REUNIDOS
“CONVENIO DE COLABORACION ENTRE EL COLEGIO OFICIAL DE ARQUITECTOS XXXXX XXXXXXX E INKOLAN, INFORMACION Y COORDINACION DE OBRAS, A.I.E., EN EL TERRITORIO DE LA COMUNIDAD AUTONOMA VASCA”.
En Bilbao, a 27 xx Xxxx de 2.004
REUNIDOS
De una parte,
Xxx Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx, con D.N.I. nº 14.876.246 F, en nombre y representación, en su calidad de Director Gerente de la entidad INKOLAN, información y coordinación de obras a.i.e., en adelante INKOLAN, domiciliada en Bilbao, xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, xx 0, xxxx 0x,
C.I.F. G-95-040515.
De otra,
Doña Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxx, con D.N.I. nº.14878051H, Decana-Presidenta del Colegio Oficial de Arquitectos Xxxxx Xxxxxxx, en adelante C.O.A.V.N., domiciliado en Bilbao, xxxxx Xxxxxxx xx Xxxxxxxxx xx 00, C.I.F. Q-4875004-F.
Ambas partes se reconocen recíprocamente, plena capacidad jurídica y de obrar para obligarse por este Xxxxxxxx, y, a tal efecto,
EXPONEN
I.- INKOLAN, información y coordinación de obras, a.i.e., es una Agrupación constituida por los principales operadores de agua, gas, electricidad y telecomunicaciones que trabajan en el País Xxxxx:
Compañía Distribuidora de Gas xx Xxxxxx, BilboGas, SA Consorcio Aguas Bilbao Bizkaia
Euskaltel, S.A.
Gas Natural xx Xxxxx, SA, Gasnalsa. Iberdrola Redes, SA
Naturcorp Redes, S.A.(integra las antiguas DonostiGas, SA y Sociedad Gas Euskadi, SA)
Su objeto es gestionar la información gráfica digitalizada de los Operadores Asociados, relativa a las redes de infraestructuras existentes en el territorio del País Xxxxx y gestionar los recursos y la información gráfica y alfanumérica para optimizar y racionalizar la ejecución de las obras de infraestructura.
II.- El aumento considerable de la complejidad y el número de las redes de infraestructuras necesarias en nuestras ciudades, hace que las empresas que actúan en suelo publico estén interesadas en obtener y actualizar cuanta información, gráfica y alfanumérica, esté disponible en esta materia para ofrecer una mayor calidad de servicio público a sus ciudadanos, reduciendo las molestias, y coordinando la ejecución de obras que diariamente distorsionan la utilización de las vías públicas y optimizar los recursos.
III.- El C.O.A.V.N. ha constado su preocupación por facilitar el trabajo de sus colegiados en la búsqueda y localización de las redes de canalizaciones de servicios públicos existentes en la Comunidad Autónoma del País Xxxxx.
IV.- El C.O.A.V.N. e INKOLAN apuestan por una generalización de herramientas informáticas que ofrece los avances de la sociedad de la información, en el desarrollo de modelos que permita gestionar la información grafica relativa a las canalizaciones de infraestructuras de los servicios públicos
V.- La colaboración entre INKOLAN y el C.O.A.V.N. puede facilitar el conocimiento de nuevos cauces para optimizar la gestión y utilización conjunta de la información, gráfica y alfanumérica, relativa a redes de infraestructura, para la redacción de proyectos y ejecución de obras, que se hace necesaria para los arquitectos y las empresas en su labor de planificación y gestión de infraestructuras publicas, y en los operadores de infraestructura para sus planes de desarrollo.
ESTIPULACIONES GENERALES
PRIMERA.- Objeto del convenio.
Las actividades y materias objeto de este Convenio tendrán por finalidad facilitar el intercambio de información gráfica y alfanumérica sobre las redes de servicios, agua, gas, electricidad, telecomunicaciones y otros, en el ámbito geográfico de la Comunidad Autónoma Vasca para que su gestión sea más operativa.
