PLIEGO DE CLÁUSULAS ECONÓMICO-ADMINISTRATIVAS QUE HAN DE REGIR LA CONTRATACIÓN POR PROCEDIMIENTO ABIERTO DE “SERVICIOS POSTALES Y TELEGRÁFICOS DEL AYUNTAMIENTO DE BADAJOZ”
PLIEGO DE CLÁUSULAS ECONÓMICO-ADMINISTRATIVAS QUE HAN DE REGIR LA CONTRATACIÓN POR PROCEDIMIENTO ABIERTO DE “SERVICIOS POSTALES Y TELEGRÁFICOS DEL AYUNTAMIENTO DE BADAJOZ”
CLÁUSULA PRIMERA. Objeto y calificación
El objeto del contrato es la realización de los servicios Postales y Telegráficos del Ayuntamiento de Badajoz, cuya codificación es CPV/2008: 64110000 y 60160000, con arreglo al Pliego de Prescripciones Técnicas redactadas por el Negociado de Compras (Anexo A).
El contrato definido tiene la calificación de contrato administrativo de servicios, tal y como establece el artículo 10 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
CLÁUSULA SEGUNDA. Procedimiento de Selección y Adjudicación
Dado que se trata de un servicio de los comprendidos en las categorías 1 a 16 del Anexo II del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, y de valor estimado igual o superior a 207.000 euros, IVA excluido, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 16.1.b) del citado Texto Refundido y normativa concordante, es un contrato sujeto a regulación armonizada.
La forma de adjudicación del contrato de servicios Postales y Telegráficos del Ayuntamiento de Badajoz será el procedimiento abierto, en el que todo empresario interesado podrá presentar una proposición, quedando excluida toda negociación de los términos del contrato, de acuerdo con el artículo 157 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa se atenderá a varios criterios directamente vinculados al objeto del contrato, de conformidad con el artículo 150.1 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre y con lo establecido en la cláusula novena del presente Pliego.
El órgano de contratación no podrá declarar desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuran en este pliego.
CLÁUSULA TERCERA. Perfil de contratante
CLÁUSULA CUARTA. Importe del Contrato
El importe del presente contrato asciende a la cuantía total de 629.324,68 Euros, IVA incluido (520.103,04 Euros y 109.221,64 Euros de IVA), para los cuatro años de vigencia, a razón de 157.331,17 Euros, IVA incluido, de importe anual.
El importe se abonará con cargo al Nº E/G: 672/14-P; RC plurianual: 22014900079 del vigente Presupuesto Municipal; existiendo crédito suficiente hasta el importe aprobado por el Ayuntamiento, quedando acreditada la plena disponibilidad de las aportaciones que permiten financiar el contrato.
Se entenderá que las ofertas de los licitadores comprenden tanto el precio del contrato como los gastos del Impuesto sobre el Valor Añadido y demás tributos que sean de aplicación según las disposiciones vigentes. La cantidad correspondiente al IVA figurará como partida independiente.
CLÁUSULA QUINTA. Duración del Contrato
La duración del contrato de servicio será de cuatro años, si bien podrá modificarse y prorrogarse, de común acuerdo entre las partes, antes de su finalización y por dos años más, conforme a la normativa vigente de contratos de Servicios.
CLÁUSULA SEXTA. Acreditación de la Aptitud para Contratar
Podrán presentar proposiciones las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en prohibiciones de contratar, y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional.
1. La capacidad de obrar de los empresarios se acreditará:
a) La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas, mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate.
b) La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea, por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.
c) Los demás empresarios extranjeros, con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa.
2. La prueba por parte de los empresarios de la no concurrencia de alguna de las prohibiciones de contratar del artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, podrá realizarse:
a) Mediante testimonio judicial o certificación administrativa, según los casos, y cuando dicho documento no pueda ser expedido por la autoridad competente, podrá ser sustituido por una declaración responsable otorgada ante una autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado (Anexo B).
b) Cuando se trate de empresas de Estados miembros de la Unión Europea y esta posibilidad esté prevista en la legislación del Estado respectivo, podrá también sustituirse por un declaración responsable, otorgada ante una autoridad judicial.
3. La solvencia económico y financiera y solvencia técnica del empresario. Clasificación Empresarial.
En relación a la clasificación del empresario se estará a lo dispuesto en la disposición transitoria cuarta del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, en la que se establece que hasta que se desarrolle reglamentariamente el artículo 65.1 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre que determina los contratos para cuya celebración es exigible la clasificación previa, seguirá en vigor el artículo 25.1 del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
Asimismo, el artículo 74 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, establece que “ La clasificación del empresario acreditará su solvencia para la celebración de contratos del mismo tipo que aquéllos para los que se haya obtenido y para cuya celebración no se exija estar en posesión de la misma.”
Dada la cuantía del presente contrato y de conformidad con lo previsto en el artículo 25.1 del Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, todavía en vigor tal y como establece la Disposición Transitoria Cuarta del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, para contratar será requisito indispensable que el empresario disponga de la siguiente clasificación: Grupo: R Subgrupo: 9 Categoría: B.
Las empresas que se encuentren pendientes de obtener la clasificación, deberán aportar el documento acreditativo de haber presentado la correspondiente solicitud para ello, debiendo justificar que ha obtenido la clasificación exigida en el plazo previsto para la subsanación de defectos u omisiones en la documentación.
La falta o insuficiencia de la clasificación no podrá suplirse mediante la integración de la solvencia con medios externos.
Habilitación profesional, además de la clasificación, de acuerdo con lo previsto en el art.54.2 del TRLCSP, y en relación a lo dispuesto en la Ley 43/2010, de 30 de diciembre, del servicio postal universal, de los derechos de los usuarios y xxx xxxxxxx postal, los licitadores deberán acreditar:
Clasificación empresarial solicitada: R9b-Servicios de mensajería, correspondencia y distribución. (Desde 150.000 Euros hasta 300.000 Euros)
Disponer de Autorización Singular para la prestación de servicios postales incluidos en el ámbito del Servicio Postal Universal y estar inscritos en ele Registro General de Empresas prestadoras de servicios postales para la
prestación de los servicios postales no incluidos dentro del ámbito del Servicio Postal Universal.
- Documento acreditativo de haber suscrito con el operador al que se ha encomendado el Servicio postal Universal, un acuerdo de acceso a la red postal pública (Real Decreto 1298/2006, de 10 de noviembre por el que se regula el acceso a la red postal pública), cuyas condiciones permitan realizar adecuadamente el objeto de la licitación.
CLÁUSULA SÉPTIMA. Presentación de Proposiciones y Documentación Administrativa
Las ofertas se presentarán en el Servicio de Patrimonio-Contratación de la Secretaría General del Ayuntamiento de Badajoz (Xxxxxxx Municipal) de 9 a 13 horas, dentro del plazo de Cuarenta Días Naturales contados desde la fecha de envío del anuncio del contrato al DOUE.
Las proposiciones podrán presentarse, por correo, por telefax, o por medios electrónicos, informáticos o telemáticos, en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Cuando las proposiciones se envíen por correo, el empresario deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Xxxxxxx y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante télex, fax o telegrama en el mismo día, consignándose el número del expediente, título completo del objeto del contrato y nombre del licitador.
La acreditación de la recepción del referido télex, fax o telegrama se efectuará mediante diligencia extendida en el mismo por el Secretario municipal. Sin la concurrencia de ambos requisitos, no será admitida la proposición si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha de terminación del plazo señalado en el anuncio de licitación. En todo caso, transcurridos diez días siguientes a esa fecha sin que se haya recibido la documentación, esta no será admitida.
Los medios electrónicos, informáticos y telemáticos utilizables deberán cumplir, además, los requisitos establecidos en la disposición adicional decimosexta del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
Cada licitador no podrá presentar más de una proposición (sin perjuicio de lo establecido en los artículos 147 y 148 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del
Sector Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre). Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurara en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas.
La presentación de una proposición supone la aceptación incondicionada por el empresario de las cláusulas del presente Xxxxxx.
Las proposiciones para tomar parte en la licitación se presentarán en DOS sobres cerrados, firmados por el licitador y con indicación del domicilio a efectos de notificaciones, en los que se hará constar la denominación del sobre y la leyenda
«Proposición para licitar a la contratación de los Servicios Postales y Telegráficos del Ayuntamiento de Badajoz, sujeto a regulación armonizada». La denominación de los sobres es la siguiente:
Sobre «B»: Documentación Administrativa.
Sobre «A»: Proposición Económica y Documentación Cuantificable de Forma Automática.
Los documentos a incluir en cada sobre deberán ser originales o copias autentificadas, conforme a la Legislación en vigor.
Dentro de cada sobre, se incluirán los siguientes documentos así como una relación numerada de los mismos.
SOBRE «B» DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA
a) Documentos que acrediten la personalidad jurídica del empresario.
b) Documentos que acrediten la representación.
Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro, presentarán copia notarial del poder de representación, bastanteado por el Secretario de la Corporación.
Si el licitador fuera persona jurídica, este poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil, cuando sea exigible legalmente.
Igualmente la persona con poder bastanteado a efectos de representación, deberá acompañar fotocopia compulsada administrativamente o testimonio notarial de su documento nacional de identidad.
c) Declaración responsable de no estar incurso en una prohibición para contratar de las recogidas en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
Esta declaración incluirá la manifestación de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias e Impuestos Municipales y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito deba presentarse, antes de la adjudicación, por el empresario a cuyo favor se vaya a efectuar ésta (Anexo B).
d) Documentos que justifiquen el cumplimiento de los requisitos de solvencia económica, financiera y técnica o profesional, reseñados en la clausula sexta, apartado 3 del presente Xxxxxx.
