Contract
1. Generalidades
Todas nuestras ofertas, contratos, suministros y demás prestaciones (denominadas en lo sucesivo “suministros”), así como futuras relaciones comerciales, se regirán por las presentes Condiciones Generales de Venta, aunque no se hayan aceptado expresamente en cada caso. Al enviar el pedido o aceptar nuestra mercancía el comprador acepta las presentes Condiciones Generales. No se aceptarán otras condiciones del cliente que difieran de las presentes, y sólo serán válidas cuando así lo hayamos convenido expresamente por escrito. Si cualquier cláusula incluida en estas Condiciones Generales fuese declarada, total o parcialmente, nula o ineficaz, tal nulidad o ineficacia afectará tan solo a dicha disposición o a la parte de la misma que resulte nula o ineficaz, subsistiendo las Condiciones Generales en todo lo demás, teniéndose tal disposición, o la parte de la misma que resultase afectada, por no puesta.
2. Conclusión del contrato, documentos, derecho de propiedad
2.1 Nuestras ofertas y su contenido son sólo vinculantes a partir de nuestra confirmación por escrito del pedido emitido por el cliente.. El contrato adquiere validez jurídica con nuestra confirmación por escrito.. En caso de que no cursemos confirmación por escrito, el contrato adquiere validez en el momento de ejecutar el pedido. Los acuerdos realizados por vía telefónica o verbalmente por nuestros representantes comerciales no tendrán validez jurídica sin nuestra confirmación por escrito.
2.2 No estamos obligados a cumplir el contrato si dicho cumplimiento implica la violación o incumplimiento de cualquier clase de normativa ya sea nacional o internacional.
2.3 Nos reservamos el derecho de propiedad industrial e intelectual de las ofertas, planos, dibujos, ilustraciones y otros documentos, los cuales sólo podrán ser facilitados a terceros previo consentimiento expreso y por escrito por nuestra parte. Las ilustraciones, planos, dibujos, esquemas u otros documentos que acompañen a las ofertas deberán ser devueltos a requerimiento nuestro y, en cualquier caso, cuando no se nos haya cursado el pedido. En caso de que hayamos efectuado la entrega conforme a diseños, modelos, muestras u otra documentación aportada por el comprador, éste responderá de que no se lesionen los derechos de propiedad industrial de terceros, eximiéndonos de cualquier eventual responsabilidad como consecuencia de la infracción de derechos de terceros. Si un tercero nos prohíbe fabricar o suministrar tales mercancías alegando que se infringen los derechos de propiedad industrial, tenemos derecho a suspender nuestras actividades y reclamar daños y perjuicios. Asimismo, el comprador se compromete a liberarnos sin demora de cualquier pretensión relativa a los derechos de propiedad industrial que pudieran cursar terceros con respecto a los documentos aportados por el comprador.
2.4 Nos reservamos el derecho de incluir en la factura los costes de elaboración de muestras y piezas de prueba, así como de las herramientas necesarias para su producción. Los costes de fabricación de las herramientas necesarias para la producción en serie se facturarán salvo pacto expreso en contrario. En cualquier caso, todas las herramientas seguirán siendo de nuestra propiedad, aún en el supuesto de que el comprador se haya hecho cargo de los costes de fabricación de las mismas en su totalidad o parcialmente.
2.5 A pesar de que en el contrato se estipulen entregas parciales y sucesivas a instancia del comprador, estamos facultados para adquirir los materiales precisos para el cumplimiento total del pedido y para producir inmediatamente el total de la cantidad solicitada. En consecuencia, una vez recibido el encargo del comprador, no estaremos obligados a atender posteriores solicitudes de modificación, a menos que se haya pactado expresamente y por escrito, o que decidamos aceptar dichas modificaciones para esa situación concreta.
