Contrato de Servicios de Pagos
Contrato de Servicios de Pagos
Este Acuerdo es celebrado entre Citibank, N.A. Sucursal Ecuador, en adelante denominado "Citibank" y
__ _ _ _ _ , en adelante denominado "Cliente", por medio del cual Citibank proveerá un sistema de pago automático y servicios relacionados para los pagos del Cliente a los beneficiarios designados por el Cliente de conformidad con los términos generales y/o particulares establecidos abajo.
A. Términos Generales:
1. DOCUMENTOS INCORPORADOS. Se encuentran incorporados a este Acuerdo, formando parte del mismo, por referencia, el denominado “Acuerdo Marco de Apertura de Cuentas y Prestación de Servicios” (en inglés denominado Master Account and Service Terms (MAST) (en adelante dicho acuerdo será denominado “MAST”), “Condiciones relativas a Privacidad de Datos y Confidencialidad” (en inglés denominadas Confidentiality and Data Privacy Conditions (CDPC) (en adelante dichas condiciones serán denominadas “CDPC”), las Condiciones Locales, el Formulario de Activación del Cliente ("CAF") y los Anexos A y B (también denominado CitiDirect Online Banking Intake Form o CitiDirect Online Banking Express Activation Form), adjuntos a este Acuerdo o de otro modo puestos a disposición del Cliente, quien reconoce y conviene respetar los términos y condiciones contenidos en tales documentos.
2. SEGURIDAD Y AUTORIZACION DE PAGOS. El Cliente debe designar usuarios que inicien y aprueben transacciones los cuales se encuentran listados en el Anexo B de este contrato. La plataforma electrónica de Citibank contiene hasta nueve niveles de autorización sin embargo, este número de niveles de autorización podrá variar en el futuro a opción de Citibank sin que sea requerido el consentimiento del Cliente. Cada transacción de pago requiere, como mínimo, un originador y un usuario con el nivel de aprobación apropiado. La seguridad de la información de pago está garantizada a través de la autorización controlada por el Cliente y por el sistema de seguridad interno de Citibank. La autorización controlada por el Cliente requiere que cada autorizador autorice los pagos con un único código de identificación y una contraseña dinámica. El Cliente tiene la opción de solicitar una única o múltiples autorizaciones para los pagos y Citibank y el Cliente pueden establecer diferentes límites de autorización.
Citibank entregará el instrumento de pago a la persona que presente la identificación que defina Citibank. Citibank no asumirá ninguna responsabilidad y será eximido de responsabilidad por el Cliente, por documentos de identificación fraudulentos.
3. RECHAZO DE PAGOS. El Cliente está obligado a mantener fondos suficientes en su(s) cuenta(s) al momento del pago, para que Citibank pueda ejecutar las instrucciones de pago. El incumplimiento del Cliente con este requerimiento resultará en un rechazo de su solicitud de pago.
4. REVOCACION Y SUSPENSION DE PAGOS. Cada instrucción de pago confirmada por el Cliente y aceptada por Citibank es y será final e irrevocable desde la aceptación de dichas instrucciones por Citibank. Citibank no incurrirá en responsabilidad frente al Cliente o terceros con relación a lo anterior, sin importar si dicho pago fue o no efectuado.
Las Suspensiones de Pago serán procesadas de la siguiente manera:
(i) Antes de la emisión del pago, el Cliente enviará una suspensión de pagos desde sus oficinas usando la plataforma de banca electrónica provista por Citibank.
(ii) Después de la emisión del pago, el Cliente seguirá las instrucciones de Citibank para las suspensiones de pago, de acuerdo a la ley y a la práctica comercial aplicables, y enviará una solicitud por escrito a Citibank. El Cliente deberá indemnizar a Citibank contra cualquier pérdida o gasto resultante de la falta de pago de cualquier instrumento emitido.
5. RESPONSABILIDADES. Para propósitos de este Acuerdo, Citibank únicamente será responsable de llevar a cabo las instrucciones aquí establecidas y de cualquier daño resultante de su propia negligencia o dolo al proveer sus servicios, a ser determinados de acuerdo con las prácticas bancarias.
6. CERTIFICACIÓN DEL FIRMANTE. Cada una de las personas abajo firmantes de este Acuerdo en nombre del Cliente, declara(n) y garantiza(n) bajo sanción de perjurio, que él/ella tiene la autoridad del Cliente para suscribir este Acuerdo a nombre del Cliente como su firmante autorizado
y que toda la información contenida en los Anexos A y B aquí mencionados es verdadera, correcta y completa.
7. TERMINACION. Este Contrato y el servicio solicitado por el Cliente aquí pueden ser terminados por Citibank o por el Cliente sin causa, para lo cual, la parte que desee dar por terminado el contrato deberá notificar por escrito a la otra parte con, por lo menos 30 días de anticipación, a la fecha en que la terminación tendría efecto.
El Cliente es responsable de informar a sus beneficiarios sobre el uso de PayLink y Citibank no tendrá ninguna obligación o responsabilidad frente a los beneficiarios por tal uso.