Si la empresa se encontrase pendiente de clasificación, deberá aportarse el documento acreditativo de haber presentado la correspondiente solicitud para ello, debiendo justificar el estar en posesión de la clasificación exigida en el plazo previsto en las normas de desarrollo de la normativa de contratación para la subsanación de defectos u omisiones en la documentación.
e) Resguardo acreditativo de haber constituido la garantía provisional por importe de 10.402,06 Euros (2% del presupuesto del contrato (IVA excluido)).
f) Las empresas extranjeras presentarán declaración de someterse a la Jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitador.
g) Empresas que tengan en su plantilla personas con discapacidad o en situación de exclusión social. Los licitadores que pretendan contar para la adjudicación con la preferencia regulada en la disposición adicional 4ª del TRLCSP, deberán presentar los documentos que acrediten que, al tiempo de presentar su proposición, tiene en su plantilla un número de trabajadores con discapacidad superior al 2 por 100 o que la empresa licitadora está dedicada específicamente a la promoción e inserción laboral de personas en situación de exclusión social, junto con el compromiso formal de contratación a que se refiere la disposición adicional 4º del R.D.L. 3/2011, de 14 de Noviembre, Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
SOBRE « A »
PROPOSICIÓN ECONÓMICA Y DOCUMENTACIÓN CUANTIFICABLE DE FORMA AUTOMÁTICA.
a) Proposición económica.
Se presentará conforme al siguiente modelo:
«D. , con domicilio a efectos de notificaciones en
, c/ , nº , con DNI nº , en representación de la Entidad , con CIF nº , enterado del expediente para la contratación del servicio de , sujeto a regulación armonizada, por procedimiento abierto, oferta económicamente más ventajosa, varios criterios de adjudicación, anunciado en el Diario Oficial de la Unión Europea de fecha , en el Boletín Oficial del Estado de fecha , y en el Perfil del Contratante, hago constar que conozco el Pliego que sirve de base al contrato y lo acepto íntegramente, tomando parte de la licitación y comprometiéndome a llevar a cabo el objeto del contrato por los importes reseñados en el modelo ANEXO II que se adjunta.
En , a de de 20 .
Firma del licitador,
Fdo.: »
b) Documentos relativos a los criterios de valoración, distintos del precio, que se deban cuantificar de forma automática.
CLÁUSULA OCTAVA. Garantía Provisional
Los licitadores deberán constituir una garantía provisional por importe de 10.402,06 Euros (2% del presupuesto del contrato, IVA excluido) que responderá del mantenimiento de sus ofertas hasta la adjudicación del contrato.
La garantía provisional se depositará:
En la Caja General de Depósitos o en sus sucursales encuadradas en las Delegaciones de Economía y Hacienda, o en la Caja o establecimiento público equivalente de las Comunidades Autónomas o Entidades locales contratantes ante las que deban surtir efecto cuando se trate de garantías en efectivo.
Ante el órgano de contratación, cuando se trate de certificados de inmovilización de valores anotados, de avales o de certificados de seguro de caución.
La garantía provisional se extinguirá automáticamente y será devuelta a los licitadores inmediatamente después de la adjudicación del contrato. En todo caso, la garantía será retenida al adjudicatario hasta que proceda a la constitución de la garantía definitiva, e incautada a las empresas que retiren injustificadamente su proposición antes de la adjudicación.
El adjudicatario podrá aplicar el importe de la garantía provisional a la definitiva o proceder a una nueva constitución de esta última, en cuyo caso la garantía provisional se cancelará simultáneamente a la constitución de la definitiva.
CLÁUSULA NOVENA. Criterios de Adjudicación
Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa se atenderá a varios criterios de adjudicación.
1.- Los criterios de adjudicación y de evaluación de las ofertas serán los que se detallan a continuación:
CRITERIOS MATEMÁTICOS: hasta 55 puntos
- Oferta económica hasta 55 puntos
Se valorará de acuerdo con la siguiente fórmula:
P = 55 x (0M/OF)
Siendo:
- P= la puntuación
- OF = oferta del licitador.
- OM= oferta más baja presentada.
Baja única y global sobre todos y cada uno de los precios unitarios establecidos en el Anexo I del presente Xxxxxx.
CRITERIOS TÉCNICOS: hasta 45 puntos
1.- COBERTURA Y MEDIOS DE LA RED POSTAL DE LA EMPRESA.- 30 puntos
Esta puntuación se distribuirá de acuerdo con los subcriterios siguientes:
a) Sistemas de informatización y gestión de envíos: 5 puntos
*Que la empresa disponga de una alternativa vía offline 5p
b) Grado de cobertura en distribución de la red propia de oficinas: 15 puntos
*Distribución en todos los Municipios de la Comunidad 3p
*Distribución en otras Comunidades Autónomas 3p
*Distribución en Capitales de provincia 3p
*Distribución en poblaciones de más de 50.000 Hab. de otras Comunidades .3p
*Distribución en todos los municipios de España 3p
c) Centros de tratamiento de envíos postales: número, grado de mecanización y su distribución territorial: 5 puntos
*Disponer de un Centro de tratamiento en Badajoz ciudad 1p
*Disponer de Centros de tratamiento en capitales de provincia 1p
*Disponer de un sistema de clasificación automático 1p
*Grado de mecanización 1p
*Ubicación de los centros de tratamiento 1p
d) Sistemas y medios para la recogida de envíos: 4 puntos
*Recogida ordinaria de los envíos en el Ayuntamiento de Badajoz más de una vez al día en jornada laborable 2p
*Recogidas urgentes diarias 2p
e) Facturación de los servicios prestados: 1 punto
*Facturación Electrónica 0,5p
*Emisión de CD con los datos de la factura mensual 0,5p
2- MEJORAS QUE REDUNDEN EN LA CALIDAD DEL SERVICIO.- 15 puntos.
Se valorará:
*Utilización de PDAS para ayuda en la entrega de correspondencia
......................................................................................................3p
*Posibilidad de imprimir códigos xx xxxxxx y confeccionar relación de envíos registrados 3p
*Entrega de imágenes digitalizadas con sello de tiempo 3p
*Retroinformación informatiza situación de envíos 3p
*Formación por la empresa adjudicataria para la utilización de las herramientas y aplicaciones que detalle en su oferta 3p
CLÁUSULA DÉCIMA. Mesa de Contratación
La Mesa de Contratación, de acuerdo con lo establecido en el punto 10 de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, en relación con el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán parte de ella, sin que su número total sea inferior a tres vocales, entre los cuales estará el Secretario o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, y el Interventor, así como aquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma.
CLÁUSULA UNDÉCIMA. Prerrogativas de la Administración
El órgano de contratación, de conformidad con el artículo 210 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, ostenta las siguientes prerrogativas:
a) Interpretación del contrato.
b) Resolución de las dudas que ofrezca su cumplimiento.
c) Modificación del contrato por razones de interés público.
d) Acordar la resolución del contrato y determinar los efectos de ésta.
En todo caso se dará audiencia al contratista, debiendo seguirse los trámites previstos en el artículo 211 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
CLÁUSULA DUODÉCIMA. Apertura de Proposiciones y Adjudicación
La Mesa de Contratación se constituirá el siguiente día hábil tras la finalización del plazo de presentación de las proposiciones, a las 12:00 horas, procederá a la apertura de los Sobres «B» y calificará la documentación administrativa contenida en los mismos.
Si fuera necesario, la Mesa concederá un plazo no superior a tres días para que el licitador corrija los defectos u omisiones subsanables observados en la documentación presentada.
Posteriormente, procederá a la apertura y examen de los sobres «A», que contienen los criterios cuya ponderación es automática.
Tras la lectura de dichas proposiciones, la Mesa podrá solicitar cuantos informes técnicos considere precisos, para la valoración de las mismas con arreglo a los criterios y a las ponderaciones establecidas en este Pliego.
CLÁUSULA DECIMOTERCERA. Requerimiento de Documentación
A la vista de la valoración de los criterios cuya ponderación es automática (Sobre «A»), la Mesa de Contratación propondrá al Órgano de Contratación la adjudicación del contrato.
El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autorice al órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello, de disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 64.2 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del
Sector Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre y de haber constituido la garantía definitiva que sea procedente.
CLÁUSULA DECIMOCUARTA. Garantía Definitiva
Los que resulten adjudicatarios de los contratos deberán constituir una garantía del 5% del importe de adjudicación, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido.
Esta garantía podrá prestarse en alguna de las siguientes formas:
a) En efectivo o en valores de Deuda Pública, con sujeción, en cada caso, a las condiciones establecidas en las normas de desarrollo de esta Ley. El efectivo y los certificados de inmovilización de los valores anotados se depositarán en la Caja General de Depósitos o en sus sucursales encuadradas en las Delegaciones de Economía y Hacienda, o en las Cajas o establecimientos públicos equivalente de las Comunidades Autónomas o Entidades locales contratantes ante las que deban surtir efectos, en la forma y con las condiciones que las normas de desarrollo de esta Ley establezcan.
b) Mediante aval, prestado en la forma y condiciones que establezcan las normas de desarrollo de esta Ley, por alguno de los bancos, cajas de ahorros, cooperativas de crédito, establecimientos financieros de crédito y sociedades de garantía recíproca autorizados para operar en España, que deberá depositarse en los establecimientos señalados en la letra a) anterior.
c) Mediante contrato de seguro de caución, celebrado en la forma y condiciones que las normas de desarrollo de esta Ley establezcan, con una entidad aseguradora autorizada para operar en el ramo. El certificado del seguro deberá entregarse en los establecimientos señalados en la letra a) anterior.
La garantía no será devuelta o cancelada hasta que se haya producido el vencimiento del plazo de garantía y cumplido satisfactoriamente el contrato.
Esta garantía responderá a los conceptos incluidos en el artículo 100 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
CLÁUSULA DECIMOQUINTA. Adjudicación del Contrato
Recibida la documentación solicitada, el órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación.
En ningún caso podrá declararse desierta una licitación cuando exija alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el pliego.
La adjudicación deberá ser motivada se notificará a los candidatos o licitadores y, simultáneamente, se publicará en el perfil de contratante.
La notificación deberá contener, en todo caso, la información necesaria que permita al licitador excluido o candidato descartado interponer recurso suficientemente fundado contra la decisión de adjudicación.
CLÁUSULA DECIMOSEXTA. Formalización del Contrato
La formalización del contrato en documento administrativo se efectuará dentro de los quince días hábiles siguientes a contar desde la fecha de la notificación de la adjudicación; constituyendo dicho documento título suficiente para acceder a cualquier registro público.
