EL COMITÉ CURRICULAR Y DE INVESTIGACIÓN DEL DEPARTAMENTO DE
ACUERDO No. 101
(22 de septiembre de 2020)
Por el cual se adopta la nueva reglamentación del Trabajo de Grado para el Programa de Ingeniería Electrónica de la Universidad xx Xxxxxx.
EL COMITÉ CURRICULAR Y DE INVESTIGACIÓN DEL DEPARTAMENTO DE
ELECTRÓNICA DE LA UNIVERSIDAD XX XXXXXX, en uso de sus atribuciones reglamentarias y estatutarias, y,
CONSIDERANDO:
Que mediante el Acuerdo 077 del 10 de diciembre de 2019 el Consejo Académico de la Universidad xx Xxxxxx establece y unifica la normatividad de los Trabajos de Grado de pregrado.
Que, debido a la dinámica académica, han surgido nuevas modalidades de Trabajo de Grado que no se encuentran contempladas en la normatividad vigente, como la posibilidad cursar créditos de postgrado como requisito para obtener el título profesional.
Que el cambio en la reglamentación de Trabajos de Grado no implica una modificación del Estatuto Estudiantil de Pregrado y favorece a los estudiantes con los principios de flexibilidad, interdisciplinariedad, excelencia académica, pertinencia y responsabilidad social.
Que los Planes de Mejoramiento Institucional y del Programa de Ingeniería Electrónica recomiendan establecer estrategias de flexibilidad curricular, incluyendo la diversificación de las opciones de grado, en cumplimiento de la misión institucional.
Que el Artículo 9 del Acuerdo 077 del 10 de diciembre de 2019 el Consejo Académico de la Universidad xx Xxxxxx faculta a los comités curriculares de cada programa a definir y reglamentar los siguientes puntos relacionados con los Trabajos de Grado:
a) Criterios de evaluación.
b) Criterios para la selección de diplomados y créditos de postgrado.
c) Número de estudiantes por Trabajo de Grado.
d) Procedimiento de inscripción.
e) Aspectos que debe contener cada modalidad de Trabajo de Grado.
f) Jurados de evaluación.
g) Presentación, sustentación y prerrequisitos.
h) Criterios de inter y transdisciplinariedad.
i) Consideraciones éticas.
Que, en virtud de lo anterior, el Comité Curricular y de Investigación del Departamento de Electrónica;
ACUERDA:
Artículo 1. Aprobar el REGLAMENTO PARA TRABAJOS DE GRADO DEL PROGRAMA DE
INGENIERÍA ELECTRÓNICA en cumplimiento del Acuerdo 077 del 10 de diciembre de 2019 del Honorable Consejo Académico de la Universidad xx Xxxxxx.
PARTE 1 - DEFINICIONES
Artículo 2. El Trabajo de Xxxxx es una actividad de nivel profesional conducente a la generación de conocimiento o a la aplicación de los conocimientos adquiridos durante la carrera para la solución de problemas específicos. El trabajo de grado es un requisito para optar por el título de Ingeniero Electrónico.
Artículo 3. Modalidades. El Programa de Ingeniería Electrónica tendrá las siguientes modalidades de Trabajo de Grado, establecidas en el Acuerdo 077 del 10 de diciembre de 2019 del Honorable Consejo Académico:
1. Modalidad Investigación.
2. Modalidad Interacción Social.
3. Modalidad Profundización.
Artículo 4. Número de estudiantes. Un trabajo de grado en modalidad Investigación o Interacción social podrá ser desarrollado por uno o dos estudiantes. Los trabajos de grado en modalidad Profundización se realizarán individualmente.
Parágrafo. En casos excepcionales el Comité Curricular y de Investigaciones podrá autorizar la participación de un número mayor de estudiantes a petición del director del trabajo de grado.
Artículo 5. Director y codirector del trabajo de grado. Los trabajos de grado en modalidad Investigación o Interacción Social deberán contar con un director que deberá ser un docente adscrito al Departamento de Electrónica. Opcionalmente, también podrán contar con un codirector que puede estar adscrito a cualquier institución.
Parágrafo 1. Para los trabajos en modalidad Investigación, el director puede ser un profesor adscrito a cualquier otra dependencia de la Universidad xx Xxxxxx. En este caso, el trabajo deberá contar con un codirector adscrito al Departamento de Electrónica. Esto permitirá el desarrollo de trabajos interdisciplinarios.
