SUMILLA: Solicito formación práctica en Empresa bajo modalidad de Convenio de Colaboración Mutua.
SUMILLA: Solicito formación práctica en Empresa bajo modalidad de Convenio de Colaboración Mutua.
Señor Director Xxxxx:
……………………………………………………………………….. (nombre y apellidos)
Dirección Zonal de… (indicar ubicación)
Presente. -
De mi consideración:
Mediante la presente, yo ……………………….………………………….(nombres y apellidos), identificado con DNI N°…………………, domiciliado en ………………………………………….
…………………………………….…Distrito de ………….………,Provincia y
Departamento de ………………………….., con el debido respeto me presento ante usted, para manifestarle lo siguiente:
Actualmente me encuentro matriculado en el semestre
del………………………………………………………………………….(Centro de Formación Profesional/Escuela) perteneciente a la Dirección Zonal ………………………………………….
……………………………………………………………………………………………………………
En tal sentido, a fin de cumplir con mi formación dual, de forma voluntaria, solicito se autorice mi Formación Práctica bajo la modalidad de Convenio de Colaboración Mutua a suscribir con la Empresa………………….……………………….. con RUC N° ,
representado por el Sr. (a) ; ello en tanto
no ha sido posible contactar con una Empresa que me otorgue el patrocinio descrito en el Decreto Ley 20151. Para tal efecto, me comprometo con lo siguiente:
1. Cumplir con el desarrollo integral del Plan Específico del Aprendizaje (PEA) establecido por el SENATI;
2. Cumplir con la asistencia a las actividades programadas por EL SENATI, conforme a mi Plan de Estudios.
3. Cumplir con todas las obligaciones descritas en el Convenio de Colaboración Mutua a suscribir.
Sin otro particular, me despido de usted, esperando acceder a mi solicitud.
Atentamente,
EL APRENDIZ
ID ALUMNO |
CONVENIO DE COLABORACIÓN MUTUA SENATI -EMPRESA - APRENDIZ PARA LA FORMACIÓN PROFESIONAL DUAL DE TÉCNICOS |
Conste por el presente documento el Convenio de Colaboración Mutua SENATI-EMPRESA-APRENDIZ, que celebran:
▪ EL SENATI, con RUC N° 20131376503, con domicilio en… ,
debidamente representado por……………………………………………………….………………………....…….., identificado con DNI N°………………..…………. , con poderes inscritos en la Partida Electrónica Nº del
Registro de Personas Jurídicas de Lima, a quien en adelante se le denominará EL SENATI,
▪ La empresa………………………………………………...................……………….……...………………….., con RUC Nº
……………….…………….., con domicilio en ,
debidamente representada por ………………………………………….…………………………………….…, identificado con DNI N°…………………………....... , con poderes inscritos en la Partida Electrónica Nº del
Registro de Personas Jurídicas de………………………….…….(ciudad), a quien en adelante se le denominará LA EMPRESA, y,
▪ El Aprendiz/ Tutor ………………………….………………………………………………, identificado con DNI N°… ,
con domicilio en… , a quien en adelante se le
denominará EL APRENDIZ.
En los términos y condiciones siguientes:
CLÁUSULA PRIMERA: DECLARACIÓN DE LAS PARTES. DE EL SENATI
El SENATI, de conformidad con su Ley Nº26272, modificada por la Ley Nº 29672, es una persona jurídica de derecho público, de gestión privada, con autonomía técnica, pedagógica, administrativa, económica y con patrimonio propio, cuya finalidad es proporcionar formación y capacitación profesional para las actividades industriales manufactureras y para las labores de instalación, reparación y mantenimiento, realizadas en otras actividades productivas; asimismo puede desarrollar otras actividades de capacitación para otros sectores productivos distintos y participar en programas de investigación científica y tecnológica relacionadas con el trabajo industrial y conexos.
