CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO DE LA TARJETA IBERIA SENDO RACE
CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO DE LA TARJETA IBERIA SENDO RACE
La información subrayada es de especial relevancia.
1ª Contrato: Las presentes Condiciones regulan todos los términos del Contrato de Tarjeta celebrado entre la persona física que la solicita e IBERIA CARDS como emisor de las Tarjetas. IBERIA CARDS es Sociedad Conjunta para la Emisión y Gestión de Medios de Pago, E.F.C, S.A, con domicilio en Madrid, calle Xxxx Xxxxxx y Gasset nº 22, inscrita en el Registro Mercantil de Madrid al Tomo 17.312, Libro 0, Folio 180 Sección 8 Hoja m-296918, y sometida a la Supervisión del Banco de España, registrada en el mismo con el código 8816, y con página web www. xxxxxxxxxxx.xxx. La utilización de las Tarjetas emitidas por Iberia Cards y comercializadas directamente por ésta o a través del Real Automóvil Club de España, en adelante el RACE, se regirán por las presentes Condiciones y aquellas que en lo sucesivo se establezcan.
2ª Titulares: Es “Titular Principal” la persona física mayor de edad que, cumpliendo la condición de ser socio del Real Automóvil Club de España (RACE), solicita de Iberia Cards la emisión de las tarjetas que conforman el producto Iberia Sendo Race una vez que Iberia Cards acepta dicha solicitud. Titular principal e Iberia Cards son las partes del contrato de las tarjetas. La solicitud y posterior utilización de las tarjetas implica el conocimiento y aceptación expreso por parte del titular de la totalidad de los términos y condiciones expuestos en el presente clausulado. La propiedad de las tarjetas reguladas por el presente Contrato pertenece a Iberia Cards, quien únicamente autoriza su uso por la persona a cuyo favor y de manera personal e intransferible se hayan emitido, y cuyo nombre y firma figurarán en las tarjetas. Sin perjuicio de lo anterior, el titular principal podrá solicitar a Iberia Cards la emisión de una o más tarjetas adicionales a nombre de las personas que él designe (en lo sucesivo “Titulares Adicionales”). Esta solicitud implica que el titular principal acepta que se adeuden en su cuenta de cargo todas las operaciones y gastos imputables a las tarjetas adicionales que haya solicitado, que aparecerán reflejadas en su extracto de cuenta. Las tarjetas adicionales y las operaciones realizadas con ellas estarán sometidas a las mismas condiciones de utilización y tendrán la misma consideración y tratamiento que las tarjetas principales a las que se asocian. La utilización por el titular adicional de las tarjetas adicionales supone el conocimiento y aceptación del presente contrato por su parte, lo cual queda garantizado y es responsabilidad del titular principal. Si el titular adicional perdiera dicha condición, por cualquier motivo, el titular principal continuará siendo responsable de las disposiciones de efectivo y de los cargos efectuados con las tarjetas adicionales hasta que estas sean destruidas o devueltas a Iberia Cards.
3. Características y funcionalidades del producto Iberia Sendo Race. Forma y procedimiento de otorgar el consentimiento para la ejecución de operaciones de pago: El producto Iberia Sendo Race está formado, para cada titular, por dos tarjetas de crédito que comparten modalidad de pago, cuenta de cargo y el límite de crédito concedido. Una de ellas tendrá marca American Express y otra marca Visa, que permitirán a su titular, respectivamente, la obtención de bienes y servicios en los establecimientos adheridos al sistema American Express y/o Visa, así como la obtención de dinero en efectivo en cualquiera de los Banco afiliados al sistema American Express y/o Visa y en Cajeros Automáticos que ostenten el distintivo American Express y/o Visa (con un límite diario máximo para esta última funcionalidad de 600 € para las Tarjetas modalidad Oro y Tarjetas Iberia Sendo American Express de cualquier modalidad, y 300 € para Tarjetas Iberia Sendo Visa modalidad clásica, si la transacción se realiza en España, y de 600 € para cualquier modalidad y Tarjeta si la transacción se realiza fuera de España); todo ello con sujeción a las Condiciones Operativas del presente contrato, y los límites que Iberia Cards establezca y comunique en cada momento. Para ello deberá presentar la tarjeta debidamente firmada en el espacio establecido para ello, acreditar su identidad y firmar las facturas o comprobantes que se extiendan al efecto. Esta firma puede ser sustituida por la introducción de la tarjeta en los terminales de punto de venta destinados a registrar la operación y por el marcaje del Número Secreto (PIN), o bien por la simple introducción de la tarjeta en dichos terminales en prueba de conformidad con la operación de pago y su importe. Se considera identificador único a los efectos de operaciones efectuadas con las Tarjetas el número que figura en el anverso de las mismas (número PAN) el cual podrá ser modificado cuando las mismas sean sustituidas en los casos de pérdida o sustracción.
CCGG SENDO RACE 1215
4ª Plazo de validez y renovación de las tarjetas: Las tarjetas de crédito que integran el producto Iberia Sendo Race tienen un periodo de validez que figura impreso en las mismas, no pudiendo ser utilizadas con posterioridad a su fecha de caducidad, momento en que deberán ser destruidas por el titular principal y/o adicional. El titular principal autoriza a Iberia Cards a renovar las tarjetas (principales y adicionales) a su vencimiento y cargar la comisión correspondiente, sin necesidad de previa solicitud, suponiendo su utilización por el titular principal o adicional la aceptación de dicha renovación. En virtud del derecho de propiedad que Iberia Cards conserva sobre las tarjetas, es potestativo para Iberia Cards impedir su utilización en cualquier momento, así como no renovar las tarjetas vencidas, si hubieran variado las circunstancias que en su día motivaron su concesión, o en los supuestos de impago de recibos, morosidad, o cualquier situación concursal. En especial, Iberia cards quedará facultada para cancelar las tarjetas Iberia Sendo Race en el supuesto de que el Titular de las mismas deje de ostentar la condición de socio de RACE, sin perjuicio de poder ofertarle en sustitución cualquier otro medio de pago que en cada omento Iberia Cards emita.
