Que a partir del vencimiento del contrato de concesión del Bar y Confitería de la Estación
VISTO
Que a partir del vencimiento del contrato de concesión del Bar y Confitería de la Estación
Terminal de Ómnibus de Villa General Belgrano, se ha logrado la correspondiente desocupación del mismo y entrega por parte de los anteriores concesionarios, y…
CONSIDERANDO
Que es necesario instrumentar las acciones tendientes a designar a los
futuros concedentes del servicio de Bar y confitería de la Estación Terminal de Ómnibus xx Xxxxx General Xxxxxxxx, procurando contar con un servicio que satisfaga las expectativas de los vecinos, usuarios y visitantes de nuestra localidad.
Que la nueva concesión debe considerar los estándares de servicio que ofrece Villa General Belgrano como localidad y destino turístico.
Que en razón de ello y en la búsqueda de las mejores propuestas posibles dentro de las bases que se han diseñado, se hace necesario convocar a los interesados en un marco de igualdad, transparencia conforme las ordenanzas vigentes al respecto y conforme el funcionamiento de la Estación Terminal de Ómnibus establecidas en la ordenanza Nº 1450/08.
Que por lo expuesto, es que….
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA MUNICIPALIDAD XX XXXXX GENERAL XXXXXXXX SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Art. 1°) La Municipalidad xx Xxxxx General Xxxxxxxx convoca a Concurso de Ofertas que tiene por objeto el otorgamiento de concesión del Bar, Kiosco y Confitería de la Estación Terminal de Ómnibus xx Xxxxx General Belgrano, según condiciones y especificaciones del Anexo I, y plano, avance de obra y proyecto Anexo II y Anexo III que forma parte de la presente Ordenanza.
Art. 2°) FÍJESE el valor xxx xxxxxx de condiciones en Pesos Un Mil Quinientos ($1500.-) el que estará a la venta en Sede Municipal (San Xxxxxx Nº 43) a partir del día Ocho (8) xx Xxxxxx del 2016 de 8 a 13hs.-
Art. 3°) FÍJESE el día Veintidós xx Xxxxxx de 2016 a las 20:00 hs. la fecha para la apertura de sobres en la sala del Honorable Concejo Deliberante.-
Art. 4º) FIJESE como fecha y hora límite para la presentación de ofertas, el designado para la apertura de sobres correspondiente a la categoría en la que se concurse hasta las 13hs. en Mesa de Entrada de la sede Municipal (San Xxxxxx Nº 43).-
Art. 5°) La adjudicación se realizará a través de una Comisión Especial formada por dos miembros del Honorable Concejo Deliberante, los Sres. Xxxxxx X. Xxxx y el Xx. Xxxxxx X. Xxxxxxx, y dos representantes del Departamento Ejecutivo Municipal, que designará el Intendente Municipal.-
Art. 6°) Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal para el caso de quedar desierto el Concurso por no presentación de Ofertas o en el caso de que los oferentes no califiquen de acuerdo a la Comisión de evaluación, a conceder en forma directa la concesión cuyo objeto se detalla en art. 1.-
Art. 7º) Publíquese durante un plazo de cinco (5) días, copia del presente en el avisador de la sede Municipal, sede del Juzgado xx Xxx, sede del Correo Argentino, Biblioteca Pública y Comisaria de Villa General Belgrano; publíquese durante dos (2) días medios masivos de comunicación.
Art. 8°) ELÉVESE copia al Departamento Ejecutivo Municipal para su conocimiento.
Art. 9°) COMUNÍQUESE, Publíquese, Dese al Registro Municipal y Archívese.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad xx Xxxxx General Belgrano a los Tres (3) días del mes xx Xxxxxx de Dos Mil Dieciséis (2016.-).-
ORDENANZA N° 1826/16.- FOLIOS N° 2078, 2079.- F.A.H/L.M.-
ANEXO I
ORDENANZA 1826/15
1. OBJETO: El objeto del llamado a Concurso, es la adjudicación en Concesión de la explotación del Bar, Kiosco y Confitería de la Estación Terminal de Ómnibus de Villa General Belgrano.
2. CONCURSANTES: Los concursantes deberán presentar antecedentes personales laborales y/o empresarios, de lo que surja su idoneidad para este tipo de explotaciones, su probidad y experiencia en Emprendimientos similares y respaldo patrimonial para afrontarlo.
3. GARANTIA: La garantía correspondiente al aseguramiento del cumplimiento de las bases en el presente concurso de precios, se efectivizara mediante pagare signado por librador con acreditada solvencia al momento del acto de adjudicación y como condición de la misma.
