Condiciones generales de venta para la tienda online de WIKA Alexander Wiegand SE & Co. KG
Condiciones generales de venta para la tienda online xx XXXX Xxxxxxxxx Xxxxxxx SE & Co. KG
válidas a partir de de julio de 2024
1. Ámbito de aplicación
1.1. Las presentes condiciones generales de venta solo se aplicarán a las empresas en el ejercicio de su actividad comercial o profesional autónoma y a las personas jurí- dicas de derecho público. Las presentes condiciones se aplicarán a todas las transacciones comerciales realiza- das a través de la tienda online xx XXXX entre WIKA Ale- xander Xxxxxxx SE & Co. KG (en lo sucesivo, “WIKA”) y el comprador. Serán aplicables, también, a las presta- ciones y a los servicios. La aceptación de los productos entregados se sustituye por la percepción en el caso de las prestaciones y por la recepción en el caso de los ser- vicios.
1.2. Toda condición del comprador que se considere contra- ria, adicional o divergente a las presentes condiciones generales de venta no formará parte del contrato, a me- nos que WIKA acepte su validez por escrito. Las presen- tes condiciones generales de venta continuarán siendo de aplicación en aquellas ocasiones en las que WIKA realice un envío al comprador sin reservas y a sabiendas de que sus condiciones son contrarias, adicionales o di- vergentes.
1.3. Cualquier acuerdo adicional o divergente a las presentes condiciones generales de venta, que se celebre con ob- jeto de ejecutar un contrato entre WIKA y el comprador, se deberá plasmar por escrito en el contrato. Esto tam- bién se aplica a la anulación de la condición de la forma escrita.
1.4. Cualquier derecho que le corresponda a WIKA en virtud de la normativa legal o de cualquier otro acuerdo más allá de las presentes condiciones generales de venta se mantendrá intacto.
2. Celebración del contrato
2.1. Las ofertas realizadas por WIKA estarán sujetas a con- firmación y no se considerarán vinculantes, a menos que XXXX indique lo contrario.
2.2. Todas las ilustraciones, dibujos, indicaciones de peso, di- mensiones, rendimiento y consumo, así como cualquier otra descripción de los productos que figure en los docu- mentos relativos a la oferta, serán solo aproximados, a menos que se describan expresamente como vinculan- tes. Estos datos no constituirán acuerdo o garantía al- guna acerca de la correspondiente naturaleza o durabili- dad de los productos, a menos que se hayan acordado expresamente como tal por escrito. Las expectativas del comprador en lo que al producto o a su uso se refiere tampoco implicarán ningún tipo de acuerdo x xx xxxxx- tía.
2.3. WIKA se reserva todos los derechos de propiedad, dere- chos de autor y otros derechos de propiedad intelectual de todos y cada uno de los documentos de la oferta, en particular de las ilustraciones, dibujos, cálculos, folletos, catálogos, modelos, muestras y herramientas. Dichos documentos no se deberán entregar a terceras partes. Si ya no se requieren en el transcurso ordinario de los ne- gocios, y a petición xx XXXX, el comprador deberá en- tregar inmediatamente todos los documentos de la oferta a WIKA. En lo que respecta a los pedidos realizados se- gún las indicaciones del cliente, el cliente se responsabi- lizará de cualquier posible violación de los derechos o de los derechos de propiedad intelectual de terceras partes, exonerando a WIKA de tales reclamaciones, a menos que el comprador no haya violado sus obligaciones o no sea responsable de la violación de las obligaciones.
2.4. Al realizar pedidos a través de la tienda online xx XXXX,
el comprador puede seleccionar los productos xx XXXX y colocarlos en su “cesta de la compra”. El pedido ad- quiere la condición de vinculante cuando, al finalizar el proceso de compra, el comprador pulsa la tecla “pedir
ahora con obligación de pago” en la zona de la “cesta de la compra”. Antes de hacer clic en la tecla “pedir ahora con obligación de pago”, se pueden modificar los datos introducidos y el contenido de la cesta de la compra, o incluso interrumpir el proceso de compra abandonando la tienda online. Una vez realizado el pedido, WIKA al- xxxxxx el texto del contrato. Sin embargo, el comprador no tiene acceso a él. Para que se celebre un contrato, WIKA ha de aceptar el pedido mandando una confirma- ción de pedido o enviando el correspondiente producto. Una vez realizado el pedido, el comprador recibe una confirmación de la recepción del pedido. En este caso, no se trata de una aceptación del pedido, sino que sim- plemente sirve para indicar que se ha recibido el pedido, a menos que en la confirmación de la recepción se indi- que también la aceptación del pedido.