SEGUNDA.- Sistema de Colaboración.
El sistema de colaboración entre el C.O.A.V.N. e INKOLAN está fundamentado en las siguientes premisas:
Facilitar e intercambiar mutuamente cuanta información, gráfica y alfanumérica, relativa al Convenio sea interesante para la gestión y suministro de la información gráfica, la Redacción de Proyectos y la Dirección de Obra en la vía pública.
Promover conjuntamente cuantas acciones se consideren interesantes para favorecer la optimización de la información, gráfica y alfanumérica, por parte del C.O.A.V.N. e INKOLAN, relativa a la Redacción de Proyectos y Ejecución de Obras.
El C.O.A.V.N., con la firma de este Convenio de colaboración, pasará a disfrutar en INKOLAN de unos servicios especiales en cuanto a la utilización de la información existente en la Agrupación.
TERCERA.- Duración y modificación del Convenio.
Este Convenio de Colaboración tiene un período de vigencia de dos años prorrogables automáticamente por períodos anuales, salvo declaración en contrario.
Cualquier modificación o ampliación en cada una de las fases expresadas en este Convenio deberá hacerse por escrito entre ambas partes con el mismo procedimiento que el utilizado para su adhesión.
La denuncia del convenio por una de las partes tendrá efecto dos meses después de ser notificada por escrito a la otra parte expresando la voluntad de prescindir de toda o parte de la colaboración que recoge este convenio.
CUARTA.- Exención de responsabilidades.
Dada la dificultad técnica de creación y desarrollo de la cartografía de infraestructuras, así como la falta de homogeneidad absoluta en los estándares y herramientas de cada socio de INKOLAN, operadores e Instituciones Publicas, pueden aparecer errores y descuadres.
Por tal motivo, en el requerimiento de información sobre los datos facilitados por INKOLAN, procedente de los operadores Asociados se manifiesta que dicha información es orientativa, construida sobre la base de los datos existentes en diferentes formatos, quedando los titulares de la información exonerados, entre sí y frente a terceros, de cualquier responsabilidad por daños y perjuicios que puedan ser generados por errores en los datos cartográficos suministrados en virtud de este Convenio.
QUINTA.- Confidencialidad. Garantías Técnicas.
Las partes garantizan la plena confidencialidad de los datos y la información objeto de este Convenio, en particular la referida a datos de carácter personal, de conformidad a lo dispuesto en la L.O. 15/1.999, de 13 de diciembre, y se obligan a establecer los mecanismo técnicos e informáticos necesarios y convenientes para evitar un uso indebido de los mismos, así como su consulta o copia no autorizada, fijando los procedimientos, métodos y controles apropiados en el estado actual de la ciencia.
SEXTA.- Comisión Técnica.
Para garantizar el tratamiento y confidencialidad de los datos obtenidos en base a este convenio, se podrá constituir una Comisión Técnica formada por representantes de INKOLAN y C.O.A.V.N. que supervisará, controlará y acordará lo necesario para el correcto funcionamiento.
SÉPTIMA.- Derecho de propiedad intelectual.
Toda la información que será transferida recíprocamente entre INKOLAN y C.O.A.V.N. mantendrá su respectiva titularidad, bien como propietarios o cesionarios de los derechos de propiedad intelectual que recaen sobre ella.
ESTIPULACIONES PARTICULARES
PRIMERA.- Alcance.
El presente Convenio de Colaboración es aplicable única y exclusivamente a:
1.a).- Todos los Arquitectos Superiores en ejercicio libre de la profesión colegiados residentes o adheridos en el C.O.A.V.N.
1.b).- Aquellas Sociedades de Arquitectos, con cualquier forma jurídica, cuya plantilla total, incluidos los Arquitectos Superiores, no supere a los veinte trabajadores y estén inscritas en el Registro de Entidades Asociativas de Arquitectos para el Ejercicio de la Profesión del COAVN, que será facilitado trimestralmente por el C.O.A.V.N. a INKOLAN.
1.c).- Quedan expresamente excluidas de este Convenio otras empresas de arquitectura, ingeniería ó consultoría, o con cualquier objeto social, que no cumplan los requisitos anteriores y otras en las que los Arquitectos Superiores colegiados en el C.O.A.V.N. tengan un contrato laboral como empleados por cuenta ajena.
SEGUNDA.- Ámbito profesional.
El presente Convenio de Colaboración es aplicable única y exclusivamente a los siguientes trabajos profesionales:
2.a).- Planeamiento Urbanístico:
• Redacción y/o modificación de Planes Territoriales Parciales (PTP).
• Redacción y/o modificación de Normas Subsidiarias (NN SS)
• Redacción y/o modificación de Planes Generales de Ordenación Urbana (PGOU)
• Redacción y/o modificación de Planes Parciales.
2.b).- Redacción de Proyectos de Urbanización de zonas urbanas, urbanizables ó no urbanizabes y su correspondiente Dirección de Obra.
2.c).- Quedan expresamente excluidos de este Convenio cualquier otro tipo de trabajos arquitectónicos, como por ejemplo los Proyectos de Edificación en los que pudiera incluirse una urbanización complementaria, informes periciales y/o judiciales.
TERCERA.- Procedimiento de intercambio de la información.
El proceso a seguir por los Arquitectos Superiores colegiados residentes o adheridos en el
C.O.A.V.N. y/o Sociedades de Arquitectos inscritas en el Registro de Sociedades del COAVN es el siguiente:
3.a).- Los Arquitectos Superiores colegiados en el C.O.A.V.N. se registrarán en las Bases de Datos de INKOLAN utilizando la ventana denominada Suscripción del Portal de Internet xxx.xxxxxxx.xxx cumplimentando todos los datos solicitados en el formulario correspondiente incluido el denominado Compromiso de Confidencialidad.
3.b).- INKOLAN registra en sus Bases de Datos al Arquitecto Superior colegiado en el
C.O.A.V.N. con el nivel de acceso de Cliente y le comunica mediante correo electrónico los códigos denominados Clave y Usuario que posibilitan la descarga de ficheros de redes de canalizaciones de los socios, empresas Colaboradoras y Ayuntamientos Convenidos. a través del Portal de Internet xxx.xxxxxxx.xxx
3.c).- Los Arquitectos Superiores colegiados en el C.O.A.V.N..registrados en las Bases de Datos de INKOLAN descargan del Portal de Internet xxx.xxxxxxx.xxx los ficheros que necesitan para el desarrollo de su profesión.
Los Arquitectos Superiores colegiados en el C.O.A.V.N..o las Sociedades Inscritas en el Registro de Sociedades del COAVN, si necesitan completar la información obtenida del Portal de Internet, deben dirigirse a las Personas de Contacto de cada Operador Asociado, Colaborador ó Ayuntamiento Convenido detalladas en la Carta de Acompañamiento.
3.d).- INKOLAN factura sus servicios según las Tarifas vigentes en cada momento al Arquitecto Superior colegiado en el C.O.A.V.N..o a las Sociedades Inscritas en el Registro de Sociedades del COAVN.
3.e).- Los Arquitectos Superiores colegiados en el C.O.A.V.N. o Sociedades inscritas en el Registro de Sociedades del C.O.A.V.N. abonan a INKOLAN los servicios facturados
3.f).- Los Arquitectos Superiores colegiados en el C.O.A.V.N. o Sociedades inscritas en el Registro de Sociedades del C.O.A.V.N. desarrollan el trabajo encargado por su cliente y obtienen el documento definitivo y aprobado por el Cliente e Instituciones competentes del Proyecto correspondiente.
