COMISIÓN TÉCNICA MIXTA DE SALTO GRANDE
COMISIÓN TÉCNICA MIXTA XX XXXXX GRANDE
LICITACIÓN PÚBLICA
CONTRATO SG-512
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES
TABLA DE CONTENIDO
CONDICIONES ADMINISTRATIVAS Y LEGALES 7
B.1.I.- REGIMEN DE LA LICITACIÓN 7
B.1.IV.- MONTO DE LAS GARANTÍAS 8
B.1.V.-VISITA A LAS INSTALACIONES 8
B.1.VI.- INICIACION DEL SERVICIO 8
B.1.VIII.- REAJUSTES DE PRECIOS 9
B.1.IX.- LUGAR DE EJECUCIÓN (O ENTREGA) 10
B.1.X.-PLAZO DE MANTENIMIENTO DE OFERTA 10
B.1.XII.- RESOLUCION ANTICIPADA 11
B.2.I. INTERPRETACIÓN DE TÉRMINOS 12
B.2.I.1.- INTERPRETACIÓN DE TÉRMINOS 12
B.2.II. DE LOS OFERENTES Y LAS OFERTAS 13
B.2.II.1.- INCOMPATIBILIDADES 13
B.2.II.2.- REQUISITOS PARA SER OFERENTE 13
B.2.II.3.- CONTENIDO DE LAS OFERTAS 14
B.2.II.4.- GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA 15
B.2.II.5.- FORMAS DE CONSTITUIR GARANTÍAS 15
B.2.II.6.- INFORMACIÓN A CARGO DEL OFERENTE 16
B.2.II.7.- FORMA DE COTIZAR 17
B.2.II.8.- ACLARACIONES, CONSULTAS Y COMUNICACIONES 17
B.2.II.9.- PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS 18
B.2.II.10.- IDIOMA Y SISTEMA DE MEDIDAS 20
B.2.II.11.- REPRESENTANTE DEL OFERENTE 20
B.2.III. DE LA APERTURA DE LA LICITACIÓN 20
B.2.III.1.- APERTURA DE OFERTAS 20
B.2.III.2.- LICITACIONES CON PRESENTACIÓN DE DOS SOBRES 21
B.2.III.3.- EVALUACIÓN DE OFERTAS 22
B.2.III.4.- CAUSALES DE INADMISIBILIDAD Y DESESTIMACIÓN DE OFERTAS 22
B.2.IV.1.- FACULTAD DE PRESELECCIONAR 22
B.2.IV.2.- MEJORA DE OFERTAS 23
B.2.IV.4.- CRITERIO PARA COMPARACIÓN DE OFERTAS 23
B.2.IV.5.- COMUNICACIÓN E INSTRUMENTACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN 23
B.2.V. DEL CONTRATO Y DE LAS OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA 24
B.2.V.1.- DOMICILIO DEL CONTRATISTA 24
B.2.V.2.- INSPECTOR DE OBRA 24
B.2.V.3.- GARANTIA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO 24
B.2.V.5.- LUGAR Y FORMA DE PRESENTACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN 25
B.2.V.6.- DOCUMENTOS INTEGRANTES CONTRATO Y ORDEN PRELACIÓN DE LOS MISMOS 26
B.2.V.7.- SEGURIDAD DE OBRAS Y PROTECCIÓN DE BIENES 26
B.2.V.8.- COMPROMISO AMBIENTAL 27
B.2.V.9.- CUMPLIMIENTO DE LA LEGISLACIÓN VIGENTE 28
B.2.V.10.- OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA 28
B.2.V.11.- TRIBUTOS Y CARGAS SOCIALES 30
B.2.V.12.- CESIÓN DEL CONTRATO 30
B.2.V.13.- SUB-CONTRATACIÓN 30
B.2.V.14.- ÓRDENES DE SERVICIO 30
B.2.V.15.- VARIACIONES EN EL SUMINISTRO O TRABAJOS 30
B.2.V.16.- VALUACIÓN DE SUMINISTROS O TRABAJOS NO PREVISTOS 31
X.0.XX.XX LOS PLAZOS Y DE LAS PENALIDADES 33
B.2.VI.1.- CAUSAS DE AMPLIACIÓN DE LOS PLAZOS 33
B.2.VI.2.- EMPLEO DEL NOMBRE SALTO GRANDE 33
B.2.VI.5.- DEDUCCIONES POR MULTAS Y OTROS CONCEPTOS 34
B.2.VII. DE LA RESCISIÓN 34
B.2.VII.1.- RESCISIÓN POR CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR 34
B.2.VII.2.- RESCISIÓN POR CAUSAS IMPUTABLES AL CONTRATISTA 34
B.2.VII.3.- CONSECUENCIA DE LA RESCISIÓN POR CAUSA IMPUTABLE AL CONTRATISTA 35
B.2.VII.4.- RESCISIÓN POR CAUSAS NO IMPUTABLES AL CONTRATISTA. 35
B.2.VII.5.- CONSECUENCIA DE LA RESCISIÓN POR CAUSA NO IMPUTABLE AL CONTRATISTA. 35
B.2.VII.6.- REVOCACIÓN DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN. 36
B.2.VII.7.- CLAUSULA ANTICORRUPCIÓN. 36
B.2.VII.8.- RECEPCIÓN PROVISORIA 36
B.2.VII.9.- PERÍODO DE GARANTÍA Y TRABAJOS DE REPARACIÓN 37
B.2.VII.10.- RECEPCIÓN DEFINITIVA 37
B.2.VII.11.- DEVOLUCIÓN DE GARANTÍAS 37
B.2.VII.12.- INGRESO AL COMPLEJO 38
B.2.VIII. DE LA LEGISLACIÓN APLICABLE 38
B.2.VIII.1.- JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA 38
C.1.I. Descripción del Servicio 39
C.1.II.- Características del Servicio 39
C.1.IV.- Calidad y Preparación 40
C.1.VIII.- Xxxxxxxx y Lugares de Prestación 41
X.0.X.- Xxxxxxxx Xxxxxxxxxx. 42
C.2.II.- Empresas Uruguayas 42
C.2.III.- Empresas de Ambas Nacionalidades. 43
E.1 ANEXO I – POLÍTICA CALIDAD, MEDIO AMBIENTE, SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL
.............................................................................................. 45
E.2 ANEXO II – INFORMACIÓN AMBIENTAL 47
E.3 ANEXO III – REGLAMENTO DE LICITACIONES Y/O CONCURSOS DE PRECIOS 48
La Comisión Técnica Mixta xx Xxxxx Grande llama a Licitación Pública para contratar el servicio de provisión de Refacciones Alimentarias para su personal, en diferentes lugares del área del Complejo Hidroeléctrico xx Xxxxx Grande, de acuerdo a las condiciones establecidas en el presente Pliego de Bases y Condiciones.
Las Condiciones Particulares priman sobre las Condiciones Generales.
CONDICIONES ADMINISTRATIVAS Y LEGALES
B.1.I.- REGIMEN DE LA LICITACIÓN
Bajo el sistema de un (1) sobre.
El oferente deberá formular su oferta en la "Planilla de Cotización" (adjunta al presente Xxxxxx), en moneda local, de acuerdo a la nacionalidad del oferente, consignando el precio unitario sin IVA, por refacción, en la forma establecida en el art. B.2.II.7 de las Condiciones Administrativas y Legales Generales.
El oferente deberá presentar su estructura de costos, detallando la incidencia porcentual de cada componente en el mismo. La omisión de este requisito dará lugar a la descalificación de la oferta.
La comparación de ofertas se realizará, en la forma establecida en el art. B.2.IV.4, sin considerar el IVA.
El IVA y todo otro impuesto que corresponda, deberá estar desglosado en la cotización.
Deberá tener presente que:
a) Durante la vigencia del contrato la C.T.M. asegura un mínimo de treinta (30) refacciones diarias en días hábiles.
b) No obstante lo expuesto en a) el oferente deberá estar en condiciones de poder proveer hasta 100/130 refacciones diarias en días hábiles.
c) Para los xxxxxxx, xxxxxxxx y feriados, no se establece mínimo por cuanto en dichos días la cantidad de refacciones disminuye sensiblemente.
d) A título únicamente informativo destacamos los consumos mensuales del período julio/12 x xxxx/13; aclarando que la C.T.M. no asume ningún compromiso por encima de los mínimos asegurados en a):
Julio/2012 | 1825 | Enero/2013 | 2277 |
Agosto | 1711 | Febrero | 2527 |
Setiembre | 1684 | Marzo | 2229 |
Octubre | 1939 | Abril | 1847 |
Noviembre | 2536 | Mayo | 1598 |
Diciembre | 2255 |
Se destaca que el promedio mensual de refacciones consumidas en los últimos tres años fueron los siguientes:
2010 | 26.368 |
2011 | 28.492 |
2012 | 26.201 |
Se considera que en la cotización quedan incluidos todos los gastos y beneficios de cualquier especie, que sean necesarios para cumplir con la provisión objeto de esta Licitación.
El contrato tendrá una duración de treinta y seis (36) meses a partir de la fecha de iniciación del servicio y podrá ser renovado por decisión de la C.T.M. por un período adicional de hasta doce (12) meses, con la sola comunicación al Contratista treinta (30) días antes, por lo menos, de la finalización del período original.
Asimismo, vencido el plazo de la prorroga, se podrá renovar por períodos de hasta doce (12) meses, mediando acuerdo de partes.
B.1.IV.- MONTO DE LAS GARANTÍAS
a) Garantía de Mantenimiento de Oferta por la suma de Dólares Estadounidenses Cuatro Mil (U$S 4.000). Los oferentes argentinos y uruguayos podrán constituir las garantías en moneda local, tomando para su conversión el tipo de cambio vigente el día anterior a la fecha de constitución de la garantía.
b) El adjudicatario deberá constituir una Garantía de Cumplimiento de Contrato por un monto equivalente al 10 % del valor de 23.760 refacciones mínimas aseguradas según lo establecido en el art. B.1.II a) del presente.
B.1.V.- VISITA A LAS INSTALACIONES
A a efectos de completar su información, los interesados deberán visitar los lugares donde se prestará el Servicio y están obligados a informarse exhaustivamente sobre todas las condiciones exigidas en el presente Pliego de Bases y Condiciones y elementos necesarios para su cumplimiento, para lo que deberán presentarse los días martes y jueves a las 09.00 hs, previos a la apertura de la Licitación, ante el personal del Sector Almacenes y Servicios, quienes además, extenderán constancia de la mencionada visita; que deberán adjuntar a la oferta.
B.1.VI.- INICIACION DEL SERVICIO
El Contratista deberá iniciar el servicio en la fecha que C.T.M. le indicará con una antelación no menor a cinco (5) días hábiles.
El plazo para la iniciación del servicio no será inferior a treinta (30) días corridos de la notificación de la adjudicación, salvo acuerdo con el Contratista.
No se autorizará el inicio del Servicio sin la previa conformidad dada por el Área Materiales de que todos los recaudos exigidos Garantía Cumplimiento de Contrato, Seguros, Medidas de Seguridad, Ingreso a la Represa y Compromiso Ambiental, del presente Pliego han sido cumplimentados.
El servicio se facturará en forma quincenal en Pesos o Pesos uruguayos, según la nacionalidad del Contratista, y se abonará en la modalidad señalada en el literal c) 1, del art.
B.2.V.17 del presente, previa conformidad del servicio por parte del Inspector, debiendo cumplirse todos los recaudos exigidos en el citado artículo.
Dada la modalidad de pago señalada, no resulta de aplicación lo establecido en el numeral
12) del Art. B.2.II.3.
B.1.VIII.- REAJUSTES DE PRECIOS
Los precios en moneda local se reajustarán según las siguientes fórmulas:
a) Proveedores de la R.A.
Pa = Po (0,55 AyB + 0,35 IS + 0,10 OByS )
AyBo ISo OBySo
Donde:
Pa = Precio ajustado al mes de ejecución del servicio. Po = Precio de oferta
AyB = Índice de Alimentos para Consumir en el Hogar, del Índice de Precios al Consumidor del INDEC, del mes anterior al de prestación del servicio.
AyBo = Ídem anterior, mes anterior al de presentación de oferta.
IS = Índice de Salarios -Sector Privado, Registrado-, publicado por el INDEC, del mes anterior al de prestación del servicio.
ISo = Ídem anterior, mes anterior al de presentación oferta.
OByS = Índice Otros Bienes y Servicios, del Índice de Precios al Consumidor del INDEC, del mes anterior al de prestación del servicio.
OBySo= Ídem anterior, mes anterior al de presentación oferta.
b) Proveedores de la R.O.U.
Pa = Po (0,55 A + 0,35 IMS + 0,10 CAyA )
Ao IMSo CAyAo
Donde:
Pa = Precio ajustado al mes de ejecución del servicio. Po = Precio de oferta
A = Índice de Alimentos, del Índice de Precios del Consumo del INE, del mes anterior al de prestación del servicio.
Ao = Ídem anterior, mes anterior al de presentación de oferta.
IMS = Índice Medio de Salarios, Salarios y Compensaciones, Sector Privado, publicado por el INE, del mes anterior al de prestación del servicio.
IMSo = Ídem anterior, mes anterior al de presentación oferta.
CAyA = Índice Combustible, Alumbrado y Agua Corriente, del Índice de Precios del Consumo del INE, del mes anterior al de prestación del servicio.
CAyAo = Ídem anterior, mes anterior al de presentación oferta.
Asimismo, la C.T.M. podrá eventualmente reconocer aumentos de salarios y/o tributos que pudieran producirse durante la vigencia del contrato, que no se reflejen en las fórmulas anteriormente detalladas, debidamente justificados en laudos, leyes, decretos, resoluciones y ordenanzas provenientes del Gobierno Nacional, Provincial, Departamental o Municipal. A los fines de determinar la incidencia de esas modificaciones en el precio, se tendrá en cuenta la estructura de costos.
