CONVENIO DE FINANCIAMIENTO
CONVENIO DE FINANCIAMIENTO
PROGRAMA DE EQUIPAMIENTO CIENTÍFICO Y TECNOLÓGICO PROYECTO SOUTHTRAC
En Santiago de Chile, a de del 2019, entre la Comisión Nacional de Investigación Científica y Tecnológica, en adelante CONICYT, representada por su Directora Ejecutiva xxxx XXXXX XXXXXXXXXX XXXXXXXX, Cédula Nacional de Identidad N°00.000.000-0, ambos domiciliados en esta ciudad, xxxxx Xxxxxx Xx 0000, xxxxxx xx Xxxxxxxx, Xxxxxx Xxxxxxxxxxxxx y, por la otra parte, el/la BENEFICIARIO/A cuya individualización se contiene a continuación:
BENEFICIARIO/A : «Nombre» «Apellido_1» RUT : «RUN»
DOMICILIO : «DOMICILIO»
TITULO DEL PROYECTO : «TITULO»
CÓDIGO : «FOLIO_CONICYT»
Se han convenido las siguientes cláusulas:
PRIMERA: Acerca del convenio.
Mediante Resolución Exenta XXX del XXX de XXX de 2019 de CONICYT, se adjudicó el Concurso “Proyectos de Investigación CONICYT-DFG de Alemania Iniciativa SouthTrac”, siendo favorecido/a el/la investigador/a antes individualizado/a, con los beneficios que se indican en la cláusula tercera de este convenio, para su proyecto de investigación relacionado con el acceso a los datos provenientes del Proyecto SouthThac.
SEGUNDA: Vigencia del proyecto, periodo de ejecución del proyecto y transferencia de recursos
2.1. El proyecto tendrá una duración de 12 meses, contados desde la fecha de total tramitación del acto administrativo que aprueba el presente convenio.
2.2. Los recursos otorgados por CONICYT, serán transferidos al Investigador Responsable del proyecto.
2.3. Condiciones para la transferencia:
a. La transferencia de los recursos otorgados por CONICYT, se realizará contra la total tramitación del acto administrativo aprobatorio del respectivo convenio de financiamiento.
b. Según disponibilidad presupuestaria del Servicio.
c. Entrega de las garantías correspondientes (Mandato y Pagaré ante notario)
d. No debe mantener rendiciones pendientes no garantizadas con CONICYT.
TERCERA: Ítems Financiables
3.1 CONICYT financiará los gastos de los/as investigadores/as en el extranjero, el cual podrá ser destinado a:
3.1.1.- Gastos en pasajes aéreos y terrestres, nacionales e internacionales, punto a punto en clase económica, para los investigadores pertenecientes a una propuesta del mencionado proyecto.
3.1.2.- Viáticos en el extranjero por un máximo de 30 días seguidos por investigador que participa en la propuesta, por un monto diario máximo de $125.000 (ciento veinticinco mil pesos). Además, se pueden financiar seguros de viaje.
3.2.- El financiamiento máximo por proyecto otorgado por CONICYT será de $10.000.000 (diez millones de pesos chilenos).
3.3.- Tanto el/la investigador/a responsable como los/las co-investigadores/as e investigadores/as asociados/as podrán viajar como máximo 2 veces durante la ejecución del proyecto con financiamiento CONICYT.
CUARTA: Aspectos específicos
4.1. Sólo podrán beneficiarse los/as investigadores/as de los equipos que se señalen en el formulario de postulación.
QUINTA: Seguimiento y control del proyecto: entrega de informes técnicos y rendición de cuentas
El/la Investigador/a Responsable nacional deberá dar estricto y oportuno cumplimiento a las fechas y forma de presentación de los informes técnicos y/o académicos y rendiciones de cuentas que se establezcan.
5.1. Informes técnicos
El/la Investigador/a Responsable, deberá enviar a CONICYT un informe científico final por el periodo total de proyecto, a más tardar 30 días después de finalizado el periodo de ejecución del proyecto.
5.2. Rendición de cuentas
La rendición de cuentas de los recursos transferidos por CONICYT se regirán en lo que corresponda según las normas establecidas por la Resolución Nº 30 del 00
xx xxxxx xx 0000 xx xx Xxxxxxxxxxx General de la República y por CONICYT. Además de las normas e indicaciones detalladas en el correspondiente manual de rendición de cuentas del presente concurso y sus respectivos anexos.
El/La Investigador/a Responsable/a deberá destinar una cuenta bancaria, en la cual CONICYT transfiera los recursos correspondientes al proyecto adjudicado.
5.3 En el evento que el/la Investigador/a Responsable no de cumplimiento a cualquiera de las obligaciones tanto de las bases que rigen el concurso como de las que se deriven del presente Convenio, CONICYT podrá poner término anticipado al proyecto, pudiendo además solicitar la devolución total o parcial de los recursos transferidos, o bien hacer efectivo el documento de garantía presentado, sin perjuicio de reservarse el derecho a ejercer las demás acciones legales que correspondan.
5.4 CONICYT podrá realizar el control de los objetivos e hitos establecidos en el proyecto y en el convenio respectivo, teniendo la facultad de solicitar información en cualquier etapa del proyecto.
5.5 En caso de que CONICYT disponga de un sistema de seguimiento técnico y/o financiero online, incluyendo rendición de cuentas, el/la Investigador/a Responsable/a deberá hacer uso de éste.
5.6. Una vez aprobada la rendición de cuentas y presentado el informe final científico, se suscribirá el finiquito respectivo entre el/la beneficiario/a y CONICYT.
5.7 EL Investigador Responsable, deberá suscribir un pagaré, firmado ante notario público, (en el caso de los beneficiarios (as) que se encuentren en el extranjero, el pagaré debe estar visado por el consulado del país que se encuentre y autorizado por el ministerio de relaciones exteriores de Chile), que contenga la promesa de pagar una determinable suma de dinero, destinado a garantizar el cumplimiento de las obligaciones inherentes a su calidad de beneficiario (a) y en el cual se incluya una cláusula que faculte a CONICYT a llenar los datos correspondientes a la suma adeudada y a la fecha del vencimiento en el pagaré, conforme a los cálculos que ésta realice y de conformidad a lo dispuesto en el convenio respectivo. Asimismo, dicho pagaré incorporará una cláusula en virtud de la cual se facultará a CONICYT para exigir el cobro inmediato del monto total del pagaré, como si fuere de plazo vencido, en caso de incumplimiento por parte del beneficiario (a) de una o más obligaciones convenidas, de manera de asegurar el fiel cumplimiento de las obligaciones contraídas. El pagaré, en formato CONICYT, el cual debe emitirse e imprimirse en una sola hoja.
5.8. Todos los documentos generados en el marco de esta colaboración D.F.G/XXXXXXX, deberán indicar explícitamente el apoyo financiero recibido, utilizando el siguiente formato: “CONICYT + PIA + FONDEQUIP +
FUNDACIÓN ALEMANA PARA LA INVESTIGACIÓN D.F.G + código del
proyecto”.
SEXTA: Modificación del proyecto
Durante la ejecución del proyecto, el/la Investigador/a Responsable nacional podrá solicitar por escrito y de manera fundada y oportunamente, a CONICYT, a través del Programa de Equipamiento Científico y Tecnológico (FONDEQUIP), modificaciones tales como: cambios en las actividades y/o integrantes de los equipos, la redistribución de los beneficios otorgados, plazos de ejecución del proyecto, rendición de cuentas, entre otros. Dichas modificaciones no podrán hacerse efectivas sin autorización de CONICYT, previo informe favorable por parte del Programa de Equipamiento Científico y Tecnológico de CONICYT. Sin perjuicio de lo señalado, las modificaciones no podrán significar un aumento en el presupuesto asignado para la realización del proyecto.
SÉPTIMA: Incumplimiento de obligaciones
CONICYT está facultada para suspender los aportes en caso de constatar el incumplimiento total o parcial de las obligaciones por parte del/de la beneficiario/a. En este caso, el/la beneficiario/a deberá adoptar todas las medidas que considere adecuadas para corregir las deficiencias detectadas. En caso que éstas no se subsanen dentro del plazo que CONICYT determine, se pondrá término anticipado al convenio y CONICYT podrá solicitar la restitución parcial o total de los fondos otorgados al/a la beneficiario/a, reajustados de acuerdo a la variación experimentada por el IPC en el período respectivo.
La cuenta donde se deben realizar los reintegros a nombre de CONICYT es la siguiente: Cuenta Corriente N° 9004581 del Banco Estado.
OCTAVA: Control y Restricciones
8.1. CONICYT realizará el seguimiento y control financiero del proyecto, a través del Programa de Equipamiento Científico y Tecnológico en conjunto con el Departamento de Administración y Finanzas.
8.2. Queda estrictamente prohibido invertir los fondos transferidos para el desarrollo del proyecto, en cualquier tipo de instrumentos financieros o activos digitales, ya sea xx xxxxx fija o variable, de corto o largo plazo, que reditúe intereses, reajustes u otras utilidades, tales como: fondos mutuos, acciones, depósitos a plazo, bonos, monedas virtuales, etc.
8.3. Si los recursos transferidos se destinan a fines distintos de los señalados en el proyecto, y los autorizados en las bases concursales y convenio, éstos deberán ser reintegrados a CONICYT, quedando esta entidad facultada para determinar si la inversión de los recursos para propósitos diferentes a los autorizados, constituye una causal de término anticipado, conforme a la gravedad del incumplimiento.
NOVENA: Resolución de Conflictos y Disposiciones Generales
9.1. Para todos los efectos legales derivados del presente convenio, las partes fijan su domicilio en la ciudad de Santiago y otorgan competencia ante sus Tribunales Ordinarios de Justicia.
9.2. Las bases del concurso y la resolución de fallo forman parte integrante del presente instrumento.
9.3. El presente Xxxxxxxx se extiende en dos ejemplares del mismo tenor y validez, quedando uno en poder del/de la BENEFICIARIO/A y otro en poder de CONICYT.
DÉCIMA: Personería
La representación legal de CONICYT, consta en lo dispuesto en los Decretos Supremos N°491/1971 y N°246/2019 del Ministerio de Educación de Chile.