INFORME DE SUPERVISIÓN Y RECIBO A SATISFACCIÓN
INFORME DE SUPERVISIÓN Y RECIBO A SATISFACCIÓN
Contrato ☒ Convenio ☐ Acuerdo ☐ Orden de Compra, Servicio u Obra ☐
N°. 48 de Fecha_27- mayo - 2014_
1. INFORMACIÓN GENERAL
Contratista:
ESTRUCTURAS EN FINANZAS S.A.
Identificación:
NIT. 000.000.000-7
Objeto: EL CONTRATISTA se obliga a prestar servicios profesionales para valorar la participación que tiene el Fondo de Capital de Riesgo en la sociedad Almidones xx Xxxxx SAS, así como, diseñar, estructurar presentar e implementar el proceso de enajenación de la participación que tiene el Fondo de Capital de Riesgo en la empresa Almidones xx Xxxxx SAS.
Plazo de Ejecución:
180 días.
Otrosí (es):
Otrosí Número Uno al contrato, del 25 de noviembre de 2014, por medio del cual se prorrogó el plazo de ejecución del contrato hasta el día 30 de julio de 2015.
Otrosí Número Dos al contrato, del 29 de julio de 2015, por medio del cual se prorrogó el plazo de ejecución del mismo hasta el día 30 de diciembre de 2015.
Otrosí Número Tres al contrato, del 30 de diciembre de 2015, por medio del cual se prorrogó el plazo de ejecución del mismo hasta el día 30 xx xxxxx de 2016.
Otrosí Número Cuatro al contrato, del 3 xx xxxxx de 2016, por medio del cual se modificó la cláusula décima primera del mismo, con el fin de designar como supervisor al Vicepresidente de Inversiones de FINAGRO.
Otrosí Número Cinco al contrato, del 20 xx xxxxx de 2016, por medio del cual se prorrogó el plazo de ejecución del mismo hasta el día 31 de octubre de 2016.
Otrosí Número Seis al contrato, del 20 de octubre de 2016, por medio del cual se prorrogó el plazo de ejecución del mismo hasta el día 30 xx xxxxx de 2017.
Otrosí Número Siete al contrato, del 9 xx xxxxx de 2017, por medio del cual se prorrogó el plazo de ejecución del mismo hasta el día 30 xx xxxxx de 2018.
Otrosí Número Ocho al contrato, del 1 de febrero de 2018, por medio del cual se prorrogó el plazo de ejecución del mismo hasta el día 15 de diciembre de 2018.
Otrosí Número Nueve al contrato, del 13 de diciembre de 2018, por medio del cual 1) se prorroga el plazo de ejecución del contrato hasta el día 15 de diciembre de 2019,
ii) se adicionó el valor del contrato en la suma de CINCUENTA MILLONES DE PESOS ($50.000.000) M/CTE, MAS IVA. Y iii) se definió la forma de pago del valor adicionado mediante el Otrosí Número Nueve.
Otrosí Número Diez al contrato, del 2 de julio de 2021, por medio del cual Modificar la Forma de Pago establecida en la Cláusula Séptima del Contrato de Prestación de Servicios No. 048 de 2018 y modificada mediante Otrosi No. 9.
Fecha de Inicio:
16 xx xxxxx de 2014.
Suspensiones:
Acta de Suspensión al contrato, del 9 de diciembre de 2019, por medio de la cual suspendieron la ejecución del mismo desde la fecha de firma de dicha Acta y hasta el día 30 xx xxxxx de 2020.
Acta de Suspensión al contrato, del 1 xx xxxxx de 2020, por medio de la cual suspendieron la ejecución del mismo hasta el día 30 xx xxxxx de 2020.
Acta de Suspensión al contrato, del 26 xx xxxxx de 2020, por medio de la cual suspendieron la ejecución del mismo hasta el día 30 de septiembre de 2020.
Acta de Suspensión al contrato, del 29 de septiembre de 2020, por medio de la cual suspendieron la ejecución del mismo hasta el día 31 de enero de 2021.
Acta de Suspensión al contrato, del 3 de febrero de 2021, por medio de la cual suspendieron la ejecución del mismo hasta el día 30 xx xxxxx de 2021.
