CONTRATACIÓN DE UN (1) SERVICIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD A PRESTARSE EN DEPENDENCIAS DEL SENASA, POR EL TÉRMINO DE DOCE (12) MESES”
“CONTRATACIÓN DE UN (1) SERVICIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD A PRESTARSE EN DEPENDENCIAS DEL SENASA, POR EL TÉRMINO DE DOCE (12) MESES”
LICITACION PÚBLICA Nº 33/2015
Fecha de Apertura: 16/10/2015 Horario: 12:00 Hs.
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES
PARTICULARES
INDICE
OBJETO DE LA CONTRATACIÓN 4
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS 5
CLÁUSULAS PARTICULARES
CLÁUSULA 1: NORMATIVA APLICABLE 15
CLÁUSULA 2: RÉGIMEN DE COMPRA Y TRABAJO ARGENTINO 15
CLÁUSULA 3: ORDEN DE PRELACION 15
CLÁUSULA 4: XXXXXX XX XXXXXXX 00
CLÁUSULA 5: CONSULTAS AL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES 16
CLÁUSULA 6: REQUISITOS DEL OFERENTE 17
CLÁUSULA 7: REQUISITOS Y PRESENTACIONDE LA OFERTA 18
CLAUSULA 8: DOCUMENTACION A PRESENTAR JUNTO CON LA OFERTA 19
CLÁUSULA 9: GARANTÍA DE OFERTA 21
CLÁUSULA 10: MANTENIMIENTO DE OFERTA 22
CLÁUSULA 11: MONEDA DE COTIZACIÓN Y MONEDA DE PAGO 23
CLÁUSULA 12: DE LA VISITA 23
CLÁUSULA 13: APERTURA DE LAS OFERTAS Y VISTA 24
CLÁUSULA 14: CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y SELECCIÓN DE LAS OFERTAS. 24
PREFERENCIAS. DESEMPATE DE OFERTAS
CLÁUSULA 15: CAUSALES DE DESESTIMACIÓN NO SUBSANABLES 25
CLÁUSULA 16: CAUSALES DE DESESTIMACIÓN SUBSANABLES 26
CLÁUSULA 17: ERRORES DE COTIZACIÓN 27
CLÁUSULA 18: PRECIO VIL O PRECIO NO SERIO 27
CLÁUSULA 19: DICTAMEN DE EVALUACIÓN: COMUNICACIÓN E IMPUGNACIÓN 28
CLÁUSULA 20: ADJUDICACIÓN Y PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO 28
CLÁUSULA 21: REQUISITOS Y OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO 28
CLÁUSULA 22: PERSONAL DE LA ADJUDICATARIA 34
CLÁUSULA 23: SUPERVISIÓN DEL CONTRATO 34
CLÁUSULA 24: XXXXX XX XXXXXXXXXX XXX XXXXXXXX 00
CLÁUSULA 25: PLAZO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO 34
CLÁUSULA 26: RECEPCIÓN DEFINITIVA 35
CLÁUSULA 27: FACTURACIÓN Y PLAZO DE PAGO 35
CLÁUSULA 28: SEGUROS 36
CLÁUSULA 29: EXTENSIÓN DEL PLAZO DE CUMPLIMIENTO DE LA PRESTACIÓN 37
CLÁUSULA 30: RESCISIÓN SIN CULPA DE LAS PARTES 37
CLÁUSULA 31: RESCISIÓN POR CULPA DEL PROVEEDOR 37
CLÁUSULA 32: GASTOS POR CUENTA DEL PROVEEDOR 38
CLÁUSULA 33: OPCIONES A FAVOR DE LA ADMINISTRACIÓN 38
CLÁUSULA 34: CESIÓN O SUBCONTRATACIÓN 39
CLÁUSULA 35: CESIONES DE CRÉDITO 40
CLÁUSULA 36: PENALIDADES 40
CLÁUSULA 37: JURISDICCION 41
ANEXOS
ANEXO I PLANILLA DE COTIZACIÓN 42
ANEXO II CUADRO DE FUNCIONES A DESEMPEÑAR/DETALLE DEL SERVICIO 46
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES
Nombre del Organismo Contratante | Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) |
Denominación de la UOC | Coordinación de Compras y Contrataciones (UOC 52) |
Domicilio | Xx. Xxxxx Xxxxx 000, 0xx contrafrente |
Correo electrónico | |
Fax | 0000-0000/6652/5141/6069 |
PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN | ||
Tipo: LICITACIÓN PÚBLICA | Nº 33/15 | Ejercicio: 2015 |
Clase: DE ETAPA ÚNICA NACIONAL | ||
Modalidad: SIN MODALIDAD |
Expediente Nº: 39817/2015
Rubro Comercial: VIGILANCIA Y SEGURIDAD
Objeto de la Contratación: “CONTRATACIÓN DE UN (1) SERVICIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD A PRESTARSE EN DEPENDENCIAS DEL SENASA, POR EL TÉRMINO DE DOCE (12) MESES”
Costo xxx Xxxxxx: SIN VALOR
VISITA DEL LUGAR
Lugar / Dirección | Plazo y Horario |
Coordinación de Xxxxxxx y Contrataciones del SENASA, Xx. Xxxxx Xxxxx 000, 0x Xxxx (0000) Xxxxxxx Xxxxxxx. | HASTA EL 08/10/2015 A LAS 12:00 HS. (De lunes a viernes en el horario de 10 a 13 y 14 a 16hs.) |
PRESENTACIÓN DE OFERTAS
Lugar / Dirección | Plazo y Horario |
Coordinación de Xxxxxxx y Contrataciones del SENASA, Xx. Xxxxx Xxxxx 000, 0x Xxxx (0000) Xxxxxxx Xxxxxxx. | HASTA EL 15/10/2015 A LAS 11:00 HS. (De lunes a viernes en el horario de 10 a 13 y 14 a 16hs.) |
ACTO DE APERTURA
Lugar / Dirección | Día y Hora |
Coordinación de Xxxxxxx y Contrataciones del SENASA, Xx. Xxxxx Xxxxx 000, 0x Xxxx (0000) Xxxxxxx Xxxxxxx. | EL 16/10/2015 A LAS 12:00 HS. |
ESPECIFICACIONES TECNICAS
OBJETO DE LA CONTRATACION
La presente Licitación Pública tiene por objeto contratar UN (1) Servicio de Vigilancia y Seguridad a prestarse en las siguientes delegaciones pertenecientes al SENASA. CATALOGO O.N.C.: 000-00000-0000
RENGLON N° | ITEM | OBJETIVO | DIRECCION |
UNICO | 1 | SEDE CENTRAL | Xx. Xxxxx Xxxxx 000, Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx |
2 | SEDE XXXXX XXXXX 000 | Xx. Xxxxx Xxxxx 000, Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx | |
3 | JARDIN MATERNAL | Xx. Xxxxx Xxxxx 000, Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx 0xx Xxxx | |
0 | SEDE XXXXX XXXXX 000 | Xx. Xxxxx Xxxxx 000, Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx | |
5 | CENTRO DE DOCUMENTACION E INFORMATIZACION | Xx. Xxxxxxxx 000/000, Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx | |
6 | ESTACION CUARENTENARIA LAZARETO CAPITAL | Calabria y Xxxxxxxxxx s/Nº, Costanera Sur, Ciudad Autónoma de Buenos Aires | |
7 | GALPON XXXXXXXX | Xxxxxxxx x Xxxxxxxxxx x/Xx, Xxxxxxxxx Xxx, Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx | |
8 | GALPON AUTOMOTORES | Xxxxxxxx x Xxxxxxxxxx x/Xx, Xxxxxxxxx Xxx, Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx | |
9 | AZOPARDO | Xxxxxxxx 0000, Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx | |
10 | SUPERVISOR PARA TODAS LAS DEPENDENCIAS DEL SENASA EN LA CUIDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES | ||
11 | COORDINACION GENERAL DE LABORATORIO VEGETAL | Xx. Xxxxxx 0000, Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx | |
12 | COORDINACION GENERAL DE LABORATORIO ANIMAL | Xx. Xxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx 0000, Xxxxxxxxx xx Xxxxxxxx, Xxxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx | |
13 | COORDINACION GENERAL E LABORATORIO ANIMAL | Av. Xxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx 1653, Localidad xx Xxxxxxxx, Provincia de Buenos Aires | |
14 | COORDINACION GENERAL DE LABORATORIO ANIMAL | Talcahuano 1660, Localidad xx Xxxxxxxx, Partido de San Xxxxxx, Provincia de Buenos Aires. | |
15 | COORDINACION GENERAL DE LABORATORIO ANIMAL | VIAJE DESDE LA COORDINACION GENERAL DE LABORATORIO ANIMAL, Av. Xxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx 1653, Localidad xx Xxxxxxxx, Partido de San Xxxxxx, Provincia de Buenos Aires HASTA LA ESTACION EXPERIMENTAL 25 XX XXXX y viceversa, 1100 KM | |
16 | COORDINACION GENERAL DE LABORATORIO ANIMAL | VIAJE DESDE LA COORDINACION GENERAL DE LABORATORIO ANIMAL, Av. Xxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx 1653, Localidad xx Xxxxxxxx, Partido de San Xxxxxx, Provincia de Buenos Aires HASTA EL CAMPO EXPERIMENTALAZUL y viceversa 318 KM. | |
17 | EDIFICIO TALCAHUANO | Talcahuano 1660, Localidad xx Xxxxxxxx, Xxxxxxx xx Xxx Xxxxxx, Xxxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx. | |
18 | SUPERVISOR PARA TODAS LAS DEPENDENCIAS DEL LABORATORIO XX XXXXXXXX | ||
19 | CENTRO REGIONAL PATAGONIA SUR | Xxxxxxxx 000 - Xxxxxxxx Xxxxxxxxx - Xxxxxx | |
20 | DELEGACION ADMINISTRATIVA BAHIA XXXXXX | Xxxxxx 1020, Bahía Blanca, Provincia de Xxxxxx Xxxxx | |
00 | XXXXXX EXPERIMENTAL AZUL | Xxxx Xxxxxxxx 0 , Xx 000, Xxxx, Xxxxxxxxx xx Xxxxxx xxxxx | |
22 | PREDIO EZEIZA | Colectora Xxxxx Xxxxxxx 3200 | |
23 | SAN XXXXXX DE LOS ANDES | Cuesta Xxxxxxx Xxxxx 1149 – Camino a Barrio Covisal – San Xxxxxx de los Andes |
RENGLÓN ÚNICO
1.1 DESCRIPCION DEL SERVICIO:
El servicio de Vigilancia y Seguridad deberá contener, como mínimo, los siguientes aspectos técnicos:
a.- Cantidad de vigiladores diurnos y nocturnos.
b.- Armamento, vestuario, equipos con los que se dotará al personal. c.- Servicio de jefatura, supervisión y control.
d.- Conservación de equipos.
e.-Todo otro dato descriptivo del servicio a prestar.
Cada puesto del servicio deberá contar con equipos transceptores portátiles UHF y VHF. Se deberá entregar un equipamiento similar para el Director de Servicios Administrativos y Financieros y otro para el Jefe del Departamento de Servicios Generales.
El servicio debe regular, es decir susceptible de prestarse día tras día los 365 días del año, sin interrupción de ninguna especie, no pudiendo verse afectado por huelgas, paros o medidas de acción directa.
El servicio debe encontrarse en condiciones de requerir y obtener rápido auxilio de las fuerzas policiales para el caso en que los hechos producidos desborden la capacidad preventiva y de control exigibles por la Ley a un servicio de vigilancia y seguridad privada.
Para la prestación del servicio, el SENASA proveerá al personal de la adjudicataria de instalaciones sanitarias y espacio cubierto para vestuario, debiendo la firma proveer los armarios metálicos y demás insumos destinados a tal fin.
El SENASA está facultado para solicitar medidas disciplinarias o la baja del personal cuando no cumpla con las condiciones adecuadas que requiere el servicio.
El adjudicatario notificará por escrito y en el plazo de SETENTA Y DOS (72) horas al SENASA, cualquier reclamo de índole laboral, ya sea promovido por vía administrativa, judicial o gremial y/o particular, que fuera planteado con motivo de los servicios objeto de este contrato, adjuntando copia del mismo.
El SENASA se reserva el derecho de supervisar y controlar en cualquier momento la efectividad del personal afectado al servicio. Asimismo, se reserva el derecho de admisión y permanencia en el Organismo de dicho personal.
Para el caso particular de los ITEMS 12 y 13, Coordinación General de Laboratorio Animal, se deberá incluir dentro de la provisión y a cargo exclusivo de la prestadora del servicio de seguridad, un contenedor oficina que oficie xx xxxxxx de seguridad sobre el acceso de la calle Xxxxxxx del DILAB.
Asimismo se deberá proveer e instalar junto al contenedor garita, un contenedor – baño o baño químico para el personal destacado en la garita de seguridad.
La prestadora del servicio de seguridad deberá encargarse de la limpieza diaria de los mismos y del vaciado periódico del baño.
1.2 INICIACION DE LOS TRABAJOS:
El adjudicatario deberá comenzar a prestar el servicio contratado a partir de las 08:00 horas del día siguiente al de la notificación de la orden de compra o de suscribirse el instrumento respectivo, por el término de DOCE (12) meses.
Transcurrido ese lapso, sin que el adjudicatario hubiera dado cumplimiento a lo precedentemente expuesto el SENASA se reserva el derecho de rescindir el contrato, sin perjuicio de las acciones legales que pudiese corresponder.
1.3 FUNCIONES A DESEMPEÑAR:
Las mismas se encuentran detalladas en el Anexo II del Presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
1.4 ITEM 10- SUPERVISOR GENERAL PARA TODAS XXX XXXXXXXXXXXX XX XXXXXX XX XX XXXXXX XXXXXXXX XX XXXXXX XXXXX
Todos los objetivos enumerados detallados como Ítems 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8 y 9 enunciados en la página 5 de las Especificaciones Técnicas que forman parte integrante del presente Xxxxxx deberán ser supervisados en su totalidad en horas y hombres de la siguiente forma:
UN (1) HOMBRE, VEINTICUATRO (24) HORAS, TODOS LOS DIAS.
FUNCIONES A DESEMPEÑAR: Controlará y supervisará, en todos y cada uno de los objetivos, a las personas que presten servicio en los mismos, como así también el buen funcionamiento de los elementos técnicos pertenecientes al adjudicatario y/o al SENASA. Deberá controlar con comunicación móvil, intercomunicándose a su vez con los funcionarios del SENASA designados a tal efecto.
1.5 ITEM 18- SUPERVISOR GENERAL PARA TODAS LAS DEPENDENCIAS DEL LABORATORIO XX XXXXXXXX
Todos los objetivos enumerados detallados como Ítems 11, 12, 13, 14, 15, 16 y 17 enunciados en la página 5 de las Especificaciones Técnicas que forman parte integrante del presente Xxxxxx deberán ser supervisados en su totalidad en horas y hombres de la siguiente forma:
UN (1) HOMBRE, VEINTICUATRO (24) HORAS, TODOS LOS DIAS.
FUNCIONES A DESEMPEÑAR: Controlará y supervisará, en todos y cada uno de los objetivos, a las personas que presten servicio en los mismos, como así también el buen funcionamiento de los elementos técnicos pertenecientes al adjudicatario y/o al SENASA. Deberá controlar con comunicación móvil, intercomunicándose a su vez con los funcionarios del SENASA designados a tal efecto.
1.6 SISTEMA DE CIRCUITO CERRADO DE TELEVIASION (CCTV)
El servicio deberá incorporar tecnología aplicada a la seguridad para complementar los servicios de seguridad física. Los Sistemas de Video serán instalados en las dependencias del SENASA. Las ubicaciones de los edificios son:
• Xxxxx Xxxxx 000
• Lazareto
• Xxxxx Xxxxx 000
• Xxxxx Xxxxx 000 Jardín Maternal
• Azul
• Bahía Blanca
• Xxxxxxx
• Jardín Maternal Talcahuano
Las propuestas serán ofrecidas como locación de servicios y los bienes a instalar formaran parte de un comodato, formando parte integral del Servicio de Seguridad y Vigilancia.
Todos los componentes del sistema a instalar deberán ser nuevos sin uso, de primeras marcas en el mercado y contar con soporte técnico en el país.
En forma adicional se debe detallar el Mantenimiento Preventivo a realizarse en los Sistemas en forma quincenal y mensual.
Los componentes provistos deberán contar con una garantía contra todo defecto de fabricación no atribuible a la operación incorrecta de los mismos, o circunstancias adversas o fortuitas durante todo el período de vigencia del contrato, debiendo estar comprendidos dentro de las normas internacionales reconocidas como CE, EIA, CCIR o en su defecto homologados por organismos nacionales, sea CITEFA o INTI.
Se deberán prever al menos DOS (2) visitas técnicas preventivas-correctivas dentro de cada mes de vigencia del contrato, con el objeto de un control de funcionamiento adecuado. En caso de ser necesario el adjudicatario deberá brindar asistencia técnica periódica, tantas veces sea necesaria sin costo adicional.
1.7. TECNOLOGIA IP
El Sistema CCTV a instalar deberá ser de tecnología digital (IP) nativa. Se deberán primar las características de robustez, flexibilidad y gran capacidad de expansión y escalabilidad.
Las imágenes del Sistema CCTV a instalar deberán reportar a la central de monitoreo instalada en el espacio designado al efecto por este Servicio Nacional, lugar donde se concentrarán las señales, se visualizarán y se grabarán digitalmente.
El Sistema de grabación deberá estar dimensionado para poder mantener un registro inalterable de las imágenes durante un período de almacenamiento (storage) no menor a SESENTA (60) días; grabando en forma continua a 25 cuadros por segundo con una resolución no menor a 4CIF como mínimo.
La visualización de las cámaras deberá realizarse desde la oficina de monitoreo mencionada anteriormente, a la máxima calidad de imagen que permita la cámara. Las resoluciones serán especificadas según cada necesidad.
Las cámaras y domos deberán poseer tecnología IP nativa. Esto significa que la cámara provee directamente video digital (IP) a la red mediante la utilización de hardware y algoritmos de compresión que responden a los protocolos H.264 y MPEG4.
Los domos PTZ propuestos deberán ser de alta definición y alta sensibilidad (día/noche) y contar con rango dinámico extendido (WDR). El zoom óptico deberá ser de 36x. Deberán contar con estabilización electrónica de imagen. También deberán poseer sensibilidad nocturna extendida mediante tecnología de remoción de filtro xx xxxxx infrarrojo (IRC).
La alimentación de todas las cámaras fijas y domos, deberán ser por XxX; por lo cual se requiere que todo el equipamiento a proveer sea provisto con esta característica.
Todo el tendido de infraestructura de comunicación, deberá realizarse con cableado estructurado Categoría 6 “certificada”. Los certificados de la red, deberán ser presentados al personal de Dirección de Prevención y Control. El cableado como los accesorios de conexión deberán ser de primera marca (tipo AMP). Se deberá utilizar un conmutador con la capacidad de 16 puertos RJ-45 Auto-MDIX a 10/100/1000 bps.
En la sala de control, deberá considerarse el montaje del tablero eléctrico con las protecciones y accionamientos necesarios para alimentar todo el Sistema de Video. Así mismo, se deberá proveer las ups y grupos electrógenos. La autonomía de las ups debe garantizar una operatividad
durante 45 minutos, mientras que la autonomía de los grupos electrógenos debe garantizar una operatividad de 8 hs.
