA
Marejada de inundación.
Cultivos en pie o inmuebles a la intemperie o mal protegidos.
Edificios en construcción o construcciones que carezcan de techos o de una o más de sus partes.
Interior de edificios o sus contenidos dañados por filtración de agua causada por deficiencias en la construcción o diseño de los techos así como por falta de mantenimiento.
Ratería, hurto o saqueo cometido por el personal del “ASEGURADO”.
Depreciación o pérdida xx xxxxxxx.
Carencia, reducción de energía o combustible.
Cambios de temperatura o humedad.
Explosión o ruptura xx xxxxxxxx, tubería o máquinas de vapor.
Las propias exclusiones para las coberturas que integran “Extensión de cubierta”.
Daños por instalación o reparación de sistemas de protección contra incendio.
Pérdidas o daños causados por tanques y tuberías no destinadas a protección contra incendio.
Obstrucción o deficiencias de instalaciones subterráneas fuera del predio y que sean del sistema del suministro público.
Derrame de instalaciones de protección contra incendios debido a desgastes o deterioro.
Daños del agente extintor y/o del sistema de extinción.
III.- FENÓMENOS HIDROMETEOROLÓGICOS.
Bienes excluidos.
a) Cultivos en pie, huertas, bosques, parcelas.
b) Animales.
c) Aguas estancadas, aguas corrientes, xxxx y aguas freáticas
d) Terrenos, incluyendo superficie, rellenos, drenaje y alcantarillado
e) Diques, espigones, depósitos naturales, canales, pozos, túneles, puentes y equipos e instalaciones flotantes
f) Cimentaciones e instalaciones subterráneas.
g) Cualquier tipo de bien construido, o que se encuentre total o parcialmente sobre o bajo agua.
h) Daños a la playa o pérdida de playa.
i) Campos de golf
j) Edificios terminados que por la naturaleza de su ocupación carezcan total o parcialmente de puertas, ventanas o muros macizos completos, cuando dichos edificios no hayan sido diseñados y construidos para soportar estas circunstancias. Esta exclusión aplica también a los contenidos de estos edificios.
Riesgos excluidos.
a) Daños por mojadura o humedades o sus consecuencias debido a filtraciones:
De aguas subterráneas o freáticas.
Por deficiencias en el diseño o construcción de techos, muros o pisos.
Por fisuras o fracturas de cimentaciones o muros de contención.
Por mala aplicación o deficiencias de materiales impermeabilizantes.
Por falta de mantenimiento.
Por la falta de puertas, ventanas o muros o deficiencias constructivas de los mismos.
a) Daños por mojaduras, viento o lluvia al interior de los edificios o a sus contenidos a menos que los edificios sean destruidos o dañados en sus techos, muros, puertas o ventanas exteriores por la acción directa de los vientos, o del agua o xxx xxxxxxx o por la acumulación de éste, que causen aberturas permanentes o grietas a través de las cuales se haya introducido el agua o viento.
b) Por corrosión, herrumbre, erosión, moho, plagas de toda especie y cualquier otro deterioro paulatino a consecuencia de las condiciones ambientales y naturales.
c) Daños o pérdidas preexistentes al inicio de vigencia de este seguro, que hayan sido o no del conocimiento del
“ASEGURADO”.
d) Pérdidas o daños de cualquier tipo ocasionados por deficiencias en la construcción o en su diseño, o por falta de mantenimiento de los bienes materia del seguro
e) Retroceso de agua en alcantarillado, falta o insuficiencia de drenaje, en los predios del “ASEGURADO”.
f) Acción natural de la marea.
g) Daños o perjuicios causados por contaminación, a menos que los bienes cubiertos sufran daños materiales directos causados por los riesgos amparados. Causando contaminación a los bienes cubiertos. No se amparan tampoco los perjuicios o gastos ocasionados por la limpieza o descontaminación del medio ambiente (tierra, subsuelo, aire o aguas)
Para la cobertura de marejada.
1. Edificios o bienes materia del seguro ubicados en las cercanías o a las orillas del mar que no se encuentren protegidos por muros de contención cimentados con estructura de concreto armado o protegidas por escolleras de tetrápodos de concreto armado.
2. Todo bien ubicado entre el muro de contención y el límite del oleaje.
3. Muros de contención hechos con materiales distintos a concreto armado y en general cualquier edificación que no esté sustentada sobre cimentación de concreto armado o que carezca de cimentación.
4. Bienes que se localicen en sótanos o semisótanos o recintos que se encuentren parcial o totalmente bajo el nivel natural del terreno.
Para la cobertura de inundación, inundación por lluvia y avalancha de lodo.
1. Pérdidas por inundaciones que se confinen a los inmuebles donde se encuentren los bienes materia del seguro, a menos que la inundación se extienda más allá de un radio de 500 metros del inmueble del “ASEGURADO”.
2. Bienes ubicados en zonas consideradas por las autoridades competentes como de alto riesgo de inundación o de avalancha de lodo, en asentamientos irregulares y los localizados en el fondo xx xxxxxxx o de depresiones topográficas.
3. Bienes muebles o inmuebles en sótanos o semisótanos o recintos que se encuentren parcial o totalmente bajo el nivel del terreno.
4. Contaminación directa por agua de lluvia, a menos que haya ocurrido un daño físico a las instalaciones aseguradas
REMOCIÓN Y/O DEMOLICIÓN DE ESCOMBROS
Remoción a causa de:
- Daños por riesgos que no hayan sido contratados.
- Daños cuyas causas se excluyen en condiciones generales o endoso contratados.
- Daños causados por orden de Autoridades o del “ASEGURADO”.
- Daños que no sean causados por los bienes amparados.
TERREMOTO Y/O ERUPCIÓN VOLCÁNICA
Suelos y terrenos
Frescos y murales que forman parte del edificio asegurado.
Marejadas, inundación.
Asentamientos, desplazamientos del subsuelo NO repentinos.
Daños causados directa o indirectamente, próximo o remotamente por reacciones nucleares, radiaciones o contaminación radioactivos, ya sean o no como consecuencia del terremoto y/o erupción volcánica.
II. EXCLUSIONES PARA RESPONSABILIDAD CIVIL
Responsabilidades provenientes del incumplimiento de contrato o convenios cuando dicho incumplimiento no haya producido la muerte o el menoscabo de la salud de terceros o el deterioro o la destrucción de bienes propiedad de los mismos.
Responsabilidades por prestaciones sustitutorias del incumplimiento de contrato o convenios.
Responsabilidades derivadas del uso, posesión de embarcaciones, aeronaves y vehículos terrestres de motor, salvo que estos últimos estén destinados a su empleo exclusivo dentro de los inmuebles del “ASEGURADO” y no requieran de placa para su empleo en lugares públicos.
Responsabilidades derivadas de daños ocasionados dolosamente.
Responsabilidades derivadas de daños sufridos por personas que trabajen para el “ASEGURADO”.
Responsabilidades por daños causados por:
Inconsistencia, hundimiento o asentamiento del suelo o subsuelo.
o Falta o insuficiencia de obras de consolidación para evitar la pérdida de sostén necesario al suelo o subsuelo de propiedades vecinas.
Responsabilidades por daños ocasionados por guerra u otros actos bélicos.
Responsabilidades imputables al “ASEGURADO” de acuerdo con la ley federal del trabajo, la ley del seguro social u otras disposiciones complementarias de dichas leyes.
Responsabilidad imputable al “ASEGURADO” por pérdidas financieras.
Responsabilidad imputable al “ASEGURADO” por la muerte o menoscabo de la salud de terceros o el deterioro o la destrucción de sus bienes propiedad de dichos terceros cuando la víctima incurra en culpa o negligencia inexcusable.
Responsabilidades imputables al “ASEGURADO” por daños a bienes propiedad de personas que dependan civilmente de él, socios, empleados o trabajadores a su servicio.
Indemnización imputable al “ASEGURADO” con carácter de multa, sanción administrativa o como castigo ejemplar por los daños causados.
Responsabilidades derivadas de caso fortuito, proveniente de la naturaleza ajeno a la voluntad del hombre, por ejemplo: rayo, erupción volcánica, terremoto, meteorito, eclipse, huracán, etc.
III. EXCLUSIONES PARA ROBO CON VIOLENCIA
Xxxx en el que participen funcionarios, empleados, o personas que dependan civilmente del “ASEGURADO”, que actúen solos o de acuerdo con terceras personas.
Pérdidas directamente causadas por huelguistas, o personas que tomen parte en disturbios de carácter obrero, motines, alborotos populares o vandalismo, durante la realización de tales actos.
Pérdidas pos saqueos que se realicen durante o después de la ocurrencia de algún fenómeno meteorológico o sísmico.
Pérdidas como consecuencia de robo sin violencia, extravío o desaparición misteriosa.
Pérdidas a consecuencia de actos bélicos.
Pérdidas causadas por expropiación, requisición, confiscación incautación o detención de los bienes por autoridades legalmente reconocidas con motivo de sus funciones.
IV. EXCLUSIONES PARA DINERO Y VALORES
Fraude o abuso de confianza cometido por funcionarios, empleados, o personas que dependan civilmente del
“ASEGURADO”, que actúen solos o de acuerdo con terceras personas.
Pérdidas directamente causadas por huelguistas, o personas que tomen parte en disturbios de carácter obrero, motines, alborotos populares o vandalismo, durante la realización de tales actos.
Pérdidas pos saqueos que se realicen durante o después de la ocurrencia de algún fenómeno meteorológico o sísmico.
Pérdidas como consecuencia de robo sin violencia, extravío o desaparición misteriosa, con excepción de cuando sean a consecuencia de incendio y explosión, o por incapacidad física del portador de los bienes, o por accidente del vehículo que lo transporte.
Pérdidas a consecuencia de actos bélicos.
Pérdidas causadas por expropiación, requisición, confiscación incautación o detención de los bienes por autoridades legalmente reconocidas con motivo de sus funciones.
V. EXCLUSIONES PARA ROTURA XX XXXXXXXXX
Raspaduras, ralladuras y defectos superficiales.
Destrucción por actos de autoridad.
Rotura por actos bélicos.
VI. EXCLUSIONES PARA EQUIPO ELECTRÓNICO Riesgos no cubiertos
Desgaste
Gastos de mantenimiento
Pérdidas o daños a partes desgastables
Defectos estéticos
Bienes no cubiertos
Equipos con antigüedad mayor a 10 años
Equipos instalados en construcciones no macizas.
Equipos que trabajen en, sobre o bajo el agua.
Equipos instalados en aeronaves o embarcaciones.
Para el caso de Equipo de procesamiento de datos (portadores externos de datos)
Falsa programación
Perforación, inserción
Anulación accidental de información
Pérdida de información por campos magnéticos
EXCLUSIONES PARA ROTURA DE MAQUINARIA
Riesgos no cubiertos
Desgaste
Gastos de mantenimiento
Perdidas consecuenciales
Pérdidas o daños a partes desgastables
Defectos estéticos
Bienes no cubiertos
Equipos instalados en construcciones no macizas.
Equipos que trabajen en, sobre o bajo el agua.
EXCLUSIONES PARA OBRAS DE ARTE
Riesgos no cubiertos
Daños superficiales y defectos estéticos.
Gastos de mantenimiento.
Perdidas consecuenciales.
Bienes no cubiertos
Bienes durante su transporte.
2.- PÓLIZA DE TRANSPORTES CARGA
BIENES CUBIERTOS: | PELÍCULAS, EQUIPO DE CÓMPUTO Y ACCESORIOS EN GENERAL TODOS LOS BIENES PROPIOS Y NECESARIOS PARA LA ACTIVIDAD DEL “ASEGURADO” |
RIESGOS CUBIERTOS: | TODO RIESGO DURANTE EL TRANSPORTE. HUELGAS Y ALBOROTOS POPULARES. CONMOCIÓN CIVIL. MANIOBRAS DE CARGA Y DESCARGA. ESTADÍA POR 90 DÍAS EN FERIAS, EXPOSICIONES, BODEGAS, ALMACENES E INSTALACIONES. |
TIPO DE PÓLIZA: | A DECLARACIÓN MENSUAL, SIN PRIMA EN DEPÓSITO, NI GASTOS DE EXPEDICIÓN SOBRE LOS ENDOSOS MENSUALES QUE SE EMITAN. SE SOLICITA CUOTA |
ORIGEN Y DESTINO: | DESDE CUALQUIER PUNTO DE LA REPUBLICA, HASTA CUALQUIER PUNTO DE LA REPUBLICA MEXICANA. |
MEDIOS DE TRANSPORTE: | AÉREO, TERRESTRE Y COMBINADO, EN VEHÍCULOS PROPIEDAD DEL ASEGURADO O DE TERCEROS, DE SERVICIO PÚBLICO FEDERAL O LOCAL, O DE PARTICULARES. |
VALOR PARA EL SEGURO: | VALOR FACTURA MAS GASTOS, IMPUESTOS Y FLETES. |
LIMITE POR EMBARQUE: | $1’500,000.00 |
ESTIMADO ANUAL DE EMBARQUES | $15’000,000.00 |
DEDUCIBLES: | ROBO: 20% SOBRE EL VALOR DE LA PERDIDA. DEMÁS RIESGOS: 5% SOBRE VALOR DE LA PÉRDIDA. |
CONDICIONES GENERALES
EXCLUSIONES
Xxxx, fraude, dolo, mala fe, culpa grave, abuso de confianza, infidelidad o por cualquier delito cometido por el asegurado, el beneficiario o sus enviados, ya sea que actúe solo o en colusión con otras personas.
Por falta o deficiencia del envase, empaque o embalaje, o bien, cuando éstos sean inadecuados. así mismo, cuando se exceda la capacidad de sostén de la estiba de la mercancía. esta exclusión aplica cuando el asegurado tenga injerencia en tal empaque, embalaje o envase, estiba o preparación.
La naturaleza perecedera inherente a los bienes, vicio propio y la combustión espontánea.
Derrame normal, merma natural, pérdida normal de peso o volumen por la propia naturaleza de los bienes o desgaste natural de los mismos.
Empleo de vehículos no aptos para transportar el tipo de mercancías o que resultaren obsoletos, con fallas o defectos latentes, que no pudieran ser ignorados por el asegurado o permisionario.
Uso de cualquier dispositivo o arma xx xxxxxx que emplee energía atómica u otra radioactiva. también por las propiedades tóxicas, explosivas u otras peligrosas o contaminantes de cualquier instalación o reactor.
Extravío, robo o cualquier otro daño que sea detectado después de la entrega de la mercancía en la bodega de su destino final.
El abandono o dejación de los bienes por parte del asegurado o de quien sus intereses represente, hasta en tanto que la compañía haya dado su autorización por escrito, siempre y cuando la pérdida total real de los mismos resulten inevitables o cuando el costo y los gastos para recuperar, reacondicionar y reexpedir (o cualquiera de ellos) exceda el valor de las mercancías a su llegada al destino al que van aseguradas.
Cuando los bienes se transporten en vehículos propiedad del asegurado o se encuentren bajo su cuidado o responsabilidad, se excluye la pérdida o daño de tales bienes por abandonar dicho vehículo o por no tomar las medidas necesarias de seguridad para protegerlos de eventos fortuitos o robo, a menos que el asegurado demuestre que no fue posible tomarlas por causa de fuerzas mayor. Esta exclusión abarca a las unidades de transporte terrestre con la mercancía a bordo si éstas son dejadas: pernoctando en la vía pública sin vigilancia armada, o estacionadas en la vía pública en espera de ser recibidos por el destinatario.
Falta de registro en la mercancía cuando esto impida su identificación y recuperación en caso de siniestro.
Falta de marcas en el envase, empaque o embalaje de los bienes asegurados, que indiquen su naturaleza frágil o las medidas de precaución o que carezcan de la simbología nacional o internacional utilizada en el transporte de bienes.
La apropiación, incautación, requisición o confiscación de los bienes asegurados por parte de personas que estén facultadas por derecho, a tener posesión de los mismos.