2.5. XXXX estará autorizada a rescindir el contrato de manera total o parcial, si el comprador presenta una solicitud de apertura para un proceso de insolvencia o similar acerca de su patrimonio o si una tercera parte presenta una so- licitud fundada para la apertura de un proceso de insol- vencia o similar acerca del patrimonio del comprador que se rechace por falta de masa.
3. Alcance del suministro
3.1. En lo que respecta al alcance del suministro, será deter- minante la confirmación de pedido enviada por WIKA por escrito. Cualquier modificación del alcance del suministro realizada por el comprador requerirá de una confirmación por escrito por parte xx XXXX para su validez. Queda re- servado el derecho a realizar modificaciones constructi- vas o formales en los productos, siempre y cuando se trate de desviaciones habituales en el sector o dichas desviaciones se encuentren dentro de las tolerancias es- tablecidas por las normas DIN, o siempre y cuando las modificaciones no sean significativas y sean razonables para el comprador. Lo mismo se aplicará a la selección del material, la especificación y la versión.
3.2.
3.3. La entrega parcial estará permitida a menos que la en- trega parcial no sea razonable para el comprador te- niendo en cuenta los intereses xx XXXX.
3.4. Por motivos técnicos y productivos, WIKA se reserva el derecho de realizar envíos por encima o por debajo de la cantidad de pedido de hasta un 5 % del alcance del su- ministro. En este sentido, queda excluida la posibilidad de realizar reclamaciones por vicios.
4. Plazo de entrega
4.1. Cualquier acuerdo relacionado con los plazos o las fe- xxxx de entrega requerirá de la forma escrita. Los plazos y las fechas de entrega no se considerarán vinculantes, a menos que WIKA los describa previamente y por es- crito como vinculantes.
4.2. El plazo de entrega comienza con el envío de la confir- mación de pedido por parte xx XXXX, aunque no antes de la entrega completa de los documentos, autorizacio- nes y homologaciones que deba obtener el comprador, la aclaración de todas las cuestiones técnicas, así como la recepción del anticipo acordado o, en el caso de una transacción comercial en el extranjero, tras la recepción del pago íntegro. Si ya se ha acordado una fecha de en- trega, se procederá a aplazarla cuando el comprador no aporte a su debido tiempo los correspondientes docu- mentos y autorizaciones, o las correspondientes homo- logaciones, no aclare completamente las cuestiones téc- nicas pertinentes o no abone el anticipo acordado, o, en
el caso de las transacciones comerciales en el extran- xxxx, el pago íntegro a WIKA.
El cumplimiento del plazo de entrega estará sujeto al cumplimiento oportuno y adecuado de las demás obliga- ciones por parte del comprador.
4.3. Se considerará que el plazo de entrega se ha cumplido si los productos han salido de la fábrica antes de que ex- pire el plazo de entrega o si WIKA ha notificado al cliente que los productos están listos para su recogida o envío. El cumplimiento del plazo de entrega se encuentra sujeto a la condición de que el autoabastecimiento xx XXXX sea puntual y correcto, a menos que WIKA sea el responsa- ble de que el autoabastecimiento no cumpla estas exi- gencias. En caso de un autoabastecimiento indebido, WIKA tendrá derecho a rescindir del contrato. En caso de que WIKA haga uso del derecho de rescisión, XXXX informará inmediatamente al comprador y procederá a la devolución de cualquier anticipo realizado por éste.
4.4. En el caso de las entregas transfronterizas, el comprador deberá presentar a su debido tiempo ante las autorida- des competentes todas las declaraciones y medidas ne- cesarias para la exportación desde Alemania y la impor- tación al país de destino, en especial para obtener los documentos necesarios para el despacho aduanero y para cumplir con los requisitos de los controles de expor- tación o de otras restricciones a la comercialización. Los envíos estarán sujetos a la condición de que no haya im- pedimentos para su cumplimiento debido a los reglamen- tos nacionales o internacionales, y, en particular, a los reglamentos de control de las exportaciones, así como a embargos u otras sanciones. Cualquier demora provo- cada por los controles de exportación o los procedimien- tos de homologación anulará los plazos y las fechas de entrega.
4.5. Si se produce una demora en la entrega, el comprador
estará autorizado a rescindir el contrato una vez que haya transcurrido de manera infructuosa una prórroga adecuada y pactada con XXXX después de que se pro- duzca la demora en la entrega.