B. Términos Particulares:
1. RECIBOS DE PAGO. Si el Cliente lo solicita podrá visualizar los recibos de los comprobantes de pago y de retención debidamente firmados por los beneficiarios a través del aplicativo Digital Library.
2. COMPROBANTES DE RETENCIÓN IMPRESOS POR CITIBANK. Citibank podrá, de así convenirlo las partes, emitir comprobantes de retención tributaria junto con los pagos ordenados por el Cliente y entregarlos al proveedor, señalando expresamente que Citibank no obrará como agente de retención, sino solamente prestará el servicio de impresión y entrega de comprobantes de retención.
El Cliente deberá solicitar autorización al SRI (SERVICIO XX XXXXXX INTERNAS) o a la autoridad competente, la autorización de "Punto de Venta" para la emisión de sus comprobantes de retención a través de las instituciones financieras. El comprobante de retención será impreso y emitido mediante sistemas de cómputo, previa autorización del Servicio xx Xxxxxx Internas y cumplirá con los requisitos establecidos en los reglamentos aplicables. El Cliente autoriza al Citibank a usar las firmas autorizadas del Citibank para la elaboración de los comprobantes de retención. Si en lo posterior las leyes tributarias cambiasen, impidiendo que Citibank pueda continuar prestando este servicio, Citibank, se sujetará a las mismas y suspenderá la elaboración de los comprobantes de retención, sin ninguna responsabilidad de su parte.
El Cliente reconoce y acepta que las retenciones y percepciones de impuestos que corresponden por los pagos efectuados bajo el presente contrato, serán practicadas y declaradas por el Cliente, por lo que no corresponde al BANCO ninguna responsabilidad al respecto, siendo en este aspecto su única función la de imprimir por cuenta y orden del Cliente el comprobante respectivo, de acuerdo a información suministrada por él.
La entrega de los comprobantes de retención se realizará de acuerdo al método de pago, siguiendo el siguiente esquema:
Pagos en cheque: El comprobante de retención se entregará al beneficiario junto con el cheque.
Transferencias interbancarias: El comprobante de retención se entregará al cliente que ordenó la transferencia o, si el cliente lo solicita, podrá ser retirados por el beneficiario de la transferencia en las oficinas de Citibank. En este último caso se aplican las tarifas por servicio detalladas en el anexo A.
Transferencias al exterior en dólares u otras divisas: Citibank no emitirá o entregará comprobantes de retención, es responsabilidad del cliente cumplir con las obligaciones formales y materiales que ordena la legislación tributaria.
3. COMPROBANTES DE RETENCIÓN IMPRESOS POR EL CLIENTE. Citibank podrá, de así pactarse entre las partes y con un costo adicional (estipulado en el ANEXO A), poner a disposición, los comprobantes de retención pre-impresos por el Cliente, para que sean retirados por sus proveedores de las ventanillas del banco. En este caso el Cliente deberá proporcionar a Citibank los comprobantes de retención con 48 horas de antelación a la emisión del cheque a ser entregado al proveedor.
4. TRANSFERENCIA DE FONDOS. En caso de órdenes de transferencia de fondos del Cliente a cuentas en otros bancos, el Cliente acepta que las transacciones y transferencias de recursos que se efectúen a través de las instituciones del sistema financiero se realicen únicamente a través del Banco Central del
Ecuador, utilizando el servicio que para el efecto ofrece entre cuentas e instituciones. El Cliente acepta que la orden de pago en cuentas en otros bancos que haya sido ingresada en el Sistema de Pagos Interbancarios (SPI), -Banco Central-, no podrá ser revocada o dejada sin efecto por parte de Citibank o del Cliente. Citibank será informado sobre la confirmación de la transferencia el día laborable posterior al cual debió haber sido acreditada en la cuenta del beneficiario. Por tanto, Citibank no se responsabiliza si la transferencia no fue acreditada el día solicitado por el Cliente. Es responsabilidad del banco beneficiario de la transferencia el acreditar en la cuenta final del beneficiario en cumplimiento con los acuerdos y normas del Banco Central del Ecuador
Si la transferencia fuere a una cuenta en otro país, el cliente acepta la ruta y procedimientos necesarios para encaminar al destinatario la misma, así como todos los costos involucrados.
Citibank aplicará a todos los mensajes de datos que contengan instrucciones de movilización de fondos del Cliente, procedimientos y medidas de seguridad que permitan verificar su origen y comprobar su integridad, esto con el fin de poder identificar de manera inequívoca al remitente de cualquier mensaje de datos que contenga instrucciones electrónicas y garantizar que los mensajes recibidos sean completos y no hayan sido alterados.
Si la utilización de los procedimientos y medidas de verificación implementadas supone el rechazo de un mensaje de datos que contenga instrucciones de movilización de fondos, Citibank informará de ello al Cliente.