Daños indirectos, pérdida xx xxxxxxx, pérdida de beneficios o cualquier otro perjuicio o dificultad de índole comercial que afecte al asegurado, cualesquiera que sea su causa u origen.
La colisión de la carga y no del vehículo, con objetos que se encuentren fuera del medio de transporte o por caídas por falta o deficiencia manifiesta de los amarres o flejes utilizados, o por sobrepasar la capacidad dimensional de carga o de la superestructura del vehículo, ya sea en su largo, ancho o alto.
Variación de temperatura y/o atmósfera.
La pérdida, daño o gastos causados directamente por demora, aun cuando dicha demora sea consecuencia de un riesgo asegurado.
La violación por el asegurado de cualquier ley, disposición o reglamento expedido por cualquier autoridad, extranjera o nacional, federal, estatal o municipal o de cualquier otra especie, cuando influya en la realización del siniestro.
Actos de terrorismo o de sabotaje.
Minas, torpedos, bombas u otras xxxxx xx xxxxxx abandonadas.
Cualquier pérdida o daño a los bienes que ocasionen desajuste o descalibración en maquinaria, herramienta y equipos eléctricos, electrónicos y de precisión, a consecuencia de vibración o movimientos durante el curso normal del viaje, sin que se presente alguno de los riesgos amparados por esta póliza.
Cuando el asegurado no celebre con el transportista un contrato de prestación de servicios (carta de porte) o cuando después de un siniestro por colisión o robo del vehículo, el asegurado no haga ante la autoridad correspondiente su declaración de hechos, conforme a lo indicado en la cláusula de comprobación.
Cuando el asegurado no garantice que el transportista cuente con sus registros y permisos vigentes avalados por las autoridades competentes, mismas que deberán demostrar que dicho transportista se encuentra legalmente establecido para ofrecer sus servicios, en territorio nacional.
Xxxxxx rechazados por destinatario, que sean asegurados en su regreso a su lugar de origen y que no se declaren en la solicitud como “bienes rechazados”.
Para el transporte de bienes de procedencia extranjera, cuando no se hubiere contratado el seguro desde su punto de origen, la presente póliza sólo ampara la cobertura de riesgos ordinarios de tránsito, de acuerdo con el medio de transporte empleado, por lo que se excluye cualquier cobertura adicional contratada por el asegurado.
Por guerra, huelgas, y alborotos populares.
Baratería del capitán.
Xxxxxx asegurados que sean transportados sobre cubierta cuando las ordenanzas marítimas no lo permitan.
En la cobertura de oxidación, queda excluida la pérdida o daño por humedad del medio ambiente, sudoración o condensación del aire dentro del empaque, embalaje o de la bodega donde hayan sido estibados los bienes.
En la cobertura de mojadura se excluyen los daños causados a los bienes asegurados por humedad del medio ambiente, por condensación del aire dentro del empaque o de la bodega donde hayan sido estibados, o bien, cuando dichos bienes viajen estibados sobre la cubierta del buque (excepto la que viaje dentro de contenedores y en buques apropiados) o en
carro de ferrocarril y/o camiones abiertos o cualquier otro vehículo que no reúna las características de protección adecuadas.
En la cobertura de contaminación, se excluye aquella que sea ocasionada por residuos o materiales extraños a la mercancía asegurada, cuando el envase, empaque o embalaje se encuentre indemne.
De haberse contratado mediante convenio expreso la cobertura xx xxxxxx, el seguro no cubrirá:
Pérdida, daño o gasto atribuible a una conducta dolosa del asegurado.
Derrames usuales, pérdidas naturales de peso o volumen, o uso y desgaste normales del objeto asegurado.
Pérdida, daño o gastos causados por insuficiencia o inapropiado embalaje o preparación del objeto asegurado (a efectos de esta cláusula “Embalaje” se entenderá que incluye la estiba en un contenedor o plataforma bien por parte del asegurado o de sus dependientes, pero solamente cuando tal estiba se realice antes de la entrada en vigor de este seguro).
Pérdida, daño o gastos causados por vicio propio o naturaleza del objeto asegurado.
Pérdida, daño o gastos causados directamente por demora, aun cuando la misma sea causada por un riesgo asegurado (excepto los gastos que deban pagarse de acuerdo con la cláusula de avería gruesa).
Pérdida, daño o gastos surgidos de insolvencia o incumplimientos financieros de los propietarios, administradores, fletadores u operadores del buque.
Cualquier reclamación basada en la pérdida o frustración del viaje o aventura.
Pérdida, daño o gastos que surjan de la utilización hostil de cualquier arma xx xxxxxx en la cual se emplee fisión y/o fusión atómica o nuclear, u otra parecida reacción o fuerza o materia radioactiva.
En ningún caso este seguro cubrirá pérdida, daño o gastos derivados de:
- Innavegabilidad del buque o embarcación.
- Falta de idoneidad del buque, embarcación, vehículo, contenedor o plataforma para el transporte con seguridad del objeto asegurado.
- Cuando el asegurado o sus dependientes conozcan tal falta de navegabilidad o idoneidad en el momento de la carga del objeto asegurado.
Los aseguradores renuncian a los derechos que tengan por el quebrantamiento de las garantías implícitas de navegabilidad e idoneidad del buque, para transportar el objeto asegurado a su destino, a menos que el asegurado o sus dependientes conozcan esa innavegabilidad o falta de idoneidad.
De haberse contratado mediante convenio expreso la cobertura de huelgas, el seguro no cubrirá:
Pérdida, daño o gastos atribuibles a una conducta dolosa del asegurado.
Derrames usuales, pérdidas naturales de peso o volumen, o uso y desgaste normales del objeto asegurado.
Pérdida, daño o gastos causados por insuficiencia o inapropiado embalaje o preparación del objeto asegurado (a efectos de esta cláusula “Embalaje” se entenderá que incluye la estiba en un contenedor o plataforma bien por parte del asegurado o de sus dependientes, pero solamente cuando tal estiba se realice antes de la entrada en vigor de este seguro).
Pérdida, daño o gastos causados por vicio propio o naturaleza del objeto asegurado.
Pérdida, daño o gastos causados directamente por demora, aun cuando la misma sea causada por un riesgo asegurado (excepto los gastos que deban pagarse de acuerdo con la cláusula de avería gruesa).
Pérdida, daño o gastos surgidos de insolvencia o incumplimientos financieros de los propietarios, administradores, fletadores u operadores del buque.
Pérdida, daño o gastos provenientes de la abstención, falta o detención del trabajo de cualquier naturaleza como consecuencia de cualquier huelga, cierre patronal, disturbios laborales, motines o tumultos populares.
Cualquier reclamación basada en la pérdida o frustración del viaje o aventura.
Pérdida, daño o gastos que surjan de la utilización hostil de cualquier arma xx xxxxxx en la cual se emplee fisión y/o fusión atómica o nuclear, u otra parecida reacción o fuerza o materia radioactiva.
Pérdida, daño o gastos causados por guerra, guerra civil, revolución, rebelión, insurrección, o contienda civil que provenga de esos hechos o cualquier acto hostil por o contra un poder beligerante.
En ningún caso este seguro cubrirá pérdida, daño o gastos derivados de:
- Innavegabilidad del buque o embarcación.
- Falta de idoneidad del buque, embarcación, vehículo, contenedor o plataforma para el transporte con seguridad del objeto asegurado.
- Cuando el asegurado o sus dependientes conozcan tal falta de navegabilidad o idoneidad en el momento de la carga del objeto asegurado.
Los aseguradores renuncian a los derechos que tengan por el quebrantamiento de las garantías implícitas de navegabilidad e idoneidad del buque, para transportar el objeto asegurado a su destino, a menos que el asegurado o sus dependientes conozcan esa innavegabilidad o falta de idoneidad.
3.- PÓLIZA DE VEHICULOS: AUTOMÓVILES, CAMIONES Y MOTOS.
NOTA: DEBERÁN DE CONSIDERARSE HASTA TRES CASOS, DURANTE LA VIGENCIA, POR DAÑOS EN LAS PARTES BAJAS DE LOS VEHÍCULOS POR CUALQUIER CAUSA.
CONCEPTO | COBERTURA | DEDUCIBLE | SUMA ASEGURADA |
DAÑOS MATERIALES AUTOS | AMPARADO | 5 % | VALOR COMERCIAL |
CAMIONES | 3 % | MAS 10 % | |
ROBO TOTAL AUTOS CAMIONES | AMPARADO | 10 % 5 % | VALOR COMERCIAL MAS 10 % |
RESPONSABILIDAD CIVIL PERSONAS O BIENES (L.U.C.) | AMPARADO | 0 | $ 3,500,000.00 |
GASTOS MÉDICOS A OCUPANTES POR EVENTO AUTOS VANS CAMIONES GASTOS FUNERARIOS | AMPARADO | 0 | $500,000.00 $700,000.00 $300,000.00 50 % S. A. |
ROTURA XX XXXXXXXXX | AMPARADO | 20 % | |
DEFENSA JURÍDICA | AMPARADO | 0 | $500,000.00 |
ASISTENCIA MECÁNICA | AMPARADO | 0 | |
ASISTENCIA, VIAJES NACIONALES | AMPARADO | 0 |
CLÁUSULA ESPECIAL: | COBERTURA AUTOMÁTICA, CON 30 DÍAS PARA DECLARAR XXXXX.XX BIENES MUEBLES, INMUEBLES Y AUTOMOVILES. | |||||
RELACIÓN DEL PARQUE VEHÍCULAR (AUTOMÓVILES) | ||||||
LÍNEA | MARCA | MODELO | PLACAS | COLOR | ÁREA | |
1 | TSURU | NISSAN | 2001 | 480 PTF | BLANCO | SERVICIOS GENERALES |
2 | SEDAN | VW | 2003 | 500 STC | BLANCO | |
3 | VOYAGER | CHRYSLER | 2005 | 156 TDX | PLATA | SERVICIOS GENERALES |
4 | KOLEOS DYNAMIQUE | RENAULT | 2009 | 318 XLE | ARENA ORIENTAL | DIRECCIÓN TÉCNICA Y DE PRODUCCIÓN |
5 | TSURU | NISSAN | 2009 | 896 XDS | NEGRO | SERVICIOS GENERALES |
RELACIÓN DEL PARQUE VEHÍCULAR (CAMIONES) | ||||||
No. | LÍNEA | MARCA | MODELO | PLACAS | COLOR | ÁREA |
1 | DODGE RAM 4000 | CHRYSLER | 1998 | 4735 CF | BLANCO | MANTENIMIENTO |
2 | CHASIS LARGO | NISSAN | 2006 | 3716 CC | BLANCO | LABORATORIO |
CLÁUSULAS ESPECIALES PROCEDIMIENTO EN CASO DE SINIESTRO
I.- MEDIDAS DE SALVAGUARDA O RECUPERACIÓN.
Al ocurrir un siniestro, el “ASEGURADO” tendrá la obligación de ejecutar todos los actos que tiendan a evitar o disminuir el daño, o a evitar que el daño aumente. Los gastos que el “ASEGURADO” tenga que realizar con este propósito, los cubrirá la “ASEGURADORA” y a petición del “ASEGURADO”, podrá anticipar dichos gastos.
II.- AVISO DE SINIESTRO.
Al ocurrir un siniestro, el “ASEGURADO” tendrá la obligación de comunicarlo a la “ASEGURADORA” por teléfono, télex, fax, o correo electrónico y confirmarlo por escrito, tan pronto tenga conocimiento de este hecho, pero bajo ninguna circunstancia, dicha comunicación excederá xx xxxx días, contados a partir de la fecha en que el “ASEGURADO” tenga conocimiento del siniestro.
La “ASEGURADORA” tendrá la obligación de proporcionar al “ASEGURADO”, el número de teléfono, télex, fax o correo electrónico, a los cuales el “ASEGURADO” podrá reportar los siniestros, las 24 horas de los 365 días del año, así como el domicilio para recibir las notificaciones. La “ASEGURADORA” se obliga a proporcionar un número de reporte y número de siniestro al momento de recibir el reporte en forma telefónica o escrita, con la finalidad de identificar el siniestro reportado.
La “ASEGURADORA” deberá examinar de inmediato los bienes dañados y antes de que se inicien las reparaciones.
Si el daño al bien asegurado fuere causado por tercera o terceras personas, el “ASEGURADO”, en cumplimiento de lo estipulado, se abstendrá de cualquier arreglo con las mencionadas terceras personas, sin la previa autorización y aprobación de la “ASEGURADORA” respecto a la responsabilidad que le resulte por dichos daños.
III.- DOCUMENTOS DATOS E INFORMES QUE EL “ASEGURADO” DEBERÁ SUMINISTRAR A LA “ASEGURADORA”.
El “ASEGURADO” comprobará su reclamación y demás circunstancias de la misma, en los términos de la “PÓLIZA”. La “ASEGURADORA” tendrá derecho de exigir del “ASEGURADO” o del beneficiario, toda clase de informes sobre los hechos relacionados con el siniestro y por los cuales puedan determinarse las circunstancias y consecuencias de su realización.
La “ASEGURADORA” o el ajustador designado, solicitarán al “ASEGURADO”, por una sola vez, en un plazo máximo de 10 días naturales, la siguiente información y documentación:
Relación detallada de los bienes destruidos o averiados, así como un estado de los daños causados por el siniestro y el importe de dichos daños.
Relación de todos los seguros que existan sobre los bienes dañados.
Los planos, proyectos, libros, recibos, facturas, copias o duplicados de facturas, actas y todos los documentos que sirvan para apoyar su reclamación y todos los datos relacionados con las circunstancias en las cuales se produjo el siniestro; a petición y a xxxxx de la “ASEGURADORA”, copias certificadas de las actuaciones practicadas por el ministerio público, o por cualquier otra autoridad que hubiere intervenido en la investigación del siniestro, o de los hechos relacionados con el mismo.
Cuando el “ASEGURADO” no cuente con las facturas de los bienes afectados, acreditará la propiedad en los términos establecidos por la legislación aplicable en la materia.
IV.- DERECHOS DE LA “ASEGURADORA”.
La “ASEGURADORA” deberá, con apego a las condiciones de la “PÓLIZA”, cumplir con sus obligaciones derivadas de un siniestro amparado, a elección del “ASEGURADO” de cualquiera de las siguientes formas:
Pagar el valor de la pérdida, daños y/o gastos amparados por la “PÓLIZA”.
Reponer o reparar los bienes asegurados dañados, a satisfacción del “ASEGURADO”.
V.- AJUSTE Y PAGO DE PÉRDIDAS:
Cualquier siniestro bajo los términos de la “PÓLIZA”, salvo lo que se estipula específicamente en contrario, será ajustado y pagado a favor del “ASEGURADO”, a su orden, a la Dirección General Adjunta de Recursos Materiales y de Servicios del “ASEGURADO”.
VI.- DISPOSICIÓN ESPECIAL DE PÉRDIDAS Y AJUSTE:
En caso de pérdida cubierta por la “PÓLIZA”, que involucre a los inmuebles y contenidos de una propiedad asegurada, u operaciones que tengan diversos porcentajes de propiedad por parte del “ASEGURADO”, la pérdida será ajustada de manera que el “ASEGURADO” reciba la recuperación máxima, de acuerdo con lo establecido en la “PÓLIZA”.
VII.- ANTICIPOS
En caso de ocurrir una pérdida de bienes amparados por la “PÓLIZA” y cuando el representante de la “ASEGURADORA” considere que la reclamación es procedente y que rebasa el deducible estipulado, la “ASEGURADORA” conviene en aceptar la prueba parcial del monto de la pérdida, para adelantar una cantidad mutuamente convenida, de la pérdida estimada, antes de la prueba final.