5ª Obligaciones del titular en relación con las tarjetas: En su condición de depositarios de las tarjetas propiedad de Iberia Cards, los titulares deberán custodiarlas y utilizarlas exclusivamente de conformidad con las condiciones contenidas en el presente Contrato y las que en lo sucesivo puedan establecerse. El titular principal, además de cumplir con las obligaciones que a continuación se dirán en la presente cláusula, deberá adoptar y cumplir, desde el momento de la recepción de las Tarjetas, cuantas medidas resulten razonables para la protección de los elementos de seguridad personalizados de que las mismas vayan previstas. Así mismo deberá adoptar todas las medidas necesarias para asegurar que los titulares adicionales cumplan las disposiciones del presente Contrato y en particular, en la medida que les afecte, las previstas a continuación:
5.1- Firmar las tarjetas en el espacio destinado a tal fin, tan pronto como la reciba así como acreditar su identidad cuando sea requerido para ello por el tercero ante quien pretendan hacer uso de las tarjetas mediante exhibición del Documento Nacional de Identidad, cuando así se solicite, o mediante otros sistemas de identificación o claves que previamente le haya notificado Iberia Cards.A estos efectos se indica que el Número Secreto (PIN) es el número de identificación personal necesario para operar con las Tarjetas así como para la obtención de dinero en los cajeros automáticos, que se comunicará a cada Titular y que este deberá mantener en secreto bajo su responsabilidad.
El Titular adoptará bajo su responsabilidad, cuantas precauciones sean necesarias para asegurar la conservación y buen uso de las tarjetas, evitando su extravío, hurto, robo así como el conocimiento del PIN por terceras personas. No deberá anotar el PIN en las tarjetas ni en ningún otro objeto que habitualmente guarden o porten con las mismas. Cualquier daño o perjuicio que pueda sobrevenirles por incumplimiento de esta obligación será de su exclusiva responsabilidad.
5.2- Firmar todas las facturas y justificantes de las operaciones realizadas con las tarjetas que le expidan los establecimientos comerciales u oficinas bancarias en que haya sido realizada la operación, o, en su caso, el tecleo del PIN cuando este sea solicitado. Cualquiera de las acciones anteriores (salvo en operaciones telefónicas/internet) implicará la conformidad del titular con la operación realizada y el importe que figure en el justificante, o en el caso de cajeros o terminales automáticos, el que quede registrado en los comprobantes que a tal efecto expida el cajero o terminal, así como el correspondiente compromiso de reembolsar a Iberia Cards dicho importe en la forma y condiciones establecidas en este Contrato, siempre y cuando la operación en cuestión haya sido autenticada, registrada con exactitud y contabilizada, y no se hubiese visto afectada por ningún fallo técnico ni ninguna otra incidencia.
5.3- Notificar a Iberia Cards, sin demoras indebidas una vez tenga conocimiento de los hechos: (a) La pérdida, hurto, robo o falsificación de las tarjetas o de los medios que permiten su utilización y el descubrimiento del PIN. (b) El cargo en la cuenta de cargo de las tarjetas de cualquier transacción no autorizada. (c) Cualquier otra irregularidad en la gestión de la cuenta de cargo relacionada con las tarjetas. Dichas notificaciones podrán hacerse telefónicamente en el teléfono gratuito 000 000 000 o bien efectuando una llamada telefónica al Centro de Tarjetas habilitado a este fin por Iberia Cards, y todo ello sin perjuicio de poder anticiparlo por cualquier otro medio de comunicación que permita a Iberia Cards actuar con la máxima rapidez con objeto de impedir la utilización indebida de las Tarjetas. El Titular deberá completar su notificación mediante la entrega o remisión a Iberia Cards, sin tardanza injustificada, de una copia de la denuncia hecha ante la autoridad nacional o extranjera competente, indicando la fecha y hora en que hubieren ocurrido los hechos. En el supuesto de que el titular recupere con posterioridad las tarjetas deberá devolverlas a Iberia Cards. A partir del momento en que Iberia Cards conozca tales eventualidades, cesará la responsabilidad del titular por la utilización que pueda hacerse de las tarjetas, siempre que no se le pueda atribuir dolo o culpa en la pérdida, sustracción o falsificación de las mismas. La responsabilidad del titular por utilizaciones fraudulentas realizadas por terceros en los casos de extravío o sustracción de la Tarjeta, antes de la notificación referida, quedará limitada a 150 euros por cada Tarjeta, siempre y cuando el titular no hubiera actuado de forma fraudulenta, a sabiendas, o con negligencia grave y hubiera tomado todas las medidas razonables para salvaguardar tanto las tarjetas como el número secreto de identificación personal, y hubiera notificado, sin demora injustificada, la pérdida, robo o copia de las tarjetas, o el registro en su cuenta de cualquier transacción no autorizada, desde que tuviese conocimiento de tales hechos. En el caso de operaciones fraudulentas Iberia Cards, con las limitaciones y condiciones establecidas, devolverá el importe de las mismas al titular de la Tarjeta.
