Contract
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES RECTORAS DE LA ADJUDICACIÓN POR PROCEDIMIENTO NEGOCIADO DEL CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SERVICIO DEL BAR Y LA TERRAZA ANEXA DEL PARQUE IRUARETXETA
Cláusula Primera.- Objeto del contrato.
Constituye el objeto del contrato el Servicio del Bar municipal sito en el Parque de Iruaretxeta, con las instalaciones y mobiliario que tiene habilitados, además del espacio anejo que se integra en el contrato de servicio y se utilizará como terraza; todo ello con el fin de prestar el servicio de bar a las y los vecinos y ciudadanía en general que utiliza y disfruta el parque urbano.
De acuerdo con esa finalidad de servicio a las y los usuarios del Parque, la actividad de Bar contratada deberá prestarse de forma continuada al menos durante los meses xx xxxxx a octubre (ocho meses), permaneciendo abierto a diario durante ese periodo al menos siete horas al día; ello sin perjuicio de la facultad de quien resulte adjudicatario de prestarlo con mayor amplitud de forma continuada, periódica u ocasional en esos u otros meses del año, y de que en su caso se obligue a ello en la oferta que presente.
Cláusula Segunda.- Régimen jurídico.
El contrato que derive de este Pliego tendrá el carácter de contrato administrativo de servicio de Bar de acuerdo con el artículo 10 y la categoría 17 del Anexo II del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, y se regirá por las cláusulas contenidas en el presente Pliego, por el citado Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y sus normas de desarrollo, por las restantes normas de Derecho Administrativo que resulten de aplicación, y supletoriamente por las de Derecho Privado.
Cláusula Tercera.- Duración.
El contrato tendrá una duración de dos años desde el 6 de octubre de 2015. No obstante, podrá ser prorrogado de forma expresa por periodos anuales de tiempo, hasta un periodo máximo de cuatro años. A tal efecto, el contratista o el Ayuntamiento deberán solicitar o interesar la prórroga con una antelación mínima de tres meses al vencimiento del contrato o de cualquiera de sus prórrogas, que será expresamente aceptada y acordada por el Ayuntamiento antes de dicho vencimiento.
Cláusula Cuarta.- Requisitos de los licitadores. Capacidad de contratar.
1.- Podrán concurrir al servicio objeto de este Pliego todas las personas naturales y jurídicas, nacionales o extranjeras, con plena capacidad de obrar que tengan la condición de empresarios en el sector de la Hostelería y acrediten haber sido titulares de 1) una actividad de Hostelería por cuenta propia, o 2) como contratistas de un local o instalación hostelera de una Administración Pública de cualquier nivel o de un organismo, empresa o sociedad pública de Derecho público o privado; en ambos casos durante dos años al menos desde el 1 de enero de 2012 (o personas físicas administradoras o partícipes de una sociedad hostelera que cumpla esos requisitos, en ambos casos también).
1.1: La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas físicas se acreditará mediante fotocopia compulsada del DNI, NIF o del que, en su caso, le sustituya reglamentariamente.
La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante fotocopia compulsada de la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos en su caso en el Registro público que corresponda según el tipo de persona jurídica de que se trate.
1.2: A fin de acreditar la condición de empresarios en el sector de Hostelería, los licitadores deberán acompañar documento acreditativo de estar dados de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas (I.A.E.).
Y, para acreditar la titularidad empresarial como hosteleros: en el caso de empresarios por cuenta propia, deberán aportar declaración responsable de haberla ejercido durante al menos dos años desde el 1 de enero de 2012, indicando claramente el local o locales privados donde se hubiere ejercido, acompañada de las declaraciones fiscales correlativas a esos periodos por el impuesto de la renta de personas físicas o de sociedades. Y en el caso de contratistas de locales o instalaciones hosteleras públicas, deberán aportar certificación de la Administración Pública, organismo, empresa o sociedad pública titulares del local o instalación, que acredite de qué locales o instalaciones han sido contratistas durante al menos dos años desde el 1 de enero de 2012.