VIII.- SALVAMENTOS Y RECUPERACIONES:
En caso de cualquier pago de indemnización bajo la “PÓLIZA”, la “ASEGURADORA” concurrirá junto con todos los intereses (incluyendo los del “ASEGURADO”) relacionados con el ejercicio de los derechos de recuperación u obtención de salvamento. Cualquier cantidad recuperada se distribuirá como sigue:
Se reembolsará en primer lugar el deducible pagado por el “ASEGURADO”; en segundo lugar hasta el monto de los daños sufridos por el “ASEGURADO” y/o del pago real en que haya incurrido la “ASEGURADORA”.
Si queda algún saldo, se aplicará para rembolsar al “ASEGURADO” o a cualquier beneficiario, según corresponda a sus intereses.
Los gastos de todos los trámites de recuperación serán distribuidos en la proporción de las recuperaciones respectivas, si no existe recuperación en los procedimientos llevados a cabo, únicamente la “ASEGURADORA” absorberá dichos gastos.
IX.- PERIODO DEL SINIESTRO A CONSECUENCIA DE TEMBLOR, TERREMOTO, Y/O ERUPCIÓN VOLCÁNICA, INUNDACIÓN, HURACÁN, CICLÓN Y VIENTOS TEMPESTUOSOS:
En lo que se refiere a los riesgos mencionados, queda entendido que se considerarán como un solo siniestro todos los daños sufridos por los bienes propiedad y/o bajo la responsabilidad del “ASEGURADO”, durante un período continuo de 72 horas. El “ASEGURADO” podrá elegir el momento a partir del cual cada uno de los períodos de 72 horas consecutivas comience.
La omisión por parte del “ASEGURADO” de reportar dicho daño o pérdida, dentro del período de 72 horas antes mencionado, no operará para invalidar los derechos de recuperación del “ASEGURADO” bajo los términos de la “PÓLIZA”, pero si podrá resultar en la reducción de la reclamación, en la medida en que los derechos de la “ASEGURADORA” hayan sido perjudicados a consecuencia de dicha demora.
X.- PRELACIÓN
Las Condiciones y Cláusulas Especiales de la póliza, tendrán prelación sobre las Condiciones Generales, en todo aquello a que se opongan a la cobertura otorgada.
ESTÁNDARES DE SERVICIO, ENDOSO APLICABLE A TODAS LAS PÓLIZAS
No | EMISIÓN DE DOCUMENTOS DE | TIEMPO MÁXIMO DE RESPUESTA (DÍAS HÁBILES) | PENALIZACIÓN |
1 | COTIZACIÓN DENTRO DE CONTRATOS | 5 | 1 % SOBRE EL MONTO DE LA PRIMA DEL SERVICIO SOLICITADO, POR CADA DÍA DE RETRASO. |
2 | ENDOSOS A, B Y D PARA CUALQUIER PÓLIZA | 10 | |
3 | CARTAS COBERTURA CUANDO SE REQUIERA | 2 | |
4 | REEXPEDICIÓN DE PÓLIZAS Y ENDOSOS CON ERRORES | 10 | |
5 | DUPLICADO DE PÓLIZAS Y RECIBOS CUANDO SE SOLICITE | 5 |
NO | ATENCIÓN DE SINIESTROS | TIEMPO MÁXIMO DE RESPUESTA (DÍAS HÁBILES) | PENALIZACIÓN |
1 | PROPORCIONAR EL NÚMERO DE SINIESTRO | 1 | ELIMINACIÓN DEL DEDUCIBLE |
2 | AJUSTADOR EN VEHÍCULOS | ||
2ª | ÁREA METROPOLITANA. | 1 HORA | ELIMINACIÓN DEL DEDUCIBLE |
2B | FORÁNEOS | 3 HORAS | |
3 | TIEMPO DE LLEGADA DEL AJUSTADOR, PARA LA PÓLIZA MÚLTIPLE | 2 | ELIMINACIÓN DEL DEDUCIBLE Y COASEGURO |
4 | TIEMPO PARA LA ACEPTACIÓN O RECHAZO DE PAGOS ESPECIALES | 3 | ACEPTACIÓN Y PAGO DEL SINIESTRO |
5 | TIEMPO REVISIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN ENTREGADA PARA SOPORTAR UN SINIESTRO. | 10 | PÉRDIDA DEL DERECHO DE SOLICITAR DOCUMENTACIÓN ADICIONAL. |
6 | TIEMPO DE PAGO DE LA INDEMNIZACIÓN DEL SINIESTRO, DESPUÉS DE LA FIRMA DEL CONVENIO | 21 | APLICACIÓN DE LA CLÁUSULA DE INTERESE MORATORIO Y DE LAS PENALIDADES ESTABLECIDAS EN EL CONTRATO. |
7 | REPORTES DE SINIESTRALIDAD SINIESTROS TERMINADOS SINIESTROS PENDIENTES SINIESTROS POR PRESCRIBIR | TRIMESTRAL | 0.003 (TRES AL MILLAR) DEL MONTO TOTAL DEL CONTRATO, POR DÍA DE INCUMPLIMIENTO CON MÁXIMO DEL 20 % DEL MONTO TOTAL DEL CONTRATO. |
8 | PÓLIZAS MÚLTIPLES: ANTICIPO HASTA DEL 50% DEL IMPORTE A AJUSTAR, UNA VEZ DECLARADO PROCEDENTE Y SE CUENTE CON LA DOCUMENTACIÓN QUE SOPORTE EL IMPORTE CORRESPONDIENTE AL ANTICIPO. | 15 | APLICACIÓN DE LA CLÁUSULA DE INTERESE MORATORIO |
ANEXO TÉCNICO 1 BIS
EL INMUEBLE PROPIEDAD DE ESTUDIOS CHURUBUSCO AZTECA, S.A, OCUPA UN TERRENO CON SUPERFICIE DE 44 HECTAREAS EN EL QUE ESTÁN CONSTRUIDOS 12 EDIFICIOS DE CONSTRUCCIÓN MACIZA Y CUARENTA Y OCHO OFICINAS PREFABRICADAS.
1. LABORATORIO
2. BLOQUE DE FOROS ,1,2,3,4
3. BLOQUE DE FOROS,5,6,7,8
4. BODEGAS A Y B
5. BODEGA C Y D
6. VIGILANCIA, BODEGAS 1 y 2, TALLERES, VESTIDORES
7. EDIFICIO HERMANOS XXXXX
8. EDIFICIO DE SONIDO THX
9. OFICINAS GENERALES, VESTÍBULO PRINCIPAL, SALA XXXXXXXXX XXXXXXXXX
10. XXXXXXXX XXXXXX XXXXX XXXXXXXXX
00. XXXXXXXX XXXXX XXXXXXX (XXXXX 22)
12. EDIFICIO CIUDAD DEL CINE
13. 48 OFICINAS PREFABRICADAS
TIPO CONSTRUCTIVO. LOS 12 EDIFICIOS SON DE CONSTRUCCIÓN MACIZA:
MUROS PERIMETRALES DE TABIQUE
MUROS DIVISORIOS DE TABIQUE.
90% DE LOS TECHOS SON DE CONCRETO, UN 10% SON DE OTROS MATERIALES COMO VIDRIO, MADERA Y LÁMINA.
PISOS DE CONCRETO.
ESTRUCTURA DE CONCRETO Y MUROS DE CARGA.
CIMENTACIÓN XX XXXXXX
MEDIDAS DE SEGURIDAD:
CONTROL DE ACCESO
VIGILANCIA PERMANENTE
26 CÁMARAS DE CIRCUITO CERRRADO DE TV
SALA DE MONITOREO, GRABACIÓN CONTÍNUA
PROTECCIONES CONTRA INCENDIO:
344 EXTINTORES INSTALADOS DE ACUERDO AL REGLAMENTO
11 HIDRANTES DE 38 mm
TANQUE DE AGUA DE 180 m3
DOS CASETAS DE BOMBEO, CADA UNA CUENTA CON BOMBA CON MOTOR ELÉCTRICO DE 15 HP, BOMBA CON MOTOR DE COMBUSTIÓN INTERNA DE 60 HP, Y BOMBA JOCKEY
4 XXXXX XXXXXXXXX
ALARMA SONORA
BRIGADA CONTRA INCENDIO, 25 ELEMENTOS, 4 GABINETES CON EQUIPO PARA 3 BOMBEROS, 12 EN TOTAL.
CONFINAMIENTO DE BASURA
EQUIPOS AUXILIARES:
LA ENERGÍA ELÉCTRICA ES SUMINISTRADA POR LA COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD, LLEGA A UNA SUBESTACIÓN PROPIEDAD DE LA CFE
ESTUDIOS CHURUBUSCO CUENTA CON LOS SIGUIENTES EQUIPOS:
SUBESTACION ELECTRICA INTEMPERIE DE 1851 KVA DE 23 KV
SUBESTACIÓN ELÉCTRICA DE LABORATORIO DE 1100 KVA DE 2.4 KV
SUBESTACIÓN ELÉCTRICA DE FOROS DE 300 KVA DE 2.4 KV
SUBESTACION ELECTRICA DE THX DE 300 KVA DE 2.4 KV
SUBESTACION ELECTRICA XXXXXXXX XXXXX XXXXXXX XX 0000 XXX XX 0.0 XX
x XXXXXXXXXXX XX XXXXXX ULTRA ESTEREO DE 400 KVA DE 2.4 KV
SUBESTACIÓN EDIFICIO CIUDAD DEL CINE
SUBESTACION RECEPTORA COMPACTA Y SUBESTACIÓN HIPER COMPACTA
EQUIPOS DE PROYECCIÓN FÍLMICA
13 CÁMARAS ELECTRÓNICAS.
DESCRIPCIÓN Y USO DE LOS INMUEBLES:
1. LABORATORIO XXXXXX XXXX XXXX.
CONSTA DE DOS NIVELES. HAY 3 SALAS DE PROYECCIÓN, BÓVEDA CLIMATIZADA PARA EL ALMACENAJE DE PELÍCULAS.
ALMACÉN DE PRODUCTOS QUÍMICOS, CON CAPACIDAD MÁXIMA DE 2,500 LÍTROS, PARA: ÁCIDOS, REVELADORES Y PERCLOROETILENO. SE GUARDAN EN TANQUES ESPECIALES DE PLÁSTICO, CON LA DEBIDA SEPARACIÓN, LA CONDUCCIÓN ES POR TUBERÍAS Y SE OBSERVAN RIGUROSAS MEDIDAS DE SEGURIDAD.
EQUIPOS: PLANTA DE REVELADO.
DOS CALDERAS CON QUEMADOR DE GAS BUTANO.
2. FOROS 1, 2,3 Y 4
CONSTAN DE UN SOLO NIVEL. SE UTILIZAN PARA LA FILMACIÓN DE PELÍCULAS Y PARA EL ALMACENAJE DE LA UTILERÍA, MATERIALES Y EQUIPOS UTILIZADOS EN CADA PRODUCCIÓN.
3. FOROS 5, 6,7, Y 8
CONSTAN DE UN SOLO NIVEL. SE UTILIZAN PARA LA FILMACIÓN DE PELÍCULAS Y PARA EL ALMACENAJE DE LA UTILERÍA, MATERIALES Y EQUIPOS UTILIZADOS EN CADA PRODUCCIÓN,
4.- BODEGAS A Y B
SE UTILIZAN PARA GUARDAR EQUIPO, UTILERÍA Y MATERIALES PARA LA PRODUCCIÓN DE PELÍCULAS 5.- BODEGAS C Y D
SE UTILIZAN PARA GUARDAR EQUIPO, UTILERÍA Y MATERIALES PARA LA PRODUCCIÓN DE PELÍCULAS
6. VIGILANCIA, BODEGAS 1 y 2, TALLERES, VESTIDORES
CONSTAN DE UN SOLO NIVEL, EN LA CASETA DE VIGILANCIA HAY DOS. EL TALLER DE CARPINTERÍA SE FABRICAN LOS SETS CINEMATOGRÁFICOS, CUENTA CON SIERRAS CIRCULARES, SIERRA CINTA, TROMPO, CEPILLO, Y CANTEADORES.
7. EDIFICIO HERMANOS XXXXX
CONSTA DE DOS NIVELES. SE UTILIZA PARA OFICINAS.
8.- EDIFICIO DE SONIDO THX
CONSTA DE TRES NIVELES. SE UTILIZA PARA LA EDICIÓN DE SONIDO Y PARA OFICINAS.
9.- OFICINAS GENERALES, VESTÍBULO PRINCIPAL, SALA XXXXXXXXX XXXXXXXXX
CONSTA DE UN NIVEL. SE UTILIZA COMO OFICINAS, SALAS DE JUNTAS, Y LA SALA XXXXXXXXX XXXXXXXXX, ES SALA CINEMATOGRÁFICA.
10.- EDIFICIO XXXXXX INDIO XXXXXXXXX
CONSTA DE DOS NIVELES, Y SE UTILIZA PARA OFICINAS, CUENTA CON LA SALA DE DOBLAJE
11.- EDIFICIO XXXXX XXXXXXX
CONSTA DE UN SOLO NIVEL, EN UN COSTADO QUE OCUPA MENOS DEL 20 % DEL ÁREA TOTAL, HAY 2 NIVELES. SE UTILIZA COMO FORO CINEMATOGRÁFICO Y COMO OFICINAS. EL FORO UTILIZADO POR EL CANAL 22 NO FORMA PARTE DE ESTA COBERTURA
12.- EDIFICIO CIUDAD DEL CINE
CONSTA DE 4 NIVELES, SE ENCUENTRA EN OBRA NEGRA
13.- OFICINAS PROVISIONALES.
SE TIENEN 48 OFICINAS PREFABRICADAS.
Anexo 2 MODELO DE CONTRATO
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN MATERIA DE SEGUROS, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, “ESTUDIOS CHURUBUSCO AZTECA, S.A.” ENTIDAD PARAESTATAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, COORDINADA POR LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA, A LA QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "LOS ESTUDIOS", REPRESENTADA POR SU DIRECTORA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS, LIC. XXXXXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXXX; ASÍ COMO POR EL C. XXXXXX XXXXX BLANCAS XXXXXX, EN SU CALIDAD DE ENCARGADO DE LA GERENCIA DE RECURSOS MATERIALES, SERVICIOS GENERALES Y OBRA PÚBLICA; POR LA OTRA, LA EMPRESA DENOMINADA , REPRESENTADA POR , SOCIEDAD A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “LA PRESTADORA DEL SERVICIO”, DE CONFORMIDAD CON LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
D E C L A R A C I O N E S :
I.- Declaran “LOS ESTUDIOS” a través de su representante legal que:
a) Es una sociedad legalmente constituida de conformidad con las leyes de la República Mexicana, según consta en la Escritura Pública número 21,953 de fecha 00 xx Xxxxxxx xx 0000, xxxxxxxx xxxx xx xx del entonces Notario Xxxxxxx xxxxxx 00 xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, el Licenciado Xxxxxxxx Xxxx X.
b) En fecha 08 de Noviembre de 1950, se realizó el cambio de denominación social, según consta en la Escritura Pública número 24,966, otorgada ante la xx xxx Xxxxxxx Xxxxxxx xxxxxx 00 xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, el Licenciado Xxxxxx Xxxxxxxxxxx.
c) Mediante Escritura Pública número 3,823 de fecha 00 xx Xxxxxxx xx 0000, xxxxxx xxxx xx xx xxx Xxxxxxx Xxxxxxx xxxxxx 000 xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, el Licenciado Xxxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx, se prorrogó la vigencia de la sociedad por cincuenta años más.
d) Es una empresa de participación Estatal Mayoritaria según lo previsto por el artículo 46 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, con sede en la ciudad de México, Distrito Federal.
e) La Licenciada Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx cuenta con las facultades legales suficientes para suscribir el presente instrumento de conformidad con la Escritura Pública Número 27,357 de fecha 00 xx xxxxx xx 0000, xxxxxxxx xxxx xx xx del Licenciado Xxxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx 000 xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, manifestando que a la fecha de firma del presente instrumento jurídico, dichas facultades no le han sido limitadas, modificadas o revocadas en forma alguna.
f) Su principal objeto social es la prestación de toda clase de servicios y ejecución de todo género de actos tendientes a desarrollar la industria cinematográfica.
g) El domicilio de su representada es el ubicado en la calle de Atletas número 02, Colonia Country Club, Código Postal 04220, Delegación Coyoacán, en México Distrito Federal.
h) Cuenta con Registro Federal de Contribuyentes expedido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, bajo la clave ECA- 501108- P74.
i) En virtud de que “LA PRESTADORA DEL SERVICIO” no desempeña empleo, cargo o comisión en el servicio público, ni alguno de sus socios, así como que no se encuentra inhabilitada por resolución de autoridad administrativa competente, se cumple cabalmente con la hipótesis señalada en la Fracción XX del artículo 8 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.
j) Se lleva a cabo la firma del presente instrumento mediante el procedimiento de Licitación Pública de Carácter Nacional Mixta de conformidad con los artículos 26 bis y 28, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, afectando la partida presupuestas No. , según documentación anexa al recibido en fecha de del 2014, remitida por la Gerencia de Recursos Materiales, Servicios Generales y Obra Pública, atendiendo la requisición suscrita por la misma gerencia.