El contratista podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo de su cargo los correspondientes gastos.
CLÁUSULA DECIMOSÉPTIMA. Derechos y Obligaciones del Adjudicatario
El contrato se ejecutará con sujeción a lo establecido en su clausulado y en los pliegos, y de acuerdo con las instrucciones que para su interpretación diere al contratista el órgano de contratación.
El contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Administración o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato.
Además son obligaciones específicas del contratista las siguientes:
El Contratista está obligado a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello (artículo 64.2 del Texto
Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre)
Gastos exigibles al contratista. Son de cuenta del contratista, los gastos e impuestos del anuncio o anuncios de licitación y de adjudicación y formalización del contrato, así como cualesquiera otros que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes en la forma y cuantía que éstas señalen.
El contratista está obligado al cumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 227 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
CLÁUSULA DECIMOCTAVA. Revisión de Precios
En la presente contratación no será posible la revisión de precios.
CLÁUSULA DECIMONOVENA. Plazo de Garantía
El objeto del contrato quedará sujeto a un plazo de garantía de UN AÑO, a contar desde la fecha de recepción o conformidad del trabajo, plazo durante el cual la Administración podrá comprobar que el trabajo realizado se ajusta a las prescripciones establecidas para su ejecución y cumplimiento y a lo estipulado en el presente Pliego y en el de Prescripciones Técnicas. Transcurrido el plazo de garantía sin que se hayan formulado reparos a los trabajos ejecutados, quedará extinguida la responsabilidad del contratista.
Si durante el plazo de garantía se acreditase la existencia de vicios o defectos en los trabajos efectuados el órgano de contratación tendrá derecho a reclamar al contratista la subsanación de los mismos.
CLÁUSULA VIGÉSIMA. Ejecución del Contrato
El contrato se ejecutará con sujeción a lo establecido en este pliego de condiciones y en el Pliego de Prescripciones Técnicas, y de acuerdo con las
instrucciones que se darán al contratista para su interpretación por el órgano de contratación.
CLÁUSULA VIGÉSIMOPRIMERA. Modificación del Contrato
De conformidad con el artículo 105 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, sin perjuicio de los supuestos previstos en dicha normativa para los casos sucesión en la persona del contratista, cesión del contrato, revisión de precios y prórroga del plazo de ejecución, al contrato solo podrán modificarse en los casos y con los límites establecidos en el artículo 107 del mismo texto legal.
Solo podrán efectuarse modificaciones cuando se justifique la concurrencia de alguna de las siguientes circunstancias:
• Inadecuación de la prestación contratada para satisfacer las necesidades que pretenden cubrirse mediante el contrato debido a errores u omisiones padecidos en la redacción del proyecto o de las especificaciones técnicas.
• Inadecuación del proyecto o de las especificaciones de la prestación por causas objetivas que determinen su falta de idoneidad, consistentes en circunstancias de tipo geológico, hídrico, arqueológico, medioambiental o similares, puestas de manifiesto con posterioridad a la adjudicación del contrato y que no fuesen previsibles con anterioridad aplicando toda la diligencia requerida de acuerdo con una buena práctica profesional en la elaboración del proyecto o en la redacción de las especificaciones técnicas.
• Fuerza mayor o caso fortuito que hiciesen imposible la realización de la prestación en los términos inicialmente definidos.
• Conveniencia de incorporar a la prestación avances técnicos que la mejoren notoriamente, siempre que su disponibilidad en el mercado, de acuerdo con el estado de la técnica, se haya producido con posterioridad a la adjudicación del contrato.
• Necesidad de ajustar la prestación a especificaciones técnicas, medioambientales, urbanísticas, de seguridad o de accesibilidad aprobadas con posterioridad a la adjudicación del contrato.
CLÁUSULA VIGÉSIMOSEGUNDA. Régimen de Sanciones
Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiere incurrido en demora respecto al cumplimiento del plazo total, la Administración podrá optar indistintamente por la resolución del contrato o por la imposición de las penalidades previstas en el artículo 212.4 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
Cada vez que las penalidades por demora alcancen un múltiplo del 5% del precio del contrato, el órgano de contratación estará facultado para proceder a la resolución del mismo o acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalidades.
Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiere incumplido la ejecución parcial de las prestaciones definidas en el contrato, la Administración podrá optar, indistintamente, por su resolución o por la imposición de las penalidades establecidas anteriormente.
Cuando el contratista haya incumplido la adscripción a la ejecución del contrato de medios personales o materiales suficientes para ello, se impondrán penalidades proporcionales a la gravedad del incumplimiento y su cuantía no podrá ser superior al 10% del presupuesto del contrato.
Las penalidades se impondrán por acuerdo del órgano de contratación, adoptado a propuesta del responsable del contrato si se hubiese designado, que será inmediatamente ejecutivo, y se harán efectivas mediante deducción de las cantidades que, en concepto de pago total o parcial, deban abonarse al contratista o sobre la garantía que, en su caso, se hubiese constituido, cuando no puedan deducirse de las mencionadas certificaciones.
CLÁUSULA VIGÉSIMOTERCERA. Resolución del Contrato
La resolución del contrato tendrá lugar en los supuestos que se señalan en este Pliego y en los fijados en los artículos 223 y 308 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre; y se acordará por el órgano de contratación, de oficio o a instancia del contratista.
Cuando el contrato se resuelva por culpa del contratista, se incautará la garantía definitiva, sin perjuicio de la indemnización por los daños y perjuicios originados a la Administración, en lo que excedan del importe de la garantía.
CLÁUSULA VIGÉSIMOCUARTA. Régimen Jurídico del Contrato
Este contrato tiene carácter administrativo y su preparación, adjudicación, efectos y extinción se regirá por lo establecido en este Pliego , y para lo no previsto en él, será de aplicación el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, y el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas en todo lo que no se oponga al Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre y esté vigente tras la entrada en vigor del Real Decreto 817/2009; supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado.
El Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes en el presente contrato de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21.1 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
En Badajoz a 30 xx Xxxxx de 2014.
EL ALCALDE.-
Fdo.: Xxxxxxxxx X. Xxxxxxx Xxxxxxxx.-
A N E X O A
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO DE LOS “SERVICIOS POSTALES Y TELÉGRÁFICOS DEL AYUNTAMIENTO DE BADAJOZ”
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE HAN REGIR EL CONTRATO PARA LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS POSTALES Y TELEGRÁFICOS DEL AYUNTAMIENTO DE BADAJOZ
1.- OBJETO DEL CONTRATO
El objeto del presente pliego lo constituyen las condiciones para prestación de los servicios postales y telegráficos del Excmo. Ayuntamiento de Badajoz, de acuerdo con lo establecido en la Ley 43/2010, de 30 de diciembre, del servicio postal universal, de los derechos de los usuarios y xxx xxxxxxx postal, así como de las disposiciones que la desarrollan.
Clasificación CPV: 64110000 - Servicios postales 60160000
Los envíos postales objeto del presente contrato son los siguientes:
Cartas y tarjetas postales ordinarias (nacionales e internacionales)
Cartas certificadas (nacionales e internacionales)
Notificaciones Administrativas
Notificaciones Administrativas Informatizadas
Cartas urgentes ordinarias (Nacionales e Internacionales)
Cartas urgentes certificadas (Nacionales e Internacionales)
Libros
Paquetería
Servicios Telegráficos
Otros servicios incluidos en el presente Pliego de prescripciones técnicas
La ejecución del objeto del contrato deberá adecuarse a las prescripciones técnicas de este pliego que tienen carácter contractual.
Las notificaciones administrativas deberán realizarse según las exigencias de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y según lo establecido en el primer párrafo del artículo 22.4 de la Ley 43/2010 de 30 de diciembre del servicio postal universal, de los derechos de los usuarios y xxx xxxxxxx postal; con presunción de veracidad y fehaciencia en la distribución, entrega, y recepción o rehúse o imposibilidad de entrega.
Igualmente, con el fin de que las notificaciones administrativas tengan como efecto la constancia fehaciente de su recepción, tal como determina la citada Ley y en el artículo 39 y siguientes del Real Decreto 1829/1999, de 3 de Diciembre, el adjudicatario se comprometerá a depositar los citados envíos en las unidades de admisión del operador encargado de la prestación del servicio postal universal, para su posterior tratamiento de acuerdo con lo establecido en el referido Real Decreto.
El precio máximo unitario referido a los diferentes tipos de envíos sobre los cuales los licitadores realizarán su oferta a la baja se muestra en el Anexo II xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares.
2.- CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS
Están sujetos al presente contrato la prestación de los siguientes servicios postales con el detalle, y la estimación del número de envíos por destinos de cada unos de los servicios, recogido en el Anexo X xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares.
2.1. Prestaciones a Realizar
El adjudicatario se obliga a prestar el servicio de los tipos de envíos que a continuación se detallan:
Cartas:
Entrega ordinaria y urgente.
Destinos: Nacional. Local e interurbano. Internacional.
Entrega bajo firma y, en su caso, constancia de entrega: cartas certificadas.
Entrega ordinaria y urgente.
Destinos: Nacional. Local e interurbano. Internacional
Entrega con constancia de entrega: notificaciones administrativas. Entrega: ordinaria.
Destinos: Nacional. Local e interurbano.
Entrega con constancia de entrega: Notificaciones Administrativas Informatizadas.
Entrega: ordinaria.
Destinos: Nacional. Local e interurbano. Publicidad: impresos y catálogos.
Destinos: Nacional. Local e interurbano. Libros.
Destinos: Nacional. Local e interurbano. Internacional. Paquetería:
Destinos: Nacional. Local e interurbano. Internacional Otros Servicios: (ver cláusula 2.8 del presente pliego).
2.2.- Descripción de los Servicios
Los trabajos objeto del contrato consistirán en la entrega en la dirección de los destinatarios que, a efectos postales, figure en los envíos generados por el Excmo. Ayuntamiento de Badajoz, así como las actividades complementarias adicionales o específicas que requieran los diferentes servicios.
La prestación de dichos servicios se realizará de acuerdo con lo establecido en la Ley 43/2010 de 30 de diciembre, y en el R.D. 1829/1999, de 3 de Diciembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regula la prestación de los servicios postales, y demás normas de desarrollo, en aquello que no contradiga lo establecido por aquella. conforme al siguiente detalle:
2.3. Servicio programado de recogida de correspondencia en el edificio del Excmo. Ayuntamiento de Badajoz, sito en la Pz. España nº 1.
Frecuencia: diaria (lunes a viernes, excepto festivos, al menos una vez durante la mañana, antes de las 14 horas).
En el supuesto de que la empresa adjudicataria coincidiera con el operador postal que envía el correo al Ayuntamiento, la entrada de dicho correo en las dependencias municipales deberá ser, como muy tarde, de
8 a 8’15 horas.
2.4. Servicio de distribución de Correspondencia: (cartas locales, interurbanas e internacionales):
Serán objeto de este servicio la distribución de todo tipo de cartas, ordinarias, certificadas y urgentes, cualquiera que sea su destino, con entrega a la dirección de los destinatarios que, a efectos postales, figure en los envíos.
Servicio de distribución de envíos cerrados que contienen comunicaciones actual y personal, de forma escrita o en cualquier soporte físico.
a).- Entrega ordinaria:
Entrega ordinaria tanto en el territorio nacional como internacional.
Reparto de correspondencia constituida por documentos, prensa, circulares y envíos semejantes. La entrega se realizará en el domicilio del destinatario en un plazo máximo de tres días hábiles en territorio nacional, con el siguiente detalle:
Envíos locales 1 día hábil
Envíos Provinciales 2 días hábiles
Envíos Nacionales 3 días hábiles
De manera que se consiga una entrega en todo el territorio nacional del 87% de los envíos en dos días hábiles.
Las devoluciones se justificarán al dorso del sobre con las causas concretas que las motivan.
En los envíos internacionales los plazos serán en Europa de 2 a 4 días hábiles, en el resto según país con un máximo de 10 días hábiles. Las devoluciones se justificarán al dorso del sobre con las causas concretas que las motivan.
b).-Entrega bajo firma (cartas certificadas)
Entrega bajo firma del destinatario o persona autorizada a domicilio en todos los puntos del territorio nacional.
En el caso de ausencia del destinatario, la empresa adjudicataria dejará en el buzón domiciliario o en el domicilio, un Aviso de Llegada, en el que hará constar el número del envío y donde figurará un número de teléfono de información a los destinatarios, así como la posibilidad de que, en el término de quince días naturales, pueda recoger dicho envío en las oficinas o instalaciones del adjudicatario. Dichas instalaciones u oficinas deben garantizar la máxima accesibilidad para los destinatarios de los envíos y la proximidad a sus domicilios.
Calidad de servicio:
Envíos locales 1 días hábil.
Envíos Provinciales: 2 días hábiles.
Envíos nacionales: 3 días hábiles.
c) Entrega bajo firma y con constancia de la entrega. (Cartas certificadas).
Entrega bajo firma del destinatario o persona autorizada a domicilio en todos los puntos del territorio nacional e internacional.
Prueba de entrega del envío –Aviso de recibo- mediante documento en el que conste la firma del destinatario, fecha y la identificación del empleado de la empresa adjudicataria que realiza la entrega.
En el caso de ausencia del destinatario la empresa adjudicataria dejará en el buzón domiciliario o en el domicilio, un Aviso de llegada, en el que hará constar el número del envío y donde figurará un número de teléfono de información a los destinatarios, así como la posibilidad de que, en el término de quince días naturales, pueda recoger dicho envío en las oficinas o instalaciones del adjudicatario.
Calidad de servicio:
Envíos locales: 1 día hábil. Envíos locales masivos 2 días hábiles (Más de 10.000 envíos)
Envíos Provinciales: 2 días hábiles. Envíos nacionales: 3 días hábiles.
d) Entrega bajo firma y con constancia de la entrega. Notificaciones.
Reparto de correspondencia constituida por documentos. La entrega se realizará en el domicilio del destinatario en un plazo de un día hábil en el ámbito local. De encontrarse ausente, se realizará un segundo intento dentro de los tres días siguientes y en hora distinta, quedando constancia en el correspondiente aviso de recibo de ambos intentos de entrega con fecha y hora. Contra entrega del envío se retirará un aviso de recibo firmado por el destinatario, y en caso de que este no se encuentre presente, por cualquier persona que se encuentre en el domicilio y haga constar su identidad mediante el correspondiente documento oficial de identidad (DNI, pasaporte o carné de conducir), dejando constancia del nombre, apellidos y D.N.I.. En el caso de ausencia del destinatario, la empresa adjudicataria dejará en el buzón domiciliario o en el domicilio, un Aviso de Llegada, en el que hará constar el
número del envío donde figurará un número de teléfono de información a los destinatarios, así como la posibilidad de que, en el término de siete días naturales, pueda recoger dicho envío en las oficinas o instalaciones del adjudicatario. Dichas instalaciones u oficinas deben garantizar la máxima accesibilidad para los destinatarios de los envíos y la proximidad a sus domicilios. Este aviso de recibo se devolverá al Ayuntamiento en el plazo máximo de siete días en caso de practicarse la notificación. De permanecer ésta en lista, el plazo de devolución será xx xxxx días naturales.
Igualmente, se tendrá en cuenta lo dispuesto para las notificaciones administrativas en el art. 42 xxxxxxxxx 0, 0 x 0 xxx Xxxx Decreto 1829/1999, de 3 de Diciembre, por el que se aprobó el Reglamento que regula la prestación de los servicios postales.
Calidad del Servicio:
Envíos locales 1 día hábil. Envíos locales masivos 2 días hábiles (Más de 10.000 envíos)
Envíos provinciales 2 días hábiles. Envíos nacionales 3 días hábiles.
e) Entrega bajo firma y con constancia de entrega. Notificaciones Informatizadas.
El adjudicatario deberá tener un Sistema Informático de Control de envíos para poder gestionar las notificaciones telemáticas. Dicho sistema deberá ser compatible con el sistema actualmente utilizado por el Ayuntamiento de Badajoz.
El Ayuntamiento de Badajoz enviará un fichero con los datos de los envíos por vía telemática y a su vez recibirá información de retorno del resultado final de la distribución por la misma vía, según el procedimiento de intercambio de datos establecido.
El Ayuntamiento de Badajoz recibirá información telemática de la ordenación que se le ha dado a los Avisos de Recibo y envíos devueltos.
El servicio consiste en el reparto de notificaciones (normalmente envíos de recaudación y multas). La entrega se realizará en el domicilio del destinatario en un plazo de un día hábil en el ámbito local. De encontrarse ausente se realizará un segundo intento dentro de los tres días siguientes y en hora distinta, quedando constancia en el correspondiente aviso de recibo de ambos intentos de entrega con fecha y hora. Contra entrega del envío se retirará un aviso de recibo firmado por el destinatario, y en caso de que este no se encuentre presente, por cualquier persona que se encuentre en el domicilio y haga constar su identidad mediante el correspondiente documento oficial de identidad (DNI, pasaporte o carné de conducir), , dejando constancia del nombre, apellidos y D.N.I. así como parentesco o relación con el destinatario en su caso. En el caso de ausencia del destinatario, la empresa adjudicataria dejará en el buzón domiciliario o en el domicilio, un Aviso de Llegada, en el que hará constar el número del envío y donde figurará un número de teléfono de información a los destinatarios así como la posibilidad de que, en el término de siete días naturales, pueda recoger dicho envío en las oficinas o instalaciones del adjudicatario. Dichas instalaciones u oficinas deben garantizar la máxima accesibilidad para los destinatarios de los envíos y la proximidad a sus domicilios.
Igualmente, se tendrá en cuenta lo dispuesto para las notificaciones administrativas en el art. 42 xxxxxxxxx 0, 0 x 0 xxx Xxxx Decreto 1829/1999, de 3 de Diciembre, por el que se aprobó el Reglamento que regula la prestación de los servicios postales.
Los avisos de recibo se devolverán al Ayuntamiento separados en cajas, adjuntándose relación impresa e información vía telemática, del orden que los avisos de Recibo y envíos devueltos que contiene cada caja.
El Ayuntamiento vendrá obligado a presentar los envíos ordenados por Códigos Postales y por los destinos correspondientes a local, capitales y resto, acompañados de nota de entrega de franqueo pagado y relación de envíos por triplicado por cada una de las separaciones indicadas.
Igualmente, se remitirá por parte de la entidad adjudicataria diariamente información telemática de las remesas presentadas por el Ayuntamiento bajo este sistema.
Calidad del Servicio:
Envíos locales 1 día hábil.
Envíos locales masivos 2 días hábiles (Más de 10.000 envíos)
Envíos Provinciales 2 días hábiles
Envíos nacionales 3 días hábiles
f) Entrega Urgente (cartas ordinarias y certificadas):
Entrega urgente, con o sin firma del destinatario, tanto en el territorio nacional como internacional.
Calidad de servicio:
Envíos nacionales. 1 día hábil. Envíos internacionales:
Capitales y grandes ciudades europeas 2 días hábiles Resto destinos Europa 3 días hábiles
Resto países 6 días hábiles
2.5. Libros y publicaciones:
Servicio de distribución de libros y publicaciones periódicas del Ayuntamiento de Badajoz.
Peso máximo de libros y publicaciones: 2 kilogramos.
Calidad: Calidad de entrega ordinaria de correspondencia (Cartas).
2.6. Paquetería
Este servicio de documentos y paquetes deberá garantizar la distribución a domicilio de paquetes de hasta 20 kilogramos de peso, con destinos Nacional e Internacional.
La entrega se realizará bajo firma del destinatario. En el caso de ausencia del mismo, la empresa adjudicataria dejará en el buzón domiciliario o en el domicilio, un Aviso de Llegada, en el que hará constar el número del envío y donde figurará un número de teléfono de información a los destinatarios, así como la posibilidad de que, en el término de quince días naturales, pueda recoger dicho envío en las oficinas o instalaciones del adjudicatario. Dichas instalaciones u oficinas deben garantizar la máxima accesibilidad para los destinatarios de los envíos y la proximidad a sus domicilios.
Gestión de la documentación aduanera (paquetería internacional).
Gestión de la documentación e identificación de los paquetes.
Información de trazabilidad de los paquetes.
Seguros opcionales y reembolso de importes por la entrega del paquete.
I.- Entrega ordinaria de Paquetería.
Entrega a domicilio de paquetes en un plazo máximo de dos días hábiles para las grandes poblaciones y tres días hábiles para el resto de poblaciones.
Destinos: Nacional. Local e interurbano. Internacional
II. Distribución Urgente de Paquetería
Entrega a domicilio de paquetes en un plazo máximo de 1 día hábil desde la recogida para las grandes poblaciones y de dos días hábiles para el resto de poblaciones.
Destinos: Nacional. Local e interurbano. Internacional.
2.8. Otros servicios que deberá prestar la Entidad Adjudicataria:
Servicio de Atención al Cliente, incluyendo teléfono de atención y asistencia a los destinatarios de los envíos cursados por esta Entidad. Asistencia técnica personalizada para la Entidad.
Gestión de Devoluciones.- Servicio de clasificación en función de las causas de devolución y entrega diaria de los envíos de correspondencia devueltos. El adjudicatario devolverá los envíos no entregados por distintas causas, así como los avisos de recibo clasificados en función de las fechas de entrega y Servicio Administrativo del Ayuntamiento del que procedan. Así como deberá aportar información mensual del número de devoluciones, coste de la devolución y de las incidencias correspondientes a las mismas. El Ayuntamiento podrá modificar en cualquier momento este sistema de clasificación, quedando obligado el adjudicatario a seguir los nuevos criterios de clasificación que se le comuniquen.
Clasificación extraordinaria de acuses de recibo. Comprende la clasificación de acuses de recibo que eventualmente se le requieran, ateniéndose a las especificaciones y criterios de ordenación determinadas por el Ayuntamiento.
Certificaciones. Servicio de certificaciones de entrega de los envíos cuyas cartas o acuses de recibo no hayan sido devueltos al Ayuntamiento por la empresa adjudicataria.
Servicio de gestión y digitalización de Documentos que permita escanear y tratar todo tipo de documentos de forma electrónica. Formato máximo de DIN A4. Almacenamiento y custodia de documentos escaneados. Devolución de imágenes escaneadas. Consulta física de documentos y entrega.
Servicio de Gestión de la Información telemática de envíos.- Los envíos de correspondencia con constancia de entrega deben ser gestionados mediante un sistema de seguimiento y control de la información que contemple las circunstancias de su entrega, el intercambio de información telemática y la integración tecnológica del Ayuntamiento de Badajoz con la empresa adjudicataria.
3.- CONDICIONES GENERALES
3.1. El adjudicatario se compromete a realizar las recogidas de los objetos postales en los lugares habilitados por el Ayuntamiento de Badajoz.
En dichos lugares se concentrarán todos lo envíos de las correspondientes Unidades, sin prejuicio de poder entregarlos en el Centro de Admisión que la adjudicataria disponga en esta capital, cuando sea de interés para el depositante.
3.2. Obligaciones de la empresa adjudicataria:
La empresa adjudicataria dispondrá de una Red Nacional de puntos de recogida de los envíos que no fueran objeto de entrega domiciliara.
La empresa adjudicataria facilitará los medios necesarios para que los Servicios Centrales Técnicos del Ayuntamiento de Badajoz, y el resto de unidades administrativas, en su caso, puedan realizar adecuadamente el seguimiento y control de sus envíos.
La empresa adjudicataria vendrá obligada a aportar al Ayuntamiento, sin coste adicional, todo el equipamiento tal como: carros, bandejas, etiquetas autoadhesivas con código xx xxxxxx, etc. que sea necesario para el perfecto funcionamiento de los servicios postales objeto del contrato.
La empresa adjudicataria dispondrá de una aplicación informática para el control y facturación de los servicios prestados, posibilidad de generar la documentación pertinente por medios telemáticos y, en su caso, página Web.
4. CONTROL DE CALIDAD
El Ayuntamiento de Badajoz se reserva el derecho de poder llevar a cabo en cualquier momento el seguimiento y control de la prestación del servicio contratado. Este control podrá realizarse por el personal del
Ayuntamiento que a tal fin sea designado, debiendo igualmente la empresa adjudicataria designar a sus interlocutores.
La empresa adjudicataria deberá arbitrar un sistema que permita subsanar y prever las posibles incidencias que pudieran surgir y que permita una pronta resolución que perjudique lo menos posible la buena marcha del servicio.
Los servicios a que se refiere el presente pliego se realizarán a riesgo y xxxxxxx de la empresa adjudicataria.
5. OTRAS CONDICIONES
El personal que realice el servicio deberá ir debidamente uniformado y dispensar un trato correcto a los ciudadanos.
El personal designado como responsable de los servicios contratados supervisará el normal desarrollo de los mismos, manteniendo las relaciones necesarias con los responsables municipales para garantizar la eficaz realización de los servicios contratados.
El adjudicatario deberá contar con instalaciones y los medios materiales y humanos precisos para el desarrollo de los trabajos en las condiciones que fija este Pliego. Las instalaciones deben estar ubicadas en lugares de fácil accesibilidad para los ciudadanos.
La empresa adjudicataria designará por su parte los interlocutores a efectos de atender y resolver las incidencias que pudieran surgir.
6. INFORMACIÓN
Sin perjuicio de lo dispuesto en la cláusula 2.8 del presente pliego, a la finalización del ejercicio económico, el adjudicatario deberá facilitar en soporte informático un resumen de los envíos gestionados durante el ejercicio detallando el número de envíos y los importes correspondientes por tipo de servicio, tramos de peso, ámbitos de destino y servicios adicionales cuando proceda.
7.- CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN.
1.- Los criterios de adjudicación y de evaluación de las ofertas serán los que se detallan a continuación:
CRITERIOS MATEMÁTICOS: hasta 55 puntos
- Oferta económica hasta 55 puntos
Se valorará de acuerdo con la siguiente fórmula:
P = 55 x (0M/OF)
Siendo:
- P= la puntuación
- OF = oferta del licitador.
- OM= oferta más baja presentada.
Baja única y global sobre todos y cada uno de los precios unitarios establecidos en el Anexo I del presente Xxxxxx
CRITERIOS TÉCNICOS: hasta 45 puntos
1.- COBERTURA Y MEDIOS DE LA RED POSTAL DE LA
EMPRESA.- 30 puntos
Esta puntuación se distribuirá de acuerdo con los subcriterios siguientes:
a) Sistemas de informatización y gestión de envíos: 5 puntos
*Que la empresa disponga de una alternativa vía offline 5p
b) Grado de cobertura en distribución de la red propia de oficinas: 15 puntos
*Distribución en todos los Municipios de la Comunidad 3p
*Distribución en otras Comunidades Autónomas 3p
*Distribución en Capitales de provincia 3p
*Distribución en poblaciones de más de 50.000 hab. de otras Comunidades 3p
*Distribución en todos los municipios de España 3p
c) Centros de tratamiento de envíos postales: número, grado de mecanización y su distribución territorial: 5 puntos
*Disponer de un Centro de tratamiento en Badajoz ciudad 1p
*Disponer de Centros de tratamiento en capitales de provincia 1p
*Disponer de un sistema de clasificación automático 1p
*Grado de mecanización 1p
*Ubicación de los centros de tratamiento 1p
d) Sistemas y medios para la recogida de envíos: 4 puntos
*Recogida ordinaria de los envíos en el Ayuntamiento de Badajoz más de una vez al día en jornada laborable 2p
*Recogidas urgentes diarias 2p
e) Facturación de los servicios prestados: 1 punto
*Facturación Electrónica 0,5p
*Emisión de CD con los datos de la factura mensual 0,5p
2- MEJORAS QUE REDUNDEN EN LA CALIDAD DEL
SERVICIO.- 15 puntos.
Se valorará:
*Utilización de PDAS para ayuda en la entrega de correspondencia 3p
*Posibilidad de imprimir códigos xx xxxxxx y confeccionar relación de envíos registrados 3p
*Entrega de imágenes digitalizadas con sello de tiempo 3p
*Retroinformación informatiza situación de envíos 3p
*Formación por la empresa adjudicataria para la utilización de las herramientas y aplicaciones que detalle en su oferta 3p
8.- SOLVENCIA PROFESIONAL
Habilitación profesional, además de la clasificación, de acuerdo con lo previsto en el art.54.2 del TRLCSP, y en relación a lo dispuesto en la Ley 43/2010, de 30 de diciembre, del servicio postal universal, de los derechos de los usuarios y xxx xxxxxxx postal, los licitadores deberán acreditar:
- Clasificación empresarial solicitada: R9b-Servicios de mensajería, correspondencia y distribución. (Desde 150.000 Euros hasta 300.000 Euros)
- Disponer de Autorización Singular para la prestación de servicios postales incluidos en el ámbito del Servicio Postal Universal y e4star inscritos en ele Registro General de Empresas prestadoras de servicios postales para la prestación de los servicios postales no incluidos dentro del ámbito del Servicio Postal Universal.
- Documento acreditativo de haber suscrito con el operador al que se ha encomendado el Servicio postal Universal, un acuerdo de acceso a la red postal pública (Real Decreto 1298/2006, de 10 de noviembre por el que se regula el acceso a la red postal pública), cuyas condiciones permitan realizar adecuadamente el objeto de la licitación.
7. - DURACIÓN DEL CONTRATO
El contrato tendrá una duración de CUATRO AÑOS, siendo posible una prórroga de dos años más conforme a la normativa vigente de contratos de servicios.
8. – PRECIO DEL CONTRATO
El precio anual del contrato se fija en CIENTO CINCUENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS TREINTA Y UN EUROS CON DIECISIETE EUROS
(157.331,17 €) IVA incluido. (Anexo)
Badajoz, Abril de 2014
El Jefe del Negociado de Compras
Fdo: Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxx
ANEXO I
RELACIÓN ANUAL
DE ENVÍOS ESTIMADOS
CARTAS ORDINARIAS | |||||
NACIONALES | |||||
PENÍNSULA Y BALEARES | |||||
Precio | de licitación S/ iva | ||||
LOCAL | Envíos/año | Total s/IVA | Total con IVA | ||
Hasta 20g. | 0,37 | 137.086 | 50.721,82 | 61.373,40 | |
Mas de 20 grs Hasta 50 grs | 0,52 | 3.180 | 1.653,60 | 2.000,86 | |
De 50 grs Hasta 100 grs | 0,90 | 419 | 377,10 | 456,29 | |
De 100 grs Hasta 500 grs | 2,00 | 625 | 1.250,00 | 1.512,50 | |
Mas de 500 grs Hasta 1000 grs | 4,50 | 32 | 144,00 | 174,24 | |
Mas de 1000 grs Hasta 2000 grs | 5,10 | 6 | 30,60 | 37,03 | |
141.348 54.177,12 | 65.554,32 | ||||
INTERURBANO 1 | Envíos/año | Total s/IVA | Total con IVA | ||
Hasta 20g. | 0,37 | 4.895 | 1.811,15 | 2.191,49 | |
Mas de 20 grs Hasta 50 grs | 0,52 | 1.567 | 814,84 | 985,96 | |
De 50 grs Hasta 100 grs | 0,90 | 425 | 382,50 | 462,83 | |
De 100 grs Hasta 500 grs | 2,00 | 194 | 388,00 | 469,48 | |
Mas de 500 grs Hasta 1000 grs | 4,50 | 57 | 256,50 | 310,37 | |
Mas de 1000 grs Hasta 2000 grs | 5,10 | 14 | 71,40 | 86,39 | |
7.152 | 3.724,39 | 4.506,51 | |||
INTERURBANO 2 | Envíos/año | Total s/IVA | Total con IVA | ||
Hasta 20g. | 0,37 | 22.180 | 8.206,60 | 9.929,99 | |
Mas de 20 grs Hasta 50 grs | 0,52 | 2.028 | 1.054,56 | 1.276,02 | |
De 50 grs Hasta 100 grs | 0,90 | 408 | 367,20 | 444,31 | |
De 100 grs Hasta 500 grs | 2,00 | 209 | 418,00 | 505,78 | |
Mas de 500 grs Hasta 1000 grs | 4,50 | 39 | 175,50 | 212,36 | |
Mas de 1000 grs Hasta 2000 grs | 5,10 | 8 | 40,80 | 49,37 | |
24.872 | 10.262,66 | 12.417,82 | |||
INTERNACIONALES ORDINARIAS | |||||
Precio | de licitación S/ iva | ||||
ZONA 1 - UE | Envíos/año | Total s/IVA | Total con IVA | ||
Hasta 20g. | 0,75 | 1.134 | 850,50 | 1.029,11 | |
Mas de 20 grs Hasta 50 grs | 1,45 | 647 | 938,15 | 1.135,16 | |
De 50 grs Hasta 100 grs | 2,15 | 142 | 305,30 | 369,41 | |
De 100 grs Hasta 500 grs | 6,10 | 24 | 146,40 | 177,14 | |
Mas de 500 grs Hasta 1000 grs | 12,25 | 10 | 122,50 | 148,23 | |
Mas de 1000 grs Hasta 2000 grs | 19,8 | 6 | 118,80 | 143,75 | |
1.963 | 2.481,65 | 3.002,80 | |||
CARTAS URGENTES | |||||
NACIONALES | |||||
A PENÍNSULA Y BALEARES | |||||
Precio | de licitación S/ iva | ||||
ORDINARIAS | Envíos/año | Total s/IVA | Total con IVA | ||
Hasta 20g. Normalizada | 2,56 | 1 | 2,56 | 3,10 | |
Mas de 20 grs Hasta 50 grs | 2,81 | 1 | 2,81 | 3,40 | |
De 50 grs Hasta 100 grs | 2,93 | 1 | 2,93 | 3,55 | |
De 100 grs Hasta 500 grs | 3,64 | 1 | 3,64 | 4,40 | |
4 | 11,94 | 14,45 | |||
CERTIFICADAS | Envíos/año | Total s/IVA | Total con IVA | ||
Hasta 20g. | 4,13 | 1 | 4,13 | 5,00 | |
Mas de 20 grs Hasta 50 grs | 4,5 | 1 | 4,50 | 5,45 | |
De 50 grs Hasta 100 grs | 4,75 | 1 | 4,75 | 5,75 | |
De 100 grs Hasta 500 grs | 5,7 | 1 | 5,70 | 6,90 | |
Mas de 500 grs Hasta 1000 grs | 7,31 | 1 | 7,31 | 8,85 | |
Mas de 1000 grs Hasta 2000 grs | 7,77 | 1 | 7,77 | 9,40 | |
6 | 34,16 | 41,33 |
CARTAS CERTIFICADAS Y NOTIFICACIONES ADMINISTRATIVAS* | |||||
NACIONALES | |||||
PENÍNSULA Y BALEARES | |||||
Precio | de licitación S/ iva | ||||
LOCAL | Envíos/año | Total s/IVA | Total con IVA | ||
Hasta 20g. | 2,72 | 10942 | 29.762,24 | 36.012,31 | |
Mas de 20 grs Hasta 50 grs | 2,87 | 752 | 2.158,24 | 2.611,47 | |
De 50 grs Hasta 100 grs | 3,25 | 310 | 1.007,50 | 1.219,08 | |
De 100 grs Hasta 500 grs | 4,35 | 112 | 487,20 | 589,51 | |
Mas de 500 grs Hasta 1000 grs | 6,85 | 4 | 27,40 | 33,15 | |
Mas de 1000 grs Hasta 2000 grs | 7,45 | 3 | 22,35 | 27,04 | |
12.123 | 33.464,93 | 40.492,57 | |||
INTERURBANO 1 | Envíos/año | Total s/IVA | Total con IVA | ||
Hasta 20g. | 2,72 | 2381 | 6.476,32 | 7.836,35 | |
Mas de 20 grs Hasta 50 grs | 2,87 | 831 | 2.384,97 | 2.885,81 | |
De 50 grs Hasta 100 grs | 3,25 | 216 | 702,00 | 849,42 | |
De 100 grs Hasta 500 grs | 4,35 | 152 | 661,20 | 800,05 | |
Mas de 500 grs Hasta 1000 grs | 6,85 | 24 | 164,40 | 198,92 | |
Mas de 1000 grs Hasta 2000 grs | 7,45 | 23 | 171,35 | 207,33 | |
3.627 | 10.560,24 | 12.777,89 | |||
INTERURBANO 2 | Envíos/año | Total s/IVA | Total con IVA | ||
Hasta 20g. | 2,72 | 3.192 | 8.682,24 | 10.505,51 | |
Mas de 20 grs Hasta 50 grs | 2,87 | 298 | 855,26 | 1.034,86 | |
De 50 grs Hasta 100 grs | 3,25 | 90 | 292,50 | 353,93 | |
De 100 grs Hasta 500 grs | 4,35 | 39 | 169,65 | 205,28 | |
Mas de 500 grs Hasta 1000 grs | 6,85 | 1 | 6,85 | 8,29 | |
Mas de 1000 grs Hasta 2000 grs | 7,45 | 3 | 22,35 | 27,04 | |
3.623 10.028,85 | 12.134,91 | ||||
SERVICIOS ADICIONALES DE CERTIFICADOS Y NOTIFICACIONES ADMINISTR | ATIVAS | ||||
Precio | de licitación S/ iva | Envíos/año | Total s/IVA | Total con IVA | |
Aviso de recibo | 0,81 | 1 | 0,81 | 0,98 | |
Gestión de entrega | 0,15 | 1 | 0,15 | 0,18 | |
* El precio de las Notificaciones administrativas se calcula sumando el importe de carta certificada + los valores adicionales de gestión de entrega y aviso de recibo | 2 | 0,96 | 1,16 | ||
NOTIFICACIONES ACUERDOS ESPECIALES INFORMATIZADAS SICER | |||||
NACIONALES | |||||
PENÍNSULA Y BALEARES | |||||
Precio | de licitación S/ iva | ||||
LOCAL | Envíos/año | Total s/IVA | Total con IVA | ||
Hasta 20g. | 2,72 | 1462 | 3.976,64 | 4.811,73 | |
Mas de 20 grs Hasta 50 grs | 2,87 | 90 | 258,30 | 312,54 | |
De 50 grs Hasta 100 grs | 3,25 | 1 | 3,25 | 3,93 | |
De 100 grs Hasta 500 grs | 4,35 | 1 | 4,35 | 5,26 | |
Mas de 500 grs Hasta 1000 grs | 6,85 | 1 | 6,85 | 8,29 | |
Mas de 1000 grs Hasta 2000 grs | 7,45 | 1 | 7,45 | 9,01 | |
1.556 | 4.256,84 | 5.150,78 | |||
INTERURBANO 1 | Envíos/año | Total s/IVA | Total con IVA | ||
Hasta 20g. | 2,72 | 1 | 2,72 | 3,29 | |
Mas de 20 grs Hasta 50 grs | 2,87 | 1 | 2,87 | 3,47 | |
De 50 grs Hasta 100 grs | 3,25 | 1 | 3,25 | 3,93 | |
De 100 grs Hasta 500 grs | 4,35 | 1 | 4,35 | 5,26 | |
Mas de 500 grs Hasta 1000 grs | 6,85 | 1 | 6,85 | 8,29 | |
Mas de 1000 grs Hasta 2000 grs | 7,45 | 1 | 7,45 | 9,01 | |
6 | 27,49 | 33,26 | |||
INTERURBANO 2 | Envíos/año | Total s/IVA | Total con IVA | ||
Hasta 20g. | 2,72 | 1 | 2,72 | 3,29 | |
Mas de 20 grs Hasta 50 grs | 2,87 | 1 | 2,87 | 3,47 | |
De 50 grs Hasta 100 grs | 3,25 | 1 | 3,25 | 3,93 | |
De 100 grs Hasta 500 grs | 4,35 | 1 | 4,35 | 5,26 | |
Mas de 500 grs Hasta 1000 grs | 6,85 | 1 | 6,85 | 8,29 | |
Mas de 1000 grs Hasta 2000 grs | 7,45 | 1 | 7,45 | 9,01 | |
6 27,49 | 33,26 |
SERVICIOS ADICIONALES de NOTIFICACIONES ACUERDOS ESPECIALES | |||||
Precio | de licitación S/ iva | Envíos/año | Total s/IVA | Total con IVA | |
Aviso de recibo | 0,81 | 1 | 0,81 | 0,98 | |
Gestión de entrega | 0,33 | 1 | 0,33 | 0,40 | |
Retorno información | 0,60 | 1 | 0,60 | 0,73 | |
Clasificación documentos | 0,13 | 1 | 0,13 | 0,16 | |
Digitalización Aviso recibo | 0,15 | 1 | 0,15 | 0,18 | |
* El precio de las Notificaciones administrativas se calcula sumando el importe de carta certificada + los valores adicionales de gestión de entrega y aviso de recibo | 5 | 2,02 | 2,44 | ||
INTERNACIONALES CERTIFICADAS | |||||
Precio | de licitación S/ iva | ||||
ZONA 1 - UE | Envíos/año | Total s/IVA | Total con IVA | ||
Hasta 20g. | 3,30 | 1 | 3,30 | 3,99 | |
Mas de 20 grs Hasta 50 grs | 4,00 | 1 | 4,00 | 4,84 | |
De 50 grs Hasta 100 grs | 4,70 | 1 | 4,70 | 5,69 | |
De 100 grs Hasta 500 grs | 8,65 | 1 | 8,65 | 10,47 | |
Mas de 500 grs Hasta 1000 grs | 14,80 | 1 | 14,80 | 17,91 | |
Mas de 1000 grs Hasta 2000 grs | 22,35 | 1 | 22,35 | 27,04 | |
Precio | de licitación S/ iva | Total s/IVA | Total con IVA | ||
Aviso de recibo | 0,86 | 1 | 0,86 | 1,04 | |
ZONA 2- No UE | Envíos/año | Total s/IVA | Total con IVA | ||
Hasta 20g. | 3,45 | 1 | 3,45 | 4,17 | |
Mas de 20 grs Hasta 50 grs | 4,35 | 1 | 4,35 | 5,26 | |
De 50 grs Hasta 100 grs | 5,55 | 1 | 5,55 | 6,72 | |
De 100 grs Hasta 500 grs | 12,15 | 1 | 12,15 | 14,70 | |
Mas de 500 grs Hasta 1000 grs | 23,05 | 1 | 23,05 | 27,89 | |
Mas de 1000 grs Hasta 2000 grs | 38,55 | 1 | 38,55 | 46,65 | |
Precio | de licitación S/ iva | Envíos/año | Total s/IVA | Total con IVA | |
Aviso de recibo | 0,86 | 1 | 0,86 | 1,04 | |
146,62 | 177,41 | ||||
PAQUETERIA CON ENTREGA A DOMICILIO | |||||
NACIONAL | |||||
Precio | de licitación S/ iva | Envíos/año | Total s/IVA | Total con IVA | |
Hasta 1 kg. | 5,18 | 1 | 5,18 | 6,27 | |
Hasta 2 kg. | 5,74 | 1 | 5,74 | 6,95 | |
Hasta 5 kg. | 7,25 | 1 | 7,25 | 8,77 | |
Hasta 10 kg. | 9,83 | 1 | 9,83 | 11,89 | |
Hasta 15 kg. | 12,94 | 1 | 12,94 | 15,66 | |
Hasta 20 kg. | 17,08 | 1 | 17,08 | 20,67 | |
6 | 58,02 | 70,20 |
INTERNACIONALES (PRIORITARIO) | |||||
ZONA A | de licitación S/ iva | Envíos/año | Total s/IVA | Total con IVA | |
de 1 a 2 kgs. | 27,54 | 1 | 27,54 | 33,32 | |
de 2 a 3 kgs. | 30,18 | 1 | 30,18 | 36,52 | |
de 3 a 4 kgs. | 32,82 | 1 | 32,82 | 39,71 | |
etc | 1 | ||||
ZONA B | de licitación S/ iva | Envíos/año | Total s/IVA | Total con IVA | |
de 1 a 2 kgs. | 30,48 | 1 | 30,48 | 36,88 | |
de 2 a 3 kgs. | 34,02 | 1 | 34,02 | 41,16 | |
de 3 a 4 kgs. | 37,56 | 1 | 37,56 | 45,45 | |
etc | 1 | 0,00 | 0,00 | ||
ZONA C | de licitación S/ iva | Envíos/año | Total s/IVA | Total con IVA | |
de 1 a 2 kgs. | 29,96 | 1 | 29,96 | 36,25 | |
de 2 a 3 kgs. | 35,58 | 1 | 35,58 | 43,05 | |
de 3 a 4 kgs. | 41,20 | 1 | 41,20 | 49,85 | |
etc | 1 | 0,00 | 0,00 | ||
ZONA D | de licitación S/ iva | Envíos/año | Total s/IVA | Total con IVA | |
de 1 a 2 kgs. | 40,14 | 1 | 40,14 | 48,57 | |
de 2 a 3 kgs. | 49,81 | 1 | 49,81 | 60,27 | |
de 3 a 4 krgs. | 59,48 | 1 | 59,48 | 71,97 | |
etc | 1 | 0,00 | 0,00 | ||
ZONA E | de licitación S/ iva | Envíos/año | Total s/IVA | Total con IVA | |
de 1 a 2 kgs. | 40,14 | 1 | 40,14 | 48,57 | |
de 2 a 3 kgs. | 49,81 | 1 | 49,81 | 60,27 | |
de 3 a 4 kgs. | 59,48 | 1 | 59,48 | 71,97 | |
etc | 0 | 0,00 | 0,00 | ||
19 | 598,20 | 723,82 | |||
APARTADOS DE CORREOS (Renovación) | |||||
Precio s/IVA | Nº de Apartados | Total s/IVA | Total con IVA | ||
NACIONAL | 63,00 | 1 | 63,00 | 76,23 | |
63,00 | 76,23 | ||||
TELEGRAMAS | |||||
Precio de licitación S/ iva | Envíos/año | Total s/IVA | Total con IVA | ||
IMPORTE FIJO | 6,22 | 9 | 55,98 | 67,74 | |
Cada 50 palabras o fracción | 1,54 | 5 | 7,70 | 9,32 | |
0 | 63,68 | 77,05 | |||
BUROFAX | |||||
Impuestos a través e online | |||||
importe fijo por burofax | 6,46 | 5 | 32,30 | 39,08 | |
importe fijo por página | 0,80 | 4 | 3,20 | 3,87 | |
9 | 35,50 | 42,96 | |||
Total s/IVA | Total con IVA | ||||
TOTAL OFERTA UN AÑO S/IVA 130.025,76 | 157.331,17 | ||||
ANEXO II MODELO PRESENTACIÓN OFERTAS
LICITADOR: | |||||
CARTAS ORDINARIAS | |||||
NACIONALES | |||||
PENÍNSULA Y BALEARES | |||||
Oferta s/iva | |||||
LOCAL | Envíos/año | Total s/IVA | Total con IVA | ||
Hasta 20g. | 137.086 | ||||
Mas de 20 grs Hasta 50 grs | 3.180 | ||||
De 50 grs Hasta 100 grs | 419 | ||||
De 100 grs Hasta 500 grs | 625 | ||||
Mas de 500 grs Hasta 1000 grs | 32 | ||||
Mas de 1000 grs Hasta 2000 grs | 6 | ||||
141.348 | |||||
INTERURBANO 1 | Envíos/año | Total s/IVA | Total con IVA | ||
Hasta 20g. | 4.895 | ||||
Mas de 20 grs Hasta 50 grs | 1.567 | ||||
De 50 grs Hasta 100 grs | 425 | ||||
De 100 grs Hasta 500 grs | 194 | ||||
Mas de 500 grs Hasta 1000 grs | 57 | ||||
Mas de 1000 grs Hasta 2000 grs | 14 | ||||
7.152 | |||||
INTERURBANO 2 | Envíos/año | Total s/IVA | Total con IVA | ||
Hasta 20g. | 22.180 | ||||
Mas de 20 grs Hasta 50 grs | 2.028 | ||||
De 50 grs Hasta 100 grs | 408 | ||||
De 100 grs Hasta 500 grs | 209 | ||||
Mas de 500 grs Hasta 1000 grs | 39 | ||||
Mas de 1000 grs Hasta 2000 grs | 8 | ||||
24.872 | |||||
INTERNACIONALES ORDINARIAS | |||||
Oferta s/iva | |||||
ZONA 1 - UE | Envíos/año | Total s/IVA | Total con IVA | ||
Hasta 20g. | 1.134 | ||||
Mas de 20 grs Hasta 50 grs | 647 | ||||
De 50 grs Hasta 100 grs | 142 | ||||
De 100 grs Hasta 500 grs | 24 | ||||
Mas de 500 grs Hasta 1000 grs | 10 | ||||
Mas de 1000 grs Hasta 2000 grs | 6 | ||||
1.963 | |||||
CARTAS URGENTES | |||||
NACIONALES | |||||
A PENÍNSULA Y BALEARES | |||||
Oferta s/iva | |||||
ORDINARIAS | Envíos/año | Total s/IVA | Total con IVA | ||
Hasta 20g. Normalizada | 1 | ||||
Mas de 20 grs Hasta 50 grs | 1 | ||||
De 50 grs Hasta 100 grs | 1 | ||||
De 100 grs Hasta 500 grs | 1 | ||||
4 | |||||
CERTIFICADAS | Envíos/año | Total s/IVA | Total con IVA | ||
Hasta 20g. | 1 | ||||
Mas de 20 grs Hasta 50 grs | 1 | ||||
De 50 grs Hasta 100 grs | 1 | ||||
De 100 grs Hasta 500 grs | 1 | ||||
Mas de 500 grs Hasta 1000 grs | 1 | ||||
Mas de 1000 grs Hasta 2000 grs | 1 | ||||
6 |
CARTAS CERTIFICADAS Y NOTIFICACIONES ADMINISTRATIVAS* | |||||
NACIONALES | |||||
PENÍNSULA Y BALEARES | |||||
Oferta s/iva | |||||
LOCAL | Envíos/año | Total s/IVA | Total con IVA | ||
Hasta 20g. | 10942 | ||||
Mas de 20 grs Hasta 50 grs | 752 | ||||
De 50 grs Hasta 100 grs | 310 | ||||
De 100 grs Hasta 500 grs | 112 | ||||
Mas de 500 grs Hasta 1000 grs | 4 | ||||
Mas de 1000 grs Hasta 2000 grs | 3 | ||||
12.123 | |||||
