CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES
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Entre los suscritos a saber, XXXXXXXXXXXXXX, identificado con cédula de ciudadanía N.º XXXXXXXXXXXXXX quien en adelante se denominará EL CONTRATANTE, y XXXXXXXXXXXXXX, identificado con cédula de ciudadanía N.º XXXXXXXXXXXXXX, quien en adelante se denominará EL CONTRATISTA, se suscribe el presente contrato de prestación de servicios profesionales, previos las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. Objeto General: Prestación de servicios especializados para XXXXXXXXXXXXXX.
SEGUNDA. Obligaciones de EL CONTRATANTE: En desarrollo del presente contrato EL CONTRATANTE se compromete a:
Pagar oportunamente el valor del presente contrato.
Brindar la información y coordinación requeridas para llevar a cabo las actividades del contrato.
TERCERA. Obligaciones de EL CONTRATISTA:
Cumplir con las obligaciones pactadas en el presente contrato y de acuerdo con lo especificado el objeto del contrato.
Desarrollar XXXXXXXXXXXXXX
Atender oportunamente las recomendaciones y requerimientos por parte de EL CONTRATANTE mediante sus canales de soporte.
Prestar con toda la calidad, diligencia técnica y responsabilidad, el servicio.
Proveer los recursos técnicos y tecnológicos que requiera para la ejecución del presente contrato.
Tener a todos los empleados que prestarán el servicio, afiliados a la seguridad social, riesgos profesionales, salud, pensión, etc.
CUARTA. Valor: El valor del presente contrato será de XXXXXXXXXXXXXX.
QUINTA. Forma de pago: El valor del presente contrato será cancelado XXXXXXXXXXXXXX.
SEXTA. Reporte cuenta bancaria: EL CONTRATISTA informará una cuenta de ahorros o corriente, nacional o extranjera, en la cual le deberán ser consignados o transferidos electrónicamente, los pagos relacionados en la cláusula sexta del presente contrato.
SÉPTIMA. Duración: El plazo de ejecución del presente contrato será de XXXXXXXXXXXXXX, y podrá ser prorrogado según acuerdo de las partes.
OCTAVA. Confidencialidad, seguridad y uso de datos: EL CONTRATISTA reconoce que, en ejecución de este contrato, tendrá acceso a información confidencial de la otra parte, debiendo ser considerada como tal toda información relacionada con la gestión del proyecto de EL CONTRATANTE, excluyéndose aquella que sea del dominio público o fácilmente averiguable por terceras partes sin especiales habilidades. EL CONTRATISTA deberá adoptar las medidas de índole técnica y organizativas necesarias que garanticen la seguridad de los datos de EL CONTRATANTE y eviten su alteración, pérdida, o acceso no autorizado.
NOVENA. Relación con EL CONTRATISTA: EL CONTRATISTA no adquiere vinculación laboral con EL CONTRATANTE y prestará sus servicios profesionales con sus propios recursos técnicos, tecnológicos y correrá con los gastos que se requieran para garantizar la ejecución del contrato.
DÉCIMA. Causales de Terminación del Contrato. Además de la causales extintivas establecidas por la ley, EL CONTRATANTE podrá dar por terminado el presente contrato antes del vencimiento del plazo, sin indemnización alguna y sin necesidad de dar aviso previo, en los siguientes casos: 1. Por incumplimiento, abandono o descuido de EL CONTRATISTA. 2. Por ejecución tardía, defectuosa o en forma diferente a la acordada de las obligaciones contraídas por EL CONTRATISTA. 3. Por liquidación obligatoria. 4. Por incapacidad de EL CONTRATISTA de seguir prestando sus servicios, si a juicio de EL CONTRATANTE, fuese de tal naturaleza que no pudiere continuar con la prestación del servicio. 5. Por causas constitutivas de fuerza mayor, las que se califiquen como tales de acuerdo con la legislación colombiana.
DÉCIMA PRIMERA. Sujeción a la Ley Colombiana: El presente contrato se rige por la Ley Colombiana y se somete a la jurisdicción de los tribunales Colombianos.
DÉCIMO SEGUNDA. - Nulidad parcial. La nulidad o validez de alguna estipulación o cláusula del presente contrato no afectará la validez de las restantes. En el supuesto de que se decretase la invalidez de alguna de ellas, el contrato seguirá vigente respecto a las demás.
DÉCIMA TERCERA. Domicilio. Para todos los efectos legales y contractuales, se fija como domicilio contractual, la ciudad de Medellín.
DÉCIMA CUARTA. Perfeccionamiento y ejecución: El presente contrato se entenderá perfeccionado una vez haya sido suscrito por las partes.
En señal de acuerdo y aprobación, para constancia se firma en Medellín, dos ejemplares de igual tenor, el día XXXX de XXXX de 201X.
________________________________ (Nombre Completo) CC: XXXXXXXXXXX El CONTRATISTA |
_______________________________ (Nombre Completo) CC: XXXXXXXXXXX Representante legal de: XXXXXXXXXXX El CONTRATANTE |
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