II.- Declara “LA PRESTADORA DEL SERVICIO”, bajo protesta de decir verdad que:
1. Es una persona moral constituida de conformidad con las leyes aplicables a los Estados Unidos Mexicanos, hecho que acredita con copia fotostática de la Escritura Pública número de fecha de
de , otorgada ante la xx xxx Xxxxxxx Público número del Distrito Federal, el Licenciado , e inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio de la Ciudad de México, Distrito Federal, en el número , volumen , a fojas , de fecha de
de .
2. Cuenta con facultades suficientes para firmar el presente contrato en representación de “LA PRESTADORA DE SERVICIO” y para obligarla en términos del presente documento, las cuales no le han sido revocadas ni limitadas en forma alguna, hecho que acredita exhibiendo la Escritura Pública número de fecha
de de , pasada ante la xx xxx Xxxxxxx Público número en la Ciudad de
México, el Licenciado , inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio del Distrito Federal, bajo el folio mercantil electrónico de fecha de de .
3. El objeto social de “LA PRESTADORA DE SERVICIO” es:
, corresponde a: Funcionar como Institución de
Seguros en los términos de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros.
4. La sociedad que representa cuenta con los conocimientos, experiencia, elementos materiales y humanos así como económicos para comprometerse en términos de este contrato.
5. El representante legal, ni alguno de los socios de “LA PRESTADORA DEL SERVICIO” o colaborador de la misma, desempeña cargo o comisión en el Servicio Público, que no se encuentra inhabilitado por resolución de la Secretaría de la Función Pública, y que no le son aplicables los supuestos del artículo 50 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
6. “LA PRESTADORA DEL SERVICIO” señala como domicilio convencional para el cumplimiento de las obligaciones derivadas del presente contrato, el que se encuentra ubicado en
Xx. , Xxxxxxx , Xxxxxxxxxx ,
X.X. , Xxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxxx.
7. Cuenta con Registro Federal de Contribuyentes expedido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, bajo la clave: .
8. Tiene pleno conocimiento de las características de los servicios que proporcionará a “LOS ESTUDIOS”.
9. Conoce el contenido y los requisitos establecidos en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su reglamento.
10. Cuenta con la autorización otorgada del Gobierno Federal para operar como institución de Seguros, en términos de la autorización que consta en los oficios expedidos por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con los números: y .
III.-Declaran “LOS ESTUDIOS” y “LA PRESTADORA DEL SERVICIO”, en lo sucesivo “LAS PARTES” que:
a) La voluntad para celebrar el presente contrato es con el pleno conocimiento y libertad de cada una de ellas y de las personas que las representan, por lo que en la suscripción y formación del mismo, no existe error, dolo, mala fe o cualquier otro vicio de la voluntad que pudiese invocarse para su nulidad o denuncia y que, de acuerdo con las declaraciones que anteceden, están conformes en suscribir el presente contrato al tenor de las siguientes:
C L Á U S U L A S
PRIMERA.- OBJETO DEL CONTRATO: En los términos y condiciones del presente contrato, “LA PRESTADORA DEL SERVICIO” se obliga a proporcionar a “LOS ESTUDIOS” el servicio de “ASEGURAMIENTO INTEGRAL DE LOS BIENES PATRIMONIALES DE ESTUDIOS CHURUBUSCO AZTECA, S.A.”, con la
participación siguiente y de acuerdo a lo señalado en el XXXXX X, ANEXO TÉCNICO I, ANEXO TÉCNICO I BIS y XXXXX XX del presente instrumento.
“LA PRESTADORA DEL SERVICIO”, será la única responsable de la mala calidad del servicio de “Aseguramiento Integral de los Bienes Patrimoniales de Estudios Churubusco Azteca, S.A.”, cuando no se ajusten a las especificaciones, cantidades y precios establecidos en el presente contrato y en sus ANEXO I, ANEXO TÉCNICO I, ANEXO TÉCNICO I BIS y ANEXO II del presente instrumento.
SEGUNDA.- VIGENCIA DEL CONTRATO Y DE LAS POLIZAS DE SEGUROS: La vigencia del presente
contrato y de las Pólizas para el servicio de “Aseguramiento de Bienes Patrimoniales de Estudios Churubusco Azteca, S.A.”, será a partir de las 12:00 horas del día 30 xx xxxxx de 2015 y terminará a las 12:00 horas del día 31 de Diciembre de 2015.
Mientras se expide la Póliza correspondiente, “LA PRESTADORA DEL SERVICIO” se obliga a entregar a más tardar el día 30 xx XXXXX de 2015, una Carta Cobertura que deberá especificar la vigencia, cobertura, suma asegurada, deducibles y su obligación de prestar el servicio.
Dicha Carta Cobertura deberá ser canjeada dentro de los 20 días naturales siguientes a la notificación del fallo
pronunciado en la LICITACIÓN PÚBLICA DE CARÁCTER NACIONAL ELECTRONICA No LA-011L8P001-N36-
2015, por la Póliza de Seguro de Bienes Patrimoniales de “LOS ESTUDIOS”, en las instalaciones de éstos últimos ubicadas en el domicilio señalado en la declaración I. inciso g) de este instrumento, Gerencia de Recursos Materiales, Servicios Generales y Obra Pública, en un horario de 09:30 a 14:30 y de 16:30 a 17:30 horas.
TERCERA.- RELACIÓN DE ANEXOS: Los Anexos que forman parte integrante del presente contrato, son los que a continuación se enlistan:
ANEXO I La Convocatoria que incluye las especificaciones de los seguros a contratarse;
ANEXO “TECNICO I”: ANEXO TÉCNICO I (PROPUESTA TÉCNICA);
ANEXO “TECNICO I BIS”: ANEXO TÉCNICO I BIS (PROGRAMA DE ASEGURAMIENTO INTEGRAL, SUPERFICIE DEL INMUEBLE PROPIEDAD DE “LOS ESTUDIOS”);
ANEXO “II”: PROPUESTA ECONÓMICA.
Mismos que firmados por las partes forman parte integrante de este instrumento.
CUARTA.- EJECUCIÓN DEL CONTRATO: “LA PRESTADORA DEL SERVICIO”, se obliga a proporcionar
el servicio de “Aseguramiento Integral de los Bienes Patrimoniales de Estudios Churubusco Azteca, S.A.”, objeto de este contrato, de acuerdo a lo establecido en el ANEXO “TECNICO I” del presente instrumento y en términos de la cláusula primera del mismo.
QUINTA.- PRECIO CONVENIDO: “LOS ESTUDIOS”, se obligan a pagar como contraprestación a “LA PRESTADORA DEL SERVICIO” por el servicio de “Aseguramiento Integral de los Bienes Patrimoniales de Estudios Churubusco Azteca, S.A.”, la cantidad total de $
( Agregado incluido.
M.N), con el Impuesto al Valor
DESCRIPCIÓN | IMPORTE |
$ | |
$ | |
$ | |
TOTAL | $ |
Queda establecido por “LAS PARTES” que los importes precisados por “LA PRESTADORA DEL SERVICIO” y aceptados por “LOS ESTUDIOS”, en el ANEXO II de este instrumento, incluyen todos los gastos y costos directos e indirectos necesarios para el cumplimiento del objeto del presente contrato, motivo por el cual, “LA PRESTADORA DEL SERVICIO” manifiesta desde este momento que no exigirá a “LOS ESTUDIOS” importes diversos a los acordados y estipulados en esta cláusula y en el multicitado ANEXO II durante la vigencia de este instrumento.
SEXTA.- FORMA DE PAGO: El pago será cubierto por “LOS ESTUDIOS” previa presentación de la factura, que “LA PRESTADORA DEL SERVICIO” otorgue a “LOS ESTUDIOS”, efectuándose el pago dentro de los 20 veinte días naturales siguientes contados a partir de la fecha de recepción de la factura por parte de la Gerencia de Recursos Materiales, Servicios Generales y Obra Pública. En caso de que la(s) factura(s) entregada(s) por “LA PRESTADORA DEL SERVICIO” presente(n) errores o deficiencias “LOS ESTUDIOS” dentro de los tres días hábiles siguientes al de su recepción, indicará por escrito a “LA PRESTADORA DEL SERVICIO” las deficiencias que deberá de corregir.
Dicho pago se podrá efectuar a través de medios de comunicación electrónica, mediante cheque nominativo o mediante el programa de “Cadenas Productivas”, previa entrega que “LA PRESTADORA DEL SERVICIO” haga de la documentación mercantil debidamente requisitada y que cumpla con las disposiciones fiscales aplicables, así como previa entrega de la póliza respectiva y de que se haga constar la aprobación de la misma por parte del titular del Departamento de Servicios Generales de “LOS ESTUDIOS”.
El pago se verificará en la Caja General de “ESTUDIOS CHURUBUSCO AZTECA S.A.” localizada a un costado del edificio “Hermanos Xxxxx”, ubicado en el domicilio citado en el antecedente I, inciso f) del presente instrumento.
SÉPTIMA.- MODALIDAD: El presente contrato se celebra bajo la modalidad de precio fijo y total de conformidad con la cláusula que antecede y lo previsto por los artículos 44 y 45 fracción VI de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
OCTAVA.- ATENCIÓN DE LOS SERVICIOS: “LA PRESTADORA DEL SERVICIO” se obliga a
proporcionar a “LOS ESTUDIOS” los procedimientos operativos e infraestructura necesarios para la supervisión, monitoreo y atención de los servicios contratados de acuerdo a lo señalado en el ANEXO I y ANEXO I BIS, mismo que señala el lugar de recepción y atención de llamadas y tiempos de respuesta, así como el servicio técnico de unidades móviles y servicio de radioteléfono con que cuente “LA PRESTADORA DEL SERVICIO”.
NOVENA.- MODIFICACIONES A LA POLIZA: “LAS PARTES” acuerdan que se podrán efectuar modificaciones a las pólizas establecidas en el ANEXO I conforme a las altas, bajas y/o modificaciones de los bienes patrimoniales propiedad de “LOS ESTUDIOS”. Asimismo, “LA PRESTADORA DEL SERVICIO” deberá incorporar a este seguro, los bienes que se adquieran durante la vigencia de la Póliza.
DÉCIMA.- MEDIDAS NECESARIAS: En caso de que “LOS ESTUDIOS” cambiare de domicilio, notificará a “LA PRESTADORA DEL SERVICIO” con 15 (quince) días de anticipación el nuevo domicilio, para que éste tome las medidas necesarias que impliquen dicho cambio y no se vean interrumpidos los servicios objeto de este contrato.
DÉCIMA PRIMERA.- OBLIGACIONES DE “LOS ESTUDIOS”: “LOS ESTUDIOS” se obligan a:
1. ACCESO: “LOS ESTUDIOS”, se comprometen a permitir al personal de “LA PRESTADORA DEL SERVICIO”, el acceso al área institucional y otorgar las facilidades necesarias a fin de que el personal de “LA PRESTADORA DEL SERVICIO” pueda desarrollar sus actividades.
2. SUPERVISIÓN: “LOS ESTUDIOS”, vigilarán y supervisarán en todo momento la debida prestación objeto del presente contrato, designando como responsable a la Gerencia de Recursos Materiales, Servicios Generales y Obra Pública, a través de quien se sirva designar para tal efecto, localizable en el domicilio citado en la declaración I. inciso g) de este instrumento, quien fungirá como enlace de parte de “LOS ESTUDIOS” y contará con todas las facultades para formular observaciones a “LA PRESTADORA DEL SERVICIO” y en general requerirle que adopte las medidas preventivas y correctivas necesarias para asegurar el fiel y exacto cumplimiento de las obligaciones derivadas de este contrato.
DÉCIMA SEGUNDA.- OBLIGACIONES DE “LA PRESTADORA DEL SERVICIO”: “LA PRESTADORA
DEL SERVICIO” se obliga a:
1. PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS: Prestar con la mayor eficiencia, eficacia y calidad el servicio de “Aseguramiento Integral de los Bienes Patrimoniales de Estudios Churubusco Azteca, S.A.”, objeto de este contrato, disponiendo de trabajadores capacitados para llevar a cabo dicho servicio.
2. ATENCIÓN DE OBSERVACIONES: Atender con toda diligencia las observaciones que por escrito le formule “LOS ESTUDIOS”, para lograr que los servicios se presten en forma óptima.
3. SUPERVISIONES: Permitir que “LOS ESTUDIOS”, efectúen las supervisiones que a su juicio sean convenientes y acatar las observaciones que al efecto indique para el mejor cumplimiento del objeto de este contrato.
4. OBLIGACIONES CONTRATUALES: “LA PRESTADORA DEL SERVICIO”, se obliga a responder por los daños parciales o totales que su personal lleguen a causar a los bienes propiedad de “LOS ESTUDIOS” o de los servidores públicos, por lo que “LA PRESTADORA DEL SERVICIO” contará con un plazo de 5 (cinco) días naturales contados a partir de la fecha de la notificación del hecho, que por escrito le haga “LOS ESTUDIOS”, para manifestar lo que a su derecho convenga y aporte las pruebas que estime pertinentes, y en caso de resultar responsables, contará con igual plazo para la reparación de los bienes o el pago total de los mismos, a satisfacción de “LOS ESTUDIOS”, de no cubrir los daños, su costo se reducirá administrativamente de los saldos pendientes de pago que tuviese “LOS ESTUDIOS” con “LA PRESTADORA DEL SERVICIO”.
5. DERECHOS DE PROPIEDAD INDUSTRIAL E INTELECTUAL: “LA PRESTADORA DEL SERVICIO” asume la responsabilidad total para el caso de que al prestar el servicio, objeto del presente contrato, infrinja derechos de propiedad industrial o intelectual de terceros, en caso de presentarse cualquier reclamación o demanda por violaciones que se causen en materia de patentes, franquicias, marcas o derechos de autor, con respecto al servicio, recursos, técnicas y en general cualquier elemento utilizado para la prestación del servicio a “LOS ESTUDIOS” se obliga a responder por ello, así como reembolsar cualquier cantidad que por este motivo se hubiere tenido que erogar..
6. ENTERA SATISFACCION DE “LOS ESTUDIOS”: Entregar el servicio materia del presente contrato a entera satisfacción de “LOS ESTUDIOS”.
7. TIEMPO DEL SERVICIO: “LA PRESTADORA DEL SERVICIO”, entregará en tiempo y forma a “LOS ESTUDIOS” el servicio objeto de este contrato de conformidad con lo establecido en el ANEXO I del presente contrato.
8. CALIDAD DE LOS SERVICIOS: “LA PRESTADORA DEL SERVICIO”, garantiza la calidad y alcance de los servicios a partir del inicio de la vigencia de las pólizas de seguro emitidas en términos del presente contrato.
