CONVENIO
CONVENIO
PARA LA EJECUCIÓN DEL III CONCURSO DE PROYECTOS DE MAGÍSTER EN TEMAS DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN
Regiones de Antofagasta, O´Xxxxxxx y La Araucanía
PROGRAMA REGIONAL DE INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA Y TECNOLÓGICA – CONICYT CONICYT –
En Santiago de Chile, a de de , comparece por una parte la Comisión Nacional de Investigación Científica y Tecnológica, en adelante CONICYT, RUT 00.000.000-0, representada legalmente por su Director Ejecutivo xxx XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX, RUT N°0.000.000-0, ambos domiciliados en xxxxx Xxxxxx 0000, Xxxxxx xx Xxxxxxxx, Xxxxxx Xxxxxxxxxxxxx y por la otra, la , RUT N° , en adelante la “Institución Responsable”, representada legalmente por don , RUT Nº ambos domiciliados en
N° , , quienes han convenido lo siguiente:
PRIMERA: DEFINICIONES
1.1 Definiciones Transversales
a) Propuesta: se entenderá por propuesta al documento (suma de formularios más anexos) mediante el cual se realiza la postulación a alguno de los concursos de la presente convocatoria, el que se postulará en formato digital a CONICYT.
b) Proyecto: se entenderá por proyecto a la “Propuesta” que resulte adjudicada en el marco de alguno de los concursos de la convocatoria.
c) Programa Regional de Investigación Científica y Tecnológica (Programa Regional): Es el Programa de CONICYT cuyo objetivo principal es expandir y descentralizar desde una perspectiva geográfica e institucional, la distribución de recursos humanos, financieros y materiales para la investigación y desarrollo en regiones.
d) Director del Programa Regional de CONICYT: Es la autoridad unipersonal designada por CONICYT, facultada para ejercer las funciones y atribuciones expresamente señaladas en las bases. El Director estará estrictamente supeditado a las instrucciones superiores que emanen de CONICYT y será el enlace operativo entre dicho Programa y cada Institución Beneficiaria adjudicada.
e) Consejo Asesor del Programa Regional de CONICYT: Es un cuerpo colegiado regulado mediante Resolución Exenta de CONICYT Nº 5137 de 26 de octubre de 2012 y sus posteriores modificaciones, integrado por expertos, designados por CONICYT y cuya misión es colaborar en la conducción estratégica del Programa en lo relativo al mejoramiento de las capacidades regionales en materia de ciencia, tecnología e innovación; proponer medidas para la aplicación, por el Programa Regional de las políticas generales y específicas de desarrollo científico y tecnológico que defina CONICYT; recomendar los criterios y procedimientos de evaluación, reformulación, suspensión y de evaluación de sus resultados; proponer a CONICYT los proyectos que se financiarán con fondos del Programa Regional, los montos y condiciones pertinentes y asesorar a CONICYT, tratándose de interpretar
el sentido y alcance de las bases de la convocatoria, en caso de dudas y conflictos que se susciten sobre su ejecución o aplicación.
f) Comité Regional de Proyectos (CREP): Cuerpo colegiado, conformado por expertos(as) de alta calificación técnica en los ámbitos científico, tecnológico y de emprendimiento, que tiene como objetivo potenciar el enfoque regional en los procesos de evaluación, seguimiento y control de proyectos de interés regional. Constituye un órgano colaborador del Consejo Asesor del Programa Regional y de la Dirección del Programa Regional, que realizará una labor de acompañamiento y apoyo en el proceso de operación de recursos velando por la pertinencia y calidad del mismo en relación al desarrollo regional. Además apoyará la labor de seguimiento y control de los proyectos adjudicados.
g) Representante Regional: designado(a) por el(la) Intendente(a), actuará en calidad de representante de la región. Entre sus funciones estará realizar la “Evaluación Estratégica Regional”, que se especifica en el punto I – 4.2.2 de las bases.
