SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE ENERGÍA (SEN)
DO C U M E N T O D E L I C I TA C I Ó N
SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO
DE ENERGÍA (SEN)
LICITACIÓN PRIVADA NACIONAL
No. SEN-LPN-002-2019
“CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE VIGILANCIA PRIVADA PARA LAS INSTALACIONES DE LA SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE ENERGÍA (SEN)”
Tegucigalpa, mayo de 2019
Índice General
PARTE 1 – Procedimientos de Licitación
Sección I Instrucciones a los Oferentes 3
Sección II. Datos de la Licitación (DDL) 21
Sección III. Formularios de la Oferta 29
PARTE 2 – Requisitos de los Bienes y Servicios
Sección IV. Países Elegibles 48
Sección V. Especificaciones Técnicas 49
PARTE 3 – Contrato
Sección VI. Condiciones Generales del Contrato 127
Sección VII. Condiciones Especiales del Contrato 155
Sección VIII. Formularios del Contrato 158
Sección I. Instrucciones a los Oferentes | |
A. Generalidades | |
1. Alcance de la licitación | 1.1 El Comprador indicado en los Datos de la Licitación (DDL) emite estos Documentos de Licitación para la adquisición de los Bienes y Servicios Conexos especificados en Sección VI, Lista de Requisitos. El nombre y número de identificación de esta Licitación Pública Nacional (LPN) para |
2. Fuente de fondos | adquisición de bienes están especificados en los DDL. El nombre, identificación y número de lotes están indicados en los DDL. 1.2 Para todos los efectos de estos Documentos de Licitación: (a) el término “por escrito” significa comunicación en forma escrita (por ejemplo, por correo electrónico, facsímile, telex) con prueba de recibido; (b) si el contexto así lo requiere, “singular” significa “plural” y viceversa; y (c) “día” significa día calendario. 1.3 La presente Licitación tiene por objeto la contratación por parte de la Secretaría de Estado en el Despacho de Energía, (SEN) de una Empresa dedicada a prestar servicios de Vigilancia a los efectos de que preste sus servicios en las instalaciones de la SEN, por el termino de nueve (9) meses de acuerdo a los términos requeridos y especificaciones establecidas en el presente documento. 2.1 La contratación a que se refiere esta Licitación se financiará exclusiva y totalmente con recursos nacionales Hondureños. 3.1 El Estado Hondureño exige a todos los organismos ejecutores y organismos contratantes, al igual que a todas las firmas, entidades o personas oferentes por participar o participando en procedimientos de contratación, incluyendo, entre otros, solicitantes, oferentes, contratistas, consultores y concesionarios (incluyendo sus respectivos funcionarios, empleados y representantes), observar los más altos niveles éticos durante el proceso de selección y las negociaciones o la ejecución de un contrato. Los actos de fraude y corrupción están prohibidos. 3.2 Si se comprobare que ha habido entendimiento malicioso entre dos o más oferentes, las respectivas ofertas no serán consideradas, sin perjuicio de la responsabilidad legal en que éstos hubieren incurrido. 3.3 Los actos de fraude y corrupción son sancionados por la Ley de Contratación del Estado, sin perjuicio de la responsabilidad en que se pudiera incurrir conforme al Código Penal. 4.1 Podrán participar en esta Licitación todas las empresas que, teniendo plena |
3. Fraude y corrupción | |
4. Oferentes |
elegibles capacidad de ejercicio, no se hallen comprendidas en alguna de las circunstancias siguientes:
(a) Xxxxx sido condenados mediante sentencia firme por delitos contra la propiedad, delitos contra la fe pública, cohecho, enriquecimiento ilícito, negociaciones incompatibles con el ejercicio de funciones públicas, malversación de caudales públicos o contrabando y defraudación fiscal, mientras subsista la condena. Esta prohibición también es aplicable a las sociedades mercantiles u otras personas jurídicas cuyos administradores o representantes se encuentran en situaciones similares por actuaciones a nombre o en beneficio de las mismas;
(b) Haber sido declarado en quiebra o en concurso de acreedores, mientras no fueren rehabilitados;
(c) Ser funcionarios o empleados, con o sin remuneración, al servicio de los Poderes del Estado o de cualquier institución descentralizada, municipalidad u organismo que se financie con fondos públicos, sin perjuicio de lo previsto en el Artículo 258 de la Constitución de la República;
(d) Haber dado lugar, por causa de la que hubiere sido declarado culpable, a la resolución firme de cualquier contrato celebrado con la Administración o a la suspensión temporal en el Registro de Proveedores y Contratistas en tanto dure la sanción. En el primer caso, la prohibición de contratar tendrá una duración de dos (2) años , excepto en aquellos casos en que haya sido objeto de resolución en sus contratos en dos ocasiones, en cuyo caso la prohibición de contratar será definitiva;
(e) Ser cónyuge, persona vinculada por unión de hecho o parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad de cualquiera de los funcionarios o empleados bajo cuya responsabilidad esté la precalificación de las empresas, la evaluación de las propuestas, la adjudicación o la firma del contrato;
(f) Tratarse de sociedades mercantiles en cuyo capital social participen funcionarios o empleados públicos que tuvieren influencia por razón de sus cargos o participaren directa o indirectamente en cualquier etapa de los procedimientos de selección de contratistas. Esta prohibición se aplica también a las compañías que cuenten con socios que sean cónyuges, personas vinculadas por unión de hecho o parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad de los funcionarios o empleados a que se refiere el literal anterior, o aquellas en las que desempeñen, puestos de dirección o de representación personas con esos mismos grados de relación o de parentesco;
(g) Xxxxx intervenido directamente o como asesores en cualquier etapa de los procedimientos de contratación o haber participado en la preparación de las especificaciones, planos, diseños o términos de referencia, excepto en actividades de supervisión de construcción; e,
(h) Estar suspendido del Registro de Proveedores y Contratistas o tener vigente sanción de suspensión para participar en procedimientos de contratación administrativa.
4.2 Las Ofertas presentadas por un Consorcio constituido por dos o más empresas deberán cumplir con los siguientes requisitos, a menos que se indique otra cosa en los DDL:
5. Elegibilidad de los Bienes y Servicios Conexos
6. Secciones de los Documentos de Licitación
(a) la Oferta deberá ser firmada de manera que constituya una obligación legal para todos los socios;
(b) todos los socios serán responsables mancomunada y solidariamente por el cumplimiento del Contrato de acuerdo con las condiciones del mismo;
(c) uno de los socios deberá ser designado como representante y autorizado para contraer responsabilidades y para recibir instrucciones por y en nombre de cualquier o todos los miembros de del Consorcio;
(d) la ejecución de la totalidad del Contrato, incluyendo los pagos, se harán exclusivamente con el socio designado;
(e) con la Oferta se deberá presentar el Acuerdo de Consorcio firmado por todas las partes.
4.2 Los Oferentes deberán proporcionar al Contratante evidencia satisfactoria de su continua elegibilidad, en los términos de la cláusula 13.1 de las IAO, cuando el Contratante razonablemente la solicite.
5.1 Todos los Bienes y Servicios Conexos que hayan de suministrarse de conformidad con el contrato pueden tener su origen en cualquier país
B. Contenido de los Documentos de Licitación
6.1 Los Documentos de Licitación están compuestos por las Partes 1, 2, y 3 incluidas sus respectivas secciones que a continuación se indican y deben ser leídas en conjunto con cualquier enmienda emitida en virtud de la Cláusula 8 de las IAO.
PARTE 1 – Procedimientos de Licitación
• Sección I. Instrucciones a los Oferentes (IAO)
• Sección II. Datos de la Licitación (DDL) • Sección III. Formularios de la Oferta • Sección IV. Países Elegibles | |
PARTE 2 –Requisitos de los Servicios • Sección V. Especificaciones Técnicas | |
7. Aclaración de los Documentos de Licitación | PARTE 3 – Contrato • Sección VI. Condiciones Generales del Contrato (CGC) • Sección VII. Condiciones Especiales del Contrato (CEC) • Sección VIII. Formularios del Contrato 6.2 El Llamado a Licitación emitido por el Comprador no forma parte de los Documentos de Licitación. 6.3 El Comprador no se responsabiliza por la integridad de los Documentos de Licitación y sus enmiendas, de no haber sido obtenidos directamente del Comprador. 6.4 Es responsabilidad del Oferente examinar todas las instrucciones, formularios, términos y especificaciones de los Documentos de Licitación. La presentación incompleta de la información o documentación requerida en los Documentos de Licitación puede constituir causal de rechazo de la oferta. 7.1 Todo aquel que haya obtenido de manera oficial los documentos de licitación que requiera alguna aclaración sobre los Documentos de Licitación deberá comunicarse con el Comprador por escrito a la dirección del Comprador que se suministra en los DDL. El Comprador responderá por escrito a todas las solicitudes de aclaración, siempre que dichas solicitudes las reciba el Comprador por lo menos quince (15) días antes de la fecha límite para la presentación de ofertas. El Comprador enviará copia de las respuestas, incluyendo una descripción de las consultas realizadas, sin identificar su fuente, a todos los que hubiesen adquirido los Documentos de Licitación directamente del Comprador. 7.2 Si como resultado de las aclaraciones, el Comprador considera necesario enmendar los Documentos de Licitación, deberá hacerlo siguiendo el procedimiento indicado en la Cláusula 8 y Subcláusula 24.2, de las IAO. 8.1 El Comprador podrá, en cualquier momento antes del vencimiento del plazo para presentación de ofertas, enmendar los Documentos de Licitación mediante la emisión de una enmienda. 8.2 Toda enmienda emitida formará parte integral de los Documentos de Licitación y deberá ser comunicada por escrito a todos los que notificaron haber obtenido los documentos de Licitación directamente del Comprador. |
8. Enmienda a los Documentos de Licitación |
8.3 El Comprador podrá, a su discreción, prorrogar el plazo de presentación de ofertas a fin de dar a los posibles Oferentes un plazo razonable para que puedan tomar en cuenta las enmiendas en la preparación de sus ofertas, de conformidad con la Subcláusula 24.2 de las IAO.
9. Costo de la Oferta
10. Idioma de la Oferta
11. Documentos que componen la Oferta
C. Preparación de las Ofertas
9.1 El Oferente financiará todos los costos relacionados con la preparación y presentación de su oferta, y el Comprador no estará sujeto ni será responsable en ningún caso por dichos costos, independientemente de la modalidad o del resultado del proceso de licitación.
10.1 La Oferta, así como toda la correspondencia y documentos relativos a la oferta intercambiados entre el Oferente y el Comprador deberán ser escritos en español. Los documentos de soporte y material impreso que formen parte de la Oferta, pueden estar en otro idioma con la condición de que los apartes pertinentes estén acompañados de una traducción fidedigna al español. Para efectos de interpretación de la oferta, dicha traducción prevalecerá.
11.1 La Oferta estará compuesta por los siguientes documentos:
(a) Formulario de Oferta y Lista de Precios, de conformidad con las Cláusulas 12, 14 y 15 de las IAO;
(b) Garantía de Mantenimiento de la Oferta, de conformidad con la Cláusula 21 de las IAO o la Declaración de Mantenimiento de la Oferta, si de conformidad con la Cláusula 21 de las IAO así se requiere;
(c) confirmación escrita que autorice al signatario de la oferta a comprometer al Oferente, de conformidad con la Cláusula 22 de las IAO;
(d) evidencia documentada, de conformidad con la cláusula 16 de las IAO, que establezca que el Oferente es elegible para presentar una oferta;
(e) evidencia documentada, de conformidad con la Cláusula 17 de las IAO, que certifique que los Bienes y Servicios Conexos que proporcionará el Oferente son de origen elegible;
(f) evidencia documentada, de conformidad con las Cláusulas 18 y 30 de las IAO, que establezca que los Bienes y Servicios Conexos se ajustan sustancialmente a los Documentos de Licitación;
(g) evidencia documentada, de conformidad con la Cláusula 19 de las IAO, que establezca que el Oferente está calificado para ejecutar el contrato en caso que su oferta sea aceptada; y
(h) cualquier otro documento requerido en los DDL.
12. Formulario de 12.1 El Oferente presentará el Formulario de Oferta utilizando el formulario
Oferta y Lista de Precios
13. Ofertas
Alternativas
14. Precios de la Oferta y Descuentos
suministrado en la Sección III, Formularios de la Oferta. Este formulario deberá ser debidamente llenado sin alterar su forma y no se aceptarán sustitutos. Todos los espacios en blanco deberán ser llenados con la información solicitada.
12.2 El Oferente presentará la Lista de Precios de los Bienes y Servicios Conexos, según corresponda a su origen y utilizando los formularios suministrados en la Sección III, Formularios de la Oferta.
13.1 A menos que se indique lo contrario en los DDL, no se considerarán ofertas alternativas.
14.1 Los precios y descuentos cotizados por el Oferente en el Formulario de Presentación de la Oferta y en la Lista de Precios deberán ajustarse a los requerimientos que se indican a continuación.
14.2 Todos los lotes y artículos deberán enumerarse y cotizarse por separado en el Formulario de Lista de Precios. Si una Lista de Precios detalla artículos pero no los cotiza, se asumirá que los precios están incluidos en los precios de otros artículos. Asimismo, cuando algún lote o artículo no aparezca en la Lista de Xxxxxxx se asumirá que no está incluido en la oferta, y de considerarse que la oferta cumple sustancialmente, se aplicarán los ajustes correspondientes, de conformidad con la Cláusula 31 de las IAO.
14.3 El precio cotizado en el formulario de Presentación de la Oferta deberá ser el precio total de la oferta, excluyendo cualquier descuento que se ofrezca.
14.4 El Oferente cotizará cualquier descuento incondicional e indicará su método de aplicación en el formulario de Presentación de la Oferta.
14.5 Las expresiones DDP, DPA y otros términos afines se regirán por las normas prescritas en la edición vigente de Incoterms publicada por la Cámara de Comercio Internacional (xxx.xxxxxx.xxx), según se indique en los DDL Los precios deberán cotizarse como se indica en cada formulario de Lista de Precios incluidos en la Sección III, Formularios de la Oferta. El desglose de los componentes de los precios se requiere con el único propósito de facilitar al Comprador la comparación de las ofertas. Esto no limitará de ninguna manera el derecho del Comprador para contratar bajo cualquiera de los términos ofrecidos. Al cotizar los precios, el Oferente podrá incluir costos de transporte cotizados por empresas transportadoras registradas en cualquier país elegible. Asimismo, el Oferente podrá adquirir servicios de seguros de cualquier país elegible. Los precios deberán registrarse de la siguiente manera:
(i) el precio de los bienes cotizados entregados en el lugar de destino convenido en Honduras especificado en los DDL, incluyendo todos los derechos de aduana y los impuestos a la venta o de otro tipo ya pagados o por pagar sobre los componentes y materia prima utilizada en la fabricación o ensamblaje de los bienes;
(ii) todo impuesto a las ventas u otro tipo de impuesto que obligue
Honduras a pagar sobre los Bienes en caso de ser adjudicado el Contrato al Oferente.
