Contract
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DE LAS OBRAS DEL PROYECTO DE MEJORA Y MODERNIZACIÓN DE LA ZONA REGABLE DE LA CUENCA DEL BARBATE (CÁDIZ)
Objeto del Contrato.
El contrato a que se refiere el presente pliego tiene por objeto la ejecución de las obras de Mejora y Modernización de la Zona Regable de la Cuenca del Barbate contemplados en el proyecto redactado por el Ingeniero Técnico Xxxxxxxx Xxxxxx Armario Xxxxxxxxx y aprobado por la Dirección General de Regadíos y Estructuras Agrarias mediante Resolución del 5 de noviembre de 2009. Dicha resolución fue aprobada por la Junta General Ordinaria de esta Comunidad de Usuarios Ingeniero Xxxxxxx Xxxx, celebrada el día 30 de Noviembre de 2009.
I. Presupuesto de licitación.
El presupuesto de licitación fijado por la Comunidad de Usuarios Ingeniero Xxxxxxx Xxxx es de 1.976.555,40 €, correspondiendo en concepto de Impuesto sobre el Valor Añadido (I.V.A) la cantidad de 272.628,34 €. El resto del presupuesto se desglosa en los siguientes conceptos: Ejecución Material 1.419.939,22 €, Gastos Generales (14%) 198.791,49 € y Beneficio Industrial (6%) 85.196,35 €.
Las obras cuentan con una subvención de 1.149.206,54 euros, que se financia con cargo a los presupuestos de la Comunidad Autónoma de Andalucía y que será objeto de confinanciación al 70% por Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), ya que estas ayudas quedan englobadas dentro de la medida 125, “Infraestructuras relacionadas con el desarrollo u adaptación de la agricultura y la silvicultura”, del eje 1 del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía. La financiación de la parte no subvencionada de las obras, correrá por cuenta de los fondos propios de la Comunidad de Usuarios Ingeniero Xxxxxxx Xxxx.
II. Plazo de ejecución.-
Las Obras objeto de este pliego tienen un plazo de ejecución de doce (12) meses a contar a partir del inicio de la obra. Comenzando la ejecución del contrato con el acta de comprobación del Replanteo, que se efectuará como máximo en el plazo de un (1) mes desde la fecha de formalización del Contrato en el ejercicio correspondiente.
III. Proposición de los interesados.
Las proposiciones serán a la baja y se ajustara al modelo establecido en el presente pliego. Su presentación presume la aceptación incondicionada por el empresario de la totalidad de las cláusulas contenidas en el mismo sin salvedad alguna.
En las proposiciones de los interesados deberá indicarse, como partida independiente, el importe del Impuesto sobre el Valor añadido que deba ser repercutido.
Se acompañaran en sobre aparte los siguientes documentos:
a) Los que acrediten la personalidad jurídica del empresario y en su caso su representación.
Personas físicas: Documento Nacional de Identidad.
Personas jurídicas: Escritura de constitución o modificación inscrita en el Registro Mercantil, acompañada de la escritura de poder bastanteada por el Secretario de la Corporación.
b) Resguardo acreditativo de haber constituido la garantía provisional.
c) Solvencia económica y financiera.
Podrá acreditarse por uno o ambos de los siguientes medios:
- Informe de instituciones financieras o, en su caso, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por los riesgos profesionales.
- Declaración relativa a la cifra de negocios realizados por la empresa en el curso de los tres últimos ejercicios.
d) Solvencia técnica o profesional.
Podrá acreditarse por uno o ambos de los siguientes medios:
- Relación de las obras ejecutadas en el curso de los últimos cinco años acompañada de certificados de la buena ejecución para las más importantes.
- Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que dispondrá el empresario para la ejecución de las obras.
e) Acreditación de no estar incurso en las prohibiciones para contratar.
Conforme al artículo 49 y 50 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
f) Documentación acreditativa de que la empresa esta al corriente de sus obligaciones tributarias.
La citada acreditación podrá realizarse mediante Certificado de las Delegaciones de Hacienda Estatal y Autonómica.
g) Documentación acreditativa de que la empresa está al corriente en sus obligaciones de Seguridad Social.
La citada acreditación podrá realizarse mediante Certificado expedido por la Tesorería Territorial de la Seguridad Social.
h) Clasificación de las empresas en los grupos.
Los licitadores deberán acreditar estar clasificados en los siguientes grupos, subgrupos y categorías:
Grupo A, subgrupo 1, categoría a. Grupo E, subgrupo 7, categoría e. Grupo I subgrupo 9, categoría b. Grupo J, subgrupo 5, categoría c.
Conforme al artículo 71, 72 y 73 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
i) Para las empresas extranjeras la declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden.
Para todas las incidencias que de modo directo o indirecto puedan surgir del Contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
Empresarios no españoles de Estados miembros de la Comunidad Europea:
Presentaran los siguientes documentos:
1) Acreditación de su inscripción en un registro profesional o comercial cuando sea requisito exigido por la legislación de su Estado.
2) Acreditación de solvencia económica, financiera, técnica o profesional por los medios indicados.
3) La declaración responsable de no estar incursa en prohibición para contratar conforme a. conforme al artículo 49 y 50 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
4) Los documentos señalados en los apartados b,f,g y h.
Empresarios extranjeros no comunitarios.
Presentarán los siguientes documentos:
1) Acreditación de su capacidad para contratar conforme a la legislación de su Estado, mediante certificado expedido por la Embajada de España.
2) Informe de la respectiva representación diplomática española de que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración, en forma sustancialmente
análoga.
Tener abierta sucursal en España con designación de apoderados para sus operaciones.
Inscripción en el Registro Mercantil.
Los documentos señalados en los apartados b, c, d, e, f, g y h.
IV. Exigencia en la presentación de documentos.
Todos los documentos se presentarán en originales o en fotocopias certificadas por Notario o diligenciadas de cotejo, por el Sr. Secretario General de la Comunidad. Los empresarios extranjeros presentarán los documentos traducidos de forma oficial al castellano.
V. Garantía provisional.
Asciende a 39.531,08 Euros y habrá de ser constituida en alguna de las formas previstas para la definitiva. Se depositará en la Caja de esta Corporación.
VI. Uniones temporales de empresas.
Cuando dos o más empresas presenten ofertas conjuntas de licitación constituyendo una agrupación temporal, cada una acreditará su personalidad y capacidad, debiendo indicar los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriban y designar a la persona que durante la vigencia del contrato ha de obtener la representación de todos frente a la Administración. La formalización de las mismas en escritura pública no será necesaria hasta que se haya efectuado la adjudicación a su favor.
VII. Lugar y plazo de presentación de las proposiciones.
Las proposiciones u ofertas deberán estar entregadas en sobre cerrado antes de las 14:00 horas del día 27 de enero de 2010 (incluidas las ofertas recibidas por correo ordinario). Y la presentación será en el Registro General de esta Comunidad en horario de 10 a 14 h.
VIII. Forma y procedimiento de adjudicación.
La adjudicación del Contrato se llevará a cabo mediante procedimiento abierto y en forma de subasta de adjudicación al mejor postor.
La Mesa de Contratación estará constituida por:
Presidente: presidente de la Comunidad ó de la Junta de Gobierno. Vocales 1: miembro de la Xxxxx xx Xxxxxxxx xx xx Xxxxxxxxx.
Xxxxxxx 0: miembro de la Junta de Gobierno de la Comunidad. Vocal de la Delegación Provincial de Agricultura y Pesca.
El Secretario: D. Xxxxxxx Xxxx Xxxxxxxxx
Los documentos presentados en tiempo y forma y procederá, en acto público, a la apertura de las ofertas admitidas. El acto de apertura de las proposiciones económicas tendrá lugar al día siguiente que termine el plazo de presentación de proposiciones, a las 12,00 horas, en la Sala de Juntas de esta Comunidad.
IX. Notificación de la Adjudicación y garantía definitiva.
Adjudicada definitivamente la obra se le notificará ésta al contratista y se le requerirá al mismo tiempo para que en el improrrogable plazo de 15 días hábiles constituya la garantía definitiva por importe del 4% del precio de adjudicación, y en una de las formas previstas de las que se detallan:
En metálico, en valores públicos o en valores privados avalados por el Estado, por la Comunidad Autónoma, por la Comunidad contratante o por alguna de las entidades relacionadas, con sujeción, en cada caso, a las condiciones que puedan reglamentariamente establecerse mediante aval prestado, en la forma y condiciones reglamentarias, por alguno de los Bancos, Cajas de Ahorros, Cooperativas de Crédito y Sociedades de Garantía Recíproca autorizados para operar en España.
Los avales deberán haber sido intervenidos por notario o en su defecto que el correspondiente poder haya sido bastanteado por el Secretario de la Corporación.
Por contrato de seguro de caución celebrado en la forma y condiciones que reglamentariamente se establezcan, con entidad aseguradora autorizada para operar en el ramo de caución.
La garantía se depositará en la Caja de esta Corporación se presentará fotocopia del resguardo de constitución en la Sección de Contratación de obras.
Cuando se hicieran efectivas x xxxxx de la fianza cualquier tipo de penalidades o indemnizaciones al adjudicatario, deberá reponerla en el mismo plazo en la cuantía que corresponda.
Cuando a consecuencia de la modificación del Contrato, el valor de la obra contratada experimente variación, se reajustará la garantía constituida, en el mismo plazo de 15 días hábiles, y en la cuantía necesaria para que se mantenga la debida proporción con el presupuesto en cada momento.
La no acreditación en el plazo indicado por el adjudicatario de la constitución de la garantía definitiva, dará lugar a que esta Comunidad proceda a resolver el correspondiente Contrato y adjudicar al licitador siguiente por orden de su oferta, contando con la conformidad del mismo.
X. Formalización del contrato.
Los contratos de la Comunidad se formalizarán en documento administrativo dentro del plazo de treinta días a contar desde el siguiente al de la notificación de la adjudicación, constituyendo dicho documento titulo suficiente para acceder a cualquier registro público, pudiendo, no obstante, elevarse a escritura pública cuando lo solicite el contratista, siendo a su xxxxx los gastos derivados de su otorgamiento.
Salvo las excepciones establecidas en la Ley, será requisito necesario para su formalización la prestación por el empresario de la garantía prevista como salvaguarda de los intereses públicos.
La ejecución del Contrato no podrá iniciarse sin la previa formalización.
XI. Comprobación del replanteo.
La ejecución del contrato de las obras comenzará con el Acta de comprobación del replanteo, que se efectuará en el plazo de un mes, desde la fecha de su formalización.
XII. Ejecución del contrato.
El contratista está obligado a cumplir el contrato dentro del plazo total fijado para la realización del mismo con estricta sujeción a las cláusulas de este Pliego, al Proyecto y a las instrucciones del director de las obras que deberán ser ratificadas por escrito cuando fueran de carácter verbal.
Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiere incurrido en demora respecto al cumplimiento del plazo total, la Comunidad podrá optar indistintamente por la resolución del contrato o por la imposición de las penalidades diarias en la proporción de 0,20 euros por cada 1.000 euros del precio contratado, de acuerdo con lo establecido según el artículo 196 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
XIII. Certificaciones.
La Comunidad tendrá la obligación de abonar el precio dentro de los sesenta días siguientes a la fecha de expedición de las certificaciones previamente aprobadas por la Junta de Gobierno de la Comunidad y expedida por el técnico director de obra.
El abono de las certificaciones se considera pagos a buena cuenta sujetos a las rectificaciones que se produzcan en la medición final y liquidación de las obras.
El contratista puede ceder sus derechos de cobro siendo requisito imprescindible la notificación fehaciente a esta Comunidad del acuerdo de cesión para que el mandamiento de pago se expida en favor del cesionario.
XIV. Revisión de precios.
Debido a que el plazo de ejecución de la obra no supera un (1) año, no procede la revisión de precios, no obstante, si hubiese prorroga para la ejecución de la misma tampoco existiría revisión sobre ninguna de las unidades de obra que figuran en el proyecto.
XV. Recepción de obras.
La recepción de las obras se realizará de acuerdo con el artículo 218 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
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XVI. Plazo de garantía y devolución fianza.