Fecha de Terminación:
4 de julio de 2021.
2. ASPECTOS FINANCIEROS:
CONCEPTO | VALOR |
Valor Inicial | $104.400.000 incluido IVA (más comisión de éxito) |
Adiciones al valor inicial | $59.500.000 incluido IVA |
Valor total | $163.900.000 incluido IVA (más comisión de éxito) |
Valor ejecutado | $132.580.000 incluido IVA |
Valor no Ejecutado* | $31.320.000 incluido IVA (más comisión de éxito) |
(*) El saldo a pagar del contrato no se pagará dado que las actividades atadas al mismo no se cumplieron. Las firma Esfinanzas ha realizado un acompañamiento apropiado, pero no se ha podido finalizar el proceso de enajenación de manera satisfactoria, debido a que el mismo cuenta con distintas aprobaciones, como la aprobación del Comité de Participaciones dentro del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, la aprobación de la Junta Directiva de Finagro respecto de la valoración, la aprobación del Consejo de Ministros del Decreto y Plan de Enajenación respectivo. Arrojando como resultado que no se ha llevado la propuesta de enajenación hasta el Consejo de Ministros tal como se establece en la Ley 226 de 1995.
Las razones por las cuales no se ha logrado todo el ciclo de aprobaciones, va desde que el proceso ha coincidido con cambios de Gobierno, como también cambios en los titulares de las carteras de Agricultura y Hacienda, discrepancias en el procedimiento de solicitud de agenda del Consejo de Ministros entre el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural y el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, interpretaciones particulares en un momento dado dentro de Finagro en las cuales no se presentó para aprobación de la Junta Directiva la valoración respectiva y sin ello los Ministerios no pudieron analizar la documentación para dar trámite ante el Consejo de Ministros.
Adicionalmente, se identificó posteriormente en el Ministerio de Agricultura y desarrollo Rural que se debía primero dar una aprobación en el Comité de Participaciones antes de llevar la valoración a Junta Directiva, y por otras parte, que se debía llevar a cabo el proceso de colocación de acciones, el cual solo finalizo en marzo de 2021.
Las anteriores razones, ajenas a la voluntad de Xxxxxxx y de Esfinanzas, han hecho que el ejercicio de valoración se repita 5 veces, a lo largo de la vigencia del actual contrato, por lo que en diciembre de 2018 se acordó una adición al contrato para evitar un desequilibrio económica en contra de Esfinanzas por dichas situaciones, lamentablemente con la valoración entregada en 2019 tampoco se pudo completar el ejercicio de aprobación del decreto de enajenación por las razones anteriormente expuestas.
El 1 de julio de 2021 se reanudó el contrato 048 de 2014. La Vicepresidencia de Inversiones, en su calidad de supervisores del contrato, recibo a satisfacción de los
documentos enviados, en los cinco pagos de los cinco primeros informes establecidos en el contrato y sus otrosíes respectivos.
El proceso de venta final de Almidones xx Xxxxx depende del decreto de enajenación y la implementación del plan de enajenación, aspectos que a lo largo de la vigencia del contrato se tornó incierto pues depende de las decisiones de terceros. Por lo anterior dicho aspecto del contrato no se ejecutó y no hay lugar a efectuar los pagos de $31.320.000 incluido IVA, ni tampoco la comisión de éxito establecida en el contrato por efectos de la venta.
3. ACTIVIDADES, BIENES, PRODUCTOS Y/O SERVICIOS RECIBIDOS:
El supervisor del contrato manifiesta que FINAGRO entregó la información requerida para llevar a cabo la labor contratada, y que se recibió a satisfacción los informes establecidos en el contrato y sus otrosíes modificatorios.
4. CERTIFICACIÓN:
En la calidad de supervisor certifico que el contratista dio cumplimiento al mencionado objeto, ejecutando las actividades y obligaciones pactadas con FINAGRO, en relación con los informes establecidos en las etapas del contrato para el Programa de Enajenación.
5. ANEXOS:
Memorandos de pago conforme cada etapa de entrega de informes. Correo electrónico de la firma Esfinanzas.
Para constancia se firma a los 23 días del mes de julio de 2021