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CG/2024/MAY/308 ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL CONSEJO ESTATAL ELECTORAL Y DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA, POR MEDIO DEL CUAL SE APRUEBA EL LISTADO DE PERSONAS QUE SE CONTRATARÁN PARA DESEMPEÑAR LA FUNCIÓN DE CAPACITADORES/AS ASISTENTES ELECTORALES LOCALES Y LISTA DE RESERVA DE LA CUARTA CONVOCATORIA GENERAL PARA EL PROCESO ELECTORAL LOCAL 2024
A N T E C E D E N T E S
I. El 10 de febrero de 2014, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto mediante el cual fueron reformados, adicionados y derogados diversos preceptos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), en materia política-electoral, de igual forma el 6 xx xxxxx de 2019, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se reformaron los artículos 2, 4, 35, 41, 52, 53, 56, 94 y 115 de la Constitución en cita y la última reforma publicada a esta legislación data del 6 xx xxxxx de 2023.
II. El 23 xx xxxx de 2014, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE), aprobada por el H. Congreso de la Unión el 15 xx xxxx de 2014, legislación que presenta su última reforma el 1 xx xxxxx de 2024.
III. El 26 xx xxxxx de 2014, se publicó en el Periódico Oficial del Estado, el Decreto 0607 por medio del cual se reforman artículos de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Xxxx Potosí (CPSLP), la cual presenta su última reforma el 16 de octubre de 2023.
IV. El 07 de septiembre de 2016, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral aprobó, mediante acuerdo INE/CG661/2016, el Reglamento de Elecciones, que tiene por objeto regular las disposiciones aplicables en materia de instituciones y procedimientos electorales, así como la operación de los actos y actividades vinculados al desarrollo de los proceso electorales que corresponde realizar, en el ámbito de sus respectivas competencias, al Instituto Nacional Electoral y a los Organismos Públicos Locales de las entidades federativas. Este documento incluye y amplía lo descrito en el diverso INE/CG865/2015, relativo al acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el que se ejerce la facultad de atracción y se aprueban los Lineamientos para la designación de los Consejeros Electorales Distritales y Municipales, así como de los servidores públicos titulares de las áreas ejecutivas de dirección de los Organismos Públicos Locales Electorales, normativa que presentó su última reforma el 03 de octubre de 2023.
V. El 28 de septiembre de 2022, fue publicado en el Periódico Oficial del Estado de San Xxxx Potosí, el Decreto numero 0392 por medio del cual se expide la Ley Electoral del Estado de San Xxxx Potosí (LEE), abrogando la publicada en el Periódico Oficial del Estado, con el Decreto Legislativo número 0613 del 30 xx xxxxx de 2014, legislación que presentó su última modificación el 12 de octubre de 2023.
VI. El 25 xx xxxxxx de 2023, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral, por acuerdo INE/CG492/2023, aprobó la ESTRATEGIA DE CAPACITACIÓN Y ASISTENCIA ELECTORAL 2023-2024 Y SUS RESPECTIVOS ANEXOS.
VII. El 07 de septiembre de 2023, se suscribió el Convenio General de Coordinación y Colaboración, con el Instituto Nacional Electoral para la preparación y desarrollo del Proceso Electoral Concurrente 2023-2024.
VIII. El 30 de octubre de 2023, el Consejo General del Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana emitió el “CALENDARIO DE ACTIVIDADES PREVIAS Y DEL PROCESO ELECTORAL LOCAL 2024”, de conformidad con lo establecido en los artículos numeral 1 del reglamento de elecciones del instituto nacional electoral, y 255, fracción II de la Ley Electoral del Estado.
IX. El 29 de diciembre de 2023, el Consejo General del Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana, aprobó la Estrategia de Capacitación y Organización Electoral para el Proceso Electoral 2024.