14.6 Los precios cotizados por el Oferente serán fijos durante la ejecución del Contrato y no estarán sujetos a ninguna variación por ningún motivo, salvo indicación contraria en los DDL. Una oferta presentada con precios ajustables no responde a lo solicitado y, en consecuencia, será rechazada de conformidad con la Cláusula 30 de las IAO. Sin embargo, si de acuerdo con lo indicado en los DDL, los precios cotizados por el Oferente pueden ser ajustables durante la ejecución del Contrato, las ofertas que coticen precios fijos no serán rechazadas, y el ajuste de los precios se considerará igual a cero. 14.7 Si así se indica en la subcláusula 1.1 de las IAO, el Llamado a Licitación será por ofertas para contratos individuales (lotes) o para combinación de contratos (grupos). A menos que se indique lo contrario en los DDL, los precios cotizados deberán corresponder al 100% de los artículos indicados en cada lote y al 100% de las cantidades indicadas para cada artículo de un lote. Los Oferentes que deseen ofrecer reducción de precios (descuentos) por la adjudicación de más de un contrato deberán indicar en su oferta los descuentos aplicables de conformidad con la Subcláusula 14.4 de las IAO, siempre y cuando las ofertas por todos los lotes sean presentadas y abiertas al mismo tiempo. | |
15. Moneda de la Oferta | 15.1 El Oferente cotizará en Lempiras salvo que en los DDL se indique que los Oferentes podrán expresar el precio de su oferta en cualquier moneda plenamente convertible. En tal caso, los Oferentes que deseen que se les pague en varias monedas, deberán cotizar su oferta en esas monedas pero no podrán emplear más de tres monedas además del Lempira. |
16. Documentos que establecen la elegibilidad del Oferente | 16.1 Para establecer su elegibilidad, de conformidad con la Cláusula 4 de las IAO, los Oferentes deberán completar el Formulario de Oferta, incluido en la Sección III, Formularios de la Oferta. |
17. Documentos que establecen la elegibilidad de los Bienes y Servicios Conexos | 17.1 No se requiere presentar documentos para establecer elegibilidad de los Bienes y Servicios Conexos. |
18. Documentos que establecen la conformidad de los Bienes y Servicios Conexos | 18.1 Con el fin de establecer la conformidad de los Bienes y Servicios Conexos, los Oferentes deberán proporcionar como parte de la Oferta evidencia documentada acreditando que los Bienes cumplen con las especificaciones técnicas en la Sección V. 18.2 La evidencia documentada puede ser en forma de literatura impresa, planos o datos, y deberá incluir una descripción detallada de las características esenciales técnicas y de funcionamiento de cada artículo demostrando |
conformidad sustancial de los Bienes y Servicios Conexos con las especificaciones técnicas. De ser procedente el Oferente incluirá una declaración de variaciones y excepciones a las provisiones en los Requisitos de los Bienes y Servicios. 18.3 Los Oferentes también deberán proporcionar una lista detallada que incluya disponibilidad y precios actuales de repuestos, herramientas especiales, etc. necesarias para el adecuado y continuo funcionamiento de los bienes durante el período indicado en los DDL, a partir del inicio de la utilización de los bienes por el Comprador. 18.4 Las normas de fabricación, procesamiento, material y equipo así como las referencias a marcas o números de catálogos que haya incluido el Comprador en los Requisitos de los Bienes y Servicios son solamente descriptivas y no restrictivas. Los Oferentes pueden ofrecer otras normas de calidad, marcas, y/o números de catálogos siempre y cuando demuestren a satisfacción del Comprador, que las substituciones son sustancialmente equivalentes o superiores a las especificadas en los Requisitos de los Bienes y Servicios. | |
19. Documentos que establecen las Calificaciones del Oferente | 19.1 La evidencia documentada de las calificaciones del Oferente para ejecutar el contrato si su oferta es aceptada, deberá establecer a completa satisfacción del Comprador: (a) que, si se requiere en los DDL, el oferente que no fabrique o produzca los bienes a ser suministrados en Honduras deberá presentar una Autorización del Fabricante mediante el formulario incluido en la Sección III, Formularios de la Oferta. (b) que, si se requiere en los DDL, en el caso de un Oferente que no está establecido comercialmente en Honduras, el Oferente está o estará (si se le adjudica el contrato) representado por un Agente en Honduras equipado y con capacidad para cumplir con las obligaciones de mantenimiento, reparaciones y almacenamiento de repuestos, estipuladas en las Condiciones del Contrato y/o las Especificaciones Técnicas. |
20. Período de Validez de las Ofertas | 20.1 Las ofertas se deberán mantener válidas por el período determinado en los DDL a partir de la fecha límite para la presentación de ofertas establecida por el Comprador. Toda oferta con un período de validez menor será rechazada por el Comprador por incumplimiento. 20.2 En circunstancias excepcionales y antes de que expire el período de validez de la oferta, el Comprador podrá solicitarle a los Oferentes que extiendan el período de la validez de sus ofertas. Las solicitudes y las respuestas serán por escrito. La Garantía de Mantenimiento de Oferta también ésta deberá prorrogarse por el período correspondiente. Un Oferente puede rehusar a tal solicitud sin que se le haga efectiva su Garantía de Mantenimiento de la Oferta. A los Oferentes que acepten la solicitud de prórroga no se les pedirá ni permitirá que modifiquen sus ofertas, con excepción de lo dispuesto en la |
Subcláusula 20.3 de las IAO. 20.3 En el caso de contratos con precio fijo, si la adjudicación se retrasase por un período mayor a cincuenta y seis (56) días a partir del vencimiento del plazo inicial de validez de la oferta, el precio del Contrato será ajustado mediante la aplicación de un factor que será especificado en la solicitud de prórroga. La evaluación de la oferta deberá basarse en el precio cotizado sin tomar en cuenta el ajuste mencionado. | |
21. Garantía de Mantenimiento de Oferta | 21.1 El Oferente deberá presentar como parte de su Oferta, una Garantía de Mantenimiento de la Oferta, en la forma estipulada en los DDL. 21.2 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta será por la suma estipulada en los DDL y denominada en Lempiras. En caso de que la oferta se presente en varias monedas. 21.3 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta deberá: (a) ser presentada en original (no se aceptarán copias); (b) permanecer válida por un período que expire 30 días después de la fecha límite de la validez de las Ofertas. 21.4 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta emitida por un banco o una aseguradora deberá: (a) ser emitida por una institución que opere en Honduras, autorizada por la Comisión Nacional de Bancos y Seguros; (b) estar sustancialmente de acuerdo con uno de los formularios de Garantía de Mantenimiento de Oferta u otro formulario aprobado por el Comprador con anterioridad a la presentación de la Oferta; 21.5 Todas las Ofertas que no estén acompañadas por una Garantía de Mantenimiento de la oferta que sustancialmente responda a lo requerido en la cláusula mencionada, serán rechazadas por el Comprador por incumplimiento. 21.6 La Garantía de Mantenimiento de Oferta de los Oferentes cuyas Ofertas no fueron seleccionadas serán devueltas inmediatamente después de que el Oferente seleccionado suministre su Garantía de Cumplimiento. 21.7 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta se podrá hacer efectiva si: (a) el Oferente retira su Oferta durante el período de validez de la Oferta especificado por el Oferente en la Oferta, salvo lo estipulado en la Subcláusula 16.2 de las IAO; o (b) el Oferente seleccionado no acepta las correcciones al Precio de su Oferta, de conformidad con la Subcláusula 28 de las IAO; |
(c) si el Oferente seleccionado no cumple dentro del plazo estipulado con: (i) firmar el Contrato; o (ii) suministrar la Garantía de Cumplimiento solicitada. 21.8 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta de un Consorcio deberá ser emitida en nombre del Consorcio que presenta la Oferta. | |
22. Formato y firma de la Oferta | 22.1 El Oferente preparará un original de los documentos que comprenden la oferta según se describe en la Cláusula 11 de las IAO y lo marcará claramente como “ORIGINAL”. Además el Oferente deberá presentar el número de copias de la oferta que se indica en los DDL y marcar claramente cada ejemplar como “COPIA”. En caso de discrepancia, el texto del original prevalecerá sobre el de las copias. |
22.2 El original y todas las copias de la oferta deberán ser mecanografiadas o escritas con tinta indeleble y deberán estar firmadas por la persona debidamente autorizada para firmar en nombre del Oferente. 22.3 Los textos entre líneas, tachaduras o palabras superpuestas serán válidos solamente si llevan la firma o las iniciales de la persona que firma la Oferta. | |
D. Presentación y Apertura de las Ofertas | |
23. Presentación, Sello e Identificación de las Ofertas | 23.1 Los Oferentes siempre podrán enviar sus ofertas por correo o entregarlas personalmente. Los Oferentes tendrán la opción de presentar sus ofertas electrónicamente cuando así se indique en los DDL. (a) Los Oferentes que presenten sus ofertas por correo o las entreguen personalmente incluirán el original y cada copia de la oferta, inclusive ofertas alternativas si fueran permitidas en virtud de la Cláusula 13 de las IAO, en sobres separados, cerrados en forma inviolable y debidamente identificados como “ORIGINAL” y “COPIA”. Los sobres conteniendo el original y las copias serán incluidos a su vez en un solo sobre. El resto del procedimiento será de acuerdo con las Subcláusulas 23.2 y 23.3 de las IAO. |
(b) Los Oferentes que presenten sus ofertas electrónicamente seguirán los procedimientos indicados en los DDL para la presentación de dichas ofertas. | |
23.2 Los sobres interiores y el sobre exterior deberán: | |
(a) llevar el nombre y la dirección del Oferente; | |
(b) estar dirigidos al Comprador y llevar la dirección que se indica en la Subcláusula 24.1 de las IAO; | |
(c) llevar la identificación específica de este proceso de licitación indicado |
en la Cláusula 1.1 de las IAO y cualquier otra identificación que se indique en los DDL; y (d) llevar una advertencia de no abrir antes de la hora y fecha de apertura de ofertas, especificadas de conformidad con la Subcláusula 27.1 de las IAO. Si los sobres no están sellados e identificados como se requiere, el Comprador no se responsabilizará en caso de que la oferta se extravíe o sea abierta prematuramente. | |
24. Plazo para presentar las Ofertas | 24.1 Las ofertas deberán ser recibidas por el Comprador en la dirección y no más tarde que la fecha y hora que se indican en los DDL. 24.2 El Comprador podrá a su discreción, extender el plazo para la presentación de ofertas mediante una enmienda a los Documentos de Licitación, de conformidad con la Cláusula 8 de las IAO. En este caso todos los derechos y |
25. Ofertas tardías | obligaciones del Comprador y de los Oferentes previamente sujetos a la fecha límite original para presentar las ofertas quedarán sujetos a la nueva fecha prorrogada. 25.1 El Comprador no considerará ninguna oferta que llegue con posterioridad al plazo límite para la presentación de ofertas, en virtud de la Cláusula 24 de las IAO. Toda oferta que reciba el Comprador después del plazo límite para la presentación de las ofertas será declarada tardía y será rechazada y devuelta al Oferente remitente sin abrir. |
26. Retiro, sustitución y modificación de las Ofertas | 26.1 Un Oferente podrá retirar, sustituir o modificar su oferta después de presentada mediante el envío de una comunicación por escrito, de conformidad con la Cláusula 23 de las IAO, debidamente firmada por un representante autorizado, y deberá incluir una copia de dicha autorización de acuerdo a lo estipulado en la Subcláusula 22.2 (con excepción de la comunicación de retiro que no requiere copias). La sustitución o modificación correspondiente de la oferta deberá acompañar dicha comunicación por escrito. Todas las comunicaciones deberán ser: (a) presentadas de conformidad con las Cláusulas 22 y 23 de las IAO (con excepción de la comunicación de retiro que no requiere copias) y los respectivos sobres deberán estar claramente marcados “RETIRO”, “SUSTITUCION” o “MODIFICACION” y (b) recibidas por el Comprador antes del plazo límite establecido para la presentación de las ofertas, de conformidad con la Cláusula 24 de las IAO. 26.2 Las ofertas cuyo retiro fue solicitado de conformidad con la Subcláusula 26.1 de las IAO serán devueltas sin abrir a los Oferentes remitentes. 26.3 Ninguna oferta podrá ser retirada, sustituida o modificada durante el intervalo comprendido entre la fecha límite para presentar ofertas y la expiración del |
período de validez de las ofertas indicado por el Oferente en el Formulario de Oferta, o cualquier extensión si la hubiese. | |
27. Apertura de las Ofertas | 27.1 El Comprador llevará a cabo el Acto de Apertura de las ofertas en público en la dirección, fecha y hora establecidas en los DDL. El procedimiento para apertura de ofertas presentadas electrónicamente si fueron permitidas, es el indicado en la Cláusula 23.1 de las IAO. |
27.2 Primero se abrirán los sobres marcados como “RETIRO” y se leerán en voz alta y el sobre con la oferta correspondiente no será abierto sino devuelto al Oferente remitente. No se permitirá el retiro de ninguna oferta a menos que la comunicación de retiro pertinente contenga la autorización válida para solicitar el retiro y sea leída en voz alta en el acto de apertura de las ofertas. Seguidamente, se abrirán los sobres marcados como “SUSTITUCION” se leerán en voz alta y se intercambiará con la oferta correspondiente que está siendo sustituida; la oferta sustituida no se abrirá y se devolverá al Oferente remitente. No se permitirá ninguna sustitución a menos que la comunicación de sustitución correspondiente contenga una autorización válida para solicitar la sustitución y sea leída en voz alta en el acto de apertura de las ofertas. Los sobres marcados como “MODIFICACION” se abrirán y leerán en voz alta con la oferta correspondiente. No se permitirá ninguna modificación a las ofertas a menos que la comunicación de modificación correspondiente contenga la autorización válida para solicitar la modificación y sea leída en voz alta en el acto de apertura de las ofertas. Solamente se considerarán en la evaluación los sobres que se abren y leen en voz alta durante el Acto de Apertura de las Ofertas.
27.3 Todos los demás sobres se abrirán de uno en uno, leyendo en voz alta: el nombre del Oferente y si contiene modificaciones; los precios de la oferta, incluyendo cualquier descuento u ofertas alternativas; la existencia de la Garantía de Mantenimiento de la Oferta; y cualquier otro detalle que el Comprador considere pertinente. Solamente los descuentos y ofertas alternativas leídas en voz alta se considerarán en la evaluación. Ninguna oferta será rechazada durante el Acto de Apertura, excepto las ofertas tardías, de conformidad con la Subcláusula 25.1 de las IAO.
27.4 El Comprador preparará un acta del acto de apertura de las ofertas que incluirá como mínimo: el nombre del Oferente y si hay retiro, sustitución o modificación; el precio de la Oferta, por lote si corresponde, incluyendo cualquier descuento y ofertas alternativas si estaban permitidas; y la existencia o no de la Garantía de Mantenimiento de la Oferta. Se le solicitará a los representantes de los Oferentes presentes que firmen la hoja de asistencia. Una copia del acta será distribuida a los Oferentes que presentaron sus ofertas a tiempo, y será publicado en línea si fue permitido ofertar electrónicamente.
E. Evaluación y Comparación de las Ofertas | |
28. Confidenciali- dad | 28.1 No se divulgará a los Oferentes ni a ninguna persona que no esté oficialmente involucrada con el proceso de la licitación, información relacionada con la revisión, evaluación, comparación y poscalificación de las ofertas, ni sobre la recomendación de adjudicación del contrato hasta que se haya publicado la adjudicación del Contrato. 28.2 Cualquier intento por parte de un Oferente para influenciar al Comprador en la revisión, evaluación, comparación y poscalificación de las ofertas o en la adjudicación del contrato podrá resultar en el rechazo de su oferta. 28.3 No obstante lo dispuesto en la Subcláusula 28.2 de las IAO, si durante el plazo transcurrido entre el Acto de Apertura y la fecha de adjudicación del contrato, un Oferente desea comunicarse con el Comprador sobre cualquier asunto relacionado con el proceso de la licitación, deberá hacerlo por escrito. |
29. Aclaración de las Ofertas | 29.1 Para facilitar el proceso de revisión, evaluación, comparación y poscalificación de las ofertas, el Comprador podrá, a su discreción, solicitar a cualquier Oferente aclaraciones sobre su Oferta. No se considerarán aclaraciones a una oferta presentadas por Oferentes cuando no sean en respuesta a una solicitud del Comprador. La solicitud de aclaración por el Comprador y la respuesta deberán ser hechas por escrito. No se solicitará, ofrecerá o permitirá cambios en los precios o a la esencia de la oferta, excepto para confirmar correcciones de errores aritméticos descubiertos por el Comprador en la evaluación de las ofertas, de conformidad con la Cláusula 31 de las IAO. |
30. Cumplimiento de las Ofertas | 30.1 Para determinar si la oferta se ajusta sustancialmente a los Documentos de Licitación, el Comprador se basará en el contenido de la propia oferta. 30.2 Una oferta que se ajusta sustancialmente a los Documentos de Licitación es la que satisface todos los términos, condiciones y especificaciones estipuladas en dichos documentos sin desviaciones, reservas u omisiones significativas. Una desviación, reserva u omisión significativa es aquella que: (a) afecta de una manera sustancial el alcance, la calidad o el funcionamiento de los Bienes y Servicios Conexos especificados en el Contrato; o (b) limita de una manera sustancial, contraria a los Documentos de Licitación, los derechos del Comprador o las obligaciones del Oferente en virtud del Contrato; o (c) de rectificarse, afectaría injustamente la posición competitiva de los otros Oferentes que presentan ofertas que se ajustan sustancialmente a los Documentos de Licitación. |
30.3 Si una oferta no se ajusta sustancialmente a los Documentos de Licitación, deberá ser rechazada por el Comprador y el Oferente no podrá ajustarla posteriormente mediante correcciones de las desviaciones, reservas u omisiones significativas. | |
31. Diferencias, errores y omisiones | 31.1 Si una oferta se ajusta sustancialmente a los Documentos de Licitación, el Comprador podrá dispensar alguna diferencia u omisión cuando ésta no constituya una desviación significativa. 31.2 Cuando una oferta se ajuste sustancialmente a los Documentos de Licitación, el Comprador podrá solicitarle al Oferente que presente dentro de un plazo razonable, información o documentación necesaria para rectificar diferencias u omisiones relacionadas con requisitos no significativos de documentación. Dichas omisiones no podrán estar relacionadas con ningún aspecto del precio de la Oferta. Si el Oferente no cumple con la petición, su oferta podrá ser rechazada. 31.3 A condición de que la oferta cumpla sustancialmente con los Documentos de Licitación, el Comprador corregirá errores aritméticos de la siguiente manera: (a) si hay una discrepancia entre un precio unitario y el precio total obtenido al multiplicar ese precio unitario por las cantidades correspondientes, prevalecerá el precio unitario y el precio total será corregido, a menos que hubiere un error obvio en la colocación del punto decimal, entonces el precio total cotizado prevalecerá y se corregirá el precio unitario; (b) si hay un error en un total que corresponde a la suma o resta de subtotales, los subtotales prevalecerán y se corregirá el total; (c) si hay una discrepancia entre palabras y cifras, prevalecerá el monto expresado en palabras a menos que la cantidad expresada en palabras corresponda a un error aritmético, en cuyo caso prevalecerán las cantidades en cifras de conformidad con los párrafos (a) y (b) mencionados. 31.4 Si el Oferente que presentó la oferta evaluada como la más baja no acepta la corrección de los errores, su oferta será rechazada. |
32. Examen preliminar de las Ofertas | 32.1 El Comprador examinará todas las ofertas para confirmar que todos los documentos y la documentación técnica solicitada en la Cláusula 11 de las IAO han sido suministrados y determinará si cada documento entregado está completo. 32.2 El Comprador confirmará que los siguientes documentos e información han sido proporcionados con la oferta. Si cualquiera de estos documentos o información faltaran, la oferta será rechazada. (a) Formulario de Oferta, de conformidad con la Subcláusula 12.1 de |
las IAO; (b) Lista de Precios, de conformidad con la Subcláusula 12.2 de las IAO; y (c) Garantía de Mantenimiento de la Oferta, de conformidad con la Subcláusula 21 de las IAO si corresponde. | |
33. Examen de los Términos y Condiciones; Evaluación Técnica | 33.1 El Comprador examinará todas las ofertas para confirmar que todas las estipulaciones y condiciones de las CGC y de las CEC han sido aceptadas por el Oferente sin desviaciones, reservas u omisiones significativas. 33.2 El Comprador evaluará los aspectos técnicos de la oferta presentada en virtud de la Cláusula 18 de las IAO, para confirmar que todos los requisitos estipulados en la Sección VI, Requisitos de los Bienes y Servicios de los Documentos de Licitación, han sido cumplidos sin ninguna desviación o reserva significativa. 33.3 Si después de haber examinado los términos y condiciones y efectuada la evaluación técnica, el Comprador establece que la oferta no se ajusta sustancialmente a los Documentos de Licitación de conformidad con la Cláusula 30 de las IAO, la oferta será rechazada. |
34. Conversión a una sola moneda | 34.1 Para efectos de evaluación y comparación, el Comprador convertirá todos los precios de las ofertas expresados en diferentes monedas a Lempiras utilizando el tipo de cambio vendedor establecido por el Banco Central de Honduras para transacciones semejantes, vigente 28 días antes de la fecha de apertura de Ofertas. |
35. Preferencia nacional | 35.1 En caso de que en esta Licitación se presenten ofertas de empresas extranjeras, se aplicará un margen de preferencia nacional en los términos establecidos en los artículos 53 de la Ley de Contratación del Estado y 128 de su Reglamento. 35.2 El margen de preferencia nacional no será aplicable cuando convenios bilaterales o multilaterales de libre comercio dispusieren que los oferentes extranjeros tendrán trato nacional. |
36. Evaluación de las Ofertas | 36.1 El Comprador evaluará todas las ofertas que se determine que hasta esta etapa de la evaluación se ajustan sustancialmente a los Documentos de Licitación. 36.2 Para evaluar las ofertas, el Comprador utilizará únicamente los factores, metodologías y criterios definidos en la Cláusula 36 de las IAO. No se permitirá ningún otro criterio ni metodología. 36.3 Al evaluar las Ofertas, el Comprador considerará lo siguiente: (a) el precio cotizado de conformidad con la Cláusula 14 de las IAO; |
(b) el ajuste del precio por correcciones de errores aritméticos de conformidad con la Subcláusula 31.3 de las IAO; (c) el ajuste del precio debido a descuentos ofrecidos de conformidad con la Subcláusula 14.4 de las IAO; (d) ajustes debidos a la aplicación de un margen de preferencia, si corresponde, de conformidad con la cláusula 35 de las IAO. 36.4 Al evaluar una oferta el Comprador excluirá y no tendrá en cuenta: (a) los impuestos sobre las ventas y otros impuestos similares pagaderos en Honduras sobre los bienes si el contrato es adjudicado al Oferente; (b) ninguna disposición por ajuste de precios durante el período de ejecución del contrato, si estuviese estipulado en la oferta. 36.5 La evaluación de una oferta requerirá que el Comprador considere otros factores, además del precio cotizado, de conformidad con la Cláusula 14 de las IAO. Estos factores estarán relacionados con las características, rendimiento, términos y condiciones de la compra de los Bienes y Servicios Conexos. El efecto de los factores seleccionados, si los hubiere, se expresarán en términos monetarios para facilitar la comparación de las ofertas. Los factores, metodologías y criterios que se apliquen serán aquellos especificados de conformidad con la Subcláusula 36.3(d) de las IAO. 36.6 Si así se indica en los DDL, estos Documentos de Licitación permitirán que los Oferentes coticen precios separados por uno o más lotes, y permitirán que el Comprador adjudique uno o varios lotes a más de un Oferente. | |
37. Comparación de las Ofertas | 37.1 El Comprador comparará todas las ofertas que cumplen sustancialmente para determinar la oferta evaluada como la más baja, de conformidad con la Cláusula 36 de las IAO. |
38. Poscalificación del Oferente | 38.1 El Comprador determinará, a su entera satisfacción, si el Oferente seleccionado como el que ha presentado la oferta evaluada como la más baja y ha cumplido sustancialmente con la oferta, está calificado para ejecutar el Contrato satisfactoriamente. 38.2 Dicha determinación se basará en el examen de la evidencia documentada de las calificaciones del Oferente que éste ha presentado, de conformidad con la Cláusula 19 de las IAO. 38.3 Una determinación afirmativa será un requisito previo para la adjudicación del Contrato al Oferente. Una determinación negativa resultará en el rechazo de la oferta del Oferente, en cuyo caso el Comprador procederá a determinar si el Oferente que presentó la |
siguiente oferta evaluada como la más baja está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente. | |
39. Derecho del comprador a aceptar cualquier oferta y a rechazar cualquiera o todas las ofertas | 39.1 El Contratante se reserva el derecho a aceptar o rechazar cualquier Oferta, y a cancelar el proceso de licitación y rechazar todas las Ofertas, en cualquier momento antes de la adjudicación del contrato, sin que por ello incurra en ninguna responsabilidad con el (los) Oferente(s) afectado(s), o esté obligado a informar al (los) Oferente(s) afectado(s) los motivos de la decisión del Contratante. |
F. Adjudicación del Contrato | |
40. Criterios de Adjudicación | 40.1 El Comprador adjudicará el Contrato al Oferente cuya oferta haya sido determinada la oferta evaluada como la más baja y cumple sustancialmente con los requisitos de los Documentos de Licitación, siempre y cuando el Comprador determine que el Oferente está calificado para ejecutar el Contrato satisfactoriamente. |
40.2 La presente licitación podrá ser adjudicada por partidas a uno o más | |
oferentes. | |
41. Derecho del | 41.1 Al momento de adjudicar el Contrato, el Comprador se reserva el derecho a aumentar o disminuir la cantidad de los Bienes y Servicios Conexos especificados originalmente en la Sección VI, Lista de Requerimientos, siempre y cuando esta variación no exceda los porcentajes indicados en los DDL, y no altere los precios unitarios u otros términos y condiciones de la Oferta y de los Documentos de Licitación. |
Comprador a | |
variar las | |
cantidades en el | |
momento de la | |
adjudicación | |
42. Notificación de Adjudicación del Contrato | 42.1 Antes de la expiración del período de validez de las ofertas, el Comprador notificará por escrito a todos los Oferentes. 42.2 El Comprador notificara los resultados de la licitación, identificando la oferta la siguiente información: nombre del Oferente seleccionado y el precio cotizado, así como la duración y un resumen del alcance del contrato adjudicado. Después de la publicación de la adjudicación del contrato, los Oferentes no favorecidos podrán solicitar por escrito al Comprador explicaciones de las razones por las cuales sus ofertas no fueron seleccionadas. El Comprador, después de la adjudicación del Contrato, responderá prontamente y por escrito a cualquier Oferente no favorecido que solicite dichas explicaciones. |
43. Firma del | 43.1 El Oferente seleccionado tendrá un plazo de 30 días después de la fecha de notificación de adjudicación para firmar el Contrato respectivo. |
Contrato |
43.2 El oferente a quien le sea adjudicada la licitación deberá sustituir y entregar a La Secretaría de Estado en el Despacho de Energía su
Garantía de Mantenimiento de Oferta por la Garantía de Cumplimiento de Contrato, dentro de los quince (15) días calendarios siguientes a la fecha de notificación de Adjudicación.