B.1.IX.- LUGAR DE EJECUCIÓN (O ENTREGA)
Complejo Hidroeléctrico xx Xxxxx Grande.
B.1.X.- PLAZO DE MANTENIMIENTO DE OFERTA
La oferta deberá ser válida y estar vigente por un período de sesenta (60) días corridos, contados a partir de la fecha de apertura de esta Licitación.
Sin perjuicio de la penalidad establecida en B.2.VI.3., que se aplicará para el atraso en el inicio del Servicio una vez impartida la orden en tal sentido por la C.T.M., en caso de incumplimiento o que el servicio no se realice de acuerdo a lo establecido en el Contrato o se cumpla con atraso, o merezca observaciones sobre la calidad de las comidas, personal o transporte, el Contratista se hará pasible de observaciones con las siguientes multas:
- 1ª Observación: sin cargo económico.
- 2ª Observación: 3%.
- 3ª Observación: 7%.
- 4ª Observación: 15%
- 5ª Observación: 20%.
- 6ª Observación: La C.T.M. se reserva el derecho de rescindir el Contrato.
Los porcentajes indicados serán calculados sobre el importe facturado del mes en que se cometió la infracción.
Todas las observaciones tendrán carácter de acumulativas a las ya efectuadas, no así el monto de las mismas. (Por ejemplo: en el caso de que el Contratista incurra en una tercera falta, ya sea en el mismo o en diferente concepto que en la primera o segunda, se le aplicará una penalidad del 7% sobre el importe facturado del mes en que se cometió la infracción).
Los incumplimientos, deficiencias y/o transgresiones juzgadas de carácter grave por la CTM xx Xxxxx Grande, como así también los actos de reincidencia en que incurra el adjudicatario, serán sancionados con las penalidades señaladas y/o con la rescisión del contrato en el momento mismo en que la C.T.M. xx Xxxxx Grande lo considere oportuno sin dar lugar a reclamo alguno por la otra parte.
Además, la C.T.M. implementará un sistema de permanente control de las comidas, que permitirá que los usuarios “observen por escrito” las refacciones. Las comidas “observadas” que se demuestre su mala calidad, no serán abonadas.
Para la aplicación de las multas estipuladas, la C.T.M. xx Xxxxx Grande solamente tendrá obligación de notificar previamente por escrito al Contratista las deficiencias que motivaron las mismas.
En los certificados extendidos por la autoridad de control de la C.T.M. xx Xxxxx Grande, se harán constar las penalidades de las cuales se ha hecho pasible el contratista, a efectos de proceder a practicar las retenciones correspondientes, como así también figurará la cantidad de comidas a descontar, por las “observaciones” recibidas.
B.1.XII.- RESOLUCION ANTICIPADA
La C.T.M. xx Xxxxx Grande podrá, transcurridos los seis primeros meses de la vigencia de la relación, dejar sin efecto la contratación debiendo notificar en forma fehaciente su decisión al Contratista con una antelación mínima de sesenta (60) días, de la fecha en que se dejará de prestar el servicio.
La C.T.M. xx Xxxxx Grande, de hacer uso de la acción resolutoria en el período que transcurre entre el séptimo y el decimosegundo mes de la relación contractual, deberá abonar al Contratista, en concepto de indemnización, la suma equivalente a dos (2) meses, tomándose como base treinta (30) refacciones diarias de días hábiles correspondientes al mes en que se ejecuta la opción; si la rescisión se produce desde el mes decimotercero inclusive en adelante, deberá abonar al Contratista la suma equivalente a un (1) mes, tomándose la misma base que en el caso anterior.
B.2.I. INTERPRETACIÓN DE TÉRMINOS
B.2.I.1.- INTERPRETACIÓN DE TÉRMINOS
Las expresiones que se enuncian a continuación tendrán el siguiente significado:
Adjudicatario: El oferente a quien se ha comunicado en forma fehaciente la adjudicación de esta Licitación, hasta la firma del Contrato.
Caso fortuito o Fuerza mayor: Son los definidos en el Código Civil de la República Argentina, artículo 514 y su correspondiente en la República Oriental del Uruguay, artículo 1343.
Circular, por consulta: Las contestaciones de la C.T.M. a los pedidos de aclaración formulados por los interesados, comunicadas fehacientemente.
Circular, sin consulta: Las aclaraciones y/o modificaciones de oficio a estos Pliegos, que la
C.T.M. formule y xxxx comunicadas fehacientemente a los interesados. Comitente: la Comisión Técnica Mixta xx Xxxxx Grande - C.T.M.
Contratista: El adjudicatario que ha celebrado contrato con la C.T.M. referido al objeto de esta Licitación.
Contrato: Acuerdo de voluntades expresadas por escrito que rige la relación entre la C.T.M. y el Contratista.
Precio: Significa el importe consignado en la oferta.
Cronograma: Desarrollo en el tiempo de cada etapa del proyecto representado gráficamente según las C.A.L.P. y E.T.
C.T.M.: La Comisión Técnica Mixta xx Xxxxx Grande. Organismo interestadual de carácter internacional creado por Xxxxxxxx x Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx xxxxx xx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx x xx Xxxxxxxxx Xxxxxxxx xxx Xxxxxxx para el Aprovechamiento de los Rápidos del Río Uruguay, en la xxxx xx Xxxxx Grande firmado en la Ciudad de Montevideo el 30 de diciembre de 1946, aprobado por las leyes 12.517 (R.O.U.) y 13.213 (R.A.), que cuenta con sendos Acuerdos de Sede y Sobre Privilegios e Inmunidades aprobados por las leyes 21.756 (R.A.) y 14.896 (R.O.U.).
Días: Salvo aclaración en contrario, se entenderán por días hábiles. Días corridos: Período ininterrumpido de días hábiles e inhábiles.
Días hábiles: los días en que funcionan las oficinas de la administración de C.T.M.
Inspector de Xxxx: Es el responsable de la C.T.M. ante el contratista y tendrá a su cargo la relación con éste.
Interesado: Persona física, jurídica o consorcio adquirente xxx Xxxxxx de Condiciones que no haya presentado su oferta.
Invitado: Persona Física o Jurídica invitada a esta Licitación. Mesa de Entrada: Lugar de ingreso de la documentación a C.T.M.
Oferente: La persona física, jurídica o consorcio que presenta una oferta en esta Licitación. Oferta: la propuesta presentada por el oferente en esta Licitación.
Pesos ($): Moneda de curso legal en la R.A.
Pesos Uruguayos ($u): Moneda de curso legal en la R.O.U.
Proyecto: Documentación técnica - ejecutiva de los trabajos y demás servicios propuesto por el Oferente - Contratista.
R.A.: República Argentina.
R.O.U.: República Oriental del Uruguay.
Sub contratista: la persona física o jurídica con la cual el Contratista celebre un contrato para la ejecución de una parte de los servicios u obras a su cargo, con el acuerdo de C.T.M.
CALP: Pliego de Condiciones Particulares CALG: Pliego de Condiciones Generales
Todo otro término empleado en ésta documentación y no mencionado en este artículo tiene el significado dado por el uso y la costumbre.
B.2.II. DE LOS OFERENTES Y LAS OFERTAS
B.2.II.
B.2.II.1.- INCOMPATIBILIDADES
Los oferentes deberán tener en cuenta que, según normas internas de C.T.M.:
a) A los agentes de la misma les está expresamente prohibido tener intereses, de cualquier índole, presentes o futuros en empresas que contraten efectivamente con ella mientras dure la contratación. De no cumplirse, la oferta quedará automáticamente rechazada. También es aplicable a empresas subcontratistas.
b) No se admitirán ofertas de empresas que mantengan conflictos pendientes de resolución con la C.T.M., ni de empresas que, aún no encontrándose en la situación descripta precedentemente, sean integradas y dirigidas por personas físicas que se encuentran en la referida situación.
B.2.II.2.- REQUISITOS PARA SER OFERENTE
El Oferente deberá acreditar:
a) Capacidad civil para obligarse.
b) Capacidad técnica y antecedentes en el desarrollo de obras o servicios similares, los que deberán ser acreditados en forma fehaciente.
c) Capacidad económico-financiera.
Las ofertas formuladas por personas físicas deberán contener el nombre completo, los datos personales, nacionalidad, profesión, domicilio real, documento de identidad, C.U.I.T. para oferentes de la R.A. o R.U.C. - R.U.T. para oferentes de la R.O.U., domicilio legal y ser firmadas en la forma acostumbrada que use el Oferente. Deberán acompañar constancia de la habilitación correspondiente y de las inscripciones en A.F.I.P., D.G.I., DGR, respecto a la situación de los impuestos (I.V.A. - IMPUESTO A LAS GANANCIAS - INGRESOS BRUTOS) y B.P.S. que correspondieren.
Las ofertas formuladas por cualquier clase de sociedad, cooperativas o consorcios, deberán contener:
1. Denominación y razón social, indicando C.U.I.T., para empresas de R.A. y R.U.C. – R.U.T.
para empresas de R.O.U.
2. Copia del Contrato social o documento equivalente, autenticados ante Escribano Público. De no existir contrato, datos completos de todos sus integrantes.
3. Constancia de inscripción en los Registros Públicos correspondientes.
4. Domicilio legal.
5. Estados Contables: (Situación patrimonial, Evolución del Patrimonio Neto y de Resultados de los dos últimos ejercicios), con dictamen de Contador Público Independiente, para empresas de la RA certificados por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas. En el caso de empresas de la R.O.U, presentarán como mínimo Informe de Revisión Limitada.
Para el caso de no contar con la antigüedad exigida, deberán presentar un Estado de situación con los requisitos antes expresados, aunque el período sea inferior a doce meses.
Las empresas que no están obligadas a llevar Estados contables, deberán presentar manifestación de bienes (Activos y Pasivos) con las mismas exigencias requeridas para los Estados Contables.
6. En el caso de Sociedades Anónimas, detalle de capital suscripto e integrado a la fecha del último Estado de Situación Patrimonial.
7. Tales ofertas deberán ser firmadas por un representante autorizado, indicando el cargo que ocupa en la sociedad, acompañado del poder que acredite la personería invocada y la facultad de presentar la oferta.
Si las ofertas son presentadas por dos o mas empresas integradas en Consorcio o UTE (Unión Transitoria de Empresas), sin perjuicio de cumplir las instrucciones anteriores, deberán establecer un domicilio legal, que será domicilio legal del Consorcio o UTE, y unificar la personería acompañando el poder pertinente al mandatario que los represente, con las facultades necesarias para actuar en nombre del Consorcio o UTE. Las empresas que integran un Consorcio o UTE, asumen la responsabilidad solidaria y mancomunada por todas las obligaciones emergentes del Contrato, debiendo incluir en la oferta una declaración suscripta por todos los miembros del Consorcio o UTE asumiendo tal responsabilidad. En caso de resultar adjudicatarias y previo a la firma del Contrato, deberán formalizar esa responsabilidad solidaria y mancomunada ante Escribano Público.
B.2.II.3.- CONTENIDO DE LAS OFERTAS
El sobre deberá contener la siguiente información y documentación:
1. La cotización, en la forma prevista en el presente Xxxxxx xx X.X.X.X.
2. Estructura de costos.
3. Garantía de Mantenimiento de Oferta por la suma especificada en las C.A.L.P.
4. Constancia de compra xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones.
5. Constancia expedida por el personal competente de haber efectuado la visita, en caso de que las C.A.L.P. así lo dispongan.
6. Pliego de Bases y Condiciones firmado.
7. Toda la información que figura como requisito en el Artículo B.2.II.2. “REQUISITOS PARA SER OFERENTE".
8. Una relación detallada de los servicios o trabajos realizados y en ejecución que permita acreditar acabadamente su experiencia y capacidad para la ejecución del objeto contractual.
9. Cualquier otro documento, elemento o comprobante que sea exigido por el Pliego de Condiciones Administrativas y Legales o por las Especificaciones Técnicas.
10. Declaración Jurada de aceptación explicita de todos y cada uno de los artículos xxx Xxxxxx de CAL, Especificaciones Técnicas y de sus documentos anexos.
11. Para el caso de Licitaciones con 2 sobres, el Sobre Nº 2 sólo deberá contener la Cotización y la Estructura de Costos.
12. Bonificación por pronto pago, de acuerdo a lo establecido en el Artículo B.2.V.17 xxx Xxxxxx.
La C.T.M. se reserva el derecho de comprobar la información que suministre el Oferente, así como ofertas que no se hayan integrado con la documentación requerida.
La documentación presentada en la oferta deberá respetar el orden del presente artículo y estar debidamente foliada.
B.2.II.4.- GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA
El oferente deberá garantizar su oferta constituyendo una garantía de Mantenimiento de Oferta por el monto establecido en las C.A.L.P., en cualquiera de las modalidades previstas en el artículo B.2.II.5 de las Condiciones Generales del presente Pliego. Esta Garantía deberá estar vigente durante el plazo de validez de oferta, incluidas las prórrogas de ésta que se acuerden.
La Garantía de Mantenimiento de Oferta garantizará a la C.T.M., que en caso que el Oferente resulte adjudicatario, suministrará una Garantía de Cumplimiento de Contrato en las modalidades establecidas en el Artículos B.2.II.5 y B.2.V.3, y que formalizará dicho Contrato.
El oferente que retire su oferta durante el plazo de vigencia de la misma o el adjudicatario que no suscriba el Contrato o que no constituya en plazo la Garantía de Cumplimiento de Contrato, perderá la Garantía de Mantenimiento de Oferta.
B.2.II.5.- FORMAS DE CONSTITUIR GARANTÍAS
Se admitirán las siguientes modalidades:
a) En efectivo: depositando a la orden de la C.T.M. en los siguientes Bancos, debiéndose adjuntar la boleta de depósito correspondiente:
Concordia:
NUEVO BANCO DE ENTRE XXXX SA. - XXXXX, Xxx.Cte: ($) Nº 7517/9; (CBU 3860003401000000751794)
Salto:
BANCO SANTANDER - Cta.Cte: ($u) Nº 390987690 BANCO SANTANDER - Cta.Cte. (U$S) Nº 390987700
Montevideo:
Banco de la República (BROU) Sucursal Misiones Caja de Ahorro en pesos Nº 151329163 Banco SANTANDER Sucursal Ciudad Vieja Cuenta Corriente en dólares 307813661;
Buenos Aires:
NUEVO BANCO DE ENTRE XXXX SA. Cta.Cte: ($) Nº 9067/2-(CBU 3860003401000000751794)
NUEVO BANCO DE ENTRE XXXX SA. Caja de ahorro en dólares Nº 12073/8
La inclusión de dinero en efectivo dentro del sobre de la oferta, dará lugar a su descalificación.
b) Póliza de Seguro de Caución: designando como beneficiaria a la Comisión Técnica Mixta xx Xxxxx Grande, emitida por Compañías de Seguros autorizadas a ejercer negocios en Argentina o Uruguay.
c) Cheque Certificado o Letra de Cambio a la Vista: otorgados por bancos oficiales, privados o cooperativas de ahorro y crédito autorizados a ejercer negocios en Argentina o Uruguay, emitidos a la Orden de la Comisión Técnica Mixta xx Xxxxx Grande y pagaderos a su presentación a la vista. No se aceptarán documentos de pago diferido.
d) Carta de Fianza Bancaria: otorgada por bancos oficiales o privados, autorizados a ejercer negocios en Argentina o Uruguay, a satisfacción de la C.T.M. xx Xxxxx Grande.
Las fianzas y seguros de caución deben constituirse de modo tal que, luego de intimado el Oferente, Adjudicatario o Contratista al cumplimiento de la obligación correspondiente y ante su eventual incumplimiento documentado en forma fehaciente por la C.T.M., el fiador o asegurador abone a ésta el monto establecido, constituyéndose el fiador en deudor solidario, liso, llano y principal pagador con expresa renuncia a los beneficios de excusión y división, así como al beneficio de interpelación judicial.
La elección de la forma de la garantía, en principio, queda a opción del oferente o adjudicatario. Por razones debidamente fundadas, la C.T.M. podrá elegir la forma de constitución de la garantía en las C.A.L.P.
Todas las garantías afianzarán el total cumplimiento de las obligaciones contraídas, debiendo constituirse en forma independiente para cada licitación o contrato.
B.2.II.6.- INFORMACIÓN A CARGO DEL OFERENTE
La presentación de la oferta implica que el Oferente ha estudiado exhaustivamente los documentos de la Licitación. Importa de parte del oferente el pleno conocimiento de toda la normativa que rige el llamado, la evaluación de todas las circunstancias, la previsión de sus consecuencias y la aceptación en su totalidad de las bases y condiciones estipuladas, sin que pueda alegar en adelante su desconocimiento.
La C.T.M. no será responsable por cualquier error u omisión del oferente en la preparación de la oferta.
Los documentos de consulta que pueda proporcionar la C.T.M, fuera de los que integran este
Pliego de Condiciones serán a título informativo y por consiguiente la misma no asume ninguna responsabilidad en cuanto a la exactitud de los mismos.
B.2.II.7.- FORMA DE COTIZAR
El oferente cotizará el precio del servicio o material en la moneda que se indique en las CALP, en la Planilla de Cotización que se adjunta, discriminando IVA, de acuerdo a lo señalado en el presente artículo, y discriminando todo impuesto indirecto que corresponda.
Los precios cotizados deberán constituir la retribución de todos los gastos por cualquier con- cepto requeridos para el cumplimiento del objeto contractual, por lo que deberán comprender todos los tributos, impuestos, tasas, contribuciones, derechos y cualquier otro componente de costo de cualquier índole con la única excepción de los que la C.T.M., haya tomado expresamente a su cargo y así lo indique en el pliego respectivo.
A fin de conformar sus precios, los oferentes argentinos deberán tener presente que según lo establecido en el Art. 5 del Acuerdo de Sede celebrado entre el Gobierno de la República Argentina y la Comisión Técnica Mixta xx Xxxxx Grande, aprobado por Ley Nº 21.756, la misma está exenta de toda clase de impuestos o contribuciones directos o indirectos, ya sean federales, provinciales y municipales o de cualquier otro tipo.
A su vez, los oferentes uruguayos deberán tener presente que según lo establecido en el Artículo 5 del Acuerdo sobre Privilegios e Inmunidades celebrado entre el Gobierno de la República Oriental del Uruguay y la Comisión Técnica Mixta xx Xxxxx Grande, aprobado por Ley Nº 14.896, la misma está exenta de toda clase de tributos nacionales o municipales, con excepción de los habitualmente denominados indirectos que normalmente se incluyen en el precio de las mercaderías y servicios. Asimismo, se deberá tener en cuenta que el Decreto Nº 666/79 reglamenta la exoneración del Organismo respecto del Impuesto al Valor Agregado en sus Artículos Nº 24 a 28.
Oportunamente la C.T.M. extenderá al Contratista los correspondientes certificados, avalando lo señalado precedentemente.
B.2.II.8.- ACLARACIONES, CONSULTAS Y COMUNICACIONES
Los interesados o invitados que tuvieran dudas sobre la interpretación de los documentos de la Licitación deberán solicitar a la C.T.M las aclaraciones del caso, dirigiéndose a tales efectos a:
GERENCIA GESTION DE RECURSOS
Área Materiales -Sector Compras y Contrataciones Casilla de Correo Nº 106 –CONCORDIA - (E.R. - R.A.) Casilla de Correo Nº 68036 – SALTO - (R.O.U.) Correo electrónico: xxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxx.xxx
Las consultas deberán ser presentadas por escrito y serán recibidas hasta diez (10) días
hábiles antes de la fecha fijada para la apertura de las ofertas.
La C.T.M contestará aquellas consultas que considere pertinentes hasta cinco (5) días hábiles antes de la fecha de apertura de las ofertas, mediante circulares que pondrá a disposición de todos los adquirentes de los documentos de la Licitación.
Hasta el mismo plazo, la C.T.M emitirá de oficio, circulares con las aclaraciones, información ampliatoria y modificaciones que estime del caso realizar. Todas las circulares emitidas por la
C.T.M llevarán numeración correlativa y pasarán a integrar la documentación de la licitación.
No se aceptarán consultas telefónicas y no serán contestadas aquellas que se presenten fuera del término.
Los oferentes están obligados a concurrir a las oficinas de la C.T.M., a darse por notificado de todas las Circulares emitidas, hasta tres (3) días corridos antes de la fecha de presentación de las ofertas. Ningún oferente podrá alegar desconocimiento de las Circulares emitidas por la C.T.M.
Las comunicaciones que se realicen entre la C.T.M. y los oferentes o adjudicatarios, deberán llevarse a cabo por correo electrónico, por fax, por carta certificada con aviso de retorno o telegrama colacionado con aviso de retorno, dirigida a la dirección de correo electrónico, número de fax o domicilio fijado por la C.T.M. en este artículo y por los oferentes en su oferta.
Constituirá plena prueba de la notificación realizada y de su fecha, el documento que en cada caso la registre: la copia certificada por el funcionario interviniente en la notificación, el reporte emitido por el equipo utilizado o el aviso de retorno.
B.2.II.9.- PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
Las ofertas deberán ser presentadas por triplicado en sobre cerrado, que indique el nombre y dirección del OFERENTE, y que lleve claramente escrito lo siguiente:
LICITACIÓN PÚBLICA
“REFACCIONES ALIMENTARIAS”
OFERENTE:………………………………………………………….
DIRECCIÓN:.................................................................................
FECHA Y HORA DE APERTURA:...............................................
Las ofertas podrán ser entregadas personalmente o remitidas a la dirección que se especifique en el aviso / invitación de Licitación, como el de apertura de las mismas.
Para los casos en que la apertura se realice en el Complejo Hidroeléctrico, aquellos oferentes que deseen concurrir al acto de apertura, deberán encontrarse en las Barreras Ayuí o Salto de acceso a Salto Grande, con una hora de antelación a la fijada para dicha apertura.
Las ofertas enviadas por cualquier tipo de correo, deberán ser despachadas de modo que sean recibidas en dicha dirección con por lo menos dos días hábiles de antelación al fijado para la apertura.
Los elementos accesorios y / o complementarios podrán ser presentados adjunto a dicho sobre, identificados en forma indeleble, con los datos del oferente y de la licitación. La C.T.M. no asume responsabilidad alguna si por los trámites que debieran efectuar los oferentes para ingresar a Salto Grande, no llegaren al lugar de apertura de ofertas a la hora indicada.
Asimismo la C.T.M no asume responsabilidad alguna por abrir con anterioridad al acto de apertura, o por no abrir, las ofertas que no hayan sido dirigidas o identificadas como se indica en esta cláusula.
Todos los documentos exigidos deben estar escritos a máquina y foliados, advirtiéndose que podrán no ser tomadas en cuenta las ofertas con enmiendas, entre líneas o errores, que no sean debidamente salvados y que a juicio exclusivo de la C.T.M. afecten la oferta.
Las ofertas o cualquier complemento de ellas que se reciban después de la hora y el día fijados, serán rechazadas y devueltas sin abrir, con prescindencia de la fecha en la cual fueron puestas en el correo.
La C.T.M. se reserva el derecho de comprobar la información que suministre el OFERENTE, así como de requerir las aclaraciones y ampliaciones que a su juicio sean necesarias y de desestimar aquellas ofertas que no se hayan integrado con la documentación requerida.
Cuando en el Xxxxxx xx XXXX se establezca la obligación de acompañar muestras, éstas podrán ser presentadas, como máximo, hasta el momento de iniciación del acto de apertura, salvo que dicho pliego estableciera un plazo distinto, en el lugar prefijado.
Asimismo el oferente podrá presentar muestras que contribuyan a ilustrar su oferta, pero en ningún caso podrá reemplazar con ellas las especificaciones técnicas fijadas en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
Las muestras deberán indicar en forma visible los datos de la Licitación a que correspondan, fecha y hora de apertura de las ofertas y la identificación del oferente. Como constancia de su recepción, se extenderá un recibo en original y copia.
Las muestras correspondientes a los artículos adjudicados, quedarán en poder de la C.T.M. para ser cotejadas con los que entregue oportunamente el adjudicatario. Cumplido el contrato, quedarán a disposición del adjudicatario por el plazo de UN (1) mes a contar desde la última conformidad de recepción. De no procederse a su retiro, vencido el plazo estipulado precedentemente, las muestras pasarán a ser propiedad de la C.T.M., sin cargo, quien queda facultada para resolver sobre el uso, venta o destrucción de las mismas, en este último caso cuando no tuvieren aplicación alguna.
Las muestras presentadas por aquellos oferentes que no hubiesen resultado adjudicatarios quedarán a su disposición para el retiro hasta UN (1) mes después de la comunicación efectuada por la C.T.M. de que las mismas están a disposición del oferente. En el caso en que no pasaran a retirarlas en el plazo fijado se utilizará el procedimiento citado en el párrafo anterior.
Cuando las muestras sean "sin cargo", el oferente lo hará constar en la documentación respectiva.
Las muestras que por sus características sean susceptibles de análisis destructivos, no serán devueltas al oferente, sin que ello implique cargo alguno para la C.T.M. xx Xxxxx Grande.
B.2.II.10.- IDIOMA Y SISTEMA DE MEDIDAS
Toda comunicación, incluida la documentación correspondiente a la presentación de ofertas, deberá expresarse en idioma español.
La documentación extranjera podrá estar redactada en idioma extranjero, siempre que se adjunte la correspondiente traducción al español efectuada por Traductor Público habilitado. Tal documentación deberá estar certificada por Escribano Público o autoridad competente, legalizada en el Consulado argentino o uruguayo correspondiente, o legalizada mediante el procedimiento de apostillado. En caso de adjuntarse folletos o catálogos para una mejor comprensión de la oferta, éstos podrán estar redactados en idioma extranjero, en cuyo caso la C.T.M. podrá solicitar las traducciones correspondientes que deberán ser presentadas dentro del plazo de cinco (5) días hábiles después de haber recibido la notificación.
Todas las medidas indicadas lo serán en el sistema internacional de unidades (SIMELA, UNIT), con la sola excepción de aquellos elementos no inmediatamente disponibles en tal sistema, lo que deberá ser convertido posteriormente.
B.2.II.11.- REPRESENTANTE DEL OFERENTE
El Oferente deberá designar en su oferta un Representante Técnico con facultades para actuar en su nombre, el cual debe ser aceptado por C.T.M. El mismo no podrá ser reemplazado sin la conformidad previa de la C.T.M. El oferente deberá presentar con su oferta los antecedentes y currículum vitae de dicho representante. Todas las comunicaciones serán cursadas a dicho Representante, quien entenderá en todas las cuestiones relacionadas con la oferta y con el contrato.
B.2.III. DE LA APERTURA DE LA LICITACIÓN
B.2.III.1.- APERTURA DE OFERTAS
La apertura de las ofertas se efectuará en el día y hora indicados en el aviso de Licitación o Invitación.
La C.T.M. podrá disponer el cambio de fecha de la apertura de la licitación, comunicándolo a los interesados mediante circular y su publicación en la página Web del Organismo.
Será efectuada por funcionarios de la C.T.M. xx Xxxxx Grande, ante Escribano Público, en presencia de los oferentes que desearen concurrir al acto.
A partir de la hora fijada para la apertura de las ofertas no podrán admitirse otras, aún cuando el acto de apertura no se haya iniciado.
Concluida la apertura de las ofertas, el acta confeccionada será firmada por los oferentes presentes que deseen hacerlo y por los funcionarios actuantes.
Las observaciones al Acto de apertura sólo podrán realizarse por los Oferentes presentes, dejándose constancia en el Acta correspondiente.
Las copias de las ofertas estarán a disposición de los oferentes, en el lugar donde se efectuó la apertura o donde la C.T.M. lo disponga, desde el cierre del acto de apertura, hasta la hora 14:30 de ese día y durante los tres días hábiles siguientes, en el horario de 08:00 h a 14:30 h de la C.T.M.
Las observaciones en cuestiones de fondo o de forma a las ofertas ajenas, podrán presentarse hasta el quinto (5º) día hábil a partir de la fecha de apertura de las ofertas. Estas observaciones serán consideradas, pero no contestadas por la C.T.M.
La C.T.M. a su sólo juicio podrá ampliar los plazos precedentemente fijados, comunicándolo fehacientemente.
La licitación será válida cualquiera sea el número de Oferentes que se presenten.
B.2.III.2.- LICITACIONES CON PRESENTACIÓN DE DOS SOBRES
Para el caso de Licitaciones a las que se apliquen el procedimiento de dos (2) sobres, de acuerdo a las C.A.L.P., además de lo establecido en el artículo anterior, será de aplicación lo siguiente:
En el acto de apertura se abrirá el sobre que contiene los Sobres Nº 1 y 2, procediéndose posteriormente únicamente a la apertura del Sobre Nº 1.
La C.T.M. analizará los antecedentes incluidos en el Sobre Nº 1, determinando si cumplen con las condiciones estipuladas en la documentación de la Licitación.
• PRESELECCION DE OFERENTES - SOBRE Nº 1 La C.T.M. evaluará la documentación contenida en el Sobre Nº 1 preseleccionando, a su sólo juicio, las firmas que pueden continuar en el proceso licitatorio, participando de la apertura del Sobre Nº 2.
La preselección que efectúe la C.T.M. en base a los antecedentes presentados en el Sobre Nº 1, será definitiva e irrecurrible.
• RESULTADO DE LA PRESELECCION SOBRE Nº 1: En fecha que se comunicará en forma fehaciente a los oferentes, se abrirá el Sobre Nº 2 de aquellas ofertas preseleccionadas, devolviéndoseles a los oferentes no preseleccionados, sus Garantías de Mantenimiento de Oferta.
• APERTURA DEL SOBRE Nº 2: El sobre Nº 2 se abrirá en el lugar, día y hora que oportunamente establezca la C.T.M., notificado a los oferentes, con la intervención de los funcionarios responsables y en presencia de los oferentes que concurran, en un acto con las mismas formalidades que para el Sobre Nº 1.
En tal oportunidad se abrirán exclusivamente los Sobres Nº 2, correspondientes a las ofertas que se hubieran preseleccionado, devolviéndose sin abrir los Sobres Nº 2 de las restantes ofertas a los respectivos oferentes o quedando éstos a su disposición en las oficinas de la
C.T.M. por el término de treinta días corridos. Vencido ese plazo los sobres serán destruidos.
En el Acta se incorporarán las cotizaciones ofrecidas y la misma será leída y suscripta por los funcionarios actuantes y los oferentes presentes que deseen hacerlo.
Para las observaciones al acto de apertura o a las ofertas ajenas rige lo establecido en el
artículo B.2.III.1.-
B.2.III.3.- EVALUACIÓN DE OFERTAS
El presente Xxxxxx, contiene las condiciones sustantivas de admisibilidad y requisitos que son meramente de presentación de las ofertas. A ambas deberán ajustarse los oferentes. La
C.T.M. se reserva el derecho de evaluar la gravedad de las omisiones en que pudieran incurrir los oferentes. Podrá considerar algunas de las faltas como causa suficiente para descalificar la oferta y otras meramente como omisiones de menor importancia que no afectan la validez de la misma y solicitar que sean subsanadas si correspondiera.
Serán consideradas omisiones de menor importancia, aquellas cuya aclaración posterior a la apertura de las ofertas, no afecten a lo esencial de la misma y a la igualdad entre los oferentes.
Cuando la oferta tuviera defectos de forma, el oferente podrá ser intimado a subsanarlos dentro del término de cinco (5) días. Si no lo hiciere, la oferta será desestimada sin más trámite.
B.2.III.4.- CAUSALES DE INADMISIBILIDAD Y DESESTIMACIÓN DE OFERTAS
Será declarada inadmisible la oferta en los siguientes casos:
a) No estuviere firmada por el oferente o su representante legal.
b) Estuviere escrita con lápiz.
c) Careciera de la garantía exigida o no se presentaren las muestras que el Pliego de Bases y Condiciones indicare.
d) Tuviere raspaduras, enmiendas o interlíneas en el precio, cantidad, plazo de entrega o alguna otra parte que hiciere a la esencia del contrato y no estuvieren debidamente salvadas.
e) Se incluya en el Sobre Nº 1, para Licitaciones con dos sobres, cualquier elemento que permita establecer directa o indirectamente las condiciones económicas de la Oferta.
f) No se hubiese adquirido el Pliego.
g) Se incurra en otras causales de inadmisibilidad que expresa y fundadamente se prevea en el presente pliego.
B.2.IV.1.- FACULTAD DE PRESELECCIONAR
La C.T.M. se reserva la facultad de preseleccionar entre las ofertas presentadas, aquella o
aquéllas que encuentre más conveniente y descalificar a las restantes, pudiendo proceder a preadjudicar o a una segunda ronda de calificación. Podrá solicitar a las preseleccionadas que formulen nuevamente sus ofertas, en base a las pautas que en esta segunda instancia le fije la C.T.M., las que no podrán modificar el objeto de la Licitación.
Asimismo se procederá a devolver las Garantías de Mantenimiento de Oferta, presentadas por aquellos oferentes no preseleccionados.
B.2.IV.2.- MEJORA DE OFERTAS
La C.T.M. se reserva la facultad de solicitar a los Oferentes cuyas ofertas sean a juicio exclusivo de la C.T.M. las más convenientes, que mejoren las mismas en base a pautas que no podrán modificar los términos generales de esta Licitación.
Estas recotizaciones se presentarán con las mismas formalidades de la presentación de ofertas, en lugar, fecha y hora que la C.T.M. indique.
B.2.IV.3.- ADJUDICACIÓN
La adjudicación recaerá sobre aquella oferta que, evaluada en sus aspectos técnico, legal, económico y financiero, sea considerada a sólo juicio de la C.T.M. xx Xxxxx Grande, como la más conveniente para sus intereses.
La C.T.M. no estará obligada a aceptar la oferta de precio más bajo y se reserva el derecho de rechazarlas a todas sin que ello implique resarcimiento alguno para los oferentes.
Los oferentes que por cualquier motivo no resultaren adjudicatarios, no tendrán derecho a reclamo o indemnización por concepto alguno, pues la presentación de ofertas no implica la obligatoriedad de su adjudicación.
B.2.IV.4.- CRITERIO PARA COMPARACIÓN DE OFERTAS
La C.T.M. adopta al dólar estadounidense como moneda para comparar ofertas:
• Para las monedas locales se utilizará el tipo de cambio vendedor del Banco de la República Oriental del Uruguay (para oferentes que cotizan en moneda uruguaya) o del Banco de la Nación Argentina (para oferentes que cotizan en moneda argentina), vigente tres (3) días antes del fijado para la apertura del Sobre que contenga la oferta económica.
• Para las ofertas en moneda de origen que no sean dólares estadounidenses, se utilizará el Arbitraje del Banco Central de la República Oriental del Uruguay, vigente tres (3) días antes del fijado para la apertura del Sobre que contenga la oferta económica.
B.2.IV.5.- COMUNICACIÓN E INSTRUMENTACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN
La C.T.M. comunicará su decisión a todos los oferentes por escrito, a los domicilios constituidos en las ofertas.
El adjudicatario estará obligado a firmar el documento de formalización del Contrato en la
fecha que fije la C.T.M., la que deberá indicar con no menos de cuatro (4) días corridos de antelación en forma fehaciente.
El Contrato se celebrará en dos (2) ejemplares de un mismo tenor, quedando uno de ellos en poder de la C.T.M., entregándose el otro al Contratista.
B.2.V. DEL CONTRATO Y DE LAS OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
B.2.V.1.- DOMICILIO DEL CONTRATISTA
A todos los efectos a que hubiese lugar, el Contratista constituirá domicilio legal en la R.A. o en la R.O.U. según corresponda.
La C.T.M. designará un Inspector de Xxxx quien será el interlocutor válido ante el contratista, desde la adjudicación hasta el cierre definitivo del contrato.
Tendrá a su cargo la supervisión del contrato, con facultades de:
Recepción de la documentación exigida contractualmente (Garantías, Seguros, Programa de Seguridad Industrial e Información Ambiental) la que remitirá a los distintos responsables para su aprobación.
Seguimiento de la firma del contrato.
Otorgar el Permiso de inicio, cuando de obra se trate, una vez que se cumplimenten todas las condiciones establecidas en el Pliego.
Coordinar las tareas de los demás responsables del contrato (Aspectos administrativos, financieros, jurídicos, técnicos, ambientales y de seguridad industrial), quienes responderán al mismo en lo concerniente a la actividad de cada uno de ellos.
Detener las obras en caso que consideren que existe riesgo o peligro si las mismas continuaran; facultad que también tiene el Área Ecología y el Sector Seguridad Industrial.
Certificar avances contractuales.
Disponer órdenes de variación hasta su nivel de adjudicación y/o gestionar las que exceden su nivel.
Otorgar recepción provisoria y definitiva, pudiendo recabar la opinión de los demás sectores competentes.
Responsable de gestionar el cierre final del contrato con la intervención de los demás responsables.
B.2.V.3.- GARANTIA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO
El adjudicatario deberá constituir dentro de los diez (10) días de notificada la adjudicación, a favor de la C.T.M. en cualquiera de las modalidades previstas en el Art. B.2.II.5. del presente, una Garantía de Cumplimiento de Contrato, en la forma y monto previstos en las C.A.L.P.
La falta de constitución de la Garantía de Cumplimiento de Contrato en el plazo indicado precedentemente, le provocará al adjudicatario la pérdida de la Garantía de Mantenimiento de Oferta, y en tal caso la C.T.M. podrá tener la oferta por desistida y contratar con cualquiera de los otros Oferentes. La garantía de cumplimiento de Contrato servirá para asegurar la
ejecución del Contrato por el Contratista, cubriendo a la C.T.M. contra las consecuencias de cualquier incumplimiento.
Dicha garantía deberá emitirse: ..."hasta la extinción de las obligaciones del contratista...".
El adjudicatario podrá eximirse de presentar la garantía de cumplimiento de contrato, satisfaciendo la prestación del objeto contractual dentro del plazo fijado en el párrafo primero, salvo el caso de rechazo de bienes o servicios.
En tales supuestos, el plazo para la integración de la garantía se contará a partir de la comunicación fehaciente del rechazo. Para el caso de bienes rechazados quedarán en caución y no podrán ser retirados, sin que previamente se integre la garantía que corresponda.
El Contratista deberá, durante la ejecución del objeto Contractual, incluyendo cualquier trabajo extra relacionado con el mismo, mantener las siguientes coberturas de seguros a su nombre y al de la C.T.M.
a) Seguro de Accidentes de Trabajo: de acuerdo a las legislaciones nacionales vigentes en la República Argentina (Ley 24.557) y en la República Oriental del Uruguay (Ley 16.074). Deberá indicarse emergencia médica a quien llamar en caso de accidente, como asimismo institución médica de la zona que atenderá a eventuales accidentados.
Para los casos no comprendidos en las citadas leyes, el contratista deberá contratar un Seguro individual de Accidentes Personales, de modo tal que toda persona afectada al contrato, cuente con la cobertura de un Seguro de Accidentes. El mismo constituye un requisito esencial, por lo que ninguna persona afectada al contrato puede carecer de dicha cobertura.
Este seguro debe contar con cobertura para el ámbito territorial de la Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx x xx xx Xxxxxxxxx Xxxxxxxx xxx Xxxxxxx.
b) Seguro de Responsabilidad Civil por daños: que cubra todos los riesgos a la propiedad y a la vida en cualquier momento que ocurran y que resulte de cualquier acto u omisión de operación del Contratista en relación al objeto contractual o causado por sus empleados y dependientes, cualquiera fuese la causa de estos daños. Este seguro deberá ser por un monto mínimo de U$S 50.000 (dólares estadounidenses cincuenta mil) por evento. Debe contar con cobertura para el ámbito territorial de la Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx x xx xx Xxxxxxxxx Xxxxxxxx xxx Xxxxxxx.
c) Seguro de Responsabilidad Civil por daños a terceros: de automotores que se utilicen para la realización del objeto contractual. El mismo debe tener validez en Argentina y en Uruguay (cobertura Mercosur).
El incumplimiento por parte del Contratista de las obligaciones establecidas en el presente artículo, será considerado a todos sus efectos como falta grave que dará derecho a C.T.M. a rescindir el Contrato por causa imputable al Contratista.
B.2.V.5.- LUGAR Y FORMA DE PRESENTACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN
Toda documentación que deba presentarse con relación al contrato, deberá ser entregada en Mesa de Entrada, en cualquiera de los emplazamientos del Organismo, la cual estará debidamente identificada con los datos de la Licitación.
B.2.V.6.- DOCUMENTOS INTEGRANTES DEL CONTRATO Y ORDEN DE PRELACIÓN DE
LOS MISMOS
Integran el Contrato los siguientes documentos que se enuncian por el siguiente orden de prelación:
• Documento que formaliza el Contrato.
• Resolución de adjudicación de C.T.M.
• Circulares
• Pliego.
• Oferta del adjudicatario en lo que no contradiga los restantes documentos del Contrato.
• Garantía de Cumplimiento de Contrato
Dentro de un mismo documento, los valores expresados en letras prevalecerán sobre los numéricos y los valores unitarios sobre los totales. En ningún caso las contradicciones señaladas darán derecho al Contratista a indemnización por daños y perjuicios.
B.2.V.7.- SEGURIDAD DE OBRAS Y PROTECCIÓN DE BIENES
a) Prevención de daños a personas y bienes.
El Contratista deberá tomar las medidas necesarias y hará cumplir las normas y disposiciones relativas a la seguridad, a fin de evitar accidentes y prevenir los daños a personas y bienes en el lugar de ejecución de las tareas objeto de este Contrato.
b) Seguridad del personal
El Contratista deberá cumplir con todas las disposiciones legales referentes a la seguridad de su personal, en especial con las siguientes leyes: Ley 24.557 de ART y Ley 19.587 de Seguridad e Higiene en el Trabajo, de la República Argentina, sus modificatorias y complementarias; y Ley 16.074 SEGURO DE ACCIDENTES DE TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES de la República Oriental del Uruguay y Ley 5.032 de Prevención de Accidentes de Trabajo de la República Oriental del Uruguay, sus modificatorias y complementarias.
Previo al inicio de las Obras o Servicios, el Programa de Seguridad a implementar (confeccionado por profesional competente), deberá ser puesto a consideración del Sector Seguridad Industrial para su aprobación. Para el caso de contratistas de nacionalidad argentina, el Programa debe tener la correspondiente supervisión de la ART.
Una vez aprobado el mismo por el Sector Seguridad Industrial, y antes de comenzar a trabajar, se deberá dar aviso a dicho Sector, quien realizará las inspecciones previas correspondientes.
Lo señalado en el presente artículo no releva al Contratista de su responsabilidad exclusiva por incumplimiento de las normas de Seguridad citadas precedentemente, de la cual estará expresamente liberada la C.T.M..
RESPONSABILIDAD POR DAÑOS A PERSONAS Y BIENES
El Contratista deberá responder por la promoción de cualquier reclamo judicial o extrajudicial que sea consecuencia de algún daño y/o perjuicio a personas o bienes provocados por la ejecución de los trabajos. Para cubrir tales daños, perjuicios o reclamaciones, además de cualquier recurso que autorice la ley, la C.T.M. podrá retener cualquier suma de la garantía hasta que se dicte resolución definitiva de la acción promovida.
B.2.V.8.- COMPROMISO AMBIENTAL
La C.T.M. xx Xxxxx Grande ha asumido el compromiso de protección del medio ambiente, enmarcado dentro de las Normas ISO 14.000, poniendo énfasis en el uso responsable de los recursos naturales.
Por lo expuesto en el párrafo precedente, el Contratista deberá cumplir con la normativa vigente en ambos países, principalmente con la Ley 24.051 de Residuos Peligrosos y concordantes de la R.A. y las Leyes números 17.283, 16.466, 16.221 y concordantes de la R.O.U.
El Oferente deberá acompañar en su oferta la “Hoja de Seguridad” de los productos cotizados o a utilizar en los trabajos.
El Contratista deberá completar, previo al inicio de los trabajos, la Planilla de Información Ambiental, no pudiendo iniciar los mismos sin previa autorización de C.T.M.
Asimismo el Contratista deberá cumplir con la normativa dispuesta por este Organismo en relación a la preservación del medio ambiente, como así también con cualquier directiva dictada al respecto, tratando de optimizar el uso de los recursos naturales y disponiendo adecuadamente de los residuos que resulten de la realización de los trabajos.
Deberá instruir y concientizar al personal de su empresa y subcontratistas, a los efectos de generar una cultura de conservación ambiental poniendo de realce que esto es responsabilidad de todos, en función de una mejor calidad de vida.
Se adjunta y forma parte xxx Xxxxxx, la declaración de Política de Calidad y Medio Ambiente de la Comisión Técnica Mixta xx Xxxxx Grande.
Los oferentes deberán garantizar explícitamente el cumplimiento de todos los requisitos ambientales establecidos por las leyes de la R.O.U. y de la R.A., así como por los objetivos de política ambiental de la C.T.M.
A tales efectos deberá:
a) Hacerse cargo de todos los residuos que se generen durante la realización de los trabajos.
b) Presentar para ello un plan de manejo de residuos con los siguientes contenidos mínimos:
• nombre y tipo
• cantidad
• oportunidad
• lugar
• almacenamiento y / o disposición transitoria
• cronograma de retiro
• destino o disposición final externa incluyendo las autorizaciones que pudieren corresponder
c) Presentar un listado de todos los materiales y productos a utilizar y la correspondiente hoja de seguridad.
d) Suscribir un seguro ambiental apropiado a las tareas a desempeñar cuando esto sea aplicable.
e) Designar un interlocutor o responsable ambiental cuando corresponda.
f) Presentar la certificación ambiental de fin de obra dentro de los plazos establecidos por el contrato, como condición previa a la recepción de los trabajos.
B.2.V.9.- CUMPLIMIENTO DE LA LEGISLACIÓN VIGENTE
El Contratista deberá dar cumplimiento a todas las normas legales, nacionales, provinciales, departamentales y municipales de la R.A. o de la R.O.U., que sean de aplicación durante la vigencia del contrato.
Asimismo, deberá respetar los sueldos mínimos fijados por el Consejo xx Xxxxxxx de la República Oriental del Uruguay, así como de los Convenios Colectivos de Trabajo de la República Argentina, según corresponda.
La C.T.M así como sus agentes, no tendrán responsabilidad alguna por cualquier reclamo o sanción a que diera lugar el Contratista por violación de las normas referidas.
El Contratista deberá obtener de las autoridades competentes todos los permisos y autorizaciones que sean necesarios para el cumplimiento de sus obligaciones.
El Contratista será responsable de la realización de los trámites y sus costos, que establezcan las disposiciones legales vigentes para las importaciones que fuere necesario realizar para el cumplimiento del objeto contractual.
B.2.V.10.- OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
PROPIEDAD INTELECTUAL, INDUSTRIAL Y COMERCIAL
El CONTRATISTA, para utilizar materiales, procedimientos, programas informáticos y equipos utilizados en la ejecución del Contrato, deberá disponer de las cesiones, licencias, permisos, autorizaciones y derechos necesarios de los titulares de las patentes, modelos, marcas de fábrica y “copyright” correspondientes, corriendo de su exclusiva cuenta el pago de los derechos e indemnizaciones por tales conceptos.
El CONTRATISTA será responsable de toda reclamación relativa a la propiedad intelectual, industrial y comercial, de tal modo que si se produjera cualquier reclamación contra la C.T.M. con fundamento en la infracción de las obligaciones prescritas en el párrafo precedente, asumirá los gastos de defensa judicial o extrajudicial que se ocasionen a la C.T.M. por tal motivo. Si como consecuencia de la citada reclamación la C.T.M. quedara privada de su propiedad, utilización o uso, podrá exigir del CONTRATISTA, aún después de la Recepción Definitiva del material o servicio, la sustitución total y a xxxxx de éste de los materiales, programas informáticos, procedimientos o equipos afectados por la reclamación, por otros de iguales características y calidades a definir por la C.T.M. en el plazo que prudencialmente se le fije y de forma que el servicio contratado quede asegurado. Si vencido dicho plazo el CONTRATISTA no hubiere procedido a la sustitución de los elementos correspondientes, la
C.T.M. sin necesidad de más requerimiento ejecutará por sí o por terceros, la sustitución de los materiales, procedimientos, programas informáticos o equipos afectados por la exclusiva cuenta del CONTRATISTA. Todo ello, con independencia de las penalizaciones e indemnizaciones por daños y perjuicios que procedan de conformidad con el correspondiente Pliego de Condiciones Particulares. Lo dispuesto en esta Condición es independiente de las reservas de propiedad industrial o intelectual que puedan establecerse en las Condiciones Particulares a favor de la C.T.M.
En el caso de productos “software”, el CONTRATISTA declarará expresamente y bajo su responsabilidad que posee los derechos de propiedad correspondientes o los derechos legales de comercialización de dichos productos y presentará la documentación justificativa en caso de que la C.T.M. así lo solicitara.
Cuando se transmitan contractualmente a la C.T.M. los derechos de propiedad intelectual, especialmente los referidos a programas de ordenador, incluida su documentación preparatoria, documentación técnica, manuales de uso y versiones sucesivas, salvo que en el propio cuerpo del contrato se especifique otra cosa, se entenderán transmitidos con carácter indefinido y alcance internacional.
Asimismo, cuando se trate de desarrollo a medida de productos informáticos, el CONTRATISTA garantiza ante la C.T.M. la exclusividad de su personalización, quedando prohibida su comercialización a terceros, sin la autorización previa de ésta.
Los posibles tributos derivados de la transmisión serán por cuenta del CONTRATISTA. NO PERTURBACIÓN EN EL FUNCIONAMIENTO DEL SERVICIO
Si durante la ejecución del servicio contratado se produjera cualquier tipo de averías, interferencias o perturbaciones en el normal funcionamiento de todo tipo de servicio, aparatos e instalaciones, especialmente si son de seguridad, imputables al CONTRATISTA, éste indemnizará a la C.T.M. por los daños y perjuicios ocasionados.
Confidencialidad de la información
Toda la información derivada del objeto contractual, se considera confidencial, en especial lo referente a datos de carácter personal, de tal forma que un uso inadecuado de la misma implica la aceptación por parte del CONTRATISTA de que la C.T.M. aplique directamente una penalización equivalente al daño producido.
El CONTRATISTA garantiza a la C.T.M. la total confidencialidad de los datos sobre organización, método de trabajo, datos de clientes, etc. a los que ha tenido acceso como consecuencia del servicio contratado.
USO ADECUADO DE LOCALES, INSTALACIONES Y MEDIOS
El CONTRATISTA usará los locales, instalaciones o medios que la C.T.M. ceda cuando sea necesario en las condiciones que se estipulen, comprometiéndose el CONTRATISTA a hacer un uso racional de los mismos. Estas instalaciones y medios serán destinados exclusivamente al fin que el desarrollo del objeto contractual exige sin poderlo dedicar a ninguna otra actividad. Cualquier interpretación sobre el uso será de exclusiva competencia de la C.T.M.
Si el CONTRATISTA prevé un consumo de agua, energía o de otros recursos dentro de las instalaciones de la C.T.M., superior al estrictamente necesario, deberá comunicarlo al representante de la C.T.M.
Una vez terminado el contrato, y sin perjuicio de los derechos o cargas que legalmente correspondiesen a terceros, el contratista deberá dejar vacuos y libres de personal y materiales los locales o instalaciones de la C.T.M., sin que ésta pueda resultar obligada por ninguna causa con las personas que en el momento, o con anterioridad a la terminación del contrato extinguido, hubieran prestado servicios para aquél.
En caso de incumplimiento de las obligaciones recogidas en la presente Condición, el CONTRATISTA responderá de los daños y perjuicios que por este motivo se le irroguen a la
C.T.M. pudiendo ésta, para resarcirse de los mismos, ejecutar la garantía que tuviera constituida o compensar su importe de cualquier saldo que en ese momento presentase a su favor el CONTRATISTA.
A los efectos de percibir el pago por los bienes entregados o servicios prestados, los contratistas deberán informar su número de cuenta bancaria.
Dado que los pagos que realiza la C.T.M. se efectúan mediante acreditación en la cuenta bancaria informada por el CONTRATISTA, el cumplimiento de este requisito es necesario para percibir los pagos a los que resulte acreedor.
B.2.V.11.- TRIBUTOS Y CARGAS SOCIALES
Todos los tributos, directos o indirectos, cargas sociales, etc., que graven el objeto de la presente Licitación o se generen a causa o en ocasión de su ejecución, serán de cuenta del Contratista y deberán ser incluidos en el precio.
En el caso que se emplee mano de obra del contratista en la R.A. o en la R.O.U. se exigirá constancia que acredite el cumplimiento de los tributos, cargas sociales y aportes correspondientes, previo a cualquier pago que daba efectuar la C.T.M. al contratista.
Para oferentes argentinos será a su cargo el tributo de sello o timbre que le correspondiere como consecuencia de la celebración del Contrato.
Del cumplimiento de dichas obligaciones responderá la garantía constituida por el Contratista como Garantía de Cumplimiento de Contrato.
B.2.V.12.- CESIÓN DEL CONTRATO
El Contratista no podrá ceder el Contrato en todo o en parte sin el consentimiento expreso de la C.T.M. y de acuerdo a las condiciones que ésta fije.
La cesión no tendrá efectos legales hasta que el documento respectivo sea aprobado por la C.T.M.
B.2.V.13.- SUB-CONTRATACIÓN
El Contratista no podrá subcontratar total o parcialmente el objeto de este Contrato, sin autorización previa y por escrito de C.T.M.
B.2.V.14.- ÓRDENES DE SERVICIO
Toda disposición referente a la ejecución del objeto contractual, será comunicada por el Inspector de Obra al Representante Técnico del Contratista, mediante Ordenes de Servicio dadas por escrito, las que debidamente numeradas se consignarán por orden de fecha en un registro foliado en original y copias. Asimismo se aceptará el correo electrónico, para lo cual las partes deberán acordar las direcciones a las cuales se enviarán dichos correos, un formato estandarizado para este fin y una numeración correlativa de los mismos, así como su envío con acuse de recibo.