La Formación Profesional Dual que imparte el SENATI se rige por sus propias normas legales y administrativas, tales como la Ley Nº 26272, modificada por la Ley Nº 29672, el Decreto Ley Nº 20151 y su Reglamento, el Decreto Supremo Nº 012-74-IT/DS, el Reglamento del Sistema de Formación Profesional y la Norma General de Aplicación del Programa de Aprendizaje Dual en el SENATI, aprobados por el Consejo Nacional.
Asimismo, la Sétima Disposición Final y Complementaria del Reglamento de la Ley de Modalidades Formativas, Ley N° 28518, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2005-TR, establece que “Los programas de aprendizaje dual regulados por instituciones creadas por ley, se rigen por sus propias normas. Supletoriamente se aplicarán las disposiciones de la Ley y el Reglamento”. En ese sentido, el Consejo Nacional, en uso de sus atribuciones, mediante Acuerdo N° 129-2005, reguló como modalidad formativa el Convenio de Colaboración Mutua, cuya última actualización de su formato se ha efectuado mediante Acuerdo del Comité Económico Administrativo y Legal N° 007-CEAL-2019.
El modelo pedagógico de EL SENATI se caracteriza por promover el aprendizaje de los conocimientos y capacidades para la acción productiva, mediante la aplicación globalizada e interactiva, de todas las informaciones científicas, tecnológicas y humanísticas, así como de las habilidades, actitudes y valores pertinentes a la realización de propósitos laborales concretos, en condiciones reales de trabajo; para lo cual el puesto de trabajo es el medio educativo fundamental.
De acuerdo a la modalidad operativa de los programas de formación profesional inicial de EL SENATI, todo estudiante debe realizar periodos de aprendizaje práctico en una empresa, en condiciones reales de producción, de acuerdo al Plan Específico de Aprendizaje (PEA) correspondiente a determinada ocupación/carrera.
Con la aplicación de los principios, técnicas y procedimientos de la Formación Profesional Dual es posible utilizar los talleres, laboratorios e instalaciones productivas de una empresa para fines de aprendizaje práctico, sin interferir sus actividades productivas regulares.
DE LA EMPRESA
LA EMPRESA tiene por finalidad la producción y/o prestación de servicios de……………………………………..…………………
……………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………….
DEL APRENDIZ
EL APRENDIZ, con fecha ………………………………………………. presentó a EL SENATI una solicitud (que forma parte integrante del presente Convenio como Anexo 1), a fin de realizar su formación práctica bajo la modalidad de Convenio de Colaboración Mutua. A la fecha de suscripción del presente Xxxxxxxx, EL APRENDIZ se encuentra cursando el……….. semestre de la carrera de………………………………………………………………………………………………………….....
DEL SENATI y LA EMPRESA
Ambas partes reconocen y aceptan que mantienen propósitos y objetivos comunes, que justifican un trabajo conjunto en base a un Programa de Formación Profesional Dual que le permita al APRENDIZ la utilización de los talleres, laboratorios e instalaciones productivas de LA EMPRESA, para el aprendizaje práctico de tareas y funciones productivas.
CLÁUSULA SEGUNDA: DE LOS OBJETIVOS
De EL SENATI y EL APRENDIZ
Obtener acceso a los talleres, laboratorios e instalaciones productivas de la empresa para desarrollar el aprendizaje dual de los estudiantes de EL SENATI, de acuerdo al Plan Específico de Aprendizaje (PEA) determinado por EL SENATI, sin interferir en la producción de LA EMPRESA. Este aprendizaje práctico debe contribuir a la ejecución de trabajos reales según las normas internas de LA EMPRESA, por lo que se utilizará los mismos equipos, herramientas y materiales.
De La EMPRESA
Permitir el acceso a sus talleres, laboratorios e instalaciones productivas para el aprendizaje práctico de los estudiantes de EL SENATI, mediante la ejecución de las tareas productivas de la empresa, a fin de asegurar la formación de Recursos Humanos con las cualificaciones requeridas por la realidad productiva. La jornada del aprendizaje práctico tendrá una duración de seis (6) horas por día.
