ACUERDO ENTRE EL PARTIDO SOCIALISTA OBRERO ESPAÑOL Y ESQUERRA REPUBLICANA DE CATALUNYA PARA LA SEGUNDA FASE DEL PROCESO DE DIÁLOGO, NEGOCIACIÓN Y ACUERDO
ACUERDO ENTRE EL PARTIDO SOCIALISTA OBRERO ESPAÑOL Y XXXXXXXX REPUBLICANA DE CATALUNYA PARA LA SEGUNDA FASE DEL PROCESO DE DIÁLOGO, NEGOCIACIÓN Y ACUERDO
1. XXXXX XXXXXX Y ANTECEDENTES
El acuerdo firmado entre el Partido Socialista Obrero Español (PSOE) y Xxxxxxxx Republicana de Catalunya (ERC) para posibilitar la investidura de Xxxxx Xxxxxxx se configuró en torno al reconocimiento de la existencia de un conflicto sobre el futuro político de Catalunya y de la apertura de un proceso de búsqueda de soluciones con la creación de una mesa bilateral de diálogo, negociación y acuerdo entre gobiernos. En ese momento, se estableció la oportunidad para sentar las bases de la resolución del conflicto sobre el futuro político de Catalunya y se generó confianza en el proceso de diálogo y entre ambos partidos.
Para dar continuidad al proceso de resolución del conflicto político, el PSOE Y ERC han decidido firmar el presente acuerdo político para abrir una segunda fase en el proceso de diálogo, negociación y acuerdo y materializar las visiones que comparten ambas fuerzas en el ámbito político, económico y social.
Los firmantes realizan una evaluación positiva de su colaboración y de la primera fase de diálogo, negociación y acuerdo durante la pasada legislatura entre el Gobierno de España y el Govern de la Generalitat de Catalunya a través de la Mesa de Diálogo, Negociación y Acuerdo, particularmente en lo que se refiere a la desjudicialización del conflicto sobre el futuro político de Catalunya, a la defensa y promoción de la lengua catalana y a la progresiva normalización del diálogo político e institucional, que ahora son objetivos ampliamente compartidos a nivel político y social.
En este sentido, ambos partidos reafirman los acuerdos y logros alcanzados la pasada legislatura y que resultan imprescindibles a la hora de abordar los acuerdos que se contemplan en el presente documento y la nueva fase de diálogo y negociación. Especialmente ratifican los siguientes principios:
(i) El reconocimiento de la existencia de un conflicto sobre el futuro de Catalunya, que tiene una naturaleza eminentemente política.
(ii) La necesidad de desjudicializar dicho conflicto y de dialogar sobre posibles soluciones en un marco de negociación equilibrado para todas las partes encontrando las vías políticas y democráticas para su resolución.
(iii) Que las soluciones de fondo a las que se llegue deben ser soluciones con un amplio consenso social y parlamentario en el ámbito de Catalunya y que deben producirse respetando el principio de seguridad jurídica y los procedimientos y el ordenamiento democráticos.
(iv) El reconocimiento de la legitimidad de todas las posiciones políticas democráticas, de los derechos y garantías de las personas que las defienden, así como del compromiso con el ordenamiento estatal e internacional en materia de derechos humanos, civiles y políticos.
(v) El respeto a los símbolos y las instituciones propias de Catalunya, especialmente la lengua catalana, que es uno de los principales instrumentos de integración social y debe también tener presencia y reconocimiento en todas las instituciones del Estado y también en los organismos e instituciones internacionales, particularmente de la Unión Europea.
2. ELEMENTOS ESENCIALES DEL CONFLICTO POLÍTICO
Estos compromisos son especialmente relevantes para entrar en una etapa de resolución del conflicto sobre el futuro político de Catalunya. La situación política actual de Catalunya ha sido objeto de un debate con unas profundas raíces históricas que no pueden resumirse en este acuerdo, pero es evidente que entró en una fase especialmente crítica a partir de la sentencia del Tribunal Constitucional del año 2010 que anuló algunas disposiciones del Estatut de Autonomía de Catalunya aprobado por el Parlament y las Cortes Generales y ratificado por el pueblo catalán.