9. CONFIDENCIALIDAD: La información proporcionada por “LOS ESTUDIOS” y aún aquella que recopile “LA PRESTADORA DEL SERVICIO” en el proceso de la prestación del servicio, será resguardada con estricta confidencialidad y bajo la responsabilidad absoluta de “LA PRESTADORA DEL SERVICIO”, sin perjuicio de las sanciones administrativas y penales que se apliquen por violación, en caso de divulgación o publicación de la misma, o cualquier otro uso no autorizado por “LOS ESTUDIOS” o quien tenga derecho a ello.
10. RESPONSABILIDAD: “LA PRESTADORA DEL SERVICIO” será la única responsable ante el personal que utilice para la prestación de los servicios contratados, liberando a “LOS ESTUDIOS” de toda responsabilidad ya sea civil, penal, laboral y/o cualquier otra índole, presente o futura que pudiere presentarse con su personal o con terceros, y en su caso resarcirá a “LOS ESTUDIOS” de cualquier daño o perjuicio que se le causara con motivo de alguna reclamación de esa naturaleza.
DÉCIMA TERCERA.- GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO: Con fundamento en los artículos 14 y 62 fracción VIII, de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros, “LA PRESTADORA DEL SERVICIO”, está exenta de otorgar fianza alguna para garantizar el cumplimiento de este contrato.
“LA PRESTADORA DEL SERVICIO” garantizará la calidad y el alcance del servicio a partir del inicio de vigencia de las Pólizas de Seguro y las acciones que de ellas se deriven prescribirán en dos años contados desde la fecha del acontecimiento que les dio origen, lo anterior de conformidad con el artículo 81 de la Ley sobre el Contrato de Seguro.
Asimismo, “LA PRESTADORA DEL SERVICIO” se obliga a proporcionar sin costo alguno para “LOS ESTUDIOS”, la asistencia técnica que corresponde a la empresa aseguradora y modificaciones legales o por autoridad competente que resulten de interés de “LOS ESTUDIOS” para la correcta administración.
DÉCIMA CUARTA.- CESIÓN DE DERECHOS Y OBLIGACIONES: Los derechos y obligaciones que se deriven del presente contrato, no podrán cederse en forma parcial ni total en favor de cualquier otra persona física o moral, con excepción de los derechos de cobro, en cuyo caso se deberá contar con el consentimiento expreso y por escrito de “LOS ESTUDIOS”.
DÉCIMA QUINTA.- RELACIÓN LABORAL: Xxxxx expresamente estipulado que el personal contratado para la realización del objeto del presente contrato estará bajo la dependencia directa de “LA PRESTADORA DEL SERVICIO” y por tanto, en ningún momento se considerará a “LOS ESTUDIOS”, como patrón sustituto, ni tampoco a “LA PRESTADORA DEL SERVICIO” como intermediario, por lo que “LOS ESTUDIOS” no tendrá relación alguna de carácter laboral con dicho personal y por consiguiente queda liberado de cualquier responsabilidad que pudiera presentarse en materia de trabajo y seguridad social, obligándose “LA PRESTADORA DEL SERVICIO” a responder de las reclamaciones que presenten en contra de “LOS ESTUDIOS”.
DÉCIMA SEXTA.- PENAS CONVENCIONALES: “LOS ESTUDIOS”, aplicará a “LA PRESTADORA DEL
SERVICIO” una pena convencional por las siguientes causas:
Penalización del 1.5% (uno punto cinco por ciento) por cada día natural de atraso en la entrega de las Cartas Cobertura objeto de este instrumento, calculado sobre el importe total del contrato (antes de I.V.A.), hasta por 2(dos) días naturales, a partir del tercer día, “LOS ESTUDIOS” iniciarán el procedimiento de rescisión correspondiente, y en caso de atraso en el cumplimiento de la prestación del servicio, al que se refiere el artículo 71 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro, “LA PRESTADORA DEL SERVICIO” se hará acreedor a las Sanciones e Intereses Moratorios establecidos en el artículo 135 bis de la Ley de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros.
Asimismo, “LA PRESTADORA DEL SERVICIO”, se obliga ante “LOS ESTUDIOS” a responder de los defectos y vicios ocultos o de la mala calidad del servicio, así como de cualquier otra responsabilidad en que hubiera incurrido, en los términos establecidos en el presente contrato y en la legislación aplicable.
“LA PRESTADORA DEL SERVICIO”, acepta que en caso de que “LOS ESTUDIOS” le apliquen la penalización, referida, “LA PRESTADORA DEL SERVICIO” deberá de realizar el pago en efectivo o mediante cheque certificado en la Caja General de “LOS ESTUDIOS” ubicada a un costado del edificio denominado “Xxxxxxxx Xxxxx” del domicilio señalado en el numeral I, Inciso g) de las Declaraciones.
DÉCIMA SÉPTIMA.- RESCISIÓN DEL CONTRATO: Con fundamento en el artículo 54 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y 98 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, “LOS ESTUDIOS” podrá en cualquier momento rescindir administrativamente el contrato cuando “LA PRESTADORA DEL SERVICIO” incurra en incumplimiento de sus obligaciones; la cual iniciará a partir de que “LOS ESTUDIOS” le comunique por escrito a “LA PRESTADORA DEL SERVICIO” del incumplimiento en que ha incurrido, para que en un término de cinco días hábiles exponga lo que a su derecho convenga y aporte, en su caso, las pruebas que estime pertinentes.
Transcurrido el término señalado en el párrafo anterior, “LOS ESTUDIOS” tomando en cuenta los argumentos y
pruebas ofrecidas que hubiere hecho valer “LA PRESTADORA DEL SERVICIO”; determinará dar o no por rescindido el contrato, el cual deberá ser debidamente fundada, motivada y comunicada a “LA PRESTADORA DEL SERVICIO” dentro de los quince días hábiles siguientes al término señalado en el párrafo anterior. Una vez rescindido el contrato se formulará el finiquito correspondiente, a efecto de hacer constar los pagos que deban efectuar “LOS ESTUDIOS” por concepto del servicio prestado por parte de “LA PRESTADORA DEL SERVICIO” hasta el momento de la rescisión del contrato.
Si previamente a la determinación de la rescisión del contrato, “LA PRESTADORA DEL SERVICIO” realizará la prestación del servicio, el procedimiento iniciado quedará sin efecto, previa aceptación y verificación de “LOS ESTUDIOS” de que continúa vigente la necesidad del mismo.
“LOS ESTUDIOS”, podrán determinar no dar por rescindido el contrato, cuando durante el procedimiento advierta que la rescisión del contrato pudiera ocasionar algún daño o afectación a las funciones que tiene encomendada “LOS ESTUDIOS”. En este supuesto, “LOS ESTUDIOS” deberán elaborar un dictamen en el cual justifique que los impactos económicos o de operación que se ocasionarían con la rescisión del contrato resultarían más inconvenientes.
“LOS ESTUDIOS”, al no dar por rescindido el contrato, establecerán con “LA PRESTADORA DEL SERVICIO” otro plazo, que le permita subsanar el incumplimiento que hubiere motivado el inicio del procedimiento. El convenio modificatorio que al efecto celebren las partes deberá atender a las condiciones previstas por los dos últimos párrafos del artículo 52 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
“LOS ESTUDIOS”, podrán establecer deducciones en el servicio con motivo del incumplimiento parcial o deficiencias en que pudiera incurrir “LA PRESTADORA DEL SERVICIO” respecto al servicio de este contrato. En estos casos, “LOS ESTUDIOS” establecen como deductiva un importe equivalente a dos salarios mínimos mensuales vigentes en el Distrito Federal cada que se presente una deficiencia o incumplimiento parcial y el límite de incumplimiento a partir del cual se puede cancelar total o parcialmente el servicio no proporcionado, podrá ser a partir de que se tengan más de tres reportes en los que se realizó deductiva, resultando que cualquier incumplimiento posterior a los tres señalados, podrá ser causal de rescisión del contrato en los términos de esta cláusula.
Cuando por motivo de la prestación del servicio, o el procedimiento de rescisión se ubique en un ejercicio fiscal diferente a aquél en que se hubiere sido adjudicado el contrato, “LOS ESTUDIOS” podrán recibir el servicio, previa verificación de que continua vigente la necesidad del mismo y se cuenta con partida y disponibilidad presupuestaria del ejercicio fiscal vigente, debiendo modificarse la vigencia del contrato con los precios originalmente pactados. Cualquier pacto en contrario a lo dispuesto en esta cláusula se considerará nulo.
Concluido el procedimiento de rescisión del contrato, se formulará el finiquito correspondiente, dentro de los treinta días naturales siguientes a la fecha en que se notifique la rescisión a “LA PRESTADORA DEL SERVICIO”, a efecto de hacer constar los pagos que deba efectuarse y demás circunstancias del caso.
Cuando “LOS ESTUDIOS” determinen rescindir el contrato, bastará que cumpla el procedimiento establecido en la presente cláusula; en tanto que si es “LA PRESTADORA DEL SERVICIO” quien decida rescindir el contrato, será necesario que acuda ante la autoridad judicial federal y obtenga la declaración correspondiente.
“LOS ESTUDIOS” podrán, a su juicio, suspender el trámite del procedimiento de rescisión, cuando se hubiere iniciado un procedimiento de conciliación respecto del contrato materia de la rescisión.
DÉCIMA OCTAVA.- TERMINACIÓN ANTICIPADA DEL CONTRATO: “LOS ESTUDIOS” podrán dar por
terminado anticipadamente el contrato cuando concurran razones de interés general, o bien, cuando por causas justificadas se extinga la necesidad de requerir el servicio originalmente contratado, y se demuestre que de continuar con el cumplimiento de las obligaciones pactadas, se ocasionaría algún daño o perjuicio al Estado, o se determine la nulidad total o parcial de los actos que dieron origen al contrato, con motivo de la resolución de una inconformidad emitida por la Secretaría de la Función Pública. En estos supuestos “LOS ESTUDIOS” reembolsarán a “LA PRESTADORA DEL SERVICIO” los gastos no recuperables en que haya incurrido, siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el presente instrumento. Bastando para ello notificación de “LOS ESTUDIOS” por escrito a “LA PRESTADORA DEL SERVICIO” con cinco días hábiles de anticipación.
La terminación anticipada del contrato se sustentará mediante dictamen que precise las razones o las causas justificadas que den origen a la misma. Los gastos no recuperables, serán pagados por “LOS ESTUDIOS” dentro de un término que no podrá exceder de cuarenta y cinco días naturales posteriores a la solicitud fundada y documentada de “LA PRESTADORA DEL SERVICIO”.
DÉCIMA NOVENA.- SUSPENSIÓN DEL SERVICIO: “LOS ESTUDIOS”, notificarán con cinco días naturales de anticipación a “LA PRESTADORA DEL SERVICIO”, cuando en la prestación del servicio se presente caso fortuito o de fuerza mayor, y bajo su responsabilidad podrá suspender la prestación del servicio, en cuyo caso
únicamente pagarán a “LA PRESTADORA DEL SERVICIO” aquellos servicios que hubieren sido prestados hasta la fecha de la suspensión y se reintegrarán los anticipos no amortizados,
Cuando la suspensión obedezca a causas imputables a “LOS ESTUDIOS”, pagarán mediante cheque a “LA PRESTADORA DEL SERVICIO” los gastos no recuperables durante el tiempo que dure esta suspensión. En cualquiera de los casos previstos en esta cláusula, se pactará por ambas partes el plazo de suspensión, a cuyo término podrá iniciarse la terminación anticipada del contrato.
Por caso fortuito o fuerza mayor, o por causas atribuibles a “LOS ESTUDIOS”, podrán modificar el contrato a efecto de prorrogar la fecha o plazo para la prestación de los servicios. En este supuesto deberá formalizarse el convenio modificatorio respectivo, no procediendo la aplicación xx xxxxx convencionales por atraso establecidas en el presente instrumento. Tratándose de causas imputables a “LOS ESTUDIOS”, no se requerirá de la solicitud de “LA PRESTADORA DEL SERVICIO”.
En caso de que “LA PRESTADORA DEL SERVICIO” no obtenga la prórroga de referencia, por ser causa imputable a “LA PRESTADORA DEL SERVICIO” el atraso, se hará acreedor a la aplicación xx xxxxx convencionales establecidas en el presente instrumento.
VIGÉSIMA.- MODIFICACIONES AL CONTRATO: Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 52 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y el 59 de su Reglamento, se podrá incrementar el contrato, siempre y cuando el monto total de las modificaciones no rebase, en conjunto, el 20% (veinte por ciento) de los conceptos establecidos originalmente y que el precio unitario correspondiente sea igual al pactado en el presente instrumento, dicha modificación podrá llevarse a cabo en cualquier tiempo durante la vigencia del presente contrato.
VIGESIMA PRIMERA.- ASUNTOS NO PREVISTOS: Los asuntos relacionados con el objeto de este contrato y que no se encuentren expresamente previstos en sus cláusulas, serán resueltos de común acuerdo por las partes y las decisiones que se tomen deberán hacerse constar por escrito.
VIGÉSIMA SEGUNDA.- ÁREA DE COORDINACIÓN: “LOS ESTUDIOS”, designan como área de
coordinación y responsable de administrar y vigilar el debido cumplimiento del presente contrato a la Gerencia de Recursos Materiales, Servicios Generales y Obra Pública, a través de quien se sirva designar para tal efecto, con facultades para resolver de común acuerdo con su contraparte, todos los asuntos derivados de su aplicación y que no se encuentren previstos en sus cláusulas.
VIGÉSIMA TERCERA.- RECONOCIMIENTO CONTRACTUAL: El presente Contrato y sus ANEXO
TÉCNICO I, ANEXO TÉCNICO I BIS y XXXXX XX constituyen el acuerdo entre las partes en relación con el objeto del mismo y deja sin efectos cualquier otra negociación, obligación o comunicación entre éstas, ya sea oral o escrita, contraída con anterioridad a la fecha de este instrumento.
VIGÉSIMA CUARTA.- DOMICILIOS Y NOTIFICACIONES: Para los efectos que se deriven del presente Contrato, para recibir todo tipo de notificaciones así como el emplazamiento en caso de juicio, las partes señalan como sus domicilios los establecidos en sus declaraciones del presente instrumento.
Cualquier cambio de domicilio de las partes deberán ser notificadas por escrito y con acuse de recibo a la otra parte, con diez días naturales de anticipación a la fecha en que se quiera que surta efectos ese cambio. Sin este aviso, todas las comunicaciones se entenderán válidamente hechas en los domicilios señalados.
VIGÉSIMA QUINTA.- CONFIDENCIALIDAD Y DATOS PERSONALES: “Las Partes” se comprometen a no revelar la Información Confidencial, entendiéndose por esta:
I. La entregada con tal carácter por los particulares;
II. Los datos personales que requieran el consentimiento de los individuos para su difusión, distribución, comercialización, en términos de lo establecido por la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.
Cuando los particulares entreguen a los sujetos obligados la información a que se refiere la fracción I del artículo 18 de la Ley antes citada, deberán señalar los documentos que contengan información confidencial, reservada o comercial reservada siempre que tengan el derecho de reservarse la información de conformidad con las disposiciones aplicables.
No se considerará Información Confidencial para efectos de este instrumento aquella información que: (i) haya sido o sea hecha pública por el titular de dicha información, (ii) esté contenida en expedientes y/o documentos públicos, (iii) haya sido o sea comunicada a terceros por el propietario de dicha información, y estos la hagan pública, (iv) esté
disponible o fuere puesta a disposición de “Las Partes” contratantes sin el requisito de que la guarden en secreto; o
(v) deba ser divulgada por orden de autoridad competente.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, “LOS ESTUDIOS” se obligan a no difundir, distribuir o comercializar los datos personales contenidos en los sistemas de información, desarrollados en el ejercicio de sus funciones, salvo que haya mediado el consentimiento expreso, por escrito o por un medio de autenticación similar, de los individuos a que haga referencia la información; siempre y cuando dicha información no se encuentre dentro de la considerada en el artículo 22 de la referida ley.