De la Colaboración Mutua
Las partes reconocen la importancia de la colaboración SENATI-EMPRESA para complementar la formación práctica de los aprendices de EL SENATI y asegurar una mejor articulación entre las demandas y las ofertas de formación profesional.
CLÁUSULA TERCERA: DE LA COORDINACIÓN
Para que el convenio tenga los mejores resultados se requiere lograr una permanente coordinación entre EL SENATI y LA EMPRESA, mediante la designación de los siguientes representantes:
Representante de EL SENATI
El representante de EL SENATI será el Director Zonal, el Jefe de Centro o el Jefe de Escuela de Formación Profesional, según el ámbito geográfico de ubicación de LA EMPRESA; su responsabilidad principal es realizar una adecuada programación, supervisión y control del aprendizaje práctico en la empresa.
Representante de LA EMPRESA
El representante de LA EMPRESA es....................................................................................................; su
responsabilidad principal es definir las actividades que comprenderá el aprendizaje práctico de los estudiantes de EL SENATI.
Es de obligación de las partes documentar las reuniones y/o coordinaciones que se generan con el fin de lograr los objetivos de la colaboración mutua.
CLÁUSULA CUARTA: DE LAS RESPONSABILIDADES Y OBLIGACIONES
4.1 De EL SENATI
4.1.1 Acreditar a EL APRENDIZ mediante una carta de presentación que contenga los datos personales y los datos del Plan Específico de Aprendizaje (PEA) desarrollado y por desarrollar en la formación práctica en LA EMPRESA.
4.1.2 Garantizar a LA EMPRESA que EL APRENDIZ cuenta con una póliza de seguro contra accidentes personales, que tendrá vigencia durante su tiempo de permanencia en EL SENATI y en LA EMPRESA; asimismo, será responsable de supervisar periódicamente el adecuado desempeño de EL APRENDIZ y del cumplimiento del desarrollo del Plan Específico de Aprendizaje (PEA).
4.2 De LA EMPRESA
4.2.1 LA EMPRESA permitirá, a EL APRENDIZ, el uso de sus talleres, laboratorios e instalaciones productivas, con los mismos materiales que usa en su producción regular; debiendo velar porque los trabajos reales que ejecute, como parte del aprendizaje práctico, se desarrollen atendiendo a su condición de estudiante, por
Escriba el texto lao qquueí no les deberá asignar tareas para las que no cuentan con la destreza requerida y/o que puedan poner en riesgo su integridad física.
Adicionalmente, LA EMPRESA queda obligada a:
a) Colaborar en la formación práctica de los aprendices de EL SENATI, en sus instalaciones productivas, de acuerdo al Programa de Formación Profesional establecido por EL SENATI.
b) Velar porque las labores que realice EL APRENDIZ se sujeten a lo establecido en el Plan Específico de Aprendizaje (PEA). Toda actividad que no se adecúe a los lineamientos establecidos en el Plan Específico de Aprendizaje (PEA) será considerada como acto de negligencia que libera de cualquier responsabilidad a EL SENATI.
c) Designar a un trabajador de LA EMPRESA, preferentemente a un técnico o un especialista de la ocupación, para que sea el monitor que conduzca la formación práctica de EL APRENDIZ y realice la supervisión de la formación práctica en la empresa. LA EMPRESA se obliga a garantizar que las acciones de supervisión se realizarán durante todo el desarrollo del Plan Específico del Aprendizaje (PEA). No se podrá destacar a EL APRENDIZ a lugares donde no se cuente con la supervisión respectiva.
d) Garantizar que el aprendizaje práctico en LA EMPRESA se desarrolle bajo condiciones que protejan la vida, la salud y bienestar del APRENDIZ del SENATI, de conformidad con lo establecido en las normas de Seguridad y Salud en el Trabajo. Para ello, LA EMPRESA deberá documentar las inducciones, capacitaciones para el uso de maquinarias, así como toda participación vinculada con el cumplimiento de las normas de Seguridad y Salud en el Trabajo. Esta documentación formará parte del plan de aprendizaje y deberá ser remitida a EL SENATI de forma mensual. La omisión de este acervo documental será de responsabilidad de LA EMPRESA.