X. El 29 de diciembre de 2023, el Consejo General del Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana, aprobó la Documentación Electoral sin emblemas y los Materiales Electorales a utilizarse durante el Proceso Electoral local 2024; en cumplimiento a lo establecido en el artículo 49 fracción i, inciso f) de la Ley Electoral del estado, así como en lo dispuesto en el artículo 160 del Reglamento de Elecciones y su anexo 4.1.
XI. El 02 de enero de 2024, a través de una Sesión de Instalación, el Consejo General del Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana, declaro formalmente el inicio del Proceso Electoral Local 2024, en el Estado de San Xxxx Potosí, para la elección y renovación de Diputadas y Diputados que integrarán la LXIV Legislatura del H. Congreso del Estado, y los 58 ayuntamientos, ambos para el periodo Constitucional 2024-2027.
XII. El 11 xx xxxxx de 2024, en Sesión Extraordinaria de la Comisión de Capacitación y Organización Electoral se aprobó la Convocatoria y proyecto de acuerdo para participar como Supervisor/a Electoral Local o Capacitador/a Asistente Electoral Local en el Proceso Electoral Local 2024.
XIII. El 16 xx xxxxx de 2021, en Sesión Extraordinaria el Consejo General del Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana, aprobó la emisión de la Convocatoria para participar como Supervisor/a Electoral Local o Capacitador/a Asistente Electoral Local en el Proceso Electoral Local 2024.
XIV. El 18 xx xxxxx de 2024, en Sesión Extraordinaria de la Comisión de Capacitación y Organización Electoral se aprobó la emisión de la segunda Convocatoria para participar como Supervisor/a Electoral Local o Capacitador/a Asistente Electoral Local en el Proceso Electoral Local 2024.
XV. El 19 xx xxxxx de 2024, en Sesión Extraordinaria el Consejo General del Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana, aprobó la emisión de la Segunda Convocatoria para participar como Supervisor/a Electoral Local o Capacitador/a Asistente Electoral Local en el Proceso Electoral Local 2024.
XVI. El 27 xx xxxxx de 2024, en Sesión Extraordinaria del Consejo General del Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana, se aprobó el listado de personas que se contratarán para desempeñar la función de Supervisores/as Electorales Locales y Capacitadores/as Asistentes Electorales Locales y lista de reserva para el Proceso Electoral Local 2024.
XVII. El 30 xx xxxxx de 2024, en sesión extraordinaria del Consejo General del Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana se presentó el informe sobre los resultados de la aplicación del examen general de conocimientos, habilidades y actitudes que sustentaron las personas aspirantes a desarrollar la función de Supervisores/as Electorales Locales y Capacitadores/as Asistentes Electorales Locales durante el Proceso Electoral Local 2024 en todo el Estado el día 27 xx xxxxx del año en curso con motivo de la emisión de la segunda convocatoria.
XVIII. El 30 xx xxxxx de 2024, en sesión extraordinaria del Consejo General del Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana se presentó el informe sobre los resultados de la aplicación entrevistas a las personas aspirantes a desarrollar la función de Supervisores/as Electorales Locales y Capacitadores/as Asistentes Electorales Locales durante el Proceso Electoral Local 2024 en todo el Estado con motivo de la emisión de la segunda convocatoria, durante los días 28 y 29 xx xxxxx de la presente anualidad.
XIX. El 30 xx xxxxx de 2024, en Sesión Extraordinaria el Consejo General del Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana, aprobó el listado de personas a contratarse para desempeñar la función de Supervisores/as Electorales Locales y Capacitadores/as Asistentes Electorales Locales y lista de reserva para el Proceso Electoral Local 2024 como resultado de la emisión de la segunda convocatoria.
XX. El 4 xx xxxx de 2024, en Sesión Extraordinaria de la Comisión de Capacitación y Organización Electoral se aprobó la emisión de la tercera Convocatoria General para participar como Capacitador/a Asistente Electoral Local en el Proceso Electoral Local 2024.
XXI. El 7 xx xxxx de 2024, en Sesión Ordinaria el Consejo General del Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana, aprobó la emisión de la tercera Convocatoria General para participar como Capacitador/a Asistente Electoral Local en el Proceso Electoral Local 2024.
XXII. El 15 xx xxxx de 2024, en sesión extraordinaria del Consejo General del Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana se presentó el informe sobre los registros de personas interesadas en participar en el procedimiento de reclutamiento, selección y contratación de Capacitadores/as Asistentes
Electorales Locales durante el Proceso Electoral Local 2024 con motivo de la emisión de la tercera convocatoria general.
XXIII. El 15 xx xxxx de 2024, en sesión extraordinaria del Consejo General del Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana se presentó el informe sobre los resultados de la aplicación del examen general de conocimientos, habilidades y actitudes que sustentaron las personas aspirantes a desarrollar la función de Capacitadores/as Asistentes Electorales Locales durante el Proceso Electoral Local 2024 el día 12 xx xxxx del año en curso con motivo de la emisión de la tercera convocatoria general.
XXIV. El 15 xx xxxx de 2024, en sesión extraordinaria del Consejo General del Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana se presentó el informe sobre los resultados de la aplicación entrevistas a las personas aspirantes a desarrollar la función Capacitadores/as Asistentes Electorales Locales durante el Proceso Electoral Local 2024 con motivo de la emisión de la tercera convocatoria general, durante los días 13 y 14 xx xxxx de la presente anualidad.
XXV. El 15 xx xxxx de 2024, en sesión extraordinaria del Consejo General del Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana aprobó el listado de personas a contratarse para desempeñar la función de Capacitadores/as Asistentes Electorales Locales y lista de reserva para el Proceso Electoral Local 2024 como resultado de la emisión de la tercera convocatoria.
XXVI. El 18 xx xxxx de 2024, en Sesión Extraordinaria de la Comisión de Capacitación y Organización Electoral se aprobó la emisión de la cuarta Convocatoria General para participar como Capacitador/a Asistente Electoral Local en el Proceso Electoral Local 2024.
XXVII. El 19 xx xxxx de 2024, en Sesión Extraordinaria de la Comisión de Capacitación y Organización Electoral se aprobó la emisión de la cuarta Convocatoria General para participar como Capacitador/a Asistente Electoral Local en el Proceso Electoral Local 2024.
XXVIII. El 27 xx xxxx de 2024, en Sesión Extraordinaria de la Comisión de Capacitación y Organización Electoral se aprobaron los informes correspondientes a los registros de personas interesadas en participar en el procedimiento de reclutamiento, selección y contratación de Capacitadores/as Asistentes Electorales Locales durante el Proceso Electoral Local 2024, así como el de los resultados de la aplicación de examen y entrevistas a las personas participantes en la cuarta convocatoria.
XXIX. El 27 xx xxxx de 2024, en Sesión Extraordinaria de la Comisión de Capacitación y Organización Electoral se aprobó el listado de personas a contratarse para desempeñar la función de Capacitadores/as Asistentes Electorales Locales y lista de reserva para el Proceso Electoral Local 2024 como resultado de la emisión de la cuarta convocatoria.
XXX. El 28 xx xxxx de 2024, en Sesión Ordinaria del Consejo General del Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana se presentó el informe sobre los registros de personas interesadas en participar en el procedimiento de reclutamiento, selección y contratación de Capacitadores/as Asistentes Electorales Locales durante el Proceso Electoral Local 2024 con motivo de la emisión de la cuarta convocatoria general.
XXXI. El 28 xx xxxx de 2024, en Sesión Ordinaria del Consejo General del Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana se presentó el informe sobre los resultados de la aplicación del examen general de conocimientos, habilidades y actitudes que sustentaron las personas aspirantes a desarrollar la función de Capacitadores/as Asistentes Electorales Locales durante el
Proceso Electoral Local 2024 el día 24 xx xxxx del año en curso con motivo de la emisión de la cuarta convocatoria general.
XXXII. El 28 xx xxxx de 2024, en Sesión Ordinaria del Consejo General del Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana se presentó informe sobre los resultados de la aplicación entrevistas a las personas aspirantes a desarrollar la función Capacitadores/as Asistentes Electorales Locales durante el Proceso Electoral Local 2024 con motivo de la emisión de la cuarta convocatoria general el 27 xx xxxx de la presente anualidad.
XXXIII. El 28 xx xxxx de 2024, en Sesión Ordinaria el Consejo General del Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana aprobó el listado de personas a contratarse para desempeñar la función de Capacitadores/as Asistentes Electorales Locales y lista de reserva para el Proceso Electoral Local 2024 como resultado de la emisión de la cuarta convocatoria.
XXXIV. El 27 xx xxxx de 2024, en Sesión Extraordinaria de la Comisión de Capacitación y Organización Electoral se aprobó el presente proyecto de acuerdo.
Por lo anteriormente expuesto y,
C O N S I D E R A N D O
PRIMERO. Que el artículo 41, Base V, Apartado C de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, dispone que en las entidades federativas, las elecciones locales y, en su caso, las consultas populares y los procesos de revocación de mandato, estarán a cargo de los Organismos Públicos Locales, que ejercerán funciones en las siguientes materias: 1. Derechos y acceso a las
prerrogativas de los candidatos y partidos políticos; 2. Educación cívica; 3. Preparación de la Jornada Electoral; 4. Impresión de documentos y la producción de materiales electorales; 5. Escrutinios y cómputos en los términos que señale la Ley; 6. Declaración de validez y el otorgamiento de constancias en elecciones locales; 7. Computo de la elección del titular del poder ejecutivo; 8. Resultados preliminares; encuestas o sondeos de opinión; observación electoral, y conteos rápidos; 9. Organización, desarrollo cómputo y declaración de resultados en los mecanismos de participación ciudadana que presea la legislación local; 10. Todas las no reservadas al Instituto Nacional Electoral, y 11. Las que determine la Ley respectiva.
SEGUNDO. Que el artículo 116, base IV, inciso c), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que las autoridades que tengan a su cargo la organización de las elecciones y las jurisdiccionales que resuelvan las controversias en la materia, gocen de autonomía en su funcionamiento e independencia en sus decisiones.
TERCERO. Que el artículo 116, segundo párrafo, fracción IV, inciso c), numeral 1 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, señala que los organismos públicos locales electorales contarán con un órgano de dirección superior integrado por un consejero presidente y seis consejeros electorales, con derecho a voz y voto; el secretario ejecutivo y los representantes de los partidos políticos concurrirán a las sesiones sólo con derecho a voz; cada partido político contará con un representante en dicho órgano.
CUARTO. Que de acuerdo con el artículo 98, párrafos 1 y 2 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, los Organismos Públicos Locales, como lo es este Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de San Xxxx Potosí, están dotados de personalidad jurídica y patrimonio propios; gozarán de
autonomía en su funcionamiento e independencia en sus decisiones, en los términos previstos en la Constitución, la Ley en cita, las constituciones y leyes locales; serán profesionales en su desempeño; se regirán por los principios de certeza, imparcialidad, independencia, legalidad, máxima publicidad y objetividad; y son autoridad en la materia electoral, en los términos que establece la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley General de referencia y las leyes locales correspondientes.
QUINTO. Que el artículo 99 numeral 1 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales señala que los Organismos Públicos Locales contarán con un órgano de dirección superior integrado por una Consejera o un Consejero Presidente y seis Consejeras y Consejeros Electorales, con derecho a voz y voto; la Secretaria o el Secretario Ejecutivo y representantes de los partidos políticos con registro nacional o estatal, quienes concurrirán a las sesiones solo con derecho a voz.
SEXTO. Que el artículo 1 del Reglamento de Elecciones del Instituto Nacional Electoral establece que la normatividad en mención es aplicable, de observancia general y obligatoria para los Organismos Públicos Locales de las entidades federativas, por lo que, los consejeros electorales del Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana en el ámbito de su competencia son responsables de garantizar su cumplimiento.
SÉPTIMO. El artículo 30 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Xxxx Potosí, establece que el sufragio es el derecho que otorga la Ley a los ciudadanos para participar en la vida política del Estado y constituye un deber cívico y legal que se ejerce a través del voto para expresar la voluntad soberana del individuo. El voto deberá ser libre, universal, secreto y directo. Las autoridades garantizarán la libertad y secreto de este. Los ciudadanos potosinos que residan en
el extranjero podrán ejercer su derecho al voto en la elección de Gobernador del Estado, en los términos que disponga la Ley Electoral del Estado de San Xxxx Potosí.
OCTAVO. Que de acuerdo con los artículos 31 de la Constitución Política del Estado de San Xxxx Potosí y 35 de la Ley Electoral del Estado, el Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana es un organismo de carácter permanente, autónomo, independiente en sus decisiones y funcionamiento; con personalidad jurídica y patrimonio propios, autoridad electoral en el Estado. Será profesional en su desempeño; encargado de vigilar el cumplimiento de las disposiciones constitucionales y reglamentarias de la materia electoral; de preparar, desarrollar y vigilar los procesos electorales estatales y municipales; así como los procesos de elección e integración de los organismos de participación ciudadana municipales y las consultas ciudadanas en el Estado conforme a las leyes respectivas.
NOVENO. Que el artículo 3, fracción II, inciso a), de la Ley Electoral del Estado establece que corresponderá al Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana aplicar las disposiciones generales que en ejercicio de las facultades le confiere la Constitución Federal y la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, así como, las reglas, los lineamientos, los criterios y los formatos que establezca el Instituto Nacional Electoral.
DÉCIMO. El artículo 36 de la Ley Electoral del Estado, señala que el Consejo para el eficaz cumplimiento de sus funciones, contará con los órganos centrales, ejecutivos y técnicos establecidos en la presente Ley y la estructura organizacional que apruebe el Consejo General.
DÉCIMO PRIMERO. El artículo 45 de la Ley Electoral del Estado, dispone que el Consejo General es el órgano superior de dirección, responsable de vigilar el
cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales en materia electoral, así como de velar porque los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, máxima publicidad, equidad, paridad, y objetividad guíen todas las actividades del Consejo, las cuales se realizarán con perspectiva de género.
DÉCIMO SEGUNDO. Que el artículo 49, fracción I, inciso a) de la Ley Electoral del Estado, dispone que el Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana tiene la facultad de dictar las previsiones normativas y procedimentales necesarias, para hacer efectivas las disposiciones de la referida ley.
DÉCIMO TERCERO. Que en el Manual de Reclutamiento, Selección y Contratación de Supervisoras/es Electorales y Capacitadoras/es-Asistentes Electorales de la Estrategia de Capacitación y Asistencia Electoral 2023-2024 (ECAE 2023-2024) del Instituto Nacional Electoral, se implementa un modelo de reclutamiento, selección y contratación de SE y CAE locales operado en su totalidad por el OPL.
DÉCIMO CUARTO. Que de conformidad con el Manual de Reclutamiento, Selección y Contratación de Supervisoras/es Electorales y Capacitadoras/es- Asistentes Electorales el día 16 xx xxxxx de la presente anualidad en Sesión Extraordinaria el Consejo General del Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana aprobó la emisión de la Convocatoria para participar como Supervisor/a Electoral Local o Capacitador/a Asistente Electoral Local en el Proceso Electoral Local 2024.
DÉCIMO QUINTO. Que durante el periodo del 18 xx xxxxx al 27 xx xxxxx de 2024 se llevó a cabo la implementación de la primera convocatoria para el Reclutamiento, Selección y Contratación de Supervisoras/es Electorales y Capacitadoras/es- Asistentes Electorales misma que considero las etapas dispuestas en la ECAE 2023
-2024.