5.4- Efectuar la oportuna provisión de fondos para permitir que las cantidades indicadas en el extracto y que reflejan las operaciones efectuadas con las tarjetas, sean adeudadas en su cuenta de cargo en la fecha de
adeudo indicada en dicho extracto. Las cantidades que, por insuficiencia del saldo u otras causas imputables al titular, no puedan cargarse de conformidad con lo convenido en este Contrato, devengarán a favor de Iberia Cards, los intereses de demora establecidos en cada momento de conformidad con lo previsto en el presente Contrato. En caso de impago o morosidad, Iberia Cards podrá reducir el límite máximo de crédito autorizado al importe en que se encontrase dispuesto en ese momento, sin posibilidad de efectuar nuevas operaciones con la tarjeta. La falta de pago facultará además a Iberia Cards para declarar el vencimiento del presente contrato, sin necesidad de respetar el plazo de preaviso establecido en la cláusula 12, y declarar anticipadamente vencidas todas las disposiciones efectuadas con la tarjeta cualquiera que sea la modalidad de pago acordada y reclamar el saldo resultante
5.5- Comunicar a Iberia Cards cualquier circunstancia que modifique de forma relevante su situación personal o patrimonial, así como devolver a Iberia Cards, , tanto las tarjetas principales como las adicionales que se hubiesen emitido si su utilización quedara bloqueada y en cualquier supuesto de resolución del contrato o de cancelación de la cuenta de cargo o de la tarjeta. En el caso de tarjetas caducadas deberá destruirlas.
5.6- El Titular responderá frente a Iberia Cards del cumplimiento de todas las obligaciones derivadas del presente contrato. En todo caso, el particular se obliga a reembolsar el importe íntegro de la deuda pendiente, así como el de las deudas que se hallen en curso y los gastos o débitos en caso de cancelación o cese en el uso de las tarjetas, producidos por cualquier causa, incluyendo la resolución del Contrato, que sean repercutibles de conformidad con lo convenido en el presente Contrato. El Titular expresa su conformidad a cualquier género de tolerancias que, en régimen de excepción, Iberia Cards o su entidad comercializadora mantenga con él, consistente en la concesión de alguna moratoria y/o excesos sobre el límite, sin necesidad de que esta le sea notificada, y aceptando su carácter excepcional y libre por parte del otorgante.
5.7 - Las tarjetas no podrán utilizarse como garantía de terceras personas, ni de operaciones de crédito, préstamos o similares. La utilización de las Tarjetas está sometida a un límite cuantitativo máximo denominado límite del crédito, compartido por las tarjetas que integran el producto, que será fijado por Iberia Cards (quien podrá modificarlo comunicándoselo oportunamente a cada Titular en cada momento) y al que deberá ajustarse siempre el Titular de las Tarjetas, pudiendo en caso contrario proceder Iberia Cards a invalidar las tarjetas. Sin perjuicio de lo anterior, si por cualquier circunstancia se hubiera superado el límite de crédito, Iberia Cards quedará expresamente autorizada por el Titular para cargar la cuantía correspondiente al exceso en la cuenta de cargo donde hubiera domiciliado el pago de los recibos correspondientes a las tarjetas. Iberia Cards no satisfará intereses en ningún caso al Titular Principal, aún cuando por cualquier circunstancia la cuenta arrojase un saldo acreedor favorable para él.
Iberia Cards se reserva el derecho de proceder al bloqueo de cualquier instrumento de pago convenido con el titular, por razones tales como la preservación de la seguridad de dicho instrumento, cualquier sospecha a juicio de Iberia Cards de actuación no autorizada o fraudulenta del referido instrumento, o, en el caso, de que éste esté asociado a una línea de crédito si su uso pudiera suponer un aumento significativo del riesgo de que el titular pueda ser incapaz de hacer frente a su obligación de pago. Iberia Cards informará al titular mediante comunicación personalizada del bloqueo del instrumento de pago y sus motivos, con carácter previo o inmediatamente posterior, salvo que dicha comunicación fuese contraria a la normativa vigente o resulte comprometida por razones de seguridad objetivamente justificadas.
6ª Programa Iberia Plus: Las tarjetas emitidas al amparo del presente Contrato se encuentran vinculadas al Programa “Iberia Plus” propiedad de Iberia Líneas Aéreas de España, Sociedad Anónima Operadora Sociedad Unipersonal. De acuerdo con las reglas aplicables a cada modalidad de participación, corresponderá al Titular Principal comunicar el/los números Iberia Plus beneficiarios de los Avios derivados del consumo efectuado con sus tarjetas, caducando en el plazo de un año desde su obtención los Avios que no se hayan podido anotar por falta de comunicación. Se advierte expresamente que: (i) Todo titular de las tarjetas deberá ser cliente Iberia Plus con independencia de que reciba o no Avios por el consumo con las mismas. Si no lo fuera, sus datos se remitirán a Iberia LAE, S.A. Operadora Sociedad Unipersonal para su alta en el Programa y generación del número Iberia Plus;
(ii) Ninguna operación efectuada en una entidad de crédito dará Avios, incluyendo pero sin limitarse a operaciones efectuadas en ventanillas, webs y/o cajeros automáticos; (iii) Los Avios anotados por compras devueltas serán anulados o compensados con operaciones futuras, según criterio de Iberia Cards. En caso de impago o morosidad, Iberia Cards se reserva el derecho de anular todos los Avios anotados hasta la fecha; (iv) La obligación que asume Iberia Cards en relación con los Avios se limita a abonar mensualmente a Iberia Plus el importe correspondiente a los Avios generados, debiendo ser ésta quien los anote en la cuenta Iberia Plus designada; (v) Los Avios referidos en al presente clausula serán puntos On Business en el caso de que la empresa elija esta forma de acumulación (vi) El ratio y las condiciones de obtención / utilización / caducidad de Avios y de los puntos On Business están sometidos a variación y dependerán del tipo de tarjeta contratada y los acuerdos celebrados en cada caso por el Programa Iberia Plus / Programa On Business con las compañías participantes (ratios de obtención / utilización disponibles en xxx.xxxxxxxxxxx.xxx; xxx.xxxxxx.xxx; xxx.xxxxxxxxxx.xxxxxx.xxx; o en la web de la entidad comercializadora de su tarjeta).