VIGESIMA SEXTA.- LEGISLACIÓN APLICABLE: Las partes se obligan a sujetarse estrictamente para la prestación del servicio objeto de este Contrato, a todas y cada una de las cláusulas que lo integran, así como a los términos de referencia, lineamientos, procedimientos y requisitos que establecen las Leyes Federales.
VIGÉSIMA SÉPTIMA.- PROCEDIMIENTO DE CONCILIACIÓN: “LAS PARTES” convienen que en caso
de desavenencia derivada del cumplimiento del contrato cualquiera de “LAS PARTES” podrá presentar ante la Secretaría de la Función Pública, solicitud de conciliación prevista en el Título Sexto, Capítulo Segundo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, debiendo cumplir en todo momento con los requisitos señalados en el artículo 128 del Reglamento de la Ley de la materia, que a continuación se transcribe:
“El escrito de solicitud de conciliación que presente el proveedor o la dependencia o entidad, además de contener los elementos previstos en el artículo 15 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, deberá hacer referencia al objeto, vigencia y monto del contrato y, en su caso, a los convenios modificatorios, debiendo adjuntar copia de dichos instrumentos debidamente suscritos. En los casos en que el solicitante no cuente con dichos instrumentos, por no haberse formalizado, deberá presentar copia del fallo correspondiente. Una vez que se satisfagan los requisitos del caso, correrá el plazo previsto en el segundo párrafo del artículo 77 de la Ley.
Si el escrito de solicitud de conciliación no reúne los requisitos indicados, la autoridad que conozca del caso se sujetará a lo dispuesto en el artículo 17-A de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, debiendo prevenir al interesado que su omisión provocará el desechamiento de la solicitud”.
VIGÉSIMA OCTAVA.- JURISDICCIÓN: Para el arreglo de toda controversia que se suscite con motivo de la interpretación, ejecución y cumplimiento del presente contrato y que no se resuelva de común acuerdo por las partes, éstas se someterán a las Leyes Federales Vigentes y Tribunales Federales competentes de la Ciudad de México, Distrito Federal, renunciando desde ahora a cualquier otro fuero que les pudiere corresponder en razón de sus respectivos domicilios presentes o futuros.
PREVIA LECTURA Y CON PLENO CONOCIMIENTO DE SU CONTENIDO, SE EXTIENDE POR CUADRUPLICADO EL PRESENTE CONTRATO, ANEXO I, ANEXO TÉCNICO I, ANEXO TÉCNICO I BIS y ANEXO II QUE DE CONFORMIDAD SUSCRIBEN LAS PARTES EN LA CIUDAD DE MÉXICO, DISTRITO FEDERAL, EL DÍA DE DE 2015, CONSERVANDO TRES EJEMPLARES “LOS ESTUDIOS” Y UN EJEMPLAR “LA PRESTADORA DEL SERVICIO”.
POR “LOS ESTUDIOS” LIC. XXXXXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXXX DIRECTORA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS | POR “LA PRESTADORA DEL SERVICIO” |
C. XXXXXX XXXXX BLANCAS XXXXXX ENCARGADO DE LA GERENCIA DE RECURSOS MATERIALES, SERVICIOS GENERALES Y OBRA PÚBLICA |
Estudios Churubusco Azteca, S.A.
Formato A-1 Propuesta técnica
Licitación Pública de Carácter Nacional Electrónica
No. LA-011L8P001-N36-2015
No. Interno de Control LPN-001-2015
Nombre del licitante:
Fecha:
La propuesta técnica del licitante, deberá presentarse conforme lo siguiente:
Impresa en papel, preferentemente membretado del licitante, sin tachaduras ni enmendaduras.
Deberá ser clara y precisa, detallando las características técnicas de los servicios que oferte, en concordancia con lo solicitado en el Anexo Técnico, sin indicar costo.
Deberá ser firmada por la persona legalmente facultada para ello, en la última hoja de la propuesta; por lo que no podrán desecharse cuando las demás hojas que la integran y sus anexos carezcan de firma.
La propuesta técnica se presentará en idioma español, así como todos y cada uno de los documentos que la integran. En caso de que algún documento que integre la propuesta técnica se presente en un idioma diferente, deberá ir acompañado de su traducción simple al español.
Descripción Completa del Servicio
(especificaciones detalladas)
Notas:
Para la presentación de la propuesta técnica los licitantes deberán considerar y describir todos y cada uno de los requerimientos señalados en el Anexo Técnico de la presente Convocatoria.
Se solicita a los licitantes, entregar su propuesta técnica en forma impresa.
El formato A-1 de esta Convocatoria se presenta como modelo de formato de proposición técnica, el cual no es limitativo, podrá ser utilizado por los licitantes como referencia para elaborar sus propuestas siempre y cuando presente la información que se requiere.
Formato A-2 Propuesta económica
Estudios Churubusco Azteca, S.A.
Licitación Pública de Carácter Nacional Electrónica
No. LA-011L8P001-N36-2015
No. Interno de Control LPN-001-2015 Nombre del licitante:
Fecha:
La propuesta económica del licitante, deberá presentarse conforme a lo siguiente:
Impresa en papel membretado del licitante, sin tachaduras ni enmendaduras.
La moneda en que se cotizara será en moneda nacional (Pesos Mexicanos)
Señalando los precios unitarios en número a dos decimales
Se deberá de desglosar el descuento que su caso estén dispuestos a otorgar.
El importe total la propuesta se deberá señalar con número a dos decimales y letra,
Partida única
Nombre de la póliza | Prima neta | Bonificación por comisión | Gastos | Impuesto al Valor Agregado | Prima total | |
Bienes patrimoniales | ||||||
1. | Póliza Empresarial | $ | $ | $ | ||
2. | Equipo de contratistas | $ | $ | $ | ||
3. | Autos | $ | $ | $ |
Cuota de transportes (*):
Total de las 12:00 horas del 30 xx xxxxx de 2015 a las 12:00 horas del 31 de diciembre de 2015 | $ |
Impresa en papel membretado del licitante, sin tachaduras ni enmendaduras.
La moneda en que se cotizara será en moneda nacional (Pesos Mexicanos)
Señalando los precios unitarios en número a dos decimales
Se deberá de desglosar el descuento que estén dispuestos a otorgar.
El importe total la propuesta se deberá señalar con número a dos decimales y letra,
Notas:
(*). Sólo para efectos de evaluación de la cuota de transportes, se aplicará un estimado de
$10’000,000.00 (Diez millones de pesos), por el periodo. (Cuota x 10 millones, más gastos, más I.V.A igual a la prima total.
El formato A-2 de esta Convocatoria se presenta como modelo de formato de proposición económica, el cual no es limitativo, podrá ser utilizado por los licitantes como referencia para elaborar sus propuestas siempre y cuando presente la información que se requiere.
Importe Total de la Propuesta $0'000,000.00 (xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx Pesos 00/100 M.N.)
FORMATO B
Nacionalidad del licitante
Estudios Churubusco Azteca, S.A.
Licitación Pública de Carácter Nacional Electrónica No. LA-011L8P001-N36-2015
No. Interno de Control LPN-001-2015
Nombre del licitante:
Fecha:
Me refiero al procedimiento No. en el que mi representada, participa a través de la propuesta que se contiene en el presente sobre.
Sobre el particular, y en los términos de lo previsto en el RLAASSP, manifiesto bajo protesta de decir verdad, que mi representada es de nacionalidad mexicana.
A t e n t a m e n t e
(Nombre y Firma del Representante Legal)
FORMATO C
Manifestación de Estratificación
Estudios Churubusco Azteca, S.A.
Licitación Pública de Carácter Nacional Electrónica
No. LA-011L8P001-N36-2015
No. Interno de Control LPN-001-2015 Nombre del licitante:
Fecha:
MANIFESTACIÓN, BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, DE LA ESTRATIFICACIÓN DE MICRO, PEQUEÑA O MEDIANA EMPRESA (MIPYMES)
de de
(2) P r e s e n t e.
(1)
Me refiero al procedimiento de (3) No. (4) en el que mi representada, la empresa (5) , participa a través de la presente proposición.
Al respecto y de conformidad con lo dispuesto por el artículo 34 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, MANIFIESTO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD que mi representada está constituida conforme a las leyes mexicanas, con Registro Federal de Contribuyentes (6) , y asimismo que considerando los criterios (sector, número total de trabajadores y ventas anuales) establecidos en el Acuerdo por el que se establece la estratificación de las micro, pequeñas y medianas empresas, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 xx xxxxx de 2009, mi representada tiene un Tope Máximo Combinado de (7) , con base en lo cual se estatifica como una empresa
(8) .
De igual forma, declaro que la presente manifestación la hago teniendo pleno conocimiento de que la omisión, simulación o presentación de información falsa, son infracciones previstas por el artículo 8 fracciones IV y VIII, sancionables en términos de lo dispuesto por el artículo 27, ambos de la Ley Federal Anticorrupción en Contrataciones Públicas, y demás disposiciones aplicables.
A T E N T A M E N T E
(9) A t e n t a m e n t e
(Nombre y Firma del Representante Legal)
Instructivo de llenado
Llenar los campos conforme aplique tomando en cuenta los rangos previstos en el Acuerdo antes mencionado.
1. Señalar la fecha de suscripción del documento.
2. Anotar el nombre de la convocante.
3. Precisar el procedimiento de contratación de que se trate (licitación pública o invitación a cuando menos tres personas).
4. Indicar el número de procedimiento de contratación asignado por CompraNet.
5. Anotar el nombre, razón social o denominación del licitante.
6. Indicar el Registro Federal de Contribuyentes del licitante.
Para el concepto “Trabajadores”, utilizar el total de los trabajadores con los que cuenta la empresa a la fecha de la emisión de la manifestación.
Para el concepto “ventas anuales”, utilizar los datos conforme al reporte de su ejercicio fiscal correspondiente a la última declaración anual de impuestos federales, expresados en millones de pesos.
8. Señalar el tamaño de la empresa (Micro, Pequeña o Mediana), conforme al resultado de la operación señalada en el numeral anterior.
9. Anotar el nombre y firma del apoderado o representante legal del licitante.
FORMATO D
Acreditación de personalidad jurídica
Estudios Churubusco Azteca, S.A.
Licitación Pública de Carácter Nacional Electrónica No. LA-011L8P001-N36-2015
No. Interno de Control LPN-001-2015 Nombre del licitante:
Fecha:
(Nombre de la persona acreditada legalmente para firmar las proposiciones) manifiesto, bajo protesta de decir verdad, que los datos aquí asentados son ciertos y han sido debidamente verificados, así como que cuento con facultades suficientes para suscribir las propuestas para la Licitación Pública referida a nombre y representación de (persona física o moral), las cuales no me han sido revocadas o limitadas de forma alguna a esta fecha.
Datos del licitante:
Nombre:
Domicilio fiscal: Teléfonos:
Registro federal de contribuyentes:
fax:
correo electrónico:
Número y fecha de la escritura pública en la que consta su acta constitutiva:
Nombre, número y circunscripción xxx xxxxxxx público o fedatario público que la protocolizó: Número(s) y fecha(s) de la(s) escritura(s) pública(s) en la(s) que conste(n) reformas o modificaciones al acta constitutiva:
Nombre, número y circunscripción xxx xxxxxxx público o fedatario público que la(s) protocolizó: Relación de socios:
Fecha y datos de su inscripción en el registro público de comercio: Descripción del objeto social:
Datos de la persona acreditada legalmente para firmar las proposiciones:
Nombre:
Número y fecha de la escritura pública mediante la cual fueron otorgadas las facultades para suscribir la propuesta:
Nombre, número y circunscripción xxx xxxxxxx público o fedatario público que la protocolizó:
A t e n t a m e n t e
(Nombre y Firma del Representante Legal)
FORMATO E
Correo electrónico del licitante
Estudios Churubusco Azteca, S.A.
Licitación Pública de Carácter Nacional Electrónica No. LA-011L8P001-N36-2015
No. Interno de Control LPN-001-2015 Nombre del licitante:
Fecha:
Me refiero al procedimiento No. en el que mi representada,
participa a través de la propuesta que se contiene en el presente sobre.
Sobre el particular, y en los términos de lo previsto en el RLAASSP, manifiesto que mi correo electrónico para recibir notificaciones por parte de la Convocante es:
.
A t e n t a m e n t e
(Nombre y Firma del Representante Legal)
FORMATO F
Escrito referente a los artículos 50 y 60 de la LAASSP
Estudios Churubusco Azteca, S.A.
Licitación Pública de Carácter Nacional Electrónica No. LA-011L8P001-N36-2015
No. Interno de Control LPN-001-2015 Nombre del licitante:
Fecha:
En relación a la Licitación Pública de Carácter Nacional Electrónica, convocada por “ECHASA”, a través de la Gerencia de Recursos Materiales, Servicios Generales y Obra Pública, relativa a la contratación de los servicios de , el que suscribe (nombre de la persona acreditada legalmente para firmar las proposiciones) en mi carácter de representante legal, a nombre de (nombre de la persona física o moral) me permito manifestar bajo protesta de decir verdad, lo siguiente:
La persona que represento, al igual que los socios integrantes de la misma, no se encuentran dentro de ninguno de los supuestos comprendidos en los artículos 50 y 60 de la LAASSP.
En el entendido de que la falsedad en las manifestaciones que se realizan, serán sancionadas en los términos xx Xxx.
A t e n t a m e n t e
(Nombre y Firma del Representante Legal)
FORMATO G
Declaración de integridad
Estudios Churubusco Azteca, S.A.
Licitación Pública de Carácter Nacional Electrónica
No. LA-011L8P001-N36-2015
No. Interno de Control LPN-001-2015 Nombre del licitante:
Fecha:
El que suscribe, en mi carácter de representante legal del licitante , manifiesto bajo protesta de decir verdad que por sí misma o través de interpósita persona, se abstendrán de adoptar conductas, para que los servidores públicos de “ECHASA”, induzcan o alteren las evaluaciones de las propuestas, el resultado del procedimiento u otros aspectos que otorguen condiciones más ventajosas con relación a los demás licitantes.
En el entendido de que la falsedad en la manifestación que se realiza, será sancionada en los términos xx Xxx.
A t e n t a m e n t e
(Nombre y Firma del Representante Legal)
FORMATO H
Garantía contra vicios ocultos
Estudios Churubusco Azteca, S.A.
Licitación Pública de Carácter Nacional Electrónica No. LA-011L8P001-N36-2015
No. Interno de Control LPN-001-2015 Nombre del licitante:
Fecha:
Me refiero al procedimiento de Licitación Pública indicada al rubro en el que mi representada,
(Nombre del licitante) participa a través de la propuesta que se contiene en el presente sobre.
Sobre el particular, manifiesto que en caso de resultar adjudicado, me comprometo a garantizar los servicios contra defectos y/o vicios ocultos.
A t e n t a m e n t e
(Nombre y Firma del Representante Legal)
FORMATO I
Propiedad intelectual
Estudios Churubusco Azteca, S.A.
Licitación Pública de Carácter Nacional Electrónica No. LA-011L8P001-N36-2015
No. Interno de Control LPN-001-2015 Nombre del licitante:
Fecha:
El suscrito (nombre de la persona acreditada legalmente para firmar las proposiciones) en mi calidad de representante legal de la empresa (razón social del licitante) manifiesto que en caso de resultar adjudicado, me comprometo a:
Que de resultar ganador, asumiré la responsabilidad total para el caso de que al prestar los servicios objeto de la presente Licitación infrinjan derechos de Propiedad Industrial o Intelectual de Terceros, en caso de presentarse cualquier reclamación o demanda por violaciones que se causen en materia de Patentes, Franquicias, Marcas o Derechos de Autor, con respecto al servicio, recursos, técnicas y en general cualquier elemento utilizado y se obligan a responder por ello, así como a rembolsar cualquier cantidad que por este motivo se hubiere tenido que erogar “ECHASA”.