Todo el tendido y los trabajos necesarios, deberán realizarse de lunes a viernes de 20 a 6 Hs. Los días feriados no se podrán realizar trabajos. Se dispone para su provisión un plazo no mayor a 25 días.
La demora en la entrega del sistema de Video, ocasionará un descuento equivalente al 0,2
% diario de la facturación mensual del servicio.
Las imágenes digitales deberán ser presentadas por una plataforma (software) de gestión, visualización, grabación y reproducción tipo “multimarca” en la central de monitoreo de la Sala de Control.
La plataforma de gestión de video multimarca a instalar deberá ser capaz de integrar hardware de CCTV de las primeras marcas y modelos xxx xxxxxxx. La plataforma de software deberá permitir la visualización simultánea de las imágenes de todas las cámaras en tiempo real como su grabación/reproducción. Además, deberá generar y activar alarmas relacionadas con el video (tampering, desenfoque, oscurecimiento, pérdida de video) permitirá integrar funcionalidades avanzadas(video analítico) tales como detección de movimientos direccional, tripwires virtuales, zonas de alarma de intrusión, detección de objetos abandonados / removidos y detección de circulación en sentidos prohibidos.
Todas las imágenes deberán ser almacenadas en el servidor central de video en la Sala de Control, con la calidad y período de retención indicados precedentemente. El servidor deberá contener un “Linux” embebido, descartándose servidores basados en formatos de “PC”. Son requeridos equipos “stand-alone” del tipo “NVR” diseñados y fabricados exclusivamente para “Security”.
La sala de control de cada edificio, deberá contener dos pantallas de 42” para visualización general; 2 pantallas de 24” para visualización de cámaras críticas y mapeo. Todos los accesorios necesarios para montaje de los equipos, cañerías galvanizadas a la vista.
La instalación de la Sala de Control deberá ser concretada en un local adecuado, acondicionado a tal efecto por el oferente. Dicha sala deberá proveer la seguridad necesaria tanto para la protección de los operadores del sistema como así también de los equipos de almacenamiento de video en red. El oferente proveerá e instalarán los rack´s de montaje y cableado correspondiente, según las normas vigentes. El mobiliario necesario será provisto por el SENASA.
Para que el recinto elegido actúe como área segura de protección, se deberán realizar las obras civiles pertinentes, entre ellas: cerramientos, colocación de puerta exclusa (doble puerta), colocación xx xxxxx protectoras, montaje de pantallas sobre las paredes si fuera necesario.
1.8. EQUIPOS
Los equipos a suministrar para el correcto desempeño del Sistema CCTV, se encuentran detallados a continuación, los cuales deberán contemplarse como parte integrante de la oferta, en la planilla de Cotización que obra como Xxxxx X.
Los equipos mencionados deberán estar distribuidos conforme el mapa de ubicación que obra como Xxxxx XX del presente pliego.
XXXXX XXXXX 000 | XXXXXX 0000 | XXXXXXXX | XXXXX XXXXX 000 | PASEO COLON 315 MATERNAL | AZUL | BAHIA BLANCA | JARDIN MATERNAL TALCAHUANO | XXXXXXX | TOTAL | |
CAMARAS IP RESOLUCION VGA - XxX | 50 | - | 20 | 20 | 17 | 10 | 48 | 165 | ||
CAMARAS IP RESOLUCION MPIXEL - XxX | 21 | 24 | 25 | 10 | 10 | 1 | 0 | 24 | 32 | 147 |
CAMARAS DOMO 36X - ILUMINACION NOCTURNA | 2 | 2 | 0 | 0 | 0 | 0 | 5 | 9 | ||
CONVERSO IP PARA CAMARA DOMO | 2 | 2 | 0 | 0 | 0 | 0 | 5 | 9 | ||
FUENTE 12 Vcc | 0 | - | - | - | 18 | 10 | 56 | 84 | ||
FUENTE 24 Vca | 2 | 2 | 0 | 0 | 0 | 0 | 5 | 9 | ||
CONTROL PARA CAMARA DOMO | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 2 | 2 | ||
SOPORTES PARA CAMARAS IP | 0 | - | - | - | 18 | 10 | 56 | 84 | ||
SOPORTES PARA CAMARAS DOMO | 2 | 2 | 0 | 0 | 0 | 0 | 5 | 9 | ||
LENTE PARA CAMARA BOX IP | 0 | - | - | - | - | 0 | 00 | 00 | ||
PANTALLA DE 32" | 8 | 1 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 4 | 13 | |
PANTALLA DE 19" | 0 | 1 | 2 | 0 | 1 | 2 | 1 | 1 | 4 | 12 |
SOPORTE PARA PANTALLA DE 32" | 8 | 1 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 4 | 13 | |
SOPORTE PARA PANTALLA DE 21" | 0 | 1 | 2 | 0 | 0 | 2 | 1 | 1 | 4 | 11 |
CONECTOR HDMI | 0 | 1 | 3 | 0 | 1 | - | 1 | 7 | 13 | |
NVR PARA GRABACION DE VIDEO 16 | 5 | 1 | 2 | 3 | 2 | 1 | 5 | 19 | ||
NVR PARA GRABACION DE VIDEO 32 | 1 | 1 | 1 | 3 | ||||||
DVR DE 16 PUERTOS 7316 | - | 0 | - | - | - | - | - | 0 | ||
XXX XX 0 XXXXXXX 0000 | - | 0 | - | - | - | - | - | 0 | ||
RACK DE 6 X | 0 | - | 0 | - | 0 | - | - | 0 | ||
RACK DE 12 U | - | 1 | - | 1 | - | 1 | 1 | 1 | 3 | 8 |
RACK DE 40 U | 1 | 2 | 3 | |||||||
UPS XX 0XXX | 0 | - | - | - | - | - | - | 0 | ||
UPS DE 2KVA | 1 | 2 | 1 | 1 | 5 | |||||
UPS DE 1 KVA | 2 | 3 | 5 | |||||||
GABINETE ESTANCO | 3 | 3 | ||||||||
DISCO DE ALMACENAMIENTO (30 DIAS) | 30 | 8 | 16 | 16 | 30 | 3 | 2 | 8 | 28 | 141 |
SOPORTES PARA RACKEO DE NVR | - | - | - | - | 2 | 1 | 5 | 8 | ||
PC PARA PUESTO DE OBSERVACIONES | 4 | 2 | 2 | 0 | - | 2 | 1 | 1 | 8 | 20 |
SWICHT 24 PUERTOS - XxX - ADMINISTRABLE | 7 | 2 | 1 | 3 | 2 | 2 | 1 | 2 | 8 | 28 |
PATCHCORE CATEGORIA 6 | 170 | 50 | 70 | 80 | 80 | 20 | 15 | 50 | 120 | 655 |
XXXXXXX XXXXXX CATEGORIA 6 | - | 0 | - | - | 20 | 15 | 65 | 100 | ||
ORDENADORES | - | 0 | - | - | 0 | 0 | 0 | 00 | ||
ROUTER | 0 | 1 | 0 | 0 | 1 | 1 | 2 | 5 |
BOCAS DE RED CATEGORIA 6 | - | 0 | - | - | 20 | 15 | 65 | 100 | ||
CAJAS DE CONEXIÓN | - | 30 | - | - | - | 20 | 15 | 30 | 70 | 165 |
CAÑERIA (por metro) | 80 | 160 | 80 | 500 | - | 50 | 100 | 160 | 1000 | 0000 |
XXXXX XXX CATEGORIA 6 (por metro) | 1000 | 700 | 400 | 350 | 400 | 500 | 5000 | 8350 | ||
CERCO ENERGIZADO SOBRE MURO (Por Muro) | 100 | 100 | ||||||||
ENLACE UBIQUITI | 6 | 6 | ||||||||
ENLACE GIGABIT | 0 | 2 | - | - | 0 | 0 | 4 | 6 | ||
TENDIDO EN FIBRA (MTS) | 0 | 800 | 0 | - | 0 | 0 | 800 | 1600 | ||
PUNTOS DE VINCULACION | 0 | 6 | 0 | - | 0 | 0 | 0 | 6 | ||
MEDIA CONVERTER DE 10-100- 1000 GB | 0 | 12 | 0 | - | 0 | 0 | 24 | 36 | ||
SINTENAX 3X4 mm | 0 | 500 | 0 | - | 0 | 0 | 800 | 1300 |
1.8.1. DESCRIPCIONES DE LOS EQUIPOS
. Workstation (Sala de Control)
.1 Procesador Intel de cuatro núcleos.
.2 Placa de Video PCIe de 2 GB, dual DVI.
.3 RAM 4 GB DDR3 SDRAM.
.4 HD 1x360 GB SATA + 1x 500 GB SATA.
.5 Adaptador de Red Ethernet 10/100/1000.
.6 Placa de video con salida HDMI
.7 Grabadora 32xDVD-ROM.
.8 Sistema Operativo Windows 7 Profesional.
.9 Alimentación 220Vac, 50Hz.
.10 Tipo o similar Dell, Lenovo ó HP.
. Monitor LCD (Sala de Control)
Los monitores de 24” deberán cumplir como mínimo con los siguientes requerimientos:
.1 Pantalla plana.
.2 Área visible de la pantalla 24” (diagonal).
.3 Formato “Wide screem” 16:9.
.4 Máxima resolución 1920 x 1080 HD.
.5 Tiempo de respuesta 2 ms.
.6 Conector 1 x VGA – 2 x HDMI.
.7 Alimentación 220Vca, 50Hz.
.8 Marca Sony, LG ó Samsung.
. Monitor LCD (Sala de Control)
Los monitores de 32” deberán cumplir como mínimo con los siguientes requerimientos:
.1 Pantalla plana.
.2 Área visible de la pantalla 32” (diagonal).
.3 Formato “Wide screem” 16:9.
.4 Máxima resolución 1920 x 1080 HD.
.5 Tiempo de respuesta 2 ms.
.6 Conector 1 x VGA – 2 x HDMI.
.7 Alimentación 220Vca, 50Hz.
.8 Tipo o similar Sony, LG ó Samsung.
. Equipos de Almacenamiento para Grabación (Sala de Control)
El dispositivo deberá permitir el almacenamiento digital y la reproducción simultánea de video para aplicaciones de gran capacidad y alta velocidad de transferencia de datos.
.1 Sistema operativo Linux.
.2 Almacenamiento en formato H.264 o MPEG4.
.3 Compresión H.264 o MPEG4.
.4 Soporte en resoluciones hasta 5 Mega píxeles (2560 x 1920)
.5 Redundancia en la grabación.
.6 Capacidad mínima de almacenamiento 8 discos
.7 Capacidad de HD 2 TB por disco
.8 Almacenamiento de HD tipo “Hot Swap”.
.9 Conexión de red RJ-45 de 10/100/1000 Mbps.
.10 Interfase USB 2.0.
.11 Interfase RS-485.
.12 Interfase RS-232.
.13 Entradas de 16 señales de alarma.
.14 Salidas I/O x 4.
.15 Rackeable.
.16 Alimentación 220Vca, 50Hz.
.17 Tipo o similar Sony, Bosch ó HikVision.
. Swicht para networking (Sala de Control)
Deberán cumplir como mínimo con los siguientes requerimientos:
.1 Swicht concentrador para conmutación de tramas Ethernet IEEE 802.3 10 Base T, Fast Ethernet 100 Base TX y Gigabit Ethernet 1000 Base T, con 4 slots Gigabit.
.2 Bit rate 10/100/1000 Mbps en puertos de usuario; 1000 Mbps puertos de uplink (Gigabit Ethernet).
.3 Dieciseis puertos de usuario MDI/MDI-X 10/100/1000, del tipo Ethernet/Fast Ethernet / Gigabit Ethernet, con conectores estandar RJ-45.
.4 Pach Cat. 6 de 16 bocas.
.5 Cuatro puertos de usuario del tipo Gigabit Ethernet.
.6 Capacidad de conmutación de almacenamiento y transmisión (store-and-forward) de hasta 48 Gbps sin bloqueos.
.7 Agentes SNMP versiones 1, 2c y 3 que permita monitorear el estado y trafico del dispositivo en forma remota.
.8 Protocolo de árbol de expansión (STP). Compatibilidad con la norma 802.1d Árbol de expansión. Convergencia rápida mediante 802.1w (Árbol de expansión rápida [RSTP]), activada de manera predeterminada. Instancias de árbol de expansión múltiple mediante 802.1s (MSTP).
.9 Compatibilidad con hasta 256 VLAN simultáneas (de 4096 Id. de VLAN). VLAN basadas en puertos y en etiquetas 802.1Q.
.10 Protocolo Secure Shell (SSH). SSH asegura el tráfico Telnet desde y hacia el switch.
.11 Detección de energía
.12 Detección de longitud de cable
.13 XxX de IEEE 802.3af suministrada por cualquiera de los puertos RJ-45 dentro de los presupuestos de potencia enumerados
.14 Alimentación 220Vca, 50Hz.
.15 Tipo o similar Cisco.
. UPS (Sala de Control)
Deberán cumplir como mínimo con los siguientes requerimientos:
.1 Deberá ser de tecnología “on-line”, xx xxxxx conversión.
.2 La potencia nominal no será inferior a 4 (cuatro) KVA; no obstante ello, el oferente deberá presentar los cálculos que avalen el dimensionamiento de la UPS propuesta.
.3 Deberá incluir los accesorios necesarios para su montaje en rack normalizado de 19”.
.4 Se deberá incluir las baterías necesarias para cumplir con lo anteriormente expresado.
.5 Las baterías deberán ser de química electrolito absorbido, sin emisión de gases y libre de mantenimiento.
.6 Deberá tener la posibilidad de monitoreo mediante puerto USB.
.7 Protección contra sobrecarga y cortocircuito.
.8 Control inteligente de carga de baterías.
.9 Carga automática de las baterías.
.10 Extensión de autonomía mediante banco de baterías externo opcional.
.11 Función de EPO.
.12 Encendido en ausencia de línea de alimentación.
.13 Corrección del factor de potencia.
.14 Comunicación TCP IP SNMP (opcional).
.15 Tomas de salida tipo Schuko.
.16 Alarma audible.
.17 Tipo o similar Xxxxxxx.
. Grupo Electrógeno (Sala de Control)
Deberán cumplir como mínimo con los siguientes requerimientos:
.1 Deberá poseer alternador monofásico de 220VAC y 50 Hz, sin anillos ni escobillas; con ajustamiento mecánico y protección IP23.
.2 Deberá poseer tomas normalizadas, con térmica y disyuntor.
.3 Deberá poseer motor naftero, con arranque eléctrico y manual.
.4 De 24Deberá poseer un sistema de alerta de aceite que detiene el equipo en caso de bajo nivel de lubricante.
.5 La potencia nominal será como mínimo de 12 (doce) Kw; no obstante ello, el oferente deberá presentar los cálculos que avalen el dimensionamiento de los generadores propuestos.
.6 Tipo o similar Honda.
. Cámaras IP Fijas
Deberán cumplir como mínimo con los siguientes requerimientos:
.1 Deberá poseer un sensor CCD de 1/4”.
.2 Deberá poseer una resolución de imágenes de 640 x 480.
.3 Deberá poseer barrido progresivo y 25 fps en todas las resoluciones.
.4 Deberá poseer una lente varifocal de montaje CS, con focal de 2,8 mm a 8 mm.
.5 Deberá implementar tecnología con rango dinámico extendido.
.6 Deberá operar con formato de compresión H.264 y MPG4.
.7 Bit rate de 32 Kbps a 8 M bps.
.8 Doble stream de video configurable.
.9 Compatible con estándares ONVIF, PSIA, CGI.
.10 Interfase de comunicación 1 RJ45 10 M/100 M Ethernet port and 1 RS-485.
.11 Alimentación por XxX.
.12 Tipo o similar Sony, Bosch ó HikVision.
. Cámaras IP Fijas – Mega Píxel.
Deberán cumplir como mínimo con los siguientes requerimientos:
.1 Deberá poseer un sensor CCD de 1/4”.
.2 Deberá poseer una resolución de imágenes de 1600 x 1200.
.3 Deberá poseer barrido progresivo y 25 fps en todas las resoluciones.
.4 Deberá poseer una lente varifocal de montaje CS, con focal de 2,8 mm a 8 mm.
.5 Deberá implementar tecnología con rango dinámico extendido.
.6 Deberá operar con formato de compresión H.264 y MPG4.
.7 Bit rate de 32 Kbps a 8 M bps.
.8 Doble stream de video configurable.
.9 Compatible con estándares ONVIF, PSIA, CGI.
.10 Interfase de comunicación 1 RJ45 10 M/100 M Ethernet port and 1 RS-485.
.11 Alimentación por XxX.
.12 Tipo o similar Sony, Bosch ó HikVision.
. Cámaras IP Domos
Deberán cumplir como mínimo con los siguientes requerimientos:
.1 Deberá poseer un sensor CCD de 1/4”.
.2 Deberá poseer una resolución de imágenes de 1280 x 960.
.3 Deberá poseer barrido progresivo y 25 fps en todas las resoluciones.
.4 Deberá poseer un zoom óptico de 36x y digital de 12x.
.5 256 presets programables.
.6 8 Recorridos configurables.
.7 Compresión de video H.264 y MPG4.
.8 Deberá tener una velocidad de imágenes de 25 cuadros por segundo en una resolución de 4 CIF.
.9 Deberá poseer un modo de incremento de sensibilidad nocturna.
.10 Deberá poseer la función de estabilización digital de la imagen.
.11 El paneo horizontal deberá ser de 360° continuo s y desde -5° a 185° en elevación.
.12 Deberá poseer al menos 4 entradas de alarma y 2 salidas de relé para contacto seco.
.13 La alimentación será por XxX.
.14 Los gabinetes de montaje (housing) deberán ser de aluminio, con burbuja de policarbonato, aptos para intemperie con nivel de protección IP66; con calefactor y ventilador incorporado.
.15 Tipo o similar Sony, Bosch ó HikVision.
IMPORTANTE: Cumplido el contrato entre las partes y una vez finalizada la correspondiente Orden de Compra, las cámaras IP fijas, las cámaras IP fijas – Mega Pixel y las cámaras IP Domos, pasaran a ser propiedad de este Organismo Nacional, debiendo proceder a su registro patrimonial.
CLAUSULAS PARTICULARES
TITULO 1: NORMATIVA APLICABLE
CLAUSULA 1: NORMATIVA APLICABLE
La presente contratación se rige por lo dispuesto en el “Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional” aprobado por Decreto Delegado Nº 1023/01 (B.O. 13-08-01); en el “Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional” aprobado por el Decreto Nº 893/12 (B.O. 14-06-12); por las normas que se dicten en su consecuencia; por el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales aprobado por la Disposición de la Oficina Nacional de Contrataciones Nº 58/2014 (B.O. 20-08-2014); por el presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares; y por el contrato o la orden de compra según corresponda.
La normativa en la materia puede ser consultada en la página de internet de la Oficina Nacional de Contrataciones: xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx
CLAUSULA 2: REGIMEN DE COMPRE TRABAJO ARGENTINO
Se otorgarán las preferencias establecidas en la Ley Nº 25.551 de “Compre Trabajo Argentino” (B.O. 31-12-01), texto que se considera parte integrante del presente, conforme lo establecido en el artículo 13 de dicha Ley, la que podrá ser consultada en el sitio de Internet: xxxx://xxx.xxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxXxxxxxxx/xxxxxx/00000-00000/00000/xxxxx.xxx.
CLAUSULA 3: ORDEN DE PRELACIÓN
Conforme lo dispuesto en el artículo 99 del Reglamento aprobado por el Decreto Nº 893/12 (B.O. 14-06-12), todos los documentos que rijan el llamado, así como los que integren el contrato, serán considerados como recíprocamente explicativos. En caso de existir discrepancias se seguirá el siguiente orden de prelación:
a) Decreto Delegado N° 1.023/01 y sus modificacione s.
b) Las disposiciones del Reglamento aprobado por el Decreto Nº 893/12.
c) Las normas que se dicten en consecuencia del citado Reglamento de Contrataciones.
d) El Pliego Único de Bases y Condiciones Generales aprobado por Disposición de la Oficina Nacional de Contrataciones Nº 58/2014
e) El Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
f) La oferta.
g) Las muestras que se hubieran acompañado.
h) La adjudicación.
i) La orden de compra, de venta o el contrato, en su caso.
TITULO 2: RETIRO Y CONSULTAS DE PLIEGOS
CLAUSULA 4: RETIRO DE PLIEGOS
Cualquier persona, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 59 del Reglamento aprobado por el Decreto Nº 893/12 (B.O. 14-06-12), podrá retirar o comprar el pliego único de bases y condiciones generales y los pliegos de bases y condiciones particulares en la jurisdicción o entidad contratante o bien descargarlos del sitio de Internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES.
En oportunidad de retirar, comprar o descargar los pliegos, deberán suministrar obligatoriamente su nombre o razón social, domicilio, fax y dirección de correo electrónico en los que serán válidas las comunicaciones que deban cursarse hasta el día de apertura de las ofertas.
No será requisito para presentar ofertas, ni para la admisibilidad de las mismas, ni para contratar, haber retirado o comprado pliegos en el organismo contratante o haberlos descargado del sitio de Internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES, no obstante quienes no los hubiesen retirado, comprado o descargado, no podrán alegar el desconocimiento de las actuaciones que se hubieren producido hasta el día de la apertura de las ofertas, quedando bajo su responsabilidad llevar adelante las gestiones necesarias para tomar conocimiento de aquellas.
Los pliegos aludidos en esta cláusula pueden retirarse, comprarse o descargarse:
- En forma personal: Coordinación de Xxxxxxx y Contrataciones del SENASA, sita en Xx. Xxxxx Xxxxx 000, 0x xxxx, Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx.
- En el sitio web: xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx
Junto con el pliego se entregara el anuncio de la convocatoria o la invitación con los requisitos indicados en el artículo 57 del Reglamento aprobado por el Decreto Nº 893/12.
CLAUSULA 5: CONSULTAS AL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES
Las consultas al Pliego de Bases y Condiciones Particulares deberán efectuarse por escrito en la Coordinación de Compras y Contrataciones del SENASA, sita en Xx. Xxxxx Xxxxx 000, 0x xxxx, Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx (xx lunes a viernes en el horario de 10 a 13hs. y de 14 a 16hs.), o a la siguiente dirección de correo electrónico xxxxxxx@xxxxxx.xxx.xx
En oportunidad de realizar una consulta al pliego, los consultantes que no lo hubieran hecho con anterioridad, deberán suministrar obligatoriamente su nombre o razón social, domicilio, fax y dirección de correo electrónico en los que serán válidas las comunicaciones que deban cursarse hasta el día de apertura de las ofertas.
No se aceptarán consultas telefónicas y no serán contestadas aquéllas que se presenten fuera de término.
Deberán ser efectuadas hasta CEINTO VEINTE (120) horas antes de la fecha fijada para la apertura como mínimo.
TITULO 3: LAS OFERTAS
CLAUSULA 6: REQUISITOS DEL OFERENTE
Con el fin de determinar su identificación y su habilidad para contratar con la Administración Pública Nacional, en el momento de presentar la oferta y formando parte de la misma, los interesados en participar del presente llamado:
6.1. HABILIDAD PARA CONTRATAR: Deberán encontrarse habilitados para contratar con la Administración Nacional, de acuerdo a lo establecido en los artículos 27 y 28 del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado por Decreto Delegado Nº 1023/01 (B.O. 13-08-01).
6.2. INSCRIPCIÓN EN EL SIPRO: Deberán encontrarse inscriptos o preinscriptos en el Sistema de Información de Proveedores (SIPRO), de acuerdo a lo establecido en los artículos 229 y 233 del Reglamento aprobado por el Decreto N° 893/12 (B.O. 14-06-12), no siendo necesario que presenten la constancia de tal inscripción o preinscripción.
Importante: No constituye requisito exigible para presentar ofertas la inscripción previa en el Sistema de Información de Proveedores (conforme arts. 27 del Decreto Delegado N° 1023/2001 y 229 del citado Reglamento aprobado por el Decreto N° 893/12).
Preinscripción: En relación a quienes no se encuentren incorporados al Sistema de Información de Proveedores (SIPRO), a los fines de su incorporación los oferentes deberán realizar la “Preinscripción por Internet” en el sitio xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx de la Oficina Nacional de Contrataciones (conforme art. 233 del citado Reglamento aprobado por el Decreto N° 893/12), y presentar, junto con la ofert a, la información suministrada en la Preinscripción utilizando los formularios estándar establecidos en el art. 235 del Reglamento aprobado por el Decreto N° 893/12 (B.O. 14-06-12), acompañados por la documentación respaldatoria, de acuerdo a lo establecido en el art. 234 del mencionado Decreto.
Actualización de datos: Los oferentes deberán mantener actualizada la información suministrada al Sistema de Información de Proveedores (conforme art. 238 del citado Reglamento aprobado por el Decreto N° 893/12), debi éndose proceder de la misma forma que para la Preinscripción, modificando únicamente los datos que hubieran variado. Los formularios correspondientes y la documentación respaldatoria deberán ser presentados ante cualquier entidad o jurisdicción comprendida dentro del ámbito de aplicación del Decreto Delegado N° 1023/2001 (B.O. 13-8-01).
La modificación del número telefónico, del número de fax, de la dirección de correo electrónico o del domicilio constituido, podrá realizarla el interesado sin necesidad de la intervención posterior de un organismo para su aprobación.
6.3. CERTIFICADO FISCAL PARA CONTRATAR: Deberán poseer Certificado Fiscal para Contratar expedido por la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS (AFIP) de acuerdo a lo establecido en la Resolución General de la citada ADMINISTRACION FEDERAL N° 1814/2005 (B.O. 13-01-05) .
El oferente deberá solicitar a la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS (AFIP) la emisión del certificado fiscal antes de la presentación de ofertas.
En caso de no poseer el mencionado Certificado por causas imputables exclusivamente a la Administración, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 83, inciso b) apartado 2 del Reglamento aprobado por el Decreto N° 893/12 (B.O. 14-06-12), se deberá acompañar junto con la oferta copia de la solicitud del mismo ante la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS (AFIP).
Es obligación del oferente comunicar al organismo contratante la denegatoria a la solicitud del certificado fiscal para contratar dentro de los CINCO (5) días de notificada la misma, y en el caso de que se constate que el proveedor con quien se perfecciono el contrato poseía deudas tributarias o previsionales deberá remitir los antecedentes a la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES a fin de tramitar la aplicación de una sanción de apercibimiento, todo ello de conformidad con lo dispuesto e el articulo 12 del por el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales aprobado por la Disposición de la Oficina Nacional de Contrataciones Nº 58/2014 (B.O. 20-08-2014).
6.4. No podrán encontrarse incluido en el Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL) durante el tiempo que permanezcan en dicho registro (conforme articulo 28 inciso h) del Decreto Delegado 1023/2001, inciso incorporado por el articulo 44 de la Ley Nº 26940, B.O. 02/06/2014).
CLAUSULA 7: REQUISITOS Y PRESENTACIÒN DE LA OFERTA
7.1. Las ofertas deberán cumplir los requisitos establecidos en el artículo 70 incisos a), b), c), d) e) y f) del Reglamento aprobado por el Decreto N° 893/12 (B.O. 14-06-12).
Las propuestas serán redactadas en idioma nacional y presentadas, en original y duplicado, hasta el día y hora fijados en este pliego (ver página 3), en sobres cerrados con identificación del procedimiento de selección a que corresponden, el día y hora de la apertura y la identificación del oferente. En caso de discrepancia prevalecerá el ejemplar señalado como ORIGINAL, el que deberá estar firmado en cada una de sus hojas por el oferente o representante legal, quien deberá salvar las enmiendas o raspaduras, si las hubiere.
Como constancia de la recepción del sobre, el oferente podrá solicitar que se le extienda un recibo.
7.2. La presentación de la oferta significará de parte del oferente el pleno conocimiento y aceptación de las normas y cláusulas que rigen este procedimiento de selección, por lo que no será necesaria la presentación de los pliegos firmados con la oferta, conforme lo establecido en el artículo 64 del Reglamento aprobado por el Decreto N° 893/12 (B.O. 14- 06-12).
La posibilidad de modificar la oferta precluirá con el vencimiento del plazo para presentarla, sin que sea admisible alteración alguna en la esencia de las propuestas después de esa circunstancia, conforme lo establecido en el articulo 65 del Reglamento aprobado por el Decreto N° 893/12 (B.O. 14-06-12) y conforme articu lo 7 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales aprobado por la Disposición Nº 58/2014 (B.O 20-08-2014).
Si en forma previa al vencimiento del plazo para presentar ofertas, un oferente quisiera corregir, completar o reemplazar una oferta ya presentada en un mismo procedimiento de selección, se considerará como válida la última propuesta presentada en término.
7.3. Se podrá constituir domicilio especial en cualquier territorio nacional o extranjero, en este último caso, siempre que no cuente con domicilio o representación legal en el país, situación que deberá acreditarse mediante declaración jurada. En el caso en que no se constituyera un domicilio especial en la respectiva oferta se tendrá por domicilio constituido el declarado bajo el titulo “Domicilio especial para los procedimientos que se realicen en el ámbito de la Oficina Nacional de Contrataciones” en la base de datos que administra ese órgano rector.
Asimismo, los oferentes deberán dejar perfectamente identificados en sus ofertas los domicilios pertenecientes a sus oficinas y/o depósitos, como así también horario de atención y teléfonos.
7.4. Denunciar en la Planilla de Cotización la dirección de correo electrónico y/o teléfono fax donde se notificará el Dictamen de Evaluación conforme lo dispuesto en artículo 92 del Reglamento aprobado por el Decreto N° 893/12 (B.O. 14-06-12).
7.5. Los oferentes deberán contemplar la posibilidad de que el SENASA les solicite, de estimarlo conveniente, y durante el período de evaluación de las ofertas, pruebas, visitas a instalaciones y equipos, como así también responder a todo tipo de aclaraciones, incluyendo la provisión de documentación adicional, detalles de ciertos antecedentes, etc., a efectos de constatar la capacidad operativa de la misma, sin que ello represente costo adicional alguno o causal de reclamo.
7.6. Los interesados podrán solicitar, verbalmente o por escrito, a la autoridad administrativa la autenticación de copias de documentos que deban presentar en un procedimiento, quien las certificara mediante el cotejo de las copias con el documento original.
7.7. Los sobres, cajas o paquetes que contengan las ofertas se deberán presentar perfectamente cerrados y consignarán en su cubierta la identificación del procedimiento de selección a que corresponden, precisándose el lugar, día y hora límite para la presentación de las ofertas y el lugar, día y hora del acto de apertura; así como los datos del oferente o entidad contratante.
CLAUSULA 8: DOCUMENTACION A PRESENTAR JUNTO CON LA OFERTA
8.1. Presentar su “PLANILLA DE COTIZACIÓN” de acuerdo al modelo que se encuentra agregado en el Anexo I del presente pliego.
Deberán expresar la oferta económica, cotizando renglón por renglón, consignándose el precio unitario y cierto, en números, con referencia a la unidad de medida establecida en las Especificaciones Técnicas, el precio total del renglón, en números, las cantidades ofrecidas y el total general de la oferta, expresado en letras y números, determinados en la moneda de cotización fijada en el presente Pliego, correctamente volcados en su Planilla de Cotización. Al efecto, se recuerda que en el Anexo I del presente pliego obra el modelo de cotización a presentar en la presente contratación.
A los efectos de realizar una correcta cotización, cumplimentar lo dispuesto en el artículo 70 inciso g) apartados 1 y 2 del Reglamento aprobado por el Decreto N° 893/12 (B.O. 14-06- 12).
GASTOS ADICIONALES: El SENASA no reconocerá ningún adicional o gasto por cualquier concepto que no esté taxativamente especificado en las ofertas. Los precios cotizados serán considerados a todos los efectos fijos e inamovibles.
REQUERIMIENTOS MINIMOS: Deberá entenderse que los requerimientos técnicos y formales de este pliego son considerados mínimos y que por tanto se deberá explicar todas aquellas ventajas y/o facilidades que mejoren las especificaciones solicitadas.
OFERTAS PARCIALES: Las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas comprendidas en el artículo 1º de la Ley Nº 25.300 (B.O. 7/9/2000), conforme lo establecido por el artículo 70 inciso g) apartado 2 y articulo 197 del mencionado Reglamento de Contrataciones, previa acreditación de la calidad de tales, podrán presentar ofertas por el TREINTA Y CINCO POR CIENTO (35%) del o los renglones en que les interese participar del presente llamado.
En caso en que el porcentaje de cotización parcial permitido no arrojara una cantidad exacta y por la naturaleza de la prestación exista imposibilidad de entregar dicha cantidad, las ofertas deberán ser efectuadas por la cantidad exacta en mas o en menos mas cercana a la cantidad que resulte de aplicar el porcentaje dispuesto anteriormente.
8.2. Presentar GARANTÍA DE OFERTA por el CINCO POR CIENTO (5%) del TOTAL OFERTADO, conforme lo dispuesto en los artículos 70, inciso h) apartado 1, y 100 inciso a)
del Reglamento aprobado por el Decreto N° 893/12 (B .O. 14-06-12), de acuerdo a las formas detalladas en el artículo 101 del mencionado Reglamento (ver Cláusula 8° de este pliego).
8.3. Presentar la Declaración Jurada referida en el artículo 70 inciso g) apartado 3 del Reglamento aprobado por el Decreto N° 893/12 (B.O. 14-06-12), conforme lo dispuesto en el articulo 10 inciso a) apartado 3) xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, aprobado por la Disposición de la Oficina Nacional de Contrataciones Nº 58/2014, solo en los casos en que se oferten bienes de origen nacional, de acuerdo a la normativa vigente en la materia.
8.4. Presentar el “CERTIFICADO DE VISITA”, suscripto por el personal de este Organismo autorizado, de los objetivos detallados en las especificaciones técnicas, conforme página 5 del presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares, al efecto, deberán cumplimentar lo dispuesto en la Cláusula 12 “De la visita” .
8.5. Presentar referencias y antecedentes comerciales, a efectos de acreditar su experiencia y antigüedad en el rubro, debidamente respaldadas.
8.6. Presentar, respecto de su personal, las respectivas Pólizas de Seguro de Vida Obligatorio, en cumplimiento del Decreto Nº 1567/74 cuyo Reglamento del Seguro Colectivo de Vida Obligatorio fue reemplazado por el Anexo I de la Resolución de la Superintendencia de Seguros de la Nación N°35.333/2010 (B.O. 29-09-10) , con el último comprobante de pago.
8.7. Presentar, respecto de su personal, Contrato de Seguro de Accidente de Trabajo (conforme a lo establecido por la Ley de Riesgo del Trabajo Nº 24.557, sus modificaciones y decretos reglamentarios), con el último listado de personal incluido en el mismo, extendido por la Aseguradora de Riesgos del Trabajo y constancias de los últimos pagos.
8.8. Los oferentes no inscriptos en el Sistema de Información de Proveedores deberán acompañar la documentación respaldatoria de los datos cargados en la preinscripción, según lo detallado en el Anexo X xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales aprobado por la Disposición de la Oficina Nacional de Contrataciones Nº 58/2014 (B.O. 20- 08-2014)
8.9. Los oferentes inscriptos en el Sistema de Información de Proveedores deberán acompañar la documentación respaldatoria de los datos que hubieren variado según lo detallado en el Anexo X xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales aprobado por la Disposición de la Oficina Nacional de Contrataciones Nº 58/2014 (B.O. 20-08-2014)
8.10. Presentar el Certificado de Inscripción ante el RENAR.
8.11. Presentar el Certificado de Libre Deuda de Obra Social del Sindicato de Vigilancia (USPRA). En caso de no ser presentado se procederá al rechazo de la oferta.
8.12. Presentar libre deuda sindical del Sindicato de Unión Personal de la Seguridad Privada de la Republica Argentina (UPSRA). En caso de no ser presentado se procederá al rechazo de la oferta.
8.13. Presentar el Certificado de Inscripción ante una Aseguradora de Riesgos de Trabajo (A.R.T.), correspondiente a sus empleados.
8.14. Presentar antecedentes de desempeño en reparticiones o empresas de envergadura, consignando inicio y fin de sus servicios, aclarando causa o continuidad.
8.15. Presentar Certificado de juicios universales.
8.16. Presentar referencias bancarias de las entidades con las que operó y/u opera.
8.17. Presentar la Habilitación para operar como Empresa de Seguridad extendida por la Dirección General de Servicios de Seguridad Privada del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y la Plancheta de Habilitación.
8.18. Presentar la Habilitación para operar como Empresa de Seguridad emanada por la Dirección General Fiscalizadora de Agencias y Seguridad Xxxxxxx xxx Xxxxxxxx xx xx Xxxxxxxxx xx XXXXXX XXXXX.
8.19. Presentar la Habilitación para operar como Empresa de Seguridad emanada por la Prefectura Naval Argentina.
8.20. Por la magnitud del servicio, la empresa deberá contar como mínimo con MIL QUINIENTOS (1500) vigiladores.
8.21 Para su constancia deberá presentar los últimos VEINTICUATRO (24) meses de la Declaración Jurada de Aportes y Contribuciones (931) con el pago respectivo de la totalidad del impuesto mensual. Certificado por Escribano publico
8.22. Presentar Habilitación para operar como Empresa de Seguridad emanada por la Prefectura Nacional Argentina.
8.23. Presentar Declaración Jurada del IVA (731) de los últimos veinticuatro (24) meses con su pago respectivo. Certificado por Escribano publico
8.24 Presentar el pago de la declaración Jurada del impuesto a los IIBB convenio multilateral de los últimos doce (12) meses. Certificado por Escribano publico
8.25. Por la magnitud del Servicio la empresa deberá facturar como mínimo mas de PESOS VEINTE MILLONES ($ 20.000.000,00.-) mensuales en los últimos DOCE (12) meses de promedio.
8.26. Presentar fotocopia del Estatuto o Contrato Social inscripto en la Inspección General de Justicia, o si se trata de una persona física fotocopia de la inscripción en el registro Público de Comercio, solo se considerarán las ofertas de las sociedades constituidas en el país de acuerdo a la Ley Nº 19.550.