1.2 Definiciones Específicas para Magíster
h) Magíster: Programa de estudios de profundización en una o más de las disciplinas de que se trate. El Magíster que se busca ejecutar en el marco de esta convocatoria es de tipo profesional de acuerdo a la clasificación de magíster que define la Comisión Nacional de Acreditación (CNA-Chile).
i) Institución Beneficiaria: Institución que presenta la propuesta. En caso de resultar adjudicada, es responsable frente a CONICYT de las distintas etapas de ejecución del proyecto, así como del adecuado cumplimiento de los objetivos de éste. Asimismo, es la institución que recibe los recursos que CONICYT le adjudique para la ejecución del proyecto. La Institución Beneficiaria debe ser una universidad chilena, reconocida por el MINEDUC y acreditada por la CNA-Chile. No es requisito que ésta tenga su lugar de asiento o domicilio en la región a la que postulan, sin perjuicio de que al menos 1 de las Entidades Participantes deba tenerlo. La Institución Beneficiaria debe postular, obligatoriamente, con al menos una entidad asociada.
j) Entidad Asociada: Es(son) aquella(s) institución(es) que participa(n) de la propuesta en conjunto con la Institución Beneficiaria, la(s) que puede(n) ser pública(s) y/o privada(s), con personalidad jurídica, con/sin fines de lucro.
Una de las entidades asociadas debe ser una universidad, centro o instituto de investigación. No obstante, además podrá contemplar la participación de otras entidades a las señaladas, sean estas regionales, nacionales y/o internacionales con experiencia en formación y/o investigación en los contenidos que serán tratados en el programa (tanto los mínimos exigidos en estas bases como los ligados a los requerimientos regionales definidos para la región a la que se postula) y que otorgue(n) al proyecto pertinencia con respecto al área o temática de especialización. La(s) Entidad(es) Asociada(s) no recibe(n) aportes directos de CONICYT.
k) Entidades Participantes: Corresponde a todas la entidades que forman parte de la propuesta, es decir, Institución Beneficiaria y Entidad(es) Asociada(s), según corresponda.
l) Director(a) Responsable: Representante de la Institución Beneficiaria, cuya labor es actuar de contraparte ante CONICYT. Deberá coordinar el trabajo que se realice en el marco del Comité de Selección de Estudiantes (CSE), ser responsable
de la entrega de los informes técnicos y financieros y de toda la información que se le solicite para el correcto funcionamiento del proyecto.
m) Director(a) Xxxxxxx(a): Representante que intervendrá en caso de ausencia o impedimento temporal del(de la) directora(a) responsable del proyecto. En esos casos, tendrá las mismas facultades que dicho(a) director(a).
SEGUNDA: ADJUDICACIÓN DEL PROYECTO
CONICYT declara que en el marco del “III Concurso de Proyecto de Magíster en Temas de Ciencia, Tecnología e Innovación”, convocado por Resolución Exenta N° , de fecha de de de CONICYT, y adjudicado por la Resolución Exenta N° , de fecha de de 2017 de CONICYT, se adjudicó el proyecto denominado “ ”, presentado por la “ ” como “Institución Responsable” (en adelante “El Proyecto”) por un costo total de $ .- ( ). Los aportes de CONICYT a esa cifra ascienden a $ .- ( ), por su parte, los aportes de la Institución Responsable a esa cifra ascienden a $ .- ( ).
La “Institución Responsable” declara que asume las obligaciones contractuales que establece el presente convenio, por el período de ejecución mencionado, hasta el cabal cumplimiento de los objetivos propuestos, de acuerdo a lo establecido en el proyecto adjudicado.
TERCERA: APORTES DE CONICYT Y GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO
CONICYT aportará al Proyecto, con recursos del Gobierno Regional de
y/o propios, la suma total equivalente a
$ .- ( _ _). Este monto está destinado a cubrir gastos directamente asociados a la ejecución del proyecto, de acuerdo a los ítems de gasto definidos en las bases de la convocatoria.
Los recursos deberán ser ejecutados directamente por la(s) institución(es) responsable(s), en conformidad a los propios procedimientos establecidos por ellas y a los definidos en el “Manual para la Adquisición de Bienes, Contratación de Servicios y Rendición de Cuentas, Proyecto de Magíster Regional en Temas de Ciencia, Tecnología e Innovación. Programa Regional – CONICYT”
Se transferirá un monto equivalente al 100% del total de la Etapa 1, que corresponde a
$ .- ( ), al momento de la total tramitación de la resolución aprobatoria del presente convenio, previo otorgamiento de la garantía respectiva, consistente en boleta de garantía bancaria pagadera a la vista, vale vista bancario o póliza de seguros de ejecución inmediata, por el 100% del monto total de la cuota a transferir y con una vigencia de, al menos, ciento ochenta (180) días posteriores a la fecha de entrega del diseño del programa de magíster. Dicha caución será devuelta una vez aprobado el diseño, en caso de aprobar la Etapa 1 y el respectivo informe financiero de la Etapa 1 o la tramitación del finiquito en caso de no aprobar dicha etapa.
