CONTRATO DE GESTIÓN *
Socio/a nº............................
CONTRATO DE GESTIÓN *
Sevilla, ............... de............................... de 201 ...
REUNIDOS:
De una parte Don/Doña ,
mayor de edad, con domicilio en ,
C/ .............................................................. nº ................y con NIF ..................................................
Y de otra parte la Xx Xxxx Xxxx Xxxxxxxxxx Xxxx, mayor de edad, con domicilio a estos efectos en X/ xxx Xxxxxxxxxx0x, 00000, Xxxxxxx y con NIF 10.593.982-K
INTERVIENEN:
Don/Doña ,
En su propio nombre y derecho; en adelante SOCIO/A COOPERATIVISTA.
La Xx. Xxxx Xxxx Xxxxxxxxxx Xxxx que actúa como presidente de las cooperativas MÚSICA GESTIÓN S.C.A., CIF X-00000000 y MÚSICA SERVICIOS, S.C.A., CIF X-00000000, con domicilio, ambas, en
Sevilla, x/ Xxx Xxxxxxxx xx0x,00000, Xxxxxxx; en adelante COOPERATIVAS.
Ambas partes se reconocen mutua y recíprocamente la capacidad legal necesaria para suscribir el presente contrato y,
EXPONEN:
I. Que el SOCIO/A COOPERATIVISTA se dedica habitualmente al ejercicio de actividades artísticas como músico.
II. Que las COOPERATIVAS tienen por objeto social la coordinación y organización de espectáculos musicales de todo tipo, con la participación exclusiva de los socios/as.
III. Que teniendo el SOCIO/A COOPERATIVISTA la condición de miembro de las citadas cooperativas, por el presente documento ambas partes regulan las relaciones que en adelante mantendrán en base a los siguientes:
PACTOS:
PRIMERO.-Las COOPERATIVAS se comprometen a facilitar a los SOCIOS/AS COOPERATIVISTAS los servicios que se describen en sus Estatutos, que todos los firmantes declaran conocer, obligándose a cumplirlos con diligencia, juntamente con los acuerdos adoptados en Asambleas de las Cooperativas o por cualquier órgano rector de las mismas. En Especial, las COOPERATIVAS se comprometen a realizar la gestión de cobro de las retribuciones a percibir por los asociados según las actuaciones musicales efectuadas.
SEGUNDO.-El SOCIO/A COOPERATIVISTA se obliga a satisfacer a las COOPERATIVAS, en los plazos previstos, todos los pagos derivados de su relación con las mismas.
TERCERO.-El SOCIO/A COOPERATIVISTA se compromete a notificar de forma fehaciente a las COOPERATIVAS cualquier cambio en su situación laboral o fiscal y a no reclamar responsabilidades ni emprender acciones contra estas cooperativas por cualquier situación anómala o perjudicial para él, derivada del incumplimiento de este trámite.
Asimismo, el SOCIO/A COOPERATIVISTA se compromete a informar por escrito de cualquier cambio de domicilio o teléfono de contacto.
CUARTO.-Se entiende que las COOPERATIVAS no tienen la responsabilidad de concertar actuaciones para los SOCIOS/AS COOPERATIVISTAS, que convendrán en cada caso con los organizadores las condiciones de cada actuación. Los SOCIOS/AS COOPERATIVISTAS responderán ante los organizadores de la correcta realización de la actividad artística contratada y, en general, de la observación de los deberes profesionales que les corresponden. Las COOPERATIVAS no serán responsables del impago de las retribuciones por parte de los organizadores, entendiendo que los SOCIOS/AS COOPERATIVISTAS tienen todas las facultades para establecer las condiciones generales de contratación.
Asimismo, los SOCIOS/AS COOPERATIVISTAS reconocen que no existe ninguna relación de tipo laboral que les una a las cooperativas.
QUINTO.-El incumplimiento por parte del SOCIO/A COOPERATIVISTA de cualquiera de estas obligaciones, o la pérdida de la condición de socio/a, liberará automáticamente a las COOPERATIVAS de la prestación de los servicios prevista en el presente documento, quedando éste sin efecto alguno.
SEXTO.-En el supuesto de que una factura emitida por las COOPERATIVAS fuera liquidada directamente al socio/a o socios prestatarios del servicio, éstos se obligan expresamente a reintegrar a la cooperativa facturadora las cantidades correspondientes al IVA, IRPF, Seguridad Social y comisión de la gestión derivadas de la factura que han cobrado por su cuenta.
Asimismo, el socio/a o socios/as prestatarios de los servicios facturados reconocen que las COOPERATIVAS se obligan a ingresar en las administraciones correspondientes los importes de IVA, IRPF, Y Seguridad Social derivados de su facturación. En consecuencia, también reconocen a la cooperativa facturadora el derecho a ejercitar cualquier acción judicial en su contra para reclamarles esos importes cobrados indebidamente.
SÉPTIMO.-Las COOPERATIVAS no podrán hacer uso público de los datos económicos de los asociados, excepto en los casos de requerimiento judicial o de parte de cualquier administración pública.
OCTAVO.-Cuando el SOCIO/A COOPERATIVISTA forma parte de una agrupación musical y requiera facturar sus actuaciones conjuntamente con otros asociados, todos ellos se comprometen a nombrar un delegado/a para representarles en los actos de formalización de documentos en relación con el objeto de este contrato, facultándolo expresamente para recibir liquidaciones económicas y designando su domicilio a efectos de notificaciones y citaciones. Este delegado/a o representante tendrá que solicitar a las COOPERATIVAS la facturación de las actuaciones de forma fehaciente, proporcionando una relación de todos los socios-músicos que tomen parte en ellas a efectos de poderles dar de alta en la Seguridad Social y especificando el salario correspondiente a cada uno de ellos. En el caso de que no se especifique este salario se entenderá que los socios-músicos participan a partes iguales del mismo.
Cuando las agrupaciones musicales sean de carácter fijo y efectúen sus actuaciones con la misma plantilla de socios-músicos, podrán sustituir el trámite de la solicitud de facturación por una declaración anual de componentes (declaración de plantilla) realizada por el delegado/a o representante cada inicio de temporada, comprometiéndose a notificar a las COOPERATIVAS cualquier variación en la composición de la formación en un tiempo máximo de tres días hábiles antes de las actuaciones a efectos de las altas en la Seguridad Social.
NOVENO.-Cuando el SOCIO/A COOPERATIVISTA forme parte de una agrupación con carácter eventual o fijo responderá, solidariamente con el resto de socios componentes de la formación, de las responsabilidades laborales o fiscales derivadas del incumplimiento de las obligaciones atribuidas al delegado o representante a través de los párrafos del punto anterior.
DÉCIMO.-Siempre que las COOPERATIVAS sean co-demandadas por un miembro integrante del grupo musical, debido a su relación artística con el propio grupo, este grupo en su conjunto, o bien sus integrantes de forma solidaria, deberán hacerse cargo de los gastos de defensa jurídica de la COOPERATIVA demandada.
UNDÉCIMO.-El SOCIO/A COOPERATIVISTA manifiesta que no contrata, a título particular ni como miembro de ninguna agrupación musical, personal técnico ni auxiliar para llevar a término su actividad, exonerando a las COOPERATIVAS de cualquier responsabilidad que se pudiera derivar del incumplimiento de este punto.
DUODÉCIMO.-En el caso que el SOCIO/A COOPERATIVISTA contratara o participara en la contratación de personal técnico mediante la empresa de servicios de las TABACASOL 2010, SL, declara conocer y se obliga a cumplir el Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo (versión 1.0- fecha 05/03/2001) previsto para la Ley de Prevención de Riesgo Laborales.
TRECE.-El SOCIO/A COOPERATIVISTA se obliga a declarar a la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE) el repertorio que utilice en sus actuaciones.
CATORCE.-Este contrato tendrá efecto mientras el SOCIO/A COOPERATIVISTA mantenga su vinculación con las COOPERATIVAS, comprometiéndose a notificar por escrito y en un término xx xxxx días hábiles su baja como SOCIO/A COOPERATIVISTA que determinaría la rescisión del presente documento.
QUINCE.-Todos los datos facilitados por el SOCIO/A COOPERATIVISTA serán incorporados a un fichero automatizado con la finalidad de cumplir con los servicios establecidos en el presente contrato y cuya responsabilidad asumen las COOPERATIVAS. Enterado y conforme, consiento expresamente y autorizo a MÚSICA GESTION SCA Y MÚSICA SERVICIOS SCA para que, en el cumplimiento de los fines directamente relacionados con las funciones legítimas del cesionario, trate mis datos personales facilitados por el autorizante en relación a la actividad y personal propio de la empresa, sin prejuicio de previo consentimiento de terceras personas, en el ámbito de la institución, sus departamentos, entes colaboradores y instituciones anexas, terceros socios de las entidades (exclusivamente para finalidades laborales relacionadas directamente con la actividad), así como la cesión a estamentos oficiales públicos y privados oportunos para la eficaz realización de sus atribuciones, de acuerdo con lo que dispone la Ley 15/1999 de 13 de diciembre.
En caso de desacuerdo o divergencia originada como consecuencia de este contrato, las partes contratantes renuncian a los privilegios que les correspondan y se someten explícitamente a la jurisdicción y competencia de los Juzgados y Tribunales xx Xxxxxxx.
Y para que conste y en prueba de conformidad, ambas partes firman por duplicado y a un solo efecto el presente documento en el lugar y fecha arriba indicados.
Firmado: Firmado: Xxxx Xxxx Xxxxxxxxxx Xxxx
*Es necesario firmar cada hoja del contrato