3. Descripción de las prestaciones
3.1 La naturaleza y características del producto suministrado o de sus prestaciones se describe de forma concluyente a través de la correspondiente documentación técnica (por ejemplo, especificaciones técnicas, homologaciones u otras indicaciones). Sólo se garantizará la idoneidad de los productos suministrados para casos de aplicación
determinados cuando así se haya pactado expresamente por escrito; en los demás casos, es competencia exclusiva del comprador examinar la aptitud de nuestros productos para la finalidad de uso pretendida. No estamos obligados a garantizar otras características o cualidades de los productos suministrados y sus prestaciones no estipuladas de forma expresa. No asumimos responsabilidad alguna por posibles diferencias que afecten a los aspectos físicos y químicos del producto suministrado, como el color, la formulación, procedimientos y utilización de materias primas, así como en las cantidades de pedido, siempre y cuando dichas diferencias no impidan que el producto suministrado siga siendo útil al comprador para el fin que lo adquirió.
3.2 Los datos referentes al producto suministrado o sus prestaciones
contenidos, por ejemplo, en catálogos, informaciones de producto, medios electrónicos o en la etiqueta se basan en nuestros conocimientos y experiencia generales, y deben considerarse como orientativos o como meras indicaciones. Tanto estos datos de producto como las cualidades/aplicaciones expresamente aseguradas no eximen al comprador de la necesidad de verificar su idoneidad para el campo de aplicación previsto.
3.3 Los datos sobre la naturaleza y posibilidades de uso de nuestros productos, no incluirán más garantías sobre dichas posibilidades de uso que las expresamente pactadas por escrito.
4. Entrega y plazos de suministro
4.1 Aunque se haya acordado con el cliente una fecha para el suministro, los plazos de entrega que indicamos deben considerarse como aproximados y no vinculantes, a menos que se haya acordado expresamente y por escrito lo contrario. El cumplimiento del plazo de entrega estipulado está supeditado al previo suministro puntual y completo de los materiales necesarios para su fabricación. Se estimará cumplido el plazo de entrega cuando, antes de su expiración, el producto a suministrar haya salido de nuestra fábrica o hayamos notificado al cliente la disponibilidad para el despacho de la mercancía. El plazo de entrega empieza a contar a partir de la fecha en que el cliente haya facilitado todos los datos técnicos y la documentación o permisos requeridos, y haya cumplido debidamente con sus obligaciones de pago o presentado la correspondiente garantía de pago, en su caso.
4.2 Están permitidos los suministros parciales.
4.3 En casos de fuerza mayor u otras circunstancias fuera de nuestra responsabilidad que imposibiliten el cumplimiento en el plazo acordado de los encargos aceptados, no seremos responsables del retraso mientras la causa subsista, y cuando esta cese, en caso de que todavía sea posible la entrega, se efectuará en el plazo más breve posible.
4.4 No se acepta la devolución de mercancía vendida en perfecto estado.
4.5 En caso de que el comprador incumpla los plazos para el pago de una o varias operaciones, o cuando se tenga noticia de un empeoramiento de su situación financiera, o en el caso de que el comprador tenga otras dificultades de pago, tendremos derecho a interrumpir inmediatamente los suministros y a negarnos al cumplimiento de los contratos en curso si el cliente no ha efectuado la contraprestación estipulada, ni aportado las garantías correspondientes.
5. Seguro, requisitos de control exportación
5.1 Las mercancías entregadas seguirán siendo de nuestra propiedad hasta haberse efectuado el pago completo de todos los créditos exigibles resultantes de la relación comercial con nuestra empresa o empresas asociadas, considerándose todos los suministros como un negocio de suministro unitario. Cuando exista un contrato de cuenta corriente mercantil, la mercancía sujeta a reserva de dominio se considerará como garantía de un derecho de crédito que derive del saldo de dicha cuenta. Estas normas son válidas también para créditos futuros.
5.2 El cliente está autorizado, en el marco de su normal actividad comercial, a revender, transformar o combinar nuestras mercancías con otras; en tal caso, nos cederá desde un principio los derechos de crédito frente a sus clientes, que se generen de las actividades anteriormente descritas u otras causas jurídicas (en particular contratos de seguro o actos ilícitos), en relación con la mercancía comprada a nosotros. Puesto que el objeto de esta cesión es asegurar los créditos que tengamos
frente al cliente por esas mercancías, dicha cesión se realizará hasta el límite de las cantidades que el cliente nos adeude.