7ª Operaciones realizadas en moneda distinta al euro: La utilización de las tarjetas fuera de España deberá ajustarse a los límites fijados por las Autoridades Xxxxxxxxxx para gastos en el exterior y al régimen vigente en cada momento sobre control de cambios. Para el adeudo de las sumas derivadas de la utilización de las tarjetas en moneda distinta al euro, se aplicará el contravalor en euros de la divisa en que se formalizó la operación. En los casos en que el cambio sea efectuado por American Express, los cargos documentados en moneda extranjera distinta al dólar estadounidense serán convertidos primeramente a dólares estadounidenses y posteriormente a euros. Los tipos de cambio serán los obtenidos por American Express y/o Visa Internacional en cada momento, con un diferencial del tres por ciento (3%) en concepto de comisión de cambio de divisas, que se cargará de modo automático en la cuenta de las tarjetas, y que comprende cualquier coste por cambio de moneda (incluido el 1,5
% que retiene American Express).
8ª Modalidades de Pago: En el Producto Iberia Sendo Race, se aplicará, por defecto, un adeudo mensual por la totalidad del saldo dispuesto que incluirá las operaciones realizadas más los intereses, impuestos, comisiones y gastos repercutibles que, en su caso, sean de aplicación. En todo lo caso, el titular podrá ponerse en contacto con Iberia Cards para acordar una forma pago distinta a la mencionada, entre cualquiera de las siguientes opciones:
a) Pago de una cantidad mensual fija: entre un mínimo del 4% y un máximo del 25% del límite de la tarjeta, con un mínimo de 30 €; b) Pago de un porcentaje sobre el saldo dispuesto: entre un mínimo del 3% y un máximo del 50% sobre dicho saldo dispuesto, con un mínimo de 30 €. En ambas modalidades de pago, la cantidad o porcentaje elegido por el titular comprenderá la amortización de la deuda más los intereses, así como las comisiones, impuestos y gastos repercutibles que resulten de aplicación. Las cantidades aplazadas devengarán intereses, día a día, a favor de Iberia Cards al tipo nominal establecido. Los excesos sobre el límite del crédito pasarán a formar parte de la deuda pendiente de pago. En todos los casos, el adeudo del importe que corresponda se remitirá dentro de los primeros seis días hábiles de cada mes (salvo pacto en otro sentido entre las partes) y se aplicará valor del día del adeudo. El titular autoriza a Iberia Cards en su calidad de entidad emisora a adeudar el importe del débito generado como consecuencia de la utilización de las tarjetas principales o adicionales en la cuenta designada como cuenta de cargo. El titular de la tarjeta podrá reembolsar anticipadamente el importe de las operaciones realizadas con la misma, de forma total o parcial, en cualquier momento, comunicándolo por escrito a Iberia Cards. En las modalidades de pago aplazado se deberán satisfacer los intereses devengados desde la fecha de la última liquidación hasta la fecha en que se produzca el reembolso, en la forma establecida en el presente contrato.
Servicio “Compra Fácil”: Con independencia de las modalidades de pago anteriores, mediante el servicio “Compra Fácil”, el Titular que mantenga la modalidad de pago total a fin de mes podrá, previo ofrecimiento de esta posibilidad por parte de Iberia Cards, financiar operaciones concretas realizadas con su Tarjeta. Las opciones de financiación que en cada caso Iberia Cards ofrecerá al Titular serán las siguientes: a) Financiación a 3 o 6 meses de operaciones de importe igual o superior a 150 Euros y hasta un máximo de 1.000 € con cargo a la Comisión mensual que se especifica en el apartado siguiente; b) Financiación a 12 meses de operaciones de importe superior a 1.000€ sobre las que se aplicarán los intereses que se especifican en la cláusula siguiente. En este último caso, el pago de la primera cuota se producirá en la liquidación siguiente a aquella en la que Iberia Cards haya confirmado al cliente la aprobación de la financiación.
El servicio “Compra Fácil” no es compatible con aquellas Tarjetas cuya forma de pago no sea fin de mes. Por este motivo, en el caso que el Titular decida, estando vigente la “Compra Fácil” en cualquiera de sus modalidades, cambiar la forma de pago de su Tarjeta Iberia Sendo, para la totalidad de las operaciones realizadas con las misma, por cualquiera de las opciones de pago aplazado que figuran en la presente cláusula, la cantidad pendiente de pago de la operación de “Compra Fácil” que se encuentre en vigor en ese momento pasará a formar parte del saldo pendiente de la nueva opción de pago elegida, resultando de aplicación a la misma el tipo de interés establecido para la modalidad de pago aplazado que se especifica en la cláusula siguiente, dejando de devengarse las comisiones o intereses pendientes acordadas para la compra fácil. El ofrecimiento del servicio de “Compra Fácil” no implica su concesión automática, que estará sometida a aprobación crediticia por parte de Iberia Cards una vez recibida la solicitud por parte del Titular. En el caso que el Titular desee darse de baja del servicio de “Compra Fácil” y, por tanto, dejar de recibir las diferentes ofertas de financiación que IBERIA CARDS decida poner a su disposición, podrá tramitar dicha baja mediante llamada al centro de atención telefónica de IBERIA CARDS en el número 902 33 77 99.