3.g).- Los Arquitectos Superiores colegiados en el C.O.A.V.N. o Sociedades inscritas en el Registro de Sociedades del C.O.A.V.N. entregan a INKOLAN una copia de los ficheros digitalizados correspondientes a la sección de la Memoria que describe los servicios públicos afectados; Ficha Técnica descriptiva ó descripción de la Partida Presupuestaria de los servicios públicos afectados y Planos de las canalizaciones de los servicios públicos afectados y Cartografía de Fondo de los trabajos incluidos en el ámbito de este Convenio y detallados en la Estipulación Particular Segunda indicando la referencia de la descarga de ficheros realizada en su momento en el Portal de Internet xxx.xxxxxxx.xxx
3.h).- INKOLAN, después de verificar la documentación recibida y confirmar su inclusión en el ámbito de este Convenio emitirá un abono que compensará, en su totalidad, el importe facturado en la descarga de ficheros de la referencia indicada por los Arquitectos Superiores colegiados en el C.O.A.V.N. o Sociedades inscritas en el Registro de Sociedades del C.O.A.V.N.
3.i).- En el caso de que los Arquitectos Superiores colegiados en el C.O.A.V.N o Sociedades inscritas en el Registro de Sociedades del C.O.A.V.N. reciban también el encargo de desarrollar la denominada Dirección de Obra, a la finalización de la misma, remitirán a INKOLAN los ficheros digitalizados correspondientes a la situación As-Built ó situación real de la obra ejecutada. de las canalizaciones de los servicios públicos afectados y Cartografía de Fondo
En estos casos, INKOLAN abonara el 50 % del importe de la descarga de ficheros realizada por los Arquitectos Superiores colegiados en el C.O.A.V.N. o Sociedades inscritas en el Registro de Sociedades del l C.O.A.V.N. a la recepción de los ficheros digitalizados del Proyecto y el 50 % restante a la recepción en INKOLAN de los ficheros con la situación As- Built.
CUARTA.- Distribución de la información a los Socios de INKOLAN.
Los ficheros digitalizados correspondientes al trabajo realizado por los Arquitectos Superiores colegiados en el C.O.A.V.N o Sociedades inscritas en el Registro de Sociedades del
C.O.A.V.N. serán archivados en INKOLAN y.remitidos por INKOLAN a los Socios que lo soliciten expresamente
QUINTA.- Seguimiento de la utilización del Convenio de Colaboración.
INKOLAN informara al C.O.A.V.N. con una periodicidad trimestral sobre la utilización de su Portal de Internet por parte de los Arquitectos Superiores colegiados en el C.O.A.V.N. o Sociedades inscritas en el Registro de Sociedades del C.O.A.V.N. y los abonos realizados en cumplimiento del presente Convenio de Colaboración.
SEXTA.- Compromiso de Colaboración.
6.a).- El C.O.A.V.N. e INKOLAN establecerán en sus respectivas paginas WEB el enlace entre ambas para facilitar su utilización por sus respectivos visitantes.
6.b) El C.O.A.V.N. promoverá entre los colegiados que desarrollen funciones de Técnico Municipal, el apoyo e impulso de la firma por parte de los Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma Vasca del Convenio de Colaboración gratuito con INKOLAN según modelo redactado conjuntamente con la Asociación de Municipios Vascos EUDEL.
6.c) El C.O.A.V.N. divulgará la existencia del Portal de Internet de INKOLAN, e impulsará su utilización entre sus colegiados para la redacción de proyectos y/o ejecución de obras, así como entre otros profesionales ó empresas dedicados a este tipo de trabajos ó servicios los cuales, previo registro, podrán acceder al Portal con el nivel de Clientes sin los beneficios del presente Convenio de Colaboración.
En señal de conformidad firman los comparecientes en el lugar y fecha arriba enunciados.
Dña.Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxx COLEGIO OFICIAL DE ARQUITECTOS XXXXX-XXXXXXX
X. Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx INKOLAN, INFORMACIÓN Y COORDINACIÓN DE OBRAS, A.I.E.