4. MODIFICACIONES EDILICIAS: Como parte de la propuesta, los concursantes deberán realizar los trabajos de adecuación edilicia, conforme plano y proyecto realizado (Anexo II y Anexo III) y dirigido por la Secretaria de Planificación y Desarrollo Urbano del Municipio que se adjunta siendo parte del presente pliego, y cuyo presupuesto base, la mencionada Secretaria, lo determina en la suma de pesos ochenta mil ($80000.) conforme plazos establecidos en el mismo.
5. PROPUESTA DE SERVICIO: Los concursantes deberán presentar como parte de su oferta, el detalle de los servicios que propone desarrollar en el lugar a concesionar, con detalle de infraestructura, ornamentación. El horario de atención será como mínimo coincidente con los horarios arribo y salida del primero y ultimo servicio que salga o llegue a la Estacion Terminal diariamente, lo que será informado previamente por el DEM
6. OFERTA MÍNIMA: La oferta mínima y base para el canon mensual, se establece en la suma de Pesos Tres Mil Quinientos ($ 3.500.-), por cada uno de los meses del primer año; de Pesos Cuatro Mil Quinientos ($ 4.500.-) por cada uno de los meses del segundo año y Pesos Seis Mil ($ 6.000.-) por cada uno de los meses del tercer año, montos que se abonarán en efectivo dentro de los 10 primeros días de cada mes a partir del inicio del plazo establecido para la presente concesión. En tanto que la oferta mínima y base para las modificaciones edilicias establecidas en clausula 3 se fija en la suma de pesos ochenta mil ($80.000.-) o el cumplimiento de la totalidad de las tareas básicas establecidas en el Anexo II, el monto finalmente ofertado deberá ser abonado garantizado conforme prevee el Art. 3º dentro de las 48hs. siguientes a la notificación de la pre-adjudicación correspondiente; como condición excluyente para el mantenimiento de la misma.
En el caso de que el concesionario cumplimente lo determinado en el pliego y que su servicio sea estable durante los años que dure su concesión tendrá prioridad a renovación de la Concesión del Bar de la Terminal de Ómnibus por el término de 3 años más, cuyo monto de alquiler será establecido de acuerdo a lo que establezca el D. E. M
7. PROPUESTA Los concursantes deberán realizar la oferta Económica por el tiempo concesionado. En la propuesta edilicia se evaluará y meritarán las tareas complementarias del Anexo II.
8. TIEMPO: La presente concesión tendrá una duración de 3 tres años a partir del momento en que culminen las modificaciones edilicias.-
9. FALSEAMIENTO DE DATOS: El concursante responde por la seriedad de la propuesta, la fidelidad de los datos y referencias consignadas en la misma y en la autenticidad de la documentación acompañada. El falseamiento de datos determinará la inmediata exclusión del oferente, con pérdidas de las garantías constituidas. Si la falsedad fuera advertida con posterioridad a la adjudicación ocontratación, será causal para dejar sin efecto la misma o rescindir el contrato por causa imputable al concesionario, según corresponda con pérdida de la garantía constituida y sin perjuicio de las demás responsabilidades civiles y penales que derivaran del hecho.
10. LA CONCESIÓN: se otorgará en función del contenido de las propuestas y los antecedentes de los concursantes, evaluadas por la Comisión constituida en esta oportunidad por dos miembros del Honorable Concejo Deliberante y los dos representantes del DEM que determine el Intendente Municipal. La oferta preseleccionada por la Comisión obtendrá la concesión por Resolución del Honorable Concejo Deliberante una vez cumplido los requisitos económicos y garantizadas las obligaciones establecidas en la presente……………………
11. USO: El predio será destinado exclusivamente al uso y explotación del negocio que determine la propuesta. Cualquier otra actividad que sea parte de los especificados en la propuesta deberá ser objeto de aprobación previa y expresa del Departamento Ejecutivo Municipal bajo apercibimiento de clausura la que será determinada de oficio. No podrán las propuestas contener instalación de locales bailables ni peñas, como tampoco elementos recreativos que generen perturbaciones a los vecinos o molestias que superen o no un nivel de ruido ambiente de 45 decibeles en horario de descanso y los 60 decibeles en horario de actividad. De superar los mismos, será pasible de una multa que se establece en un valor que va desde: un Cuarto (1/4) de UBE, y hasta Media (1/2) UBE, según la gravedad de la falta pudiendo llegarse a la pérdida de la Concesión en caso de reincidencia. Siendo aplicable todas las Ordenanzas que regulan el mismo uso arriba detallado.
12. HABILITACION: El concesionario deberá solicitar la habilitación comercial correspondiente previamente al inicio de la atención al público, conforme ordenanzas vigentes. La que se otorgará una vez cumplida la modificación edilicia establecida por propuesta.
13. El concesionario no podrá decidir unilateralmente la suspensión de sus funciones debiendo comunicar al Departamento Ejecutivo Municipal con Sesenta (60) días de anticipación su propósito, enumerando las causas de la misma y deberá aguardar la respectiva autorización.
14. Los concesionarios podrán efectuar mejoras además de las expresadas en la propuesta, con autorización del Departamento Ejecutivo Municipal, quedando las autorizadas que se adhieran al inmueble, de propiedad de la Municipalidad, sin indemnización o reconocimiento económico alguno.-
15. Los consumos de servicios públicos que afecten la explotación comercial de la concesión serán abonados en su totalidad por el Concesionario.
16. Los concesionarios no podrán modificar el destino de la concesión, ni cederla y/o transferirla sin permiso expreso del Departamento Ejecutivo Municipal.
17. Los concesionarios tienen en forma exclusiva la responsabilidad de mantener el espacio destinado al bar/confitería, sala de espera y baños públicos (limpieza, provisión de cestos de residuos) y todas las construcciones que en él se encuentran en perfectas condiciones de uso y a la finalización del contrato deberán reintegrarlo en perfectas condiciones. El concesionario se hará cargo de los sanitarios, tanto xx xxxxxxxxxx, xx xxxxx, como del utilizado por el personal de la Terminal y chóferes, manteniendo su perfecta higiene, limpieza y desinfección. El mantenimiento será de su exclusiva incumbencia, debiendo realizar las reparaciones necesarias en forma inmediata y con materiales de primera calidad, arbitrando los medios necesarios a fin de dar continuidad al servicio, conforme detalles Anexo II.
Los usuarios no se encuentran obligados a pago alguno por su uso, pudiendo estos efectuar solamente aportes voluntarios.
18. Corresponderá a los concesionarios la responsabilidad civil por hechos o actos jurídicos acaecidos en el local concesionado en el término de la concesión, así como toda responsabilidad legal por situaciones referidas a ellos mismos o a sus empleados y asistentes a su negocio.
19. La comisión reserva el derecho de rechazar propuestas si se estimara que estas no convienen al interés municipal, mediante Resolución fundada, sin que esto otorgue a los proponentes derecho a reclamo alguno.
20. POLIZA DE SEGURO: El Concesionario deberá contratar los seguros con anterioridad a la toma de posesión del espacio concesionado, debiendo presentar las pólizas respectivas endosadas a favor del Cedente, sobre los siguientes riesgos:
• Incendio, destrucción total o parcial del espacio y su contenido cedido en concesión.
• Accidentes de trabajo de personal permanente o eventual, afectados a la explotación comercial y ejecución de las obras de mantenimiento y operativas.
• Seguro de Responsabilidad Civil: El Concesionario constituirá un seguro que cubra su Responsabilidad Civil comprensiva de toda actividad desarrollada durante la explotación, por daños causados contra usuarios y terceros y a los bienes de estos.
El costo de todos los seguros exigidos será a cargo del Concesionario.
Los contratos de seguros deberán mantenerse vigentes y actualizados durante todo el plazo de concesión.
21. El oferente que resulte pre adjudicatario será notificado en un plazo de 2 días, debiendo, cumplimentar los requisitos necesarios a fines de proceder a la adjudicación dentro de los 5 días subsiguientes bajo apercibimiento de exclusión del pre adjudicatario y perdida de la garantía ofrecida.
Pliego de Especificaciones Técnicas
El Final de Obra deberá no superar los Veinticinco (25) días desde el inicio de la Concesión.
TAREAS BÁSICAS
1. Desmantelado de Boletería Actual, Empresa: El Pájaro Blanco.
2. Desmantelado de Puerta y Xxxxx con Vidriera de actual oficina de Turismo.
3. Ejecución con materiales extraídos de boletería desmantelada, de una nueva boletería destinada a empresa El Pájaro Blanco. La misma será ampliación de la actual oficina de Turismo.
4. Desmantelado de Puerta doble y marco con vidriera, división actual de Bar y sala de espera.
5. Ejecución con los materiales extraídos indicados en el ítem anterior, de Box destinado a Secretaría de Turismo.
6. Limpieza de estructura y techos xx xxxxxx (Cara inferior)
7. Ejecución xx xxxxx divisorios de cocina.
8. Ejecución xx xxxxx, caja y kiosco en sector Bar.
9. Ejecución de Terraza tipo Deck
Los ítems 8, 9 y 10 los Concesionarios podrán realizar los proyectos según sus requerimientos funcionales, el mismo deberá ser aprobado por el Departamento Ejecutivo Municipal.
TAREAS COMPLEMENTARIAS
Prioridad 1
1. Arreglos en Baños:
Cambios de depósito embutido por válvulas. Esto demandará realizar la instalación de cañería con diámetro adecuado desde el tanque existente.
Cambio de revestimiento cerámico en sectores donde se tiene que demoler para colocación de válvulas.
Pintura.
Cambio de portarrollos.
Arreglo de puertas.
2. Pintura General al Látex.