A t e n t a m e n t e
(Nombre y Firma del Representante Legal)
FORMATO J
Escrito de confidencialidad
Estudios Churubusco Azteca, S.A.
Licitación Pública de Carácter Nacional Electrónica No. LA-011L8P001-N36-2015
No. Interno de Control LPN-001-2015 Nombre del licitante:
Fecha:
El que suscribe C. en mi carácter de
manifiesto, que durante la presente licitación y en caso de ser adjudicado guardaré la más estricta confidencialidad en relación a lo que derive del servicio prestado, a la información y documentación que me sea proporcionada para la prestación del mismo y durante la vigencia del servicio.
En el entendido de que de no manifestarme con veracidad, acepto que ello sea causa de rescisión del contrato celebrado con “ECHASA”.
A t e n t a m e n t e
(Nombre y Firma del Representante Legal)
FORMATO K
Información Confidencial, Reservada o Comercial Reservada
Estudios Churubusco Azteca, S.A.
Licitación Pública de Carácter Nacional Electrónica No. LA-011L8P001-N36-2015
No. Interno de Control LPN-001-2015 Fecha:
A nombre de mi representada y en términos de lo establecido en los artículos 18 y 19 de La Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, se describe la documentación e información de mi propuesta técnica y económica, que debe clasificarse como reservada, confidencial y/o comercial reservada.
Información Legal y Administrativa
Información | Clasificación (marque con una X) | Motivo | ||
Reservada | Confidencial | Comercial Reservada | ||
Información Técnica
Información | Clasificación (marque con una X) | Motivo | ||
Reservada | Confidencial | Comercial Reservada | ||
Información Económica
Información | Clasificación (marque con una X) | Motivo | ||
Reservada | Confidencial | Comercial Reservada | ||
A t e n t a m e n t e
(Nombre y Firma del Representante Legal)
FORMATO L
Encuesta de transparencia
LICITACIÓN PÚBLICA DE CARÁCTER NACIONAL ELECTRONICA |
NÚMERO: LA-011L8P001-NXX-2015 |
PARA LA CONTRATACIÓN DE: “ ” |
Empresa: |
Nombre del Representante Legal: |
Firma. |
Instrucciones: Favor de calificar los supuestos planteados en esta encuesta con una “X” según considere.
EVENTO
Junta de Aclaraciones
Factor 1.
¿El contenido de las bases es claro para la Adquisición de bienes o contratación de servicios que se pretende realizar?
Totalmente de Acuerdo | En general de Acuerdo | En general en Desacuerdo | Totalmente en Desacuerdo |
Factor 2.
¿Las preguntas técnicas efectuadas en el evento, se contestaron con claridad?
Totalmente de Acuerdo | En general de Acuerdo | En general en Desacuerdo | Totalmente en Desacuerdo |
Factor 8.
EVENTO
Presentación y Apertura de Propuestas Técnicas y Económicas.
¿El Evento se desarrolló con oportunidad, en razón de la cantidad de documentación que presentaron los licitantes?
Totalmente de Acuerdo | En general de Acuerdo | En general en Desacuerdo | Totalmente en Desacuerdo |
EVENTO
Resolución Técnica y Fallo Factor 4.
¿La resolución técnica fue emitida conforme a las bases y junta de aclaraciones del concurso?
Totalmente de Acuerdo | En general de Acuerdo | En general en Desacuerdo | Totalmente en Desacuerdo |
Factor 5.
¿En el fallo se especificaron los motivos y el fundamento que sustenta la determinación de los proveedores adjudicados y los que no resultaron adjudicados?
Totalmente de Acuerdo | En general de Acuerdo | En general en Desacuerdo | Totalmente en Desacuerdo |
Factor 10.
¿El acceso al inmueble fue expedito?
EVENTO
Generales
Totalmente de Acuerdo | En general de Acuerdo | En general en Desacuerdo | Totalmente en Desacuerdo |
Factor 9.
¿Todos los eventos dieron inicio en el tiempo establecido?
Totalmente de Acuerdo | En general de Acuerdo | En general en Desacuerdo | Totalmente en Desacuerdo |
Factor 6.
¿El trato que me dieron los servidores públicos de la Institución, fue respetuoso y amable?
Totalmente de Acuerdo | En general de Acuerdo | En general en Desacuerdo | Totalmente en Desacuerdo |
Factor 7.
¿Volvería a participar en otra licitación que emita esta institución?
Totalmente de Acuerdo | En general de Acuerdo | En general en Desacuerdo | Totalmente en Desacuerdo |
Factor 3.
¿El concurso se apegó a la normatividad aplicable?
Totalmente de Acuerdo | En general de Acuerdo | En general en Desacuerdo | Totalmente en Desacuerdo |
APARTADO II.
SI USTED DESEA AGREGAR ALGÚN COMENTARIO RESPECTO AL CONCURSO, FAVOR DE ANOTARLO EN EL SIGUIENTE CUADRO.
FAVOR DE ENTREGAR LA PRESENTE ENCUESTA, EN ALGUNA DE LAS SIGUIENTES OPCIONES:
1.- En las oficinas de la Gerencia de Recursos Materiales, Servicios Generales y Obra Pública de “ECHASA”, ubicada en Atletas Xx. 0, Xxx. Xxxxxxx Xxxx, Xxx. Xxxxxxxx, XX 00000, Xxxxxx, X.X., en días y horas hábiles.
2.- ENVIARLO POR CORREO ELECTRÓNICO, A LA DIRECCIÓN xxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx y xxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx
3- SE RECOMIENDA QUE LA ENCUESTA SE ENTREGUE O ENVÍE, A MÁS TARDAR DENTRO DE LOS DOS DÍAS HÁBILES SIGUIENTES A LA EMISIÓN DEL FALLO.
APARTADO III.
PARA USO EXCLUSIVO DE LA INSTITUCIÓN.
FACTORES DE CALIFICACIÓN | ||||||
FACTOR | PORCENTAJE | TOTALMENTE DE ACUERDO | EN GENERAL DE ACUERDO | EN GENERAL EN DESACUERDO | TOTALMENTE EN DESACUERDO | CALIFICACIÓN PORCENTUAL % |
1 | 20% | 0 | ||||
2 | 18% | 0 | ||||
3 | 15% | 0 | ||||
4 | 10% | 0 | ||||
5 | 10% | 0 | ||||
6 | 10% | 0 | ||||
7 | 5% | 0 | ||||
8 | 5% | 0 | ||||
9 | 5% | 0 | ||||
10 | 2% | 0 | ||||
100% | CALIFICACIÓN GENERAL | 0 |
LA CALIFICACIÓN ES LA SIGUIENTE: | ||
TOTALMENTE DE ACUERDO | 10 | |
EN GENERAL DE ACUERDO | 8 | |
EN GENERAL EN DESACUERDO 4 | ||
TOTALMENTE EN DESACUERDO | 0 |
FORMATO O
Relación de documentos que deberán presentar los licitantes.
Estudios Churubusco Azteca, S.A.
Licitación Pública de Carácter Nacional Electrónica
No. LA-011L8P001-N36-2015
No. Interno de Control LPN-001-2015
Nombre del licitante:
Fecha:
Numeral 6 en la Convocatoria | Documentos que deben presentar los licitantes en los sobre de las propuestas técnica y económica | PRESENTÓ | |
SI | NO | ||
6.1. | Propuesta técnica | ||
a) | Propuesta técnica.- Se describirán de manera clara y precisa, cumpliendo estrictamente con todas y cada una de las especificaciones establecidas en el Anexo Técnico, incluyendo los proyectos de póliza de sus contratos de adhesión, coberturas y condiciones especiales, con un escrito de presentación, en el que manifieste que la oferta se encuentra elaborada conforme a todos y cada uno de los requerimientos señalados en la presente convocatoria a la licitación pública, y de los que se deriven de la junta de aclaraciones al contenido de la presente convocatoria, la propuesta técnica deberá presentarse preferentemente en el Formato A-1 (Propuesta Técnica). Para que esta propuesta se considere en la evaluación será necesario que se encuentre firmada por el representante legal en la última hoja. | ||
b) | Curriculum de la empresa que acredite su experiencia cuando menos por un año en la prestación de servicios de seguro de riesgos sobre daños de las partidas en que participe en esta licitación, para lo cual deberán citar nombre, representante de seguros, domicilio y teléfonos de al menos 5 clientes que presenten de referencia, los cuales podrán ser verificados por “ECHASA”, en el entendido que cualquier información que no corresponda debidamente a lo manifestado se tendrá como información equivocada, errónea o falsa lo cual será motivo de descalificación. | ||
c) | Escrito original en que manifieste que en caso de resultar adjudicado, a que la vigencia y prestación del servicio será a partir de las 12:00 horas del día 30 xx xxxxx de 2015 a las 12:00 horas del día 31 de diciembre de 2015. Asimismo, que se compromete en caso de resultar adjudicado a proporcionar el servicio solicitado de conformidad a los lugares señalados en el Anexo Técnico. | ||
d) | Escrito original en que manifieste que en caso de resultar adjudicado se compromete a entregar una Carta Cobertura, previo al inicio de la vigencia, para cubrir los seguros de los bienes patrimoniales, indicados en esta convocatoria a partir de las 12:00 horas del día 30 xx xxxxx de 2015 a las 12:00 horas del día 31 de diciembre de 2015, debidamente firmada por el representante legal de la empresa, en tanto que se emitan las pólizas correspondientes de la(s) partida(s) adjudicada(s). | ||
e) | Copia certificada, de su autorización Vigente, expedida por la Secretaria de Hacienda y Crédito Público, para operar como compañía de seguros en los xxxxx requeridos en la presente licitación. | ||
f) | Acreditación de la calidad del servicio que ofrece presentando escrito en papel membretado, firmado por el representante legal en el que manifieste que se representada ha tenido en el promedio de los años anteriores (Índice de Cobertura de Reservas Técnicas a diciembre de 2012 + Índice de Cobertura de Reservas Técnicas a diciembre de 2013)/2 un resultado mayor a 1.3, acompañando al efecto el documento publicado en la página de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas que compruebe lo anterior. | ||
g) | Escrito original en que manifieste que se obliga y se compromete en caso de resultar ganador, a cumplir y respetar en forma cabal los servicios, sus características, sus coberturas con la calidad y oportunidad establecidos en los estándares de servicios, debidamente firmado por el representante legal del licitante. |
Numeral 6 en la Convocatoria | Documentos que deben presentar los licitantes en los sobre de las propuestas técnica y económica | PRESENTÓ | |
SI | NO | ||
h) | De conformidad con el Acuerdo por el que se establecen diversas disposiciones en materia de recursos materiales y servicios generales publicados en el Diario Oficial de la Federación el 16 de Julio de 2010. Última reforma del 3 de Octubre de 2012, los licitantes deberán presentar escrito original detallando la cobertura geográfica con que cuenta la empresa licitante misma que deberá ser acorde con las necesidades de la Convocante. | ||
i) | Escrito original en que manifieste la infraestructura humana y tecnológica con que cuenta la empresa licitante, así como aquella que atenderá a “ECHASA”. | ||
j) | Escrito original en que manifieste la capacidad de atención al realizarse los eventos materia de indemnización, detallando el procedimiento de siniestros, el cual debe ser personalizado para “ECHASA”, incluyendo tiempos y documentación necesaria que como máximo podrá exigir la aseguradora para el pago de las indemnizaciones en los xxxxx y partidas requeridas en esta licitación, en que participe. | ||
k) | Escrito original en que manifieste que dará servicio en toda la República Mexicana, en los xxxxx de los seguros en que haya resultado adjudicado. | ||
l) | Escrito original en que manifieste que designará a cuando menos un ejecutivo para la atención de la cuenta (servicios objeto de esta licitación), con poder de decisión en los asuntos relacionados con el Programa de Aseguramiento, en cuanto a la suscripción, emisión, siniestros, altas y bajas y todo lo referente al servicio contratado, quien deberá presentarse en las oficinas de “ECHASA”. | ||
m) | Escrito original en que manifieste que en caso de resultar adjudicado, se compromete a emitir un informe trimestral de siniestralidad en todos los xxxxx en medio impreso y magnético; en caso de vehículos indicando expediente, marca, submarca, modelo, tipo, línea, serie completa, número de motor (en su caso) y número de placas; para contenidos, descripción del bien, marca, modelo (en su caso) número de serie (en su caso) y número de inventario. | ||
6.2. | Propuesta Económica | ||
a) | Propuesta económica Formatos A-2 | ||
6.3 | Documentación Legal-Administrativa | ||
a) | Para acreditar la personalidad jurídica, bastará con que los licitantes presenten un escrito en el que el firmante manifieste bajo protesta de decir verdad que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o a nombre de su representada. (Formato D). | ||
b) | Identificación oficial vigente, del representante legal del licitante que firme la proposición. (Solo se aceptará: Credencial para votar, Xxxxxxxxx, Cédula Profesional o los Formularios FM2 y FM3, estos dos últimos en caso de ser de nacionalidad extranjera) | ||
c) | Escrito en el que el licitante manifieste bajo protesta de decir verdad, que es de Nacionalidad Mexicana. (Formato B). | ||
d) | Escrito donde se comprometen al cumplimiento de aquellas normas que directa o indirectamente se relacionen con los servicios objeto de la presente Licitación. | ||
e) | Escrito en el que el licitante manifieste una dirección de correo electrónico, en caso contrario, deberá indicar en el escrito que no cuenta con el mismo. (Formato E). | ||
f) | Declaración escrita en papel membretado bajo protesta de decir verdad, de no encontrarse en los supuestos de los artículos 50 y 60 de la LAASSP. Para que este documento se considere en la evaluación será necesario que se encuentre firmado por el representante legal. (Formato F) |
Numeral 6 en la Convocatoria | Documentos que deben presentar los licitantes en los sobre de las propuestas técnica y económica | PRESENTÓ | |
SI | NO | ||
g) | Presentar declaración de integridad en la que el licitante manifieste bajo protesta de decir verdad, en formato libre que por sí mismo o a través de interpósita persona, se abstendrá de adoptar conductas, para que los servidores públicos de la dependencia, induzcan o alteren las evaluaciones de las propuestas, el resultado del procedimiento u otros aspectos que otorguen condiciones más ventajosas con relación a los demás participantes, firmada por el licitante o su representante legal. (Formato G). | ||
h) | A fin de dar cumplimiento al artículo 34 de RLAASSP y artículo 3 fracción III para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, en su caso deberán presentar escrito bajo protesta de decir verdad donde manifiesten la clasificación que guarda la empresa, si es micro, pequeña o mediana, conforme al acuerdo por el que se establece la estratificación de este tipo de empresas publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 xx xxxxx de 2009 (Formato C). | ||
i) | Escrito original en que manifieste que en términos de lo establecido en los artículos 18 y 19 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, indique cuales son los documentos que contienen información confidencial, reservada o comercial reservada, siempre que tengan el derecho de reservarse la información, de conformidad con las disposiciones aplicables, explicando los motivos de clasificación. (Formato K). | ||
j) | Escrito original en que manifieste que de resultar ganador, asumirá la responsabilidad total para el caso de que al prestar los servicios objeto de la presente Licitación infrinjan derechos de Propiedad Industrial o Intelectual de Terceros, en caso de presentarse cualquier reclamación o demanda por violaciones que se causen en materia de Patentes, Franquicias, Marcas o Derechos de Autor, con respecto al servicio, recursos, técnicas y en general cualquier elemento utilizado y se obligan a responder por ello, así como a rembolsar cualquier cantidad que por este motivo se hubiere tenido que erogar “ECHASA”. (Formato I). | ||
k) | Escrito original en que manifieste que en caso de resultar adjudicado se compromete a reconocer y acepta que bajo ninguna circunstancia podrá divulgar o dar a conocer a terceros de forma directa ó a través de interpósita persona la información ó documentación que le sea proporcionada por “ECHASA”, para realizar los envíos correspondientes, ya que es información confidencial y propiedad exclusiva del “ECHASA”. (Formato J) | ||
l) | En su caso, se deberá presentar el convenio firmado por cada una de las personas que integren una proposición conjunta, indicando en el mismo las obligaciones específicas del contrato que corresponderá a cada una de ellas, así como la manera en que se exigirá su cumplimiento, de conformidad con los artículos 34 de la LAASSP y 44 del RLAASSP. | ||
m) | Escrito libre en el cual manifieste que conforme a lo señalado en el numeral 29 del ACUERDO por el que se establecen las disposiciones que se deberán observar para la utilización del Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental denominado CompraNet, la aceptación de dar por no presentada su proposición cuando el o los archivos electrónicos en que se contengan y/o demás información enviada a través de CompraNet, no pueda abrirse por tener algún virus informático o por cualquier causa ajena a la convocante. |
La omisión de entrega del presente Formato por parte de los licitantes no será motivo de descalificación. Recibí Documentos
EL SERVIDOR PÚBLICO QUE RECIBE
Escrito 1
Nota informativa para participantes de países miembros de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico. (OCDE).