INTERURBANO 1 | Envíos/año | Total s/IVA | Total con IVA | ||
Hasta 20g. | 2381 | ||||
Mas de 20 grs Hasta 50 grs | 831 | ||||
De 50 grs Hasta 100 grs | 216 | ||||
De 100 grs Hasta 500 grs | 152 | ||||
Mas de 500 grs Hasta 1000 grs | 24 | ||||
Mas de 1000 grs Hasta 2000 grs | 23 | ||||
3.627 | |||||
INTERURBANO 2 | Envíos/año | Total s/IVA | Total con IVA | ||
Hasta 20g. | 3.192 | ||||
Mas de 20 grs Hasta 50 grs | 298 | ||||
De 50 grs Hasta 100 grs | 90 | ||||
De 100 grs Hasta 500 grs | 39 | ||||
Mas de 500 grs Hasta 1000 grs | 1 | ||||
Mas de 1000 grs Hasta 2000 grs | 3 | ||||
3.623 | |||||
SERVICIOS ADICIONALES DE CERTIFICADOS Y NOTIFICACIONES ADMINISTR | ATIVAS | ||||
Oferta s/iva | Envíos/año | Total s/IVA | Total con IVA | ||
Aviso de recibo | 1 | ||||
Gestión de entrega | 1 | ||||
* El precio de las Notificaciones administrativas se calcula sumando el importe de carta certificada + los valores adicionales de gestión de entrega y aviso de recibo | 2 | ||||
NOTIFICACIONES ACUERDOS ESPECIALES INFORMATIZADAS SICER | |||||
NACIONALES | |||||
PENÍNSULA Y BALEARES | |||||
Oferta s/iva | |||||
LOCAL | Envíos/año | Total s/IVA | Total con IVA | ||
Hasta 20g. | 1462 | ||||
Mas de 20 grs Hasta 50 grs | 90 | ||||
De 50 grs Hasta 100 grs | 1 | ||||
De 100 grs Hasta 500 grs | 1 | ||||
Mas de 500 grs Hasta 1000 grs | 1 | ||||
Mas de 1000 grs Hasta 2000 grs | 1 | ||||
1.556 | |||||
INTERURBANO 1 | Envíos/año | Total s/IVA | Total con IVA | ||
Hasta 20g. | 1 | ||||
Mas de 20 grs Hasta 50 grs | 1 | ||||
De 50 grs Hasta 100 grs | 1 | ||||
De 100 grs Hasta 500 grs | 1 | ||||
Mas de 500 grs Hasta 1000 grs | 1 | ||||
Mas de 1000 grs Hasta 2000 grs | 1 | ||||
6 | |||||
INTERURBANO 2 | Envíos/año | Total s/IVA | Total con IVA | ||
Hasta 20g. | 1 | ||||
Mas de 20 grs Hasta 50 grs | 1 | ||||
De 50 grs Hasta 100 grs | 1 | ||||
De 100 grs Hasta 500 grs | 1 | ||||
Mas de 500 grs Hasta 1000 grs | 1 | ||||
Mas de 1000 grs Hasta 2000 grs | 1 | ||||
6 |
SERVICIOS ADICIONALES de NOTIFICACIONES ACUERDOS ESPECIALES | |||||
Oferta s/iva | Envíos/año | Total s/IVA | Total con IVA | ||
Aviso de recibo | 1 | ||||
Gestión de entrega | 1 | ||||
Retorno información | 1 | ||||
Clasificación documentos | 1 | ||||
Digitalización Aviso recibo | 1 | ||||
se calcula sumando el importe de carta certificada + los valores adici | 5 | ||||
INTERNACIONALES CERTIFICADAS | |||||
Oferta s/iva | |||||
ZONA 1 - UE | Envíos/año | Total s/IVA | Total con IVA | ||
Hasta 20g. | 1 | ||||
Mas de 20 grs Hasta 50 grs | 1 | ||||
De 50 grs Hasta 100 grs | 1 | ||||
De 100 grs Hasta 500 grs | 1 | ||||
Mas de 500 grs Hasta 1000 grs | 1 | ||||
Mas de 1000 grs Hasta 2000 grs | 1 | ||||
Oferta s/iva | Total s/IVA | Total con IVA | |||
Aviso de recibo | 1 | ||||
ZONA 2- No UE | Envíos/año | Total s/IVA | Total con IVA | ||
Hasta 20g. | 1 | ||||
Mas de 20 grs Hasta 50 grs | 1 | ||||
De 50 grs Hasta 100 grs | 1 | ||||
De 100 grs Hasta 500 grs | 1 | ||||
Mas de 500 grs Hasta 1000 grs | 1 | ||||
Mas de 1000 grs Hasta 2000 grs | 1 | ||||
Oferta s/iva | Envíos/año | Total s/IVA | Total con IVA | ||
Aviso de recibo | 1 | ||||
PAQUETERIA CON ENTREGA A DOMICILIO | |||||
NACIONAL | |||||
Oferta s/iva | Envíos/año | Total s/IVA | Total con IVA | ||
Hasta 1 kg. | 1 | ||||
Hasta 2 kg. | 1 | ||||
Hasta 5 kg. | 1 | ||||
Hasta 10 kg. | 1 | ||||
Hasta 15 kg. | 1 | ||||
Hasta 20 kg. | 1 | ||||
6 |
INTERNACIONALES (PRIORITARIO) | |||||
ZONA A | Oferta s/iva | Envíos/año | Total s/IVA | Total con IVA | |
de 1 a 2 kgs. | 1 | ||||
de 2 a 3 kgs. | 1 | ||||
de 3 a 4 kgs. | 1 | ||||
etc | 1 | ||||
ZONA B | Oferta s/iva | Envíos/año | Total s/IVA | Total con IVA | |
de 1 a 2 kgs. | 1 | ||||
de 2 a 3 kgs. | 1 | ||||
de 3 a 4 kgs. | 1 | ||||
etc | 1 | ||||
ZONA C | Oferta s/iva | Envíos/año | Total s/IVA | Total con IVA | |
de 1 a 2 kgs. | 1 | ||||
de 2 a 3 kgs. | 1 | ||||
de 3 a 4 kgs. | 1 | ||||
etc | 1 | ||||
ZONA D | Oferta s/iva | Envíos/año | Total s/IVA | Total con IVA | |
de 1 a 2 kgs. | 1 | ||||
de 2 a 3 kgs. | 1 | ||||
de 3 a 4 krgs. | 1 | ||||
etc | 1 | ||||
ZONA E | Oferta s/iva | Envíos/año | Total s/IVA | Total con IVA | |
de 1 a 2 kgs. | 1 | ||||
de 2 a 3 kgs. | 1 | ||||
de 3 a 4 kgs. | 1 | ||||
etc | 0 | ||||
19 | |||||
APARTADOS DE CORREOS (Renovación) | |||||
Precio s/IVA | Nº de Apartados | Total s/IVA | Total con IVA | ||
NACIONAL | 1 | ||||
TELEGRAMAS | |||||
Oferta s/iva | Envíos/año | Total s/IVA | Total con IVA | ||
IMPORTE FIJO | 9 | ||||
Cada 50 palabras o fracción | 5 | ||||
0 | |||||
BUROFAX | |||||
Impuestos a través e online | |||||
importe fijo por burofax | 5 | ||||
importe fijo por página | 4 | ||||
9 | |||||
Total s/IVA | Total con IVA | ||||
TOTAL OFERTA UN AÑO S/IVA |
A N E X O B
Don/a mayor de edad, con domicilio en , en la calle nº , con D.N.I., numero , en nombre propio o en representación de la empresa , con
C.I.F. como acredita por ,
DECLARO RESPONSABLEMENTE
- Que ni el firmante de la declaración, ni la persona física/jurídica a la que represento, se hallan incursos en supuesto alguno a los que se refiere el artículo 60 Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
- Hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias, seguridad social, así como en los impuestos municipales.
Y Para que así conste y surta los efectos oportunos, expido y firmo la presente
en
, a de 20
Nota.- Ante una autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado.
ANEXO C
CERTIFICADO SOLVENCIA ECONÓMICA
D./Xx. , Director del oficina nº ,
apoderado de [NOMBRE ENTIDAD BANCARIA], inscrita con el número al Registro de Entidades Financieras del Banco de España, figurando asimismo inscrita el Registro Mercantil de al tomo , folio hoja , con el número de identificación
fiscal
y con domicilio social en
.
HACE CONSTAR:
Que, según los archivos de la entidad y salvo error u omisión, la empresa
, con el
N.I.F. , es cliente de esta entidad desde el año ,
cumpliendo satisfactoriamente con las operaciones financieras que mantiene con la misma, y que, a la vista de sus posiciones de pasivo y activo y de su perfil operativo, la mencionada licitadora tiene, a fecha del presente, solvencia económica y financiera suficiente para participar en la licitación del expediente nº / 20 , cuyo presupuesto asciende a [€ en letra] ( [€ en números]), I.V.A. excluido.
El presente documento no constituye una garantía ni promesa de ella.
Y para que conste, a los solos efectos de participación en dicha licitación, se expide la presente certificación en , a de de 20 .
[Firma y sello de la entidad bancaria]