Contract
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS: POR TIEMPO DETERMINADO QUE CELEBRAN POR UNA PARTE LA UNIVERSIDAD TECNOLOGICA DEL CENTRO DE VERACRUZ, QUIEN ES REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR CONDUCTO DEL C. XX. XXXXXXXXX XXXXXX XXXXXXX, EN SU CARÁCTER DE RECTOR ENCARGADO, QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA “XX XXXXXXXXXXX” X XXX XX XXXX XXXXX XXXXXXXXXXXXX XX XXXXXXX REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR LA C. XXXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX, A QUIEN EN LO SUCESIVO Y PARA LOS EFECTOS DE ESTE CONTRATO SE LE DENOMINARÁ EL PRESTADOR, DE CONFORMIDAD CON LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:
DECLARACIONES.
I.- DECLARA “LA UNIVERSIDAD”
1.1.- QUE ES UN ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE VERACRUZ, CON PERSONALIDAD JURÍDICA Y PATRIMONIO PROPIO INTEGRADA AL SISTEMA NACIONAL DE UNIVERSIDADES TECNOLÓGICAS, ADOPTANDO EL MODELO PEDAGÓGICO Y LOS SISTEMAS EDUCATIVOS QUE SEÑALE EL CONSEJO NACIONAL DE UNIVERSIDADES TECNOLÓGICAS Y LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA, ASÍ COMO POR LO ESTABLECIDO EN EL DECRETO PUBLICADO EL 0 XX XXXXXXXXX XX 0000 XX XX XXXXXX XXXXXXX XXX XXXXXX, XXXXXXX POR EL CUAL SE CREA LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DEL CENTRO DE VERACRUZ.
1.2.- QUE DENTRO DE SU OBJETIVO Y FINALIDAD, ESTABLECIDAS EN EL DECRETO POR EL CUAL SE CREA LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DEL CENTRO DE VERACRUZ, SE ENCUENTRAN LA DE FORMAR TÉCNICOS SUPERIORES UNIVERSITARIOS QUE HAYAN EGRESADO DE BACHILLERATO, APTOS PARA LA APLICACIÓN DE CONOCIMIENTOS Y LA SOLUCIÓN CREATIVA DE PROBLEMAS CON UN SENTIDO DE INNOVACIÓN EN LA INCORPORACIÓN DE LOS AVANCES CIENTÍFICOS Y TECNOLÓGICOS.
1.3.- QUE SU REPRESENTANTE LEGAL CUENTA CON TODAS LAS FACULTADES NECESARIAS PARA SUSCRIBIR EL PRESENTE CONTRATO, DE ACUERDO A LO PREVISTO POR EL ARTÍCULO 17 FRACCIÓN III DEL DECRETO POR EL CUAL SE CREA LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DEL CENTRO DE VERACRUZ.
1.4.- LA CAPACIDAD LEGAL PARA SUSCRIBIR EL PRESENTE CONTRATO RECAE EN EL. XX. XXXXXXXXX XXXXXX XXXXXXX, EN SU CARÁCTER DE RECTOR ENCARGADO, SEGÚN CONSTA EN EL NOMBRAMIENTO EXPEDIDO EL 28 XX XXXXX DE 2005 POR EL XX. XXXXXX X. XXXXXXXXX, SECRETARIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA DEL ESTADO DE VERACRUZ.
1.5.- QUE TIENE SU DOMICILIO EN PROLONGACIÓN DE LA AVENIDA 1 SIN NÚMERO, XXXXX 00 XXXXXXX XX XXXXXX, XX XXXX XXXXXX XX XXXXXXXXXX, MISMO QUE SEÑALA PARA TODOS LOS EFECTOS A QUE HAYA LUGAR.
II.- DECLARA “EL PRESTADOR DE SERVICIOS”
2.1 QUE ES UNA PERSONA FÍSICA QUE SE LLAMA COMO HA QUEDADO ESCRITO, SER DE NACIONALIDAD MEXICANA, NACIDA EL DÍA 28 XX XXXXX DE 1949, TENER 56 AÑOS DE EDAD, QUE SU ESTADO CIVIL ES CASADA, QUE ES UNA PERSONA FÍSICA, QUE SU REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES ES OUGV- 490428-LP3 DOMICILIO PARA OÍR Y RECIBIR NOTIFICACIONES EL UBICADO XXXXX 0 XXXXXX 0000 XXXXX. XXXXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXXXX VERACRUZ.