Se transferirá un monto equivalente al 100% de los recursos aprobados para el desarrollo de la Etapa 2, que corresponde a $ .-
( ), una vez que esté totalmente tramitada la resolución que apruebe el paso a la Etapa 2 y previo otorgamiento de la garantía respectiva, consistente en boleta de garantía bancaria pagadera a la vista, vale vista bancario o póliza de seguros de ejecución inmediata, por el 100% del monto total de la cuota a transferir y con una vigencia de, al menos, ciento ochenta (180) días posteriores a la fecha de entrega del informe final del programa de magíster. Dicha caución será devuelta una vez aprobado dicho informe final y el informe financiero.
Sin perjuicio de lo anterior, CONICYT se reserva el derecho a financiar en más de una cuota el proyecto de acuerdo a su disponibilidad presupuestaria.
A los beneficiarios públicos no se les solicitará documentos en garantía conforme al dictamen N°15978/10 de la Contraloría General de la República.
CUARTA: SUJECIÓN DEL APORTE A MODALIDADES O CONDICIONES
El aporte de CONICYT de los recursos financieros queda sujeto a las siguientes modalidades:
• Disponibilidad presupuestaria de CONICYT;
• Transferencia de recursos efectiva desde el Gobierno Regional respectivo a CONICYT;
• Destinación exclusiva por la “Institución Responsable” que recibe los recursos en transferencia, para la ejecución del “Proyecto”;
• Entrega en forma oportuna de la caución señalada en la cláusula anterior.
QUINTA: ACEPTACIÓN DEL APORTE CONICYT POR LA INSTITUCIÓN RESPONSABLE
La “Institución Responsable” declara que acepta el aporte de CONICYT objeto del convenio y se obliga a ejecutar el “Proyecto”, utilizando los recursos en los insumos, actividades y objetivos precisados en éste.
SEXTA: PLAZO DEL PROYECTO
El plazo máximo de ejecución de la Etapa 1 corresponde a 6 meses, contados a partir de la fecha en que se encuentre totalmente tramitada la resolución que aprueba el convenio.
Habrá una Evaluación Intermedia que tendrá una duración de 2 meses, contados a partir del término de la Etapa 1.
La etapa 2 tendrá una duración de hasta 24 meses. El inicio de la Etapa 2 se establecerá oficialmente a partir de la fecha de la transferencia de recursos de la segunda cuota. Por lo tanto, considerando un período de evaluación intermedio correspondiente aproximadamente 2 meses, un proyecto que sea aprobado para realizar las 2 etapas, contará con hasta 32 meses como plazo máximo de ejecución.
La duración total del proyecto será contada a partir de la fecha en que se encuentre totalmente tramitada la resolución que aprueba el convenio.
El convenio de proyecto tendrá una vigencia de 90 días adicionales al plazo de ejecución del proyecto para trámites administrativos, es decir, un total de 35 meses.
Si durante la ejecución del Proyecto, éste se paralizare o retrasare por alguna causal fundada, que a juicio del Programa Regional de CONICYT amerite que los plazos de ejecución del mismo sean modificados, éstos se modificarán de acuerdo a los procedimientos establecidos en la cláusula DÉCIMATERCERA del presente convenio.
SÉPTIMA: MONEDA DE PAGO
El monto del aporte que CONICYT entrega a la “Institución Responsable”, se expresa en moneda nacional no reajustable.
OCTAVA: CONTRAPARTE TÉCNICA
Durante el desarrollo del proyecto, CONICYT designará una contraparte técnica, que será responsable especialmente de:
• Revisar el cumplimiento de las actividades planificadas por la “Institución Responsable”;
• Supervisar y orientar la marcha estratégica del “Proyecto”, de acuerdo a lo establecido en el presente convenio.