8.27. Será excluyente la presentación del Certificado de Norma de Calidad ISO 9001: 2008, y su registración en los organismos de control internacionales.
8.28. Deberán acompañar copia de los Balances Generales de cierre de ejercicio, firmadas por Contador Público Nacional y certificadas por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas, correspondientes a los DOS (2) ejercicios anteriores a la fecha de presentación de la oferta, con excepción de aquellos casos en que se acredite la imposibilidad de presentar dicha documentación de acuerdo a la fecha de inicio de sus actividades que consten en el Estatuto Social o Contrato; en éstos casos, sólo deberán presentar los antecedentes que registren, para demostrar una solvencia, un capital de trabajo y un índice de endeudamiento acorde con la presente contratación. Para verificar lo mencionado, se tomara individualmente cada balance.
8.29. Presentar el certificado de Constatación técnica emitido por Software Legal ®
Nota: La COORDINACIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES del SENASA podrá
requerir la presentación de la documentación que estime necesaria respecto de su capacidad técnica o financiera, debiendo el oferente presentarla en el plazo que se le indique, pudiendo su incumplimiento generar la desestimación de la oferta cuando dichas omisiones afectaren partes esenciales de la propuesta
CLAUSULA 9: GARANTIA DE OFERTA
9.1. Los oferentes deberán afianzar sus propuestas, indefectiblemente, mediante la correspondiente garantía de oferta, por un valor equivalente al CINCO POR CIENTO (5%) del monto total de la oferta, mediante alguna de las formas (o mediante combinaciones de ellas) establecidas en los incisos a), b), c), d), e), f) y g) del artículo 101 del Reglamento aprobado por el Decreto N° 893/12 (B.O. 14-06-12).
En el caso de cotizar con descuentos, alternativas o variante, la garantía se calculará sobre el mayor monto propuesto.
La elección de la forma de la garantía queda a opción del oferente.
La garantía de mantenimiento de la oferta será constituida por el plazo de validez de aquélla y su eventual prórroga. Y se deberá constituir en la misma moneda en que se hubiere hecho la oferta. Si la cotización se hiciere en moneda extranjera, estése a lo dispuesto en el artículo 102 del Reglamento aprobado por el Decreto N° 893/12 (B.O. 14-06-12).
9.2. PAGARÉ A LA VISTA (art. 100 inc. g) del Reglamento): El pagaré a la vista será válido solamente cuando el monto total de la garantía no supere la suma de PESOS QUINCE MIL ($ 15.000). Esta forma de garantía no es combinable con las restantes enumeradas en el artículo referido.
9.3. CHEQUE CERTIFICADO (art. 100 inc. b) del Reglamento):: En el caso de Cheque con certificación bancaria la orden debe estar a nombre de: SENASA – 50/623 CUT PAGADORA 2872/27.
9.4. SEGURO DE CAUCIÓN (art. 100 inc. e) del Reglamento): Las aseguradoras, emisoras de pólizas de seguros de caución, deberán cumplir los siguientes requisitos:
• Deberán poseer habilitación extendida por la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN.
• Deberán tener su casa central habilitada dentro de la República Argentina y domicilio legal constituido en la Ciudad de Buenos Aires.
• Deberán ser SOCIEDAD ANÓNIMA, SOCIEDAD COOPERATIVA DE SEGUROS MUTUOS, ORGANISMOS Y ENTES OFICIALES O MIXTOS NACIONALES, PROVINCIALES O MUNICIPALES y que sus actividades estén sometidas al régimen de la Ley N° 20.091 y al control creado por ella.
9.5. EXCEPCIONES A LA OBLIGACIÓN DE PRESENTAR GARANTÍAS: Se encuentran establecidas en el artículo 103 y en el Capitulo I del Titulo IV del Reglamento aprobado por el Decreto N° 893/12 (B.O. 14-06-12), los cuales no incluyen a las contragarantias, las que deberán constituirse en todos los casos en que se reciba un monto como adelanto salvo que el oferente sea una jurisdicción o entidad perteneciente al Sector Publico Nacional en los términos del Articulo 8º de la Ley Nº 24.156, o un organismo provincial, municipal o del Gobierno de Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 20 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales aprobado por la Disposición de la Oficina Nacional de Contrataciones Nº 58/2014 (B.O. 20-08-2014).
Si el monto de la garantía no fuere superior a PESOS CINCO MIL ($ 5.000), no será necesario presentar garantía, conforme lo dispuesto en el artículo 103, inciso c) del citado Reglamento.
CLAUSULA 10: MANTENIMIENTO DE OFERTA
Los oferentes, conforme lo dispuesto en el artículo 66 del Reglamento aprobado por el Decreto N° 893/12 (B.O. 14-06-12), deberán mantener las ofertas por el término de SESENTA (60) días corridos contados a partir de la fecha del acto de apertura. Este plazo de SESENTA (60) días se prorrogará en forma automática por un lapso igual al inicial y así sucesivamente, salvo que el oferente manifestara en forma expresa su voluntad de no renovar el plazo de mantenimiento, con una antelación mínima xx XXXX (10) días corridos al vencimiento de cada plazo.
El oferente podrá manifestar en su oferta que no renueva el plazo de mantenimiento de la misma al segundo periodo o que la mantiene por una determinada cantidad de periodos.
Si el oferente, en la nota por la cual manifestara que no mantendrá su oferta, indicara expresamente desde qué fecha retira la oferta, la Administración la tendrá por retirada en la fecha por él expresada. Si no indicara fecha, se considerará que retira la oferta a partir de la fecha de vencimiento del plazo de mantenimiento de la oferta en curso.
El oferente que manifestara que no mantendrá su oferta quedará excluido del procedimiento de selección a partir de la fecha indicada en el párrafo anterior.
Si el oferente manifestara su negativa a prorrogar el mantenimiento de su oferta dentro del plazo fijado a tal efecto, quedará excluido del procedimiento de selección, sin pérdida de la garantía de mantenimiento de la oferta. Si por el contrario, el oferente manifestara su voluntad de no mantener su oferta fuera del plazo fijado para realizar tal manifestación o retirara su oferta sin cumplir con los plazos de mantenimiento, corresponderá excluirlo del procedimiento y ejecutar la garantía de mantenimiento de la oferta.
Con posterioridad a la adjudicación el plazo de mantenimiento de la oferta se regirá por lo previsto en el artículo 96 del citado Reglamento de Contrataciones.
CLAUSULA 11: MONEDA DE COTIZACIÓN Y MONEDA DE PAGO
11.1 MONEDA DE COTIZACIÓN
La moneda de cotización y de pago es PESOS.
Los precios cotizados serán considerados a todos los efectos fijos e inamovibles. Se entenderá en consecuencia que se encuentran incluidas en el precio todas las prestaciones que, de acuerdo a juicio y experiencia de la empresa que se presente a ofertar, deberá realizar para el fiel y estricto cumplimiento de sus obligaciones, aunque las mismas no estén explicitadas en la oferta.
COTIZACIONES POR PRODUCTOS A IMPORTAR: Las cotizaciones por productos a importar deberán hacerse bajo las condiciones establecidas en los incisos a), b), c), d), f) y
g) del artículo 73 del Reglamento aprobado por el Decreto N° 893/12 (B.O. 14-06-12).
11.2 MONEDA DE PAGO
De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 118 del Reglamento aprobado por el Decreto N° 893/12 (B.O. 14-06-12), los pagos se efectuarán en la moneda que corresponda de acuerdo a lo previsto en las disposiciones que a tales fines determine la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS.
CLAUSULA 12: DE LA VISITA
En el lugar y la fecha indicada en la página CUATRO (4) de este Pliego de Bases y Condiciones Particulares se deberá:
A los mejores efectos de la elaboración de su oferta, deberá visitar las instalaciones del Organismo previstos en las especificaciones técnicas del presente Pliego, hasta CIENTO VEINTE (120) horas antes de la fecha de apertura siendo éste el plazo límite para realizarla.
Para solicitar y coordinar la visita, deberá comunicarse vía e-mail al siguiente correo electrónico xxxxxxx@xxxxxx.xxx.xx , o mediante nota presentada en la Coordinación de Xxxxxxx y Contrataciones.
TITULO 4: EVALUACION Y ADJUDICACION
CLAUSULA 13: APERTURA DE LAS OFERTAS Y VISTA
En el lugar, día y hora indicados en la página 4 de este pliego determinado para celebrar el acto de apertura, se procederá a abrir las ofertas en presencia de funcionarios del SENASA y de todos aquellos que desearan presenciarlo. A partir de la hora fijada como término para la recepción de las ofertas no se recibirán otras, aun cuando el acto de apertura no se haya iniciado. Si el día señalado para la apertura de las ofertas deviniera inhábil, el acto tendrá lugar el día hábil siguiente, en el mismo lugar y a la misma hora, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 74 del Reglamento aprobado por el Decreto N° 893/12 (B.O. 14-06- 12).
Durante el acto de apertura, cualquiera de los presentes podrá requerir la vista de los precios cotizados en las ofertas presentadas.
El Acta será firmada por los funcionarios y por los oferentes presentes que desearan hacerlo.
Los originales de las ofertas se exhibirán a los oferentes por el término de DOS (2) días, contados a partir del día hábil siguiente al de la apertura. Los oferentes podrán solicitar copias a su xxxxx. Todo ello de acuerdo a lo establecido en el artículo 76 del Reglamento aprobado por el Decreto N° 893/12 (B.O. 14-06-12).
CLAUSULA 14: CRITERIOS DE EVALUACION Y SELECCIÓN DE LAS OFERTAS. PREFERENCIAS. DESEMPATE DE OFERTAS.
14.1. A los fines de la evaluación de las ofertas, la COMISION EVALUADORA designada al efecto tendrá en cuenta el cumplimiento de los requisitos exigidos por la normativa aplicable, la idoneidad de los oferentes, el cumplimiento de las especificaciones técnicas solicitadas en el presente pliego, la calidad de los productos ofertados, adjudicándose a la propuesta que, ajustándose a lo solicitado, resulte ser la más económica.
A los efectos de evaluar la capacidad financiera y patrimonial del oferente, reflejado en los balances solicitados en el punto 8.28 la Comisión Evaluadora lo verificará individualmente, en cada uno de ellos, con las siguientes formulas:
A. LIQUIDEZ CORRIENTE: capacidad de la empresa para cumplir compromisos a corto plazo.
Liquidez =
Activo Corriente
–––––––––––––––––
Pasivo Corriente
Relación entre los activos corrientes disponibles para cancelar pasivos corrientes. La Liquidez deberá ser superior a 1.35
Solvencia =
Activo
––––––––––––– x 100
Pasivo
Solvencia mide la capacidad de una empresa para hacer frente a sus obligaciones de pago debe ser igual o mayor a 150%
Rotación de Cobranzas =
Ventas Netas
–––––––––––––––––
Créditos por ventas
Cantidad promedio de días que se tarda en percibir las cobranzas. La Rotación de Cobranzas deberá ser inferior a 10 días.
B. RENTABILIDAD TOTAL: Indica la rentabilidad antes y después de interés sobre capitales propios.
Patrimonio Neto =
Resultado Antes de IIGG
–––––––––––––
Patrimonio Neto
Resultado sobre Patrimonio Neto. El Patrimonio Neto deberá ser superior a 50 %.
Rendimiento del Activo =
Resultado Neto antes IIGG
–––––––––––––
Activo - Inversiones – Bs. Intangibles
El rendimiento Activo deberá ser superior al 25%
Resultado sobre Ventas =
Resultado Neto
–––––––––––––
Ventas Netas
Relación entre el resultado y las ventas totales. El Resultado sobre Ventas deberá ser superior al 6%
14.2. PREFERENCIAS: En materia de preferencias, resultarán de aplicación las disposiciones que contemple la normativa vigente (conf. art. 88 del Reglamento aprobado por el Decreto Nº 893/12).
14.3. DESEMPATE DE OFERTAS: En caso de igualdad de precios y calidad entre dos o más ofertas formalmente admisibles y convenientes, se aplicarán en primer término las normas sobre preferencias que establezca la normativa vigente en la materia, y de mantenerse la igualdad, resultarán de aplicación las previsiones contenidas en el artículo 90 del Reglamento aprobado por el Decreto Nº 893/12 (B.O. 14-06-12).
CLAUSULA 15: CAUSALES DE DESESTIMACIÓN NO SUBSANABLES
Será desestimada la oferta, sin posibilidad de subsanación, en los siguientes supuestos establecidos en el artículo 84 del Reglamento aprobado por el Decreto Nº 893/12 (B.O. 14- 06-12):
a) Si no estuviera redactada en idioma nacional.
b) Si la oferta original no tuviera la firma del oferente o su representante legal en ninguna de las hojas que la integran.
c) Si tuviere tachaduras, raspaduras, enmiendas o interlíneas sin salvar en las hojas que contengan la propuesta económica, la descripción del bien o servicio ofrecido, plazo de entrega, o alguna otra parte que hiciere a la esencia del contrato.
d) Si no se acompañare la garantía de mantenimiento de oferta o no se lo hiciera en la forma debida o la misma fuera insuficiente en más de un DIEZ POR CIENTO (10%) del monto correcto.
e) Si estuviera escrita con lápiz o con un medio que permita el borrado y reescritura sin dejar rastros.
f) Si fuere formulada por personas que tuvieran una sanción vigente de suspensión o inhabilitación para contratar con la ADMINISTRACIÓN NACIONAL al momento de la apertura de las ofertas o en la etapa de evaluación de aquéllas o en la adjudicación.
g) Si fuera formulada por personas que no estuvieran incorporadas en el Sistema de Información de Proveedores a la fecha de comienzo del período de evaluación de las ofertas, o a la fecha de adjudicación en los casos que no se emita el dictamen de evaluación o en los procedimientos en que no sea obligatorio presentar junto con la oferta la información y documentación para ser incorporado en el aludido sistema.
h) Si fuere formulada por personas físicas o jurídicas no habilitadas para contratar con la ADMINISTRACIÓN NACIONAL de acuerdo a lo prescripto por el artículo 28 del Decreto Delegado Nº 1.023/01 y sus modificaciones, al momento de la apertura de las ofertas o en la etapa de evaluación de aquéllas o en la adjudicación.
i) Si contuviera condicionamientos.
j) Si contuviera cláusulas en contraposición con las normas que rigen la contratación o que impidieran la exacta comparación con las demás ofertas.
k) Cuando contuviera errores u omisiones esenciales.
l) Si el precio cotizado mereciera la calificación de vil o no serio.
m) Si el oferente fuera inelegible de conformidad con lo establecido en el artículo 86 del Reglamento de Contrataciones aprobado por el Decreto Nº 893/12 (B.O. 14-06-12).
n) Si transgrede la prohibición prescripta por el artículo 67 del citado Reglamento de Contrataciones aprobado por el Decreto Nº 893/12 (B.O. 14-06-12).
o) Si las muestras no fueran acompañadas en el plazo fijado en el pliego.
CLAUSULA 16: CAUSALES DE DESESTIMACIÓN SUBSANABLES
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 85 del Reglamento de Contrataciones aprobado por el Decreto Nº 893/12 (B.O. 14-06-12), cuando proceda la posibilidad de subsanar errores u omisiones se interpretará en todos los casos en el sentido de brindar a la jurisdicción o entidad contratante la posibilidad de contar con la mayor cantidad de ofertas válidas posibles y de evitar que, por cuestiones formales intrascendentes, se vea privada de optar por ofertas serias y convenientes desde el punto de vista del precio y la calidad.
La subsanación de deficiencias se posibilitará en toda cuestión relacionada con la constatación de datos o información de tipo histórico obrante en bases de datos de organismos públicos, o que no afecten el principio de igualdad de tratamiento para interesados y oferentes y de que las ofertas deben ajustarse sustancialmente a los documentos de la contratación.
En estos casos la comisión evaluadora o la unidad operativa de contrataciones deberá intimar al oferente a que subsane los errores u omisiones dentro del término de CINCO (5) días, como mínimo, salvo que en el pliego de bases y condiciones particulares se fijara un plazo mayor.
La corrección de errores u omisiones no podrá ser utilizada por el oferente para alterar la sustancia de la oferta o para mejorarla o para tomar ventaja respecto de los demás oferentes.
Será posible requerir la subsanación de defectos en la oferta, de conformidad con las pautas establecidas y especialmente, en los siguientes supuestos:
a) Si la oferta original estuviera en parte firmada y en parte no. En estos casos la jurisdicción o entidad contratante intimará a la subsanación del defecto. Si no fuere subsanado en el plazo establecido, se desestimará la oferta.
b) Si la garantía de mantenimiento de oferta acompañada fuera insuficiente, siempre que el error en el importe de la garantía no supere un DIEZ POR CIENTO (10%) del monto correcto. En este caso la jurisdicción o entidad contratante intimará a la subsanación del defecto. Si no fuere subsanado en el plazo establecido, se desestimará la oferta.
c) Si no se acompañare la documentación que de conformidad con el Reglamento de Contrataciones aprobado por el Decreto Nº 893/12 (B.O. 14-06-12), con las normas que se dicten en su consecuencia y con el pliego de bases y condiciones particulares aplicable, se debe suministrar en el momento de presentar la oferta. En los casos en que dicha documentación no se acompañara junto con la oferta, la jurisdicción o entidad contratante intimará a la subsanación del defecto. Si no fuere subsanado en el plazo establecido, o bien si presentada la documentación en ese plazo se comprobara que los requisitos exigidos no estaban vigentes al momento de la apertura de las ofertas, se desestimará la oferta.
CLAUSULA 17: ERRORES DE COTIZACIÓN
Si el total cotizado para cada renglón no respondiera al precio unitario, se tomará este último como precio cotizado.
Si como consecuencia de la aplicación de la solución establecida anteriormente, el monto de la garantía de mantenimiento de oferta acompañada deviniera insuficiente, el organismo contratante intimara al oferente a integrar el valor correspondiente dentro del término de DOS (2) días de notificado, como mínimo.
Todo otro error en el monto cotizado denunciado por el oferente o detectado por el organismo contratante, antes de la adjudicación, producirá la desestimación de la oferta en los renglones pertinentes, con pérdida de la garantía de mantenimiento de la oferta en la proporción que corresponda, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 87 Reglamento de Contrataciones aprobado por el Decreto Nº 893/12 (B.O. 14-06-12).
CLAUSULA 18: PRECIO VIL O PRECIO NO SERIO
La Comisión Evaluadora o la unidad operativa de contrataciones, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 89 del Reglamento de Contrataciones aprobado por el Decreto Nº 893/12 (B.O. 14-06-12) podrá solicitar informes técnicos, cuando presuma fundadamente que la propuesta no podrá ser cumplida en la forma debida por tratarse de precios excesivamente bajos de acuerdo con los criterios objetivos que surjan de los precios xx xxxxxxx y de la evaluación de la capacidad del oferente.
Cuando de los informes técnicos surja que la oferta no podrá ser cumplida, corresponderá la desestimación de la oferta en los renglones pertinentes.
A tales fines se podrá solicitar a los oferentes precisiones sobre la composición de su oferta que no impliquen la alteración de la misma.
Si el oferente no mejorara el precio de su oferta igualmente podrá ser adjudicado si su oferta se entiende conveniente.
CLAUSULA 19: DICTAMEN DE EVALUACION: COMUNICACIÓN E IMPUGNACIÓN
19.1. COMUNICACIÓN: El Dictamen de Evaluación de las ofertas será comunicado a todos los oferentes dentro de los DOS (2) días de emitido a la dirección de correo electrónico o número de fax que el oferente haya denunciado en su oferta, todo ello en virtud de lo dispuesto en los artículos 45 y 92 del Reglamento aprobado por el Decreto N° 893/12 (B.O. 14-06-12).
Todas las notificaciones entre la jurisdicción o entidad contratante y los interesados, oferentes, adjudicatarios o cocontratantes, podrán realizarse válida e indistintamente por cualquiera de los medios indicados en el articulo 56 del Anexo al Decreto Nº 893/12.
En el caso que se decida notificar mediante la difusión en el Sitio de Internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES se deberá dejar constancia indicando la dirección de dicho sitio de Internet. En esos casos, se tomará como fecha de notificación el primer día de difusión en el sitio.
Para que la notificación sea válida se deberá transcribir íntegramente el contenido de la actuación administrativa que se pretende notificar, resultando de aplicación lo dispuesto en los artículos 40, 43 y 44 del “Reglamento de procedimientos administrativos. Decreto 1759/72 TO 1991”.
19.2. IMPUGNACIÓN: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 93 del citado Reglamento aprobado por el Decreto N° 893/12 (B.O. 14-06-12), los oferentes podrán impugnar el dictamen de evaluación dentro de los CINCO (5) días de su comunicación, y quienes no revistan tal calidad podrán impugnarlo dentro de los CINCO (5) días de su difusión en el sitio de Internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES.
CLAUSULA 20: ADJUDICACIÓN Y PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO
El acto administrativo que concluya el procedimiento de selección será notificado dentro de los TRES (3) días de dictado, al o los adjudicatario/s y a los demás oferentes que se hayan presentado (conf. art. 94 del Reglamento aprobado por el Decreto N° 893/12).
Dentro de los DIEZ (10) días de la fecha de notificación del mencionado acto administrativo, se procederá a emitir la Orden de Compra y su notificación al adjudicatario producirá el perfeccionamiento del contrato (conf. art. 96 del Reglamento aprobado por el Decreto N° 893/12).
El SENASA podrá dejar sin efecto el presente procedimiento de contratación en cualquier momento anterior al perfeccionamiento del contrato, sin lugar a indemnización alguna en favor de los interesados u oferentes.
TITULO 5: EJECUCIÓN Y EXTINCION DEL CONTRATO CLAUSULA 21: OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO
El adjudicatario deberá cumplir con las siguientes obligaciones:
21.1. El personal de la adjudicataria deberá reunir las siguientes condiciones:
A) Deberá ser mayor de edad y hábil.
B) El personal de la firma adjudicataria asignado para cumplir el servicio en el SENASA deberá ser ciudadano argentino nativo o por opción; o naturalizado.
C) Poseer Documento Nacional de Identidad, o Libreta Cívica o Libreta de Enrolamiento.
D) Poseer certificado de buena conducta expedido por el Registro Nacional de
Reincidencia y Estadística Criminal. El SENASA podrá solicitar en cualquier momento de la presentación de nuevos certificados.
E) Certificado de domicilio.
F) Credencial de legítimo usuario vigente (CLU).
G) Credencial de autorización para Portación xx Xxxxx vigente.
H) Certificado de Capacitación obligatoria para guardias de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y/o de cualquier provincia del país.
I) Para evaluar la idoneidad del personal que desempeñará las tareas de seguridad y vigilancia será tenida en cuenta la acreditación de estudios secundarios completos, con la presentación del Certificado de Estudios respectivo de cada agente.
La adjudicataria deberá presentar en el término de SETENTA Y DOS (72) horas de suscripta la orden de compra o de notificada la misma, la documentación correspondiente por cada agente afectado al servicio donde conste el número de inscripción ante las autoridades competentes para desempeñarse como vigilador, como así también copia de la credencial autorizante para portación xx xxxxx.
21.2. El adjudicatario deberá presentar al inicio de la prestación del servicio un listado del personal afectado al servicio conteniendo: apellidos y nombres, número de documento, cargo que desempeña, identificación asignada por la empresa, antigüedad, estado civil, domicilio real, nombres y apellidos de los padres, indicará además horarios de cada uno de los empleados a su cargo, siendo de carácter preferencial la estabilidad de los mismos en sus funciones como en los horarios que se los designe.
21.3. El personal afectado al servicio deberá poseer nociones sobre seguridad, explosivos y lucha contra incendios y conocimientos básicos sobre primeros auxilios.
Es responsabilidad del adjudicatario que todos los integrantes de la dotación provista concurran a práctica de tiro, conforme lo establecido en el Art. 9 Inc. b) del Decreto 1002/99, la que deberá ser comunicada al Departamento de Servicios Generales del SENASA con una antelación de por lo menos CUARENTA Y OCHO (48) horas, a efectos de su supervisión.
21.4. La adjudicataria deberá presentar mensualmente, bajo apercibimiento de no abonarse la respectiva factura, en la Coordinación de Compras y Contrataciones del SENASA:
21.4.1. La nómina del personal afectado al servicio contratado donde conste Nombre y Apellido, Documento de Identidad, Domicilio, Edad, Nacionalidad, Horario cumplido, Días trabajados en el mes.
21.4.2. Póliza de Seguro original contra todo riesgo (Responsabilidad Civil), acompañada del recibo de pago.
21.4.3. Recibos de pagos de aportes y contribuciones efectuados a favor del ANSES del último mes abonado.
21.4.4 Constancia de contratación de A.R.T. y constancia de pago al día.
Toda esta documentación deberá presentarse en original y copia, para ser certificada esta última por la citada Coordinación.
El SENASA se reserva el derecho de solicitar en cualquier momento la exhibición de los comprobantes de pago de los mismos y realizar verificaciones in situ.
21.5. El adjudicatario deberá informar periódicamente al SENASA, las altas, bajas, suspensiones y otras medidas que se relacionen con el personal, adjuntando toda la documentación que corresponda al caso.
21.6. El adjudicatario deberá velar por la presentación y aseo de su personal.
21.7. El adjudicatario está obligado a disponer que su personal ajuste su proceder al estricto cumplimiento de las consignas de carácter general y particular, que para cada objetivo disponga en el SENASA.
21.8. El personal afectado deberá observar el debido y buen trato de respeto mutuo con las personas que interactúe.
21.9. El adjudicatario deberá proveer a todo su personal de tarjetas de identificación que incluya fotografía y su uso será obligatorio y deberá ser portada a la vista.
21.10 El adjudicatario deberá proveer, controlar y exigir el uso a todo su personal destinado al cumplimiento de tareas en el organismo y sus dependencias de la vestimenta reglamentaria, la que deberá ser nueva y mantenerse en condiciones óptimas.
21.11. La adjudicataria, deberá proveer a todo su personal destinado a la seguridad del organismo y sus dependencias, de los elementos de seguridad y protección obligatorios:
• Soportes para radio portátil UHF y VHF
• Linternas de buen poder lumínico
• Chalecos antibala para todo el personal destinado en el exterior de los edificios y todos aquellos que encontrándose en exterior como interior porten armas de fuego. Estos elementos de dotación deberán ser homologados por el Registro Nacional xx Xxxxx (RENAR) y el grado de protección de los mismos deberá ser determinado por la adjudicataria según el relevamiento previo realizado a las instalaciones del organismo.
21.11.1. El adjudicatario está obligado a disponer que el personal que se encuentre de servicio, continúe el mismo cuando por algún motivo el reemplazante no se presente en el horario establecido, cuyo recargo será abonado por cuenta del adjudicatario. Este recargo no deberá superar lo establecido en disposiciones legales.
21.11.2. El servicio se cumplirá en los días y horarios establecidos en el cuadro detallado en las especificaciones técnicas del presente Pliego Licitatorio, inclusive en días xxxxxx, xxxxxxx y feriados, sin que pueda ser reducido aludiendo francos, licencias, enfermedad o cualquier otro acontecimiento extraordinario.
21.11.3. Los turnos asignados podrán ser modificados por el SENASA, atendiendo a razones de mejor servicio.
21.12. El adjudicatario deberá tener previsto permanentemente personal suficiente para cubrir inasistencias, como así también para cubrir personal cuya separación del plantel sea solicitada por el SENASA, cuando por sus actos violen las disposiciones vigentes en cuanto a orden, disciplina, seguridad y otros motivos que afecten a la repartición.
21.13. La empresa adjudicataria deberá proveer al personal un sistema de equipos transceptores portátiles UHF y VHF que los vincule en red, los que deberán estar aprobados por la Comisión Nacional de Comunicaciones. Dichos equipos deberán contar con el mantenimiento adecuado de parte de la empresa para garantizar su uso en todo momento.
21.14. El adjudicatario deberá proveer a todo el personal a su cargo, antes de comenzar las tareas contratadas, el equipamiento y/o las herramientas necesarias para la prestación del servicio. El mismo deberá ser de primera calidad y marca reconocida y resultar suficiente para la correcta prestación del servicio en los plazos y calidad establecidos.
A tal fin la adjudicataria deberá elevar en forma previa y luego mensualmente al SENASA, un listado completo y detallado pormenorizadamente xx xxxxx de dotación, su correspondiente tarjeta de tenencia, individualizar al asignado de la misma, su correspondiente credencial de legítimo usuario y la autorización de portación de la misma y cualquier otra documentación relativa a las mismas para su correspondiente individualización, verificación e inscripción en el registro del SENASA.
En consecuencia, queda prohibido el ingreso, tenencia y portación xx xxxxx, en cualquier sede del organismo, que no se encuadre debida y legalmente identificada e inscripta en los registros del SENASA.
21.15. En todo momento el adjudicatario deberá adoptar las medidas para prevenir o impedir toda conducta ilegal, tumultuosa o desordenada de su personal y bienes en el área de trabajo y sus proximidades.
21.16. El adjudicatario deberá obligatoriamente administrar y ejecutar el servicio en forma directa, no pudiendo ceder o subcontratar parcial o totalmente la ejecución de los actos y hechos propios del servicio contratado.
21.17. El adjudicatario deberá presentar una Póliza de Responsabilidad Civil por daños a terceros, emitida a favor del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA hasta la finalización del contrato.
21.18. La firma adjudicataria estará permanentemente representada en cada objetivo por un encargado que será responsable del personal, quien estará autorizado a recibir notificaciones emanadas de funcionarios del SENASA.
21.19. Será responsabilidad del adjudicatario cualquier deterioro o rotura en los edificios o bienes propiedad del SENASA o de un tercero, como así también sustracciones de las que, previa comprobación, resultara responsable el personal afectado, ya sea por acción directa o bien por negligencia, imprudencia o impericia en el desempeño de sus funciones.
Asimismo, la responsabilidad del adjudicatario por los daños o desaparición de bienes, cuya custodia constituye el objeto de la presente contratación, se presumirá y tendrá por acreditada, toda vez que la investigación realizada por el SENASA pueda determinar las circunstancias en que se produjeron los hechos, quedando a cargo del adjudicatario presentar las pruebas de inexistencia de culpa o negligencia de su parte en dicha custodia y ésta, eficazmente cumplida, no hubiese podido impedir el hecho.
La reparación de los daños será efectuada por el adjudicatario dentro de las CUARENTA Y OCHO (48) horas de producido el evento.
21.20. La firma adjudicataria es responsable por los daños físicos y/o psíquicos que como consecuencia del accionar de su personal produzca al personal del SENASA o a un tercero.
21.21. Queda bajo la exclusiva responsabilidad del adjudicatario todo accidente de trabajo y/o enfermedad que se produzca en el personal a su cargo, como así también los gastos por asistencia medico-farmacéutica que se originen, y el pago de las indemnizaciones que puedan corresponder por tales eventualidades a su personal.
21.22. Relación de dependencia: El personal que realice el servicio estará directamente bajo relación de dependencia del adjudicatario encontrándose el pago de los sueldos, salarios familiares, aguinaldo, vacaciones, indemnizaciones, seguros contra todo riesgo, aportes y demás contribuciones que correspondan, a cargo exclusivamente de la firma adjudicataria, quedando el SENASA, EXENTO DE CUALQUIER TIPO DE RESPONSABILIDAD.
21.23. Garantía de cumplimiento de contrato
Deberá integrar, dentro del plazo de CINCO (5) días hábiles de notificada o suscripta la Orden de Compra, una garantía de cumplimiento de contrato (en original y fotocopia simple), por un valor equivalente al DIEZ POR CIENTO (10%) del monto total adjudicado, de acuerdo a las formas indicadas en la cláusula 8 del presente pliego, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 98 del Reglamento aprobado por el Decreto N° 893/12 (B.O. 14-06- 12).
Dicha garantía deberá ser presentada en la COORDINACIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES del SENASA, sito en Xx. Xxxxx Xxxxx, 0x Xxxx, Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx, de lunes a viernes en el horario de 10 a 13hs. y de 14 a 16hs., y deberá estar acompañada de una nota en la cual se indique: nombre de la firma presentante, número de expediente, tipo y número de procedimiento de selección, número de orden de compra y carácter de la garantía.
La garantía será devuelta una vez cumplido el contrato a satisfacción del SENASA y de acuerdo a lo previsto en el Reglamento de Contrataciones.
Excepciones a presentar garantías: rige lo dispuesto en el artículo 103 del Reglamento aprobado por el Decreto N° 893/12 (B.O. 14-06-12).
Devolución de garantías: rige lo establecido en los artículos 104 y 106 del citado Reglamento aprobado por el Decreto N° 893/12 (B.O. 14-06-12).
21.24. Información de cuenta bancaria
A los efectos de percibir el pago, deberá informar su número de cuenta bancaria, corriente o de ahorro, en moneda nacional, la que deberá encontrarse abierta en alguno de los bancos adheridos al sistema, autorizados a operar como agentes pagadores.
21.25. Alta de beneficiario
Deberá acompañar fotocopia de la presentación del formulario de ALTA DE BENEFICIARIO y de AUTORIZACIÓN DE PAGO, con la constancia de recepción respectiva o indicación del CÓDIGO DEL BENEFICIARIO, otorgado de conformidad a la Disposición Xxxxxxxx Xx 00/00 xx xx XXXXXXXXXX XXXXXXX XX XX XX CIÓN y N° 10/95 de la TESORERÍA GENERAL DE LA NACIÓN, por las que se aprueba el procedimiento pertinente.
Aquellos que no posean número de beneficiario deberán obtenerlo en la COORDINACIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES del SENASA, sito en Xx. Xxxxx Xxxxx, 0x Xxxx, Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx, de lunes a viernes en el horario de 10 a 13 y 14 a 16hs.
21.26. Cumplimiento de la normativa vigente
Se obliga a cumplimentar exclusiva y excluyentemente y sin derecho a reembolso o resarcimiento alguno, la totalidad de las normas administrativas, comerciales, laborales, tributario impositivas, previsionales, de cobertura aseguradora o de cualquier otra índole tanto nacionales, provinciales o municipales, que le resulten inherentes como consecuencias de la actividad que desarrolle por el presente, asumiendo idéntica responsabilidad en relación al personal que contrate o preste servicios a su favor a tal efecto.
21.27. Higiene y Seguridad en el Trabajo y Riesgos del Trabajo
Deberá dar estricto cumplimiento a lo establecido en materia de Higiene y Seguridad en el Trabajo (Ley N° 19.587 y su Decreto reglamentari o) y Riesgo de Trabajo (Ley N° 24.557 y su Decreto reglamentario).
21.28. Cumplimiento de la prestación
Deberá dar cumplimiento en tiempo y forma a su obligación de prestar los servicios, en un todo de acuerdo con la normativa vigente y con las consideraciones especiales detalladas en las Especificaciones Técnicas del presente pliego.
Particularmente, deberá proveer la mano de obra, equipos, materiales, herramientas e instrumental necesarios para cumplir el objeto y obligaciones de esta contratación, a su exclusivo cargo y costo, y bajo su exclusiva responsabilidad.
21.29. Responsabilidad
Asumirá exclusiva responsabilidad por los hechos dañosos de cualquier naturaleza que puedan producirse a sus dependientes, terceros, personal del SENASA, o a los bienes de todos ellos, como consecuencia de la actividad que cumplimentará con motivo de la contratación adjudicada.
Al respecto, se deja establecido que la adjudicataria ejecutará los trabajos contratados de modo que los mismos resulten completos y adecuados a su fin, en la forma que se infiere de las Especificaciones Técnicas y de los demás documentos del contrato, aunque los mismos no mencionen todos los detalles necesarios al efecto, sin que por ello tenga derecho al cobro de adicional alguno y responderá de los defectos que puedan producirse durante la ejecución de los mismos y hasta la conformidad definitiva.
Deberá tomar todos los recaudos y precauciones necesarias para evitar daños a su personal, al del SENASA y a terceros vinculados o no con la ejecución de las prestaciones, a las propiedades e instalaciones del SENASA o de terceros, sea que tales daños provengan de la acción de su personal, de elementos instalados o de causas eventuales teniendo, además, a su cargo la reparación de eventuales daños materiales a los bienes de propiedad del SENASA o de terceros y de los ocasionados al personal del SENASA o a terceros.
El resarcimiento de los daños y perjuicios que no obstante se produjeran, correrán por cuenta de la adjudicataria. Estas responsabilidades subsistirán hasta la conclusión de los compromisos contractuales. La contratista responderá por todos los daños que produzca a las personas, bienes o instalaciones del SENASA o terceros; para ello deberá presentar las pólizas de seguros que correspondan.
21.30. Seguro de responsabilidad
Deberá contar con un seguro de responsabilidad civil para cubrir los daños y perjuicios durante la prestación del servicio.
21.31 Personal de la adjudicataria
El personal a emplearse en la presente contratación deberá ser idóneo y experimentado, y estar equipado con los elementos necesarios para un correcto desempeño de sus tareas. Tendrá prohibido el acceso a las instalaciones ajenas al trabajo. No se permitirá el ingreso a las instalaciones del SENASA de personal indocumentado y/o sin residencia autorizada en el país.
La adjudicataria queda obligada a disponer del personal que necesite con arreglo a las disposiciones laborales vigentes.
El personal deberá poseer uniforme de la empresa adjudicataria y contará con una tarjeta identificatoria, visiblemente colocada, con la indicación de nombre, número de documento, nombre de la empresa y cargo.
De resultar necesario, la adjudicataria deberá presentar la totalidad del listado de su personal antes de comenzar los trabajos, acompañando dicho listado con la documentación correspondiente y domicilio.
21.32 Elementos de seguridad
El personal que preste el servicio deberá contar con todos los elementos de seguridad para la realización de sus tareas.
CLAUSULA 22: PERSONAL DE LA ADJUDICATARIA
El personal utilizado por la adjudicataria para realizar para la prestación del servicio, no adquiere por esta contratación ningún tipo o forma de relación de dependencia con el SENASA, siendo por cuenta de la firma contratada todas las responsabilidades emergentes de la relación laboral con el personal empleado.
Conforme a lo indicado en la cláusula anterior, queda bajo exclusiva responsabilidad de la firma adjudicataria todo accidente de trabajo que ocurra a su personal o a terceros vinculados o no con la prestación del servicio, como asimismo del cumplimiento de impuestos, salarios, cargas sociales, seguros, elementos de seguridad, indumentaria, beneficios y todas las obligaciones y responsabilidades emergentes de la relación laboral que existan o pudieren surgir durante la vigencia del contrato, sin excepción.
El adjudicatario deberá cumplir con la totalidad de sus obligaciones Fiscales, Previsionales, de la Seguridad Social y Sindicales.
El SENASA se reserva el derecho de solicitar en cualquier momento la exhibición de los comprobantes de pago de los mismos y realizar verificaciones in situ.
CLAUSULA 23: SUPERVISIÓN DEL CONTRATO
La supervisión del contrato por parte del SENASA se hará efectiva por intermedio del Departamento de Servicios Generales dependiente de la Coordinación General Administrativa de la Dirección de Servicios Administrativos y Financieros, quien tendrá a su cargo la inspección de los trabajos y a la que el adjudicatario facilitará ampliamente y en forma ineludible su cometido.
La inspección intervendrá en todas las cuestiones concernientes a la prestación del servicio, correcta ejecución del mismo y además verificará el cumplimiento de las obligaciones contractuales.
El SENASA se reserva el derecho de hacer uso de las medidas internas que reglamentan la seguridad y custodia de los bienes que conforman su patrimonio.
CLAUSULA 24: LUGAR DE PRESTACION DE SERVICIO
El Servicio deberá ser prestado conforme lo establecido en las Especificaciones Técnicas del presente Pliego, de acuerdo al detalle de horarios y lugares descriptos en el Anexo II.
CLAUSULA 25: PLAZO DE PRESTACION DE SERVICIO
El servicio deberá ser prestado por el término de DOCE (12) meses a partir del día siguiente a la recepción o suscripción de la pertinente orden de compra, con posibilidad de prorrogar el contrato DOCE (12) meses más, de acuerdo a lo establecido en la cláusula 33 punto b) del presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
CLAUSULA 26: RECEPCIÓN DEFINITIVA
La conformidad de la recepción se otorgará dentro de los DIEZ (10) días hábiles de la recepción provisoria de la prestación del servicio.
Dicho plazo comenzará a correr, de acuerdo a lo establecido en el artículo 115 del Reglamento aprobado por el Decreto N° 893/12 (B.O. 14-06-12), a partir del día hábil inmediato siguiente al de la fecha de entrega de los elementos o al del vencimiento del período que se hubiera establecido en el pliego el que podrá ser parcial con respecto al período fijado para la vigencia del contrato o al del cumplimiento de determinadas etapas de la ejecución del contrato de acuerdo a lo que se hubiera previsto en los respectivos pliegos. En caso de silencio, una vez vencido dicho plazo, el proveedor podrá intimar la recepción. Si la dependencia contratante no se expidiera dentro de los DIEZ (10) días siguientes al de la recepción de la intimación, los bienes o servicios se tendrán por recibidos de conformidad.
En los casos en que la Comisión de Recepción intime la presentación de elementos faltantes o bien cuando solicite el reemplazo de elementos o la adaptación de servicios que no eran conforme x xxxxxx, el plazo para otorgar la conformidad de la recepción de estas nuevas prestaciones comenzará a correr a partir de su ejecución.
En los casos de entrega de bienes importados, podrá estarse a lo dispuesto en los términos de las “Reglas Oficiales de la Cámara de Comercio Internacional para la Interpretación de Términos Comerciales – INCOTERMS".
CLAUSULA 27: FACTURACION Y PLAZO DE PAGO
27.1. FACTURACION
Las facturas electrónicas, según el caso, deberán indicar:
- Fecha de emisión.
- Número y año de la Orden de Compra a la que hacen referencia.
- Número, especificación e importe de cada renglón facturado.
Las facturas deben presentarse una vez recibida la conformidad de la recepción (conf. art.
116 del Reglamento aprobado por el Decreto N° 893/1 2) en la COORDINACION DE COMPRAS Y CONTRATACIONES del SENASA, sito en Xxxx. Xxxxx Xxxxx 000, 0x Xxxx, Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx (1063), de lunes a viernes en el horario de 10 a 17hs.
Se deberá adjuntar a la factura:
- Copia de los Remitos de entrega con el siguiente detalle:
➢ Resumen del servicio prestado, desagregados en detalle.
➢ Fecha y Lugar de prestación del servicio.
➢ Firma y Aclaración del Funcionario responsable del servicio.
- Copia de la Constancia de Inscripción ante la AFIP.
- Porcentaje de Exclusión de IVA y Ganancias, en caso de corresponder.
- En caso de ser Agente de Retención, copia del documento que avale dicha situación.
27.2. PLAZO DE PAGO
El plazo para el pago de las facturas será de TREINTA (30) días corridos de presentada la factura correspondiente, mediante sistema CUT.
No obstante ello, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 117 in fine del Reglamento aprobado por el Decreto N° 893/12 (B.O. 14-06-12), los pagos se atenderán, considerando el programa mensual de caja y las prioridades de gastos contenidas en la normativa vigente.
CLAUSULA 28: SEGUROS
Obligaciones de la adjudicataria en materia de seguros:
28.1. Vida obligatorio al personal
Deberá asegurar al personal a su cargo en los lugares donde se desarrollarán los trabajos, con una cobertura de Vida Obligatorio, según las condiciones que sobre este riesgo prevé el Decreto 1567/74.
28.2 Responsabilidad civil comprensiva
Deberá constituir un seguro de Responsabilidad Civil comprensiva emergente de la actividad que desarrolle y para la cual fueron contratados por un monto no inferior a PESOS CIENTO CINCUENTA MIL ($ 150.000.-). En caso de poseer póliza de R.C. para su empresa en el ámbito nacional, por las actividades que la misma realiza, podrá extender un endoso incorporando como coasegurado al SENASA, aclarando que lo hace en los términos generales y particulares de la presente Licitación.
Cualquier consecuencia, ya fuere de carácter civil o penal que pudiera ocasionar la actuación de su personal con relación a terceros, incluyendo el personal del SENASA o los bienes de éste, será soportada exclusivamente por el adjudicatario, incluso las que derivan de la aplicación del Artículo 1.113 del Código Civil y se consideran incluidos en la oferta.
28.3 Riesgos del trabajo
Deberá contratar un seguro sobre los Riesgos del Trabajo -y acreditar su existencia antes de iniciar los trabajos- para el personal a su cargo que realice tareas en las instalaciones donde se llevarán a cabo las mismas y en un todo de acuerdo a lo previsto por la Ley sobre Riesgos del Trabajo Nº 24.557. Las condiciones de cobertura deberán ser las que prevé la citada Ley.
El SENASA no aceptará bajo ninguna excusa el autoseguro parcial o total. La empresa aseguradora deberá ser una Administradora de Riesgo del Trabajo (A.R.T.), autorizada por la Superintendencia de Seguros de A.R.T.
28.4 De las Pólizas
28.4.1 Las Compañías de Seguros contratadas deberán estar autorizadas a operar por la Superintendencia de Seguros de la Nación y la Superintendencia de Administración de Riesgos de Trabajo. Asimismo, deberán ser de primer nivel y poseer una estructura económico-financiera dentro de los mínimos y máximos que determinan las fórmulas de la Superintendencia de Seguros de la Nación y que surgen del análisis que ese Organismo realiza de los datos presentados por las Aseguradoras.
28.4.2. El SENASA podrá, durante el transcurso de la vigencia de la póliza, exigir el cambio de Asegurador en caso que se lesione la estructura económico-financiera de éste, o por razones técnico-contractuales. Esta modificación no ocasionará ningún costo al Ministerio ni al Estado Nacional.
28.4.3 Los contratos de seguros que se presenten al SENASA deberán serán pólizas originales o copias y/o fotocopias con firmas ORIGINALES del Asegurador en todos los casos.
28.4.4 Dentro de las condiciones particulares deberá figurar expresamente el SENASA como beneficiario solidario con la adjudicataria de todos los derechos y prestaciones que la póliza otorgue al asegurado.
28.4.5 La adjudicataria deberá adjuntar la documentación fehaciente del Asegurador que testifique el pago de las pólizas en tiempo y forma.
28.4.6 Todos los contratos de seguros deberán mantener su vigencia hasta el cabal cumplimiento de las obligaciones de la adjudicataria. Si la finalización del contrato de la prestación fuera posterior al vencimiento de la póliza inicial, QUINCE (15) días antes de ese vencimiento deberá ser presentada la renovación de la misma. Si esta renovación, aún teniendo vigencia anual no llegara a cubrir el plazo del contrato, se repetirá este procedimiento tantas veces como sea necesario hasta cubrir el cumplimiento total de dicho contrato.
TITULO 6: DISPOSICIONES GENERALES
CLAUSULA 29: EXTENSIÓN DEL PLAZO DE CUMPLIMIENTO DE LA PRESTACIÓN
La extensión del plazo de cumplimiento de la prestación sólo será admisible cuando existieran causas debidamente justificadas y las necesidades de la jurisdicción o entidad contratante admitan la satisfacción de la prestación fuera de término, de conformidad con lo lo dispuesto en el artículo 119 del Reglamento aprobado por el Decreto N° 893/12 (B.O. 14- 06-12).
La solicitud deberá hacerse antes del vencimiento del plazo de cumplimiento de la prestación, exponiendo los motivos de la demora y de resultar admisible deberá ser aceptada por la Comisión de Recepción.
No obstante la aceptación corresponderá la aplicación de la multa por xxxx en la entrega, de acuerdo a lo previsto en el inciso c) del artículo 126 del mencionado Reglamento de Contrataciones
En aquellos casos en que sin realizar el procedimiento establecido en la presente norma el cocontratante realice la prestación fuera de plazo y el organismo contratante la acepte por aplicación del principio de continuidad del contrato, también corresponderá la aplicación de la multa por xxxx en el cumplimiento, a los fines de preservar el principio de igualdad de tratamiento entre los interesados.
CLAUSULA 30: RESCISIÓN SIN CULPA DE LAS PARTES
La revocación, modificación o sustitución de los contratos por razones de oportunidad, mérito o conveniencia, no generará derecho a indemnización en concepto de lucro cesante, sino únicamente a la indemnización del daño emergente, que resulte debidamente acreditado (conf. art. 121 del Reglamento aprobado por el Decreto N° 893/12).
CLAUSULA 31: RESCISIÓN POR CULPA DEL PROVEEDOR
Si el adjudicatario desistiere en forma expresa del contrato antes del plazo fijado para su cumplimiento, o si vencido el plazo de cumplimiento original del contrato, de su extensión, o vencido el plazo de las intimaciones que hubiera realizado la Comisión de Recepción, en todos los casos, sin que los bienes hubiesen sido entregados o prestados los servicios de conformidad, la jurisdicción o entidad contratante –conf. lo dispuesto en el art. 122 del Reglamento aprobado por el Decreto N° 893/12- deber á declarar rescindido el contrato sin necesidad de interpelación judicial o extrajudicial, salvo en aquellos casos en que optara por la aceptación de la prestación en forma extemporánea de acuerdo a lo previsto en el artículo 119 del citado Reglamento de Contrataciones.
Si el cocontratante no integrara la garantía de cumplimiento del contrato en el plazo fijado en el artículo 98 del Reglamento aprobado por el Decreto N° 893/12 (B.O. 14-06-12), la unidad operativa de contrataciones lo deberá intimar para que la presente otorgándole un nuevo plazo igual que el original, y en caso en que no la integre en dicho plazo se rescindirá el contrato y se deberá intimar al pago del importe equivalente al valor de la mencionada garantía.
Si el cocontratante no cumpliera con el contrato la jurisdicción o entidad podrá adjudicar el contrato al que le siga en orden de mérito, previa conformidad del respectivo oferente, y así sucesivamente. No corresponderá la aplicación de penalidades si el segundo o los subsiguientes en el orden de mérito no aceptan la propuesta de adjudicación que hiciera el organismo contratante en estos casos.
CLAUSULA 32: GASTOS POR CUENTA DEL PROVEEDOR
De acuerdo a lo establecido en el artículo 123 del Reglamento aprobado por el Decreto N° 893/12 (B.O. 14-06-12), serán por cuenta del proveedor el pago de los siguientes conceptos:
a) Tributos que correspondan;
b) Costo del despacho, derechos y servicios aduaneros y demás gastos incurridos por cualquier concepto en el caso de rechazo de mercaderías importadas con cláusulas de entrega en el país;
c) Reposición de las muestras destruidas, a fin de determinar si se ajustan en su composición o construcción a lo contratado, si por ese medio se comprobaren defectos o vicios en los materiales o en su estructura.
d) Si el producto tuviere envase especial y éste debiere devolverse, el flete y acarreo respectivo, ida y vuelta, desde el mismo lugar y por los mismos medios de envío a emplear para la devolución, serán por cuenta del proveedor. En estos casos deberá especificar separadamente del producto, el valor de cada envase y además estipular el plazo de devolución de los mismos, si la jurisdicción o entidad contratante no lo hubiera establecido en las cláusulas particulares. De no producirse la devolución de los envases en los plazos establecidos por una u otra parte, el proveedor podrá facturarlos e iniciar el trámite de cobro de los mismos, a los precios consignados en la oferta, quedando este trámite sin efecto, si la devolución se produjera en el ínterin.
CLAUSULA 33: OPCIONES A FAVOR DE LA ADMINISTRACIÓN
El derecho de la jurisdicción o entidad contratante respecto de la prórroga, aumento o disminución de los contratos, en los términos del artículo 12 del Decreto Delegado Nº 1.023/01 y sus modificaciones, se sujetará a las pautas establecidas en el artículo 124 del Reglamento aprobado por el Decreto N° 893/12 (B.O. 14-06-12):
a) Aumentos y Disminuciones:
1. El aumento o la disminución del monto total del contrato será una facultad unilateral del organismo contratante, hasta el límite del VEINTE POR CIENTO (20%) establecido en el inciso b) del citado artículo 12.
En los casos en que resulte imprescindible para el organismo contratante el aumento o la disminución podrán exceder el VEINTE POR CIENTO (20%), y se deberá requerir la conformidad del cocontratante, si esta no fuera aceptada, no generará ningún tipo de responsabilidad al proveedor ni será pasible de ningún tipo de penalidad o sanción. En ningún caso las ampliaciones o disminuciones podrán exceder del TREINTA Y CINCO POR CIENTO (35%) del monto total del contrato, aun con consentimiento del cocontratante.
2. Las modificaciones autorizadas en el inciso b) del artículo 12 del Decreto Delegado Nº 1.023/01 y sus modificaciones, deberán realizarse sin variar las condiciones y los precios unitarios adjudicados.
3. Los aumentos o las disminuciones podrán incidir sobre, uno, varios o el total de los renglones de la orden de compra o contrato. En ningún caso el aumento o la disminución podrá exceder los porcentajes antes citados del importe de los renglones sobre los cuales recaiga el aumento o la disminución.
4. El aumento o la disminución de la prestación podrá tener lugar en oportunidad de dictarse el acto de adjudicación o durante la ejecución del contrato o, como máximo, hasta TRES (3) meses después de cumplido el contrato original.
5. Cuando por la naturaleza de la prestación exista imposibilidad de fraccionar las unidades para entregar la cantidad exacta contratada, las entregas podrán ser aceptadas en más o en menos, según lo permita el mínimo fraccionable. Estas diferencias serán aumentadas o disminuidas del monto de la facturación correspondiente, sin otro requisito.
b) Prórrogas:
1. Los pliegos de bases y condiciones particulares podrán prever la opción de prórroga a favor de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL, cuando se trate de contratos de suministros de cumplimiento sucesivo o de prestación de servicios. Los contratos de bienes en los que el cumplimiento de la prestación se agotara en una única entrega, no podrán prorrogarse.
2. La limitación a ejercer la facultad de prorrogar el contrato a que hace referencia el artículo 12 del Decreto Delegado Nº 1.023/01 y sus modificaciones será aplicable en los casos en que el uso de la prerrogativa de aumentar el contrato hubiese superado el límite del VEINTE POR CIENTO (20%) establecido en el citado artículo.
3. En los casos en que se hubiese previsto la opción de prórroga, los contratos se podrán prorrogar por única vez y por un plazo igual o menor al del contrato inicial.
Cuando el contrato original fuere plurianual, podrá prorrogarse como máximo hasta UN (1) año adicional.
4. La prórroga deberá realizarse en las condiciones pactadas originariamente. Si los precios xx xxxxxxx hubieren variado, la jurisdicción o entidad contratante realizará una propuesta al proveedor a los fines de adecuar los precios estipulados en el contrato original. En caso de no llegar a un acuerdo, no podrá hacer uso de la opción de prórroga y no corresponderá la aplicación de penalidades.
5. A los efectos del ejercicio de la facultad de prorrogar el contrato, la jurisdicción o entidad contratante deberá emitir la orden de compra antes del vencimiento de la vigencia del contrato originario.
CLAUSULA 34: CESIÓN O SUBCONTRATACION
Por lo dispuesto en el artículo 125 del Reglamento aprobado por el Decreto N° 893/12 (B.O. 14-06-12), se encuentra prohibida la subcontratación o cesión del contrato, en ambos casos, sin la previa autorización fundada de la misma autoridad que dispuso su adjudicación. El cocontratante cedente continuará obligado solidariamente con el cesionario por los compromisos emergentes del contrato. Se deberá verificar que el cesionario cumpla con todos los requisitos de la convocatoria a ese momento, como al momento de la cesión. En caso de cederse sin mediar dicha autorización, la jurisdicción o entidad contratante podrá rescindir de pleno derecho el contrato por culpa del cocontratante con pérdida de la garantía de cumplimiento del contrato.
En ningún caso con la cesión se podrá alterar la moneda y la plaza de pago que correspondiera de acuerdo a las características del cocontratante original en virtud de lo
establecido en las normas sobre pagos emitidas por la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS.
CLAUSULA 35: CESIONES DE CREDITO
El adjudicatario que, cumplidas las exigencias contractuales, cediere total o parcialmente su crédito a un tercero en los términos establecidos en el Código Civil para esta figura (Articulo
1.434 y subsiguientes), deberá notificar tal circunstancia al SENASA dentro de las SETENTA Y DOS (72) horas de producida la cesión, la que deberá ser efectuada por escritura pública.
CLAUSULA 36: PENALIDADES
Los oferentes, adjudicatarios y cocontratantes podrán ser pasibles de las penalidades establecidas en el artículo 29 del Decreto Delegado Nº 1.023/01 y sus modificaciones, por las causales previstas en el artículo 126 del Reglamento aprobado por el Decreto Nº 893/12 (B.O. 14-06-12),:
a) Pérdida de la garantía de mantenimiento de oferta:
1.- Si el oferente manifestara su voluntad de no mantener su oferta fuera del plazo fijado para realizar tal manifestación o retirara su oferta sin cumplir con los plazos de mantenimiento.
2.- En caso de errores en la cotización denunciados por el oferente o detectados por el organismo contratante antes del perfeccionamiento del contrato.
b) Pérdida de la garantía de cumplimiento del contrato:
1.- Por incumplimiento contractual, si el adjudicatario desistiere en forma expresa del contrato antes de vencido el plazo fijado para su cumplimiento, o vencido el plazo de cumplimiento original del contrato o de su extensión, o vencido el plazo de las intimaciones que realizara la Comisión de Recepción, en todos los casos, sin que los bienes fueran entregados o prestados los servicios de conformidad.