5. CARGOS ADICIONALES. El Cliente acepta y reconoce que Citibank podrá cargar los costos o cargos adicionales originados o solicitados por otras Instituciones Financieras envueltas en las transferencias o transacciones contra su cuenta, de conformidad con la Ley y las prácticas xxx xxxxxxx.
6. FIRMAS AUTORIZADAS. Los autorizadores e iniciadores del sistema son los definidos en el Anexo B, también denominado CitiDirect Online Banking Intake Form o CitiDirect Online Banking Express Activation Form, en el evento de requerirse la firma de los autorizadores de pagos y no poder contar con ellas, el Cliente podrá impartir instrucciones con la firma de quienes comparecen autorizados para girar sobre la cuenta corriente o por el representante legal. Si en las instrucciones para firmar en la cuenta se establecen condiciones como firmas conjuntas o montos máximos, se estará a ellas en este caso.
Las personas detalladas en los documentos de activación adjuntos a este contrato estarán autorizadas para actuar a nombre del Cliente y con las atribuciones y las limitaciones estipuladas en ella, esto es,
i) personas autorizadas para el envío de instrucciones de pagos, ii) personas autorizadas para impartir autorizaciones de pagos. El Cliente se compromete a no mantener en un mismo usuario las responsabilidades de ingreso y autorización de cualquier movimiento o instrucción del sistema. Es responsabilidad del cliente verificar y mantener actualizados los perfiles y nómina de usuarios en el sistema.
La administración de seguridad será realizada de acuerdo a lo estipulado en el contrato de Banca Electrónica.
7. INSTRUCCIONES. La instrucción de pago, de cualquier manera que sea generada, deberá contener información referente a la persona beneficiaria del pago, el valor del mismo, el día en que deberá ser pagado y la persona autorizada a retirarlo, entre otros. Será responsabilidad del Cliente ingresar nuevamente al sistema para verificar si su transacción fue efectuada correctamente o, en su defecto, rechazada, a fin de que se proceda a realizar las enmiendas correspondientes. Si el Cliente decide dar orden de no entregar un cheque ya autorizado, deberá dar aviso inmediatamente a Citibank y presentar una solicitud de suspensión de pago debidamente suscrita por quien autorizó el pago o en caso de no poder acceder a dicha firma por la persona autorizada para girar sobre la cuenta corriente. Citibank no se responsabiliza por el pago cuando la solicitud de no pago hubiere llegado después de haberse efectuado el mismo.
El Cliente autoriza expresamente al Banco a firmar por cuenta y orden del Cliente aquellos instrumentos de pago que el Cliente instruya realizar a través del sistema. En tal sentido, el Cliente libera al BANCO y a la persona que éste designe para tal efecto, de todo tipo de responsabilidad emergente por penalidades establecidas por las leyes y normativas vigentes, tanto en lo que hace a la operatoria de
cuentas corrientes bancarias como a disposiciones de índole tributaria. Dado el carácter meramente formal del servicio de firma de los citados instrumentos y documentos, el Cliente asume desde ya, en forma irrevocable, absoluta e incondicional la totalidad de las responsabilidades que pudieran caber a los firmantes que designados por Citibank. Sin perjuicio de lo anterior si, al momento de presentarse al cobro un cheque girado bajo este convenio, dicho cheque no tiene fondos suficientes, Citibank procederá a protestarlo o devolverlo (según corresponda); por lo tanto, el Cliente asume total responsabilidad respecto al manejo de su cuenta corriente y se compromete a mantener a Citibank, y a las personas designadas por éste para participar en el proceso de emisión de cheques, libres de toda responsabilidad.
Para la implementación del servicio de pagos a través de la emisión de cheques por banca electrónica, el CLIENTE autoriza al Banco a configurar la secuencia de los cheques que se emitan de esta manera a partir del número 3000000 como una medida para prevenir y evitar problemas entre la secuencia de la chequera física con la de los cheques emitidos por banca electrónica.
8. CHEQUES NO RETIRADOS. Si el beneficiario del Cheque no lo retirare hasta dentro de los tres meses posteriores a la fecha de emisión Citibank no lo entregará a este sino que lo pondrá a disposición del Cliente, quien podrá retirarlos previa instrucción. Transcurrido el tiempo de caducidad del cheque emitido (trece meses contado desde la fecha de emisión), sin que haya sido presentado a cobro, este será dado de baja en el sistema y el pago no será efectuado.
9. CHEQUES CERTIFICADOS. El cliente podrá instruir electrónicamente la emisión de cheques certificados de acuerdo a la legislación ecuatoriana. En este caso aplicará la tarifa de certificación prevista en el tarifario vigente de Citibank en adición a la tarifa convenida para la emisión de cheques por vía electrónica.
10. DISPONIBILIDAD DE SOBREGIRO. Si el cliente tiene contratada una línea de sobregiro, podrá instruir pagos o transferencias hasta el monto previsto en ella, en los términos y condiciones de su línea.
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Por la empresa: Citibank, N.A. Sucursal Ecuador Nombre:
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