CONTRATO DE COMPRAVENTA DE EQUIPO TELEFÓNICO Y/O ACCESORIOS
CONTRATO DE COMPRAVENTA DE EQUIPO TELEFÓNICO Y/O ACCESORIOS
1. PRODUCTO TERMINAL: EN ESTE ACTO ENTEL PCS TELECOMUNICACIONES S.A., EN ADELANTE "ENTEL", VENDE, CEDE Y TRANSFIERE AL COMPRADOR, EL QUE COMPRA, ACEPTA Y ADQUIERE PARA SÍ, EL EQUIPO TELEFÓNICO Y/O ACCESORIO QUE SE DESCRIBE EN LA SECCIÓN DETALLE DEL NEGOCIO DE ESTE DOCUMENTO. EL EQUIPO Y/O ACCESORIO ES NUEVO Y SE VENDE EN EL ESTADO EN QUE SE ENCUENTRA ACTUALMENTE, ESTO ES FUNCIONANDO Y NO PRESENTA DAÑO EXTERNO. EL COMPRADOR DECLARA CONOCER Y RECIBIR A SU ENTERA CONFORMIDAD EL EQUIPO Y/O ACCESORIO.
2. PRECIO: EL PRECIO DE VENTA DEL PRODUCTO SERÁ PAGADO POR EL COMPRADOR DE LA SIGUIENTE FORMA: UNO.- CON EL PAGO DE UN PIE INCIAL (O PAGO MÍNIMO INICIAL), Y DOS.- CON EL PAGO DE LAS CUOTAS MENSUALES, CUYOS VALORES SE INDICAN EN LA SECCIÓN DETALLE DEL NEGOCIO. EL CLIENTE AUTORIZA A ENTEL A COBRAR DICHOS VALORES EN EL MISMO DOCUMENTO DE COBRO DEL SERVICIO TELEFÓNICO MÓVIL, SI EL COMPRADOR TAMBIÉN ES SUSCRIPTOR DE "ENTEL". LAS CUOTAS MENSUALES REFERIDAS DEVENGARÁN UN INTERÉS QUE NO PODRÁ SER SUPERIOR A LA TASA DE INTERÉS MÁXIMA CONVENCIONAL PARAOPERACIONES DE CRÉDITO DE DINERO NO REAJUSTABLES EN MONEDA NACIONAL DE MENOS DE 90 DÍAS, INFERIORES O IGUALES AL EQUIVALENTE DE 5.000 UNIDADES DE FOMENTO, SI EL COMPRADOR OPTA POR CUOTAS QUE SE AJUSTEN A DICHO PLAZO. SI EL COMPRADOR OPTARE POR MÁS CUOTAS MENSUALES, ÉSTAS DEVENGARÁN UN INTERÉS QUE NO PODRÁ SER SUPERIOR A LA TASA DE INTERÉS MÁXIMA CONVENCIONAL PARA OPERACIONES DE CRÉDITO DE DINERO NO REAJUSTABLES EN MONEDA NACIONAL DE 90 DÍAS O MÁS, INFERIORES O IGUALES AL EQUIVALENTE DE 50 UNIDADES DE FOMENTO. SE ENTENDERÁ POR INTERÉS MÁXIMO CONVENCIONAL EL QUE FIJE BAJO ESA DENOMINACIÓN LA COMISIÓN PARA EL MERCADO FINANCIERO (CMF) O EL ORGANISMO QUE LO REEMPLACE. A FALTA DE DICHO INTERÉS SE APLICARÁ EL QUE LO REEMPLACE SEGÚN INDIQUE EL BANCO CENTRAL DE CHILEO EL ORGANISMO COMPETENTE. SI EL COMPRADOR PAGA EN FORMA ANTICIPADA, ESTO ES ANTES DE SU FECHA DE VENCIMIENTO, Y EN UNA MISMA OPORTUNIDAD, LA O LAS CUOTAS QUE RESTEN DEL PRECIO DE LA PRESENTE COMPRAVENTA, ENTEL PODRA APLICAR UN DESCUENTO SOBRE EL MONTO TOTAL DE LAS CUOTAS PENDIENTES. LA EVENTUAL APLICACIÓN DE DICHO DESCUENTO Y SU MONTO SERÁ INFORMADO AL COMPRADOR AL MOMENTO EN QUE ESTE PROPONGA A ENTEL EL PAGO ANTICIPADO YA REFERIDO.
3. CONDICIONES DE LA COMPRAVENTA: LA PRESENTE COMPRAVENTA SE ENCUENTRA SUJETA A LA CONDICIÓN DE QUE EL COMPRADOR PAGUE EN SU TOTALIDAD EL PRECIO INDICADO ENLA CLÁUSULA ANTERIOR, INCLUYENDO TANTO EL PAGO MÍNIMO INICIAL COMO LAS CUOTAS MENSUALES. EL NO PAGO DE CUALQUIERA DE LAS CUOTAS MENSUALES REFERIDAS EN LA CLÁUSULA ANTERIOR, FACULTA A "ENTEL" A REALIZAR UNA O MÁS DE LAS SIGUIENTES ACCIONES: 1) BLOQUEAR EL EQUIPO MIENTRAS EXISTAN CUOTAS VENCIDAS IMPAGAS,
QUEDANDO EL EQUIPO IMPOSIBILITADO PARA OPERAR EN LA RED PÚBLICA TELEFÓNICA; 2) HACER EXIGIBLE ANTICIPADAMENTE EL PAGO DE TODAS LAS CUOTAS ADEUDADAS, COMO AVALUACIÓN ANTICIPADA DE PERJUICIOS; 3) APLICAR UN INTERÉS IGUAL AL MÁXIMO CONVENCIONAL QUE CORRESPONDA PARA LAS OPERACIONES DE CRÉDITO DE DINERO NO REAJUSTABLES EN MONEDA NACIONAL DE 90 DÍAS O MÁS, INFERIORES O IGUALES AL EQUIVALENTE DE 50 UNIDADES DE FOMENTO. SE ENTENDERÁ POR INTERÉS MÁXIMO CONVENCIONAL EL QUE FIJE BAJO ESA DENOMINACIÓN LA COMISIÓN PARA EL MERCADO FINANCIERO (CMF) O EL ORGANISMO QUE LO REEMPLACE. A FALTA DE DICHO INTERÉS SE APLICARÁ EL QUE LO REEMPLACE SEGÚN INDIQUE EL BANCO CENTRAL DE CHILE O EL ORGANISMO COMPETENTE. ; ASIMISMO, ENTEL PODRÁ COBRAR LOS COSTOS Y GASTOS POR NO PAGO OPORTUNO, CONFORME LA NORMATIVA APLICABLE Y A LO ESTABLECIDO EN LA LEY N° 19.496 QUE ESTABLECE NORMAS SOBRE PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS DE LOS
CONSUMIDORES, EN CUANTO CORRESPONDIERE; 4) A RESOLVER LA PRESENTE COMPRAVENTA, DEBIENDO EL COMPRADOR RESTITUIR EL EQUIPO Y/O ACCESORIO DENTRO DEL PLAZO DE 5 DÍAS CONTADOS DESDE EL REQUERIMIENTO.; 5) EJERCER LAS OTRAS ACCIONES Y/O DERECHOS QUE LE OTORGA LA NORMATIVA APLICABLE.
