LICITACIÓN PÚBLICA Nº 37/10 PLIEGO ÚNICO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES
Bicentenario de la Independencia 2010-2016
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 37/10
PLIEGO ÚNICO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES
DISPOSICIONES GENERALES – AMBITO DE APLICACIÓN
Artículo 1º: Las normas contenidas en el presente articulado constituyen el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para la contratación de bienes y servicios del Estado Provincial, aplicables a contratos de compra-venta, suministros, servicios, locaciones, alquileres con opción a compra y permutas que celebren las Reparticiones y Organismos de la Administración Pública Provincial.
Las licitaciones públicas y privadas se regirán por las disposiciones de la Ley de Administración Financiera Nº 6970, del Reglamento para Compras y Contrataciones del Estado Provincial Vigente, del presente Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Particulares, que incluirá las especificaciones técnicas que correspondan, y cualquier otra norma sobre esta materia o disposición que se dicte en cada caso particular, con posterioridad y que estuviera vigente a la fecha de apertura de la licitación.
COMPUTOS DE LOS PLAZOS
Articulo 2º: Todos los plazos establecidos en el presente pliego y demás normas generales o complementarias, se computarán en días hábiles administrativos, salvo expresa disposición en contrario.
CONSULTAS
Artículo 3º: En caso que el pliego de bases y condiciones particulares no contenga previsiones y/o instrucciones respecto a las consultas y aclaraciones que los oferentes deseen formular, éstas podrán efectuarse ante el organismo que gestiona la contratación, por escrito, hasta 72 horas antes de la fecha establecida para la apertura de las ofertas. Las respuestas serán notificadas, junto con las consultas, a todas las personas físicas y/o jurídicas que hayan retirado los pliegos, hasta el día anterior al de la apertura, y pasarán a formar parte de dichos pliegos.
EXIGENCIAS A CUMPLIR POR LOS OFERENTES
Artículo 4º: Podrán ser oferentes todas las Personas Físicas o Jurídicas con capacidad legal para obligarse, que no se encuentren alcanzadas por las causales previstas en el Art. 108 del Reglamento de Compras y Contrataciones del Estado Provincial, que constituyan Domicilio Especial en la ciudad de San Xxxxxx de Tucumán, que hagan expresa renuncia al Fuero Federal y que manifiesten su voluntad de someterse a los Tribunales Ordinarios de San Xxxxxx de Tucumán. Las Personas Jurídicas deberán acreditar su existencia mediante instrumento suficiente, conforme la Ley de Procedimientos Administrativos Nº 4537 y sus modificatorias.
PRESENTACION DE LAS PROPUESTAS, FORMALIDADES Y REQUISITOS
Artículo 5º: Las propuestas se presentarán en sobre cerrado, con o sin identificación del proponente, indistintamente, hasta la hora fijada para la realización del acto de apertura. Cuando la documentación que integre la propuesta sea voluminosa, podrá sustituirse el sobre por caja o paquete debidamente cerrado. En el sobre, caja o paquete que contenga la propuesta deberá indicarse el número de la licitación y el nombre de la repartición licitante.
Artículo 6º: Las propuestas se integrarán con:
la oferta económica.
los instrumentos de garantía respectivos.
la descripción o catálogo, si resultare pertinente.
el sellado de actuación que correspondiere, según la ley impositiva vigente.
el recibo de la muestra, cuando la presentación de la misma hubiera sido exigida.
tratándose de artefactos, maquinarias y demás bienes que, de acuerdo a las normas comerciales tengan servicios y garantías postventas, deberá indicar las características y plazos de duración de los mismos, así como identificar al prestador del servicio, cuando se tratare de una persona física o jurídica distinta del oferente.
el certificado de libre deuda de impuestos provinciales, expedido por la Dirección General xx Xxxxxx de la Provincia de Tucumán.
demás documentación exigida en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
Artículo 7º: Las ofertas deberán estar escritas en forma clara y legible, sin raspaduras, interlíneas, testaciones ni enmiendas, las que, de existir, deberán estar debidamente salvadas.
Los proponentes o sus representantes legales rubricarán cada una de las hojas que compongan la oferta económica. Cuando se actúe en representación de una persona física o jurídica deberá acompañarse el instrumento que lo acredite.
Artículo 8º: Si el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, no indica la forma en que se formulará la oferta, el proponente podrá hacerlo por renglón, y aún por parte de cada renglón. Asimismo podrá realizar otra oferta por todo lo licitado sobre la base de su adjudicación íntegra.
Además de la oferta básica y obligatoria, ajustada a los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares, el oferente podrá presentar ofertas alternativas, en cuyo caso deberá agregar su propio proyecto, condiciones y documentación técnica pertinente, únicamente cuando tal posibilidad esté expresamente prevista en dichos pliegos de bases y condiciones.
GARANTÍAS
Artículo 9º: a) Garantía de mantenimiento de la oferta: será del 4% sobre el valor total de la oferta, calculado sobre el importe resultante de considerar el mayor valor cotizado por el proponente. Deberá acompañarse con la propuesta.
b) Garantía de ejecución del contrato: será equivalente al 10% del valor total adjudicado y deberá ser entregada a la Repartición licitante, dentro de los 10 (diez) días hábiles siguientes a la notificación de la adjudicación. Esta garantía se integra con el importe correspondiente a la garantía constituida para el mantenimiento de la oferta.
Cuando el adjudicatario no presente la garantía de ejecución de contrato en el plazo establecido, deberá ser notificado para su cumplimiento en el plazo de 72 horas. En caso de persistir en el incumplimiento, quedará sin efecto la adjudicación, aplicándose las penalidades establecidas. En ese caso, podrá adjudicarse el contrato a la propuesta que siguiera en el orden de mérito, que haya formulado la Comisión de Preadjudicación, o a la que resultare más conveniente de entre las restantes ofertas admisibles que se hubieran mantenido, sin necesidad de realizar una nueva licitación.
Artículo 10º: Las garantías podrán constituirse de las siguientes formas:
Mediante depósito en la Institución Bancaria que actúa como agente financiero de la provincia, haciéndose referencia a la licitación pública a la que corresponda, lo que se acreditará mediante presentación de la boleta respectiva.
En títulos de la deuda pública, emitidos por el Estado Nacional o Provincial. Los mismos deberán ser depositados en la institución bancaria que actúa como agente financiero de la provincia, identificándose la licitación de que se trate. Deberá acreditarse con el comprobante emitido por dicha entidad bancaria, el que constituirá prueba fehaciente del depósito efectuado. Los títulos se tomarán a valor de cotización.
Con aval o fianza bancaria debidamente intervenido por la Dirección General xx Xxxxxx de la Provincia, constituyéndose el fiador en deudor solidario, liso y llano y principal pagador, renunciando expresamente a los beneficios de división y excusión, en los términos del artículo Nº 2013 del Código Civil, así como el beneficio de interpelación judicial previa.
Con seguro de caución debidamente intervenido por la Dirección General xx Xxxxxx de la Provincia, mediante pólizas aprobadas por la Superintendencia de Seguros dependiente del Ministerio de Economía de la Nación, o por el Organismo Nacional que lo reemplace.