43.3 El oferente a quien le sea adjudicada la licitación deberá obligatoriamente entregar a La Secretaría de Estado en el Despacho de Energía las constancias exigidas en el Artículo 30 del Reglamento de la Ley de Contratación del Estado.
44. Garantía de Cumplimiento del Contrato 45. Organización del Licitador | 44.1 Dentro de los quince (15) días siguientes al recibo de la notificación de adjudicación de parte del Comprador, el Oferente seleccionado deberá presentar la Garantía de Cumplimiento del Contrato, de conformidad con las CGC, utilizando para dicho propósito el formulario de Garantía de Cumplimiento incluido en la Sección VIII, Formularios del Contrato, u otro formulario aceptable para el Comprador. El Comprador notificará inmediatamente el nombre del Oferente seleccionado a todos los Oferentes no favorecidos y les devolverá las Garantías de Mantenimiento de la Oferta de conformidad con la Cláusula 21.4 de las IAO. 44.2 Si el Oferente seleccionado no cumple con la presentación de la Garantía de Cumplimiento mencionada anteriormente o no firma el Contrato, esto constituirá bases suficientes para anular la adjudicación del contrato y hacer efectiva la Garantía de Mantenimiento de la Oferta. En tal caso, el Comprador podrá adjudicar el Contrato al Oferente cuya oferta sea evaluada como la siguiente más baja y que se ajuste sustancialmente a los Documentos de Licitación, y que el Comprador determine que está calificado para ejecutar el Contrato satisfactoriamente. 45.1 El Licitador deberá presentar una descripción detallada de la organización de su personal prevista para la prestación del servicio de vigilancia, para lo cual deberá presentar el organigrama de la Organización en cada sitio de vigilancia. |
Sección II. Datos de la Licitación (DDL)
Los datos específicos que se presentan a continuación sobre los bienes que hayan de adquirirse, complementarán, suplementarán o enmendarán las disposiciones en las Instrucciones a los Oferentes (IAO). En caso de conflicto, las disposiciones contenidas aquí prevalecerán sobre las disposiciones en las IAO.
Cláusula en las IAO | A. Disposiciones Generales |
IAO 1.1 | El Comprador es: Secretaría de Estado en el Despacho de Energía (SEN). |
IAO 1.1 | El nombre y número de identificación de la LPriN son: Licitación Privada Nacional No. 002-2019 “CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE VIGILANCIA PRIVADA PARA LAS INSTALACIONES DE LA SECRETARÍA DE ENERGÍA”. |
IAO 2.1 | La contratación a que se refiere esta Licitación se financiará con recursos provenientes de: Fondos Nacionales |
B. Contenido de los Documentos de Licitación | |
IAO 7.1 | Para aclaraciones de los pliegos, solamente, la dirección del Comprador es: Atención: Lic. Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx Administrativa Secretaría de Estado en el Despacho de Energía (SEN). Dirección: Col. Tepeyac, Bloque QS1, contiguo a Farmacia Xxxxxx Tegucigalpa, M.D.C. Honduras, C.A. Teléfono: PBX (000) 0000-0000 |
C. Preparación de las Ofertas | |
IAO 11.1(h) | Los Oferente deberán presentar los siguientes documentos adicionales con su oferta: • Constancia de Inscripción en el Registro de Proveedores y Contratistas de Estado en la Oficina Normativa de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (O.N.C.A.E) ó Constancia de tenerlo en trámite. La Constancia de Inscripción es exigible previo a la adjudicación del contrato, no es válida la constancia de tenerlo en trámite. |
• Constancia emitida por la Secretaria de Trabajo y Seguridad Social en la certifique que la Empresa no tiene multas pendientes de pago por infracciones a la Leyes Laborales, ni ha reincidido en acciones sancionadas por dicha Secretaria. • Garantía de Mantenimiento de Oferta, conforme a las condiciones establecidas en la Sección III, a la cual deberá adjuntar la declaración responsable de la entidad garante. • Declaración Jurada conforme lo dispone el Artículo 18 de la Ley de Contratación del Estado relacionado con el Artículo 29 del Reglamento. • Fotocopia de la Tarjeta de Identidad o del carné de residente (vigente) del Representante Legal de la Empresa. • Licencia, Autorización o Permiso vigente, extendido por la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad. • Fotocopia debidamente autenticada del Testimonio de Escritura de Constitución de la Sociedad y sus reformas en su caso, inscrita en el Registro de la Propiedad Inmueble y Mercantil. • Fotocopia debidamente autenticada del Poder del Representante Legal inscrita en el Registro de la Propiedad Inmueble y Mercantil. • Toda la Documentación solicitada en el caso de presentarse en fotocopia, deberá ser debidamente autenticada por Notario Público. • Cada oferente presentará una sola oferta, si se presentare más de una no se considerarán y sus ofertas serán descalificadas. | |
• Con base en la Ley de Procedimientos Administrativos, los plazos de validez de las ofertas, de las garantías y los plazos de entrega deberán expresarse en meses. Las ofertas que presenten sus plazos de vigencia en otra forma no serán consideradas. | |
IAO 13.1 | No se considerarán ofertas alternativas. |
IAO 14.7 | Los precios cotizados por el Oferente no serán ajustables. |
IAO 15.1 | El Oferente no podrá cotizar el precio de su oferta en cualquier moneda plenamente convertible. |
IAO 20.1 | El plazo de validez de la oferta será de 90 días. |
IAO 21.2 | La Garantía de Mantenimiento de Oferta será de al menos un 2% por ciento del monto de la oferta o el equivalente en una moneda de libre convertibilidad. La Garantía de Mantenimiento de la Oferta consistirá en: - Una garantía emitida por un banco; - Una Fianza emitida por una aseguradora; - Un Cheque certificados a la orden del Contratante; |
IAO 22.1 | Además de la oferta original, el número de copias es: una (1) conteniendo el mismo número de páginas que el original y rotulados con la siguiente descripción: Primera Copia. Todos los documentos de la oferta deberán venir con todas las páginas debidamente foliadas y firmados por el oferente o por su representante legal, empastados o en fólder, sin contener hojas sueltas. Las páginas que son elaboradas por el oferente según Sección “III – Formularios de la Oferta” de estos documentos y las declaraciones juradas solicitadas deberán tener la firma completa. Las demás páginas de las ofertas podrán tener únicamente la firma corta de la persona que firma la oferta. |
D. Presentación y Apertura de Ofertas | |
IAO 23.1 | Los Oferentes no podrán presentar Ofertas electrónicamente; |
IAO 23.2 (c) | Los sobres interiores y exteriores deberán llevar las siguientes leyendas adicionales de identificación: LICITACIÓN PRIVADA NACIONAL No. SEN-LPN-002-2019 No abrir antes de: _lunes 17 de junio_ de 2019 a las _10:00_ A.M. (Fecha) (Hora) Oferente: (Nombre de la empresa) Dirección: (de la empresa) Colocar un sobre la oferta con su respectiva copia, debidamente identificada. |
IAO 23.2 (d) | La oferta deberá llevar la advertencia siguiente: “No abrir antes de lunes 17 de junio_ de 2019 a las _10:00_ A.M.” |
IAO 24.1 | Para propósitos de la presentación de las ofertas, la dirección del Comprador es: Gerencia Administrativa Atención: Licenciado Xxxxxxxx Xxxxx Secretario de Estado en el Despacho de Energía |
Dirección: Secretaría de Estado en el Despacho de Energía En el Salón de Juntas, primer nivel. Col. Tepeyac, Bloque QS1, contiguo a Farmacia Xxxxxx Tegucigalpa, M.D.C. Honduras, C.A. | |
IAO 27.1 | La apertura de las ofertas tendrá lugar en: Secretaría de Estado en el Despacho de Energía En el Salón de Juntas, primer nivel. Col. Tepeyac, Bloque QS1, contiguo a Farmacia Xxxxxx Tegucigalpa, M.D.C. Honduras, C.A. Fecha: _ lunes 17 de junio_ de 2019 a las _10:00_ A.M. |
IAO 27.2 | De conformidad a los establecido en el Artículo 57 de la Ley de Contratación del Estado, el mínimo de oferentes previsto para recibir ofertas en este pliego de condiciones es uno (1). |
Señores
Sección III. Formularios de la Oferta
3.1 Carta de Presentación de la Oferta
(Indicar lugar y fecha)
(Lugar y Fecha)
Secretaría de Estado en el Despacho de Energía (SEN) Gerencia Administrativa
M. D. C., Honduras, C. A. Referencia: Licitación Pública No. (Indicar No. De Licitación)
Estimados Señores:
Por este medio presentamos a ustedes la oferta de nuestra representada (Nombre jurídico de la empresa oferente) para la Licitación en referencia, hemos examinado y no hallamos objeción alguna a los documentos de licitación, incluso sus enmiendas, a continuación, presentamos el resumen de nuestra oferta:
1. El valor total de nuestra oferta es de L. (Valor en LETRAS y en NÚMEROS)
2. Nuestra oferta cumple con todas las condiciones y especificaciones indicadas en el documento de licitación.
3. Garantía de Mantenimiento de Oferta:
a) Presentamos como Garantía de Mantenimiento de Oferta la garantía bancaria No.
por un valor de L. (Valor en LETRAS y en NÚMEROS), extendida por (Nombre del Banco) y válida hasta el , de de . Ó
b) Presentamos como Garantía de Mantenimiento de Oferta la fianza No. por un valor de L. (Valor en LETRAS y en NÚMEROS), extendida por (Nombre de la Aseguradora) y válida hasta el , de de . Ó
c) Presentamos cheque certificado No. emitido contra el (Nombre del Banco, por un monto de L. (Valor en LETRAS y en NÚMEROS).
4. La validez de la oferta es por (Indicar cantidad) meses, a partir de la fecha de apertura de la oferta.
5. El tiempo de prestación de los servicios es de: (Indicar cantidad) meses.
6. Aceptamos sin restricciones ni objeciones todo el contenido de las Especificaciones de la Licitación Pública No. (Indicar No. De Licitación)
Atentamente,
Nombre, Firma y sello del Representante Legal de la Empresa
3.2 Formulario de Información sobre el Oferente
[El Oferente deberá completar este formulario de acuerdo con las instrucciones siguientes. No se aceptará ninguna alteración a este formulario ni se aceptarán substitutos.]
Fecha: [indicar la fecha (día, mes y año) de la presentación de la Oferta]
LPN No.:[indicar el número del proceso licitatorio]
Página de páginas
1. Nombre jurídico del Oferente [indicar el nombre jurídico del Oferente] |
2. Si se trata de un Consorcio, nombre jurídico de cada miembro: [indicar el nombre jurídico de cada miembro del Consorcio] |
3. País donde está constituido o incorporado el Oferente en la actualidad o País donde intenta constituirse o incorporarse [indicar el país de ciudadanía del Oferente en la actualidad o país donde intenta constituirse o incorporarse] |
4. Año de constitución o incorporación del Oferente: [indicar el año de constitución o incorporación del Oferente] |
5. Dirección jurídica del Oferente en el país donde está constituido o incorporado: [indicar la Dirección jurídica del Oferente en el país donde está constituido o incorporado] |
6. Información del Representante autorizado del Oferente: Nombre: [indicar el nombre del representante autorizado] Dirección: [indicar la dirección del representante autorizado] Números de teléfono y facsímile: [indicar los números de teléfono y facsímile del representante autorizado] Dirección de correo electrónico: [indicar la dirección de correo electrónico del representante autorizado] |
7. Se adjuntan copias de los documentos originales de: [marcar la(s) casilla(s) de los documentos originales adjuntos] ٱ Estatutos de la Sociedad de la empresa indicada en el párrafo1 anterior, y de conformidad con las Subcláusulas 4.1 y 4.2 de las IAO. ٱ Si se trata de un Consorcio, carta de intención de formar el Consorcio, o el Convenio de Consorcio, de conformidad con la Subcláusula 4.1 de las IAO. ٱ Si se trata de un ente gubernamental Hondureño, documentación que acredite su autonomía jurídica y financiera y el cumplimiento con las leyes comerciales, de conformidad con la Subcláusula 4.2 de las IAO. |
3.3 Formulario de Información sobre los Miembros del Consorcio
[El Oferente y cada uno de sus miembros deberá completar este formulario de acuerdo con las instrucciones indicadas a continuación]
Fecha: [Indicar la fecha (día, mes y año) de la presentación de la Oferta]
LPN No.: [indicar el número del proceso licitatorio]
Página de páginas
1. Nombre jurídico del Oferente [indicar el nombre jurídico del Oferente] |
2. Nombre jurídico del miembro del Consorcio [indicar el Nombre jurídico del miembro del Consorcio] |
3. Nombre del País de constitución o incorporación del miembro del Consorcio [indicar el nombre del País de constitución o incorporación del miembro del Consorcio] |
4. Año de constitución o incorporación del miembro del Consorcio: [indicar el año de constitución o incorporación del miembro del Consorcio] |
5. Dirección jurídica del miembro del Consorcio en el País donde está constituido o incorporado: [Dirección jurídica del miembro del Consorcio en el país donde está constituido o incorporado] |
6. Información sobre el Representante Autorizado del miembro del Consorcio: Nombre: [indicar el nombre del representante autorizado del miembro del Consorcio] Dirección: [indicar la dirección del representante autorizado del miembro del Consorcio] Números de teléfono y facsímile: [[indicar los números de teléfono y facsímile del representante autorizado del miembro del Consorcio] Dirección de correo electrónico: [[indicar la dirección de correo electrónico del representante autorizado del miembro del Xxxxxxxxx] |
7. Copias adjuntas de documentos originales de: [marcar la(s) casillas(s) de los documentos adjuntos] ٱ Estatutos de la Sociedad de la empresa indicada en el párrafo 2 anterior, y de conformidad con las Subcláusulas 4.1 y 4.2 de las IAO. ٱ Si se trata de un ente gubernamental Hondureño, documentación que acredite su autonomía jurídica y financiera y el cumplimiento con las leyes comerciales, de conformidad con la Subcláusula 4.2 de las IAO. |
3.4 Declaración Jurada sobre Prohibiciones o Inhabilidades
Yo , mayor de edad, de estado civil , de nacionalidad
, con domicilio en
y con Tarjeta de Identidad/pasaporte No.
actuando en mi condición de representante legal de (Indicar el Nombre de la Empresa Oferente / En caso de Consorcio indicar al Consorcio y a las empresas que lo integran) , por la presente HAGO DECLARACIÓN JURADA: Que ni mi persona ni mi representada se encuentran comprendidos en ninguna de las prohibiciones o inhabilidades a que se refieren los artículos 15 y 16 de la Ley de Contratación del Estado, que a continuación se transcriben:
“ARTÍCULO 15.- Aptitud para contratar e inhabilidades. Podrán contratar con la Administración, las personas naturales o jurídicas, hondureñas o extranjeras, que teniendo plena capacidad de ejercicio, acrediten su solvencia económica y financiera y su idoneidad técnica y profesional y no se hallen comprendidas en algunas de las circunstancias siguientes:
1) Xxxxx sido condenados mediante sentencia firme por delitos contra la propiedad, delitos contra la fe pública, cohecho, enriquecimiento ilícito, negociaciones incompatibles con el ejercicio de funciones públicas, malversación de caudales públicos o contrabando y defraudación fiscal, mientras subsista la condena. Esta prohibición también es aplicable a las sociedades mercantiles u otras personas jurídicas cuyos administradores o representantes se encuentran en situaciones similares por actuaciones a nombre o en beneficio de las mismas;
2) DEROGADO;
3) Haber sido declarado en quiebra o en concurso de acreedores, mientras no fueren rehabilitados;
4) Ser funcionarios o empleados, con o sin remuneración, al servicio de los Poderes del Estado o de cualquier institución descentralizada, municipalidad u organismo que se financie con fondos públicos, sin perjuicio de lo previsto en el Artículo 258 de la Constitución de la República;
5) Haber dado lugar, por causa de la que hubiere sido declarado culpable, a la resolución firme de cualquier contrato celebrado con la Administración o a la suspensión temporal en el Registro de Proveedores y Contratistas en tanto dure la sanción. En el primer caso, la prohibición de contratar tendrá una duración de dos (2) años, excepto en aquellos casos en que haya sido objeto de resolución en sus contratos en dos ocasiones, en cuyo caso la prohibición de contratar será definitiva;
6) Ser cónyuge, persona vinculada por unión de hecho o parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad de cualquiera de los funcionarios o empleados bajo cuya responsabilidad esté la precalificación de las empresas, la evaluación de las propuestas, la adjudicación o la firma del contrato;
7) Tratarse de sociedades mercantiles en cuyo capital social participen funcionarios o empleados públicos que tuvieren influencia por razón de sus cargos o participaren directa o indirectamente en cualquier etapa de los procedimientos de selección de contratistas. Esta prohibición se aplica también a las compañías que cuenten con socios que sean cónyuges, personas vinculadas por unión de hecho o parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad de los funcionarios o empleados a que se refiere el numeral anterior, o aquellas en las que desempeñen, puestos de dirección o de representación personas con esos mismos grados de relación o de parentesco; y,
8) Xxxxx intervenido directamente o como asesores en cualquier etapa de los procedimientos de contratación o haber participado en la preparación de las especificaciones, planos, diseños o términos de referencia, excepto en actividades de supervisión de construcción.