2.2. QUE TIENE PLENA CAPACIDAD JURÍDICA, ASÍ COMO LOS CONOCIMIENTOS Y LA EXPERIENCIA PROFESIONALES REQUERIDOS PARA CONTRATAR Y OBLIGARSE A CUMPLIR CON LOS TÉRMINOS DEL PRESENTE CONTRATO.
2.3. QUE DE ACUERDO AL CONTENIDO DE LAS DECLARACIONES QUE ANTECEDEN, LAS PARTES MANIFIESTAN QUE ES SU VOLUNTAD CELEBRAR EL PRESENTE CONTRATO DE TRABAJO POR TIEMPO DETERMINADO.
2.5. MANIFIESTA QUE SE ENCUENTRA AL CORRIENTE EN EL CUMPLIMIENTO DE TODAS SUS OBLIGACIONES, COMO PRESTADOR DE SERVICIOS ANTE LAS AUTORIDADES ADMINISTRATIVAS, COMO PODRÍAN SER ENTRE OTRAS LAS FISCALES.
2.6 QUE REITERA SU CALIDAD DE PRESTADOR DE SERVICIOS Y DECLARA QUE POR NINGÚN CONCEPTO EJERCERÁ ACCIÓN CIVIL, PENAL, O DE NINGUNA OTRA NATURALEZA EN CONTRA DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DEL CENTRO DE VERACRUZ YA SEA POR SÍ MISMO O POR TERCERA PERSONA A CAUSA DE ACCIDENTES, LESIONES O ENFERMEDADES DE CARÁCTER ORDINARIO O PROFESIONAL QUE LLEGARE A SUFRIR EL PERSONAL QUE TENGA A BIEN ASIGNAR, DADO EL ORIGEN DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO. POR ELLO LA UNIVERSIDAD NO SERÁ PATRÓN DIRECTO NI INDIRECTO, Y NO CONTRAE OBLIGACIÓN, NI RESPONSABILIDAD ALGUNA AL RESPECTO.
III.- DE “LAS PARTES”
1. QUE SE RECONOCEN MUTUAMENTE LA PERSONALIDAD CON QUE SE OSTENTAN.
2. QUE EXPUESTO LO ANTERIOR, ESTÁN CONFORMES EN SUJETAR SU COMPROMISO MANIFESTANDO ACORDAR DE MANERA VOLUNTARIA EN LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES INSERTOS EN LAS SIGUIENTES:
CLÁUSULAS
PRIMERA.- OBJETO.
ES OBJETO DEL PRESENTE INSTRUMENTO ES EL QUE “LA UNIVERSIDAD”, CONTRATE DE “EL PRESTADOR DE SERVICIOS”, LOS RELACIONADOS CON EL MANTENIMIENTO DE LIMPIEZA DE LAS INSTALACIONES DE LA UNIVERSIDAD TECNOLOGICA DEL CENTRO DE VERACRUZ, QUE CONSTAN DE SALONES, OFICINAS Y SANITARIOS.
LO QUE COMPRENDE EN FORMA MÁS ESPECÍFICA:
LIMPIEZA DE PISOS, ESCRITORIOS, SILLAS Y SILLONES, LIMPIEZA DE TELEFONOS, XXXXXX XX XXXXXXXXX, LIMPIEZA XX XXXXX, CANCELES Y DIVISIONES, LAVADO Y DESINFECTADO DE SANITARIOS, LIMPIEZA DE ARITCULOS XX XXXXXX, LIMPIEZA DE CESTOS DE BASURA, BARRIDOS DE BANQUETARS Y AREAS COMUNES.
CABE HACER MENCION QUE LOS MATERIALES DE LIMPIEZA ASI COMO LOS INSTRUMENTOS QUE SE REQUIERAN PARA LA REALIZACION DE DICHO TRABAJO ESOS SERAN POR CUENTA DEL PRESTADOR DE SERVICIOS.