Parágrafo 2. Los trabajos de grado en modalidad Profundización no requerirán de director.
Parágrafo 3. Los trabajos de grado en modalidad Interacción Social deberán tener un codirector perteneciente a la organización, universidad o comunidad donde se ejecute el proyecto.
Artículo 6. Funciones del director y codirector. Son funciones del director del trabajo de grado:
a) Para trabajos de grado en modalidad Investigación, proponer el tema de trabajo de grado u orientar las ideas de los estudiantes teniendo como referencia las líneas de investigación del programa.
b) Apoyar la formulación de la propuesta de trabajo de grado.
c) Asesorar y orientar a los estudiantes durante el desarrollo del trabajo.
d) Servir de interlocutor entre los estudiantes y el comité curricular.
e) Revisar y avalar los informes bimestrales presentados por los estudiantes durante el desarrollo del trabajo.
f) Xxxxxxx y avalar el informe final de trabajo de grado que se somete a evaluación de jurados.
g) Informar por escrito al comité curricular cualquier anomalía que afecte el desarrollo del trabajo de grado.
h) Moderar la socialización del trabajo de grado.
i) Cumplir funciones adicionales que le asigne el comité curricular.
El codirector tendrá las mismas funciones del director, excepto los literales d), g) y h).
Artículo 7. Podrán someter a consideración la Propuesta de Trabajo de Grado para cualquier modalidad los estudiantes que cumplan las condiciones del Artículo 7 del Acuerdo 077 del 10 de diciembre de 2019 del Honorable Consejo Académico, es decir, haber aprobado al menos el 75% de los créditos del plan de estudios, incluyendo los de formación humanística y competencias básicas.
Artículo 8. Para la inscripción de un trabajo de grado en cualquier modalidad, los estudiantes deberán presentar los siguientes documentos al Comité Curricular y de Investigación:
1. Dos copias de la propuesta de trabajo de grado en el formato que establecerá el Comité Curricular.
2. Oficio de presentación de la Propuesta indicando la modalidad y firmado por los estudiantes participantes y con el aval del director (y el codirector, si es el caso) del trabajo de grado.
3. Para la modalidad Investigación, carta de aval del director del grupo de investigación.
4. Constancia de matrícula expedida por OCARA.
5. Revisión de hoja de vida expedida por OCARA.
6. Pago de los derechos de inscripción de trabajos de grado.
PARTE 2 – TRABAJO DE GRADO EN MODALIDAD INVESTIGACIÓN
Artículo 9. Un trabajo de grado en modalidad investigación corresponde al proceso formal de sistematización, creación, apropiación y difusión de conocimiento. Pueden ser proyectos de investigación o de investigación-creación.
Artículo 10. Propuesta de trabajo de grado para la modalidad Investigación. El documento con la propuesta de trabajo de grado deberá tener 10 páginas como máximo y contener los siguientes puntos:
a) Resumen.
b) Definición del problema y justificación.
c) Antecedentes.
d) Objetivos.
e) Alcance.
f) Resultados, productos e impactos esperados.
g) Metodología.
h) Recursos y presupuesto.
i) Actividades y cronograma.
j) Referencias.
Artículo 11. Productos. Para la modalidad Investigación, los estudiantes podrán proponer como productos: prototipos, algoritmos, software, metodologías, diseños, desarrollos experimentales, artículos publicados en revistas indexadas o capítulos de libro, entre otros.
Artículo 12. Revisión de la propuesta. Un trabajo de grado en modalidad Investigación deberá contar con el aval de uno de los grupos de investigación de la Universidad xx Xxxxxx y no requiere revisión adicional. Los estudiantes presentarán ante el comité curricular únicamente las cartas de aval del director del grupo de investigación y del director del trabajo de grado (y codirector, si es el caso).
Parágrafo. Si lo considera necesario, el comité curricular puede solicitar la evaluación de la propuesta de trabajo de grado por uno o dos profesores del Departamento de Electrónica con conocimientos específicos en el área. En este caso, los evaluadores darán respuesta en un término de 5 días hábiles sobre la viabilidad de la propuesta.
Artículo 13. Informe final. Para el programa de Ingeniería Electrónica, todos los estudiantes que desarrollen un trabajo de grado en modalidad Investigación deben entregar un informe final
(monografía en formato IEEE para revistas) de mínimo 6 y máximo 20 páginas, en inglés o en español, con las siguientes secciones:
a) Resumen
b) Introducción (definición del problema, estado del arte y contribuciones).
c) Secciones con el desarrollo del trabajo.
d) Resultados.
e) Conclusiones.
f) Bibliografía.