ARTÍCULO 16.- Funcionarios cubiertos por la inhabilidad. Para los fines del numeral 7) del Artículo anterior, se incluyen el Presidente de la República y los Designados a la Presidencia, los Secretarios y Subsecretarios de Estado, los Directores Generales o Funcionarios de igual rango de las Secretarías de Estado, los Diputados al Congreso Nacional, los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia, los miembros del Tribunal Nacional de Elecciones, el Procurador y Subprocurador General de la República, el Contralor y Subcontralor General de la República, el Director y Subdirector General Probidad Administrativa, el Comisionado Nacional de Protección de los Derechos Humanos, el Fiscal General de la República y el Fiscal Adjunto, los mandos superiores de las Fuerzas Armadas, los Gerentes y Subgerentes o funcionarios de similares rangos de las instituciones descentralizadas del Estado, los Alcaldes y Regidores Municipales en el ámbito de la contratación de cada Municipalidad y los demás funcionarios o empleados públicos que por razón de sus cargos intervienen directa o indirectamente en los procedimientos de contratación.”
En fe de lo cual firmo la presente en la ciudad de , Departamento de , a los días de mes de de
.
Firma:
Esta Declaración Jurada debe presentarse en original con la firma autenticada ante Notario (En caso de autenticarse por Notario Extranjero debe ser apostillado).
3.5 Garantía Mantenimiento de Oferta
GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA
GARANTÍA No. SUMA GARANTIZADA
VIGENCIA: DESDE: HASTA:
BENEFICIARIO: SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE ENERGÍA
AFIANZADO: (El Contratista)
HASTA POR LA CANTIDAD DE:
(2 % del valor de la oferta)
Para garantizar el mantenimiento de Oferta de la Licitación No.
(Número y Nombre de la licitación)
CONVIENE
(Institución Garante)
QUE ESTA GARANTÍA SERÁ EJECUTADA A SIMPLE REQUERIMIENTO DE LA SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE ENERGÍA, SIN NECESIDAD DE TRÁMITES PREVIOS AL MISMO, QUEDANDO ENTENDIDO QUE ES NULA CUALQUIER CLÁUSULA QUE CONTRAVENGA LO ANTERIOR. LA PRESENTE TENDRÁ CARÁCTER DE TÍTULO EJECUTIVO Y SU CUMPLIMIENTO SE EXIGIRÁ EN SU CASO POR LA VÍA DE APREMIO. SOMETIÉNDOSE EXPRESAMENTE A LA JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA DE LOS TRIBUNALES DEL DEPARTAMENTO DE XXXXXXXXX XXXXXXX.
Extendida en la Ciudad de a los días del mes de
del año .
Firma Autorizada (Institución Garante)
3.6 Lista de Precios
Monedas de conformidad con la Subcláusula IAO 15.1 | Fecha: LPN No: | |||
1 | 2 | 3 | 4 | 5 |
N° | Descripción de los Servicios | Cantidad y unidad física | Precio unitario | Precio total por servicio (Col 3 x 4) |
1 | Dos (2) guardias de seguridad por Doce (12) Horas | 2 | [indicar el precio unitario por servicio] | [indicar el precio total por servicio] |
2 | Dos (2) guardias de seguridad por Veinticuatro (24) Horas | 2 | [indicar el precio unitario por servicio] | [indicar el precio total por servicio] |
Precio Total de la Oferta L | ||||
Nombre del Oferente [indicar el nombre completo del Oferente] Firma del Oferente [firma de la persona que firma la Oferta] Fecha [Indicar Fecha] |
SECCIÓN IV.
Países Elegibles
Elegibilidad para el suministro de bienes, la construcción de obras y la prestación de servicios en contratos financiados exclusiva y totalmente con recurso nacionales.
El contrato resultante de ésta Licitación se financiará exclusiva y totalmente con recursos nacionales, por lo que de conformidad con el artículo 147 numeral 5 de la Ley de Contratación del Estado se permitirá únicamente la participación de contratistas hondureños.
Para efectuar la determinación sobre la nacionalidad de las firmas e individuos elegibles para participar en contratos financiados exclusiva y totalmente con recursos nacionales, se utilizarán los siguientes criterios:
a) Un individuo tiene la nacionalidad hondureña si él o ella es ciudadano Hondureño.
b) Una firma tiene la nacionalidad hondureña si está legalmente constituida y registrada como persona jurídica en Honduras conforme a las leyes hondureñas.
En un Consorcio, al menos un integrante debe cumplir con los requisitos arriba establecidos.
SECCIÓN V ESPECIFICACIONES TECNICAS
RELACIÓN SEN - EMPRESA DE VIGILANCIA
Estas Especificaciones Técnicas regirán para todas las instalaciones y áreas de prestación de los Servicios de Vigilancia y que están descritos en el presente documento. La supervisión de la Secretaría de Estado en el Despacho de Energía (SEN) realizará las inspecciones que correspondan para verificar el cumplimiento de lo aquí establecido.
I. DEFINICIONES
II. RESPONSABILIDADES SEN – EMPRESA DE SEGURIDAD
III. IDENTIFICACIÓN DEL PERSONAL
IV. CONTROL DE ENTRADA Y SALIDA
V. CUSTODIA XX XXXXX
VI. LIBRO XX XXXXXXXXX E INFORMES
VII. PERSONAL, ARMAS Y EQUIPOS A UTILIZARSE POR LA EMPRESA DE SEGURIDAD
VIII. RESGUARDO DE LAS INSTALACIONES Y DEMÁS BIENES DE LA SEN Y SUS EMPLEADOS DENTRO DE LAS INSTALACIONES
IX. PROCEDIMIENTO DE DEDUCCIONES POR PÉRDIDAS
I. DEFINICIONES:
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS: Son aquellas especificaciones de los servicios de vigilancia privada incluidos en los Pliegos de Condiciones y en el contrato.
CONTRATO POR SERVICIOS DE VIGILANCIA: Es el acuerdo suscrito entre la SEN y el (los) Contratista(s), para la prestación de los Servicios de Vigilancia Privada y demás condiciones que se requieran para este fin.
CONTRATISTA: Persona Natural o Jurídica a quien la SEN adjudique un contrato mediante licitación pública.
IMPLEMENTOS: Son todas aquellas armas, uniformes, municiones, equipo de radio Comunicación, detectores de metal, linternas de mano, equipo de transporte, capotes, botas, relojes marcadores, gorras y otros que se requieren para el buen desarrollo de la prestación de servicios de vigilancia.
SUPERVISOR E INSPECTOR: Es aquella(s) persona(s) autorizada(s) por la SEN y la(s) Empresa(s) Adjudicada(s), que tendrán acceso a todos los lugares donde haya presencia de los
Guardias de Seguridad, prestando los servicios. Dicha supervisión se llevara a cabo con el propósito de verificar que los guardias están en sus respectivos puestos, cumpliendo con sus obligaciones.
LIBRO XX XXXXXXXXX: Libro donde se registran todas las actividades o novedades ocurridas diariamente durante el servicio de cada guardia de seguridad.
COMISIÓN BIPARTITA: Comisión formada por representantes nombrados por la SEN y la(s) Empresa(s) adjudicada(s) con el fin de establecer los mecanismos para solventar las pérdidas o daños ocasionados en las instalaciones donde se esté prestado el mencionado servicio de vigilancia. La Comisión Bipartita estará integrada por un miembro de cada una de las siguientes dependencias: Gerencia Administrativa, Subgerencia de Recursos Materiales, Almacén, Servicios Legales, y los representantes que la Empresa de Seguridad designe.
RONDA: Es el recorrido que realizan frecuentemente los guardias de seguridad por las instalaciones de la SEN.
II. RESPONSABILIDADES SEN – EMPRESA DE SEGURIDAD
a. El representante de la SEN en el sitio (Gerente Administrativo), es el responsable por los equipos y demás bienes muebles e inmuebles dentro de las instalaciones, mientras que la seguridad de la instalación será responsabilidad de la Empresa de Seguridad, teniendo bajo su autoridad al personal de seguridad y vigilancia contratada, quien utilizará, suministrará todos los implementos y medidas necesarias para vigilar, proteger y conservar los Bienes Muebles e Inmuebles que forman los activos de la SEN, incluyendo valores en las diferentes instalaciones, así como otros medios y medidas que la SEN estime convenientes.
b. Se solicita un servicio de vigilancia de 24 (veinticuatro) horas, quedando a criterio de la Empresa de Seguridad la distribución de horario del personal que asignará para cumplir con dicho servicio.
c. El Guardia de Seguridad, tiene bajo su responsabilidad la vigilancia, protección y conservación de los bienes muebles e inmuebles y el control de entrada y salida de personas, materiales y equipos en la correspondiente instalación de la SEN.
d. El Jefe de Seguridad o Líder, será el representante de la Empresa de Seguridad en el sitio, siendo, además quien coordine y dirija todas las actividades y estrategias de seguridad.
e. El Supervisor de Seguridad, deberá realizar una supervisión continua y permanente de todo el personal de seguridad. Será el encargado de presentar los informes, el rol de
turnos y los documentos que la SEN requiera y deberá residir en las cercanías del área bajo su responsabilidad.
f. La Comisión Bipartita SEN – Empresa de Seguridad, será la encargada de establecer los mecanismos para solventar las pérdidas o daños ocasionados en las instalaciones donde se esté prestado el servicio de vigilancia.
III. IDENTIFICACIÓN DEL PERSONAL
X. Xxxxx de Empleado:
IV. CONTROL ENTRADA / SALIDA PROCEDIMIENTO DE INGRESO
A.- Empleados de la SEN Empleado a pie
1. Llegada a la instalación.
2. El Guardia de Seguridad solicita la identificación que le acredite como empleado de la SEN.
3. El empleado deberá mostrar su carné de la SEN, vigente para ingresar a la instalación.
4. El Guardia de Seguridad permite el ingreso a la instalación.
5. Si porta arma, el Guardia de Seguridad informará que no se permite el ingreso de personas armadas y que si desea ingresar deberá dejar el arma en custodia, el Guardia registrará el arma en el formato Control xx Xxxxx y entregará un comprobante al interesado. (Ver procedimiento de custodia xx xxxxx), y procede al registro de la entrada del empleado, según lo descrito en el numeral 5.
Empleado en Vehículo
1. Llega a la instalación.
2. El guardia de seguridad solicita la identificación que le acredite como empleado de la SEN.
3. El o los empleados deberán mostrar su carné de la SEN vigente para poder ingresar a la instalación.
4. El Guardia de Seguridad permite el ingreso a la instalación.
5. Si porta arma, el Guardia de Seguridad informará que no se permite el ingreso de personas armadas y que si desea ingresar deberá dejar el arma en custodia, el Guardia registrará el arma en el formato Control xx Xxxxx y entregará un comprobante al interesado. (Ver procedimiento de custodia xx xxxxx), y procede al registro de la entrada del empleado, según lo descrito en el numeral 5.
B.- VISITANTES
Visitante a pie:
1. Llegada a la instalación de la SEN.
2. El guardia solicita la identificación correspondiente.
3. El ciudadano deberá mostrar su tarjeta de identidad o licencia de conducir u otro documento que lo identifique y que por lo menos contenga la siguiente información: Nombre, fotografía reciente, institución que la emite, fecha de vencimiento y número de tarjeta de identidad.
4. Identificado el guardia registra a la visita en su persona y pertenencias de que no porta arma (de fuego o corto punzantes) u artefactos explosivos (Ver procedimiento de registro) y revisar el vehículo en que se conduce.
5. Si no porta arma, registra el ingreso del visitante en el formato Control de Ingreso y Salida, anotando:
a. Nombre.
b. Número de Tarjeta de Identidad.
c. Procedencia.
d. A quién visita.
e. Fecha y Hora de ingreso.
f. Motivo de su presencia.
6. Si porta arma, informará que no se permiten el ingreso de personas armadas a las instalaciones de la SEN y que si desea ingresar deberá dejar el arma en custodia; el guardia registrará el arma en el formato Control xx Xxxxx y entregará un comprobante al interesado (Ver procedimiento de custodia xx xxxxx), seguidamente lo anota en el formato de Control de Ingreso y Salida de Instalaciones de la SEN.
C.- INGRESO DE MATERIALES Y EQUIPO:
1. El o los interesados llegan a la instalación.
2. El vehículo y los interesados se presentan a la posta de la instalación e informan que ingresarán a depositar equipo o materiales.
3. El guardia solicita la identificación correspondiente.
4. Si es empleado deberá mostrar su carné vigente que le acredite como de empleado de la SEN, si es proveedor deberá mostrar para ingresar a la instalación su tarjeta de identidad o licencia de conducir u otro documento que lo identifique y que por lo menos contengan la siguiente información: Nombre, fotografía reciente, institución que lo expide, fecha de vencimiento y número de la tarjeta de identidad.
5. Identificado(s), el guardia registra al o los interesados en su persona y pertenencias de que no porta arma de fuego o corto punzantes u artefactos explosivos (Ver procedimiento de registro).
6. Si no porta arma, registra el ingreso del o los interesados en el formato Control de Ingreso y Salida de Materiales y Equipos de las instalaciones de la SEN, anotando lo siguiente:
a. Nombre.
b. Cargo.
c. Número de la Tarjeta de Identidad del Empleado
d. Descripción del vehículo, número de registro y placa.
e. Fecha y Hora de ingreso.
f. Motivo de su presencia.
g. Detalle del equipo o materiales que ingresan.
7. El Guardia de Seguridad verifica que el equipo y materiales que trae concuerda con la documentación, si concuerda permitirá el ingreso.
8. Si la documentación no concuerda con la cantidad de equipo o materiales a ingresar impedirá la entrada e informará al Gerente, Administrador y/o Jefe de la instalación, quien definirá la acción a seguir.
9. Si porta arma, el Guardia de Seguridad informará que no se permite el ingreso de personas armadas a las instalaciones de la SEN y que si desea ingresar deberá dejar el arma en custodia; el guardia registrará el arma en el formato Control xx Xxxxx y entregará un comprobante al interesado. (Ver procedimiento de custodia xx xxxxx), y permitirá la entrada del interesado, según lo descrito en el numeral 5.
PROCEDIMIENTO DE SALIDA:
A.- Empleados de la SEN Empleado a pie:
En caso de que exista algún robo o hurto a solicitud de la Gerencia Administrativa, posteriormente el guardia procederá a realizar el siguiente procedimiento:
1. El guardia registra al empleado y sus pertenencias corroborando de que no sustraiga materiales o equipo propiedad de la SEN (Ver procedimiento de registro)
2. Si no sustrae materiales o equipo el guardia permite la salida del empleado.
3. Si sustrae materiales o equipo, el Guardia de Seguridad retardará la salida del empleado e informará al Gerente, Administrador y/o Jefe de la instalación, quien definirá la acción a seguir (Ver Procedimiento en caso de sustracción de materiales o equipo de SEN).
Empleado en Vehículo:
1. El o los empleados se presentan al Control de Salida e informan al guardia que saldrán de las instalaciones.
2. Si no sustraen materiales o equipo permitirá la salida del o los empleados.
3. Si sustrae materiales o equipo, el Guardia de Seguridad retardará la salida del empleado e informará al Gerente, Administrador y/o Jefe de la instalación, quien definirá la acción a seguir (Ver Procedimiento en Caso de Sustracción de Materiales o Equipo de LA SEN).
C.- Salida de materiales y equipo:
1. El o los interesados se presentan al Control de Salida e informan al Guardia de Seguridad que están autorizados para retirar equipo o materiales de la instalación y presentan el correspondiente pase de salida (Copia de la requisición) y dejan copia del mismo.
2. El Guardia de Seguridad verificará que el equipo y materiales que llevan concuerda con la información detallada en el pase de salida (Copia de la requisición).
3. Si la documentación concuerda con los equipos y materiales que lleva, procede a registrar la salida en el formato Control de Ingreso y Salida de Instalaciones de la SEN, anotando lo siguiente:
a. Nombre.
b. Cargo.
c. Número de la Tarjeta de Identidad del Empleado.
d. Dependencia o Institución.
e. Descripción del vehículo, número de registro y placa.
f. Fecha y Hora de salida.
g. Motivo de su presencia.
h. Detalle del equipo o materiales que salen.
4. Permite la salida de los interesados y el equipo y/o materiales.
5. Si la documentación no concuerda con la cantidad de equipo o materiales que intentan llevar impiden la salida e informa al supervisor de seguridad.
REGISTRO DE PERSONAS Y VEHÍCULOS
Procedimiento de Ingreso
A.- Empleados y público en general.
1. Llegada a las instalaciones de SEN.
2. El Guardia de Seguridad solicita se identifique.
3. El interesado deberá mostrar una identificación vigente para ingresar a la instalación (Carné de identificación de SEN, si es empleado y tarjeta de identidad si es visita).
4. Identificado, el guardia le informa que será registrado en su persona, para lo cual utilizará un detector de metales.
5. Instruye al ciudadano a que adopte la posición de registro así:
HOMBRES
a. De pie.
b. Extremidades superiores, extendidas hacia abajo.
c. Extremidades inferiores abiertas, en un ángulo de cuarenta y cinco (45°) grados.
MUJERES
a. De pie.
b. Extremidades superiores, extendidas hacia abajo.
c. Extremidades inferiores cerradas.
6. Registro extremidades superiores:
a. El Guardia pasa el detector de metales de la cintura hacia arriba, pasando por el pectoral, axila, hasta llegar a la mano sin tocar el cuerpo del ciudadano(a).
b. Repitiendo el procedimiento en el lado opuesto.
7. Registro de Cintura:
Pasa el detector de metales en el área de la cintura del ciudadano hasta el área genital por el frente y repite el proceso por la parte trasera sin tocar el cuerpo del ciudadano(a).
8. Registro de extremidades inferiores:
a. Pasa el detector de metales desde la cintura hacia el pie por el extremo exterior de la pierna, repite el proceso en la otra pierna sin tocar el cuerpo del ciudadano(a).
b. Para inspeccionar el área interna de las piernas así:
I. Hombre, pasa el detector de metales haciendo un arco desde un pie, la rodilla, los genitales, la rodilla de la otra pierna hasta el pie, sin tocar el cuerpo del ciudadano.
II. Mujeres, pasa el detector de metales desde la cintura hacia los pies y repite el proceso por la parte trasera sin tocar el cuerpo de la ciudadana.
9. Si porta arma, tendrá que dejarla en custodia con el guardia (Ver Procedimiento de Custodia xx Xxxxx).
10. Al no detectar arma, informa al ciudadano(a) que se le inspeccionará sus pertenencias.
10. El ciudadano(a) abre sus pertenencias y el vehículo (baúl del vehículo), el Guardia realiza una inspección visual, sin tocar las pertenencias del ciudadano (a) solicitando en caso de ser necesario que remueva las pertenencias.
11. Si el ciudadano(a) posee artefacto explosivo, el Guardia retarda el ingreso e informa al supervisor, quien se hará cargo de la situación.
12. Finalizado el registro, se continúa con el procedimiento de ingreso.
Procedimiento de salida
Empleados y público en general:
1. El empleado(a) o el ciudadano(a) se presenta ante el guardia de seguridad.
2. El guardia de seguridad le informa que será registrado él y sus pertenencias.
3. El empleado(a) o el ciudadano(a) abre sus pertenencias y su vehículo y el guardia realiza una inspección visual, sin tocar las pertenencias del ciudadano(a), solicitando en caso de ser necesario que remueva las pertenencias.