4.6. Si WIKA ha celebrado un contrato marco con el compra- dor en relación con futuras entregas con plazos de en- trega fijos, y el comprador no cancela los productos a tiempo, WIKA tendrá derecho a entregar y facturar los productos, a rescindir el contrato o a reclamar daños y perjuicios o el reembolso de los gastos después de la ex- piración infructuosa de una prórroga adecuada y fijada por WIKA. La obligación de abonar daños y perjuicios o reembolsar los gastos no se aplicará si el comprador no es responsable de la cancelación no puntual de los pro- ductos.
5. Precios y condiciones de pago
5.1. A falta de un acuerdo concreto, los precios se consideran ex fábrica y no incluyen los gastos de envío y embalaje, el seguro, los impuestos legales, los derechos de aduana ni cualquier otro cargo. Los gastos ocasionados a este respecto, en especial los gastos derivados del embalaje y el transporte de los productos, se facturarán por sepa- rado. El impuesto sobre el valor añadido legalmente apli- cable figurará por separado en la factura por el importe legalmente aplicable a fecha de facturación.
5.2. Aquellos pedidos para los que no se haya acordado ex- presamente un precio fijo y para los que se determine que el plazo de entrega es de al menos dos meses des- pués de la celebración del contrato se facturarán a los precios de catálogo xx XXXX aplicables a fecha de en- trega. La inclusión del precio de catálogo válido a fecha de pedido en un formulario de pedido o en una confirma- ción de pedido no se considerará un acuerdo sobre un precio fijo. Si se produce un aumento de precios superior
al 5 %, el comprador estará autorizado a rescindir el con- trato. A petición xx XXXX, el comprador deberá aclarar de inmediato si desea hacer uso de su derecho de resci- sión. Si se produce un incremento de precios relacionado con la producción hasta el día de la entrega, WIKA tendrá derecho a ajustar el precio en consecuencia, indepen- dientemente de la oferta y la confirmación de pedido.
5.3. A falta de un acuerdo concreto, el precio de entrega se deberá abonar neto en un plazo de 30 días desde la fe- cha de facturación. Se considerará fecha de pago al día en que WIKA pueda disponer del precio de entrega. En caso xx xxxx en el pago, el comprador estará obligado a abonar intereses de demora por importe de 9 puntos porcentuales por encima del tipo de interés básico anual. Cualquier reclamación adicional por parte xx XXXX se mantendrá inalterada.
5.4. A diferencia de lo estipulado en el párrafo 3, en las transacciones comerciales con el extranjero, el pago se realizará antes de realizar la entrega, a no ser que se haya acordado lo contrario por escrito.
5.5. La aceptación de letras de cambio y cheques se realizará a efectos de cumplimiento. Esto también se aplicará al pago con tarjeta de crédito o tarjeta de compra. El efecto de dicho cumplimiento se producirá única y exclusiva- mente cuanto el correspondiente importe se adjudique a WIKA de forma irrevocable. El comprador correrá con los gastos ocasionados por el pago mediante letra de cam- bio, cheque, tarjeta de crédito o tarjeta de compra, y, en particular, con los gastos derivados de letras de cambio, cheques y descuentos.
5.6. Si se produce una cancelación no autorizada de un pe- dido, WIKA tendrá derecho a cobrar una tasa de cance- lación por importe del 10 % del valor neto de pedido. El comprador tendrá derecho a demostrar que WIKA no ha sufrido ningún daño o que el daño ha sido considerable- mente menor. Cualquier reclamación adicional por parte xx XXXX se mantendrá inalterada.
5.7. Los pedidos realizados en nuestra tienda online se pue- den abonar indistintamente con los siguientes medios de pago: pago por PayPal, pago mediante tarjeta de crédito (Visa y Mastercard), pago por transferencia (abonable a la presentación de factura) y pago por adeudo directo. Cuando el pago se realiza mediante tarjeta de crédito, el importe se reserva cuando se completa el pedido y se carga en cuenta cuando se envía la mercancía. Las transacciones mediante tarjeta de crédito son procesa- das por parte de:
Computop Wirtschaftsinformatik GmbH Xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx 0
96050 Bamberg
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Bam- xxxx, n.º de registro HRB 3400
6. Transmisión del riesgo
6.1. El riesgo de pérdida y deterioro accidental se transferirá al comprador tan pronto como los productos se entre- guen a la persona que realiza el transporte o salgan del xxxxxxx xx XXXX para su envío. En caso de recogida por parte del cliente, el riesgo pasará a éste cuando se le notifique que el envío está listo para la recogida. Las frases 1 y 2 también se aplicarán si la entrega se hace de manera parcial o si WIKA ha asumido otros servicios, como los gastos de transporte o el montaje de los pro- ductos en las instalaciones del comprador.
6.2. Si el comprador se retrasa en la aceptación, WIKA podrá exigir una compensación por los daños sufridos, inclu- yendo cualquier gasto adicional. En particular, WIKA ten- drá derecho a almacenar los productos durante el retraso en la aceptación a expensas del comprador. Los gastos de almacenaje de los productos ascenderán a un 0,5 %
del valor neto de facturación por semana natural comen- zada.
Cualquier reclamación adicional por parte xx XXXX se mantendrá inalterada. El comprador tendrá derecho a demostrar que WIKA no ha sufrido ningún gasto o que los gastos han sido considerablemente menores. Lo mismo se aplicará si el comprador viola cualquier deber de cooperación que le corresponda, a menos que el com- prador no sea considerado responsable de la violación del deber de cooperación. El riesgo de pérdida o dete- rioro accidental de los productos se transmitirá al cliente a más tardar en el momento en el que éste incurra en demora en la aceptación. Transcurrido un plazo razona- ble de tiempo establecido por WIKA, WIKA tendrá dere- cho a disponer de los productos como convenga y a en- viar al comprador sus productos en un plazo de tiempo ampliado.
6.3. Si el envío se retrasa debido a circunstancias de las que WIKA no es responsable, el riesgo se transferirá al com- prador cuando se le notifique que está listo para el envío.
6.4. Los productos entregados deberán ser aceptados por el comprador sin perjuicio de sus reclamaciones por vicios, incluso si incluyen defectos menores.
7. Reclamaciones por vicios
7.1. Los derechos que amparan al comprador a la hora de realizar reclamaciones por vicios requerirán que inspec- cione los productos entregados al recibirlos, si es posible mediante un proceso o una prueba de comprobación, y que haya informado inmediatamente a WIKA por escrito de cualquier defecto evidente a más tardar dos semanas después de recibir los productos. Los vicios ocultos se deberán notificar a WIKA inmediatamente y por escrito una vez detectados. Dicha notificación enviada a WIKA deberá incluir una descripción por escrito del vicio oculto. Los derechos del comprador en materia de reclamacio- nes por vicios también requerirán que durante la planifi- cación, construcción, montaje, conexión, instalación, puesta en servicio, funcionamiento y mantenimiento de los productos se cumplan las especificaciones, instruc- ciones, directrices y condiciones de las especificaciones técnicas, instrucciones de montaje, funcionamiento y mantenimiento, directrices de diseño y planificación y cualquier otro documento de los distintos productos, y, en particular, que el mantenimiento se realice y se com- pruebe adecuadamente y que se utilicen los componen- tes recomendados.
7.2. En caso de vicios en los productos, WIKA tendrá derecho
a subsanarlos ya sea eliminando el vicio o suministrando un producto libre de vicios. En caso de subsanación, WIKA estará obligada a sufragar todos los gastos nece- sarios para la subsanación, en particular, los gastos de transporte, viaje, mano de obra y materiales, siempre y cuando estos no se vean incrementados por el hecho de que los productos deban ser entregados en un lugar di- ferente de la dirección de entrega. Los gastos de perso- nal y de material que reclame el comprador a este res- pecto se calcularán en base a los gastos propios. Las piezas de repuesto serán propiedad xx XXXX y se debe- rán devolver a WIKA.
7.3. Si WIKA no estuviera dispuesto o no fuera capaz de pro- ceder a la subsanación, el comprador podrá optar por rescindir el contrato o reducir el precio de entrega, sin perjuicio de las reclamaciones por daños y perjuicios o el reembolso de los gastos que le puedan corresponder. Lo mismo se aplicará si la subsanación falla, no es razona- ble para el comprador o se retrasa más allá de un plazo de tiempo razonable por motivos imputables a WIKA.
7.4. El derecho de rescisión del comprador quedará excluido en aquellas ocasiones en las que, debido a la naturaleza del servicio recibido, el comprador no pueda devolverlo,
sea responsabilidad xx XXXX o el vicio haya surgido du- rante el procesamiento o transformación de los produc- tos. El comprador tampoco tendrá derecho a rescindir el contrato si WIKA no es responsable del correspondiente vicio y si el comprador en vez de devolver los productos ha de resarcir su valor.
7.5. No se podrán realizar reclamaciones por vicios derivados del desgaste natural, en particular de las piezas de des- gaste, la manipulación, el montaje, el uso o el almacena- miento incorrectos o las modificaciones o reparaciones de los productos realizadas de forma incorrecta por el comprador o terceras partes. Lo mismo se aplicará a los vicios atribuibles al comprador, en particular, si el vicio se debe a influencias químicas, físicas o térmicas que sean inusuales y de las que el comprador no haya informado a WIKA por escrito. Lo mismo se aplicará a aquellos vi- cios que se deban a una causa técnica distinta del vicio original.
7.6. El comprador no tendrá derecho a reclamar el reembolso de los gastos en vez de una compensación por daños y perjuicios por el servicio, a menos que los gastos los hu- biera realizado una tercera parte razonable.
7.7. WIKA no asumirá garantía alguna, en particular, garantía de calidad o durabilidad, a menos que se acuerde lo con- trario por escrito para cada caso en concreto.
7.8. El plazo de prescripción de las reclamaciones por vicios del comprador será de un año, a menos que, al final de la cadena de suministro, se produzca una adquisición de bienes de consumo (el cliente final es un consumidor). Si los productos defectuosos se han utilizado en un edificio de acuerdo con su uso habitual y han provocado una de- ficiencia, o si se trata de un vicio en un edificio, el plazo de prescripción será de cinco años. También se aplicará a aquellas reclamaciones por un uso indebido que se ba- sen en un vicio de los productos. El plazo de prescripción comenzará con la entrega de los productos. La reducción del plazo de prescripción no se aplicará a la responsabi- lidad ilimitada xx XXXX por aquellos daños que resulten de la violación de una garantía o de la lesión de la vida, la integridad física o la salud de las personas, por dolo y negligencia grave y por fallos en el producto, o en la me- dida en que WIKA haya asumido un riesgo de aprovisio- namiento. En aquellas ocasiones en las que WIKA re- xxxxx de plano una reclamación por vicios, ninguna de- claración xx XXXX en relación con una reclamación por vicios realizada por el comprador será considerada como un inicio de las negociaciones acerca del derecho de re- clamación o de las circunstancias que lo fundamentan.
8. Responsabilidad xx XXXX
8.1. XXXX es responsable sin limitación alguna de los daños que deriven de la violación de una garantía o de los da- ños provocados en la vida, la integridad física o la salud de las personas. Lo mismo se aplicará en caso de dolo y negligencia grave, o en la medida en que WIKA haya asumido un riesgo de aprovisionamiento. En caso de ne- gligencia leve, XXXX será considerada responsable única y exclusivamente si se violan las obligaciones esenciales que resulten de la naturaleza del contrato y que sean de particular importancia para la consecución del propósito del mismo. En caso de que se violen dichas obligaciones o se incurra en demora o imposibilidad, la responsabilidad xx XXXX se limitará única y exclusiva- mente a aquellos daños que sea posible esperar en el marco del presente contrato. En este sentido, la respon- sabilidad legal obligatoria por defectos en el producto se mantendrá intacta.
8.2. En la medida en que la responsabilidad xx XXXX se vea excluida o limitada, esto también se aplicará a la respon- sabilidad personal de sus empleados, trabajadores, co- laboradores, representantes y agentes.
9. Responsabilidad por productos
9.1. El cliente no modificará los productos y, en particular, no modificará o eliminará ninguna advertencia que exista acerca de los peligros derivados de un uso indebido de los productos. Si se viola dicha obligación, el comprador exonerará a WIKA en el marco de sus relaciones internas de cualquier reclamación por productos realizada por ter- ceras partes, a menos que el comprador no sea respon- sable del fallo que haya provocado la responsabilidad.
9.2. Si WIKA se ve obligado a retirar o a advertir acerca de un producto debido a un defecto en el mismo, el compra- dor cooperará en la medida de sus posibilidades y en la medida que WIKA considere necesaria y oportuna, y ayudará a WIKA a este respecto, en particular, en la de- terminación de los datos necesarios del correspondiente cliente. El comprador estará obligado a correr con los gastos de la retirada o de la advertencia acerca de un producto, a menos que no sea responsable del defecto del mismo, y de los daños ocasionados en virtud de los reglamentos incluidos en la Ley de responsabilidad por productos. Cualquier reclamación adicional por parte xx XXXX se mantendrá inalterada.
9.3. El comprador deberá informar a WIKA, inmediatamente y por escrito, acerca de cualquier riesgo provocado por el uso de los productos y de los posibles fallos del pro- ducto.
10. Fuerza mayor
10.1. Si, debido a motivos de fuerza mayor, WIKA se ve inca- paz de cumplir sus obligaciones contractuales, especial- mente en lo que respecta al suministro de sus productos, WIKA quedará exonerada de dicho cumplimiento durante la duración del impedimento, así como durante la dura- ción de un periodo inicial adecuado, sin por ello tener que abonar una reclamación por daños y perjuicios al com- prador. Lo mismo se aplicará en la medida en que el cumplimiento de las obligaciones por parte xx XXXX se haga irrazonablemente difícil o temporalmente imposible para WIKA debido a circunstancias imprevisibles de las que WIKA no sea responsable, en particular, debido a conflictos laborales, pandemias, medidas oficiales, esca- sez energética, impedimentos en el suministro de un pro- veedor o fallos operativos esenciales. Lo mismo se apli- cará cuando dichas circunstancias las sufra cualquiera de sus proveedores. Esto también se aplicará cuando WIKA haya incurrido en demora. En aquellas ocasiones en las que WIKA se vea exonerada de la obligación de entrega, XXXX procederá a devolver cualquier anticipo realizado por el comprador.
10.2. Transcurrido un plazo razonable de tiempo, WIKA tendrá
derecho a rescindir el contrato si dicho impedimento dura más de cuatro meses y WIKA ya no estuviera interesada en el cumplimiento del contrato debido a dicho impedi- mento. Al vencimiento de dicho plazo, y a petición del comprador, XXXX deberá aclarar si hará uso de su dere- cho de rescisión o si suministrará los productos en un plazo de tiempo razonable.
11. Reserva de la propiedad
11.1. Los productos suministrados, así como todas las recla- maciones a las que WIKA tenga derecho de cara al com- prador en relación con la relación comercial, continuarán siendo propiedad xx XXXX hasta el pago completo del precio de compra. El comprador estará obligado a tratar con esmero todos los productos sujetos a la reserva de propiedad durante la duración de la misma. En concreto, estará obligado a asegurar los productos contra cual- quier daño provocado por incendios, inundaciones y ro- bos por un importe que cubra el valor de reposición. A
petición xx XXXX, el comprador deberá certificar la cele- bración del seguro. Por la presente, el comprador cede a WIKA todos los derechos de indemnización derivados de este seguro. XXXX acepta dicha cesión. Si la cesión no fuera admisible, el comprador advierte al asegurador de realizar los pagos única y exclusivamente a WIKA. Cual- quier reclamación adicional por parte xx XXXX se man- tendrá inalterada.
11.2. El cliente solo estará autorizado a vender los productos sujetos a reserva de la propiedad en el transcurso ordi- nario de los negocios. El comprador no estará autorizado a pignorar aquellos productos que se encuentren sujetos a reserva de la propiedad ni a cederlos en garantía o a realizar ninguna otra disposición que ponga en peligro la propiedad xx XXXX. En caso de embargos u otras inter- venciones de terceras partes, el comprador deberá infor- xxx x XXXX inmediatamente y por escrito, y proporcio- narle toda la información necesaria, informar a la tercera parte acerca de los derechos de propiedad xx XXXX y cooperar con WIKA en aquellas medidas que establezca para proteger los productos sujetos a reserva de la pro- piedad. Si la tercera parte no estuviera en condiciones de reembolsar a WIKA los gastos judiciales y extrajudi- ciales provocados por la ejecución de los derechos de propiedad xx XXXX, el comprador estará obligado a in- demnizar a WIKA por la pérdida resultante, a menos que el comprador no sea considerado responsable del incum- plimiento de la obligación.
11.3. Por la presente, el comprador cede a WIKA los derechos
de reventa de los productos, incluyendo cualquier dere- cho accesorio, e independientemente de si los productos sujetos a reserva de la propiedad se revenden sin ser procesados o después de ser procesados. XXXX acepta dicha cesión. Si la cesión no fuera admisible, el compra- dor advertirá al tercer deudor de realizar los pagos única y exclusivamente a WIKA. El comprador estará autori- zado de manera revocable a cobrar, en su propio nombre y con carácter fiduciario, los derechos cedidos a WIKA. Los importes recaudados deberán ser transferidos a WIKA inmediatamente. WIKA podrá revocar la autoriza- ción de cobro del comprador, así como la autorización del comprador para revender los productos, por un mo- tivo fundado, en especial, si el comprador no cumple de- bidamente sus obligaciones de pago con WIKA, se re- trasa en el pago, suspende los pagos o si el comprador solicita la apertura de un procedimiento de insolvencia o de un procedimiento similar para la liquidación de las deudas relativas a su patrimonio, o si se rechaza por falta de masa la solicitud justificada de una tercera parte para la apertura de un procedimiento de insolvencia o de un procedimiento similar para la liquidación de las deudas relativas al patrimonio del comprador. En caso de una cesión global por parte del comprador, se deberán excluir expresamente los derechos cedidos a WIKA.
11.4. A petición xx XXXX, el comprador estará obligado a in-
formar inmediatamente de la cesión al deudor tercero y a proporcionar a WIKA la información y los documentos necesarios para la recaudación.
11.5. Si se produce un incumplimiento del contrato por parte del comprador, en especial, un retraso en el pago, XXXX estará autorizado, sin perjuicio del resto de sus dere- chos, a rescindir el contrato transcurrida una prórroga adecuada establecida por XXXX. El comprador deberá conceder a WIKA o a sus representantes el acceso in- mediato a los productos sujetos a reserva de la propie- dad y entregárselos. Tras la correspondiente y puntual notificación, WIKA estará autorizada a utilizar de cual- quier otro modo los productos sujetos a reserva de la pro- piedad para satisfacer los créditos pendientes con el comprador.
11.6. El procesamiento o transformación de los productos su- jetos a reserva de la propiedad por parte del comprador se realizará siempre para WIKA. El derecho expectante del comprador sobre los productos sujetos a reserva de la propiedad continuará aplicándose al artículo proce- sado o transformado. Si los productos son procesados o transformados con otros objetos que no pertenezcan a WIKA, WIKA adquirirá la copropiedad del nuevo objeto en la proporción del valor de los productos entregados y los objetos procesados en el momento del procesa- miento o transformación. Lo mismo se aplicará en aque- llas ocasiones en las que los productos se combinen o mezclen con otros objetos que no pertenezcan a WIKA, de modo que WIKA pierda el pleno dominio sobre ellos. El comprador custodiará los nuevos artículos para WIKA. Para los bienes creados por procesamiento o transfor- mación, así como por combinación o mezcla, se aplica- rán las mismas condiciones que para los productos suje- tos a reserva de la propiedad.
11.7. A petición del comprador, WIKA estará obligada a liberar
las garantías a las que tenga derecho en la medida en que el valor realizable de las mismas, teniendo en cuenta los descuentos habituales de valoración bancaria, su- pere en más de un 10 % los créditos xx XXXX derivados de la relación comercial con el comprador. La valoración se basará en el valor de facturación de los productos su- jetos a reserva de la propiedad y, en el valor nominal, en el caso de créditos pendientes. La selección de los bie- nes a liberar recaerá en todo caso sobre WIKA.
11.8. Si la entrega se produce en cualquier otro ordenamiento jurídico en el que esta reserva de la propiedad no tenga el mismo efecto de garantía que en la República Federal de Alemania, el comprador concederá a WIKA el corres- pondiente derecho de garantía. Si, a tal fin, fueran nece- sarias medidas adicionales, el comprador hará todo lo posible por conceder a WIKA ese derecho de garantía sin demora alguna. El comprador deberá cooperar en to- das aquellas medidas que sean necesarias y beneficio- sas para la eficacia y la aplicabilidad de dichos derechos de garantía.
12. Confidencialidad
12.1. Las partes estarán obligadas a mantener la confidencia- lidad acerca de todas y cada una de las informaciones que se designen como confidenciales, o que se reconoz- can por cualquier otra circunstancia como secretos co- merciales u operativos, durante un periodo de cinco años desde la entrega, quedando prohibido su registro, trans- misión o uso fuera de la relación comercial.
12.2. La obligación de mantener la confidencialidad no se apli- cará si se puede demostrar que la información de la parte contraria ya era conocida, generalmente conocida o ge- neralmente accesible antes de que se estableciera la re- lación contractual o llegara a ser generalmente conocida o accesible sin mediar culpa por la parte contraria. La carga de la prueba recaerá sobre la correspondiente parte.
12.3. Mediante la celebración de acuerdos contractuales ade- cuados con los empleados y encargados que trabajen para ellas, las partes también se asegurarán de que es- tos se abstengan de toda explotación, divulgación o re- gistro no autorizado de tales secretos comerciales u ope- rativos durante un periodo de tiempo de cinco años a par- tir de la entrega.
13. Restricciones a la exportación
13.1. En ningún momento el cliente podrá vender, exportar o reexportar, directa o indirectamente.,
I. a la Federación de Rusia; y/o
II. a territorios ocupados por la Federación de Rusia; y/o
III. a la República de Bielorusia; y/o
IV. para su uso directo o indirecto en la Feder- ación de Rusia; y/o
V. en territorios ocupados por la Federación Rusa; y/o
VI. en la República de Bielorusia cualquier(a) (de los)
I. artículo(s) aquí enumerado(s) (“Artículo(s)”); y/o
II. cualquier propiedad intelectual; y/o
III. conocimientos técnicos; y/o
IV. cualquier otra información confidencial facil- itada o puesta en conocimiento del Cli- ente/Receptor de cualquier modo
en virtud de este Acuerdo o en relación con el mismo.
13.2. El cliente hará todo lo posible para garantizar que el pro- pósito del apartado 13,1. no se vea frustrado por terceros que se encuentren más adelante en la cadena comercial, incluidos los posibles revendedores.
13.3. El cliente establecerá y mantendrá un mecanismo de su- pervisión adecuado para detectar conductas de terceros en fases posteriores de la cadena comercial, incluidos posibles revendedores, que pudieran frustrar el propósito del apartado 13.1..
13.4. Cualquier infracción de los apartados 13.1., 13.2. o 13.3. constituirá un incumplimiento material de un elemento esencial del presente Acuerdo, y WIKA tendrá derecho a exigir las indemnizaciones apropiadas, incluyendo, pero sin limitarse a:
i. rescisión del presente Acuerdo; y/o
ii. una penalización del 10 % del valor total del presente Acuerdo o del precio de los productos expor- tados, si éste fuera superior.
13.5. El cliente informará inmediatamente a WIKA de cualquier problema en la aplicación de los apartados 13.1., 13.2. o 13.3., incluyendo cualquier actividad relevante de terce- ros que pudiera frustrar el propósito del apartado 13.1.. El cliente pondrá a disposición xx XXXX la información relativa al cumplimiento de las obligaciones establecidas en los apartados 13.1., 13.2. y 13.3. en un plazo de dos semanas a partir de la simple solicitud de dicha informa- ción.
14. Disposiciones finales
14.1. La transferencia de derechos y obligaciones del compra- dor a terceras partes solo será posible con el consenti- miento previo y por escrito xx XXXX.
14.2. Toda contrademanda del comprador le autorizará única y exclusivamente a la compensación si se encuentra le- galmente estipulada o es irrebatible. El comprador solo podrá hacer valer un derecho de retención, si su contra- demanda se basa en la misma relación contractual.
14.3. Las relaciones jurídicas entre el comprador y WIKA se rigen por la legislación de la República Federal de Ale- mania en exclusión de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacio- nal de Mercaderías (CIM).
14.4. Si el cliente es un comerciante en el sentido del Código de Comercio alemán, una persona jurídica de derecho público o un fondo especial de dominio público, el único fuero competente para todos los litigios derivados de la relación comercial entre WIKA y el comprador será la sede xx XXXX. WIKA también estará autorizada a inter- poner todo tipo de demandas en la sede del comprador, así como en cualquier otro fuero que esté permitido. Por la presente, se rechazan las cláusulas de arbitraje.
14.5. A menos que se acuerde lo contrario, el lugar de cumpli- miento para todos los servicios del comprador y xx XXXX será la sede xx XXXX.
14.6. El contrato se redactará en alemán.
14.7. Si cualquiera de las disposiciones de las presentes con- diciones generales de venta fuera o llegara a ser nula o inaplicable de manera total o parcial, o si existiera alguna laguna en las presentes condiciones generales de venta, la validez de las demás disposiciones no se vería afec- tada por ello. En lugar de la disposición nula o inaplica- ble, se considerará como acordada aquella disposición válida o aplicable que más se aproxime al propósito de la disposición nula o inaplicable. Si hubiera alguna la- guna, se considerará como pactada aquella disposición que se habría pactado en virtud del propósito de las pre- sentes condiciones generales de venta si las partes hu- bieran tenido la oportunidad de considerar la cuestión desde el principio.