5.3 La reserva de dominio se extiende a los productos resultantes de la transformación, mezcla o combinación de nuestra mercancía por su valor íntegro, entendiéndose que tales procesos se realizan para nosotros, de modo que constamos como fabricante de los mismos. Si en caso de transformación, mezcla o combinación con productos de terceros éstos conservan su derecho de propiedad, adquiriremos la copropiedad en una proporción equivalente al valor objetivo de dichas mercancías. En caso de que con motivo de la mezcla o combinación se extinga nuestra propiedad sobre la mercancía, el cliente nos transfiere desde un principio los derechos de propiedad y cualesquiera otros derechos que le correspondan sobre el nuevo producto por el valor de factura de la mercancía suministrada por nosotros y se compromete a su custodia de forma gratuita.
5.4 Mientras no revoquemos esta autorización, el comprador tendrá la facultad de cobrar los créditos cedidos derivados de la venta a sus clientes. Sólo revocaremos el derecho de cobro de los créditos cuando nuestro comprador no cumpla debidamente sus obligaciones de pago contractuales. A nuestra petición, el comprador deberá comunicarnos sin demora y por escrito el nombre de los deudores de los créditos cedidos, así como notificar la cesión a dichos deudores.
5.5 Estamos autorizados a revocar con efecto inmediato la facultad del comprador para revender la mercancía según lo establecido en el apartado 5.2 y para cobrar los créditos cedidos a nuestro nombre, en el mismo momento en que el deudor incurra en demora, incumpla los plazos o las obligaciones contractuales pactadas, solicite la declaración de Concurso de Acreedores y en general, cualquier otra causa que suponga un riesgo para el cumplimiento de las obligaciones que el comprador haya contraído con nosotros. En todos estos casos el comprador perderá automáticamente su facultad para vender y para cobrar los créditos que nos hayan sido cedidos.
5.6 El comprador custodiará gratuitamente las cosas que sean de nuestra propiedad con la debida diligencia y las asegurará contra incendio, robo y otros riesgos usuales.
5.7 Se prohíbe expresamente al comprador la pignoración o la cesión a terceros como garantía de la mercancía sujeta a la reserva de dominio. El comprador deberá informarnos sin demora de cualquier intento de pignoración de terceros o cualquier otro perjuicio a nuestros derechos de propiedad; asimismo, deberá confirmar por escrito el derecho de propiedad tanto a las terceras partes como a nosotros. En caso de contienda judicial, y aún en caso de salir ganando, el comprador se hará cargo de los costes que debamos afrontar.
5.8 En caso de que el comprador incumpla las obligaciones contractuales, especialmente cuando se demore en el pago, estamos autorizados a exigir la devolución de la mercancía; el comprador acepta desde este momento dicha devolución. La devolución sólo supondrá la rescisión del contrato cuando así lo hayamos dispuesto expresamente. En dicho supuesto, los gastos que para nosotros se deriven de la devolución (en particular gastos de transporte) corren a cargo del comprador. El comprador podrá exigir el suministro de las mercancías devueltas sin declaración de rescisión expresa una vez que haya pagado íntegramente la deuda pendiente y todos los demás gastos.
5.9 Los derechos de salvaguardia que nos corresponden no se verán afectados, siempre que el valor de salvaguardia supere en más de un 20% el valor nominal de los créditos por asegurar.
5.10 El comprador se compromete a abstenerse de realizar las siguientes transacciones bajo cualquier circunstancia:
-Transacciones que involucren a personas, a organizaciones o instituciones mencionadas en la lista de sanciones, según las Normas de la UE o las leyes de control de exportación y normas de EEUU.
-Transacciones ilegales con países embargados.
-Transacciones sujetas a autorizaciones, particularmente licencias de exportación, cuando no han sido otorgados tales permisos.