El compromiso de México en el combate a la corrupción ha trascendido nuestras fronteras y el ámbito de acción del gobierno federal. En el plano internacional y como miembro de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) y firmante de la Convención para combatir el cohecho de servidores públicos extranjeros en transacciones comerciales internacionales, hemos adquirido responsabilidades que involucran a los sectores público, y privado.
Esta Convención busca establecer medidas para prevenir y penalizar a las personas y a las empresas que prometan o den gratificaciones a funcionarios públicos extranjeros que participan en transacciones comerciales internacionales. Su objetivo es eliminar la competencia desleal y crear igualdad de oportunidades para las empresas que compiten por las contrataciones gubernamentales.
La OCDE ha establecido mecanismos muy claros para que los países firmantes de la Convención cumplan con las recomendaciones emitidas por ésta y en el caso de México, iniciará en noviembre de 2003 una segunda fase de evaluación - la primera ya fue aprobada - en donde un grupo de expertos verificará, entre otros:
La compatibilidad de nuestro marco jurídico con las disposiciones de la Convención.
El conocimiento que tengan los sectores público y privado de las recomendaciones de la Convención.
El resultado de esta evaluación impactará el grado de inversión otorgado a México por las agencias calificadoras y la atracción de inversión extranjera.
Las responsabilidades del sector público se centran en:
Profundizar las reformas legales que inició en 1999.
Difundir las recomendaciones de la Convención y las obligaciones de cada uno de los actores comprometidos en su cumplimiento.
Presentar casos de cohecho en proceso y concluidos (incluyendo aquéllos relacionados con lavado de dinero y extradición).
Las responsabilidades del sector privado contemplan:
Las empresas: adoptar esquemas preventivos como el establecimiento de códigos de conducta, de mejores prácticas corporativas (controles internos, monitoreo, información financiera pública, auditorías externas) y de mecanismos que prevengan el ofrecimiento y otorgamiento de recursos o bien a servidores públicos, para obtener beneficios particulares o para la empresa.
Los contadores públicos: realizar auditorías; no encubrir actividades ilícitas (doble contabilidad y transacciones indebidas, como asientos contables falsificados, informes financieros fraudulentos, transferencias sin autorización, acceso a los activos sin consentimiento de la gerencia); utilizar registros contables precisos; informar a los directivos sobre conductas ilegales.
Los abogados: promover el cumplimiento y revisión de la Convención (imprimir el carácter vinculatorio entre ésta y la legislación nacional); impulsar los esquemas preventivos que deben adoptar las empresas.
Las sanciones impuestas a las personas físicas x xxxxxxx (privados) y a los servidores públicos que incumplan las recomendaciones de la Convención, implican entre otras, privación de la libertad, extradición, decomiso y/o embargo de dinero o bien.
Así mismo, es importante conocer que el pago realizado a servidores públicos extranjeros es perseguido y castigado independientemente de que el funcionario sea acusado o no. Las investigaciones pueden iniciarse por denuncia, pero también por otros medios, como la revisión de la situación patrimonial de los servidores públicos o la identificación de transacciones ilícitas, en el caso de las empresas.
El culpable puede ser perseguido en cualquier país firmante de la Convención, independientemente del lugar donde el acto de cohecho haya sido cometido.
En la medida que estos lineamientos sean conocidos por las empresas y los servidores públicos del, país, estaremos contribuyendo a construir estructuras preventivas que impidan el incumplimiento de las recomendaciones de la convención y por tanto la comisión de actos de corrupción.
Por otra parte, es de señalar que el Código Penal Federal sanciona el cohecho en los siguientes términos: "Artículo 222
Cometen el delito de cohecho:
I. El servidor público que por sí, o por interpósita persona solicite o reciba indebidamente para sí o para otro, dinero o cualquiera otra dádiva, o acepte una promesa, para hacer o dejar de hacer algo justo o injusto relacionado con sus funciones, y
II. El que de manera espontánea dé u ofrezca dinero o cualquier otra dádiva a alguna de las personas que se mencionan en la fracción anterior, para que cualquier servidor público haga u omita un acto justo o injusto relacionado con sus funciones.
Al que comete el delito de cohecho se le impondrán las siguientes sanciones:
Cuando la cantidad o el valor de la dádiva o promesa no exceda del equivalente de quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito, o no sea valuable, se impondrán de tres meses a dos años de prisión, multa de treinta a trescientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito y destitución e inhabilitación de tres meses a dos años desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos.
Cuando la cantidad o el valor de la dádiva, promesa o prestación exceda de quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito, se impondrán de dos años a catorce años de prisión, multa de trescientas a quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito y destitución e inhabilitación de dos años a catorce años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos.
En ningún caso se devolverá a los responsables del delito de cohecho, el dinero o dádivas entregadas, las mismas se aplicarán en beneficio del Estado.
Capitulo XI
Cohecho a servidores públicos extranjeros Artículo 222 bis
Se impondrán las penas previstas en el artículo anterior al que con el propósito de obtener o retener para sí o para otra persona ventajas indebidas en el desarrollo o conducción de transacciones comerciales internacionales, ofrezca, prometa o dé, por sí o por interpósita persona, dinero o cualquiera otra dádiva, ya sea en bien o servicios:
I. A un servidor público extranjero para que gestione o se abstenga de gestionar la tramitación o resolución de asuntos relacionados con las funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión;
II. A un servidor público extranjero para llevar a cabo la tramitación o resolución de cualquier asunto que se encuentre fuera del ámbito de las funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión, o
III. A cualquier persona para que acuda ante un servidor público extranjero y le requiera o le proponga llevar a cabo la tramitación o resolución de cualquier asunto relacionado con las funciones inherentes al empleo, cargo o comisión de este último.
Para los efectos de este artículo se entiende por servidor público extranjero, toda persona que ostente u ocupe un cargo público considerado así por la Ley respectiva, en los órganos legislativo, ejecutivo o judicial de un Estado extranjero, incluyendo las agencias o empresas autónomas, independientes o de participación estatal, en cualquier orden o nivel de gobierno, así como cualquier organismo u organización pública internacionales.
Cuando alguno de los delitos comprendidos en este artículo se cometa en los supuestos a que se refiere el artículo 11 de este Código, el juez impondrá a la persona moral hasta quinientos días multa y podrá decretar su suspensión o disolución, tomando en consideración el grado de conocimiento de los órganos de administración respecto del cohecho en la transacción internacional y el daño causado o el beneficio obtenido por la persona moral."
Escrito 2
Resolución Miscelánea Fiscal para 2015
Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de Diciembre de 2014. Resolución Miscelánea Fiscal para 2015.
Procedimiento que debe observarse para contrataciones con la Federación y entidades federativas 2.1.27.
Para los efectos del artículo 32-D, primero, segundo, tercero, cuarto y último párrafos del CFF, cuando la Administración Pública Federal, Centralizada y Paraestatal, la Procuraduría General de la República, así como las entidades federativas vayan a realizar contrataciones por adquisición de bienes, arrendamiento, prestación de servicios u obra pública, con cargo total o parcial a fondos federales, cuyo monto exceda de
$300,000.00 sin incluir el IVA, deberán exigir de los contribuyentes con quienes se vaya a celebrar el contrato y de los que estos últimos subcontraten, les presenten documento vigente expedido por el SAT, en el que se emita la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales en sentido positivo, o bien, generarlo a través de la aplicación en línea que para estos efectos le proporcione el SAT, siempre y cuando firme el acuerdo de confidencialidad con el SAT.
En caso de que los contribuyentes con quienes se vaya a celebrar el contrato y los que estos últimos subcontraten, tramiten por su cuenta la opinión del cumplimento de obligaciones fiscales, lo harán en términos de lo dispuesto por la regla 2.1.35.
En los casos en que el contribuyente tenga créditos fiscales y quiera celebrar convenio con las autoridades fiscales para pagar con los recursos que se obtengan por la enajenación, arrendamiento, prestación de servicios u obra pública que se pretenda contratar, la opinión la emitirá la ALSC que corresponda al domicilio fiscal del contribuyente, enviándola al Portal de éste hasta que se haya celebrado el convenio de pago.
Para los efectos de lo señalado en el párrafo anterior, las autoridades fiscales emitirán oficio a la unidad administrativa responsable de la licitación, a fin de que esta última en un plazo de quince días, mediante oficio, ratifique o rectifique los datos manifestados por el contribuyente. Una vez recibida la información antes señalada, la autoridad fiscal le otorgará un plazo de quince días al contribuyente para la celebración del convenio respectivo.
Los residentes en el extranjero que no estén obligados a presentar la solicitud de inscripción en el RFC, ni los avisos al mencionado registro y que no estén obligados a presentar declaraciones periódicas en México, asentarán estas manifestaciones bajo protesta de decir verdad en escrito libre que entregarán a la dependencia o entidad convocante, la que gestionará la emisión de la opinión ante la ALSC más cercana a su domicilio.
CFF 32-D, 66, 66-A, 141, RMF 2015 2.1.35.
¿Cadenas Productivas?
Escrito 3
Solicitud de Afiliación a Cadenas Productivas
Es un programa que promueve el desarrollo de las Pequeñas y Medianas Empresas, a través de otorgarle a los proveedores afiliados liquidez sobre sus cuentas por cobrar derivadas de la proveeduría de bienes o servicios, contribuyendo así a dar mayor certidumbre, transparencia y eficiencia en los pagos, así como financiamiento, capacitación y asistencia técnica.
¿Afiliarse?
Afiliarse a Cadenas Productivas no tiene ningún costo, consiste en la entrega de un expediente, hecho que se realiza una sola vez independientemente de que usted sea proveedor de una o más Dependencias o Entidades de la Administración Pública Federal.
Una vez afiliado, recibirá una clave de consulta para el Sistema xx Xxxxxxx Productivas que corre en internet. A través xx Xxxxxxx Productivas podrá consultar la fecha programada de sus cuentas por cobrar, a fin de contar con la opción de realizar el cobro de manera anticipada, permitiendo con ello planear de manera eficiente sus flujos de efectivo, realizar compras de oportunidad o cumplir con sus compromisos.
Cadenas Productivas ofrece:
• Adelantar el cobro de las facturas mediante el descuento electrónico
o Obtener liquidez para realizar más negocios
o Mejorar la eficiencia del capital de trabajo
o Agilizar y reducir los costos de cobranza
o Realizar las transacciones desde la empresa en un sistema amigable y sencillo, xxx.xxxxx.xxx.xx
o Realizar en caso necesario, operaciones vía telefónica a través del Call Center 00 00 00 00 y 01800 NAFINSA (62 34 672)
• Acceder a capacitación y asistencia técnica gratuita
• Recibir información
• Formar parte del Directorio de compras del Gobierno Federal Características descuento o factoraje electrónico:
• Anticipar la totalidad de su cuenta por cobrar (documento)
• Descuento aplicable a tasas preferenciales
• Sin garantías, ni otros costos o comisiones adicionales
• Contar con la disposición de los recursos en un plazo no mayor a 24 hrs, en forma electrónica y eligiendo al intermediario financiero de su preferencia
DIRECTORIO DE COMPRAS DEL GOBIERNO FEDERAL
¿Qué es el directorio de compras?
Es una base de información de empresas como la suya que venden o desean vender a todas las Dependencias y Entidades del Gobierno Federal. A través de esta herramienta los compradores del
Gobierno Federal tendrán acceso a la información de los productos y servicios que su empresa ofrece para la adquisición de bienes y contratación de servicios.
Recibirá boletines electrónicos con los requerimientos de las Dependencias y Entidades que requieren sus productos y/o servicios para que de un modo ágil, sencillo y transparente pueda enviar sus cotizaciones.
Dudas y comentarios vía telefónica,
Llámenos al teléfono 0000 0000 o al 01 800 NAFINSA (62 34 672) de Lunes a Viernes de 9:00 a
17:00 hrs.
Dirección Oficina Matriz de Nacional Financiera S.N.C., Xx. Xxxxxxxxxxx Xxx 0000 – Xxx Xxxxxxxxx Inn – 01020, México, D.F.
LISTA DE DOCUMENTOS PARA LA INTEGRACIÓN DEL EXPEDIENTE DE AFILIACIÓN AL PROGRAMA XX XXXXXXX PRODUCTIVAS
1.- Carta Requerimiento de Afiliación.
• Debidamente firmada por el área usuaria compradora
2.- **Copia simple del Acta Constitutiva (Escritura con la que se constituye o crea la empresa).
• Esta escritura debe estar debidamente inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio.
• Debe anexarse completa y legible en todas las hojas.
3.- **Copia simple de la Escritura de Reformas (modificaciones a los estatutos de la empresa)
• Cambios de razón social, fusiones, cambios de administración, etc.,
• Estar debidamente inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio.
• Completa y legible en todas las hojas.
4.- **Copia simple de la escritura pública mediante la cual se haga constar los Poderes y Facultades del Representante Legal para Actos de Dominio.
• Esta escritura debe estar debidamente inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio.
• Debe anexarse completa y legible en todas las hojas.
5.- Comprobante de domicilio Fiscal
• Vigencia no mayor a 2 meses
• Comprobante de domicilio oficial (Recibo de agua, Luz, Teléfono fijo, predio)
• Debe estar a nombre de la empresa, en caso de no ser así, adjuntar contrato de arrendamiento, comodato.
6.- Identificación Oficial Vigente del (los) representante(es) legal(es), con actos de dominio
• Credencial de elector; pasaporte Vigente ó FM2 (para extranjeros)
• La firma deberá coincidir con la del convenio
7.- Alta en Hacienda y sus modificaciones
• Formato R-1 o R-2 en caso de haber cambios de situación fiscal (razón social o domicilio fiscal)
• En caso de no tener las actualizaciones, pondrán obtenerlas de la página del SAT.
8.- Cédula del Registro Federal de Contribuyentes (RFC, Hoja Azul)
9.- Estado de Cuenta Bancario donde se depositaran los recursos
• Sucursal, plaza, CLABE interbancaria
• Vigencia no mayor a 2 meses
• Estado de cuenta que emite la Institución Financiera y llega su domicilio.
La documentación arriba descrita, es necesaria para que la promotoría genere los contratos que le permitirán terminar el proceso de afiliación una vez firmados, los cuales constituyen una parte fundamental del expediente:
A) Contrato de descuento automático Cadenas Productivas
• Firmado por el representante legal con poderes de dominio.
• 2 convenios con firmas originales
B) Contratos Originales de cada Intermediario Financiero.
• Firmado por el representante legal con poderes de dominio.
(** Únicamente, para personas Xxxxxxx)
Usted podrá contactarse con la Promotoría que va a afiliarlo llamando al 01-800- NAFINSA (01-800- 6234672) o al 00-00-00-00; o acudir a las oficinas de Nacional Financiera en:
Xx. Xxxxxxxxxxx Xxx Xx. 0000, Xxxxxxx Xxxxxxxxx Inn, C.P. 01020, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx, en el Edificio Anexo, nivel Jardín, área de Atención a Clientes.