B.2.V.15.- VARIACIONES EN EL SUMINISTRO O TRABAJOS
1. Facultad de la C.T.M. para ordenar variaciones en el suministro o trabajos.
En cualquier momento durante la vigencia del Contrato, la C.T.M. podrá introducir variaciones razonables en la forma, calidad o cantidad de los suministros o trabajos, o de cualquiera de sus partes si lo considera necesario y estará facultado para ordenar al Contratista, mediante una orden de servicio que éste deberá acatar, la realización de lo siguiente:
a) Aumentar o disminuir la cantidad de cualquier suministro o trabajo incluido en el Contrato;
b) Xxxxxxxx cualquier suministro o trabajo;
c) Cambiar las características, la calidad o clase de cualquier suministro o trabajo.
d) Modificar la alineación, el nivel, la posición o dimensiones de cualquier parte de los trabajos.
e) Ejecutar obras adicionales o sustitutivas de cualquier clase, necesarias para la terminación de los trabajos.
Ninguna de tales variaciones podrá en manera alguna detener la ejecución del Contrato o invalidar el mismo.
2. Ordenes de Variación del suministro o trabajos
El Contratista no podrá introducir ningún cambio en el suministro o trabajos sin Orden de Servicio escrita de la C.T.M.
B.2.V.16.- VALUACIÓN DE SUMINISTROS O TRABAJOS NO PREVISTOS
1. Determinación del monto hasta el 20 % (veinte por ciento) del precio total contratado.
Toda disminución o aumento en la cantidad de cualquier suministro o trabajo será valorada a los precios estipulados en el Contrato, siempre que no signifique una disminución o aumento de más del 20 % (veinte por ciento) del monto total del Contrato.
Los trabajos adicionales y/o imprevistos que no puedan ser asimilados a los precios incluidos en el Contrato serán valorados de común acuerdo entre la C.T.M. y el Contratista.
2. Variaciones que exceden del 20 % (veinte por ciento).
Cuando el monto de todas las variaciones ordenadas conforme a las disposiciones de este artículo superen el 20 % (veinte por ciento) del monto contratado o las disminuciones de trabajos sean superiores al 20 % (veinte por ciento), tanto el Contratista como la C.T.M. tendrán derecho a que se acuerden nuevos precios para los trabajos excedentes en más o en menos.
B.2.V.17.- PAGOS CONDICIONES ECONÓMICAS
a) FACTURACIÓN
1. El importe del material o servicio se facturará mensual, quincenal o de una sola vez en su caso, a los precios convenidos, salvo que las CALP establezcan otra forma.
2. Las factura o documento equivalente será acompañada de toda la documentación adicional señalada en el presente capítulo o en su defecto la determinada en las CALP.
3. Las facturas deberán tener los datos identificatorios del Contratista y la C.T.M., conforme a los requisitos legales vigentes.
4. En el caso de facturar sin IVA., se deberá tener en cuenta lo establecido en el literal e), del presente capítulo.
b) PRESENTACIÓN DE FACTURA O DOCUMENTO EQUIVALENTE
El Contratista deberá presentar en la Mesa de Entradas de la C.T.M., en cualquiera de sus emplazamientos, prevaleciendo aquel donde se cumplirá el contrato, los siguientes documentos:
1. La factura o documento equivalente.
2. Certificado de avance de obra o servicio.
3. La documentación exigida en este Artículo o en la cláusula de PAGO de las CALP, relacionada con el cumplimiento de obligaciones laborales, previsionales e impositivas.
4. La Orden de Compra o contrato conformada y / o cumplimentada con el Impuesto de Xxxxxx, si éste correspondiese.
El plazo de pago comenzará a regir a partir de que se complete la presentación de los documentos citados precedentemente, o de la recepción del material y / o servicio, lo que se cumpla en último término.
Si por la magnitud de la observación se dispusiera el rechazo de la factura o documento equivalente, se computará el nuevo plazo de pago, a partir de su reingreso a la C.T.M.
La C.T.M., si así lo establecieran las CALP, tendrá derecho, en cualquier momento del plazo contractual, a ser informado por parte del contratista, sobre el monto y el estado de cumplimiento de las obligaciones laborales, provisionales, impositivas, así como las correspondientes a la protección de la contingencia de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales que a éstos correspondan respecto de sus trabajadores. En tal sentido podrá exigir o inspeccionar la documentación relacionada con:
1. Constancia que acredite situación regular de pago de las contribuciones a la seguridad social.
2. Constancia que acredite la existencia y pago del seguro de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, así como también de los vehículos y maquinaria afectada al objeto del contrato.
3. Recibos de haberes del personal afectado al objeto contractual o libro de sueldos debidamente foliado e intervenido por organismo de contralor respectivo.
4. Constancia de estar al día en el cumplimiento de obligaciones impositivas.
c) FORMA DE PAGO
1. General:
La C.T.M. abonará la factura o documento equivalente el día miércoles o hábil inmediato posterior, de la tercer semana siguiente a la de ingreso por la Mesa de Entradas de la C.T.M., conforme a lo establecido en el numeral b). Si dicho día fuera feriado o no laborable para la C.T.M., se tomará el día hábil inmediato siguiente.
Esta condición se mantendrá en tanto en las CALP. o en la documentación contractual pertinente, no se establezca otra forma.
Cuando en las ofertas se incluyan plazos diferentes, no se considerarán como válidos, rigiendo el principio general.
Para el caso de pagos, mediante avances de obra con presentación de certificados y conformación de Actas de Medición, se deberá tener en cuenta lo que en tal sentido establezca el PCP.
2. General con bonificación por pronto pago:
Cuando en la ofertas se hubieran ofrecido bonificaciones por pago dentro del plazo determinado en la Condición General del presente Capítulo, y éstas aceptadas por la C.T.M., el Área respectiva de efectuar la liquidación de las facturas, realizará el descuento pertinente sobre la misma.
d) MEDIO DE PAGO:
Salvo que las CALP dispongan otro mecanismo, los pagos que la C.T.M. deba efectuar, en cumplimiento del objeto contractual, serán realizados a través de acreditación en cuenta bancaria, informada por el contratista o por medio de una institución bancaria.
Para adjudicatarios de la RA será requisito, para percibir los pagos a los que resulte acreedor,
contar con la Clave Bancaria Uniforme (CBU) respectiva.
e) CERTIFICADO IVA.
En aquellos casos en que, por aplicación de las exenciones impositivas de la C.T.M., las facturas o documentos equivalentes se hayan emitido “sin IVA.”, la C.T.M. entregará al Contratista, en oportunidad de cada pago, un Certificado de IVA., en el que se harán constar todos los datos relativos al mismo.
f) REAJUSTE DE PRECIOS
En caso de corresponder, los precios se reajustarán en las condiciones estipuladas en las CALP.
X.0.XX. DE LOS PLAZOS Y DE LAS PENALIDADES
B.2.VI.1.- CAUSAS DE AMPLIACIÓN DE LOS PLAZOS
El Contratista tendrá derecho a solicitar que se le conceda una extensión en los plazos contractuales cuando los atrasos obedezcan a razones de caso fortuito o fuerza mayor, debidamente probadas en forma documentada.
El Contratista debe solicitar las prórrogas dentro de los diez (10) días de producidas las causales mencionadas y, salvo imposibilidad o razones de urgencia, antes de que se modifiquen las mismas.
La C.T.M., a su solo juicio, determinará si las razones indicadas por el Contratista, justifican la ampliación de los plazos.
Para acordar ampliaciones en los plazos por las razones indicadas, la C.T.M. a su solo juicio, determinará si las mismas afectan el respectivo cronograma.
B.2.VI.2.- EMPLEO DEL NOMBRE SALTO GRANDE
El oferente no podrá utilizar el nombre de “Salto Grande” integrando su denominación. Salvo que dicha denominación existiere con anterioridad al presente llamado.
B.2.VI.3.- PENALIDADES
Por cada día corrido de demora en el comienzo de ejecución del Contrato o en la entrega de los trabajos o suministros, contado a partir del día siguiente al del vencimiento del plazo estipulado, la C.T.M. aplicará al Contratista una penalidad de hasta el 0,3 % (cero tres por ciento), del monto total contratado. Las penalidades también se aplicaran para el caso de incumplimiento de los plazos parciales previstos en el contrato.
La C.T.M. podrá hacer efectivo esta penalidad en el momento que lo crea oportuno y sin perjuicio de cualquier otra forma de efectivizar este cobro, la C.T.M. podrá deducir el monto de dichas penalidades, de las sumas que adeude al Contratista, ejerciendo el derecho de retención, o ejecutando las garantías correspondientes.
El pago o deducción de dichas penalidades no exime al Contratista del cumplimiento de las obligaciones contractuales, como así tampoco de las responsabilidades inherentes a la ejecución del Contrato.
La C.T.M. podrá rescindir el contrato por causas imputables al contratista en las siguientes condiciones:
-Si la totalidad de la demora acumulase más de treinta (30) días.
-Cuando el monto acumulado por penalidad supere el equivalente al 20 % (veinte por ciento) del importe total del Contrato, porcentaje límite de la penalidad a aplicar al contratista.
En ambos casos la C.T.M. podrá continuar el contrato bajo condiciones que estipule en dicha oportunidad.
B.2.VI.4.- XXXX
La xxxx operará en forma automática por el sólo vencimiento de los plazos estipulados, sin necesidad de interpelación judicial o extrajudicial alguna.
B.2.VI.5.- DEDUCCIONES POR MULTAS Y OTROS CONCEPTOS
La C.T.M. deducirá de los pagos que deba realizar al contratista, los importes correspondientes a: penalidades, multas, cobro de indemnizaciones, reintegros por pagos a terceros efectuados por la C.T.M. a cuenta del Contratista, tributos, etc., de las sumas pendientes de pago al contratista y de la correspondiente garantía, en ese orden.
B.2.VII.1.- RESCISIÓN POR CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR
Cualquiera de las partes podrá solicitar la rescisión del Contrato por causa de caso fortuito o fuerza mayor, cuando los hechos imposibiliten el cumplimiento del objeto contractual. La ocurrencia del caso fortuito o fuerza mayor deberá ser acreditada de manera fehaciente por la parte que la esgrime.
Producida la rescisión a pedido de cualquiera de las partes, no cabrá la formulación de cargos o reclamos recíprocos y se procederá a las recepciones que correspondan, liberándose la garantía de cumplimiento de Contrato, bajo las condiciones previstas en el Contrato.
B.2.VII.2.- RESCISIÓN POR CAUSAS IMPUTABLES AL CONTRATISTA
La C.T.M. podrá disponer la rescisión del Contrato al darse cualquiera de las causales siguientes:
a) Cuando el Contratista contravenga o no cumpliere las disposiciones contractuales o reglamentarias instituidas por las autoridades competentes o incumpla las órdenes de servicio o instrucciones de la C.T.M. relativas al objeto contractual.
b) Cuando el Contratista lesione los derechos de la C.T.M. por la comisión de actos u omisiones fraudulentas o dolosas, o resulte responsable por grave negligencia en el cumplimiento de sus obligaciones.
Se considera fraude o dolo, los actos u omisiones del Contratista con intención deliberada de obtener ventajas pecuniarias o de otra índole o causar daños en detrimento de la C.T.M.
Se considera grave negligencia la omisión de toda medida regular o precautoria exigida por el contrato.
c) Cuando el Contratista no cumpliera con las condiciones estipuladas en las E.T., empleando la cantidad de equipos, herramientas, maquinarias, insumos y mano de obra, explicitados en su oferta o dichos elementos no fueran de las características o calidades ofertadas.
d) En los supuestos contemplados en los Arts. B.2.VI.3.-PENALIDADES y/o los que se establezcan en las CALP.
e) Cuando el Contratista incumpla con las obligaciones laborales a su cargo de acuerdo a la normativa vigente aplicable al Contrato.
f) Quiebra o concurso preventivo de la empresa. En este último caso, cuando la situación jurídica de la misma impida el cumplimiento de las prestaciones.
g) Cuando en la oferta se hubiera incurrido en inexactitudes que determinaron la adjudicación.
B.2.VII.3.- CONSECUENCIA DE LA RESCISIÓN POR CAUSA IMPUTABLE AL
CONTRATISTA
En caso de rescisión imputable al Contratista, éste deberá responder por los daños y perjuicios que ello ocasione.
Dispuesta la rescisión, la C.T.M. exigirá el pago de la totalidad de la Garantía de Cumplimiento de Contrato y del Fondo de Reparo si lo hubiese. A los fines de lo expuesto precedentemente, la C.T.M. levantará un Acta detallando el estado en que se encuentran los trabajos en el momento de la rescisión, y practicará inventario de materiales, herramientas y equipos, todo eso en presencia del Contratista.
Si éste no concurriera o se negase a firmar, igual se tendrá por válida el Acta e inventario practicados.
A la fecha en que la C.T.M. lo indique, el Contratista deberá retirar del emplazamiento a su solo cargo aquellos materiales, herramientas y equipos que la C.T.M. disponga.
Si el Contratista no procediera a realizar los retiros necesarios, la C.T.M. los realizará y depositará fuera del predio adjudicado, corriendo los gastos y riesgos consiguientes a cargo de aquél.
Las consecuencias para el Contratista establecidas en este Artículo son independientes de las penalidades a que se hiciere pasible.
B.2.VII.4.- RESCISIÓN POR CAUSAS NO IMPUTABLES AL CONTRATISTA.
1. La C.T.M. podrá disponer la rescisión del contrato comunicando al Contratista dicha decisión con una antelación no menor a noventa (90) días corridos.
2. El Contratista podrá solicitar la rescisión del Contrato al darse cualquiera de las causales siguientes:
a. Cuando la C.T.M. suspenda los trabajos por más de noventa (90) días no mediando culpa del Contratista, excepto por causa de caso fortuito o fuerza mayor.
b. Cuando la C.T.M. demorase mas de noventa (90) días cualquier pago, a partir del vencimiento del plazo previsto para el mismo, sin causa que lo justifique.
B.2.VII.5.- CONSECUENCIA DE LA RESCISIÓN POR CAUSA NO IMPUTABLE AL CONTRATISTA.
De producirse dicha rescisión, la C.T.M. se hará cargo de la obra, realizando el correspondiente inventario, detallando el estado de los trabajos en el momento de la rescisión, los materiales, herramientas y equipos, todo ello en presencia del Contratista, o su representante.
La falta de concurrencia de alguno de estos, o su negativa a firmar, dará por válido el inventario practicado por la C.T.M.
La C.T.M. podrá adquirir los equipos, instalaciones y herramientas, que el contratista decida no retirar del área de trabajo, abonando para ello el precio que se acuerde.
Además la C.T.M., liquidará a favor del Contratista, todos los trabajos realizados que fueran de recibo y abonará por ello el precio que correspondiera por los mismos.
B.2.VII.6.- REVOCACIÓN DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN.
La comprobación de que en un llamado a licitación y/o contratación se hubieran omitido los requisitos de publicidad previa en los casos en los que la norma lo exija, o formulado especificaciones o incluido cláusulas cuyo cumplimiento sólo sea factible por determinado interesado u oferente, de manera que el mismo esté dirigido a favorecer situaciones particulares, dará lugar a la revocación inmediata del procedimiento, cualquiera sea el estado de trámite en que se encuentre, y a la iniciación de las actuaciones sumariales pertinentes.
En tal caso podrá realizarse un nuevo llamado, por el mismo procedimiento de selección, debiendo invitarse además de los nuevos interesados, a los oferentes del anterior llamado.
En ningún caso los oferentes tendrán derecho a reclamo alguno, ya sea por el dictado del acto administrativo en sí, como por el cobro de indemnizaciones y / o reembolsos por gastos efectuados para la participación en el llamado a licitación.
IMPORTANTE: La C.T.M. podrá dejar sin efecto el procedimiento de contratación en cualquier momento anterior al perfeccionamiento del contrato, sin lugar a indemnización alguna en favor de los interesados u oferentes.
B.2.VII.7.- CLAUSULA ANTICORRUPCIÓN.
Será causal determinante del rechazo sin más trámite de la propuesta u oferta en cualquier estado de la licitación, o de la rescisión de pleno derecho del contrato, dar u ofrecer dinero o cualquier dádiva a fin de que:
a) Funcionarios o empleados con competencia referida a una licitación o contrato, hagan o dejen de hacer algo relativo a sus funciones.
b) O para que hagan valer la influencia de su cargo ante otro funcionario o empleado con la competencia descripta, a fin de que esos hagan o dejen de hacer algo relativo a sus funciones.
c) Xxxxxxxxx persona haga valer su relación o influencia sobre un funcionario o empleado con la competencia descripta, a fin de que éstos hagan o dejen de hacer algo relativo a sus funciones.
Serán considerados sujetos activos de esta conducta quienes hayan cometido tales actos en interés del contratista directa o indirectamente, ya sea como representantes, administradores, socios, mandatarios, gerentes, factores, empleados, contratados, gestores de negocios, síndicos, o cualquier otra persona física o jurídica.
Las consecuencias de estas conductas ilícitas se producirán aun cuando se hubiesen consumado en grado de tentativa.
B.2.VII.8.- RECEPCIÓN PROVISORIA
Cuando el Contratista haya dado término a los trabajos contratados, de conformidad con la documentación contractual e inspecciones previas, comunicará a C.T.M., por escrito, la fecha en que desea se realice la recepción de los mismos.
La inspección para la recepción se verificará en presencia del Representante del Contratista.
Si realizada la inspección se comprueba que los trabajos están sustancialmente terminados, de acuerdo con las condiciones contractuales, se procederá a su recepción provisoria, extendiendo el acta respectiva.
Si en la inspección se constataran faltas o defectos en los trabajos, el Contratista deberá subsanarlos según su oferta aprobada por la Inspección de Obra.
El tiempo que ello insuma no dará al Contratista derecho a prórroga del plazo. Subsanados los defectos y faltas a satisfacción de C.T.M., se procederá a la Recepción Provisoria de la Obra.
B.2.VII.9.- PERÍODO DE GARANTÍA Y TRABAJOS DE REPARACIÓN
El período de garantía de correcta ejecución y funcionamiento de los trabajos recibidos provisionalmente, se extenderá por el término que establezcan las Condiciones Particulares de este llamado, contados a partir de la fecha del Acta de Recepción Provisoria. Durante ese plazo el Contratista deberá realizar por su cuenta y cargo las reparaciones y sustituciones que se originen, con la mayor celeridad posible.
Si en el transcurso del Plazo de Garantía, una parte cualquiera de la obra tuviera que ser reconstituida, modificada o sustituida, la C.T.M. podrá extender éste, para dicha parte, hasta un tiempo igual al transcurrido entre la recepción provisoria y la fecha en que se subsane la deficiencia.
B.2.VII.10.- RECEPCIÓN DEFINITIVA
Vencido el plazo de garantía, se procederá a la inspección de las obras, en presencia del Contratista o de su representante autorizado. Si la inspección demostrara que los defectos aparecidos durante el plazo del Contrato (si lo hubo), han sido subsanados a satisfacción de la C.T.M. y en general que todas las condiciones contractuales han sido cumplidas, se realizará la Recepción Definitiva labrándose el acta correspondiente, donde se consignará el término por el cual el Contratista asume la Responsabilidad por defectos de diseño y / o vicios ocultos por el término de 10 años.
B.2.VII.11.- DEVOLUCIÓN DE GARANTÍAS
La C.T.M. xx Xxxxx Grande procederá de oficio a la devolución de las garantías una vez que, a su exclusivo juicio, estuviere cumplido el objeto para el cual fueron constituidas, de acuerdo al siguiente criterio:
Garantía de Mantenimiento de Oferta: sin perjuicio de lo establecido en el art. B.2.IV.1., dentro de los treinta (30) días de notificada la adjudicación se devolverá la Garantía a los oferentes no Adjudicatarios. La correspondiente al Adjudicatario se devolverá dentro de los treinta (30) días de aceptada la correspondiente Garantía de Cumplimiento de Contrato.
Garantía de Anticipo: efectuada la Recepción Provisoria, se liberará la Garantía de Anticipo dentro del término de treinta (30) días de la fecha del acta respectiva.
Garantía de Cumplimiento de Contrato y Fondo de Reparo: efectuada la Recepción Definitiva, se liberarán la Garantía de Cumplimiento de Contrato y el Fondo de Reparo (en caso de haberse constituido), dentro del término de treinta (30) días de la fecha del acta respectiva y previa presentación por el Contratista de una nota formal de renuncia a toda reclamación que pudiera resultar del Contrato.
Previamente se descontarán los importes que el Contratista adeudase por multas, indemnizaciones y otros conceptos, tanto a la C.T.M. como a su personal y a terceros, incluyendo impuestos o tributos de todo tipo.
Las sumas depositadas y / o retenidas en concepto de Garantías se devolverán sin actualizar y en la misma moneda en que se constituyeron.
En los casos en que, luego de notificado fehacientemente, el oferente o adjudicatario no retirase las garantías, podrá reclamar su devolución dentro del plazo de UN (1) año, contado desde la fecha de la notificación. La falta de presentación dentro del término señalado por parte del titular del derecho, importará la renuncia tácita del mismo a favor de la C.T.M. y será aceptada por la autoridad competente al ordenar el ingreso patrimonial de lo que constituye la garantía.
B.2.VII.12.- INGRESO AL COMPLEJO
Los trámites aduaneros para ingreso al Complejo Hidroeléctrico xx Xxxxx Grande, de personal, materiales, equipos, vehículos, y/o cualquier otro elemento necesario para la ejecución del Contrato, estarán a cargo de la C.T.M. Para la realización de dichos trámites, el Contratista con un plazo xx xxxx (10) días antes del inicio de la obra, deberá presentar la siguiente documentación, al Área Materiales:
Para ingreso de VEHÍCULOS: Fotocopia de Libreta de Propiedad del vehículo (R.O.U.) o fotocopia Cédula de Identificación del Automotor (RA) o título del automotor y seguro del vehículo con cobertura Mercosur.
Si no es propietario: poder ante Escribano Público de autorización a salir del país.
Para ingreso de PERSONAL: Listado de personal con Número de documento de identidad. Constancia de cobertura de ART (R.A.) o de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales (R.O.U.) o Accidentes Personales, según corresponda.
El Personal deberá estar perfectamente uniformado con identificación de la empresa.
Para ingreso temporario de HERRAMIENTAS de MANO (Ej. martillos, llaves): Listado con detalle de los mismos con un precio estimado global.
Para ingreso de MATERIALES (Ej.: arena, pintura, etc.), REPUESTOS Y/O EQUIPOS: Listado con detalle individual de los mismos con un precio estimado global, incluyendo marcas, origen, cantidades, precios etc. Contratistas argentinos deberán prever que los excedentes de materiales no tienen retorno a la Argentina.
Para ingreso temporal de HERRAMIENTAS o EQUIPOS MECÁNICOS Y/O ELÉCTRICOS IMPORTANTES: deberá presentar listado con el siguiente detalle:
TIPO XX XXXXX MIENTA | MARCA | CANTIDAD | PAÍS DE FABRICACIÓN | PRECIO ESTIMADO |
B.2.VIII. DE LA LEGISLACIÓN APLICABLE
B.2.VIII.1.- JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA
Todas las cuestiones litigiosas que se originen en la presente Licitación, en la formalización contractual resultante o entre las partes del mismo a causa o en ocasión del contrato, serán sometidas a la exclusiva jurisdicción y competencia del Tribunal Arbitral Internacional xx Xxxxx Grande, con renuncia expresa a cualquier otro fuero o jurisdicción que le pudiera corresponder.
C.1.I. Descripción del Servicio.
El servicio consiste en la provisión de refacciones alimentarias al personal designado diariamente para realizar trabajos en horas extraordinarias en los sitios y horarios que se establecen en el presente Pliego de Bases y Condiciones. El Contratista deberá contar con el personal especializado, instalaciones y todo elemento necesario para cumplir con la normativa vigente, el objeto contractual.
C.1.II.- Características del Servicio.
El servicio comprende la entrega de una refacción por persona consistente en un plato de comida caliente, postre y pan. La lista de refacciones que a continuación se detalla se ha confeccionado teniendo en cuenta la proporción conveniente entre proteínas, carbohidratos, grasas y un promedio calórico mínimo.
La variedad de esta lista podrá ser cambiada a sólo juicio de la Comisión Técnica Mixta xx Xxxxx Grande, contemplando que la calidad de la misma resulte equivalente al de la original, comunicando tal decisión al contratista en forma fehaciente con una antelación no menor a diez
(10) días.
REFACCION PESO MINIMO
1) Milanesa de carne a xx xxxxxxxxxx 000 grs.
Ensalada de papa, chaucha y huevos 200 grs.
Manzana 150 grs.
2) Empanadas de carne 230 grs.
Pascualina 250 grs.
Dulce de batata con queso 250 grs.
3) Pollo al horno con papas fritas 430 grs.
Bananas 130 grs.
4) Lasaña rellena 330 grs.
Duraznos en almíbar con dulce de leche | 180 grs. |
5) Canelones de pollo con estofado | 400 grs. |
Peras naturales o en almíbar | 150 grs. |
6) Peceto c/panceta,morrones y aceitunas, puré | 430 grs. |
Budín de pan | 200 grs. |
7) Salpicón de ave | 250 grs. |
Tarta de jamón y queso | 250 grs. |
Panqueques de dulce de leche | 200 grs. |
8) Empanadas de humita o jamón y queso | 200 grs. |
Ravioles con salsa blanca | 350 grs. |
Fruta de estación | 150 grs. |
9) Pollo al limón con soufflé de verduras | 450 grs. |
Flan con crema y dulce de leche | 200 grs. |
Los menúes deberán ser entregados en forma rotativa.
Transcurridos seis (6) meses del contrato, el Contratista podrá presentar una lista de menúes alternativos, que podrá utilizar eventualmente en sustitución de los menúes rutinarios. Esta lista alternativa deberá ser presentada al representante de la C.T.M., para su aprobación.
C.1.IV.- Calidad y Preparación.
Las refacciones deberán ser elaboradas en instalaciones gastronómicas habilitadas por la autoridad bromatológica competente, de Concordia o Salto, según resulte de la adjudicación.
La preparación, transporte, acondicionamiento para servir las refacciones, se deberán regir por las normas existentes en la R.O.U. y la R.A. que correspondan, según sea la procedencia del servicio. La certificación, autorización y/o habilitación oficial deberá presentarse con la oferta, de acuerdo a lo indicado en C.2.
La Comisión Técnica Mixta xx Xxxxx Grande, se reserva el derecho de realizar los controles que estime convenientes y rechazar el servicio, en parte o en su totalidad si, a su solo juicio, no se encuentra comprendido dentro de las cláusulas del presente Pliego. En tal caso, no se procederá al pago de las facturas correspondientes hasta que el problema se solucione, aplicará multas establecidas o podrá rescindir el contrato si las condiciones negativas son insalvables, a su solo juicio.
Asimismo, podrá efectuar exámenes bromatológicos en laboratorios competentes, a efectos de controlar la calidad de los alimentos. Estos se realizarán periódicamente y toda vez que se encuentren diferencias o deficiencias en la calidad de las refacciones.