El plazo de garantía se establece en UN (1) año de acuerdo con el artículo 218.3 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
XVII. Responsabilidades a que se afectan las garantías.
De las multas impuestas al adjudicatario cuando no puedan deducirse de las certificaciones.
De las obligaciones derivadas del Contrato.
De los daños y perjuicios ocasionados a la Comunidad con motivo de la ejecución, en el supuesto de no resolución.
De la incautación decretada en caso de resolución de Contrato.
XVIII. Resolución del contrato.
Originará siempre la resolución del contrato las siguientes causas:
- Falta de constitución de la garantía.
- Declaración en cualquier procedimiento de quiebra, concurso de acreedores o insolvente fallido.
- En los restantes casos establecidos en el artículo 206 y 207 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, será potestativo para aquella parte a
la que no le sea imputable la circunstancia que diere lugar a la misma.
XIX. Pactos a que está obligado el adjudicatario.
Será obligación del adjudicatario, derivada de la adjudicación definitiva, pagar el importe de los anuncios y cuantos otros gastos se originen con motivo de los trámites preparatorios y de formalización del contrato, incluso honorarios xx Xxxxxxx autorizante cuando intervenga, Impuesto de Actos Jurídicos documentados e I.V.A., ya señalado anteriormente, licencia municipal de obras, etc., cuyos gastos no podrán repercutir sobre la Corporación contratante.
Asimismo serán también de cuenta y cargo del adjudicatario, los gastos que originen los ensayos que ordene realizar el Director de las obras para comprobación de la calidad y cantidad de los trabajos realizados y materiales empleados, hasta el 1% del presupuesto de adjudicación.
Obligaciones laborales y sociales. El adjudicatario estará obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de Seguridad Social, Seguridad e Higiene en el Trabajo y demás leyes especiales.
El contrato objeto de esta Subasta se entiende realizado a riesgo y xxxxxxx para el contratista.
Prerrogativas de la Comunidad dentro de los limites y con sujeción a los requisitos y efectos señalados en la presente Ley, el órgano de contratación ostenta la prerrogativa de interpretar los contratos administrativos, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlos por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta.
Los acuerdos correspondientes pondrán fin a la vía administrativa y serán inmediatamente ejecutivos. En el correspondiente expediente se dará audiencia al contratista.
XX. Jurisdicción.
El adjudicatario se somete a la competencia de los Jueces y Tribunales de Medina Sidonia (Cádiz), renunciando expresamente por el hecho de acudir a la convocatoria de referencia a cualquier otro fuero que pudiera corresponderle por razón de domicilio o cualquier otra circunstancia.
El contrato a que se refiere el presente pliego es de naturaleza administrativa y se regirá por la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007,
El Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, el Pliego de Prescripciones Técnicas, sus anexos, así como todos los documentos del proyecto cuyas obras son objeto de licitación, revestirán carácter contractual. Los contratos se ajustarán al contenido del
presente pliego, cuyas cláusulas se considerarán parte integrante de los respectivos contratos.
En caso de discordancia entre el presente pliego y cualquiera del resto de los documentos contractuales, prevalecerá el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, en el que se contienen los derechos y obligaciones que asumirán las partes del contrato.
El desconocimiento del presente pliego, del contrato, de sus documentos anexos, o de las instrucciones o normas de toda índole aprobadas por la Administración, que puedan ser de aplicación en la ejecución de lo pactado, no eximirá al contratista de la obligación de su cumplimiento.
Conforme
EL CONTRATISTA.
Modelo de proposición económica.
D………………………………………….., mayor de…………………….
Edad, vecino de……………………………., con domicilio en , titular del D.N.I. nº
…………………………, expedido con fecha……………………………..
en nombre propio o en representación de………………………………….
,con domicilio en……………………………………………………………
y con C.I.F………………….conforme acredito con, poder bastanteado, enterado de la subasta tramitada para adjudicar, mediante procedimiento abierto, las obras de Mejora y Modernización de la Zona Regable de la Cuenca del Barbate ejecutarlas en la forma determinada en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, en el precio de
………………………………………………………………………EUROS
En San Xxxx de Malcocinado, a de de 2010