Con independencia de la modalidad de pago elegida, el reintegro a Iberia Cards de las operaciones realizadas con la tarjeta no produce una amortización del importe del crédito que como límite máximo autorizado se indica en las condiciones particulares, sino que servirá para reconstituir dicho límite. El presente contrato no prevé ninguna garantía de reembolso del importe total del crédito del que se haya dispuesto en virtud del mismo.
9ª Comisiones, intereses y gastos: La comisión por emisión, mantenimiento o renovación de las tarjetas que integran el producto Iberia Sendo Race devengará la siguiente cuota anual: Iberia Sendo Race Oro: 80 Euros las tarjetas del titular principal y 50 Euros las tarjetas adicionales. Iberia Cards queda facultada para adeudar en la cuenta de cargo del titular de las tarjetas, las cuotas anuales establecidas por la emisión, mantenimiento o renovación del producto Iberia Sendo, así como las comisiones y liquidaciones de impuestos que se devenguen a consecuencia de su utilización. La comisión por disposición de efectivo en oficinas y cajeros automáticos tanto nacionales como extranjeros será del 4,5 % de la cantidad dispuesta con un importe mínimo de 4 Euros. Igualmente, y en aplicación del Real Decreto Ley 11/2015, Iberia Cards podrá repercutir al cliente la comisión que por el uso de los Cajeros Automáticos le impongan los dueños de los mismos, pudiendo el Titular consultar el importe de dicha comisión en el propio Cajero Automático. La comisión por cualquier otra operación realizada en cajeros automáticos, que no sea disposición de efectivo, será de 0,30 Euros por operación. El tipo de interés remuneratorio de aplicación al presente contrato será del 22,80% TIN (TAE 25,34%).En el caso de optar en cualquier momento por la modalidad de pago aplazado, el tipo de interés nominal aplicable a las cantidades aplazadas será el interés remuneratorio indicado con anterioridad. La Comisión de Estudio y Riesgo para el servicio de Compra Fácil será de 2,5 Euros mensuales para operaciones de al menos 150 Euros y hasta un máximo de 300Euros, de 5 Euros mensuales para operaciones superiores a 300 Euros y hasta un máximo hasta 450 Euros, y de 7,5 Euros mensuales para operaciones superiores a 450 Euros y hasta un importe máximo de 1.000 €. Para el caso de aquellas operaciones de importe superior a
1.000 Euros que el Titular financie a través del servicio “Compra Fácil” el interés nominal aplicable a las cantidades aplazadas será del 16,58% TIN (TAE 17,90 %). En todos los casos TAE calculada de conformidad con la fórmula que aparece en el anexo I de la Ley 16/2011, de 24 xx xxxxx, de contratos de crédito al consumo, así como en la Orden EHA/2899/2011, de 28 de octubre, de Transparencia y Protección del cliente bancario. A efectos del cálculo de la T.A.E., se han tenido en cuenta todos los gastos, intereses, comisiones e impuestos que el contratante o el titular, en su caso, debe satisfacer en relación con el presente contrato conocidos por Iberia Cards en el momento de la formalización del mismo, a excepción de los que tendría que pagar por el incumplimiento de alguna de sus obligaciones. El cálculo de la TAE se ha realizado partiendo del supuesto de que tanto Iberia Cards como el titular cumplirán sus obligaciones en las condiciones y en los plazos convenidos en el presente contrato. Además, se ha considerado que se ha dispuesto del importe total del límite de crédito, de forma inmediata y total, realizando transacciones en euros con la tarjeta, y que el crédito será reembolsado en el plazo de un año, en doce plazos mensuales iguales. El cálculo de intereses para las modalidades de pago aplazado se realizará desde la fecha de cada operación salvo en retrocesos de operaciones anteriores a la fecha de cierre del último extracto, donde se aplicará esta última fecha. La comisión por cancelación anticipada total o parcial del saldo pendiente, en operaciones de pago aplazado, será de 0,5% del importe amortizado. El interés de demora en caso de impago será el resultante de aplicar un incremento de 2 puntos sobre el interés remuneratorio fijado para el contrato y que se aplicará sobre la cantidad adeudada. El gasto por reclamación de cuotas impagadas será de 30 Euros, que se cobrará de una sola vez por cada cuota impagada reclamada. La comisión por la expedición de un duplicado de extracto será de 5 Euros, salvo que se trate de un duplicado en formato electrónico, o el duplicado sea necesario para la resolución de incidencias, en cuyo caso estará exenta.
10ª Responsabilidades de Iberia Cards: Iberia Cards, sin perjuicio de adoptar todas las medidas que estime oportunas, no asume responsabilidad alguna en el caso de que un establecimiento rehúse admitir la utilización de cualquiera de las tarjetas que integran el producto Iberia Sendo Race, permaneciendo en todo caso ajena a las incidencias y responsabilidades que pudieran derivarse de la operación realizada entre el Titular y el establecimiento. Iberia Cards no se responsabiliza de las anomalías derivadas del funcionamiento de los cajeros automáticos. En caso de imposibilidad de uso de la tarjeta o de demora causada por avería, accidentes, fallo mecánico o por cualquier otro motivo que afecte a los dispositivos en que la Tarjeta haya de ser utilizada, Iberia Cards será responsable por los daños y perjuicios causados excepto cuando se produzcan como consecuencia de una utilización indebida, inadecuada o no acorde con las instrucciones de uso por parte del titular de la Tarjeta. Iberia Cards será responsable frente al titular de la Tarjeta por la falta de ejecución o ejecución defectuosa de una orden de pago ordenada por éste, obligándose en ese caso a devolver el importe de la misma al Titular y a restablecer, en su caso, el saldo de la cuenta de pago a la situación que hubiese tenido de no haberse ejecutado la operación de pago defectuosa.