La Comisión Técnica Mixta xx Xxxxx Grande comunicará diariamente, hasta la hora que determinará de común acuerdo con el Contratista, la cantidad de refacciones a entregar por éste.
Las refacciones deberán ser transportadas en vehículos aptos para el transporte de alimentos, debidamente habilitados por la autoridad competente, en recipientes térmicos adecuados al servicio. Ver C.2.
En caso que el vehículo no sea de propiedad del oferente, éste presentará un compromiso de arrendamiento con el propietario y por el plazo del contrato y sus eventuales prórrogas.
Las refacciones deberán ser servidas con bandejas, platos, cubiertos y servilletas descartables, protegidos de la contaminación envasados al vacío, con cubierta de polietileno.
Dichos elementos no deberán aportar olor ni sabor a las comidas. Ver C.2.
C.1.VIII.- Xxxxxxxx y Lugares de Prestación.
El servicio deberá ser cumplido de acuerdo a los horarios e itinerarios que la Comisión Técnica Mixta xx Xxxxx Grande comunicará al Contratista, pudiendo los mismos ser variados por la sola decisión de la C.T.M.-
Determinada la hora de inicio, la realización del recorrido no podrá demandar más de noventa minutos.
El personal designado por el oferente para realizar el servicio deberá usar indumentaria en perfectas condiciones de higiene. Ver C.2.
Además deberá contar con el certificado de salud correspondiente. En caso de que un miembro de dicho personal contraiga alguna enfermedad infecto - contagiosa, a constatar por Medicina Laboral, deberá ser remplazado hasta su completo restablecimiento. El incumplimiento de este recaudo por parte del Contratista dará lugar a las sanciones establecidas en el Art. B.1.XI.- Penalidades. Ver C.2.
C.2.I.- Empresas Argentinas.
a) Deberán presentar:
- Formulario de Resolución de Habilitación de Negocio, expedido por la Dirección xx Xxxxxx, Departamento Inspección General de la Municipalidad de Concordia.
- Certificado de Prevención de Enfermedades Transmisibles expedido por empresas habilitadas a tal fin por la Dirección de Saneamiento Ambiental de la Municipalidad de Concordia (se deberá renovar cada 6 meses)
- Constancia de Inspección del Departamento de Bromatología de la Municipalidad de Concordia ( se deberá renovar cada 6 meses).
- Constancia de Calidad del Agua expedida por Obras Sanitarias Municipales de la Municipalidad de Concordia (se deberá renovar cada 6 meses).
b) Deberán presentar la Tarjeta de Habilitación de Transporte de Sustancias Alimenticias expedido por el Departamento de Bromatología de la Municipalidad de Concordia, la que deberá renovarse anualmente. (Ordenanza Municipal 24871 – Régimen de Habilitación y Funcionamiento de Transporte Sustancias Alimenticias).-
c) El personal deberá utilizar blusa, saco o guardapolvos y gorras de color blanco o crema, lavables o renovables, de acuerdo al Art. 22 del Código Alimentario Argentino. El personal que participe en la elaboración de la refacción deberá, además, usar barbijo del mismo color. Deberá presentar la Libreta Sanitaria expedida por la Asistencia Pública de la Municipalidad de Concordia (se deberá renovar anualmente).
C.2.II.- Empresas Uruguayas.
a) Deberán presentar: Registro Bromatológico expedido por la Oficina Bromatológia de la Intendencia Municipal xx Xxxxx (Decreto 5825/93 de la Junta Departamental xx Xxxxx -art. 2.1.3.).
El local de elaboración de las refacciones alimentarias debe cumplir con las condiciones establecidas en el Decreto 5825/93 de la Junta Departamental xx Xxxxx - Cap. 2 Secciones 2, 3 y 4)
b) Deberán presentar Habilitación de Transporte expedida por la Oficina Bromatólógica de la
I.M.S. (Decreto 5825/93 de la Junta Departamental xx Xxxxx -art. 2.1.10. y 11.).
c) El Personal designado por el oferente para realizar el servicio debe cumplir con las condiciones establecidas en el Decreto 5825/93 de la Junta Departamental xx Xxxxx - Cap. 2 - Sección 5)
d) Los útiles para la elaboración de las refacciones alimentarias deben cumplir con las condiciones establecidas en el Decreto 5825/93 de la Junta Departamental xx Xxxxx - Cap. 2 - Sección 6).
C.2.III.- Empresas de Ambas Nacionalidades.
a) El personal deberá estar disponible para que la División Medicina Laboral de la C.T.M. practique una revisación a efectos de comprobar que no posee enfermedad infecto-contagiosa alguna.
b) La C.T.M. podrá exigir la actualización de las diferentes habilitaciones al detectar posibles anomalías, en base a las normas vigentes en ambos países.
LICITACIÓN PÚBLICA SG- 512 “REFACCIONES ALIMENTARIAS”
Nombre del Oferente: ........... .....................................................
Dirección ................................. Fecha Apertura:............................
C/Electrónico: ..........................................TE: ............................
PRECIO UNITARIO $ /$U | |
Una (1) REFACCCIÓN | |
Discriminar IVA (indicar %) | |
PRECIO TOTAL IVA INCLUIDO |
NOTA: SE DEBERÁ COTIZAR UN PRECIO ÚNICO. EL MISMO SERÁ POR LA PROVISIÓN DE CUALQUIERA DE LOS MENÚES SOLICITADOS EN EL APARTADO C.1.III DE LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS "LISTA DE MENÚES", CONSIDERANDO QUE SE ENTREGARÁN EN FORMA ALTERNADA.-
OBSERVACIONES: ...................................................................................................
Firma, aclaración y fecha
ANEXO I – Política de Calidad, Medio Ambiente, Seguridad y Salud Ocupacional
PRINCIPIOS GENERALES
La Comisión Técnica Mixta xx Xxxxx Grande (C.T.M.S.G.), administradora del Complejo Hidroeléctrico Argentino - Uruguayo xx Xxxxx Grande, es una Organización ambientalmente responsable, interesada permanentemente en mejorar la eficiencia de su gestión, que produce energía en forma limpia, segura y económica, mediante el uso de un recurso renovable, contribuyendo al desarrollo económico y social de los países, y conservando nuestro Medio Ambiente para las generaciones futuras; en un marco de seguridad y salud ocupacional que cumple con la legislación vigente en ambos países.
POLÍTICA DE CALIDAD
La Política de Calidad de la C.T.M.S.G. tiende a una mejora continua de la Organización, lo que resulta en aumento de eficiencia, calidad, productividad, y efectividad, permitiendo alcanzar sus objetivos:
1. Obtener el mejor aprovechamiento de las disposiciones naturales que ofrecen los rápidos del Río Uruguay, realizando un manejo eficiente del embalse, atendiendo la seguridad de la presa, las poblaciones ribereñas y respetando las prioridades en el uso del agua fijado por el convenio de 1946.
2. Participar en los mercados eléctricos de ambos países de acuerdo a las leyes y reglamentaciones particulares de cada uno, como una organización moderna, competitiva, eficiente, de alto nivel profesional y humano y llegar a ser el aprovechamiento hidráulico de propósitos múltiples más importante de la región, contribuyendo a su desarrollo económico y social.
3. Mejorar en forma continua la calidad de sus procesos.
4. Obtener la satisfacción y realización del personal, de manera que el recurso humano sea el motor del aumento de rentabilidad y calidad de la Organización.
5. Seleccionar a sus proveedores entre aquellos que aseguren la calidad de sus productos y servicios, cumpliendo con las normativas de calidad, ambientales y de seguridad y salud ocupacional.
6. Continuar desarrollando un sistema de Calidad y Control de Gestión que permita el alcance de los objetivos enumerados precedentemente.
POLÍTICA AMBIENTAL
La Política Ambiental de la C.T.M.S.G. se enmarca en el compromiso binacional de proteger el Medio Ambiente, haciendo énfasis en el uso responsable de los recursos naturales, en la perspectiva de un Desarrollo Sustentable, tendiente a cumplir con sus objetivos:
1. Producir energía en forma limpia, segura y económica, mediante el uso de un recurso renovable, conservando así nuestro Medio Ambiente para las generaciones futuras, haciendo énfasis en el uso responsable de los recursos naturales, en la perspectiva de un desarrollo sustentable.
2. Prever acciones en respuesta a los efectos ambientales derivados del desarrollo de todas sus actividades; y respetar el marco jurídico ambiental aplicable a sus acciones.
3. Propender dentro del ámbito de la Organización, a la optimización del uso de los recursos naturales, disponer adecuadamente los residuos que se produzcan y desarrollar en la medida posible, prácticas de reducción y reciclado de los mismos.
4. Mantener comunicaciones y actividades de extensión hacia las comunidades cercanas, consolidando a la C.T.M.S.G. como referencia de buen desempeño ambiental en la región.
5. Aplicar un programa de evaluación y control de la gestión de los aspectos mencionados, a los efectos de mejorar en forma sostenida su desarrollo y suministrar información sobre el avance de su actuación ambiental.
6. Respetar las leyes ambientales de ambos países.
POLÍTICA DE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL
La política de Seguridad y Salud Ocupacional de la C.T.M.S.G., se enmarca en la consideración que tiene el Organismo respecto a la atención de lesiones o enfermedades profesionales las que deben ser prevenidas y evitadas, siendo responsabilidad de todos los miembros de la empresa garantizar este logro.
1. Detectar permanentemente los riesgos que puedan afectar la Salud, el Medio Ambiente, el daño a las instalaciones o interrupciones en el servicio.
2. Desarrollar programas de Gestión permanentes que aseguren la Salud y la Seguridad en todos sus aspectos dentro del Organismo.
3. Asegurar que todas las actividades desarrolladas en la Organización, se realicen con las mayores seguridades para sus empleados y terceros.
4. Controlar cualquier riesgo detectable que pueda traer como resultado daños al Medio Ambiente, enfermedades, lesiones, daños a la propiedad, incendios o interrupciones en el servicio.
5. Establecer programas de gestión eficientes, que generen procedimientos de seguridad y salud ocupacional, cuya aplicación será obligatoria en toda la Organización, respondiendo los mismos a una visión de mejora continua que permita una permanente actualización y aplicación.
E.2 ANEXO II – Información Ambiental
E.3 ANEXO III – Reglamento de Licitaciones y/o Concursos de Precios
1. Las propuestas serán recibidas hasta el día y hora establecidos en las Bases de la Licitación y/o Concurso de Precios en el lugar indicado en éstas.
Serán numeradas correlativamente según el orden de presentación.
A partir de la hora indicada, los proponentes no podrán retirar ni alterar las propuestas, ni retirar, cambiar o agregar piezas.
2. La apertura de las ofertas se hará ante Escribano Público habilitado por el Colegio de Escribanos, en presencia de representantes de los oferentes y de la C.T.M. y de invitados por ésta última.
Una vez abierto el primer sobre no se admitirán aclaraciones sobre las propuestas.
El Escribano o un representante de la C.T.M. leerá los nombres de los oferentes y los precios globales de las ofertas y de las eventuales alternativas.
Terminada la apertura de la última propuesta, el Escribano labrará el Acta correspondiente en la que se incluirán las aclaraciones que se hubieran formulado antes de la apertura del primer sobre, las observaciones formales producidas durante el transcurso del acto y las decisiones que quien presida el mismo estime conveniente consignar.
Luego dará lectura al acta e invitará a representantes de la C.T.M. y de los oferentes a firmarla.
3. Quien presida el acto invitará a los participantes de la licitación a que designen representantes para que rubriquen los originales de las propuestas y otro para que rubrique la de éstos.
También rubricará las propuestas un representante de la C.T.M.
Se rubricarán y foliarán todas las hojas de las propuestas, todos los planos y las carátulas de los folletos o impresos.
Ninguna oferta podrá ser desestimada en el acto de apertura. Las observaciones formales que se formulen en el momento serán consideradas por la C.T.M. vencido el lapso a que se refiere el Artículo (4).-
4. Las copias de las ofertas estarán a disposición de los oferentes, en el local del llamado, durante los tres días hábiles siguientes al del acto. Las observaciones en cuestiones de fondo o de forma a las propuestas ajenas podrán presentarse hasta el quinto (5º) día hábil a partir de la fecha de apertura de las propuestas. Estas observaciones serán consideradas, pero no contestadas por la C.T.M.
La C.T.M., a su solo juicio, podrá ampliar los plazos precedentemente fijados, comunicándolo con antelación a la fecha de apertura de cada licitación.
5. Los oferentes podrán examinar toda la documentación presentada.
Se permitirá a los oferentes efectuar reproducciones totales o parciales de las demás ofertas, siempre que la totalidad de ellos manifieste su conformidad por escrito. Esta conformidad se solicitará por separado para la documentación escrita y para los planos.
6. Todas las propuestas serán preparadas y presentadas en un todo de acuerdo con los requerimientos establecidos en las Bases de Licitación y / o Concurso de Precios. No obstante, la
C.T.M. se reserva el derecho de admitir aquellas ofertas que presenten defectos de forma, omisiones o errores evidentes, siempre que estos no alteren el tratamiento igualitario de los proponentes ni la correcta evaluación de las ofertas.
7. La C.T.M. podrá solicitar por escrito, con posterioridad al acto de la apertura, las aclaraciones o informaciones que considere oportunas, que no violen ni modifiquen las Bases de la Licitación y / o Concurso de Precios, ni el principio de igualdad entre los proponentes. Las respuestas serán presentadas por escrito y se limitarán a los puntos en cuestión.
No se considerará ninguna aclaración, oral o escrita, no solicitada por la C.T.M.Ver Tabla de Contenido