Mediante pagaré a la vista suscripto por el proponente o quienes tuvieren la representación de la razón social o actuaren con poderes suficientes, debidamente intervenido por la Dirección General xx Xxxxxx de la Provincia, cuando el monto de la garantía no supere el cuádruple de la suma actualizada prevista en el artículo 59º inciso 1 de la Ley 6.970.
La elección de la forma de garantía, en principio, queda a opción del oferente o adjudicatario, quien se responsabilizará por la plena ejecutabilidad del instrumento ofrecido. Las garantías deben ser ejecutables en la provincia, y sus emisores deberán fijar domicilio en San Xxxxxx de Tucumán, y renunciar al Fuero Federal, sometiéndose a la jurisdicción de los tribunales ordinarios de la capital.
Por razones debidamente fundadas en el expediente, el Organismo contratante podrá restringir las formas de constitución de las garantías, en cuyo caso, el Pliego de Bases y Condiciones Particulares deberá indicar las formas admitidas.
Las garantías deben constituirse en forma independiente para cada contratación, no admitiéndose como tales, los créditos que el oferente tuviere contra el estado provincial ni las garantías de otras licitaciones.
Las garantías correspondientes a licitaciones que realicen las Reparticiones pertenecientes a la Administración Central, se constituirán a favor del Superior Gobierno de la Provincia. En las licitaciones que efectúen los organismos descentralizados o autárquicos, las garantías se constituirán a favor del organismo licitante.
MUESTRAS
Artículo 11º: Las muestras podrán ser exigidas en los pliegos de bases y condiciones particulares, o por la Comisión de Preadjudicación y deberán presentarse en el plazo, lugar y en la forma que se indique, y serán restituidas dentro de los plazos y en las condiciones establecidas en el Reglamento de Compras y Contrataciones.
VISTA DE LAS ACTUACIONES – IMPUGNABILIDAD DE LAS OFERTAS
Artículo 12º: Toda persona que acredite algún interés, podrá en cualquier momento tomar vista de las actuaciones referidas a una contratación, desde la apertura de las ofertas hasta la finalización del contrato, exceptuando la etapa de evaluación de las ofertas. Las ofertas serán exhibidas a los oferentes por el término de 3 (tres) días hábiles, contado a partir de la apertura, quienes podrán solicitar copias a su xxxxx. Durante este plazo los oferentes podrán realizar observaciones e impugnaciones, las que serán evaluadas por la Comisión de Preadjudicación.
La negativa a dar vista de las actuaciones se considerará falta grave del funcionario o agente al que corresponda otorgarla.
Los terceros no oferentes, deberán acreditar su interés por cualquier medio de prueba. En estos supuestos la toma de vista en ningún caso dará derecho a dichos particulares a efectuar presentaciones en el expediente por el que tramita la licitación, ni dará lugar a la suspensión de los trámites o a demoras en el procedimiento de la contratación.
INADMISIBILIDAD DE LAS PROPUESTAS
Artículo 13º: serán causa insubsanable de inadmisibilidad de las propuestas, las siguientes:
la existencia de enmiendas, interlíneas, testaciones y/o raspaduras que no hayan sido debidamente salvadas en la propuesta económica, que versen sobre cuestiones de fondo y no de forma, quedando esta interpretación a cargo de la Comisión de Preadjudicación.
La falta total de la presentación de la garantía de mantenimiento de la oferta o insuficiencia de la garantía constituida. Solo será subsanable cuando la constituida parcialmente cubra por lo menos el 80% del monto que correspondiera, en cuyo caso, el oferente, deberá completarla en el plazo de 72 hs., a partir de su notificación.
La falta total del sellado y/o estampillado fiscal que fija la ley impositiva o insuficiencia del mismo. Solo será subsanable cuando el pago parcial cubra por lo menos el 70% del monto que correspondiera, en cuyo caso, el oferente deberá completarlo en el plazo de 72 hs. a partir de su notificación.
La falta de firma del oferente o su representante legal en la propuesta económica.
La Comisión de Preadjudicación evaluará las demás observaciones que consten en el acta de apertura, observará la omisión de cualquier otro requisito necesario para la presentación de las propuestas, y notificará a los oferentes cuyas propuestas hayan sido observadas para que subsanen las deficiencias en el plazo de 72 hs. Vencido el plazo, si no se hubiera subsanado la deficiencia, la propuesta será declarada inadmisible.
ADJUDICACIÓN
Artículo 14º: La adjudicación será resuelta, mediante acto administrativo, por la autoridad competente para aprobar la contratación y será notificada fehacientemente al adjudicatario. Los servicios administrativos del área licitante deberán enviar a la Dirección de Compras y Contrataciones la información correspondiente a los efectos de su difusión en el sitio Web oficial de la provincia.
Artículo 15º: La autoridad que apruebe el procedimiento podrá incrementar las cantidades a adjudicar hasta un 20% de las solicitadas, siempre que no varíen los precios unitarios y demás condiciones establecidas y que exista saldo disponible en las partidas presupuestarias correspondientes.
CONTRATO
Artículo 16º: El contrato, que se perfecciona con la notificación del acto administrativo de adjudicación o con la recepción por parte del adjudicatario de la orden de compra que emita la repartición licitante, no podrá ser transferido ni cedido por el adjudicatario, sin la previa autorización de la autoridad competente que hubiera dispuesto la adjudicación.
ORDEN DE PRELACIÓN
Artículo 17º: Todos los documentos que integran el contrato serán considerados como recíprocamente explicativos. En caso de existir discrepancias entre los referidos documentos, regirá el siguiente orden de prelación:
Ley de Administración Financiera Nº 6970.
Las disposiciones del Reglamento de Compras y Contrataciones del Estado Provincial.
El presente Pliego Único de Bases y Condiciones Generales.
El Pliego de Bases y Condiciones Particulares
La oferta y las muestras que se hubieren acompañado.
El acto administrativo de adjudicación.
La orden de compra.
COMPETENCIA JUDICIAL
Artículo 18º: Ante cualquier divergencia que pudiera suscitarse, las partes quedan sometidas a la competencia de los Tribunales ordinarios de San Xxxxxx de Tucumán, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción.
CLAUSULA ANTICORRUPCIÓN
Artículo 19º: Será causal determinante del rechazo sin más trámite de la propuesta u oferta en cualquier estado de la licitación, o de la rescisión de pleno derecho del contrato, dar u ofrecer dinero o cualquier otra dádiva a fin de que:
Funcionarios o empleados públicos con competencia referida a esta licitación o contrato hagan o dejen de hacer algo relativo a sus funciones.
Hagan valer la influencia de su cargo ante otro funcionario o empleado público con la competencia descripta, a fin de que estos hagan o dejen de hacer algo relativo a sus funciones.
Cualquier persona haga valer su relación o influencia sobre un funcionario o empleado público con la competencia descripta, a fin de que estos hagan o dejen de hacer algo relativo a sus funciones.
Serán considerados sujetos activos de esta conducta quienes hayan cometido tales actos en interés del contratista directa o indirectamente, ya sea como representantes, administrativos, socios, mandatarios, gerentes, factores, empleados, contratados, gestores de negocios, síndicos, o cualquier otra persona física o jurídica.
Las consecuencias de estas conductas ilícitas se producirán aún cuando se hubieran consumado en grado de tentativa.