e) LA EMPRESA de manera voluntaria y facultativa, podrá otorgar una asignación económica mensual al APRENDIZ, cuyo monto será definido por LA EMPRESA.
f) Autorizar y dar facilidades al personal del SENATI para ingresar a las instalaciones de la empresa a fin de supervisar, coordinar con el monitor y evaluar el desarrollo del aprendizaje.
4.3 De EL APRENDIZ
4.3.1 EL APRENDIZ realizará su formación profesional práctica desarrollando solamente las actividades relacionadas con la ocupación /carrera consignada en el presente Convenio, de acuerdo a los lineamientos establecidos en el Plan Específico de Aprendizaje (PEA) correspondiente, caso contrario, toda conducta y/o actividad que no se adecúe a dichos lineamientos será considerada como acto de negligencia que libera de cualquier responsabilidad a EL SENATI.
Adicionalmente, EL APRENDIZ se obliga a:
a) Cumplir durante su formación profesional práctica con el horario establecido por LA EMPRESA.
b) Cumplir las normas y reglamentos internos de EL SENATI y de la EMPRESA.
c) Cumplir con las normas de Seguridad y Salud en el Trabajo impartidas por LA EMPRESA y EL SENATI.
d) Informar a EL SENATI el incumplimiento por parte de la EMPRESA de las normas de Seguridad y Salud en el Trabajo dentro del día de haberse generado el incumplimiento. La omisión de información será de responsabilidad de EL APRENDIZ.
e) Lograr los niveles de rendimiento tecnológico y práctico, según los estándares establecidos por EL SENATI y LA EMPRESA.
CLÁUSULA QUNTA: RESPONSABILIDAD CONJUNTA DE LA EMPRESA Y EL SENATI
El presente Xxxxxxxx no genera obligaciones laborales a LA EMPRESA respecto a EL APRENDIZ ni a EL SENATI, salvo los supuestos de responsabilidad civil, cuando se afecte la salud e integridad de EL APRENDIZ, y LA EMPRESA no cumpla las obligaciones y estándares establecidos en las normas de seguridad y salud en el trabajo, las obligaciones previstas en el presente Convenio y las leyes de la materia.
Los representantes de LA EMPRESA y de EL SENATI tomarán las medidas adecuadas para superar aspectos no previstos en el presente convenio conforme a la normatividad vigente.
CLÁUSULA SEXTA: DE LA VIGENCIA
El presente Xxxxxxxx iniciará el ………………………………..…… hasta el ……………………………….…….. La duración está determinada por el tiempo que demande la formación profesional de Xxxxxxxx, el mismo que será señalado por EL SENATI para cada ocupación específica. Este Convenio puede ser renovado mediante la suscripción de una Adenda por acuerdo de las partes.
CLÁUSULA SETIMA: DE LA RESOLUCIÓN DEL CONVENIO
Son causales de resolución del Convenio:
7.1 El incumplimiento, por parte de EL SENATI, de cualquiera de las obligaciones previstas en el numeral
4.1 de la cláusula cuarta del presente Convenio.
7.2 El incumplimiento, por parte de LA EMPRESA, de cualquiera de las obligaciones establecidas en el numeral 4.2 de la cláusula cuarta del presente Convenio.
7.3 El incumplimiento, por parte de EL APRENDIZ, de cualquiera de las obligaciones establecidas en el numeral 4.3 de la cláusula cuarta del presente Convenio.
7.4 Por mutuo acuerdo de las partes.
En cualquiera de los casos citados, la resolución del Convenio se comunicará a las partes por escrito y surtirá efectos a partir del día siguiente de su recepción.
CLÁUSULA OCTAVA: DE LAS MODIFICACIONES
Cualquier modificación, restricción o ampliación al presente convenio se efectuará por acuerdo de las partes y se formalizará mediante Adenda, la que, debidamente suscrita, formará parte integrante del presente Convenio.
CLÁUSULA NOVENA: DE LA SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
Las partes acuerdan que cualquier controversia o reclamo que surja de, o se relacione con, la ejecución y/o interpretación del presente Convenio, será resuelta en primer término, mediante el trato directo.
Sólo en el caso de no lograr una solución mediante esta vía, la controversia o litigio derivado o relacionado con este acto jurídico se someterá a un arbitraje de derecho a cargo de un tribunal arbitral, de acuerdo a las normas contenidas en el Reglamento de Arbitraje del Centro de Arbitraje de la Cámara de Comercio de Lima, a cuyas normas, administración y decisión se someten las partes en forma incondicional, declarando conocerlas y aceptarlas en su integridad.
El tribunal estará compuesto por tres (03) miembros, dos de ellos serán designados por cada una de las partes, los que a su vez designarán al tercero, quien presidirá el tribunal arbitral. En caso las partes no se pusieran de acuerdo y/o no estuviera conformado el tribunal, la designación del (o de los) árbitro(s) faltante(s) será realizada por el Centro de Arbitraje de la Cámara de Comercio de Lima.
El laudo arbitral será inapelable, definitivo y obligatorio para las partes, no pudiendo ser recurrido ante el Poder Judicial o ante cualquier instancia administrativa.
CLÁUSULA DÉCIMA: MANIFESTACIÓN DE EL APRENDIZ
EL APRENDIZ deja constancia de su voluntad de ejecutar su formación profesional práctica en las instalaciones de LA EMPRESA, según las actividades establecidas en el PEA (Plan Específico de Aprendizaje) correspondiente a su formación profesional, por medio de la suscripción del presente Convenio de Colaboración Mutua.
Asimismo, manifiesta conocer la situación de riesgo provocada por el Coronavirus (COVID-19) y los efectos que pueden conllevar consigo; por ello, exime de toda responsabilidad a SENATI, por cualquier situación contingente fuera del control institucional y/o acto negligente atribuido a LA EMPRESA o al APRENDIZ.
Asimismo, EL APRENDIZ manifiesta su conformidad, respecto a que SENATI disponga la suspensión de las actividades presenciales, aplicando las medidas de seguridad y sanitarias que emita el Gobierno Central.
Adicionalmente, al suscribir el presente Contrato de Aprendizaje DUAL, se compromete a cumplir con las siguientes condiciones:
- Presentar obligatoriamente el Carné emitido por el MINSA que acredite contar con el esquema completo de vacunación contra el Coronavirus (COVID-19), con todas las dosis de vacunación y dosis de refuerzo cuando corresponda, conforme a la cantidad de dosis establecidas por el Ministerio de Salud.
- Cumplir con todos los lineamientos establecidos en el “Plan para la vigilancia, prevención y control de la
salud de los colaboradores y alumnos con riesgo de exposición al Coronavirus (COVID-19)”, de SENATI.
- En caso de formar parte del Grupo de Riesgo, deberá contar con la validación del Médico Ocupacional de SENATI, quien evaluará la información clínica proporcionada por EL APRENDIZ y deberá suscribir obligatoriamente los respectivos formatos detallados en el “Plan para la vigilancia, prevención y control de la salud de los colaboradores y alumnos con riesgo de exposición al Coronavirus (COVID-19)”.