-Transacciones relacionadas con armas nucleares o químicas o las transacciones relacionadas a cualquier fin de uso militar y para los cuales los permisos requeridos no han sido concedidos.
5.11 Nosotros solo proporcionamos información relevante para la legislación de comercio exterior, tales como el origen no preferencial y la partida arancelaria, en nuestras facturas comerciales. No emitimos declaraciones a largo plazo del proveedor indicando el origen preferencial. La importación de bienes depende de su origen no preferencial. La declaración de este tipo de origen no conlleva la concesión de beneficios arancelarios.
6. Condiciones de pago
6.1 Nuestros precios se entienden como precios netos exworks, salvo indicación contraria o refiriendo otro especifico Incoterm,no comprenden el I.V.A. y se expresan en EUROS.
6.2 En caso de que, de forma imprevista y no imputable a nuestra responsabilidad, se produzcan cambios en los precios de las materias primas, mano de obra, energía u otros conceptos, estamos autorizados a realizar los ajustes de precio necesarios. Cuando se hayan acordado entregas parciales se podrá facturar cada envío por separado. Si no se hubieran acordado precios al concluir el contrato, regirán los precios vigentes el día de la entrega.
6.3 La factura será pagadera según condiciones acordadas y sin deducciones de ningún tipo.
6.4 No estamos obligados a aceptar letras de cambio, cheques u otras promesas de pago; en caso de que los recibamos, no se extinguirá nuestro crédito original hasta que hayamos recibido efectivamente su contravalor.
6.5 Como fecha de recepción del pago se considerará el día en que se nos haga entrega del importe de la factura o éste haya sido ingresado en nuestra cuenta bancaria. En caso de que el comprador incurra en demora, estamos autorizados a cargarle en cuenta intereses moratorios de un 8 % anual sobre el tipo de interés básico, durante el tiempo en que se demore el pago. Esta disposición no restringe nuestro derecho a exigir daños y perjuicios.
6.6 En caso de que el comprador demore el pago podremos, a nuestra elección, hacer pagaderos los importes del precio de compra aún pendientes u otros créditos existentes frente al comprador, o bien condicionar los suministros subsiguientes que se encuentren sujetos al presente contrato o a otros contratos a la prestación de una garantía previa o al pago contra entrega.
6.7 Los pagos por adelantado y los pagos a cuenta no devengarán intereses a favor del comprador.
7. Reclamaciones por defectos
7.1 Garantizamos nuestras entregas y prestaciones sólo conforme a las siguientes disposiciones:
7.2 El comprador que al tiempo de recibir las mercancías las examinara a su satisfacción, sólo tendrá acción de reclamación contra el vendedor alegando vicio o defecto de cantidad o calidad en las mercancías, si la ejercitare dentro del plazo de los cuatro días siguientes al de su recibo, y no proceda la avería, vicio o defecto de caso fortuito, vicio propio de la cosa o fraude. El vendedor podrá evitar dicha reclamación exigiendo en el acto de la entrega que se haga el reconocimiento, en cuanto a la calidad y cantidad, a satisfacción del comprador.
7.3 En caso de que nuestros suministros incluyan mercancía defectuosa, antes de proceder al inicio de la producción (procesamiento o montaje) de la misma, el comprador deberá concedernos la posibilidad de subsanar el defecto o realizar una entrega sustitutoria, excepto cuando ello sea imposible para el cliente. El comprador sólo tendrá derecho a desistir del contrato y a devolvernos la mercancía por nuestra cuenta y riesgo cuando se haya frustrado o no haya sido realizado de forma inmediata el intento de mejora posterior o la entrega sustitutoria. En caso
de emergencia, y con nuestra conformidad, el defecto podrá ser subsanado por el comprador mismo o por terceros. Nos haremos cargo de los gastos por este concepto según se consigna en el apartado 8.
7.4 Si, a pesar de haber cumplido debidamente las obligaciones de inspección y reclamación citadas en el apartado 7.2, el defecto se constata una vez iniciada la producción, el comprador podrá exigir la entrega de una mercancía sin vicios ni defectos (a nuestra elección, mediante una mejora de la mercancía enviada o con un envío sustitutorio).
7.5 En caso de envío sustitutorio, el comprador se compromete a restituir la mercancía defectuosa a nuestro requerimiento.
7.6 El derecho a anular el contrato o a exigir una rebaja del precio de
compra sólo será procedente cuando el defecto no se haya subsanado dentro de un plazo razonable o bien cuando la entrega de una mercancía sin vicios ni defectos suponga unos gastos desproporcionados, no sea aceptable o deba considerarse frustrada por otros motivos. En caso de defectos menores el comprador no tiene derecho a resolver el contrato.
7.7 En caso de reclamación, el comprador deberá darnos la posibilidad de verificar la mercancía reclamada, poniéndola a nuestra disposición inmediatamente y a nuestro cargo si así lo solicitamos. En caso de reclamaciones injustificadas, nos reservamos el derecho a exigir al comprador la restitución de los gastos de transporte y verificación.
7.8 Están excluidas las reclamaciones por defectos atribuibles al incumplimiento de las normas de servicio, reparación o montaje, a una utilización o almacenamiento inadecuados, a una manipulación o montaje incorrectos, a desgaste natural o a intervenciones realizadas en el objeto de suministro por parte del cliente o de terceros.
7.9 Nuestra responsabilidad por daños personales y materiales quedará sometida a las disposiciones de la Ley sobre responsabilidad por el producto que se especifican en el apartado 8.
7.10 Los derechos citados anteriormente no serán aplicables al comprador en caso de suministros que no se inscriban dentro de la definición de mercancía nueva.
8. Responsabilidad
8.1 Respondemos de la obligación a indemnizar por el incumplimiento contractual si no hubiera causa justificada por nuestra parte en los términos del presente contrato, y por los daños y perjuicios causados por nuestra culpa o negligencia en el cumplimiento de nuestras obligaciones. Nuestra responsabilidad y la de nuestros agentes, empleados, subcontratistas y proveedores por las reclamaciones derivadas del cumplimiento o incumplimiento de las obligaciones contractuales, no excederá en conjunto del precio contractual y no incluirá en ningún caso perjuicios derivados del lucro cesante, pérdida de ingresos, producción o uso, costes de inactividad, demoras y reclamaciones del comprador, ni cualesquiera perjuicios especiales, indirectos o consecuenciales ni pérdidas de cualquier clase.
8.2 Garantizamos los productos suministrados en relación a defectos de materiales y/o fabricación, durante la vigencia del plazo de caducidad de los mismos.
8.3 Respondemos por lesiones de los derechos de propiedad industrial en el caso de que en el uso de nuestras mercancías según los términos previstos en el contrato se lesionen derechos de propiedad industrial con validez en España y que en el momento de la entrega hayan sido publicados. Esta disposición no regirá cuando hayamos efectuado la entrega conforme a diseños, modelos, muestras u otra documentación aportada por el comprador y no tengamos conocimiento de que pueden lesionarse derechos protegidos. En este caso, el comprador responderá
por daños ya ocasionados a la propiedad industrial, o que se puedan ocasionar en el futuro. El comprador se compromete a informarnos sin demora sobre los riesgos de lesión de los que tenga conocimiento y sobre supuestos casos de lesión, así como a liberarnos por completo de cualquier reclamación por terceras partes y los gastos consecuentes.
8.4 En caso de reclamaciones por defectos de los productos suministrados, los plazos de prescripción serán los dispuestos en la normativa aplicable.
8.5 El derecho a exigir una rebaja en el precio y a ejercer el derecho de
resolución no proceden cuando haya prescrito el derecho a exigir la entrega de una mercancía sin vicios ni defectos.
8.6 Las disposiciones anteriores no afectarán a nuestra responsabilidad por la cantidad y calidad del producto en los términos marcados por la legislación española aplicable en esta materia.
8.7 En todos los demás casos declinamos cualquier tipo de
responsabilidad.