DE LAS SANCIONES
Artículo 20º: Los proponentes o los adjudicatarios que incumplan con alguna de las obligaciones establecidas en los pliegos de bases y condiciones, serán pasibles de las sanciones previstas en el Artículo 117 y 118 del Reglamento de Compras y Contrataciones, las que se graduarán en función a la gravedad de la falta o de su reincidencia.
AFECTACIÓN DE CRÉDITOS
Artículo 21º: Los derechos y créditos a favor de la adjudicación, se afectarán al cobro de las multas, en el orden siguiente:
Las facturas emergentes del contrato, que estén al cobro o en trámite.
Las garantías constituidas.
Los créditos del contratante resultantes de otros contratos de suministros o prestación de servicio no personales, aún de otras entidades o jurisdicciones, quedando establecido que el contratista presta su conformidad para que se efectúen las compensaciones o retenciones respectivas.
REQUISITOS MINIMOS QUE DEBEN CONTENER LOS PLIEGOS Y CONDICIONES PARTICULARES.
Artículo 22º: En los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares deberán indicarse los siguientes requisitos esenciales:
Nombre del Organismo contratante.
Objeto de la contratación.
Número de expediente y número de licitación.
Valor xxx Xxxxxx si correspondiere.
Plazo de mantenimiento de la propuesta.
Plazo, lugar y forma de entrega de los bienes o de la prestación de servicios.
Especificaciones técnicas, las que deberán consignar en forma clara e inconfundible:
Las características y especies de la prestación.
La calidad exigida, cuando se considere pertinente y, en su caso, las normas de calidad que deben cumplir los bienes y servicios, determinado si los elementos deber ser nuevos, usados o reacondicionados.
Si se aceptarán tolerancias, cuando la característica de la contratación lo requiera.
No se deberán formular especificaciones cuyo cumplimiento sólo sea factible para determinadas empresas o productos.
Para la reparación de aparatos, máquinas o motores podrán solicitarse repuestos denominados legítimos.
Fijar la moneda de cotización, en los casos en que se disponga que se cotice en moneda extranjera.
Indicar la forma y el plazo de pago.
Indicar si se exigirá la presentación de muestras.
Determinar la forma de constitución de garantía, cuando por razones fundadas se establezca alguna/s en especial o se excluya/n alguna/s de las previstas en el Reglamento.
Cuando se requiera más de un ejemplar en la propuesta, fijar la cantidad de copias que los oferentes deben presentar.
Cuando se admita formular ofertas alternativas, deberá consignarse expresamente.
Señalar la información adicional y exigencias que deberán cumplimentar los oferentes.
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES
LICITACION PÚBLICA Nº 37/10
REFERENCIA: Contratación del servicio de Distribución Postal, en sus distintas modalidades, como así también el servicio Puerta a Puerta, por el término de 24 (veinticuatro) meses.
EXPEDIENTE: 36535/376-D-2010
Artículo 1º: DE LA PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS
Las propuestas se presentarán en sobre cerrado con la leyenda que indique:
- Organismo Licitante: Dirección General xx Xxxxxx Tucumán
- Domicilio: 24 de Septiembre Nº 960/970
- Licitación Pública Nº: 37/10
- Expediente Nº: 36535/376-D-2010
- Fecha de Apertura: 23 de Febrero de 2011 a hs. 11:00
Las ofertas deberán presentarse por duplicado, rubricadas en todas sus fojas y foliadas en orden correlativo.
No se aceptará ninguna propuesta que no fuere presentada hasta la hora fijada para la Apertura.
La presentación en el acto licitatorio implica aceptación xxxx y xxxxx xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Generales y Particulares, como así también la reglamentación que impera al efecto en el Estado Provincial.
Cualquiera fuera el tipo de garantía de oferta que se presente, se consignará como beneficiario de la misma el siguiente: Superior Gobierno de la Provincia de Tucumán.
Sellado de actuación por cada folio que integre la propuesta, como así también toda documentación adjunta; fijada actualmente en $ 1.- (pesos uno) por foja.
Contrato Social y Acta de Directorio, o Poder cuando corresponda, que acredite que el o los firmantes de la propuesta están facultados para representar a la Sociedad en el acto licitatorio o en su defecto fotocopia debidamente autenticada, cuando se tratare de empresas no radicadas en la Provincia además deberán estar certificadas por el Colegio de Escribanos de la jurisdicción que se trate.
Certificado de Cumplimiento Fiscal actualizado en original expedido por la Dirección General xx Xxxxxx de la Provincia.
Certificado Fiscal para Contratar emitido por la AFIP, vigente al momento de la apertura.-
Artículo 2°: OBJETO
La presente licitación tiene como objeto la contratación de los Servicios de Distribución Postal, en sus distintas modalidades, como así también el Servicio Puerta a Puerta, para la DIRECCION GENERAL XX XXXXXX, por el término de (24) veinticuatro meses, contados a partir de su firma, el cual podrá ser prorrogado por única vez por un plazo igual a (24) veinticuatro meses adicionales, a decisión exclusiva de la DIRECCION GENERAL XX XXXXXX según las necesidades operativas de la misma, en cuyo caso los alcances de la prórroga y las prestaciones de la Adjudicataria serán convenidos con la DIRECCION GENERAL XX XXXXXX. En caso de acordarse la renovación del presente convenio la misma se instrumentará con un nuevo contrato.
En lo que respecta al Servicio Puerta a Puerta, los elementos normales a transportar serán bolsos o bolsines conteniendo elementos o documentación, cuyos cierres se asegurarán con candados y/o precintos y que llevarán en cada caso, la inscripción con letras notables el nombre de la receptoría pertinente.-
El precio de los elementos provistos por la Empresa Adjudicataria (bolsos y bolsines) serán facturados a la DIRECCION GENERAL XX XXXXXX, salvo la primera provisión que estará a cargo de la Empresa que resulte adjudicataria.-
Los horarios y recorridos se ajustarán estrictamente a lo requerido en el presente Pliego.-
Los empleados de la Adjudicataria serán los encargados de recibir la documentación en la dependencia del Remitente en los días y horarios convenidos.-
Artículo 3°: PLAZOS - PRORROGAS - HORARIOS – LUGAR
Los plazos son establecidos en días hábiles, salvo disposición expresa en contrario. Los días declarados de asueto se considerarán inhábiles a partir de la hora 0 (cero), sin perjuicio de la validez de los actos realizados.
Si el vencimiento de un término o la fecha prevista para la realización de un acto ocurriera en un día inhábil o en el lapso declarado de asueto, aquel se prorrogará hasta el primer día hábil siguiente y en su caso se celebrará a la hora prevista para su realización original.
Las presentaciones deberán efectuarse dentro del horario hábil administrativo vigente en la DIRECCION GENERAL XX XXXXXX. Los plazos al efecto, expirarán al concluir dicho horario.
Toda presentación deberá hacerse en División Compras y Suministros de la DIRECCION GENERAL XX XXXXXX, sita en la planta baja del xxxxxxxx xx xxxxx 00 de Septiembre Nº 000/000 xx xx xxxxxx xx Xxx Xxxxxx xx Xxxxxxx.