CLÁUSULA DÉCIMO PRIMERA: DECLARACIÓN DE LA EMPRESA
LA EMPRESA declara contar con el Plan para la vigilancia, prevención y control del Coronavirus (COVID-19) establecido según los parámetros de la Resolución Ministerial N° 1275-2021/MINSA, la cual aprueba la Directiva Administrativa N° 321-MINSA/DGIESP-2021 o cualquier otra modificatoria y que lo ha remitido al correo electrónico del Ministerio de Salud: xxxxxxx@xxxxx.xxx.xx, con fecha …… de …………………del Y, que dicho
Plan se ha implementado de forma íntegra y viene siendo ejecutando en las instalaciones de LA EMPRESA donde EL APRENDIZ realizará la formación profesional práctica, bajo su responsabilidad civil, administrativa, penal; eximiendo a SENATI por cualquier situación contingente fuera del control institucional de SENATI, debido a que la formación práctica se desarrolla en sus instalaciones, por lo que la responsabilidad respecto de cualquier
contingencia o situación que se suscite en relación a la ejecución de la formación práctica recaerá únicamente en LA EMPRESA y/o EL APRENDIZ.
LA EMPRESA se obliga bajo responsabilidad, a dejar sin efecto el presente Convenio de Colaboración Mutua e impedir al APRENDIZ el ingreso a sus instalaciones, si el Gobierno Central dispone, después de la suscripción del presente documento, la inmovilización social obligatoria u otra disposición relacionada a cualquier emergencia sanitaria, que ponga en riesgo la vida y la salud de EL APRENDIZ.
LA EMPRESA se obliga bajo responsabilidad a informar en el plazo máximo de 24 horas, si El APRENDIZ ha estado en contacto con alguno de sus trabajadores que haya contraído la enfermedad del Coronavirus (COVID-19), o si EL APRENDIZ es calificado como un caso positivo de Coronavirus (COVID-19). Asimismo, deberá disponer el aislamiento conforme a las disposiciones emitidas por el Ministerio de Salud.
LA EMPRESA declara que al suscribir el presente Convenio de Colaboración Mutua se compromete a brinda sus instalaciones para la ejecución de la formación práctica del APRENDIZ, formación que está relacionada a la carrera profesional del APRENDIZ y al giro del negocio de LA EMPRESA.
CLÁUSULA DÉCIMO SEGUNDA: COMPROMISO DEL APRENDIZ Y DE LA EMPRESA
LA EMPRESA se obliga a acreditar el registro ante el MINSA del Plan para la vigilancia, prevención y control del Coronavirus (COVID-19) aplicable a su empresa (vía correo electrónico: xxxxxxx@xxxxx.xxx.xx), y remitir una copia a SENATI.
Asimismo, LA EMPRESA se obliga a entregar al APRENDIZ los elementos de protección personal (EPP) que correspondan a la actividad de formación profesional práctica según el nivel de riesgo establecido expresamente en el Plan Específico de Aprendizaje (PEA), y en concordancia con el giro de la empresa, las cuales no serán calificadas como de alto riesgo o que infrinjan las normas de Seguridad Salud en el Trabajo o cualquier otra norma que resulte aplicable. De igual manera, LA EMPRESA se obliga a entregar AL APRENDIZ los elementos de protección personal sanitarios para la prevención del Coronavirus (COVID-19); y se compromete a colaborar con el personal de SENATI para permitir que realice el seguimiento mensual de la ejecución de las labores y tareas detalladas en el Plan Específico de Aprendizaje (PEA).
EL APRENDIZ se obliga a cumplir con el Plan para la vigilancia, prevención y control del Coronavirus (COVID-19) de LA EMPRESA y utilizar los elementos de protección personal entregados en los términos que se establezcan en el respectivo Plan.
Por su parte SENATI se compromete a verificar que LA EMPRESA haya implementado el Plan para la vigilancia, prevención y control del Coronavirus (COVID-19) remitido por LA EMPRESA al MINSA (xxxxxxx@xxxxx.xxx.xx), conforme a la visita inspectiva realizada por el Especialista de Seguimiento designado para tal fin, y a la exhibición de dicho Plan que ha realizado LA EMPRESA con fecha de 20….
Estando de acuerdo con lo expresado en todas y cada una de las cláusulas del presente Convenio, se suscribe en tres (3) ejemplares igualmente válidos, a los................ días del mes de...................…........ del año dos mil………........