LOS CITADOS SERVICIOS SE LLEVARAN A CABO EN EL DOMICILIO DE LAS INSTALACIONES DE LA UNIVERSIDAD TECNOLOGICA DEL CENTRO DE VERACRUZ, OBLIGÁNDOSE “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” A DESEMPEÑAR SU ACTIVIDAD CON BASE EN SU EXPERIENCIA, CAPACIDAD TÉCNICA Y TIEMPO QUE SEA NECESARIO EN EL CUMPLIMIENTO DEL MISMO.
SEGUNDA.- MONTO DE LOS SERVICIOS.
“LA UNIVERSIDAD” SE OBLIGA A CUBRIR A “EL PRESTADOR DE SERVICIOS”, LA CANTIDAD DE
$8,800.00 (OCHO MIL OCHOCIENTOS PESOS 001/00 M.N.), MENSUALES MÁS I.V.A .
TERCERA.- FORMA DE PAGO.
“LAS PARTES” CONVIENEN QUE LOS TRABAJOS OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO, SE LIQUIDEN EN UNA SOLA EXHIBICION.
CUARTA.- DEL PERÍODO DE EJECUCIÓN.
ESTE CONTRATO ENTRARA EN VIGOR A PARTIR DEL DIA JUEVES 00 XX XXXXX XXX 0000 FINALIZANDO PRECISAMENTE EL DIA 07 XX XXXXXX DEL 2005.
QUINTA.- DE LAS OBLIGACIONES DE “EL PRESTADOR DE SERVICIOS”.
SON OBLIGACIONES DE “EL PRESTADOR DE SERVICIOS”, LAS SIGUIENTES:
➢ REALIZAR LOS TRABAJOS CONTRATADOS OFERTANDO SU EXPERIENCIA Y CAPACIDAD TÉCNICA NECESARIAS PARA EL CUMPLIMIENTO DEL MISMO.
SEXTA.- GARANTÍA DE SERVICIOS.
“EL PRESTADOR DE SERVICIOS” GARANTIZA QUE LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS SE REALIZARÁN EN FORMA ÓPTIMA Y DE EXISTIR ALGUNA INCONFORMIDAD POR PARTE DE LA UNIVERSIDAD ESTA LO HARA SABER EN FORMA INMEDIATA AL PRESTADOR DE SERVICIOS, PARA PROCEDER A DARLE SOLUCION A LA CITADA INCONFORMIDAD.
SEPTIMA.- DE LA FORMAS DE RESCISIÓN.-
“LA UNIVERSIDAD” PODRÁ RESCINDIR EL PRESENTE CONTRATO, SIN PREVIO AVISO A “EL PRESTAD0R DE SERVICIOS”, POR CUALQUIERA DE LAS CAUSAS QUE A CONTINUACIÓN SE ENUMERAN:
1.- PORQUE “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” SUSPENDA INJUSTIFICADAMENTE, LA REALIZACIÓN DE LOS TRABAJOS CONTRATADOS;
2.- PORQUE “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” NO CUMPLA CON LO ESTABLECIDO EN EL CONTENIDO DEL CLAUSULADO DEL PRESENTE CONTRATO.
3.- POR ASI CONVENIR A LOS INTERESES DE LA UNIVERSIDAD.
OCTAVA.- SESIÓN DE DERECHOS.
“EL PRESTADOR DE SERVICIOS” SE OBLIGA A NO CEDER A TERCERAS PERSONAS, FISICAS X XXXXXXX SUS DERECHOS U OBLIGACIONES DERIVADAS DE ESTE CONTRATO, ASI COMO LOS DERECHOS DE COBRO POR LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS REALIZADOS QUE AMPARA ESTE CONTRATO, SIN PREVIA APROBACIÓN EXPRESA Y POR ESCRITO DE “LA UNIVERSIDAD”
NOVENA.- RELACIONES LABORALES.