NOVENA: MANEJO DE DINERO Y CONTABILIDAD DEL PROYECTO
9.1 La Unidad de Control de Rendiciones del Departamento de Administración y Finanzas de CONICYT será la instancia responsable de validar (aprobar, observar o rechazar) los gastos presentados por la Institución Responsable del proyecto, según corresponda, respecto a montos y forma de rendir.
En ese marco, la documentación original que compone la rendición de cuentas deberá ser enviada a CONICYT para su revisión y aprobación, antes de proceder a la nueva transferencia de recursos.
Una vez terminada la revisión de la documentación por la UCR/DAF, el expediente de rendición de cuentas permanecerá en custodia de la Unidad Operativa Otorgante del Financiamiento (CONICYT), tal como lo indica la Xxx. Xx00/0000 xx xx Xxxxxxxxxxx Xxxxxxx xx xx Xxxxxxxxx.
9.2 Para Instituciones Beneficiarias Privadas, cuyo presupuesto total sobrepase el monto de $50.000.000 (cincuenta millones de pesos) o su presupuesto anual sobrepase los $20.000.000 (veinte millones de pesos) será obligatorio contar con una cuenta bancaria exclusiva para el manejo de los recursos entregados por CONICYT al proyecto. Los proyectos que requieran de cuenta bancaria exclusiva, y que presenten rendiciones de cuenta (Instituciones Privadas y Beneficiarios Privados (Personas Naturales)), deberán adjuntar las respectivas cartolas y conciliaciones bancarias que den cuenta de los movimientos realizados, considerándose tales documentos obligatorios y que forman parte de la rendición de los gastos.
Para Instituciones Beneficiarias Públicas, será obligatorio contar con un centro de costos asociado a una cuenta bancaria de la Institución Beneficiaria.
9.3 La “Institución Responsable” permitirá en todo momento el examen de la información y documentación sustantiva, administrativa y contable que permita verificar el desarrollo del proyecto por los personeros que acredite CONICYT.
9.4 En el evento que un documento de carácter contable sea declarado por la “Institución Responsable” en más de un Programa de CONICYT, ésta se reserva
el derecho de poner término anticipado ipso facto, a los proyectos involucrados y solicitar la devolución total o parcial de los recursos entregados.
9.5 En el evento que un mismo documento de gasto fuese rendido en más de un proyecto de CONICYT, ésta quedará facultada para evaluar el alcance de dicha operación, de cuyo análisis podrá establecer el término anticipado del proyecto, previa calificación del mérito del incumplimiento en que se ha incurrido.
9.6 Queda estrictamente prohibido invertir los fondos transferidos para el desarrollo del proyecto, en cualquier tipo de instrumento financiero, ya sea xx xxxxx fija o variable, de corto o largo plazo, que reditúe intereses, reajustes u otras utilidades, tales como: fondos mutuos, acciones, depósitos a plazo, bonos, etc. En la eventualidad que se detecte ganancias obtenidas con motivo de inversiones efectuadas con los recursos destinados a gastos propios del proyecto, dichos montos deberán ser entregados a CONICYT, quedando ésta facultada para evaluar el alcance de dicha operación, de cuyo análisis podrá establecer el término anticipado del proyecto, previa calificación del mérito del incumplimiento en que se ha incurrido.
Queda prohibido el arriendo de vehículos propios justificados con documentos internos de las instituciones beneficiarias (facturas, recibos simples, recibos internos u otros), es decir, que estas cobren como arriendo el uso de los vehículos propios para actividades del proyecto.
DÉCIMA: OBLIGACIONES ADICIONALES DE LA INSTITUCIÓN RESPONSABLE
Sin perjuicio del oportuno y fiel cumplimiento de las obligaciones que se derivan de este contrato, la “Institución Responsable” y Entidades Participantes deberán:
10.1 Obtener los resultados del proyecto en la forma programada, sin perjuicio de lo dispuesto en las cláusulas DÉCIMACUARTA Y DÉCIMAQUINTA.
10.2 En las publicaciones, productos y actividades desarrolladas con ocasión de la ejecución de este Proyecto, deberá quedar claramente establecido que los recursos son aportados por CONICYT y por el Gobierno Regional
, en este último caso de la Provisión Fondo de Innovación para la Competitividad.