4. Si el empleado(a) o el ciudadano(a) sustrae materiales o equipo, el guardia retardará la salida del sospechoso e informará al supervisor quien definirá la acción a seguir. (Ver Procedimiento en caso de sustracción de materiales o equipo de SEN).
5. Finalizado el registro, se continúa con el procedimiento de salida.
V. CUSTODIA XX XXXXX
Procedimiento de ingreso (Empleados y Público en General):
1. El ciudadano(a) ingresa a la instalación, durante el proceso de ingreso el guardia de seguridad detecta el arma e informa al ciudadano(a) que no puede ingresar armado a las instalaciones de la SEN, y si desea ingresar debe dejar el arma en custodia.
2. El ciudadano(a) entrega el arma al guardia de seguridad y éste verifica:
a. El arma no está cargada.
b. Si es automática, que esté puesto el seguro y remover el cargador.
c. Si es revolver, remover la munición xxx xxxxxx.
d. Serie del arma.
e. Cantidad de munición.
3. El Guardia registra la información en la Hoja de Control xx Xxxxx y entrega una contraseña al propietario para que reclame el arma a su salida.
4. El arma es guardada bajo llave.
5. Permite el ingreso del ciudadano(a).
Procedimiento de Salida (Empleados y Público en general):
1. El ciudadano (a) se presenta ante el Guardia de Seguridad e informa que dejó un arma en custodia y entrega la contraseña al Guardia.
2. El Guardia de Seguridad solicita al propietario del arma que se identifique y verifica la información en la Hoja de Control xx Xxxxx, nombre y número de tarjeta de identidad.
3. Si la información es correcta, el Guardia de Seguridad solicita al propietario que firme la Hoja de Control xx Xxxxx y entrega el arma al propietario y permite la salida del ciudadano(a).
4. Si la información es incorrecta, retarda la salida del ciudadano(a) e informa al Supervisor de Seguridad Interna quien definirá la acción a seguir.
VI. LIBRO XX XXXXXXXXX E INFORMES Libro xx Xxxxxxxxx
a. La Empresa de Vigilancia llevará un libro de registro diario que servirá de control, en el cual se anotarán todos los eventos que se susciten en esa fecha.
b. El Libro xx Xxxxxxxxx será en todo momento propiedad de SEN, permanecerá en los puntos de vigilancia, comprometiéndose ambas partes a mantenerla en perfecto estado y accesible en todo momento a la supervisión de SEN.
c. Al completar el libro este pasará definitivamente a poder de la SEN, la Empresa de Vigilancia no podrá trasladar dicho libro a otro sitio distinto del lugar asignado. En él se anotarán todos los eventos diarios, como ser entradas y salidas de los empleados y personal particular, anotando la fecha, hora, nombre de la persona o personas, número de placa, color del vehículo, propósito de la visita, si es particular el automóvil. Deberá anotarse también el movimiento de materiales, destino y origen, el control de material se llevará con copia de la requisición.
d. La Empresa de Vigilancia podrá anotar sus observaciones, cuando considere que la Supervisión de la SEN le está perjudicando.
e. Todas las hojas de este libro de registro serán foliadas y selladas con el sello de la supervisión de la SEN y bajo ningún punto podrá mancharse o extraerse ninguna hoja, de hacerlo incurrirá en responsabilidad Empresa de Vigilancia.
f. La SEN retendrá el 10% de la última factura presentada para pago hasta que Empresa de Vigilancia haya entregado los libros xx xxxxxxxxx en buen estado y completos, en caso de que los libros estén dañados y sea evidente la pérdida de hojas, la SEN no devolverá el 10% retenido, el cual servirá como una indemnización, por los daños ocasionados al libro y por ende a la SEN.
g. El Libro xx Xxxxxxxxx será un cuaderno único, debidamente empastado y de hojas tamaño oficio, debidamente numeradas, el cual deberá ser suministrado por la Empresa de Vigilancia y deberá ser repuesto cada vez que el mismo sea completado.
Informe Preliminar
1. El afectado (empleado de la SEN o personal de vigilancia), ya sea en su persona, sus bienes o bienes institucionales, informa del incidente al Jefe de la Instalación y al Guardia de Seguridad, quien informará del hecho a la Autoridad correspondiente y anotará el incidente en el Libro xx Xxxxxxxxx del puesto e informará por escrito.
2. El Jefe de la Instalación emite un informe preliminar escrito, el cual deberá hacerse llegar a la Gerencia Administrativa con copia al representante de la Empresa de Seguridad en el área. (La Empresa de Seguridad presentará al inicio de operaciones el listado del personal de supervisión y demás representantes en las área, con sus números telefónicos y su correo electrónico para facilitar la distribución de la información), dicho informe deberá ser elaborado en un plazo no mayor a veinticuatro (24) horas después de suscitado o conocido el hecho y el informe responderá a las siguientes interrogantes:
3.
a. ¿Qué? Incidente o hecho.
b. ¿Cuándo? Fecha (hora, día, mes y año).
c. ¿Quién? Personas involucradas.
4. Si el incidente constituye delito, el Jefe de la Instalación y/o el Supervisor de la Empresa de Vigilancia denunciarán el hecho a la Policía Nacional y proporcionarán la colaboración requerida para realizar las investigaciones correspondientes.
Informe de avance:
1. El Jefe de la Instalación y/o el Supervisor de la Empresa de Vigilancia informa de los avances de la investigación del incidente y detallarán las acciones realizadas, dicho informe será remitido a las mismas autoridades del Informe Preliminar en un plazo no mayor a las cuarenta y ocho (48) horas y si el hecho constituye delito, deberá adjuntarse copia de la denuncia interpuesta ante la Dirección General de Investigación Criminal.
Informe Final
1. Si no se tratase de delito, una vez aclarado el incidente o hecho, el Jefe de la Instalación remitirá un informe detallado en un plazo no mayor a las setenta y dos (72) horas, incluyéndose en el mismo las conclusiones y recomendaciones que correspondan.
2. Si se trata de un delito o pérdida para la SEN, el Jefe de la Instalación remitirá una copia del informe de la Dirección General de Investigación Criminal, del Informe Preliminar y del Informe de Avance a la Dirección de Licitaciones de la SEN, para que convoque a la Comisión Bipartita, y sea ésta la que determine los mecanismos para solventar las pérdidas o daños ocasionados en las instalaciones donde se presta el servicio de vigilancia, tal como se establece en la sección IX PROCEDIMIENTO DE DEDUCCIONES POR PÉRDIDAS.
VII. PERSONAL, ARMAS Y EQUIPOS A USARSE EN LA VIGILANCIA
A. PERSONAL A EMPLEARSE EN LA VIGILANCIA
1. Ser mayor de edad y no haber cumplido los cincuenta y cinco años.
2. Ser de nacionalidad hondureña.
3. Estar en posesión de diploma escolar, de graduado en educación secundaria, de formación profesional, u otros equivalentes o superiores.
4. Poseer la aptitud física y la capacidad psíquica necesarias para el ejercicio de las funciones de vigilante de seguridad sin padecer enfermedad que impida el ejercicio de las mismas.
5. Reunir los requisitos necesarios para poder portar y utilizar armas de fuego, a tenor de lo dispuesto en la Ley.
6. Carecer de antecedentes penales.
7. No haber sido condenado por intromisión ilegítima en el ámbito de protección del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen, xxx xxxxxxx a las comunicaciones o de otros derechos fundamentales en los cinco años anteriores a la solicitud.
8. No haber sido sancionado en los dos o cuatro años anteriores por infracción grave o muy grave, respectivamente, en materia de seguridad.
9. No haber causado baja deshonrosa del servicio en las Fuerzas Armadas o en las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
10. Poseer diploma, constancia o acreditación alguna de haber recibido la instrucción básica necesaria para desempeñarse como vigilante de seguridad.
Los empleados de la Empresa de Vigilancia que la SEN juzgue como personas que carecen de las habilidades necesarias para ejecutar el servicio solicitado o que demuestren un comportamiento objetable e indeseable dentro de sus instalaciones, deberán ser remplazados inmediatamente, no pudiendo ser reubicados o trasladados a ninguna otra de sus instalaciones, a simple requerimiento de la SEN.
X. XXXXX Y EQUIPO A EMPLEARSE EN LA VIGILANCIA
Cada Guardia asignado a la SEN, deberá portar un garrote o macana y un arma tipo pistola (9 mm., 357, o calibre 38), en los sitios especiales de control de acceso a la instalación de la SEN, deberá existir un detector de metales.
La Empresa de Vigilancia deberá dotar a su personal del uniforme respectivo, el cual será de uso obligatorio, con excelente presentación y distinción, sin cortes o rasgaduras, manchas ni arrugas. El mismo deberá incluir la gorra respectiva.
Es obligatorio que cada guardia porte en su uniforme un monograma de identificación personal, que mostrará la inicial de su primer nombre y el apellido, escrito en letras grandes y legibles. Éste ira adherido sobre la bolsa de la camisa. También deberá portar el carné de identificación con su respectiva fotografía y el distintivo correspondiente a la Empresa de Seguridad.
Se deberá poseer un RADIO de comunicación, que le permita comunicarse en forma permanente con sus demás compañeros ubicados en la SEN.
Los Radios deberán tener la potencia y alcance necesarios, para cubrir toda la zona que comprenden el área de influencia de los Servicios de Vigilancia Privada.
La SEN verificará la calidad y potencia de los equipos de comunicación de la Empresa de Vigilancia, rechazando aquellos que no cumplan con la potencia y alcance requeridos.
La Empresa de Vigilancia deberá considerar en sus precios de oferta la necesidad de instalar antenas repetidoras en distintos puntos, para poder cubrir todo el territorio a vigilar.
Es obligatorio que además de sus armas de reglamento y el radio portátil de comunicación, que cada Guardia de turno xxxx a disposición en el sitio donde presta el servicio de vigilancia el siguiente equipo mínimo:
x. Xxxx de mano de excelente calidad y funcionabilidad;
b. Un par de esposas o chachas; y,
c. Cualquier otro equipo necesario para cumplir a cabalidad con sus tareas.
Todos los materiales y equipos serán proporcionados por cuenta y riesgo de la Empresa de Vigilancia. La Supervisión de la SEN verificará cuando lo estime conveniente, el estado y calidad de las armas que porta el personal de turno de la Empresa de Vigilancia. La Supervisión de la SEN realizará estos operativos a cualquier hora o día, pudiendo realizarlos en forma diaria, semanal o mensual, sin obligación alguna de notificarle al Contratista. De estas verificaciones o supervisiones, se emitirá el informe correspondiente, debiendo hacerse las correcciones de forma inmediata una vez recibidos por la Empresa de Seguridad, caso contrario se considerará como incumplimiento de Contrato.
La Empresa de Vigilancia, deberá de disponer de vehículos automotores para cada área de vigilancia en perfecto estado de funcionamiento para el cumplimiento de sus obligaciones contractuales. Los Vehículos deberán estar destinados a la movilización del personal de vigilancia hacia las distintas postas, así como también deberá estar destinado a los Supervisores, para que puedan cumplir con su trabajo de Supervisión. La Supervisión de SEN vigilará por el cumplimiento de esta condición.
VIII. RESGUARDO DE INSTALACIONES Y DEMÁS BIENES DE LA SEN Y DE SUS EMPLEADOS DENTRO DE LAS INSTALACIONES
Control de entrada y salida a las instalaciones de la empresa, del personal y de los automóviles de la SEN. Así como de los vehículos particulares que ingresen o salgan de las instalaciones o predios de la SEN.
Aplicará el detector de metales a todo el personal particular que ingrese a los sitios definidos por la SEN.
Registrará en el libro xx xxxxxxxxx diarias a todo personal que no labore en la institución y que ingrese a visitar las instalaciones u oficinas, definiendo el motivo de su ingreso. Solicitar presentación del documento de identificación personal, el cual será retenido, intercambiándolo por un carné de visita y devuelto al salir de las instalaciones.
Vigilará para que personas particulares o ajenas a la SEN, no permanezcan en las Oficinas, predios e instalaciones.
Anotará en el Libro xx Xxxxxxxxx e informará al enlace entre la SEN y la Empresa de Seguridad, de las irregularidades que se presenten en forma inmediata.
La Empresa de Vigilancia deberá presentar un informe semanal de todas las novedades que se hayan dado en las áreas objeto del contrato durante el período semanal. Este informe será presentado el lunes de la siguiente semana.
Vigilar durante el día y noche las áreas destinadas para vehículos. El Guardia de la Posta deberá hacerse responsable de las llaves de los vehículos y su cuidado. Las llaves solo serán entregadas al personal plenamente identificado y debidamente autorizado.
Dar servicio de ronda constante por lo menos cada dos horas en todas las instalaciones en horas hábiles o inhábiles.
Reportar inmediatamente cualquier anomalía que se dé cuando algún personal deje luces encendidas, aparatos eléctricos funcionando o cosas de valor que puedan ser sustraídas fácilmente.
Supervisión constante al personal asignado en vigilancia de las áreas objeto del contrato, aún en horas nocturnas. La Empresa de Vigilancia mantendrá un Supervisor por cada turno, quien estará en supervisión constante del personal de vigilancia.
No permitir la salida de ningún material, equipo o mobiliario sin previa autorización escrita del funcionario facultado para ello y sin tomar la información necesaria de lo que sale y quien lo lleva, el empleado debe presentar autorización de salida o copia de la requisición.
Otras tareas afines que le asigne en el transcurso del periodo del contrato.
En caso de robo, hurto, asalto, pérdida, etc., que ocurra en el interior de los predios, subestaciones, almacenes u oficinas, el Servicio de Vigilancia será el responsable de dar aviso a las autoridades correspondientes del delito cometido y llevará el peso de las investigaciones, asumiendo el control y dirección del proceso investigativo, hasta dar con los responsables.
La SEN solicita el servicio de seguridad por 24 horas, quedando a criterio y responsabilidad de la Empresa de seguridad la asignación de los turnos, será obligación de la Empresa notificar a la SEN los horarios y cambios de turnos, así mismo los nombres y datos del personal asignado. No se deberá realizar cambios de turno en los siguientes horarios: 8:15 am – 9:45 am (horario de entrada del personal), 11:45 m – 1:15 pm (horario de almuerzo del personal), 4:15 pm – 5:45 pm (horario de salida del personal).
IX PROCEDIMIENTO DE DEDUCCIONES POR PÉRDIDAS
Si la SEN ha sufrido pérdidas y/o extravíos debidamente comprobados, la Empresa de Vigilancia será responsable del 100% de la pérdida, previo a evaluación del valor de los bienes, el que se cobrará con el valor de sustitución al momento de la pérdida, estos valores serán deducidos de la factura mensual.
Cuando exista denuncia de hurto, pérdida o robo de algún material, equipo o mobiliario sea este propiedad de la SEN o de los empleados, el afectado presentará el reclamo respectivo a la Empresa de Seguridad, con el monto estimado de los bienes sustraídos.
Una vez comprobados los montos de los artículos perdidos, la Empresa de Seguridad deberá pagar al afectado el valor completo de las pérdidas o reemplazarlo por uno de la misma calidad, modelo y marca, en un plazo de quince días calendario, contados a partir de la fecha de presentación de la denuncia o reclamo. En caso contrario la SEN procederá a deducir de la factura mensual el 100% del monto de las pérdidas.
Si en el transcurso de las investigaciones los artículos perdidos son recuperados, la SEN devolverá los valores retenidos a la Empresa de Seguridad.
Mientras dure un proceso de investigación deberá establecerse el valor del equipo faltante, y dejarlo en depósito de la facturación mensual, el cual sería devuelto al término de la respectiva investigación y si procede exonerando de culpa; de lo contrario no se hará devolución alguna.
El proceso de denuncia y seguimiento del reclamo, estará a cargo de la Comisión Bipartita. De no llegarse a un entendimiento para dirimir cualquier diferencia, ambas partes se someten expresamente para el caso de controversia, a la jurisdicción y competencia del Juzgado de Letras Civil o Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo del Departamento de Xxxxxxxxx Xxxxxxx, según el caso.
INFORMACIÓN GENERAL
IG-1 DESCRIPCIÓN DEL EDIFICIO: SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE ENERGÍA
El edificio donde se encuentra la Secretaría de Estado en el Despacho de Energía está localizado Xxxxxxxxxxx, xxxxxxxxx xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, Xxxxxxx Xxxxxxx, Bloque QS1, contiguo a Farmacia Xxxxxx.
Las instalaciones físicas del edificio constan de una estructura de 3 niveles, 2 pisos de oficina y 1 de estacionamiento, con dos accesos, el principal frente a la calle Real de Minas, el acceso a esta entrada es por dos xxxxxxx xx xxxxxx y el acceso trasero por un portón de metal que da al estacionamiento de empleados.
A los interesados en conocer las instalaciones de la Secretaría de Energía, deberán solicitar la visita por escrito previo a la apertura de las ofertas.
Sección VI. Condiciones Generales del Contrato
1. Definiciones | 1.1. Las siguientes palabras y expresiones tendrán los significados que aquí se les asigna: (a) “El Sitio del Proyecto”, donde corresponde, significa el lugar citado en las CEC. (b) “Contrato” significa el Contrato celebrado entre el Comprador y el Proveedor, junto con los documentos del Contrato allí referidos, incluyendo todos los anexos y apéndices, y todos los documentos incorporados allí por referencia. (c) “Documentos del Contrato” significa los documentos enumerados en el Contrato, incluyendo cualquier enmienda. (d) “Precio del Contrato” significa el precio pagadero al Proveedor según se especifica en el Contrato, sujeto a las condiciones y ajustes allí estipulados o deducciones propuestas, según corresponda en virtud del Contrato. (e) “Día” significa día calendario. (f) “Cumplimiento” significa que el Proveedor ha completado la prestación de los Servicios Conexos de acuerdo con los términos y condiciones establecidas en el Contrato. (g) “CGC” significa las Condiciones Generales del Contrato. (h) “Bienes” significa todos los productos, materia prima, maquinaria y equipo, y otros materiales que el Proveedor deba proporcionar al Comprador en virtud del Contrato. (j) “Comprador” significa la entidad que compra los Bienes y Servicios Conexos, según se indica en las CEC. (k) “Servicios Conexos” significan los servicios incidentales relativos a la provisión de los bienes, tales como transporte, seguro, instalación, puesta en servicio, capacitación y mantenimiento inicial y otras obligaciones similares del Proveedor en virtud del |
2. Documentos del Contrato
3. Fraude y Corrupción
Contrato.
(l) “CEC” significa las Condiciones Especiales del Contrato.
(m) “Subcontratista” significa cualquier persona natural, entidad privada o pública, o cualquier combinación de ellas, con quienes el Proveedor ha subcontratado el suministro de cualquier porción de los Bienes o la ejecución de cualquier parte de los Servicios.
(n) “Proveedor” significa la persona natural, jurídica o entidad gubernamental, o una combinación de éstas, cuya oferta para ejecutar el contrato ha sido aceptada por el Comprador y es denominada como tal en el Contrato.
2.1 Sujetos al orden de precedencia establecido en el Contrato, se entiende que todos los documentos que forman parte integral del Contrato (y todos sus componentes allí incluidos) son correlativos, complementarios y recíprocamente aclaratorios. El Contrato deberá leerse de manera integral.
3.1 El Estado Hondureño exige a todos los organismos ejecutores y organismos contratantes, al igual que a todas las firmas, entidades o personas oferentes por participar o participando en procedimientos de contratación, incluyendo, entre otros, solicitantes, oferentes, contratistas, consultores y concesionarios (incluyendo sus respectivos funcionarios, empleados y representantes), observar los más altos niveles éticos durante el proceso de selección y las negociaciones o la ejecución de un contrato. Los actos de fraude y corrupción están prohibidos.
3.2 El Comprador, así como cualquier instancia de control del Estado Hondureño tendrán el derecho revisar a los Oferentes, proveedores, contratistas, subcontratistas, consultores y concesionarios sus cuentas y registros y cualesquiera otros documentos relacionados con la presentación de propuestas y con el cumplimiento del contrato y someterlos a una auditoría por auditores designados por el Comprador, o la respectiva instancia de control del Estado Hondureño. Para estos efectos, el Proveedor y sus subcontratistas deberán: (i) conserven todos los documentos y registros relacionados con este Contrato por un período de tres (3) años luego de terminado el trabajo contemplado en el Contrato; y (ii) entreguen todo documento necesario para la investigación de denuncias de
fraude o corrupción, y pongan a la disposición del Comprador o la respectiva instancia de control del Estado Hondureño, los empleados o agentes del Proveedor y sus subcontratistas que tengan conocimiento del Contrato para responder las consultas provenientes de personal del Comprador o la respectiva instancia de control del Estado Hondureño o de cualquier investigador, agente, auditor o consultor apropiadamente designado para la revisión o auditoría de los documentos. Si el Proveedor o cualquiera de sus subcontratistas incumple el requerimiento del Comprador o la respectiva instancia de control del Estado Hondureño, o de cualquier otra forma obstaculiza la revisión del asunto por éstos, el Comprador o la respectiva instancia de control del Estado Hondureño bajo su sola discreción, podrá tomar medidas apropiadas contra el Proveedor o subcontratista para asegurar el cumplimiento de esta obligación.
3.3 Los actos de fraude y corrupción son sancionados por la Ley de Contratación del Estado, sin perjuicio de la responsabilidad en que se pudiera incurrir conforme al Código Penal..
4. Interpretación 4.1 Si el contexto así lo requiere, el singular significa el plural,
y viceversa.
4.2 Incoterms
(a) El significado de cualquier término comercial, así como los derechos y obligaciones de las partes serán los prescritos en los Incoterms, a menos que sea inconsistente con alguna disposición del Contrato.
(b) El término DDP, DPA y otros similares, cuando se utilicen, se regirán por lo establecido en la edición vigente de los Incoterms especificada en la CEC, y publicada por la Cámara de Comercio Internacional en Xxxxx, Xxxxxxx.
4.3 Totalidad del Contrato
El Contrato constituye la totalidad de lo acordado entre el Comprador y el Proveedor y substituye todas las comunicaciones, negociaciones y acuerdos (ya sea escritos o verbales) realizados entre las partes con anterioridad a la fecha de la celebración del Contrato.
4.4 Enmienda
Ninguna enmienda u otra variación al Contrato será válida a
menos que esté por escrito, fechada y se refiera expresamente al Contrato, y esté firmada por un representante de cada una de las partes debidamente autorizado. 4.5 Limitación de Dispensas (a) Sujeto a lo indicado en la Subcláusula 4.5 (b) siguiente de estas CGC, ninguna dilación, tolerancia, demora o aprobación por cualquiera de las partes al hacer cumplir algún término y condición del Contrato o el otorgar prórrogas por una de las partes a la otra, perjudicará, afectará o limitará los derechos de esa parte en virtud del Contrato. Asimismo, ninguna dispensa concedida por cualquiera de las partes por un incumplimiento del Contrato, servirá de dispensa para incumplimientos posteriores o continuos del Contrato. (b) Xxxx dispensa a los derechos, poderes x xxxxxxxx de una de las partes en virtud del Contrato, deberá ser por escrito, llevar la fecha y estar firmada por un representante autorizado de la parte otorgando dicha dispensa y deberá especificar la obligación que está dispensando y el alcance de la dispensa. 4.6 Divisibilidad Si cualquier provisión o condición del Contrato es prohibida o resultase inválida o inejecutable, dicha prohibición, invalidez o falta de ejecución no afectará la validez o el cumplimiento de las otras provisiones o condiciones del Contrato. | |
5. Idioma | 5.1 El Contrato, así como toda la correspondencia y documentos relativos al Contrato intercambiados entre el Proveedor y el Comprador, deberán ser escritos en español. Los documentos de sustento y material impreso que formen parte del Contrato, pueden estar en otro idioma siempre que los mismos estén acompañados de una traducción fidedigna de los apartes pertinentes al español y, en tal caso, dicha traducción prevalecerá para efectos de interpretación del Contrato. 5.2 El Proveedor será responsable de todos los costos de la traducción al idioma que rige, así como de todos los riesgos derivados de la exactitud de dicha traducción de los documentos proporcionados por el Proveedor. |
6. Consorcio | 6.1 Si el Proveedor es un Consorcio, todas las partes que lo conforman deberán ser mancomunada y solidariamente |
responsables frente al Comprador por el cumplimiento de las disposiciones del Contrato y deberán designar a una de ellas para que actúe como representante con autoridad para comprometer al Consorcio. La composición o constitución del Consorcio no podrá ser alterada sin el previo consentimiento del Comprador. | |
7. Elegibilidad | 7.1 El Proveedor y sus Subcontratistas deberán tener plena capacidad de ejercicio, y no hallarse comprendidos en alguna de las circunstancias siguientes: (a) Haber sido condenados mediante sentencia firme por delitos contra la propiedad, delitos contra la fe pública, cohecho, enriquecimiento ilícito, negociaciones incompatibles con el ejercicio de funciones públicas, malversación de caudales públicos o contrabando y defraudación fiscal, mientras subsista la condena. Esta prohibición también es aplicable a las sociedades mercantiles u otras personas jurídicas cuyos administradores o representantes se encuentran en situaciones similares por actuaciones a nombre o en beneficio de las mismas; (b) Haber sido declarado en quiebra o en concurso de acreedores, mientras no fueren rehabilitados; (c) Ser funcionarios o empleados, con o sin remuneración, al servicio de los Poderes del Estado o de cualquier institución descentralizada, municipalidad u organismo que se financie con fondos públicos, sin perjuicio de lo previsto en el Artículo 258 de la Constitución de la República; (d) Haber dado lugar, por causa de la que hubiere sido declarado culpable, a la resolución firme de cualquier contrato celebrado con la Administración o a la suspensión temporal en el Registro de Proveedores y Contratistas en tanto dure la sanción. En el primer caso, la prohibición de contratar tendrá una duración de dos (2) años , excepto en aquellos casos en que haya sido objeto de resolución en sus contratos en dos ocasiones, en cuyo caso la prohibición de contratar será definitiva; (e) Ser cónyuge, persona vinculada por unión de hecho o parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad de cualquiera de los funcionarios o empleados bajo cuya responsabilidad esté la precalificación de las empresas, la evaluación de las propuestas, la adjudicación o la firma del contrato; (f) Tratarse de sociedades mercantiles en cuyo capital social |
participen funcionarios o empleados públicos que tuvieren influencia por razón de sus cargos o participaren directa o indirectamente en cualquier etapa de los procedimientos de selección de contratistas. Esta prohibición se aplica también a las compañías que cuenten con socios que sean cónyuges, personas vinculadas por unión de hecho o parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad de los funcionarios o empleados a que se refiere el numeral anterior, o aquellas en las que desempeñen, puestos de dirección o de representación personas con esos mismos grados de relación o de parentesco; (g) Haber intervenido directamente o como asesores en cualquier etapa de los procedimientos de contratación o haber participado en la preparación de las especificaciones, planos, diseños o términos de referencia, excepto en actividades de supervisión de construcción; (h) Estar suspendido del Registro de Proveedores y Contratistas o tener vigente sanción de suspensión para participar en procedimientos de contratación administrativa. | |
8. Notificaciones | 8.1 Todas las notificaciones entre las partes en virtud de este Contrato deberán ser por escrito y dirigidas a la dirección indicada en las CEC. El término “por escrito” significa comunicación en forma escrita con prueba de recibo. 8.2 Una notificación será efectiva en la fecha más tardía entre la fecha de entrega y la fecha de la notificación. |
9. Ley aplicable | 9.1 El Contrato se regirá y se interpretará según las leyes Hondureñas. |
10. Solución de controversias | 10.1 El Comprador y el Proveedor harán todo lo posible para resolver amigablemente mediante negociaciones directas informales, cualquier desacuerdo o controversia que se haya suscitado entre ellos en virtud o en referencia al Contrato. 10.2 Cualquier divergencia que se presente sobre un asunto que no se resuelva mediante un arreglo entre el Proveedor y el Comprador, deberá ser resuelto por éste, quien previo estudio del caso dictará su resolución y la comunicará al reclamante. 10.3 Contra la resolución del Comprador quedará expedita la vía judicial ante los tribunales de lo Contencioso Administrativo, salvo que las CEC establezcan la posibilidad de acudir al Arbitraje. |
11. Alcance de los suministros | 11.1 Los Bienes y Servicios Conexos serán suministrados según lo estipulado en la Lista de Requisitos. |
12. Entrega y documentos | 12.1 Sujeto a lo dispuesto en la Subcláusula 32.1 de las CGC, la Entrega de los Bienes y Cumplimiento de los Servicios Conexos se realizará de acuerdo con el Plan de Entrega y Cronograma de Cumplimiento indicado en la Lista de Requisitos. Los detalles de los documentos que deberá suministrar el Proveedor se especifican en las CEC. |
13. Responsabilidade s del Proveedor | 13.1 El Proveedor deberá proporcionar todos los bienes y Servicios Conexos incluidos en el Alcance de Suministros de conformidad con la Cláusula 11 de las CGC y el Plan de Entrega y Cronograma de Cumplimiento, de conformidad con la Cláusula 12 de las CGC. |
14. Precio del Contrato | 14.1 Los precios que cobre el Proveedor por los Bienes proporcionados y los Servicios Conexos prestados en virtud del contrato no podrán ser diferentes de los cotizados por el Proveedor en su oferta, excepto por cualquier ajuste de precios autorizado en las CEC. |
15. Condiciones de Pago | 15.1 El precio del Contrato, incluyendo cualquier pago por anticipo, si corresponde, se pagará según se establece en las CEC. 15.2 La solicitud de pago del Proveedor al Comprador deberá ser por escrito, acompañada de documentación de soporte que describan, según corresponda, los Bienes entregados y los Servicios Conexos cumplidos, y de los documentos presentados de conformidad con las Cláusulas 7.4 y 12 de las CGC y en cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el Contrato. 15.3 El Comprador efectuará los pagos prontamente, pero de ninguna manera podrá exceder sesenta (60) días después de la presentación de una factura o solicitud de pago por el Proveedor, y después de que el Comprador la haya aceptado. 15.4 Las monedas en que se le pagará al Proveedor en virtud de este Contrato serán aquellas que el Proveedor hubiese especificado en su oferta. |
16. Impuestos y derechos | 16.1 El Proveedor será totalmente responsable por todos los impuestos, gravámenes, timbres, comisiones por licencias, y otros cargos similares incurridos hasta la entrega de los Bienes contratados con el Comprador. 16.2 El Comprador interpondrá sus mejores oficios para que el |
Proveedor se beneficie con el mayor alcance posible de cualquier exención impositiva, concesiones, o privilegios legales que pudiesen aplicar al Proveedor en Honduras. | |
17. Garantía Cumplimiento | 17.1 El Proveedor, dentro de los siguientes treinta (30) días de la notificación de la adjudicación del Contrato, deberá suministrar la Garantía de Cumplimiento del Contrato por el monto equivalente al quince por ciento (15%) del valor del contrato. 17.2 Los recursos de la Garantía de Cumplimiento serán pagaderos al Comprador como indemnización por cualquier pérdida que le pudiera ocasionar el incumplimiento de las obligaciones del Proveedor en virtud del Contrato. 17.3 Como se establece en las CEC, la Garantía de Cumplimiento, si es requerida, deberá estar denominada en la(s) misma(s) moneda(s) del Contrato, o en una moneda de libre convertibilidad aceptable al Comprador, y presentada en una de los formatos estipuladas por el Comprador en las CEC, u en otro formato aceptable al Comprador. 17.4 La validez de la Garantía de Cumplimiento excederá en tres (3) meses la fecha prevista de culminación de la entrega de los bienes. 17.5 Efectuada que fuere la entrega de los bienes y realizada la liquidación del contrato, cuando se establezca en las CEC, el Proveedor sustituirá la garantía de cumplimiento del contrato por una garantía de calidad de los bienes suministrados, con vigencia por el tiempo previsto en las CEC y cuyo monto será equivalente al cinco por ciento (5%) del valor del Contrato. |
18. Derechos de Autor | 18.1 Los derechos de autor de todos los planos, documentos y otros materiales conteniendo datos e información proporcionada al Comprador por el Proveedor, seguirán siendo de propiedad del Proveedor. Si esta información fue suministrada al Comprador directamente o a través del Proveedor por terceros, incluyendo proveedores de materiales, el derecho de autor de dichos materiales seguirá siendo de propiedad de dichos terceros. |
19. Confidencialidad de la Información | 19.1 El Comprador y el Proveedor deberán mantener confidencialidad y en ningún momento divulgarán a terceros, sin el consentimiento por escrito de la otra parte, documentos, datos u otra información que hubiera sido directa o indirectamente proporcionada por la otra parte en conexión con el Contrato, antes, durante o después de la |
ejecución del mismo. No obstante lo anterior, el Proveedor podrá proporcionar a sus Subcontratistas los documentos, datos e información recibidos del Comprador para que puedan cumplir con su trabajo en virtud del Contrato. En tal caso, el Proveedor obtendrá de dichos Subcontratistas un compromiso de confidencialidad similar al requerido del Proveedor bajo la Cláusula 19 de las CGC. 19.2 El Comprador no utilizará dichos documentos, datos u otra información recibida del Proveedor para ningún uso que no esté relacionado con el Contrato. Asimismo el Proveedor no utilizará los documentos, datos u otra información recibida del Comprador para ningún otro propósito que el de la ejecución del Contrato. 19.3 La obligación de las partes de conformidad con las Subcláusulas19.1 y 19.2 de las CGC arriba mencionadas, no aplicará a información que: (a) el Comprador o el Proveedor requieran compartir con el Banco u otras instituciones que participan en el financiamiento del Contrato; (b) actualmente o en el futuro se hace de dominio público sin culpa de ninguna de las partes; (c) puede comprobarse que estaba en posesión de esa parte en el momento que fue divulgada y no fue obtenida previamente directa o indirectamente de la otra parte; o (d) que de otra manera fue legalmente puesta a la disponibilidad de esa parte por una tercera parte que no tenía obligación de confidencialidad. 19.4 Las disposiciones precedentes de esta cláusula 19 de las CGC no modificarán de ninguna manera ningún compromiso de confidencialidad otorgado por cualquiera de las partes a quien esto compete antes de la fecha del Contrato con respecto a los Suministros o cualquier parte de ellos. 19.5 Las disposiciones de la Cláusula 19 de las CGC permanecerán válidas después del cumplimiento o terminación del contrato por cualquier razón. | |
20. Subcontratación | 20.1 El Proveedor informará al Comprador por escrito de todos los subcontratos que adjudique en virtud del Contrato si no los hubiera especificado en su oferta. Dichas notificaciones, en la oferta original o posteriores, no eximirán al Proveedor de sus obligaciones, deberes y compromisos o responsabilidades contraídas en virtud del Contrato. |
20.2 Todos los subcontratos deberán cumplir con las disposiciones de las Cláusulas 3 y 7 de las CGC. | |
21. Especificaciones y 21.1 Especificaciones Técnicas y Planos Normas | |
(a) Los Bienes y Servicios Conexos proporcionados bajo este contrato deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y a las normas estipuladas en la Sección VI, Lista de Requisitos y, cuando no se hace referencia a una norma aplicable, la norma será equivalente o superior a las normas oficiales cuya aplicación sea apropiada en el país de origen de los Bienes. (b) El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre del Comprador, mediante notificación al Comprador de dicho rechazo. (c) Cuando en el Contrato se hagan referencias a códigos y normas conforme a las cuales éste debe ejecutarse, la edición o versión revisada de dichos códigos y normas será la especificada en la Lista de Requisitos. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del Contrato se aplicará solamente con la aprobación previa del Comprador y dicho cambio se regirá de conformidad con la Cláusula 32 de las CGC. | |
22. Embalaje y Documentos | 22.1 El Proveedor embalará los bienes en la forma necesaria para impedir que se dañen o deterioren durante el transporte al lugar de destino final indicado en el Contrato. El embalaje deberá ser adecuado para resistir, sin limitaciones, su manipulación brusca y descuidada, su exposición a temperaturas extremas, la sal y las precipitaciones, y su almacenamiento en espacios abiertos. En el tamaño y peso de los embalajes se tendrá en cuenta, cuando corresponda, la lejanía del lugar de destino final de los bienes y la carencia de equipo pesado de carga y descarga en todos los puntos en que los bienes deban transbordarse. 22.2 El embalaje, las identificaciones y los documentos que se coloquen dentro y fuera de los bultos deberán cumplir estrictamente con los requisitos especiales que se hayan estipulado expresamente en el Contrato, y cualquier otro requisito, si lo hubiere, especificado en las CEC y en cualquiera otra instrucción dispuesta por el Comprador. |
23. Seguros | 23.1 A menos que se disponga otra cosa en las CEC, los Bienes suministrados bajo el Contrato deberán estar |
completamente asegurados, en una moneda de libre convertibilidad de un país elegible, contra riesgo de extravío o daños incidentales ocurridos durante fabricación, adquisición, transporte, almacenamiento y entrega, de conformidad con los Incoterms aplicables o según se disponga en las CEC. | |
24. Transporte | 24.1 A menos que se disponga otra cosa en las CEC, la responsabilidad por los arreglos de transporte de los Bienes se regirá por los Incoterms indicados. |
25. Inspecciones y Pruebas | 25.1 El Proveedor realizará todas las pruebas y/o inspecciones de los Bienes y Servicios Conexos según se dispone en las CEC, por su cuenta y sin costo alguno para el Comprador. 25.2 Las inspecciones y pruebas podrán realizarse en las instalaciones del Proveedor o de sus subcontratistas, en el lugar de entrega y/o en el lugar de destino final de los Bienes o en otro lugar en Honduras. De conformidad con la Subcláusula 25.3 de las CGC, cuando dichas inspecciones o pruebas sean realizadas en recintos del Proveedor o de sus subcontratistas se le proporcionarán a los inspectores todas las facilidades y asistencia razonables, incluso el acceso a los planos y datos sobre producción, sin cargo alguno para el Comprador. 25.3 El Comprador o su representante designado tendrá derecho a presenciar las pruebas y/o inspecciones mencionadas en la Subcláusula 25.2 de las CGC, siempre y cuando éste asuma todos los costos y gastos que ocasione su participación, incluyendo gastos de viaje, alojamiento y alimentación. 25.4 Cuando el Proveedor esté listo para realizar dichas pruebas e inspecciones, notificará oportunamente al Comprador indicándole el lugar y la hora. El Proveedor obtendrá de una tercera parte, si corresponde, o del fabricante cualquier permiso o consentimiento necesario para permitir al Comprador o a su representante designado presenciar las pruebas o inspecciones, cuando el proveedor esté dispuesto. 25.5 El Comprador podrá requerirle al Proveedor que realice algunas pruebas y/o inspecciones que no están requeridas en el Contrato, pero que considere necesarias para verificar que las características y funcionamiento de los bienes cumplan con los códigos de las especificaciones técnicas y normas establecidas en el Contrato. Los costos adicionales razonables que incurra el Proveedor por dichas pruebas e inspecciones serán sumados al precio del Contrato. Asimismo, si dichas pruebas y/o inspecciones impidieran el |
avance de la fabricación y/o el desempeño de otras obligaciones del Proveedor bajo el Contrato, deberán realizarse los ajustes correspondientes a las Fechas de Entrega y de Cumplimiento y de las otras obligaciones afectadas. 25.6 El Proveedor presentará al Comprador un informe de los resultados de dichas pruebas y/o inspecciones. 25.7 El Comprador podrá rechazar algunos de los Bienes o componentes de ellos que no pasen las pruebas o inspecciones o que no se ajusten a las especificaciones. El Proveedor tendrá que rectificar o reemplazar dichos bienes o componentes rechazados o hacer las modificaciones necesarias para cumplir con las especificaciones sin ningún costo para el Comprador. Asimismo, tendrá que repetir las pruebas o inspecciones, sin ningún costo para el Comprador, una vez que notifique al Comprador de conformidad con la Subcláusula 25.4 de las CGC. 25.8 El Proveedor acepta que ni la realización de pruebas o inspecciones de los Bienes o de parte de ellos, ni la presencia del Comprador o de su representante, ni la emisión de informes, de conformidad con la Subcláusula 25.6 de las CGC, lo eximirán de las garantías u otras obligaciones en virtud del Contrato. | |
26. Liquidación por Daños y Perjuicios | 26.1 Con excepción de lo que se establece en la Cláusula 31 de las CGC, si el Proveedor no cumple con la entrega de la totalidad o parte de los Bienes en la(s) fecha(s) establecida(s) o con la prestación de los Servicios Conexos dentro del período especificado en el Contrato, sin perjuicio de los demás recursos que el Comprador tenga en virtud del Contrato, éste podrá deducir del Precio del Contrato por concepto de liquidación de daños y perjuicios, una suma equivalente al porcentaje del precio de entrega de los bienes atrasados o de los servicios no prestados establecido en las CEC por cada semana o parte de la semana de retraso hasta alcanzar el máximo del porcentaje especificado en esas CEC. Al alcanzar el máximo establecido, el Comprador podrá dar por terminado el contrato de conformidad con la Cláusula 34 de las CGC. |
27. Garantía de los Bienes | 27.1 El Proveedor garantiza que todos los bienes suministrados en virtud del Contrato son nuevos, sin uso, del modelo más reciente o actual e incorporan todas las mejoras recientes en cuanto a diseño y materiales, a menos que el Contrato disponga otra cosa. |
27.2 De conformidad con la Subcláusula 21.1(b) de las CGC, el Proveedor garantiza que todos los bienes suministrados estarán libres de defectos derivados de actos y omisiones que éste hubiese incurrido, o derivados del diseño, materiales o manufactura, durante el uso normal de los bienes en las condiciones que imperen en el país de destino final. 27.3 Salvo que se indique otra cosa en las CEC, la garantía permanecerá vigente durante el período cuya fecha de terminación sea la más temprana entre los períodos siguientes: doce (12) meses a partir de la fecha en que los bienes, o cualquier parte de ellos según el caso, hayan sido entregados y aceptados en el punto final de destino indicado en el Contrato, o dieciocho (18) meses a partir de la fecha de embarque en el puerto o lugar xx xxxxx en el país de origen. 27.4 El Comprador comunicará al Proveedor la naturaleza de los defectos y proporcionará toda la evidencia disponible, inmediatamente después de haberlos descubierto. El Comprador otorgará al Proveedor facilidades razonables para inspeccionar tales defectos. 27.5 Tan pronto reciba el Proveedor dicha comunicación, y dentro del plazo establecido en las CEC, deberá reparar o reemplazar de forma expedita los Bienes defectuosos, o sus partes sin ningún costo para el Comprador. 27.6 Si el Proveedor después de haber sido notificado, no cumple con corregir los defectos dentro del plazo establecido en las CEC, el Comprador, dentro de un tiempo razonable, podrá proceder a tomar las medidas necesarias para remediar la situación, por cuenta y riesgo del Proveedor y sin perjuicio de otros derechos que el Comprador pueda ejercer contra el Proveedor en virtud del Contrato. | |
28. Indemnización por Derechos de Patente | 28.1 De conformidad con la Subcláusula 28.2 de las CEC, el Proveedor indemnizará y librará de toda responsabilidad al Comprador y sus empleados y funcionarios en caso de pleitos, acciones o procedimientos administrativos, reclamaciones, demandas, pérdidas, daños, costos y gastos de cualquier naturaleza, incluyendo gastos y honorarios por representación legal, que el Comprador tenga que incurrir como resultado de transgresión o supuesta transgresión de derechos de patente, uso de modelo, diseño registrado, marca registrada, derecho de autor u otro derecho de propiedad intelectual registrado o ya existente en la fecha |
del Contrato debido a:
(a) la instalación de los bienes por el Proveedor o el uso de los bienes en el País donde está el lugar del proyecto; y
(b) la venta de los productos producidos por los Bienes en cualquier país.