2.- En caso de no integrar la garantía de cumplimiento del contrato luego de la intimación cursada por el organismo contratante, se deberá rescindir el contrato e intimar al pago del importe equivalente al valor de la mencionada garantía.
3.- Por ceder el contrato sin autorización del organismo contratante.
c) Multa por xxxx en el cumplimiento de sus obligaciones:
1.- Se aplicará una multa xxx XXXX COMA CINCO (0,5) POR CIENTO del valor de lo satisfecho fuera de término por cada DIEZ (10) días hábiles de atraso o fracción mayor de CINCO (5) días hábiles.
d) Rescisión por su culpa:
Por incumplimiento contractual, si el adjudicatario desistiere en forma expresa del contrato antes de vencido el plazo fijado para su cumplimiento, o vencido el plazo de cumplimiento original del contrato o de su extensión, o vencido el plazo de las intimaciones que realizara la Comisión de Recepción, en todos los casos, sin que los bienes fueran entregados o prestados los servicios de conformidad.
La rescisión del contrato y la consiguiente pérdida de la garantía de cumplimiento del contrato podrán ser totales o parciales, afectando en este último caso a la parte no cumplida de aquél.
En los casos en que exista la posibilidad de adjudicar el contrato al oferente que siga en el orden de mérito, los daños y perjuicios, en principio, serán equivalentes a la diferencia de
monto que deba abonarse al oferente que resulte adjudicatario en segundo término.
36.1 APLICACIÓN DE PENALIDADES
1. El SENASA o la autoridad designada por el mismo, aplicara a la firma adjudicataria un sistema de castigos que observara las pautas que se indicaran a continuación.
2. Este sistema contempla los casos de ausencias o abandonos del servicio, incumplimiento de consignas, misiones o responsabilidades por parte del personal afectado al Servicio de Seguridad y Vigilancia; o incumplimiento por parte de la firma adjudicataria de alguna de las Cláusulas previstas en el presente Pliego.
3. Corresponderá a la firma adjudicataria acreditar el cumplimiento de las pautas establecidas en el presente. Una vez analizados los descargos de la adjudicataria corresponderá al SENASA determinar la aplicación de las multas y/o penalidades correspondientes.
4. En esos casos, la firma adjudicataria deberá abonar al SENASA, en carácter de penalidad, los montos que se detallan a continuación, los que se deducirán de la facturación correspondiente, ello sin perjuicio de los reclamos pecuniarios que pudiera efectuarle al SENASA, en función de los daños que pudieran generar tales incumplimientos.
5. La adjudicataria se hará pasible:
i. Al descuento de hasta un SIETE POR CIENTO (7%) de la facturación mensual: Por la reiteración del incumplimiento xx xxxxxx leves ya sancionadas con anterioridad, dentro de un mismo trimestre.
ii. Al descuento de hasta el SIETE POR CIENTO (7%) de la facturación mensual: Por incumplimiento de cualquiera de las Disposiciones determinadas por el SENASA como faltas graves.
iii. Al descuento de de hasta el DIEZ POR CIENTO (10%) de la facturación mensual: Por reiteración del incumplimiento xx xxxxxx graves sancionadas con anterioridad, dentro de un mismo trimestre.
6. Esta penalidad es independiente del resarcimiento por los perjuicios provocados por el delito a las personas directamente damnificadas o a la comunidad y cuya responsabilidad deberá ser imputada a la adjudicataria, en orden al incumplimiento de sus obligaciones específicas.
CLAUSULA 37: JURISDICCION
En caso de contienda judicial, las partes se someten a la jurisdicción y competencia de los Tribunales en lo Contencioso Administrativo Federal de la Capital Federal, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponder.
ANEXO I
PLANILLA DE COTIZACION:
El que suscribe............................................................................................................. Documento..................................... en nombre y representación de la
firma.........................................................................., CUIT........................, constituyendo domicilio en N°
.............., Localidad .................................................................., Teléfono , y con poder suficiente para obrar en su nombre, luego de interiorizarse
de las condiciones particulares y técnicas que rigen la presente compulsa, cotiza los siguientes precios:
ITEM | OBJETIVO | DIRECCION | PERSONAL AFECTADO | HORAS MENSUALES | HORAS DIURNAS | HORAS NOCTURNAS | COTIZACIO N DIURNA | COTIZACION NOCTURNA | COTIZACIO N TOTAL |
1 | SEDE CENTRAL | Xx. Xxxxx Xxxxx 000, Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx | Agentes | 6124 | 4234 | 1890 | $ | $ | $ |
2 | XXXX XXXXX XXXXX 000 | Xx. Xxxxx Xxxxx 000, Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx | Agentes | 4608 | 4230 | 378 | $ | $ | $ |
3 | JARDIN MATERNAL | Xx. Xxxxx Xxxxx 000, Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx 0xx Xxxx | Xxxxxxx | 1080 | 810 | 270 | $ | $ | $ |
4 | SEDE XXXXX XXXXX 000 | Xx. Xxxxx Xxxxx 000, Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx | Agentes | 2880 | 1800 | 1080 | $ | $ | $ |
5 | CENTRO DE DOCUMENTACION E INFORMATIZACION | Xx. Xxxxxxxx 000/000, Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx | Agentes | 528 | 330 | 198 | $ | $ | $ |
6 | XXXXXXXX XXXXXXXXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXX | Xxxxxxxx x Xxxxxxxxxx x/Xx, Xxxxxxxxx Xxx, Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx | Agentes | 4680 | 3060 | 1620 | $ | $ | $ |
ITEM | OBJETIVO | DIRECCION | PERSONAL AFECTADO | HORAS MENSUALES | HORAS DIURNAS | HORAS NOCTURNAS | COTIZACIO N DIURNA | COTIZACION NOCTURNA | COTIZACIO N TOTAL |
7 | GALPON XXXXXXXX | Xxxxxxxx x Xxxxxxxxxx x/Xx, Xxxxxxxxx Xxx, Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx | Agentes | 2320 | 1582 | 738 | $ | $ | $ |
8 | GALPON AUTOMOTORES | Xxxxxxxx x Xxxxxxxxxx x/Xx, Xxxxxxxxx Xxx, Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx | Agentes | 2880 | 1800 | 1080 | $ | $ | $ |
9 | AZOPARDO | Xxxxxxxx 0000, Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx | Agentes | 2848 | 1912 | 936 | $ | $ | $ |
10 | TODAS XXX XXXXXXXXXXXX XXX XXXXXX XX XX XXXXXX XXXXXXXX XX XXXXXX XXXXX | SUPERVISOR GENERAL | 720 | 450 | 270 | $ | $ | $ | |
11 | COORDINACION GENERAL DE LABORATORIO VEGETAL | Xx. Xxxxxx 0000, Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx | Agentes | 3384 | 2304 | 1080 | $ | $ | $ |
12 | COORDINACION GENERAL DE LABORATORIO ANIMAL | Xx. Xxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx 0000, Xxxxxxxxx xx Xxxxxxxx, Xxxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx | Agentes | 4320 | 3240 | 1080 | $ | $ | $ |
13 | COORDINACION GENERAL DE LABORATORIO ANIMAL | Xx. Xxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx 0000, Xxxxxxxxx xx Xxxxxxxx, Xxxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx | Agentes | 2448 | 1530 | 918 | $ | $ | $ |
14 | COORDINACION GENERAL DE LABORATORIO ANIMAL | Talcahuano 1660, Localidad xx Xxxxxxxx, Xxxxxxx xx Xxx Xxxxxx, Xxxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx. | Agentes | 3180 | 2100 | 1080 | $ | $ | $ |
ITEM | OBJETIVO | DIRECCION | PERSONAL AFECTADO | HORAS MENSUALES | HORAS DIURNAS | HORAS NOCTURNAS | COTIZACIO N DIURNA | COTIZACION NOCTURNA | COTIZACIO N TOTAL |
15 | COORDINACION GENERAL DE LABORATORIO ANIMAL | Agentes armados con móvil de la empresa con baliza | $ | $ | $ | ||||
16 | COORDINACION GENERAL DE LABORATORIO ANIMAL | Agentes armados con móvil de la empresa con baliza | $ | $ | $ | ||||
17 | XXXXXXXX XXXXXXXXXX | Xxxxxxxxxx 0000, Xxxxxxxxx xx Xxxxxxxx, Xxxxxxx xx Xxx Xxxxxx, Xxxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx. | Agentes | 11176 | 7414 | 3762 | $ | $ | $ |
18 | TODAS LAS DEPENDENCIAS DEL LABORATORIO XX XXXXXXXX | SUPERVISOR GENERAL | 720 | 270 | 450 | $ | $ | $ | |
19 | XXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXXX XXX | Xxxxxxxx 000 - Xxxxxxxx Xxxxxxxxx - Xxxxxx | Agentes | 2160 | 810 | 1350 | $ | $ | $ |
20 | DELEGACION ADMINISTRATIVA BAHIA XXXXXX | Xxxxxx 0000, Xxxxx Xxxxxx, Xxxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx | Agentes | 1692 | 540 | 1152 | $ | $ | $ |
00 | XXXXXX XXXXXXXXXXXX XXXX | Xxxx, Xxxxxxxxx xx Xxxxxx xxxxx | Agentes | 3240 | 1620 | 1620 | $ | $ | $ |
00 | XXXXXX XXXXXX | Xxxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx 0000 | Agentes | 1440 | 540 | 900 | $ | $ | $ |
ITEM OBJETIVO DIRECCION PERSONAL AFECTADO HORAS HORAS HORAS COTIZACIO COTIZACION COTIZACIO MENSUALES DIURNAS NOCTURNAS N DIURNA NOCTURNA N TOTAL | |||||||||
23 | SAN XXXXXX DE LOS ANDES | Cuesta Xxxxxxx Xxxxx 1149 – Camino a Barrio Covisal – San Xxxxxx De Los Andes | Agentes | 1344 | 504 | 840 | $ | $ | $ |
TOTAL GENERAL | $ |
SON PESOS (en letras) ..........................................................................
A) FORMA DE PAGO: SEGÚN PLIEGO: SI …… NO ……
B) PLAZO DE ENTREGA: SEGÚN PLIEGO: SI …… NO ……
C) LUGAR DE ENTREGA: SEGÚN PLIEGO: SI …… NO ……
D) DIRECCION DE CORREO ELECTRONICO: …………………………………………………..
E) TELEFONO FAX: …………………………………………………………………………………..
F) DOMICILIO DE OFICINAS Y/O DEPOSITOS: ………………………………………………….
G) HORARIO DE ATENCION: ……………………………………………………………………….
................................................................
FIRMA
ANEXO II
ITEM | OBJETIVO | DIRECCION | PERSONAL AFECTADO | DIAS y HORARIOS | AGENTE S | TOTAL HORAS/ KM | DIAS | HORAS DIURNAS | HORAS NOCTURN AS | HORAS MENSUALE S | FUNCIONES A DESEMPEÑAR | |||
1 | SEDE CENTRAL | Av. Xxxxx Xxxxx 000, Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx | Xefe de Servicio (X. Xxxxx 367/439) | Lunes x Xxxxxxx - VEINTICUATRO (24) Horas | 1 | 24 | 30 | 450 | 270 | 720 | 11 | 6124 | Control de acceso del personal de SENASA, usuarios y visitas, en las áreas de acceso principal, Dpto. Cuentas a Cobrar, Dpto. Tesorería y Dpto. Mesa General de Entradas. Tomar nota en un libro xx xxxxxxx de todos los elementos y bienes que ingresen o egresen del Organismo y de toda novedad que se produzca. Efectuar recorridas dentro del edificio durante el día en el horario laboral y durante la noche. | UN (1) agente debe estar armado |
Recepcionista s | Lunes a Sábado - DIEZ (10) Horas | 2 | 10 | 26 | 520 | 520 | ||||||||
Agentes | Lunes x Xxxxxxx - VEINTICUATRO (24) Horas | 3 | 24 | 30 | 1350 | 810 | 2160 | |||||||
Agente, Auxiliar del Jefe de Seguridad | Lunes a Sábado - DOCE (12) Horas | 1 | 12 | 26 | 312 | 312 | ||||||||
Agente (Tesorería) | Lunes a Viernes - DOCE (12) Horas | 1 | 12 | 21 | 252 | 252 | ||||||||
Bombero | Lunes x Xxxxxxx - VEINTICUATRO (24) Horas | 1 | 24 | 30 | 450 | 270 | 720 | |||||||
Agentes (Rondín) | Lunes x Xxxxxxx - VEINTICUATRO (24) Horas | 2 | 24 | 30 | 900 | 540 | 1440 |
ITEM | OBJETIVO | DIRECCION | PERSONAL AFECTADO | DIAS y HORARIOS | AGENT ES | TOTAL HORAS/ KM | DIAS | HORAS DIURNAS | HORAS NOCTURN AS | HORAS MENSUALE S | FUNCIONES A DESEMPEÑAR | |||
2 | SEDE PAXXX XXXXX 000 | Xv. Xxxxx Xxxxx 000, Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx | Xgentes recepción y rondín | Lunes a Viernes - VEINTICUATRO (24) Horas | 2 | 24 | 21 | 630 | 378 | 1008 | 12 | 4608 | Control de acceso del personal de SENASA y visitas. Tomar nota en un libro xx xxxxxxx de todos los elementos y bienes que ingresen o egresen del Edifico y de toda novedad que se produzca. Informar a SEDE CENTRAL todo acontecimiento de importancia. | UN (1) agente debe estar armado |
Agentes | Lunes x Xxxxxxx - DOCE (12) Horas. | 10 | 12 | 30 | 3600 | 3600 | ||||||||
3 | JARDIN MATERNAL | Av. Xxxxx Xxxxx 000, Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx 0xx Xxxx | Xgente | Lunes x Xxxxxxx - DOCE (12) Horas. | 2 | 12 | 30 | 720 | 3 | 1080 | Control de acceso del personal de SENASA y visitas. Tomar nota en un libro xx xxxxxxx de todos los elementos y bienes que ingresen o egresen del Edifico y de toda novedad que se produzca. Informar a SEDE CENTRAL todo acontecimiento de importancia. | |||
Agente | Lunes x Xxxxxxx - DOCE (12) Horas. | 1 | 12 | 30 | 90 | 270 | ||||||||
4 | SEDE PAXXX XXXXX 000 | Xv. Xxxxx Xxxxx 000, Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx | Xgente recepción | Lunes x Xxxxxxx - VEINTICUATRO (24) Horas | 1 | 24 | 30 | 450 | 270 | 720 | 4 | 2880 | Control de acceso del personal de SENASA y las visitas. Tomar nota en un libro xx xxxxxxx de todos los elementos y bienes que ingresen o egresen del Edifico y de toda novedad que se produzca. Informar a SEDE CENTRAL todo acontecimiento de importancia. | UN (1) agente debe estar armado |
Agentes | Lunes x Xxxxxxx - VEINTICUATRO (24) Horas | 3 | 24 | 30 | 1350 | 810 | 2160 |
ITEM | OBJETIVO | DIRECCION | PERSONAL AFECTADO | DIAS y HORARIOS | AGENT ES | TOTAL HORAS/ KM | DIAS | HORAS DIURNAS | HORAS NOCTURN AS | HORAS MENSUALE S | FUNCIONES A DESEMPEÑAR | |||
5 | CENTRO DE DOCUMENT ACION E INFORMATI ZACION | Av. Xxxxxxxx 000/000, Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx | Xgente | Lunes a Viernes- VEINTICUATRO (24) Horas | 1 | 24 | 22 | 330 | 198 | 528 | 1 | 528 | Control de acceso del personal de SENASA y las visitas. Tomar nota en un libro xx xxxxxxx de todos los elementos y bienes que ingresen o egresen del Edifico y de toda novedad que se produzca. Informar a SEDE CENTRAL todo acontecimiento de importancia. | |
6 | XXXXXXXX XXXXXXXX XXXXX XXXXXXXX XXXXXXX | Xxxxxxxx x Xxxxxxxxxx s/Nº, Costanera Sur, Ciudad Autónoma de Buenos Aires | Jefe de Servicio | Lunes x Xxxxxxx - VEINTICUATRO (24) Horas | 1 | 24 | 30 | 450 | 270 | 720 | ||||
Agentes Entrada | Lunes x Xxxxxxx - VEINTICUATRO (24) Horas | 2 | 24 | 30 | 900 | 540 | 1440 | |||||||
Agente rondín | Lunes x Xxxxxxx - DOCE (12) Horas. | 1 | 12 | 30 | 360 | 360 | ||||||||
Bombero. | Lunes x Xxxxxxx - VEINTICUATRO (24) Horas | 2 | 24 | 30 | 900 | 540 | 1440 | |||||||
Agente pto fondo (Hospital abandonado) | Lunes x Xxxxxxx - VEINTICUATRO (24) Horas | 1 | 24 | 30 | 450 | 270 | 720 |
ITEM | OBJETIVO | DIRECCION | PERSONAL AFECTADO | DIAS y HORARIOS | AGENT ES | TOTAL HORAS/ KM | DIAS | HORAS DIURNAS | HORAS NOCTURN AS | HORAS MENSUALE S | FUNCIONES A DESEMPEÑAR | |||
6 | ESTACION CUARENTE NARIA LAZARETO CAPITAL | Caxxxxxx x Xxxxxxxxxx x/Xx, Xxxxxxxxx Xxx, Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx | Xefe de Servicio | Lunes x Xxxxxxx - VEINTICUATRO (24) Horas | 1 | 24 | 30 | 450 | 270 | 720 | 7 | 4680 | Control de acceso del personal de SENASA, usuarios y visitas. Control del ingreso y egreso de vehículos. Tomar nota en un libro xx xxxxxxx de todos los elementos y bienes que ingresen o egresen del objetivo y de toda novedad que se produzca. Efectuar rondines al predio durante el día en el horario laboral y durante la noche. Informar a SEDE CENTRAL todo acontecimiento de importancia. | Todo el personal debe estar armado |
Agentes Entrada | Lunes x Xxxxxxx - VEINTICUATRO (24) Horas | 2 | 24 | 30 | 900 | 540 | 1440 | |||||||
Agente rondín | Lunes x Xxxxxxx - DOCE (12) Horas. | 1 | 12 | 30 | 360 | 360 | ||||||||
Bombero. | Lunes x Xxxxxxx - VEINTICUATRO (24) Horas | 2 | 24 | 30 | 900 | 540 | 1440 | |||||||
Agente pto fondo (Hospital abandonado) | Lunes x Xxxxxxx - VEINTICUATRO (24) Horas | 1 | 24 | 30 | 450 | 270 | 720 | |||||||