11ª Comunicaciones: Iberia Cards remitirá cualquier comunicación relacionada con el presente contrato en formato electrónico y/o papel, pudiendo utilizar para ello tanto el teléfono móvil como la dirección de correo electrónico facilitada por el Titular. En particular, por la firma del presente contrato, las partes convienen que Iberia Cards pondrá a disposición del cliente, mensualmente y de forma gratuita, un extracto con un resumen de la liquidación, y detalle de todas las operaciones registradas en su cuenta, incluyendo el saldo pendiente de pago con su fecha de cargo. Dicho extracto estará a disposición del Titular en su web privada, debiendo registrarse en xxx.xxxxxxxxxxx.xxx para poder acceder a la misma y poder consultarlo. En el plazo máximo de cinco días a contar desde su recepción, el titular podrá formular por escrito cualquier reclamación relacionada con su contenido. Transcurrido dicho plazo sin que el titular formule reclamación se considerará que está conforme con el extracto de cuenta recibido. El Titular podrá ponerse en contacto con Iberia Cards, una vez reciba las Tarjetas, para recibir el extracto en formato papel, que será remitido, en ese caso, al domicilio o dirección reseñada en este Contrato de Tarjeta. El Titular se obliga a comunicar por escrito cualquier variación al respecto, declinando Iberia Cards toda responsabilidad sobre los perjuicios de toda índole que se puedan derivar en caso contrario. Si existieran titulares adicionales, la comunicación efectuada al titular principal producirá efectos respecto de ellos. En el supuesto que Iberia Cards decida repercutir algún coste por la remisión en papel de los extractos, informará del mismo con antelación legal correspondiente a los titulares. Toda comunicación, incluido el presente contrato, que Iberia Cards expida al Titular, se harán en lengua española. Las comunicaciones que dirijan los titulares a Iberia Cards se realizarán bien por medio de carta, al apartado de correos 682, Madrid 28080, bien a través de la web xxx.xxxxxxxxxxx.xxx o bien por teléfono al número 000 00 00 00. En las comunicaciones telefónicas el titular deberá indicar la clave de acceso que se le comunique, que sustituirá a la firma con el mismo valor jurídico.
12ª Duración y terminación del contrato. Derecho de Desistimiento: El contrato de tarjeta regulado por las presentes condiciones tiene duración indefinida. Sin perjuicio de lo anterior, el titular del contrato podrá en cualquier momento, y sin necesidad de alegar causa alguna, dar por terminado el presente Contrato mediante preaviso por escrito remitido con un mes (1) de antelación a la fecha efectiva de terminación, y cancelar uno o todos los productos contratados (la cancelación de las tarjetas principales implicará la cancelación de todas sus tarjetas adicionales), quedando resuelto de pleno derecho el Contrato, previa liquidación total y anticipada de la deuda pendiente, y con la obligación del titular de devolver las tarjetas a las entidades comercializadoras. Iberia Cards, por su parte, podrá ejercitar este mismo derecho de resolución siempre que comunique esta circunstancia al titular del contrato con al menos dos (2) meses de antelación a la fecha prevista de terminación. Asimismo, cada titular adicional se obliga a destruir las tarjetas, sin demora indebida, si pierde dicha condición o deja de estar autorizado a disponer de la cuenta de cargo, así como en el momento en que se cancele dicha cuenta o cuentas, o cuando el titular principal le desautorice a disponer de las tarjetas. En estos supuestos, si existiese saldo deudor deberá procederse a la cancelación del mismo. Si en el uso de las tarjetas se incumpliera cualquiera de las normas estipuladas en estas Condiciones, Iberia Cards, además de retirar el derecho de utilización, podrá reclamar el importe de la deuda pendiente, así como los intereses, gastos y demás cantidades imputables al uso de las mismas. Sin perjuicio de lo anterior, las partes acuerdan que Iberia Cards podrá de manera inmediata y sin preaviso alguno, cancelar todas las Tarjetas o alguna de ellas, así como denegar su renovación, declarar el vencimiento anticipado de la deuda pendiente y en su caso, reclamar la deuda pendiente, en los siguientes supuestos: a) si la cuenta de domiciliación de pagos no mantuviera saldo suficiente para satisfacer los cargos correspondientes, b) si cualquiera de los titulares incumpliera alguna de las obligaciones esenciales del presente Contrato, c) si se produjera un caso de fallecimiento, cese en la continuidad de los negocios, solicitud o declaración de concurso de acreedores, solicitud de moratoria, convenio extrajudicial con sus acreedores, liquidación de más del 20% de sus activos, así como cualquier otra acción o actuación similar, judicial o privada del titular o dirigida contra él que pueda conducir a similares resultados El titular queda obligado a notificar a Iberia Cards, sin demora indebida, la producción de cualquiera de los supuestos indicados, y en general si cualquiera de los titulares resultaren deudores de Iberia Cards por cualquier otro concepto o su solvencia disminuida en forma apreciable. Iberia Cards cargará al Titular principal cualquier pérdida o gasto que sufra como consecuencia del incumplimiento del presente Contrato por parte de los titulares. Igualmente Iberia Cards podrá cancelar el contrato en cualquier momento en el supuesto de que el Titular de la Tarjeta pierda su condición de socio de RACE, sin perjuicio de poder ofrecerle en sustitución otro medio de pago de entre los que en cada momento Iberia Cards emita.El titular tendrá derecho a desistir del contrato sin expresión de causa en el plazo de 14 días naturales desde la recepción de las tarjetas, llamando al teléfono de atención al cliente de Iberia Cards 902 33 7799. El ejercicio de este derecho conlleva la obligatoriedad de liquidar, a la mayor brevedad posible, y en cualquier caso antes de los 30 días siguientes al ejercicio del mismo, la deuda que mantenga con Iberia Cards por la utilización de las tarjetas hasta el momento del desistimiento. Si transcurridos los 30 días referidos no se ha procedido a la liquidación de la deuda, se entenderá que no existe desistimiento y el contrato conservará toda su eficacia jurídica desde el día de su celebración. Por otro lado, el titular tendrá derecho, una vez ejercitado su derecho
de desistimiento, a que le sean devueltas, en los 30 días siguientes a la comunicación del mismo, las cantidades que hubiese satisfecho con anterioridad a Iberia Cards al amparo del contrato que pretende resolver, salvo aquellas que respondan a un servicio efectivamente prestado.