Dicha indemnización no procederá si los Bienes o una parte de ellos fuesen utilizados para fines no previstos en el Contrato o para fines que no pudieran inferirse razonablemente del Contrato. La indemnización tampoco cubrirá cualquier transgresión que resultara del uso de los Bienes o parte de ellos, o de cualquier producto producido como resultado de asociación o combinación con otro equipo, planta o materiales no suministrados por el Proveedor en virtud del Contrato.
28.2 Si se entablara un proceso legal o una demanda contra el Comprador como resultado de alguna de las situaciones indicadas en la Subcláusula 28.1 de las CGC, el Comprador notificará prontamente al Proveedor y éste por su propia cuenta y en nombre del Comprador responderá a dicho proceso o demanda, y realizará las negociaciones necesarias para llegar a un acuerdo de dicho proceso o demanda.
28.3 Si el Proveedor no notifica al Comprador dentro de veintiocho (28) días a partir del recibo de dicha comunicación de su intención de proceder con tales procesos o reclamos, el Comprador tendrá derecho a emprender dichas acciones en su propio nombre.
28.4 El Comprador se compromete, a solicitud del Proveedor, a prestarle toda la asistencia posible para que el Proveedor pueda contestar las citadas acciones legales o reclamaciones. El Comprador será reembolsado por el Proveedor por todos los gastos razonables en que hubiera incurrido.
28.5 El Comprador deberá indemnizar y eximir de culpa al Proveedor y a sus empleados, funcionarios y Subcontratistas, por cualquier litigio, acción legal o procedimiento administrativo, reclamo, demanda, pérdida, daño, costo y gasto, de cualquier naturaleza, incluyendo honorarios y gastos de abogado, que pudieran afectar al Proveedor como resultado de cualquier transgresión o supuesta transgresión de patentes, modelos de aparatos, diseños registrados, marcas registradas, derechos de autor, o cualquier otro derecho de propiedad intelectual registrado
o ya existente a la fecha del Contrato, que pudieran suscitarse con motivo de cualquier diseño, datos, planos, especificaciones, u otros documentos o materiales que hubieran sido suministrados o diseñados por el Comprador o a nombre suyo. | |
29. Limitación de Responsabilidad | 29.1 Excepto en casos de negligencia grave o actuación de mala fe, (a) el Proveedor no tendrá ninguna responsabilidad contractual, de agravio o de otra índole frente al Comprador por pérdidas o daños indirectos o consiguientes, pérdidas de utilización, pérdidas de producción, o pérdidas de ganancias o por costo de intereses, estipulándose que esta exclusión no se aplicará a ninguna de las obligaciones del Proveedor de pagar al Comprador los daños y perjuicios previstos en el Contrato, y (b) la responsabilidad total del Proveedor frente al Comprador, ya sea contractual, de agravio o de otra índole, no podrá exceder el Precio del Contrato, entendiéndose que tal limitación de responsabilidad no se aplicará a los costos provenientes de la reparación o reemplazo de equipo defectuoso, ni afecta la obligación del Proveedor de indemnizar al Comprador por transgresiones de patente. |
30. Cambio en las Leyes y Regulaciones | 30.1 A menos que se indique otra cosa en el Contrato, si después de la fecha de 28 días antes de la presentación de Ofertas, cualquier ley, reglamento, decreto, ordenanza o estatuto con carácter xx xxx entrase en vigencia, se promulgase, abrogase o se modificase en el lugar de Honduras donde está ubicado el Proyecto (incluyendo cualquier cambio en interpretación o aplicación por las autoridades competentes) y que afecte posteriormente la fecha de Entrega y/o el Precio del Contrato, dicha Fecha de Entrega y/o Precio del Contrato serán incrementados o reducidos según corresponda, en la medida en que el Proveedor haya sido afectado por estos cambios en el desempeño de sus obligaciones en virtud del Contrato. No obstante lo anterior, dicho incremento o disminución del costo no se pagará separadamente ni será acreditado si el mismo ya ha sido tenido en cuenta en las provisiones de ajuste de precio, si corresponde y de conformidad con la Cláusula 14 de las CGC. |
31. Fuerza Mayor | 31.1 El Proveedor no estará sujeto a la ejecución de su Garantía de Cumplimiento, liquidación por daños y perjuicios o terminación por incumplimiento en la medida en que la |
demora o el incumplimiento de sus obligaciones en virtud del Contrato sea el resultado de un evento de Fuerza Mayor. 31.2 Para fines de esta Cláusula, “Fuerza Mayor” significa un evento o situación fuera del control del Proveedor que es imprevisible, inevitable y no se origina por descuido o negligencia del Proveedor. Tales eventos pueden incluir sin que éstos sean los únicos, actos del Comprador en su capacidad soberana, guerras o revoluciones, incendios, inundaciones, epidemias, restricciones de cuarentena, y embargos de cargamentos. 31.3 Si se presentara un evento de Fuerza Mayor, el Proveedor notificará por escrito al Comprador a la máxima brevedad posible sobre dicha condición y causa. A menos que el Comprador disponga otra cosa por escrito, el Proveedor continuará cumpliendo con sus obligaciones en virtud del Contrato en la medida que sea razonablemente práctico, y buscará todos los medios alternativos de cumplimiento que no estuviesen afectados por la situación de Fuerza Mayor existente. | |
32. Órdenes de Cambio y Enmiendas al Contrato | 32.1 El Comprador podrá, en cualquier momento, efectuar cambios dentro del marco general del Contrato, mediante orden escrita al Proveedor de acuerdo con la Cláusula 8 de las CGC, en uno o más de los siguientes aspectos: (a) planos, diseños o especificaciones, cuando los Bienes que deban suministrarse en virtud al Contrato deban ser fabricados específicamente para el Comprador; (b) la forma de embarque o de embalaje; (c) el lugar de entrega, y/o (d) los Servicios Conexos que deba suministrar el Proveedor. 32.2 Si cualquiera de estos cambios causara un aumento o disminución en el costo o en el tiempo necesario para que el Proveedor cumpla cualquiera de las obligaciones en virtud del Contrato, se efectuará un ajuste equitativo al Precio del Contrato o al Plan de Entregas/de Cumplimiento, o a ambas cosas, y el Contrato se enmendará según corresponda. El Proveedor deberá presentar la solicitud de ajuste de conformidad con esta Cláusula, dentro de los veintiocho (28) días contados a partir de la fecha en que éste reciba la solicitud de la orden de cambio del Comprador. 32.3 Los precios que cobrará el Proveedor por Servicios Conexos |
que pudieran ser necesarios pero que no fueron incluidos en el Contrato, deberán convenirse previamente entre las partes, y no excederán los precios que el Proveedor cobra actualmente a terceros por servicios similares. 32.4 Sujeto a lo anterior, no se introducirá ningún cambio o modificación al Contrato excepto mediante una enmienda por escrito ejecutada por ambas partes. | |
33. Prórroga de los Plazos | 33.1 Si en cualquier momento durante la ejecución del Contrato, el Proveedor o sus Subcontratistas encontrasen condiciones que impidiesen la entrega oportuna de los Bienes o el cumplimiento de los Servicios Conexos de conformidad con la Cláusula 12 de las CGC, el Proveedor informará prontamente y por escrito al Comprador sobre la demora, posible duración y causa. Tan pronto como sea posible después de recibir la comunicación del Proveedor, el Comprador evaluará la situación y a su discreción podrá prorrogar el plazo de cumplimiento del Proveedor. En dicha circunstancia, ambas partes ratificarán la prórroga mediante una enmienda al Contrato. 33.2 Excepto en el caso de Fuerza Mayor, como se indicó en la Cláusula 31 de las CGC, cualquier retraso en el desempeño de sus obligaciones de Entrega y Cumplimiento expondrá al Proveedor a la imposición de liquidación por daños y perjuicios de conformidad con la Cláusula 26 de las CGC, a menos que se acuerde una prórroga en virtud de la Subcláusula 33.1 de las CGC. |
34. Terminación 34.1 Terminación por Incumplimiento | |
(a) El Comprador, sin perjuicio de otros recursos a su haber en caso de incumplimiento del Contrato, podrá terminar el Contrato en su totalidad o en parte mediante una comunicación de incumplimiento por escrito al Proveedor en cualquiera de las siguientes circunstancias: (i) si el Proveedor no entrega parte o ninguno de los Bienes dentro del período establecido en el Contrato, o dentro de alguna prórroga otorgada por el Comprador de conformidad con la Cláusula 33 de las CGC; o (ii) Si el Proveedor no cumple con cualquier otra obligación en virtud del Contrato; o (iii) Si el Proveedor, a juicio del Comprador, durante el proceso de licitación o de ejecución del |
Contrato, ha participado en actos de fraude y corrupción, según se define en la Cláusula 3 de las CGC; o
(iv) La disolución de la sociedad mercantil Proveedora, salvo en los casos de fusión de sociedades y siempre que solicite de manera expresa al Comprador su autorización para la continuación de la ejecución del contrato, dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha en que tal fusión ocurra. El Comprador podrá aceptar o denegar dicha solicitud, sin que, en este último caso, haya derecho a indemnización alguna; o
(v) La falta de constitución de la garantía de cumplimiento del contrato o de las demás garantías a cargo del Proveedor dentro de los plazos correspondientes;
(b) En caso de que el Comprador termine el Contrato en su totalidad o en parte, de conformidad con la Cláusula 34.1(a) de las CGC, éste podrá adquirir, bajo términos y condiciones que considere apropiadas, Bienes o Servicios Conexos similares a los no suministrados o prestados. En estos casos, el Proveedor deberá pagar al Comprador los costos adicionales resultantes de dicha adquisición. Sin embargo, el Proveedor seguirá estando obligado a completar la ejecución de aquellas obligaciones en la medida que hubiesen quedado sin concluir.
34.2 Terminación por Insolvencia
(a) El Comprador podrá rescindir el Contrato en cualquier momento mediante comunicación por escrito al Proveedor en caso de la declaración de quiebra o de suspensión de pagos del Proveedor, o su comprobada incapacidad financiera.
34.3 Terminación por Conveniencia.
(a) El Comprador, mediante comunicación enviada al Proveedor, podrá terminar el Contrato total o parcialmente, en cualquier momento por razones de conveniencia. La comunicación de terminación deberá indicar que la terminación es por conveniencia del Comprador, el alcance de la terminación de las responsabilidades del Proveedor en virtud del Contrato
35. Cesión
36. Supervisión del Trabajo
y la fecha de efectividad de dicha terminación.
(b) Los bienes que ya estén fabricados y listos para embarcar dentro de los veintiocho (28) días siguientes a al recibo por el Proveedor de la notificación de terminación del Comprador deberán ser aceptados por el Comprador de acuerdo con los términos y precios establecidos en el Contrato. En cuanto al resto de los Bienes el Comprador podrá elegir entre las siguientes opciones:
(i) que se complete alguna porción y se entregue de acuerdo con las condiciones y precios del Contrato; y/o
(ii) que se cancele el balance restante y se pague al Proveedor una suma convenida por aquellos Bienes o Servicios Conexos que hubiesen sido parcialmente completados y por los materiales y repuestos adquiridos previamente por el Proveedor.
34.4 El Comprador podrá terminar el Contrato también en caso de muerte del Proveedor individual, salvo que los herederos ofrezcan concluir con el mismo con sujeción a todas sus estipulaciones; la aceptación de esta circunstancia será potestativa del Comprador sin que los herederos tengan derecho a indemnización alguna en caso contrario.
34.5 El contrato también podrá ser terminado por el mutuo acuerdo de las partes.
35.1 Ni el Comprador ni el Proveedor podrán ceder total o parcialmente las obligaciones que hubiesen contraído en virtud del Contrato, excepto con el previo consentimiento por escrito de la otra parte.
36.1 La(s) Empresa(s) de Seguridad que por esta licitación sea adjudicataria de esta o parte de los servicios, designará las personas que por su parte realizará la supervisión de las labores del personal que ejecute los trabajos anteriormente mencionados; la cual será contratada por la misma empresa.
37. Xxxxxxx en debe ejecutarse el trabajo 38. Indemnización 39. Suspensión del Trabajo 40. Derecho a La SEN a dar por terminado el contrato por incumplimiento | 37.1 El horario para los servicios licitados será determinado por acuerdo de los Contratistas, siendo el más conveniente a la SEN y que se apegue al Código de Trabajo, garantizando una vigilancia efectiva diurna y nocturna, de todas las áreas propiedad de la SEN objetos del Contrato. 38.1 Conforme al reclamo respectivo, el contratista indemnizará a la SEN, y a sus empleados, contra toda pérdida en oficinas, almacenes, vehículos y cualquier otro sitio ubicado dentro de las instalaciones objeto del Contrato. 39.1 La SEN en cualquier momento podrá suspender temporalmente los servicios en forma total o parcial, para lo cual bastará notificar por escrito al Contratista, con quince (15) días hábiles de anticipa- ción. Las causas de suspensión son las siguientes: A. Por el incumplimiento por parte del Contratista en la prestación de los Servicios. B. Por falta de medidas de seguridad en la prestación de los servicios. C. Como consecuencia xx xxxxxx imputables al contratista, de acuerdo a la Cláusula 40, “Derecho de la SEN a dar por terminado el contrato debido a incumplimiento por parte del Contratista”. El contratista no tendrá derecho a recuperar ningún costo adicional a menos que notifique por escrito a la SEN su decisión de presentar un reclamo dentro de los 20 días hábiles administrativos después de recibida la orden de suspensión de la SEN. Si el servicio de vigilancia completo se suspende y el contratista no recibe órdenes de continuar - los dentro de veinte (20) días hábiles después de tal suspensión puede dar por terminado el Contrato de acuerdo a la Cláusula 47 “Suspensión del Contrato por Conveniencia de la SEN". 40.1 Según lo que más convenga a sus intereses, la SEN podrá dar por resuelto el contrato, sin indemnización de perjuicios, a los cuales renuncia expresamente el Contratista, por las siguientes causas: |
de parte del contratista | A. Sí el contratista es declarado judicialmente en quiebra. B. Si el contratista cede el contrato para beneficio de sus acreedores. C. Si se nombrara un interventor debido a la insolvencia del contratista. D. Si a criterio de la SEN, el contratista no cumple la prestación del servicio tal como lo establece el contrato. E. Si las deducciones por multas realizadas al Contratista acumulan un monto equivalente al 25% del monto total del contrato. F. Si el contratista fuese culpable de una violación sustancial de cualquiera de las leyes, ordenanzas, o instrucciones de la SEN, o si de algún modo el contratista es culpable de una violación sustancial de cualquier provisión de estos documentos contractuales, por cualquiera de las causas anteriores, la SEN notificará por escrito al contratista su intención de terminar el contrato y detallará las razones que lo obligan a tomar tal determinación, y si dentro de cinco (5) días hábiles después de la fecha de haber sido emitida tal notificación, por parte de la SEN, y recibida por el Contratista tal violación o demora no xxxxxx, y un arreglo satisfactorio entre las partes para la corrección, no se efectué, el contrato se dará por terminado después de que pasen los cinco (5) días hábiles aquí establecidos; de ocurrir lo anteriormente indicado, la SEN notificará inmediatamente al fiador, y al garante , debiendo el garante pagar el monto garantizado. G. Por el reintegrado abandono de Guardias de Seguridad. H. El robo parcial ó total de la red de tierra en los equipos de subestaciones ó plantas. |
41. Derecho del Contratista a terminar el Contrato 42. Reclamos | 41.1 Si los Servicios de Vigilancia se suspendiesen por una orden de cualquier juzgado o autoridad pública legalmente establecida para tal efecto o por riesgos excepcionales, por un período por no mayor de sesenta (60) días calendario, cuando no exista falta imputable al contratista, o si la SEN no paga cualquier demanda después de ser requerida, o si la SEN incumple en efectuar pagos después de treinta (30) días hábiles, después de que dicho juicio haya sido evacuado y el fallo correspondiente haya sido notificado a las partes, el contratista podrá suspender la prestación del servicio. El pago por los Servicios prestados será efectuado de acuerdo con la Cláusula 47 “Suspensión del Contrato por Conveniencia de SEN”, de estos Documentos de Contrato. 42.1 No se hará el pago final, hasta que el contratista entregue a La SEN una exoneración completa de todos los reclamos actuales provenientes de este contrato, y, en cualquier caso, debe presentar declaración jurada. 42.2 Si el contratista reclama que la SEN ha emitido nuevas instrucciones que no están de acuerdo con las Especificaciones Técnicas, descritas en la Parte VI y que las mismas han sido emitidas después de la fecha de adjudicación del contrato, lo cual implica gastos adicionales no incluidos en el precio del Contrato, deberá notificarlos o anunciar su intención de reclamarlos por escrito a la SEN dentro de los quince (15) días hábiles siguientes después de haber recibido tales instrucciones, y en cualquier caso antes de proceder a la prestación del nuevo servicio. Cualquier reclamo deberá estar debidamente documentado. 42.3 Xxxxxx reclamo tendrá validez si se presenta extemporáneamente si el contratista no informa, notifica o anuncia su intención de presentar reclamo, dentro del período arriba indicado. La notificación deberá contener un estado detallado de los gastos adicionales, costos directos de materiales, equipos, gastos generales, costos administrativos y utilidades con documentos de soporte. Cualquier reclamo proveniente de este contrato, será arreglado por acuerdo mutuo entre la SEN y el contratista, o en última instancia, |
43. Representante del Contratista 44. Inspección 45. Empleados | por el procedimiento establecido en estos documentos. 43.1 Durante el período de vigencia de este contrato, el contratista deberá mantener un Jefe de Seguridad , profesional Militar, con Grado de Oficial, con experiencia en seguridad, cuya autoridad deberá ser consignada por escrito y quien representará al contratista. Todas las instrucciones que la SEN ordene al Jefe de Seguridad serán anotadas como si fueran ordenadas al contratista. Se confirmaran por escrito todas las instrucciones importantes dadas al contratista. Deberá ser asistido por individuos competentes que hayan efectuado el servicio militar obligatorio o voluntario y cuyo entrenamiento y experiencia cubran todas las fases del servicio a prestarse y que tenga solvencia punible. 44.1 Los representantes autorizados de la SEN, deberán tener acceso a todos los lugares donde haya presencia de los Guardias de Seguridad. 44.2 Las inspecciones de los equipos o materiales durante el proceso de prestación de los servicios, serán hechas únicamente a efecto de comprobar el buen estado de los mismos. Tales inspecciones no deberán interpretarse como aceptación de equipos, materiales o procesos por parte de la SEN. Pero el contratista deberá atender las instrucciones que emita la Supervisión con relación a los cambios correctivos señalados después de una inspección. 45.1 El contratista podrá emplear personal de vigilancia que sean ordenados, disciplinados, hábiles, competentes que llenen los requisitos exigidos y personal de supervisión con experiencia previa en labores de vigilancia y seguridad. Los empleados que la SEN juzgue incompetentes que demuestren un comportamiento objetable e indeseable dentro de las instalaciones del Complejo u oficinas, que posean antecedentes penales, se solicitara al Contratista que sean despedidos inmediatamente y no deberán ser contratados nuevamente. El Contratista no podrá emplear menores de edad. |
46. Protección de los trabajos y la propiedad 47. Suspensión del Contrato por conveniencia de LA SEN 48. Personal y Equipos | 46.1 Será responsabilidad del contratista proteger todos los trabajos que la SEN ejecute dentro de sus instalaciones, así como los bienes de la SEN y de sus empleados en contra de actos de vandalismo, hurto, atentado, sabotaje, asalto, etc. El contratista no será responsable de daños y pérdidas de cualquier naturaleza y de cualquier causa, que puedan ocurrir al trabajo y la propiedad que sean causadas por riesgos excepcionales, como son hostilidades bélicas (declaradas o no) invasiones, usurpaciones de poder nacional, guerras civiles, revoluciones, insurrecciones, conmociones, desórdenes o tumultos ajenos a las personas que están bajo el control del contratista, terremotos, inundaciones, deslizamientos de tierra ocasionados por lluvias, y por cualquier otra causa que pueda ser catalogada como desastre natural. El Contratista será el único responsable por los daños, accidentes, asaltos o atentados que puedan sufrir sus empleados o sus representantes en el cumplimiento de sus obligaciones de trabajo. 47.1 La SEN podrá dar por concluido el contrato en cualquier tiempo notificándole por escrito al contratista, en la cual se le informe a partir de qué fecha deberá suspender la prestación de los servicios, la que deberá mediar dos meses de anticipación. El pago de los servicios prestados se efectuara a la fecha de la suspensión, y se hará de la siguiente manera: X. Xxxx según precios mensuales contractuales por los servicios de trabajo terminado. B. Un monto prorrateado basado en precios mensuales contractuales por servicios parcialmente prestados. 48.1 El contratista deberá, por su propia cuenta, formalizar la contratación de todo el personal de seguridad y vigilancia que fuera necesario para el fiel cumplimiento del contrato, dotándolo del equipo o materiales, como ser armas, uniformes, municiones, equipo de radio comunicación, detectores de metal, linterna de mano, equipo de transporte, |
49. Responsabilidad del Contratista y las Negociaciones con los trabajadores 50. Libro xx Xxxxxxxxx | capotes, botas, relojes marcadores, gorras y otros que se requieran para el normal desempeño de sus funciones. La SEN no asumirá ninguna responsabilidad laboral directa o indirectamente, con el contratista o su personal, adquiriendo el contratista todas las obligaciones laborales que la Ley exige. 49.1 El contratista será responsable ante la SEN por los actos u omisiones de sus empleados. 49.2 El Contratista será el único responsable por cualquier negociación, acuerdo o contrato celebrado con sus trabajadores, durante la ejecución de todos los trabajos contemplados bajo este Contrato, relativo a salarios, indemnizaciones, prestaciones e indemnizaciones laborales; y SEN en ningún momento será considerado ni siquiera a título de intermediario. 50.1 El Contratista suministrara el libro xx xxxxxxxxx en cada posta de vigilancia, en el cual se anotarán todos los eventos que se susciten en esa fecha. 50.2 El libro xx xxxxxxxxx será propiedad de SEN, permanecerá en las postas de vigilancia, comprometiéndose ambas partes a mantenerla en perfecto estado y accesible en todo momento a la supervisión de XXX. 50.3 Al completar el libro este pasará definitivamente a poder de la SEN, el contratista no podrá trasladar dicho libro a otro sitio distinto del lugar asignado. En el libro xx xxxxxxxxx se anotarán todos los eventos diarios, como ser entradas y salidas de los empleados y personal particular, anotando la fecha, hora, nombre de la persona o personas, placa, color del vehículo, propósito de la visita, si es particular el automóvil, Deberá anotarse también el movimiento de materiales, destino y origen, el control de material se llevara con copia de la requisición. 50.4 Todas las hojas del libro xx xxxxxxxxx serán foliadas y sellado con el sello de la supervisión de SEN y bajo ningún punto podrá mancharse o extraerse ninguna hoja de hacerlo |
51. Limpieza y Disposiciones Sanitarias | incurrirá en responsabilidad el Contratista. 50.5 La SEN retendrá el 10% de la última factura presentada para pago hasta que el Contratista haya entregado el libro xx xxxxxxxxx en buen estado y completa, en caso de que este dañado y sea evidente la perdida de hojas, la SEN no devolverá el 10% retenido. 51.1 Durante el período de duración del contrato, el contratista en todo momento deberá mantener limpias las áreas y de almacenamiento usadas por él, libres de acumulación de desperdicios o basuras. No se hará ningún pago específico por este requisito. 51.2 Las paredes deberán de conservarse limpias sin manchas provocadas por escrituras, dibujos, o suciedad de cualquier otro tipo. El Contratista será responsable por esta situación y deberá de pintar las paredes cuando aparezcan con manchas, siempre y cuando estas hayan sido ocasionadas deliberadamente o se deban a negligencia por parte de su personal. 51.3 Si el Contratista se negare a pintar las zonas sucias causadas por él, la SEN procederá a pintarlas, deduciendo de la factura mensual los costos en que incurrió. 51.4 Si la suciedad de las paredes es por causas naturales y no por causa del personal de vigilancia, la SEN pintará las casetas por su cuenta, será sin cargo al contratista. 51.5 Se prohíbe al personal del contratista poner en la pared póster, cuadros o imágenes contrarias a la moral, Instalar televisores. |
Sección VII. Condiciones Especiales del Contrato
Las siguientes Condiciones Especiales del Contrato (CEC) complementarán y/o enmendarán las Condiciones Generales del Contrato (CGC). En caso de haber conflicto, las provisiones aquí dispuestas prevalecerán sobre las de las CGC.
CGC 1.1(i) | El comprador es: Secretaría de Estado en el Despacho de Energía. |
CGC 1.1(a) | El (Los) Sitio(s) donde se prestarán los servicios es/son: Instalaciones de la Secretaría de Estado en el Despacho de Energía, col. Tepeyac, contiguo a Farmacia Xxxxxx. |
CGC 8.1 | Para notificaciones, la dirección del Comprador será: Atención: Gerencia Administrativa Secretaría de Estado en el Despacho de Energía (SEN) Dirección: Col. Tepeyac Bloque QS1 Calle Real de Minas Contiguo a Farmacia Xxxxxx Tegucigalpa, M.D.C. Honduras, C.A. Teléfono: PBX (000) 0000-0000 |
CGC 10.3 | Contra la resolución del Comprador procederá la vía judicial ante los tribunales de lo Contencioso Administrativo. |
CGC 15.1 | El pago del valor del Servicio de Vigilancia Privada contratado mediante esta licitación, se hará con fondos de la SEN, en lempiras a través del Sistema Integrado de Administración Financiera (SIAFI) en forma mensual por el monto correspondiente al servicio de vigilancia prestado por el mes transcurrido, en un plazo de treinta (30) días calendario, contados a partir de la fecha de prestación y aceptación de los documentos de cobro mensual; cada solicitud de pago debe presentarse para su trámite en la Gerencia Administrativa de La SEN acompañada de los documentos siguientes: - Facturas Comerciales a nombre de la SEN - Recibo a nombre de la Secretaría General de la República - Solvencia Fiscal |
En caso de que la SEN sufra pérdidas de bienes materiales o equipos, custodiados por la Compañía de Seguridad, la SEN deducirá de cada pago mensual el 100% de las perdidas, conforme al precio xx xxxxxxx al momento de la perdida. | |
CGC 17.1 | Se requerirá una Garantía de Cumplimiento equivalente al quince por ciento (15%) del monto total adjudicado, a fin de garantizar el fiel cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato. |
CGC 17.3 | La Garantía de Cumplimiento, deberá presentarse en la forma de: una Garantía Bancaria, Cheque certificado emitido a la Orden de LA SEN contra un banco nacional, o una Fianza de Cumplimiento La Garantía de Cumplimiento, deberá estar denominada en las monedas de pago del Contrato, de acuerdo con las proporciones del Precio del Contrato. El oferente a quien le sea adjudicada parcial o totalmente la licitación deberá cambiar y entregar a La SEN su Garantía de Mantenimiento de Oferta por la Garantía de Cumplimiento de Contrato, dentro de los quince (15) días calendarios siguientes a la fecha de notificación de Adjudicación. |
CGC 17.5 | No se requerirá una Garantía de Calidad |
1. TERMINACION Y DAÑOS LIQUIDOS
La cantidad total para cobrar por La SEN concepto de daños líquidos, sanciones económicas o multas no podrá exceder el 25% (veinte y cinco por ciento) del valor total del Contrato, sin que ello no de derecho a la SEN a rescindir el Contrato y cobrar lo correspondiente al Contratista
2. RECLAMOS A TERCEROS, FINIQUITO
Cuando el contratista haya finalizado la prestación de los servicios incluidos en estos documentos contractuales y antes de que se ordene la cancelación de la Garantía de Cumplimiento y se emita el finiquito a favor del contratista, éste demostrará a la SEN mediante la exhibición de documentos o atestados fehacientes emitidos por las autoridades competentes, que no tiene reclamos pendientes de pago por concepto de salarios, prestaciones o indemnizaciones de orden laboral y civil. El contratista deberá de publicar un aviso en forma destacada en tres (3) diarios de mayor circulación en el país, informando al público la conclusión de los servicios e invitando a todas las personas que le han proveído de bienes ó servicios durante el período del contrato para que se presenten al contratista, con copia a la SEN, los documentos legales que demuestren la existencia de créditos
no cubiertos y originados en tales suministros. Este aviso se publicará por cuenta del contratista en la forma aquí establecida por un término de cinco (5) días calendarios consecutivos como mínimo. En caso de negativa del contratista para el cumplimiento de esta formalidad, el aviso será publicado por la SEN cargando el costo a cuenta del Contratista. Siete días después de finalizado el término de las publicaciones, se procederá a la liberación de la garantía otorgada y a la emisión del finiquito a favor del contratista, si se hubiesen presentado reclamos debidamente documentados dentro del plazo estipulado, el contratista procederá a su inmediato pago directamente a los acreedores.
No se hará el pago final hasta que el Contratista le entregue a la SEN una exoneración completa de todos los embargos actuales o potenciales provenientes de este Contrato, incluyendo los finiquitos de todos los empleados, o recibos cancelados por todo el trabajo, y en cualquier caso, una declaración jurada afirmando que en tanto sea de su conocimiento las exoneraciones y los recibos incluyen toda la mano de obra, materiales, maquinaria o equipos a los cuales se les podrá colocar un embargo, si aún quedan embargos después de realizar todos los pagos, el Contratista o su garante le devolverá a la SEN todos los fondos, incluyendo todos los costos y honorarios de abogados que la SEN sea requerida a pagar para satisfacer el embargo.
El contratista deberá solventar estos créditos en el menor tiempo posible, mientras tanto la SEN se abstendrá de entregar la garantía correspondiente, ni emitirá el finiquito hasta tanto éste no resuelva los reclamos pendientes.
3. ATENCIÓN MÉDICA
El Contratista deberá proveer y mantener facilidades adecuadas para primeros auxilios, atención médica para el tratamiento correspondiente en el caso de accidentes o lesiones de su personal. Las facilidades deben cumplir con los estándares mínimos requeridos por las leyes aplicables en estos casos.
En caso de accidentes de trabajo, el contratista deberá proveer por su cuenta los honorarios médicos, transporte, medicinas y cumplir con la incapacidad otorgada por el médico. La SEN no reconocerá ningún gasto en que el contratista o sus empleados incurran, debido a un accidente provocado en el cumplimiento de sus obligaciones contractuales.
SECCIÓN VIII FORMULARIOS DEL CONTRATO
1. Contrato
[El Comprador completará este formulario de acuerdo con las instrucciones indicadas]
ESTE CONTRATO es celebrado
El día [ indicar: número] de [indicar: mes] de [indicar: año].
ENTRE
(1) [indicar nombre completo del Comprador], una [ indicar la descripción de la entidad jurídica, por ejemplo, Secretaría de Salud del Gobierno de Honduras, o corporación integrada bajo las leyes de Honduras] y físicamente ubicada en [indicar la dirección del Comprador] (en adelante denominado “el Comprador”), y
(2) [indicar el nombre del Proveedor, Datos de Registro y Dirección] (en adelante denominada “el Proveedor”).
POR CUANTO el Comprador ha llamado a licitación respecto de ciertos Bienes y Servicios Conexos, [inserte una breve descripción de los bienes y servicios] y ha aceptado una oferta del Proveedor para el suministro de dichos Bienes y Servicios por la suma de [indicar el Precio del Contrato expresado en palabras y en cifras] (en adelante denominado “Precio del Contrato”).
ESTE CONTRATO ESTIPULA LO SIGUIENTE:
1. En este Contrato las palabras y expresiones tendrán el mismo significado que se les asigne en las respectivas condiciones del Contrato a que se refieran.
2. Los siguientes documentos constituyen el Contrato entre el Comprador y el Proveedor, y serán leídos e interpretados como parte integral del Contrato:
(a) Este Contrato;
(b) Las Condiciones Especiales del Contrato
(c) Las Condiciones Generales del Contrato;
(d) Los Requerimientos Técnicos (incluyendo la Lista de Requisitos y las Especificaciones Técnicas);
(e) La oferta del Proveedor y las Listas de Precios originales;
(f) La notificación de Adjudicación del Contrato emitida por el Comprador.
(g) [Agregar aquí cualquier otro(s) documento(s)]
3. Este Contrato prevalecerá sobre todos los otros documentos contractuales. En caso de alguna discrepancia o inconsistencia entre los documentos del Contrato, los documentos prevalecerán en el orden enunciado anteriormente.
4. En consideración a los pagos que el Comprador hará al Proveedor conforme a lo estipulado en este Contrato, el Proveedor se compromete a proveer los Bienes y Servicios al Comprador y a subsanar los defectos de éstos de conformidad en todo respecto con las disposiciones del Contrato.
5. El Comprador se compromete a pagar al Proveedor como contrapartida del suministro de los bienes y servicios y la subsanación de sus defectos, el Precio del Contrato o las sumas que resulten pagaderas de conformidad con lo dispuesto en el Contrato en el plazo y en la forma prescritos en éste.
EN TESTIMONIO de lo cual las partes han suscrito el presente Contrato de conformidad con las leyes de
[indicar el nombre de la xxx xxx xxxx que gobierna el Contrato] en el día, mes y año antes indicados.
Por y en nombre del Comprador
Firmado: [indicar firma] en capacidad de [indicar el título u otra designación apropiada]
Por y en nombre del Proveedor
Firmado: [indicar la(s) firma(s) del (los) representante(s) autorizado(s) del Proveedor]
en capacidad de [indicar el título u otra designación apropiada]
2. Garantía de Cumplimiento
GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO
GARANTÍA No. SUMA GARANTIZADA
VIGENCIA: DESDE: _ HASTA:
BENEFICIARIO: SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE ENERGÍA
AFIANZADO: (El Contratista)
HASTA POR LA CANTIDAD DE:
(15% del valor del contrato)
Para garantizar el cumplimiento y entrega de los suministros amparados en el contrato No.
, derivado de la Licitación
(Número y Nombre de la licitación)
CONVIENE:
(Institución Garante)
QUE ESTA GARANTÍA SERÁ EJECUTADA A SIMPLE REQUERIMIENTO DE LA SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE ENERGÍA, SIN NECESIDAD DE TRÁMITES PREVIOS AL MISMO, QUEDANDO ENTENDIDO QUE ES NULA CUALQUIER CLÁUSULA QUE CONTRAVENGA LO ANTERIOR. LA PRESENTE TENDRÁ CARÁCTER DE TÍTULO EJECUTIVO Y SU CUMPLIMIENTO SE EXIGIRÁ EN SU CASO POR LA VÍA DE APREMIO. SOMETIÉNDOSE EXPRESAMENTE A LA JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA DE LOS TRIBUNALES DEL DEPARTAMENTO DE XXXXXXXXX XXXXXXX.
Extendida en la Ciudad de a los días del mes de
del año .
Firma Autorizada de la Institución Garante