Esto llevó el debate a una situación de conflicto en el que convivían distintas legitimidades que operaron en direcciones opuestas: una legitimidad parlamentaria y popular con una voluntad manifiesta concretada en ese texto y una legitimidad institucional y constitucional, ambas imprescindibles en una democracia avanzada y en un Estado de Derecho.
Desde ese momento, las relaciones políticas e institucionales han estado marcadas por un conflicto que tiene como base tanto las diferentes concepciones de la soberanía por parte de los principales actores como la existencia de mayorías parlamentarias y aspiraciones políticas contrapuestas en Catalunya y en el conjunto de España. PSOE y ERC coinciden en que hubiera sido deseable un proceso de diálogo y de búsqueda de soluciones políticas en aquel momento, pero, lamentablemente, no se produjo.
Los acontecimientos producidos entre la sentencia del Estatut hasta el referéndum anulado por el TC de 2017 generaron una tensión institucional y social, que se agravó con el inicio de múltiples procedimientos judiciales, buena parte de los cuales, todavía hoy, siguen tramitándose.
La evolución del conflicto político, a partir sobre todo de los indultos concedidos en junio de 2021 a los principales líderes del proceso independentista, ha resultado positiva al haber favorecido la convivencia, la confianza y las garantías para impulsar la vía de la solución dialogada. Esta nueva etapa permite, ante todo, identificar correctamente los tres grandes problemas de naturaleza política del conflicto que nos ocupa:
• El debate sobre el reconocimiento nacional de Catalunya y la forma de vehicular dicho reconocimiento a través de la política, del ordenamiento jurídico y de las instituciones, respetando tanto el principio de legalidad como el principio democrático.
• Los recursos de los que debe disponer Catalunya para asegurar los derechos, la cohesión social y la prosperidad de todos sus habitantes.
• La necesidad de que los acuerdos alcanzados como resultado político del diálogo sean refrendados por la ciudadanía, lo que permitirá cerrar una cuestión pendiente, contribuir a cumplir una demanda amplia, sólida y transversal mantenida a lo largo del tiempo y favorecer un consenso sobre el futuro de Catalunya.
3. ACUERDOS DE LA SEGUNDA FASE DEL PROCESO DE DIÁLOGO, NEGOCIACIÓN Y ACUERDO
A partir de este diagnóstico y de los principios y compromisos enunciados, los firmantes consideran que es necesario dar un impulso a la nueva etapa política que ha comenzado a abrirse la pasada legislatura. En el nuevo contexto, ambas partes consideran imprescindible seguir avanzando a través de la negociación, dar continuidad a los acuerdos de la primera fase y abordar las causas, las consecuencias y las vías para encontrar una solución al conflicto político que represente a la voluntad amplia, transversal y mayoritaria de la ciudadanía de Catalunya democráticamente expresada.
En este sentido, adquieren los siguientes compromisos para la siguiente legislatura, que se desarrollarán a partir de los ámbitos parlamentarios o institucionales en los que participan ambas fuerzas:
1. Voto a favor de la investidura: todas las diputadas y diputados de ERC en el Congreso votarán favorablemente la investidura de Xxxxx Xxxxxxx como presidente del Gobierno.
2. Culminar la desjudicialización a través de la aprobación de una la ley de amnistía, para procurar la plena normalidad política, institucional y social como requisito imprescindible para afrontar un diálogo y una negociación en unas condiciones óptimas y equilibradas con las que abordar los retos del futuro inmediato.
3. Ratificar e impulsar el diálogo institucional entre gobiernos sobre el futuro político de Catalunya mediante el diálogo político e institucional a través la Mesa de Diálogo, Negociación y Acuerdo que, una vez consolidada la desjudicialización a través de la ley de amnistía, pasará a una fase de planteamiento, análisis y diálogo sobre propuestas políticas en esta materia, que debe avanzar a un ritmo constante y satisfactorio para ambas partes, incluyendo reuniones periódicas para abordar todas las propuestas y trabajar sobre mecanismos que posibiliten su viabilidad.