Artículo 4°: REQUISITOS DE LOS OFERENTES
Son inadmisibles como Oferentes, quienes:
a) Tengan incompatibilidad para contratar con el Estado Provincial.
b) Xxxxx inhabilitados por condena judicial.
c) Estén fallidos o quebrados.
Los impedimentos precedentemente dispuestos, alcanzan a las empresas o entidades cuyos directores, socios mayoristas, síndicos gerentes o representantes legales se encuentren comprendidos en ellos o lo hayan estado en algún momento durante los CINCO (5) años previos al acto de apertura y a las personas que durante igual lapso, hubieran tenido alguno de esos desempeños en empresas o entidades comprendidas en dichos supuestos.
Los postulantes deberán acompañar declaración jurada manifestando que ni directa ni indirectamente, están comprendidos en esas inhabilidades.
Podrán participar todas las personas, también las sociedades que se encuentran constituidas, con la experiencia en el asunto que motiva este llamado de por lo menos 3 (tres) años como mínimo.
Los oferentes deberán:
Estar inscriptos en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales, debiendo acompañar a su oferta una certificación extendida por la Comisión Nacional de Comunicaciones, Comisión Nacional de Correo y Telecomunicaciones y/o Autoridad de Aplicación y Control respectiva, en la que conste que el oferente no registra sanciones por incumplimientos de contratos actualizada. Asimismo, dicha certificación deberá consignar los servicios autorizados a prestar y área geográfica de cobertura, ya sea con medios propios o con convenios de redespacho. En este último caso, deberán indicar con que empresas se encuentran vinculadas, su ámbito de cobertura, estructura, personal, medios de transporte y toda otra documentación que permita evaluar la capacidad para efectuar las tareas objeto de la presente licitación.
Adjuntar constancia emitida por la AFIP de la que surja la cantidad de empleados declarados por el oferente, como personal en relación de dependencia con asiento en Tucumán, copia certificada por Escribano Público del libro de registro único, constancia de ART, declaración jurada del impuesto para la Salud Pública.
Será indispensable contar con una estructura propia mínima de personal de 50 (cincuenta) personas con asiento en Tucumán según surja de la certificación solicitada anteriormente. La cantidad de empleados solicitados deberán estar afectados a la actividad de distribución postal.
Los oferentes deberán presentar:
a) Declaración Jurada de no estar afectado por las causales de inadmisibilidad como oferente
b) Documentación relativa a la individualización de los oferentes, su constitución, representación en su caso, todo debidamente legalizado.
c) Antecedentes empresariales: Se deberá presentar un listado de clientes actuales del oferente donde se evaluará la capacidad de distribución de piezas postales.
Los oferentes deberán acreditar esta capacidad de distribución mediante certificaciones de clientes a los que estén prestando actualmente servicios similares a los licitados. Estas certificaciones deberán estar emitidas expresamente para esta contratación, y deberán indicar:
- Antigüedad de la prestación (no inferior a cinco años).
- Opinión del emisor de la certificación en relación a la calidad del servicio prestado.
- Nro. de Teléfono y Dirección del certificante y nombre de la persona a contactar en caso de requerirse información adicional.-
d) Detalle de los automotores que se afectarán al servicio:
- Tipo de vehículo.
- Número de patente.
- Marca.
- Antigüedad.
-Título de propiedad y cédula de identificación a nombre del oferente. En caso de vehículos contratados se adjuntará carta intención del propietario con firma certificada por Escribano Público y fotocopia del título de propiedad del mismo debidamente autenticado a nombre del locador.
e) Cantidad de piezas postales distribuidas en los últimos doce (12) meses.
Artículo 5º: DE LA COTIZACION
Los precios cotizados deberán incluir todo tipo de gastos e impuestos, tasas y contribuciones, sean directos o indirectos, nacionales, provinciales y/o municipales, incluido el Impuesto al Valor Agregado, expresado en moneda nacional de curso legal vigente (Pesos) y conforme al presente Pliego. Se deberá presentar la composición de la ecuación económica al momento de la presentación.
La oferta económica deberá estar expresada en números y letras. No se reconocerá ningún adicional por cualquier concepto que no haya sido expresado en la propuesta.
En el caso en que los costos sufrieran, a criterio del adjudicatario una variación que alterara su ecuación económica de más de un QUINCE (15) %, el mismo podrá elevar un pedido de ajuste el que deberá estar debidamente justificado.
La DIRECCION GENERAL XX XXXXXX evaluará la viabilidad del pedido y de ser justificado aceptará la modificación solicitada que elevará a la superioridad para su definición por el instrumento legal correspondiente.
Artículo 6°: ATRIBUCIONES DE LA DIRECCION GENERAL XX XXXXXX
La DIRECCION GENERAL XX XXXXXX se reserva la facultad de determinar la cantidad y tipo de servicios postales a utilizar conforme a sus disponibilidades presupuestarias y necesidades operativas y de política fiscal.
Artículo 7°: CONOCIMIENTO DE LAS CONDICIONES
Por sí sola la presentación de la oferta importa reconocer de pleno derecho que el oferente conoce las bases y condiciones de la Licitación, que valoró todas las circunstancias y previo sus consecuencias y las acepta en su totalidad, y que en adelante será inadmisible invocar desconocimiento o imprevisibilidad.
Artículo 8°: MANTENIMIENTO DE LA OFERTA
Los oferentes se obligan a mantener y garantizar sus ofertas durante CUARENTA Y CINCO (45) días hábiles contados desde la fecha del acto de apertura.
La obligación de mantener y garantizar la oferta se renovará automáticamente por períodos de TREINTA (30) días hábiles, si el oferente no hiciere saber expresamente su decisión de desistir de la misma con por lo menos DIEZ (10) días hábiles de antelación al vencimiento del período determinado.
El incumplimiento de mantener la oferta durante el plazo inicial y sus prórrogas consentidas, causa la pérdida de la garantía.
Artículo 9: PROPUESTA, PRESENTACION Y ALCANCE
Las ofertas se presentarán en División Compras y Suministros de la DIRECCION GENERAL XX XXXXXX, sita en 24 de Septiembre Nº 960/970 - San Xxxxxx de Tucumán, o en el lugar que se indique en la publicación, hasta el día y hora fijados para el acto de apertura. Serán inadmisibles las propuestas presentadas tardíamente, cualquiera fuere la causa del atraso.
Las ofertas serán abiertas en acto público, en lugar establecido en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares de la DIRECCION GENERAL XX XXXXXX.
Se labrará un acta, dejando constancia de las ofertas presentadas y de las manifestaciones de los oferentes relativos al acto. Será firmada por los funcionarios intervinientes y por los oferentes presentes. Para realizar observaciones al acto será necesario contar con el poder correspondiente.
El sobre será abierto el día y hora fijados en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares en la DIRECCION GENERAL XX XXXXXX.
Artículo 10º: PROCEDIMIENTO DE EVALUACION
La DIRECCION GENERAL XX XXXXXX podrá requerir a los oferentes información complementaria sobre sus respectivas propuestas, información que deberá ser brindada por escrito dentro de los TRES (3) días hábiles de requerida.