13ª Modificaciones: Dada la duración indefinida del presente Contrato, Iberia Cards se reserva el derecho a modificar sus términos y condiciones. Las modificaciones serán comunicadas individualmente al titular con al menos dos (2) meses de antelación a su fecha de efectividad. Las partes acuerdan que se entenderán aceptadas por el Titular Principal cualquier modificación de las condiciones contractuales si no comunica a Iberia Cards su no aceptación con anterioridad a la fecha propuesta para su entrada en vigor. Durante este periodo el titular tendrá derecho a terminar el presente contrato, liquidando la deuda que por la utilización de las tarjetas pudiera tener pendiente. En caso contrario, transcurrido el plazo de tiempo señalado comenzarán a aplicarse al Contrato las nuevas condiciones. Iberia Cards podrá modificar las comisiones, intereses y gastos con arreglo a la evolución de las condiciones xxx xxxxxxx y los costes, que para Iberia Cards, tenga la prestación del servicio.
14ª General: Se advierte expresamente por Iberia Cards que las cláusulas del presente contrato han sido redactadas previamente por dicha entidad, dejando constancia los contratantes con Iberia Cards de su aceptación expresa de las mismas y de su incorporación al contrato, de conformidad con la Ley 7/1998 de 13 xx xxxxx, sobre Condiciones Generales de la Contratación. Los titulares reconocen y aceptan que Iberia Cards podrá grabar las conversaciones telefónicas que mantenga con ellos con objeto de cerciorarse de las instrucciones recibidas. Asimismo, autorizan a Iberia Cards, a comprobar la certeza de los datos proporcionados por los titulares, así como a solicitar datos adicionales de terceros con objeto de realizar dicha comprobación. Sin perjuicio de lo establecido en la normativa aplicable, las partes aceptan expresamente que la entrega de la documentación contractual y las comunicaciones previstas en el presente Contrato, pueda realizarse en formato electrónico remitido a la dirección de email facilitada por el Titular, mediante mensaje al teléfono móvil facilitado, o bien mediante escrito dirigido al domicilio que se señale, de manera que en todo caso el Titular pueda conservar e imprimir la información (la comunicación a través de correo electrónico requiere la disposición por parte del Titular de un equipo informático con conexión a internet). El titular del contrato previa solicitud, tendrá derecho a recibir en papel o en otro soporte duradero las condiciones contractuales del presente contrato. En caso de divergencia entre las partes sobre cualquier cuestión relacionada con el presente contrato, los titulares de Tarjeta, podrán presentar su reclamación extrajudicial mediante carta al el Servicio de Atención al Cliente de Iberia Cards, Xxxxx Xxxx Xxxxxx x Xxxxxx xx 00, 00000 xx Xxxxxx, o bien en la página web xxx.xxxxxxxxxxx.xxx, apartado reclamaciones. Las partes, con expresa renuncia a su propio xxxxx, declaran como legislación aplicable al presente contrato, así como a las operaciones llevadas a cabo con las Tarjetas al amparo del mismo, tanto las realizadas en España como en el extranjero, la legislación española y se someten para la interpretación o resolución de cuantas cuestiones pudieran derivarse para el cumplimiento del mismo, a la competencia de los Juzgados y Tribunales que la Legislación Procesal española en cada caso determine.
CCGG SENDO RACE 1215
15ª Protección de Datos Personales y LSSI: De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD), en la Ley 34/2002, de 11 de julio, de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico (LSSI) y en el resto de normativa vigente, Iberia Cards informa a los solicitantes de las tarjetas o de información relacionada con las mismas, al titular del contrato y a los titulares principal y adicionales de las tarjetas, a los destinatarios de los Avios, a quienes, en su caso, actúen representándolos, así como, en general, a todas aquellas personas que faciliten datos personales en cualquier formulario, solicitud y/o contrato remitidos y/o suscritos con Iberia Cards, en cualquier formato, incluyendo los electrónicos disponibles a través de Internet, teléfono o mediante servicios SMS (todos ellos en lo sucesivo colectivamente denominados “los Titulares”); quienes aceptan expresamente, que los datos facilitados a Iberia Cards para estudiar cada operación solicitada y/o efectuada, todos los que de ellos se deriven y aquellos otros conexos que, en su caso, pudieran ser obtenidos directa o indirectamente (como consecuencia de consultas, solicitudes y operaciones realizadas con las tarjetas por cualquier medio incluyendo Internet y teléfono) de registros públicos, de otras fuentes legalmente admitidas (repertorios telefónicos, prensa, etc.) y de terceros (Tradinforme, Axesor, Experian, etc.), se incorporen y traten en un fichero de datos personales responsabilidad de Iberia Cards (cuya denominación social es “Sociedad Conjunta para la Emisión y Gestión de Medios de Pago, E.F.C., S.A.”), con domicilio a estos efectos en la Xxxxx Xxxx Xxxxxx x Xxxxxx 00, 0x, Xxxxxx 00000, ante quien las personas legitimadas podrán ejercitar gratuitamente en cualquier momento los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición reconocidos en la LOPD. Los Titulares quedan informados y consienten expresamente el tratamiento de sus datos personales para las siguientes finalidades: (i) El estudio, valoración, gestión y control de la operación solicitada y/o del riesgo relacionado con la misma; (ii) La realización de estadísticas; (iii) La oferta, remisión y/o prestación, a través de cualquier medio, incluidas las llamadas sin intervención humana, los envíos por fax, así como las comunicaciones comerciales realizadas a través de medios electrónicos, de productos y/o servicios propios o de terceros ofrecidos por Iberia Cards y por las compañías participantes en el Programa Iberia Plus / Iberia Plus Empresa o relacionados con la tenencia o el uso de las tarjetas y/o la obtención de Avios, pertenecientes a los sectores financiero, de seguros, telecomunicaciones, automoción y combustible, informática, educativo, cultural, turístico y de viajes y ocio, seguridad, inmobiliario, hogar y alimentación, regalos y consumo, así como la realización de actividades de marketing (incluyendo segmentaciones con objeto de adecuar las ofertas comerciales a su perfil particular). Los datos podrán ser utilizados en cualquier actividad relacionada con estos fines aún después de finalizada la relación contractual, durante el plazo de 24 meses, así como en caso de que la solicitud/contrato fuera denegada o no llegara a formalizarse por cualquier motivo, durante el mismo plazo, y con iguales finalidades a las expuestas, así como para estudiar futuras solicitudes, y todo ello salvo que el titular de los datos manifieste expresamente su oposición marcando con una xxxx la siguiente casilla.
No consiento el tratamiento de mis datos para fines comerciales ni la cesión de mis datos para fines distintos de los directamente relacionados con el mantenimiento, desarrollo o control de la relación contractual o legalmente autorizadas.
Adicionalmente, se informa a los Titulares que: (i) La cumplimentación de todos los datos solicitados en el documento al que esta cláusula se anexa o pertenece, así como los formularios/contratos de solicitud de Tarjetas y sus funcionalidades asociadas, es obligatoria en caso de que se desee formalizar y mantener la correspondiente solicitud y/o contrato; (ii) En caso de que tuvieran riesgos vigentes con Iberia Cards ésta está legalmente obligada a informar de los datos relativos a dichos riesgos (incluidos los personales, y en su caso, de la condición de empresario individual del empresario) a la Central de Información de Riesgos del Banco de España, pudiendo además consultar rutinariamente dicha central en el estudio de solicitudes de crédito y durante la gestión de las cuentas de tarjeta; iii) Sus datos personales serán cedidos a las compañías que proporcionan los seguros asociados o vinculados a las tarjetas. Por último, mediante este documento los Titulares de los datos consienten expresamente que Iberia Cards ceda sus datos personales para los fines y actividades antes mencionados a: (i) Iberia Líneas Aéreas de España, Sociedad Anónima Operadora Sociedad Unipersonal (en relación con la gestión de los programas de su propiedad “Iberia Plus” y “On Business”); (ii) a las compañías participantes adheridas al Programa Iberia Plus con el fin de verificar la anotación de los Avios ofertados; (iii) a las entidades encargadas de proporcionar servicios de información adicional cuando el titular haya solicitado la incorporación de dicha información; acceda a xxx.xxxxxxxxxxx.xxx para consultar el nombre y denominación de las compañías aseguradoras, participantes en el Programa Iberia Plus
/ On Business, y encargadas de prestar servicios de información adicional solicitados;(iv) al Real Automóvil Club de España (RACE) con quien, además, Iberia Cards podrá intercambiar información en cualquier momento a los efectos de verificar su condición de socio de RACE y datos personales de contacto (v) con el fin de comprobar la exactitud y veracidad de los datos facilitados, los Titulares consienten que Iberia Cards, intercambie información sobre el estado de sus cuentas y créditos con entidades prestadoras de servicios de evaluación de crédito, solvencia patrimonial y prevención del fraude para el análisis del riesgo y para el cotejo de los datos proporcionados, pudiendo además ceder sus datos a ficheros de solvencia patrimonial y crédito en caso de impago cumpliendo con los requisitos que legalmente se establezcan en cada momento; (vi) la cesión y/o el acceso a los datos personales que en el marco de la normativa vigente pudiera llevar a cabo cualquier tercero para la prestación de servicios complementarios o auxiliares a cualquiera de las entidades indicadas. Por último, los titulares autorizan a Iberia Cards para ceder los derechos resultantes de su cuenta de tarjeta, o encargar su gestión o recobro, a terceras empresas o profesionales, autorizando, en consecuencia, la cesión de sus datos para la finalidad de la gestión, recobro o transmisión citada, no siendo revocable la autorización para la cesión de datos en este último caso, sin que previamente se haya renunciado a las tarjetas de crédito liquidando la totalidad de saldos pendientes. Se informa que las Entidades Financieras y demás prestadores de servicios de pago, así como los sistemas de pago y prestadores de servicios tecnológicos relacionados a los que se trasmitan los datos para llevar a cabo las transacciones dinerarias al amparo de este Contrato pueden estar obligados por la legislación del Estado donde estén situados o por acuerdo concluidos por éste, a facilitar información sobre transacciones dinerarias a las autoridades u organismos oficiales de otros países, situados tanto dentro como fuera de la Unión Europea, en el marco de la lucha contra la financiación del terrorismo y formas graves de delincuencia organizada y la prevención del blanqueo de capitales.