DÉCIMAPRIMERA: SEGUIMIENTO Y CONTROL DEL PROYECTO
1. SEGUIMIENTO Y CONTROL
Los recursos en la Etapa 1 serán asignados a la Institución Responsable para garantizar la elaboración de un programa de magíster construido participativamente en la región y para la implementación de la Etapa 2 (en caso de ser aprobada) para garantizar la matrícula y arancel de la nómina de estudiantes que le proporcione a CONICYT, de acuerdo a la resolución que adopte el CSE.
CONICYT realizará el seguimiento y control de la ejecución del proyecto para: el apoyo al desarrollo exitoso, la verificación del cumplimiento de los resultados esperados y el correcto uso de los recursos transferidos.
La Institución Responsable deberá poseer mecanismos de control y garantía de participación de los/as expositores/as y docentes que impartirán las temáticas
propuestas. Así las solicitudes de cambios de docentes se podrán realizar solo por motivos de fuerza mayor, las que deberán ser presentadas a CONICYT con, al menos, dos semanas de anterioridad a la fecha en que se dictará el módulo del que se trate el cambio de docentes. Asimismo, deberá poseer mecanismos de control de la asistencia de los/as estudiantes a las actividades contempladas en el proyecto, manteniendo registros de su participación semanalmente, los cuales podrán ser auditados.
CONICYT podrá solicitar la presentación de resultados del proyecto al Gobierno Regional respectivo. Asimismo, podrá solicitar directamente al ejecutor del proyecto información de manera extraordinaria, respecto al estado de ejecución de los proyectos adjudicados, según se requiera para reportar a los gobiernos regionales u otras entidades competentes. Asimismo, CONICYT podrá además realizar visitas a terreno para una mejor evaluación del avance en la ejecución del proyecto.
Informes a presentar: CONICYT exigirá a la Institución Responsable presentar los informes que se señalan a continuación:
a. Etapa 1:
- Un Plan de Trabajo actualizado, que deberá remitir en un plazo máximo de 30 días corridos contados desde la fecha en que se emita la resolución que aprueba el convenio.
- Un informe Final Financiero, que deberá remitir en un plazo máximo de 30 días corridos, contados desde la fecha en que finalicen todas las actividades previstas en el proyecto. . Esta fecha no puede ser superior a la duración establecida para la Etapa 1 (III-3.3 de las bases).
- Un Proyecto Final del Diseño del Programa de Magíster, que deberá remitir en un plazo máximo de 30 días corridos, contados desde la fecha en que finalicen todas las actividades previstas en el proyecto. Esta fecha no puede ser superior a la duración establecida para la Etapa 1 (III-3.3 de las bases). Este proyecto consiste en el diseño técnico y presupuestario del Programa de Magíster y los antecedentes que justifican su diseño. Este documento será el insumo principal para la Evaluación Técnica Intermedia.
b. Etapa 2:
Aquellos proyectos que hayan sido aprobados en el marco de la Evaluación Técnica Intermedia y, por lo tanto, que ejecutarán la Etapa 2, deberán presentar los siguientes informes durante su ejecución:
- Un informe de Operación del CSE, que deberá remitir en un plazo máximo de 30 días corridos, contados desde la fecha de realización de la segunda sesión del CSE.
- Un informe de Avance Técnico, que deberá remitir en un plazo máximo de 30 días corridos contados desde la fecha en que se cumpla el 50% de las clases presenciales.
- Deberá remitir un Informe Financiero cada seis meses. El Informe Financiero final deberá ser enviado en un plazo máximo de 30 días corridos contados desde la fecha en que finalicen todas las actividades previstas en el proyecto.
- Un informe Final Técnico, que deberá remitir en un plazo máximo de 30 días corridos contados desde la fecha en que finalicen todas las actividades previstas en el proyecto.
Los formatos de los informes a presentar serán provistos por CONICYT oportunamente.
Todos los informes deberán ser entregados a CONICYT en las fechas dispuestas para ello. La no presentación de estos informes en el plazo señalado o la no aprobación de los mismos, faculta a CONICYT para poner término anticipado al convenio, hacer efectiva la caución cuando correspondiere, como también ejercer todas las acciones legales para obtener la restitución total o parcial de los recursos. Esta situación será comunicada por escrito a la Institución Beneficiaria.