Se agregará al expediente licitatorio copia del requerimiento y el informe recibido, que quedarán a la vista de los demás oferentes. El incumplimiento del deber de informar complementariamente, faculta para desestimar la oferta, salvo que se justifique el atraso o la imposibilidad de presentarla.
La DIRECCION GENERAL XX XXXXXX, podrá requerir la exhibición de libros y comprobantes para verificar todos los requisitos de las ofertas, en cualquier momento del proceso licitatorio.
La DIRECCION GENERAL XX XXXXXX, a través de la Comisión de Preadjudicación realizará el análisis de las propuestas en orden al mejor cumplimiento de los fines licitatorios y considerando la oferta más conveniente, no sólo desde el punto de vista económico sino también de la calidad de la prestación del servicio, los antecedentes de servicios similares prestados y volúmenes de distribución efectuadas.
Artículo 11°: CONFIGURACION DEL CONTRATO Y PRINCIPIO DE EJECUCION
Dentro de los 5 (cinco) días hábiles de notificada la adjudicación el Adjudicatario deberá concurrir a firmar el Contrato de Servicio respectivo.
El Contrato se perfeccionará con la firma del instrumento señalado en el Anexo I y/o Anexo II.
El principio de ejecución quedará condicionado a que dentro de los (10) diez días hábiles desde la comunicación de la adjudicación a la firma, se acredite en el expediente licitatorio la constitución de la garantía de cumplimiento de contrato conforme a lo dispuesto en el artículo 9 inciso x xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales.
El adjudicatario deberá iniciar la prestación de los servicios en forma inmediata una vez constituidas las garantías correspondientes, la que deberá tener validez hasta la desvinculación de la Empresa por extinción del contrato.
Artículo 12°: CONDICIONES DEL ADJUDICATARIO
La DIRECCION GENERAL XX XXXXXX está absolutamente exenta de responsabilidad por cualquier daño que sufra el Adjudicatario, sus dependientes, profesionales y cualquier otra persona, con motivo u ocasión de cosas de toda especie y actividades de toda índole comprendidos, relativos a la presente contratación.
El adjudicatario tiene la íntegra responsabilidad al respecto, sin limitaciones por tipo de responsabilidad, ni cuantitativas ni temporales.
La DIRECCION GENERAL XX XXXXXX y el adjudicatario se obligan a mantener el uso reservado de toda información que ambas partes califiquen así, y que sea entregada por una parte a la otra para cualquiera de los fines contractuales.
El adjudicatario es único responsable como empleador de la relación entre él y el Personal que afecte para llevar a cabo el SERVICIO a que se refiere el contrato, así como para dirimir dificultad o conflicto que pueda surgir entre él y su personal o de su personal entre sí.
El Adjudicatario es responsable y queda a su exclusivo cargo, todo reintegro y/o daño causado por la falta de prestación del SERVICIO en tiempo y forma.
El adjudicatario deberá cumplir las tareas de distribución de la documentación con la mayor celeridad y premura. En caso de que el servicio no demostrare los rendimientos, capacidades y características requeridos durante 6 (seis) meses podrá la DIRECCION GENERAL XX XXXXXX declarar y notificar el rechazo del mismo y disponer la rescisión de la contratación.
A los fines que pudiera corresponder la Empresa Adjudicataria debe proporcionar a su personal una credencial que acredite su condición, la que podrá se requerida en cualquier momento por la DIRECCION GENERAL XX XXXXXX.
El personal de la Empresa que resulte adjudicataria deberá dejar sentado en las planillas de recorrido habilitadas a tal fin, las condiciones en que se efectuó la entrega, según el tipo de la misma y el responsable que la distribuyó.
Los bolsos o bolsines no entregados constarán con la información clara de los motivos de la imposibilidad de la entrega con la mayor cantidad de datos posibles (ausencia temporal, cantidad de visitas realizadas, etc.)
Artículo 13°: EXTINCION DEL CONTRATO
El contrato podrá concluirse por:
a) Vencimiento del plazo
b) Concurso del Adjudicatario
c) Culpa de las partes, caso fortuito o fuerza mayor
La DIRECCION GENERAL XX XXXXXX podrá rescindir el contrato por culpa del Adjudicatario, por:
a) No completar o no renovar la garantía de cumplimiento.
b) Manifiesta deficiencia o injustificado incumplimiento de las diligencias naturales de la explotación en el nivel debido por el Adjudicatario.
c) La apertura del Concurso Preventivo del Adjudicatario, o de uno de ellos si fueran varios.
d) La divulgación de información de uso reservado, demostrada fehacientemente.
e) Interrupciones reiteradas en la prestación de los SERVICIOS.
f) Revocación del permiso por parte la Secretaría de Comunicaciones de la Nación.
Se aclara que la enumeración de este artículo no es taxativa y no comprende todos los casos de incumplimiento a las prestaciones del adjudicatario.
La rescisión por culpa del Adjudicatario determinará la pérdida de la garantía de cumplimiento y la responsabilidad por los mayores daños y perjuicios que causare.
La quiebra del Adjudicatario extinguirá el contrato con pérdida de la garantía de cumplimiento. Y en el supuesto de ser culpable o fraudulenta, con responsabilidad por los mayores perjuicios.
Artículo 14°: PENALIDADES
La xxxx en el cumplimiento de las obligaciones a cargo del Adjudicatario dentro de los plazos previstos en el presente Pliego y en el Contrato respectivo, dará lugar a una multa por xxxx equivalente al 0,14% (cero catorce por ciento) diario hasta los primeros veinte (20) días. Vencido dicho plazos se aplicará el 0,2% (cero dos por ciento) diario hasta la fecha de cumplimiento de las obligaciones o de la rescisión contractual en su caso. Dichos porcentajes se aplicarán sobre el monto promedio facturado en los últimos seis (6) meses.
La xxxx se considerará producida por el simple vencimiento del plazo contractual, sin la necesidad de interpelación alguna. Las sanciones previstas serán de aplicación automática, sin necesidad de pronunciamiento expreso.
Artículo 15°: RESCISION DEL CONTRATO
Serán consideradas causales de rescisión del Contrato por la DIRECCION GENERAL XX XXXXXX la observancia en el adjudicatario de los siguientes incumplimientos:
- Inconducta manifiesta.
- Difusión de información de la DIRECCION GENERAL XX XXXXXX.
- Falta de confiabilidad.
- Demora reiteradas en la entrega de la documentación con vencimiento que proporcionare la DIRECCION GENERAL XX XXXXXX para su distribución.
- Reclamos reiterados de contribuyentes sobre la no recepción de documentación, o comunicaciones de importancia, en lo que se refiere a la DIRECCION GENERAL XX XXXXXX. En tal caso, la DIRECCION GENERAL XX XXXXXX expondrá al adjudicatario copias de las gestiones de reclamos iniciados por los contribuyentes.
-Unilateralmente por razones de conveniencia la DIRECCION GENERAL XX XXXXXX podrá rescindir el Contrato sin manifestar causa alguna; dicha situación será comunicada al adjudicatario, dentro de los 30 (Treinta) días de producida la misma.
La penalidad prevista en el presente artículo no será aplicada cuando obedezca a caso fortuito o de fuerza mayor debidamente acreditadas y aceptadas por la DIRECCION GENERAL XX XXXXXX.
Artículo 16º: DOMICILIO:
El oferente deberá constituir domicilio en la provincia de Tucumán donde serán válidas todas las notificaciones producto de esta licitación.
Artículo 17º: RENUNCIA AL FUERO FEDERAL:
Se deberá presentar nota sometiéndose a la justicia ordinaria de la provincia de Tucumán y con renuncia expresa al Fuero Federal.
Artículo 18º.- CONSULTA Y RETIRO DE PLIEGOS
El Pliego es GRATUITO.
Consulta y retiro de Xxxxxxx en División Compras y Suministros de la DIRECCION GENERAL XX XXXXXX, sito en 24 de Septiembre Nº 960/970 de San Xxxxxx de Tucumán, en el horario de 8:00 a 14:00.
Artículo 19º.- APERTURA
La apertura se realizara el día 23 de Febrero de 2011 a hs. 11:00 o el día hábil siguiente a la misma hora, si fuera decretado feriado.
ANEXO N° I
MODELO DE CONTRATO SERVICIO PUERTA A PUERTA
Entre la Empresa ……………………, representada en este acto por Sr. …………………, DNI Nº ………………………… con domicilio en calle ………………………, San Xxxxxx de Tucumán, denominada en adelante LA ADJUDICATARIA, por una parte y por la otra el Gobierno de la Provincia de Tucumán, representada en este acto por el Sr. ………………, DNI N° ………………, en su carácter de ………………….. de la Dirección General xx Xxxxxx, autorizado por Decreto Nº …………, con domicilio en ………………………, San Xxxxxx de Tucumán, Provincia de Tucumán, en adelante denominada LA DIRECCION, convienen en celebrar el presente contrato sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones:
CLAUSULA PRIMERA: Las partes acuerdan por el presente establecer las pautas y procedimientos necesarios para la prestación de los servicios detallados en los Anexos I - A y Anexo I - B, sujeta a las modalidades que se encuentran en los mismos.
CLAUSULA SEGUNDA: LA ADJUDICATARIA, actuará única y exclusivamente como agente del servicio puerta a puerta, y no la vincula interés societario con LA DIRECCION.
CLAUSULA TERCERA: LA ADJUDICATARIA no suministrará información a terceros sobre el servicio prestado. Sólo otorgará información a LA DIRECCION, en caso de ser requerida, la que se formulará en forma escrita y en las siguientes condiciones: a) Gratuita, cuando le sea requerida en forma esporádica y eventual, o que surjan con motivos de reclamos formulados a LA DIRECCION; b) A título oneroso, cuando difiera de los conceptos enunciados en a), en cuyo caso se percibirá el derecho de información que fija la tarifa de Correos para los Servicios Postales y Telegráficos.--------------
CLAUSULA CUARTA: LA DIRECCION libera expresamente a LA ADJUDICATARIA de toda responsabilidad en caso de huelgas de carácter general, conflictos o hechos imprevisibles en los cuales quede directamente comprometida la actividad del convenio. En caso de conflictos gremiales que afecten la prestación del servicio, LA ADJUDICATARIA se compromete a implementar un plan de emergencia que asegure la continuidad del mismo.
CLAUSULA QUINTA: Se establece expresamente que a los fines de la obtención del precio del servicio objeto de éste se ha contemplado la incidencia de impuestos, tasas, contribuciones y gravámenes existentes a la fecha.
Asímismo, a los efectos de dar cuenta a la realidad económica, se establece la posibilidad de reajustar el valor económico del contrato, previa notificación expresa por parte de LA ADJUDICATARIA y de conformidad por parte de LA DIRECCION.
CLAUSULA SEXTA: El pago del servicio que se contrata será abonado por mes vencido en el domicilio de LA DIRECCION y la facturación por los servicios prestados se realizará de acuerdo a los remitos conformados y a las rendiciones de la correspondencia enviada.
CLAUSULA SEPTIMA: LA ADJUDICATARIA podrá incorporar otros servicios no contemplados en el presente siempre y cuando estén directamente relacionados con el servicio que constituye objeto del presente convenio y se haya comunicado a LA DIRECCION, en forma escrita con un plazo de antelación mínimo xx xxxx (10) días, obteniendo una respuesta expresa y a favor de la ampliación de la prestación del servicio, cuyo precio se acordará en dicha oportunidades entre las partes.
CLAUSULA OCTAVA: Para el supuesto de incumplimiento por parte de LA ADJUDICATARIA, en la entrega de los envíos contratados, en forma y tiempo convenido, LA DIRECCION podrá rescindir el presente contrato, sin que ello genere derecho a resarcimiento o indemnización a favor de LA ADJUDICATARIA.-
CLAUSULA NOVENA: El presente convenio tendrá vigencia desde el …… de …… del año …, por el término de veinticuatro (24) meses, contados a partir de su firma, el cual podrá ser prorrogado por única vez por un plazo igual de veinticuatro (24) meses adicionales, a decisión exclusiva de LA DIRECCION GENERAL XX XXXXXX según las necesidades operativas de la misma, en cuyo caso los alcances de la prórroga y las prestaciones de la Adjudicataria serán convenido con LA DIRECCION GENERAL XX XXXXXX, no pudiendo ser superiores a los establecidos para el plazo original de contratación. En este supuesto se deberá firmar un nuevo contrato.
CLAUSULA DECIMA: A todos los efectos judiciales y extrajudiciales emanados del presente convenio, las partes se someten a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios en lo Civil y Comercial, de la Provincia de Tucumán, haciendo expresa renuncia del fuero federal u otro que pudiera corresponder, constituyendo LA ADJUDICATARIA domicilio legal, en …………………… San Xxxxxx de Tucumán, Provincia de Tucumán, y LA DIRECCION en calle ………………… de la ciudad San Xxxxxx de Tucumán, Provincia de Tucumán.
CLAUSULA DECIMA PRIMERA: El sellado que corresponda tributar por el presente, será soportado por ambas partes en igual proporción. LA DIRECCION GENERAL XX XXXXXX se encuentra exenta del Impuesto de Sellos tal lo establecido en el artículo 44 de la Ley Nº 5121 (t.c. 2009) y sus modificatorias.
En prueba de conformidad se firma el presente, en dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad de San Xxxxxx de Tucumán, a los ………… días del mes de ……… del año ……….-
ANEXO I – A
1) OBJETO DEL PRESENTE CONVENIO
1.1. LA ADJUDICATARIA se compromete a brindar el servicio de distribución "Puerta a Puerta" de acuerdo a las siguientes necesidades de LA DIRECCION, en la Provincia de Tucumán.
2) DETALLES DE LOS SERVICIOS A CUMPLIMENTAR
2.1. LA ADJUDICATARIA realizará el transporte de los bolsines de acuerdo al programa de domicilios, frecuencias, horario y peso que se estipulan en la planilla de "NECESIDADES OPERATIVAS", que integra el presente. Se podrán incorporar nuevos servicios no incluídos, originalmente, o alterarse los ya contratados, previa conformidad de ambas partes.
2.2. LA ADJUDICATARIA se reserva la facultad de modificar el servicio contratado cuando las características del mismo, en su parte operativa, así lo requiera. A tal efecto comunicará a LA DIRECCIÓN la necesidad de dicha modificación a fin de coordinar el accionar futuro.
2.3.- Los cambios y fuera de frecuencia deberán ser informados por escrito ajustándose la tarifa pactada según corresponda.
2.4.- Los envíos requeridos fuera de frecuencia y/o peso establecido serán objeto de facturación adicional.
2.5.- LA ADJUDICATARIA entrega a LA DIRECCIÓN la cantidad necesaria de bolsines para el servicio, los que serán utilizados para acondicionar la documentación objeto de transporte, los que deberán ostentar en todo momento la tarjeta identificatoria que se le proveerá.
2.6.- Se conviene que las reposiciones de los bolsines que se efectúen por cualquier causa, serán a cargo de LA DIRECCIÓN, no encontrándose LA ADJUDICATARIA obligada a realizar el transporte de la documentación que no se efectúe en bolsines de su propiedad y por ésta provistos, reservándose el derecho de retirar los que hubiere entregado una vez cancelado el servicio.
2.7.- Queda expresamente prohibido a LA DIRECCIÓN incluir en los envíos: papel moneda, alhajas, monedas metálicas o cualquier valor al portador. Tampoco deberán incluirse armas de fuego, sustancias explosivas, inflamables, líquidas, deletéreas o infecciosas y todo otro elemento que atente contra la integridad de los restantes envíos, la seguridad de las personas que los manipulan y de los transportes que lo conducen.
2.8.- LA ADJUDICATARIA no será responsable en caso de extravío, pérdida, despojo, destrucción o expoliación, averías intencionales o falta parcial de su contenido cuando se trate de envíos en infracción a lo señalado en el punto 2.7 precedente, o cuando el hecho que ocasionara el perjuicio sea imputable al remitente o al destinatario o por vicio de la cosa o inherente a su naturaleza cuando el destinatario haya otorgado recibo sin formular objeción alguna.
2.9.- Ante cualquier duda o inconveniente, LA DIRECCIÓN deberá comunicarse con el funcionario responsable de LA ADJUDICATARIA Sr. ……………… en calle ……………, San Xxxxxx de Tucumán, Tel. ………, en el horario de Lunes a Viernes de 08:00 a 14:00 y de 15:30 a 18:00.-
2.10.- LA DIRECCIÓN, declara que su condición frente al Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.) es la de exenta lo que acredita con N° de CUIT 30-69229637-7. ANEXO I - B
DETALLE DE LOS SERVICIOS PUERTA A PUERTA QUE BRINDA A LA DIRECCIÓN GENERAL XX XXXXXX DE TUCUMÁN
Los mismos deberán realizarse de acuerdo a las frecuencias establecidas en el siguiente detalle:
Tramo Frecuencia Mensual Precio
Tucumán – Concepción 20
Concepción – Xxxxxxx 00
Xxxxxxx - Xxxxxx Xxxxx 12
Buenos Aires – Xxxxxxx 00
Xxxxxxx – Xxxxx Xxxxx 00
Xxxxx Xxxxx – Tucumán 12
Tucumán – Aguilares 12
Aguilares – Xxxxxxx 00
Xxxxxxx – X. X. Xxxxxxx 00
X. X. Xxxxxxx – Xxxxxxx 12
Tucumán – Lules 12
Lules – Xxxxxxx 00
Xxxxxxx – Xxxxxxxx 00
Xxxxxxxx – Xxxxxxx 00
Xxxxxxx – Xxxx Xxxxx 00
Xxxx Xxxxx – Xxxxxxx 00
Xxxxxxx – Plazoleta Mitre 12
Plazoleta Mitre – Xxxxxxx 00
Xxxxxxx – Amaicha xxx Xxxxx 8
Amaicha xxx Xxxxx – Xxxxxxx 0
Xxxxxxx – Banda del Río Salí 8
Banda del Río Salí – Tucumán 8
Tucumán – Bella Vista 8
Bella Vista – Tucumán 8
Tucumán – Xxxxxxxxx 0
Xxxxxxxxx – Xxxxxxx 0
Xxxxxxx – Famaillá 8
Famaillá – Xxxxxxx 0
Xxxxxxx – La Cocha 8
La Cocha – Tucumán 8
Tucumán – Simoca 8
Simoca – Xxxxxxx 0
Xxxxxxx – Xxxx xxx Xxxxx 8
Xxxx xxx Xxxxx – Tucumán 8
Tucumán – Trancas 8
Trancas – Xxxxxxx 0
Hiper Libertad – Xxxxxxx 00
Xxxxxxx – Hiper Libertad 12
El bolsín deberá tener una capacidad de almacenar 2 Kg.
Los precios consignados incluyen todo tipo de gastos e impuestos, tasas y contribuciones, sean directos o indirectos, nacionales, provinciales y/o municipales, incluido el Impuesto al Valor Agregado.-
ANEXO N° II
MODELO DE CONTRATO DE SERVICIO DE DISTRIBUCIÓN
Entre la ………………… representada en este acto por ………………… DNI N°……… en su carácter de …………………… con domicilio en calle …………………, San Xxxxxx de Tucumán, denominada en adelante LA ADJUDICATARIA, por una parte y por la otra LA DIRECCIÓN GENERAL XX XXXXXX, representada en este acto por el Sr. ………………, DNI Nº …………………… en su carácter de Director General con domicilio en calle …………………………, San Xxxxxx de Tucumán, Provincia de Tucumán, en adelante denominada LA DIRECCIÓN, convienen en celebrar el presente contrato sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones:
CLAUSULA PRIMERA: Las partes acuerdan por el presente establecer las pautas, condiciones y procedimientos necesarios para la prestación de los servicios detallados en los anexos pertinentes.
CLAUSULA SEGUNDA: LA ADJUDICATARIA, actuará única y exclusivamente como agente de distribución postal, sin que exista ningún otro tipo de vinculación con LA DIRECCIÓN.
CLAUSULA TERCERA: LA ADJUDICATARIA no suministrará información a terceros sobre el servicio prestado, salvo que exista una obligación legal al respecto. Sólo otorgará información a LA DIRECCIÓN, en caso de ser solicitada en forma escrita y la misma será gratuita en los siguientes supuestos: a) Cuando le sea requerida en forma esporádica y eventual, b) que sea requerida con motivo de reclamos formulados por la calidad del servicio.
CLAUSULA CUARTA: LA DIRECCIÓN libera expresamente a LA ADJUDICATARIA de toda responsabilidad en caso de huelgas de carácter general, conflictos o hechos imprevisibles en los cuales quede directamente comprometida la actividad del convenio. En caso de conflictos gremiales que afecten la prestación del servicio, LA ADJUDICATARIA se compromete a implementar un plan de emergencia que asegure la continuidad del mismo.
CLAUSULA QUINTA: Los precios pactados por los servicios constituirán la facturación básica. Se establece expresamente que a los fines de la obtención del precio del servicio objeto del presente se ha contemplado la incidencia de impuestos, tasas, contribuciones y gravámenes a la fecha, y que afecten o incidan sobre el servicio, incluyendo el Impuesto al Valor Agregado. Sin perjuicio de lo expuesto, ambas partes podrán convenir cualquier modificación tarifaria durante el transcurso del presente.