También debe abordar el debate sobre el modo en que los acuerdos a los que se pueda llegar sobre el marco político de Cataluña puedan ser refrendados por el pueblo catalán.
Cada ejecutivo designará a su delegación entre los miembros de los respectivos gobiernos, salvo acuerdo en contrario entre las partes.
Los presidentes de los respectivos gobiernos tendrán la capacidad de ratificar y anunciar públicamente los acuerdos.
El resto de cuestiones sobre el sistema de trabajo de la Mesa será el acordado en los textos metodológicos pactados previamente por las partes.
De forma paralela a la Mesa, se creará un espacio de negociación entre ambos partidos que cuente con un mecanismo que tenga las funciones de acompañar, verificar y realizar seguimiento de todo el proceso de negociación y de los acuerdos a los que se llegue, con el fin de que las propuestas que lleguen a la Mesa de Diálogo, Negociación y Acuerdo cuenten con un ritmo de trabajo constante y con un grado óptimos de debate y compromiso político y puedan implementarse durante la presente legislatura. A estos efectos, se designará de común acuerdo a una persona de reconocido prestigio para realizar dichas labores.
4. Implementar una agenda de reformas y transferencias con una incidencia positiva sobre el bienestar social y el progreso económico de Catalunya. A tal efecto, el presente acuerdo incluirá como anexos dos acuerdos sobre la financiación para Catalunya y sobre Rodalies.
Con el fin de poder implementar plenamente este acuerdo, las diputadas y diputados de ERC apoyarán la investidura de Xxxxx Xxxxxxx y, en paralelo al cumplimiento de los compromisos adquiridos en este acuerdo, darán estabilidad a la legislatura a través de una negociación de buena fe y de la voluntad de aprobar los principales hitos legislativos, especialmente (i) en el ámbito presupuestario y relativo a los fondos de recuperación de la Unión Europea, (ii) de los proyectos xx xxx remitido por el Gobierno a las Cortes Generales y (iii) de los Reales Decretos – ley para responder a situaciones de extraordinaria y urgente necesidad.
Además, para garantizar dicha negociación de buena fe, se informará con antelación sobre la planificación legislativa, se favorecerá el diálogo técnico y político sobre cada proyecto y se establecerán sistemas de reuniones periódicas en las que se pueda advertir sobre cumplimientos pendientes con el fin de resolverlos y seguir avanzando en el presente acuerdo.
ANEXO 1
ACUERDO ENTRE EL PARTIDO SOCIALISTA OBRERO ESPAÑOL Y XXXXXXXX REPUBLICANA DE CATALUNYA PARA CULMINAR EL TRASPASO INTEGRAL DEL SERVICIO DE RODALIES Y REGIONALS -RODALIES DE CATALUNYA- A LA GENERALITAT DE CATALUNYA
Los dos partidos reconocen la necesidad de culminar el traspaso integral del servicio de Rodalies y Regionals –Rodalies de Catalunya- a la Generalitat de Catalunya, que comenzó en 2009 y 2010
La Comisión Mixta de Transferencias Administración del Estado-Generalitat de Catalunya (CMT) adoptó sendos acuerdos de traspaso de funciones en materia de servicios de ferrocarril, de 29/12/2009 y 17/11/2010, aprobados respectivamente por el Real Decreto 2034/2009, de 30 de diciembre, sobre traspaso a la Generalitat de Catalunya de las funciones de la Administración General del Estado correspondientes al servicio de transporte de viajeros por ferrocarril de cercanías, y el Real Decreto 1598/2010, de 26 de noviembre, de traspaso a la Generalitat de Catalunya de las funciones de la Administración General del Estado correspondientes a los servicios ferroviarios regionales de transporte de viajeros sobre la red de ancho ibérico de la red ferroviaria de interés general. Los dos acuerdos de traspaso, técnicamente complejos y de especial relevancia práctica para los usuarios de los servicios, fijaron obligaciones que todavía no se han cumplido íntegramente.
De manera paralela al acuerdo de la CMT sobre el traspaso de servicios de ferrocarril de cercanías, otras comisiones paritarias adoptaron importantes acuerdos que terminaron de configurar un marco del traspaso, como la propia Comisión Bilateral Generalitat-Estado y, en particular, la Comisión Mixta de Asuntos Económicos y Fiscales Estado-Generalitat de Catalunya (CMAEF). Por otra parte, se suscribió un Convenio entre la Generalitat y Renfe-Operadora para la dirección y gestión de la prestación del servicio traspasado. A su vez, el Ministerio de Fomento, la Generalitat y el Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF) formalizaron un Acuerdo para el uso de la capacidad de la infraestructura ferroviaria.
A pesar de los acuerdos referidos y por diversas circunstancias, no se ha efectuado la transferencia anual a la Generalitat de los recursos para sufragar el déficit de los servicios traspasados.
Más recientemente, la Comisión Bilateral Generalitat-Estado acordó el 2/8/2021 constituir un grupo de trabajo para dar cumplimiento a las previsiones de la Disposición adicional 154 de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de presupuestos generales del Estado para 2021. Dicha disposición prevé que la CMAEF analice y acuerde el procedimiento para hacer efectivas las transferencias de recursos de la Administración General del Estado a la Generalitat relativas a los servicios traspasados en materia de servicios de ferrocarril de cercanías y regionales. El grupo mencionado, responsable de
adoptar acuerdos y elevarlos a la CMAEF para que se cumpla la citada disposición, celebró tres reuniones sin llegar a acuerdos.
Así mismo de conformidad con lo previsto en la disposición adicional tercera de la Ley 26/2022, de 19 de diciembre de modificación de la Ley del sector ferroviario, el Grupo de trabajo constituido para la consecución de lo establecido en la Disposición adicional 154 de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2021, debió haber concluído sus trabajos en el plazo de tres meses desde la entrada en vigor de la ley, es decir en marzo de 2023.
De todo lo expuesto, se concluye que varios compromisos pactados que formaban parte de los acuerdos vinculados al traspaso de servicios de cercanías y regionales, aprobados mediante el Real Decreto 2034/2009, de 30 de diciembre y el Real Decreto 1598/2010, de 26 de noviembre, así como lo previsto en la DA 154 de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, permanecen pendientes.
El transporte público y en concreto los servicios de cercanías ferroviarios son unos de los principales elementos de vertebración de cualquier país y elementos de cohesión entre los territorios que lo conforman. Disponer de una red de transporte ferroviario de cercanías es fundamental para garantizar derechos básicos de la ciudadanía, favorecer la cohesión y el dinamismo social y la prosperidad económica de los territorios. Para conseguir estos objetivos, el PSOE y ERC han llegado a los siguientes acuerdos:
ACUERDOS
PRIMERO – Culminar y ampliar el traspaso integral de la Administración General del Estado a la Generalitat de Catalunya, a lo largo de la presente legislatura, del servicio de transporte ferroviario de Rodalies de Catalunya.
SEGUNDO – Con la finalidad de dar cumplimiento a lo establecido en el Acuerdo primero, ambas partes establecen los siguientes acuerdos:
1. En relación al traspaso de los recursos económicos necesarios para la adecuada gestión de los servicios ferroviarios competencia de la Generalitat de Catalunya se acuerda:
A. Traspasar, durante el año 2024, los recursos económicos necesarios asociados al déficit en el que incurre Renfe del año 2023, como operador del servicio, en relación con la prestación del servicio de Rodalies Catalunya. En los años sucesivos una vez vencida la anualidad y durante el primer trimestre de cada año, se realizará el cálculo de déficit y la transferencia de recursos al titular del servicio.
Se creará un grupo de trabajo entre MITMA y el Departament de Territori que analizará también las mejoras en los servicios actuales se deben incorporar estableciendo los plazos y los costes a asumir. Entre estos
servicios cuyo coste asumirá el Ministerio se encontrarán al menos los servicios de Lleida x Xxxxxxx.
B. Fijar una fase transitoria de la transferencia de los recursos económicos necesarios, con una duración establecida de mutuo acuerdo antes de la inclusión del traspaso de recursos en el Sistema de Financiación Autonómica.
C. Incluir los mecanismos de flexibilización del cálculo para hacer frente a costes extraordinarios en la prestación del servicio.
D. Traspasar a la Generalitat los recursos necesarios para sufragar la deuda existente con Renfe relativa a los servicios prestados en el marco del Plan de Acción, que se cifra en 132.723.044 euros, fuera de los servicios acordados en el traspaso. Para ello se determinarán las fórmulas más adecuadas a tal fin, tales como su inclusión en las previsiones en los Presupuestos Generales del Estado u otras con resultados similares. El grupo de trabajo de la cláusula A deberá acordar que parte del coste del actual Plan de Acción debe pasar a formar parte de la financiación ordinaria de los servicios de transporte de Rodalies de Catalunya.
E. Asumir, por parte de la Administración General del Estado, los costes derivados de decisiones de dicha administración y, en particular, del incremento de cánones ferroviarios de ADIF de mediados del año 2017. A tal efecto, se analizará la conveniencia de modificar el convenio vigente entre ADIF y el Estado para que dicho incremento se compense a través de aportaciones a esta entidad que se incluyan en los Presupuestos Generales del Estado.
F. Establecer mecanismos reglados, vía convenios o acuerdos, o incluir en la transferencia del Apartado A a la Generalitat de Catalunya, las aportaciones para hacer frente a los costes que se puedan derivar de los planes alternativos de transporte que impliquen sobrecostes en servicios de transporte gestionados por esta Administración, cuando el Estado realice obras en la infraestructura ferroviaria que supongan la afectación a servicios ferroviarios, tanto en el marco de las obras programadas como en el caso de situaciones sobrevenidas.
2. En relación a la prestación de la operación del servicio de Rodalies de Catalunya se acuerda:
A. Constituir la empresa mercantil Rodalies Catalunya, con participación mayoritaria de la Generalitat de Catalunya, segregada de Renfe Viajeros, la cual se dotará de los recursos materiales y humanos que hoy son utilizados y necesarios para la prestación de los servicios de Rodalies en Cataluña por parte de Renfe. Esta empresa dispondrá de un consejo de administración de forma paritaria por Generalitat y AGE, y además
de estos miembros del Consejo, se nombrará un presidente con voto de calidad, también miembro del consejo, propuesto por la Generalitat. Aquellos acuerdos que sus estatutos establezcan como estratégicos se adoptaran con una mayoría cualificada del consejo . Esta empresa dispondrá de un convenio de colaboración y cooperación con Renfe que asegure la movilidad laboral entre ambas y el mantenimiento de los derechos adquiridos.
B. Asignar, en el marco del acuerdo de capacidad, los surcos necesarios para la prestación de los servicios que la Generalitat de Catalunya establezca en Rodalies Catalunya y dar cumplimento efectivo al acuerdo para la utilización de la capacidad de la infraestructura ferroviaria de Rodalies de Barcelona del 8/2/2010 y a su adenda 23/12/2010. Preferentemente se priorizarán los surcos de Rodalies de Catalunya frente al resto de servicios usuarios de la red. Además, se establecerán mecanismos técnicos que permitan que la Generalitat pueda visualizar de forma dinámica y disponer de los datos el estado de la circulación en toda la red de Rodalies de Catalunya para poder conocer la ubicación de los trenes e incidencias en tiempo real.
3. En relación a las infraestructuras ferroviarias necesarias para la prestación del servicio a la Generalitat de Catalunya, se acuerda:
A. Que el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana traspasará a la Generalitat de Catalunya la titularidad de la infraestructura ferroviaria en la que los servicios prestados sean de forma exclusiva titularidad de la Generalitat y puedan excluirse de la explotación conjunta del resto de la Red Ferroviaria de Interés General. Entre los tramos de infraestructura que serán objeto de traspaso, se incluirán al menos la línea del Maresme de la R1, la línea Papiol - L’Hospitalet – Vic - Puigcerdà de la R3 y la línea Sant Vicenç de Calders – Barcelona de la línea R2.
B. Para llevar a efecto este traspaso se constituirá una Comisión Generalitat
- Administración General del Estado que determine la adecuación o despliegue del marco normativo para hacerlo posible, y las condiciones económicas asociadas al mismo en términos de: la definición de activos infraestructurales y operativos a traspasar, las inversiones infraestructurales necesarias, los recursos económicos asociados a la renovación de activos traspasados, las necesidades económicas para cubrir el mantenimiento, así como los necesarios acuerdos que aseguren la gestión y control de la circulación ferroviaria y la garantía del cumplimiento de las normas de seguridad ferroviaria. Para determinar los tramos a traspasar, se incluirá en el análisis toda la red ferroviaria en Catalunya sin excluir ningún tramo, con el propósito de valorar también posibles traspasos futuros de tramos distintos a los del apartado A.
C. Definir los estándares de calidad en la prestación y el mantenimiento de las infraestructuras ferroviarias, y la manera que dichos estándares serán incluidos en la repercusión de los cánones ferroviarios, mediante un convenio entre ADIF y la Generalitat de Catalunya que permita establecer criterios objetivos compartidos de seguimiento y control.
D. Crear, durante el primer semestre del 2024, un organismo de seguimiento y participación en la ejecución xxx Xxx de Rodalies, así como de su actualización, en el que participe ADIF, MITMA y Generalitat de Catalunya que permita compartir el desarrollo de las actuaciones y proyectos del Plan, así como determinar las prioridades de las actuaciones a impulsar.
E. En el marco del organismo establecido en el apartado anterior, adoptar una determinación, priorización y calendarización anual de las actuaciones e inversiones infraestructurales previstas en el Pla de Rodalies de Catalunya, así como de otras actuaciones que resulten necesarias para la reposición de activos y mejora de las prestaciones de la infraestructura, en términos de capacidad, funcionalidad o calidad, a establecer de forma coordinada entre el Ministerio de Fomento, ADIF y la Generalitat de Catalunya. Y que será objeto de un compromiso vinculante de inversión para cada una de las anualidades que incluya una cláusula económica de garantía.
ANEXO 2
ACUERDO ENTRE EL PARTIDO SOCIALISTA OBRERO ESPAÑOL Y XXXXXXXX REPUBLICANA DE CATALUNYA PARA UNA MEJORA SIGNIFICATIVA DE LOS RECURSOS PÚBLICOS DESTINADOS A LA CIUDADANÍA DE CATALUNYA
En el marco de la investidura de Xxxxx Xxxxxxx como presidente del Gobierno, PSOE y ERC acuerdan los siguientes puntos esenciales relativos a la mejora de la financiación de Catalunya:
1. DIAGNÓSTICO COMÚN
● Catalunya es uno de los principales motores económicos del Estado y la tercera comunidad que más recursos aporta al Estado por habitante situándose en el entorno de la media de financiación por habitante en relación con el resto de las CCAA dependiendo de los ejercicios liquidados. Catalunya es un contribuyente neto al sistema de financiación de acuerdo con el nivel xx xxxxx de sus ciudadanos y es necesario que a su vez una reciba un nivel de financiación e inversiones suficientes.
● Catalunya ha sufrido un problema de infraejecución de inversiones en materia de infraestructuras que ha comportado que en términos de inversión real se encuentre por debajo del lugar que le correspondería en relación a sus necesidades reales.
● Algunos aspectos del actual sistema de financiación, unido a los condicionantes impuestos por la carga de la deuda que soporta Catalunya, así como a incumplimientos de las obligaciones de inversión contenidas en el Estatuto de Autonomía por anteriores ejecutivos, ha afectado a la autonomía financiera de Catalunya y a su capacidad de lograr una financiación en los mercados.
● Con datos a cierre de 2022, la deuda pública de Cataluña ascendía a 84.518 millones, de los cuales 71.306 millones correspondían a deuda con el Estado. Antes de la crisis financiera, en 2007, la deuda pública de Cataluña ascendía a 15.766 millones. A finales de 2014 se situó en 64.466 millones, multiplicando por 4 la cifra alcanzada en 2007, en línea con la evolución del conjunto de las CCAA cuya deuda se multiplicó en el período por 3,8.
Una parte del crecimiento de la deuda en estos años fue consecuencia del impacto de la crisis en las finanzas públicas autonómicas, es decir se debió al ciclo económico y a la insuficiente respuesta europea y del Estado ante la crisis, muy diferente de la reacción que se ha producido desde 2020 para hacer frente a los efectos de la pandemia y a la posterior crisis energética provocada por la invasión de Ucrania. A título ilustrativo, la deuda autonómica en el período 2019
– 2022 ha aumentado en torno a un 8%, tasa de crecimiento muy distinta de la observada en la anterior crisis.
El sistema de financiación autonómica en vigor fue diseñado para aplicarse en períodos de estabilidad económica, sin embargo, comenzó a aplicarse en plena crisis financiera, seguida de una crisis de deuda y sus secuelas, por lo que los recursos proporcionados a la Generalitat por el sistema tuvieron que ser completados por ésta acudiendo al endeudamiento, en gran parte con el propio Estado.
2. DIÁLOGO SOBRE FINANCIACIÓN
Constituir, durante el primer trimestre de 2024, una comisión bilateral entre el Gobierno del Estado y el de la Generalitat de Catalunya, sobre la base de los puntos identificados en el diagnóstico común y con el objetivo de llegar a un acuerdo y posibilitar avances sobre los siguientes apartados.
• Cómo abordar jurídica y económicamente los puntos identificados en el diagnóstico común.
• Cómo lograr una financiación adecuada que garantice la suficiencia financiera de los servicios públicos en Catalunya.
• Cómo asegurar el cumplimiento de los compromisos de inversión contenidos en el Estatuto de Autonomía de Catalunya.
3. AUTONOMÍA FINANCIERA Y ACCESO A LOS MERCADOS
Con el fin de sanear la situación financiera de la Generalitat y facilitar su vuelta a la financiación en los mercados de deuda, se procederá a tramitar una modificación legal de alcance general para todas las Comunidades Autónomas de régimen común que permita la xxxxxxxx por parte del Estado de parte de la deuda autonómica con este, originada por el impacto negativo del ciclo económico, para lo cual se determinará qué parte del incremento de deuda obedece al impacto del ciclo, pudiendo también acudirse a transferencias para la cancelación de la deuda en el caso de endeudamiento con terceros distintos del Estado, caso de ser necesario.
Lo anterior se entenderá sin perjuicio de que el FLA pueda seguir operando como sistema de último recurso en el caso de situaciones críticas xx xxxxxxx.
Esta operación supondrá la xxxxxxxx del entorno del 20% de la deuda viva en el momento de ejecución de este acuerdo, contraída por la Generalitat de Catalunya con la Administración General del Estado en los mecanismos de liquidez estatales, y supondrá unos 15.000 millones de euros de la deuda de Cataluña, y supondrá un ahorro de en torno a 1.300 millones de euros en intereses.
4. GESTIÓN SINGULAR
● En aquellas cuestiones singulares de Catalunya que son tratadas bilateralmente, regirá el principio de suficiencia financiera, y en concreto:
o Financiación de los Mossos
El 5 de noviembre de 2021 se acordó por la Junta de Seguridad de Cataluña (JSC) “ampliar los 18.267 efectivos actuales con 3.739 efectivos más hasta alcanzar una plantilla final de 22.006 efectivos, consiguiendo, así, una ratio de 2,628 agentes por cada mil habitantes (frente a la ratio de 2,365 agentes establecida en 2006), que se consideró de este modo actualizada y adecuada a las futuras necesidades operativas y al incremento poblacional en la Comunidad.
El Gobierno se compromete a transferir anualmente, al objeto de que Cataluña ejerza competencias transferidas no homogéneas vinculadas a la seguridad ciudadana, desde 2024 y hasta 2030, el resultado de aplicar al módulo acordado, la diferencia entre el número de efectivos de Mossos d´Esquadra certificado de cada año y los efectivos certificados de 2021. Este compromiso se adoptará mediante un acuerdo de la CMAEF.
o Actualización de los módulos de valoración de los nuevos órganos judiciales
Esta actualización se aplicará a los futuros traspasos derivados de la constitución y puesta en funcionamiento de nuevos órganos judiciales en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Cataluña. Se aprobará el módulo de gastos generales de funcionamiento incrementado en el 26,6% para una mejor adecuación con los costes efectivos de la puesta en funcionamiento de los nuevos órganos judiciales.
o Financiación de servicios penitenciarios
En el momento del traspaso de competencias en materia penal el 1984 se registró una importante entrada de recursos humanos y materiales en un momento de despliegue sistema penal catalán. Posteriormente se paralizó la oferta pública de empleo y convocatoria de nuevos procesos selectivos de acceso a este cuerpo. En este contexto se deberá poder gestionar la jubilación de hasta 1397 efectivos hasta el 2030.