7 | GALPON LAXXXXXX | Xxxxxxxx x Xxxxxxxxxx x/Xx, Xxxxxxxxx Xxx, Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx | Xgente | Lunes a Viernes- DOCE (12) Horas | 6 | 12 | 22 | 990 | 594 | 1584 | 12 | 2320 | ||
Agente | Lunes a Viernes- OCHO (8) Horas | 2 | 8 | 22 | 352 | 352 | ||||||||
Agente | Sabados y Domingos - DOCE (12) Horas | 2 | 12 | 8 | 192 | 192 | ||||||||
Agente | Sabados y Domingos - DOCE (12) Horas | 2 | 12 | 8 | 48 | 144 | 192 |
ITEM | OBJETIVO | DIRECCION | PERSONAL AFECTADO | DIAS y HORARIOS | AGEN TES | TOTAL HORAS/ KM | DIAS | HORAS DIURNAS | HORAS NOCTURN AS | HORAS MENSUALE S | FUNCIONES A DESEMPEÑAR | |||
8 | GALPON AUTOMOT ORES | Agente | Lunes a Domingos - DOCE (12) Horas | 4 | 12 | 30 | 1440 | 1440 | 8 | 2880 | ||||
Agente | Lunes a Domingos - DOCE (12) Horas | 4 | 12 | 30 | 360 | 1080 | 1440 | |||||||
9 | AZOPARDO | Azxxxxxx 0000 Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx | Xefe de servicio | Lunes a Domingos – VEINTICUATRO (24) Horas | 1 | 24 | 30 | 450 | 270 | 720 | 6 | 2848 | Control de acceso del personal de SENASA, y visitas. Tomar nota en un libro xx xxxxxxx de todos los elementos y bienes que ingresen o egresen del Edificio y de toda novedad que se produzca. Efectuar recorridas dentro del edificio durante el día en el horario laboral y durante la noche. Informar a SEDE CENTRAL todo acontecimiento de importancia. | |
Recepcionistas | Lunes a Viernes– OCHO (8) Horas | 2 | 8 | 22 | 352 | 352 | ||||||||
Agente | Lunes a Viernes– VEINTICUATRO (24) Horas | 1 | 24 | 22 | 330 | 198 | 528 | |||||||
Rondín | Lunes a Viernes- VEINTICUATRO (24) Horas | 1 | 24 | 22 | 330 | 198 | 528 | |||||||
Bombero | Lunes a Domingos - VEINTICUATRO (24) Horas | 1 | 24 | 30 | 450 | 270 | 720 |
PERSONAL DIAS y AGEN TOTAL HORAS HORAS HORAS ITEM OBJETIVO DIRECCION AFECTADO HORARIOS TES HORAS/ DIAS DIURNAS NOCTURN MENSUALE FUNCIONES A DESEMPEÑAR KM AS S | ||||||||||||||
10 | TODAS LAX XXXXXXXXXXXX XXX XXXXXX XX XX XXXXXX XXXXXXXX XX XXXXXX XXXXX | Xupervisor General | Lunes x Xxxxxxx - VEINTICUATRO (24) Horas | 1 | 24 | 30 | 450 | 270 | 720 | 1 | 720 | Controlará y supervisará, en todos y cada uno de los objetivos, a las personas que presten servicio en los mismos, como así también el buen funcionamiento de los elementos técnicos pertenecientes al adjudicatario y/o al SENASA. Deberá controlar con comunicación móvil, intercomunicándose a su vez con los funcionarios del SENASA designados a tal efecto. | UN (1) agente debe estar armado | |
11 | COORDINA CION GENERAL DE LABORATO RIO VEGETAL | Av. Xxxxxx 0000, Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx | Xgente | Lunes a Domingos - DOCE (12) Horas | 1 | 24 | 30 | 450 | 270 | 1440 | 6 | 3348 | Control de acceso del personal de SENASA, usuarios y visitas, en las áreas de acceso principal, Dpto. Cuentas a Cobrar, Dpto. Tesorería y Dpto. Mesa General de Entradas. Tomar nota en un libro xx xxxxxxx de todos los elementos y bienes que ingresen o egresen del Organismo y de toda novedad que se produzca. Efectuar recorridas dentro del edificio durante el día en el horario laboral y durante la noche. | UN (1) agente debe estar armado |
Agentes | Lunes x Xxxxxxx - VEINTICUATRO (24) Horas. | 2 | 24 | 30 | 900 | 540 | 1440 | |||||||
Agentes | Lunes a Viernes - DOCE (12) Horas. | 2 | 12 | 21 | 504 | 504 | ||||||||
Bombero | Lunes x Xxxxxxx - VEINTICUATRO (24) Horas. | 1 | 24 | 30 | 450 | 270 | 720 |
ITEM | OBJETIVO | DIRECCION | PERSONAL AFECTADO | DIAS y HORARIOS | AGEN TES | TOTAL HORAS/ KM | DIAS | HORAS DIURNAS | HORAS NOCTURN AS | HORAS MENSUALE S | FUNCIONES A DESEMPEÑAR | |||
12 | COORDINA CION GENERAL DE LABORATO RIO ANIMAL | Av. Xxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx 0000, Xxxxxxxxx xx Xxxxxxxx, Xxxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx | Xefe de Servicio | Lunes a Viernes - VEINTICUATRO (24) Horas. | 1 | 24 | 30 | 450 | 270 | 720 | 8 | 4320 | Control de acceso del personal de SENASA y visitas. Tomar nota en un libro xx xxxxxxx de todos los elementos y bienes que ingresen o egresen del Edifico y de toda novedad que se produzca. Informar a SEDE CENTRAL todo acontecimiento de importancia. | UN (1) agente debe estar armado |
Agentes | Lunes x Xxxxxxx - VEINTICUATRO (24) Horas. | 2 | 24 | 30 | 900 | 540 | 1440 | |||||||
Agentes | Lunes x Xxxxxxx - DOCE (12) Horas. | 4 | 12 | 30 | 1440 | 1440 | ||||||||
Bombero | Lunes x Xxxxxxx – VEINTICUATRO (24) Horas. | 1 | 24 | 30 | 450 | 270 | 720 | |||||||
13 | COORDINA CION GENERAL DE LABORATO RIO ANIMAL | Av. Xxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx 0000, Xxxxxxxxx xx Xxxxxxxx, Xxxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx | Xgentes. | Lunes x Xxxxxxx - VEINTICUATRO (24) Horas. | 2 | 24 | 30 | 900 | 540 | 1440 | 4 | 2448 | Control de acceso del personal de SENASA y las visitas. Informar a SEDE CENTRAL todo acontecimiento de importancia. | UN (1) agente debe estar armado |
Agentes rondín. | Lunes a Viernes– VEINTICUATRO (24) Horas. | 2 | 24 | 21 | 630 | 378 | 1008 | |||||||
14 | COORDINA CION GENERAL DE LABORATO RIO ANIMAL | Talcahuano 1660, Localidad xx Xxxxxxxx, Paxxxxx xx Xxx Xxxxxx, Xxxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx. | Jefe de Servicio | Lunes x Xxxxxxx – VEINTICUATRO (24) Horas. | 1 | 24 | 30 | 450 | 270 | 720 | 5 | 3180 | Control de acceso del personal de SENASA, usuarios y visitas. Efectuar rondines al predio durante el día en el horario laboral y durante la noche. Informar a SEDE CENTRAL todo acontecimiento de importancia. | UN (1) agente debe estar armado |
Agentes | Lunes x Xxxxxxx – VEINTICUATRO (24) Horas. | 3 | 24 | 30 | 1350 | 810 | 2160 | |||||||
Agente | Lunes x Xxxxxxx - XXXX (10) Horas.- | 1 | 10 | 30 | 300 | 300 |
ITEM | OBJETIVO DIRECCION | PERSONAL AFECTADO | DIAS y HORARIOS | AGEN TES | TOTAL HORA S/KM | DIAS | HORAS DIURNAS | HORAS NOCTURN AS | HORAS MENSUALE S | TOTAL AGENTES Y HORAS | FUNCIONES A DESEMPEÑAR | |||
15 | COORDINA CION GENERAL DE LABORATO RIO ANIMAL | Agentes armados con móvil de la empresa con baliza | VIAJE DESDE LA COORDINACI ON GENERAL DE LABORATORI O ANIMAL, Av. Xxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx 1653, Localidad xx Xxxxxxxx, Partido de San Xxxxxx, Provincia de Buenos Aires HASTA LA ESTACION EXPERIMENT AL 25 XX XXXX y viceversa, 1100 KM | 2 | 11000 KM | 2 | 11.000 KILOMETROS | DOS (2) Agentes armados con móvil de la empresa con baliza | ||||||
16 | COORDINA CION GENERAL DE LABORATO RIO ANIMAL | Agentes armados con móvil de la empresa con baliza | VIAJE DESDE LA COORDINACI ON GENERAL DE LABORATORI O ANIMAL, Av. Xxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx 1653, Localidad xx Xxxxxxxx, Partido de San Xxxxxx, Provincia de Buenos Aires HASTA EL CAMPO EXPERIMENT ALAZUL y viceversa 318 KM. | 2 | 3200 KM | 2 | 3.200 KILOMETROS | DOS (2) Agentes armados con móvil de la empresa con baliza |
ITEM | OBJETIVO | DIRECCION | PERSONAL AFECTADO | DIAS y HORARIOS | AGE NTE S | TOTAL HORA S/KM | DIAS | HORAS DIURNAS | HORAS NOCTURN AS | HORAS MENSUALE S | TOTAL AGENTES Y HORAS | FUNCIONES A DESEMPEÑAR | ||
Agentes | Lunes a Viernes- | 18 | 12 | 22 | 4752 | 4752 | ||||||||
DOCE (12) Horas | ||||||||||||||
Agentes | Lunes a Viernes - NUEVE (9) Horas | 2 | 9 | 22 | 396 | 396 | ||||||||
Agentes | Lunes a Viernes- DOCE (12) Horas | 12 | 12 | 22 | 792 | 2376 | 3168 | |||||||
Agentes | Lunes a Viernes- DOCE (12) Horas | 2 | 9 | 22 | 396 | 396 | ||||||||
Agentes | Sábados - DOCE (12) Horas | 11 | 12 | 4 | 528 | 528 | ||||||||
Talcahuano 1660, Localidad de | Agentes | Sábados - DIEZ (10) Horas | 9 | 10 | 4 | 36 | 324 | 360 | ||||||
17 | EDXXXXXX XXXXXXXX XX | Xxxxxxxx, Xxxxxxx xx Xxx Xxxxxx, Xxxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx. | Agentes | Sábados - ONCE (11) Horas | 3 | 11 | 4 | 132 | 132 | 90 | 111 76 | UN (1) agente debe estar armado | ||
Agentes | Sábados - OCHO COMA CINCO (8,5) Horas | 9 | 8.5 | 4 | 306 | 306 | ||||||||
Agentes | Xxxxxxxx -DOCE (12) Horas | 13 | 12 | 4 | 624 | 624 | ||||||||
Agentes | Xxxxxxxx -DOCE | 1 | 12 | 4 | 48 | 48 | ||||||||
(12) Horas | ||||||||||||||
Domingos - | ||||||||||||||
Agentes | DOCE COMA CINCO (12,5) | 1 | 12.5 | 4 | 14 | 36 | 50 | |||||||
Horas | ||||||||||||||
Agentes | Xxxxxxxx -DOCE (12) Horas | 7 | 12 | 4 | 84 | 252 | 336 | |||||||
Agentes | Xxxxxxxx - DIEZ | 2 | 10 | 4 | 8 | 72 | 80 | |||||||
(10) Horas |
ITEM | OBJETIVO DIRECCI ON | PERSONAL AFECTADO | DIAS y HORARIOS | AGE NTE S | TOTAL HORA S/KM | DIAS | HORAS DIURNAS | HORAS NOCTURN AS | HORAS MENSUALE S | TOTAL AGENTES Y HORAS | FUNCIONES A DESEMPEÑAR | |||
18 | TODAS LAS DEPENDENCIAS DEL LABORATORIO XX XXXXXXXX | SUPERVISO R GENERAL | Lunes x Xxxxxxx – VEINTICUATR O (24) Horas. | 1 | 24 | 30 | 450 | 270 | 720 | 1 | 720 | Controlará y supervisará, en todos y cada uno de los objetivos, a las personas que presten servicio en los mismos, como así también el buen funcionamiento de los elementos técnicos pertenecientes al adjudicatario y/o al SENASA. Deberá controlar con comunicación móvil, intercomunicándose a su vez con los funcionarios del SENASA designados a tal efecto. | UN (1) agente debe estar armado | |
19 | CEXXXX XXXXXXXX XXXXXXXX X XXX | Xxxxxxxx 000 - Xxxxxxxx Xxxxxxxxx - Xxxxxx | Xgentes | Lunes x Xxxxxxx – VEINTICUATR O (24) Horas. | 3 | 24 | 30 | 1350 | 810 | 2160 | 3 | 2160 | Control de acceso del personal de SENASA, usuarios y visitas. Control del predio e instalaciones. Tomar nota en un libro xx xxxxxxx de todos los elementos y bienes que ingresen o egresen del predio y de toda novedad que se produzca. Efectuar rondines al predio durante el día en el horario laboral y durante la noche. Informar a SEDE CENTRAL todo acontecimiento de importancia. | UN (1) agente debe estar armado |
20 | DELEGACI ON ADMINIST RATIVA BAHIA XXXXXX | Xxxxxx 0000, Xxxxx Xxxxxx, Xxxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx | Xgentes rondín. | Lunes a Viernes - DOCE (12) Horas. | 1 | 12 | 21 | 252 | 252 | 3 | 1692 | Control de acceso del personal de SENASA, usuarios y visitas. Control del predio e instalaciones. Tomar nota en un libro xx xxxxxxx de todos los elementos y bienes que ingresen o egresen del predio y de toda novedad que se produzca. | UN (1) agente debe estar armado |
ITEM | OBJETIVO | DIRECCION | PERSONAL AFECTADO | DIAS y HORARIOS | AGENT ES | TOTAL HORAS/ DIAS KM | HORAS DIURNAS | HORAS NOCTURN AS | HORAS MENSUALE S | TOTAL AGENTES Y HORAS | FUNCIONES A DESEMPEÑAR | |||
Agentes | Lunes x Xxxxxxx - VEINTICUATR O (24) Horas. | 2 | 24 | 30 | 900 | 540 | 1440 | Efectuar rondines al predio durante el día en el horario laboral y durante la noche. Informar a SEDE CENTRAL todo acontecimiento de importancia. | ||||||
21 | CENTRO EXPERIME NTAL AZUL | Azul, Provincia de Buenos aires | Agentes | Lunes x Xxxxxxx - DOCE (12) Horas. | 3 | 12 | 30 | 1080 | 1080 | 9 | 3240 | Control de acceso del personal de SENASA, usuarios y visitas. Control del predio e instalaciones. Tomar nota en un libro xx xxxxxxx de todos los elementos y bienes que ingresen o egresen del predio y de toda novedad que se produzca. Efectuar rondines al predio durante el día en el horario laboral y durante la noche. Informar a SEDE CENTRAL todo acontecimiento de importancia. | UN (1) agente debe estar armado | |
Agentes | Lunes x Xxxxxxx – VEINTICUATR O (24) Horas. | 6 | 12 | 30 | 540 | 1620 | 2160 | |||||||
22 | PRXXXX XXXXXX | Xxxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx 0000, Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx | Xgente | Lunes x Xxxxxxx - DOCE (12) Horas. | 2 | 12 | 30 | 720 | 720 | 4 | 1440 | |||
Agente | Lunes x Xxxxxxx - DOCE (12) Horas. | 2 | 12 | 30 | 180 | 540 | 720 | |||||||
23 | SAN XXXXXX DE LOS ANDES | Cuesta Xxxxxxx Xxxxx 1149 – Camino a Barrio Covisal, San Xxxxxx de Los Andes | Agente | Lunes a Sábado - DOCE (12) Horas. | 2 | 12 | 26 | 120 | 504 | 624 | 4 | 1344 |
ITEM | OBJETIVO | DIRECCION | PERSONAL AFECTADO | DIAS y HORARIOS | AGENT ES | TOTAL HORAS/ KM | DIAS | HORAS DIURNAS | HORAS NOCTURN AS | HORAS MENSUALE S | TOTAL AGENTES Y HORAS | FUNCIONES A DESEMPEÑAR | ||
Agente | Lunes x Xxxxxxx - DOCE (12) Horas. | 2 | 12 | 30 | 720 | 720 |
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria
Nombre del organismo contratante
SERVICIO NAC. SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES
Tipo: | LIXXXXXXXX XXXXXXX | Xxx | 00 | Xjercicio: | 2015 | |
Clase: | DE ETAPA UNICA NACIONAL | |||||
Modalidad: | SIN MODALIDAD |
COORDINACION DE COMPRAS Y CONT 39817/2015
Expediente:
VIGILANCIA Y SEGURIDAD
Rubro comercial:
Objeto de la contratación: | ||
CONTRATACIÓN DE UN (1) SERVICIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD A PRESTARSE EN DEPENDENCIAS DEL SENASA, POR EL TÉRMINO DE DOCE (12) MESES | ||
Costo xxx xxxxxx: | PLIEGO SIN VALOR |
PRESENTACIÓN DE OFERTAS
Lugar/Dirección | Plazo y Horario |
COORDINACION DE COMPRAS Y CONTRATACIONES AV. XXXXX XXXXX 000 XXXX 0 XXXXXXXXXXXX X.X.X.X. XXXXXXX XXXXXXX - XXXXXX XX XXXXXX XXXXX | |
HASTA LAS 11:00 HORAS DEL DIA 15/10/2015 EN EL HORARIO DE 10:00 A 13:00 Y DE 14:00 A 16:00 HORAS | |
Recepción de Ofertas hasta el 15 de Octubre de 2015 a las 11:00 horas |
ACTO DE APERTURA
Lugar/Dirección | Día y Hora | ||
16 de Octubre de 2015 a las 12:00 horas | |||
COORDINACION DE COMPRAS Y CONTRATACIONES AV. PAXXX XXXXX 000 XXXX 0 XXXXXXXXXXXX X.X.X.X. XXXXXXX XXXXXXX - XXXXXX XX XXXXXX XXXXX |
ESPECIFICACIONES
Renglón | Cantidad | U. Medida | Cód. Catálogo | Descripción | Muestra | ||
1 | 12,000000 | MES | 000-00000-0000 | VIGILANCIA Y CUSTODIA; AREAS DE EDIFICIOS ACCESO PEATONAL PUBLICO -. | NO | ||
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CLÁUSULAS PARTICULARES
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES
Forma de pago: El plazo para el pago de las facturas será de TREINTA (30) días corridos de presentada la factura correspondiente, mediante sistema CUT. Plazo de mantenimiento de la oferta: 60 días corridos Los oferentes, conforme lo dispuesto en el artículo 66 del Reglamento aprobado por el Decreto N° 893/12 (B.O. 14-06-12), deberán mantener las ofertas por el término de SESENTA (60) días corridos contados a partir de la fecha del acto de apertura. Este plazo de SESENTA (60) días se prorrogará en forma automática por un lapso igual al inicial y así sucesivamente, salvo que el oferente manifestara en forma expresa su voluntad de no renovar el plazo de mantenimiento, con una antelación mínima xx XXXX (10) días corridos al vencimiento de cada plazo Plazo y lugar de entrega único Plazo: El servicio deberá ser prestado por el término de DOCE (12) meses a partir del día siguiente a la recepción o suscripción de la pertinente orden de compra, con posibilidad de prorrogar el contrato DOC Lugar: SEDE CENTRAL AV. XXXXX XXXXX 000 X.X.X.X. XXXXXXX XXXXXXX - XXXXXX XX XXXXXX XXXXX Xbservaciones: VER CLAUSULA DE LUGAR DE PRESTACION DE SERVICIO EN PBYCP Moneda de cotización: PESOS Observaciones: VER CLAUSULAS PARTICULARES EN ANEXO ADJUNTO EN FORMATO DE WORD. | ||
Opción a Prórroga: | SI |
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