CLAUSULA SEXTA: El pago será mediante “Orden de Pago” con transferencia bancaria. El adjudicatario deberá, al momento de presentar su factura, indicar número de Cuenta Corriente como proveedor del Estado abierta en el Banco del Tucumán S. A. – Grupo Macro -.
El pago de los servicios que se contratan será abonado por mes vencido y la facturación por los servicios prestados se realizará de acuerdo a los remitos o planillas de imposición conformados, y el pago deberá realizarse dentro de los treinta (30) días hábiles de la fecha de recepción de la factura.
CLAUSULA SÉPTIMA: Para el supuesto de incumplimiento por parte de LA DIRECCIÓN en el pago de las facturaciones en el plazo convenido, se pacta un interés diario compensatorio igual a una vez la tasa para descuento de documentos comerciales del Banco de la Nación Argentina, el que deberá hacerse efectivo dentro de los treinta (30) días hábiles administrativos posteriores a la facturación de los mismos y podrá a su exclusivo arbitrio: a) rescindir el presente contrato previa notificación fehaciente a LA DIRECCIÓN, con diez (10) días hábiles de antelación a la misma, b) suspender el servicio hasta tanto se regularicen los pagos, previa notificación fehaciente a LA DIRECCIÓN con diez (10) días de antelación a la misma, independientemente de las acciones judiciales que se puede interponer, c) Continuar con la remisión de los envíos pendientes, sin perjuicio de las acciones judiciales que hubiere iniciado.
CLAUSULA OCTAVA: Para el supuesto de incumplimiento reiterado por parte de LA ADJUDICATARIA en la entrega de los envíos contratados, en forma y en tiempo determinado, LA DIRECCIÓN podrá rescindir el presente contrato previo aviso escrito en tal sentido, realizado con diez (10) días de anticipación, sin que ello genere derecho a resarcimiento o indemnización a favor de LA ADJUDICATARIA.
CLAUSULA NOVENA: LA ADJUDICATARIA, podrá cancelar la cuenta corriente contratada en los siguientes casos: 1) Cuando hayan transcurrido tres (3) meses sin movimientos significativos de cuenta, 2) Cuando no se hayan cumplimentado la cantidad de imposiciones que hubieran justificado la apertura de este tipo de cuenta.
CLAUSULA DECIMA: El presente convenio tendrá vigencia desde el ……………………………………., por el término de veinticuatro (24) meses, renovándose automáticamente por igual período, sin necesidad de comunicación previa en ese sentido. Podrá rescindirse previa comunicación expresa y fehaciente, realizada en tal sentido por algunas de las partes, con una anticipación mínima de sesenta (60) días a la fecha de vencimiento, caso contrario se considerará automáticamente prorrogado.
CLAUSULA DECIMA PRIMERA: A todos los efectos judiciales y extrajudiciales emanados del presente contrato, las partes se someten a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios en lo Civil y Comercial de la Provincia de Tucumán, haciendo expresa renuncia del Fuero Federal u otro que pudiera corresponder, constituyendo domicilio legal, LA ADJUDICATARIA en calle ................... San Xxxxxx de Tucumán, Provincia de Tucumán, y LA DIRECCIÓN en calle ................................San Xxxxxx de Tucumán, Provincia de Tucumán
CLAUSULA DECIMA SEGUNDA: El sellado que corresponda tributar por el presente, será soportado por ambas partes en igual proporción. LA DIRECCION GENERAL XX XXXXXX se encuentra exenta del Impuesto de Sellos tal lo establecido en el artículo 44 de la Ley Nº 5121 (t.c. 2009) y sus modificatorias.
En prueba de conformidad se firma el presente, en dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efectos, en la ciudad de San Xxxxxx de Tucumán, a los .......días del mes de ....................del año
ANEXO III
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS BÁSICAS DEL SERVICIO DE DISTRIBUCIÓN POSTAL
1- NOTIFICACIONES TIPO CEDULA (BAJO FIRMA)
El servicio consiste en el confronte de documentos (triplicado), el que debe incluir las siguientes acciones:
a) Retiro de la DIRECCIÓN GENERAL XX XXXXXX de la documentación.
b) Entrega de la pieza
c) Certificación que fue entregada con el texto entregado por la DIRECCIÓN GENERAL XX XXXXXX.
La devolución de la cédula deberá realizarse dentro de las 96 Hs. de retirada la documentación debidamente conformada por el destinatario conjuntamente con la Planilla de Devolución de Piezas en forma manual. El servicio requerido debe ser una comunicación fehaciente. Para el caso que sea solicitado por la DIRECCION GENERAL XX XXXXXX el servicio será similar pero con informe de entrega de piezas en soporte magnético.
2.- NOTIFICACIONES TIPO SOBRE MANILA
El servicio consiste en un servicio postal con acuse de recibo con informe de los resultados de entrega en soporte magnético (hasta 500 grs).
3.-
BOLETA BAJO PUERTA (Inmobiliario, Automotor, Forma de Pago y
Notificaciones varias, etc.)
El
servicio requerido consiste en la entrega bajo puerta de las piezas
(hasta 6 boletas) con
información en soporte magnético de la admisión y de los motivos
de no entrega de las piezas
El informe en soporte magnético deberá contener:
a) total de boletas distribuidas
b) total de boletas no entregadas
c) detalle de las boletas no entregadas con sus motivos
4.- CARTA CERTIFICADA
El servicio requerido consiste en un servicio postal con entrega bajo firma hasta 250 gr.
5.- CARTA EXPRESO
El servicio requerido consiste en un servicio postal prioritario, de 24 horas, hasta 250 grs. Su entrega debe ser efectuada bajo firma.
6.- CARTA CERTIFICADA CON AVISO DE RETORNO
El servicio requerido consiste en un servicio postal con entrega bajo firma y acuse de recibo individual hasta 250 grs. El acuse de recibo debe ser entregado a la DIRECCIÓN GENERAL XX XXXXXX dentro de las 96 hs. siguientes en que fue retirada o recepcionada por el prestador del servicio
7.- CARTA DOCUMENTO
El servicio requerido debe ser comunicación fehaciente con valor fedatario.
8.- ENCOMIENDA
El servicio deberá ser facturado de acuerdo al peso del paquete objeto de envío y deberá ser rendido con entrega bajo firma y acuse de recibo individual.
9.- ENSOBRADO Y TERMOSELLADO
Procesos adicionales en envíos de emisiones masivas de boletas y folletos informativos.
10.- RENDICION DIGITAL
Descripción:
Consiste en un servicio de consulta de piezas con acuse de recibo que permite a la DIRECCION GENERAL XX XXXXXX visualizar la imagen del acuse de recibo conformado.
Características:
Aplicaciones sobre notificaciones y documentos con acuse de recibo. El sistema permite visualizar la imagen del acuse conformado.
La visualización de la imagen deberá estar disponible como máximo a las 48 hs. hábiles posteriores de haberse entregado la pieza.
11.-DOBLADO, ENSOBRADO, ETIQUETADO, ABROCHADO, XXXXXX, CORTE Y HERMANADO
Servicio que se llevará a cabo cuando se efectúen las entregas de las obleas correspondientes al Impuesto a los Automotores y Rodados.
2010 – Bicentenario de la Revolución xx Xxxx Año de Homenaje al Xx. Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx