Términos y Condiciones
Términos y Condiciones
Programa de aceleración: DECARB-VOLUTION
Tabla de contenido
a. Sobre Fundación Chile – ChileGlobal Ventures 3
4. Calendario de postulación 5
5. Requisitos de postulación 5
6. Proceso de selección y criterios 6
7. Confirmación de la participación 7
9. Aumento del porcentaje de co-financiamiento para empresas lideradas por mujeres 8
10. Gastos financiables y gastos no financiables 8
a. Actividades financiables: 8
b. Actividades no financiables: 9
11. Aspectos presupuestarios 10
12. Compromisos de la empresa postulante 10
14. Ejecución de los proyectos de escalamiento seleccionados 11
15. Respuesta a solicitudes de información 11
16. Recolección de datos y seguimiento 12
17. Utilización y comunicación de datos 12
18. Testimonios y casos prácticos 12
19. Tratamiento de la información 12
20. Aceptación de los términos 12
a. Sobre Fundación Chile – ChileGlobal Ventures
ChileGlobal Ventures (CGV) es el área de emprendimiento, innovación e inversión de Fundación Chile, que busca habilitar y potenciar ecosistemas capaces de contribuir significativamente con nuevas soluciones a desafíos de la humanidad para el desarrollo sostenible de Chile. Esto mediante el apoyo a startups, grandes empresas y otras organizaciones público y privadas que ven en la innovación y la tecnología una palanca determinante para enfrentar el cambio climático; apoyar el desarrollo, económico, sostenible y justo; y el desarrollo humano inclusivo.
Desde el 2008 y en base a la experiencia de FCh en la creación de más de 90 empresas y 14 industrias, ChileGlobal Ventures ha sido pionero en la industria del capital de riesgo, administrando fondos de inversión con aportes público-privados por alrededor de US$30MM; cuenta además con la red de inversionistas ángeles más activa de Chile; y un área de Corporate Venturing, que ha desarrollado más de 150 desafíos de innovación abierta con más de 40 clientes corporativos, y cuyo propósito es habilitar y apoyar a las organizaciones a transitar por el viaje de la innovación, identificando e implementando las mejores metodologías para enfrentar sus desafíos en estrecha colaboración con startups de impacto.
El principal objetivo de Decarb-volution es fomentar el desarrollo y la ampliación de empresas emergentes de base tecnológica que ofrezcan soluciones innovadoras relacionadas con la mitigación del cambio climático, haciendo especial hincapié en el potencial de crecimiento y la escalabilidad y la medición de impacto medioambiental. Nuestro objetivo es catalizar una transformación positiva en el ecosistema de las startups de tecnología climática, potenciando a los participantes e impulsando un cambio sistémico. En última instancia, Decarb-volution pretende contribuir de forma significativa al desarrollo económico, social y medioambiental sostenible apoyando a las startups que aborden retos climáticos acuciantes y que posean capacidad de escalabilidad.
- Apoyar a 25 emprendimientos para que tengan un impacto climático positivo a gran escala.
- Informar cálculos claros de impacto climático de todas las startups apoyadas.
- Proporcionar apoyo personalizado y mentoría especializada a las startups seleccionadas para fortalecer sus modelos de negocio, estrategias comerciales, planes de escalamiento y estrategia de financiamiento.
- Facilitar el acceso a inversionistas, infraestructura, redes y el mercado a través de alianzas estratégicas con actores públicos y privados.
- Generar una comunidad de aprendizaje y colaboración entre las startups participantes y otros actores del ecosistema de emprendimiento e innovación climática.
Buscamos emprendedores apasionados, que no sólo tengan una visión clara para combatir el cambio climático, sino que también demuestren un fuerte compromiso con la innovación y la escalabilidad. La startup beneficiaria debe contar con un equipo diverso y multidisciplinario con competencias complementarias para garantizar una ejecución eficaz de su modelo de negocio. Esperamos trabajar con un máximo de 25 startups en fase inicial que estén desarrollando soluciones de descarbonización, con un producto/servicio validado comercialmente y tracción temprana.
El programa de aceleración de 6 meses está diseñado para impulsar a las startups climáticas hacia un mayor crecimiento e impacto. El programa abarca un amplio conjunto de actividades diseñadas para para hacer crecer a estas empresas, que podemos agrupar en las siguientes categorías:
- Medición de impacto: Apoyo en el establecimiento de metodologías clave de rendimiento que contribuirán a los emprendimientos en la medición y reportería de su impacto.
- Mentorías estratégicas: Sesiones de mentoring estratégicas, que toman en consideración las características particulares de cada empresa y también el sector en el que operan y sus objetivos de negocio.
- Formación y asistencia técnica: Las startups apoyadas participarán en procesos de formación centrados en la validación del modelo de negocio, la tracción comercial y el acceso a capital privado. Esta formación se realizará principalmente por medio de talleres y ‘mastercalsses’. Además, recibirán asistencia técnica en temas relevantes para su negocio, principalmente asociado a medición de impacto.
- Preparación para la inversión: Instancias de apoyo para la búsqueda de inversión mediante la preparación del proceso, el acceso a alternativas de financiamiento, la conexión con inversionistas y, en aquellos casos que aplique, la asistencia en la definición de los términos, las negociaciones y el cierre.
- Networking y conexiones: Espacios y actividades necesarios para fomentar la colaboración y el aprendizaje entre pares. Además, acceso a proveedores de servicios especializados según el tipo de negocio, industria y enfoque, y a inversionistas apropiados según el perfil de la startup.
En concreto, el programa abarcará áreas de trabajo clave y secuenciales: Validación del Modelo de Negocio Climático, Estrategia Comercial y Preparación para la Inversión. Las actividades relacionadas con cada una de estas áreas serán llevadas a cabo por el equipo de ChileGlobal Ventures y expertos nacionales e internacionales, red de mentores, asesores, emprendedores e inversionistas. Además, incluye expertos del área de sustentabilidad de Fundación Chile, que aportan una diferenciación y valor agregado al proyecto.
Etapa | Fecha |
Inicio de período de postulación | 3 de julio de 2024 |
Fin de periodo de postulación | 4 xx xxxxxx de 2024 |
Comunicación Seleccionados | 26 xx xxxxxx de 2024 |
Comienzo aceleración | 2 de septiembre de 2024 |
Demo Day y fin del programa | 16 xx xxxxx 2025 |
Al programa de aceleración pueden postular:
• Emprendimientos en etapas tempranas, constituidos en Chile o el resto de Latinoamérica.
• Que hayan finalizado la etapa de creación y puesta en marcha de su solución, cuenten con un producto o servicio validado comercialmente y/o con ventas recurrentes.
• Que el emprendimiento haya desarrollado una solución con foco en descarbonización; en al menos una de estas áreas: hidrógeno verde; mitigación y descarbonización de la matriz productiva nacional; sistemas energéticos limpios, descentralizados e inclusivos; movilidad sostenible e inclusiva; manejo productivo de recursos naturales para captura/retención de emisiones CO2; y mitigación: reducción o limitación de Gases de Efecto Invernadero provenientes de las acciones del ser humano.
Además, los emprendimientos que cumplan con los siguientes requisitos adicionales podrán postular al cofinanciamiento de proyectos orientados al escalamiento comercial de sus soluciones, los que deberán ser ejecutados en un periodo no superior a 12 meses:
• Emprendimientos constituidos exclusivamente en Chile.
• Emprendimientos con una antigüedad no mayor a 6 años. (Máximo 6 años de inicio de actividades en SII.)
• Que cuenten con ventas netas entre $60.000.000 y $800.000.000 durante los últimos 12 meses calendarios desde el mes de inicio de postulación. (parte de estas ventas deben corresponder a las soluciones que se están buscando escalar)
• Que el proyecto postulado no esté siendo o haya sido cofinanciado por los instrumentos de Corfo descritos en las bases legales. (“Programa Scale Up – Expansión”; Concurso “Semilla Expansión”; Programa “Escalamiento”; Fase 2 del Programa Start-Up Chile; “Growth” de Start-Up Chile; Programa “Subsidio Semilla de Asignación Flexible para Escalamiento”; Escalamiento Intermediado; “Consolida y Expande Innovación” del Comité InnovaChile (incluye las versiones “Reactívate” y aquellas para empresas lideradas por mujeres), respecto de proyectos que hayan sido cofinanciados con la finalidad de apoyar su escalamiento comercial nacional y/o internacional)
6. Proceso de selección y criterios
La selección de las empresas será realizada en cuatro fases, por un equipo conformado por colaboradores de Fundación Chile y Corfo, seleccionando 25 empresas para la aceleración y a 10 de este grupo para el cofinanciamiento de un proyecto de escalamiento.
Una vez finalizada la convocatoria de candidaturas y la búsqueda de candidatos, comenzaremos el proceso de selección, que se llevará a cabo en 4 fases:
- Elegibilidad básica: Sólo las startups que hayan presentado una solicitud completa, incluyendo una propuesta de proyecto de escalamiento, y cumplan los criterios básicos de elegibilidad serán seleccionadas para la siguiente etapa.
- Análisis detallado: Análisis en profundidad de la solicitud para evaluar el potencial de crecimiento de la startup y su potencial de descarbonización.
- Entrevistas y comité de selección: Si Fundación Chile lo estima pertinente, se realizarán entrevistas individuales para conocer mejor a los emprendedores, comprender sus motivaciones y resolver dudas sobre la postulación. La información recopilada se presentará a un comité de selección que decidirá qué startups siguen adelante.
- Evaluación del proyecto de escalamiento: Aquellos proyectos postulados al cofinanciamiento para el escalamiento de sus soluciones, serán presentados y evaluados por Corfo de acuerdo a los criterios específicos establecidos por la institución.
Los criterios de selección se dividen en dos: los aplicados en la primera fase de evaluación, es decir, los criterios de admisibilidad básicos, descritos en el párrafo anterior, y los aplicados en la segunda fase de evaluación (análisis detallado), es decir, los criterios de selección principales.
Los criterios de selección principales y su ponderación son los siguientes:
- Solución y tecnología (25%): Propuesta de valor, grado de innovación, modelo de negocio, si la tecnología resuelve un problema real en un mercado relevante.
- Tracción y mercado (25%): Validación tecnológica y comercial, potencial de crecimiento y escalabilidad, ¿existe un camino tecnológico-económico creíble hacia la escalabilidad
- Equipo (25%): Experiencia, complementariedad, dedicación. Bonificación si se trata de una startup liderada por mujeres.
- Potencial de impacto climático (25%): ¿Cuáles son los beneficios climáticos si la tecnología o innovación se adopta de forma generalizada?
Además, aquellos proyectos postulados al cofinanciamiento para el escalamiento de sus soluciones serán evaluados por los siguientes criterios adicionales:
- Objetivos del proyecto (25%)
- Plan de ejecución del proyecto (35%)
- Alcance (10%)
- Resultados previstos y métricas (15%)
- Costos del proyecto y cofinanciación (15%)
En base a los resultados del proceso de evaluación antes indicado, Fundación Chile presentará un conjunto de propuestas de proyectos de escalamiento a Corfo. La adjudicación del cofinanciamiento para los proyectos de escalamiento presentados está sujeta a la evaluación, selección y aprobación por parte de Corfo; de acuerdo con lo establecido en las páginas N°25 y N° 26 de las bases técnicas del instrumento “Escalamiento Intermediado”, disponibles en la página web de la convocatoria.
7. Confirmación de la participación
Se notificará a las empresas por correo electrónico su selección en la aceleradora y se les solicitará que confirmen su participación en cada etapa del proceso. Si alguna empresa invitada no confirma su participación dentro del plazo establecido en la comunicación formal, ésta podrá perder su cupo y quedar fuera de las siguientes etapas. Se recomienda a las empresas que informen de manera anticipada sobre cualquier limitación o dificultad para cumplir con los requisitos/compromisos de la aceleradora, a fin de evaluar la posibilidad de adaptar el proceso a sus necesidades específicas.
Los emprendimientos que cumplan con los criterios específicos de admisibilidad y hayan postulado al cofinanciamiento de un proyecto de escalamiento, optarán a un cofinanciamiento de hasta
$53.000.000 (cincuenta y tres millones de pesos) correspondientes hasta el 70% del costo total del proyecto de escalamiento, debiendo el beneficiario atendido aportar a lo menos el 30% del costo total del proyecto, mediante aportes “nuevos o pecuniarios” y/o “preexistentes o valorizados”.
Se entiende por aporte “nuevo o pecuniario” aquel que tiene su causa en la ejecución del proyecto y que, de no haberse iniciado éste, no se hubiese incurrido en él. En otros términos, no corresponde a este concepto la utilización de instalaciones, infraestructura, recursos humanos y otros, ya existentes en el participante aporte y/o en los demás participantes, al momento de la postulación.
Para el caso de aportes “Preexistentes o valorizados”, sólo se considerarán gasto asociados a:
- Remuneraciones y/o honorarios de personal preexistente del Beneficiario, directamente vinculado a la ejecución de las actividades (incluidas obligaciones legales – no voluntarias – de seguridad social, y de seguro de desempleo que sean de cargo, tanto del trabajador como del empleador), tengan o no la calidad de socios o accionistas del Beneficiario, de acuerdo con los requisitos y limitaciones señaladas en el número 9 de las presentes bases.
- Actividades y desembolsos que deben ser presupuestados en la cuenta “Gastos de Administración”, sólo respecto del Beneficiario.
9. Aumento del porcentaje de co-financiamiento para empresas lideradas por mujeres
El beneficiario atendido podrá optar al aumento del porcentaje de cofinanciamiento, en la medida que la empresa sea “liderada por mujeres”. Se considerará como una “empresa liderada por mujeres” a las postulaciones en calidad del beneficiario que cumplan con:
- Que una o más mujeres tengan participación de, al menos, un 50% del capital social.
- Que una o más mujeres tengan participación en, al menos, un 30% del capital social y que, además, le corresponda a una o más mujeres la representación de la sociedad.
De ser aprobado los requisitos anteriores, el porcentaje de cofinanciamiento podrá ascender a un 80% del costo total del proyecto de escalamiento con un tope de hasta $58.000.000.- (cincuenta y ocho millones de pesos).
10. Gastos financiables y gastos no financiables
Los beneficiarios atendidos (emprendimientos) podrán programar actividades y/o gastos con cargo al cofinanciamiento y/o a los aportes los siguientes ítems, los cuales no podrán sobrepasar el cofinanciamiento aprobado previamente.
1. Equipo de trabajo del proyecto de escalamiento, cuya participación sea necesaria y esté directamente vinculada a la ejecución de éste.
1.1. Con recursos del cofinanciamiento otorgado por CORFO sólo se podrán financiar las remuneraciones y/u honorarios de personal nuevo del beneficiario.
1.2. Con aportes del beneficiario, se podrán financiar las remuneraciones y/u honorarios de personal nuevo y/o preexistente del mismo.
2. Empaquetamiento comercial de productos y/o servicios (diseño de envase, fabricación de manuales, diseño de marca, fabricación de muestras, entre otros)
3. Actividades de marketing y difusión comercial.
4. Certificaciones de productos requeridos por entidades reguladoras, en caso que corresponda.
5. Actividades necesarias para el incremento de ventas.
6. Arrendamiento de inmuebles, con o sin instalaciones y adecuación o remodelación de infraestructura que sean consideradas críticas y estrictamente necesarias para la ejecución de las actividades del proyecto y el cumplimiento de sus fines.
7. Acceso a espacios de trabajo colaborativo (coworks).
8. Adquisición de conocimientos y/o habilidades certificables de acuerdo con la metodología del Proyecto Institucional “El Viaje del Emprendedor” de CORFO, los cuales deberán ser impartidos por entidades incorporadas en dicha calidad por CORFO.
9. Adquisición de activos considerados críticos para el desarrollo del emprendimiento.
10. Materiales, insumos y/o contratación de servicios para la sofisticación de la solución (producto y/o servicio) y la correcta ejecución del proyecto.
10.1. Actividades necesarias para la protección de la propiedad intelectual, industrial y de obtentores de nuevas variedades vegetales, relativas a los resultados del proyecto, tales como: Estrategia de protección.
10.2. Presentación de solicitudes, pago de tasas, peritos, publicaciones, traducciones, asesorías técnicas y legales.
11. Alimentación, alojamiento y/o traslado del equipo de trabajo del Beneficiario atendido directamente vinculado a la ejecución de las actividades del proyecto.
12. Garantías tomadas por el beneficiario atendido asociadas a las remesas del cofinanciamiento entregado por Fundación Chile. En este caso, sólo se podrá financiar con cargo al aporte del beneficiario atendido.
13. Actividades de prospección comercial, es decir, actividades de exploración y búsqueda de nuevos clientes tanto nacionales como internacionales, tales como: participación en ferias comerciales, rondas de negocio, visitas a clientes, así como también actividades que permitan el crecimiento comercial del emprendimiento.
14. Actividades para el desarrollo de una metodología que permita definir y medir indicadores que contribuyan a realizar una operación sostenible del emprendimiento. Se entenderá por emprendimiento con operación sostenible, aquel que adopta estrategias y prácticas que le permitan realizar negocios de manera ética y respetuosa con el medio ambiente y las personas. Es decir, independientemente del producto o servicio que ofrece tiene en cuenta los impactos positivos y negativos que genera su operación.
15. Otras pertinentes y relevantes, que a juicio de XXXXX, sean consideradas críticas y estrictamente necesarias para la obtención de los fines del proyecto y se enmarquen en los objetivos y resultados esperados del instrumento de financiamiento.
b. Actividades no financiables:
No se podrá financiar con recursos destinados al proyecto (con aporte o con cargo al cofinanciamiento), lo siguiente:
1. Publicaciones académicas, actividades de investigación, de formación o capacitación en materias que no se relacionen directamente con el producto o servicio que se desarrolle a través del proyecto.
2. Adquisición de inmuebles y/o vehículos.
3. Construcción de obras civiles y edificios; salvo cuando se trate de adecuación o remodelación de infraestructura.
4. Alcohol, propinas, multas, asignaciones especiales como aguinaldos, premios en efectivo, regalos, donaciones, así como todos aquellos gastos que no tengan relación con las actividades del proyecto.
5. Aquellos gastos dispuestos en la letra a) del numeral 11.4.3 de las Bases Administrativas Generales de CORFO.
6. Asesorías para la postulación y administración del proyecto con CORFO, distintas a aquellas definidas para las entidades de apoyo reguladas en las presentes bases.
Por último, los gastos con cargo al cofinanciamiento de XXXXX y aportes, deberán realizarse dentro del plazo de ejecución y de sus eventuales prórrogas. Lo anterior, es sin perjuicio de lo dispuesto en el numeral 11.4.1 de las Bases Administrativas Generales de CORFO.
- Gastos de inversión: Se podrá destinar hasta un 40% del cofinanciamiento CORFO para financiar gastos en esta cuenta.
- Recursos humanos: Respecto de las remuneraciones y/u honorarios de las(os) socias(os) o accionistas del beneficiario atendido, deberá distinguirse si se trata de personal nuevo o prexistente, y se aplicarán los topes que a continuación se indican, considerando que cualquiera sea el caso, se podrá presupuestar un máximo de hasta 2 socias(os) y/o accionistas.
- En caso de tratarse de personal nuevo, se podrán presupuestar hasta $700.000.- (setecientos mil pesos) mensuales con cargo al cofinanciamiento y hasta $1.000.000.- (un millón de pesos) con cargo al aporte del beneficiario atendido, siempre que efectiva y permanentemente trabajen en la empresa y cumplan con los requisitos de la normativa que resulte aplicable.
- En caso de tratarse de personal preexistente, sólo se podrá presupuestar hasta $1.000.000.- (un millón de pesos) mensuales con cargo a los aportes del beneficiario atendido, no siendo financiable mediante el cofinanciamiento.
12. Compromisos de la empresa postulante
La empresa postulante deberá comprometerse a realizar lo siguiente:
1. Firmar carta de compromiso del programa de aceleración en la que se establecen la obligatoriedad de asistencia a las actividades descritas en este documento y otras que Fundación Chile pudiera solicitar durante la ejecución del programa.
2. Utilizar Accelerator App, plataforma de gestión de aceleración provista por Fundación Chile.
3. Liderar el diseño, estrategia e implementación de los planes de trabajo necesarios para el correcto desarrollo del programa de aceleración y el proyecto de escalamiento en caso de recibir los fondos.
4. Aceptar todas las condiciones del presente documento, sabiendo que si no cumple estos criterios puede ser descalificada, sin ulterior responsabilidad para Fundación Chile.
La empresa declara y garantiza que los contenidos que envíe son de su creación original y que no infringe los derechos de ninguna índole que pertenezcan a terceros, incluidos los derechos de autor, marcas comerciales, patentes, secreto comercial, derechos de privacidad y publicidad.
El emprendimiento postulante conoce y acepta que envía los antecedentes de su proyecto bajo su única y exclusiva responsabilidad y a su propia cuenta y riesgo. Consecuentemente, en caso de
disputa de cualquier clase (incluidas disputas sobre la autoría y/o titularidad de los derechos sobre las obras) o por cualquier motivo entre las Empresas postulantes o entre alguna de éstas y un tercero, Fundación Chile estarán exentos de cualquier responsabilidad por reclamaciones, demandas o daños de cualquier clase y naturaleza que estén relacionados de algún modo con dicha disputa, debiendo la empresa mantenerlas indemnes, costas judiciales y de defensa incluidas. Asimismo, el postulante también acepta mantener indemne a Fundación Chile, frente a reclamos de terceros relacionados con el proyecto o innovación que proporciona.
Aquellos emprendimientos que postulen y se adjudiquen el proyecto de escalamiento firmarán un contrato con Fundación Chile con la finalidad de resguardar el buen uso de los fondos entregados y velar por la buena ejecución del proyecto en base a las metas establecidas.
En la medida que Fundación Chile entregue al emprendedor lo recursos asociados al financiamiento Corfo, el emprendedor deberá entregar a nombre de Fundación Chile y a satisfacción de esta una póliza de garantía o boleta de garantía al anticipo, asociado al correcto uso de estos fondos.
14. Ejecución de los proyectos de escalamiento seleccionados
El plazo de ejecución de los proyectos de escalamiento seleccionados será de hasta 12 (doce) meses contados desde la fecha de notificación de la resolución que ejecuta el acuerdo que aprueba el proyecto de escalamiento. Sólo en casos excepcionales y debidamente justificados, de acuerdo con la calificación realizada por CORFO, este plazo podrá ser prorrogado hasta por un máximo de 3 (tres) meses adicionales. La solicitud deberá presentarse previo al vencimiento del plazo original de ejecución o de su prórroga, según corresponda.
15. Respuesta a solicitudes de información
Las empresas que participen del programa de aceleración deberán proporcionar información periódica sobre algunos aspectos de su negocio, lo que puede requerir el completar distintos formularios solicitados por Corfo y/o Fundación Chile.
Para garantizar la equidad entre los participantes, las empresas deberán responder dentro de los plazos establecidos para cada solicitud de información.
Si la información no se entrega a tiempo, las empresas podrán ser excluidas de las actividades de aceleración programadas. Dado lo anterior, se recomienda a las empresas que comuniquen al equipo de la aceleradora oportunamente cualquier tipo de problema o impedimento que dificulte el cumplimiento de los requisitos del programa, para que éstos se puedan analizar de forma particular.
16. Recolección de datos y seguimiento
Las empresas participantes en la aceleradora deberán informar mensualmente, y por un período de hasta 36 meses después concluida la aceleración, sobre sus indicadores de empleo, levantamiento de capital, ventas, impacto social y/o medioambiental u otros. Los datos relativos al impacto medioambiental y/o social se recopilarán estableciendo parámetros específicos para cada empresa en función de su enfoque y de la naturaleza de su impacto.