DÉCIMO SEXTO. El día 15 xx xxxxx del presente en Sesión Ordinaria del Consejo General del Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana, se aprobó el acuerdo mediante el cual se consideraría a las personas aspirantes a supervisores/as electorales locales y capacitadores/as asistentes electorales locales que tengan calificación menor a 6.000 (seis) para integrarlas a la lista que pasó a la entrevista; en aquellos municipios que no cuenten con el número de aspirantes requeridos.
DÉCIMO SÉPTIMO. Que el día 19 xx xxxxx de 2024, en Sesión Extraordinaria el Consejo General del Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana, aprobó la emisión de la Segunda Convocatoria para participar como Supervisor/a Electoral Local o Capacitador/a Asistente Electoral Local en el Proceso Electoral Local 2024.
DÉCIMO OCTAVO. Que el día 27 xx xxxxx del presente en Sesión Extraordinaria del Consejo General del Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana, se aprobó el listado de personas que se contratarán para desempeñar la función de Supervisores/as Electorales Locales y Capacitadores/as Asistentes Electorales Locales y lista de reserva para el Proceso Electoral Local 2024.
DÉCIMO NOVENO. Así mismo y derivado de la emisión de la Segunda Convocatoria el día 27 xx xxxxx del presente se llevó a cabo la aplicación del examen general de conocimientos, habilidades y actitudes correspondiente en un horario de 09:00 a 11:00 en las sedes establecidas para tal efecto, la actividad fue coordinada por las personas integrantes de los OED en atención a lo establecido en el Lineamiento para el reclutamiento, selección y contratación de Supervisoras/es Electorales (SEL) y Capacitadoras/es-Asistentes Electorales Locales (CAEL).
Las personas participantes que cumplieron con los requisitos legales y administrativos emitidos en la convocatoria fueron 338, de las cuales 186 asistieron a presentar el examen correspondiente.
VIGÉSIMO. Que derivado de la emisión de la segunda convocatoria los días 28 y 29 xx xxxxx del presente se llevó a cabo la aplicación de entrevistas a 186 personas interesadas en participar como SEL y CAEL en el Proceso Electoral Local 2024.
VIGÉSIMO PRIMERO. Derivado de lo anterior el 30 xx xxxxx de 2024, en Sesión Extraordinaria el Consejo General del Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana, aprobó el listado de personas a contratarse para desempeñar la función de Supervisores/as Electorales Locales y Capacitadores/as Asistentes Electorales Locales y lista de reserva para el Proceso Electoral Local 2024 como resultado de la emisión de la segunda convocatoria.
VIGÉSIMO SEGUNDO. Es así que una vez aprobado el listado de personas a contratarse en los organismos electorales locales desconcentrados que contaban con vacantes de la figura de Capacitador/a Asistente Electoral Local se advierte que el número resulta insuficiente por lo que el 7 xx xxxx de 2024, en Sesión Ordinaria el Consejo General del Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana, aprobó la emisión de la tercera Convocatoria General para participar como Capacitador/a Asistente Electoral Local en el Proceso Electoral Local 2024.
VIGÉSIMO TERCERO. Que durante el periodo del 7 al 14 xx xxxx del presente se llevó a cabo el procedimiento de reclutamiento, selección y contratación de personas interesadas en desempeñar la función de Capacitador/a Asistente Electoral Local con las etapas previstas en el Manual correspondiente. Resultando con ello el registro de 102 personas interesadas de las cuales 72 aplicaron el
examen el domingo 12 xx xxxx del presente y 71 de ellas fueron entrevistadas durante los días 13 y 14 del mes antes referido.
Finalmente, derivado de esta convocatoria se advierte que aún existe una vacante en el municipio xx Xxxxxxx mientras que, en los municipios restantes la lista de reserva que se tiene es insuficiente.
Por ello el 19 xx xxxx de 2024, en Sesión Extraordinaria de la Comisión de Capacitación y Organización Electoral se aprobó la emisión de la cuarta Convocatoria General para participar como Capacitador/a Asistente Electoral Local en el Proceso Electoral Local 2024.
Es así que durante el periodo del 19 al 27 xx xxxx del presente se llevó a cabo la implementación de todas las etapas previstas en el Lineamiento para el reclutamiento, selección y contratación de Supervisoras/es Electorales (SEL) y Capacitadoras/es-Asistentes Electorales Locales (CAEL).
Las personas interesadas en participar en esta convocatoria fueron 74, de las cuales
40 aplicaron el examen de habilidades y conocimientos y 40 asistieron a la entrevista correspondiente.
VIGÉSIMO CUARTO. Que la Estrategia de Capacitación y Organización Electoral para el Proceso Electoral 2024 aprobada por el Consejo General del Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana define la metodología que el Consejo y cada uno de los 73 Organismos Electorales Desconcentrados deberán implementar para el reclutamiento, selección, contratación y capacitación de las y los SEL y CAEL que participarán en el Proceso Electoral 2024.
VIGÉSIMO QUINTO. Que para la contratación de figuras Capacitadoras Asistentes Electorales Locales se presentará el resultado obtenido en la evaluación integral cada una de las personas aspirantes, con base en lo siguiente:
Los porcentajes que se toman en cuenta para la evaluación integral son:
EXAMEN 60% - ENTREVISTA 40%
La calificación mínima aprobatoria en la evaluación integral es de 6.000 (seis).
Se obtendrán dos listados con base en el medio determinado por el órgano colegiado o de vigilancia de cada OPL: uno para SEL y otro para CAEL. En ambos casos serán contratadas aquellas personas que hayan obtenido las calificaciones más altas en la lista de resultados, en orden decreciente, en una sola lista o de acuerdo con las listas diferenciadas. Para ello, se realizarán los cálculos utilizando tres decimales.
En caso de que en algún Distrito Electoral Local no se cubra el número de vacantes para cada figura, el órgano colegiado o de vigilancia del OPL tomará la decisión de seleccionar a las personas aspirantes que hayan obtenido calificación menor a
6.000 (seis) o, si es necesario, se emitirá una nueva convocatoria.
VIGÉSIMO SEXTO. Como resultado de la aplicación de la evaluación integral de la cuarta convocatoria se advierte que no se cuenta con el número de personas requeridas para cubrir las vacantes existentes, ni para generar lista de reserva que pueda cubrir las eventuales vacantes de CAEL. Por tanto, resulta necesario que se considere a las personas que hayan obtenido calificación menor a 6.000 (seis) en su evaluación integral para cubrir los espacios ya señalados.
Por la anteriormente expuesto es que este Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana procede a emitir el siguiente:
ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL CONSEJO ESTATAL ELECTORAL Y DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA, POR MEDIO DEL CUAL SE APRUEBA EL LISTADO DE PERSONAS QUE SE CONTRATARÁN PARA DESEMPEÑAR LA FUNCIÓN DE CAPACITADORES/AS ASISTENTES ELECTORALES LOCALES Y LISTA DE RESERVA DE LA CUARTA CONVOCATORIA GENERAL PARA EL PROCESO ELECTORAL LOCAL 2024
PRIMERO. El Consejo General del Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana es competente para conocer y pronunciarse sobre el presente asunto de conformidad con lo establecido en los artículos 3, fracción II, inciso a), 49, fracción I, inciso a); y demás relativos aplicables de la Ley Electoral del Estado.
SEGUNDO. El Consejo General del Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana APRUEBA EL LISTADO DE PERSONAS QUE SE CONTRATARÁN PARA DESEMPEÑAR LA FUNCIÓN DE CAPACITADORES/AS ASISTENTES ELECTORALES LOCALES Y LISTA DE RESERVA DE LA CUARTA CONVOCATORIA PARA EL PROCESO ELECTORAL LOCAL 2024, documento
adjunto al presente acuerdo como ANEXO 1.
TERCERO. El Consejo General del Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana APRUEBA QUE LAS PERSONAS PARTICIPANTES QUE HAYAN OBTENIDO CALIFICACIÓN MENOR A 6.000 (SEIS) EN LA EVALUACIÓN INTEGRAL PUEDAN SER CONTRATADAS EN ORDEN DE PRELACIÓN PARA DESEMPEÑAR LA FUNCIÓN DE CAPACITADORES/AS ASISTENTES ELECTORALES LOCALES O FORMAR PARTE DE LA LISTA DE RESERVA.
CUARTO. El Consejo General del Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana APRUEBA QUE LA LISTA DE RESERVA QUE SE GENERE COMO RESULTADO DE LA EMISIÓN DE LA CUARTA CONVOCATORIA SE INTEGRE
DE MANERA CONSECUTIVA Al FINAL DE LA LISTA DE RESERVA APROBADA MEDIANTE ACUERDO CG/2024/MAY/301 DEL CONSEJO GENERAL DEL CONSEJO ESTATAL ELECTORAL Y DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA, DE FECHA 15 XX XXXX DE 2024.
QUINTO. El inicio de funciones del personal que se desempeñe como Capacitadores/as Asistentes Electorales Locales será a partir del 29 xx xxxx y hasta el 15 xx xxxxx del presente.
SEXTO. Se instruye a la Secretaría Ejecutiva de este Consejo Electoral y de Participación Ciudadana para que notifique el presente acuerdo a las y los integrantes del Consejo General que no hayan estado presentes en el momento de su aprobación.
SÉPTIMO. Se instruye a la Secretaria Ejecutiva, a la Dirección Ejecutiva de Capacitación Electoral, Educación Cívica y Participación Ciudadana, a la Dirección de Recursos Humanos, a las a las 15 Comisiones Distritales Electorales y a los 58 Comités Municipales Electorales del Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana, para que se realice el procedimiento de contratación y capacitación del Listado de Capacitadores/as Asistentes Electorales Locales aprobados en el presente acuerdo; lo anterior de conformidad a los procedimientos administrativos establecidos en el organismo.
OCTAVO. Se instruye a la Secretaría Ejecutiva del Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana para que, por su conducto se le dé máxima publicidad al presente, para los efectos legales conducentes y se publique en la página oficial del organismo xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx y en los estrados del mismo.
NOVENO. Se ordena a la Dirección Ejecutiva de Capacitación Electoral, Educación Cívica y Participación Ciudadana, a la Unidad de Transparencia, a la Dirección de Comunicación Electoral, a la Dirección de Sistemas, a las 15 Comisiones Distritales Electorales y a los 58 Comités Municipales Electorales llevar a cabo la difusión del listado de personas designadas como Capacitadores/as Asistentes Electorales Locales para el Proceso Electoral Local 2024.
DÉCIMO. Se instruye a la Secretaría Ejecutiva del Consejo a efecto de que notifique el presente acuerdo al Instituto Nacional Electoral; a las y los titulares de las Direcciones Ejecutivas de Administración y Finanzas, y Jurídica; de las Direcciones Ejecutivas de Capacitación Electoral, Educación Cívica y Participación Ciudadana; de Organización Electoral; de Comunicación Electoral; de Recursos Humanos; así como de la Unidad Transparencia; a las 15 Comisiones Distritales Electorales y los 58 Comités Municipales Electorales de esta entidad federativa, para los efectos conducentes.
DÉCIMO PRIMERO. El presente acuerdo entrará en vigor al momento de su aprobación por el Consejo General del Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana.
El presente acuerdo fue aprobado por unanimidad de votos por el Consejo General del Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana en Sesión Ordinaria de fecha 28 veintiocho xx xxxx del año 2024 dos mil veinticuatro.