Adicionalmente, por lo que respecta a la financiación ordinaria de la ejecución penal, es necesario adecuar la financiación estatal a su coste real teniendo en cuenta los impactos normativos aprobados desde entonces, a este efecto, en el primer semestre de 2024, se convocará a
la Comisión correspondiente para evaluar el impacto que haya tenido la normativa estatal sobre la prestación de los servicios penitenciarios.
o Investigación y desarrollo
El Estatuto de Autonomía de Catalunya establece, en el artículo 158.1, la competencia exclusiva de la Generalitat en materia de investigación científica y técnica, la competencia exclusiva con relación a los centros y las estructuras de investigación de la Generalitat y a los proyectos financiados por ésta. Considerando la dimensión global de la ciencia, el Estatuto también hace referencia a ello en el artículo 172, relativo a las universidades y en el artículo 203 sobre las competencias financieras de la Generalitat.
Para el pleno desarrollo de la competencia en materia de investigación científica y técnica, en los términos recogidos en el Estatuto de Autonomía, la Administración General del Estado consignará en los PGE y transferirá anualmente a la Generalitat la parte correspondiente al Estado sobre proyectos estratégicos cuya cuantía no será inferior a 150 millones de euros.
o Becas y ayudas al estudio
Aceptar las valoraciones contenidas en las observaciones realizadas por la Generalitat de Cataluña a la propuesta de coste efectivo del traspaso en materia de becas y ayudas al estudio de la administración general del estado en fecha 2/10/2023. Lo que supondría un coste total en el entorno de los 2 millones de euros.
5. EJECUCIÓN DE INVERSIONES
Con el fin de profundizar en el sistema de gobernanza compartida, en el respeto a la autonomía y de corregir el problema de infraejecución detectado, se sistematizará el nuevo sistema de encomiendas de gestión pactado para los Presupuestos Generales del Estado de 2023 relativo a las inversiones del Estado, de modo que las nuevas inversiones para Catalunya que no sean críticas para infraestructuras de interés general, se materialicen por el Gobierno de la Generalitat. Así, se consensuarán con carácter previo las operaciones a llevar a cabo en los distintos ejercicios de la XV Legislatura.
A este fin, se creará una comisión de inversiones entre la Generalitat de Catalunya y el gobierno del Estado para acordar la priorización y planificación de la actividad inversora y su seguimiento y ejecución. La comisión estará constituida por los representantes de las respectivas consejerías y ministerios con mayor presupuesto inversor al máximo nivel.
La Administración General del Estado asume el compromiso de que la proporción de la inversión pública programada en Catalunya se ajuste a la proporción de la economía de Catalunya en el conjunto del Estado, medido en términos de PIB nominal.
Este sistema deberá tener en cuenta y cubrir los costes de gestión que comporta para la Generalitat.
6. INMUEBLES
Se constituirá una comisión entre el Gobierno del Estado y el de la Generalitat de Catalunya con el objetivo de estudiar la situación de los inmuebles titularidad del Estado y a desarrollar un trabajo conjunto de optimización de su parque inmobiliario, entre las dos administraciones, para ponerlo al servicio de las políticas públicas y actividades de la Generalitat, siempre en el marco de la mejora del interés general y el mejor servicio público.
7. SEGUIMIENTO
Al objeto de hacer seguimiento y evaluar el cumplimento de los compromisos adquiridos en el presente documento, con carácter anual se reunirá una comisión de seguimiento que compruebe su grado de incidencia sobre la situación económica y financiera de la Generalitat y vele por la consecución de los objetivos contemplados en este acuerdo.