17. Utilización y comunicación de datos
Fundación Chile informarán periódicamente sobre el progreso y éxito de la aceleradora, lo que podría incluir (pero no limitarse) la difusión de información como inversión asegurada, inversiones previstas, datos sobre empleo y datos sobre el impacto social y/o medioambiental relevantes para la iniciativa. Los informes se centrarán en el rendimiento general de la aceleradora, sin revelar ningún dato particular de las empresas participantes.
Los participantes en la aceleradora aceptan que los datos recopilados se incluyan en los informes de Xxxxx para compartir el rendimiento global de la aceleradora con las partes interesadas.
18. Testimonios y casos prácticos
La aceleradora podrá solicitar ocasionalmente testimonios a las empresas participantes, las cuales se comprometen a proporcionar dichos testimonios dentro de un plazo razonable. Estos testimonios tienen como objetivo dar a conocer los casos de éxitos de las empresas del portafolio.
19. Tratamiento de la información
Fundación Chile se comprometen a tratar de forma confidencial toda la información levantada durante esta iniciativa.
20. Aceptación de los términos
Las empresas que hagan envío de la documentación requerida para la postulación a la aceleradora se comprometen a aceptar estos términos y condiciones, considerándose como aceptación irrevocable de estas Bases para la postulación.
Con ocasión de la entrada en vigencia de la Ley N° 20.393, se ha establecido la responsabilidad penal de las personas jurídicas. Para dar cumplimiento a lo establecido en la Ley Fundación Chile ha implementado un Modelo de Prevención de Delitos, a través del cual promoverá la prevención de la comisión de los delitos sancionados en dicha Ley.
Al respecto, el Postulante declara que a la fecha ha dado estricto cumplimiento a las normas de la Ley N° 20.393, que conoce tal normativa y no ha sido condenado por tales conductas con anterioridad y que sus representantes legales no han sido citados de acuerdo con lo señalado en el artículo 22 de la Ley, comprometiéndose por el presente instrumento a mantener y tomar todas las medidas necesarias para asegurar tal cumplimiento durante toda la vigencia de este contrato, obligándose, asimismo, a no incurrir ni desarrollar, en caso alguno, a través de cualquiera de sus dueños, directores, administradores, representantes, agentes o dependientes en general, ningún tipo de actividad o conducta que pudiera afectar el cumplimiento de tales normas a Fundación Chile.
El Postulante tiene la obligación de denunciar al Encargado de Prevención de Delitos de la Fundación algún hecho que pueda constituir un incumplimiento del Modelo de Prevención de Delitos o un delito de la Ley N° 20.393, a través del canal de denuncias que para tales efectos se encuentra disponible en la página web xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxx.xxx/.
Fundación Chile no permite en caso alguno, y prohíben expresamente a sus Proveedores, Consultores, colaboradores, asociados o cualquier contraparte participar de manera directa o indirecta en cualquier conducta que pueda constituir los delitos, ni recibir o entregar cualquier especie de pago indebido que pueda ser utilizado en la comisión de los delitos sancionados por la Ley N° 20.393, ni aun cuando el resultado del delito fuere beneficioso para la Fundación. El incumplimiento de estas disposiciones será sancionado con la eliminación del proceso y término inmediato de los futuros convenios.
Asimismo, el Postulante declara que en el desarrollo de las actividades objeto del presente convenio observará con apego la normativa imperante en Chile sobre libre competencia, por lo que no realizará ningún hecho, acto o convención que impida, restrinja o entorpezca la libre competencia en el sector en el que se desenvuelve Fundación Chile.
Las bases Corfo a las que hace referencia este documento se pueden encontrar a través del siguiente enlace:
xxxxx://xxxxxx-
xx.xxxxxxxxxx.xxx/:x:/x/xxxxxxxx/xxx_xxxxxxxx_xxx_xx/Xx0xXXXx0XXXxxxxxxXxXXXXxXX0XxXX Pgt7f2uS8mhcwA?e=secgx3