Coyaima, junio de 2016 Señores OP&S Construcciones S.A. ESP
Coyaima, junio de 2016
Señores
OP&S Construcciones S.A. ESP
Ref. Queja por cobro excesivo del servicio de GAS Domiciliario
XXXX XXXXX YATE XXXXXXX, identificada con cedula de ciudadanía No. 39.735.379, actuando en nombre propio y en mi condición de simple ciudadana me dirijo a usted de manera respetuosa, en ejercicio del artículo 23 de la Constitución Política en concordancia con el artículo 152 de la ley 142 de 1994,conforme a las siguientes,
CONSIDERACIONES
1.- Soy residente del Municipio de Coyaima (Tol.), arrendataria de la casa ubicada en la carrera 4 Salida Chaparral Barrio las Brisas, y USUARIA del servicio de gas natural que presta la empresa OP&S Construcciones S.A. ESP.
2.- Es mi interés manifestarle que VIVO con tres personas EN LA CASA y el servicio de gas natural se instaló el mes de septiembre de 2015.
3.- Durante los meses de septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2015 y enero, febrero y marzo de 2016 el cobro de consumo fue por valor que oscilaba entre los $10.000 y los $ 10.700.
4.- En el mes xx xxxxx de 2016 llegó el cobro de consumo por valor de $34.046. menos el subsidio otorgado por valor de $15.974 pagándose un total de $18.070.
5.- En el mes xx xxxx de 2016 llegó el cobro de consumo por valor de $30.653 menos el subsidio otorgado por valor de $12.411 pagándose un total de $18.240.
6.- En el mes xx xxxxx de 2016, llegó el cobro de consumo por valor de $38.325 menos el subsidio otorgado por valor de $16.326 pagándose un total de $22.000.
7. Que a mi juicio y conociendo las tablas de cobro de otras municipalidades, considero que se está realizando un abuso excesivo en los valores que ha fijado la empresa de servicios públicos frente al cobro de consumo del servicio de GAS natural.
12.- Que si se revisan las tasa de cobro, se pude observar irregularidad en cuanto al cobro de los subsidios otorgados y su tasación y concesión son arbitrarios irracionales si se comparan entre el mes a mes, cuando a pesar de llegar a la misma tasa de consumo, se generan el otorgamiento de distintos subsidios lo que no tiene justificación alguna.
13.- En razón de lo expresado, me siento como usuario afectada, debido que en mi sentir, la empresa OP&S Construcciones S.A. ESP cruza los límites y proporciones razonables de cobro del servicio y esto afecta considerablemente el bolsillo de los usuarios, quienes somos personas de escasos recursos económicos.
14. Que nada justifica el cobro excesivo no sustentado de los valores de la factura, y no existen razones para que llegue tan elevado el valor de la misma ni para que se incremente desproporcionadamente de mes a mes.
PETICION
1.- Solicito respetuosamente que procedan a revisar la tasa de cobros excesivos que se están causando en la actualidad por concepto CONSUMO del servicio de gas natural, dado que se está generando un grave perjuicio al bolsillo de los usuarios.
2.- Que a futuro no se continúe atropellando arbitrariamente a los consumidores, con el cobro excesivo e irreal de valores que se reflejan en las facturas de cobro.
FUNDAMENTO JURIDICO Y JURISPRUDENCIAL
Artículo 23 CONSTITUCION POLITICA
Artículo 23. Toda persona tiene derecho a presentar peticiones respetuosas a las autoridades por motivos de interés general o particular y a obtener pronta resolución. El legislador podrá reglamentar su ejercicio ante organizaciones privadas para garantizar los derechos fundamentales.
ARTÍCULO 14. DE LA LEY 1437 DE 2011
Artículo 14. TÉRMINOS PARA RESOLVER LAS DISTINTAS MODALIDADES DE PETICIONES.<Artículo modificado por el artículo 1 de la Ley 1755 de 2015. El nuevo texto es el siguiente:> Salvo norma legal especial y so pena de sanción disciplinaria, toda petición deberá resolverse dentro de los quince (15) días siguientes a su recepción. Estará sometida a término especial la resolución de las siguientes peticiones:
1. Las peticiones de documentos y de información deberán resolverse dentro de los diez (10) días siguientes a su recepción. Si en ese lapso no se ha dado respuesta al peticionario, se entenderá, para todos los efectos legales, que la respectiva solicitud ha sido aceptada y, por consiguiente, la administración ya no podrá negar la entrega de dichos documentos al peticionario, y como consecuencia las copias se entregarán dentro de los tres (3) días siguientes.
2. Las peticiones mediante las cuales se eleva una consulta a las autoridades en relación con las materias a su cargo deberán resolverse dentro de los treinta (30) días siguientes a su recepción.
PARÁGRAFO. Cuando excepcionalmente no fuere posible resolver la petición en los plazos aquí señalados, la autoridad debe informar esta circunstancia al interesado, antes del vencimiento del término señalado en la ley expresando los motivos de la demora y señalando a la vez el plazo razonable en que se resolverá o dará respuesta, que no podrá exceder xxx xxxxx del inicialmente previsto.
Artículo 152 de la ley 142 de 1994.
Artículo 152. Derecho de petición y de recurso. Es de la esencia del contrato de servicios públicos que el suscriptor o usuario pueda presentar a la empresa peticiones, quejas y recursos relativos al contrato de servicios públicos.
Las normas sobre presentación, trámite y decisión de recursos se interpretarán y aplicarán teniendo en cuenta las costumbres de las empresas comerciales en el trato con su clientela, de modo que, en cuanto la ley no disponga otra cosa, se proceda de acuerdo con tales costumbres.
En los términos planteados dejo plasmada mi queja contra su empresa.
Cordialmente,
XXXX XXXXX YATE XXXXXXX
C.C. 39.735.379
Dirección: carrera 4 Xxxxxx Xxxxxxxxx Barrio las Brisas
Tel.0000000000