2. Los licitadores no estarán incursos en ninguna de las causas de prohibición para contratar con la Administración establecidas en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público; y deberán presentar declaración responsable de no estarlo.
3. Los licitadores deberán estar al corriente en sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social; y deberán presentar declaración responsable que expresamente afirme que están al corriente; sin perjuicio de que quien resulte adjudicatario deberá acreditarlo con carácter previo a la formalización del contrato.
4. Los licitadores tendrán los medios personales, materiales y financieros suficientes para realizar el contenido del contrato, o en condiciones de tenerlos en caso de resultar adjudicatarios; y deberán presentar declaración responsable que afirme tenerlos o que los tendrán.
5. Las declaraciones responsables a formular podrán presentarse en documento único cuyo Modelo se adjunta como Anexo I de este Pliego.
6. En caso de que concurrieren empresas extranjeras no comunitarias, empresas no españolas de otros Estados miembros de la Unión Europea, o uniones de empresarios, se estará a lo especialmente dispuesto en los artículos 55, 58, 59 y 72 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
Cláusula Quinta.- Presupuesto base de licitación. Canon mínimo
El Presupuesto base de licitación será de mil doscientos cuarenta y dos euros al año (1.242 €/año), que tendrá el carácter de canon mínimo a ofertar para la admisión a la licitación.
Las ofertas de los licitadores se realizarán en todo caso consignando una cantidad concreta y determinada, según se establece en el Baremo de la cláusula décima y en el Modelo de Proposición del Anexo II de este Pliego.
Cláusula Sexta.- Crédito presupuestario.
Se hace constar que el presente contrato no entraña gasto para el Ayuntamiento.
Cláusula Séptima.- Canon anual sin revisión.
El canon ofertado por el adjudicatario, que nunca será inferior al canon mínimo, regirá durante todas las anualidades de vigencia del contrato, sin revisión ni por lo tanto variación. Todo ello de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 89 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, en redacción dada por la disposición final tercera de la Ley 2/2015 de Desindexación de la economía española.
Cláusula Octava.- Procedimiento y forma de adjudicación.
1.- De acuerdo con el artículo 174 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, la adjudicación se hará por Procedimiento Negociado.
2.- A tal fin, se publicará una invitación general a participar mediante anuncio en el perfil del contratante de la página web institucional del Ayuntamiento.
3.- La presentación de ofertas se deberá realizar en el plazo de VEINTE DÍAS naturales desde el siguiente natural a aquél en que se publique el anuncio en el perfil del contratante del Ayuntamiento xx Xxxxxxx. Si el último día del plazo fuere sábado o festivo, se ampliará automáticamente al día hábil siguiente.
4.- Sin perjuicio de otras posibles invitaciones, se invitará a participar dentro del plazo a la sociedad contratista de la última contratación, y a todas aquellas personas naturales y jurídicas que manifiesten su interés por la explotación del Bar antes o durante el plazo para presentación de ofertas.
5.- Transcurrido el plazo de presentación de ofertas, el acto de apertura de las plicas se realizará en el Departamento de Bienes del Ayuntamiento en día y hora que se dará a conocer con la antelación suficiente a los licitadores para que puedan asistir. En dicho acto se comprobará si los licitadores reúnen los requisitos y la capacidad para contratar de la cláusula cuarta de este Pliego, y se dará lectura a los términos esenciales de las ofertas, que en su caso se valorarán en el mismo acto o, alternativamente, en otro acto posterior en el mismo Departamento de Bienes en el día y hora que se fije al efecto. De todo lo cual se levantarán las pertinentes actas.
6.- Durante el acto de apertura de plicas, y actos derivados de él que en su caso se celebren, los licitadores podrán realizar las observaciones de disconformidad que estimen pertinentes, las cuales se harán constar en acta. Dentro de los tres días siguientes al de celebración del acto, o actos en su caso, los licitadores que hubieren mostrado su disconformidad podrán exponer por escrito ante la Corporación cuanto estimen conveniente respecto a los preliminares de los actos, su desarrollo, capacidad jurídica de los demás optantes, valoración obtenida, etc.
Cláusula Novena.- Características de la presentación de ofertas. Documentos a incorporar. Horario de presentación
1. La presentación de las ofertas se efectuará en sobre cerrado en el que en su parte externa figurará el nombre, denominación o razón social del licitador, su DNI o CIF, su dirección, el número de teléfono, y el correo electrónico (para poder ser citados al acto de apertura de plicas y en su caso a los demás que se celebren) y el lema “Proposición para tomar parte en la licitación del Contrato de Servicio del Bar y terraza anexa del Parque Iruaretxeta”.
2. Se presentarán en las dependencias del Departamento de Bienes, sito en la segunda planta de la Casa Consistorial, de nueve a trece horas, durante el plazo referido en la Cláusula octava.
3. No se admitirá la presentación de más variantes que las opciones valorables que posibilita este Pliego.
4. Dentro del sobre externo, a que se refiere el apartado 1 de esta Cláusula, los licitadores deberán presentar otros dos sobre cerrados, identificados respectivamente como “Sobre A” y “Sobre B”.
5. El Sobre A se denominará “Requisitos para participar en la Licitación del Contrato de Servicio del Bar y terraza anexa del Parque Iruaretxeta” , y en su parte exterior figurará el nombre, denominación o razón social del licitador y su DNI o CIF. En el interior del sobre irán necesariamente estos documentos:
1: Fotocopia compulsada del DNI o NIF, o del que en su caso les sustituya reglamentariamente, en el caso de personas naturales. Y en el caso de personas jurídicas, fotocopia compulsada de la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, vigentes y debidamente inscritos en el Registro público que corresponda.
Además, fotocopia compulsada del DNI ó CIF del representante que firma esta Declaración y del documento que le confiere la representación (siempre en caso de personas jurídicas, y en caso de persona natural sólo si actúa mediante representante).
2: Documento acreditativo de estar dado de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas.
3: La declaración responsable y/o la certificación a que se refiere la Cláusula cuarta, apartado 1.2 párrafo 2º de este Pliego, a los efectos de acreditar la titularidad empresarial como hostelero o la condición de contratista.
4: Declaración responsable de no estar incurso en causas de prohibición de contratar con la Administración Pública; de estar al corriente en las obligaciones tributarias y de Seguridad Social; de tener los medios personales, materiales y financieros suficientes para realizar el contrato, o en condiciones de obtenerlos de resultar adjudicatario.
5: En caso de que concurrieren empresas extranjeras no comunitarias, empresas no españolas de otros Estados miembros de la Unión Europea, o uniones de empresarios, deberán adicionalmente aportar la documentación prevista para cada caso en los artículos 55, 58, 59 y 72 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
6. El Sobre B se denominará “Oferta económica y datos a valorar”, y en su parte exterior figurará el nombre, denominación o razón social del licitador y su DNI o CIF. En su interior se aportará un documento cumplimentado, según el Modelo de Proposición del Anexo II, en el que se expresará la cuantía exacta de la oferta de canon anual y se relacionarán todos aquellos documentos susceptibles de valoración según los Baremos de la Cláusula Décima de este Pliego.
7. Aquellas empresas que no hubieran contratado antes con el Ayuntamiento xx Xxxxxxx deberán incluir, debidamente cumplimentada, la Ficha xx xxxxxxx que se recoge en el Anexo III.
8. Las ofertas se presentarán en el Departamento de Bienes, sito en la 2ª planta de la Casa Consistorial, de las 9 a las 13 horas, dentro del plazo reseñado en la cláusula octava.
Cláusula Décima.- Aspectos objeto de negociación. Criterios para adjudicar. Baremos.
El Ayuntamiento tendrá en cuenta los siguientes aspectos económicos y técnicos objeto de la negociación con los licitadores, con los consiguientes criterios para adjudicar y sus baremos, cuya finalidad es alcanzar y garantizar la calidad del servicio a prestar en el Bar del parque urbano, cuidando también el interés económico municipal:
Baremo uno: Canon ofertado (32% del total)
No serán admisible las ofertas de canon inferior al canon mínimo de 1.242 €/año, que serán por lo tanto excluidas.
. De entre todas las admitidas, se hallará el canon medio.
. Las ofertas iguales o por debajo de ese canon medio obtendrán 0 puntos.
. Las que superen el canon medio obtendrán una puntuación equivalente al tanto por ciento de alza que suponga cada oferta sobre el canon medio.
Baremo dos: Apertura del Bar durante los meses de noviembre a febrero (35% del total)
Para puntuar por este Baremo deberá ofertarse la apertura del Bar duranrte al menos tres días a la semana, y siete horas diarias al menos por cada día que se abra. Cumpliendo esos requisitos mínimos para puntuar, la puntuación será:
. Por cada mes completo de apertura del Bar que se oferte se obtendrán 4 puntos instrumentales; quien oferte la apertura durante todos esos meses obtendrá por tanto 16 puntos instrumentales.
. Si en vez de meses completos se ofertaran aperturas por periodos semanales o de siete días seguidos, por cada una de las semanas o periodos de siete días seguidos ofertados se obtendrán 0,5 puntos.
. A la vista de la puntuación instrumental obtenida por cada licitador, se hallará la puntuación instrumental media.
. Las ofertas que no superen la puntuación instrumental media obtendrán 0 puntos.
. Las que superen la puntuación instrumental media obtendrán una puntuación equivalente al tanto por ciento de alza de la puntuación instrumental obtenida sobre la media.
Baremo tres: Actividades de dinamización socio-culturales (33% del total)
Valorará las propuestas de dinamización que desde el Bar y desde su terraza se ofrezcan a las personas usuarias del Parque, con el fin de crear un entorno agradable, animado e interesante desde el punto de vista sociocultural que ayude a poner en valor el Parque como bien de uso común general de la vecindad y la ciudadanía.
. Las ofertas que se presenten deberán incorporar un proyecto básico pero detallado, que comprenderá actividades de una hora como mínimo de duración, e indicará el tipo de actividades dinamizadoras que se proyecten (musicales, de recitación, teatrales, de animación infantil, festivas etc.) y las fechas o periodos de realización de cada una.
. Quienes no oferten ninguna o menos de cinco actividades o actuaciones al año obtendrán cero puntos instrumentales, quienes oferten de cinco a diez actuaciones obtendrán un punto instrumental; quienes oferten de once a quince actuaciones obtendrán dos puntos; de dieciséis a veinte actuaciones obtendrán tres puntos; y así sucesivamente.
. Con las puntuaciones que obtengan los licitadores se hallará la puntuación instrumental media.
. Los licitadores que no superen esa puntuación instrumental media obtendrán 0 puntos.
. Los que superen la puntuación instrumental media obtendrán una puntuación equivalente al tanto por ciento de alza de la puntuación instrumental obtenida sobre la media.
Criterio para adjudicar en caso de empate entre dos o más licitadores
En caso de empate final entre dos o más licitadores, la adjudicación recaerá a favor del que hubiera presentado mejor oferta, por el orden que sigue, en los baremos de:
1º.- Apertura del Bar durante los meses de noviembre a febrero.
2º.- Actividades de dinamización socio-culturales.
3º.- Canon ofertado.
Si, pese a ello, subsistiera el empate, se citará a los licitadores empatados para que comparezcan ante la Mesa de Contratación de asuntos de Alcaldía para, en un acto específico que reglamentará la Mesa, mejorar sus ofertas; y, en último término, celebrar un sorteo que resuelva el empate.
Cláusula Undécima.- Garantía definitiva, adjudicación y formalización del contrato.
De conformidad con lo previsto en el artículo 151 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, el licitador que hubiere obtenido la mayor puntuación deberá, en el plazo de 10 días hábiles desde que se le requiera al efecto:
. Presentar la documentación acreditativa de estar al corriente en sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
. Constituir la Garantía Definitiva por el importe de una anualidad del canon ofertado, en cualquiera de las formas admitidas en el artículo 96 del Texto Refundido de la Ley de Contratos. En el supuesto de que sea constituida mediante aval bancario el mismo se redactará de conformidad con el modelo del Anexo IV.
Una vez cumplimentado lo que antecede, la Alcaldía dictará en cinco días hábiles el acto administrativo de adjudicación del contrato.
Por último, en plazo inmediato siguiente el adjudicatario deberá comparecer en el Ayuntamiento xx Xxxxxxx para la formalización del correspondiente contrato de servicio, que entrará en vigor el 6 de octubre de 2015, en documento administrativo.Cláusula Duodécima.- Derechos y deberes del contratista.
Cláusula Duodécima.- Derechos y deberes del contratista
1.- El contratista deberá abonar el canon anual, en un solo pago, por anualidades anticipadas, dentro de los seis primeros meses de cada año.
2.- El contratista está obligado en todo momento a mantener con diligencia y en perfecto estado de conservación, higiene y ornato el Bar y sus instalaciones incluidas las de la terraza anexa, así como la maquinaria de hostelería, destinándolas exclusivamente al uso pactado ; y responderá de los deterioros y menoscabos que se causen por el uso indebido, y también por los que se debieran a una vigilancia negligente que permita que los deterioros y menoscabos los produzcan los usuarios; todo ello a fin de devolver el Bar, al terminar el contrato, en el mismo estado en que se recibió.
3.- En la terraza anexa al Bar el contratista podrá colocar sillas, mesas, veladores y otros elementos mobiliarios equivalentes, que en ningún caso podrán tener carácter de inmuebles. Y, al ser el espacio de la terraza parte integrante del objeto del contrato de servicio otorgado por el Ayuntamiento, la colocación de ese mobiliario no devengará ni precio público ni tasa alguna por ocupación del dominio público municipal; todo ello sin perjuicio de que se cumplan las normas mínimas de funcionalidad y estética que sobre mesas, sillas, veladores y otros elementos tenga establecidas el Ayuntamiento por Ordenanza o acuerdo general.
4.- Serán a cargo del contratista los gastos de luz, agua y demás consumos derivados de la actividad desarrollada.
5.- Durante los periodos que, en su caso, no se abra el Bar, el contratista deberá hacer visitas al menos quincenales para comprobar que subsisten las condiciones de adecuado mantenimiento, salubridad y ornato; e informando al Ayuntamiento de cualquier novedad que al efecto se observe o se detecte.
6.- Serán a cargo del contratista las reparaciones ordinarias de elementos del Bar o las instalaciones que se hayan deteriorado o menoscabado como consecuencia natural de su utilización o uso durante el transcurso del tiempo. Serán en cambio a cargo del Ayuntamiento las reparaciones extraordinarias causadas por fallos o deterioros de los elementos estructurales del edificio o las instalaciones, siempre que no concurra en su acaecimiento dolo, culpa ni negligencia del contratista ni del personal a su servicio.
7.- Durante los periodos que deba permanecer abierto el Bar, el contratista deberá prestar el servicio durante al menos siete horas al día, cuya distribución queda a su prudente arbitrio empresarial. No obstante lo cual, el Ayuntamiento (siempre por causas fundadas, razonadas y/o constatables) podrá sugerirle cambios horarios y de distribución y, en su caso, dictar instrucciones de obligado cumplimiento previa su audiencia en forma.
8.- Durante los periodos que deba permanecer abierto el Bar, el contratista deberá mantener abierto el Baño exterior al servicio de cualquier usuario del Parque. Podrá cumplir su obligación teniendo en el Bar, a disposición de cualquier persona, la llave del baño exterior, en cuyo caso pondrá un cartel que lo anuncie a la entrada del Baño de uso público.
9.- El contratista se compromete a cobrar a los usuarios del Bar y la terraza los precios usuales xxx xxxxxxx por los consumos que realicen; sin que en ningún caso las cuantías puedan sobrepasar los niveles medios de precios que se oferten en el término municipal.
10.- El contratista podrá organizar y gestionar el negocio de hostelería como tenga por conveniente, sin más limitaciones que las que resulten de este Pliego y de las Leyes y Reglamentos generales o locales que resulten de aplicación. Ni él ni el personal a su servicio tendrán ningún tipo de relación laboral con el Ayuntamiento.
11.- El contratista deberá comunicar al Ayuntamiento, a través del departamento de Patrimonio, las actividades de dinamización que organice; y ello sin perjuicio de que contacte con el departamento de Cultura u otros a los efectos de divulgación u otros efectos que procedan.
12.- El contratista deberá comunicar al Ayuntamiento cualquier incidencia o anomalía que detecte que pudiera afectar al Bar y la terraza, al servicio que preste, o a la ciudadanía usuaria del mismo.
Cláusula Decimotercera.- Cesión del contrato. Subcontratación.
1.- En desarrollo de lo previsto en el artículo 226 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, el contratista no podrá ceder este contrato de servicios sin la autorización previa y expresa del Ayuntamiento, y siempre que hayan transcurrido al menos 12 meses desde el inicio del contrato.
2.- A tal fin, el contratista se deberá dirigir a la Administración municipal con una propuesta de cesión, indicando la personalidad, capacidad y aptitud del nuevo empresario para el desempeño del servicio conforme a este Pliego; el precio de la cesión y el compromiso del aspirante a cesionario de subrogarse en la posición jurídica del cedente en todos sus derechos y obligaciones.
3.- La autorización de la cesión será autorizada o denegada en su caso por la Alcaldía. Caso de ser autorizada, el Ayuntamiento tendrá derecho a participar en un 10% del precio de la cesión y a elevar el canon en un 5%.
4.- Una vez depositada en el Ayuntamiento la participación en el precio de la cesión, ésta se formalizará entre las partes, cedente y cesionaria, en escritura pública, de la que se entregará copia al Ayuntamiento a los efectos de que éste compruebe que la cesión se ajusta a lo autorizado.
5.- Si se verificase una cesión sin autorización, o en los términos no autorizados por el Ayuntamiento, éste podrá desalojar al nuevo empresario sin perjuicio de las facultades de resolver el contrato con el contratista.
6.- Se prohíbe cualquier subcontratación.
Cláusula Decimocuarta.- Causas de resolución del contrato.
Son causas de resolución del contrato las previstas con carácter general para todos los contratos en el artículo 223 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público; y las específicas del contrato de servicios del artículo 308.
Cláusula Decimoquinta.- Prerrogativas y jurisdicción.
Dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos señalados en el Texto Refundido de la Ley de Contratos, el órgano de contratación ostenta la prerrogativa de interpretar el contrato, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta.
Asimismo, el Ayuntamiento tiene la facultad de inspeccionar el local y la actividad a fin de comprobar el cumplimiento de lo dispuesto en este Pliego, pudiendo emitir instrucciones al adjudicatario tendentes a la observancia de sus obligaciones.
Los acuerdos correspondientes pondrán fin a la vía administrativa y serán inmediatamente ejecutivos. En el correspondiente expediente se dará audiencia al contratista.
Los licitadores y el concesionario se someten para todas las cuestiones derivadas de la interpretación de estas condiciones o en su caso del contrato administrativo subsiguiente, a la jurisdicción Contencioso-Administrativa del domicilio de la Corporación, con expresa renuncia de cualquier otro fuero que pudiera corresponderles.
Basauri, a 10 de julio de 2015.
Jefatura Técnica de Bienes
VºBº
Intervención Municipal Asesoría Jurídica del Ayto.
ANEXO I
MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE SOBRE CAPACIDAD DE CONTRATAR Y CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS
D/Xx ............................................................................., con D.N.I. ó NIF número ......................., y domicilio a efectos de notificaciones en ..............................................., calle ........................................., teléfono ............................, fax...................correo electrónico.............., en nombre propio (o en representación de) ................................., con DNI ó C.I.F. número ...............), manifiesta lo siguiente:
1.- Que está enterado/a del anuncio publicado por el Ayuntamiento xx Xxxxxxx en su página Web institucional, por el que se anuncia el procedimiento Negociado para Adjudicar el Contrato de Servicio del Bar y la terraza anexa del Parque Iruaretxeta.
2.- Que ha examinado y conoce el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, así como la normativa legal de aplicación.
3.- Que aporto fotocopia compulsada del DNI o NIF del licitador (si es persona natural) [ ó ] fotocopia compulsada de la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, vigentes y debidamente inscritos en el correspondiente Registro público (si es persona jurídica).
Además, aporto fotocopia compulsada de mi DNI ó CIF y del documento que me confiere la representación del licitador (siempre en caso de personas jurídicas, y si se actúa en representación de personas naturales).
4.- Que aporto documento acreditativo de estar dada de alta la empresa en el Impuesto sobre Actividades Económicas.
5.- Que aporto la declaración responsable a que se refiere la cláusula cuarta xxx Xxxxxx [ó la certificación], a los efectos de acreditar la titularidad empresarial como hostelero por cuenta propia o la condición de contratista de local de la Administración, durante al menos dos años desde el 1 de enero de 2012.
6.- Que formulo Declaración responsable de:
- No estar incursa la empresa en ninguna de las causas de prohibición para contratar con la Administración Pública tipificadas en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
- Estar al corriente en las obligaciones tributarias y de Seguridad social exigidas por la Legislación vigente.
- Tener los medios personales, materiales y financieros suficientes para realizar el contrato, o en condiciones de obtenerlos de resultar adjudicataria.
En ....................., a .........., de ..................... de 2015.
Fdo.: El proponente,
ANEXO II
MODELO DE PROPOSICIÓN
D/Xx ............................................................................., con D.N.I. ó N.I.F: número ......................., y domicilio a efectos de notificaciones en ..............................................., calle ........................................., teléfono ............................, fax...................correo electrónico.............., en nombre propio (o en representación de) ................................., con DNI ó C.I.F. número ...............), manifiesta lo siguiente:
1.- Que por el Contrato de Servicio del Bar y la terraza anexa del Parque Iruaretxeta oferto un canon de ..................... (póngase en letra y en número) euros/año (Baremo uno)
2.- Que formulo la siguiente propuesta de Apertura del Bar durante los meses de noviembre a febrero (Baremo dos):
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3.- Que formulo la siguiente propuesta de dinamización socio-cultural (Baremo tres):
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En ....................., a .........., de ..................... de 2015.
Fdo.: El proponente,
ANEXO III
HIRUGARRENAREN FITXA |
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Alta / Alta |
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FICHA XX XXXXXXX |
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Aldaketa / Modificación |
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1 |
DATU PERTSONALAK DATOS PERSONALES |
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NAN – IFK / DNI - CIF (1) |
Deitura bi eta izena edo Sozietatearen izena / Dos apellidos y nombre o Razón Social |
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Helbidea / Domicilio |
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Herria / Población |
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PK / CP |
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Probintzia /Provincia |
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Telefonoa / Teléfono |
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Fax |
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(1) |
Pertsona juridikoa litzatekeen kasuan, inoiz ez xxxx ordezkari legalaren N.A.N. agertu behar, baizik eta Sozietate edo Erakundearen I.F.K.
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En caso de persona jurídica, nunca deberá hacerse referencia al D.N.I. de su representante legal, sino al C.I.F. de la Sociedad o Entidad.
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2 |
BANKU HELBIDERATZEA DOMICILIACIÓN BANCARIA |
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Bankua / Banco |
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Sukurtsala / Sucursal |
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KD / DC |
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Kontu zenbakia / Nº de cuenta |
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Kontuaren Kodea Código de cuenta |
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3 |
TITULARRAREN EDO ORDEZKARIAREN AITORPENA DECLARACIÓN DEL TITULAR O REPRESENTANTE |
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Egiazkoak direla aitortzen dut goian adierazitako datuak, kontua eta erakunde finantzarioa identifikatzen dutenak, izan ere, horien bidez jaso nahi baititut ordainketak, Basauriko Udalaren hartzekodun gisa egokitu liezaizkidakeenak, eta horretarako nahiko ahalmena badut. |
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Declaro que son ciertos los datos arriba reflejados y que identifican la cuenta y la entidad financiera a través de las cuales deseo recibir los pagos que, en calidad de acreedor/a del Ayuntamiento xx Xxxxxxx, puedan corresponder, ostentando el poder suficiente para ello. |
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Sinatua / Firmado: |
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NAN / DNI: |
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En calidad de: |
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den aldetik |
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Data / Fecha: |
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Sinadura eta zigilua / Firma y sello |
Diruzaintza / Tesorería |
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Kareaga Xxxxxx, 00 00000 XXXXXXX |
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E-mail: xxxxxxxxx@xxxxxxx.xxx |
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000.000.000 |
000.000.000 Fax |
Datuak Babesteko Legean ezarrita dagoenaren arabera (15/1999 L.O.), inprimaki honetan jasotako datuak fitxategi automatizatu batean gordeko dira. Udal honen barruko eginkizunetarako, bakar-bakarrik, erabiltzeko xedez. Datu horien titular denak horiek zuzentzeko eskubidea erabili ahal izango du, Legean adierazten den arabera. |
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De conformidad con lo dispuesto en la Ley de Protección de Datos (L.O. 15/1999), los datos recogidos en este impreso serán incorporados a un fichero automatizado con la exclusiva finalidad de su uso dentro de este Ayuntamiento. El/la titular de los mismos puede ejercer su derecho de rectificación o cancelación, en los términos de la Ley, |
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ANEXO IV
MODELO DE AVAL PARA CONSTITUCIÓN DE LA GARANTÍA DEFINITIVA
... (1), con domicilio en ... calle... y NIF ..., y en su nombre y representación ...(2) con poderes suficientes para obligarles en este acto, según resulta de la verificación de la representación de la parte inferior de este documento.
AVALA
a ...(3), con NIF..........., ante el Ayuntamiento xx Xxxxxxx por un importe de ...(4) euros para garantizar las responsabilidades derivadas de la ejecución del Contrato de Servicio del Bar y terraza anexa del Parque Iruaretxeta..
Este aval se otorga solidariamente respecto al obligado principal, con renuncia expresa al beneficio de excusión y división, y con compromiso de pago al primer requerimiento de la Tesorería del Ayuntamiento xx Xxxxxxx, con sujeción a los términos previstos en la Ley de Contratos del Sector Público y en sus normas de desarrollo.
El plazo de garantía subsistirá hasta el día en que la Administración autorice su cancelación.
................................................. (lugar y fecha) ............................... (razón social de la entidad) ................................. (firma de los Apoderados) |
VERIFICACIÓN DE LA REPRESENTACIÓN POR LA SECRETARIA GENERAL |
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Fecha:
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Número o código: |
Firma: |
(1) razón social completa del avalista.
(2) nombre y apellidos del Apoderado o Apoderados.
(3) nombre y apellidos o razón social del avalado.
(4) en número y letras.
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