“EL PRESTADOR DE SERVICIOS” SE CONSTITUYE COMO EMPRESARIO Y PATRÓN DEL PERSONAL QUE OCUPE CON MOTIVO DE LOS SERVICIOS MATERIA DE ESTE CONTRATO Y SERÁ EL ÚNICO RESPONSABLE DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DE LAS DISPOSICIONES LEGALES Y DEMAS ORDENAMIENTOS EN MATERIA DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL. EN TAL SENTIDO SE ESTABLECE QUE EL PERSONAL DESIGNADO POR LAS PARTES PARA LA REALIZACIÓN CONJUNTA DE CUALQUIER ACCIÓN RELACIONADA CON EL OBJETO DEL PRESENTE INSTRUMENTO, CONTINUARÁ BAJO LA DIRECCIÓN DE LA INSTITUCIÓN QUE LO HAYA CONTRATADO, Y NO ORIGINARÁ RELACIÓN DE CARÁCTER LABORAL CON LA CONTRAPARTE, NI SE CONSIDERARÁ PATRÓN SUSTITUTO O SOLIDARIO.
“EL PRESTADOR DE SERVICIOS” CONVIENE POR LO MISMO, EN RESPONDER DE TODAS LAS RECLAMACIONES QUE SUS TRABAJADORES PRESENTAREN EN SU CONTRA O DE “LA UNIVERSIDAD” EN RELACIÓN CON LOS SERVICIOS PROFESIONALES MATERIA DEL PRESENTE CONTRATO.
DÉCIMA.- PENA CONVENCIONAL.
PARA EL CASO DEL INCUMPLIMIENTO DE LO PACTADO EN LAS CLÁUSULAS DE ESTE CONTRATO POR PARTE DE “EL PRESTADOR DE SERVICIOS”, LAS PARTES FIJAN COMO PENA CONVENCIONAL LA CANTIDAD EQUIVALENTE AL O.5% DEL VALOR TOTAL DE LA OPERACIÓN POR CADA DÍA DE RETRASO QUE TRANSCURRA, ENTRE LA FECHA DE EJECUCIÓN Y TÉRMINO DEL SERVICIO CONTRATADO.
DÉCIMA PRIMERA.-DE LA JURISDICCION.
PARA LA INTERPRETACIÓN Y CUMPLIMIENTO DEL PRESENTE CONTRATO, ASI COMO TODO AQUELLO QUE NO ESTE EXPRESAMENTE ESTIPULADO EN EL MISMO, LAS PARTES SE SOMETEN A LA JURISDICCIÓN DE LOS TRIBUNALES COMPETENTES PARA LA CIUDAD DE CUITLAHUAC, VERACRUZ, POR LO TANTO “LAS PARTES” RENUNCIAN AL FUERO QUE PUDIERA CORRESPONDERLE, POR RAZÓN DE SU DOMICILIO PRESENTE O FUTURO O POR CUALQUIER OTRA COSA.
DÉCIMA SEGUNDA.- MANIFESTACIÓN UNILATERAL DE LAS PARTES.
LAS PARTES MANIFIESTAN QUE EN LA ELABORACIÓN DEL PRESENTE CONTRATO HAN EMITIDO LIBREMENTE SU VOLUNTAD, SIN QUE HAYA MEDIADO DOLO, ERROR O MALA FE O CUALQUIER OTRO VICIO DEL CONSENTIMIENTO QUE PUDIERA INVALIDARLO.
LEIDO QUE FUE EL PRESENTE CONTRATO POR LAS PARTES Y ENTERADOS DE SU CONTENIDO Y FUERZA LEGAL, SE FIRMA POR DUPLICADO, EN LA CIUDAD DE CUITLAHUAC, VERACRUZ, A LOS 07 DIAS DE JULIO DE DEL AÑO DOS MIL CINCO.
“LA UNIVERSIDAD” XX. XXXXXXXXX XXXXXX XXXXXXX | POR “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” XXX. XXXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX. |
LIC. XXXX XXXX XXXXX XXXXXXX ABOGADO GENERAL UNIVERSIDAD TECNOLOGICA DEL CENTRO DE VERACRUZ | LIC. XXXXXX XXXXXXXX XXXXXXX. DIRECTORA DE ADMINISTRACION Y FINANZAS UNIVERSIDAD TECNOLOGICA DEL CENTRO DE VERACRUZ |