Contract
Cada Oficina de Vivienda (Housing Agency, en adelante HA) debe firmar un contrato de participación con cada familia que reúna los requisitos y decida participar en el Programa de Autosuficiencia Familiar (Family Self Sufficiency, en adelante FSS). Cada HA deberá consultar con funcionarios locales a fin de elaborar un plan de acción que contenga descripciones del tamaño, las características y las necesidades de la población a la que atenderá el Programa de FSS propuesto; los servicios y las actividades que ofrecerá; cómo se ejecutará el programa; los recursos públicos y privados por conducto de los cuales se prestarán los servicios y se realizarán las actividades; un cronograma de ejecución; y otros datos que el HUD necesitará para garantizar la coordinación de los servicios y las actividades.
Se estima que el tiempo dedicado por el público a suministrar la información acopiada en este formulario es de 1,0 horas por respuesta, en promedio, incluido el tiempo empleado en leer las instrucciones, buscar las fuentes de datos existentes, recoger y mantener los datos necesarios y terminar y revisar el proceso de acopio.
La respuesta a este acopio de información es obligatoria (Sección 23 (c) y (g) de la Ley de Vivienda de los EE.UU. de 1937, agregada por la Sección 554 de la Ley Nacional Xxxxxxxx-Xxxxxxxx de Vivienda Asequible (Ley 101-625) para participar en el Programa de FSS.
La información recogida en este formulario se considera confidencial y está protegida por la Ley de Privacidad, que requiere que estos datos se mantengan con salvaguardas administrativas, técnicas y físicas apropiadas para garantizar su seguridad y confidencialidad. Además, estos datos deben estar protegidos contra toda amenaza previsible a su seguridad e integridad que pudiera causar daño, vergüenza, inconveniente o injusticia considerables a cualquier persona cuya información se mantiene. El HUD no puede realizar ni patrocinar ningún acopio de información, y ninguna persona tiene obligación de responder a él, a menos que lleve un número de control de la OMB válido y vigente.
Instrucciones de la HA para ejecutar un contrato de participación del FSS
Partes y firmas del contrato
El jefe de la familia participante debe ser el miembro adulto de la familia que actúe de jefe del hogar con fines de arrendamiento y calificación por ingresos.
Período de vigencia del contrato
La fecha efectiva es el primer día del mes que sigue a la fecha en que la familia y el representante de la HA firmaron el contrato.
El contrato vence cinco años después de su fecha efectiva.
Si la HA decide extender el período de vigencia del contrato, la fecha original de vencimiento que aparece en la página 1 del contrato se tachará y se inscribirá una nueva fecha de vencimiento.
Si la familia se muda conforme a los procedimientos de transferencia del Programa de Distribución de Cupones para Conseguir Vivienda (Housing Choice Voucher, en adelante HCV) y va a participar en el Programa de FSS de la HA que la reciba, la fecha efectiva del contrato entre la familia y la HA receptora es el primer día del mes que sigue a la fecha en que la familia y el representante de la HA firmaron el contrato. La fecha de vencimiento del contrato entre la familia y la HA receptora debe ser la misma que la fecha de vencimiento del contrato entre la HA inicial y la familia.
Cuenta del FSS de depósito en custodia
Los montos del ingreso y el arrendamiento que se colocarán en la página 1 pueden tomarse del último reexamen o determinación interina realizados antes de la participación inicial de la familia en el Programa de FSS, a menos que pasen más de
120 días entre la fecha efectiva del reexamen y la fecha efectiva del contrato de participación. Si han pasado más de 120 días, la HA deberá realizar un nuevo examen o una nueva determinación.
Si una familia se traslada mediante el procedimiento de transferencia que contempla el HCV y va a participar en el Programa de FSS de la HA receptora, ésta deberá emplear los montos mencionados de ingreso anual, ingreso laboral y alquiler que paga la familia en la página 1 del contrato entre la HA inicial y la familia.
Enmiendas al contrato
Este contrato de participación solo podrá enmendarse para modificar el período de vigencia del contrato, el jefe de la familia o los planes individuales de capacitación y servicios.
Toda enmienda relativa al jefe de la familia bajo este contrato debe incluirse como adjunto al mismo. El adjunto deberá contener los nombres del nuevo jefe de familia designado y de un representante de la HA, las firmas del nuevo jefe de familia y del representante de la HA, y la fecha de la firma.
Toda enmienda relativa al plan individual de capacitación y servicios debe incluirse como revisión del plan individual de capacitación y servicios (adjunto) al cual se aplica la enmienda. La revisión debe incluir el componente enmendado, las firmas del participante y de un representante de la HA, y la fecha en que se firma.
Para prórrogas del período de vigencia del contrato, véase la sección “Período de vigencia del Contrato”.
Si doce meses después de la fecha efectiva del contrato, una familia en el Programa de FSS de HCV se traslada fuera de la jurisdicción de la HA según el mecanismo de transferencia, una HA debe tomar alguna de las siguientes medidas:
(1) La HA inicial puede permitir que la familia siga participando en su Programa de FSS, si la familia demuestra, a satisfacción de la HA inicial,
que puede cumplir con sus responsabilidades relativas al contrato en su nueva ubicación. En dicho caso, el contrato existente sigue en efecto sin cambios. La HA inicial debe transferir el saldo de la cuenta del FSS de depósito en custodia perteneciente a la familia cuando ésta sea absorbida por la HA receptora.
(2) La HA receptora puede permitir que la familia participe en su Programa de FSS. En dicho caso, la HA inicial debe poner fin a su contrato con la familia, y transferir el saldo de la cuenta del FSS de depósito en custodia perteneciente a la familia cuando ésta sea absorbida por la HA receptora, la cual firmará un nuevo contrato con la familia.
(3) En casos en que la familia no pueda cumplir con sus obligaciones en el nuevo lugar y la HA receptora no le permita a la familia participar en su Programa de FSS, el contrato entre la HA inicial y la familia llegará a su fin y la familia perderá sus fondos depositados en la cuenta del FSS de depósito en custodia.
Planes individuales de capacitación y servicios
El contrato debe incluir un plan individual de capacitación y servicios para el jefe de la familia. Otros familiares de 18 años o más podrán, si lo desean, firmar un plan individual de capacitación y servicios si la HA lo consiente.
Los recursos y servicios de apoyo que se le darán a cada miembro de la familia deben aparecer enumerados en los planes individuales de capacitación y servicios adjuntos al contrato de participación.
La página 1 del plan individual de capacitación y servicios de cada participante incluye un espacio para el objetivo final y el primer objetivo intermedio que se necesita para alcanzar el final. Las páginas adicionales contienen un formato en el cual se debe consignar cada objetivo intermedio e información específica relativa a su logro. La primera página del plan de cada participante debe llevar la firma de este último y del representante de la HA.
Los objetivos intermedios deben especificarse junto con las actividades y los servicios necesarios para alcanzarlos. Por ejemplo, es posible que una madre soltera con dos hijos que se ha fijado el objetivo intermedio de terminar su educación secundaria necesite varias actividades y servicios diferentes para alcanzarlo. Entre otros, puede necesitar transporte, clases particulares y guardería.
Todos los plazos de terminación incluidos en los planes individuales de capacitación y servicios deben cumplirse en la fecha de vencimiento del contrato de participación, o antes.
Uno de los objetivos intermedios de las familias que reciben asistencia social es independizarse del sistema durante al menos doce meses consecutivos antes de que caduque el contrato. En el contrato de toda familia que reciba asistencia social se debe incluir este objetivo intermedio, igual que en el plan individual de capacitación y servicios del jefe de familia.
El objetivo final del plan individual de capacitación y servicios del jefe de familia debe incluir consecución y mantenimiento de empleo apropiado conforme a sus destrezas, educación y capacitación laboral y a las oportunidades de trabajo disponibles en su zona.
Incentivos
Si la HA ha decidido ofrecer otros incentivos en relación con el Programa de FSS, dichos incentivos pueden incluirse en el plan individual de capacitación y servicios o como adjunto a este contrato.
Este documento es traducción de un documento jurídico expedido por el Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano (HUD), el cual proporciona esta traducción solamente a modo de conveniencia para que le ayude a usted a comprender sus derechos y obligaciones. La versión en inglés es el documento oficial, legal y que rige. Esta traducción no constituye un documento oficial.
Las versiones previas han caducado
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Formulario HUD-52650-Spanish (12/2004)
Ref. Manual 7420.8