Las declaraciones de gastos deben ser enviadas en forma mensual por las Instituciones Beneficiarias Públicas y para las Instituciones Beneficiarias Privadas deberán rendir una vez al año a contar de la fecha de la transferencia, enviando la documentación en plazo máximo de 30 días después de finalizado cada período. Ver detalles “MANUAL PARA LA DECLARACIÓN DE GASTOS Y RENDICIÓN DE CUENTAS PARA EL CONCURSO DE MAGÍSTER REGIONAL EN TEMAS DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN”.
Los aportes de otras instituciones, pecuniarios y no pecuniarios valorizados, deben ser rendidos según lo planificado en el proyecto aprobado.
CONICYT podrá solicitar la presentación de resultados del proyecto al Gobierno Regional respectivo. Asimismo, podrá solicitar directamente a la Institución Beneficiaria la información de manera extraordinaria, respecto al estado de ejecución del proyecto adjudicado, según se requiera para reportar a los gobiernos regionales u otras entidades competentes.
Los(as) expertos(as) externos(as), así como personal de CONICYT y del Gobierno Regional podrán realizar visitas al proyecto para comprobar en terreno sus avances y funcionamiento.
DÉCIMASEGUNDA: ADECUACIONES DEL PROYECTO
12.1 Sobre la base de las actividades directas de seguimiento del “Proyecto” y de los demás antecedentes que se disponga o se requiera, CONICYT y/o el/la “Coordinador/a Responsable del Proyecto” podrán sugerir adecuaciones a las actividades y los insumos del “Proyecto”, siempre que no se altere la naturaleza y objeto del mismo.
12.2 CONICYT está facultado para impartir instrucciones a la “Institución Responsable” durante todo el proceso y respecto a cualquiera de sus etapas, las cuales deberán ser cumplidas oportunamente. Tales instrucciones podrán referirse al conjunto de obligaciones que asume la “Institución Responsable”.
12.3 Las instrucciones pertinentes se entenderán que forman parte integrante del presente convenio, para todos los efectos legales.
DÉCIMATERCERA: MODIFICACIÓN
Los cambios técnicos y/o presupuestarios asociados a la ejecución del proyecto deberán ser solicitados a la Dirección del Programa Regional. Estas modificaciones podrán estar referidas a cambios de aspectos no esenciales del concurso y se realizarán en conformidad al procedimiento que a continuación se establece:
- Las materias que dicen relación, por ejemplo, con la reprogramación de aspectos técnicos del proyecto que no afecten el cumplimiento de los objetivos del mismo; requerirán para su aprobación, la solicitud del(la) Director(a) Responsable del proyecto, o de su representante legal o institucional, y la aprobación técnica por parte de la Dirección del Programa Regional.
- En el evento de producirse cambios de obligaciones específicas consignadas en el convenio, modificaciones del monto asignado por CONICYT, o cambios en las entidades o personas naturales que firmaron el convenio original, o aumento, disminución o suspensión del plazo de ejecución establecido en el convenio, se requerirá la solicitud del(la) Director(a) Responsable del proyecto, o de su representante legal o institucional y la aprobación técnica y financiera por parte de la Dirección del Programa Regional. Esta modificación será aprobada mediante acto administrativo de CONICYT.
Los otros aspectos técnicos y presupuestarios de reitemización pueden ser solicitados por el(la) Director(a) Responsable proyecto a la Dirección del Programa Regional, dentro de los límites de control del proyecto: plazo para la rendición de cuentas, montos totales y porcentajes máximos dispuestos para cada ítem. En su solicitud deberá justificar cada una de las modificaciones solicitadas y explicar en qué medida éstas afectarán los resultados e impactos del proyecto tanto en su eficiencia como en su alcance. Esta solicitud deberá estar justificada, y será aprobada o rechazada por el Programa Regional en un plazo no superior a 30 días corridos.
En el caso de ser aceptada la solicitud, y en caso de contar la convocatoria con un sistema de Seguimiento y Control en línea de los proyectos en ejecución, se deberán ingresar los cambios en él. Ninguna modificación presupuestaria es válida mientras no se formule y apruebe en el Sistema de Seguimiento y Control (si existiere) y además cuente con la aprobación formal de la Dirección del Programa Regional. Los gastos no deben realizarse antes de haber sido aceptada la solicitud.
DÉCIMACUARTA: RESTITUCIÓN APORTE
14.1 Como resultado de la función de seguimiento y control, CONICYT se reserva el derecho de suspender temporalmente la entrega del subsidio por razones de incumplimiento parcial o total de obligaciones contractuales, presunta pérdida de relevancia o desarrollo insatisfactorio del proyecto. Asimismo, puede declarar el término anticipado del proyecto, en el caso que las causales de suspensión señaladas no fuesen superadas en los plazos determinados al efecto. En tal evento, la “Institución Responsable” deberá restituir totalmente el saldo no gastado del subsidio.
14.2 Declarado por CONICYT el término anticipado del Proyecto, a solicitud del/la “Director/a Responsable del Proyecto” o por determinación propia, la “Institución Responsable” deberá restituir totalmente el saldo no gastado del aporte. Esto se hará efectivo inmediatamente después que CONICYT le comunicare por carta certificada a la “Institución Responsable” el término
anticipado del “Proyecto”. Asimismo, se podrá ejecutar la garantía y/o solicitarse la devolución total de los recursos transferidos.
14.3 Si los recursos transferidos se destinan a fines distintos de los señalados en el proyecto, deberán ser reintegrados a CONICYT.
14.4 Si la terminación anticipada del “Proyecto” tuviere como causal la presunta negligencia del/la “Director/a Responsable del Proyecto” en el cumplimiento de sus obligaciones, previo informe del Programa Regional, CONICYT deberá pronunciarse sobre la procedencia de esta causal de incumplimiento, y comprobada que fuere, resolverá mediante resolución fundada la restitución total del aporte reajustado recibido por la “Institución Responsable”, expresado en Unidades de Fomento, las que serán convertidas en moneda nacional en la fecha de devolución del aporte. Asimismo, CONICYT podrá hacer efectivas las garantías constituidas.
DÉCIMAQUINTA: TÉRMINO DEL PROYECTO
15.1. Para formalizar el cierre del proyecto se debe rendir la totalidad de los fondos transferidos, o bien, reintegrar el saldo no gastado o el monto rechazado en revisión de rendición de cuentas, cuando corresponda. Un proyecto se entenderá terminado cuando los informes técnicos y financieros finales sean aprobados por CONICYT, para lo cual se dictará el acto administrativo correspondiente. Asimismo, se entiende terminado el proyecto cuando habiéndose puesto término anticipado al convenio, las obligaciones de la “Institución Responsable” hayan sido cumplidas satisfactoriamente, bajo las circunstancias exigibles por tal término.
DÉCIMASEXTA: ANEXOS
16.1 El presente convenio consta de los siguientes Anexos que son parte integrante del mismo:
a) Proyecto denominado “ ”;
b) Bases “Instrumentos de Capital Humano 2017- III Concurso de Proyectos de Magíster de Ciencia, Tecnología e Innovación”;
c) “Manual para la Adquisición de Bienes, Contratación de Servicios y Rendición de Cuentas, Proyecto de ´Magíster Regional en Temas de Ciencia, Tecnología e Innovación. Programa Regional – CONICYT”
d) Formularios para la Presentación de los Informes.
DÉCIMASEPTIMA: PERSONERÍA JURÍDICA
La mención de la personería jurídica de los representantes legales de los comparecientes se inserta al final del presente Convenio.
DÉCIMAOCTAVA: DOMICILIO
Los comparecientes fijan, para los efectos del presente contrato, su domicilio en la ciudad de Santiago y se someten a la competencia de sus Tribunales Ordinarios de Justicia.
DÉCIMANOVENA: ORIGINALES DEL CONVENIO
El presente Xxxxxxxx se suscribe en el mismo número de originales que corresponde a las instituciones firmantes del mismo.
FIRMADO:
CONICYT
REPRESENTANTE LEGAL: Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx CARGO: Director Ejecutivo
R.U.T: 6.069.948-8
PERSONERÍA JURÍDICA: Decreto Supremo N°97/2015 del Ministerio de
Educación
DOMICILIO: Xxxxx Xxxxxx Xx0000, Xxxxxx xx Xxxxxxxx FIRMA:
INSTITUCIÓN RESPONSABLE REPRESENTANTE LEGAL: CARGO:
R.U.T:
PERSONERÍA JURÍDICA: .
DOMICILIO: .
FIRMA: