Dpto. Servicios a la Ciudadanía JMD Puente de Vallecas Expte. 114/05/2326
Dpto. Servicios a la Ciudadanía JMD Puente de Vallecas Expte. 114/05/2326
DEPARTAMENTO DE SERVICIOS SOCIALES
Expdte. Nº: 114/2010/11671
PLIEGO DE CONDICIONES TECNICO PARTICULARES QUE HA DE REGIR EN EL CONTRATO ADMINISTRATIVO ESPECIAL DENOMINADO PROGRAMA DE ACTIVIDADES INFANTILES COMPLEMENTARIAS XX XXXXXX 2011 DEL DISTRITO XX XXXXXX DE VALLECAS A ADJUDICAR POR PROCEDIMIENTO ABIERTO.
1. OBJETO DEL CONTRATO
El presente contrato tiene como objeto complementar las actuaciones que desde el Distrito xx Xxxxxx de Vallecas se vienen realizando a lo largo del año con menores y adolescentes, y que durante la etapa estival precisan de actividades lúdico educativas, que faciliten la incorporación de normas socializadoras, con el objetivo de prevenir y paliar el déficit que pudieran existir en esas materias, así como apoyar a los padres y madres de estos menores en el cumplimiento de sus funciones parentales.
Para el desarrollo de estas actividades se establecen tres lotes diferenciados: A.- PROGRAMA DE VACACIONES EDUCATIVAS DE DIA
B.- PROGRAMA DE ACTIVIDADES PARA NIÑOS EN SITUACION DE EXCLUSIÓN, EN RÉGIMEN DE CAMPAMENTO.
C.-PROGRAMA DE CAMPAMENTOS URBANOS EN PLANES DE BARRIO
Dadas las características de los programas objeto del contrato, las diferentes empresas podrán licitar por cada uno de los lotes por separado.
2. LOTE A – “PROGRAMA DE VACACIONES EDUCATIVAS DE DÍA”
2.1. OBJETIVO GENERAL
Realización de actividades dirigidas a niños/as de edades comprendidas entre los 4 a 12 años inclusive, contemplando la comida de medio día, para atenderles de manera integral en el periodo de vacaciones escolares.
2.2. OBJETIVOS ESPECÍFICOS
2.2.1. Facilitar la conciliación de la vida profesional y familiar en el Distrito xx Xxxxxx de Vallecas
2.2.2. Apoyar a familias monoparentales con escasos recursos económicos en el cuidado y atención de sus hijos en períodos de vacaciones escolares.
2.2.3. Proporcionar un recurso de atención a los menores, que facilite a las familias con bajos ingresos el mantenimiento del trabajo y las actividades formativas, encaminadas a la inserción laboral.
2.2.4. Complementar el proceso de aprendizaje y socialización de los menores desde la educación no formal e intercultural
2.2.5. Facilitar a los menores, actividades de carácter lúdico-recreativas para una mejor utilización de su ocio y tiempo libre.
2.3. ACTIVIDADES
Las empresas que opten al presente lote propondrán actividades que respondan a los objetivos antes planteados y a características tales como:
2.3.1. Especificidad del período vacacional y actividades propias del mismo.
2.3.2. Actividades específicas por grupos de edad de los niños.
2.3.3. Se deberán realizar al menos 3 actividades semanales fuera del Centro adaptadas a las edades de los menores.
2.3.4. Las actividades se enfocarán con una óptica de ocio y tiempo libre donde deberán trabajarse contenidos para la adquisición de habilidades personales y sociales, fomentando el conocimiento del entorno.
2.4. HORARIO
El horario de la actividad se realizará de 9,00 a 17,30 horas, incluyendo las rutas de transporte.
2.5. LUGAR
La prestación del servicio o ejercicio de la actividad se llevará a cabo en un Colegio Público a determinar por el Ayuntamiento.
2.6. TRANSPORTE
2.6.1. Traslado diario en autocar de los niños/as, desde los puntos de recogida al colegio y viceversa, acompañados al menos, por dos trabajadores de la empresa. La contratación de este servicio correrá a cargo de la empresa adjudicataria.
2.6.2. Se contará con cuatro puntos de encuentro repartidos por todo el distrito para facilitar la recogida e incorporación de los niños al Proyecto Vacaciones Educativas para niños /as. Los puntos se determinarán en su momento entre el responsable municipal del proyecto y la empresa adjudicataria.
2.6.3. El transporte de cualquiera de las actividades propuestas en el programa, corren de igual modo a cargo de la empresa adjudicataria.
2.7. OTROS ELEMENTOS ORGANIZATIVOS
2.7.1. El comedor que se utilizará será el del Colegio Público donde se realice la actividad a través de la empresa que preste el servicio en dicho Centro, salvo causa mayor. La contratación de este servicio correrá a cargo de la empresa adjudicataria
2.7.2. La empresa deberá contar con dos teléfonos móviles y fax que garanticen siempre la posibilidad del contacto con los monitores.
2.7.3. Se tendrá en cuenta las diferencias culturales, religiosas y los posibles problemas sanitarios de los menores para elaborar los menús diarios.
2.7.4. Se establecerá un espacio organizado por la entidad con una frecuencia semanal como mínimo, para la atención personal a las familias que lo soliciten.
2.7.5. El funcionario responsable del programa facilitará el listado de niños beneficiarios del programa, así como de aquellos que hubieran quedado en lista de espera, siendo competencia de la empresa adjudicataria la incorporación de nuevos niños y niñas a medida que se produzcan bajas en el mencionado listado de beneficiarios. Esta sustitución se realizará en el menor tiempo posible, notificando posteriormente al Ayuntamiento el resultado de dicha gestión.
2.7.6. No es imprescindible la adquisición de material para la realización del proyecto.
2.8. GRUPOS
El proyecto está dirigido a 100 niños/as cubriendo el período de vacaciones escolares xx xxxxxx, (Julio y Agosto) de 2011.
Los grupos se definirán tomando como criterio básico las edades de los menores. Por ello, las empresas que acudan al contrato deberán presentar las actuaciones específicas en los diferentes grupos de edad:
Niños comprendidos entre 4 a 6 años, 7 a 9 años y de 10 a 12 años.
La entidad a contratar conforme a los grupos fijados por edades, garantizará al menos un monitor por cada 10 niños además, se contemplarán monitores de apoyo durante el tiempo de realización de las actividades.
2.9. PLAZO DE DURACIÓN DEL CONTRATO
Las actividades del proyecto cubrirán el período desde el 1 de julio al 31 xx Xxxxxx, sin contar xxxxxxx, xxxxxxxx ni festivos.
El calendario específico y programación horaria se concretará con la empresa adjudicataria, que enviará la información a los cuatro Centros y la expondrá en el Colegio asignado para la actividad.
2.10. EVALUACIÓN
La Empresa adjudicataria facilitará información diaria y detallada de todas las incidencias, dignas de interés, que pudieran suceder, así como de la asistencia.
Al finalizar la actividad, los monitores emitirán un informe de cada uno de los menores participantes en el proyecto, en el que constará:
• Control de asistencia.
• Dificultades personales y sociales de los participantes.
• Posibles incidencias.
Asimismo elaborarán una memoria global del funcionamiento grupal, así como de las diferentes actividades realizadas.
2.11. APORTACIÓN DEL USUARIO
Los participantes deberán abonar por quincena de asistencia:
• Por cada niño/a 20,00 €
3. LOTE B – “PROGRAMA DE ACTIVIDADES PARA NIÑOS EN SITUACION DE EXCLUSIÓN, EN RÉGIMEN DE CAMPAMENTO”
3.1. OBJETIVO GENERAL
El objetivo del presente lote es la prestación del servicio o actividad lúdico- recreativa durante el verano, a través de salidas, campamentos, etc..favoreciendo la inserción de niños, niñas y jóvenes entre 4 y 16 años en situación de riesgo, o que por diferentes causas precisan una intervención social, en actividades lúdicas, con salidas de Madrid a medios más favorables, por periodos como mínimo semanales en que se trabaje la interacción entre los niños y las niñas desde contenidos que contemplen una educación en valores, donde los planteamientos de no violencia, genero, interculturalidad, etc. estén presentes.
3.2. OBJETIVOS ESPECÍFICOS
3.2.1. Facilitar a los menores, en acompañamiento e intervención social, un espacio de relación con sus iguales, adecuado.
3.2.2. Aprovechar las vacaciones estivales para, en un medio idóneo, facilitar una adaptación y una xxxxxxxx de roles y límites, partiendo de la motivación de los menores que se produce en un medio diferente y lúdico.
3.2.3. Integrar a los menores en grupos más saludables, que en la medida de lo posible, les vincule a lo largo del año.
3.2.4. Favorecer aprendizajes cotidianos que a la larga modifiquen actitudes negativas.
3.3. ACTIVIDADES
Las empresas o entidades sociales que opten al presente contrato propondrán actividades que respondan a los objetivos antes planteados y a las características de los diferentes grupos de edad. Planteando un programa por parte del licitador que partiendo de los objetivos propuestos los desarrolle y detalle la actividad o actividades que considere más adecuadas.
3.4. LUGAR
La actividad se realizará en los lugares propuestos por la entidad adjudicataria, que en cualquier caso debe reunir las condiciones necesarias para la realización de dichas actividades de forma adecuada.
Igualmente será necesario contar con sedes locales adecuados y situados en el Distrito, lo que favorece a la larga la aproximación de los menores a espacios estables de tiempo libre. En este sentido, se valorará que la entidad que presenta la oferta desarrolle las actividades en coordinación con otras entidades del Distrito con el fin de dar una mejor respuesta a este requerimiento.
La entidad adjudicataria propiciará la participación de los destinatarios en aquellas actividades desarrolladas en las sedes locales más adecuadas en cuanto a proximidad a su residencia, opciones de continuidad en la participación durante el
resto del año y fortalecimiento de lazos entre el menor y la familia con la entidad organizadora de la actividad.
3.5. GASTOS DE LA ACTIVIDAD
Los gastos ocasionados por la actividad (traslado, alojamiento, manutención, personal contratado, materiales y seguros de responsabilidad civil y accidentes) correrán a cargo de la entidad adjudicataria.
3.6. OTROS ELEMENTOS ORGANIZATIVOS
El proyecto está dirigido a 100 niños/as en situación de riesgo, o que por diferentes causas precisan una intervención social.
Se tendrá en cuenta las diferencias culturales, religiosas y los posibles problemas sanitarios de los menores para elaborar los menús diarios.
En cualquier caso la metodología deberá ser eminentemente participativa y lúdica fomentando el ocio saludable y la adquisición de la responsabilidad y reparto de tareas adecuadas a las situaciones de edad.
3.7. PLAZO DE DURACIÓN DEL CONTRATO
Estas actividades podrán llevarse a cabo en cualquiera de las semanas o quincenas incluidas desde la segunda quincena xx xxxxx hasta la segunda xxxxxxxx xx xxxxxxxxxx 0000 ambas incluidas.
3.8. EVALUACIÓN
Al finalizar las actividades de los diferentes grupos se deberá emitir un informe de dichas actividades. Asimismo se deberá elaborar una memoria del funcionamiento.
4. LOTE C – “CAMPAMENTOS URBANOS EN EL AMBITO DE LOS PLANES DE BARRIO”
4.1. OBJETIVO GENERAL
Realización de actividades lúdicas, formativas y de ocio dirigida a niños/as de edades de 5 a 13 años, contemplando la comida de mediodía, para atenderles de manera integral en el periodo de vacaciones escolares.
4.2. OBJETIVOS ESPECÍFICOS
4.2.1. Facilitar la conciliación de la vida profesional y familiar
4.2.2. Proporcionar un recurso de atención a los menores, que facilite a las familias el mantenimiento del trabajo y a la vez, la utilización por parte de los niños de las vacaciones estivales para realizar las actividades lúdicas y de ocio, formativas y deportivas.
4.2.3. Facilitar a los menores, actividades de carácter lúdico-recreativas para una mejor utilización de su ocio y tiempo libre.
4.3. ACTIVIDADES
El presente lote está constituido por la organización y desarrollo de tres campamentos urbanos dirigidos a la población infantil y juvenil del Distrito xx Xxxxxx de Vallecas dentro del entorno de Planes de Barrio.
Incluirán:
1) Desayuno (para los niños que entren a las 8:00 horas), comida y merienda, el régimen de comidas se adaptará a una dieta con la calidad y cantidad suficiente para atender las necesidades nutritivas de los participantes en cada uno de los campamentos. Las ofertas deberán incluir los menús que se servirán a los participantes cada día.
Asimismo se incluirá menú de régimen para aquellas personas que acrediten su necesidad mediante justificante médico o que lo soliciten por razones culturales.
2) En la oferta se deberá incluir, el programa de actividades que contemple una educación en valores así como el material necesario para realizarlas.
el programa del campamento deberá recoger aspectos de:
-educación ambiental
-juegos educativos
-juegos cooperativos y deportivos
-talleres
-guiñol
-expansión animación y tiempo libre
-salidas a la piscina, una por niño/a y edición, incluirá entrada y transporte.
-una excursión de día completo por edición, incluirá entrada si la hubiere.
-facilitará a los niños/as, una camiseta que sirva de identificación durante las excursiones que se realicen.
3) La limpieza de los recintos del colegio que se utilicen, correrá a cargo de la empresa adjudicataria. Asimismo deberá conectar al finalizar la actividad la alarma del centro escolar
4) Monitores, que serán mayores de dieciocho años y estarán en posesión de la titulación necesaria para el ejercicio de las actividades, incluyendo uno de ellos al menos el título de socorrismo con especialidad de primeros auxilios. Deberá haber al menos un monitor por cada 10 participantes o fracción y además un coordinador para cada uno de los campamentos que deberá estar en posesión del título correspondiente.
5) Coordinar con los responsables del distrito el servicio de transporte en autocar para las salidas de las excursiones de un día completo.
Las empresas que opten al presente lote propondrán actividades que respondan a los objetivos antes planteados y a características tales como:
Especificidad del período vacacional y actividades propias del mismo. Actividades específicas por grupos de edad de los niños.
Las actividades se enfocarán con una óptica de ocio y tiempo libre donde deberán trabajarse contenidos para la adquisición de habilidades personales y sociales, fomentando el conocimiento del entorno.
4.4. HORARIO
Las actividades se desarrollarán de lunes a viernes, excepto festivos, en horario de 8:00 h. a 18:00 h. (A las 8:00 recogida de niños que se apunten al servicio de guardería. El resto entrará a las 9:00 horas. Salida a las 17:00 h.). Los usuarios deberán ir por sus propios medios al colegio y lo mismo a la salida.
4.5. LUGAR
La prestación del servicio o ejercicio de la actividad se llevará a cabo en tres colegios públicos, en la zona de influencia de los barrios del distrito xx Xxxxxx de Vallecas en los que se están llevando a cabo Planes de Barrio (Entrevias-Pozo, Fontarrón y Triángulo del Agua) un Colegio Público a determinar por el distrito.
4.6. TRANSPORTE.
Los usuarios deberán ir por sus propios medios al colegio y lo mismo a la salida. El transporte de las excursiones correrá a cargo del adjudicatario.
4.7. OTROS ELEMENTOS ORGANIZATIVOS
4.7.1. El comedor que se utilizará será el del Colegio Público donde se realice la actividad a través de la empresa que preste el servicio en dicho Centro, salvo causa mayor. La contratación de este servicio correrá a cargo de la empresa adjudicataria.
4.7.2. La empresa deberá contar con dos teléfonos móviles y fax que garanticen siempre la posibilidad del contacto con los monitores.
4.7.3. Se tendrá en cuenta las diferencias culturales, religiosas y los posibles problemas sanitarios de los menores para elaborar los menús diarios.
4.8. GRUPOS
El proyecto está dirigido a 250 niños/as.
Los grupos se definirán tomando como criterio básico las edades de los menores. Por ello, las empresas que acudan al contrato deberán presentar las actuaciones específicas en los diferentes grupos de edad:
La entidad a contratar conforme a los grupos fijados por edades, garantizará al menos un monitor por cada 10 niños o fracción; además, se contemplarán monitores de apoyo durante el tiempo de realización de las actividades. Monitores, que serán mayores de dieciocho años y estarán en posesión de la titulación necesaria para el ejercicio de las actividades, incluyendo uno de ellos al menos el título de socorrismo con especialidad de primeros auxilios. Deberá haber además un coordinador para cada uno de los campamentos que deberá estar en posesión del título correspondiente.
4.9. PLAZO DE DURACIÓN DEL CONTRATO
Cada uno de los campamentos se desarrollará en tres Colegios Públicos del Distrito. Edad: De 5 a 13 años
Barrios de Entrevías-Pozo y Triángulo del Agua: 100 plazas por campamento Campamentos: 2
Fechas: Del 4 al 15 de julio (10 días)
Del 18 al 29 de julio (10 días)
Edad: De 5 a 13 años
Barrio de Fontarrón: 1 campamento urbano con 50 plazas Fechas: Del 4 al 15 de julio (10 días)
El calendario específico y programación horaria se concretará con la empresa adjudicataria, que enviará la información a los cuatro Centros y la expondrá en el Colegio asignado para la actividad.
4.10. EVALUACIÓN
La Empresa adjudicataria facilitará información diaria y detallada de todas las incidencias, dignas de interés, que pudieran suceder, así como de la asistencia.
Al finalizar la actividad, los monitores emitirán un informe sobre el control de asistencia y posibles incidencias. Asimismo elaborarán una memoria global del funcionamiento grupal. Igualmente el adjudicatario entregará y recogerá una encuesta de calidad elaborada por el distrito.
4.11. APORTACIÓN DEL USUARIO
Los participantes deberán abonar una cantidad por la asistencia por importe de 58,80 euros.
4.12 CONDICIONES DE LA OFERTA
Los objetivos a desarrollar y metodología concreta para su consecución se definirán por el adjudicatario en un proyecto de trabajo detallado para cada uno de los campamentos a realizar ajustándose a las directrices de este pliego
La oferta deberá incluir los programas de cada uno de los campamentos y las actividades que vayan a realizar día a día y que no supondrán ningún gasto para los participantes, junto con el horario tipo general.
La oferta deberá detalla el material y equipos necesarios para la realización de las actividades programadas con la calidad y en cantidad adecuada a las necesidades de los campamentos, debiendo constar en las ofertas el material que dispone la empresa para la prestación de la actividad. Además, la empresa adjudicataria entregará una camiseta con los logos identificativos de la actividad, a cada participante.
4.13 ANULACIÓN Y/O PLAZAS NO CUBIERTAS
Por los responsables del distrito se establecerá, previamente al comienzo de las actividades, una lista de preinscripciones, a efectos de determinar que existe un número mínimo de participantes interesados fijados en el 60% de las plazas previstas. En el caso de no cubrirse el mínimo de participantes establecidos, la actividad podrá ser cambiada de fecha o anulada, a criterio del órgano contratante.
En el caso de anularse la actividad por no cubrirse el mínimo de plazas la empresa adjudicataria sólo tendrá derecho a percibir hasta un máximo del 10 % del precio del campamento afectado–número de plazas del campamento por precio unitario- en concepto de coste de la organización y evaluación de la actividad.
Plazas no cubiertas
En el caso de no cubrirse el número total de plazas ofertadas en uno o varios de los campamentos, el Distrito abonará un máximo del 10% del precio de las plazas no cubiertas en el campamento afectado –número de plazas no cubiertas por precio unitario- y el resultado de multiplicar el número efectivo de participantes por el precio unitario.
5. CONFIDENCIALIDAD, PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES Y SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN
La empresa adjudicataria y el personal a su servicio en la prestación del contrato, tal y como se define en la letra g) del artículo 3 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal,
están obligados en su calidad de encargados de tratamiento de datos personales por cuenta del (Órgano de contratación) al cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, la Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal de la Comunidad de Madrid, el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, así como de las disposiciones que en materia de protección de datos se encuentren en vigor a la adjudicación del contrato o que puedan estarlo durante su vigencia.
La empresa adjudicataria se obliga especialmente a lo siguiente:
1º) Deberá guardar la debida confidencialidad y secreto sobre los hechos, informaciones, conocimientos, documentos y otros elementos a los que tenga acceso con motivo de la prestación del servicio (art. 10 LOPD), sin que pueda conservar copia o utilizarlos para cualquier finalidad distinta a las expresamente recogidas en el presente pliego, incurriendo en caso contrario en las responsabilidades previstas en la legislación vigente (art. 12.4 LOPD). Igualmente, deberá informar a sus empleados de que sólo pueden tratar la información del Ayuntamiento para cumplir los servicios objeto de este pliego y también de la obligación de no hacer públicos, ceder o enajenar cuantos datos conozcan (artículo 9 LOPD). Esta obligación subsistirá aún después de la finalización del contrato.
2º) Asimismo, deberá incluir una cláusula de confidencialidad y secreto en los términos descritos (art. 10 LOPD) en los contratos laborales que suscriban los trabajadores destinados a la prestación del servicio objeto del presente pliego. La empresa adjudicataria, al igual que su personal, se someterán a los documentos de seguridad vigentes en el Ayuntamiento de Madrid para cada uno de los ficheros a los que tengan acceso, e igualmente a las especificaciones e instrucciones de los responsables de seguridad en materia de protección de datos de cada una de las dependencias municipales afectadas.
3º) Dicho compromiso afecta tanto a la empresa adjudicataria como a los participantes y colaboradores en el proyecto y se entiende circunscrito tanto al ámbito interno de la empresa como al ámbito externo de la misma. El Ayuntamiento de Madrid se reserva el derecho al ejercicio de las acciones legales oportunas en caso de que bajo su criterio se produzca un incumplimiento de dicho compromiso.
4º) Únicamente tratará los datos personales a los que tenga acceso para la prestación del contrato conforme al contenido de este pliego de prescripciones técnicas y a las instrucciones que el (Órgano de contratación) le pueda especificar en concreto y que se incluyan como una adenda al presente contrato. No aplicará o utilizará los datos personales indicados con fin distinto al previsto en el contrato, ni los comunicará, ni siquiera para su conservación, a otras personas salvo autorización expresa por parte del responsable del fichero en los términos previstos en el artículo 21 del Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
5º) A cumplir todas y cada una de las medidas de seguridad (nivel básico, medio o alto) que sean de aplicación en función de la tipología de datos que se utilicen y traten para la prestación del servicio objeto del presente contrato y que
vienen previstas en el Título VIII del Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. A este respecto no se registrarán datos de carácter personal en ficheros que no reúnan las condiciones determinadas en el referido Titulo VIII respecto a su integridad y seguridad y a las de los Centros de tratamiento, locales, equipos, sistemas y programas. (Artículo 9.2. LOPD).
Durante la realización de los servicios que se presten como consecuencia del cumplimiento del presente contrato, el adjudicatario y su personal se someterán al estricto cumplimiento de los documentos de seguridad vigentes para los ficheros de datos de carácter personal a los que tengan acceso, así como a las instrucciones de los responsables de seguridad de las dependencias municipales en las que desarrollen su trabajo.
El acceso a las bases de datos del Ayuntamiento de Madrid necesarias para la prestación del servicio se autorizará al adjudicatario para el exclusivo fin de la realización de las tareas objeto de este contrato, quedando prohibido para el adjudicatario y para el personal encargado de su realización su reproducción por cualquier medio y la cesión total o parcial a cualquier persona física o jurídica. Lo anterior se extiende asimismo al producto de dichas tareas.
El adjudicatario se compromete a formar e informar a su personal en las obligaciones que de tales normas dimanan, para lo cual programará las acciones formativas necesarias.
El personal prestador del servicio objeto del contrato tendrá acceso autorizado únicamente a aquellos datos y recursos que precisen para el desarrollo de sus funciones.
6º) Los diseños, desarrollos o mantenimientos de software deberán, con carácter general, observar los estándares que se deriven de la normativa de seguridad de la información y de protección de datos, y en concreto lo relativo a la identificación y autenticación de usuarios, estableciendo un mecanismo que permita la identificación de forma inequívoca y personalizada de todo aquel usuario que intente acceder al sistema de información y la verificación de que está autorizado, limitando la posibilidad de intentar reiteradamente el acceso no autorizado al sistema de información.
7º) El Ayuntamiento de Madrid se reserva el derecho de efectuar en cualquier momento los controles y auditorias que estime oportunos para comprobar el correcto cumplimiento por parte del adjudicatario de sus obligaciones, el cual está obligado a facilitarle cuantos datos o documentos le requiera para ello.
8º) Todos los datos personales que se traten o elaboren por la empresa adjudicataria como consecuencia de la prestación del contrato, así como los soportes del tipo que sean en los que se contengan son propiedad del Ayuntamiento de Madrid.
9º) Una vez cumplida la prestación contractual, los datos de carácter personal deberán ser destruidos o devueltos al Ayuntamiento de Madrid conforme a las instrucciones que haya dado, al igual que cualquier soporte o documento que contenga algún dato de carácter personal objeto del tratamiento.
10º) De conformidad con lo que establece el artículo 12.4 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, en relación con el artículo 9.4 de la Ley 8/2001, de 13 de julio de
Protección de Datos de Carácter Personal de la Comunidad de Madrid, el incumplimiento por parte del adjudicatario de las estipulaciones del presente contrato lo convierten en responsable del tratamiento respondiendo directamente de las infracciones en que hubiera incurrido, así como del pago del importe íntegro de cualquier sanción que, en materia de protección de datos de carácter personal, pudiera ser impuesta al Ayuntamiento de Madrid, así como de la totalidad de los gastos, daños y perjuicios que sufra el Ayuntamiento de Madrid como consecuencia de dicho incumplimiento (art. 12.4 LOPD).
11º) Aportará una memoria descriptiva de las medidas que adoptará para asegurar la confidencialidad e integridad de los datos manejados y de la documentación facilitada. Asimismo, el adjudicatario deberá comunicar al organismo contratante antes de transcurridos siete días de la fecha de comunicación de la adjudicación la persona que serán directamente responsables de la puesta en práctica y de la inspección de dichas medidas de seguridad, adjuntando su perfil profesional.
6. CONDICIONES TECNICAS GENERALES
Los objetivos a desarrollar, así como la metodología concreta para su consecución, se definirán por el adjudicatario en un proyecto de trabajo detallado para cada una de las actuaciones a realizar, ajustándose a las directrices del programa.
Por otra parte, la Junta Municipal de Distrito, se reserva el derecho a formular cuantas objeciones estime convenientes y modificar las orientaciones presentadas según las conveniencias del servicio o actividad, debiendo someterse el adjudicatario en todo momento a las directrices e instrucciones que le sean formuladas por el técnico responsable, con objeto de obtener la máxima eficacia y coordinación. Se podrán sustituir actividades específicas o contenidos esenciales de las mismas cuando, por necesidades de los objetivos a desarrollar y en beneficio de los usuarios del servicio, fuese necesario
La selección de los usuarios admitidos se valorará por parte de los Técnicos Responsables del distrito xx Xxxxxx de Vallecas
El adjudicatario será responsable del buen uso y conservación de la maquinaria, aparatos y demás material a utilizar en la prestación del servicio o actividad que sea propiedad municipal. La empresa adjudicataria deberá mantener la limpieza de los espacios utilizados, así como hacerse responsable de la actividad en su conjunto, dado que el Colegio Público que se utiliza permanece normalmente cerrado en épocas vacacionales, debiendo entregarlo en las mismas condiciones que lo encontraron.
El contratista deberá presentar, previamente a la prestación de la actividad una relación de las personas que van a llevar a cabo el desarrollo del programa las cuales deberán permanecer hasta el cumplimiento del contrato No obstante, si durante su ejecución alguno de ellos causare baja definitiva, podrá ser sustituido a propuesta del contratista, y bajo la autorización de los responsables del distrito Municipal. El distrito Municipal se reserva la facultad de exigir el cambio de un
monitor/a o coordinador cuando existan razones suficientes que lo justifiquen
Se entiende, en todo caso, que no existirá vinculación laboral alguna entre el personal que se destine a la ejecución del contrato y el Ayuntamiento de Madrid, por cuanto aquél queda expresamente sometido al poder direccional y de organización de la empresa adjudicataria en todo ámbito y orden legalmente establecido y siendo, por tanto, ésta la única responsable y obligada al cumplimiento de cuantas disposiciones legales resulten aplicables al caso, en especial en materia de contratación, Seguridad Social, prevención de riesgos laborales y tributaria, por cuanto dicho personal en ningún caso tendrá vinculación jurídico-laboral con el Ayuntamiento de Madrid, y ello con independencia de las facultades de Control e Inspección que legal y/o contractualmente correspondan al mismo
En el caso de que la actividad a desarrollar hubiera de suspenderse antes de su inicio, por causa de fuerza mayor, hecho fortuito o causa suficientemente justificada para el órgano contratante, solo se abonarán los gastos que se hayan generado hasta el momento en que se produzca la suspensión, dependiendo exclusivamente de la valoración que haga el propio órgano contratante, a la vista de la documentación que a tal efecto aporte la empresa adjudicataria con un límite del 10 por ciento de la actividad suspendida.
El Adjudicatario será responsable de los menores desde el inicio al final de la actividad y a lo largo del desarrollo de la misma, en los días y horarios marcados para cada una de las tres ediciones de los campamentos, incluyendo las salidas y desplazamientos. Si alguno de los participantes sufriera algún tipo de accidente, la empresa adjudicataria viene obligada a prestar toda la atención necesaria y a comunicarlo inmediatamente al Distrito.
El órgano contratante se reserva la facultad de inspeccionar en cualquier momento el desarrollo del Servicio, pudiendo variarlo en aquello que no suponga modificación sustancial de los pliegos de condiciones y siendo dichas variaciones de obligado cumplimiento para el adjudicatario. De conformidad con los artículos 194 y 195 de la LCSP, la prerrogativa de modificar los contratos por razones de interés público se llevará a cabo dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos señalados en el citado texto legal.
Madrid, a 9 de diciembre de 2010 LA JEFA DEL DPTO .DE SERVICIOS
SOCIALES
Fdo: Xx Xxxxx Xxxxx Xxxxxx.