4. TRATAMIENTO DATOS PERSONALES: EL COMPRADOR AUTORIZA EXPRESAMENTE EN ESTE ACTO A ENTEL A REALIZAR EL TRATAMIENTO DE SUS DATOS PERSONALES, EN LOS TÉRMINOS SEÑALADOS EN SU POLÍTICA DE PRIVACIDAD DE CLIENTES ENTEL UBICADA EN EL SIGUIENTE LINK: xxxxx://xxx.xxxxx.xx/xxxxxxx/ O EL LINK QUE LO REEMPLACE EN EL FUTURO QUE CONTENGA DICHA POLÍTICA EN EL SITIO WEB XX XXXXX, LA QUE SE ENTIENDE FORMAR PARTE INTEGRANTE DEL PRESENTE CONTRATO PARA TODOS LOS EFECTOS LEGALES, DECLARANDO EL COMPRADOR CONOCERLA Y ACEPTARLA, FACULTANDO A ENTEL PARA SOLICITAR, RECOLECTAR, ALMACENAR Y EN GENERAL REALIZAR CUALQUIER TIPO DE OPERACIÓN SOBRE LOS SIGUIENTES DATOS PERSONALES: (A) NOMBRE; (B) CÉDULA DE IDENTIDAD; (C) DOMICILIO; (D) CORREO ELECTRÓNICO; (E) NÚMERO DE TELÉFONO; (F) IMAGEN; (G) VOZ; (H) DATOS BIOMÉTRICOS; (I) DATOS DE GEOLOCALIZACIÓN; (J) HÁBITOS DE CONSUMO Y CUALQUIER OTRO QUE SEA NECESARIO PARA LA EJECUCIÓN DEL PRESENTE CONTRATO, SUS ANEXOS O EL MEJORAMIENTO DE LAS EXPERIENCIAS DE CONSUMO Y DE LA POLÍTICA YA REFERIDA. ASIMISMO, EL COMPRADOR DECLARA CONOCER Y AUTORIZA QUE ENTEL PUEDA TRANSMITIR O COMUNICAR SUS DATOS PERSONALES A TERCEROS RELACIONADOS O NO, YA SEA EN FORMA NACIONAL O TRANSFRONTERIZA PARA EL CUMPLIMIENTO DE LOS FINES SEÑALADOS EN ESTE CONTRATO. LOS ESTÁNDARES DE SEGURIDAD PARA LA TRANSMISIÓN NACIONAL Y TRANSFRONTERIZA DE LOS DATOS PERSONALES ESTÁN SEÑALADOS EN EL DOCUMENTO DENOMINADO POLÍTICA CORPORATIVA DE SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN.
5.- MANDATO: EL COMPRADOR CONFIERE A ENTEL PCS TELECOMUNICACIONES S.A., EN ADELANTE "ENTEL", MANDATO MERCANTIL PARA QUE, EN SU NOMBRE Y REPRESENTACIÓN SUSCRIBA UN PAGARÉ A LA ORDEN XX XXXXX. XXXXX SE ENCONTRARÁ EXPRESAMENTE FACULTADA PARA COMPLETAR EL PAGARÉ, INCORPORANDO A SU TEXTO ANTES DE SU COBROY DE ACUERDO CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 11 DE LA LEY N° 18.092, LAS MENCIONES SEÑALADAS EN EL ARTÍCULO 102 DE LA MISMA LEY. DICHO PAGARÉ CONTENDRÁ LA CANTIDAD ADEUDADA, QUE SERÁ LA CORRESPONDIENTE A LA SUMA DE TODAS Y CADA UNADE LAS CUOTAS, RENTAS O PRECIO INDICADOS EN LOS ANEXOS DEL PRESENTE CONTRATO QUE SE HALLAREN PENDIENTES DE PAGO A LA FECHA DE SUSCRIPCIÓN DEL PAGARÉ, MÁS LOS REAJUSTES, EL INTERÉS MÁXIMO CONVENCIONAL PERMITIDO POR LA LEY Y LOS COSTOS Y GASTOS EXTRAJUDICIALES POR NO PAGO OPORTUNO CONFORME A LA NORMATIVA APLICABLEY A LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 37 DE LA LEY 19.496 QUE ESTABLECE NORMAS SOBRE PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS DE LOS CONSUMIDORES. ENTEL SÓLO PODRÁ EJERCER ESTEMANDATO EN LOS TÉRMINOS AUTORIZADOS DENTRO DE UN PLAZO NO MAYOR A 90 DÍASCONTADOS DESDE LA FECHA DE ATRASO EN EL PAGO, POR INTERMEDIO DE SUS APODERADOSFACULTADOS AL EFECTO Y SEA QUE EL CLIENTE REGISTRARE UNA O MÁS OBLIGACIONES PENDIENTES DE PAGO, SEA TOTAL O PARCIALMENTE. SE DEJA EXPRESA CONSTANCIA QUE EL PRESENTE MANDATO ES GRATUITO.
6. RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS. EL COMPRADOR PODRÁ ACUDIR SIEMPRE ANTE EL TRIBUNAL COMPETENTE CONFORME A LAS DISPOSICIONES ESTABLECIDAS EN LA LEY N°19.496, QUE ESTABLECE NORMAS SOBRE PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS DE LOS CONSUMIDORES. SÓLO UNA VEZ SURGIDO EL CONFLICTO, LAS PARTES PODRÁN SOMETERLO A MEDIACIÓN, CONCILIACIÓN O ARBITRAJE. SI ESTUVIEREN DISPONIBLES ESTAS OPCIONES, ENTEL INFORMARÁ LA NATURALEZA DE CADA UNO DE LOS MECANISMOS OFRECIDOS, LOS CUALES SERÁN GRATUITOS Y SÓLO SE INICIARÁN POR VOLUNTAD EXPRESA DEL COMPRADOR, LA QUE DEBERÁ CONSTAR POR ESCRITO. LO ANTERIOR DE CONFORMIDAD CON
LO QUE DISPONGA EL CORRESPONDIENTE REGLAMENTO DICTADO POR EL MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO. ADICIONALMENTE, ENTEL PODRÁ ADSCRIBIR Y OFRECER LIBREMENTE EL SISTEMA DE SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS DISPUESTO EN LOS ARTÍCULOS 56 A Y SIGUIENTES DE LA LEY YA REFERIDA. ESTE SISTEMA PODRÁ LLEVARSE A CABO POR MEDIOS ELECTRÓNICOS. MÁS INFORMACIÓN SOBRE ATENCIÓN AL CLIENTE Y RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS EN XXX.XXXXX.XX
7. FACTURACIÓN ELECTRÓNICA. AUTORIZO A ENTEL PCS TELECOMUNICACIONES S.A., RUT 00.000.000-0, DE CONFORMIDAD CON LA RESOLUCIÓN EXENTA N°11 DEL 14 DE FEBRERO DEL 2003, DEL SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS, PARA QUE ME ENVIE LOS DOCUMENTOS TRIBUTARIOS, QUE NO CONSTITUYE TRASLADO FISICO DE BIENES, MEDIANTE SU PUBLICACION EN EL SITIO WEB XXX.XXXXX.XX,LOCUAL SERÁ INFORMADO AL CLIENTE POR MEDIO DE CUALQUIER MEDIO ELECTRÓNICO O DIGITAL DE CONTACTO DEL CLIENTE REGISTRADO POR LA COMPAÑÍA, JUNTO CON LA AUTORIZACIÓN PRECEDENTE, ME COM- PROMETO A CUMPLIR LAS SIGUIENTES CONDICIONES, EN RELACIÓN A LOS DOCUMENTOS TRIBU- TARIOS, EN CASO DE REQUERIRLO PARA RESPALDAR LA INFORMACIÓN CONTABLE.
a) IMPRIMIR LOS DOCUMENTOS RECIBIDOS EN FORMA ELECTRÓNICA, PARA CADA PERÍODOTRIBU- TARIO, EN FORMA INMEDIATA A SU RECEPCIÓN DESDE EL EMISOR.
b) IMPRIMIR EL DOCUMENTO EN EL TAMAÑO Y FORMA QUE FUE GENERADO.
c) UTILIZAR PAPEL BLANCO TIPO ORIGINAL DE TAMAÑO MÍNIMO 21,5 CMS. X 14 CMS. (1/2 CARTA) Y DE TAMAÑO MÁXIMO 21,5 X 33 CMS. (OFICIO).
d) IMPRIMIR EN UNA CALIDAD QUE ASEGURE LA PERMANENCIA DE LA LEGIBILIDAD DEL DOCU- MENTO DURANTE UN PERIODO MÍNIMO DE SEIS AÑOS, CONFORME LO ESTABLECE LA LEGISLACIÓN VIGENTE SOBRE LA MATERIA. ESTA IMPRESÓN SE HARÁ HECHA USANDO IMPRESIÓN LÁSER O DE INYECCIÓN DE TINTA, EXCEPTO QUE SE ESTABLEZCA UNA AUTORIZACIÓN O NORMA DISTINTA AL RESPECTO.
SECCIÓN DETALLE DEL NEGOCIO | |||||||
DATOS PRODUCTO | PRECIOS | PLAZOS | |||||
COD. | DESC. | PRECIO | MONTO | PRIMERA | PRECIO | CUOTA | N° DE |
PDCTO. | PRODUCTO | TOTAL CTDO | DIFERIDO EN | CUOTA | TOTAL EN | MENSUAL | CUOTAS |
CUOTAS | CUOTAS | MENSUALES | |||||
MENSUALES | |||||||
Firma cliente