Parágrafo 1. Los estudiantes que hayan publicado un artículo en una revista indexada por Publindex (categorías A1, A, B y C) o un capítulo de libro como producto de su trabajo de grado, no deberán presentar informe final del trabajo de grado. A cambio, deberán presentar la dirección web de la publicación o DOI (digital object identifier), la carta de aceptación de la publicación y una carta al comité curricular solicitando la exención del informe final. El comité curricular asignará la evaluación de la solicitud a dos profesores del programa, quienes revisarán la publicación y aceptarán o rechazarán la solicitud. En caso de que la exención sea aceptada, se entregará un borrador de la publicación al Departamento para que se conserve en lugar del informe final y se asignará la nota final de acuerdo con la reglamentación de la Universidad xx Xxxxxx (ver Artículo 17, Parágrafo 1). Únicamente se aceptarán publicaciones en la que los estudiantes y el asesor (y coasesor) sean coautores del artículo o capítulo (sin incluir autores adicionales). Los estudiantes deberán figurar obligatoriamente como primeros autores.
Parágrafo 2. La Universidad xx Xxxxxx faculta a los autores del artículo o capítulo de libro para ceder los derechos de publicación en el medio de difusión que los autores consideren apropiado.
Artículo 14. Presentación del informe final. Para la evaluación del informe final del trabajo de grado, los estudiantes deberán presentar:
a) Dos copias de la Propuesta Inicial de Trabajo de Grado.
b) Dos copias del informe final y demás productos y anexos del trabajo.
c) Constancia de matrícula expedida por OCARA.
d) Reporte individual del resultado de las pruebas Saber Pro o, en su defecto, certificado de presentación del examen.
e) Carta suscrita por el director (y codirector, si es el caso) donde se manifieste que, a su juicio, el trabajo se ha concluido y está listo para la asignación de jurados.
Artículo 15. Evaluación del informe final. El procedimiento de evaluación del trabajo de grado es el siguiente:
1. El Comité Curricular y de Investigación asignará la evaluación del Trabajo de Grado a dos jurados, quienes dispondrán de hasta veinte (20) días hábiles para evaluar el informe final. Los evaluadores deben ser dos profesores del programa con conocimientos específicos en el área. A juicio del comité, uno de los evaluadores puede ser un profesional con conocimientos específicos en el área que no esté adscrito al Departamento de Electrónica.
2. Después del tiempo inicial de evaluación, los estudiantes dispondrán de 20 días hábiles para corregir el informe final y/o complementar el trabajo de acuerdo con las observaciones de los evaluadores.
3. Los evaluadores contarán con 5 días hábiles para revisar las correcciones y emitirán la calificación del informe final con base en los criterios del Artículo 17 de este documento. Si la calificación del informe final es superior a 36 en el promedio de las evaluaciones recibidas, se procederá a la socialización del trabajo. En caso contrario, el trabajo será reprobado.
Artículo 16. Socialización. La socialización es una presentación pública del trabajo de grado, con una duración máxima de 30 minutos. La socialización será moderada por el director del trabajo y el auditorio estará compuesto como mínimo por los jurados y 10 estudiantes de la Universidad xx Xxxxxx. La presentación deberá contener los siguientes puntos:
a) Introducción y motivación.
b) Desarrollo del trabajo.
c) Resultados.
d) Conclusiones.
Después del tiempo destinado para la presentación, el auditorio realizará preguntas a los autores del trabajo. Los jurados podrán elegir realizar sus preguntas con el público presente o en privado.
Artículo 17. Calificación del trabajo de grado. Teniendo en cuenta lo establecido en el Acuerdo 077 de 2019 del Honorable Consejo Académico, los jurados evaluarán el trabajo escrito y la socialización de acuerdo con los siguientes criterios:
1. Informe final – 60 puntos máximo:
a. Presentación, claridad y organización – 15 puntos máximo.
b. Cumplimiento de los objetivos – 15 puntos máximo.
c. Originalidad, ingenio y creatividad – 15 puntos máximo.
d. Validez, alcance y calidad de los resultados y las conclusiones – 15 puntos.
2. Socialización – 40 puntos máximo:
a. Claridad, organización, y material de apoyo – 25 puntos.
b. Respuestas a las preguntas del auditorio (incluyendo los jurados) – 15 puntos.
La calificación total del trabajo de grado será la suma de la calificación del informe final más la calificación de la socialización. Para aprobar el trabajo de grado, los estudiantes deben obtener:
1. Un mínimo de 36 puntos en la calificación del informe final.
2. Un mínimo de 24 puntos en la calificación de la socialización.
3. Un mínimo de 60 puntos en la calificación total.
Cuando los trabajos de grado se presenten en grupo, la calificación del informe escrito será la misma para todos los integrantes y la calificación de la socialización se asignará en forma individual.
Parágrafo 1. Cuando los estudiantes hayan presentado un artículo en revista indexada como producto y hayan sido eximidos de la presentación del informe final, su calificación será la estipulada en el Artículo 10 del Acuerdo 077 de 2019 del Honorable Consejo Académico. En este caso, los estudiantes deben realizar una socialización (no calificada) del trabajo de grado como requisito de grado. La presentación se hará en las condiciones del Artículo 16 de este Acuerdo, pero no requiere jurados evaluadores.
Parágrafo 2. Cuando los estudiantes hayan presentado un capítulo de libro como producto y hayan sido eximidos de la presentación del informe final, el capítulo sustituirá al informe final en el proceso de evaluación descrito en los Artículos 14 a 17 de este documento.
PARTE 3 – TRABAJO DE GRADO EN MODALIDAD INTERACCIÓN SOCIAL
Artículo 18. Un trabajo de grado en modalidad Interacción Social relaciona la teoría con la práctica en el campo de aplicación y beneficia a comunidades o instituciones. Pueden ser pasantías, estancias académicas, proyectos empresariales de base tecnológica o proyectos comunitarios. Estos trabajos deben estar enmarcados dentro de las áreas curriculares del Programa de Ingeniería Electrónica.
Artículo 19. Pasantías. Las pasantías son trabajos de nivel profesional en instituciones legalmente constituidas y en las áreas curriculares de la Ingeniería Electrónica. Deben resolver un problema de ingeniería específico en la institución anfitriona.
Artículo 20. Estancias académicas. Las estancias académicas son estudios realizados en instituciones educativas de educación superior de alta calidad. Para que sean considerados como trabajo de grado, el estudiante deberá cursar al menos 6 créditos o dos asignaturas de nivel pregrado o superior en la institución anfitriona durante al menos un semestre académico o su equivalente para estancias cortas. Además, el estudiante deberá resolver un problema de ingeniería con la asesoría del director en la Universidad xx Xxxxxx y un codirector en la institución anfitriona. Esta categoría incluye los intercambios académicos con otras Universidades.
Parágrafo. Los créditos que los estudiantes realicen en una universidad externa para esta modalidad de trabajo de grado no serán homologables con otros créditos del Programa de Ingeniería Electrónica.
Artículo 21. Proyectos empresariales de base tecnológica. Corresponde al desarrollo de trabajos que se fundamentan exclusivamente en resultados de investigaciones y donde se pretenda llevar un producto o servicio tecnológico a una fase de validación en entornos reales de operación.
Artículo 22. Proyectos comunitarios. Son proyectos de ingeniería electrónica desarrollados para resolver problemas sociales concretos de una comunidad.
Artículo 23. Propuesta de trabajo de grado para la modalidad Interacción Social. El documento con la propuesta de trabajo de grado deberá tener 15 páginas como máximo y contener los siguientes puntos:
a) Resumen.
b) Definición del problema y justificación.
c) Antecedentes.
d) Objetivos.
e) Alcance.
f) Resultados, productos e impactos esperados.
g) Metodología.
h) Recursos y presupuesto.
i) Actividades y cronograma.
j) Referencias.
Artículo 24. Productos. Para la modalidad Interacción Social, los estudiantes podrán proponer como productos: prototipos, algoritmos, software, diseños, desarrollos experimentales o metodologías.
Artículo 25. Revisión de la propuesta. La propuesta de trabajo de grado en modalidad Interacción Social deberá ser evaluada por dos profesores del Departamento de Electrónica con conocimientos específicos en el área. Excepcionalmente, el comité curricular podrá solicitar una de las evaluaciones a un profesional no adscrito al Departamento de Electrónica con conocimientos específicos en el área de la propuesta. El procedimiento de revisión será el siguiente:
1. El Comité Curricular y de Investigación designará a los evaluadores de la propuesta, quienes dispondrán de 5 días hábiles para revisarla y emitir un concepto de viabilidad.
2. Los estudiantes deberán realizar todas las correcciones a la propuesta que indiquen los evaluadores.
3. Los evaluadores comunicarán por escrito al comité curricular si la propuesta de trabajo de grado es viable o inviable después de que los estudiantes realicen las correcciones indicadas.
Artículo 26. Informe final. Para el programa de Ingeniería Electrónica, todos los estudiantes que desarrollen un trabajo de grado en modalidad Interacción Social deben entregar un informe final (monografía en formato IEEE para revistas) de máximo 20 páginas con la siguiente información:
a) Resumen
b) Introducción (definición del problema, antecedentes y estado del arte).
c) Secciones con el desarrollo del trabajo.
d) Resultados.
e) Conclusiones.
f) Bibliografía.
Artículo 27. Proceso de evaluación del informe final. Para la modalidad Interacción Social, el proceso de evaluación del informe final y la socialización será el mismo descrito en los Artículos 14 a 17 de este Acuerdo.
Parágrafo. El informe final es obligatorio para la modalidad Interacción Social, y no puede ser sustituido por ningún producto.
PARTE 4 – TRABAJO DE GRADO EN MODALIDAD PROFUNDIZACIÓN
Artículo 28. Un trabajo de grado en modalidad Profundización corresponde a procesos de formación disciplinar para profundizar en conocimientos específicos en áreas de la Ingeniería Electrónica.
Artículo 29. Se aceptarán como trabajos de grado en modalidad Profundización la aprobación (con nota 3.5 sobre 5 o superior) de 6 créditos o 2 cursos de nivel maestría (o superior) cursados en la Universidad xx Xxxxxx u otras universidades con acreditación institucional de alta calidad.
Parágrafo. Los estudiantes podrán matricular estos cursos o créditos hasta en dos periodos académicos diferentes del programa de maestría elegido.
Artículo 30. Propuesta de trabajo de grado para la modalidad Profundización. La propuesta de trabajo de grado en modalidad Profundización deberá entregarse en el formato establecido por el Comité Curricular. Dicho formato deberá contener como mínimo:
a) Programa de postgrado al cual pertenecen las materias que se proponen.
b) Universidad a la que pertenece el programa.
c) Número de créditos de las materias e intensidad horaria semanal.
d) Carta de aprobación para cursar las materias expedida por el programa de postgrado.
e) Adjuntar el contenido programático de las materias.
Artículo 31. Revisión de la propuesta. La propuesta de trabajo de grado en modalidad Profundización deberá ser evaluada por dos profesores del Departamento de Electrónica con título de maestría como mínimo. El Comité Curricular y de Investigación designará a los evaluadores de la propuesta, quienes dispondrán de 5 días hábiles para revisarla y emitir un concepto de viabilidad o inviabilidad.
Artículo 32. Aprobación. Para la modalidad Profundización, el estudiante deberá presentar el registro de aprobación de los créditos o clases de maestría con una calificación mayor o igual a
3.5 en cada clase. La calificación final del trabajo de grado será el promedio de las notas finales en los cursos de maestría llevadas a una escala de 0 a 100 puntos, es decir
Nota final del trabajo de grado = Nota promedio de las materias × 100 / 5.
Artículo 33. Los estudiantes que realicen el trabajo de grado en modalidad Profundización no tendrán derecho a ninguna de las distinciones descritas en el Artículo 36.
PARTE 5 – CONSIDERACIONES ADICIONALES
Artículo 34. Informes bimestrales. Los estudiantes inscritos en la modalidad Investigación e Interacción Social deberán presentar informes bimestrales en los que se describa detalladamente las actividades realizadas y el estado del avance del trabajo con respecto al cronograma inicial. El informe debe contar con el visto bueno del director del trabajo de grado. El comité curricular definirá el formato para presentar estos informes.
Artículo 35. Incumplimiento del cronograma y prórrogas. Si, cumplido el tiempo de terminación establecido en la propuesta, los estudiantes no han concluido el trabajo de grado, deberán solicitar una prórroga al comité curricular. Para ello, deben justificar las razones por las cuales necesitan más tiempo y deben contar con el visto bueno del director. El comité curricular estudiará cada solicitud y decidirá sobre la continuidad del trabajo.
Artículo 36. Distinciones. Las distinciones aplican únicamente para las modalidades de investigación e interacción social según la siguiente escala en la nota total:
1. Trabajo de grado Laureado: 100 puntos.
2. Trabajo de grado Meritorio: 90 a 99 puntos.
El Consejo de la Facultad de Ingeniería otorgará estas distinciones previa proposición del Comité Curricular y de Investigaciones, en la cual se adjunte una petición y justificación por parte de los jurados evaluadores.
Artículo 37. Consideraciones éticas. Los estudiantes deberán seguir en todas las etapas del trabajo de grado los siguientes principios éticos (adaptados de los principios éticos para las publicaciones del IEEE1):
1. Contribuir colaborativamente en todo el trabajo intelectual relacionado con el trabajo de grado y aprobar las versiones finales de los documentos entregados para revisión al Departamento. Los directores y codirectores contribuirán con sus orientaciones, revisiones y/o correcciones.
2. Citar apropiadamente (usando el formato IEEE) todas las fuentes que contribuyen al trabajo de grado, incluyendo ideas, métodos, argumentos, resultados o conclusiones de otros autores que se hayan usado, adaptado o extendido. Se considera plagio la falta de reconocimiento explícito (citación) del trabajo de otros.
3. Reportar los resultados obtenidos en el trabajo de grado en forma completa y precisa. La fabricación, falsificación o manipulación de resultados se consideran faltas éticas graves.
Parágrafo. El Comité Curricular y de Investigaciones procesará cualquier violación de estos principios éticos como faltas graves de acuerdo con el Título VI del Estatuto Estudiantil de Pregrado de la Universidad xx Xxxxxx.
Artículo 38. Remisión al Comité de Ética en la Investigación. El Comité Curricular solicitará un concepto del Comité de Ética en la Investigación de la Universidad xx Xxxxxx en todos los casos que considere necesario.
Artículo 39. Derechos de autor. La propuesta, el desarrollo, el informe final y los productos del trabajo de grado respetarán las normas vigentes internas o externas sobre Derechos de Autor, específicamente las estipuladas en la Ley 23 de 1982 y sus modificaciones.
Artículo 40. Derechos xxxxxxx y derechos patrimoniales. Los estudiantes y el director tienen los derechos xxxxxxx sobre el documento de la propuesta y el informe final. Con relación a los productos del trabajo de grado, los derechos xxxxxxx serán de los estudiantes y del director. Los derechos patrimoniales de los productos del trabajo de grado se asignarán con base en las normas vigentes en la Universidad xx Xxxxxx al momento de presentar la propuesta.
Artículo 41. Para efectos de derechos de autor, la propuesta, el informe final y los productos resultantes del trabajo de grado, se consideran como obras en colaboración.
Artículo 42. Casos especiales sobre los derechos de autor. Los estudiantes tendrán la opción de definir explícitamente todo lo concerniente a derechos de autor en una sección de su propuesta de trabajo de grado. Esto se podrá realizar, por ejemplo, para incluir los derechos de entidades financiadoras externas. Esta sección será revisada por el Comité Curricular y en
1 IEEE, Publishing Ethics, consultado el 22 de septiembre de 2020. Disponible en: xxxxx://xxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxxxx.xxxx.xxx/xxxxxx-xx-xxxx-xxxxxxx-xxxxxx/xxxxxxxxxx-xxxxxx/
ningún caso podrá ir en contra de la reglamentación interna sobre derechos de autor vigente en la Universidad xx Xxxxxx al momento de revisar la propuesta.
Artículo 43. Interdisciplinariedad. Se consideran trabajos de grado interdisciplinarios aquellos de modalidad Investigación o Interacción Social que cuentan con la participación de dos estudiantes de diferentes programas (dentro o fuera de la Universidad xx Xxxxxx). En estos casos, el comité evaluará cada propuesta y dará viabilidad de la opción de grado al estudiante adscrito al programa de Ingeniería Electrónica. Los estudiantes no adscritos al Programa de Ingeniería Electrónica tramitarán la propuesta de trabajo de grado ante la unidad académica correspondiente.
Artículo 44. Los estudiantes que hayan presentado la propuesta con la reglamentación planteada en el Acuerdo 005 del 26 de enero 2010 del Consejo Académico, podrán utilizar el formato para la presentación del informe final de la reglamentación anterior, o podrán acogerse a la reglamentación del presente acuerdo.
Facultad de Ingeniería, Departamento de Electrónica y Ocara anotarán lo de su cargo. COMUNIQUESE Y CUMPLASE.-
Dado en San Xxxx xx Xxxxx, a los 22 días del mes de septiembre de dos mil veinte (2020).
ING. XXXXXX XXXXXX XXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXX
Presidente Secretaria Departamento